PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A.
BASES ADMINISTRATIVAS POR COMPETENCIA MAYOR PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS
CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU
Í N D I C E
Página
1. GENERALIDADES 2
2. DE LOS POSTORES 2
3. MARCO LEGAL 2
4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL 2
5. RECURSOS FINANCIEROS 2
6. VALIDEZ DE LA OFERTA 2
7. PLAZO DE ENTREGA 2
8. GARANTÍAS 2
9. CONDICIONES DEL PROCESO 3
10. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 5
11. METODOLOGIA DE EVALUACIÓN 5
12. PUNTAJE PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA 5
13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 5
14. RECURSO DE APELACIÓN Y REVISIÓN 5
15. CONTRATO 6
16. FORMA DE PAGO 7
17. PERSONAL DE LA CONTRATISTA 7
18. PAGO AL PERSONAL DE LA CONTRATISTA 7
19. SEGUROS 8
20. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL 8
21. DISTINCIÓN RESPECTO A LA INTERMEDIACIÓN LABORAL 8
22. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL 8
ANEXOS
ANEXO Nº 1 MODELO DE DECLARACION JURADA DEL POSTOR 9
ANEXO Nº 2 MODELO DE DECLARACION JURADA DE SER MICRO O PEQUEÑA EMPRESA 10
ANEXO Nº 3 MODELO DE DECL. JURADA BONIF. 20% - PERSONAS JURÍDICAS 11
ANEXO Nº 3-A MODELO DE DECL. JURADA BONIF. 20% - PERSONAS NATURALES 12
ANEXO Nº 4 MODELO DE PROMESA DE CONSORCIO 13
ANEXO Nº 5 MODELO DE LA CARTA PROPUESTA XXXXXXXXX 00
XXXXX Xx 0-X PRESUPUESTO DETALLADO 15
ANEXO Nº 6 CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACION PROPUESTAS 16
ANEXO Nº 6-A MODELO DE CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE SERVICIOS 18
ANEXO Nº 7 CARTA PRESENTACION DE PERSONERO O POSTOR 19
ANEXO Nº 8 PROFORMA DE CONTRATO 20
ANEXO Nº 9 FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR CONTRATO 25
ANEXO Nº 10 AVISO DE CONVOCATORIA 26
ANEXO Nº 11 CONSTANCIA DE INSCRIPCION 27
ANEXO Nº 12 BASES TECNICAS 28
ADJUNTOS
ADJUNTO Nº 1 RELACIÓN DE LOCALES UBICADOS EN EL CLUB PUNTA ARENAS 36
PETRÓLEOS DEL PERÚ – PETROPERÚ S.A. OPERACIONES TALARA
BASES ADMINISTRATIVAS PARA EL PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR
CMA-0017-2007-OTL/PETROPERÚ
(Nº INTERNO CMA-0600327-2007-SRVG/OTL)
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS”
1. GENERALIDADES
Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., en adelante PETROPERU, con RUC 20100128218, domiciliado en Xxxxx 000 acceso Portón Nº 5 del Área Industrial - Refinería Talara convoca la contratación del Servicio de Alimentación en Comedor Autoservicio del Club Punta Arenas, que se realizará en proceso por Competencia Mayor en los términos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativas y en las Bases Técnicas Anexo Nº 12.
2. DE LOS POSTORES
Los postores deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE, hasta que se implemente la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU (BDPC); y haber adquirido las presentes Bases.
Al momento de la entrega de las Bases, los postores dejarán constancia escrita del nombre o razón social con que participarán en el proceso, precisando su domicilio legal, teléfono, fax y correo electrónico a las que se remitirán las comunicaciones pertinentes, sin perjuicio de la notificación en el SEACE (Anexo Nº 11).
3. MARCO LEGAL
Los postores y las propuestas deberán cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativas y Bases Técnicas, así como con las disposiciones legales vigentes.
4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
El Monto Estimado Referencial para la ejecución del servicio asciende a la suma de:
S/. 1,336,039.81 (Un millón trescientos treinta y seis mil treinta y nueve con 81/100 Nuevos Soles).
El monto estimado referencial incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y costos laborales conforme a la legislación vigente; así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el monto del servicio a contratar.
El Estudio xx Xxxxxxx para determinar el monto estimado referencial fue realizado en Julio del 2007.
En caso el Monto Total de la mejor oferta supere el Monto Estimado Referencial, el Otorgamiento de la Buena Pro estará sujeto a la aprobación de PETROPERU.
Respuesta Consulta No. 1:
El Monto Estimado Referencial indicado en las Bases incluye IGV.
5. RECURSOS FINANCIEROS
Recursos propios de PETROPERÚ.
6. VALIDEZ DE LA OFERTA
El Plazo mínimo de validez de oferta será de Ciento veinte (120) días calendarios, a partir de la fecha de recepción de propuestas.
7. PLAZO DE ENTREGA
Plazo máximo de ejecución del servicio es de dos (2) años calendarios.
Las penalidades se aplicarán de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERU, en adelante el Reglamento.
8. GARANTÍAS
El postor deberá presentar la siguiente garantía:
Garantía de Fiel Cumplimiento.- Debe tener un importe equivalente al 10% del monto contractual incluido IGV. y una vigencia hasta un mes posterior de la conformidad de la recepción de la prestación del servicio. En el caso que fuese renovado el plazo del Contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento deberá también ser renovada por un término igual al señalado para el cumplimiento del mismo.
La garantía será de carácter incondicional, solidaria, irrevocable, de realización automática, y sin beneficio de excusión, al solo requerimiento de PETROPERU, bajo responsabilidad de las Entidades que las emiten.
La garantía sólo se ejecutará en los siguientes casos:
8.1 Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, el contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno.
Una vez culminado el contrato, y siempre que no existan deudas a cargo del contratista, el monto ejecutado le será devuelto a éste sin dar lugar al pago de intereses.
8.2 La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual la Entidad resuelve el contrato por causa imputable al contratista, haya quedado consentida o cuando por
laudo arbitral consentido y ejecutoriado se declare procedente la decisión de resolver el contrato. El monto de la garantía corresponderá íntegramente a la Entidad, independientemente de la cuantificación del daño efectivamente irrogado.
8.3 Igualmente, la garantía de fiel cumplimiento se ejecutará cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en el acta de conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Esta ejecución será solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.
La mencionada garantía deberá ser emitida por entidad sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar considerada en la última lista de Bancos Extranjeros de Primera Categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva.
Devolución de Garantía: La garantía será devuelta una vez que la recepción de la prestación a cargo del Contratista esté aprobada por PETROLEOS DEL PERU S.A.
9. CONDICIONES DEL PROCESO
9.1 Las consultas a las Bases serán formuladas por escrito a la siguiente dirección: Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. Operaciones Talara.
Av. Xxxx S/N – Refinería Talara Oficina de Trámite Documentario - Acceso por Xxxxxx Xx 0 Xxxxxx – Xxxxx - Xxxx.
Referencia: Contratación Mayor Nº CMA-0017-2007-OTL/PETROPERÚ. Atención: Órgano Ad-Hoc.
Fax 000-000000.
E-mail: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
El plazo para la presentación de consultas se indica en el aviso de convocatoria publicado en el SEACE y en el Anexo Nº 10 de las presentes Bases.
Las respuestas a las consultas se notificarán a través del SEACE en la fecha indicada en el aviso de convocatoria.
9.2 Las respuestas a las consultas formarán parte de las presentes Bases y se integrarán a éstas en la fecha indicada en aviso de convocatoria publicado en el SEACE y en el Anexo Nº 10 de las presentes Bases.
9.3 El proceso de contratación podrá ser declarado desierto por las causales a que se contrae el numeral 10 del Anexo Nº 1 del Reglamento.
Asimismo, podrá cancelarse el proceso de contratación hasta antes del otorgamiento de la buena pro, según las causales previstas en el numeral 11 del Anexo Nº 1 del Reglamento
El proceso de contratación podrá ser declarado nulo por las causales a que se contrae el numeral 12 de Anexo Nº 1 del Reglamento.
9.4 PETROPERU podrá postergar las etapas del proceso, incluso hasta momentos previos a la realización del acto respectivo; las nuevas fechas serán dadas a conocer por los mismos medios en que se efectuó la convocatoria.
En caso de que el día señalado en el cronograma resulte no laborable para PETROPERU, e l acto se efectuará al día hábil siguiente, dejándose constancia de esta circunstancia en el acta.
9.5 El acto de presentación de propuestas se realizará en el lugar, fecha y hora señalados en el aviso de convocatoria publicado en el SEACE y en el Anexo Nº 10 de las presentes Bases.
Forma de Presentación
En dos sobres cerrados: Sobre 1: Propuesta Técnica y Sobre 2: Propuesta Económica, indicando el número y objeto del proceso y el nombre del postor.
SOBRE Nº 01
PROPUESTA TÉCNICA
Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA
CONTRATACIÓN MAYOR Nº CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU PRIMERA CONVOCATORIA
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS”
<Nombre del Postor>
SOBRE Nº 02
PROPUESTA ECONÓMICA
Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. OPERACIONES TALARA
CONTRATACIÓN MAYOR Nº CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU PRIMERA CONVOCATORIA
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS”
<Nombre del Postor>
Acreditación de Representante.-
Para los actos públicos de Presentación de Propuestas (Sobres Nº 1 y 2), Apertura Sobre Nº 2 y Otorgamiento de la Buena Pro, las personas naturales concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Órgano Ad-Hoc mediante carta poder simple, las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado, acreditado con carta poder simple, según modelo Anexo Nº 7. Una persona natural no podrá representar a más de un postor.
9.6 Contenido de las propuestas
Las propuestas serán presentadas en original y dos copias, y deben estar foliadas y firmadas por el postor o su representante legal o apoderado.
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA
La propuesta técnica deberá contener, cuando menos, los siguientes documentos
➢ Declaración Jurada del Postor según formato del Anexo Nº 1. (*)
➢ Declaración Jurada de ser una pequeña o microempresa, cuando corresponda, Anexo Nº 2. (*).
➢ Declaración Jurada de bienes o servicios elaborados dentro del territorio Nacional, cuando corresponda. Anexo Nº 3 y 3-A(*)
➢ Promesa de Consorcio, de acuerdo a la normativa en materia de contrataciones y adquisiciones del Xxxxxx, Xxxxx Xx 0.
➢ Documentación que acredite los factores de evaluación establecidos, Anexo Nº 6.
(*) En caso de consorcio la documentación será presentada de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 003–2003/CONSUCODE/PRE, sobre consorcios.
CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica deberá contener la oferta económica y el detalle de precios unitarios expresado en Nuevos Soles, de acuerdo al Modelo de presentación indicado en los Anexos Nº 5 y 5-A.
9.7 Todos los documentos que contengan información esencial sobre las propuestas se presentarán en idioma español o, en su defecto, acompañados de traducción por un traductor público juramentado, salvo el caso de la información complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en idioma español o inglés. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Toda información entregada por el postor en su propuesta tendrá carácter de declaración jurada.
