Anexo II (a)
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Viceconsejería
Anexo II (a)
XXXXXXX XX 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXX XXXXXXX XX XXXXXXXX, POR EL QUE SE AUTORIZA EL GASTO Y LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO POR LA AGENCIA DE OBRA PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO GUADALMEDINA- HOSPITAL CIVIL, HASTA UN IMPORTE DE TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (34.238.737,21 EUROS), IVA EXCLUIDO.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS (Orden cronológico):
TODOS LOS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE SON ACCESIBLES
Nº de orden | Denominación del documento |
1º | MEMORIA JUSTIFICATIVA |
2º | MEMORIA ECONÓMICA |
3º | CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE CRÉDITO |
4º | RESOLUCIÓN DE INICIO DEL EXPEDIENTE |
5º | INFORME DE CONTROL PREVIO |
6º | INFORME DE VALORACIÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE CONTROL PREVIO |
En virtud de lo establecido en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan medidas para la transparencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y dando cumplimiento a las Instrucciones de coordinación para asegurar la homogeneidad en el tratamiento de la información en cumplimiento de lo establecido en el citado Acuerdo, se emite la presente propuesta sobre la aplicación de los límites de acceso de los documentos que integran el expediente relativo al asunto indicado.
Código: | BY574776CVRSIVnmG3VDIZS6RcMZTH | Fecha | 17/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/1 |
Fdo.: Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx VICECONSEJERA DE FOMENTO Y VIVIENDA
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ACTUACIÓN
LICITACIÓN DE LAS OBRAS PARA XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: GUADALMEDINA – HOSPITAL CIVIL
CLAVE: T-MM6202/OEJ0
Departamento de Infraestructura
Código: | BY574651PFIRMANxJ7n068-JC1jt3e | Fecha | 09/10/2018 |
Firmado Por | XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | ||
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | |||
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | |||
Url De Verificación | Página | 1/12 |
V.1
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ACTUACIÓN
LICITACION DE LAS OBRAS PARA XX XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO GUADALMEDINA – HOSPITAL CIVIL
CLAVE: T-MM6202/OEJ0
INDICE
1. ANTECEDENTES 3
2. SITUACIÓN ACTUAL DE LA ACTUACIÓN 5
3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN / DATOS DE REFERENCIA 7
4. PROPUESTA DE LICITACIÓN 12
5. ANUALIDADES 12
Departamento de Infraestructura
Código: | BY574651PFIRMANxJ7n068-JC1jt3e | Fecha | 09/10/2018 |
Firmado Por | XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | ||
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | |||
XXXXX XXXXXX XXXXXXX | |||
Url De Verificación | Página | 2/12 |
V.1 página 2
1. ANTECEDENTES
La red de metro de Málaga, formada por las líneas 1 y 2, inicialmente se integraban en el contrato de concesión entre la Junta de Andalucía y la Sociedad Concesionaria Metro de Málaga, S.A. en el marco del propio contrato, el cual además de la ejecución de las obras, contempla como prestaciones anejas, la redacción de los correspondientes proyectos constructivos así como el suministro de material móvil.
Durante la fase de redacción de los proyectos constructivos de las líneas 1 y 2, se introdujeron determinadas modificaciones funcionales, que fueron asumidas por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía -entonces Ferrocarriles de la Junta de Andalucía- por considerarse actuaciones de interés público. Dichas modificaciones, reflejadas en los proyectos constructivos, significaron unas diferencias relevantes entre la inversión final necesaria y la prevista en la oferta adjudicada.
La introducción de estas modificaciones en la actuación del metro de Málaga supuso un nuevo escenario del contrato de concesión, en cuanto a precio y plazo, así como en las previsiones de puesta en servicio del metro, por lo que se procedió a proponer una modificación del contrato de concesión, adaptándolo a las nuevas circunstancias, quedando esta propuesta recogida en un Acta de reunión de trabajo de fecha 1 de noviembre de 2007. Esta acta establece los tramos que son objeto de ejecución por parte del concesionario y los que son objeto de redacción por parte de la Agencia de Obra Pública.
En el marco de ese acuerdo, corresponde a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía la redacción de los proyectos constructivos de infraestructura, superestructura, arquitectura e instalaciones asociados a los tramos Xx. Xxxxxxxxx – Cocheras, RENFE – Guadalmedina y Guadalmedina – Malagueta, así como la posterior ejecución de las obras. Ejecutadas dichas obras se establece su entrega al concesionario, incorporando estos tramos a la explotación.
En consecuencia, con fecha 26 xx xxxxx de 2010, se procede a la formalización de la modificación del contrato de concesión para la construcción y explotación de las líneas 1 y 2 del metro de Málaga, de acuerdo a los términos fijados en el acta de 1 de noviembre de 2007, correspondiendo a la Administración la redacción de los proyectos constructivos antes citados, así como la ejecución de las correspondientes obras. Finalizadas éstas se deberán entregar al concesionario para que las incorpore a la fase de explotación.
