PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA FORMACION/RECTIFICACION DE INVENTARIOS DE BIENES DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE BURGOS.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CELEBRACION DE UN CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA FORMACION/RECTIFICACION DE INVENTARIOS DE BIENES DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA XX XXXXXX.
1ª.- OBJETO
Consistirá en la ejecución de trabajos de formación/rectificación de Inventarios de Bienes en los Municipios y las Entidades Locales Menores dependientes de los mismos, que se relacionan en el Anexo I, respectivamente, de este Pliego.
Los Inventarios recogerán la totalidad de bienes, derechos y acciones que constituyan el Patrimonio de cada Municipio y Entidad Local dependiente, cualquiera que sea su naturaleza o forma de adquisición y se elaborará conforme se establece en los art. 17 al 36 del RD 1.372/1986 de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y demás normativa aplicable, en soporte de papel e informático.
2ª.- CONTENIDO
Por cada Ayuntamiento que el licitador incluya en su oferta, deberá el adjudicatario realizar un Inventario completo de todos los bienes, derechos y acciones que constituyan su Patrimonio.
Los trabajos a realizar deberán partir del Inventario de Bienes existente en cada uno de los Municipios y en su defecto de los datos que proporcione cada Ayuntamiento, o de los datos que se extraigan sobre el terreno a través de trabajo de campo, mediciones que se realicen, o datos que se obtengan de los distintos Registros Administrativos (Catastro, Registro de la Propiedad). Es decir la elaboración de los Inventarios incluye la realización de actuaciones de investigación que resulten necesarias para identificación de los bienes.
En consecuencia se realizará, en primer lugar, un análisis de la situación actual con referencia a la información facilitada o con el Inventario existente, continuando con la incorporación de las omisiones totales o parciales que se descubran en el proceso de reconstrucción patrimonial, así como los errores que se detecten en el transcurso de los trabajos, para terminar con la redacción de un Proyecto de Inventario completo y actualizado para cada Entidad Local.
El mencionado proyecto deberá ser redactado y entregado en todo caso sea cual sea la situación inventarial anterior.
El Inventario completo por cada uno de los Ayuntamientos incluidos en su oferta por el licitador tendrá el siguiente contenido:
A) 1) En el Proyecto de Inventario completo se reseñarán por separado todos los bienes según su naturaleza, agrupándolos de acuerdo a los siguientes epígrafes:
Primero.- Inmuebles y Vías Públicas. Segundo.- Derechos reales.
Tercero.- Muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico.
Cuarto.- Valores mobiliarios, créditos y derechos de carácter personal de la Corporación.
Quinto.- Vehículos. Sexto.- Semovientes.
Séptimo.- Muebles no comprendidos en los anteriores enunciados. Octavo.- Bienes y derechos revertibles.
2) En igual forma se redactará para Entidades con personalidad propia dependientes de la Corporación o para establecimientos con personalidad propia e independiente, si la legítima representación correspondiere a la Corporación Local respectiva.
B) 1) La reseña de los Bienes se efectuará con numeración correlativa por cada uno de ellos dentro del respectivo epígrafe, de acuerdo con modelo del Anexo
II. A continuación se dejará espacio en blanco para consignar las variaciones que se produjeren en el curso del ejercicio y la cancelación de los asientos.
2) Se levantarán planos de planta y alzado de edificios y parcelarios que determinen gráficamente la situación, linderos y superficie de los solares, parcelas no edificadas, reflejando en estas edificaciones, servidumbres o accidentes importantes que puedan existir.
3) En todo caso, se obtendrán fotografías digitalizadas, debidamente autenticadas, de todos los bienes inmuebles urbanos, vías públicas, vehículos, y, además, de aquellos bienes muebles de carácter histórico, artístico o de considerable valor económico. A las hojas o fichas de éstos deberá acompañarse además una fotografía en papel color del bien correspondiente.
4) Los bienes inmuebles de naturaleza rústica se clasificarán por razón de su aprovechamiento en alguno de los siguientes grupos:
- Xxxxxx de utilidad pública o de libre disposición.
- Pastizales.
