Contract
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD DE MONTERREY, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “UDEM”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX DEL X. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA PARTE ALFA CORPORATIVO, S.A. DE C.V., EN LO SUCESIVO, “EL CLIENTE”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. XXXX XXXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, QUIENES EN CONJUNTO SERÁN “LAS PARTES” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. Declaran los Representantes Legales de “UDEM” en nombre de su representada y bajo protesta de decir verdad:
a) Que su representada es una institución educativa con reconocimiento de validez oficial de estudios para impartir enseñanza media y superior, la cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, según se detalla en la Escritura Pública No. 19,040, de fecha 25 xx xxxx de 2018, misma que contiene la compulsa del decreto de creación y sus modificaciones y que fue otorgada ante la fe del licenciado Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, titular de la Notaría Pública número 130 de Monterrey, Nuevo León, inscrita en el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León de dicha ciudad bajo el número 1125, Volumen 57, Libro 23, Sección IV, de fecha 05 xx xxxxx de 2018.
b) Tiene entre sus fines la investigación, la docencia, la difusión cultural y la prestación de servicios académicos-profesionales, sujetándose para ello, en las normas o disposiciones internas emitidas por los órganos universitarios competentes.
c) Que su representante, es el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, y está debidamente facultado para celebrar en nombre y representación de la Universidad de Monterrey, el presente instrumento, según se desprende de la Escritura Pública No. 7,720 de fecha 14 xx xxxxx del 2010, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Notario Público No.60, inscrita bajo el No. 977, volumen 49, libro 20, sección III Asociaciones Civiles en fecha 23 xx xxxxx de 2010 en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la ciudad de Monterrey, Nuevo León.
d) Que señala como domicilio Ave. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xx. 0000 Xxx., Xxx. Xxxxx X. Xxxxx, Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, C.P. 66238.
e) Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número: UMO-780601-S4A.
II. Declara el Ing. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx en nombre de su representada y bajo protesta de decir verdad:
a) Ser una sociedad mercantil, legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana.
b) Su representante legal el Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, está debidamente facultado para celebrar en su nombre y representación el presente Contrato, como consta en la
Escritura Pública No. 18381 de fecha 27 xx Xxxxxx de 2009, otorgada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx y cuyas facultades a la fecha no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna;
c) Que para todos los fines y efectos legales que produzca el presente Contrato señala como domicilio: ubicada en Ave. Xxxxx Xxxxx 0000 xxx, Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxx, Código Postal 66254.
d) Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el número: AIN800808SJ3.
III.- Declaran las Partes por conducto de sus representantes legales:
a) Que de acuerdo al artículo 1695 del Código Civil vigente para el Estado de Nuevo León y demás correlativos las partes se reconocen mutuamente la personalidad con que concurren a la celebración del presente Contrato, estando facultados para obligarse en los términos y condiciones que en el mismo se precisan.
b) Ambas Partes asumen en este acto plena responsabilidad por el cumplimiento de los reglamentos, leyes y disposiciones gubernamentales que les sean respectivamente aplicables, sean federales, estatales y/o municipales. Si cualquiera de las Partes violara una ley o reglamento, serán de su exclusiva cuenta las sanciones que tal violación traiga aparejadas, así como de los daños o perjuicios que a la otra parte le originen.
c) Que en virtud de las anteriores declaraciones, y por así convenir a sus intereses y sin que en momento alguno sus voluntades hayan estado viciadas para la celebración del presente Contrato, convienen en someterse voluntaria y expresamente en los términos y condiciones contenidos en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “EL CLIENTE” ha solicitado a “UDEM” los servicios profesionales consistentes en Evaluar la utilidad del software desarrollado por ALFA para la identificación de microorganismos causales de sepsis en el ser humano, los genes de resistencia y su utilidad en la clínica, en lo sucesivo, los “SERVICIOS”, los cuales se describen detalladamente de acuerdo a lo descrito en el Anexo 1, mismo que firmado por ambas partes se integra a este Contrato. El objeto de este Contrato está de acuerdo con el alcance y especificaciones que se mencionan en el mismo.
Para efectos de que “UDEM” pueda cumplir óptimamente con lo anterior, “EL CLIENTE” se obliga a cooperar con “UDEM” con: el suministro de información precisa sobre “EL CLIENTE”, los participantes del programa, y su organización, así como cualquier otra información o materiales respecto la necesidad particular de los “SERVICIOS” requeridos que “UDEM” razonablemente determine sean pertinentes para la prestación adecuada de los “Servicios”.