Posteriormente, en junio de 2012, la Consejería de Fomento y Vivienda analizó la viabilidad técnica y económica de la llegada del metro al centro de la ciudad de Málaga, explorando otras soluciones más favorables, de mayor racionalidad en cuanto a inversión pública, menores plazos de ejecución, y menores incertidumbres técnicas y administrativas, con el objetivo de disponer a la mayor brevedad posible del metro en el centro de Málaga, y así completar la demanda prevista.
Sobre esta base, se replanteó el diseño funcional del metro, limitando el trazado a la Alameda Principal y definiendo la estación de La Marina en una nueva ubicación, desplazándola hacia la Alameda, a la altura del mercado central de Atarazanas, pasando a denominarse con este nombre. Esta propuesta lleva consigo la implantación de forma simultánea de un tramo de xxxxxxxxxxxx xx xx
xxxxx 0 hasta el norte de la ciudad, hasta alcanzar el entorno de los hospitales Civil y Materno Infantil, en coherencia con el trazado previsto en el Estudio Informativo del metro.
Esta solución conjunta recibió el debido apoyo institucional por parte del Ayuntamiento de Málaga, suscribiéndose el 11 de noviembre de 2013 el “Protocolo de intenciones entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga relativo a la finalización de las líneas de Metro de Málaga 1 y 2 conforme compromiso de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000”. Xxxx documento establece que el trazado inicialmente previsto correspondiente al tramo Guadalmedina – Malagueta se limita hasta la calle Torregorda (actualmente denominado tramo Guadalmedina – Atarazanas) y la línea 2 se prolonga en superficie desde la estación de Guadalmedina hacia el norte, hasta alcanzar el entorno del Hospital Civil y el Materno. Así, el Protocolo indica que respecto al trazado definitivo de la línea 2, una vez analizadas las alternativas propuestas, las administraciones determinan como más adecuado el desarrollo y la ejecución de la alternativa que discurre por calle Santa Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx y Xxxx Xxxx.
Este acuerdo entre ambas administraciones soporta la posterior modificación del contrato de concesión y la correspondiente novación del contrato de aval entre el Banco Europeo de Inversiones y la Comunidad Autónoma de Andalucía, ambos formalizados el 16 de julio de 2014, lo que permitió iniciar la operación comercial de las líneas 1 y 2 -de forma parcial hasta la estación Perchel- el 30 de julio de 2014.
De este modo, la Consejería de Fomento y Vivienda, en el ámbito de sus competencias, desarrolló las actuaciones necesarias para la consecución de los correspondientes proyectos constructivos de los tramos antes indicados, esto es, Guadalmedina - Atarazanas y Xxxxxxxxxxxx xx xxxxx 0, xxxxx Xxxxxxxxxxxx – Hospital Civil.
En relación al tramo Guadalmedina – Atarazanas, actualmente se encuentra en ejecución las obras correspondientes a la infraestructura y superestructura de vía con previsión de finalización en abril de 2019.
En cuanto a la Xxxxxxxxxxxx xx xxxxx 0, xxxxx Xxxxxxxxxxxx – Hospital Civil, se han realizado las acciones encaminadas a la obtención del proyecto constructivo:
Así, por Resolución del Consejero de Fomento y Vivienda de 3 xx Xxxxx de 2016, publicada en BOJA el 23 xx xxxxx de 2016, se aprueba el Proyecto Básico denominado “Documento de avance de la xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxx xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina- Hospital Civil”.
Una vez aprobado dicho proyecto se procedió a la redacción del proyecto constructivo, con denominación Proyecto de Construcción- Base de Licitación “Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina-Hospital Civil” aprobado técnicamente el 19 de julio de 2017, con un Presupuesto de Ejecución Contrata de 41.428.872,02 euros (34.238.737,21 euros IVA excluido).
Tanto la tramitación del proyecto básico como la del proyecto constructivo no han tenido el adecuado apoyo institucional por parte del Ayuntamiento de Málaga, y en particular es significativo destacar que la Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga aprecia que el proyecto constructivo redactado no se
adecúa al planeamiento urbanístico vigente. A tal efecto la Consejería de Fomento y Vivienda ha realizado las siguientes acciones:
• Declaración de Interés metropolitano de la actuación, acordado en Consejo de Gobierno de fecha 9 xx xxxx de 2017.
• Efectuada la aprobación técnica del proyecto de construcción del tramo de referencia, el Consejo de Gobierno ha acordado aprobarlo con fecha 5 de diciembre de 2017 (BOJA 21 de diciembre de 2017 – BOJA nº 243).
2. SITUACIÓN ACTUAL DE LA ACTUACIÓN
2.1. Operación hasta Perchel Tramos adscritos al concesionario
Los tramos de obra adscritos al concesionario se finalizaron en el mes de julio de 2014, previo inicio de la operación comercial de las líneas 1 y 2 hasta la estación Perchel, que se comenzó el 30 de julio de 2014.