9.8 Sin perjuicio del principio de presunción de veracidad, PETROPERU se reserva el derecho de verificar lo informado en las propuestas. De advertirse información falsa o inexacta se descalificará al postor, sin que ello pueda dar derecho a los postores a demandar pérdidas o intereses por los gastos en que hubieran podido incurrir, como consecuencia de la preparación y presentación de las ofertas, de la constitución de garantías o de cualquier otro concepto.
9.9 El acto de presentación de propuestas se inicia cuando el Órgano Ad-Hoc empieza a llamar a los proveedores para que entreguen sus propuestas. El Órgano Ad-Hoc abrirá los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor y verificará que los documentos presentados sean los solicitados por las Bases, de no ser así, el Órgano Ad-Hoc devolverá la propuesta teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acto y el Notario mantendrá la propuesta en su poder hasta que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
9.10 PETROPERU, podrá solicitar a los postores documentos aclaratorios, siempre que ello no constituya modificación de su propuesta técnico – económica.
Se entiende por modificación, la variación de precios, condiciones de pago, financiamiento, requerimientos técnicos mínimos, plazo de entrega exigido en las bases u ofertado por los postores y otras condiciones que hubieran sido determinantes durante la evaluación de propuestas.
La facultad de solicitar aclaraciones respecto de la propuesta técnica se podrá ejercer durante la etapa de evaluación técnica y hasta antes de la apertura del sobre económico. En el caso de la propuesta económica se podrá solicitar aclaración durante la etapa de evaluación económica y hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro. El postor tendrá un plazo no mayor a dos (02) días hábiles para presentar las aclaraciones solicitadas, computado desde la fecha en que se le cursa el requerimiento.
9.11 Los defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, que no modifiquen el alcance de la propuesta serán subsanados por el postor en un plazo de un (1) día, desde el día siguiente de la notificación para que el postor lo subsane, en cuyo
caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del
defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.
10. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
El Órgano Ad-Hoc evaluará las propuestas que cumplan con lo especificado en las Bases, considerando los criterios y parámetros de evaluación detallados en los numerales subsiguientes.
Las propuestas serán descalificadas cuando:
• No incluyan la documentación requerida para la acreditación de las condiciones y especificaciones mínimas requeridas por PETROPERU
• Contengan información discrepante con los folletos, instructivos, catálogos o similares.
• Contengan información falsa o inexacta
• No alcancen el puntaje mínimo requerido para acceder a la evaluación económica
• Se adviertan errores en la propuesta económica.
11. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
11.1 La evaluación de las propuestas se realizará en dos etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta conforme a los factores, criterios y puntajes establecidos en las Bases, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta.
11.2 Evaluación técnica. Los factores serán de acuerdo al Anexo Nº 6.
11.3 La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de forma inversamente proporcional.
11.4 Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje total será el promedio ponderado de las evaluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje de la evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje de la evaluación económica del postor i
c1 = 0.60 Coeficiente de ponderación de la evaluación técnica
c2 = 0.40 Coeficiente de ponderación de la evaluación económica
La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga mayor puntaje total.
12. PUNTAJE PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA
Para acceder a la evaluación económica, el postor deberá obtener 90 puntos como mínimo en la evaluación técnica.
13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
13.1. PETROPERU otorgará la buena pro a la propuesta o propuestas que obtenga el mayor puntaje según lo establecido en estas Bases.
13.2. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena se efectuará observando estrictamente el siguiente orden:
a) Con preferencia a favor de las micro o pequeñas empresas ganadoras.
b) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje Técnico.
c) A través del sorteo, en el mismo acto.
13.3. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificada a todos los postores en la misma fecha del acto público, sin admitirse prueba en contrario. Adicionalmente, se publicará en el SEACE y de ser el caso en los otros medios en que se efectuó la convocatoria
El registro del otorgamiento de la Buena Pro incluirá el acta y el cuadro comparativo detallado con los resultados de la evaluación.
14. RECURSOS DE APELACIÓN Y REVISIÓN
Los postores podrán interponer los recursos de apelación y revisión, según lo establecido en el Reglamento, de acuerdo a lo siguiente:
14.1 Los postores podrán presentar recursos de apelación ante PETROPERÚ después de otorgada la Buena Pro. El plazo para su interposición es de tres (03) días hábiles siguientes a la notificación de la Buena Pro a través del SEACE.
El recurso de Apelación será presentado únicamente en la Oficina de Trámite Documentario de Operaciones Talara, sito en Av. Xxxx S/N – Refinería Talara - Acceso por Portón Nº 1 Talara, dentro del horario de atención (de 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.)
14.2 Al momento de la presentación del recurso de apelación los postores adjuntarán una garantía irrevocable, solidaria, incondicional y de realización automática, por el 1% del Monto Estimado
Referencial a favor del CONSUCODE
Dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada en el SEACE la resolución que resuelve el recurso de apelación, podrá interponerse recurso de revisión ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Vencido el plazo máximo de ocho (8) días hábiles sin que PETROPERÚ publique en el SEACE su resolución, el postor apelante tendrá por denegado su recurso y podrá interponer recurso de revisión contra la denegatoria ficta ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. PETROPERÚ elevará todo lo actuado al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, incluyendo la garantía, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, luego de haber recibido el requerimiento del Tribunal
Cuando se declare infundado o improcedente el recurso se ejecutará la garantía.
15. CONTRATO
15.1. Para la suscripción del Contrato (según proforma del Anexo Nº 8) el postor ganador de la Buena Pro deberá entregar:
❖ Constancia vigente de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado, expedida por el CONSUCODE (en el caso de Consorcio, de cada uno de los integrantes)
❖ Fotocopia Simple de:
a) Registro Único de Contribuyente del Postor (RUC).
b) Documento de identidad del Postor o de su Representante Legal, o del Apoderado del Consorcio, según corresponda.
❖ Documento Original de:
a) Vigencia de Poder, expedido por el Registro de Mandatos y Poderes del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos, correspondiente a la(s) persona(s) que va(n) a suscribir el Contrato, debiéndose indicar las facultades para suscribir el Contrato y otros actos administrativos derivados de los procesos de selección en el que están participando. En la etapa de ejecución contractual, en caso de que los poderes hayan sido revocados, extinguidos o cambiado al representante legal o apoderado común (consorcio), deberán hacer de conocimiento a PETROPERÚ.
b) Contrato de Consorcio con firmas legalizadas ante Notario Público de los representantes legales de los postores que se consorcian, de acuerdo con los dispuesto en la Directiva Nº 001-2001/CONSUCODE/PRE.
❖ Garantía de Fiel Cumplimiento (De acuerdo al numeral 8 de las presentes Bases)
Antes de iniciar el Servicio, el contratista ganador de la buena pro, deberá presentar los siguientes documentos:
• Certificado Medico, original, donde se indique la realización del examen al personal propuesto para la ejecución del servicio.
• Copia del Contrato de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo-SCTR “Ficha de Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud (Declaración Jurada) Formulario 6056 de ESSALUD debidamente suscrito por el Representante de la Empresa ganadora de la Buena Pro y emitida por ESSALUD o con una Compañía de Seguros, vigente, a la que adjuntarán copia del comprobante de pago del aportes/prima, mensual, según corresponda.
• Copia de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo emitida por la Oficina de Normalización Previsional – ONP ó una Compañía de Seguros, con los que se acrediten la contratación de la cobertura de invalidez y sepelio en concordancia con lo normado x Xxx, por el tiempo que dure la prestación del servicio.
Vigencia: La vigencia para tener derecho a las coberturas de salud o pensiones del SCTR, lo da el pago mensual, obligatorio, que debe hacer el CONTRATISTA a EsSalud o Compañía de seguros con quien celebró el contrato anual por este seguro de alto riesgo.
(*)De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19° de la Ley 26790, el Anexo Nº 05 y los Artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por D.S. No.009-97-SA y modificado por el D.S. No.003-98-SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas que destacan su personal a las instalaciones de Operaciones Talara, están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio
Respuesta Consulta No. 2:
El CERTIFICADO MÉDICO debe ser de carácter obligatorio para todo el personal, se refiere al EXAMEN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS, que incluye como mínimo: Examen de heces (parasitologico), pulmones(BK), V.D.R.L (SEROLOGICAS). Asimismo un examen medico general, para descartar hongos, infecciones cutáneas etc.
15.2. Dentro de los cinco (5) días hábiles de consentida la Buena Pro, PETROPERU deberá citar al postor ganador de la Buena Pro otorgándole un plazo de 10 días hábiles para entregar la garantías y demás documentos indicados en el numeral precedente. Este plazo podrá ser ampliado
hasta en 10 días hábiles. Por ningún motivo los plazos podrán ser mayores al de la validez de la(s) oferta(s) de la(s) propuesta(s) ganadora(s).
15.3. El Incumplimiento de lo estipulado en el numeral anterior, en el plazo establecido, originará la pérdida de la Buena Pro, y PETROPERU ejecutará y tramitará el honramiento de las garantías correspondientes, procediéndose a consignar este hecho en la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU, aplicándose la sanción que corresponda según Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU, informándose al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones de este hecho.
15.4. Una vez cumplido con lo indicado en el numeral 15.2 de las Bases, PETROPERU suscribirá el Contrato respectivo; sí dentro del plazo de 5 días hábiles el postor ganador de la Buena Pro no suscriba el contrato; de no presentarse perderá la Buena Pro, procediéndose seguidamente, según lo indicado en el numeral anterior. PETROPERU podrá ampliar el plazo, pero por ningún motivo será mayor al de validez de la(s) oferta(s) de la(s) propuesta(s) ganadora(s).
15.5. En los casos mencionados en los numerales 15.3 y 15.4 de las Bases, PETROPERU podrá optar por adjudicar la buena pro al postor que ocupó el siguiente lugar de acuerdo a lo previsto en el Reglamento y siguiendo el mismo procedimiento.
16. FORMA DE PAGO:
PLAZO PARA LOS PAGOS:
El Contratista podrá presentar valorizaciones quincenales por el Servicio efectuado en dicho período. PETROPERU efectuará el pago a los 10 días posteriores a la correcta presentación de la factura y previa conformidad de los servicios prestados. Dichos pagos tendrán el carácter de pagos a cuenta.
Para tal efecto, los encargados de emitir la conformidad de recepción de servicios, deberán hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser éstos recibidos, a fin de permitir que el pago se realice puntualmente.
El contratista consignará obligatoriamente en su factura el número y descripción del contrato. La factura no será tramitada si no cumple con estos requisitos.
El contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en los Artículos 1244º, 1245º Y 1246º del Código Civil en caso de retraso en el pago, contado desde la oportunidad en que éste debió efectuarse.
Se establece un reajuste de precios unitarios que se haría efectivo cuando la variación acumulada calculada con el Índice General de Precios al por mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI, supere el 5%, tomado como Base el mes de presentación de propuestas.
