CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS
CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS
DE VUNKERS IT EXPERTS, S.L.U.
Las siguientes Condiciones Generales regulan la relación entre VUNKERS IT EXPERTS, S.L.U., con domicilio en 25670 – Térmens (Lleida), calle Xxxxxxxx, número 7, inscrita en el Registro Mercantil de Lleida, tomo 1.407, folio 211, hoja L-28.279, NIF B- 25640186 (en adelante el “ARRENDADOR”) y el adquirente del servicio (en adelante el “ARRENDATARIO”) que contrate cualquiera de los productos y servicios incluidos en el presente Contrato de conformidad con las condiciones generales establecidas en el presente acuerdo (en adelante, indistintamente, las “Condiciones Generales” o las “Condiciones”). No obstante lo anterior, alguno de los productos y/o servicios puede prestarse, adicionalmente, bajo unas Condiciones Particulares, las cuales resultarán igualmente de aplicación. En caso de existir contradicciones entre las presentes Condiciones Generales y las Condiciones Particulares prevalecerán estas últimas. Queda bien entendido por el ARRENDATARIO que las Condiciones Generales, las Condiciones Particulares y cualquier otro acuerdo que se incorpore a éstas, serán considerados en su conjunto como el contrato que vincula a ambas partes (en adelante, el “Contrato”).
Primera. Entrega e instalación del equipo arrendado.
Los equipos objeto de arrendamiento se entenderán entregados a plena satisfacción y en perfectas condiciones de funcionamiento, una vez el ARRENDATARIO suscriba las presentes Condiciones y se pongan los bienes a su disposición conforme se describe a continuación.
El Equipo arrendado ha sido entregado por el ARRENDADOR en cumplimiento de expresas instrucciones pactadas con el ARRENDATARIO, quién ha elegido el bien, bajo su única responsabilidad, habiendo determinado a tal efecto la clase, marca, modelo, especificaciones técnicas y demás condiciones del mismo. En consecuencia, el ARRENDATARIO libera al ARRENDADOR de toda
responsabilidad respecto la idoneidad del producto, su utilidad para fines concretos y su rentabilidad, no teniendo derecho a obtener una disminución alguna en el precio, ni indemnización, ni resolución contractual por no poder utilizar el material de acuerdo con sus expectativas.
Si el ARRENDATARIO impidiese o no llevase a cabo las acciones necesarias para la recepción del equipo o equipos contratados en los términos pactados o renunciase definitivamente a su instalación, el ARRENDADOR podrá exigir una indemnización equivalente al importe de las rentas pactadas durante el período de permanencia mínimo previsto en las Condiciones Particulares.
Segunda. Propiedad del equipo.
El equipo objeto de este contrato es propiedad del ARRENDADOR o, en su caso, el ARRENDADOR ostenta los derechos pertinentes para arrendárselo al ARRENDATARIO.
El ARRENDATARIO no podrá transmitir ni ceder sus derechos y obligaciones, ni subarrendar el equipo objeto de este contrato, sin previo permiso escrito del ARRENDADOR.
En el caso que el ARRENDADOR subrogue su posición jurídica mediante el ejercicio del derecho que le otorga este contrato, solamente quedara obligado a comunicar tal circunstancia al ARRENDATARIO.
Tercera. Uso del equipo arrendado.
El ARRENDATARIO se obliga a utilizar el equipo objeto del presente contrato a los fines que le son propios y a que su empleo se realice por el propio ARRENDATARIO o persona autorizada por él, teniendo la directa responsabilidad el ARRENDATARIO frente al ARRENDADOR por el uso indebido del equipo o por cualquier vulneración de los términos del presente
Contrato, incluidas las Condiciones Generales y Particulares.
El equipo arrendado será utilizado y conservado siguiendo las instrucciones de uso, conservación y de revisión expuestas por el fabricante y de conformidad con las disposiciones legales vigentes en cada momento. Asimismo, el ARRENDADOR le podrá proporcionar al ARRENDATARIO en cualquier momento instrucciones sobre cómo utilizar los Equipos arrendados.
La inclusión en los equipos de cualquier elemento que no esté comprendido en la configuración contratada deberá ser autorizada previamente por escrito por el ARRENDADOR, la cual podrá ser facturada por separado por el ARRENDADOR.
Cuarta. Entrada en vigor y duración del contrato.
