INFORME N° 656/23/17 Licitación Publica N° XX/17
INFORME N° 656/23/17
Licitación Publica N° XX/17
OBJETO: LLAMADO A LA LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (ART) POR EL TÉRMINO DE 12 (DOCE MESES), DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 24.557, SUS DECRETOS REGLAMENTARIOS Y OTRAS DISPOSICIONES DICTADAS O A DICTARSE SOBRE EL PARTICULAR.
GERENCIA DE CONTRATACIONES
INFORME N° 206/179/17 LICITACIÓN PÚBLICA N° XX/17 | ||
DIA MES AÑO HORA Fecha de apertura de las ofertas: XX XX 2017 XX Las ofertas se recibirán hasta la fecha y horario estipulado para la apertura de sobres, en la ventanilla de Atención a Proveedores de la Gerencia de Contrataciones de este Banco Central, ubicada en Reconquista 266, Edificio N° 4 (Anexo Xxx Xxxxxx 000), 0x Xxxx Xxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Los interesados podrán retirar gratuitamente el presente Pliego de Bases y Condiciones en el mismo lugar y hasta el día anterior apertura de sobres. DIA MES AÑO HORA Fecha tope de recepción de consultas: XX XX 2017 XX GERENCIA DE CONTRATACIONES | ||
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CONDICIONES PARTICULARES Art. 1° - OBJETO: La presente Licitación Pública está dirigida a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo conforme con lo establecido por la Ley 24.557 y sus decretos reglamentarios, como también por las Resoluciones dictadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y de Seguros de la Nación, con el objeto de asistir al Banco Central de la República Argentina en materia de Medicina Laboral, Higiene y Seguridad en el Trabajo y cumplir con las disposiciones que las mencionadas normas asignan a las A.R.T., otorgando las prestaciones dinerarias y en especie estipuladas en la Ley de Riesgos del Trabajo y cuya contratación se realizará por el término de 12 (doce) meses contados a partir del 12 de febrero de 2018 o bien, a partir de su adjudicación. Art. 2° - CONSULTAS Y PEDIDO DE ACLARACIONES: Los interesados que retiren el Pliego de Bases y Condiciones, podrán solicitar aclaraciones sobre sus términos, las cuales deberán realizarse por escrito hasta el QUINTO día hábil anterior al acto de apertura de sobres. Estarán dirigidos a la Gerencia de Contrataciones e ingresados por la Mesa de Entrada del Banco, en el horario de 10:00 a 15:00 hs. Art. 3° - REQUISITOS A CUMPLIR POR LA OFERENTE: 1 - Constancia del registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL): La oferente, tanto al momento de la apertura de sobres, como al de la Adjudicación, no deberá poseer sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (conforme. Ley 26.940). 2 - Certificado Fiscal para Contratar con el Estado: En caso que la propuesta fuera igual o superior a $ 50.000.-, la oferente deberá adjuntar copia del Certificado Fiscal para Contratar otorgado por la A.F.I.P., vigente a la fecha de apertura o, en su defecto, constancia de haber iniciado el trámite ante la misma. (Resolución General Nº 1814/05). De encontrarse el certificado -al momento de su presentación- próximo a vencer, los oferentes deberán acompañar junto con éste, la solicitud de renovación presentada ante el ente rector, recordando que la norma estableció: “…podrán solicitar -en la dependencia en la cual se encuentran inscriptos- el otorgamiento de uno nuevo, con una antelación de quince (15) días administrativos a su vencimiento…” El oferente deberá encontrarse habilitado fiscalmente para contratar a la fecha de la notificación de la Orden de Compra de la presente contratación. El incumplimiento de lo requerido en el presente será motivo para desestimar la oferta. La oferta estará debidamente firmada en todas sus hojas, por el representante legal o apoderado con facultades suficientes, de la oferente. Art. 4° - REFERENCIAS: | ||
