CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES
CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES
Entre los suscritos, de una parte XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, mayor de edad, domiciliado en Calarcá (Q), identificado con cédula de ciudadanía N° 9.775.741 expedida en Calarcá (Q) actuando en calidad de Rector Delegatario de la UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA – SECCIONAL ARMENIA institución sin ánimo de lucro, con personería jurídica reconocida mediante Resolución 047 de 1943 del Ministerio de Justicia y NIT. 860015685-0 quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará LA UNIVERSIDAD o EL CESIONARIO, por una parte, y por la otra
, mayor de edad, domiciliado(a) en identificado (a) con N° quien actúa en su propio nombre y representación, en adelante se denominará EL INVESTIGADOR-AUTOR O CEDENTE, es decir el estudiante, han acordado suscribir el presente contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor, el cual se regirá por la Decisión 351 de 1993 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones, Decreto 460 de 1995, Ley 23 de 1982, Ley 1753 de 2015, Ley 44 de 1993 y demás normas que rigen la materia, atendiendo a las siguientes:
CONSIDERACIONES
Por parte del (los) CEDENTE:
1. Que son personas naturales en pleno ejercicio de sus derechos, mayores de edad, nacionales colombianos y con capacidad legal para contraer obligaciones.
2. Que actualmente se dedican a:
(Nombre del autor - estudiantes), (Estudiantes del programa de la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia), identificado con código universitario
.
3. Que está vinculado con LA UNIVERSIDAD en calidad de estudiante y en virtud de dicha vinculación, hace parte del semillero de investigación de la Facultad de , desarrollando diversas actividades del Proyecto denominado , de donde se deriva el subproyecto , iniciando actividades el día del mes del año y finalizando aproximadamente el del mes del año .
4. Que es autor y titular de los derechos xxxxxxx y patrimoniales de la obra resultado de su proceso de investigación objeto del presente contrato, desarrollada dentro de los compromisos académicos con LA UNIVERSIDAD.
5. Que en uso de sus facultades, sin existir vicio del consentimiento que anule sus voluntades expresas, manifiestan ceder los derechos patrimoniales a LA UNIVERSIDAD, sin que exista contraprestación alguna.
Por parte de LA UNIVERSIDAD - CESIONARIO:
1. Que la representación legal recae en cabeza del Rector Delegatario, Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, según la Resolución No. 010 del 7 xx xxxxx de 2017, donde se le designa con esa calidad.
2. Que, dentro de las funciones del Rector Delegatario, tal y como lo contempla el numeral 11 del artículo 3 de la mencionada Resolución, está la de suscribir contratos, convenios y expedir los actos que sean necesarios para el logro de los objetivos de la UNIVERSIDAD.
3. Que conoce el Subproyecto denominado objeto del presente contrato.
4. Que, dentro de su normatividad interna, cuenta con el Acuerdo No. 020 de 2013, por el cual se reglamenta la Propiedad Intelectual en la Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia
Las partes declaran que están de acuerdo con las declaraciones que anteceden, por lo que manifiestan su conformidad para suscribir el presente contrato regido por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO: En virtud del presente contrato EL INVESTIGADOR-AUTOR O CEDENTE, transfiere voluntariamente de forma total y sin limitación alguna al CESIONARIO, los DERECHOS PATRIMONIALES de autor consagrados en el artículo 72 de la Ley 23 de 1982, de la obra producto de su proceso investigativo en el semillero de investigación de La Universidad La Gran Colombia Seccional Armenia, sin perjuicio del respeto al derecho moral consagrado en el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993 concordante con el artículo 30 de la Ley 23 de 1982.
En consecuencia, LA UNIVERSIDAD en su calidad de CESIONARIA y, por ende, titular de los respectivos derechos patrimoniales, tendrá sobre la obra el derecho exclusivo de autorizar o prohibir: la reproducción, la distribución, la comunicación, la traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra, la edición, y cualquier otra forma de reproducción y fijación en cualquier formato conocido o por conocerse; la inclusión en película cinematográfica, videograma, cinta video, fonograma, o cualquier otra forma de fijación; la comunicación al público por cualquier procedimiento o medio, la puesta a disposición para su adaptación, consulta, reproducción, comunicación, fijación, distribución, comercialización en formato digital, así como su inclusión en los índices y buscadores que estimen necesarios para promover esta publicación y demás labores de explotación en bases de datos públicos y/o privados y en general se disponga de los derechos mediante el otorgamientos de sub-licencias gratuitas como las licencias Creative Commons: Atribución – Sin derivar – No Comercial, u onerosas; y en general, autorizar o prohibir cualquier forma -conocida o por conocer- de explotación económica de la obra.
