Términos y condiciones generales de entrega Tienda de productos de neumática AVENTICS GmbH
Términos y condiciones generales de entrega Tienda de productos de neumática AVENTICS GmbH
1. Estipulaciones generales
1.1 Los presentes términos y condiciones serán aplicables a todos los acuerdos celebrados a través de la tienda de productos de neumática (xxx.xxxxxxxx.xxx/xx/xx/xxxxxxxxxx-xxxx/) entre el cliente y AVENTICS GmbH («nosotros»). El (los) pedido(s) del cliente estará(n) sujeto(s) a los siguientes términos y condiciones en caso de que sea(n) aceptado(s).
1.2 Nuestras entregas se regirán exclusivamente por los siguientes términos y condiciones. Cualesquiera términos y condiciones contrarios o divergentes de nuestros términos y condiciones no se aplicarán, salvo que hayamos aprobado expresamente su aplicación. Para los trabajos de montaje y de reparación regirán otras condiciones de servicio. Adicionalmente, se aplicarán otros términos y condiciones de software para la concesión de licencias de software respecto al software entregado por nosotros, aun cuando dicho software forme parte de un producto entregado por nosotros.
1.3 Los acuerdos verbales anteriores o simultáneos a la celebración del contrato precisarán de nuestra confirmación por escrito o por correo electrónico para gozar de validez.
1.4 Todas las futuras entregas al cliente se regirán también por estos términos y condiciones.
1.5 La presentación de un producto en la tienda de productos de neumática en un momento determinado no implica o garantiza que dichos productos estén disponibles. Nos reservamos el derecho a dejar de vender cualquier producto en cualquier momento.
1.6 La tienda de productos de neumática es únicamente para clientes comerciales. Por cliente comercial entendemos a una persona física o jurídica o a una sociedad con personalidad jurídica que, al celebrar un acuerdo, actúa por cuenta de su comercio o negocio o en ejercicio de su profesión. Los consumidores no están autorizados para comprar productos en la tienda de productos de neumática. Por consumidor entendemos a cualquier persona física que celebra un acto jurídico para fines que se encuentran predominantemente al margen de su comercio, negocio o profesión.
2. Registro
2.1 Para poder usar la tienda de productos de neumática, el cliente deberá registrarse previamente sin coste alguno. El cliente tendrá que proporcionar correctamente los datos que le sean solicitados en el formulario de registro. Podemos, a nuestra elección, aceptar o denegar el registro. El cliente está obligado a mantener actualizada en todo momento la información facilitada. Asimismo, podemos, a nuestra elección, eliminar o cerrar la cuenta del cliente en cualquier momento y sin justificación. El cliente no tiene derecho a exigir un registro o una cuenta de cliente.
2.2 El cliente deberá asegurarse de que el acceso a la cuenta de cliente solo se produzca para sus propios fines. En especial, el cliente se asegurará de que el nombre de usuario y la contraseña no sean accesibles para terceras partes. En el supuesto de que una tercera parte no autorizada tuviera acceso a los datos de inicio de sesión, el usuario deberá informarnos para poder bloquear su cuenta de cliente.
2.3 El cliente podrá pedir en cualquier momento, por escrito o por correo electrónico, que se elimine su cuenta de cliente, siempre que esto no afecte a las relaciones contractuales que actualmente se encuentren en vigor. En ese caso, cerraremos la cuenta de cliente y posteriormente borraremos todos los datos de usuario y todos los demás datos personales en cuanto ya no sean precisos.
3. Celebración del contrato
3.1 La presentación de productos en la tienda de productos de neumática no representa una oferta vinculante para celebrar un contrato correspondiente. Por el contrario, es solo una invitación al cliente para que este formule una oferta vinculante con arreglo a las condiciones especificadas en la tienda de productos de neumática. Por consiguiente, el pedido del cliente representa una oferta vinculante para nosotros para celebrar el contrato de compra correspondiente.