- Tierras de labor.
- Otros usos o dedicaciones.
Se expresará la superficie en Has. destinadas a regadío y secano. El sistema de aprovechamiento (comunal…etc.) y el rendimiento.
5) Para cada bien inmueble se realizará un sucinto informe jurídico con referencia al título de adquisición, cuestiones jurídicas terminadas o en curso, así como cualquier cuestión o problema importante que pueda afectarles.
6) La descripción de las vías públicas deberá de hacerse de tal forma que queden perfectamente individualizadas haciendo especial referencia a sus límites, longitud, anchura e indicando los servicios públicos que la afectan. La identificación de cada vía se hará en un plano general sin perjuicio de que en casos muy concretos y especiales haya de confeccionarse un plano específico de una vía a efectos de delimitar su anchura con mayor claridad.
7) El Inventario de los Bienes Muebles (epígrafe 7º) los describirá sucintamente en la medida necesaria para su individualización. Se procederá al Etiquetado de todos los bienes muebles inventariables, asignándoles códigos fácilmente identificables y armonizados con las determinaciones del Plan General de Contabilidad.
8) Bajo el epígrafe “Bienes y Derechos Revertibles” se reseñarán con el detalle suficiente, según su naturaleza y sin perjuicio de las remisiones a otros epígrafes y números del Inventario, todos aquellos cuyo dominio o disfrute hubiere de revertir o consolidarse en la Entidad llegado cierto día o al cumplirse o no determinada condición, de modo que sirva de recordatorio constante para que la Corporación ejercite oportunamente las facultades que le correspondieren en relación con los mismos.
Se relacionará en esta parte del Inventario, entre otros bienes, los cedidos por la Corporación condicionalmente o a plazo, las concesiones y los arrendamientos otorgados sobre bienes municipales.
9) Al proyecto de Inventario se acompañará los documentos que refrenden los datos del Inventario y en especial de los títulos de dominio, actas de deslinde y valoración, planos, fotografías digitalizadas, expedientes judiciales o actuaciones similares que puedan existir.
Se obtendrá y acompañará Nota Simple Registral de los bienes de titularidad municipal así como las Escrituras de Propiedad de todos y cada uno de los inmuebles, de los que se disponga.
10) Por cada uno de los epígrafes deberá acompañarse las correspondientes hojas resumen del Inventario.
11) El proyecto de Inventario y la documentación que se acompañe deberá presentarse además en soporte informático o aplicación informática que permita una gestión y actualización de los datos sencilla y rápida.
3ª.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS
Será de 365 días como máximo, computados desde la firma del contrato.
4ª.- PRECIO DE LICITACIÓN Y ENTREGA DE LOS TRABAJOS
Se fija como precio de licitación máximo del contrato la cantidad de OCHENTA MIL EUROS (80.000 euros), entendiéndose incluido el I.V.A. y cualquier otro tributo que pudiera gravar la prestación de los servicios que ahora se contratan.
El precio (abono a cuenta, en su caso) será abonado una vez concluidos los Inventarios de uno o varios municipios, entendiendo por tales los del Ayuntamientos y en su caso, Entidades Locales Menores existentes en su término y que hayan aceptado la colaboración de la Diputación, a cuyo efecto deberá entregar el contratista la correspondiente certificación junto con los trabajos realizados que serán revisados por la Diputación.
A efectos de cuantificar las certificaciones que se vayan presentando, el precio será ofertado individualmente entre las Corporaciones incluidas en la contratación, sin que el conjunto de las mismas pueda superar la cantidad señalada anteriormente o el de la oferta si fuere inferior.
En todo caso, el contratista responderá de que los trabajos cumplan las exigencias razonables de la Corporación Local afectada, que deberá aprobar el Inventario realizado, y si faltaren algunos datos fundamentales o bienes que hubieran omitido, habrán de ser completados por el mismo.
5ª.- NUMERO DE EJEMPLARES
El proyecto de Inventario completo para cada Municipio, que irá precedido de una hoja resumen en la que se agruparán los bienes según su naturaleza, se entregará por cuadruplicado ejemplar, debidamente encuadernado. Si en el Municipio existieren Entidades a las que se refiere el punto A.2 del 2 Contenido, el proyecto de Inventario relativo a los bienes de éstas se entregarán en quintuplicado ejemplar.