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Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una nómina de las empresas u organizaciones, públicas o privadas, a las cuales haya realizado provisiones o servicios similares a los solicitados en el presente pliego. En dicha nómina constará: Denominación, dirección y teléfono de la empresa u organización. Nombre y apellido de la persona que puede ser consultada en cada una de las empresas u organizaciones. El B.C.R.A. se reserva el derecho de corroborar la información de antecedentes y/o referencias presentadas. NOTA: Exceptuase de lo establecido precedentemente a aquellas firmas que registren antecedentes de haber realizado provisiones o servicios en este Banco, similares a los aquí solicitados, debiendo detallar solamente el/los número/s de Orden/es de Compra a través de la/s cual/es hayan sido adjudicatarios. Asimismo, deberán mantener debidamente actualizada la documental que así los habilite. Art. 5° - FORMA DE COTIZAR: El precio de la prima será cotizado en forma mensual y discriminado, conforme lo expresado en planilla de cotización adjunta (ANEXO II), sobre la siguiente base referencial, la que se consigna sólo a los fines de efectuar el análisis de la oferta: a) Masa salarial mensual: | ||||
Feb-18 | $ 214.626.582,16 | |||
Mar-18 | $ 320.670.881,52 | |||
Abr-18 | $ 201.170.684,49 | |||
May-18 | $ 200.245.446,86 | |||
Jun-18 | $ 491.564.186,65 | |||
Jul-18 | $ 567.424.009,55 | |||
Ago-18 | $ 255.781.396,67 | |||
Sep-18 | $ 256.798.337,06 | |||
Oct-18 | $ 254.100.272,92 | |||
Nov-18 | $ 459.694.124,39 | |||
Dic-18 | $ 249.446.850,03 | |||
Ene-19 | $ 764.170.721,73 | |||
b) Población estimada para el período solicitado: 2.557 personas. Los importes que se indiquen deberán ser finales, luego de haberles incorporado todo impuesto, tasa, gravamen, etc. que corresponda aplicar en cumplimiento de disposiciones vigentes emanadas de autoridad competente. El B.C.R.A. se reserva el derecho de adjudicar la presente contratación, a través de una orden de compra abierta. | ||||
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Asimismo, podrán utilizar la planilla de cotización publicada en la página web del B.C.R.A. (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxx.xxx), que deberá ser suscripta y presentada junto con el presente pliego de bases y condiciones. En caso de tener inconvenientes con la descarga de la planilla mencionada, deberán contactarse con Xxxxxx Santa Xxxx mediante correo electrónico a xxxxx.xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o por teléfono al 0000-0000 interno 3449. Art. 6° - CRITERIOS DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN A los fines de la adjudicación, el B.C.R.A considerará la oferta más conveniente conforme al artículo 82 del Reglamento de Contrataciones, o bien rechazará todas las propuestas, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia de la Institución. Art. 7° - MANTENIMIENTO DE OFERTAS: Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el término de SESENTA (60) días o por el tiempo que a tal efecto se estableciera en los Pliegos Particulares del procedimiento. El plazo antes aludido se prorrogará por un plazo igual al inicial y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. Art. 8° - FORMA DE PAGO: A tales efectos, la firma que resulte adjudicataria deberá suministrar, indefectiblemente, mediante nota presentada en la GERENCIA DE PRESUPUESTO Y LIQUIDACIONES, los siguientes datos identificatorios: Nombre del Banco. Sucursal, Tipo de Cuenta, Titular de la Cuenta, Número de CBU, Número de C.U.I.T./C.U.I.L., según corresponda y, número de D.N.I. Deberá acompañar, asimismo, copia certificada por escribano público o entidad bancaria, que permita constatar la personería que se invoca, (titular o apoderado), según el caso. NOTA: Se deja expresa constancia que la remisión al proveedor de la notificación del giro efectuado al Banco receptor será considerada como cancelación de la operación por parte de esta Entidad. Art. 9° - GARANTIAS DE OFERTA Y DE ADJUDICACION: A efectos de afianzar el cumplimiento de las obligaciones que se asumen, las oferentes deberán garantizar sus propuestas con un importe equivalente al 5% del total de la oferta. Por su parte, quien resulte adjudicataria deberá constituir una garantía de adjudicación por el 15% del monto total adjudicado la que será entregada al momento de retirar la Orden de Compra. Estas garantías se constituirán conforme a lo establecido en el artículo N° 51 del Reglamento de Contrataciones de este B.C.R.A. | ||