Tramos adscritos a la Agencia de Obra Pública Tramo Xx. Xxxxxxxxx – Cocheras (tramo superficie)
Del mismo modo este tramo comenzó su operación comercial el 30 de julio de 2014, de forma conjunto con los tramos anteriores.
2.2. Operación hasta Guadalmedina Tramo RENFE - Guadalmedina
Las unidades de obra de mayor relevancia que se han realizado hasta la fecha son las correspondientes a la denominada fase 1 del tramo, comprendido entre el inicio del tramo -límite con el tramo de la sociedad concesionaria- y la avenida de Andalucía, que denominamos fase 2.
En el ámbito de esta fase 1 se han ejecutado las pantallas de hormigón que configuran los hastiales del túnel, la losa de cubierta y la excavación del primero de los tres niveles de los que consta el túnel, con diferentes grados de avance; asimismo se han realizado las intervenciones e investigaciones arqueológicas asociadas a esta obra civil.
En el ámbito de la fase 2, se han ejecutado los desvíos de tráfico, las actuaciones de movilidad y accesibilidad y el desvío de los servicios urbanos que se ven afectados, lo que ha permitido la disposición xxx xxxxxxx de obra para la ejecución del túnel.
En términos globales, la ejecución alcanza en la actualidad el 65 % de la infraestructura.
La infraestructura realizada hasta la fecha se ha realizado al amparo de los correspondientes contratos de ejecución de obra con XXXXX Xxxxxxxxxxxxxx, contratos que han sido objeto de resolución en las siguientes fechas:
• RESOLUCIÓN POR LA QUE SE RESUELVE EL CONTRATO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0 X 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: RENFE – GUADALMEDINA, de fecha 9 xx xxxxx de 2017.
• RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE NÚM. 10000366938 DE EXTINCIÓN, POR RESOLUCIÓN, DEL CONTRATO DE OBRAS DEL PROYECTO COMPLEMENTARIO Nº 2 DE INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y XXXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXX 0 X 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: RENFE – GUADALMEDINA, de fecha 17 xx xxxx de 2018.
Con el fin de proseguir con la ejecución de las obras que resta por ejecutar, se ha realizado el correspondiente proyecto de terminación del tramo, que engloba tanto la infraestructura como los trabajos arqueológicos pendientes de realizar.
Este proyecto ha sido objeto de licitación mediante un procedimiento abierto, y una vez efectuada la correspondiente evaluación de las ofertas, se ha procedido a la adjudicación del tramo. Con fecha 31 de julio de 2018 se han iniciado las obras con una duración prevista de 19,5 meses.
En cuanto a las actividades correspondientes a arquitectura, superestructura de vía e instalaciones, darán comienzo una vez la infraestructura esté finalizándose, mediante contratos independientes.
2.3. Operación de los tramos Guadalmedina – Atarazanas y Xxxxxxxxxxxx xx xxxxx 0 hasta Hospital Civil
Tramo Guadalmedina - Atarazanas
Las obras comenzaron el 4 xx xxxx de 2015. Hasta la fecha se han realizado los desvíos de tráfico, se han acometido el desvío de los servicios que se ven afectados por la ejecución del túnel y se dio comienzo el 6 xx xxxxx de 2016 a la ejecución de las pantallas que conforman el túnel. Han surgido incidencias relacionadas con los servicios afectados y con hallazgos arqueológicos que han supuesto retrasos y tramitación de expedientes complementarios y modificados de la obra principal. Las obras complementarias están ejecutándose y el expediente de modificación está en tramitación. Las pantallas que configuran el túnel en la zona de la Alameda Principal se encuentran finalizadas estando actualmente en fase de ejecución la losa de cubierta del túnel. Realizada la parte del túnel bajo el lecho del río Guadalmedina, se está procediendo en la actualidad a la reconstrucción xxx xxxxxx sobre la losa de cubierta del túnel. La obra se encuentra en un nivel global de ejecución del 51 %.
Tramo Guadalmedina – Hospital Civil
Tal como se ha indicado anteriormente, esta actuación consiste en la adopción de un trazado en superficie por el eje viario formado por las calles Hilera – Santa Xxxxx – Xxxxxxx Xxxxx, como prolongación de la línea 2 hacia el norte de la ciudad, partiendo de la estación Guadalmedina.
La Agencia de Obra Pública ha redactado el proyecto de construcción, el cual se ha sometido a la consideración del Ayuntamiento en cuanto a su adaptación al planeamiento urbanístico vigente, apreciando la Gerencia de Urbanismo su inadecuación al PGOU.
A tal efecto la Consejería de Fomento y Vivienda ha realizado las siguientes acciones:
• Declaración de Interés metropolitano de la actuación, acordado en Consejo de Gobierno de fecha 9 xx xxxx de 2017.