A continuación del resumen a que se hace mención en el párrafo precedente se unirá una memoria indicativa de la forma en que se realizó el trabajo y de aquellos aspectos que por su importancia y trascendencia hayan de tenerse en cuenta en orden a la conservación, reivindicación y defensa de los bienes.
Las hojas o fichas individuales se ajustarán al modelo del Anexo II incluida la de “resumen general al 31 de diciembre”.
6ª.- DATOS GRAFICOS
Las escalas a utilizar en la confección de planos topográficos serán las siguientes, debiendo tenerse en cuenta que las carátulas de los planos deben situarse en la esquina inferior derecha, insertando en la misma la correspondiente escalilla gráfica:
Fincas rústicas:
- Parcelas inferiores a 5 Has. : Escala 1:1.000
- Parcelas de 5 Has. en adelante : Escala 1:2.000
Siempre que al dibujarse tengan cabida en un plano de formato A3.
En caso de que no fuera así por tratarse de parcelas muy extensas, podrá reducirse a la escala que fuera necesaria para garantizar la representación de la parcela en un plano de ese formato A3, sin sobrepasar en ningún caso el límite de la escala 1:5.000.
No obstante, las fincas superiores a 30 Has. podrán presentarse en croquis por causa justificada y previa autorización de la Diputación.
Fincas urbanas:
- Planos de situación : Escala 1:1.000
- Planos de planta y alzado de edificaciones : Escala 1:100
- Solares o parcelas. : Escala 1:200
En el caso de los planos de planta, si se tiene acceso a la documentación de los proyectos de ejecución y éstos contienen planos a 1:50, podrían incorporarse directamente estos planos, previa comprobación de que lo ejecutado coincide con lo proyectado.
Asimismo la Diputación, previa motivación de las causas por el adjudicatario, podrá autorizar otras escalas de planimetría para casos concretos y excepcionales que surjan durante la ejecución de los trabajos.
7ª.- CONCURSANTES
La capacidad para licitar en la presente contratación, será la señalada en los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas.
8ª.- PLAZO DE GARANTIA
La empresa adjudicataria no podrá conservar copia de los trabajos realizados, estando obligada a guardar secreto profesional de los datos que ha conocido en su realización, siendo causa de resolución del contrato la entrega de
material o información a personas distintas de la Diputación, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan.
Se establece un plazo de garantía de seis meses a contar desde la recepción de los trabajos. Durante dicho plazo el contratista está obligado a resolver las peticiones de subsanación de errores y omisión de datos que se hubieran puesto de manifiesto y fueran indispensables. A estos fines y una vez entregados los trabajos y material de todos los Ayuntamientos, se levantará por triplicado ejemplar Acta de Recepción, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de la totalidad de los trabajos.
Transcurrido el plazo de garantía, sin que existan objeciones por parte de la Administración, quedará extinguida la responsabilidad del contratista, procediéndose en consecuencia a la devolución de la garantía definitiva.
Burgos, 00 xx xxxx xx 0000
XXX XX XXXXXXX
XXX.: XXXXXX XXXXXXXX XXXX
ANEXO I
RELACION DE MUNICIPIOS A LOS QUE ES PRECISO EJECUTAR LOS TRABAJOS DE REALIZACION DE INVENTARIOS DE BIENES POR EL IMPORTE DE 80.000 €.