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En ningún caso el Banco abonará intereses u otra remuneración por los montos constituidos en garantía. Las garantías constituidas con pólizas de seguro de caución deberán estar certificadas por escribano público. Art. 10° - EJERCICIO DEL DERECHO DE IMPUGNACIÓN A los fines de ejercer el derecho de impugnación, la parte interesada deberá constituir la correspondiente garantía de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 in fine del Reglamento de Contrataciones. Para el caso de que el impugnante no haya presentado oferta, el monto de la garantía deberá ser del 3% del total de la oferta de menor valor. Dicha suma deberá ser constituida conforme lo establecido en el artículo 51 del Reglamento de Contrataciones de este B.C.R.A. Esta garantía sólo será recuperada por el impugnante en caso de ser acogida favorablemente la impugnación. Art. 11°- PENALIDADES Se establecen para la presente contratación las siguientes penalidades, las que se aplicarán conforme con el procedimiento que a continuación se detalla: La determinación de la multa correspondiente a cada incumplimiento, será del 2% del monto total de la cuota mensual del servicio, y su resultado será multiplicado por el coeficiente establecido para cada incumplimiento, de acuerdo con el detalle consignado seguidamente: a) Por cada día hábil de atraso en brindar el asesoramiento y la asistencia técnica establecida en el punto 1.4) y 1.10) “in fine” de las Especificaciones, una vez vencido el plazo que a tal efecto les comunique la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo: coeficiente 2. b) Por cada día hábil de atraso en iniciar y/o retomar el plan de capacitación prevista en el punto 1.5) de las Especificaciones, una vez vencido los plazos que se convengan: coeficiente 2. c) Por cada día de atraso, una vez vencidos los términos fijados por Ley para el punto 1.7) de las Especificaciones del presente pliego, para hacer efectivo el pago de prestaciones dinerarias y en especies, a cargo de la adjudicataria: coeficiente 3. d) Cada vez que se exceda el plazo de 10 minutos para prestar el servicio de ambulancia ante una urgencia médica: coeficiente 1 a 5 a criterio de la Supervisión del Servicio. NOTA: Se aclara que en ningún caso las penalidades a aplicar superarán el monto total adjudicado. Art. 12°- RESCISION DEL CONTRATO: | ||
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a) A solo juicio del Banco y sin necesidad de invocación ni existencia de causa alguna, luego de haber transcurrido el plazo de seis (6) meses que fija el Art. 15 punto 1 del Decreto 334/96 reglamentario de la Ley, efectuándose un aviso previo de treinta días corridos, no dando lugar a indemnización alguna. En este caso, la adjudicataria tendrá derecho únicamente al pago de las sumas devengadas por las prestaciones contratadas y efectivizadas, exclusivamente hasta la fecha de la resolución contractual. b) Por el mutuo acuerdo de las partes. Art. 13°- COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD: El adjudicatario que, por su relación con este Banco Central, pudiera tomar conocimiento de información confidencial, deberá suscribir el “Acta de Compromiso de Confidencialidad”, en lo que respecta al tratamiento de la información de la Institución (ANEXO III). Art. 14°- SUPERVISIÓN DEL SERVICIO La supervisión del servicio estará a cargo de la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo, quien se encargará de controlar, coordinar, supervisar y realizar oportunamente los controles que crea necesarios. En ese sentido, se podrán comunicar por correo electrónico a la casilla xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o por teléfono al 0000-0000 interno 3800. Art. 17°- RESERVA: El Banco se reserva la potestad de dejar sin efecto en cualquier tramo del iter licitatorio, el presente llamado siempre que medien razones que comprometan el interés general, sin que ello genere obligación alguna de resarcimiento, sin perjuicio de la devolución de las correspondientes garantías de mantenimiento de ofertas y adjudicación si correspondiera. El Banco se reserva la facultad, a su exclusivo arbitrio, de conferir al proponente un plazo para subsanar los errores u omisiones no esenciales, vencido el cual, si no diere cumplimiento al emplazamiento cursado, se desestimará la oferta. | ||
