CONDICIONES GENERALES DEL PRÉSTAMO MERCANTIL A CONSUMIDOR
CONDICIONES GENERALES XXX XXXXXXXX MERCANTIL A CONSUMIDOR
1. Objeto: El Prestatario recibe de akf bank GmbH & Co KG, Sucursal en España, (en adelante, akf bank) el importe que figura en las Condiciones Particulares como capital xxx xxxxxxxx, obligándose a devolverlo en la forma y condiciones que se expresan en el presente contrato. Por orden expresa del Prestatario, akf bank entregará x Xxxxxxx España, M.S.L., S.C., por cuenta del mismo y en pago de la finalidad indicada, el importe del referido préstamo, sirviendo el presente documento de la más eficaz autorización.
2. No exclusividad: El Prestatario manifiesta haber elegido libremente la presente operación de financiación de entre las diversas ofertadas en el mercado y conocidas por el Prestatario. La financiación que se realiza por medio de este préstamo no tiene carác- ter exclusivo, pudiendo el Prestatario pagar al contado los bienes o servicios adquiridos en el Establecimiento, o acudiendo a la financiación de otras entidades de crédito. En consecuencia, akf bank no asume ninguna responsabilidad por razón de la operación comercial o de los bienes o servicios que por medio de este préstamo sean adquiridos.
3. Coste xxx xxxxxxxx y plazo: El capital prestado devengará a favor de akf bank el interés nominal anual que aparece en las Condiciones Particulares. El Prestatario se obli- ga a devolver la cantidad percibida en los plazos indicados en las Condiciones Particula- res, el día 5 de cada mes. El primer vencimiento tendrá lugar el día 5 del mes siguiente al mes en el que el contrato hubiere quedado suscrito por ambas partes y el último venci- miento tendrá lugar el día 5 del mes en que hubiere transcurrido, desde el mes del primer vencimiento, el número de mensualidades reseñado en las Condiciones Particulares. En todo caso, una vez suscrito el contrato por ambas partes, akf bank enviará al Prestata- rio una tabla de amortización xxx xxxxxxxx. Mediante acuerdo mutuo entre las partes, podrá establecerse un nuevo plazo de amortización, en cuyo caso será comunicado por akf bank mediante el envío al Prestatario de una nueva tabla de amortización, quedando inalterable el resto de condiciones contractuales recogidas en el presente contrato.
4. Intereses: Los intereses se devengarán mensualmente, coincidiendo la fecha de liquidación con la de los vencimientos mensuales del Contrato. El importe absoluto de los intereses devengados en la primera mensualidad se obtiene a partir de la siguiente fórmula: I = CPxTIN/12, donde I= intereses devengados, CP= capital pendiente, TIN= Tipo de interés nominal. Los intereses devengados en la primera mensualidad se ajus- tarán, incrementándose o disminuyéndose, en función del número de días transcurridos entre la fecha de disposición xxx xxxxxxxx y la fecha del primer vencimiento, por lo que el importe de la primera cuota podrá ser superior o inferior a las restantes xxx xxxxxxxx, que serán todas iguales, excepto la última que será inferior por efecto del redondeo de decimales. El importe absoluto de los intereses devengados en la primera mensualidad se obtiene a partir de la siguiente fórmula, donde: j = número de días transcurridos entre la fecha de disposición xxx xxxxxxxx y la fecha del primer vencimiento:
I = CP (1+TIN/12) j/30 - CP
5. Coste xxx xxxxxxxx: El tipo de interés nominal es de 20,26 % (TAE 22,25 %) para préstamos con duración de 3 a 11 meses, Un tipo de interés nominal de 15,97% (TAE 17,19%) para préstamos con duración de 12 a 20 meses. Un tipo de interés nominal de 15,85% (TAE 17,05%) para préstamos con duración de 24 a 32 meses. Un tipo de interés nominal de 15,56% (TAE 16,72%) para préstamos con duración de 36 a 50 meses.
6. Imputación de cantidades: Cualquier cantidad adeudada y abonada por el Pres- tatario se imputa en primer lugar a la satisfacción de intereses, penalizaciones y gastos ocasionados, comisiones y en último lugar al rembolso del capital adeudado.
7. Reembolso anticipado: El Prestatario podrá reembolsar anticipadamente la tota- lidad xxx xxxxxxxx, pero en caso de hacerlo durante los dos primeros años de vigencia del contrato, se devengará una comisión por cancelación anticipada equivalente al 3% del capital xxx xxxxxxxx con un máximo de 18 euros. Transcurridos los dos primeros años de vigencia del Contrato, el reembolso total xxx xxxxxxxx no devengará comisión. Los reembolsos parciales supondrán una reducción del tiempo de amortización xxx xxxxxxxx, sin que supongan en ningún caso una reducción de la cuota mensual. El Prestatario acep- ta expresamente que el nuevo saldo deudor y plazo, será el comunicado por akf bank, mediante la remisión de una nueva tabla de amortización, quedando inalterable el resto de las condiciones del presente Contrato.
En base a los procedimientos de pago establecidos por akf bank, el Prestatario está obligado a facilitar la información necesaria para identificar los pagos efectuados en el cumplimiento de sus obligaciones, siendo responsable de las consecuencias que pudie- sen derivarse del incumplimiento de dicha identificación.