AYUNTAMIENTOS O ENTIDADES LOCALES MENORES | |
FORMACION: | PRESUPUESTO |
COVIDES XX XXXX (X. xx Xxxx) | 2.000,00 |
XXXXXXXXXXX LA SOMBRIA XXXXXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXXXXXXX LA SOMBRIA XXXXXXXXXXX LA SOLANA | 3.500,00 |
MENAMAYOR (X. xx Xxxx) | 2.000,00 |
CELADILLA SOTOBRIN (M. Río Xxxxxxx) | 2.000,00 |
PENAHORADA (M. Río Xxxxxxx) | 2.000,00 |
CELADA DEL CAMINO | 2.000,00 |
SARGENTES DE LA XXXX AYOLUENGO SANTA XXXXXX VALDEAJOS | 4.153,80 |
RECTIFICACION: | PRESUPUESTO |
HORTIGÜELA | 2.653,85 |
SASAMÓN XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXXXX XXX XXXXXX OLMILLOS DE SASAMÓN VILLANDIEGO VILLASIDRO YUDEGO | 10.000,00 |
CARDEÑADIJO | 7.000,00 |
LA VID Y BARRIOS GUMA LA VID | 3.653,85 |
XXXXXX DE SAN XXXXXXXX | 2.000,00 |
XXXXXXXXXX XX XXXXXX | 2.653,85 |
SAN XXXXX XX XXXXXX XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX | 0.000,00 |
XXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXXXXX | 3.153,85 |
TORTOLES DE ESGUEVA | 2.653,85 |
CASTROJERIZ VILLASILOS | 3.500,00 |
SAN XXXX XXX XXXXX | 2.653,85 |
HONTORIA DE VALDEARADOS | 2.653,85 |
XXXXXXX DE ABAJO | 2.000,00 |
BAÑOS DE VALDEARADOS | 2.653,85 |
XXXXXXXX DEL PIDIO | 2.653,85 |
CAYUELA XXXXXXXXX XX XXXX | 3.153,85 |
XXXXXXXXX XX XXXXX | 3.000,00 |
MADRIGALEJO DEL MONTE MONTUENGA | 3.153,85 |
RESERVA: | PRESUPUESTO |
XXXXXXXXXX XXX XXXXX | 0 |
XXXXXXXXXX XXX XXXXX | 0 |
XXXXXXXX | 0 |
XXXXXX XX XXXX | 0 |
BELORADO ETERNA PURAS XX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX | 0 |
XXXXXXX | 0 |
XXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX DE ESGUEVA | 0 |
XXX | 0 |
HONTORIA DE VALDEARADOS | 0 |
BUNIEL | 0 |
XXXXXX XX XXXXXXX | 0 |
XXXXXXXXXXX XXX | 0 |
XXXXXX XX XXXXX | 0 |
XXXXXXXXXXX | 0 |
XXXXXXXXXX LA ALDEA XXXXXX BARRIOSUSO BARRUELO BISJUECES BOCOS CAMPO CASILLAS CESPEDES CIGÜENZA ESCAÑO FRENEDO HOCINA HORNA INCINILLAS LECHEDO MOZARES LA QUINTA XX XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX SOCIEGÜENZA XXXXXXX SANTA XXXX XX XXXXXX XXXXX TUBILLA VILLACANES VILLACOMPARADA XX XXXXX VILLALAIN XXXXXXXXXX LA BLANCA XXXXXXXXXX LA XXXXXX XXXXXXXXX | 0 |
XXXXXXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXX XX XXXX XXXXXXXXXXX DE LAS XXXXX CUBILLEJO XX XXXX | 0 |
TORRESANDINO | 0 |
POZA DE LA SAL LENCES DE BUREBA XXXXXX XX XXXXXX | 0 |
ANEXO II
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE
INVENTARIOS COMPLETOS DE ENTIDADES LOCALES.
