PERÍODO: DEL FEBRERO A DE DICIEMBRE DE 2020.
CONTRATO No. 14/2020
“SERVICIO DE FUMIGACION PARA LAS OFICINAS DE ISDEMU” ORIGEN DE LOS FONDOS: GOES
PERÍODO: DEL FEBRERO A DE DICIEMBRE DE 2020.
CONTRATISTA: TROLEX COMPAÑÍA EXTERMINADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse TROLEX, S.A. DE C.V.
NOSOTRAS, XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, de
, del domicilio de
, con Documento Único de Identidad Número
años de edad,
, departamento de
con fecha de vencimiento el ocho de febrero de dos mil veinticinco, con Número de Identificación Tributaria
, actuando en nombre y representación del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER (ISDEMU) Institución Oficial
Autónoma de Derecho Público, de este domicilio, con Número de Identificación
Tributaria ,
en calidad de Directora Ejecutiva, según consta en: a) Acuerdo de Junta Directiva número CINCO numeral DOS, de fecha diecisiete de enero del año dos mil veinte, acta número UNO, de la PRIMERA sesión ordinaria de Junta Directiva, por medio del cual, la señora Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en su calidad de presidenta de Junta Directiva y con el aval unánime de esta, me nombra como Directora Ejecutiva, por el periodo comprendido del diecisiete de enero al dieciséis xx xxxxx del año dos mil veinte; y b) Acuerdo número SEIS numeral cinco, de fecha diecisiete de enero del año dos mil veinte, del acta número UNO, de la PRIMERA sesión ordinaria de Junta Directiva, mediante el cual se acuerda designar a la suscrita a partir de dicha fecha, para firmar de autorizado las Órdenes de Compra y Contratos que se generen en los procesos de Libre Gestión; por montos
superiores a cinco mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$5,000.00), provenientes del Presupuesto General de la Nación, y de cualquier fuente de financiamiento, así mismo firmar prorrogas o modificaciones de Órdenes de Compra o de Contratos; y quien en nombre del ISDEMU, en cumplimiento a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), está facultada para celebrar actos como el presente, y quien en el curso de este instrumento me denominare EL CONTRATANTE por una parte; y por otra XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, de años de edad, , del domicilio de
, departamento de , con Documento Único de Identidad número
, con fecha de vencimiento el veinte de febrero del dos mil veintisiete, y con Número de Identificación Tributaria
, quien actúa en calidad de Apoderada General Administrativa de la Empresa TROLEX COMPAÑÍA EXTERMINADORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede
abreviarse TROLEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad , del domicilio de departamento de , de plazo indefinido, con Número de
Identificación Tributaria
, calidad que compruebo mediante la siguiente documentación: a) Testimonio de Escritura Pública de Modificación de Escritura de Constitución y transcripción del nuevo pacto social de dicha sociedad, otorgada en la Ciudad de San Xxxxxxxx a las diez horas del día veinticinco xx xxxxx de dos mil diez, ante los oficios xxx xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, inscrita el día veintitrés xx xxxxxx del año dos mil diez en el Registro de Comercio al número CINCUENTA Y OCHO del Libro DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO, del folio cuatrocientos ocho al folio cuatrocientos veintiuno; y que le corresponde al Presidente de la Junta Directiva la representación Legal, judicial y
extrajudicial incluso el uso de la firma social de la sociedad. b) Credencial de Elección y nombramiento de la Junta Directiva de la sociedad, extendida en esta ciudad a los siete días del mes xx xxxxx del años dos mil dieciocho, por la secretaria de la junta directiva, XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, Inscrita en el Registro de Comercio bajo el numero CIENTO VEINTISEIS del libro TRES MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO, del folio cuatrocientos veinticuatro al folio cuatrocientos veinticinco del registro de sociedades, el día dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, en la que consta que en sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas de fecha seis xx xxxxx de dos mil dieciocho, ACTA NUMERO CIENTONUEVE en la cual el Licenciado XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, resulto electo como Director Presidente de la sociedad TROLEX, S.A. DE C.V., para un periodo de cinco años a partir de la fecha de su elección, c) Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Administrativo con Clausula Especial, en donde el señor XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX faculta especialmente a la señora XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, para que en nombre de la sociedad TROLEX, S.A. DE