• Efectuada la aprobación técnica del proyecto de construcción del tramo de referencia, el Consejo de Gobierno ha acordado aprobarlo con fecha 5 de diciembre de 2017 (BOJA 21 de diciembre de 2017 – BOJA nº 243).
3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN / DATOS DE REFERENCIA
El proyecto de Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo Guadalmedina- Hospital Civil que se propone licitar incluye la infraestructura, urbanización, superestructura, electrificación e instalaciones de la Línea 2, entre la estación de Guadalmedina y el Hospital Civil, conectando con el tramo contiguo de Guadalmedina – Renfe. El inicio del Proyecto se sitúa en la estación de Guadalmedina, colocada de forma perpendicular a las Avenidas de Andalucía y de la Aurora, y a la altura del centro comercial “El Corte Inglés”; el final del proyecto se localiza en la intersección de las calles Xxxx xx Xxxx y Avenida xxx Xxxxxx de los Ángeles, adyacente al complejo hospitalario Civil – Materno Infantil y su futura ampliación.
Es de señalar que el Proyecto abarca la obra de urbanización completa para dejar los viales terminados (en el tramo subterráneo de calle Hilera), y de reposición de urbanización y adecuación urbana de todas las calles por las que discurre el metro en superficie a modo tranviario.
El trazado del metro comenzará en la estación Guadalmedina, recorriendo las calles Xxxxxxxxx de la Xxxx y calle Hilera mediante túnel entre pantallas y rampa de salida a superficie. El tramo en superficie discurre partiendo de la calle Hilera, por las calles Santa Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx y Xxxx xx Xxxx, finalizando antes de la intersección de esta última con la avenida Xxxxxx de los Ángeles
Se trata de un tramo de unos 1,8 km de longitud, de los cuales los primeros 505 m discurren en túnel, 140 metros en rampa, y el resto en plataforma tranviaria en superficie.
Figura 1: Situación y planta esquemática del tramo
Los subtramos en las que se divide el proyecto se describen a continuación:
• Subtramo 1: Tramo subterráneo ejecutado entre pantallas El proyecto se inicia a partir de la estación subterránea de Guadalmedina. Su trazado está condicionado por el del proyecto Guadalmedina – RENFE. En el tramo inicial comprendido entre las progresivas 0+000 y 0+130 el diseño del túnel entre pantallas está incluido en el proyecto Guadalmedina – RENFE, dentro de la estación de Guadalmedina, adaptando las pantallas al trazado final de las vías. El tramo entre pantallas tendrá una longitud aproximada de 505 m, a partir de los cuales se inicia un tramo en rampa de salida a superficie de unos 140 m de longitud, llegando así hasta el p.k. 0+645. La pendiente mínima en todo el tramo será del 2%, siempre de modo ascendente en la dirección de avance del trazado. En el punto de inicio, los ejes de las dos vías de la línea 2 discurren en la misma posición en planta, pero a dos niveles
distintos. La diferencia xx xxxx entre los ejes de ambas vías es de 5,90 m aproximadamente. La anchura libre entre pantallas proyectada es de 8,50 m y las pantallas tienen un espesor de 1 m. Conforme avanza el trazado bajo la Avenida de Andalucía, las plataformas de ambas vías se van separando, y va disminuyendo su diferencia de cotas. Entre los p.k. 0+260 y 0+390 se implanta una vía de apartado en paralelo a las dos vías generales de la plataforma del túnel. En este tramo con tres vías la anchura libre entre pantallas es de 13 m.
• Subtramo 2: Tramo de transición en rampa. El tramo en rampa tiene una distancia entre pantallas de 8,50 m y va disminuyendo progresivamente su profundidad hasta llegar a la cota del terreno actual. La pendiente de la rampa es de un 5,7 %.Todo este tramo se ubica en la calle Hilera. Se ha diseñado de forma que la ocupación en planta de la rampa coincida con la isleta central que divide los dos carriles de circulación actualmente existentes, de modo que la repercusión sobre las vías existentes sea la menor posible
• Subtramo 3: Tramo en superficie. A partir del p.k. 0+645 y hasta el final del tramo, el trazado discurre en superficie, por el viario público de la ciudad de Málaga. El trazado en superficie discurre por las calles Hilera, Santa Xxxxx, Xxxxxxx Xxxxx y Xxxx xx Xxxx. En este tramo se proyectan 4 paradas en superficie, que son las siguientes:
- Parada P1, ubicada en la calle Santa Xxxxx, a la altura del colegio público Xxxxx Xxxx Xxxxxxx.
- Parada P2, ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxx, a la altura de la intersección con la calle Cataluña.
- Parada P3, ubicada en la calle Xxxxxxx Xxxxx, entre las intersecciones con las calles Xxxxxxxx de la Xxxx y Camino Suárez.