3.2 Podemos, a nuestra elección, aceptar o denegar el pedido. Podemos aceptar un pedido:
3.2.1 expresando por escrito nuestra aceptación del pedido del cliente,
3.2.2 expresando por correo electrónico nuestra aceptación del pedido del cliente, o
3.2.3 entregando parte o la totalidad de los productos.
3.3 Después de cursar un pedido vinculante, el cliente podrá recibir por correo electrónico una confirmación enviada automáticamente, confirmando la recepción del pedido. Dicha confirmación no es la aceptación del pedido, sino únicamente la confirmación de que el pedido se ha cursado con éxito y que examinaremos si lo aceptamos o no.
4. Precios
4.1 Los precios son los especificados en la tienda de productos de neumática. Los gastos adicionales, p. ej., de embalaje y transporte, serán indicados en la tienda de productos de neumática en caso de que sean aplicables. El impuesto sobre el valor añadido se aplicará siempre, exceptuando los casos en los que se reúnan las condiciones para los envíos de exportación exentos de tal impuesto.
4.2 A falta de un acuerdo especial, los precios se considerarán DDP (Incoterms® 2010) lugar de destino convenido. El embalaje y/o el flete pueden exhibirse por separado.
4.3 Nos reservamos el derecho a ajustar nuestros precios adecuadamente en caso de reducciones o de incrementos de costes que se devenguen después de la celebración del contrato, en particular, en caso de que se produzcan variaciones en los costes salariales, por ejemplo, a consecuencia de convenios colectivos, o en caso de que se produzcan variaciones en los precios de los materiales. A instancia del cliente, le demostraremos dichas variaciones.
4.4 Las piezas de recambio y los productos que hayan sido reparados se enviarán a cambio del pago de un importe fijo razonable en concepto de gastos de envío y de embalaje más el importe del servicio prestado por nosotros, a menos que dicho importe esté cubierto por la responsabilidad por vicios.
5 Condiciones de pago
5.1 Salvo que se haya acordado otra cosa por escrito, el pago será efectuado en el plazo de 30 días desde la fecha de la factura, sin descuentos de ningún tipo.
5.2 Los productos serán pagados por adelantado. Todos los pagos realizados estarán libres de comisiones bancarias, etc. El cliente deberá asumir todos los costes en relación al método de pago elegido. Los pagos no se harán efectivos hasta que no hayan sido recibidos por nosotros. Estamos legitimados para negarnos a iniciar la entrega de cualquier producto hasta que el cliente no lo haya pagado íntegramente. Dicha legitimación no restringe otros derechos que tengamos. El cliente será el responsable de cualquier retraso en una entrega y de los costes en los que se incurra a este respecto por causa de la demora en un pago.
5.3 Tenemos derecho a deducir los pagos realizados de la deuda más antigua.
5.4 En caso de demora en el pago, tenemos derecho a cobrar unos intereses moratorios del 12 por ciento anual. No se descarta el derecho a hacer valer una reclamación por motivo de daños y
perjuicios adicionales.
5.5 Si el cliente se ha demorado en el pago, tendremos derecho a exigir el pago inmediato en efectivo de todos los derechos de crédito vencidos en el marco de la relación comercial y contra los que no haya defensa posible. Asimismo, tendremos derecho a realizar las entregas pendientes con la condición de que se satisfaga el pago por adelantado o de que se constituya una garantía. Este derecho no quedará excluido por el aplazamiento del pago o por la aceptación de letras de cambio o cheques.
5.6 El cliente solo tendrá derecho a una compensación con contracréditos, cuando los contracréditos del cliente sean indiscutibles, cuando hayan sido decretados con efectos de cosa juzgada por un tribunal de justicia o estén listos para una resolución tras un proceso pendiente.
5.7 El cliente solo tendrá derecho a retener pagos cuando sus contracréditos sean indiscutibles, cuando hayan sido decretados con efectos de cosa juzgada por un tribunal de justicia o estén listos para una resolución tras un proceso pendiente.