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Características de la prestación: 1. Dentro de los conceptos que surgen de lo expresado en el “Art. 1° - Objeto” de las Condiciones Particulares, la prestación deberá ajustarse además a los siguientes lineamientos: 1.1. Los centros asistenciales deberán contar como mínimo con unidad de terapia intensiva, unidad coronaria y quirófano, atención de urgencias, salas de internación, rehabilitación y otras especificaciones genéricas a aplicar y medios para atender a cualquier accidentado ya sea por patología o cantidad de pacientes según siniestro. 1.2. Los establecimientos asistenciales podrán ser verificados por la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo, de este Banco. Se dará mayor consideración, desde el punto de vista técnico, a aquellas aseguradoras que cuenten con centros médicos propios. Asimismo, la aseguradora y/o el prestador médico a cargo deberán informar a esa Subgerencia, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de producido el siniestro y cada vez que asista al accidentado, la evolución del mismo, el tratamiento instituido, fecha de citación para nuevo control y alta médica. 1.3. La aseguradora deberá proveer a los trabajadores de prótesis o cualquier otro sustituto tendiente a su rehabilitación total, hasta el alta que deberá ser acordada con la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo del Banco. En caso de no obtenerse en el país, la aseguradora deberá importarlo, a su costo. 1.4. En materia de prevención de los riesgos deberán adoptarse los recaudos necesarios para lograr la máxima eficacia de los resultados (v.g.: acciones sobre los equipos, maquinarias y las personas), a los fines de lograr mejoras en las condiciones de trabajo para optimizar los estándares de productividad, brindando asesoramiento y ofreciendo asistencia técnica en los siguientes aspectos: a) determinación de la existencia de riesgos y sus potenciales efectos sobre la salud de los agentes en el ámbito laboral; b) normativa vigente en materia de higiene y seguridad en el trabajo; c) selección de elementos de protección personal y de información relacionada a la seguridad en el empleo de productos. Para tales fines deberá detallar los recursos técnicos y humanos que posee para relevar los establecimientos. 1.5. La aseguradora tomará a su cargo la capacitación del personal del Banco respecto de medidas de higiene y seguridad, la que se realizará por medio de conferencias, cursos, seminarios, etc., y se complementarán con material educativo gráfico, medios audiovisuales, avisos y carteles de fácil lectura. Dicha capacitación, que será realizada por la A.R.T., deberá implementarse en tres niveles: a) superior (dirección y gerencias); b) intermedio (supervisión y encargados), c) operativo (empleados administrativos, ordenanzas y personal de maestranza) y será coordinado y planificado con la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo. Esta se deberá realizar en el domicilio de esta Institución en fechas y horarios oportunamente acordados. Podrán efectuar además la capacitación fuera del | ||
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establecimiento, con previa autorización por parte de esta Institución. 1.6. El Banco se reserva el derecho de verificar a través de la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo, los grados de avance terapéuticos en los procesos de rehabilitación y recalificación. La reinserción del trabajador deberá contar con su autorización expresa. 1.7. La aseguradora tomará a su cargo las prestaciones dinerarias las que serán efectivizadas en la oportunidad y forma explicitada en la Ley. Con respecto a las prestaciones en especie serán brindadas en concordancia con lo previsto por la legislación hasta la curación completa del damnificado, siendo auditado durante todo este período por la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo de este Banco quien determinará su alta final o rehabilitación total. 1.8. En caso de emergencias registradas en el ámbito del Banco, la aseguradora deberá atender el evento dentro de los 10 minutos siguientes, contados a partir de su comunicación. El Banco podrá, ante la urgencia del caso o en el supuesto de que la aseguradora demorara más de dicho término, disponer la atención del accidentado y su traslado y atención médica. Los gastos en que incurriera el Banco serán deducidos de las primas a abonar. Cuando las emergencias se registren fuera del ámbito del Banco, los gastos en que incurriera la Institución, el accidentado o sus familiares para proceder al traslado o atención del damnificado, serán deducidos, también, de las primas a abonar y hasta su total concurrencia. 1.9. La cobertura a brindar por la aseguradora comprenderá la totalidad del país y en virtud de las funciones específicas del Banco, el exterior 1.10. La aseguradora tendrá a su cargo la realización de los exámenes médicos periódicos al personal, de acuerdo con el artículo Nº 12 y anexos de la Resolución Nº 37/2010 Superintendencia de Riesgos del Trabajo, cuando así lo requiera el período establecido de acuerdo a los agentes de riesgo presentes en el ambiente de trabajo, lo que se concertará con la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo. Los estudios que pertenezcan al personal que reingresa luego de una ausencia prolongada, dirigidos a la detección de patologías eventualmente sobrevenidas durante la misma como asimismo, los de egreso y los previos a la transferencia de actividad, serán realizados por la A.R.T. y sus resultados informados en un plazo máximo de 10 días, contados a partir de su solicitud. Se deberá, además, enviar un listado mensual del personal accidentado indicando fecha del accidente, apellido y nombres, forma del accidente, agente causante, naturaleza de la lesión, zona afectada y alta médica, en CD o vía E-Mail a xxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dejando constancia que el no cumplimiento de este requisito traerá aparejada la aplicación de las penalidades señaladas en Artículo 11 inc. a) de las Condiciones Particulares. | ||
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1.11. En caso de que la aseguradora deba remitir alguna información a la S.R.T., la misma será de previo conocimiento, en todos los casos, de la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo del Banco, teniendo además la obligación de prestar asesoramiento permanente y asistencia técnica si resultare de necesidad. 1.12. Los riesgos derivados de mala praxis quedarán bajo la responsabilidad directa de la aseguradora y/o establecimiento asistencial interviniente, desligando a este Banco de toda responsabilidad al respecto. 1.13. Deberá contar además con sistemas de rescate que permitan atender las emergencias a través de la utilización de medios de transporte que se encuentren dotados de la más alta tecnología médica, debiendo ser aptos, incluso, para efectuar pequeñas cirugías durante el traslado y ser atendidos por equipos especialmente entrenados en emergentología. 