C.V. negocie, efectúe, suscriba y firme contratos de control de plagas y todos los relacionados al giro de la empresa ya sea con Instituciones de carácter público o privado, autónomas o semiautónomas y con las municipalidades, inscrita en el Registro de Comercio al número CUATRO del Libro UN MIL NOVECIENTOS VEINTRES del Registro de Otros Contratos Mercantiles, del folio veintiséis al treinta y uno de fecha seis xx xxxxx de dos mil diecinueve el cual se encuentra vigente a la fecha, por lo cual estoy plenamente facultada para otorgar actos como el presente y quien en este instrumento me denominare “LA CONTRATISTA”, y en las calidades antes expresadas, MANIFESTAMOS: Que hemos acordado otorgar y en efecto otorgamos proveniente del proceso de Libre Gestión número DIEZ / DOS MIL VEINTE, denominado “SERVICIOS DE FUMIGACIÓN PARA LAS OFICINAS ISDEMU”, el
presente contrato de SERVICIOS DE FUMIGACIÓN PARA LAS OFICINAS ISDEMU, de
conformidad a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, que en adelante se denominará LACAP, su Reglamento que en adelante se denominará RELACAP y a las cláusulas que se detallan a continuación: I) OBJETO DEL CONTRATO: LA CONTRATISTA se compromete a la prestación de servicios de fumigación contra insectos y roedores en las Oficinas del ISDEMU, el servicio objeto de este contrato será prestado por LA CONTRATISTA durante el plazo y en la forma establecida en la cláusula V del presente contrato, y al documento de Libre Gestión, la oferta presentada por y programación elaborada por el Administrador del Contrato. EL CONTRATANTE deberá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico financiero, legal y contable que razonablemente considere necesarias a efecto de salvaguardar los intereses que persigue. II) DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos:, Requisición de adquisición de obras, bienes y/o servicios números SEIS OCHO DOS TRES de fecha VEINTICINCO de octubre de 2019, documento de contratación para Libre Gestión diez/dos mil veinte, oferta entregada en la UACI de fecha siete de febrero de dos mil veinte, garantía de cumplimiento de contrato y otros documentos que emanaren del presente contrato, los cuales son complementarios entre sí y serán interpretados en forma conjunta, en caso de discrepancia entre alguno de los documentos contractuales y este contrato, prevalecerá el contrato. III) FUENTE DE LOS RECURSOS, PRECIO Y FORMA DE PAGO: Las obligaciones emanadas del presente instrumento serán cubiertas con cargo a Fondos GOES, para lo cual se ha verificado la correspondiente asignación presupuestaria. EL CONTRATANTE se compromete a cancelar a LA CONTRATISTA la cantidad de SIETE MIL CIENTO CINCUENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$7,150.00), los pagos se
realizaran en ONCE cuotas mensuales de SEIS CIENTOS CINCUENTA 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$650.00) incluyendo el Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la prestación de Servicios, dicho monto se pagarán en la Tesorería de ISDEMU dentro de los sesenta días hábiles después de haber retirado el quedan correspondiente en la Unidad Financiera Institucional, con previa presentación del informe sobre los trabajos realizados, las ordenes de los servicios debidamente completas, tal como lo establece la Sección II de las Especificaciones Técnicas del documento de contratación, acta de recepción original y factura consumidor final a nombre del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer consignando el descuento del uno por ciento (1%) en concepto de retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, de conformidad a lo establecido en el artículo ciento sesenta y dos inciso tercero del Código Tributario. IV) PLAZO DE CONTRATO Y VIGENCIA: La vigencia del presente contrato es de ONCE meses a partir del mes de febrero a diciembre de dos mil veinte, plazo en el cual LA CONTRATISTA debe brindar los servicios de fumigación en las oficinas del ISDEMU. V) FORMA Y LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS: LA CONTRATISTA
proporcionará el servicio de fumigación contra insectos y roedores de las Oficinas del ISDEMU, conforme a las condiciones detalladas en su oferta y a la SECCIÓN II ESPECIFICACIONES TECNICAS, del documento base para la contratación, los servicios objetos del presente contrato serán realizados una vez al mes, de acuerdo con la programación presentada por la Unidad de Servicios Generales, En las Oficinas Centrales, Bodega San Xxxxxxx, Oficina departamental La Libertad y Cabañas los trabajos de fumigación se realizarán los días viernes a las quince horas con treinta minutos.; en Panchimalco los viernes a las ocho horas.; en el Programa de Atención Integral, los jueves a las diecisiete horas con treinta minutos. y en el resto de las oficinas departamentales se realizarán los días viernes a las dieciséis horas, por lo tanto, LA CONTRATISTA deberá tomar en consideración estos horarios, así como también que