El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, permaneciendo vigente por el periodo que se determinen en las Condiciones Particulares hasta el pago de la última cuota mensual, conforme lo indicado en las mismas. El Contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales sucesivos, salvo que alguna de las partes comunique a la otra su voluntad de no prorrogarlo con un plazo de antelación de dos (2) meses a la fecha de finalización del mismo o alguna de sus prórrogas.
El ARRENDATARIO podrá resolver el presente Contrato, para ello deberá comunicarlo por escrito al ARRENDADOR con una antelación mínima de 2 meses a la fecha de efectos, indicando: a) su voluntad de resolver el contrato y la fecha de efectos, procediendo al pago de todas las cuotas que se devenguen hasta dicha fecha y a la devolución del equipo en los términos previstos en el presente Contrato; b) su voluntad de resolver del contrato, satisfaciendo todas las cuotas pactadas pendientes de vencimiento y haciendo suya la propiedad del equipo arrendado.
El ARRENDATARIO no podrá resolver el contrato durante el período de permanencia mínimo pactado en las Condiciones Particulares, salvo en caso de
pagar las cantidades a facturar por el periodo de permanencia restante.
Quinta. Facturación y forma de pago.
La factura correspondiente a las tarifas de alta e instalación, más todo el equipamiento o servicios adicionales solicitados por el ARRENDATARIO y cualquier otro elemento reflejado en las Condiciones Particulares o mediante Anexo, serán facturados en el plazo de 30 días desde la instalación.
La factura correspondiente a las tarifas de abono y/o mantenimiento de carácter periódico comprenderá los servicios desde el primero hasta el último día del período de facturación. En el caso de altas, modificaciones o bajas del Servicio dentro del período de facturación, la factura comprenderá la parte proporcional con base en el número de días del período en que el Servicio se haya prestado. La factura será emitida a partir del día siguiente al de finalización del período objeto de facturación.
El pago se realizará mediante domiciliación de las facturas en la cuenta bancaria o cuenta de ahorro que el ARRENDATARIO haya designado, o en su defecto, por transferencia bancaria a la cuenta habilitada a tal efecto, salvo que el ARRENDATARIO hubiera elegido otro medio de pago de acuerdo con el ARRENDADOR.
Sexta. Impago del precio.
El impago en las fechas previstas de cualquiera de las cuotas devengará un interés de demora a favor del ARRENDADOR equivalente al interés legal del dinero incrementado en dos puntos porcentuales, así como la cantidad pertinente en concepto de gastos derivados por la devolución y requerimiento de pago.
Séptima. Conservación del equipo.
Los equipos arrendados cuentan con la garantía ofrecida por el fabricante de los mismos.
En caso de estar incluido el servicio de mantenimiento en el Contrato, según las Condiciones Particulares del mismo, será prestado por la empresa que designe el ARRENDADOR.
Los elementos o piezas del equipo únicamente podrán ser sustituidos por otros u otras de igual clase o marca y procedentes del mismo fabricante, no pudiendo el ARRENDATARIO retirarlos en el momento de devolución del equipo. Si el ARRENDATARIO modifica o altera el equipo arrendado disminuyendo su valor o alterando sus funciones deberá indemnizar por ello al ARRENDADOR.
Para todo aquello no cubierta por la garantía y/o el mantenimiento, el ARRENDATARIO se obliga a mantener y conservar a su xxxxx el material objeto de este contrato en perfecto estado de funcionamiento, durante toda la vigencia del contrato y hasta la devolución de los equipos.
El ARRENDATARIO deberá comunicar cualquier cambio de emplazamiento del equipo y facilitar la dirección completa del mismo.
El ARRENDATARIO permitirá el acceso al lugar donde se encuentre el equipo al ARRENDADOR y a las personas que ésta designe, a fin de comprobar el estado del equipo y realizar las operaciones de mantenimiento, en su caso.
Octava. Seguro y responsabilidades
El ARRENDADOR queda exonerado de responsabilidad por los riesgos derivados de la utilización del equipo, corriendo por cuenta y cargo exclusivo del ARRENDATARIO cuantos daños y perjuicios se ocasionen por o en el equipo arrendado, obligándose a la reparación de sus componentes en caso de deterioro parcial y a su restitución o reemplazo al ARRENDADOR en caso de siniestro total.