1.14. La supervisión del servicio estará a cargo de la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo. 2. DOCUMENTACION E INFORMACION A PRESENTAR CON LA OFERTA: 2.1. Nómina de centros asistenciales propios o contratados dentro del país, hospitales y otros prestadores a través de los cuales se dará cumplimiento a todas y cada una de las prestaciones. A tales efectos deberá tener en cuenta los distintos edificios de este Banco, como las Agencias Habilitadas en el interior del país, cuyas nóminas a título enunciativo, se detallan, a continuación: I. EDIFICIOS Edificio 1: Xxx Xxxxxx 000 Xxxxxxxx 0: Central Edificio 3: Xxxxxxxxxxx 000/00 Xxxxxxxx 0: Xxx Xxxxxx 000 Xxxxxxxx 0: Xxxxx 000 Xxxxxxxx 0: Xxx Xxxxxx 000 Xxxxxxxx 0: Xxxxxxxxx 000/0 Xxxxxxxx 0: Xxxxxxxxxxx 000 Xxxxxxxx 0: Xxxxx 000 Xxxxxxxx 00: Xxx Xxxxxx 000 Xxxxxxxx 00: Xxxxxxx 000 Xxxxxxxx 00: Xxxxxxxxx 0000 Xxxxxxxx 00: Xxxxxxx 000/00 Xxxxxxxx 00: Xxxxx Xxxxxxx 2545 II. AGENCIAS HABILITADAS Bahía Blanca- Banco Alojador: Banco Provincia de Buenos Aires Comodoro Rivadavia- Banco Alojador: Banco de Chubut Córdoba- Banco Alojador: Banco de la Provincia xx Xxxxxxx S.A. Corrientes- Banco Alojador: Banco de la Provincia de Corrientes S.A. Formosa- Banco Alojador: Banco de la Provincia xx Xxxxxxx S.E.M. Jujuy- Banco Alojador: Banco Macro Jujuy S.A. La Rioja- Banco Alojador: Nuevo Banco de La Rioja S.A. | ||
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Xxx Xxx Xxxxx- Banco Alojador: Banco de la Provincia de Buenos Aires. Mendoza- Banco Alojador: Banco de la Nación Argentina Neuquén- Banco Alojador: Banco Provincia de Neuquén S.A. Paraná- Banco Alojador: Nuevo Banco de Entre Xxxx Xxxxxxx- Banco Alojador: Banco Macro Misiones S.A. Río Cuarto- Banco Alojador: Banco de la Provincia xx Xxxxxxx S.A. Río Gallegos- Banco Alojador: Banco de Santa Xxxx S.A. Río Grande- Banco Alojador: Banco de la Provincia de Tierra del Fuego Rosario- Banco Alojador: Nuevo Banco de Santa Fe S.A. Salta- Banco Alojador: Banco Macro S.A. San Xxxx- Banco Alojador: Banco San Xxxx Santa Xxxx - La Pampa- Banco Alojador: Banco de La Pampa Trelew- Banco Alojador: Banco del Chubut S.A. Tucumán Banco Alojador: Banco Provincia de Tucumán Santiago del Estero- Banco Alojador: Banco de Santiago del Estero 2.2. Lugar, dirección y teléfono de las centrales administrativas de atención en el país. 2.3. Información sucinta respecto de la forma en que se harán efectivas las prestaciones dinerarias y las prestaciones en especie. 2.4. En caso de fallecimiento, la empresa aseguradora deberá precisar la forma en que hará efectivo el sepelio (v.g.: suma fija, valores promedios, etc.). Deberá aclarar si la empresa fúnebre es de libre elección por parte de los derecho-habientes, o si surgirá de un listado provisto por la aseguradora. Deberá precisar, además, la calidad del servicio a prestar con mención detallada de todos los elementos que lo componen. Deberá consignarse, también, en caso de resultar necesario efectuar el traslado del occiso hasta el lugar designado por sus derecho-habientes, que el mismo será a título gratuito. 2.5. La aseguradora deberá precisar qué métodos aplicará para reducir la siniestralidad laboral, la reparación de daños por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluyendo la rehabilitación y recolocación laboral, y establecerá las acciones que promoverá a fin de concretar mejoras en materia de prevención y en las prestaciones reparadoras. 2.6. En caso que la aseguradora se vincule con prestadores de servicios, deberá aclararse si el convenio celebrado a tal efecto es un contrato de asociación, colaboración o de know how. 2.7. Copia de la habilitación de la aseguradora extendida por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. 2.8. La aseguradora deberá acompañar los curriculum vitae y fotocopia de las matrículas de los profesionales especialistas en medicina laboral y en seguridad e higiene en el trabajo. 2.9. Precisiones sobre los medios de rescate para la atención de urgencias, conforme se requiere en el punto 1.13 de las Especificaciones. 2.10. Certificación que acredite el ámbito territorial para el cual fuera autorizada a funcionar. 2.11. Deberá indicarse el plan de capacitación a brindar, con mención de horas anuales, entrega de material didáctico y destinatarios, especificando objetivos a alcanzar. | ||