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 1º.- BIENES INMUEBLES: a) URBANOS
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Nombre de la finca. | |||
b) Naturaleza del inmueble: URBANO. | |||
c) Situación, calle: | |||
d) Nº de Referencia Catastral. | |||
e) Linderos: | |||
f) Superficie: | |||
g) Características: (para edificios) noticias sobre su construcción y estado de conservación. | |||
h) Naturaleza del dominio (Servicio público o de propios). | |||
i) Fecha de adquisición y título en virtud del cual se atribuye al Municipio. | |||
j) Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad. Tomo. Libro. Folio. Finca Inscripción nº | |||
k) Xxxxxxx y acuerdo que lo hubiera dispuesto. | |||
l) Derechos Reales constituidos a su favor. | |||
ll) Derechos Reales que graven la finca. | |||
m Derechos personales constituidos en relación con la misma. | |||
n) Costo de la adquisición: | |||
ñ) Valor que correspondería en venta al inmueble: | |||
o) Rentas que produce: | |||
p) Signatura de archivo en que obra la documentación: |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 1º.- BIENES INMUEBLES: b) RUSTICOS
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Nombre de la finca. | |||
b) Naturaleza del inmueble: RUSTICO. | |||
c) Situación, POLIGONO. PARCELA. REFERENCIA CATASTRAL. | |||
d) Linderos: | |||
e) Superficie: | |||
f) Naturaleza del dominio (Comunales o de propios). | |||
g) Fecha de adquisición y título en virtud del cual se atribuye al Municipio. | |||
h) Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad. Tomo Libro Folio Finca Inscripción nº. | |||
i) Xxxxxxx y acuerdo que lo hubiera dispuesto. | |||
j) Derechos Reales constituidos a su favor. | |||
k) Derechos Reales que graven la finca. | |||
l) Derechos personales constituidos en relación con la misma. | |||
ll) Costo de la adquisición: | |||
m) Valor que correspondería en venta: | |||
n) Rentas que produce: | |||
ñ) Signatura de archivo en que obra la documentación: |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 2º.- DERECHOS REALES
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Naturaleza. | |||
b) Xxxxxxxx sobre el que recae: | |||
c) Contenido del derecho. | |||
d) Titulo de adquisición. | |||
e) Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad. Tomo. Libro. Folio. Finca. Inscripción nº. | |||
f) Costo de al adquisición: | |||
g) Valor actual: | |||
h) Frutos y rentas que produce. | |||
i) Signatura de archivo en que obra la documentación: |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 3º.- BIENES INMUEBLES DE CARÁCTER HISTORICO, ARTISTICO O DE CONSIDERABLE VALOR ECONOMICO
Nº de Orde n | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Descripción de forma que facilite su identificación Naturaleza. | |||
b) Razón de su valor histórico, artistico o económico. | |||
c) Lugar en el que se encuentra situado y persona bajo cuya responsabilidad se custodia. | |||
d) Fecha de adquisición. | |||
e) Costo. | |||
f) Valor en venta. | |||
g) Renta que produce. | |||
h) Signatura del lugar del Archivo en que obra la documentación. |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 4º A.- VALORES MOBILIARIOS
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Número del titulo. | |||
b) Clase. | |||
c) Organismo o Entidad Emisora. | |||
d) Serie y numeración. | |||
e) Fecha de adquisición. | |||
f) Precio de la misma. | |||
g) Capital nominal. | |||
h) Valor efectivo. | |||
i) Frutos y Rentas que produce. | |||
j) Lugar en que se encuentra depositado. | |||
k) Signatura del lugar del Archivo en que obra la documentación. |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 4º B.- CREDITOS Y DERECHOS DE CARÁCTER PERSONAL
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Concepto. | |||
b) Nombre del deudor. | |||
c) Valor. | |||
d) Título de adquisición. | |||
e) Vencimiento. | |||
f) Signatura del lugar del Archivo en que obra la documentación. |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 5º.- VEHÍCULOS
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Clase. Marca y modelo. | |||
b) Tracción, mecánica, animal o manual. | |||
c) Matrícula y nº de Bastidor: | |||
d) Título de adquisición: | |||
e) Destino: | |||
f) Costo de adquisición: | |||
g) Valor actual: |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 6º.- SEMOVIENTES
Nº de Orde n | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
a) Especie. | |||
b) Número xx xxxxxxx. | |||
c) Marcas. | |||
d) Persona encargada de la custodia. | |||
e) Costo de adquisición: | |||
f) Valor: | |||
g) Signatura del lugar del Archivo en que obra la documentación. |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 7º.- BIENES MUEBLES NO COMPRENDIDOS EN LOS ANTERIORES ENUNCIADOS
Nº de Orden | D E S C R I P C I O N | VALOR | RENTAS |
AYUNTAMIENTO DE PROVINCIA XX XXXXXX
EPIGRAFE 8º.- BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES