CARÁTULA DE LA POLIZA DE SEGUROS
CARÁTULA DE LA POLIZA DE SEGUROS
Seguros Inbursa S.A. Grupo Financiero Inbursa Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxx. Xxxx Xxxxx 00000 Xxxxxx, X.X. Teléfono 5325-05-05
DATOS DEL CONTRATANTE | ||||
HOKCHI ENERGY, S.A. DE C.V. XX XXXXXXX XXXXXXX 000 00 XX XXXXX XXXXXX XXXXXXX X.X. 00000 | NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA | AGRUPACIÓN 30129824 | CIS 34381598 |
R.F.C. HEN151106K49 | PRIMA NETA | 43,706.11 | ||
MONEDA DOLARES | ||||
TIPO DE DOCUMENTO INICIAL | ||||
PRODUCTO RESPONSABILIDAD CIVIL | SUMA ASEGURADA SEGUN ESPECIFICACION | |||
VIGENCIA Desde las 12:00 Horas Hasta las 12:00 Horas 01/JUL/2018 01/JUL/2019 | FORMA DE PAGO PAGO UNICO | |||
SEGUROS INBURSA, S.A. (QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA COMPAÑÍA), DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS SECCIONES CONTRATADAS Y LAS CONDICIONES GENERALES, EXPIDE ESTA PÓLIZA A NOMBRE DE LA PERSONA ARRIBA CITADA (QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL ASEGURADO). S E G U N E S P E C I F I C A C I Ó N A N E X A TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE PRIMA ANUAL O PRIMERA FRACCIÓN EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 30 DIAS Firma de persona física, de TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE SEGUNDA FRACCIÓN Y ULTERIORES EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 5 DIAS conformidad con los artículos 113, 14215 AON RISK SERVICES AGTE DE SEG Y FZAS fracción I de la LFTAIP y 116, SA CV 10/JUL/2018 primer párrafo de la LGTAIP.
CLAVE Y NOMBRE DEL AGENTE FECHA DE EXPEDICION FIRMA AUTORIZADA |
LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y LA NOTA TÉCNICA QUE INTEGRAN ÉSTE PRODUCTO, ESTÁN REGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 36, 36-A, 36-B Y 36-D DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, BAJO EL OFICIO 06-367-II-1.1/16597 DE FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 2001 Y LOS REGISTROS CGEN-S0022-0022-2010 DE 5 XX XXXXX DE 2010, CGEN-S0022-0042-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0043-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, CGEN-S0022-0077-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0091-2005 DE 28 XX XXXXX DE 2005, CGEN-S0022-0147-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0148-2005 DE 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0261-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0262-2005 DE 10 DE ENERO DEL 2006, CNSF-S0022-0697-2003 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, D-24/01-94 DEL 24 DE ENERO DE 1994, DVA-S-321/2001 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2001, DVA-S-326/2001 DEL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000.
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 1 |
TIPO: Responsabilidad Ambiental de Propietario todo como mejor descrito en el texto de esta póliza anexo. ASEGURADO: Hokchi Energy S.A. de C.V. y/o E&P Hidrocarburos y Servicios S.A. de C.V. y /o EMSEP S.A. de C.V. Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de la Protección del Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), y/o Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) y/o compañías incorporadas, subsidiarias, afiliadas y/o compañías relacionadas a él asegurado y Asegurados Nombrados. ASEGURADO ADICIONAL: Wild Well Control, Schlumberger. PERIODO: Del 1 de julio del 2018 a las 00:01 hora Tiempo local estándar en la ubicación del asegurado. Al 1 de julio del 2019 a las 00:01 hora Tiempo local estándar en la ubicación del asegurado. INTERÉS: El interés del asegurado en los pagos efectuados dentro de los términos y condiciones del texto. LÍMITE/SUMA ASEGURADA: USD 10,000,000 cada condición de Contaminación / USD 10,000,000 Agregado. En exceso de la propia retención del asegurado. RETENCIÓN DEL ASEGURADO: USD 1,000,000 cada condición de Contaminación. ELECCIÓN XX XXX Y JURISDICCIÓN: Mundial Este seguro estará regido por las leyes de México y los tribunales de México tendrán jurisdicción en cualquier disputa que surja en virtud del presente CONDICIONES: A menos que se especifique lo contrario, el seguro está sujeta a todos los términos, cláusulas y condiciones y asentamientos del texto original Contratistas forma de póliza de Seguros del Medio Ambiente (ref: P-CEI-MANU (Edición 01-16)) que contiene lo siguiente y endosos no.01,02,03 aquí mismo: - Reclamaciones Hechas y Reported Trigger. - Fecha Retroactiva: Inicio de la póliza. - Condición Joint Venture. - Otro Seguro: Exceso-DIC de Otros Seguros y Mantenimiento del Seguro Subyacente. - Endoso de Asegurados Adicionales - Cláusula de Exclusión y Limitación de Sanción LMA3100 - Cláusula de Exclusión xx Xxxxxx y Terrorismo de acuerdo a la sección III Exclusión 2.11. - Cláusula de Inspección de Records |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 2 |
INFORMACIÓN En septiembre 2015, durante la segunda fase de la licitación de Ronda uno en México, Pan American / E&P Hidrocarburos y Servicios S.A. de C.V., fueron adjudicados al 100% de 42km2 licencia Offshore en México (“Área 2”). La Localización es en el área sur de las xxxxxx xxx Xxxxx de México, provincia offshore de Tabasco, al este Noreste de Ciudad xxx Xxxxxx, hacia 27 Km offshore. Perforación PEMEX Hokchi 101 (2011) y Hokchi 1 (2009). Profundidad Total 2,565 metros y 3,800 metros respectivamente. Profundidad de agua 28 metros. Pruebas de producción de Hokchi 101 fue 2,453 barriles de aceite pesado y 1.1mmcf/d de gas. Introducción El 7 de enero de 2016, el consorcio formado por Hokchi Energy S.A. de C.V. (80% de interés), una subsidiaria de Pan American Energy LLC, como operador, y E & P Hidrocarburos y Servicios S.A. de C.V. (20% de interés), suscribió un Contrato de Extracción de Hidrocarburos bajo un Contrato de Producción Compartida con la Comisión Nacional de Hidrocarburos de México, para el Área de Contrato 2, otorgado bajo la licitación XXX- X00-X00 / 2015 proceso. El Área de Contrato 2 se encuentra en la Cuenca Sudeste de México (xxxxx de Tabasco), comprende un área de 40 km2 e incluye el campo petrolífero de Hokchi. El contrato incluye un compromiso de inversión que se implementará durante el Período de evaluación, con un plazo inicial de dos años. Las obligaciones de Hokchi Energy S.A. de C.V. bajo el contrato están garantizadas por Pan American Energy. Pan American es una de las pocas empresas que opera en Argentina con una calificación corporativa internacional de Moody's y Fitch por encima de la calificación soberana argentina, lo que refleja su gran base de reservas de larga duración, bajos costos de búsqueda, fortalezas operativas y perfil financiero. A partir del 0 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxx crediticia internacional en moneda extranjera de Pan American fue B1 de Moody's y 8+ xx Xxxxx. Como parte de las operaciones de perforación programadas, Hokchi contrató a TMM Division Maritima SA de CV, que posee FPSO "ECO III" para probar la producción de los pozos y facilitar la transferencia de la producción de petróleo resultante de las pruebas, desde el Plataforma de perforación COSL para la plataforma Yaxche-A, propiedad de PEMEX. La producción será cargada en "ECO III" tratada, transportada y descargada a la plataforma PEMEX. Compromiso Hokchi se ha comprometido a cumplir con 260,000 unidades de trabajo que se realizarán en un período de dos años como parte del acuerdo firmado con la CNH (7 de enero de 2016). El compromiso de esta unidad de trabajo consiste en perforar 4 pozos de delineación, realizar su prueba de producción y realizar otras pruebas técnicas. Hokchi, a la fecha, perforó 3 pozos sin incidentes y con eficiencias importantes en el costo debido a la reducción del tiempo de perforación obtenida (COSL Drilling Company). La prueba de |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 3 |
producción en los dos primeros pozos no se realizó y esto redujo la cantidad de la unidad de trabajo, que se compensará con la perforación de un xxxxxx xxxx con su prueba de producción. La actividad de perforación (5 pozos), la prueba de producción (3 pozos) y otras pruebas técnicas sumarán un total de 300,000 unidades de trabajo que exceden el compromiso original. Este trabajo se puede lograr en el mismo período de tiempo debido a la eficiencia obtenida por el equipo formado por Xxxxxx y su contratista de perforación. Puntos clave · Perforación de cinco pozos sin incidentes (de octubre de 2016 x xxxx de 2017) · Construcción futura de instalaciones de procesamiento en tierra y dos plataformas en alta mar para el desarrollo del área · Estimación de reservas después de cinco pozos aprox. 147 MMbbl (3P). · La construcción de las instalaciones comienza a fines del 2do H 2018 (estimado) · Puesta en producción estimada: 1er Q 2020 · Perforación de desarrollo 0x X 0000 |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 4 |
Mapa de activos Xxxxxx |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 5 |
Resumen de operaciones Hockhi Energy 2018 - 2019 Programa de seguro 11 páginas CLÁUSULA DE LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE SANCIÓN (Libre Traducción al Español) No se considerará que algún asegurador provee cobertura y ningún asegurador será responsable de pagar una reclamación o de proveer un beneficio bajo esta póliza en la medida en que la provisión de dicha cobertura, pago de dicha reclamación o la provisión de dicho beneficio expondría al asegurador a una sanción, prohibición o restricción bajo las resoluciones de Naciones Unidas o sanciones económicas, leyes o reglamentos de la Unión Europea, Xxxxx Unido o Estados Unidos de América. 15/09/10 LMA3100 ENDOSO DE INSOLVENCIA (Libre Traducción al Español) La insolvencia, quiebra, suspensión de pagos o cualquier negativa o incapacidad de pago de los asegurados y/o cualquier otra compañía de seguros no tengan como consecuencia: A. Aumentar nuestra responsabilidad en virtud de esta póliza. B. Aumentar la participación de responsabilidad de cualquier compañía de seguros en virtud de esta póliza. INSPECCION E INVESTIGACIÓN (Libre Traducción al Español) Sucriptores podrán, en cualquier momento, auditar y examinar los libros y registros del "asegurado" que se refieren a esta póliza en cualquier momento durante el período de la póliza y durante un máximo de tres años después de la expiración o terminación de esta póliza. Suscriptores tienen el derecho, pero no están obligados, a inspeccionar las instalaciones y operaciones del "Asegurado" en cualquier momento. Las inspecciones no son las inspecciones de seguridad. Sólo se refieren a la asegurabilidad de los locales y las operaciones y las primas a cobrar. Suscriptores podrán dar los informes al Asegurado en las condiciones que se encuentran. También pueden recomendar cambios. Si bien pueden ayudar a reducir las pérdidas, los Suscriptores no se comprometen a cumplir el deber de cualquier persona u organización a proveer para la salud o la seguridad de los empleados del Asegurado o el público. Suscriptores no garantizan que las instalaciones u operaciones del Asegurado son seguras y salubres o que cumplan con las leyes, reglamentos, códigos o normas. |
Firma de persona física, de conformidad con los artículos 113, fracción I de la LFTAIP y 116, primer párrafo de la LGTAIP.
CARÁTULA DE LA POLIZA DE SEGUROS
Seguros Inbursa S.A. Grupo Financiero Inbursa Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxx. Xxxx Xxxxx 00000 Xxxxxx, X.X. Teléfono 5325-05-05
DATOS DEL CONTRATANTE | ||||
HOKCHI ENERGY, S.A. DE C.V. XX XXXXXXX XXXXXXX 000 00 XX XXXXX XXXXXX XXXXXXX X.X. 00000 | NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA | AGRUPACIÓN 30129824 | CIS 34381598 |
R.F.C. HEN151106K49 | PRIMA NETA | 0.00 | ||
MONEDA DOLARES | ||||
TIPO DE DOCUMENTO ENDOSO B 11 | ||||
PRODUCTO RESPONSABILIDAD CIVIL | SUMA ASEGURADA SEGÚN ESPECIFICACIÓN | |||
VIGENCIA Desde las 12:00 Horas Hasta las 12:00 Horas 07/MAR/2019 01/JUL/2019 | FORMA DE PAGO PAGO UNICO | |||
SEGUROS INBURSA, S.A. (QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA COMPAÑÍA), DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS SECCIONES CONTRATADAS Y LAS CONDICIONES GENERALES, EXPIDE ESTA PÓLIZA A NOMBRE DE LA PERSONA ARRIBA CITADA (QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL ASEGURADO). S E G U N E S P E C I F I C A C I Ó N A N E X A Firma de persona física, de conformidad TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE PRIMA ANUAL O PRIMERA FRACCIÓN EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 30 DIAS con los artículos 113, fracción I de la TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE SEGUNDA FRACCIÓN Y ULTERIORES EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 5 DIAS LFTAIP y 116, primer párrafo de la 00000 XXX XXXX SERVICES AGTE DE SEG Y FZAS LGTAIP. SA CV 07/MAR/2019
CLAVE Y NOMBRE DEL AGENTE FECHA DE EXPEDICION FIRMA AUTORIZADA |
LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y LA NOTA TÉCNICA QUE INTEGRAN ÉSTE PRODUCTO, ESTÁN REGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 36, 36-A, 36-B Y 36-D DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, BAJO EL OFICIO 06 -367-II-1.1/16597 DE FECHA 0 XX XXXXXXXXX XX 0000 X XXX XXXXXXXXX CGEN- S0022-0022-2010 DE 5 XX XXXXX DE 2010, CGEN-S0022-0042-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0043-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, CGEN-S0022-0077-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0091-2005 DE 28 XX XXXXX DE 2005, CGEN-S0022-0147-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0148-2005 DE 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0261-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0262-2005 DE 10 DE ENERO DEL 2006, CNSF-S0022-0697-2003 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, D-24/01-94 DEL 24 DE ENERO DE 1994, DVA-S-321/2001 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2001, DVA-S-
326/2001 DEL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000.