CONDICIONAMIENTO DEL PAGO DE LAS VALORIZACIONES
El pago de las valorizaciones parciales y/o final estará supeditado a la acreditación previa por parte del contratista del pago de los sueldos, salarios y demás beneficios sociales que de acuerdo a la legislación laboral vigente le corresponden a sus trabajadores que intervienen en la prestación del servicio.
A efectos de que sea posible la acreditación del pago de los derechos laborales y demás beneficios sociales de los trabajadores, el contratista deberá presentar adjunto a su factura los siguientes documentos:
a) Copia de la Planilla de Remuneraciones de los Trabajadores, que acredite el pago de sus sueldos y demás beneficios sociales.
b) Las boletas de pago de todo el personal comprendido en el servicio, con indicación expresa del pago por concepto xx xxxxxx o salario y demás beneficios y contribuciones sociales que señala la normatividad vigente y que se deriven de la propuesta del contratista.
c) Las constancias de pago por concepto de aportaciones a ESSALUD, SPP o el Sistema Nacional de Pensiones, CTS y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) u otra obligación que exista o se cree, del personal que presta el servicio a la contratista
En caso de que el contratista no cumpla con adjuntar a su valorización la documentación antes indicada, la valorización le será devuelta, y el plazo para la aprobación de la misma por la dependencia correspondiente, empezará a contabilizarse desde la fecha de subsanación de las observaciones formuladas, siendo de su responsabilidad el oportuno pago de su personal
INFORMACIÓN PARA BENCHMARKING
La contratista deberá adjuntar a sus facturas la información respecto al número de horas trabajadas en el servicio.
Esta información se presentará en el formato de control de horas hombre trabajadas por contrato, distribución, costo, que se adjunta para tal efecto. Xxxx incluirse a supervisores, personal secretarial en las horas que corresponden al trabajo contratado y todo el personal que ejecuta directamente el trabajo.
En este mismo formato deberá reportarse el desagregado de los montos facturados es decir aquello que corresponden a mano de obra, materiales y otros incluyendo los gastos generales y utilidad (Ver Anexo Nº 9).
17. PERSONAL DE LA CONTRATISTA
La Contratista proporcionará para la ejecución de los trabajos el personal, los equipos, las herramientas, etc., por su cuenta y responsabilidad, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su personal, el cual dependerá exclusivamente de él y respecto del cual PETROPERU SA. no tiene relación laboral alguna.
18. PAGO AL PERSONAL DE LA CONTRATISTA
La Contratista es la única responsable del pago íntegro de los sueldos, beneficios, vacaciones, gratificaciones, compensación por tiempo de servicios (CTS), aportes al SNP ó SPP y demás beneficios sociales en general, sin excepción alguna, correspondientes a cada uno de los trabajadores que ésta decidió contratar, a efectos de cumplir con el objeto del contrato que suscribió la Contratista con PETROPERU SA. No responsabilizándose PETROPERU SA. por ninguno de estos conceptos.
Los pagos a su personal y demás obligaciones sociales, deberán ser efectuados por el contratista dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente para cada uno de ellos. Dichos pagos serán de cargo del contratista, no siendo transferibles a PETROPERU S.A.; teniendo el contratista la obligación de provisionar los montos de acuerdo a los costos y porcentajes de su propuesta económica. PETROPERU S.A. cancelará las valorizaciones que corresponda, previa acreditación de haber realizado el pago a su personal y obligaciones sociales.
La Contratista tiene la obligación de presentar a PETROPERU S.A., todos los documentos que acrediten los pagos a sus trabajadores que laboren en forma fija o eventual en la prestación del servicio. Asimismo, en caso lo requiera PETROPERU SA., el contratista facilitará el acceso a las planillas de remuneraciones, boletas de pago y aportes sociales, a través de uno ó más Supervisores de PETROPERU SA., para verificar el cumplimiento de las obligaciones con su personal y la seguridad social.
Condición para Rescisión Contractual
Se considera como incumplimiento de las obligaciones contractuales, el retraso injustificado en el pago de las remuneraciones y demás beneficios sociales a cargo del contratista, de acuerdo a la estructura de costos presentada en su propuesta económica.
En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales, PETROPERU S.A. requerirá vía notarial, el cumplimiento de la obligación contractual a cargo de la Contratista. De persistir el incumplimiento, PETROPERÚ S.A. remitirá carta notarial resolviendo el contrato, procediendo la ejecución de las garantías otorgadas por el contratista.
19. SEGUROS
El contratista es responsable de cualquier daño que pueda sufrir el personal a su cargo, que interviene en la ejecución del servicio, para lo cual debe contar con los seguros pertinentes, que establecen las leyes y el contrato, quedando liberado PETROPERU S.A. de cualquier responsabilidad.
El personal del contratista deberá estar inscrito obligatoriamente en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto en la cobertura de salud (ESSALUD o EPS) como en la cobertura de pensión por invalidez, sobrevivencia y sepelio (ONP y Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para lo cual deberán contar con las respectivas pólizas de seguro. Estas pólizas deberán tener validez para todas las áreas involucradas en el contrato. Es obligación de la empresa contratista presentar, antes de iniciar la ejecución del contrato, copia de la póliza del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) emitida por la ONP o una compañía de Seguros y copia de la Ficha de Afiliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud, emitida por ESSALUD o EPS.
20. INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL
Las partes contratantes dejan constancia expresa que, el contrato suscrito es de naturaleza civil, y que no existe relación laboral entre XXXXXXXXX SA. y el contratista, ni entre PETROPERU SA. y el personal del contratista y/o subcontratista si lo hubiera, el mismo que dependerá exclusivamente del contratista.
Atendiendo a la inexistencia de una relación laboral y a la naturaleza civil del servicio, el presente Contrato es un Contrato de Locación de Servicios, rigiéndose por lo dispuesto en los artículos 1764° y siguientes del Código Civil.
21. DISTINCIÓN RESPECTO A LA INTERMEDIACIÓN LABORAL
El presente contrato no constituye un contrato de Intermediación Laboral, no siendo aplicable lo dispuesto en la Ley Nº 27626 (Ley que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores) y el Decreto Supremo Nº 003-2002-TR (Reglamento de Intermediación Laboral.)
22 . SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL.
Toda controversia que surja entre las partes, desde la formalización del contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según lo establecido en el Reglamento, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación de la relación contractual. Este plazo es de caducidad.
ANEXO Nº 1
MODELO DE DECLARACION JURADA CON DATOS DEL POSTOR
Señores
PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Talara.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR - CMA- -2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: ……………………………………………………………………
Estimados Señores:
(Indicar Nombre o Razón Social). , con Nº de RUC
…………..………………..Nº de Inscripción Electrónica vigente en el RNP del Consucode y Domicilio
Fiscal en …….......………………………………...…………………….…………., representada por su Sr.
………..…………………………………..…………………………….…… identificado con L.E. ó DNI No.
……………………..., declaramos bajo juramento lo siguiente:
a) No tiene impedimento para participar en el proceso de contratación ni para contratar con el Estado, de acuerdo al numeral 8 del Reglamento de Gestión de la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU.
b) No ha participado en la elaboración de los estudios o información técnica previa que da origen al proceso de contratación y sirve de base para el objeto del contrato, salvo en el caso de los contratos de supervisión,
c) Xxxxxx, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección,
d) Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efecto del proceso,
e) Se compromete a mantener su oferta durante el plazo de vigencia correspondiente, y
f) Conoce las sanciones que estipula el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores de Petroperú, la normativa en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado y la Ley Nº 27444.
Nombre y Firma del Representante Legal Nombre de la Empresa
ANEXO Nº 2
MODELO DE DECLARACION JURADA DE SER MICRO O PEQUEÑA EMPRESA
Lugar,…….de de 2007
Señores
PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Talara.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR - CMA 2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: …………………………………………………………………………………
Estimados Señores:
Por la presente yo, ……….………………………………………………………………………… identificado con DNI Nº …………………………………., declaro bajo juramento que la Empresa ……………….……
………………….…………………………………………………….., que represento, es una:
PEQUEÑA EMPRESA
MICROEMPRESA
Nombre y Firma del Representante Legal Nombre de la Empresa
ANEXO Nº 3
MODELO DE DECLARACION JURADA BONIFICACIÓN 20%
(PARA PERSONAS JURIDICAS)
Lugar,…….de de 2006
Señores
CONTRATACIONES - UNIDAD LOGÍSTICA PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Talara.-
Ref.: COMPETENCIA MENOR - CME-00 -2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: …………………………………………………………..
Estimados Señores:
Declaro bajo juramento que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:
➢ Que el servicio solicitado será prestado dentro del territorio nacional y en consecuencia estamos sujetos al beneficio del 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica – económica de conformidad con la Ley 27633, LEY DE PROMOCIÓN TEMPORAL DEL DESARROLLO PRODUCTIVO NACIONAL, sus normas modificatorias y complementarias.
➢ Que nuestra empresa realiza operaciones sustanciales en el territorio nacional con personería jurídica constituida, autorizada y domiciliada en el país, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM.
➢ Que tenemos mas del 50% del total de nuestros activos fijos ubicados en el país y mas del 60% de nuestra facturación se realiza dentro del territorio nacional, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 043-2001-ITINCI/DM.
Atentamente,
Nombre y firma del Representante legal Nombre de la Empresa
Nota: Solo se otorgara el beneficio del 20% a los postores que presenten esta declaración Jurada de conformidad con el comunicado Nº 015-2001-(PRE) del CONSUCODE.
ANEXO Nº 3-A
MODELO DE DECLARACION JURADA BONIFICACIÓN 20%
(PARA PERSONAS NATURALES)
Lugar,…….de de 2006
Señores
CONTRATACIONES - UNIDAD LOGÍSTICA PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Talara.-
Ref.: COMPETENCIA MENOR - CME-00 -2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: …………………………………………………………..
Estimados Señores:
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
➢ Que el servicio solicitado será prestado dentro del territorio nacional y en consecuencia estamos sujetos al beneficio del 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica – económica de conformidad con la Ley 27633, LEY DE PROMOCIÓN TEMPORAL DEL DESARROLLO PRODUCTIVO NACIONAL, sus normas modificatorias y complementarias.
➢ Conforme a lo establecido en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM, cumplo con el requisito de ser domiciliado en el país, para suministrar dicho servicio.
Atentamente,
Nombre y firma del Representante legal Nombre de la Empresa
Nota: Solo se otorgara el beneficio del 20% a los postores que presenten esta declaración Jurada de conformidad con el comunicado Nº 015-2001-(PRE) del CONSUCODE
ANEXO Nº 4
PROMESA DE CONSORCIO
(Esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente)
Lugar,..…... de. del 2007
Señores
PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Ciudad.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR - CMA- -2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: ……………………………………………………………………
Estimados Señores:
Por la presente, nos dirigimos a ustedes para hacer de su conocimiento que las empresas que representamos hemos acordado constituir un Consorcio para intervenir en el proceso de la referencia, y nos comprometemos a cumplir con las disposiciones de la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE y el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., bajo las siguientes condiciones:
Nombre del Consorcio | ||
Representante legal del Consorcio | Nombre | |
DNI | ||
Domicilio legal común |
El nombre de las empresas que forman el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue:
Nombre de la Empresa | Representante Legal | Participación (%) | |
Nombre | DNI | ||
TOTAL | 100% |
Obligaciones de cada una de las partes:
…………………………………………………………………..