El mantenimiento y seguro del servicio incluye el mantenimiento de todos los elementos instalados por el ARRENDADOR. La descripción de las características del mantenimiento que se aplican a cada una de las diversas modalidades de servicio son las siguientes:
•El mantenimiento asociado al servicio cubrirá a todos los elementos contratados del servicio, garantizando un tiempo de reparación de cualquiera de ellos igual o inferior a dos días laborables desde la recepción del aviso de avería de lunes a viernes en horario de 8:00 a 17:00 horas.
•La atención postventa se llevará a cabo a través de los teléfonos habituales 000000000. El servicio contempla un seguro del equipamiento contratado que cubre la reparación o sustitución de equipos afectados en caso de siniestro sin coste para el cliente, salvo en los siguientes supuestos:
Hurto
Dolo o culpa grave del Asegurado/Tomador. Actos políticos o sociales, guerra civil o internacional, fuerzas extraordinarias de la naturaleza (consorciables).
Reacciones o transmutaciones nucleares. Defectos ya existentes, falta de protección adecuada o deterioro paulatino, experimentos y pruebas.
Eliminación de fallos operacionales.
Daños responsabilidad del fabricante o proveedor.
Daños en equipos arrendados de los que sea responsable su propietario.
Perjuicios y pérdidas indirectos. (Paralización del negocio, pérdida de beneficios)
Defectos estéticos, materiales consumibles.
•Hechos consorciables, “Catástrofe Nacional”.
Hechos no compensados por el Consorcio de Compensación de Seguros por incumplimiento de sus normas.
El ARRENDATARIO se obliga, a su cargo, a la obtención de los permisos y autorizaciones que fuesen necesarios para la instalación, utilización o traslado del equipo contratado, así como a la realización de los controles y verificaciones periódicas indicadas por la Autoridad competente.
El ARRENDATARIO se obliga asimismo a satisfacer cuantas multas, sanciones o indemnizaciones de cualquier clase, que pudieran serle impuestas derivadas de la utilización y disfrute del equipo arrendado.
Novena. Resolución del contrato.
El ARRENDADOR podrá declarar resuelto el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por el ARRENDATARIO y, en particular, la falta de pago de la renta pactada.
Con carácter previo a la resolución del contrato, el ARRENDADOR requerirá al ARRENDATARIO para que atienda sus obligaciones en el plazo improrrogable xx xxxx (10) días, si transcurrido el plazo no se hubieses puesto al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, el ARRENDADOR podrá:
a) Declarar resuelto el presente contrato, quedando obligado el ARRENDATARIO a devolver en el lugar que determine el ARRENDADOR el material arrendado en el plazo máximo de cuarenta (48) horas debiendo abonar, simultáneamente a la entrega: a) las cantidades vencidas y no satisfechos, en su caso, con la penalización e intereses de demora fijados en este contrato;
b) el 100% de las cuotas correspondientes al período mínimo de permanencia pactado que estén pendientes de satisfacer; y c) una cantidad equivalente al 50% de las cuotas pendientes de vencimiento, en concepto de indemnización por daños y perjuicios.
b) Exigir el cumplimiento del Contrato, debiendo en tal caso abonar el ARRENDATARIO, las cantidades vencidas y no pagadas, así como todas las pendientes de vencimiento que se declararán vencidas anticipadamente, teniendo el carácter de deuda vencida, líquida y exigible a todos los efectos legales.
Serán de cuenta del ARRENDATARIO todos los gastos, incluidos los honorarios de Abogados y derechos de Procuradores, que se ocasionen al ARRENDADOR por razón de cualquier incumplimiento por el ARRENDATARIO.
Décima. Devolución del equipo.
Al término del contrato en el plazo pactado, alguna de sus prórrogas, o en caso de resolución anticipada del mismo conforme a lo indicado en la cláusula
anterior, el ARRENDATARIO devolverá a su cargo el equipo arrendado en el lugar y a la persona o entidad señalados por el ARRENDADOR, en buenas condiciones, salvo el normal desgaste motivado por su uso. Las reparaciones que resulte necesario efectuar en el referido equipo serán a cargo del ARRENDATARIO.
Por cada día de retraso en la devolución del equipo arrendado, será de aplicación una indemnización del 10% de la cuta mensual pactada, en concepto de clausula penal, con independencia de la facultad que corresponde al ARRENDADOR para exigir el pago de las rentas que transcurrieren hasta el momento en que se produzca la efectiva devolución.
Undécima. Gastos e impuestos.
Todos los gastos, impuestos, tasas y contribuciones especiales que graven el otorgamiento de este contrato correrán a cargo del ARRENDATARIO.
Duodécima. Protección de datos de carácter personal.