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 1 | ||
ENDOSO B/11 A SOLICITUD DEL ASEGURADO Y A PARTIR DEL 07 XX XXXXX DEL 2019, SE ACLARA LO SIGUIENTE: • HOKCHI ENERGY SA DE CV ES EL OPERADOR DEL BLOQUE 2 BAJO CONTRATO CNH-R01-L01-A2/2015 • LA COMISIÓN NACIONAL DE HIDROCARBUROS ("CNH") AUTORIZÓ LA CESIÓN DE PARTICIPACIÓN DE OTROS OPERADORES A FAVOR DE HOKCHI ENERGY SA DE CV POR LA RESOLUCIÓN CNH.E.66.011/18 DE LA CNH. • CON RESPECTO AL BLOQUE 31, HOKCHI ENERGY SA DE CV ES EL OPERADOR BAJO CONTRATO CNH-R03-L01-AS-CA-15/2018. LA SIGUIENTE TABLA MUESTRA LA PARTICIPACIÓN EN CADA BLOQUE. | ||||
BLOQUE 2 | BLOQUE 31 | |||
CNH-R01-L01-A2/2015 | CNH-R03-L01-AS-CA-15/2018 | |||
ACTUAL | PROPUESTO * | |||
HOKCHI ENERGY S.A. DE C.V. (OPERADOR) | 47.50% | 100% | 75.00% | |
XXXXXX XXXXXX P&D, S. DE R.L. DE C.V. | 27.50% | |||
TALOS ENERGY OFFSHORE MEXICO 2, S DE R.L. DE C.V. | 25.00% | 25.00% | ||
PREMIER OIL EXPLORATION AND PRODUCTION MEXICO S.A. DE C.V. | ||||
* SUJETO A LA APROBACIÓN DE CNH | ||||
DEMÁS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIN MODIFICACIÓN ALGUNA. |
ESTE DOCUMENTO Y LA NOTA TÉCNICA QUE LO FUNDAMENTA, ESTÁN REGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, DE CONFORMIDAD CON LO
CARÁTULA DE LA POLIZA DE SEGUROS
Seguros Inbursa S.A. Grupo Financiero Inbursa Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxx. Xxxx Xxxxx 00000 Xxxxxx, X.X. Teléfono 5325-05-05
DATOS DEL CONTRATANTE | ||||
HOKCHI ENERGY, S.A. DE C.V. XX XXXXXXX XXXXXXX 000 00 XX XXXXX XXXXXX XXXXXXX X.X. 00000 | NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA | AGRUPACIÓN 30129824 | CIS 34381598 |
R.F.C. HEN151106K49 | PRIMA NETA | 0.00 | ||
MONEDA DOLARES | ||||
TIPO DE DOCUMENTO ENDOSO B 12 | ||||
PRODUCTO RESPONSABILIDAD CIVIL | SUMA ASEGURADA SEGUN ESPECIFICACION | |||
VIGENCIA Desde las 12:00 Horas Hasta las 12:00 Horas 06/MAR/2019 01/JUL/2019 | FORMA DE PAGO PAGO UNICO | |||
A PARTIR DE INICIO DE VIGENCIA DEL PRESENTE ENDOSO SE ACTUALIZA LA PÓLIZA A QUEDAR COMO SIGUE: SEGUROS INBURSA, S.A. (QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA COMPAÑÍA), DE ACUERDO CON LAS CONDICIONES PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS SECCIONES CONTRATADAS Y LAS CONDICIONES GENERALES, EXPIDE ESTA PÓLIZA A NOMBRE DE LA PERSONA ARRIBA CITADA (QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL ASEGURADO). S E G U N E S P E C I F I C A C I Ó N A N E X A TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE PRIMA ANUAL O PRIMERA FRACCIÓN EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 30 DIAS Firma de persona física, de conformidad TERMINO MÁXIMO PARA EL PAGO DE SEGUNDA FRACCIÓN Y ULTERIORES EN CASO DE PAGO FRACCIONADO: 5 DIAS con los artículos 113, fracción I de la 14215 AON RISK SERVICES AGTE DE SEG Y FZAS LFTAIP y 116, primer párrafo de la SA CV 07/MAR/2019 LGTAIP.
CLAVE Y NOMBRE DEL AGENTE FECHA DE EXPEDICION FIRMA AUTORIZADA |
LA DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Y LA NOTA TÉCNICA QUE INTEGRAN ÉSTE PRODUCTO, ESTÁN REGISTRADOS ANTE LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 36, 36-A, 36-B Y 36-D DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS, BAJO EL OFICIO 06-367-II-1.1/16597 DE FECHA 0 XX XXXXXXXXX XX 0000 X XXX XXXXXXXXX CGEN- S0022-0022-2010 DE 5 XX XXXXX DE 2010, CGEN-S0022-0042-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0043-2004 DE 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, CGEN-S0022-0077-2005 DE 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, CGEN-S0022- 0091-2005 DE 00 XX XXXXX XX 0000, CGEN-S0022-0147-2005 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, CGEN-S0022-0148-2005 DE 00 XX XXXXXXXXX XXX 0000, CGEN-S0022-0261-2005 DE 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000, CGEN-S0022-0262-
2005 DE 10 DE ENERO DEL 2006, CNSF-S0022-0697-2003 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, D-24/01-94 DEL 24 DE ENERO DE 1994, DVA-S-321/2001 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2001, DVA-S-326/2001 DEL 00 XX XXXXXXXXXX XX
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 1 |
SEGURO AMBIENTAL PARA PRINCIPALES EN FAVOR DE HOKCHI ENERGY, S.A. DE C.V. ESTA ES UNA PÓLIZA DE RECLAMACIONES HECHAS Y REPORTADAS (Libre Traducción al Xxxxxxx) |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 00000000 | NO. DE PAG: 2 |
CÉDULA (Libre Traducción al Español) Esta Póliza de Seguro, la Solicitud, la Cédula y cualquier Endoso o Memoranda se considerarán un solo documento y cualquier palabra o expresión a la que se le haya asignado un significado específico, tendrá dicho significado dondequiera que aparezca. Salvo en los encabezados, las palabras escritas en letras negritas usadas en esta Póliza tienen los significados específicos asignados a ellas, como se establece en la Sección II., Interpretación y Definiciones. Aseguradora / Suscriptor Esta Póliza de Seguro es expedida por, o en nombre de <<TBC>> Número de Póliza: 26300 30132473 Punto 1a. Primer Asegurado Nombrado Hokchi Energy, S.A. de C.V. Domicilio Xxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 000. Colonia 10 xx xxxxx – 11250 – Ciudad de México. Punto 1b. Asegurado(s) Nombrado(s) E&P Hidrocarburos y Servicios, S.A. de C.V. EMSEP, S.A. de C.V. Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de la Protección del Medias Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA). Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”). Y/o compañías incorporadas, subsidiarias, filiales o compañías relacionadas con el Primer Asegurado Nombrado y los Asegurados Nombrados. Punto 1c. Contratista(s) Asegurado(s) N/A. Punto 1d. Asegurado(s) Adicional(es) Vea los endosos. Punto 2. Vigencia de la Póliza A partir del 01 de julio de 2018 (“Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza”) al 1 de julio de 2019. Ambos días a las 00:00:01 a.m. horas LST en el domicilio identificado en el Punto 1a. Punto 3. Moneda USD, salvo que se especifique algo distinto. Punto 4. Límites del Seguro $10, 000,000 Límite de Cada Condición $10, 000,000 Límite Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 3 |
Punto 5. Deducible(s) $1,000,000 Cada Condición Punto 6. Fecha Retroactiva 29 de septiembre de 2016 (00:00:01 a.m. horas LST en el domicilio identificado en el Punto 1a). Punto 7. Obra Asegurada Perforación de cuatro pozos exploratorios dentro del Campo Hokchi en la Cuenca Terciaria xx Xxxxxxx. Obra Asegurada no incluye la transportación hacia y desde el Sitio de las Obras. Punto 8. Extensiones de Cobertura Ambiental Cuando una casilla se encuentre marcada, la extensión de cobertura correspondiente será otorgada mediante un endoso Carga Transportada [ ] Eliminación de Desechos [ ] Servicios Profesionales [ ] Predios [ ] Productos [ ] Pérdida Financiera Pura [ ] Punto 9a. Ley Aplicable Mexicana. Punto 9b. Jurisdicción México. Punto 9c. Territorio Mundial. Punto 10. Prima Según se convenga. Punto 11. Prima Mínima Devengada 100%. Punto 12. Corredor Xxxxxx Insurance Services LLP (Nombre y Domicilio) 00 Xxxx Xxxx, Xxxxxx XX0X 0XX |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 4 | |||
Punto 13. Notificaciones para la Todas las notificaciones de Reclamaciones, Reclamaciones Compañía Potenciales, Polución o Emergencias deberán ser enviadas a: El Director de Reclamaciones (The Manager of Claims) The Channel Syndicate 00 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx XX0X 0XX, XX Correo electrónico: xxxxxxx0000.xxxxxxxxxxxxx@xx-xx.xxx Todas las demás notificaciones deberán ser enviadas a: The Class Underwriter, EIL The Channel Syndicate 00 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx XX0X 0XX, XX Correo electrónico: xxx.xxxxxxxxx@xxxxxxx0000.xxx Punto 14. Endosos | |||||
No. | Nombre del Formato | Número del Formato | Edición | ||
01 | Cédula de Seguros Subyacentes | E-CEI-MANU | 09-14 | ||
02 | Condición de Joint Xxxxxxx | X-XXX-XXXX | 00-00 | ||
00 | Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Adicionales | X-XXX-XXXX | 00-00 | ||
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 5 |
AVISOS IMPORTANTES RECLAMACIONES Algunas partes de esta Póliza son previstas sobre la base de reclamaciones hechas y reportadas. Esto significa que las Reclamaciones deberán ser hechas por primera vez en contra de usted (el Asegurado) por escrito durante la Vigencia de la Póliza y deberán ser reportadas a nosotros (el Suscriptor) por escrito durante la Vigencia de la Póliza o, cuando aplique un Período Extendido de Reporte, deberán ser reportadas a nosotros por escrito durante el Período Extendido de Reporte. OBLIGACIÓN DE REVELACIÓN POR PARTE DEL ASEGURADO Antes de que un asegurado celebre un contrato de seguro general con un suscriptor, el asegurado tiene la obligación de revelar al suscriptor cualquier asunto que sea del conocimiento, o que razonablemente pudiera esperarse que fuera del conocimiento, del asegurado que sea relevante para la decisión del suscriptor respecto de la aceptación del riesgo del seguro y, en tal caso, bajo qué términos. El asegurado tiene la misma obligación de revelar dichos asuntos al suscriptor antes de que el asegurado renueve, extienda, altere o reinstale un contrato de seguro general. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE REVELACIÓN En caso de que un asegurado no cumpla con la obligación de revelación del asegurado o hace una falsa declaración, el suscriptor podrá tener derecho a reducir su responsabilidad bajo el contrato con respecto a una reclamación, o podrá cancelar el contrato. En caso de que la falta de revelación por parte de un asegurado sea fraudulenta, el suscriptor también tendrá la opción de anular el contrato desde su inicio. LOS COSTOS DE DEFENSA REDUCEN EL LÍMITE AGREGADO DE LA PÓLIZA El pago de los Costos de Defensa reduce los Límites del Seguro que se encuentran disponibles para pagar Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales bajo esta Póliza. RENUNCIA DE SUBROGACIÓN En caso de que un Asegurado renuncie a una reclamación en contra de un Tercero, el Suscriptor no estará obligado a indemnizar bajo esta Póliza en la medida en que el Suscriptor hubiera tenido, de otra forma, el derecho de recuperación en contra de dicho Tercero. POR FAVOR LEA LA PÓLIZA COMPLETA CUIDADOSAMENTE PARA DETERMINAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO, Y LO QUE SE ENCUENTRA Y NO SE ENCUENTRA CUBIERTO. VARIAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA PÓLIZA RESTRINGEN O EXCLUYEN LA COBERTURA. |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 6 |
SECCIÓN I. COBERTURA En consideración del pago de la Prima especificada en el Punto 10 de la Cédula, y con base en las declaraciones contenidas en la Solicitud y cualquier otra información proporcionada antes de, o en, la Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza, y sujeto a todos los términos y condiciones de esta Póliza y los Límites del Seguro y montos Deducibles especificados en los Puntos 4 y 5 de la Cédula respectivamente, el Suscriptor y el Asegurado acuerdan lo siguiente: A. COBERTURA COBERTURA DE OBRAS ASEGURADAS Sujeto a los Requerimientos previstos a continuación, el Suscriptor pagará a, o en nombre del, Asegurado por: 1. Lesiones Corporales, Daño en Propiedad, Limpieza y Daño a Recursos Naturales (Cobertura A) La Pérdida que el Asegurado sea legalmente responsable de pagar como resultado de una Reclamación por Lesiones Corporales, Daño en Propiedad, Limpieza o Daño a Recursos Naturales que resulte de Polución causada por las Obras Aseguradas. 2. Costos de Emergencia (Cobertura B) Costos de Emergencia que resulten de una Emergencia. 3. Costos de Defensa (Cobertura C) Costos de Defensa con respecto a las Reclamaciones cubiertas por esta Póliza. B. REQUERIMIENTOS La cobertura bajo la Sección I (Cobertura de Obras Aseguradas) únicamente será aplicable cuando: 1. Dicha Polución (para todas las Coberturas) sea inesperada e involuntaria; y 2. Dicha Reclamación se haga por primera vez en contra del Asegurado (para la Cobertura A), o dicha Emergencia ocurra por primera vez (para la Cobertura B), durante la Vigencia de la Póliza; y 3. Dicha Reclamación (para la Cobertura A) o dicha Emergencia (para la Cobertura B) sea reportada por escrito al Suscriptor de conformidad con los términos y condiciones de esta Póliza y, en cualquier caso, durante la Vigencia de la Póliza o, cuando sea aplicable el Período Extendido de Reporte a la Cobertura A, durante dicho Período Extendido de Reporte; y Dicha Polución surja (para todas las Coberturas), y dicha Reclamación se haga, mantenga y persiga (para la Cobertura A) dentro del Territorio especificado en el Xxxxx 0x xx xx Xxxxxx. |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 7 |
SECCIÓN II. INTERPRETACIÓN Y DEFINICIONES A. INTERPRETACIÓN 1. Los encabezados de esta Póliza se incluyen con fines de conveniencia únicamente y no forman parte de la interpretación de los términos y condiciones de esta Póliza. 2. Las palabras que expresen el singular incluyen el plural y viceversa; las palabras que expresen un género incluyen todos los géneros; y las referencias hechas a personas incluyen a corporaciones, sociedades y otras asociaciones no incorporadas. 3. La palabra “incluyendo” o cualquier expresión similar utilizada en esta Póliza se considerará que significa “incluyendo sin limitación”. B. DEFINICIONES 1. Gastos Adicionales significa costos, cargos y gastos descritos en un endoso de “Cobertura Suplementaria”, en caso de que dicho endoso sea agregado a esta Póliza. 2. Asegurado Adicional significa cualquier persona o entidad identificada en el Punto 1d de la Cédula o endosada específicamente a esta Póliza como un Asegurado Adicional. Dicho Asegurado Adicional deberá mantener únicamente los derechos previstos en esta Póliza como se encuentran especificados en el Punto 1d de la Cédula o en un Endoso. 3. Solicitud significa cualquier información proporcionada al Suscriptor por, o en nombre de, un Asegurado, incluyendo todos los puntos previstos en el endoso de la “Cédula de Documentos Revelados”, en caso de que dicho endoso sea agregado a esta Póliza. 4. Lesiones Corporales significa lesiones físicas, enfermedad, padecimiento, dolencia, discapacidad, daño o choque mental sufrido por un Tercero, incluyendo la muerte que resulte de los mismos. 5. Reclamación significa: (a) Una demanda escrita o notificación escrita; o (b) Una Notificación Regulatoria, Emitida al Asegurado en busca de un remedio en contra del Asegurado o aseverando una responsabilidad de parte del Asegurado. 6. Limpieza significa la investigación, evaluación, monitoreo, contención, inmovilización, neutralización, mitigación, tratamiento, abatimiento, remediación, remoción o eliminación de Contaminantes del suelo, aguas superficiales, aguas subterráneas u otros medios contaminados por los Contaminantes. 7. Costos de Limpieza significa: (a) Los costos y gastos razonables y necesarios para llevar a cabo la Limpieza en la medida: (i) Requerida por la Ley Ambiental; o |
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(ii) De los costos efectivamente incurridos por a. Una autoridad regulatoria en el ejercicio de sus facultades bajo la Ley Ambiental, o b. Un Tercero, pero únicamente en la medida en que sean recuperables bajo la Ley Ambiental. (b) Costos de Restauración. 8. Obra Terminada significa la Obra Asegurada que ha sido terminada. Se considerará que la Obra Asegurada ha sido terminada tan pronto como ocurra lo siguiente: (a) Cuando todas las Obras Aseguradas hayan sido terminadas durante la Vigencia de la Póliza; o (b) Cuando todas las Obras Aseguradas hayan sido terminadas en un Sitio de las Obras, en caso de que las Obras Aseguradas se deban realizar en múltiples Sitios de las Obras; (c) Cuando una parte de la Obra Asegurada haya sido puesta en uso para los fines a los que se encuentra destinada por parte de una persona u organización distinta de otro contratista o subcontratista que esté trabajando en el mismo proyecto. Las Obras Aseguradas que pudieran requerir mantenimiento, servicio, reparación o reposición, pero que de otro modo hayan sido terminadas, se considerarán terminadas. Las Obras Aseguradas que hayan sido abandonadas no se considerarán terminadas. 9. Costos de Defensa significa los honorarios, costos y gastos legales y otros honorarios, costos y gastos profesionales incurridos por el Asegurado, con el previo consentimiento por escrito de parte del Suscriptor, para la investigación, defensa, ajuste, liquidación o apelación de una Reclamación a la que sea aplicable la presente Póliza. 10. Emergencia significa el descubrimiento de Polución que haya sido causada por las Obras Aseguradas, cuando dicha Polución represente una amenaza inmediata o inminente de daño grave al Medio Ambiente o un Daño en Propiedad grave, y cuando la demora en la respuesta por parte del Asegurado frente a dicho descubrimiento pudiera causar un incremento significativo en el costo de responder a cualquier Reclamación resultante o provocar que se tome una acción regulatoria en contra del Asegurado. 11. Costos de Emergencia significa los Costos de Limpieza incurridos por el Asegurado dentro de las primeras 72 (setenta y dos) horas consecutivas contadas a partir de la ocurrencia de una Emergencia, para mitigar las consecuencias de dicha Emergencia. Los Costos de Emergencia no incluyen los costos asociados con mejoras. 12. Medio Ambiente significa el aire, agua, suelo y terrenos (incluyendo los edificios y estructuras), y cualquier sistema ecológico y organismo viviente (incluyendo la vida humana) soportado por dichos medios. 13. Ley Ambiental significa cualquier ley, estatuto, instrumento estatutario, disposiciones, normas, reglamentos, ordenanzas, circulares o directrices de un Commonwealth, federales, estatales, territoriales, municipales o locales, siempre y cuando los mismos tengan la fuerza de una ley y cualquier permiso, autorización, licencia o aprobación expedida bajo los mismos; así como cualquier notificación, orden, solicitud o instrucción de un gobierno o autoridad estatutaria, agencia, corte o una entidad similar federal, estatal, territorial, municipal o local, o de derecho común, que sea aplicable a la Xxxxxxxx. |