…………………………………………………………………..
…………………………………………………………………..
Representante Legal del Postor “A” Representante Legal del Postor “B” Nombre y Firma Nombre y Firma
ANEXO Nº 5
MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA
Lugar, de del 2007.
Señores
PETROPERU S.A. – OPERACIONES TALARA
Presente.-
Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR - CMA- -2007-OTL/PETROPERU
SERVICIO: …………………………………………………………………….…………
De nuestra consideración:
El presente tiene por objeto presentarles nuestra propuesta, para proporcionar el servicio de la referencia, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases.
Nuestra propuesta a Precios Unitarios incluye los costos y gastos directos e indirectos que debamos realizar para el debido cumplimiento del servicio, materia de esta contratación.
El Monto Total de la propuesta es de S/. (En números y letras) Incluye IGV.
Adicionalmente se adjunta el presupuesto detallado de acuerdo al modelo del Anexo Nº 4-A.
Atentamente
Nombre de la Empresa / Consorcio………………………………………………….
Nombre y firma del representante legal: ……………………………………………
ANEXO Nº 5-A
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS” PRESUPUESTO DETALLADO
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD | (S/.) | SUBTOTAL (S/.) |
1 | DESAYUNO (Tipo Ejecutivo) | UND. | 1,450 | ||
2 | ALMUERZO (Tipo Ejecutivo) | UND. | 2,043 | ||
3 | CENA (Tipo Ejecutivo) | UND. | 1,175 | ||
COSTO DRECTO (S/.) | |||||
(. %) GASTOS GENERALES (S/.) | |||||
(. %) UTILIDAD (S/.) | |||||
TOTAL SIN IGV (S/.) | |||||
19% IGV (S/.) | |||||
TOTAL GENERAL (S/.) |
▪ El SUB TOTAL, es el producto de CANTIDAD por el PRECIO UNITARIO.
Respuesta Consulta No. 9:
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD MENSUAL | MESES | PRECIO UNITARIO S/. | SUBTOTAL S/. |
1 | DESAYUNO (tipo ejecutivo) | UND. | 1,450 | 24 | ||
2 | ALMUERZO (tipo ejecutivo) | UND. | 2,043 | 24 | ||
3 | CENA (tipo ejecutivo) | UND. | 1,175 | 24 | ||
COSTO DIRECTO S/. | ||||||
GASTOS GENERALES (…..%) S/. | ||||||
UTILIDAD (…..%) S/. | ||||||
TOTAL SIN IGV S/. | ||||||
19% IGV S/. | ||||||
TOTAL GENERAL S/. |
▪ El SUBTOTAL, es el producto de CANTIDAD MENSUAL por los MESES por el PRECIO UNITARIO.
▪ El COSTO DIRECTO, es la suma de los SUB TOTALES.
▪ El porcentaje (%) de los GASTOS GENERALES, que necesariamente deberá ser indicado con 2 decimales aplicando redondeo, es el resultado de dividir el valor de (GASTOS GENERALES entre el COSTO DIRECTO) x 100.
▪ El porcentaje (%) de la UTILIDAD, que necesariamente deberá ser indicado con 2 decimales aplicando redondeo, en el resultado de dividir el valor de la (UTILIDAD entre el COSTO DIRECTO) x 100.
▪ El TOTAL SIN IGV, es la suma del COSTO DIRECTO + GASTOS GENERALES + UTILIDAD.
▪ El IGV se obtiene del TOTAL SIN IGV x 0.19.
▪ El TOTAL GENERAL es la suma del TOTAL SIN IGV + IGV.
Nombre y firma del Representante Legal: .................
Nombre de la Compañía: ......................................….
ANEXO Nº 6
CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas. La primera es la evaluación técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta, y la segunda es la evaluación económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta.
Las propuestas técnicas y económicas se evalúan asignándoles puntajes de acuerdo a los factores y criterios de evaluación y calificación que se establecen a continuación:
1 EVALUACIÓN TÉCNICA. (Sobre Nº 01) máximo: 100 puntos
1.1 EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD (Máx. 70 pts.)
La calificación se realizará de la siguiente manera:
ESPECIFICACIONES | PARAMETRO | PUNTAJE (PPi) |
Experiencia en la Especialidad | Monto igual o mayor al MER Monto menor al MER | 70 De acuerdo a fórmula |
MER = Monto Estimado Referencial: S/. 1,336,039.81 Fórmula: PPi = 70 (MFP / MER)
Donde: PPi = Puntaje del postor por experiencia en la especialidad.
MFP = Monto total facturado por el postor por trabajos similares.
Se calificará considerando los montos facturados por servicios de alimentación a empresas o campamentos (desayunos, almuerzos y cenas), terminados y efectuados por el postor en los últimos cinco
(05) años. El Postor deberá presentar como máximo diez (10) trabajos. No se considerará los contratos y/o servicios exclusivos por suministro y/o ventas de productos alimenticios.
Respuesta Consulta No. 3:
Si, se considerara los trabajos terminados y efectuados por el postor en los últimos 5 años a la fecha de la presentación de propuestas.
Cada trabajo se refiere a un contrato.
Se acreditará con copia simple de los contratos, adjuntando su respectiva factura y/o conformidad de culminación de la prestación del servicio.
En el caso que el postor presente facturas ó contratos con su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio, POR TRABAJOS REALIZADOS EN CONSORCIO, deberá presentar adicionalmente el Contrato de Consorcio donde indique el porcentaje de participación del postor en el Consorcio. Para efectos de la experiencia del postor solo se considerará el porcentaje que le corresponda a la empresa que se obliga a efectuar el servicio. En caso que el contrato de Xxxxxxxxx no indique el Porcentaje de Participación, se considerará que el porcentaje de su participación fue en el 50%.
En el caso de participación de postores en consorcio, se aplicarán estrictamente las normas establecidas en la Directiva Nº 003-2003-CONSUCODE/PRE del 13.03.2003.
En caso los postores presentarán documentos sustentatorios con montos en dólares se utilizará el tipo de cambio publicado en la pagina Web de la SUNAT tomando como base la fecha del documento o inicio del servicio.
No se aceptarán otros documentos distintos a los solicitados Estos documentos deben cumplir con las siguientes características: ser legibles, expresar los montos, tipo de moneda, fecha, razón social del postor y descripción detallada de la prestación
Es Responsabilidad del Postor distinguir adecuada y detalladamente el alcance (características esenciales) del Contrato que presenta para evaluación, para ello, de ser necesario debe adjuntar a su Contrato las bases técnicas, condiciones específicas, valorización, facturas, Bases Técnicas u otro documento que detalle claramente las prestaciones desarrolladas.
1.2 DESEMPEÑO DEL POSTOR (Máx. 30 pts.)
La calificación se realizará de la siguiente manera:
ESPECIFICACIONES | CRITERIO | PUNTAJE POR CERTIFICADO |
Desmpeño del Postor | Calificación Muy Bueno Calificación Bueno Calificación Regular | 30 puntos 20 puntos 10 puntos |
Los certificados pueden ser similares al formato del ANEXO Nº 6-A, de tal forma que se evidencie la calificación del servicio.
Se evaluará al Postor en sus anteriores relaciones contractuales, considerando la calificación de los certificados que presente el postor en un periodo no mayor a diez (10) años y por servicios terminados.
El Postor deberá presentar como máximo cinco (05) certificados.
Para el puntaje del desempeño del postor se aplicará la siguiente fórmula:
PDi = Sumatoria del puntaje de los certificados presentados / 5
Puntaje Total de la Evaluación Técnica: PTi = PEi + PDi
NOTAS.-
a) Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de noventa (90) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
b) El Órgano Ad-HOC procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas, dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por ellos. Los sobres cerrados, sellados y firmados serán entregados al Notario Público, en calidad de custodia, para que sean conservadas hasta la fecha en que se proceda a abrir las propuestas de los sobres económicos.
c) No se tendrá acceso a las propuestas económicas sino hasta que la evaluación técnica haya concluido.
2 EVALUACIÓN ECONÓMICA. (Sobre Nº 02) máximo: 100 puntos
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de forma inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Puntaje Económico (PEi) = 100 x (Propuesta Económica de Monto o precio más bajo)
(Propuesta Económica del postor “i”)
3 CÁLCULO DEL PUNTAJE TOTAL
El puntaje total será el promedio ponderado de las evaluaciones técnica y económica, obtenido de la
aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje de la evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje de la evaluación económica del postor i
c1 = 0.60 Coeficiente de ponderación de la evaluación técnica
c2 = 0.40 Coeficiente de ponderación de la evaluación económica
Verificación de las Operaciones Aritméticas.- Debido a que el proceso de selección es bajo el sistema de contratación a precios unitarios, PETROPERU S. A., verificará las operaciones aritméticas de la estructura de costos de la propuesta que obtenga el primer lugar en el orden de prelación y, de existir alguna incorrección aritmética, las corregirá a fin de consignar el monto correcto y de ser el caso, asignarle el lugar en el orden de prelación que le corresponde. Dicha corrección se realizará siguiendo los siguientes criterios:
a) Xxx Xxxxxxxxxx (xx xx Xxxxx Xx 0-X: la columna “Sub-Totales”), deberán ser expresados con dos decimales, es decir, el resultado que se obtenga de multiplicar el precio unitario – que podrá ser expresado con más de dos decimales – de cada actividad por la cantidad prevista para cada partida, deberá ser redondeado a la segunda cifra decimal; de esta manera, el costo de cada partida constituye un subtotal.
En el Anexo Nº 5-A, si el subtotal de una partida contiene más de dos (2) decimales, se efectuará el redondeo, siendo que si el primer decimal siguiente es igual o superior a 5, el valor será incrementado en un centésimo. Si se usa la hoja de cálculo “Microsoft Excel”, en la celda correspondiente a “Sub-total” se utilizará la sintaxis: “=redondear([Cantidad]*[Precio Unitario];2)”
b) El Monto Total será expresado con dos decimales, siendo la sumatoria de los subtotales debidamente redondeados a dos decimales.
Se aclara que las cantidades y los precios unitarios, no están sujetos a modificación y/o corrección alguna.
Empate.- En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará, observando estrictamente el siguiente orden:
a) Con preferencia a favor de las micro o pequeñas empresas ganadoras.
b) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico.
c) A través del sorteo, en el mismo acto.
En caso de ser necesario determinar la Buena Pro en sorteo, ésta se realizará en el Acto Público de
Otorgamiento de Buena Pro con presencia de los postores que asistan al acto.
En el sorteo participarán todos los postores que lleguen hasta esa etapa, así no asista el representante de algún postor.
