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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ABADIÑO.
INDICE
CAPÍTULO I: CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO.
2. NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO.
3. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO.
5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO.GARANTIAS.MODIFICACIONES
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
7. FINANCIACIÓN PRESUPUESTARIA.
8. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL.
CAPITULO II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN.
9. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
10. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
11. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS.
CAPITULO III.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
12. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
13. CONTENIDO DE LOS SOBRES.
A.)SOBRE “A”: Declaración Responsable.
B.)SOBRE “B”: Criterios valorables a través de juicios de valor
C.)SOBRE “C”: Criterios valorables mediante la aplicación de fórmulas matemáticas
14. MESA DE CONTRATACIÓN.
15. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
16. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
17. CRITERIOS DE ADJUDICACION
18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
19. ADJUDICACIÓN EN CASO DE RESOLUCIÓN
20. REQUISITOS PREVIOS A LA FORMALIZACIÓN.
21. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
22. SEGUROS.
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CAPITULO IV.- EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
23. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
24. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL
OBJETO DEL CONTRATO.
25. SUBCONTRATACIÓN.
26. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:
26.1. Condiciones generales de trabajo.
26.2. Condiciones laborales mínimas y en relación con la subrogación.
26.3. Condiciones para la igualdad de mujeres y hombres.
26.4. Condiciones para el fomento del empleo de colectivos especialmente afectados
por el desempleo.
27. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
28. PAGO DEL PRECIO.
29. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
CAPITULO V.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
30. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
31. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
32. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
33. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
INFORMACION VISITAS.
34. VISITA GUIADA A LAS INSTALACIONES.
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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL
CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS Y
DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ABADIÑO.
CAPÍTULO I: CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO.
El contrato consiste en la prestación del servicio de limpieza de los edificios y
dependencias del Ayuntamiento de Abadiño.
Los servicios se prestarán de conformidad con lo dispuesto en el presente
pliego de cláusulas administrativas particulares, el pliego de prescripciones
técnicas y la oferta formulada por el que resulte adjudicatario que en ningún
caso podrá suponer reducción de las obligaciones señaladas en los pliegos y
sus anexos. Los tres documentos citados tienen carácter contractual.
Al contrato le corresponde, el código CPV 90911200-8 Servicio de limpieza de
edificios, y CPV 90919300-5 Servicio limpieza de escuelas, correspondiente a
la Nomenclatura CPV de la Comisión Europea recogida en el Reglamento (CE)
No 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 que modifica el
Reglamento (CE) No 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el
que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las
Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión
del CPV .
2. NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO.
La necesidad administrativa a satisfacer mediante el contrato resultante del
presente procedimiento, es la de mantener en adecuado estado de limpieza las
instalaciones municipales para su funcionamiento ordinario, siendo necesaria
su contratación mediante una prestación de servicios al no disponer dentro de
la plantilla municipal del personal suficiente para llevar a cabo dichos trabajos
con sus propios medios.
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3. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El contrato tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y
como establecen los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público (En adelante, TRLCSP).
El contrato se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego y en el de
prescripciones técnicas y, para todo lo no previsto en ellos, por la normativa
vigente en materia de contratación administrativa; así, fundamentalmente, por el
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en lo sucesivo TRLCSP),
el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la
L.C.S.P. y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en
lo sucesivo R.G.C.A.P.), en todo lo que no se oponga al TRLCSP, y el Real Decreto
773/2015 de 28 xx xxxxxx que modifica parcialmente el Reglamento.
En su defecto, serán de aplicación las normas de derecho privado referidas a
los contratos.
4. DURACIÓN DEL CONTRATO.
La duración del contrato será de CUATRO (4) AÑOS, contado a partir del día
siguiente al de su formalización.
El contrato podrá ser prorrogado por dos años adicionales, por mutuo acuerdo
de las partes, con la finalidad de reiterar las prestaciones. La/s prórroga/s, que
serán anuales y expresas, se acordarán por el Órgano de Contratación sin que
la duración total del contrato, incluidas estas, pueda exceder de 6 años. Las
prórrogas deberán ser solicitadas por el adjudicatario con una antelación
mínima de cuatro (4) meses antes de la finalización del contrato o de la
prorroga anterior.
El plazo de duración inicial del contrato coincide con el periodo estimado de
amortización de las inversiones previstas, de tal manera que todas las
inversiones contempladas estarán al finalizar el plazo de duración del contrato
(4 años) totalmente amortizadas aunque no se adquieran al principio del
contrato, siendo su valor residual nulo, pasando a ser propiedad del
ayuntamiento en el momento de la finalización del contrato, sin coste de
ninguna clase.
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Al establecerse un plazo de amortización de las inversiones igual al de la
duración inicial del contrato (4 años) el coste actualizado del contrato, en caso
de ser prorrogado, no incluirá los correspondientes a la amortización y
financiación de las inversiones. Al coste actualizado se le añadirá el IVA a los
tipos vigentes, para determinar el precio del contrato durante el periodo de
prórroga.
En el caso de falta de acuerdo sobre la prórroga, extinción normal o anormal
del contrato por cualquier causa y con la finalidad de garantizar la continuidad
del servicio, el órgano de contratación podrá acordar la continuidad del
adjudicatario en la prestación del servicio hasta tanto el nuevo adjudicatario se
haga cargo del mismo o lo asuma directamente la administración municipal
concedente, durante el tiempo indispensable a fin de evitar la interrupción en
la prestación del servicio.
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL
CONTRATO Y DETERMINACION DEL PRECIO. GARANTIAS.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
▪ El presupuesto base de licitación para los cuatro (4) años de duración del
contrato se fija en la cantidad de 1.685.608€, en la que se consideran
incluidos todos los conceptos de aplicación (amortizaciones, costes
directos, indirectos, gastos generales, beneficio industrial,...) y a la que
habrá que sumarse el importe del IVA correspondiente (21%). La oferta
no podrá ser en ningún caso superior al presupuesto base de licitación.
Xxxxx excluidas aquellas ofertas cuyo precio antes del IVA exceda del
presupuesto base de licitación.
▪ El valor estimado del contrato, incluyendo las dos anualidades de prórroga
y el máximo de modificaciones previstas, asciende a 2.696.972,80€
▪ Existe el crédito preciso para atender a las obligaciones económicas que se
deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato en el
presupuesto corriente, asumiendo la obligación de dotar los créditos de
compromiso necesarios según la duración del contrato.
▪ El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo y no
podrá superar el presupuesto base de licitación.
▪ Determinación del precio (art. 302 TRLSP): Tanto alzado.
▪ Garantía provisional: no procede.
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▪ Garantía definitiva: 5% del precio de adjudicación sin IVA. Anexo VIII o
en su caso Xxxxx XX de este Pliego. En caso de modificaciones del
contrato que provoquen variación en el precio del mismo, se reajustará la
garantía.
▪ Modificaciones del contrato: además de por razones imprevistas, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106 del TRLSCP, procedería la
modificación del contrato en los siguientes supuestos: incremento o
disminución de las frecuencias de limpieza; incremento o disminución de la
superficie a limpiar. A tal efecto los licitadores deberán incluir en el sobre
“C” el precio unitario/m2 de limpieza para cada una de las zonas/frecuencia
de limpieza a que se refiere el objeto del contrato.
▪ El porcentaje máximo del precio al que podrán afectar las modificaciones
que resulten será de un 10% del presupuesto de licitación.
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
No procede.
7. FINANCIACION. CONDICION SUSPENSIVA.
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación en el Presupuesto Municipal 2018, aunque falta de dotarse la partida con una cantidad
complementaria. La presente licitación queda sujeta a la condición suspensiva siguiente: la formalización del contrato tan sólo se podrá realizar en caso de
que el Presupuesto Municipal tenga la consignación presupuestaria suficiente para esta obra. En otro caso, quedará sin efecto esta contratación, sin que ello origine responsabilidad alguna para esta Administración, y por tanto el licitador
no tendrá derecho a indemnización alguna.
8. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
En el Anexo III xxx Xxxxxx Técnico se incluye la información referida al
personal que actualmente viene prestando el servicio referida a las condiciones
de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, con objeto
de que los licitadores puedan realizar la evaluación de costes laborales que
implica tal medida. En dicho anexo se indica que el convenio del Sector de
Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia está publicado en el XXX nº 162 de
26 xx xxxxxx de 2013, en vigor en el momento de redactarse los pliegos.
Será obligación de la empresa adjudicataria el mantenimiento de las
condiciones contractuales y convencionales de los trabajadores cedidos en los
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términos previstos en la legislación vigente, durante toda la vigencia del
contrato, sin perjuicio del derecho a la negociación colectiva y no pudiendo
imponer a los trabajadores incorporados condiciones menos favorables que las
aplicadas antes de la transmisión.
Fuera del supuesto de modificación contractual, no será posible realizar
ninguna ampliación de la plantilla con la que se inicie el contrato, que pueda
dar lugar a una ampliación del personal subrogable para ulteriores
contrataciones.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley 3/2016 de 7 xx xxxxx para la
inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se
establece que el adjudicatario deberá a lo largo de toda la ejecución del
contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación
según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin
que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. La
modificación del convenio colectivo de aplicación no tendrá repercusión en las
condiciones económicas del contrato.
En ningún caso se entenderá que estos trabajadores se integren en la plantilla
del Ayuntamiento de Abadiño, ni que tengan ninguna relación de dependencia
funcional u orgánica con el mismo. La empresa, se hará cargo en todo caso y
sin que quepan modificaciones del contrato por ese motivo, de los incrementos
salariales que se pudieran suceder en los convenios de dichos trabajadores, así
como de cualquier otra mejora que surja con objeto de la modificación de
dichos convenios.
CAPITULO II.- CONDICIONES DE LICITACIÓN.
9. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 del TRLCSP, el expediente
de licitación para la adjudicación del presente contrato se tramitará de forma
ordinaria y mediante procedimiento abierto previsto y regulado en el art 157
y siguientes del TRLCSP por el que todos los interesados que reúnan las
condiciones establecidas en este pliego podrán presentar una proposición y la
adjudicación se realizará a la oferta económicamente más ventajosa en base
a los criterios de valoración que constan en el pliego.
10. CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán contratar con el Ayuntamiento de Abadiño las personas naturales o
jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no
estén incursos en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar
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establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica,
financiera y técnica o profesional, o en su caso, la clasificación.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o
profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o
prestación que constituye el objeto del contrato. También deberán disponer de
una organización con los elementos necesarios y suficientes para la debida
ejecución del contrato, quedando el adjudicatario obligado a dedicar o adscribir
a la ejecución del mismo los medios personales o materiales suficientes para
ello. Conforme al art. 57 del TRLCSP las personas jurídicas sólo podrán ser
adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de
los fines, objeto o ámbito de actividad, que, a tenor de sus estatutos o reglas
fundacionales, les sean propios. En caso de Uniones Temporales de
Empresarios cada una de las empresas debe cumplir con el art. 57
mencionado.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión
Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión
Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que
se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a
su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la
Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público, en
forma sustancialmente análoga. Se prescindirá del informe sobre reciprocidad
en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre
Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio y se acredite
dicha circunstancia.
Asimismo, en el informe previsto en el apartado anterior deberá hacerse
constar que figura inscrita en el registro local o profesional, comercial o
análogo, o, en su defecto, que actúa habitualmente en el tráfico local dentro
del ámbito de las actividades a las que se refiere el objeto del contrato.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de
Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del
Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la
prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se
encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la
pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el
servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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También podrán participar Uniones Temporales de Empresarios, estándose en
tales supuestos a lo dispuesto en el artículo 59 y concordantes del TRLCSP.
No podrán concurrir a la presente licitación aquellas empresas que hubieren
participado en la elaboración de los pliegos a que se refiere el presente
contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la
libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las
empresas licitadoras.
11. LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACION DE OFERTAS-
▪ Dirección de correo electrónico en la que efectuar las notificaciones:
Las comunicaciones entre el Ayuntamiento y los licitadores se realizarán a
través de correo electrónico que éstos deberán designar en su proposición
mediante su indicación en el apartado correspondiente del Anexo I de la
Declaración Responsable de este Pliego.
▪ Para participar en la licitación la documentación se presentará en tres
sobres cerrados (A, B y C) con la documentación que luego se especifica,
indicando en cada uno de ellos la licitación a que se concurre, el nombre
del licitador o denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien
firme la proposición y el carácter con que lo hace, dirección, número de
teléfono y de fax así como dirección de correo electrónico a efectos de
notificaciones, todo ello de forma legible. Los sobres deberán estar,
necesariamente, firmados por el licitador o persona que lo represente.
En el caso de que liciten varias empresas en UTE los sobres serán firmados
por todos ellos.
▪ Las proposiciones deberán presentarse en el Registro General del
Ayuntamiento de Abadiño sito en la plaza San Xxxxxx nº 2, o bien por
correo en la forma que establece el artículo 80.4 del R.D. 1098/2001 de 12
de octubre.
▪ Las proposiciones se presentarán en horario de 9:00 a 14:00 horas dentro
del plazo de 52 días naturales a contar desde el siguiente al envío del
anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea. No obstante, si el último día
de plazo fuera xxxxxx, xxxxxxx o inhábil, aquel plazo se pospondrá hasta
la misma hora del siguiente día hábil.
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▪ Envío por correo: En caso de que el licitador envíe, dentro del plazo de
admisión y por tanto dentro del horario de 09:00 a 14:00, la
documentación por correo, deberá justificar el nombre del licitador, la
denominación del objeto del contrato, y el día y hora de imposición del
envío en la oficina de correos, y anunciará al Órgano de Contratación la
remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en
el mismo día (hasta las 24 horas).
El envío del anuncio mediante correo electrónico sólo será válido si existe
constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido
íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y
al destinatario. En este supuesto se procederá a la obtención de copia
impresa y a su registro que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos la proposición no será admitida si
es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo
señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales
siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no
será admitida en ningún caso.
▪ Una vez entregada o remitida la documentación no puede ser retirada,
salvo que la retirada de la proposición sea justificada. Si la proposición
fuese retirada injustificadamente, se procederá a la ejecución de la
garantía provisional y a su ingreso en la Tesorería municipal.
▪ Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo
ningún concepto. Tampoco serán admitidas aquellas proposiciones cuyos
sobres contengan documentación distinta a la indicada en este pliego para
cada sobre.
▪ Los licitadores están obligados a mantener su oferta durante cuatro meses
desde la finalización del plazo de presentación.
▪ Agotados los plazos para la interposición de los recursos sin que se hayan
interpuesto, la documentación que se acompaña a las proposiciones
quedará a disposición de los interesados (excepto la documentación del
adjudicatario). En todo caso, transcurrido el plazo de tres meses desde la
adjudicación, el Ayuntamiento podrá disponer sobre la destrucción de la
documentación aportada por los licitadores que no hayan resultado
adjudicatarios, en el supuesto de que estos no hayan procedido a solicitar
su devolución y retirada.
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CAPITULO III.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACIÓN DEL
CONTRATO.
12. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados identificados en su
cubierta exterior como “PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN EL
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE
ABADIÑO”:
SOBRE “A”. DECLARACIÓN RESPONSABLE.
SOBRE “B”. CRITERIOS VALORABLES A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR.
SOBRE “C”. CRITERIOS VALORABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE
FORMULAS MATEMÁTICAS.
En cada uno de los sobres, además del citado título se incluirá el nombre y
apellidos del licitador o denominación social de la empresa, el nombre y
apellidos de quien la represente y el carácter con el que lo hace, debiendo
estar los sobres también firmados. Además, se indicará una dirección de correo
electrónico a efectos de comunicación.