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14. Período Extendido de Reporte significa el período de tiempo adicional en el que el Asegurado podrá reportar una Reclamación que sea hecha por primera vez en contra del Asegurado durante la Vigencia de la Póliza. 15. Primer Asegurado Nombrado significa la persona o entidad descrita en el Punto 1a de la Cédula. El Primer Asegurado Nombrado: (a) Será primariamente responsable por el pago de todas las Primas y Deducibles para todos los demás Asegurados; y (b) Actuará en nombre de todos los demás Asegurados para la entrega y recepción de notificaciones de cancelación o de no renovación, la recepción y aceptación de cualquier endoso expedido para formar parte de esta Póliza, o cualquier devolución de prima que sea pagadera bajo esta Póliza, y con respecto al ejercicio de cualquier Período Extendido de Reporte aplicable. 16. Asegurado significa: (a) El Primer Asegurado Nombrado; y (b) Cualquier Asegurado(s) Nombrado(s); y (c) Cualquier Contratista(s) Asegurado(s); y (d) Cualquier Asegurado(s) Adicional(es); y (e) Cualquier director, funcionario, socio o empleado de tiempo completo, temporal o de agencia, pasado o presente, del Primer Asegurado Nombrado, Asegurado(s) Nombrado(s), Contratista(s) Asegurado(s) o Asegurado(s) Adicional(es) mientras actúen dentro del ámbito de sus facultades como tales. 17. Contrato Asegurado significa la parte de un contrato o convenio escrito relativo a una Obra Asegurada bajo el cual el Asegurado(s) Nombrado(s) o el Contratista Xxxxxxxxx asumen la responsabilidad extracontractual de otra parte de pagar los daños por las Lesiones Corporales, Daño en Propiedad o Limpieza que resulten de la Polución causada por una Obra Asegurada. 18. Contratista Asegurado significa cualquier persona o entidad identificada en el Punto 1c de la Cédula, o específicamente endosada a esta Póliza, como Contratista Asegurado. Dicho Contratista Asegurado deberá mantener únicamente los derechos conferidos bajo esta Póliza, como se especifican en el Punto 1c de la Cédula o mediante un Endoso. 19. Obra Asegurada significa las actividades físicas identificadas en el Punto 7 de la Cédula, que sean llevadas a cabo por, o en nombre de, el Asegurado Nombrado en un Sitio de las Obras, tomando en cuenta que, cuando sea aplicable una Fecha Retroactiva, la Obra Asegurada incluye únicamente las actividades físicas realizadas en o después de esa fecha. Obra Asegurada incluye las Obras Terminadas. 20. Pérdida significa: (a) Adjudicaciones y liquidaciones monetarias de daños compensatorios, incluyendo los costos y gastos legales del reclamante; o (b) Los Costos de Limpieza; o |
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(c) Los Gastos por Daños a los Recursos Naturales. Pérdida no incluye daños liquidados o la restitución, devolución, retiro o reducción de honorarios, utilidades o cargos por las Obras Aseguradas. 21. Materia Microbiana significa cualquier tipo o forma de hongos, incluyendo moho o mildéu, y cualquier micotoxina, espora, esencia o producto derivado producido o liberado por hongos. 22. Asegurado Nombrado significa el Primer Asegurado Nombrado y cualquier persona o entidad identificada en el Punto 1b de la Cédula o específicamente endosada a esta Póliza como Asegurado Nombrado. 23. Recurso Natural significa hábitats naturales, ecosistemas, vida xxxxxxxxx, xxxxx, fauna, aire, tierra, agua (incluyendo las aguas subterráneas), suministros de agua potable y otros recursos naturales. 24. Daño a los Recursos Naturales significa el daño, lesión o destrucción de un Recurso Natural. 25. Gastos por Daños a los Recursos Naturales significa los costos y gastos razonables y necesarios para restaurar, rehabilitar, reponer o proveer una alternativa equivalente al Recurso Natural que ha sufrido un Daño a los Recursos Naturales, en la medida requerida por la Ley Ambiental. 26. Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza significa la fecha identificada en el Punto 2 de la Cédula. 27. Vigencia de la Póliza significa: (a) El período identificado en el Punto 2 de la Cédula; o (b) Cualquier período menor que resulte de la cancelación de esta Póliza; o (c) El período expresamente previsto de otra forma en un endoso de esta Póliza. 28. Contaminante significa cualquier sustancia (incluyendo la Materia Microbiana) capaz de causar un daño al Medio Ambiente. Contaminante no incluye ruido, luz o vibración. 29. Polución significa la descarga, dispersión, liberación, escape, migración o filtración de cualquier Contaminante dentro o sobre la tierra, o cualquier estructura que se encuentre sobre la tierra, la atmósfera, o en cualquier curso o cuerpo de agua, incluyendo las aguas subterráneas y el mar. Polución no significa un Contaminante que sea simplemente descubierto o revelado en un Sitio de las Obras durante o como resultado de las Obras Aseguradas. 30. Reclamación Potencial significa la Polución que sea: (a) Causada por las Obras Aseguradas; (b) Descubierta durante la Vigencia de la Póliza; y (c) Probable que resulte en una Reclamación a la que sea aplicable esta Xxxxxx. |
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31. Daño en Propiedad significa: (a) El daño físico a, o la destrucción de, la propiedad tangible de un Tercero, de la cual dicho Tercero tenga la propiedad legal, incluyendo la pérdida de uso o reducción en el valor resultante de la misma; (b) La pérdida de uso de la propiedad tangible de un Tercero, de la cual dicho Tercero tenga la propiedad legal, que no haya sido físicamente dañada o destruida; (c) La pérdida de, o interferencia con, el uso y disfrute de la propiedad tangible de un Tercero, de la que dicho Tercero tenga la propiedad legal, que no haya sido físicamente dañada o destruida; y (d) El daño físico a, o la destrucción de, la propiedad tangible de un Asegurado Nombrado de la que el Asegurado Nombrado tenga la propiedad legal. Daño en Propiedad no incluye: (a) La reducción en el valor de la propiedad que no haya sido físicamente dañada o destruida; (b) Limpieza o Daños a los Recursos Naturales; o (c) Cualquier costo de rehacer una obra que hubiera dado lugar a la Polución. 32. Notificación Regulatoria significa un requerimiento escrito de una autoridad regulatoria en ejercicio de sus facultades: (i) Para tomar una acción con respecto a la Polución; y (ii) Bajo la Ley Ambiental para tomar una acción con respecto a la Polución. 33. Costos de Restauración significa los costos razonables y necesarios incurridos por el Asegurado, con el previo consentimiento por escrito del Suscriptor, para restaurar, restablecer, reparar o reponer propiedad real o personal a una condición sustancialmente igual a la que existía antes de ser dañada durante la Limpieza. Los Costos de Restauración no incluyen los costos asociados con las mejoras. 34. Asegurado Responsable significa un funcionario, director o socio del Asegurado Nombrado, o un empleado del Asegurado Nombrado o del Contratista Asegurado responsable del cumplimiento, administración del riesgo, seguros, asuntos ambientales, de salud y seguridad, control o cumplimiento o administrar o supervisar las Obras Aseguradas. 35. Fecha Retroactiva significa la fecha especificada en el Punto 6 de la Cédula, o en cualquier endoso aplicable. En caso de que no se establezca una fecha o en caso de que aparezcan las palabras Ninguna, Nada, No Aplicable o N/A en el espacio correspondiente del Punto 6 de la Cédula, no será aplicable la Fecha Retroactiva. 36. Tercero significa una persona, entidad u organización distinta del Asegurado. 37. Seguro Subyacente significa las pólizas (y las renovaciones subsecuentes de dichas pólizas) específicamente identificadas en un endoso de “Cédula de Seguros Subyacentes”, en caso de que dicho endoso sea agregado a esta Póliza, ya sea que se estipule que dichas pólizas son primarias, a pro rata, contribuyentes, en exceso, paraguas o umbrela, contingentes o que se expidan sobre cualquier otra base, con excepción de las pólizas suscritas específicamente para ser aplicadas en exceso de esta Póliza. 38. Sitio de las Obras significa la ubicación en la que se llevan a cabo las Obras Aseguradas. |
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SECCIÓN III. EXCLUSIONES (Libre Traducción al Español) Esta Póliza no aplica a: 1. Cualquier costo, cargo o gasto: 1.1. MANTENIMIENTO Y RENOVACIÓN DE INSTALACIONES Para mantener, probar, monitorear, reparar, renovar, instalar, comisionar, desmantelar, remover o reponer alguna planta o equipo. 1.2. NÓMINA Y OTROS COSTOS INTERNOS Incurridos por, o en nombre de, el Asegurado para bienes suministrados o servicios prestados por el Asegurado o su compañía matriz, subsidiarias o filiales (incluyendo gastos de nómina). 2. Cualquier Reclamación, Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales para, o comoquiera que surjan directa o indirectamente de: 2.1. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL La xxxxxxxx de responsabilidad por parte del Asegurado en cualquier contrato o convenio. Esta exclusión no es aplicable a la responsabilidad: (a) Que el Asegurado hubiera tenido en ausencia de dicho contrato o convenio; o (b) Que sea específicamente asumida en un Contrato Asegurado, siempre y cuando la Reclamación se haga por primera vez y la Polución, a la que se refiere dicha Reclamación, comience después de la fecha de celebración del Contrato Asegurado. 2.2. MULTAS Y SANCIONES DELICTIVAS Multas delictivas o sanciones delictivas. 2.3. DAÑO A LA PROPIEDAD DE LA PRIMERA PARTE Cualquier daño físico, destrucción, pérdida de uso, pérdida o interferencia con el uso o disfrute, o la reducción en el valor de la propiedad perteneciente, alquilada o rentada por un Asegurado. 2.4. RESPONSABILIDAD PATRONAL (a) Lesiones físicas, enfermedad, padecimiento, dolencia, discapacidad, daño o choque mental sufrido por, o la muerte resultante de, un Asegurado o un empleado actual o anterior de su compañía matriz, subsidiarias o filiales derivado de y en el curso del empleo por parte del Asegurado o de su compañía matriz, subsidiarias o filiales; o (b) Una Reclamación por lesiones físicas, enfermedad, padecimiento, dolencia, discapacidad, angustia mental, estrés o choque emocional (incluyendo la muerte que resulte de los mismos) hecha en contra del Asegurado afirmando la responsabilidad del Asegurado en su carácter de patrón; o (c) Las disposiciones de la legislación en materia de responsabilidad patronal o cualquier ley similar. |
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Esta exclusión también es aplicable a cualquier obligación de contribuir o indemnizar a un Tercero que deba pagar daños derivado de dichas cuestiones. 2.5. ASEGURADO CONTRA ASEGURADO Cualquier Reclamación hecha por un Asegurado en contra de cualquier otro Asegurado. Esta exclusión no aplica a una Reclamación hecha por: (a) Un Asegurado Nombrado en contra de un Contratista Asegurado; o (b) CNH. (c) ASEA. 2.6. INCUMPLIMIENTO INTENCIONAL Cualquier acto u omisión fraudulenta, delictiva, maliciosa, intencional, voluntaria o incorrecta, o la falta de observancia intencional o voluntaria o el incumplimiento deliberado de las Leyes Ambientales por, o bajo las órdenes de, un Asegurado Responsable. Esta exclusión no aplica a un Asegurado Responsable: (a) Que actúe de buena fe bajo circunstancias excepcionales para mitigar las consecuencias de una Emergencia; o (b) Que no diera su consentimiento personalmente sobre, o permaneciera pasivo después de tomar conocimiento personal de, uno o más actos, omisiones o incumplimientos descritos anteriormente. 2.7. ASUNTOS CONOCIDOS Polución que: (a) Sea objeto de, o se encuentre relacionada con, una Reclamación existente antes o en la Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza; o (b) El Asegurado hubiera reportado a otra aseguradora bajo una póliza anterior, independientemente de que los límites de responsabilidad bajo dicha otra póliza hubieran sido agotados o de que los términos y condiciones de la póliza sean materialmente diferentes a los de esta Póliza; o (c) De la que el Asegurado tuviera conocimiento antes de la Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza, cuando el Asegurado supiera o razonablemente pudiera esperar que dicha Polución daría lugar a una Reclamación o a una Reclamación Potencial, o Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales bajo esta Póliza. 2.8. NUCLEAR (a) Radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de un combustible nuclear o de los desechos nucleares provenientes de la combustión de un combustible nuclear; o |
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(b) Las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de un ensamble nuclear explosivo o componente nuclear del mismo; o (c) Materiales xx xxxxx nucleares; o (d) Las propiedades peligrosas del material nuclear si dicha responsabilidad surge de la provisión, por parte del Asegurado, de servicios, materiales, partes o equipo con relación a la planeación, construcción, mantenimiento, operación o uso de una instalación nuclear. 2.9. PRODUCTOS Y BIENES Productos y bienes diseñados, fabricados, vendidos, manipulados, distribuidos o suministrados por un Asegurado o por otras personas que comercien bajo su nombre o bajo una licencia del Asegurado. Esta exclusión no aplica a productos o bienes que sean: (a) Usados por un Asegurado Nombrado o un Contratista Asegurado para llevar a cabo las Obras Aseguradas; o (b) Listados en un endoso de “Cobertura Suplementaria – Responsabilidad por Polución causada por Productos”, en caso de que dicho endoso sea agregado a esta Póliza. 2.10. SERVICIOS PROFESIONALES La prestación, o falta de prestación, por parte del Asegurado, de servicios profesionales, incluyendo la asesoría, recomendaciones, opiniones y estrategias provistas sobre o para trabajos de consultoría, diseño e ingeniería. 2.11. TERRORISMO Y GUERRA (a) Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas (se haya o no declarado la guerra), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conmoción civil que asuma las proporciones de un levantamiento popular, poder militar o usurpado; (b) Un acto de terrorismo, que es un acto, incluyendo el uso de la fuerza o la violencia y/o la amenaza de ello, llevado a cabo por una persona o grupo(s) de personas, que actúen por sí mismas o en nombre o con relación a alguna organización(es) o gobierno(s), cometido con fines políticos, religiosos, ideológicos u otros fines similares, incluyendo la intención de influenciar a un gobierno y/o causar miedo a la población o a cualquier sector de la misma; o (c) Cualquier acción tomada para controlar, evitar o suprimir o que de cualquier forma se relacione con los incisos (a) y/o (b) anteriores. 2.12. TRANSPORTACIÓN La transportación de desechos, productos, bienes o materiales hacia o desde el Sitio de las Obras. 2.13. OBRAS SIN LICENCIA Obras Aseguradas que sean llevadas a cabo sin contar con las licencias y permisos correspondientes. 2.14. ELIMINACIÓN DE DESECHOS Eliminación de desechos u otros materiales de las Obras Aseguradas. |
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SECCIÓN IV. LÍMITES DEL SEGURO Y DEDUCIBLE (Libre Traducción al Español) A. LÍMITES DEL SEGURO 1. Los Límites del Seguro especificados en el Punto 4 de la Cédula y las siguientes reglas determinan lo máximo que el Suscriptor pagará independientemente del número de Asegurados, Reclamaciones, reclamantes, Pérdidas, Emergencias o instancias de Polución. 2. Los Límites del Seguro serán aplicables a lo largo de toda la Vigencia de la Póliza y no separadamente a una porción de la misma. En caso de que la Vigencia de la Póliza fuera extendida después de la Fecha de Inicio de Vigencia de la Póliza, el período adicional será considerado parte de la vigencia anterior para el fin de determinar los Límites del Seguro. 3. Límite Agregado de la Póliza 3.1. El Límite Agregado de la Póliza especificado en el Punto 4 de la Cédula es lo máximo que el Suscriptor pagará por todas las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales. 3.2. Los montos pagados por concepto de Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales reducirán el Límite Agregado de la Póliza que se encuentra disponible. 4. Límite de Cada Condición 4.1. Sujeto al Límite Agregado de la Póliza, lo máximo que el Suscriptor pagará por todas las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales derivados de la misma, continua, repetida o relacionada Polución, es el Límite de Cada Condición especificado en el Punto 4 de la Cédula. Los montos pagados reducirán el Límite Agregado de la Póliza disponible para el pago de Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales derivados de cualquier otra Polución. 4.2. En caso de que el Límite Agregado de la Póliza hubiera sido reducido por el pago de Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales a un monto menor al Límite de Cada Condición especificado en la Cédula, el Límite Agregado de la Póliza remanente será el monto máximo que estará disponible para el pago de las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales derivados de cualquier otra Polución. 5. Múltiples Vigencias de la Póliza Las siguientes disposiciones únicamente serán aplicables en caso de que el Suscriptor haya emitido un Seguro Ambiental para Contratistas sobre la base de reclamaciones hechas, en favor del Asegurado Nombrado, en una o más vigencias de la póliza. Cuando: (a) Se haga una Reclamación por Lesiones Corporales, Daño en Propiedad, Limpieza o Daño a Recursos Naturales por primera vez en contra del Asegurado, y sea reportada al Suscriptor de conformidad con los términos y condiciones de la Póliza; o (b) Se reporte una Reclamación Potencial al Suscriptor de conformidad con los términos y condiciones de esta Póliza; o |