- Parada P4, ubicada en la calle Xxxx xx Xxxx, entre las intersecciones con las calles Tejares y Xxxxxxx Xxxxxxxx, al final del trazado, adyacente al recinto del Hospital Civil.
Todas las paradas proyectadas dispondrán de andenes con una longitud de 33 m, (preparados para una posible futura ampliación a 66 m), con sus correspondientes marquesinas, mobiliario urbano, etc.
Tabla 1: Características generales del tramo Guadalmedina – Hospital Civil
Línea | Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx |
Tramo | Guadalmedina Hospital Civil |
Longitud | 1,8 km ( 510 m. túnel entre pantallas, 130 x. xxxxx y 1.160 m. en superficie) |
Método constructivo | Tramo soterrado: falso túnel entre pantallas (cut & cover) Tramo superficie: solución tranviaria |
Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) | 41,43 millones de € |
Paradas | Número de paradas: 4 P 1: Xxxxx Xxxxx Xxxxx X 0 :Calle Xxxxxxx Xxxxx ( entre C/ Cataluña y C/ Andalucía) P:3:Calle Xxxxxxx Xxxxx ( entre Xxxxxxxx de la Xxxx y Camino Xxxxxx) P:4 Calle Xxxx xx Xxxx ( próxima al aparcamiento del Hospital Central) |
Tipología de andén | Andén central de 33 m (ampliable a 66 m) |
Tipo de línea | Ancho vía superficie: UIC 1.435. entrevía 3,7 m. Ancho vía subterráneo: UIC1.435 entrevía 3,3 m. Ancho túnel: 8,5 m. |
Radio mínimo en planta | 50 m |
Pendiente máxima | 57 milésimas |
Expropiaciones
El trazado discurre íntegramente por viario urbano. El convenio suscrito entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga, con fecha 15 xx xxxxx de 2002 establece que el Ayuntamiento de Málaga pondrá a disposición de la Junta de Andalucía los terrenos y demás bienes de titularidad municipal que sean necesarios para la licitación y posterior ejecución de las obras.
Además se producen dos ocupaciones de suelo correspondientes a:
• Suelo cuyo uso es cultural cuya titularidad es la Junta de Andalucía.
• Suelo cuyo actual uso es de aparcamientos del Hospital Civil, cuya titularidad es la Diputación Provincial de Málaga.
Dado el carácter de dominio público de estos bienes no pueden ser objeto de expropiación forzosa, constituyendo una mutación demanial que no conlleva una alteración jurídica, resultando finalmente nula la valoración de la afección.
Trámite Ambiental
Con fecha 20/02/2014 se realizó trámite de consulta al organismo ambiental por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía en relación con la modificación del trazado que suponía la xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 xxx xxxxx xx Xxxxxx entre Guadalmedina y Hospital Civil. Una vez analizada la documentación, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio resolvió con fecha 10/03/2014 la sustancialidad de la modificación propuesta, debiendo ser objeto de nueva tramitación ambiental en aplicación de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Con fecha 05/06/2014, se remitió por parte de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía la documentación técnica y ambiental requerida para el inicio de la tramitación ambiental. El proyecto fue sometido a información pública por la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio con fecha 21/08/2014 (B.O.J.A. núm. 162).
La tramitación ambiental se resuelve con fecha 13/05/2015, emitiéndose la Propuesta de Resolución de la Delegación Territorial en Málaga de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente sobre el Proyecto de Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx, Tramo Guadalmedina-Hospital Civil concediéndose un plazo de 15 días para que los interesados puedan alegar y presentar la documentación que consideren oportuna.
Transcurrido dicho periodo, con fecha 15/06/2015 se formula la Resolución de la Delegación Territorial en Málaga de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente por la que se resuelve otorgar Autorización Ambiental Unificada sobre el Proyecto de Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx, Tramo Guadalmedina-Hospital Civil, en base a las características de la actuación propuesta y las conclusiones de la evaluación de impacto ambiental, así como al cumplimiento de las determinaciones ambientales recogidas en los Anexos III y IV de la Resolución.
4. PROPUESTA DE LICITACIÓN
Teniendo en cuenta el importe y naturaleza de las obras, éstas deben licitarse mediante un procedimiento abierto, debiendo previamente recabarse autorización del gasto y de la contratación al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
5. ANUALIDADES
Se propone una previsión de inversión en el período de ejecución de las obras, tomando como base el plazo que figura en el proyecto de construcción de 24 meses, según las siguientes anualidades:
Anualidad | Importe (sin IVA) | Importe (inc. IVA) |
Año 2019 | 15.000.000,00 | 18.150.000,00 |
Año 2020 | 18.000.000,00 | 00.000.000,00 |
Año 2021 | 1.238.737,21 | 1.498.872,02 |
Total | 34.238.737,00 | 00.000.000,02 |
En Sevilla a la fecha de la firma electrónica
Fdo.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Gerente de la Actuación
CONFORME
Xxxxxxx X Xxxxxxx Xxxxxxxx Jefe Gerencia de Actuaciones
VºBº
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Director de Infraestructuras
Departamento de Infraestructura
V.1 página 12
MEMORIA ECONOMICA DE LA ACTUACIÓN
Xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina-Hospital CivilCONTRATO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: GUADALMEDINA-HOSPITAL CIVIL.