SEGUNDA.- DE LA CONTRAPRESTACIÓN: Como contraprestación por los “SERVICIOS” que proporcione “UDEM” en beneficio de “EL CLIENTE” conforme a lo señalado en el presente Contrato y atendiendo al artículo 1956 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, “EL CLIENTE” se
compromete a pagar a “UDEM” la cantidad total de $ 322,596.77 (Trescientos veintidós mil quinientos noventa y seis Dólares 77/100 más el IVA correspondiente, pagadero mediante transferencia electrónica en la cuenta bancaria de “UDEM” que se describe a continuación, previa entrega del comprobante fiscal correspondiente a los “Servicios” prestados, con los requisitos fiscales que la ley impone, conforme lo establecido más adelante en esta Cláusula:
Banco: BANORTE
Nombre: Universidad de Monterrey Cuenta: 0086000083
Clabe: 072580000860000837
Moneda: MXN
Los pagos que realice “EL CLIENTE” a “UDEM” respecto a la cantidad de $ 322,596.77 (Trescientos veintidós mil quinientos noventa y seis Dólares 77/100 USD más el IVA correspondiente mencionado anteriormente, se efectuarán de la siguiente manera y serán en Dólares:
Primera fase | Costo (usd) | ||
1 | Aislamiento primario y producción de biomasa de las cepas de interés | $985.00 | |
2 | Aislamiento de ADN, secuenciación de las cepas de interés; individualmente y en análisis co-infección. | $3,110.00 | |
3 | Análisis bioinformático primario de todas las secuencias a evaluar | $960.00 | |
4 | Diseño de protocolo | $5,050.00 | |
5 | Sometimiento a los Comités de Investigación y Bioseguridad de la UDEM y Hospitales participantes | $ 2,955.00 | |
6 | Reactivos y consumibles (controles) | $6,214.20 | |
Sub-total | $19,274.20 | ||
Gasto de inversión | Marca | Costo (usd) | |
7 | MiniSeq System | Illumina | $75,651.72 |
8 | Qsep100 Analyzer | Precision Biosystems | |
Sub-total | $75,651.72 | ||
Gastos administrativos UDEM | $3,324.77 | ||
Gastos imprevistos | $1,108.26 | ||
Ejecución y desarrollo del proyecto | $ 8,014.95 | ||
Sub-total | $107,373.9 | ||
Gestor para el sometimiento a COFEPRIS y seguimiento del 10.04% del total del proyecto ) | $32,407.00 | ||
Fase 1 | $139,780.9 |
Segunda fase | Costo (usd) | |
1 | Toma de muestra frasco hemocultivo material para los hospitales de los 385 pacientes | $10,000.00 |
2 | Traslado y aseguramiento de red fría | $3,110.00 |
3 | Realizar pruebas microbiológicas en UDEM de 385 pacientes | $10,000.00 |
4 | Cultivos bacterianos en UDEM para identificación de especies y subespecies Identificar la resistencia mediante discos de inhibición para de las bacterias aisladas de las muestras de los pacientes | $10,000.00 |
5 | Aislamiento de ADN de los pacientes 385 pacientes | $15,750.00 |
6 | Secuenciación masiva entrega de resultados a ALFA 385 | UDEM |
7 | Análisis bioinformática primario de todas las secuencias a evaluar por el método manual y contrastación contra todas las secuencias evaluadas por el dispositivo | $2,700.00 |
8 | Pago Haciendo por inscripción de protocolo para sometimiento de los resultados para evaluación por COFEPRIS | $1,000.00 |
9 | Pago Federal por el sometimiento de los resultados para evaluación de por COFEPRIS | $4,955.00 |
10 | Reactivos y consumibles para secuenciación de los 385 pacientes y en análisis co-infección | $50,066.20 |
Sub-total | $ 107, 515.20 | |
Gastos administrativos UDEM | $21,774.36 | |
Gastos imprevistos | $8,108.26 | |
Ejecución y desarrollo del proyecto | $ 45,418.05 | |
Sub-total | $182,815.87 |
Nota: cotización en dólares americanos sujeta a la tasa de cambio y antes de IVA.
Etapa 1 | $139,780.90 | |
Etapa 2 | $ 182,815.87 | |
Total | $ 322,596.77 |
La contraprestación por los “SERVICIOS” no incluye solicitudes adicionales a lo descrito en el presente Contrato y Anexo 1, gastos no definidos previamente entre los responsables del proyecto/ los “SERVICIOS”.
En caso de incorporación de nuevos trabajos o servicios distintos a los solicitados por “EL CLIENTE” y descritos en el presente Contrato y Anexo 1, la contraprestación señalada en párrafo anteriores será revisada, evaluada y en su caso redeterminada en función a los nuevos servicios o trabajos solicitados y en base a la Cláusula Séptima del presente Contrato. Los nuevos trabajos
o servicios deberán constar por escrito en un Anexo complementario y éste deberá estar firmado por las partes.
Todos los impuestos, derechos y responsabilidades fiscales derivadas de este Contrato y que sean propias de cada parte serán por cuenta y cargo de cada una de ellas, según corresponda, en términos de la legislación aplicable. Ninguna de las Partes asumirá responsabilidad alguna por el incumplimiento de dichas obligaciones a cargo de la otra parte.
TERCERA.- OBLIGACIONES Y COMPROMISOS DE AMBAS PARTES: Para el debido cumplimiento del objeto del presente Contrato “UDEM”, se obliga a:
a).- Realizar los SERVICIOS contratados conforme a lo previsto en este Contrato y Anexos.
b).- Prestar los SERVICIOS de conformidad con los calendarios, programas y horarios previamente aprobados por ambas partes.
Por su parte, para el debido cumplimiento del objeto del presente Contrato “EL CLIENTE”, se obliga a:
a).- Proporcionar toda la información necesaria para realizar los SERVICIOS objeto del presente Contrato y Anexos.
b).- Entregar a “UDEM” las cantidades establecidas en la cláusula segunda de este Contrato, en la forma y términos acordados.
CUARTA.- LUGAR DE EJECUCIÓN: “UDEM” desempeñará su actividad en cualquier domicilio que acuerden las Partes para ello, debiendo éste a cumplir con los requerimientos solicitados para llevar a cabo el Servicio de manera eficaz y oportuna sujetándose a los procedimientos administrativos y de conducta establecidos y con los cuales funciona la parte anfitriona, sin que lo anterior implique una subordinación de cualquiera de las partes para con la otra, en caso de que no se cumpla con lo antes expuesto, será bajo estricta responsabilidad de la parte visitante respecto a cualquier daño
o perjuicio que se ocasione, y se entenderá como incumplimiento del Contrato, pudiendo la parte afectada sin responsabilidad alguna dar por terminado el mismo, mediante una simple notificación por escrito.
QUINTA.- VIGENCIA: El presente Contrato surte sus plenos efectos legales desde la fecha de su celebración, hasta el día en que se concluyan satisfactoriamente los SERVICIOS, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1. Convienen las partes que la vigencia no se prorrogará tácitamente, sino que a voluntad de las partes deberá celebrase un nuevo contrato.
SEXTA.- PENA CONVENCIONAL: En el evento de que “EL CLIENTE” incurra en xxxx con relación al pago de la contraprestación señalada en el presente Contrato y/o sus Anexos, según sea el caso, la “UDEM” podrá hacer efectiva una pena convencional del 01% (uno por ciento) del valor de este Contrato y/o sus Anexos, por cada día natural de atraso, el cual se verá reflejado en la siguiente factura que envíe “UDEM” a “EL CLIENTE”.
Por otro lado, “EL CLIENTE” reconoce y acepta que en el supuesto de que incurra en xxxx con cualquiera de los pagos señalados en la Cláusula Segunda del presente Contrato y en sus Anexos,
según sea el caso, la “UDEM” se reserva el derecho de suspender la ejecución del Servicio, hasta en tanto “EL CLIENTE” haya cubierto la totalidad de los pagos pendientes, y tomando en consideración además que los respectivos entregables del Servicio también se verían retrasados debido a la suspensión de actividades por incumplimiento de pago, lo anterior sin considerarse incumplimiento por parte de la “UDEM”.