SEGUNDA. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Los derechos objeto del presente documento aplican dentro del territorio de la República de Colombia.
TERCERA. GRATUIDAD. La referida cesión se perfecciona a título gratuito, por tratarse de una obra que fue desarrollada como parte de los compromisos académicos del CEDENTE con LA UNIVERSIDAD.
CUARTA. CONDICIONES Y LEGITIMIDAD DE LOS DERECHOS CEDIDOS: EL
INVESTIGADOR-AUTOR O CEDENTE manifiesta que la obra objeto del presente contrato es original y fue realizada por él sin violar o usurpar derechos de propiedad intelectual de terceros, por lo tanto, la obra es de su exclusiva autoría y detenta la titularidad de la misma.
Así las cosas, si eventualmente existiese un tercero que pretenda alegar mejor derecho sobre la misma, de modo que LA UNIVERSIDAD se pudiere ver afectada por tal reclamación, EL AUTOR se compromete a sanear cualquier situación irregular, asumiendo los valores y conceptos que le hubieren correspondido pagar o que le llegaren a exigir a aquélla, así como a indemnizarla por cualquier perjuicio que por tal motivo se le llegare a causar, exonerando de cualquier responsabilidad al CESIONARIO, quien para todos los efectos, actúa como tercero de buena fe.
PARÁGRAFO: Los derechos aquí cedidos pueden ser utilizados por LA UNIVERSIDAD, cuando considere pertinente, para fines académicos e investigativos propios de esta Institución de Educación Superior.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO: A través del presente documento LA UNIVERSIDAD se compromete a: i) Respetar los derechos xxxxxxx del autor según lo estipulado en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993. ii) Efectuar los trámites necesarios para el registro de la obra ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor. iii) Inscribir el presente contrato ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL CEDENTE: i) Reconocer integralmente los derechos patrimoniales cedidos que se deriven de la obra. ii) Entregar en el plazo establecido la obra completa.
SÉPTIMA. DERECHOS XXXXXXX: La cesión de los derechos patrimoniales antes mencionados, no implica la cesión de los derechos xxxxxxx sobre la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, estos derechos son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. Por lo anterior, los derechos mencionados en esta cláusula seguirán radicados en cabeza del INVESTIGADOR-AUTOR.
OCTAVA. EXCLUSIVIDAD: EL INVESTIGADOR-AUTOR O CEDENTE manifiesta que los derechos sobre la obra en cuestión, no han sido cedidos con antelación y que sobre ellos no pesa ningún gravamen ni limitación en su uso o utilización.
NOVENA. DURACIÓN. Las partes acuerdan que el presente contrato tendrá una vigencia igual a la contemplada en el término legal de la cesión de derechos de autor, regulada por la normatividad concerniente a este tema; duración que se contará a partir de su perfeccionamiento.
DÉCIMA.SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes se comprometen que cualquier controversia o divergencia que suceda entre ellas por causas de interpretación, aplicación, terminación o cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, será sometida, en primera instancia, a los mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
DÉCIMAPRIMERA. NORMATIVIDAD APLICABLE. En lo estipulado en el presente contrato se aplicará la ley 23 de 1982 y demás normas que la modifiquen, adicionen o aclaren.
DÉCIMASEGUNDA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos del presente contrato las partes fijan como domicilio contractual la ciudad de Armenia (Q).
DÉCIMATERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: Las partes manifiestan bajo la gravedad del juramento no encontrarse inmersas en ninguna inhabilidad o incompatibilidad legal.
DÉCIMACUARTA. PERFECCIONAMIENTO. El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes.
Para constancia se firma el presente documento en dos (ejemplares) del mismo valor y tenor, en Armenia, Quindío a los () días del mes de del año 2018.
LA UNIVERSIDAD EL AUTOR- ESTUDIANTE
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
C.C. 9.755.741 de Calarcá (Q) Rector