Clave Agencia:T-MM6202/OEJ0 T-MM6202/OEJ0
Memoria Económica para contrato de ejecución de las obras de Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx 0 xx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo Guadalmedina – Hospital Civil.
Con efectos de 1 de enero de 2005, por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía se procedió a la atribución de las competencias y funciones relativas a los servicios del ferrocarril metropolitano de la Línea 1 Interurbana – Xxxxx xx Xxxxxxx x xx xxx Xxxxxx 0 x 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Dicha subrogación supone la xxxxxxxx de la totalidad de las obligaciones, derechos y potestades previstas para la Consejería de Fomento y Vivienda desde ese momento en dichos contratos y los restantes documentos contractuales que los conforman.
En virtud de dicho acuerdo se atribuyeron a la Agencia, entre otras, las siguientes competencias y funciones:
La construcción y explotación de la Línea 1 Interurbana-Metro de Xxxxxxx, x xx xxx Xxxxxx 0 x 0 xxx xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx.
La supervisión e inspección de la ejecución de las obras de construcción de las infraestructuras ferroviarias y demás instalaciones, así como la vigilancia e inspección del mantenimiento y conservación de las mismas.
La aprobación de los estudios informativos, anteproyectos y proyectos de construcción relativos a las obras, infraestructuras, instalaciones y demás elementos necesarios para la construcción y explotación del servicio.
El control, inspección, vigilancia y policía sobre el cumplimiento por parte de la/s concesionaria/s del Reglamento de Servicio, el control de los parámetros de calidad, y capacidad del mencionado servicio y la resolución de las reclamaciones que sobre el funcionamiento de los servicios de ferrocarril metropolitano efectúen los usuarios.
En julio de 2014, se inició actividad comercial de Metro Málaga, de forma parcial entrando en servicio el tramo que discurre desde la estación Xxxxxxx de los Deportes hasta El Perchel y desde este punto hasta la parada Andalucía Tech, lo que supone un total de 17 estaciones distribuidas a lo largo de cerca de 12 kilómetros de longitud. Ello ha sido posible tras una nueva modificación contractual, que ha implicado nuevas variaciones en la inversión/financiación del proyecto.
Dentro de las actuaciones necesarias para la construcción y explotación de la citada infraestructura se hace necesario acometer actuaciones que permitan la finalización de las obras que restan por ejecutar con el fin de dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con el Banco Europeo de Inversiones y la Sociedad Concesionaria con el objetivo de poner en servicio el tramo a la mayor brevedad.
La inversión estimada total en el Proyecto asciende a un total de 460 millones de euros (IVA excluido), habiéndose ejecutado a 31 de diciembre de 2017 el 67%. El importe pendiente de
Departamento financiero
2
ejecutar se financiará con cargo a transferencias de capital a recibir en los próximos años tal y como se recogen en GIRO con las siguientes Asignaciones Presupuestarias:
Asignación Presupuestaria | Anualidad | Documento Presupuestario | Importe |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 306102 | 53.381.895 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 | 306102 | 54.058.953 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2021 | 630312 | 30.147.709 |
El importe de este contrato se encuentra programado dentro de la Inversión total a realizar para la finalización de la actuación, suponiendo un coste de 34.238.737,21 euros IVA excluido.
La previsión de la inversión anualizada es la siguiente:
Anuaiidad | Importe sin I.V.A. | Importe con I.V.A. |
2019 | 15.000.000,00 | 18.150.000,00 |
0000 | 00.000.000,00 | 00.000.000,00 |
0000 | 0.000.000,00 | 0.000.000,02 |
En Sevilla, a la fecha de la firma electrónica
Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Director Financiero
Departamento financiero
3
Código: | BY574872PFIRMAjpmsp3VIzVTXJD5V | Fecha | 09/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 3/3 |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE CRÉDITO
Clave expediente: T-MM6202/OEJ0
XXXXXXXXXXXX XXXXX 0 XXXXX XX XXXXXX. TRAMO GUADALMEDINA – HOSPOITAL
XXXXXXxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx 0 xxx Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina-Hospital Civil
Vista memoria justificativa elaborada por el gerente de la obra de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de fecha 9 de octubre de 2018, el presupuesto de licitación del expediente asciende a 41.428.872,02 euros IVA incluido (Base Imponible 34.238.737,21 euros).
El plazo de duración estimado es de 24 meses.