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3. REQUISITOS A CUMPLIR POR LA ADJUDICATARIA: 3.1. Cuando personal de la aseguradora concurra a este Banco y/o Agencia del interior, en cumplimiento de las funciones de inspección previstas en la Ley de Riesgos de Trabajo, deberá anunciarse ante el Departamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo, donde personal del mismo gestionará el ingreso y brindará la información que se le requiera. La recorrida por las distintas Áreas del Banco se realizará en compañía de personal del mencionado Departamento, cuando se trate de una Agencia el responsable de la misma será el encargado de brindar el antedicho acompañamiento. 3.2. Presentación de copia de la(s) póliza(s) que cubra(n) riesgos de mala praxis, en que pudieran incurrir los profesionales de la salud afectados a la prestación de los servicios asistenciales. La aseguradora estará obligada a presentar la(s) constancia(s) de pago total o recibos de pagos periódicos que acrediten la validez de su vigencia, ambos certificados por Escribano Público. 4. VISITA TÉCNICA OBLIGATORIA - Información estadística y visita de las instalaciones: Se detalla un cuadro estadístico sobre la siniestralidad histórica del Banco correspondiente a los últimos dos años. SINIESTRALIDAD DEL B.C.R.A. AÑOS 2015 Y 2016 | ||||||||||||
Año | Sin baja laboral | Incapacidad Laboral Temporaria | Incapacidad laboral parcial | Incapacidad laboral total | TOTAL ANUAL | |||||||
Inferior a 10 días | Superior a 10 días | |||||||||||
2015 | 6 | 11.11% | 8 | 14.81% | 40 | 74.07% | 5 | 9.26% | 0 | 54 | ||
2016 | 6 | 7.41% | 9 | 11.11% | 66 | 81.48% | 8 | 9.88% | 0 | 81 | ||
Los participantes para formular su oferta deberán efectuar una visita previa hasta el 7mo (séptimo) día hábil bancario anterior a la apertura de sobres, en la cual podrán realizar la verificación de las instalaciones del Banco y las aclaraciones a la información estadística, la que será comentada, ampliada en la medida de su requerimiento y disponibilidad y será coordinada por la Subgerencia de Medicina Laboral y Seguridad en el Trabajo, debiéndose comunicar con los Sres. Xxxxxxx Xxxxxxxx y/o Xxxxx Xxxxxx al teléfono 0000-0000 internos 2921/2922 en días hábiles bancarios en el horario de 9:45 a 17:15 a efectos de concertar fecha, lugar y horario de la visita. En dicha ocasión se les hará entrega de la constancia de asistencia a cada proponente la que deberá acompañar junto con su respectiva oferta. | ||||||||||||
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A) SITUACION ANTE LA A.F.I.P.: El abajo firmante manifiesta en carácter de declaración jurada que la oferente, cuyos datos se detallan a continuación, no registra deudas impositivas o previsionales exigibles por la Administración Federal de Ingresos Públicos. { Nombre de la Empresa: ................................................................................................................................. { Domicilio Fiscal: ............................................................................................................................................. { Número de C.U.I.T.: ....................................................................................................................................... B) DOMICILIO ESPECIAL: A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, la oferente constituye domicilio especial en ........................................................................................................................., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aceptando someterse, en caso de controversia, a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. C) IDENTIFICACION DEL FIRMANTE DE LA PROPUESTA: { Nombre y Apellido: ........................................................................................................................................ { Tipo y número de documento de identidad: ................................................................................................. { Carácter invocado: ........................................................................................................................................ { Teléfono: ……………………………………………………………………………………………………... D) PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE: { Nombre y Apellido: …………………………………………………………………………………………………………………………………… { Tipo y número de documento: ........................................................................................................ . E) CORREO ELECTRONICO DONDE SE RECIBIRÁN NOTIFICACIONES FEHACIENTES CONFORME LO ESTABLECIDO EN ART. 41 DEL REGLAMENTO DE CONTRATACIONES: { ………………………………………………………….……………………………………………… | ||