estos días pueden ser modificables debido al tipo de servicio que se da dentro de las oficinas del ISDEMU y deberá contar con personal suficiente y transporte adecuado para los días y horas señaladas; y dicho servicio será prestado en los lugares detallados a continuación: OFICINA CENTRAL: ubicada en la 0x.Xxxxxxx Xxxxx Xx.000 Xxx Xxxxxxxx; ARCHIVO INSTITUCIONAL: ubicado en 2ª Av. Sur y xxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxx, San Xxxxxxxx; ALBERGUE: Panchimalco; ESCUELA DE FORMACIÓN PARA LA IGUALDAD
SUSTANTIVA: Urbanización Altos de Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxx Xxxxxx, Xx 0, Xxx Xxxxxxxx; PROGRAMA INTEGRAL PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA LAS MUJERES :
29 Av. Xxxxx Xx 0000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxx; XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXX: 9ª. Calle Oriente No210, Colonia Xxxxxxxxxx, Santa Tecla, departamento de La Libertad; OFICINA DEPARTAMENTAL DE SANTA XXX: Esta oficina está ubicada en 25 Calle Poniente y Avenida Fray – Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxx Sur, Santa Xxx, contiguo a delegación de la PNC de dicha ciudad; OFICINA DEPARTAMENTAL DE AHUACHAPÁN: 1° Avenida Norte y 4° calle Oriente, casa 16 Ahuachapán; OFICINA DEPARAMENTAL DE SONSONATE: está ubicada en 10a Av. Norte No 78, Barrio El Xxxxx, Sonsonate, Departamento de Sonsonate; OFICINA DEPARTAMENTAL DE CHALATENANGO: ubicada en Avenida Libertad y 4ª calle Oriente, Barrio El Centro, Centro de Gobierno de la ciudad de Chalatenango; OFICINA DEPARTAMENTAL XX XXXXXXX: ubicada en 0x Xxxxxxx Xxx #00, Xxxxxx Xx Xxxxxxxx, Centro de Gobierno, Sensuntepeque, departamento xx Xxxxxxx; OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA PAZ: ubicada en Km. 56, Carretera Litoral y 10ª Av. Sur, Centro de Gobierno de Zacatecoluca, Departamento de La Paz; OFICINA DEPARTAMENTAL DE CUSCATLÁN: ubicada Final Av. Xxxx Xxxxx Xxxxx, Barrio Concepción, Antiguo Hospital de Cojutepeque, Cojutepeque, Cuscatlán; OFICINA DEPARTAMENTAL DE SAN XXXXXXX: xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, 0x xxxxx Xxxxxxxx, Xx 00, Xxx Xxxxxxx; XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX:
ubicada en Final 4ª Av. Sur, Centro de Gobierno, Usulután; OFICINA DEPARTAMENTAL DE SAN XXXXXX: ubicada en 00 Xxxxx Xxxxxxx x 0x. Avenida Sur, Centro de Gobierno de San Xxxxxx; OFICINA DEPARAMENTAL XX XXXXXXX: ubicada en 2ª calle Poniente, entre 1a y 3ª Avenida Norte, Barrio El Centro, San Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx; OFICINA DEPARTAMENTAL DE LA UNION: ubicada en 5ª calle Oriente entre 1ª Avenida Norte y Av. General Cabañas, Centro de Gobierno de La Unión, Departamento de La Unión. VI) GARANTIAS. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato LA CONTRATISTA otorgará a favor del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx - Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad al artículo treinta y cinco de la LACAP, equivalente al diez por ciento (10%) del valor contratado; la cual deberá exceder en la vigencia sesenta días posteriores al vencimiento del plazo del presente contrato, y deberá entregarse a la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, dentro de los quince días hábiles posteriores, contados a partir de la fecha en que reciba un ejemplar del contrato debidamente legalizado. VII) ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: El seguimiento al cumplimiento de las obligaciones contractuales estará a cargo el Administrador de Contrato, quien es Técnico de Mantenimiento, del Departamento de Servicios Generales y Logística, teniendo como atribuciones las establecidas en los artículos ochenta y dos Bis, de la LACAP, cuarenta y dos incisos terceros, setenta y cuatro, setenta y cinco incisos segundos, setenta y siete, ochenta y ochenta y uno del RELACAP. VIII) ACTA DE RECEPCIÓN: Corresponderá al Administrador del Contrato en coordinación con LA CONTRATISTA, la elaboración y firma de las actas de recepción, las cuales contendrán como mínimo lo que establece el artículo setenta y siete del RELACAP IX) MODIFICACIÓN: El presente contrato podrá ser modificado o ampliado en