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(c) Se incurra en alguna Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales durante la Vigencia de la Póliza, Entonces: (i) Todas las Reclamaciones que deriven directa o indirectamente de la misma, continua, repetida o relacionada Polución, y que sean reportadas al Suscriptor bajo una póliza subsecuente de Seguro Ambiental para Contratistas expedida por el Suscriptor, o (ii) Todas las Pérdidas, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales que surjan directa o indirectamente de la misma, continua, repetida o relacionada Polución y que sean incurridos bajo una póliza subsecuente de Seguro Ambiental para Contratistas expedida por el Suscriptor, Se considerarán hechas y reportadas o incurridos por primera vez durante la Vigencia de la Póliza, siempre y cuando el Primer Asegurado Nombrado haya mantenido el Seguro Ambiental para Contratistas con el Suscriptor de forma continua e ininterrumpida desde el primer momento en que se hubiera hecho dicha Reclamación en contra del Asegurado, que haya sido reportada al Suscriptor, o el primer momento en que se hubiera reportado dicha Reclamación Potencial al Suscriptor, o el primer momento en que se hubiera incurrido en dicha Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales. 6. Secciones de Cobertura Múltiple En caso de que la misma, continua, repetida o relacionada Polución se encuentre cubierta bajo más de un párrafo en la Sección 1. Xxxxxxxxx, entonces: (a) Se considerará que se encuentra cubierta bajo un párrafo únicamente; y (b) El menor de los Límites de Cada Condición (y su Deducible aplicable) será aplicado a todas las Reclamaciones Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales derivados de dicha Polución. B. DEDUCIBLE 1. El Suscriptor pagará las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales a los que aplica esta Póliza, en exceso del Deducible especificado en el Punto 5 de la Cédula (o, de acuerdo con lo previsto en contrario por algún endoso, en caso de que dicho endoso sea agregado a la Póliza). 2. El Deducible aplica a todas las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia y Gastos Adicionales derivados de la misma, continua, repetida o relacionada Polución. 3. Las sumas pagadas dentro del Deducible no reducen los Límites del Seguro. 4. En caso de que, a solicitud del Asegurado, el Suscriptor pague por adelantado alguna parte de las Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia o Gastos Adicionales que se encuentre dentro del Deducible, el Asegurado deberá reembolsar dicho monto al Suscriptor lo más pronto posible. |
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SECCIÓN V. PERÍODO EXTENDIDO DE REPORTE (Libre Traducción al Español) 1. Siempre y cuando el Asegurado no haya contratado un seguro para sustituir esta Póliza, después de la terminación de esta Póliza con motivo de su cancelación (salvo como resultado de la falta de pago de la prima) o de la no renovación de la misma, el Asegurado tendrá un Período Extendido de Reporte automático de sesenta (60) días sin la necesidad de pagar una prima adicional. 2. Sujeto a todos los términos y condiciones de la Póliza, una Reclamación que sea reportada por escrito al Suscriptor durante el Período Extendido de Reporte automático se considerará reportada el último día de la Vigencia de la Póliza, siempre y cuando: (a) La Reclamación se haga por primera vez en contra del Asegurado durante la Vigencia de la Póliza; y (b) La Polución que dé lugar a dicha Reclamación haya comenzado antes de la fecha efectiva de la cancelación o el último día de la Vigencia de la Póliza, lo que ocurra primero. 3. El Período Extendido de Reporte automático no reinstalará ni incrementará cualquiera de los Límites del Seguro de esta Xxxxxx. |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 18 |
SECCIÓN VI. CONDICIONES (Libre Traducción al Español) A. CONDICIONES GENERALES 1. Cesión y Cambios Los términos, definiciones, condiciones, exclusiones y limitaciones de esta Póliza no podrán ser dispensadas o cambiadas, y ninguna cesión de algún interés sobre esta Póliza será vinculatoria para el Suscriptor, excepto cuando se encuentre prevista en un endoso expedido por o en nombre del Suscriptor y que sea agregado a esta Póliza. 2. Cancelación 2.1. El Primer Asegurado Nombrado podrá cancelar esta Póliza mediante el envío de una solicitud por escrito o mediante la devolución de esta Póliza al Suscriptor, incluyendo, en dicha solicitud o devolución, la fecha en la que la cancelación surtirá efectos. En caso de no establecer dicha fecha, la Póliza será cancelada a partir de la recepción de la solicitud o de la Póliza. 2.2. El Suscriptor podrá cancelar esta Póliza mediante el envío al Primer Asegurado Nombrado, a su último domicilio conocido, de una notificación de cancelación estableciendo la fecha en la que la cancelación surtirá efectos. Dicha notificación deberá ser enviada a más tardar 30 días antes de la fecha de cancelación. La Vigencia de la Póliza terminará en la fecha efectiva de la cancelación. El Suscriptor únicamente podrá cancelar la Póliza por los siguientes motivos: (a) Fraude cometido por el Asegurado; o (b) La falta del Asegurado de cumplir con los términos materiales, condiciones u obligaciones contractuales bajo esta Póliza, incluyendo la falta de pago de alguna prima o deducible, cuando éstos sean exigibles. 2.3. En caso de cancelación, el porcentaje de la prima especificado en el Punto 11 de la Cédula de esta Póliza será el porcentaje mínimo de la prima que el Suscriptor devenga en el inicio de vigencia de esta Póliza. A partir de ello, la prima remanente no devengada, si la hubiere, se considerará devengada por el Suscriptor a pro rata por el resto de la Vigencia de la Póliza. Cualquier prima no devengada que sea debida al Primer Asegurado Nombrado a partir de la cancelación de esta Póliza, ésta será calculada a pro rata y devuelta dentro de los 30 días siguientes a la fecha efectiva de la cancelación. 3. Cuidado y Cumplimiento El Asegurado, a su propia xxxxx, deberá tomar todos los cuidados y precauciones razonables (incluyendo el mantenimiento de la planta y equipo usados para las Obras Aseguradas en buenas condiciones de uso y cumpliendo con todas las obligaciones y reglamentos estatutarios) para evitar circunstancias que pudieran dar lugar a una Reclamación, Pérdida, Costos de Defensa, Costos de Emergencia o Gastos Adicionales bajo esta Póliza. 4. Consentimiento y Aprobación Cuandoquiera que se requiera el consentimiento o aprobación del Suscriptor o del Asegurado en relación con esta Póliza, dicho consentimiento o aprobación no serán retenidos, demorados, negados o condicionados. Asimismo, se acuerda que esta Póliza impone una obligación, a cada una de las partes, de actuar razonablemente y de buena fe. |
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5. Ejecutabilidad En caso de que cualquier parte de esta Póliza sea considerada inválida o inejecutable, no afectará la validez o ejecutabilidad de cualquier otra parte de esta Póliza, la cual será ejecutada en el mayor extremo permitido por la ley. 6. Convenio Total El Primer Asegurado Nombrado acuerda que esta Póliza, incluyendo cualquier endoso agregado y que forme parte de esta Póliza, e incluyendo la Solicitud y los materiales presentados en relación con dicha Solicitud, que se encuentran en posesión del Suscriptor y que son parte de esta Póliza como si a la letra se insertaran, constituye el convenio total existente entre el Asegurado(s) y el Suscriptor o cualquiera de sus agentes relacionados con esta Póliza. 7. Fraude Este seguro será nulo en caso de que el Asegurado haga una reclamación fraudulenta bajo esta Póliza. 8. Ley y Jurisdicción Aplicable 8.1. Esta Póliza, su interpretación y las obligaciones no contractuales derivadas de o relacionadas con la misma serán regidas por las leyes especificadas en el Punto 9a de la Cédula. 8.2. El Suscriptor y el Asegurado irrevocablemente convienen que las cortes especificadas en el Punto 9b de la Cédula tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa derivada de o relacionada con esta Póliza. El Suscriptor y el Asegurado acuerdan renunciar a cualquier objeción que exista respecto de dichas cortes, ya sea con motivo del lugar o de que el foro no sea el apropiado. 8.3. Nada de lo contenido en esta Condición impedirá que el Suscriptor y el Asegurado resuelvan cualquier disputa que exista entre ellos mediante el arbitraje, la mediación o cualquier otra forma de resolución alternativa de disputas. 9. Otros Seguros 9.1. Esta Póliza es en exceso de sumas cobrables de cualquier Seguro Subyacente. En caso de que dicho Seguro Subyacente, en virtud del alcance de su cobertura, definiciones, condiciones o límites de responsabilidad, no indemnizara al Asegurado en todo o en parte con respecto a una Reclamación, Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales como se establece en esta Póliza, esta Póliza, sujeto a sus términos, condiciones, límites, sublímites, Retención Auto Asegurada y exclusiones, proveerá indemnización en la medida en que dicha indemnización no sea otorgada por los términos y condiciones de dicho Seguro Subyacente. 9.2. Con respecto a todas las demás responsabilidades, esta Póliza es primaria y las obligaciones del Suscriptor no serán afectadas salvo que cualquier otro seguro también sea primario. En dicho caso, el Suscriptor contribuirá sobre una base de partes iguales, donde cada asegurador contribuye con montos iguales hasta que pague su límite de seguro aplicable o hasta que no exista otra Reclamación, Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales, lo que ocurra primero. En caso de que el otro seguro no permita la contribución en partes iguales, el Suscriptor contribuirá sobre la base de los límites, donde la participación de cada aseguradora es calculada con base en la proporción que guarde su límite del seguro aplicable frente a los límites de seguro aplicables totales de todas las aseguradoras. 9.3. El Asegurado Nombrado acuerda que durante la Vigencia de la Póliza: (a) Todos los Seguros Subyacentes serán mantenidos vigentes y surtiendo plenos efectos; y |
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(b) Los (sub)límites, términos y condiciones del Seguro Subyacente no cambiarán materialmente en relación con la Polución; y (c) Cualquier renovación o reposición del Seguro Subyacente proveerá, en relación con la Polución, una cobertura equivalente y otorgará (sub)límites de seguro que sean iguales o mayores a los de la Póliza que esté siendo renovada o repuesta. La falta del Asegurado de cumplir con esta condición no invalidará esta Póliza o alguna Reclamación bajo la misma, pero el Suscriptor no será responsable en una mayor medida o en un momento anterior a la medida o momento en que hubiera sido responsable si el Asegurado hubiera cumplido con esta condición. 10. Declaraciones El Asegurado(s) Nombrado(s) declara que los detalles y manifestaciones hechas en la Solicitud y todos los materiales presentados en relación con la Solicitud son verdaderos, exactos y completos, y acuerda que: (a) El Suscriptor ha expedido esta Póliza con base en la verdad de dicha declaración; y (b) Dichos detalles y manifestaciones, que son incorporados a y forman parte de esta Póliza, conforman la base de la Póliza, están sujetos a todos los términos y condiciones de la Póliza, y son materiales para la aceptación, por parte del Suscriptor, de los riesgos cubiertos por esta Póliza. 11. Sanciones Esta Póliza no provee indemnización alguna cuando el otorgamiento de dicha indemnización expondría al Suscriptor a una sanción, prohibición o restricción bajo las resoluciones de las Naciones Unidas o las sanciones, leyes o reglamentos comerciales o económicos de la Unión Europea, el Xxxxx Unido o Estados Unidos de América. 12. Separación de los Asegurados Excepto con respecto a los Límites del Seguro, la Condición de Cancelación, la Condición de Fraude y cualquier derecho u obligación específicamente asignada al Primer Asegurado Nombrado, este seguro aplica como si: (a) Cada Asegurado fuera el único Asegurado; y (b) Separadamente a cada Asegurado en contra del cual se haga una Reclamación. 13. Responsabilidad Independiente Las obligaciones del Suscriptor bajo esta Póliza son independientes y no solidarias, y se encuentran limitadas únicamente en la medida de su suscripción. El Suscriptor no es responsable por la suscripción de cualquier otra aseguradora que esté coasegurando y que, por cualquier motivo, no satisfaga todas o alguna parte de sus obligaciones. 14. Límites Compartidos Todos los Asegurados entienden, acuerdan y reconocen que la Póliza contiene un Límite Agregado de la Póliza que es aplicable a, y será compartido por, todos los Asegurados que se encuentren, o que pudieran estar, asegurados bajo esta Póliza. Por lo tanto, se entiende y acuerda que el Límite Agregado de la Póliza podrá ser agotado o reducido por pagos anteriores de otras Reclamaciones, Pérdidas, Costos de Defensa, Costos de Emergencia o Gastos Adicionales bajo esta Xxxxxx. X. XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XX XXXXXXX |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 21 |
1. Contacto Todas las Reclamaciones, Reclamaciones Potenciales, Polución o Emergencias deberán ser reportadas por escrito al Director de Reclamaciones del Suscriptor, al domicilio identificado en el Punto 13 de la Cédula de esta Póliza o a cualquier otro domicilio sustituido por escrito por parte del Suscriptor. 2. Reporte 2.1. Es una condición precedente a la responsabilidad del Suscriptor de hacer cualquier pago bajo esta Póliza que el Asegurado: (a) Reporte una Reclamación (para la Cobertura A), o la Emergencia (para la Cobertura B), a la que aplique esta Póliza, al Suscriptor tan pronto como sea posible después de que se hubiera hecho la Reclamación (para la Cobertura A) o de que se hubiera descubierto la Emergencia (para la Cobertura B). En la medida posible, dicho reporte deberá incluir, como mínimo: (i) Una descripción de la Polución (para todas las Coberturas), incluyendo la manera, el momento y lugar en el que ocurrió; (ii) La naturaleza y medida de cualquier lesión, daño u otro impacto adverso que resulte de la Polución (para todas las Coberturas), incluyendo los nombres y domicilios de testigos potenciales y de las partes lesionadas o afectadas; y (iii) La fecha de recepción de la Reclamación por parte del Asegurado (para la Cobertura A). (b) Enviar al Suscriptor inmediatamente, copias de todas las demandas, notificaciones, citatorios u otros procesos o documentos legales recibidos en relación con dicha Reclamación o Emergencia y autorizar al Suscriptor para que obtenga registros y otra información. 2.2. El Asegurado podrá reportar una Reclamación Potencial al Suscriptor durante la Vigencia de la Póliza o en cualquier Período Extendido de Reporte aplicable. En caso de que dicha Reclamación Potencial subsecuentemente se convirtiera en una Reclamación hecha en contra del Asegurado, se considerará hecha y reportada por primera vez durante la Vigencia de la Póliza, y estará sujeta a los términos, condiciones y Límites del Seguro de esta Póliza, siempre y cuando: (a) Dicha Reclamación sea reportada al Suscriptor por escrito dentro de los tres (3) años siguientes al final de la Vigencia de la Póliza; y (b) El Asegurado Nombrado no haya contratado cualquier otro seguro para sustituir a este seguro. C. CONDICIONES EN MATERIA DE RECLAMACIONES 1. Admisión de Responsabilidad, Asunción de Obligaciones, Pagos Voluntarios y Liquidaciones Voluntarias Es una condición precedente a la responsabilidad del Suscriptor de hacer cualquier pago bajo esta Póliza que, con excepción de los pagos hechos respecto de los Costos de Emergencia, el Asegurado no celebre alguna liquidación, realice algún pago, asuma alguna obligación o admita alguna responsabilidad de forma voluntaria, con respecto a una Reclamación, Reclamación Potencial, Pérdida, Limpieza, Emergencia o cualquier otra cuestión bajo esta Póliza sin el previo consentimiento por escrito de parte del Xxxxxxxxxx. |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 22 |