La distribución de anualidades propuesta es la siguiente:
Anualidad | Importe sin I.V.A. | Importe con I.V.A. |
2019 | 15.000.000 | 18.150.000 |
2020 | 18.000.000 | 21.780.000 |
2021 | 1.238.737,21 | 1.498.872,02 |
En relación con la financiación, este expediente se cargaría a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
Asignación Presupuestaria | Anualidad (a) | Documento Presupuestario | Importe |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 306102 | 53.381.895 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 | 306102 | 54.058.953 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2021 | 630312 | 30.147.709 |
a) Importes recogidos en la contabilidad presupuestaria de la Junta de Andalucía.
Se certifica que en la Contabilidad de la Junta de Andalucía se contempla la siguiente previsión presupuestaria para las anualidades 2019, 2020 y 2021, sobre las que, después de la asignación al presente expediente de contratación el saldo de crédito disponible de la aplicación presupuestaria prevista de conformidad con la información obtenida del Registro Auxiliar de Compromisos al cierre del último mes disponible ascendería a:
Asignación Presupuestaria | Anualidad | Crédito Previsto | Comprometido | Disponible |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 53.381.895 | 39.855.634 | 13.526.261 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 2021 | 54.058.953 30.147.709 | 22.001.035 1.238.737 | 32.057.918 28.908.972 |
Código: | BY574640PFIRMAOqE5A0TBQ86a3amG | Fecha | 09/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/2 |
(b) Se contempla presupuestariamente el importe previsto del contrato IVA excluido, debido a la eventual recuperabilidad del citado impuesto de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público , se certifica que actualmente existe crédito suficiente para la ejecución del mencionado contrato en las anualidades previstas para 2019, 2020 y 2021 de este Programa, con cargo a la aplicación presupuestaria que se ha indicado.
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Director Financiero
Código: | BY574640PFIRMAOqE5A0TBQ86a3amG | Fecha | 09/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 2/2 |
RESOLUCIÓN DE INICIO DEL EXPEDIENTE:
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de diciembre de 2004, se atribuyó a la entidad hoy denominada Agencia de Obra Pública de la Junta de Anda - xxxxx (antes denominada Ferrocarriles de la Junta de Andalucía, y originalmente Ente Público de Gestión de Ferrocarriles Andaluces), las competencias y funciones relativas al servicio xxx xxxxx - carril metropolitano de Málaga.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contra- tos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, x xx xxxxx xx xx documentación sobre la necesidad de la Contratación según Memoria técnica de fecha 9 de octubre de 2018, en virtud de la Propuesta de Resolución del Director de Infraestruc- turas, y según la delegación de competencias acordada por el Consejo Rector de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía en sesión de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000,
XXXXXXXX:
Iniciar el expediente de contratación OBRA PARA LA PROLONGACIÓN DE LA LÍNEA 2 DEL METRO DE MÁLAGA, TRAMO: GUADALMEDINA-HOSPITAL CIVIL (Expediente T-MM6202/OEJ0)
con un presupuesto máximo base de licitación de 41.428.872,02 euros, I.V.A incluido, y con valor estimado de 49.714.646,42 euros, IVA incluido.
Fdo.: Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Directora Gerente
A la fecha de la firma electrónica
Código: | BY574817PFIRMAMpTPHLHhaXKWAZmR | Fecha | 10/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/1 |
ANEXO II
INFORME DE CONTROL PREVIO. ÁREA DE CONTRATOS
ENTIDAD: Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía Número de Expediente: T-MM6202/OEJ0
Objeto: Xxxxxxxxxxxx Xxxxx 0 Xxxxx xx Xxxxxx. Tramo: Guadalmedina – Hospital Civil. Importe estimado: 41.428.872,02 euros IVA incluido (Base imponible: 34.238.737,21 euros + I.V.A.: 7.190.134,81 euros)
Contrato sujeto a control financiero previo por requerir autorización de Consejo de Gobierno.
La Intervención General, a través de la Unidad de Control Interno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía, ha realizado el control previsto en dicho artículo en el expediente señalado, y sobre los extremos que a continuación se indican:
Código Causas | REQUISITO | Cumplimiento | ||
SI | NO | N/A | ||
C1 | Competencia del órgano de contratación. | X | ||
C2 | Propuesta de autorización del Consejo de Gobierno, cuando sea preceptivo. | X | ||
C3 | Determinación del objeto y adecuación del mismo al objeto social de la entidad. | X | ||
C4 | Inexistencia de fraccionamiento injustificado. | X | ||
C5 | Constancia del plazo de ejecución. | X | ||
C6 | Suficiencia de las fuentes de financiación del contrato | X |
Como resultado de la comprobación efectuada, se emite INFORME:
⌧ FAVORABLE: Con la propuesta contenida en el expediente, en relación con estos requisitos, lo que no implica conformidad con otros trámites y requisitos del mismo los cuales, además de los sujetos a consideración en el presente control, serán objeto de validación en sede de control financiero permanente.(3)
❑ DESFAVORABLE: Al no darse los requisitos señalados (1)
❑ OPINIÓN DENEGADA (2)
Sevilla, a la fecha de la firma electrónica
PROPUESTA DEL RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO
Fdo. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
1
CONFORME EL INTERVENTOR DE CONTROL FINANCIERO.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxx Xxx.