ANEXO Nº 6-A
CERTIFICADO DE CUMPLIMIENT O D E SERVICIOS
Por medio de la presente dejamos constancia que la Empresa ha prestado
servicio de alimentación en (*) a nuestra Compañía en un periodo de vigencia
comprendido del ………….. al ………….. en el lugar (**) por un monto mensual de S/.
(US$) ………………….., empleando ……. Trabajadores y sirviendo un promedio de
……………………. (***) raciones diarias en forma: (marca con X)
Muy Bueno Bueno Regular
Remitimos a Ustedes para los fines que estime convenientes. Atentamente,
Firma y sello del Representante Autorizado Nombre:
Cargo:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
(*) Precisar si son almuerzos o comidas. (**) Especificar si es campamento.
(***) Ración se refiere a almuerzos + comidas, no incluye desayunos.
ANEXO Nº 7
CARTA DE PRESENTACIÓN DEL PERSONERO O POSTOR
Lugar, …….. de del 2007
Señores
Petróleos del Perú, PETROPERU S.A. Presente.-
Referencia: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA-.....-2007-OTL/PETROPERU
“SERVICIO ”
Estimados Señores:
Por intermedio del presente documento presentamos al Sr., ...................................., con DNI. Nº........................, C.E.................................., para que en representación de la
Empresa/Consorcio.........................................................actúe de Personero para efectos de los actos Públicos del Proceso de Selección de la referencia.
Nombre y Firma del Representante Nombre, DNI y Firma del Personero. Legal de la Empresa/Consorcio
ANEXO Nº 8
PROFORMA DE CONTRATO
Conste por el presente documento el Contrato que celebran de una parte Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., con Registro Único de Contribuyente (RUC), Nº 20100128218, con domicilio en el Área Industrial de PETROPERU, calle 400 entrada por el Portón Nº 5 Talara, a quien en adelante se le denominará PETROPERU, debidamente representada por el señor, (ingeniero)……………………………………., Gerente de Operaciones Talara, debidamente identificado con DNI Nº …………...., según Poder inscrito en la Partida Nº ………, en el Asiento …., del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; y de la otra parte, la Empresa de......................con RUC Nº ...............con domicilio legal en debidamente representada por
su señor .................... (Gerente, Administrador), con DNI Nº.................., según poder inscrito en el Asiento.......fojas........Ficha. , del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral Nº) de
Registros Públicos de la ciudad de................., (**cuando se trate de consorcio), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
(**)y de la otra parte, el CONSORCIO…...................... debidamente representado por su Apoderado Común, don……………………., identificado con DNI……………, señalando domicilio legal en
........................................según Contrato de Consorcio celebrado por ante Notario Público de la ciudad de
…………., señor doctor ……………………, de fecha…….., a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA”, en los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLAUSULA PRELIMINAR - ANTECEDENTES.
PETROPERU es una Empresa del Estado del Sector Energía y Minas, cuyo objeto social es el de llevar a cabo actividades de hidrocarburos, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos.
PETROPERU S.A. es propietario de un inmueble denominado Club Punta Arenas ubicado en el Condominio de Punta Arenas, Distrito xx Xxxxxxx – Talara.
El Club Punta Arenas dispone, entre otros, de ambientes donde se suministran los servicios de Comedor Autoservicio, Bar y Comedor a la Carta.
Para efectos del presente Contrato, llamaremos en adelante locales al conjunto al integrado por los ambientes indicados en el párrafo anterior, que forma parte del presente Contrato.
PETROPERU mediante publicación en el SEACE, con fecha.......... se convocó el proceso por Competencia Mayor Nº CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU para la contratación del servicio materia del presente contrato.
En Acto Público la apertura de Sobres de Propuestas se llevó a cabo en el……………….., los días.........................
Efectuada las Evaluaciones Técnicas y Económicas, resultó ganador de la Buena Pro el CONTRATISTA; según consta en el Acta N°……. de Otorgamiento de Buena Pro, de fecha... de… de 2007, la cual fue publicada en
el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, el… de 2007.
El CONSORCIO… , se encuentra conformado por las siguientes personas naturales/jurídicas: la empresa
“xxxxxx” representado por don……………., según poder inscrito en el Asiento .......fojas........Ficha....., del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral N°) de Registros Públicos de la ciudad de................., y la empresa “xxxxxx” representado por don……………., Asiento .......fojas........ficha....., del Registro de Personal Jurídicas de la Oficina Registral (Zona Registral N°) de Registros Públicos de la ciudad de.................
CLAUSULA PRIMERA - GENERALIDADES.
El presente Contrato se rige por el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A., aprobado mediante Resolución Nº 456-2006-CONSUCODE/PRE en adelante el Reglamento; sus modificaciones y los documentos citados a continuación que forman parte de este Contrato; y, supletoriamente por las demás normas que resulten de aplicación.
Las Bases del Proceso de Competencia Mayor Nº CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU Las consultas a las Bases del Proceso de selección y su absolución.
La Propuesta Técnica y Económica presentada por la CONTRATISTA.
El contrato podrá ser materia de ampliaciones o reducciones por acuerdo entre las partes.
CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL SERVICIO.
Por el presente documento, PETROPERU contrata al CONTRATISTA para que, preste el “SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS”, a realizarse de conformidad con las Bases del proceso que son parte del presente Contrato.
EL CONTRATISTA ejecutará el servicio con sujeción a las Bases en que se basó para formular su propuesta en virtud a la cual se le otorgó la Buena Pro, las que firmadas en su integridad constituyen parte del presente Contrato.
Por el presente Contrato, PETROPERU S.A. otorga en concesión a EL CONTRATISTA y éste toma en concesión los locales descritos en el ADJUNTO Nº 1 del presente CONTRATO que ambas partes declaran conocer e identificar.
EL CONTRATISTA deja expresa constancia que los locales que se toman en concesión serán utilizados única y exclusivamente para el uso descrito en el ADJUNTO Nº 1. Los cambios que ocurran durante el Contrato, serán comunicados y autorizados por PETROPERU S.A. En este sentido, si bien el inmueble será ocupado por personal de EL CONTRATISTA, todas las obligaciones que se deriven de este Contrato son y serán asumidos por EL CONTRATISTA quien deberá velar por su cabal cumplimiento.
EL CONTRATISTA deja constancia en este acto, que recibe los locales materia del presente Contrato en las condiciones que se determinarán en el Inventario correspondiente, a elaborarse conjuntamente y de mutuo acuerdo entre las partes. Dicho inventario contendrá asimismo el listado de bienes muebles que se encuentran en cada local, los cuales deberán ser devueltos mediante Acta de Devolución.
CLAUSULA TERCERA - PLAZO.
El plazo de ejecución del servicio será de dos (2) años calendarios, contados desde el……..de…….de 2007 hasta el…………….de… de 200….
Las penalidades se aplicarán de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERU, en adelante el Reglamento.
CLAUSULA CUARTA - FORMA DE PAGO.
El Servicio a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Contrato asciende a la suma de S/. …………………. (poner en letras… )
PETROPERU pagará al CONTRATISTA el precio pactado contra Valorizaciones Quincenales por Servicios efectivamente prestados.
Dicho monto comprende el pago del servicio, personal, materiales, equipos, tributos, impuestos, seguros, transporte y todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales y provisionales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza y demás gastos.
Las facturas serán presentadas en las Oficinas de Tramite Documentario según corresponda y serán abonadas a los 10 (diez) días calendario posterior a su correcta presentación.
CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Son Obligaciones del CONTRATISTA:
5.1 Ejecutar las prestaciones a su cargo y a satisfacción de PETROPERU, en estricta observancia de las Bases Técnicas y demás consideraciones que se encuentran contenidas en las Bases Administrativas y el presente Contrato, así como mantener la calidad de las mismas durante la vigencia de éste.
5.2 Cumplir con las disposiciones municipales (Licencia de Funcionamiento) y gubernamentales vigentes en el desarrollo del Servicio. Paralelamente durante la vigencia del contrato mantener libro de planillas, y los exigidos en las Bases. PETROPERÚ tiene el derecho a revisar dicha documentación.
5.3 Cumplir con el pago los beneficios laborales, previsionales y otros derivados de la relación laboral que mantiene el CONTRATISTA con su personal contratado; así como el pago de seguros, tributos y demás obligaciones, según la legislación vigente. El CONTRATISTA es responsable de cualquier daño que pueda sufrir el personal a su cargo, que interviene en la ejecución del servicio, para lo cual tiene los seguros pertinentes, quedando liberado PETROPERU S.A. de cualquier responsabilidad.
5.4 Contratar para todo su personal a cargo de la ejecución del servicio contratado, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, tanto la póliza para la cobertura de salud como la cobertura de invalidez y sepelio.
5.5 Garantizar que su personal observe correcta disciplina y conducta en el desarrollo de sus actividades. PETROPERU se reserva el derecho de pedir la separación de algún trabajador del CONTRATISTA que no guarde la compostura adecuada o realice actos contra la moral o buenas costumbres.
5.6 El CONTRATISTA queda impedido de asumir obligaciones pecuniarias o adquirir créditos o efectuar adquisiciones, a nombre de PETROPERU S.A.
5.7 No destinar el local materia de este Contrato a un uso distinto al especificado en el ADJUNTO Nº 1 de este Contrato.
5.8 Desocupar y devolver el local en la fecha de vencimiento del Contrato.
5.9 EL CONTRATISTA declara que recibe el local en las condiciones de conservación antes previstas y por tanto, se compromete a mantener y a conservar en las mismas condiciones en que lo recibe efectuando las reparaciones a su costo que sean necesarios, salvo el desgaste derivado de su uso normal y cuidadoso.
5.10 EL CONTRATISTA efectuará a su costo y cuenta el servicio de mantenimiento interno del local. Tratándose del caso xx xxxxxx estructurales en el local, el costo del arreglo del mismo será de cuenta de PETROPERU S.A.
5.11 EL CONTRATISTA no podrá introducir mejoras en el local sino cuenta con la debida autorización expresa y escrita de PETROPERU S.A. Todas las mejoras que se introduzcan quedarán, sin costo alguno, en beneficio de PETROPERU S.A., salvo las que puedan ser retiradas a la finalización del Contrato sin causarle daño alguno al inmueble, y con conocimiento de XXXXXXXXX S.A.
5.12 EL CONTRATISTA será responsable de los daños que puedan causar en el local en concesión, su personal, visitantes y usuarios, debiendo éstos respetar todas las medidas de seguridad impuestas por PETROPERU S.A.
5.13 EL CONTRATISTA no podrá efectuar ningún tipo de tendidos eléctricos, telefónicos y de otra índole de naturaleza ilegal, siendo éstos de exclusiva competencia de PETROPERU S.A., salvo que éste lo autorice previamente y por escrito.
Son Obligaciones de PETROPERU
5.14 El ingreso del personal que labora en el local, visitantes y vehículos siempre y cuando cumplan con respetar todas las indicaciones y medidas de seguridad establecidas por PETROPERU S.A. para la zona residencial de Punta Arenas, las cuales serán oportunas y debidamente comunicadas a EL CONTRATISTA.