Cada una de las Partes queda informada de que los datos de contacto de sus representantes y empleados tratados en virtud del Contrato, así como los otros intercambiados durante la prestación de los Servicios, serán tratados por la otra Parte con la finalidad de permitir el desarrollo, cumplimiento y control de la relación de prestación de Servicios concertada. La base del tratamiento es el cumplimiento de la relación contractual, y los datos se conservarán los datos durante todo el tiempo en que esta esté en vigor, y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella.
Los datos personales podrán ser comunicados por las partes a las Administraciones y Organismos Públicos competentes, a los efectos de cumplir con sus respectivas obligaciones legales, de conformidad con la normativa vigente, así como, cuando sea necesario, a terceras entidades implicadas en la gestión de las actividades desarrolladas.
Los afectados podrán solicitar el acceso a los datos personales, su rectificación, supresión, portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo, en el domicilio de cada parte y/o interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Los interesados podrán ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos o con el responsable de Vunkers en xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx o del Cliente en el correo electrónico designado por el Cliente y, en su defecto, en su domicilio social
Decimotercera. Confidencialidad.
Las Partes consideran confidencial toda aquella información definida como tal en el presente Contrato y que tenga su origen, directo o indirecto, en este Contrato y sea susceptible de ser revelada de palabra, por escrito o por cualquier otro medio o a través de cualquier soporte, actualmente conocido o que se invente en el futuro. En todo caso, tendrán consideración de información confidencial, a título meramente enunciativo y no limitativo, los descubrimientos, conceptos, ideas, conocimientos, técnicas, diseños, dibujos, borradores, diagramas, modelos, muestras, gráficos, know-how, programas de ordenador, códigos fuente, así como cualquier información que pueda considerarse secreto empresarial y datos de tipo técnico, financiero o comercial de cualquiera de las Partes adquiridas como consecuencia de la relación contractual existente entre las mismas (la “Información Confidencial”).
El CLIENTE comprende y acepta que los Servicios contienen Información Confidencial sobre la que existen derechos exclusivos y se compromete a que, salvo que VUNKERS le conceda autorización previa expresa y por escrito, no proveerá o facilitará o de cualquier otro modo hará accesible el contenido de los Servicios y/o la documentación relacionada con los mismos a cualquier otra compañía, sociedad u organización. Esta prohibición se hará extensiva a cualesquiera otras compañías, sociedades o personas jurídicas en las que el CLIENTE pueda tener participación accionarial o de cualquier otro tipo.
Con relación a la Información Confidencial proporcionada o a la que se vaya a tener acceso en el marco del Contrato, las Partes se comprometen a:
• Proteger la Información Confidencial de forma razonable y adecuada, de acuerdo con los estándares profesionales aplicables;
• Guardar secreto sobre cuanta Información Confidencial obtengan con motivo de la prestación de los Servicios, empleando la máxima diligencia y cuidado;
• Utilizar la Información Confidencial exclusivamente para la ejecución del presente Contrato;
• Reproducir la Información Confidencial únicamente en la medida necesaria para ejecutar sus obligaciones en el marco del presente Contrato; y
• Limitar, tanto como sea posible, el número de personas que tendrán acceso a la Información Confidencial. Los directores, empleados, agentes y asesores que participen activa y directamente en la ejecución del presente Contrato y que consecuentemente tengan acceso a Información Confidencial de la otra Parte deberán ser informados de la existencia de la presente Cláusula y de la naturaleza secreta de la Información Confidencial, siendo la Parte receptora responsable de que cada uno de ellos guarde el debido secreto.
Las Partes expresamente reconocen que la Información Confidencial de la que pueda disponer con ocasión del presente Contrato es propiedad exclusiva de la Parte que haya facilitado dicha información. Igualmente, cada Parte reconoce que dicha información posee un valor comercial esencial para la otra Parte y, por consiguiente, garantiza que la misma no será utilizada para usos o finalidades distintos del estricto cumplimiento del objeto del presente Contrato.
Las obligaciones de confidencialidad establecidas en esta Cláusula y en cualquier otra a lo largo del Contrato tendrán validez durante la vigencia del Contrato y aún después por un periodo de cinco (5) años desde su finalización por cualquier motivo.
VUNKERDS podrá delegar la gestión o el acceso a la Información Confidencial del CLIENTE a sus subcontratistas, que asumirán las obligaciones que en materia de seguridad de la información asume VUNKERS en virtud del presente Contrato.