sus plazos y vigencia antes del vencimiento de su plazo, de conformidad a lo establecido en los artículos ochenta y tres A y B de la LACAP, debiendo emitir El Contratante, la correspondiente resolución, modificativa, debiendo La Contratista en caso de ser necesario modificar o ampliar los plazos y montos de las Garantías de Cumplimiento de Contrato, según lo indique El Contratante y formará parte integral de este contrato. X) PRÓRROGA: Previo al vencimiento del plazo pactado, el presente contrato podrá ser prorrogado de conformidad a lo establecido en el artículo ochenta y tres de la LACAP y setenta y cinco del RELACAP; en tal caso, se deberá modificar o ampliar los plazos y montos de la Garantía de Cumplimiento de Contrato; debiendo emitir La Contratante la correspondiente resolución de prórroga. XI) CESIÓN. Salvo autorización expresa del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, La Contratista no podrá transferir o ceder a ningún título, los derechos y obligaciones que emanan del presente contrato. La transferencia o cesión efectuada sin la autorización antes referida dará lugar a la caducidad del contrato, procediéndose además a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. XII) RESPONSABILIDAD SOCIAL: Si durante la ejecución del contrato se comprobare por la Dirección General de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, incumplimiento por parte de La Contratista a la normativa que prohíbe el trabajo infantil y de protección de la persona adolescente trabajadora, se deberá tramitar el procedimiento sancionatorio que dispone el art. 160 de la LACAP para determinar el cometimiento o no dentro durante la ejecución del contrato, de la conducta tipificada como causal de inhabilitación en el artículo ciento cincuenta y ocho Romano V literal b) de la LACAP relativa a la invocación de hechos falsos para obtener la adjudicación de la contratación. Se entenderá por comprobado el incumpliendo a la normativa por parte de la Dirección General de Inspección de Trabajo, si durante el trámite de re inspección se determina que hubo subsanación por haber
cometido una infracción, o por el contrario se remitiere a procedimiento sancionatorio, y en este último caso deberá finalizar el procedimiento para conocer la resolución final.
XIII) SANCIONES: En caso de incumplimiento La Contratista expresamente se somete a las sanciones que emanaren de la LACAP ya sea por imposición de multa por xxxx, inhabilitación, extinción, las que serán impuestas siguiendo el debido proceso por El Contratante, a cuya competencia se somete para efectos de su imposición. XIV) TERMINACIÓN BILATERAL: Las partes contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a la contratista y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato, sin más responsabilidad que la que corresponda al servicio parcialmente ejecutado. XV) SOLUCIÓN DE CONFLICTO: En caso de conflicto ambas partes se someten a sede judicial señalando para tal efecto como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la competencia de cuyos tribunales se someten; en caso de embargo a La Contratista, El Contratante nombrará al depositario de los bienes que se le embargaren a La Contratista, quien releva al Contratante de la obligación de rendir fianza y cuentas, comprometiéndose La Contratista a pagar los gastos ocasionados, inclusive los personales aunque no hubiere condenación en costas. XVI) INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO: El INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER se reserva la facultad de interpretar el presente contrato, de conformidad a la Constitución de la República, la LACAP, el RELACAP, demás legislación aplicable, y los Principios Generales del Derecho Administrativo y de la forma que más convenga a los intereses del INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER con respecto a la prestación objeto del presente instrumento, pudiendo en tal caso girar las instrucciones por escrito que al respecto considere convenientes. La Contratista expresamente acepta tal
disposición y se obliga a dar estricto cumplimiento a las instrucciones que al respecto dicte el INSTITUTO SALVADOREÑO PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER. XVII) MARCO
LEGAL: El presente contrato queda sometido en todo a la LACAP, RELACAP, la Constitución de la República, y en forma subsidiaria a las Leyes de la República de El Xxxxxxxx, aplicables a este contrato. XVIII) NOTIFICACIONES: EL CONTRATANTE señala como lugar para recibir notificaciones en oficinas centrales ubicadas en Novena Avenida Norte Número ciento veinte, San Xxxxxxxx; correo electrónico: x.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Jefatura de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales, teléfono: dos cinco uno cero – cuatro uno uno cinco; fax: dos cinco uno cero – cuatro uno uno cuatro y LA CONTRATISTA señala para el mismo efecto la siguiente dirección en
; correo electrónico:
. Teléfono número:
, Todas
las comunicaciones o notificaciones referentes a la ejecución de este contrato serán válidas solamente cuando sean hechas por escrito en las direcciones que las partes han señalado. En fe de lo firmamos en tres ejemplares; en la ciudad de San Xxxxxxxx departamento de San Xxxxxxxx, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil veinte.