SÉPTIMA.- CAMBIOS Y OMISIONES: Convienen los otorgantes en que si por alguna circunstancia “EL CLIENTE” solicita a “UDEM” servicios y/o trabajos adicionales a los pactados, los mismos en tanto sean semejantes o de igual naturaleza a los considerados por las Partes, previa autorización, serán ejecutados y conforme a los precios considerados para ese servicio en específico.
Ahora bien, si los servicios que hubiere necesidad de ejecutar no guardan similitud con los acordados por las Partes, los mismos serán ejecutados por “UDEM” con previa determinación de los precios respectivos acordados entre las Partes y la autorización correspondiente tanto de “UDEM” como de “EL CLIENTE”
OCTAVA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: Acuerdan que cualquiera de las partes podrán dar por terminado el presente contrato en cualquier tiempo por así convenir a sus interéses, previo aviso que hagan a la contraparte con (30) treinta días naturales de anticipación, sin que esta terminación genera responsabilidad y/o penalidad alguna, más que las señaladas en el presente instrumento o sus Anexos de ser aplicable. Esta terminación produce efectos una vez transcurridos el plazo antes referido. En todo caso, las PARTES deberán cumplir con las obligaciones en que hayan incurrido hasta la fecha efectiva de terminación y restituirse todo lo que de hecho o por derecho corresponda, inclusive el pago de las contraprestaciones pendientes hacía la “UDEM”.
NOVENA.- CAUSAS DE RESCISIÓN: Las Partes convienen en que será causa de rescisión de este Contrato, cualquier violación a lo estipulado en las cláusulas del mismo, bajo la responsabilidad de la parte que la hubiese cometido. Serán causas específicas de rescisión, además de lo anterior las siguientes:
(a) En caso de que “UDEM” no realice los “Servicios” objeto del presente Contrato que se precisan en el clausulado de este instrumento o que convengan las Partes posteriormente de común acuerdo para los “Servicios”, lo anterior de acuerdo al artículo 1998 del Código Civil para el Estado vigente de Nuevo León.
(b) En caso de que “UDEM” se retire injustificadamente de la ejecución de los “Servicios”.
(c) En caso de que una de las Partes ceda, traspase o venda a terceras personas los derechos que se deriven del presente Contrato, sin consentimiento de la otra parte.
(d) Que las Partes proporcionen datos falsos en la celebración de este Contrato o durante la vigencia del mismo.
(e) Si cualquiera de las partes fuere declarado en concurso mercantil en cualquiera de sus dos etapas.
(f) El incumplimiento por parte de “EL CLIENTE” de hacer los pagos requeridos por la Cláusula Segunda y en sus Anexos, en caso de ser aplicable. El periodo de subsanación de cualquier incumplimiento de “EL CLIENTE” de efectuar algún pago de acuerdo con este Contrato y Anexos, será de 24 (veinticuatro) horas, a partir de que reciba la notificación.
Lo anterior, sin perjuicio de ejercer cualquier otro derecho o acción que le pudiere corresponder a la parte afectada en caso de incumplimiento por la contraparte de cualquiera de las obligaciones estipuladas en el presente Contrato.
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente instrumento, las Partes podrán dar por terminado el presente Contrato previo aviso por escrito otorgado a la otra parte con cuando menos 15 (quince) días hábiles de anticipación a la fecha efectiva de terminación y sin necesidad de declaración judicial alguna.
DÉCIMA.- RELACION ENTRE LAS PARTES: El presente Contrato no crea entre las partes vínculo jurídico que no esté expresamente convenido en este instrumento, siendo inexistente cualquier relación de responsabilidad civil, penal, fiscal, mercantil, obrero-patronal, de seguridad social, de sociedad, representación, mandato, dependencia o nexo distinto de los expresamente pactados.
DÉCIMA PRIMERA.- PROPIEDAD INTELECTUAL: Las Partes convienen que este Contrato no otorga a “EL CLIENTE” o a UDEM licencia alguna, ni algún tipo de derecho respecto de la Propiedad Intelectual, Industrial o Derechos de Autor de cualquier de las Partes (en lo sucesivo referido indistintamente como “Propiedad Intelectual”); para efectos de este Contrato, "Propiedad Intelectual” incluye, sin limitar: Obras, Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales, Secretos Industriales, Programas y/o Sistemas de Cómputo, Bases de Datos, Información Confidencial, Marcas, Avisos y Nombres Comerciales, Reservas de Derechos, Nombres de Dominio, y demás Derechos y Derechos Conexos protegidos por derechos de autor y demás formas de propiedad industrial o intelectual reconocidas o que lleguen a reconocer las leyes correspondientes.
Adicionalmente, las Partes se obligan a no hacer mal uso de la imagen, logotipos, tipografía, marcas, diseños o imágenes en la publicidad de la otra parte, obligándose a retirarlo inmediatamente y a corregir dicho material publicitario a no más tardar 3 (tres) días posteriores al momento en que se solicite la corrección por escrito de dicho material publicitario, sin que lo anterior signifique autorización para ello.
En relación al contenido de la presente cláusula, el CLIENTE no podrá reproducir, publicar, distribuir, ni comercializar parcial o totalmente los Servicios prestados por “UDEM”, lo anterior, tomando en cuenta que toda publicación, distribución y/o divulgación de material Propiedad de “UDEM”, deberá ser expresamente autorizada por esta última, y si la publicación y/o divulgación se autoriza deberá incluirse la frase: “Todos los Derechos Reservados”. Toda la información contenida en el presente documento pertenece a “UDEM”, sujetándose a las penalidades que la legislación en propiedad intelectual contempla, lo anterior debido a que el contenido de la totalidad de los servicios ofrecidos con relación al presente Contrato son propiedad exclusiva de la “UDEM”.
DECIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD: Las Partes reconocen y convienen que toda y cualquier parte de la información que esté relacionada con el objeto del presente Contrato, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, los SERVICIOS, las obligaciones y contraprestaciones que de éste se derivan, son y serán en todo momento consideradas “Información Confidencial”. Las Partes mantendrán en todo momento la Información Confidencial en secreto y no la divulgarán a terceros, o la utilizarán, aprovecharán, o explotarán sin el previo consentimiento por escrito de la parte que sea dueña de la misma. Las Partes sólo darán acceso a la Información Confidencial a sus funcionarios y empleados que tengan la necesidad de conocer dicha información para efectos de llevar a cabo el objeto del presente Contrato.
Dicha Información Confidencial, de manera enunciativa, más no, limitativa, incluye: toda la información proporcionada y/o compartida en el pasado, presente y/o futuro, o a la que haya
tenido o tenga acceso, ya sea por medios electrónicos, físicos, y/o a través de entrevistas, reuniones de trabajo, así como la información resultante de los SERVICIOS, información técnica, administrativa y financiera, investigaciones, estudios de desarrollo, reportes, resultados de pruebas, productos, programas académicos, manuales de trabajo, información proporcionada por las Partes, listas de clientes, proveedores, diseñadores y/o materias primas, relaciones de precios, métodos "know-how", especificaciones técnicas, secretos industriales, información de carácter reservado, diseños industriales, patrones, procesos, programas de computo, bases de datos, prácticas administrativas o similares, manuales de procesos, así como cualquier otro tipo de documentación o información, que se encuentre en cualquier tipo de soporte material y que se relacione directa o indirectamente con los métodos de SERVICIOS, creación, desarrollo, uso, entre otros que hayan sido revelados por las Partes a la otra parte o a alguno de sus empleados.
La Información Confidencial deberá ser considerada como “Secreto Industrial” y “Comunicación Reservada” en los términos de la Ley de la Propiedad Industrial y del Código Penal Federal.
La Información Confidencial que sea revelada y/o tengan acceso las Partes, y/o sus empleados, será en todo momento propiedad de la parte que la revele a la otra, por lo que las Partes, ni sus empleados, podrán divulgarlos, comunicarlos, transmitirlos o utilizarlos en beneficio de cualquier persona distinta a la propietaria de dicha información, así como duplicarlos, grabarlos, copiarlos o de cualquier forma reproducirlos, sin la autorización expresa y por escrito de la parte que sea propietaria de dicha información, aceptando desde este momento que la violación o incumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula podrá actualizar los supuestos contemplados en los ordenamientos legales correspondientes.
En caso de existir alguna duda en cuanto si alguna información es Información Confidencial y que por lo tanto se encuentra sujeta a los términos de la presente cláusula, las Partes deberán inicialmente tratarla como confidencial, requiriendo a la otra parte que proceda a identificarla plenamente, en el entendido de que transcurrido un plazo de 30 (treinta) días naturales sin pronunciamiento al respecto por la parte que la proporciono, se considerará con el carácter de confidencial.
Las Partes se obligan a adoptar las medidas necesarias y procedentes tanto con el personal que los apoye como con los participantes, a fin de exigir la máxima discreción y secreto profesional con respecto a cualquier Información Confidencial propia de las Partes y/o sobre la información perteneciente al desarrollo de los SERVICIOS objeto del presente Contrato, específicamente respecto a la información que llegue a tener acceso con motivo del presente Contrato. Las Partes se comprometen a no publicar ni divulgar ningún dato que se considere confidencial excepto bajo la autorización previa y expresa de la otra parte.
Las Partes convienen que para efectos del presente Contrato, no será considerada Información Confidencial:
(a) La información que haya estado bajo posesión de la parte receptora con anterioridad a la fecha de la presente.
(b) Aquella información que sea o se vuelva del dominio público, salvo que ello sea originado por incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente Contrato.
(c) Sea información que la parte receptora legítimamente adquirió de una tercera parte sin restricción sobre su uso y / o sobre su revelación.
(d) Aquella información que se tenga la obligación de divulgar por orden judicial o administrativa debidamente fundada en derecho. En este supuesto, la parte receptora
deberá limitar en la mayor medida posible la divulgación y se obliga a avisar a la parte emisora por escrito oportunamente antes de proceder a la divulgación.
Asimismo, las Partes serán responsables respecto de cualquier mal uso o de la divulgación a terceros no autorizados expresamente por las Partes, que de dicha información hicieran las Partes o su personal, por lo que las Partes deberán hacer del conocimiento de todos sus asociados, personal y dependientes que tengan acceso a la Información Confidencial de sus obligaciones respecto a la misma y serán requeridos por las Partes de observar una absoluta confidencialidad y reserva en relación con la Información Confidencial en cuestión.
En caso de que alguna de las Partes incumpla con lo señalado en esta cláusula, deberá pagar a la otra parte, los daños y perjuicios causados, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa o las acciones penales que la parte afectada pudiera ejercer en contra de quienes resulten responsables por los delitos de revelación de secretos, abuso de confianza, robo o cualquier otro que resulte.
Las obligaciones de confidencialidad contenidas en el presente Contrato deberán ser observadas durante tiempo indefinido y surtirán efectos aún y cuando concluyera la relación contractual entre las partes.
DÉCIMA TERCERA.- DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: Atendiendo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, así como su reglamento y en el supuesto de que la prestación de servicios objeto del Contrato suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, mismos que se encuentran bajo la propiedad de cualquiera de las partes, donde la parte receptora de la información se encarga del tratamiento de dicha información, cumpliendo con dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares vigente y demás normativa aplicable, limitándose ésta última a utilizar dichos datos, única y exclusivamente para los fines que figuren en el Contrato.
La Parte receptora responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las medidas correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tal efecto, se obliga a indemnizar a la parte emisora por cualesquiera daños y perjuicios que sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que se derive de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte de la parte receptora.
La Parte receptora cuenta con las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal, así como la información que será proporcionada por parte emisora, con el objetivo de evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, lo anterior aplicando los niveles de seguridad de acuerdo a la naturaleza de los datos e información que trate.
DÉCIMA CUARTA.-DOMICILIOS Y PERSONAS DE ENLACE: Para efectos de seguimientos, avisos y notificaciones que las partes deban o deseen hacerse en relación al presente Contrato, se señalan a personas de enlace, sus respectivos correos electrónicos y domicilios convencionales, los cuales todos se tendrán como válidos para realizar cualquier tipo de notificación, los que a continuación se señalan:
La “UDEM”:
Ave. X. Xxxxxxx Xxxxxx # 4500 Pte.