13. CONTENIDO DE LOS SOBRES.
A. SOBRE “A”: DECLARACIÓN RESPONSABLE:
En aplicación del apartado 4 del artículo 146 del TRLCSP, la aportación inicial
de la documentación administrativa se sustituirá por la presentación de la
declaración responsable del anexo I indicando que el licitador cumple las
condiciones establecidas para contratar con la Administración.
Documentación Administrativa: (a presentar SOLO en caso de requerimiento y en caso de
licitador propuesto como adjudicatario):
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar, según los supuestos que a
continuación se detallan:
a) persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que
realice la proposición.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto
fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad,
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debidamente inscritos, en su caso, el el Registro público que corresponda, según el tipo
de persona jurídica de que se trate. En todo caso será necesario que las prestaciones
objeto del contrato estén comprendidos dentro de los fines, objeto o ámbito de
actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales les sean propios.
c) Uniones Temporales de Empresarios: cada uno de los componentes acreditará su
capacidad, personalidad, representación y solvencia.
d) Empresarios/as no españoles/as que sean nacionales de Estados miembros de la Unión
Europea: inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado
donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o
certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo,
cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas
exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para
poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este
requisito.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe
de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la
Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de
procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas
españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.
En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre
reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre
Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
2.- Documento acreditativo de la representación. - Los que comparezcan o firmen
proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto. Si el licitador fuere
persona jurídica, este poder deberá estar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un
poder para un acto en concreto, no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de
acuerdo con lo dispuesto en el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar
copia compulsada notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad
o, en su caso, del documento que haga sus veces.
3.- Declaración expresa responsable del licitador, conforme al modelo del Anexo V de este
Xxxxxx, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar con el Sector
Público enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la
circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten
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certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias. Se aportará así mismo la
Declaración de IAE , según Xxxxx XXX.
4.- La solvencia económico y financiera y técnica y profesional de las empresas se
entenderá acreditada indistintamente, mediante certificación acreditativa de su clasificación
en el Grupo: U, Subgrupo:1, Categoría: 3 (categoría C antes de la entrada en vigor del Real
decreto 773/2016), o mediante la aportación de la siguiente documentación:
4-a) Solvencia económico-financiera:
Volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los
tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del
contrato, esto es: 632.103€. Este requisito constituye el requisito mínimo de solvencia
económico-financiera. Los licitadores que no cumplan este requisito mínimo serán
excluidos de la licitación.
El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales
aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en
dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba
estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil
acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas
anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios
que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las
cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil.
Se acreditará:
▪ En caso de tener depositadas las cuentas en el Registro Mercantil, mediante
Declaración según modelo que figura en el Anexo X de este Pliego.
▪ En el resto de supuestos: mediante Declaración según modelo que figura como
Anexo XI de este Pliego, adjuntando la documentación acreditativa especificada
en el mismo.
(Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que
figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales
establecidas en la legislación mercantil.)
4-b) Solvencia técnica y profesional:
Experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde
el objeto del contrato y que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución
de los últimos cinco años, sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o
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de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato, esto es:
294.981,40€.
Será requisito mínimo para acreditar esta solvencia haber realizado o estar realizando al
menos dos contratos de servicios de limpieza de edificios en los últimos cinco años
(2013-2017) por importe cada uno superior al señalado en el párrafo anterior.
Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en
los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado,
de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante la
aportación de certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el
destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto
privado, mediante certificado expedido por este o declaración del empresario.
4-c)- solvencia de las UTES.
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de la determinación de la solvencia, cada
uno de los integrantes de la unión temporal deberá acreditar en su totalidad la solvencia
requerida en los apartados 4-a) y 4-b); salvo que alguna de las empresas o todas ellas opten
por acreditar la solvencia mediante la clasificación del apartado 4 citado, en cuyo caso quien lo
haga debe estar en el grupo y subgrupo indicado. Solamente la categoría es acumulativa.
5.- Declaración de compromiso de constitución de UTE: deberán indicar en documento
aparte (según modelo del Xxxxx XX de este Pliego) los nombres y circunstancias de los que
la constituyan y el grado de participación de cada uno, nombramiento de representante o
apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones
que del contrato pudieran derivarse, así como documento de compromiso de constituirse
formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios.
6.-Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los
Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo
directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero
jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
7.-Las circunstancias señaladas en las anteriores apartados 1 a, (persona física) y b
(persona jurídica);, apartado 2 (documento representación) , apartado 3 (declaración
prohibición contratar), y apartado 4 a) y b) (solvencia), podrán acreditarse mediante
una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la
Comunidad Autónoma Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del
Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en
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los artículos 83 y 84 del TRLCSP. Dicha certificación deberá contener la clasificación en el
grupo, subgrupo y categoría mencionados en el apartado 4 anterior. A la referida
certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que
manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han
experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente. Las
circunstancias no recogidas en el certificado que se presente del Registro correspondiente,
se acreditarán mediante la aportación de la documentación exigida.
8.-Toda la documentación que se requiera presentar o se presente por el propuesto como
adjudicatario deberá ser original o copia compulsada, y en su caso, la compulsa se hará de
oficio en este expediente por este Ayuntamiento presentando el original.
Las empresas extranjeras presentarán, en su caso, los anteriores documentos traducidos de
forma oficial al castellano.
B.SOBRE “B”: Criterios valorables a través de juicios de valor:
En este sobre se presentará la documentación necesaria para la valoración de
los criterios no cuantificables o valorables mediante fórmulas, en el siguiente
Plan de Trabajo:
Deberá incluir la descripción de todas las tareas a desarrollar dentro de cada
modalidad (limpieza de mantenimiento, generales, extraordinarias y
Desinfección, desratización y desinsectación) teniendo en cuenta las
frecuencias establecidas; calendarios, etc.; los métodos y criterios de
limpieza para los distintos elementos; en su caso, maquinaria a emplear;
estimación para cada centro del número de operarios/as, horas diarias de
cada uno de ellos, y horas a la semana de trabajo, especificando la relación
del personal disponible para la prestación de servicios extraordinarios, así
como para cubrir las ausencias por vacaciones, permisos, etc.; y otras
cuestiones que las empresas estimen convenientes incluir para la mejor
realización del servicio. Deberá indicarse el Convenio Colectivo que será de
aplicación en caso de resultar adjudicatario.
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El contenido de la documentación presentada en el sobre B tendrá carácter
contractual, estando el adjudicatario obligado a prestar el servicio en las
condiciones expuestas en su propuesta y que sirvieron para la valoración de la
misma por el Ayuntamiento de Abadiño.
Con el fin de garantizar el secreto de las proposiciones, en ningún caso se
deberá adjuntar, ni en el sobre A ni en el sobre B, la oferta económica, ni
documentos relevantes de su oferta económica, ni los criterios cuantificables
por fórmula o de manera automática a incluir en el sobre C. El incumplimiento
de lo aquí dispuesto dará lugar al rechazo de la oferta. No obstante, en el
supuesto de que hubiese un único licitador, la Mesa de Contratación podrá
excepcionar lo dispuesto anteriormente.
En cuanto al número de hojas, tamaño de letra, se especifica lo
siguiente:
a) El contenido del Plan de Trabajo, incluidos en su caso cuadros o tablas,
no podrá superar en formato A-4 las 60 páginas impresas, con tipo de
letra Arial, Xxxxxxx, o Verdana, con tamaño mínimo 12 e interlineado
mínimo de 1,5 . Se entiende como página “cada una de las dos haces o
planas de la hoja de un libro o cuaderno” (RAE), de lo que se infiere que
la extensión máxima de 60 páginas que prevé el Pliego puede cubrirse
en 60 hojas escritas a un haz o plana, o en 30 hojas escritas por ambos
haces o planas. Los cuadros o tablas que puedan intercalarse en dichas
páginas no están afectados en lo referente a la tipología, al tamaño o al
interlineado. El número máximo de páginas no podrá ser superado con
anexos, catálogos, etc
b) En el caso de que se supere alguno de los límites señalados
anteriormente, se valorará con cero puntos todo el contenido del sobre
B.
c) En cuanto al soporte de la documentación: toda la documentación
técnica a incluir en el sobre “B” se presentará en soporte papel, y de
forma no obligatoria también podrá además presentarse en soporte
electrónico (CD,DVD). La estructura de ficheros presentada en soporte
electrónico será exactamente igual que la presentada en formato papel.