5.15 Será de cuenta de PETROPERU S.A. el pago del Impuesto Predial y arbitrios del Inmueble.
CLAUSULA SEXTA – SEGUROS
El CONTRATISTA, previo a la ejecución del contrato y como requisito para realizar la Programación de su personal, deberá entregar a PETROPERU:
• Póliza o Contrato del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo con las correspondientes coberturas de salud y pensión de invalidez o sepelio, y copia de los comprobantes de pago de la póliza o aportes mensuales que acrediten la vigencia de las coberturas, para salvaguardar los derechos del personal que deberá realizar la prestación a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo a lo establecido en las Bases del Proceso de Selección; y, en aplicación a lo dispuesto por el Artículo 19° de la Ley 26790, el Anexo N° 05 y los Artículos 82°, 83° y 84° de su Reglamento, aprobado por el D.S. No.009-97-SA y modificado por el D.S. No.003-98-SA, en el que se señala que: Las refinerías de petróleo por estar consideradas como actividades de alto riesgo dentro del Código CIIU, deben exigir a los contratistas y subcontratistas que destacan a su personal a realizar trabajos en sus instalaciones la contratación de este seguro.
CLAUSULA SÉPTIMA - ATENCION MÉDICA
El CONTRATISTA, deberá contar con la cobertura de salud derivada del Seguro Complementario de Riesgo, vigente, conforme a lo estipulado en la Cláusula Sexta del presente Contrato, para la atención médica de sus trabajadores cuando el caso lo requiriera.
Adicionalmente, debe asegurarse de tener a su alcance las facilidades que le permitan evacuar a su personal que requiera tratamiento médico de emergencia o especializado en caso de presentarse la contingencia; para este efecto deberá hacer coordinaciones y mantener comunicación con las entidades de salud o centros asistenciales con quienes tiene contratado dicha cobertura de salud.
PETROPERU no asumirá gasto alguno por la atención que requiera el personal del CONTRATISTA; sin embargo, se reserva el derecho de supervisar el caso a través de sus profesionales de la Salud de Operaciones Talara o a través de otros medios que estime por conveniente. El CONTRATISTA deberá cumplir con las estipulaciones de la presente cláusula y con las recomendaciones que pudieran impartir los profesionales de la salud y por orden de ésta, en caso de presentarse una emergencia.
CLAUSULA OCTAVA - GARANTIA.
El CONTRATISTA entrega a PETROPERU en Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la Carta Fianza Nº……….. emitida por el Banco …………………………..., por S/. Nuevos Soles, equivalente al 10%
del monto total del contrato y una vigencia hasta 365 días, con el compromiso que renueve su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación. De extenderse el Contrato, la Carta Fianza será renovada en los mismos términos y monto.
CLAUSULA NOVENA - NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.
El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las “Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU” contenidas en el Manual 040, actualizado a Julio del 2005, un ejemplar del cuál será entregado al CONTRATISTA al firmarse el presente Contrato. Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto, no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad y protección ambiental necesarias, que son de exclusiva responsabilidad y cargo.
El CONTRATISTA se obliga a respetar todos los dispositivos y normas legales vigentes que xxxxxx la protección y conservación del medio ambiente; por lo tanto, es responsable legal y económicamente si al ejecutar la prestación a su cargo afecte y contamine el medio ambiente y PETROPERU sea posible de alguna multa. El pago de la multa en referencia será trasladado al CONTRATISTA.
El hecho que PETROPERÚ le imparta instrucciones respecto a la Protección Ambiental, no exime al CONTRATISTA de su total responsabilidad en lo que se refiere a adoptar las medidas pertinentes para preservar el medio ambiente.
CLAUSULA DÉCIMA - TRIBUTACION.
El CONTRATISTA asumirá, como de su exclusiva responsabilidad, el pago de todos los tributos creados o por crearse, que de acuerdo x Xxx le corresponda pagar y que graven la prestación del servicio contratado.
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA - INSPECCIONES.
El CONTRATISTA reconoce y acepta el derecho que tiene PETROPERU de estar presente en el lugar de ejecución de trabajos en cualquier momento e inspeccionar y examinar los materiales y equipos utilizados por el
CONTRATISTA, así como los trabajos realizados conforme al presente Contrato. El CONTRATISTA dará a PETROPERU las facilidades y el acceso permanente al lugar de ejecución de los trabajos.
PETROPERU S.A. tiene el derecho, de inspeccionar permanentemente la correcta ejecución del Servicio y el cumplimiento de todos los aspectos materia del contrato.
Las recomendaciones dadas por PETROPERU S.A. serán materia de ejecución inmediata por parte del CONTRATISTA.
CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
PETROPERU y el CONTRATISTA, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 1315º del Código Civil, convienen en definir como caso fortuito o de fuerza mayor, aquellos actos o hechos que, afectando la normal ejecución del presente Contrato, estén fuera del control racional de las partes contratantes y que no pueden ser previstos o que si previstos no pueden ser evitados, siempre que tales hechos no acontezcan por negligencia de la parte que la invoca o de sus dependientes.
Con carácter enunciativo más no limitativo, se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor los que deriven de acciones militares, invasiones, guerra civil, catástrofes naturales, etc.
De perdurar la situación de caso fortuito o fuerza mayor por un período mayor de tres (3) días continuos o diez
(10) días acumulados, que hiciese aconsejable la resolución del presente Contrato, será de aplicación lo dispuesto por los artículos 1371º y siguientes del Código Civil. En tal supuesto, deberá resolverse el contrato de mutuo acuerdo, para lo cual la parte perjudicada comunicará a la otra, mediante carta notarial.
Luego de logrado el acuerdo de resolver el contrato, se liquidará la parte efectivamente ejecutada, correspondiendo a la Entidad reconocer en el acto administrativo resolutorio los conceptos y gastos pertinentes. La resolución del contrato deberá contar con la aprobación del Titular xxx Xxxxxx o la máxima autoridad administrativa de la Entidad bajo responsabilidad.
CLAUSULA DECIMO TERCERA – PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR Y DE TRANSFERIR
El CONTRATISTA no subcontratará a otra empresa parte de las prestaciones a su cargo sin la correspondiente autorización expresa de PETROPERU. Eventualmente PETROPERÚ sólo podría autorizar la subcontratación de actividades especializadas distintas al objeto principal del presente servicio.
Se deja expresa constancia que EL CONTRATISTA no podrá, sin autorización previa y escrita de PETROPERU
S.A. subarrendar, total ni parcialmente, el local, ni darlo en usufructo, uso, habitación, comodato, hospedaje, ni por cualquier otro acto jurídico o medio, bajo pena de resolución automática del presente Contrato, sin perjuicio de responder por los daños y perjuicios causados.
CLAUSULA DECIMO CUARTA – CONTRATISTA INDEPENDIENTE.
Las partes de mutuo acuerdo, dejan clara y expresa constancia que el presente Contrato es de naturaleza administrativa y que no existe ninguna relación laboral entre PETROPERU y el CONTRATISTA ni entre PETROPERU y el personal del CONTRATISTA independiente y/o subcontratistas si los hubiera.
El CONTRATISTA cumplirá fielmente con todas las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes, y suministrará los respectivos certificados de cumplimiento que dispongan tales leyes, reglamentos o disposiciones vigentes. El CONTRATISTA conviene en liberar y eximir a PETROPERU de la responsabilidad en cuanto esté originada por la falta de cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes aplicables a él.
CLAUSULA DECIMO QUINTA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Toda controversia que surja entre las partes, desde la formalización del contrato, se resolverán mediante conciliación y/o arbitraje, según lo establecido en el Reglamento, debiendo solicitarse el inicio de estos procedimientos en cualquier momento anterior a la culminación de la relación contractual. Este plazo es de caducidad.
CLAUSULA DECIMO SEXTA - RESOLUCION DEL CONTRATO.
Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor de quince (15) días, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
PETROPERU S.A., podrá resolver el Contrato cuando el Contratista:
• Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
• Xxxx acumulado el monto máximo de la penalidad; y,
• Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.
Ambas partes pueden resolver el contrato de mutuo acuerdo por un hecho sobreviniente a la formalización del mismo que haga imposible la ejecución de las prestaciones.
En caso que PETROPERU S.A. resolviese el presente Contrato por causal imputable a EL CONTRATISTA, éste tendrá un plazo impostergable no mayor de quince (15) días calendario de recibida la comunicación en este sentido, para retirar todos sus bienes.
CLAUSULA DECIMO SETIMA - RECEPCION Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACION
La recepción y conformidad del servicio se efectuará luego de verificar la calidad y cumplimiento de las condiciones contractuales de la prestación donde se firmará una Acta de Recepción del mismo.
En el caso que existan observaciones, se consignarán en Acta indicándose claramente el sentido de éstas, dando
al CONTRATISTA un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien o servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días.
Si pese al plazo de subsanación otorgado, el CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
La recepción conforme de la Entidad no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o vicios ocultos.
En el Acta de Recepción se debe consignar las referencias necesarias, incluyendo el número de contrato de servicio, fecha y lugar de entrega y comprobante de pago válido.
CLAUSULA DÉCIMO OCTAVA - EFECTOS DE LA CONFORMIDAD DE LA PRESTACION
Luego de haberse dado la conformidad a la prestación, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Toda reclamación o controversia derivada del contrato inclusive por defectos o vicios ocultos se resolverá mediante conciliación y/o arbitraje, en los plazos previstos para cada caso.
CLAUSULA DECIMO NOVENA – PENALIDAD POR XXXX
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso por un equivalente al 3/1000 del monto contractual, hasta un monto xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.
En todos los casos la penalidad se aplicará automáticamente.
CLÁUSULA VIGÉSIMA - CUADERNO DE SERVICIO
En la fecha de inicio del servicio, se abrirá el Cuaderno del servicio, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el administrador de PETROPERÚ, según corresponda, y por el Administrador responsable del CONTRATISTA. Dichos personales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de servicio.
El Cuaderno de Servicio debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de éstas a la Entidad, la otra al contratista y la tercera al administrador de PETROPERÚ. Concluida la ejecución del Servicio, el original quedará en poder de la Entidad.
CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA - CAMBIO DOMICILIO LEGAL.
Cualquiera de las partes, tendrá derecho a cambiar de domicilio. Sin embargo, para que el cambio tenga validez, debe notificarse mediante Carta a la otra parte contratante, por lo menos con (5) días naturales de anticipación a la fecha en que se efectué el cambio, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, en los que se notificara el cambio dentro de los cinco (5) días naturales posteriores a la fecha de producido el evento.
Las partes convienen, que las notificaciones a cursarse entre ellas serán consideradas como validamente dirigidas, si se entregan con cargo.
Cualquiera de las partes contratantes podrá elevar este Contrato a Escritura Publica, corriendo los gastos que este origine a cargo de quien lo solicite.
CLAUSULA VIGESIMA SEGUNDA - DISPOSICIONES FINALES.
Todo aquello no previsto en las Bases de este proceso de selección materia del presente contrato, se sujetara a las disposiciones del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú, Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como a las normas complementarias y modificatorias vigentes.