6. Entrega, fechas de entrega, incumplimiento de la obligación de pago
6.1 La condición previa para el comienzo y el cumplimiento de los plazos de entrega acordados es que el cliente haya acometido sus obligaciones de colaboración, en particular, la entrega puntual de todos los materiales, documentación, autorizaciones, inspecciones y permisos que debe proporcionar el cliente, y que haya cumplido con las condiciones de pago acordadas, en especial, en lo relativo a los pagos por adelantado convenidos. Si dichas condiciones previas no se cumplen de forma debida y puntualmente, las fechas de entrega serán postergadas razonablemente. Esto no será aplicable si los únicos responsables de la demora somos nosotros o nuestro proveedor.
6.2 Si el incumplimiento de la fecha de entrega se debe a una causa de fuerza mayor o a otra interferencia que se escape de nuestro control, p. ej., guerras, ataques terroristas, restricciones a la importación o a la exportación, incluyendo este tipo de interferencias que afecten a nuestros subcontratistas, los plazos de entrega acordados se ampliarán por el período de tiempo que dure dicha interferencia. Lo mismo se aplicará a las acciones sindicales que nos afecten a nosotros o a nuestros proveedores.
6.3 Si somos culpables de la demora en nuestra entrega, el cliente deberá manifestar, a instancia nuestra y en un período de tiempo razonable, si insiste en que se realice la entrega o si ejerce otros derechos que le correspondan en virtud de los presentes términos y condiciones.
6.4 En caso de que una entrega se haya demorado por nuestra culpa, el cliente podrá rescindir el contrato cuando nos hayamos retrasado un tiempo apropiado que debe determinar el cliente, que no podrá ser inferior a dos semanas.
6.5 La cláusula 13 se aplica a las reclamaciones por daños y perjuicios formuladas por el cliente debido a la entrega demorada.
6.6 Si un cliente se retrasa en la aceptación o si un cliente vulnera de forma culposa sus obligaciones de colaboración, tendremos derecho a reclamar una compensación por los daños y perjuicios en los que hayamos incurrido a este respecto, incluyendo otros gastos adicionales por la cuantía del 0,5 % del precio de los productos que se deben entregar por mes o parte del mismo, pero sin rebasar en total el 5 % del precio de los productos que se deben entregar. Las partes contratantes se reservan el derecho a demostrar que sus gastos adicionales han sido superiores o inferiores. Lo anterior sin perjuicio del derecho a formular otras reclamaciones a causa de la demora en la aceptación.
6.7 Los envíos parciales y las facturas correspondientes son admisibles, a no ser que esto suponga un inconveniente inaceptable para el cliente.
7. Transmisión del riesgo
7.1 A menos que se acuerde expresamente lo contrario, las entregas de DDP (de acuerdo con Incoterms® 2010) se realizan en el destino mencionado.
7.2 A petición y a cargo del cliente, aseguraremos los envíos contra los riesgos habituales del transporte.
8. Quejas y notificación de vicios
8.1 El cliente deberá examinar las mercancías en seguida, concretamente, en el plazo de 15 días desde la entrega. En el supuesto de que exista un vicio reconocible, el cliente deberá informarnos en seguida acerca del vicio. En caso contrario, el cliente perderá sus derechos de garantía. El cliente tendrá que remitirnos las etiquetas adhesivas de las cajas, las etiquetas que indican los contenidos y los albaranes que se adjuntan con el envío junto con la notificación de vicios. Cuando el vicio se haga visible en un momento posterior, la notificación deberá efectuarse en seguida, después del descubrimiento del mismo. En caso contrario, el cliente perderá sus derechos de garantía.
8.2 La fecha en que recibamos la notificación de un vicio determinará si la notificación se ha efectuado dentro de plazo.
8.3 Si la notificación de un vicio es injustificada, tendremos derecho a exigir una compensación al cliente por los posibles gastos que se hayan devengado para nosotros, a no ser que el cliente pueda demostrar que no ha incurrido en ninguna falta con respecto a la notificación injustificada de un vicio.