2. Cooperación y Mitigación 2.1. Es una condición precedente a la responsabilidad del Suscriptor de hacer cualquier pago bajo esta Póliza que todos los Asegurados asistan y cooperen con el Suscriptor en la defensa, investigación, ajuste o liquidación de una Reclamación o la mitigación de la Polución o de una Emergencia. 2.2. Dicha asistencia y cooperación podrá incluir: (a) Su participación en reuniones y procedimientos legales; (b) Garantizar evidencia; (c) Buscar y perseguir la cobertura que pudiera estar disponible bajo otras pólizas de seguro o indemnizaciones por cualquier monto que también pudiera estar cubierto bajo esta Póliza; (d) Proporcionar acceso total a los Sitios de las Obras al Suscriptor y a sus representantes; (e) Permitir que el Suscriptor y sus representantes entrevisten a personas, reúnan documentos, inspeccionen el Sitio de las Obras, y (f) Tomar las acciones que el Suscriptor estime necesarias para defender, investigar, ajustar o liquidar una Reclamación, o mitigar la Polución o una Emergencia. 2.3. La provisión de dicho acceso, inspección o acciones no impondrán responsabilidad u obligación alguna al Suscriptor. 2.4. El acuerdo del Asegurado de asistir y cooperar con el Suscriptor continuará no obstante la cancelación o terminación de esta Póliza. 3. Defensa 3.1. El Suscriptor tendrá el derecho, pero no la obligación, de defender al Asegurado en contra de una Reclamación a la que sea aplicable esta Póliza, tomando en cuenta que el derecho de defender o continuar defendiendo dicha Reclamación y de pagar cualquier Reclamación, Pérdida, Costos de Defensa, Costos de Emergencia o Gastos Adicionales terminará al momento en que los Límites del Seguro sean agotados o sean ofrecidos al Asegurado. Los Costos de Defensa reducen los Límites del Seguro y erosionan el Deducible. 3.2. El Suscriptor tendrá el derecho, pero no la obligación, de tomar el control y conducir, en cualquier momento y en nombre del Asegurado, la defensa, investigación, ajuste y liquidación de una Reclamación con respecto a la cual el Asegurado pudiera tener derecho a obtener una indemnización bajo esta Póliza. El Suscriptor tendrá entera discreción en la conducción de dichos procedimientos y en la liquidación de cualquier Reclamación, y podrá retirarse de la conducción de la defensa, investigación y ajuste de cualquier Reclamación a su absoluta discreción. 3.3. En caso de que el Suscriptor recomiende una propuesta de liquidación de una Reclamación al Asegurado que sea aceptable para un reclamante, que exceda el Deducible aplicable, y que se encuentre dentro de los Límites del Seguro, y el Asegurado rechace dicha propuesta de liquidación, el Asegurado deberá defender la Reclamación independientemente del Suscriptor, y la responsabilidad del Suscriptor no excederá el monto por el que la Reclamación hubiera podido ser resuelta si el Asegurado hubiera aceptado la propuesta de liquidación, más los Costos de Defensa incurridos hasta e incluyendo la fecha de dicho rechazo por parte del Asegurado, menos cualquier monto Deducible pendiente de pago, sujeto en todo caso a los Xxxxxxx xxx Xxxxxx. |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 23 |
3.4. En caso de que más de un Asegurado se encuentre sujeto a una Reclamación: 3.4.1. Sujeto a la ley aplicable, el Suscriptor deberá designar a un abogado para defender a todos los Asegurados; y 3.4.2. Todos los Asegurados acuerdan cooperar con respecto a la investigación, defensa y liquidación de dicha Reclamación. 4. Subrogación 4.1. El Suscriptor se subrogará en todos los derechos de recuperación del Asegurado en contra de cualquier persona u organización, incluyendo los derechos a la contribución de cualquier otra aseguradora. 4.2. El Asegurado deberá firmar y entregar los instrumentos y papeles y hacer cualquier cosa que sea necesaria para garantizar dichos derechos. 4.3. El Asegurado no deberá hacer cualquier cosa para perjudicar los derechos del Suscriptor; en caso de que el Asegurado renuncie a su reclamación en contra de un Tercero después de la ocurrencia de la Polución, el Suscriptor quedará liberado de su obligación de indemnizar al Asegurado en la medida en que el Suscriptor hubiera tenido derecho de obtener una recuperación de otra forma. 4.4. Cualquier recuperación obtenida a través de la subrogación, después de que los gastos incurridos en dicha subrogación sean deducidos por la parte que corrió con dichos gastos, corresponderá: (a) En primer lugar, al Asegurado, en la medida de cualquier pago en exceso del Límite del Seguro; (b) En segundo lugar, al Suscriptor, en la medida de sus pagos hechos bajo esta Póliza; (c) En tercer lugar, al Asegurado, en la medida de su deducible o retención auto asegurada, lo que sea aplicable. 4.5. No obstante lo anterior, el Suscriptor renuncia a cualquier derecho de recuperación que pudiera tener en contra de Wild Well Control y Schlumberger, en la medida en que el Asegurado sea expresamente requerido a renunciar a dichos derechos en un Contrato Asegurado. 4.6. El Suscriptor conviene en renunciar a los derechos de subrogación en contra de las Autoridades del Sector Hidrocarburos y no perseguir alguna reclamación en contra de dichas entidades bajo ninguna circunstancia. “Autoridades del Sector Hidrocarburos” tendrá el significado que le otorga el Artículo 18 de las Nuevas Disposiciones expedidas el 23 xx xxxxx de 2016 por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Autoridades del Sector Hidrocarburos significa “La Agencia, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía y el Fondo Mexicano del Petróleo”. Nuevas Disposiciones significa las Disposiciones Administrativas expedidas por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, publicadas el 23 xx xxxxx de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, tituladas “Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen las reglas para el requerimiento mínimo de seguros a los regulados que llevan a cabo obras o actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural”. D. CONDICIONES APLICABLES A PARTIR DE LA POLUCIÓN O EL DESCUBRIMIENTO DE POLUCIÓN |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 24 |
1. Obligaciones del Asegurado A partir de la ocurrencia de la Polución: 1.1. El Asegurado tendrá la obligación de: (a) Mitigar cualquier Reclamación, Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales bajo esta Póliza; y (b) Llevar a cabo la Limpieza en la medida requerida por la Ley Ambiental. 1.2. El Asegurado tiene el derecho de contratar a profesionistas o contratistas competentes y calificados para realizar la Limpieza, siempre y cuando (excepto en el caso de una Emergencia) se haya obtenido el previo consentimiento del Suscriptor por escrito con respecto a la contratación del profesionista o contratista en cuestión. 1.3. En adición a las obligaciones del Asegurado bajo la Sección VI, Subsección B, Condiciones en materia de Reporte, el Asegurado deberá notificar a los Suscriptores acerca de todas las acciones y medidas tomadas bajo esta Cláusula 1. 1.4. El Asegurado pagará todos los costos y gastos incurridos o erogados en relación con la liberación de sus obligaciones o el ejercicio de sus derechos bajo esta Cláusula 1, salvo que dichos costos y gastos se encuentren cubiertos bajo la Sección I, Cobertura de esta Póliza. 2. Derechos del Suscriptor A partir de la recepción de la notificación prevista en la Sección VI, Subsección B, Condiciones en materia de Reporte o la Cláusula 1 anterior: 2.1. El Suscriptor tendrá derecho, pero no la obligación, a: (a) Mitigar cualquier Reclamación, Pérdida, Costos de Emergencia, Costos de Defensa o Gastos Adicionales bajo esta Póliza, en caso de que el Asegurado no lo hiciere; (b) Llevar a cabo la Limpieza requerida por la Ley Ambiental, en caso de que el Asegurado no lo hiciere; (c) Asumir el control directo sobre cualquiera y todos los aspectos de la Limpieza realizada por el Asegurado; y (d) Xxxxxxx, participar y aprobar todas/cualquiera de las acciones o decisiones relativas a la Limpieza tomadas por parte del Asegurado. 2.2. Los costos o gastos incurridos o erogados por el Suscriptor en relación al ejercicio de sus derechos bajo esta Cláusula 2, se considerarán incurridos o erogados por el Asegurado y: 2.2.1. Cuando dichos costos o gastos hubieran estado cubiertos bajo la Sección I, Cobertura de esta Póliza si hubieran sido incurridos o erogados por el Asegurado, dichos costos o gastos serán aplicados contra los Límites del Seguro y el Deducible aplicables y, a partir de la demanda hecha por el Suscriptor, el Asegurado deberá reembolsar prontamente al Suscriptor cualquier parte de dichos costos o gastos que caiga dentro del Deducible; 2.2.2. Para todos los demás costos y gastos, a partir de la demanda hecha por el Suscriptor, el Asegurado deberá reembolsar prontamente dichos costos o gastos al Xxxxxxxxxx. |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 25 |
Endoso 01 Listado de Seguro Subyacente Este endoso, válido a partir del: 01 de julio de 2018 Se anexa a, forma parte de, y se encuentra 26300 30132473 sujeto a todos los términos y condiciones de, la Póliza: Expedido en favor de: Hokchi Energy, S.A. C.V. Expedido por, o en nombre de: Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Inbursa ESTE ENDOSO MODIFICA LA PÓLIZA: POR FAVOR, LÉALO CUIDADOSAMENTE Por la presente se acuerda que para los propósitos de la Sección II. Interpretación y Definiciones, párrafo 37. Seguro subyacente, y la Sección VI. Condiciones, Subsección A. Condiciones Generales, párrafo 9. Otro seguro, las siguientes pólizas (y todas las pólizas en exceso de los mismos) y la posteriores pólizas renovadas o de reemplazo (primaria y exceso) están aquí mismo listadas en la póliza. Clase de Slip Lider No. Póliza Limites de Periodo Seguro Reasegurador Responsabilidad Gastos Extras National B0621ECCHC0001 USD 200,000,000 1 July 2018 del Operador Union Fire 17 al 1 July 2019 Responsabilida National B0621ECCHC0001 USD 100,000,000 1 July 2018 des Offshore Union Fire 17 Exceso de USD al 100,000,000 1 July 2019 Responsabilida Navigators B0621ECCH00021 USD 100,000,000 1 July 2018 d General Syndicate 7 al Comercial 1221 1 July 2019 Offshore Responsabilida Xxxxxx B0621ECCHC417 USD 300,000,000 1 July 2018 d en Exceso Syndicate Exceso de USD al Offshore 1183 200,000,000 1 July 2019 Todos los demás términos y condiciones de la Póliza permanecen sin cambios. |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 26 | |
Endoso 02 Condición de Joint Venture | |||
Este endoso, válido a partir del: | 01 de julio de 2018 | ||
Se anexa a, forma parte de, y se encuentra sujeto a todos los términos y condiciones de, la Póliza: | 26300 30132473 | ||
Expedido en favor de: | Hokchi Energy, S.A. C.V. | ||
Expedido por, o en nombre de: | Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Inbursa | ||
ESTE ENDOSO MODIFICA LA PÓLIZA: POR FAVOR, LÉALO CUIDADOSA Se conviene hacer los siguientes cambios a la Póliza. 1. Lo siguiente es agregado a la Sección II. Interpretación y Definiciones, inciso B. Definiciones: Joint Venture significa una joint venture, coasociación, arrendamiento conjunto, contrato de op 2. Lo siguiente es agregado a la Sección VI. Condiciones, inciso X. Xxxxxxxxxxx Generales: 17.- Cobertura de Joint Venture 17.1. La cobertura otorgada por esta Póliza únicamente será aplicada al Primer Asegurado No matriz o subsidiaria(s)), (incluyendo a las subsidiarias de las mismas) y a los Asegurados No interés en las Joint Ventures (incluyendo cualquier Joint Venture de las mismas), tomando en (a) Esta extensión únicamente será aplicable a una Reclamación que, en virtud de las limitac pagadera bajo cualquier otra póliza válida que sea aplicable a la Joint Venture, pero que los términos de esta extensión; y (b) La responsabilidad del Suscriptor con respecto a cualquier Reclamación bajo esta extensió de: (i) El monto de dicha Reclamación; y (ii) El porcentaje del interés del Primer Asegurado Nombrado (o de su compañía matr las subsidiarias de las mismas)) en la Joint Venture a la que sea aplicable dicha Re Sujeto, en todo caso, a los Límites del Seguro previstos en la Cédula. Cuando el porcentaje del interés o el porcentaje de responsabilidad no se encuentre estipulado aplicado será aquél que sea impuesto por la ley al inicio de la vigencia de la joint ventu incrementado por la insolvencia de otras partes que tengan un interés en dicha joint venture. Esta Póliza no es aplicable a cualquier responsabilidad derivada de una Joint Venture como res comenzado antes de que el Primer Asegurado Nombrado (o su compañía(s) matriz o su subsidiarias de las mismas)) hubiera adquirido, ingresado o conformado la Joint Venture. | MENTE eración conjunta o sociedad. mbrado (o a su compañía(s) mbrados con respecto a su cuenta, en todo caso, que: iones de la cobertura, no sea no se encuentre excluida por n, estará limitada al producto iz o subsidiaria (incluyendo a clamación, por escrito, el porcentaje a ser re. Dicho porcentaje no será ultado de Polución que haya bsidiaria(s) (incluyendo a las |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 27 |
17.2. Cuando algún seguro subyacente (incluyendo el Seguro(s) Subyacente(s)) hubiera sido reducido mediante una cláusula de escalamiento de límites que tenga el mismo efecto que el párrafo 17.1. (b), la responsabilidad del Suscriptor bajo esta Póliza, como se limita por el párrafo 17.1., será en exceso de la suma de (a) dichos límites reducidos de cualquier seguro(s) subyacente(s) y (b) los límites de cualquier seguro(s) subyacente(s) que no hubieran sido reducidos. Todos los demás términos y condiciones de la Póliza permanecen sin cambios. |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 28 | |
Endoso 03 Listado de Asegurados Adicionales | |||
Este endoso, válido a partir del: | 01 de julio de 2018 | ||
Se anexa a, forma parte de, y se encuentra sujeto a todos los términos y condiciones de, la Póliza: | 26300 30132473 | ||
Expedido en favor de: | Hokchi Energy, S.A. C.V. | ||
Expedido por, o en nombre de: | Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Inbursa | ||
ESTE ENDOSO MODIFICA LA PÓLIZA: POR FAVOR, LÉALO CUIDADOSA Se acuerda que las siguiente(s) persona(s) o entidad(es) se encuentran incluidas como Asegurados Adicio Asegurados Adicionales Wild Well Control; Schlumberger; o Cualquier parte en la medida en que el Asegurado Nombrado sea requerido, mediante un con dicha parte(s) bajo esta Póliza. La cobertura para dichos Asegurados Adicionales aplica: 1. Únicamente a la responsabilidad de dicha persona(s) o entidad(es) derivada de una Obra Asegur nombre de, el Asegurado(s) Nombrado(s), pero únicamente en la medida en que dicha cober entidad(es) sea requerida en un Contrato Asegurado, excluyendo cualquier responsabilidad dicha persona(s) o entidad(es); y 2. Únicamente si dicha persona(s) o entidad(es) se encuentra nombrada en una Reclamación, aleg entidad(es) es responsable sobre la base descrita en el párrafo 1 anterior. Todos los demás términos y condiciones de la Póliza permanecen sin cambios. | MENTE nales en la Póliza. trato o convenio, a asegurar a ada llevada a cabo por, o en tura para dicha persona(s) o derivada de la negligencia de ando que dicha persona(s) o |
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ENGLISH VERSION PRINCIPALS’ ENVIRONMENTAL INSURANCE FOR HOKCHI ENERGY S.A. DE. C.V. THIS IS A CLAIMS MADE & REPORTED XXXXXX |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 30 |
SCHEDULE This Insurance Policy, the Application, the Schedule and any Endorsements or Memoranda shall be considered as one document and any word or expression to which a specific meaning has been attached shall bear such meaning wherever it appears. Other than the headings, words in bold typeface used in this Policy have specific meanings attached to them, as set out in Section II., Interpretation and Definitions. Insurer / Underwriter This Insurance Policy is issued by, or on behalf of << TBC >> Policy Number: 26300 30132473 Item First Named Insured Hokchi Energy S.A. de C.V. 1a. Address Xxxxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxx X, Xxxx 0, Xxxxxxx 000. Colonia 10 xx Xxxxx – 11250 – Ciudad de Mexico Item Named Insured(s) E&P Hidrocarburos y Servicios S.A. de C.V. 1b. EMSEP S.A. de C.V. Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de la Protección del Medias Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) Comision Nacional de Hidrocaruros (“CNH”) And/or incorporated companies, subsidiaries, affiliates or companies related to the First Named Insured and Named Insureds. Item Insured N/A 1c. Contractor(s) Item Additional Insured(s) See endorsements 1d. Item Policy Period From: 01 July 2018 To: 01 July 2019 2. “Policy Inception Date” Both days at 00:00:01 a.m. hours LST at the address identified in Item 1a. Item Currency USD unless otherwise specified 3. Item Limits of Insurance $ 10,000,000 Each Condition 4. Limit |
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$ 10,000,000 Aggregate Policy Limit Item 5. Deductible(s) $ 1,000,000 Each Condition Item 6. Retroactive Date 29 September 2016 (00:00:01 a.m. hours LST at the address identified in Item 1a.) Item 7. Insured Work Drilling of four appraisal xxxxx within the Hokchi Field in the Xxxxxxx Tertiary Basin. Insured Work does not include transportation to and from the Work Site. Item 8. Environmental If a box is checked, the corresponding coverage extension is provided by Coverage Extensions endorsement Transported Cargo ☐ Waste Disposal ☐ Professional Services ☐ Premises ☐ Products ☐ Pure Financial Loss ☐ Item 9a. Governing Law Mexican Item 9b. Jurisdiction Mexico Item 9c. Territory Worldwide Item 10. Premium As agreed Item 11. Minimum Earned 100% Premium Item 12. Broker Xxxxxx Insurance Services LLP Name and Address 00 Xxxx Xxxx, Xxxxxx XX0X 0XX Item 13. Company All notices of Claims, Potential Claims, Pollution or Emergencies shall Notifications: be sent to: The Manager of Claims The Channel Syndicate 00 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx XX0X 0XX, XX Email: xxxxxxx0000.xxxxxxxxxxxxx@xx-xx.xxx All other notices shall be sent to: The Class Underwriter, EIL |