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ANEXO II PLANILLA DE COTIZACIÓN PLANILLA DE COTIZACIÓN ART 2018-2019- COSTO FINAL (BASE IMPONIBLE NUEVA ALICUOTA 0,50%) (*) Importe resultante de dividir la masa salarial 2016 por 13 [12 (doce) sueldos y 1 (un) aguinaldo]. IMPORTANTE: queda establecido que la Adjudicataria no podrá aumentar las alícuotas cotizadas durante todo el transcurso del contrato, excepto que las mismas sean modificadas por Xxx, en cuyo caso la alícuota variable será aumentada en la misma cantidad de puntos porcentuales modificados por ley. | ||
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MES PAGO ART | Masa Salarial (Rem Total) | Población | Remuneración Promedio | Alícuota fija | Alícuota variable | $ por persona | Total mensual |
Feb-18 | $ 214.626.582,16 | 2.557 | $ 83.936,87 | ||||
Mar-18 | $ 320.670.881,52 | 2.557 | $ 125.409,03 | ||||
Abr-18 | $ 201.170.684,49 | 2.557 | $ 78.674,50 | ||||
May-18 | $ 200.245.446,86 | 2.557 | $ 78.312,65 | ||||
Jun-18 | $ 491.564.186,65 | 2.557 | $ 192.242,54 | ||||
Jul-18 | $ 567.424.009,55 | 2.557 | $ 221.910,05 | ||||
Ago-18 | $ 255.781.396.67 | 2.557 | $ 100.031,83 | ||||
Sep-18 | $ 256.798.337,06 | 2.557 | $ 100.429,54 | ||||
Oct-18 | $ 254.100.272,92 | 2.557 | $ 99.374,37 | ||||
Nov-18 | $ 459.694.124,39 | 2.557 | $ 179.778,70 | ||||
Dic-18 | $ 249.446.850,03 | 2.557 | $ 97.554,50 | ||||
Ene-19 | $ 764.170.721,73 | 2.557 | $ 298.854,41 | ||||
12 MESES | $ 4.235.639.494,03 | 2.557 | $ 1.656.508,99 | ||||
2.557 | DOTACIÓN PROMEDIO |
TOTAL MASA SALARIAL | $ 4.235.639.494,03 | Población | Remuneración Promedio | Alícuota fija | Alícuota variable | $ por persona | Total mensual |
Promedio mensual (*) | $ 325.818.422,62 | 2.557 | $127.422,14 |
INFORME N° 206/179/17 LICITACIÓN PÚBLICA N° XX/17 | ||
ANEXO III ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN En Buenos Aires, sede del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Rexxxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxx, a los días del mes de del año dos mil , siendo las horas, se procede a labrar la presente acta para dejar debida constancia de las normas de confidencialidad que rigen para este Banco, para lo cual se pone en conocimiento de los abajo firmantes que toda la información que se les proporcione para sus tareas en los trabajos que se les encomienden, o que adquiera en el desarrollo de los mismos, el adjudicatario asegurará la estricta confidencialidad en el manejo de toda documentación y/o información que sea puesta a su disposición por el B.C.R.A. o de la que tome conocimiento de cualquier otra manera, comprometiéndose a que la misma no será cedida, intercambiada, publicada o revelada de ningún otra forma a ningún tercero, incluyendo fotocopias, facsímiles, correo electrónico o cualquier otro tipo de reproducción, sin el expreso consentimiento del B.C.R.A, obligación que continuará vigente luego de la extinción del vínculo contractual. EMPRESA: Domicilio: Titular o apoderado: Apellido y nombres: D.N.I. Nº: | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 15 |
INFORME N° 206/179/17 LICITACIÓN PÚBLICA N° XX/17 | ||
ANEXO IV DECLARACIÓN JURADA Con carácter de declaración jurada, declaro conocer, aceptar y someterme voluntariamente al Reglamento de Contrataciones y a las cláusulas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, Especificaciones Técnicas y/o documentación que los reemplace, para la presente Licitación Privada. Empresa: Domicilio: Firma Titular o apoderado: Apellido y nombre: DNI N° | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 16 |