8.4 Las reclamaciones por xxxxxx quedarán excluidas si la notificación del vicio no se recibe dentro de plazo.
9. Recepción de la entrega
El cliente no podrá negarse a recibir una entrega por causa de vicios menores.
10. Política de devoluciones
En caso de devolución de algún producto, se aplicará la «Política de Devoluciones de Aventics».
11. Vicios/ vicios jurídicos
11.1 El derecho de reclamación por xxxxxx prescribirá cuando haya transcurrido un período de 12 meses. El derecho de reclamación por vicios en mercancías utilizadas habitualmente para edificios prescribirá legalmente a los cinco años.
11.2 El plazo de prescripción para la reclamación por vicios empezará a contar como se especifica a continuación:
a) en el caso de los productos para equipamiento de vehículos y de motores, el día en que el producto sea puesto en funcionamiento, es decir, en el caso del equipamiento original, en la fecha de la primera matriculación del vehículo y en otros casos, en el momento de la instalación, pero nunca más de seis meses después de la entrega del producto (fecha de transmisión del riesgo);
b) en todos los demás casos, en el momento de la entrega del producto (fecha de transmisión del riesgo).
11.3 Si un vicio aparece antes de que prescriban los derechos de garantía y la causa del vicio ya existía en la fecha de transmisión del riesgo, podremos efectuar el cumplimiento posterior a nuestra elección, bien subsanando el vicio o bien suministrando un producto libre de vicios. El producto defectuoso deberá ser enviado para su reparación a nuestra sede o al servicio de atención al cliente más cercano, determinado por nosotros para el producto en cuestión.
11.4 El plazo de prescripción quedará interrumpido durante el período de tiempo necesario para reparar el producto defectuoso o para entregar un nuevo producto. El plazo de prescripción no empezará a contar de nuevo a consecuencia de la ejecución de la subsanación del vicio.
11.5 En caso de falta de cumplimiento posterior, el cliente podrá rescindir el contrato o reducir adecuadamente el importe del pago.
Se considerará que hay una falta de cumplimiento posterior cuando hayamos intentado dos veces subsanar los vicios.
11.6 Los costes de transporte, mano de obra y material necesarios para ejecutar el cumplimiento posterior serán sufragados por nosotros. Sin embargo, dichos costes quedarán excluidos cuando se vean incrementados por el hecho de que el producto defectuoso suministrado haya sido trasladado después a otro lugar distinto del lugar original de cumplimiento contractual, a no ser que dicho traslado se corresponda con el uso previsto del producto.
11.7 El derecho a reclamar un cumplimiento posterior no existirá en caso de una desviación meramente insignificante de la calidad acordada o en caso de que se trate solo de un impedimento menor a efectos del uso del producto. Esto sin perjuicio de cualesquiera otros derechos.
11.8 Los siguientes no serán considerados como vicios:
• el desgaste normal debido al uso;
• los característicos del producto y los daños causados después de la fecha de transmisión del riesgo debido a un manejo, almacenamiento o montaje inadecuado, debido a la inobservancia de las instrucciones de instalación o de manejo, debido a una sobrecarga o un uso excesivo o debido a unos medios de funcionamiento, una puesta en marcha o un mantenimiento inadecuados;
• los característicos del producto y los daños causados por fuerza mayor, por circunstancias externas especiales no previstas según los términos del contrato o debido al uso del producto más allá de su uso normal o más allá del uso para el que ha sido suministrado según los términos del contrato;
• errores de software no susceptibles de repetirse.
No existirá un derecho a reclamación por vicios si el producto ha sido modificado por el cliente o por terceras partes o si se han instalado piezas fabricadas por el cliente o por terceras partes, a no ser que el vicio no tenga ninguna relación causal con la modificación.
No asumiremos ninguna responsabilidad por la calidad del producto en relación al diseño o a la elección del material cuando haya sido el cliente quien haya establecido el diseño o el material.