Colonia Xxxxx X. Xxxxx.
Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, N.L.
Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx: 0000 0000
Correo electrónico: xxxxx.xxxxxx@udem.
De “EL CLIENTE”:
Ave. Xxxxx Xxxxx 1111 sur,
Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, N.L. C.P. 66254.
Xxxx X. xx xx Xxxx Xxxxxxx Telefono: (00) 00000000
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
Cualquier cambio de domicilio deberá ser notificado a la “UDEM” por escrito o medios electrónicos con una anticipación mínima de (15) quince días hábiles a la fecha en que se pretenda que dicho cambio sea efectivo. En tanto dicho cambio no se notifique, todo aviso o notificación que se haga por los medios anteriormente mencionados se tendrá por válido y surtirá plenos efectos legales.
DÉCIMA QUINTA: NO EXCLUSIVIDAD Y NO COMPETENCIA: Las relaciones contractuales que se deriven de la celebración del presente Contrato, no manifiestan que al término del presente instrumento se genere algún tipo de exclusividad a favor de “EL CLIENTE”, de tal forma que “UDEM” tiene el derecho sin responsabilidad alguna, de ser contratada y/o trabajar en conjunto con terceras personas, físicas x xxxxxxx, para que realicen los mismos trabajos profesionales que se conceden por medio del presente a favor de “EL CLIENTE” sin embargo, en ningún caso “EL CLIENTE” podrá ofrecer propuestas de trabajo o contratar de manera directa o indirecta a ninguna de las personas asignadas expresamente por “UDEM” para la prestación de los “Servicios” relacionados o resultantes del presente Contrato, durante la vigencia del presente instrumento y después de terminada la relación contractual por un plazo de 3 (tres) años a contados a partir de la fecha de terminación de la vigencia del presente instrumento.
DÉCIMA SEXTA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN: El presente Contrato no puede ser objeto de cesión o transmisión alguna, ya sea total o parcialmente, sin previo consentimiento dado por escrito por las Partes. Cualquier cesión o transmisión de este Contrato será nula y no tendrá efecto legal alguno.
DÉCIMA SÉPTIMA.- ACUERDO TOTAL: El presente instrumento constituye el único y definitivo acuerdo de voluntades entre las partes con relación a los SERVICIOS, por lo que cualquier acuerdo verbal, carta, fax o documento en general, de fecha anterior al día de celebración de este Contrato, carece de validez legal.
DÉCIMA OCTAVA.- MODIFICACIONES Y ACUERDOS COMPLEMENTARIOS: Las modificaciones a
este Contrato o los acuerdos complementarios que se celebren con posterioridad a la fecha de celebración de este instrumento, sólo surtirán sus efectos legales si son suscritos por ambas partes.
DÉCIMA NOVENA.- DIVISIBILIDAD: Las partes acuerdan que si cualquier disposición de este Contrato, es declarada como nula, o inválida, la disposición se tendrá por no puesta y se reemplazará con una nueva disposición que sea similar a la anterior, y las demás disposiciones de este Contrato continuarán con plena validez y fuerza legal.
VIGÉSIMA.- AUSENCIA DE VICIOS: Las partes manifiestan y reconocen que en el presente Contrato no existe dolo, error, mala fe, lesión o vicios de consentimiento, ya que mutuamente han convenido sobre el objeto del Contrato y el precio, así como sobre todas las estipulaciones con las que se ha pactado.
VIGÉSIMA PRIMERA.- SUPLETORIEDAD, JURISDICCION Y COMPETENCIA: Para todo lo no previsto
y para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten a la legislación en materia civil. En caso de presentarse alguna discrepancia de su interpretación, incumplimiento, cumplimiento o cualquier controversia derivada de este Contrato, las partes manifiestan expresamente su conformidad para someterse a los jueces del Primer Distrito Judicial en el Estado, con residencia en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio, presente o futuro, o de cualquier otro concepto.
Leído el presente Contrato y estando las partes de acuerdo con el contenido y alcance de todas sus cláusulas, lo celebran, firmando dos ejemplares originales, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes, en la ciudad de San Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Nuevo León, el día 12 xx xxxxx de 2021.
“UDEM” Universidad de Monterrey Representada por: XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX DEL X. XXXXXX XXXX XXXXXXXX Representante Legal | “EL CLIENTE” ALFA CORPORATIVO, S.A. DE C.V. Representada por: ING. XXXX XXXXXXXX XXXXX Representante Legal |
Testigos
C.P. XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | XXXX DE LA PEÑA XXXXXXX |
En la página 12(Doce) se plasman las firmas de los Representantes de “UDEM”, “EL CLIENTE” y los testigos que intervinieron en la celebración del presente contrato; reconociendo la autenticidad de las mismas y el fin del contenido del mismo - - - - - - -
Anexo 1
Del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que celebran
la UNIVERSIDAD DE MONTERREY (la “UDEM”) y ALFA CORPORATIVO, S.A. DE C.V. (“EL CLIENTE”).
Anexo el desglose de programa, objetivo, contenido y duración, así como también el costo y algunas consideraciones al respecto al “Proyecto SEPSIS”
1.- ANTECEDENTES
La sepsis es una condición médica grave desencadenada por la respuesta inmune del cuerpo a la infección por bacterias, hongos o virus. En la actualidad, la sepsis es una de las principales causas de muerte en el mundo. Los casos más frecuentes de sepsis son causados por la infección con bacterias. Si bien, la sepsis puede ser provocada tanto por la infección de un solo tipo o especie de bacteria; también se puede dar por la infección de más de 2 especies (co-infecciones).
No obstante, la severidad de la sepsis depende de la fármaco-resistencia del patógeno o patógenos causales. Por lo tanto, la rápida detección de los microorganismos es imprescindible para un certero diagnóstico y un adecuado tratamiento.
Hoy en día, con la ayuda de la secuenciación de nueva generación se puede obtener la secuencia de todo el genoma de microorganismos en un corto periodo de tiempo; así como también permite la identificación de consorcios bacterianos. Sin embargo, para lograr una identificación adecuada partiendo de secuencias genómicas, se requiere el análisis de grandes datos para un análisis taxonómico, funcional y comparativo. Esto representa un reto para el clínico, ya que esto implica análisis muy especializados.
Para el diagnóstico de patógenos causales de sepsis existen varios dispositivos entre los que podemos mencionar: la espectrometría de masas (MALDI-TOF), Film Array BCID y el Verigene. El Film Array BCID y el Verigene, son dispositivos avalados por la Food and Drug Administration (FDA) y pueden detectar más de 20 patógenos, tanto gram-positivos como gram-negativos de hemocultivos positivos en un tiempo de 2 horas en promedio. También, detectan ciertos genes de resistencia a los antibióticos.
A diferencia de los dispositivos anteriormente mencionados, el cliente por medio de su división de investigación han desarrollado un software que analiza las secuencias genómicas de microorganismos en un corto periodo de tiempo y sin requerir equipos bioinformáticos especializados, ni expertos en bioinformática para identificar patógenos causales de sepsis. Pero a diferencia de la competencia, adicionalmente puede identificar cualquier gen que se haya reportado como asociado con la resistencia a los antibióticos.
2.- OBJETIVO GENERAL Y ESPECÍFICO
OBJETIVO GENERAL
Evaluar la utilidad del software desarrollado por ALFA para la identificación de microorganismos causales de sepsis en el ser humano, los genes de resistencia y su utilidad en la clínica.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Primera Etapa
1. Firmar el convenio y contrato de servicios.
2. Entregar de presupuesto económico y firma del contrato DIECI.
3. Pago de Primera fase.
4. Compra de equipos, reactivos para estudio microbiológico y para secuenciación.
5. Diseño y escritura del protocolo
6. Someter los Comités de Investigación y Bioseguridad de la UDEM y de los Hospitales participantes en el protocolo y entrega de material para los hemocultivos.
7. Presentar protocolo ante COFEPRIS posterior a la autorización de los respectivos Comités (prevención o resolución en 35 días hábiles).
8. Iniciar la colecta de muestras en los hospitales mínimo 6 meses máximo 12 meses, hasta completar las 385 muestras y traslado mediante red fría a UDEM.
9. Instalar equipos, capacitación y estandarización.
10. Aislamiento primario y producción de biomasa de las cepas de interés clínico resguardadas en BioBanco Microbiológico de la UDEM y que son comunes en las septicemias nosocomiales.
11. Extraer ácidos nucleicos, evaluación de sensibilidad y especificidad.
12. Secuenciar genomas completos de las cepas de interés (controles).
13. Análisis primario de las secuencias.
14. Validar la secuenciación genómica en co-infecciones de las cepas de interés.
15. Entregar a ALFA las secuencias para analizar el dispositivo molecular a validar.
16. Comprobación y análisis de los resultados del método tradicional y del dispositivo molecular a validar.
Segunda Etapa
1. Completar el número de muestras de pacientes hospitalizados con diagnóstico de sepsis hasta llegar a las 385 muestras.
2. Traslado de muestras por red fría.
3. Recepción en la UDEM de muestras de pacientes para realizar estudios microbiológicos (gold standard).
4. Secuenciación masiva de muestras de pacientes
5. Validación del dispositivo (software XXXXX).
6. Resultados del gold standard.
7. Comparación de los resultados de muestras de pacientes gold standard contra dispositivo.
8. Presentar ante el COFEPRIS los resultados del protocolo de investigación mediante un gestor para disminuir tiempos, 40 días hábiles (agosto-septiembre).
9. Dictamen respuesta COFEPRIS
10. PREVENCION 10 días hábiles
11. Respuesta COFEPRIS 40 días hábiles
12. Dictamen final.
3.- ESTRATEGIA GENERAL
Primera Etapa (muestras de laboratorio)
Objetivos del 1 al 16 Procedimiento:
• Firma del convenio
• Entrega de primera partida del presupuesto para la Primera Etapa
• Compra del equipo
• Diseño y escritura del protocolo
• Sometimiento a los Comités de Investigación y Bioseguridad de la UDEM y Hospitales participantes
• Presentar protocolo ante COFEPRIS requiere las autorizaciones los comités (nos entregan una resolución en 35 días hábiles o una prevención)
• Instalación y capacitación de los equipos de secuenciación
Selección de cepas y aislamiento primario y producción de biomasa de los controles:
• Se seleccionarán las bacterias a analizar con base en su interés clínico.
• Cada cepa bacteriana será cultivada en el laboratorio de Bioseguridad nivel III para estudio microbiológico en medios selectivos para su aislamiento primario.
• Posteriormente será identificada por sistema de reacciones bioquímicas utilizando Sistema API.
• Se les realizará un antibiograma por el método xx Xxxxx-Xxxxx, según los lineamientos de The Clinical & Laboratory Standards Institute (CLSI).
• Se identificará la cepa y se procederá a la obtención de la biomasa para posteriormente llevarse al laboratorio de Biología Molecular para su estudio.
Especie | Reacción Gram | Características |
Escherichia coli | Negativa | |
Enterobacter aerogeenes | Negativa | |
Pseudomonas aeruginosa | Negativa | Resistente |
Staphylococcus aureus | Positiva | Resistente |
Staphylococcus aureus | Positiva | |
Enterococcus faecalis | Positiva | |
Salmonella entérica subsp. Entérica serovar Thphymurium | Negativa | |
Shigella flexneri | Negativa | |
Proteus vulgaris | Negativa |
Procedimiento:
Para la identificación molecular, se realizará extracción de ADN a través de Kit Comercial de la marca Promega, se cuantificará la concentración de ADN en microgramos por microlitro (µg/µl) mediante Kit Qubit y se determinará la calidad mediante el equipo QSep100 Analyzer de la marca Precisión Biosystems.
Aislamiento primario y producción de biomasa de las cepas de interés en los controles seleccionados de cepas de interés que son comunes en las septicemias nosocomiales.
Generación de librerías genómicas y cuantificación de amplicones para posteriormente someter a secuenciación masiva.
Estimar la sensibilidad y especificidad de la identificación molecular de las cepas de interés por medio de secuenciación de nueva generación.
Para validar la identificación en co-infección se realizarán combinaciones de 2 especies diferentes. Se aislarán los ácidos nucleicos y se someterán a secuenciación masiva, partiendo de las concentraciones de ADN previamente establecidas.
Para evaluar la sensibilidad y la especificidad, diferentes concentraciones de ADN (µg/µl) se someterán a secuenciación masiva en el equipo MiniSeq system de la marca Illumina se requiere
Equipo | Marca |
MiniSeq System | Illumina |
Qsep100 Analyzer | Precision Biosystems |
La identificación y confirmación de la clasificación taxonómica se realizará por análisis de secuencias multilocus
Productos a entregar:
• Un archivo digital de hoja de cálculo donde se especifique la especie y cantidad de la biomasa de cepas control de interés basado en unidades formadoras de colonias (UFC) por mililitro
• Biomasa de las 15 (9 listadas anteriormente en individual y 6 combinaciones para simular co-infecciones) cepas propuestas para el análisis en tubos tipo Xxxxxxx xx xxxxx y con una capacidad de 15 ml
• Autorización del protocolo por los diferentes comités de investigación
• Protocolos, pago de derechos y evidencia de sometimiento del protocolo a COFEPRIS
Tiempo de entrega:
Hay que considerar que de que se realiza la orden de compra el proveedor se compromete a entregar el equipo en 7 semanas, 2 semanas para instalación y 1 semana para estandarización en un mínimo de 6 semanas estaríamos iniciando los primeros resultados de la secuenciación de las muestras no clínicas y
a partir de este momento en 20 a 30 días hábiles tendríamos los resultados todos los controles de laboratorio no de pacientes. Para poder realizar la obtener las muestras de los pacientes debemos contar con el protocolo autorizados en los hospitales.
Segunda Etapa (muestras de pacientes n = 385)
Si los resultados de la primera etapa son exitosos en la utilización del software desarrollado por ALFA, se procederá con la ejecución de la segunda etapa y se entregará el monto presupuestado.
Objetivo del 1 al 12 Procedimiento:
En esta segunda fase del estudio será: xx xxxxx transversal, observacional, descriptivo con muestreo de 385 pacientes con diagnóstico de sepsis basado en la escala SOFA (Sequential [Sepsis-Related] Organ Failure Assessment) y con hemocultivos positivos.
Posteriormente, las muestras de pacientes con diagnóstico clínico de Sepsis se colectará una parte de esta muestra, se realizará la prueba de hemocultivo como parte del protocolo del hospital (para asegurar todas las muestras con diagnóstico clínico de sepsis se incluyan en este proyecto, se proporcionará a los hospitales el material y los medios para realizar los hemocultivos correspondientes a todos los pacientes con diagnósticos clínico de sepsis).
De esta muestra se designará una parte para ser enviada mediante proveedor externo que nos asegure la red fría para su conservación, quien las entregará en los Laboratorios de Microbiología, Bioseguridad Nivel III, Diagnóstico Molecular y Genética Molecular de la UDEM, al recibirlas realizaremos el estudio microbiológico completo, que incluye el hemocultivo y cultivos secundarios para la verificación de especies y subespecies de las bacterias y el procesamiento para el análisis de resistencia a los antibióticos.
Posteriormente se continuará con el aislamiento del material genético para el pre-proceso y proceso de la secuenciación masiva
Se entregarán al grupo ALFA las secuencias genómicas de las muestras de pacientes para su la aplicación con su dispositivo
Alfa entregará a los doctores investigadores UDEM los resultados que arroje el dispositivo, para que ellos evalúen la utilidad de esta interfaz, comparando los resultados obtenidos con los métodos tradicionales .
Para la interpretación correcta de los mismos se realizarán los análisis estadísticos de : Prueba T o de Hipótesis y Prueba de no inferioridad, comparándolos contra el gold estándar para aceptar o rechazar la hipótesis.
Se reportarán los resultados a COFEPRIS y se dará seguimiento al protocolo; COFEPRIS podrá emitir recomendaciones o dictamen que puede ser:
Aprobar el uso del software como método diagnóstico entregando la CARTA DE COFEPRIS
No Aprobar mediante un documento de Condicionamiento, para el uso del software como método diagnóstico, mediante el formato de Prevención.
Los Investigadores UDEM responderán a este en un lapso no mayor a 10 días hábiles, respondiendo a las adecuaciones que COFEPRIS solicita para cumplir con el condicionamiento, una vez presentada por UDEM la respuesta a la Prevención COFEPRIS, tiene 40 días hábiles para emitir , el dictamen final que puede ser ACEPTADA o RECHAZADA.
CRONOGRAMA
iagrama xx Xxxxx - Proyecto XXXXX J A S O N D E F M A M J J A S O N D E F M A M J
Año 1 Año 2
PRIMERA ETAPA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
1.0 Primera Etapa - Validación XXXXX en UDEM
1.1 Firma de Convenio de Confidencialidad
1.2 Entrega de Presupuesto económica y firma de contrato DIECI
1.3 Pago de primera fase
1.4 Compra de equipo, reactivos para estudio microbiológico y para secuenciación
1.5 Diseño y escritura de Protocolo
1.6 Someter a comités de Investigación y Bioseguridad UDEM y Hospitales entrega de material para hemocultivos
1.7 Presentar ante COFEPRIS (gestor 35 días hábiles para resolución) 10 sept- 14 oct
Iniciar colecta de muestras en los hospitales
1.8 Iniciar solo la colecta de muestras en los hospitales 12 meses como máximo y como mínimo 6 meses para completar 385 muestras y traslado mediante red fría a UDEM
1.9 Instalación de equipos, capacitación y estandarización
1.10 Aislamiento primario y producción de Biomasa
1.11 Extracción, evaluación de sensibilidad y especificidad y secuenciación
1.12 Secuenciar genomas completos de controles
1.13 Análisis primario de las secuencias
1.14 Validar secuencia con la co-infeccion
1.15 Entregar a ALFA secuencias para analizarlas en el dispositivo molecular a validar
1.16 Comparación y análisis de los resultados del método tradicional y del dispositivo molecular a validar
SEGUNDA ETAPA
2.0 Segunda Etapa- Validación de muestras de pacientes
2.1 Completar el numero de muestras de pacientes hospitalizados con
diagnóstico de SEPSIS por 12 meses , este tiempo se puede acortar si llegamos a la meta de 385 pacientes antes aumentando los hospitales participantes
2.2 Traslado de red fría
2.3 Recepción en UDEM y toma de muestra estudios microbiológicos Gold estándar
2.4 Secuenciación masiva muestras de pacientes
2.5 Validación software XXXXX
2.6 Resultados de Gold stadar
2.7 Comparación de resultados Gold estándar con los del Dispositivo
2.8 Presentar ante el COFEPRIS el protocolo con los resultados solicitando la validación del Dispositivo como un método diagnóstico ante COFEPRIS ( bajo esquema de tramite por gestoría) 40 días hábiles considerando ago-sep
2.9 Dictamen Respuesta de Cofepris
2.10 Prevención tengo 10 días hábiles para contestar
2.11 Respuesta de COFEPRIS o 40 (día hábiles)
2.12 Dictamen Final
5.- PRESUPUESTO
Primera fase | Costo (usd) | ||
1 | Aislamiento primario y producción de biomasa de las cepas de interés | $985.00 | |
2 | Aislamiento de ADN, secuenciación de las cepas de interés; individualmente y en análisis co-infección. | $3,110.00 | |
3 | Análisis bioinformático primario de todas las secuencias a evaluar | $960.00 | |
4 | Diseño de protocolo | $5,050.00 | |
5 | Sometimiento a los Comités de Investigación y Bioseguridad de la UDEM y Hospitales participantes | $ 2,955.00 | |
6 | Reactivos y consumibles (controles) | $6,214.20 | |
Sub-total | $19,274.20 | ||
Gasto de inversión | Marca | Costo (usd) | |
7 | MiniSeq System | Illumina | $75,651.72 |
8 | Qsep100 Analyzer | Precision Biosystems | |
Sub-total | $75,651.72 | ||
Gastos administrativos UDEM | $3,324.77 | ||
Gastos imprevistos | $1,108.26 | ||
Ejecución y desarrollo del proyecto | $ 8,014.95 | ||
Sub-total | $107,373.9 | ||
Gestor para el sometimiento a COFEPRIS y seguimiento del 10.04% del total del proyecto ) | $32,407.00 | ||
Fase 1 | $139,780.9 |
Nota: cotización en dólares americanos sujeta a la tasa de cambio y antes de IVA.
Segunda fase | Costo (usd) | |
1 | Toma de muestra frasco hemocultivo material para los hospitales de los 385 pacientes | $10,000.00 |
2 | Traslado y aseguramiento de red fría | $3,110.00 |
3 | Realizar pruebas microbiológicas en UDEM de 385 pacientes | $10,000.00 |
4 | Cultivos bacterianos en UDEM para identificación de especies y subespecies Identificar la resistencia mediante discos de inhibición para de las bacterias aisladas de las muestras de los pacientes | $10,000.00 |
5 | Aislamiento de ADN de los pacientes 385 pacientes | $15,750.00 |
6 | Secuenciación masiva entrega de resultados a ALFA 385 | UDEM |
7 | Análisis bioinformática primario de todas las secuencias a evaluar por el método manual y contrastación contra todas las secuencias evaluadas por el dispositivo | $2,700.00 |
8 | Pago Haciendo por inscripción de protocolo para sometimiento de los resultados para evaluación por COFEPRIS | $1,000.00 |
9 | Pago Federal por el sometimiento de los resultados para evaluación de por COFEPRIS | $4,955.00 |
10 | Reactivos y consumibles para secuenciación de los 385 pacientes y en análisis co-infección | $50,066.20 |
Sub-total | $ 107, 515.20 | |
Gastos administrativos UDEM | $21,774.36 | |
Gastos imprevistos | $8,108.26 | |
Ejecución y desarrollo del proyecto | $ 45,418.05 | |
Sub-total | $182,815.87 |
Nota: cotización en dólares americanos sujeta a la tasa de cambio y antes de IVA.
Etapa 1 | $139,780.90 | |
Etapa 2 | $ 182,815.87 | |
Total | $ 322,596.77 |
*Para el número de pacientes requeridos para validar la prueba se consideró una prevalencia de la enfermedad del 50%.
6.- CONSIDERACIONES
Están marcados los costos de las diferentes partes del Proyecto en dólares sin IVA. Cotización en dólares americanos sujeta a la tasa de cambio y antes de IVA.
El área de especialización del responsable y los coordinadores del proyecto es la Administración y Desarrollo de Proyectos.
7.- RESPONSABLES
Responsable-Líder del proyecto | |
Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Doctor en Ciencias con Especialidad en Morfología, UANL Maestría en Ciencias con Especialidad en Morfología, UANL Médico Cirujano Partero, UANL |
8.- REFERENCIAS:
• xxxxx://xxx.xxxxx.xxx.xxx/xxxxxxxxx/Xxxxx/xx-xxxxxx.xxxx
• Xxxxxx RLS, Alberca GGF, Xxxxxx CA, et al: Bloodstream Infection due to Bacterial Co- Infection in Patients with Rectal Carcinoma: Report of Two Cases. Colorec Cancer 2:4 2016.
• xxxxx://xxx.xxxx-xxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xxxxxxxx.xxxx
• Xxxxxxx P, Xxxxxx AL, Xxxxxxxxx MJ, et al: Syndromic Panel-Based Testing in Clinical Microbiology. Clin Microbiol Rev 31: e000024-17, 2018.
• Xxxxxx M, Xxxxxxxxxx CS, Xxxxxxx CW, et al: The Third International consensus Definitions for Sepsis and Septic Shock (Sepsis-3). JAMA 315:8, 2016.
• xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xx/xxxxxx.xxx?xxxxxxxxxx_xxxxxxx&xxxxX0000- 41061998000300008
“UDEM” Universidad de Monterrey Representada por: XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX DEL X. XXXXXX XXXX XXXXXXXX Representante Legal | “EL CLIENTE” ALFA CORPORATIVO, S.A. DE C.V. Representada por: ING. XXXX XXXXXXXX XXXXX Representante Legal |
Testigos
C.P. XXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX
ING. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | XXXX DE LA PEÑA XXXXXXX |