En caso de existencia de diferencias entre ambos formatos, sólo se
tendrá en cuenta el documento formato papel a fin de realizar la
valoración técnica correspondiente.
Se recomienda la presentación de un único fichero, numerado y
paginado de forma idéntica a la documentación formato papel.
17
Los formatos aceptados son: doc., xls., ppt., jpg., bmp., y pdf. Es
responsabilidad de los licitadores que la documentación presentada esté
libre de virus.
X. XXXXX”X”: Criterios valorables mediante la aplicación de
fórmulas matemáticas:
i. Proposición económica.
La oferta económica deberá ir firmada por el licitador o persona que le
represente, redactada conforme al modelo que figura como Xxxxx XX del
presente Xxxxxx, y figurando el IVA como partida independiente. La omisión
de aportar la adenda del Anexo II no será subsanable, siendo excluida la
oferta.
Cada licitador podrá presentar una sola proposición. Una vez entregada la
proposición no podrá ser retirada por el licitador, salvo causas justificadas.
El precio final ofertado en ningún caso podrá superar el presupuesto de
licitación señalado en la cláusula 5ª. Las ofertas que superen el presupuesto
de licitación señalado quedarán automáticamente eliminadas.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación
examinada y admitida, fuese superior al tipo de licitación, variara
sustancialmente los modelos establecidos o comportase error manifiesto en
el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del
licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable,
será desechada por la Mesa de Contratación, en resolución motivada.
En caso de discrepancia entre la oferta expresada en letras y la expresada
en números, prevalecerá la cantidad que sea más ventajosa para el
Ayuntamiento, salvo que, utilizando criterios racionales derivados del
examen de la documentación, la Mesa de Contratación adopte otra postura.
ii. Bolsa de Horas anuales para imprevistos y
limpiezas adicionales.
Se consideran mejoras, la aportación de horas de limpieza gratuitas anuales
que se destinarán según las indicaciones de la Administración, tanto para la
ampliación de limpiezas de centros objetos del contrato, como para
18
limpiezas extraordinarias, y que no supongan contraprestación económica
alguna para el Ayuntamiento.
Se aportará una Bolsa de horas anuales para imprevistos y limpiezas
adicionales sin coste para el Ayuntamiento, que se destinarán según las
indicaciones del Ayuntamiento, tanto para la ampliación de limpiezas de
centros objetos del contrato, como para limpiezas extraordinarias,
conforme al modelo del ANEXO III del presente pliego.
La bolsa de horas ofertada incluirá el coste de la mano de obra,
maquinaria, útiles, consumibles a reponer y demás elementos necesarios
para su realización.
14. MESA DE CONTRATACIÓN.
Para la adjudicación del contrato, el órgano de contratación estará asistido de
una Mesa de contratación compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: El Alcalde.
Vocales: concejales de la Comisión de Hacienda, Secretario e
Interventor.
Secretario/a: funcionario/a administrativo/a.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, a excepción del secretario
que sólo tendrá voz.
A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores
especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a
tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
La Mesa de Contratación podrá requerir en cualquier momento que se aporten
los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos expresados en
la Declaración Responsable. El plazo para cumplir el requerimiento será de tres
días hábiles y comenzará a contar desde el día siguiente al requerimiento vía
correo electrónico a la dirección electrónica que el licitador haya indicado. El
incumplimiento del requerimiento supondrá la no acreditación del requisito
solicitado.
Contra los acuerdos de la Mesa que dispongan el rechazo de alguna oferta,
quienes las hayan presentado podrán interponer Recurso Especial en materia
19
de contratación en el plazo y condiciones establecidos en el artículo 44.2 del
TRLCSP.
15. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición adicional segunda, apartado 2,
del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y de lo
establecido en el artículo 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, el órgano de contratación es el Pleno del
Ayuntamiento de Abadiño.
El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el contrato y, en
consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas
que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público,
acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la
normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos,
sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción
competente.
16. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación
procederá a la calificación del sobre “A” presentado por los licitadores, cuyo
contenido lo constituye la declaración responsable. Si observase defectos
materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o
correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha
notificación en el expediente, y concediéndole un plazo no superior a tres días
hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador
contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no
será admitido a la licitación.
La Mesa de Contratación levantará acta en la que se recoja el número de
proposiciones recibidas, el nombre de los licitadores, el resultado de la
calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con
expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su
exclusión.
Posteriormente, se procederá a la apertura del sobre “B” en acto público, en
el lugar, día y hora en la correspondiente convocatoria y en el perfil del
20
contratante, dejando constancia documental de ello. La documentación
contenida en el mismo se remitirá a la Oficina Técnica encargada de su
valoración, quien elaborará el informe de valoración correspondiente a las
distintas ofertas. Para la valoración de las proposiciones la Mesa podrá solicitar
cuantos informes técnicos considere oportunos.
Si durante esta fase de valoración de ofertas, con carácter previo a la apertura
del sobre “C” existiesen dudas sobre la capacidad y/o solvencia de alguno de
los licitadores, se pondrá en conocimiento de la Secretaria de la Mesa de
Contratación para que por éste se proceda a requerir a dichos licitadores que
presenten la documentación pertinente al objeto de comprobar si cumplen
dichos requisitos de capacidad y/o solvencia. De dichos requerimientos se dará
cuenta a la Mesa de Contratación en la primera sesión que celebre, declarando
excluidas aquellas proposiciones que no cumplan los requisitos establecidos en
los pliegos.
La apertura del sobre “C” se llevará a cabo en el lugar, día y hora señalado en
la convocatoria, teniendo el carácter de acto público. En dicho acto, el
Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las
proposiciones contenidas en el sobre B, y posteriormente, dará lectura íntegra
al contenido de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores,
declarando válidas y admitidas, las que cumplan con los requisitos previstos en
los Pliegos, y dando por terminado el acto sin efectuar la adjudicación, con
remisión de la documentación obrante en el sobre “C” a la Oficina Técnica para
el estudio de las proposiciones en relación con los criterios cuantificables por
fórmulas y emisión de informe al respecto. Finalmente, se levantará Acta en la
que se haga constar las ofertas presentadas.
La Mesa de contratación, tras solicitar si lo considera necesario nuevos
informes técnicos, elevará al órgano de contratación la propuesta de
adjudicación razonada que estime adecuada acompañada de las actas de sus
reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso,
de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el
órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación.
En todo caso la Administración se reserva la facultad de verificar el contenido
de la oferta, previamente a la adjudicación del contrato.
21
17. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la
adjudicación del contrato son los siguientes:
a) CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE
FORMULA MATEMATICA: 55 PUNTOS
1. Precio global del servicio de limpieza de los centros y
dependencias municipales: Hasta 40 puntos.
Los precios unitarios no son objeto de valoración.
Se valorarán las ofertas presentadas de modo que a la más baja se le
otorgará la máxima puntuación, siempre y cuando no esté incursa en
temeridad. Las restantes se valorarán de manera proporcional, conforme
a la siguiente formula:
(Puntuación máxima x Oferta más económica)
Puntos = -----------------------------------------------------------
Precio de la empresa licitadora que se valora
Umbral de temeridad: Se considera que la oferta económica contiene
valores anormales o desproporcionados en los siguientes casos:
.cuando concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de
licitación en más de 25 unidades porcentuales.
. cuando concurran 2 licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades
porcentuales a la otra oferta.
.cuando concurran más de dos licitadores, cuando la oferta sea inferior en
más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas
admitidas.