11.9 El derecho a entablar recursos contra nosotros por parte del cliente solo existirá en la medida en que el cliente ostente una pretensión frente a nosotros basada en los presentes términos y condiciones. No tendrá derecho a entablar recursos cuando el cliente haya otorgado a sus clientes algún cumplimiento, garantía o reconocimiento voluntario.
11.10 Para el cumplimiento de nuestra obligación de garantía, el cliente nos dará a nosotros o a una tercera parte contratada por nosotros el tiempo suficiente y la posibilidad de llevar a cabo el trabajo cubierto por la garantía. El cliente solo podrá llevar a cabo él mismo dicho trabajo si hemos dado previamente nuestro consentimiento por escrito. En tal caso, asumiremos los costes necesarios para dicho trabajo en la medida en que guarden una relación razonable con respecto al valor del producto en una condición libre de vicios, con respecto a la magnitud del vicio y/o con respecto a la posibilidad de obtener un producto libre de vicios mediante un método alternativo. Los costes que pasen de ahí serán sufragados por el cliente.
11.11 Las cláusulas 11.3, 11.6, 11.7 no se aplicarán si se demuestra que nuestro producto ha sido vendido por el cliente o por un cliente del cliente a un consumidor sin haber sido procesado o instalado en otro producto.
11.12 Nuestra obligación de pagar daños y perjuicios y de compensar los gastos innecesarios en los que se haya incurrido debido a vicios, en el sentido de lo establecido en las disposiciones legales, se regirá respecto a todos los demás extremos por la cláusula 12. Cualesquiera pretensiones más allá de esto o pretensiones del cliente por vicios, distintas de las cubiertas por esta cláusula 11, quedan excluidas.
11.13 Las estipulaciones de la presente cláusula 11 se aplicarán mutatis mutandis a los vicios jurídicos que no estén constituidos por una vulneración de derechos de propiedad intelectual de terceras partes.
12. Derechos de propiedad industrial y derechos de autor
12.1 No responderemos de las pretensiones que se deriven de una vulneración de derechos de propiedad intelectual o de propiedad industrial o de derechos de autor (en adelante: derecho de propiedad industrial) de terceras partes, si el derecho de propiedad industrial es o ha sido propiedad del cliente o de una empresa en la que el cliente ostente, directa o indirectamente, la mayoría de las participaciones o de los derechos de voto.
12.2 No responderemos de las pretensiones que se deriven de una vulneración de derechos de propiedad industrial de terceras partes, a no ser que al menos un derecho de propiedad industrial de la familia de los derechos de propiedad haya sido publicado por la Oficina Europea de Patentes o en alguno de los siguientes países: República Federal xx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, Gran Bretaña, Austria o los EE.UU.
12.3 El cliente deberá informarnos inmediatamente de las vulneraciones (alegadas) de derechos de propiedad industrial y de los riesgos de vulneración a este respecto de los que adquiera conocimiento y, a petición nuestra y en la medida de lo posible, nos permitirá conducir el litigio (incluyendo procedimientos extrajudiciales).
12.4 Tenemos derecho, a nuestra elección, a obtener un derecho de uso para un producto que vulnere un derecho de propiedad industrial, a modificarlo para que deje de vulnerar el derecho de propiedad industrial o a reemplazarlo por un producto equivalente de sustitución que ya no vulnere el derecho de propiedad industrial. Si esto no fuera posible bajo unas condiciones razonables o dentro de un período de tiempo razonable, el cliente, en tanto que nos haya permitido llevar a cabo una modificación, tendrá derecho a rescindir el contrato. Con sujeción a las condiciones previas arriba mencionadas, también nosotros ostentaremos el derecho de rescisión. Nos reservamos el derecho de llevar a cabo la acción de la que disponemos según los términos del enunciado uno de esta cláusula 12.4, aun cuando la vulneración del derecho de propiedad industrial no haya sido determinada por un tribunal de justicia con efectos de cosa juzgada o no haya sido reconocida por nosotros.