8. La tasa anual equivalente (T.A.E.), ha sido calculada conforme a la Circular 8/90, del Banco de España (BOE 226), modificada por la Circular 13/93 (BOE nº 313) y con el Anexo de la Ley 7/95 de Crédito al Consumo. En el cálculo de dicha T.A.E. se han incluido los intereses y la comisión por apertura reflejados en las Condiciones Particulares, si bien no incluye la comisión por amortización anticipada, el seguro opcional, ni las penaliza- ciones ni indemnizaciones.
9. Cambio de los datos del Contrato: El Prestatario se obliga a comunicar inme- diatamente a akf bank cualquier modificación que se produzca en relación a su estado civil, empleo, domicilio, teléfono y Banco, asumiendo las consecuencias que pudieran derivarse de no producirse tal comunicación.
10. Comisión de devolución: Caso de producirse el impago de alguna cuota del prés- tamo a su vencimiento, se devengará a favor de akf bank una comisión de devolución por impago de 15 euros”. Dicha comisión se aplicará sobre un mismo recibo cada vez que, tras su presentación al cobro, resulte devuelto por impago un máximo de tres veces, no devengándose a partir de ese momento ninguna comisión más. Llegado este caso, o en el supuesto que una misma cuota hubiera sido devuelta dos veces consecutivas tras pre- sentarse de nuevo al cobro y, asimismo, se hubiera devuelto la cuota del mes siguiente, se paralizará la emisión de nuevos recibos mensuales al cobro. A los efectos de lo previs- to en el artículo 317 del Código de Comercio, los intereses de las cuotas no satisfechas se entenderán capitalizadas y producirán intereses al mismo tipo que el xxx xxxxxxxx.
11. Incumplimiento de obligaciones: En caso de incumplimiento por parte del Pres- tatario de las obligaciones del presente Contrato y, en particular, la falta de pago total o parcial de cualquier cuota xxx xxxxxxxx a su vencimiento, akf bank podrá considerar ven- cida toda la obligación, en cuyo caso el Prestatario deberá reembolsar inmediatamente a akf bank el capital pendiente de amortización, incrementado por el capital vencido y no pagado, los intereses vencidos y no pagados, la prima de seguro vencida y no pagada, en su caso, las comisiones de devolución, penalizaciones o indemnizaciones y gastos ocasionados; igualmente el Prestatario deberá abonar a akf bank un 8% del capital pen- diente de amortización en concepto de indemnización de daños y perjuicios.
12. Aplazamientos: akf bank, a instancia del Prestatario, podrá acordar el aplaza- miento de pago de alguno/s de los recibos mensuales. Dicho aplazamiento podrá llevar consigo la generación de intereses a cargo del Prestatario mediante la capitalización del importe de los intereses y el seguro, en caso de haberse suscrito este último.
13. Subrogación: El Prestatario autoriza a akf bank a ceder a un tercero el crédito derivado del presente Contrato y los derechos derivados del presente Contrato, asumien- do tal tercero todos los derechos y obligaciones del prestamista derivados del mismo, informando al Prestatario mediante comunicación escrita.
14. Protección de datos personales:
Responsable: akf bank GmbH & Co KG, Sucursal en España.
Finalidad: gestión préstamo mercantil a consumidor.
Legitimación: ejecución del presente contrato.
Destinatarios: entidades del Grupo, ficheros comunes de solvencia patrimonial y los obligados por la ley.
Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento de datos.
Procedencia: entidades del Grupo y ficheros comunes de solvencia.
Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre el tratamiento de sus datos personales en el anexo Política de Privacidad disponible en la página Web xxxxx://xxx.xxx-xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx_xxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. pdf y asimismo puede solicitar una copia impresa en el mismo momento de la firma.
15. Autorización: Por la especial actividad a distancia de akf bank, ésta podrá grabar magnetofónicamente o telemáticamente o por cualquier otro medio, todas las conversa- ciones telefónicas que mantenga con el Prestatario, así como la comunicación de otro tipo mantenida con éste, comprometiéndose a custodiar tal información y a guardar la más absoluta confidencialidad sobre los datos grabados, siendo sólo utilizables por akf bank para la gestión del crédito y su cobro, siendo utilizables igualmente, en su caso, como medio de prueba en cualquier procedimiento administrativo o judicial.
16. Reclamaciones: akf bank dispone de un Servicio Consumidor, órgano que asume y cumple las obligaciones de la Orden ECO 734/2004, sobre servicios de atención al cliente y defensor del cliente. A dicho Servicio Consumidor puede dirigirse por escrito el Prestatario para cualquier queja o reclamación que desee efectuar. En caso de dudas o discrepancias en relación al seguro, también puede dirigirse al mediador de seguros de akf bank a través del mismo Servicio.
17. El presente contrato incorpora condiciones generales predispuestas y aceptadas por las partes.
18. Validez: Esta solicitud es válida hasta 2 meses desde la fecha de firma xxx Xxxxxx- tario indicada en las Condiciones Particulares del Contrato, salvo modificación de condi- ciones generales por akf bank, sin perjuicio de poder ser válidas transcurrido ese periodo, caso de no producirse cambios.
19. Cotitularidad y responsabilidad: Siendo dos o más los titulares, todos ellos res- ponderán solidariamente de las obligaciones dimanantes del presente contrato.