(1) Se justificaran los motivos del incumplimiento en la página siguiente.
(2) Se justificarán los motivos de la denegación de opinión en la página siguiente
(1) MOTIVOS QUE JUSTIFICAN LA EMISIÓN DEL INFORME DESFAVORABLE:
(2)MOTIVOS QUE JUSTIFICAN LA DENEGACIÓN DE OPINIÓN:
(3) OBSERVACIONES:
En el control realizado se han verificado exclusivamente los requisitos exigidos por la Resolución de la Intervención General de 15 de diciembre de 2009 para el tipo de gasto tramitado. En este sentido se hace constar que, sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contrato en cuestión podrá ser objeto de revisión detallada en los informes de cumplimiento anuales que procedan.
Sin perjuicio de ello y, con carácter particular, se manifiestan las siguientes observaciones:
En relación con el requisito C.6 antes citado, ha sido aportado, como certificado de existencia de crédito, una certificación emitida al efecto con fecha 9 de octubre de 2018 por el Director Financiero de la Agencia proponente. En la misma, se declara que el expediente de gasto, cuya ejecución se prevé que se desarrollará durante los ejercicios 2019 a 2021, será financiado mediante las siguientes asignaciones presupuestarias:
Asignación presupuestaria | Anualidad | Documento presupuestario | Importe |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2019 | 306102 | 53.381.895 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2020 | 306102 | 54.058.953 |
1600030000 G/51B/74030/00/01 | 2021 | 630312 | 30.147.709 |
En dicho certificado consta que el crédito disponible de las citadas aplicaciones presupuestarias, una vez asignado el presente expediente de contratación, se prevé suficiente para atender la financiación del mismo en cada ejercicio.
Llegados a este punto y puesto que la Agencia declara que se encuentra actualmente en un proceso de ajuste de sus registros internos de compromisos a lo indicado en la Instrucción Conjunta 2/2013, de 15 xx xxxxx, de la Intervención General y de la Dirección General de Presupuestos, por las que se desarrollan las medidas en el ámbito del control financiero establecidas por la Ley 3/2012, el cual aún no ha sido todavía implementado, no hemos podido obtener evidencia de la suficiencia de financiación para el presente expediente de gasto a través del referido instrumento.
Sin perjuicio de ello, como ya ha sido dicho, existe crédito suficiente en las aplicaciones presupuestarias que van a ser empleadas para financiarlo, con lo que la acreditación de la suficiencia de financiación del expediente estará subordinada a la materialización de los correspondientes documentos de ejecución presupuestaria en los ejercicios correspondientes.
INFORME DE VALORACIÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE CONTROL PREVIO DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, SOBRE AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO “XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: GUADALMEDINA- HOSPITAL CIVIL (T-MM6202/OEJ0)”
VALORACIÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE CONTROL PREVIO DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, SOBRE AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO “XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: GUADALMEDINA-HOSPITAL CIVIL”.
El objeto del presente informe es aportar informacion complementaria al informe de Control Previo de la Intervención General de la Junta de Andalucía, del que se adjunta copia.
En relación a la cumplimentación del registro de compromisos, por parte de la AOPJA se cumplimenta mensualmente la documentación relativa al registro de compromisos y se reporta convenientemente la misma, en base a la información disponible y la normativa reguladora del mismo. En el momento en que se complete o modifique el desarrollo normativo indicado, si del mismo se deriva la necesidad de efectuar algún ajuste o adaptación al formato de información reportado, inmediatamente se procederá por parte de esta Agencia a su cumplimentación.
No obstante en el caso que nos ocupa, al tratarse de expedientes de gasto con financiación afectada, existe vinculación exclusiva entre los expedientes de gasto y los fondos destinados a su financiación, por lo que se garantiza su suficiencia como puede comprobarse en el transcurso del desarrollo del proyecto.
Finalmente, en lo que se refiere a la materialización de los correspondientes documentos de ejecución presupuestaria, a los que se subordinará la suficiencia de la financiación. Damos por supuesto que en cada ejercicio se fiscalizarán los documentos contables necesarios para atender la financiación de esta obra y del resto de los compromisos adquiridos por actuaciones relativas a la ejecución del Metro de Málaga, que se encuentran actualmente en ejecución, como viene siendo habitual.
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx Director Financiero
VALORACIÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE CONTROL PREVIO DE LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, SOBRE AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO “XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX 0 XXX XXXXX XX XXXXXX. TRAMO: GUADALMEDINA-HOSPITAL CIVIL” 1