12.5 Las pretensiones del cliente quedarán excluidas si el cliente es responsable de la vulneración del derecho de propiedad industrial o si el cliente no nos ha apoyado en una medida razonable en la defensa contra las reclamaciones de terceras partes.
12.6 Las pretensiones del cliente también quedarán excluidas si los productos fueron fabricados conforme a las especificaciones o instrucciones del cliente o si la vulneración (alegada) del derecho de propiedad industrial se deriva del uso conjunto con otro producto no procedente de nosotros o si los productos son utilizados de una manera que éramos incapaces de prever.
12.7 En todos los demás sentidos, nuestra obligación de pagar daños y perjuicios en caso de vulneraciones de derechos de propiedad industrial se regirá por la cláusula 13.
12.8 Las cláusulas 11.1 y 11.2 se aplicarán mutatis mutandis al plazo de prescripción para pretensiones basadas en vulneraciones de derechos de propiedad industrial.
12.9 Queda excluida cualquier otra pretensión o pretensiones distintas de las pretensiones del cliente que se rigen por esta cláusula 11 por la vulneración de derechos de propiedad industrial de terceras partes.
13 Reclamaciones por daños y perjuicios
13.1 Seremos responsables de pagar una indemnización por daños y perjuicios y una compensación por gastos innecesarios (denominados en adelante daños y perjuicios) a causa de una
violación de las obligaciones contractuales y no contractuales, solo en caso de
(i) dolo o negligencia grave,
(ii) en caso de daños mortales, daños físicos o daños a la salud, mediando negligencia o dolo,
(iii) por asumir una garantía de calidad o durabilidad,
(iv) en caso de un incumplimiento negligente o deliberado de las obligaciones contractuales materiales,
(v) debido a la responsabilidad legal obligatoria conforme a la legislación pertinente sobre responsabilidad por productos o
(vi) debido a cualquier otra responsabilidad obligatoria.
13.2 En cualquier caso, los daños y perjuicios por incumplimiento de las obligaciones contractuales materiales quedan limitados a los daños y perjuicios previsibles, típicos del tipo de contrato en cuestión, excepto si concurre dolo o negligencia grave, si se producen daños mortales, daños físicos o daños a la salud o si se ha asumido una garantía de calidad.
13.3 Cualquier responsabilidad derivada de culpa in contrahendo, de daños y perjuicios liquidados y de daños consecuenciales queda excluida, a menos que dicha responsabilidad no fuera causada conforme a la cláusula 13.1.
13.4 En tanto que se excluya para nosotros la responsabilidad por daños y perjuicios, esto también se aplicará a la responsabilidad personal por daños y perjuicios que incumbe a nuestros empleados, representantes y personas contratadas por nosotros para dar cumplimiento a nuestras obligaciones.
12.5 Las reglas arriba indicadas no suponen ningún cambio en la carga probatoria en detrimento del cliente.
14 Reserva de dominio
14.1 Nos reservamos la propiedad de los productos suministrados ("productos sujetos a reserva de propiedad") hasta que se haya pagado el precio de compra total adeudado en virtud del presente contrato (reserva de propiedad). El cliente almacenará los Productos sujetos a la Reserva de propiedad de forma gratuita.
14.2 El cliente tendrá derecho a procesar y vender los productos sujetos a retención de la titularidad en el curso de las transacciones comerciales adecuadas, siempre que no se encuentre en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones hacia nosotros. El cliente ya nos ha transferido en su totalidad, a título de garantía, los derechos derivados de la reventa o en concepto de indemnización por daños y perjuicios (prestaciones del seguro, derechos de indemnización por daños y perjuicios) de los productos sujetos a reserva de propiedad (incluidos todos los derechos de saldo de la cuenta corriente). Nos reservamos la propiedad de los productos suministrados ("productos sujetos a reserva de propiedad") hasta que se haya pagado el precio de compra total adeudado en virtud del presente contrato (reserva de propiedad). El cliente almacenará los Productos sujetos a la Reserva de propiedad de forma gratuita.