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The Channel Syndicate 00 Xxxx Xxxxxx Xxxxxx XX0X 0XX, XX | |||||
Item 14. | Endorsements | ||||
No. | Form Name | Form Number | Edition | ||
01 | Underlying Insurance Schedule | E-CEI-MANU | 09-14 | ||
02 | Joint Venture Condition | E-CEI-MANU | 06-16 | ||
03 | Additional Insured Schedule | E-CEI-MANU | 06-16 | ||
Important no Claims Certain parts Insured) in Extended Re insured’s D Before an in every matter accept the ris An insured h contract of g consequence If an insured reduce its liab If an insured Defence cos Payment of De Additional WAIVER O If any Insure Policy to the | tices of this Policy are on a claims-made-and-reported basis. This means that Claims must be first made against writing during the Policy Period and reported to us (the Underwriter) in writing during the Policy Period or, w porting Period applies, reported to us in writing during the Extended Reporting Period. uty of Disclosure sured enters into a contract of general insurance with an underwriter, the insured has a duty to disclose to the und that the insured knows, or could reasonably be expected to know, is relevant to the underwriter’s decision wh k of insurance, and if so, on what terms. as the same duty to disclose those matters to the underwriter before the insured renews, extends, varies or rein eneral insurance. s of Non-Disclosure fails to comply with the insured’s duty of disclosure or makes a misrepresentation, an underwriter may be en ility under the contract in respect of a claim or may cancel the contract. ’s non-disclosure is fraudulent, the underwriter may also have the option of avoiding the contract from its beginni ts reduce the aggregate policy limit fence Costs reduces the Limits of Insurance available to pay any Claims, Loss, Emergency Costs, Defence Co Expenses under this Policy. F SUBROGATION d should waive any claim against a Third Party, the Underwriter shall have no obligation to indemnify un extent that the Underwriter would otherwise have had the right to recover from the Third Party. | you (the here an erwriter ether to states a titled to ng. sts, or der this |
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PLEASE READ THE ENTIRE POLICY CAREFULLY TO DETERMINE THE INSURED’S RIGHTS AND DUTIES, AND WHAT IS AND IS NOT COVERED. VARIOUS PROVISIONS THROUGHOUT THE POLICY RESTRICT OR EXCLUDE COVERAGE. SECTION I. COVERAGE In consideration of the payment of the Premium specified in Item 10 of the Schedule, and in reliance upon the statements contained in the Application and any other information provided prior to, or at, the Policy Inception Date, and subject to all the terms and conditions of this Policy and the Limits of Insurance and Deductible amounts specified in Items 4 and 5 of the Schedule respectively, the Underwriter and the Insured agree as follows: A. COVERAGE INSURED WORK COVERAGE Subject to the Requirements below, the Underwriter will pay to, or on behalf of, the Insured for: 1. Bodily Injury, Property Damage, Clean-Up and Natural Resource Damage (Coverage A) Loss that the Insured becomes legally liable to pay as a result of a Claim for Bodily Injury, Property Damage, Clean-Up or Natural Resource Damage resulting from Pollution caused by Insured Work. 2. Emergency Costs (Coverage B) Emergency Costs resulting from an Emergency. 3. Defence Costs (Coverage C) Defence Costs in respect of Claims covered by this Policy. B. Requirements Coverage under Section I. (Insured Work Coverage) only applies provided that: 1. such Pollution (for all Coverages) is unexpected and unintended; and 2. such Claim is first made against the Insured (for Coverage A), or such Emergency first occurred (for Coverage B), during the Policy Period; and 3. such Claim (for Coverage A) or such Emergency (for Coverage B) is reported in writing to the Underwriter in accordance with the terms and conditions of this Policy and in any event during the Policy Period or, where an Extended Reported Period applies for Coverage A, during the Extended Reporting Period; and 4. such Pollution arises (for all Coverages), and such Claim is made, maintained and pursued (for Coverage A) within the Territory specified in Item 9c of the Schedule. |
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SECTION II. Interpretation and DEFINITIONS A. INTERPRETATION 1. The headings of this Policy are for convenience only and form no part of the interpretation of the terms and conditions of this Policy. 2. Words importing the singular include the plural and vice versa; words importing a gender include every gender; and references to persons include corporations, partnerships and other unincorporated associations. 3. The word “including” or similar expression in this Policy shall be deemed to mean “including without limitation”. b. DEFINITIONS 1. Additional Expenses means costs, charges, and expenses that are described in a “Supplementary Coverage” endorsement, if such an endorsement is attached to this Policy. 2. Additional Insured means any person or entity identified in Item 1d of the Schedule or specifically endorsed onto this Policy as an Additional Insured. Such Additional Insured shall maintain only those rights pursuant to this Policy as are specified in Item 1d of the Schedule or by Endorsement. 3. Application means any information supplied to the Underwriter by, or on behalf of, any Insured, including all items set out in any “Disclosed Documents Schedule” endorsement, if such an endorsement is attached to this Policy. 4. Bodily Injury means physical injury, sickness, disease, illness, disability, mental harm or shock sustained by a Third Party, including death resulting therefrom. 5. Claim means: (a) a written demand or written notice; or (b) a Regulatory Notice, issued to the Insured seeking a remedy against the Insured or asserting liability or responsibility on the part of the Insured. 6. Clean-Up means the investigation, assessment, monitoring, containment, immobilisation, neutralisation, mitigation, treatment, abatement, remediation, removal or disposal of Pollutants, or soil, surface water, groundwater or other media contaminated by Pollutants. 7. Clean-Up Costs means: (a) reasonable and necessary costs and expenses to conduct Clean-Up to the extent: (i) required by Environmental Law; or (ii) such costs have been actually incurred by a. a regulatory authority exercising its powers under Environmental Law, or |
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b. a Third Party but only to the extent recoverable under Environmental Law. (b) Reinstatement Costs. 8. Completed Work means Insured Work that has been completed. Insured Work shall be deemed completed at the earliest of the following: (a) when all of the Insured Work has been completed during the Policy Period; or (b) when all of the Insured Work has been completed at a Work Site, if the Insured Work is to be conducted at multiple Work Sites; or (c) when that part of the Insured Work has been put to its intended use by any person or organisation other than another contractor or subcontractor working on the same project. Insured Work that may need maintenance, servicing, repair or replacement, but which is otherwise completed, will be deemed to be completed. Insured Work that has been abandoned shall be deemed to be not yet completed. 9. Defence Costs means reasonable legal and other professional fees, costs and expenses incurred by the Insured, with the Underwriter’s prior written consent, in the investigation, defence, adjustment, settlement or appeal of a Claim to which this Policy applies. 10. Emergency means the discovery of Pollution that has been caused by Insured Work, where such Pollution presents an immediate or imminent threat of serious harm to the Environment or serious Property Damage, and where any delay on the part of the Insured in responding to such discovery is likely to cause a significant increase in the cost of responding to any resulting Claim or lead to regulatory action being taken against the Insured. 11. Emergency Costs means Clean-Up Costs incurred by the Insured within the first 72 (seventy two) consecutive hours of an Emergency first arising, to mitigate the consequences of such Emergency. Emergency Costs do not include costs associated with improvements or betterments. 12. Environment means air, water, soil and land (including buildings and structures), and any ecological systems and living organisms (including humans) supported by these media. 13. Environmental Law means any Commonwealth, federal, state, territorial, municipal or local law, statute, statutory instrument, by-law, rule, regulation, ordinance, circular or guidance provided that such has the force of law, any permit, authorisation, licence or approval issued thereunder, and any notice, order, request or instruction of any federal, state, territorial, municipal or local governmental or statutory authority, agency, court or like entity, or common law, that is applicable to Pollution. 14. Extended Reporting Period means the additional period of time in which the Insured may report a Claim that is first made against the Insured during the Policy Period. 15. First Named Insured means the person or entity described in Item 1a of the Schedule. |
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The First Named Insured shall: (a) be primarily responsible for payment of all Premiums and Deductibles for all other Insureds; and (b) act on behalf of all other Insureds for the giving and receiving of notice of cancellation or non-renewal, receipt and acceptance of any endorsement issued to form a part of this Policy, or any return premiums that become payable under this Policy, and in respect of the exercise of any applicable Extended Reporting Period. 16. Insured means: (a) the First Named Insured; and (b) any Named Insured(s); and (c) any Insured Contractor(s); and (d) any Additional Insured(s); and (e) any past or present director, officer, partner, or full time, temporary or agency employee of the First Named Insured, Named Insured(s), Insured Contractor(s) or Additional Insured(s) while acting within the scope of his or her duties as such. 17. Insured Contract means that part of any written contract or agreement pertaining to Insured Work under which the Named Insured or Insured Contractor assumes the tort liability of another party to pay damages for Bodily Injury, Property Damage or Clean-Up resulting from Pollution caused by Insured Work. 18. Insured Contractor means any person or entity identified in Item 1c of the Schedule or specifically endorsed onto this Policy as an Insured Contractor. Such Insured Contractor shall maintain only those rights pursuant to this Policy as are specified in Item 1c of the Schedule or by Endorsement. 19. Insured Work means those physical activities identified in Item 7 of the Schedule, which are performed by, or on behalf of, the Named Insured at a Work Site, provided that where a Retroactive Date applies, Insured Work includes only those physical activities performed on or after such date. Insured Work includes Completed Work. 20. Loss means: (a) monetary awards or settlements of compensatory damages, including claimants’ legal costs and expenses; or (b) Clean-Up Costs; or (c) Natural Resource Damage Expenses. Loss does not include liquidated damages or the restitution, return, withdrawal or reduction of fees, profits or charges for Insured Work. 21. Microbial Matter means any type or form of fungi, including mould or mildew, and any mycotoxins, spores, scents or by- products produced or released by fungi. 22. Named Insured means the First Named Insured and any person or entity identified in Item 1b of the Schedule or specifically endorsed onto this Policy as a Xxxxx Xxxxxxx. |
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23. Natural Resource means natural habitats, ecosystems, wildlife, flora, fauna, air, land, water (including groundwater), drinking water supplies and other such natural resources. 24. Natural Resource Damage means damage to, injury to, or destruction of a Natural Resource. 25. Natural Resource Damage Expenses means reasonable and necessary costs and expenses to restore, rehabilitate, replace, or provide an equivalent alternative to, the Natural Resource that has suffered Natural Resource Damage, to the extent required by Environmental Law. 26. Policy Inception Date means the date identified in Item 2 of the Schedule. 27. Policy Period means: (a) the period identified in Item 2 of the Schedule; or (b) any shorter period resulting from the cancellation of this Policy; or (c) as otherwise expressly provided in an endorsement to this Policy. 28. Pollutant means any substance (including Microbial Matter) that is capable of causing harm or damage to the Environment. Pollutant does not include noise, light or vibration. 29. Pollution means the discharge, dispersal, release, escape, migration or seepage of any Pollutant into or upon land, or any structure on land, the atmosphere, or any watercourse or body of water, including groundwater and the sea. Pollution does not mean a Pollutant that is merely discovered or uncovered at a Work Site during or as a result of Insured Work. 30. Potential Claim means Pollution that is: (a) caused by Insured Work; (b) discovered during the Policy Period; and (c) likely to result in a Claim to which this Policy applies. 31. Property Damage means: (a) physical damage to, or destruction of, a Third Party’s tangible property of which the Third Party has legal ownership, including the resulting loss of use or reduction in value thereof; (b) loss of use of a Third Party’s tangible property of which the Third Party has legal ownership, that has not been physically damaged or destroyed; (c) loss of, or interference with, amenity or enjoyment of a Third Party’s tangible property of which the Third Party has legal ownership, that has not been physically damaged or destroyed; and (d) physical damage to, or destruction of, a Named Insured’s tangible property of which the Named Insured has legal ownership. Property Damage does not include: (a) reduction in value of property that has not been physically damaged or destroyed; (b) Clean-Up or Natural Resource Damage; or |
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(c) any cost of re-doing any work that gave rise to Pollution. 32. Regulatory Notice means a written requirement of a regulatory authority exercising its powers (i) to take action in respect of Pollution; and (ii) under Environmental Law to take action in respect of Pollution. 33. Reinstatement Costs means reasonable and necessary costs incurred by the Insured with the Underwriter’s prior written consent, to reinstate, restore, repair or replace real or personal property to substantially the same condition it was in prior to being damaged during Clean-Up. Reinstatement Costs do not include costs associated with improvements or betterments. 34. Responsible Insured means an officer, director or partner of the Named Insured, or any employee of the Named Insured or Insured Contractor responsible for compliance, risk management, insurance, environmental or health and safety affairs, control or compliance, or managing or overseeing Insured Work. 35. Retroactive Date means the date specified in Item 6 of the Schedule, or any applicable endorsement. If no date is entered or the words None, Nil, Not Applicable or N/A appear in the corresponding space of Item 6 of the Schedule, then a Retroactive Date shall not apply. 36. Third Party means a person, entity or organisation other than the Insured. 37. Underlying Insurance means those policies (and subsequent renewals of such policies) specifically identified in an “Underlying Insurance Schedule” endorsement, if such an endorsement is attached to this Policy, whether such policies are stated to be primary, pro rata, contributory, excess, umbrella, contingent or on any other basis except policies that are written specifically to apply in excess of this Policy. 38. Work Site means a location where Insured Work is conducted. |
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SECTION III. EXCLUSIONS This Policy does not apply to: 1. Any costs, charges of expenses: 1.1 FACILITY MAINTENANCE AND UPGRADES to maintain, test, monitor, repair, upgrade, install, commission, decommission, remove or replace any plant or equipment. 1.2 PAYROLL AND OTHER INTERNAL COSTS incurred by, or on behalf of, the Insured for goods supplied or services performed by the Insured or its parent, subsidiary or affiliate (including payroll expenses). 2. Any Claim, Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses for, or howsoever arising directly or indirectly out of: 2.1 CONTRACTUAL LIABILITY an Insured’s assumption of liability in any contract or agreement. This exclusion does not apply to liability: (a) that the Insured would have in the absence of such contract or agreement; or (b) that is specifically assumed in an Insured Contract, provided that the Claim is first made and the Pollution to which the Claim relates both first commence after the execution date of the Insured Contract. 2.2 CRIMINAL FINES AND PENALTIES criminal fines or criminal penalties. 2.3 DAMAGE TO FIRST PARTY PROPERTY any physical damage to, destruction of, loss of use of, loss of or interference with amenity or enjoyment of, or reduction in value of, property owned, leased or rented by an Insured. 2.4 EMPLOYERS LIABILITY (a) physical injury, sickness, disease, illness, disability, mental harm or shock sustained by, or the resulting death of, an Insured or a current or former employee of its parent, subsidiary or affiliate arising out of and in the course of employment by the Insured or its parent, subsidiary or affiliate; or (b) any Claim for any physical injury, sickness, disease, illness, disability, mental anguish, emotional distress or shock (including death resulting thereof) made against the Insured asserting that the Insured is liable as an employer; or (c) the provisions of employers’ liability legislation or similar law. |