Las obligaciones previstas en esta Cláusula no obligarán sólo a ambas Partes y a sus empleados, sino que también se hacen extensivas a sus filiales y afiliadas, clientes, suministradores o proveedores y todos aquellos que por cualquier medio pudieran tener acceso a la Información Confidencial.
Decimocuarta. Propiedad intelectual.
Cada una de las Partes reconoce la titularidad de la otra o de cualesquiera otros terceros respecto de todos sus derechos de propiedad intelectual, industrial, y sobre otros derechos análogos sobre marcas, logotipos, nombres comerciales, contenidos sonoros, audiovisuales, señales, signos distintivos y cualquier otro elemento, creación, invención o signo de su propiedad.
Mediante el presente Contrato, el CLIENTE concede a VUNKERS una licencia de uso sobre materiales, contenidos, programas o cualquier otro elemento que sea estrictamente necesario, con el alcance pertinente para la correcta ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato.
La titularidad de todos los derechos de propiedad intelectual, industrial o análogos sobre cualquier contenido, material o cualquier tipo de creatividad obtenida como consecuencia de la prestación de los Servicios como, por ejemplo, las Mejoras corresponderá exclusivamente a VUNKERS reservándose todos los derechos al efecto. Las "Mejoras" son cualquier elemento o información, basados en conocimientos específicos, información y/o instrucciones, generados por VUNKERS de forma independiente o conjuntamente con el CLIENTE como resultado de la prestación de los Servicios. A título de ejemplo, las Mejoras pueden incluir programas informáticos, bases de datos, bases de datos sui generis, rutinas, parches, plug-ins, emuladores, controladores, protocolos de comunicación, desarrollo, elementos o componentes de programas informáticos, incluyendo el código fuente y el código objeto, manuales de usuario, documentación técnica, planos, diseños, arquitectura, así como los sistemas, información, datos, creatividades, etiquetas, indicadores, lógica de negocio y recursos lógicos relacionados que hayan surgido como resultado de la prestación de los Servicios.
Si los derechos de propiedad intelectual, industrial o análogos sobre cualquiera de las Mejoras llevados a cabo conjuntamente con el CLIENTE o teniendo en cuenta las indicaciones específicas del CLIENTE no pudieran ser legalmente atribuidos originalmente a VUNKERS, en virtud de este Contrato, el CLIENTE cede a VUNKERS, en la máxima medida permitida por la ley, la propiedad de todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y análogos sobre dichas Mejoras. La cesión se realiza de manera exclusiva, por la duración máxima de los derechos cedidos que permita la ley, para todas las formas de explotación, en todos los medios, formatos y procedimientos conocidos o por conocer, para todo el mundo y para cualquier finalidad de VUNKERS. Para evitar cualquier duda en la interpretación de esta cesión de derechos por parte del CLIENTE a VUNKERS en relación con las Mejoras, las Partes declaran que su intención es no establecer ninguna limitación a la misma.
Si el CLIENTE envía o transmite cualquier comunicación, comentario, pregunta, sugerencia o material, ya sea por carta, correo electrónico, teléfono u otro medio, sugiriendo o recomendando cambios en los Servicios (el "Feedback"), el CLIENTE, en virtud de este Contrato, concede a VUNKERS una licencia perpetua, mundial, irrevocable, exclusiva, libre de cargas, gratuita y transferible para reproducir, crear obras derivadas, distribuir, ejecutar, exhibir, utilizar, vender, importar y de cualquier otra manera explotar plenamente dicha información para cualquier propósito, incluyendo, sin limitación, desarrollar, licenciar, comercializar o vender, directa o indirectamente, productos y servicios utilizando dicho Feedback. VUNKERS no está obligado a hacer, usar, exhibir, reproducir, vender o distribuir ninguna de esas ideas, conocimientos, conceptos o técnicas contenidas en el Feedback.
El CLIENTE garantiza que es propietario de la información, los conocimientos, los documentos y los materiales aportados en el marco de la ejecución del Contrato y, en especial, de aquellos datos e información que introduzca en la Plataforma durante el acceso o uso de la misma (sobre los cuales VUNKERS obtiene una licencia perpetua, mundial, irrevocable, exclusiva, libre de cargas, gratuita y transferible para explotarlos sin ninguna limitación) o que tiene los derechos necesarios sobre ellos, incluyendo, sin limitación, los derechos de propiedad intelectual, industrial, de imagen y cualesquiera otros,
para cumplir lo previsto en este Contrato. El CLIENTE también garantiza que dichos materiales y las marcas, logotipos, signos distintivos y creaciones intelectuales, así como cualquier otro elemento inherente que sea propiedad del CLIENTE, no infringen los derechos de propiedad intelectual, industrial o análogos de terceros.