14.3 Por motivos de seguridad, el cliente transfiere todos sus derechos (incluidos todos los saldos de la cuenta corriente) derivados de la venta de los productos o de cualquier otro fundamento jurídico (seguro o derecho de daños) en relación con los productos sujetos a reserva de propiedad. Autorizamos al cliente a cobrar las reclamaciones transferidas en su propio nombre en nuestro nombre. Sin embargo, esta autorización de adeudo domiciliado sólo podrá revocarse si el cliente no cumple correctamente con sus obligaciones de pago.
14.4 En caso de pignoración, embargo u otras enajenaciones o intervenciones en relación con los productos sujetos a reserva de propiedad por parte de terceros, el cliente está obligado a informar al tercero de nuestra propiedad y a notificárnoslo sin demora. Todos los costes y daños causados por ello correrán a cargo del cliente.
14.5 La transformación o modificación de los productos sujetos a
reserva de propiedad se realizará siempre por cuenta nuestra como productores en el sentido del artículo 950 del BGB. Sin embargo, no se creará una obligación por nuestra parte. En caso de que los productos sujetos a reserva de propiedad sean procesados, modificados, relacionados o mezclados con otros productos que no nos pertenezcan, se acuerda que adquiriremos la copropiedad de los nuevos productos en función de la relación entre el valor de los productos sujetos a reserva de propiedad y los productos procesados, modificados, relacionados o mezclados en el momento del procesamiento, modificación, conexión o mezcla.
14.6 A petición del cliente, estamos obligados a liberar las garantías concedidas en la medida en que su valor supere en más de un 20 % los créditos pendientes que deban garantizarse.
14.7 Si la reserva de dominio no surte efecto en virtud de la legislación del país en el que se encuentre el producto, se considerará que se ha convenido en una garantía que, en la medida de lo posible, equivale a la reserva de dominio. Si la cooperación del cliente es necesaria para la ejecución de tales derechos y/o para la reserva de propiedad, el cliente tomará todas las medidas necesarias para la ejecución y preservación de tales derechos y para la reserva de propiedad.
14.8 En la medida en que la legislación del país en el que se encuentren los productos sea aplicable para acordar una reserva de propiedad de mayor alcance (por ejemplo, la cesión por adelantado de las reclamaciones del Ccliente derivadas de la venta de los productos suministrados por nosotros), el cliente deberá, a petición nuestra, acordar con nosotros dicha reserva de propiedad de mayor alcance.
15 Cancelación
15.1 En el supuesto de que se produzca un incumplimiento del contrato por parte del cliente, en particular, en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago, tendremos derecho a rescindir el contrato una vez transcurrido un plazo prorrogado razonable, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos contractuales y legales que nos correspondan.
15.2 Tenemos derecho a rescindir el contrato sin conceder una
prórroga del plazo si el cliente suspende sus pagos o si el cliente inicia un procedimiento de insolvencia o si se abre algún procedimiento similar respecto a sus activos con el fin de liquidar deudas.
15.3 Asimismo, estamos legitimados para rescindir el contrato sin necesidad de conceder una prórroga del plazo:
(i) si la situación de los activos del cliente se deteriorara materialmente o amenazara con deteriorarse y, como consecuencia, el cumplimiento de alguna obligación de pago frente a nosotros se viera comprometido, o
(ii) si el cliente es insolvente o está sobreendeudado.
15.4 Tras la declaración de tal rescisión, el cliente nos concederá a nosotros o a nuestros agentes acceso a los productos sobre los que hayamos declarado la reserva de dominio y hará entrega de los mismos. Tras la notificación correspondiente dentro de plazo, podremos también comercializar de cualquier otra manera los productos sobre los que hayamos declarado la reserva de dominio al efecto de satisfacer los derechos de crédito vencidos que ostentemos frente al cliente.
15.5 Los derechos y pretensiones legales obligatorios no quedarán restringidos por las estipulaciones contenidas en esta cláusula 14.