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This Exclusion also applies to any obligation to contribute with, or indemnify, any Third Party who must pay damages arising from any such matters. 2.5 INSURED VERSUS INSURED any Claim made by one Insured against any other Insured. This exclusion does not apply to a Claim by: (a) a Named Insured against any Insured Contractor; or (b) CNH. (c) ASEA 2.6 INTENTIONAL NON COMPLIANCE any fraudulent, criminal, malicious, intentional, wilful or wrongful act or omission, or intentional or wilful disregard of, or deliberate non-compliance with, Environmental Laws by, or at the direction of, a Responsible Insured. This exclusion does not apply to a Responsible Insured: (a) acting in good faith under exceptional circumstances to mitigate the consequences of an Emergency; or (b) that did not personally acquiesce in, or remain passive after having personal knowledge of, one or more of the acts, omissions or non-compliances described above. 2.7 KNOWN MATTERS Pollution that: (a) is the subject of, or connected to, an existing Claim prior to or on the Policy Inception Date; or (b) the Insured has reported to another insurer under a prior policy regardless of whether the limits of liability under such policy have been exhausted or the terms and conditions of the policy are materially different to this Policy; or (c) the Insured had knowledge of prior to the Policy Inception Date where the Insured knew or reasonably could have expected that such Pollution would give rise to a Claim or Potential Claim, or Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses under this Policy. 2.8 NUCLEAR (a) ionising radiation or contamination by radioactivity from any nuclear fuel or from any nuclear waste from the combustion of nuclear fuel; or (b) the radioactive, toxic, explosive or other hazardous properties of any explosive nuclear assembly or nuclear component thereof; or (c) nuclear weapons material; or (d) the hazardous properties of nuclear material if such liability arises out of the furnishing by the Insured of services, material, parts or equipment in connection with planning, construction, maintenance, operation or use of any nuclear facility. 2.9 PRODUCTS AND GOODS products or goods designed, manufactured, sold, handled, distributed or supplied by an Insured or by others trading under its name or a licence from an Xxxxxxx. |
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This exclusion does not apply to any such products or goods that are: (a) used by a Named Insured or Insured Contractor to conduct Insured Work; or (b) listed on a “Supplementary Coverage – Products Pollution Liability” endorsement, if such an endorsement is attached to this Policy. 2.10 PROFESSIONAL SERVICES the Insured’s performance of, or failure to perform, professional services, including advice, recommendations, opinions and strategies provided on, or for, consulting, design and engineering work. 2.11 TERRORISM AND WAR (a) war, invasion, acts of foreign enemies, hostilities or warlike operations (whether war be declared or not), civil war, rebellion, revolution, insurrection, civil commotion assuming the proportions of or amounting to an uprising, military or usurped power; (b) any act of terrorism being any act, including the use of force or violence and/or the threat thereof, of any person or group(s) of persons, whether acting alone or on behalf of or in connection with any organisation(s) or government(s), committed for political, religious, ideological or similar purposes including the intention to influence any government and/or to put the public, or any section of the public, in fear; or (c) any action taken in controlling, preventing, suppressing or in any way relating to (a) and/or (b) above. 2.12 TRANSPORTATION transport of waste, products, goods or materials to or from the Work Site. 2.13 UNLICENSED WORK Insured Work that is conducted without the appropriate licences and permits being in place. 2.14 WASTE DISPOSAL disposal of waste or other materials from Xxxxxxx Xxxx. |
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SECTION IV. LIMITS OF INSURANCE AND DEDUCTIBLE A Limits of Insurance 1. The Limits of Insurance specified in Item 4 of the Schedule and the rules below fix the most the Underwriter will pay regardless of the number of Insureds, Claims, claimants, Losses, Emergencies, or instances of Pollution. 2. The Limits of Insurance will apply to the entire Policy Period and not separately to any portion of it. If the Policy Period is extended after the Policy Inception Date, the additional period will be deemed to be part of the preceding period for purposes of determining the Limits of Insurance. 3. Aggregate Policy Limit 3.1 The Aggregate Policy Limit specified in Item 4 of the Schedule is the maximum the Underwriter will pay for all Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses. 3.2 Any amounts so paid for Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses shall reduce the Aggregate Policy Limit available. 4. Each Condition Limit 4.1 Subject to the Aggregate Policy Limit, the maximum the Underwriter will pay for all Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses arising from the same, continuous, repeated or related Pollution is the Each Condition Limit specified in Item 4 of the Schedule. Such amounts so paid will reduce the Aggregate Policy Limit available for payment of Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses arising from any other Pollution. 4.2 If the Aggregate Policy Limit has been reduced by payment of Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses to an amount that is less than the Each Condition Limit specified in the Schedule, the remaining Aggregate Policy Limit is the maximum that will be available for payment of Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses arising from any other Pollution. 5. Multiple Policy Periods The following provisions only apply if the Underwriter has issued claims-made Contractors Environmental Insurance to the Named Insured in one or more policy periods. Where: (a) a Claim for Bodily Injury, Property Damage, Clean-Up or Natural Resource Damage is first made against the Insured and reported to the Underwriter in accordance with the terms and conditions of this Policy; or (b) a Potential Claim is reported to the Underwriter in accordance with the terms and conditions of this Policy; or (c) any Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses is/are incurred during the Policy Period, then: (i) all Claims arising directly or indirectly out of the same, continuous, repeated or related Pollution and reported to the Underwriter under a subsequent Contractors’ Environmental Insurance policy issued by the Underwriter, or |
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(ii) all Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses arising directly or indirectly out of the same, continuous, repeated or related Pollution and incurred under a subsequent Contractors’ Environmental Insurance policy issued by the Underwriter, shall be deemed to have been first made and reported or incurred during the Policy Period, provided that the First Named Insured has maintained Contractors’ Environmental Insurance with the Underwriter on a continuous, uninterrupted basis since the first such Claim was made against the Insured and reported to the Underwriter or the first such Potential Claim was reported to the Underwriter or the first such Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses was/were incurred. 6. Multiple Coverage Sections If the same, continuous, repeated or related Pollution is covered under more than one paragraph under Section 1. Coverage, then: (a) it shall be deemed to be covered under one paragraph only; and (b) the lowest of the Each Condition Limits (and its applicable Deductible) shall apply to all Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses arising from such Pollution. B. Deductible 1. The Underwriter will pay Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses to which this Policy applies in excess of the Deductible specified in Item 5 of the Schedule (or as otherwise provided by endorsement, if such an endorsement is attached to the Policy). 2. The Deductible applies to all Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs and Additional Expenses arising from the same, continuous, repeated or related Pollution. 3. Sums paid within the Deductible do not reduce the Limits of Insurance. 4. If, at the Insured’s request, the Underwriter advances any part of Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs or Additional Expenses that is within the Deductible, the Insured shall reimburse the Underwriter for such amount as soon as practicable. |
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SECTION V. Extended Reporting Period 1. Provided that the Insured has not purchased any insurance to replace this Policy, following termination of this Policy by reason of cancellation (other than as a result of non-payment of premium) or non-renewal, the Insured will have a sixty (60) day automatic Extended Reporting Period for no additional premium. 2. Subject to all of the terms and conditions of the Policy, a Claim that is reported to the Underwriter in writing during the automatic Extended Reporting Period will be deemed to have been made on the last day of the Policy Period provided that: (a) the Claim is first made against the Insured during the Policy Period; and (b) the Pollution giving rise to such Claim commenced prior to the effective date of cancellation or the last day of the Policy Period, whichever is earlier. 3. The automatic Extended Reporting Period shall not reinstate or increase any of the Limits of Insurance of this Xxxxxx. |
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SECTION VI. Conditions A. GENERAL CONDITIONS 1. Assignment and Changes The terms, definitions, conditions, exclusions and limitations of this Policy shall not be waived or changed, and no assignment of any interest in this Policy shall bind the Underwriter, except as provided by endorsement issued by or on behalf of the Underwriter and attached to this Policy. 2. Cancellation 2.1 The First Named Insured may cancel this Policy by sending a written request or by returning this Policy to the Underwriter, including in such request or return, the date cancellation is effective. If no such date is given, the Policy will be cancelled upon receipt of the request or Policy. 2.2 The Underwriter may cancel this Policy by sending to the First Named Insured at its last known address, a notice of cancellation stating the effective date of cancellation. Such notice shall be sent no later than 30 days in advance of the cancellation date. The Policy Period shall end on the cancellation effective date. The Underwriter may only cancel the Policy for the following reasons: (a) fraud committed by the Insured; or (b) the Insured’s failure to comply with the material terms, conditions or contractual obligations under this Policy, including failure to pay any premium or deductible when due. 2.3 In the event of cancellation, the premium percentage specified in Item 11 of the Schedule to this Policy shall be the minimum percentage of the premium that the Underwriter earns on the inception of this Policy. Thereafter, the remaining unearned premium, if any, shall be deemed earned by the Underwriter on a pro-rata basis over the remainder of the Policy Period. Any unearned premium due to the First Named Insured on cancellation of this Policy shall be calculated on a pro-rata basis and refunded within 30 days of the effective date of cancellation. 3. Care and Compliance The Insured shall at its own expense take all reasonable care and precautions (including maintaining plant and equipment used for Insured Work in good repair, and complying with all statutory obligations and regulations) to prevent circumstances that may give rise to a Claim, Loss, Defence Costs, Emergency Costs or Additional Expenses under this Policy. 4. Consent and Approval Wherever the Underwriter’s or the Insured’s consent or approval is required in connection with this Policy, such consent or approval shall not be unreasonably withheld, delayed, denied or conditioned. It is further agreed that this Policy imposes an obligation on each party to act reasonably and in good faith. 5. Enforceability If any part of this Policy is deemed invalid or unenforceable, it shall not affect the validity or enforceability of any other part of this Policy, which shall be enforced to the full extent permitted by law. 6. Entire Agreement |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 46 |
The First Named Insured agrees that this Policy, including any endorsements attached to and forming part of this Policy, and including the Application and any materials submitted in connection with such Application, which are on file with the Underwriter and are a part of this Policy as if physically attached, constitutes the entire agreement existing between the Insured(s) and the Underwriter or any of its agents relating to this Policy. 7. Fraud This insurance is void if the Insured makes a fraudulent claim under this Policy. 8. Governing Law and Jurisdiction 8.1 This Policy, its interpretation and any non-contractual obligations arising from or connected with it shall be governed by the laws specified in Item 9a of the Schedule. 8.2 The Underwriter and the Insured irrevocably agree that the courts specified in Item 9b of the Schedule shall have exclusive jurisdiction to settle any dispute arising out of or in connection with this Policy. The Underwriter and the Insured each agrees irrevocably to waive any objection to such courts, whether on the grounds of venue or that the forum is not appropriate. 8.3 Nothing in this Condition shall prevent the Underwriter and the Insured from resolving any dispute between them by arbitration, mediation or any other form of alternative dispute. 9. Other Insurance 9.1 This Policy is excess of sums collectible from any Underlying Insurance. Should any such Underlying Insurance by virtue of its scope of cover, definitions, conditions or limits of liability not indemnify the Insured in whole or in part in respect of any Claim, Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses as herein provided, this Policy shall, subject to its terms, conditions, limits, sub-limits, Self-Insured Retention and exclusions, provide indemnity to the extent that such indemnity is not provided by the terms and conditions of such Underlying Insurance. 9.2 With respect to all other liabilities, this Policy is primary and the Underwriter’s obligations are not affected unless any other insurance is also primary. In such case, the Underwriter will contribute on an equal shares basis whereby each insurer contributes equal amounts until it has paid its applicable limit of insurance or none of the Claim, Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses remains, whichever comes first. If any of the other insurance does not permit contribution on an equal shares basis, the Underwriter will contribute on a limits basis whereby each insurer's share is calculated on the ratio its applicable limit of insurance bears to the total applicable limits of insurance of all insurers. 9.3 The Named Insured agrees that during the Policy Period: (a) all Underlying Insurance will be maintained in full force and effect; and (b) the (sub)limits, terms and conditions of Underlying Insurance will not materially change in relation to Pollution; and (c) any renewals or replacements of Underlying Insurance will provide, in relation to Pollution, equivalent coverage to, and afford (sub)limits of insurance equal to or greater than the Policy being renewed or replaced. The Insured’s failure to comply with this condition will not invalidate this Policy or a Claim thereunder, but the Underwriter will not be liable to a greater extent or at an earlier point in time than if the Insured had complied with this condition. |