Las partes suscriben dos (2) ejemplares del presente contrato, correspondiendo, el primero a PETROPERÚ y el segundo al CONTRATISTA.
Se suscribe el presente contrato en la ciudad de Talara, a los…… días del mes de del
año……….
Por PETROPERU Por la CONTRATISTA
ANEXO Nº 9
FORMATO DE CONTROL DE HORAS HOMBRE TRABAJADAS POR CONTRATO | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
XXX/CONTRATO | PROCESO DE CONTRATACION | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
CONTRATISTA | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
SUPERVISOR CONTRATISTA: | SUPERVISOR PETROPERU | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
NOMBRE TRABAJADOR | OF | DIAS DEL MES DE: /2007 | TOTAL HORAS | ||||||||||||||||||||||||||||||||
HORAS TRABAJADAS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | R E | S B | T O | ||
TOTALES DEL MES Y AL FINAL DEL SERVICIO |
DISTRIBUCION DE COSTOS DE LOS MONTOS FACTURADOS / SIN IGV
EN SOLES S/. | EN DOLARES US$ | |
MANO DE OBRA | ||
MATERIALES | ||
OTROS (ESPECIFICAR) | ||
TOTAL |
NOTA: EN CASO EL SERVICIO SE REALICE EN MAS DE UN MES / DEBE ADICIONARSE UN RESUMEN AL FINAL DEL SERVICIO.
ANEXO Nº 10
PETROLEOS DEL PERU PETROPERU S.A.
Calle 400 – Portón Nº. 5 Edifício Administrativo - Talara RUC Nº. 00000000000
Teléfono: 28-4200 / Fax: 28-4221
CALENDARIO DEL PROCESO PRIMERA CONVOCATORIA
PROCESO COMPETENCIA MAYOR CMA-0017-2007-OTL/PETROPERU
I. DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESO:
El servicio consiste en brindar alimentación en el Comedor Autoservicio del Club Punta Arenas, para el personal autorizado por PETROPERÚ y personal que el CONTRATISTA pueda atender bajo su responsabilidad. El servicio consistirá en desayuno, almuerzo y cena, tipo ejecutivo.
II. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL
S/. 1,336,039.81 (Un millón trescientos treinta y seis mil treinta y nueve con 81/100 Nuevos Soles), incluido IGV.
III. REGISTRO DE PARTICIPANTES 1.- Lugar:
Oficina de Trámite Documentario de Refinería Talara. Xxxxxxx Xxxx x/x Xxxxxx. Xxxxxx Xx 0 Xxxxxxxxx Xxxxxx - Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxx - Xxxx
2.- Horario:
Desde las 8.00 horas hasta las 16.00 horas de Lunes a Viernes
3.- Costo:
S/. 10.00 (diez nuevos soles), Incluye IGV.
Para Empresas ubicadas fuera de la Localidad (2):
4.- Depósito:
Banco Scotiabank Cuenta Nº.: 087-3037703
El participante hará referencia en el pago su número de RUC, para que la Entidad pueda verificar el depósito efectuado.
IV. CALENDARIO
1. Convocatoria: 23/08/2007
2. Registro de Participantes Del 23/08/2007 al 07/09/2007
3. Plazo de presentación de consultas Del 23/08/2007 al 28/08/2007
4. Fecha de absolución de consultas e Integración de las Bases El 04/09/2007
5. Presentación de propuestas y apertura de Sobres Nº 1(1) El 11/09/2007 a las 14:30 horas
6. Apertura de Sobre Nº 2(1) El 25/09/2007 a las 14:30 horas
7. Fecha de otorgamiento de la Buena Pro(1) El 01/10/2007 a las 14:30 horas
(1) Lugar para Presentación de Propuestas, Apertura de Sobres y Otorgamiento de Buena Pro:
Centro de Capacitación de Refinería Talara (Acceso Portón Nº 1) Xx. Xxxx x/x Xxxxxx – Xxxxx
(2) Una vez depositado el importe respectivo, el participante deberá enviar vía fax (000-000000) o al correo electrónico (xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx) al Órgano Ad Hoc, la constancia escrita del nombre o razón social con que participarán en el proceso, precisando su domicilio legal, teléfono, fax y correo electrónico a las que se remitirán las comunicaciones pertinentes, sin perjuicio de la notificación en el SEACE, asimismo, deberá enviar el voucher, para ser registrados como participante y poder remitirles las Bases del proceso.
ORGANO AD HOC
ANEXO Nº 11
CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN
1. DATOS GENERALES
PROCESO DE SELECCIÓN Nº
SERVICIO DE
FECHA DE REGISTRO: HORA DE REGISTRO:
2. DATOS DE LA EMPRESA QUE PARTICIPA DEL PROCESO DE SELECCIÓN:
RAZON SOCIAL:
RUC: DIRECCION:
TELEFONOS: FAX: EMAIL (*):
(*) EN CASO QUE DESEE SER NOTIFICADO ELECTRÓNICAMENTE. DEBERÁ MANTENERSE ACTIVA DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCESO A EFECTO DE LAS NOTIFICACIONES QUE DEBAN REALIZARSE.
3. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA:
NOMBRE: TELEFONO: FAX: E-MAIL:
4. PERSONA QUE REALIZA EL REGISTRO:
NOMBRE: TELEFONO: FAX:
E-mail:
--------------------------------------------------------------------------------------------------
NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA REGISTRANTE
NOTA:
En caso que el participante no consigne correctamente la dirección, teléfono, Fax o E-mail de la Empresa, no será responsabilidad del Órgano Ad hoc, la no recepción de algún documento del proceso.
ANEX O Nº 12
BASE S TECNICAS
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS
1. DESCRIPCION DEL SERVICIO
El contratista deberá brindar los siguientes servicios:
1.1 Alimentación en el Comedor Autoservicio del Club Punta Arenas, para el personal autorizado por PETROPERÚ y personal que el CONTRATISTA pueda atender bajo su responsabilidad. El servicio consistirá en desayuno, almuerzo y cena, tipo ejecutivo.
La cantidad referencial diaria de usuarios en el comedor es de:
PROMEDIO DIARIO DE COMENSALES | ||
Enero - Marzo | Abril - Diciembre | |
Pronóstico Anual | 96 | 62 |
Otros Comensales | 2 | 9 |
Total Comensales | 98 | 71 |
A manera de información complementaria, tener en cuenta que el consumo promedio mensual de raciones de los comensales antes indicados, entre Enero y Diciembre del 2006 fue de 1,450 desayunos, 2,043 almuerzos y 1,175 cenas. Estas cantidades son sólo referenciales y no implican una cantidad de raciones mínimas; por lo que, PETROPERU S.A. cancelará únicamente por las raciones realmente consumidas, las que deberán estar acreditadas con las respectivas planillas firmadas por las personas que efectuaron los consumos.
1.2 Administración del Comedor a la Carta y Bar del Club, con cartas de platos, bebidas y tarifas sugeridas por el CONTRATISTA, con precios competitivos de la ciudad de Talara. Estos ambientes son independientes del Comedor mencionado en el numeral 1.1.
2. PERSONAL DEL CONTRATISTA
2.1 El CONTRATISTA se obliga a considerar el personal necesario y suficiente con el fin que los servicios que brindan reúnan las mejores condiciones de calidad, presentación, higiene y rapidez.
2.2 El Contratista designará a un Administrador del Servicio con capacidad de decisión, quien será el receptor y ejecutor de las indicaciones y recomendaciones que formule la supervisión de PETROPERU S.A. Para tal efecto se reunirán en forma periódica a fin de coordinar acciones para la buena marcha del servicio.
2.3 El Contratista deberá gestionar y proporcionar a su personal los respectivos pases de ingreso para el área de Punta Arenas.
2.4 PETROPERÚ se reserva el derecho de no aceptar y rechazar al personal que no considere idóneo ó a su criterio no satisfagan las necesidades del servicio, los mismos que deberán ser reemplazados inmediatamente. En similar manera se deberá proceder cada vez que se tome personal nuevo, en caso de renuncia o reemplazo del personal asignado del servicio.
2.5 El personal con descanso semanal, de vacaciones, con permiso o con descanso médico será reemplazado de inmediato y por personal idóneo, de tal manera que siempre se mantenga la misma cantidad de puestos, cubiertos por los trabajadores del contratista, para la ejecución del servicio.
2.6 A continuación se indican los requisitos mínimos y las funciones del personal del contratista requerido permanentemente durante los horarios establecidos para la ejecución del servicio:
Personal | Requisitos Mínimos | Cantidad |
Administrador del Servicio | • De preferencia: Estudios Superiores Universitarios. • Con experiencia de 5 años en la actividad a realizar. • Gran capacidad para interactuar con personas de diferentes niveles de preparación. | 01 |
Dietista / Nutricionista | • Profesional (Titulado x Xxxxxxxxx). • Con experiencia mínima de dos años | 01 |
Maestro Xxxxxxxx | • 05 años de experiencia en arte culinario. • Con capacidad para preparar menús diversos de calidad. • Saber preparar comida nacional, internacional y dietética. | 02 | |||
Ayudante de Cocina | • Estudios Secundarios. • 01 año de experiencia en el ramo. • Capacitado en reglas de higiene alimentos. | y | manipulación | de | 02 |
Vajillero | • De preferencia: Experiencia Laboral. | 02 | |||
Limpieza | • De preferencia: Experiencia Laboral. | 01 | |||
Mozo | • Estudios Secundarios. • Buen trato. • 01 año de experiencia en el ramo. • Capacitado en reglas de higiene alimentos. | y | manipulación | de | 04 |
FUNCIONES.- Entre las principales considerar las siguientes:
Administrador del Servicio | • Encargado de que el Servicio se dé en óptimas condiciones de calidad. • Controla al personal que brinda el servicio. • Verifica la cantidad y calidad de los insumos necesarios del menú diario, de acuerdo a la programación. • Verifica que las instalaciones se mantengan limpias y en buen estado de conservación. • Verifica el buen estado xxx xxxxxxx y de la cocina. • Coordina con la Supervisión del servicio y la nutricionista sobre la preparación de los menús. |
Dietista / Nutricionista | • Encargado de determinar e indicar las calorías necesarias para la preparación de alimentos. • Verifica que todos los alimentos estén en buen estado, sobre todo los perecibles y los de fácil descomposición. • Coordina con personal médico sobre la prescripción de dietas alimenticias. • Propone y coordina la elaboración de los menús para la aprobación de PETROPERÚ. • Verifica las condiciones de higiene en la preparación de alimentos y limpieza del personal, instalaciones y equipos. |
Maestro Cocinero | • Encargado de la preparación de los alimentos de acuerdo a los menús programados y supervisa a los ayudantes de cocina. • Verifica el correcto estado de conservación de los insumos antes de su preparación. • Verifica la cantidad y calidad de los alimentos antes de su preparación. • Verifica la limpieza de la cocina y la eliminación de los recursos orgánicos e inorgánicos. |
Ayudante de Cocina | • Apoya al cocinero en la preparación de los menús, como por ejemplo: pelar y cortar verduras, cortar carnes, seleccionar alimentos, mantener limpio el ambiente, lavar vajilla, etc. • Mantiene limpio el ambiente donde labora. • Coordina con los mozos sobre la salida de la cocina de los alimentos preparados. |
Vajillero | • Limpia apropiadamente la vajilla utilizada en el servicio. |
Limpieza | • Limpia los ambientes involucrados en el servicio. |
Mozo | • Lleva y recoge los platos servidos al comedor y atiende a los comensales. • Verifica el abastecimiento de las fuentes del comedor y que los alimentos se mantengan a temperatura apropiada. • Mantiene limpios y ordenados los ambientes de atención y su mobiliario. • Asegura el suministro y mantenimiento de los accesorios requeridos para el servicio en el comedor. |
El Contratista deberá pagar a su personal como un mínimo sueldo mensual: Administrador del Servicio: S/. 1,200.00 (Mil doscientos con 00/100 Nuevos Soles).