16 Cláusula de control de exportaciones
16.1 Los suministros y servicios (cumplimiento contractual) están sujetos a la condición de que no haya obstáculos que impidan el cumplimiento a causa de regulaciones nacionales o internacionales de control de exportación, en particular, embargos u otras sanciones. El cliente se compromete a proporcionar toda la información y documentación necesaria para la exportación y el envío. Las demoras a causa de inspecciones de exportación o
procedimientos de autorización hacen que los plazos de ejecución o de entrega sean inaplicables. Si no se conceden las autorizaciones necesarias o si no es posible autorizar el suministro o servicio, se considerará que el contrato no se ha celebrado respecto a las partes afectadas.
16.2 Tenemos derecho a resolver el contrato sin notificarlo, si dicha resolución es necesaria para nosotros a fin de cumplir con las disposiciones legales nacionales o internacionales.
16.3 En el supuesto de que se produzca una resolución conforme a la cláusula 16.2, el cliente no podrá hacer valer ninguna reclamación por daños o perjuicios ni ejercer otros derechos con motivo de la resolución.
16.4 Al realizar la transmisión de productos entregados por nosotros (hardware y/o software y/o tecnología y los documentos correspondientes, independientemente de la manera en que se proporcionen) y de mano de obra y servicios prestados por nosotros (incluido el soporte técnico de cualquier clase) a terceras partes en Españay en el extranjero, el cliente deberá cumplir con las correspondientes disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional en materia de control de (re)exportación.
17 Confidencialidad
17.1 Toda la información comercial y técnica procedente de nosotros (incluidas las características que se pueden deducir de las mercancías o del software entregado y otros conocimientos o experiencia) se mantendrá en secreto frente a terceras partes en caso de que y mientras no esté demostrado que dicha información sea de dominio público o que hayamos determinado que puede ser revendida por el cliente, y solo se pondrá a disposición de aquellas personas dentro del propio círculo del cliente que necesariamente tengan que ser incluidas en el uso de la misma y que estén también sujetas a la obligación de guardar secreto. La información seguirá siendo exclusivamente de nuestra propiedad. Sin nuestro consentimiento previo y por escrito dicha información no podrá ser duplicada o utilizada con fines comerciales. A petición nuestra, toda la información procedente de nosotros (incluyendo, en su caso, cualquier copia o duplicado confeccionado) y las mercancías que hayan sido prestadas nos deberán ser devueltas inmediatamente en su totalidad o destruidas.
17.2 Nos reservamos todos los derechos sobre la información mencionada en la cláusula precedente 16.1 (incluidos los derechos de autor y el derecho a presentar solicitudes para derechos de propiedad industrial, como patentes, modelos de utilidad, protección de semiconductores, etc.).
18 Otros aspectos
18.1 Si alguna de las estipulaciones de los presentes términos y condiciones y de los posteriores contratos alcanzados fueran o devinieran ineficaces, esto no afectará a la validez del resto de los términos y condiciones. Las partes contratantes se obligan a reemplazar la estipulación ineficaz por otra reglamentación que se aproxime en la mayor medida posible al éxito económico que se pretendía alcanzar con la estipulación ineficaz.
18.2 Cualquier conflicto derivado de algún contrato celebrado entre las partes y que esté sujeto a los presentes términos y condiciones o relacionado con el mismo o con su validez se resolverá definitivamente por arbitraje, de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Institución Alemana de Arbitraje (DIS), sin posibilidad de recurrir a los tribunales de justicia ordinarios. El lugar de arbitraje será Hannover. El número de árbitros será uno. El idioma de los procedimientos arbitrales será el inglés.
18.3 Todas las relaciones jurídicas entre nosotros y el cliente se regirán exclusivamente por la legislación alemana, excluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) y cualesquiera normas de conflicto xx xxxxx.
AVENTICS GmbH
Xxxxx Xxxxxx 0, 00000 Xxxxxxx, Xxxxxxxx
Teléfono: x00 00 000 0000, Correo electrónico: xxxx.xx@xxxxxxxx.xxx