Decimoquinta. Miscelánea.
No contratación. El CLIENTE acepta que, sin el consentimiento previo por escrito de VUNKERS, no contratará ni solicitará, directa o indirectamente (a través de un intermediario), a ningún empleado, funcionario o alto directivo de VUNKERS durante la vigencia del Contrato y dos (2) años después de la finalización del mismo por cualquier motivo.
Fuerza mayor. A excepción de las obligaciones de pago, ninguna de las Partes será responsable del incumplimiento del Contrato derivado de una situación que esté fuera del control razonable de la Parte afectada, incluyendo, sin limitación, accidentes, condiciones meteorológicas adversas, situaciones fortuitas, acciones de cualquier agencia u organismo gubernamental, pandemias, actos terroristas, cualquier conflicto laboral, incluyendo pero no limitándose a huelgas o la estabilidad o disponibilidad de Internet o una parte del mismo.
Encabezamientos. Los encabezamientos de las distintas cláusulas son meramente informativos y no afectarán, calificarán o ampliarán la interpretación del presente Contrato.
Publicidad. Durante la vigencia del Contrato, el CLIENTE acepta que VUNKERS tendrá el derecho, pero no la obligación, sin necesidad de aprobación previa del CLIENTE, de incluir el nombre, los logotipos o las marcas comerciales del CLIENTE como mera referencia de su relación contractual en la documentación y/o presentaciones internas y externas, en todo el mundo y en cualquier medio público o privado (incluyendo Internet y la página web de VUNKERS) y en otros materiales de marketing que promuevan los Servicios prestados por VUNKERS.
Relación de las Partes. Este Contrato tiene naturaleza mercantil y la relación entre VUNKERS y el CLIENTE no será considerada en ningún caso como una relación laboral. A través de la firma de este
Contrato no se crea una empresa conjunta, sociedad u otra relación o entidad mercantil formal de ningún tipo, ni una obligación para las Partes de formar dicha relación o entidad. Cada una de las Partes actuará como contratista independiente y no como agente de la otra Parte, y ninguna de ellas tendrá la autoridad para obligar o representar a la otra.
Integridad. El presente Contrato sustituye cualesquiera otros acuerdos, convenios, antecedentes, negociaciones, y cualesquiera otras comunicaciones, verbales o escritos, existentes entre las Partes hasta la fecha de firma del presente Contrato y que estuviesen relacionados con el objeto del mismo. Cualquier modificación del presente Contrato deberá ser acordada mutuamente por escrito entre las Partes.
Nulidad parcial. Si cualquiera de las cláusulas de este Contrato fuese declarada nula, en todo o en parte, dicha nulidad no afectará a la validez de las cláusulas restantes. Las Partes sustituirán, de común acuerdo, la cláusula nula o anulable por otra que supla a la original.
No renuncia. El no ejercicio o ejecución por parte de VUNKERS de cualquier derecho o disposición contenido en el presente Contrato no constituirá una renuncia al mismo, salvo reconocimiento y acuerdo por escrito por su parte.
Decimosexta. Modificación de las presentes Condiciones Generales
El Proveedor podrá, en cualquier momento, modificar las presentes condiciones generales y/o introducir nuevas condiciones de uso, bastando para ello la existencia de motivos técnicos, operativos, económicos, de servicio x xx xxxxxxx, previa comunicación al Cliente de conformidad con la legislación vigente.
Cualquier modificación contractual deberá ser comunicada a los clientes afectados con una antelación mínima de treinta (30) días. Si el Cliente no estuviera de acuerdo con las nuevas condiciones, podrá resolver el contrato, comunicándoselo al Proveedor, hasta como máximo cinco (5) días antes de la fecha de entrada en vigor de las citadas modificaciones, sin que ello conlleve penalización
económica alguna, con la obligación de satisfacer aquellas cuotas que se encuentren vencidas y no satisfechas y obligándose a la devolución del equipo en los términos previstos en la cláusula Décima. En caso contrario, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
Firma y sello
ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS DE VUNKERS IT EXPERTS, S.L.U.
Nombre empresa NIF
Representante Cargo
DNI
Fecha
En , a de de 20