En dicho supuesto se procederá conforme al art. 152-3 del TRLSP , y será
la Mesa la que evalue y determine si la justificación presentada resulta
suficiente o no. Si lo estima suficiente continuará con el procedimiento de
valoración; si lo considera insuficiente lo excluirá de la clasificación y
elevará al Organo de Contratación lo actuado, y dicho Órgano adoptará la
decisión final aceptando o rechazando la oferta. Si el Órgano se apartara
de lo propuesto por la Mesa, deberá motivarlo.
22
2. Bolsa de horas anuales para imprevistos y limpiezas adicionales:
Hasta 15 puntos.
Se valorará la Bolsa de horas para imprevistos y limpiezas adicionales
sin coste para el Ayuntamiento, que se destinarán según las indicaciones
del Ayuntamiento, tanto para la ampliación de limpiezas de centros
objetos del contrato, como para limpiezas extraordinarias.
Se otorgarán 15 puntos a quien oferte mayor número de horas anuales,
calculándose el resto de ofertas mediante la regla de tres proporcional.
Se otorgará cero puntos al licitador que no oferte ninguna hora por este
concepto.
b) CRITERIOS CUYA PONDERACIÓN DEPENDEN DE UN JUICIO DE
VALOR: 45 PUNTOS
La presentación de proposiciones que varíen o incumplan las condiciones
técnicas exigida en los Pliegos, supondrá la exclusión del licitador del
procedimiento.
Plan de trabajo: Hasta 45 puntos
La puntuación se asignará teniendo en cuenta el grado de cumplimiento
de las características exigidas y valorando la coherencia y calidad del
plan de trabajo presentado, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Metodología y planificación de los trabajos específicos que se
llevarán a cabo en cada edificio o dependencia especificando las
modalidades de limpieza a realizar teniendo en cuenta los elementos
y dependencias a limpiar, atendiendo a sus necesidades y a las
actividades principales a las que estén dedicadas:
Limpiezas de mantenimiento: Hasta 16 puntos.
Limpiezas generales: Hasta 6 puntos.
Limpiezas extraordinarias: Hasta 2 puntos.
Desinfección, desratización y desinsectación: Hasta 1 puntos.
b) Organización y distribución de los medios humanos que se
destinarán a este contrato; plan de cobertura para el caso de
ausencias que asegure la sustitución inmediata del personal ante
23
cualquier contingencia, vacaciones, permisos u otros análogos, etc.:
hasta un máximo de 15 puntos.
c) Medios materiales, Hasta un máximo de 5 puntos: Se valorará las
propuestas de empleo de nuevas tecnologías o medios materiales
innovadores con capacidad para:
Producir mejores y más efectivos resultados de limpieza
Mayor rendimiento que redunde en la disminución del tiempo
de limpieza de cada dependencia.
Se evaluará cada criterio conforme al siguiente baremo: destacable,
suficiente e insuficiente.
a) b) c)
TIPOS DE LIMPIEZA
MEDIOS
HUMANOS
MEDIOS
MATERIALES
Limpiezas de mantenimiento
Limpiezas generales
Limpiezas
extraordinarias
Desinfección, desratización
y desinsectación
Máximo 25 puntos Máximo
15 puntos Máximo 5 puntos
Máximo 16 puntos
Máximo 6 puntos
Máximo 2 puntos
Máximo 1 puntos
Destacable 8<V≤16 puntos
3<V≤6 puntos
1<V≤2 puntos 0,5<V≤1 puntos
7,5<V≤15 puntos
2,5<V≤5 puntos
Suficiente 8 puntos 3 puntos 1 punto 0,5 puntos 7,5 puntos 2,5 puntos
Insuficiente 0≤V<8 puntos
0≤V<3 puntos
0≤V<1 puntos
0≤V<0,5 puntos
0≤V<7,5 puntos
0≤V<2,5 puntos
Siendo V la valoración de la propuesta
UMBRAL MÍNIMO DE PUNTUACIÓN QUE DEBE OBTENERSE EN LOS CRITERIOS
CUYA PONDERACIÓN DEPENDE DE JUICIOS DE VALOR:
Conforme al artículo 150.4 de la TRLCSP, para ser admitidos a la valoración
global, se exigirá que en los criterios cuya ponderación depende de juicios de
valor, los licitadores alcancen un umbral mínimo de puntuación, de forma que
no serán tenidas en cuenta, y por tanto serán excluidas, por la Mesa de
Contratación las ofertas cuya puntuación no alcance EN CADA UNO DE LOS
APARTADOS VALORABLES a), b) y c), el 50% de los puntos máximos. Es decir 12,5 puntos en el apartado a) 7,5 puntos en el apartado b) y 2,5 puntos en el
apartado c).
24
18. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
A la vista de los informes técnicos recibidos y de la valoración que la Mesa
haga de la documentación contenida en los sobres, dicha Mesa de Contratación
elevará la oportuna propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta
económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx XXXX DÍAS
HÁBILES desde la notificación del requerimiento, presente la documentación
que a continuación se indicará.
El órgano de contratación, con la aprobación del presente Xxxxxx, faculta expresamente al Sr. Alcalde para que lleve a cabo el requerimiento señalado
en el párrafo anterior. Documentación a presentar:
a) En caso de que el licitador sustituyera la documentación de los
apartados a, b, c, d, f y g de la cláusula 13.1. por declaración
responsable, deberá acreditar la posesión y validez de dichos
documentos.
b) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la
garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación.
La garantía deberá presentarse en una de las formas admitidas en el
artículo 96 del TRLCSP.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100
del TRLCSP.
d) En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión
temporal de empresas, deberá acreditar la constitución de la misma en
escritura pública, así como el Código de Identificación Fiscal asignado
a la unión temporal.
25
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado,
se entenderá que el licitador retira su oferta, procediéndose en ese caso a
recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan
quedado clasificadas las ofertas, con el visto bueno dado por el Órgano de
Contratación.
Dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la documentación, el órgano
de contratación procederá a dictar acuerdo de adjudicación del contrato.
En ningún caso podrá declararse desierto el procedimiento de adjudicación del
contrato, cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los
criterios que figuran en el Pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos.
19. ADJUDICACIÓN EN CASO DE RESOLUCIÓN
En el supuesto de resolución del contrato al adjudicatario, cualquiera que sea
la causa, el Ayuntamiento se reserva la facultad de adjudicar el contrato al
licitador siguiente por orden de calificación de las ofertas.
20. REQUISITOS PREVIOS A LA FORMALIZACIÓN.
Correrán a cargo del adjudicatario los gastos derivados de la publicación de
anuncios que genere la licitación, y cuantos otros se ocasionen con motivo de
los trámites preparatorios, hasta un importe máximo de mil euros (1.000 €).
21. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento
administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación,
constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro
público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a
escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran QUINCE DÍAS
hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Una
vez transcurrido dicho plazo sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve
aparejada la suspensión de la formalización del contrato o, en su caso, cuando el
órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión,
el adjudicatario deberá formalizar el contrato en un plazo no superior a CINCO
26
DÍAS a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento
de formalización.
Si el contrato no se formaliza en dicho plazo, por causas imputables al
adjudicatario, el Ayuntamiento de Abadiño podrá acordar la resolución del
mismo.
22. SEGUROS.
Una vez formalizado el contrato, el adjudicatario deberá aportar CERTIFICADO
DE LA ENTIDAD ASEGURADORA que acredite que tiene en vigor póliza de
responsabilidad civil suscrita por el contratista.
El adjudicatario contratará y mantendrá a su xxxxx durante el periodo de
duración y plazo de garantía del contrato la póliza del seguro de
responsabilidad civil, en sus vertientes generales o de explotación, patronal, y
de trabajos terminados incluyendo como asegurado al contratista, y el
subcontratista, en su caso.
La franquicia para la responsabilidad civil de explotación no podrá ser superior
a 10.000 euros, y el límite mínimo de indemnización por siniestro, será de
300.000 €.
En todo caso serán soportados por el adjudicatario los daños y perjuicios en la
cuantía de la franquicia y en lo que superen los límites que se establezcan en
las distintas pólizas de seguro; así como en los bienes y riesgos no cubiertos
en las mismas.
En caso de producirse un retraso en la finalización del contrato sobre la fecha
prevista, se procederá a la contratación de las prórrogas necesarias debiendo
el adjudicatario pagar la sobreprima que corresponda.
CAPITULO IV.- EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
23. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se realiza a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario y se ejecutará con
estricta sujeción a su propuesta, las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx
y a las prescripciones técnicas que sirven de base al contrato, bajo la dirección,
27
inspección y control del Ayuntamiento, quien ejercerá estas facultades tanto
por escrito como verbalmente.
El adjudicatario deberá nombrar un responsable como persona de contacto
para todo lo concerniente a la prestación del servicio y de incidencias. Durante
la ejecución de los servicios objeto del contrato, el responsable mantendrá las
reuniones necesarias con el Ayuntamiento para garantizar el correcto
desarrollo del mismo.
24. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE
LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
El contratista está obligado a cumplir el contrato en los términos reflejados en
los Pliegos que rigen la presente contratación.
El incumplimiento de las condiciones del servicio establecidas en los Pliegos y
en la proposición del adjudicatario podrá dar lugar a la consideración de
ejecución defectuosa del contrato o de incumplimiento total o parcial de las
prestaciones objeto del contrato, pudiendo el Ayuntamiento optar por la
resolución del contrato o por la imposición de las penalidades previstas en el
artículo 212 del TRLCSP.
Estas penalidades son independientes de la obligación de indemnizar por los
daños y perjuicios que el incumplimiento pudiera ocasionar.
Para la imposición de penalidades se seguirá el procedimiento previsto en el
artículo 212.8 del TRLCSP.
25. SUBCONTRATACIÓN.
No procede.
26. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:
Se cumplimentará el Anexo VI.
a. Condiciones generales de trabajo:
La empresa contratista está obligada a indicar el Convenio Colectivo que será
de aplicación a los trabajadores/as que realicen la actividad objeto del contrato
28
y a abonar a lo largo de toda la ejecución del contrato el salario recogido en
dicho convenio según la categoría profesional que le corresponda a la persona
trabajadora. En ningún caso, el salario a abonar será inferior a aquél.
La empresa contratista se compromete a facilitar durante la ejecución del
contrato cuanta información se requiera por el Ayuntamiento sobre las
condiciones de trabajo que se apliquen efectivamente a los trabajadores y
trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato.
El incumplimiento de estas obligaciones está calificado como infracción leve
dará lugar a la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto
del contrato.
b. Condiciones laborales mínimas y en relación con la subrogación
(Aprobado por el Pleno de Abadiño):
El contrato está sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, seguridad social,
y seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones
establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior
existente en el sector en el que se encuadra la actividad de la empresa
contratista. En caso de que dicha empresa o centro de trabajo tuviera un
convenio colectivo propio que recoja mejores condiciones, el contrato se
hallará sujeto a la aplicación de estas últimas.
Las condiciones recogidas en el texto del referido convenio conformarán las
condiciones mínimas en las que podrán ser empleados los trabajadores y
trabajadoras que lleven a cabo las actividades objeto del contrato, con
independencia de que el mencionado convenio hubiera perdido vigencia por
efecto de lo previsto en el artículo 86.3. del ET.
La presente contratación se encuentra sometida a la obligación de subrogar los
contratos de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras con una
antigüedad mínima de 3 meses que, a pesar de pertenecer a otra contrata,
vienen realizando la actividad objeto del contrato, quedando la contratista
subrogada en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social de la
empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato adjudicado y
deberá respetar los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su
normativa específica, y en general, cuantas obligaciones en materia de
protección social complementaria hubiere adquirido.
29
En cumplimiento del artículo 6 de la LEY 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la
inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se
acompaña como XXXXX XXX al Pliego Técnico, la relación del personal de la
empresa que viene ejecutando los trabajos en la actualidad, en los que se
especifica la antigüedad, categoría, y tipo de contrato.
En caso de incumplimiento por parte del contratista de las presentes
condiciones laborales mínimas y en relación con la subrogación, el órgano de
contratación podrá optar por:
a) Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con esta
administración por un periodo de 5 años.
b) Continuar con la ejecución del contrato por el mismo contratista con la
imposición de una penalidad del 35 por ciento del precio.
c. Condiciones para la igualdad de mujeres y hombres.
El contratista garantizará que en la ejecución del contrato la documentación,
publicidad, imagen o materiales se realice un uso no sexista del lenguaje, y se
evite cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y
se fomente una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada,
diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.
El contratista deberá cumplir los principios y obligaciones establecidos en la
Ley 4/2005, de 18 de febrero, del Parlamento Xxxxx, para la Igualdad de
Mujeres y Hombres; y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La empresa contratista con más de 250 trabajadores, deberán justificar que
dispone de un Plan para la Igualdad de mujeres y hombres con el contenido
previsto en la Ley 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva de
Hombres y Mujeres.
En la ejecución del contrato, la empresa contratista o subcontratista
garantizará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al
empleo, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación,
extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, duración y ordenación de
la jornada laboral.
30
d. Condiciones para el fomento del empleo de colectivos
especialmente afectados por el desempleo.
En las nuevas contrataciones de personal necesario para la ejecución del
contrato, las empresas contratistas darán preferencia a las personas que se
encuentren en situación legal de desempleo conforme con lo que prevé el
artículo 208 del Real decreto legislativo 1/1994, de 20 xx xxxxx, por el cual se
aprueba el Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social; de
manera que, salvo justificación de su imposibilidad atendiendo a las
características del concreto trabajo a desarrollar, garantizarán que al menos un
15% de las nuevas contrataciones que se realicen se refieran a personas de
estos colectivos.
El contratista deberá acreditar las nuevas contrataciones de personal
realizadas en el marco de la ejecución del contrato, así como las que se
refieran a personas pertenecientes a colectivos especialmente afectados por el
desempleo, facilitando la documentación necesaria para ello: nombre,
apellidos, DNI y el documento acreditativo conforme está dado de alta y
afiliado a la Seguridad Social.
Esta obligación de contratación podrá eximirse para el caso de que la
adjudicación del contrato conlleve la subrogación de personal y que el nuevo
contrato no suponga la necesidad de nuevas contrataciones.
La falta de aportación de la documentación exigida, así como el incumplimiento
de la obligación de contratación de personas que se encuentren en situación
legal de desempleo prevista en la cláusula se considerará un incumplimiento
contractual que dará lugar a la imposición de una penalidad de hasta el 10%
del presupuesto del contrato.
27. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
El adjudicatario está obligado a respetar el carácter confidencial de aquella
información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, a
la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o
que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. No podrá ser copiada
o utilizada con fines distintos a los correspondientes a la ejecución del
contrato, ni tampoco cede a otros, ni siquiera a efectos de su conservación.
Este deber se mantendrá con carácter indefinido.
31
La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto
profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido
tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que
subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el
artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de
13 de diciembre de 1999.
El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que
en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de
sus tares para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber
xx xxxxxxx, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las
infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera
incurrir. El adjudicatario y su personal durante la realización de los trabajos
que se presten como consecuencia del cumplimiento del contrato, estarán
sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad del Ayuntamiento.
28. PAGO DEL PRECIO.
El pago de los servicios se instrumentalizará mediante la emisión, por parte de
la adjudicataria, de tantas facturas electrónicas como mensualidades dure el
mismo y que se emitirán dentro de los primeros 15 días naturales de cada
mes. El importe de cada una de ellas será de 1/48 del precio global del servicio
de limpieza, descontándose los servicios que por cualquier motivo no se
presten, así como las sanciones impuestas, en el caso de que las hubiese.
En factura mensual separada se incorporarán además los importes
correspondientes a las limpiezas extraordinarias realizadas en dicho mes.