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10. Representations The Named Insured(s) represents that the particulars and statements in the Application and all materials submitted in connection with the Application are true, accurate and complete, and agrees that: (a) the Underwriter has issued this Policy in reliance upon the truth of such representation; and (b) such particulars and statements, which are incorporated into and constitute part of the Policy, form the basis of the Policy, are subject to all the terms and conditions of the Policy, and are material to the Underwriter’s acceptance of the risks covered by the Policy. 11. Sanctions This Policy does not provide any indemnity where the provision of such indemnity would expose the Underwriter to any sanction, prohibition or restriction under United Nations resolutions or the trade or economic sanctions, laws or regulations of the European Union, United Kingdom or United States of America. 12. Separation of Insureds Except with respect to the Limits of Insurance, Cancellation Condition, Fraud Condition and any rights or duties specifically assigned to the First Named Insured, this insurance applies as if: (a) each Insured were the only Insured; and (b) separately to each Insured against whom a Claim is made. 13. Several Liability The Underwriter’s obligations under this Policy are several and not joint, and are limited solely to the extent of its subscription. The Underwriter is not responsible for the subscription of any co-insuring insurers who for any reason fail to satisfy all or some of their obligations. 14. Shared Limits All Insureds understand, agree and acknowledge that the Policy contains an Aggregate Policy Limit that is applicable to, and will be shared by, all Insureds who are, or may become, insured under this Policy. As such, it is understood and agreed that the Aggregate Policy Limit may be exhausted or reduced by prior payments for other Claims, Loss, Defence Costs, Emergency Costs or Additional Expenses under this Policy. B. REPORTING CONDITIONS 1. Contact All Claims, Potential Claims, Pollution or Emergencies must be reported in writing to the Underwriter’s Manager of Claims at the address identified in Item 13 of the Schedule to this Policy or such other address(es) substituted by the Underwriter in writing. 2. Reporting 2.1 It is a condition precedent to the Underwriter’s liability to make any payment under the Policy that the Insured must: (a) report a Claim (for Coverage A), or the Emergency (for Coverage B), to which this Policy applies to the Underwriter as soon as practicable following the Claim being made (for Coverage A) or the Emergency being discovered (for Coverage B). To the extent possible, such report shall include as a minimum: |
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(i) a description of the Pollution (for all Coverages), including how, when and where it took place; (ii) the nature and extent of any injury, damage or other adverse impact resulting from the Pollution (for all Coverages), including the names and addresses of any potential witnesses and of injured or affected parties; and (iii) the date that the Claim was received by the Insured (for Coverage A). (b) forward to the Underwriter immediately, copies of any and all demands, notices, summonses or other process or legal papers received in connection with such Claim or Emergency and authorise the Underwriter to obtain records and other information. 2.2 The Insured may report a Potential Claim to the Underwriter during the Policy Period or any applicable Extended Reporting Period. Should such Potential Claim subsequently become a Claim made against the Insured, it will be deemed to have been first made and reported during the Policy Period and shall be subject to the terms, conditions and Limits of Insurance of this Policy provided that: (a) such Claim is reported to the Underwriter in writing within three (3) years following the end of the Policy Period; and (b) the Named Insured has not purchased any other insurance to replace this insurance. C. CLAIMS CONDITIONS 1. Admission of Liability, Assumption of Obligations, Voluntary Payments and Voluntary Settlements It is a condition precedent to the Underwriter’s liability to make any payment under the Policy that, except for payments made for Emergency Costs, the Insured shall not voluntarily enter into any settlement, make any payment, assume any obligation, or admit liability with respect to any Claim, Potential Claim, Loss, Clean-Up, Emergency or other matter under this Policy without the Underwriter’s prior written consent. 2. Co-operation and Mitigation 2.1 It is a condition precedent to the Underwriter’s liability to make any payment under the Policy that all Insureds shall assist and co-operate with the Underwriter in the defence, investigation, adjustment or settlement of a Claim or the mitigation of Pollution or an Emergency. 2.2 Such assistance and co-operation may include: (a) participating at meetings and legal proceedings; (b) securing evidence; (c) pursuing coverage that may be available from other insurance policies or indemnities for any amounts which may also be covered under this Policy; (d) providing the Underwriter and its representatives with full access to the Work Site; (e) permitting the Underwriter and its representatives to interview persons, collect documents, inspect the Work Site, and (f) taking such actions as the Underwriter deems necessary to defend, investigate, adjust or settle a Claim, or mitigate Pollution or an Emergency. 2.3 No such provision of access, inspection or actions shall impose any liability, responsibility or obligation on the Underwriter. |
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2.4 The Insureds’ agreement to assist and co-operate with the Underwriter shall continue notwithstanding the cancellation or termination of this Policy. 3. Defence 3.1 The Underwriter shall have the right but not the duty to defend the Insured against a Claim to which this Policy applies provided, however, that the right to defend or continue defending such Claim and to pay any Claim, Loss, Defence Costs, Emergency Costs or Additional Expenses shall end once the Limits of Insurance are exhausted or are tendered to the Insured. Defence Costs reduce the Limits of Insurance and erode the Deductible. 3.2 The Underwriter shall have the right but not the duty at any time to take over and conduct in the name of the Insured, the defence, investigation, adjustment and settlement of any Claim for which the Insured may become entitled to indemnity under this policy. The Underwriter shall have full discretion in the conduct of such proceedings and in the settlement of any Claim, and may withdraw from conduct of the defence, investigation and adjustment of any Claim at its sole absolute discretion 3.3 If the Underwriter recommends a settlement offer for a Claim to the Insured that is acceptable to a claimant, and which exceeds any applicable Deductible, and which is within the Limits of Insurance, and the Insured rejects such settlement offer, then the Insured shall defend the Claim independently of the Underwriter, and the Underwriter’s liability shall not exceed the amount for which the Claim could have been resolved if the Insured had accepted such settlement offer, plus Defence Costs incurred up to and including the date of such rejection by the Insured, less any outstanding Deductible amount, subject always to the Limits of Insurance. 3.4 If more than one Insured is subject to a Claim: 3.4.1 subject to applicable law, the Underwriter shall appoint one counsel to defend all such Insureds; and 3.4.2 all Insureds agree to cooperate with respect to the investigation, defence and settlement of such Claim. 4. Subrogation 4.1 The Underwriter shall be subrogated to all of the Insured’s rights of recovery against any person or organisation, including any rights to contribution from another insurer. 4.2 The Insured shall execute and deliver instruments and papers and do whatever else is necessary to secure such rights. 4.3 The Insured shall do nothing to prejudice the Underwriter’s rights, and in the event the Insured waives its claim against a Third Party following Pollution, the Underwriter shall be relieved of its obligation to indemnify the Insured to the extent that the Underwriter would otherwise have had the right to effect recovery. 4.4 Any recovery obtained through subrogation shall, after expenses incurred in such subrogation are deducted by the party bearing the expense, accrue: (a) first to the Insured to the extent of any payments in excess of the Limit of Insurance; (b) then to the Underwriter to the extent of its payments under the Policy; (c) then to the Insured to the extent of its deductible or self insured retention, whichever is applicable. |
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4.5 Notwithstanding the foregoing, the Underwriter hereby waives any right of recovery it may have against Wild Well Control and Schlumberger to the extent that the Insured is expressly required to waive such rights in an Insured Contract. 4.6 Underwriters agree to waive rights of subrogation against Autoridades del Sector Hidrocarburos and not to pursue any claim against such entities under any circumstance. “Autoridades del Sector Hidrocarburos” shall have the meaning provided in Article 18 of the New Disposition issued 23 June 2016 by Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. Autoridades del Sector Hidrocarburos means “La Agencia, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la Comisión Reguladora de Energía y el Fondo Mexicano del Petróleo”. New Disposition means the Administrative Disposition issued by Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos published on 23 June 2016 by DOF (“Diario Oficial de la Federación”) titled “Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen las reglas para el requerimiento mínimo de seguros a los regulados que lleven a cabo obras o actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tratamiento y refinación de petróleo y procesamiento de gas natural”. D. CONDITIONS APPLYING UPON POLLUTION OR DISCOVERY OF POLLUTION 1. Insured’s Duties Upon Pollution taking place: 1.1 The Insured has the duty to: (a) Mitigate any Claim, Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses under this Policy; and (b) Carry out Clean-Up to the extent required by Environmental Law. 1.2 The Insured has the right to retain a qualified competent professional or contractor to perform any Clean-Up provided that (with the exception of an Emergency) the Underwriter’s prior written consent has been obtained for the retention of the professional or contractor concerned. 1.3 In addition to the Insured’s duties under Section VI Sub-Section B Reporting Conditions, the Insured shall notify the Underwriter of all actions and measures taken under this Clause 1. 1.4 The Insured shall bear all costs and expenses incurred or expended in connection with the discharge of their duties or exercise of their rights under this Clause 1 unless such costs and expenses are covered under Section I Coverage of this Policy. 2. Underwriter’s Rights Upon receiving notice as provided for under Section VI Sub-Section B Reporting Conditions or Clause 1 above: 2.1 The Underwriter shall have the right, but not the duty, to: (a) Mitigate any Claim, Loss, Emergency Costs, Defence Costs or Additional Expenses under this Policy if the Insured fails to do so; |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 51 |
(b) Carry out Clean-Up required by Environmental Law if the Insured fails to do so; (c) Assume direct control over any or all aspects of any Clean-Up by the Insured; and (d) Review, participate in and approve all/any Clean-Up actions or decisions by the Insured. 2.2 Any costs or expenses incurred or expended by the Underwriter in connection with the exercise of their rights under this Clause 2 shall be deemed incurred or expended by the Insured and: 2.2.1 Where such costs or expenses would have been covered under Section I Coverage of this Policy if they had been incurred or expended by the Insured, then such costs or expenses shall be applied against the applicable Limits of Insurance and Deductible, and upon demand by the Underwriter, the Insured shall promptly reimburse the Underwriter for any part of such costs or expenses which fall within the Deductible; 2.2.2 for all other costs or expenses, upon demand by the Underwriter, the Insured shall promptly reimburse the Underwriter for all such costs or expenses. |
NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 52 |
Endorsement 01 Underlying Insurance Schedule THIS ENDORSEMENT CHANGES THE POLICY: PLEASE READ IT CAREFULLY It is hereby agreed that for purposes of Section II. Interpretation and Definitions, paragraph 37. Underlying Insurance, and Section VI. Conditions, subsection A. General Conditions, paragraph 9. Other Insurance, the following policies (and all excess policies thereto) and subsequent renewed or replacement policies (primary and excess) are hereby scheduled on to the Policy. Insurance Reiinsurerance Policy No. Limits of Period Class Slip Leader Liability Operator’s National Union B0621ECCHC00011 USD 1 July 2018 Extra Fire 7 200,000,000 to Expense 1 July 0000 Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx X0000XXXXX00000 USD 1 July 2018 Liabiliites Fire 7 100,000,000 to excess of 1 July 2019 USD 100,000,000 Offshore Navigators B0621ECCHC00021 USD 1 July 2018 Commercial Syndicate 1221 7 100,000,000 to General 1 July 2019 Labilities Reinsurance Offshore Xxxxxx Syndicate B0621ECCHC417 USD 1 July 2018 Excess 1183 300,000,000 to Lability excess of 1 July 2019 Reinsurance USD 200,000,000 All other terms and conditions of the Policy remain the same. |
This endorsement, effective: | 01 July 2018 | |
Is attached to, forms a part of, and is subject to all the terms and conditions of, Policy: | 26300 30132473 | |
Issued to: | Hokchi Energy S.A. C.V. | |
Issued by, or on behalf of: | Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Xxxxxxx |
XX. XX XXXXXX 00000 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 53 | |
Endorsement 02 Joint Venture Condition | |||
This endorsement, effective: | 01 July 2018 | ||
Is attached to, forms a part of, and is subject to all the terms and conditions of, Policy: | 26300 30132473 | ||
Issued to: | Hokchi Energy S.A. C.V. | ||
Issued by, or on behalf of: | Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Inbursa | ||
THIS ENDORSEMENT CHANGES THE POLICY: PLEASE READ IT CAREFULLY It is hereby agreed that the following changes are made to the Policy. 1. The following is added to Section II. Interpretation and Definitions, subsection B. Definitions: Joint Venture means a joint venture, co-venture, joint lease, joint operating agreement or partnership. 2. The following is added to Section VI. Conditions, subsection A. General Conditions: 17. Joint Venture Coverage 17.1 The coverage afforded by this Policy will only apply to the First Named Insured (or its parent( company(ies) (including subsidiaries thereof)) and Named Insureds in respect of its/their in Ventures (including Joint Ventures thereof), provided always that: (a) this extension shall only apply to any Claim which by virtue of limitations in cover is not pay other valid policy applicable to the Joint Venture but which would not be excluded by th extension; and (b) the liability of the Underwriter in respect of any Claim under this extension shall be limited to (i) the amount of such Claim and (ii) the percentage interest of the First Named Insured (or its parent or subsidiary com subsidiaries thereof)) in the Joint Venture to which such Claim applies, subject always to the Limits of Insurance stated in the Schedule. Where the percentage interest or percentage of liability is not stated in writing, the percentage to be that which would be imposed by law at the inception of the joint venture. Such percentage shall not the insolvency of others interested in the Joint Venture. This Policy does not apply to any liability arising out of a Joint Venture for Pollution that first co the First Named Insured (or its parent(s) or subsidiary company(ies) (including subsidiaries ther joined or formed the Joint Venture. 17.2 Where any underlying insurances (including Underlying Insurance(s)) have been reduced by a s clause having the same effect as paragraph 17.1 (b), the liability of the Underwriter under this Polic paragraph 17.1, shall be excess of the sum of (a) such reduced limits of any underlying insurance limits of any underlying insurance(s) not reduced. | s) or subsidiary terest in Joint able under any e terms of this the product of: pany (including applied shall be be increased by mmenced before eof)) acquired, caling of limits y, as limited by (s) and (b) the |
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NO. DE PÓLIZA 26300 30132473 | FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30129824 34381598 | NO. DE PAG: 54 | |
All other terms and conditions of the Policy remain the same. Endorsement 03 Additional Insured(s) Schedule | |||
This endorsement, effective: | 01 July 2018 | ||
Is attached to, forms a part of, and is subject to all the terms and conditions of, Policy: | 26300 30132473 | ||
Issued to: | Hokchi Energy S.A. C.V. | ||
Issued by, or on behalf of: | Xxxxxx Xxxxxxx, S.A. Grupo Financiero Inbursa | ||
THIS ENDORSEMENT CHANGES THE POLICY: PLEASE READ IT CAREFULLY It is hereby agreed that the following person(s) or entity(ies) is (are) included as Additional Insured(s) on the Policy Additional Insured(s) • Wild Well Control; • Schlumberger; or • any party to the extent that the Named Insured is required by contract or agreement to insure such party(ies) Coverage for such Additional Insured(s) applies: 2. solely to such person(s) or entity(ies’) liability arising out of Insured Work conducted by, or on behalf Insured(s), but only to the extent such coverage for such person(s) or entity(ies) is required in an Insur excluding any liability arising from the negligence of such person(s) or entity(ies); and 3. only if such person(s) or entity(ies) is (are) named in a Claim alleging that such person(s) or entity(ies) is ( basis of described in paragraph 1. above. All other terms and conditions of the Policy remain the same. | on this Policy. of, the Named ed Contract, and are) liable on the |