Cada factura deberá venir acompañada del correspondiente TC1 y TC2 (en
otro caso se entenderá que está incompleta y no se inicia el plazo para que sea
abonada) y será informada por la persona responsable designada por el
Ayuntamiento, disponiéndose el abono en el plazo de 30 días naturales
siguientes a la fecha de su recepción, si no se hubiesen formulado reparos. Si
el informe fuese desfavorable, se dejará en suspenso el pago total o parcial de
la factura hasta que se adopte resolución definitiva.
29. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
32
El contrato se podrá modificar por razones de interés público y para atender a
causas imperativas debidamente justificadas, de acuerdo con lo establecido en
los artículos 105, 106, 108 y 219 del TRLCSP.
CAPITULO IV.- FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.
30. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extingue por el cumplimiento o por resolución.
Constituyen causas de resolución del contrato de servicios las establecidas en
los artículos 223 y 308 del TRLCSP dando lugar a los efectos previstos en los
artículos 224, 225 y 309 del TRLCSP. Producirá igualmente la resolución del
contrato, el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, y el
incumplimiento por el contratista de la obligación de guardar xxxxxx, respecto a
los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, hayan llegado a
su conocimiento con ocasión del contrato.
A la finalización del contrato, no podrá producirse en ningún caso la
consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del
contrato como el personal del Ayuntamiento de Abadiño.
31. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Concluida la vigencia del contrato y cumplidas satisfactoriamente por el
contratista las obligaciones derivadas del mismo, o declarado resuelto el
contrato sin culpa del contratista, se dictará acuerdo de devolución o
cancelación de la garantía definitiva.
32. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponde al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato,
resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de
interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro
de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto
Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en el
Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
33. JURISDICCIÓN COMPETENTE
33
Las cuestiones controvertidas que puedan derivarse del presente contrato
serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la
vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción
contencioso- administrativa, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la
interposición del recurso especial en materia de contratación regulado por los
artículos 40 a 49 del TRLCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
34. Visita guiada a las instalaciones:
Los licitadores podrán realizar una visita a las instalaciones y edificios con el
objetivo de conocerlas y poder presentar su mejor oferta. De la misma manera
podrán solicitar aclaraciones a los pliegos.
Las solicitudes de aclaraciones se harán a través de xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx .
y las respuestas serán publicadas en el perfil del contratante de la web
municipal.
Las solicitudes de visita se harán a través de xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx
En el anuncio de licitación se indicará el último día para poder solicitar visitas,
y la fecha y hora de la vista será publicada con la antelación suficiente en el
perfil del contratante.
Tanto si se han realizado visitas y/o se han solicitado aclaraciones, como si no
se hubieren hecho, el licitador mediante la presentación de su oferta asume la
plena responsabilidad con relación a la viabilidad de los servicios con sujeción a
los términos y condiciones del presente pliego.
34
ANEXO I. Declaración responsable
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________, con motivo del
procedimiento de contratación del servicio de limpieza de los edificios y
dependencias del Ayuntamiento de Abadiño,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
a) Que el firmante, o en su caso la entidad a la que representa, cumple las
condiciones para contratar y la solvencia económico- financiera y técnico-
profesional exigidas legalmente y en los pliegos que rigen la contratación, y
que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar con
la Administración, relacionadas en el artículo 60 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público.
b) Que el firmante, o en su caso la entidad a la que representa, se halla al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones legales vigentes y no tiene
deudas en período ejecutivo de pago o, de tenerlas, están garantizadas.
c) Que se compromete a aportar los documentos acreditativos del
cumplimiento de dichos requisitos en cualquier momento que así lo solicite
la Mesa o el órgano de contratación y en todo caso, en el supuesto de que
la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, los aportará con carácter
previo a la adjudicación.
d) Que manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de
requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos
establecidos por la Ley, son los siguientes:
Persona de contacto: ___________________________________.
Domicilio Social: ______________________. Municipio: ___________.
Teléfono: _______________.
Dirección de correo electrónico: ___________________________.
En _________, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.: Fdo.:
Sello de la empresa: Sello de la empresa:
35
Variaciones al modelo de declaración responsable
▪ En caso de U.T.E.:
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________,
y D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________,
Con motivo del procedimiento de contratación del servicio de limpieza de los
edificios y dependencias del Ayuntamiento de Abadiño,
DECLARAMOS BAJO NUESTRA RESPONSABILIDAD:
(Transcríbanse los puntos que constan en el modelo de declaración
responsable).
e) Que en el supuesto de que la propuesta de adjudicación recaiga a nuestro
favor, asumimos el compromiso de constituirnos formalmente en Unión
Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas de ____ % y de
____ % y nombrando representante o apoderado único de la unión con
poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que
del contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Dña.
______________________________.
En _________, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.: Fdo.:
Sello de la empresa: Sello de la empresa:
36
▪ En caso de EMPRESAS EXTRANJERAS.
Deberán añadirse el siguiente punto al modelo de declaración responsable:
“5. Que me someto expresamente a la jurisdicción de los juzgados y
tribunales españoles, en todos los problemas de interpretación, modificación,
resolución y extinción del contrato."
37
ANEXO II. OFERTA ECONÓMICA.
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________, enterado del expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales, por procedimiento abierto,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
1. Que estoy enterado del anuncio de licitación publicado por el
Ayuntamiento de Abadiño por el que se convoca procedimiento para la
adjudicación del contrato del servicio de limpieza de los edificios y
dependencias del Ayuntamiento de Abadiño.
2. Que he examinado y conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, y demás legislación y
documentación que han de regir la licitación, que expresamente asumo
y acato en su totalidad.
3. Que la empresa a la que represento cumple con todos los requisitos y
obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura,
instalación y funcionamiento.
4. Que en relación con la prestación de la presente oferta, me comprometo
a su realización por el precio de ___________ (en letras y números)
euros (por los cuatro años), más _________(en letras y números) euros
correspondientes al IVA, en cuyo precio deben entenderse incluidos
todos los conceptos, incluyendo los gastos, tasas y arbitrios de cualquier
esfera fiscal y el beneficio industrial del contratista.
En a de de 2018.
FIRMADO.
38
Addenda: Se acompañará:
a) cuadro de precios unitarios
b) el coste de limpieza (sin IVA) de cada una de las dependencias siguientes:
EDIFICIOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES euros
ERROTA KULTUR ETXEA
LOCAL MUNICIPAL TRAÑABARREN Nº 5
KZ GUNEA
OFICINA MUNICIPAL XXXXX-MATIENA
FRONTÓN DE TRAÑA- MATIENA Y VESTUARIOS
IES ABADIÑO Y CE PRIMARIA XXXXX- MATIENA
CE INFANTIL XXXXX- MATIENA
PABELLÓN MULTIUSOS XXXXX- MATIENA
GUARDERÍA XXXXX- MATIENA
LOCAL MUNICIPAL TRAÑABARREN Nº 25
ABADIÑO CLUB DE FUTBOL
ALMACEN MUNICIPAL:
- PABELLÓN BRIGADA DE OBRAS Y VESTUARIOS
- VESTUARIOS POLICIA MUNICIPAL
GUARDERÍA ZELAIETA
CEIP ZELAIETA
FRONTÓN ZELAIETA Y VESTUARIOS
AYUNTAMIENTO
OFICINA TÉCNICA MUNICIPAL
MEDIATEKA
CASA DE CULTURA DE TXANPORTA
JUZGADO XX XXX
PROBADERO Y VESTUARIOS
LOCAL JUBILADOS DE ZELAIETA
LOCAL MULTIUSOS DE MUNTSARATZ
39
ANEXO III. BOLSA DE HORAS ANUALES PARA IMPREVISTOS
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________, enterado del expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias del Ayuntamiento,
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:
Que ofrezco una Bolsa de Horas anuales sin coste para el Ayuntamiento de:
_____________horas anuales(en cifras y letras) durante la vigencia del
contrato.
En _______, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.: Fdo.:
Sello de la empresa: Sello de la empresa:
40
Variaciones al modelo de los anexos II y III.
▪ En caso de U.T.E.:
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________,
y D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________,
DECLARAMOS BAJO NUESTRA RESPONSABILIDAD:
(Transcríbanse los puntos que constan en el modelo de proposición
económica).
En _________, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.: Fdo.:
Sello de la empresa: Sello de la empresa:
41
ANEXO IV. COMPROMISO DE U.T.E.
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________,
Y D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@________,
Con motivo del procedimiento de contratación del servicio de limpieza de los
edificios y dependencia del Ayuntamiento de Abadiño,
DECLARAN:
Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de
Empresas, con las participaciones respectivas de ____ % y de ____ % y que
nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes
para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se
deriven hasta la extinción del mismo a D./Dña.
______________________________.
En _________, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo: Fdo:
Sello de la empresa Sello de la empresa
42
ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR
INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR Y OTRAS
CIRCUNSTANCIAS
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@_______, en relación con expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales.
DECLARA:
Que ni él, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de sus
administradores o representantes legales de la misma, se encuentran incursos
en alguna de las prohibiciones para contratar con las Administraciones
públicas, señaladas en el artículo 60 del TRLCSP.
Igualmente declara que la citada empresa se encuentra al corriente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose, así como de las
obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Abadiño.
En _______, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.:
43
ANEXO VI MODELO DE COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DE
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@_______, en relación con expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales.
DECLARA:
Que se compromete a cumplir las condiciones especiales de ejecución
indicadas en la Cláusula 26 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
En _______, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.:
44
ANEXO VII MODELO DE DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE
ACTIVIDADES ECONOMICAS
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@_______, en relación con expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales.
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1.- Que, según la Normativa vigente de aplicación en materia de tributación
local y concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas,
está obligado a presentar declaración de alta en la matrícula de este impuesto
en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha
en dicho/s epígrafe/s:
_____________
_____________
2.- Que: (señalar con x la alternativa correspondiente)
- □ Está obligado al pago del impuesto y adjunta los últimos recibos de pago.
- □ Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1 g) recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989 del
I.A.E. (Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad,
durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto
en que se desarrolle la misma).
- □ Se encuentra en el supuesto de exención del art. 5.1.h) recogido en el Texto Refundido de la Xxxxx Xxxxx 6/1989 del
I.A.E. (Los sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones
inferior a 2.000.000 de euros).
En _______, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.:
45
ANEXO VIII MODELO DE AVAL (Garantía definitiva del adjudicatario)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
________________________________________________________ NIF
____________________ con domicilio (a efectos de notificaciones y
requerimientos) en __________________________ en la calle/plaza/avda.
______________________________ C.P. ______________ y en su nombre
(nombre y apellidos de los apoderados) _______________________________
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la
verificación de la representación efectuada en el dorso de este documento.
AVALA
A: ____________________________________________________________
(nombre y apellidos o razón social del avalado) NIF
___________________________, en virtud de lo dispuesto en la TRLCSP y en
el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el RGLCAP,
para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y
obligación asumida por el garantizado)
_______________________________________________________________
________________________________________________ ante el Excmo.
Ayuntamiento de Abadiño, por importe de: _________________________ €
(letra y num.).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos
previstos en el artículo 56.2 del RGLCAP. Este aval se otorga solidariamente
respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excursión y
con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de
Xxxxxxx, con sujeción a los términos previstos en el TRLCSP, y en sus normas
de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Abadiño o quien
en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o
devolución, de acuerdo con lo establecido en el TRLCSP y legislación
complementaria.
(lugar y fecha)
(razón social de la entidad)
(firma de los Apoderados)
Bastanteo de Poderes realizado con fecha ______ de _________ de 20__
NOTA: Para el caso de garantías definitivas y siempre que la entidad a la que
se avala sea una unión de empresarios, no se admitirán garantías que
46
únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino
que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión
temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y
solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.
47
ANEXO IX. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
(Garantía definitiva del adjudicatario)
La entidad (razón social de la entidad aseguradora) _____________________
__________________ con N.I.F. _____________________________ y
domicilio (a efectos de notificaciones) en ___________ en la calle/plaza/avda.
________________________________ C.P. _____________ y en su nombre
(nombre y apellidos del/los Apoderado/s) ______________ ,
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de
_______________________________________________________.
ASEGURA
A: (nombre y apellidos o razón social del asegurado)
________________________________ con N.I.F. ______________ en
concepto de tomador del seguro, ante el Ayuntamiento de Abadiño, en
adelante asegurado, hasta el importe de: ____________________________ €
(en letra y núm.) en los términos y condiciones establecidos en el TRLCSP y
Normativa de Desarrollo, y pliego de cláusulas administrativas particulares por
la que se rige el contrato (detallar el objeto del contrato u obligación asumida
por el tomador del seguro) __________________________ en concepto de
garantía (expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional,
definitiva, etc.) ______________________________, para responder de las
obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a
las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al
asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos
previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho
al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura
del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el
asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan
corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer
requerimiento del Ayuntamiento de Abadiño y con sujeción a los términos
previstos en los textos legales anteriormente citados.
48
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de
Abadiño, o quién en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su
cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el TRLCSP, y
legislación complementaria.
En _______, a _____ de ___________ de 2018.
Fdo.:
49
Anexo X.- MODELO DE PRESENTACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA
(a presentar por el adjudicatario que tenga depositadas las cuentas
anuales en el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda)
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@_______, en relación con expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales.
DECLARA DE FORMA RESPONSABLE:
Para el adjudicatario que tenga depositadas las cuentas en Registro Mercantil
Que, los datos que a continuación se expresan, se corresponden fielmente con los que figuran en las Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro y correspondientes al ejercicio del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, autorizando la comprobación de la veracidad de los mismos al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
REGISTRO en el que se han depositado las
cuentas
EJERCICIO VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIO (IVA
excluido)
Para el adjudicatario que tenga depositadas las cuentas en otro Registro Oficial
Que, los datos que a continuación se expresan, se corresponden fielmente con los que figuran en las Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro, cuya copia adjunto, y correspondientes al ejercicio del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.
REGISTRO en el que se han depositado las
cuentas
EJERCICIO VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIO (IVA
excluido)
Y para que conste a efectos de acreditar la solvencia económica en la licitación enunciada, firma la presente
En __________, a ____ de ________ de 2018. Fdo.
50
Anexo XI.- MODELO DE PRESENTACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA
(a presentar por el adjudicatario que no tenga depositadas las cuentas anuales en el
Registro Mercantil o registro oficial que corresponda)
D/DÑA. ____________________________________, provisto/a del D.N.I.
________, actuando _______(en nombre propio/ en representación de la
empresa)__________________, con C.I.F. _______________, domicilio en
___________ calle _________________________________ C.P. _________,
tfno. _____________ y cuyo buzón electrónico donde realizar las
comunicaciones y notificaciones del presente procedimiento de licitación es
__________@_______, en relación con expediente de contratación promovido
por el Ayuntamiento de Abadiño para la contratación del servicio de limpieza
de los edificios y dependencias municipales.
DECLARA DE FORMA RESPONSABLE:
1. Que no tiene obligación de presentar las cuentas anuales en ningún registro oficial, por ser
Empresario individual
Asociación no reconocida de utilidad pública
Otros (especificar) ____________________.
2. Que teniendo obligación de presentar las cuentas anuales en algún registro, no lo ha hecho por la siguiente razón válida: _______________________________________________________________ _________________________________________________________.
3. Que acredita su solvencia económica y financiera aportando, además de la declaración responsable, los modelos 303 y/o 390 o equivalente de declaración del Impuesto de Valor Añadido ó el modelo 200 o equivalente del impuesto sobre Sociedades, o cualquier otro medio que permita su acreditación, por el motivo indicado en los puntos anteriores.
Documentación que se acompaña EJERCICIO VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIO (IVA
excluido)
Y para que conste a efectos de acreditar la solvencia económica en la licitación enunciada, firma la presente
En __________, a ____ de ________ de 2018.
Fdo.