Dietista Nutricionista: S/. 1,350.00 (Mil trescientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles). Maestro Cocinero: S/. 1,300.00 (Mil trescientos con 00/100 Nuevos Soles).
Ayudante de Cocina: S/. 750.00 (Setecientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles). Vajillero, Limpieza: S/. 650.00 (Seiscientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles). Mozo: S/. 850.00 (Ochocientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles).
Los Ingresos antes indicados correspondientes a los trabajadores, solo estarán sujetos al descuento correspondiente al Sistema Nacional de Pensiones o AFP, según corresponda. Los pagos correspondientes a las obligaciones y beneficios sociales (CTS, Gratificación, Vacaciones, Pagos a ESSALUD, Póliza SCTR, etc.) deberán ser efectuados por el Contratista dentro de los plazos establecidos en la Legislación Vigente para cada uno de los trabajadores.
Respuesta Consulta No. 4:
El Contratista deberá considerar como mínimo el personal requerido en el numeral 2.6 de las Bases Técnicas. En caso de aumento de comensales el Contratista deberá incrementar la cantidad de mozos, tal como se indica en el numeral 2.7 de las Bases Técnicas.
El Sueldo que se describe en el numeral 2.6 de las Bases Técnicas es por 8 horas de trabajo.
2.7 En el caso que la cantidad de comensales sea superior a la cantidad referencial diaria indicada en el numeral 1.1, el contratista incrementará de inmediato el número de personal necesario para la atención del servicio. El Contratista debe considerar que por cada veinte (20) comensales adicionales, debe incrementar la cantidad con un (01) mozo.
Respuesta Consulta No. 10:
No puede disminuirse. El personal mínimo solicitado se utiliza los fines de semana en el PLAN OPERATIVO DE LIMPIEZA de ambientes.
2.8 El CONTRATISTA será responsable de que permanentemente su personal esté correctamente presentado, aseado y pulcro; para lo cual proporcionará y mantendrá la cantidad de uniformes necesarios (Mínimo: 02), zapatos de trabajo y otros aditamentos necesarios, para la buena ejecución del servicio. Asimismo, proporcionará otros tipos de uniformes para las faenas de limpieza.
2.9 El Contratista, durante la vigencia del contrato, en forma continua y con una frecuencia máxima de seis (06) meses, realizará la capacitación de su personal a cargo de entidades públicas o privadas, especialmente en el ramo alimentario, de atención personalizada y de seguridad.
2.10 PETROPERÚ no asumirá ninguna responsabilidad por las obligaciones que contraiga el contratista con su personal para la ejecución del servicio. Asimismo el personal del servicio del CONTRATISTA no tendrá dependencia de ninguna naturaleza con PETROPERÚ.
3. SERVICIO DE ALIMENTACIÓN
El CONTRATISTA se compromete a presentar los desayunos, almuerzos, cenas, debidamente preparados. Para este efecto utilizará la cocina en el lugar asignado y los equipos que el CONTRATISTA aporte al servicio, tales como: refrigeradoras, congeladores, utensilios de cocina, vajilla completa para el servicio, juego de cubiertos, etc.
3.1. DESAYUNO
El CONTRATISTA diariamente estará en condiciones de proporcionar a solicitud de los comensales todos y cada uno de los componentes que a continuación se indican: Fruta o Ensalada de frutas y Jugo de frutas naturales, Huevos al gusto, Embutidos (Jamón, Jamonada, Tocino, Chorizo, Hot Dog, Salchicha, etc.), Pan, Mermelada, Mantequilla, Queso, Leche descremada o light o sin lactosa, Té, Café, Xxxx o similares.
3.1.1 Los jugos de frutas naturales, deberán corresponder a diversas variedades, de modo que durante una semana no se repita más de tres veces y se pondrán en jarras para que los usuarios se sirvan.
3.1.2 El comensal solicitará una ración de embutidos o queso con un peso aprox. De 50 grs. ó dos huevos. El consumo de embutidos no debe ser mayor a tres veces por semana. La ración de huevos estará constituida de dos unidades. Si el usuario solicita tortilla, será de un huevo más la porción del embutido.
3.1.3 La leche, debe ser descremada o light o sin lactosa y se pondrá en sus respectivos envases para que el usuario se sirva a discreción, agua hervida en termos y el pan en paneras (Se estima un consumo promedio de 2 unidades por persona).
3.2. ALMUERZO O CENA
El CONTRATISTA ofrecerá obligatoriamente todos y cada uno de los platos que a continuación se indican:
✓ Entrada (150 grs.)
✓ Sopa (200 cc.)
✓ Plato de fondo: Dos (02) alternativas, basándose en carnes (res, pollo, pescado, cerdo, pavo, cordero; cuya ración aproximada es de 200 grs. en crudo, sin grasas ni huesos)
Las carnes se programarán de acuerdo a lo indicado en el numeral 3.4 de estas especificaciones técnicas.
✓ Arroz, calidad extra (100 grs.)
✓ Menestra (100 grs., mínimo tres veces por semana)
✓ Postre (Incluye frutas)
✓ Refresco
✓ Té, Café, Xxxxxxxxxx, Xxxx
✓ Pan
Cuando lo requiera, PETROPERÚ podrá solicitar un menú mejorado. Para tal caso, PETROPERÚ y el CONTRATISTA acordarán el tipo, calidad, cantidad y componentes del menú; lo cual será considerado como servicio normal.
Respuesta Consulta No. 5:
El Menú mejorado es un Menú Normal, pero en mejor calidad de insumos. Este tipo de menú se utiliza en casos de visitas, siempre y cuando sea autorizado por PETROPERÚ S.A. El precio del menú mejorado es igual al del Menú Normal.
3.2.1 En cada una de las mesas ubicadas en el comedor, el CONTRATISTA dispondrá de manteles de tela bien confeccionados, de muy buena calidad y limpios, alcuzas conteniendo condimentos y especias, sala para carnes, ketchup, mostaza, ají, limón y otros a criterio del CONTRATISTA.
3.2.2 El comensal recibirá un plato de entrada, una sopa, un plato de fondo que lo ejige de las dos alternativas y postre, sin opción a repetir. El refresco será servido en jarras con opción a repetir.
3.2.3 Una vez al mes, a solicitud de PETROPERU, el CONTRATISTA ofrecerá una parrillada (Contenido: carne de res, pollo, cerdo y otros, hot dog o chorizo, papas, choclo, camote, ensalada, salsas, etc.) o un buffet (comida criolla, nacional o internacional). La hora de servirse se coordinará previamente con PETROPERU. En dicha solicitud, se sugerirá el número de comensales que participarán de la parrillada (será servido sin opción a repetir) o buffet, cancelándose como servicio normal.
3.2.4 La fruta ofrecida deberá ser variada, de la temporada, teniendo especial cuidado de ofrecer variedades de amplia aceptación y muy buena calidad (Peso aproximado: 180 grs.). Debe ser fresca.
3.2.5 Solamente por indicación escrita de nuestro personal médico, se debe brindar dieta especial al trabajador que labora directa o indirectamente para PETROPERÚ. Es obligación del CONTRATISTA de atenderlo.
3.2.6 En cada menú que presente el CONTRATISTA, elaborado por su Nutricionista y aprobado por PETROPERÚ, se deberá indicar el valor calórico del menú, para conocimiento y demás fines de los comensales.
3.2.7 El CONTRATISTA deberá disponer de la adecuada y suficiente capacidad de almacenamiento de los víveres perecibles (Conservadoras, congeladoras, refrigeradoras, etc.) y secos (Almacenes), a fin de asegurar el correcto almacenamiento de los víveres. Para ello, se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) Las carnes se almacenarán a una temperatura aproximada de -16º C. El pescado debe congelarse desviscerado.
b) Los diversos tipos xx xxxxxx se almacenarán por separado (con rótulo: tipo y fecha de almacenamiento). Una vez descongelada, ésta deberá utilizarse inmediatamente y los saldos no deberán volverse a congelar.
c) Los embutidos se almacenarán en su envoltura original (con rótulo: tipo y fecha de almacenamiento).
d) Las verduras serán almacenadas por separado, con envoltura de papel de primer uso. Cada vez que sea necesario, se depurará las verduras en malas condiciones.
e) Los cereales y demás granos se almacenarán en recipientes plásticos (no reciclados) rotulados y en ambientes frescos.
f) Los huevos xx xxxxxxx cuando se almacenen en conservadoras, se mantendrán a una temperatura de 8º C y por períodos no mayores de treinta (30) días. A falta de conservadoras, se almacenarán en ambientes frescos y aireados por períodos no mayores de 15 días.
g) El agua para beber (xx xxxx) se mantendrá en bidones de marca reconocida, con registro sanitario y deberá disponer de la fecha de expiración. Asimismo el Constratista deberá instalar filtros en las tomas de agua para mejorar la calidad.
3.2.8 Se usarán condimentos envasados de reconocida marca y calidad, con la correspondiente Autorización Sanitaria.
3.2.9 Los utensilios (Ollas, espumaderas, cubiertos, etc.), que debe proporcionar el CONTRATISTA para brindar el servicio, deberán ser de material inoxidable, de muy buena calidad y marca reconocida en el mercado; los mismos que deberá reemplazarlos cada vez que presenten deterioro o mal aspecto.
3.2.10 Queda terminantemente prohibido el uso del menaje en mal estado (despostillado, oxidado o susceptible de oxidarse, rajado, etc.) o xx xxxxxx.
3.3. HORARIO DE ATENCIÓN
3.3.1. El horario de atención en el comedor será el siguiente, el mismo que únicamente podrá variar por disposición expresa de PETROPERÚ.
Desayuno: De 06:00 a 09:00 Horas.
Almuerzo: De 12:00 a 15:00 Horas.
Cena: De 18:00 a 21:00 Horas.
El horario en el Comedor a la Carta y Bar, serán los mismos del desayuno, almuerzo y cena; pudiendo ser ampliados a criterio del Contratista.
3.3.2. El CONTRATISTA se obliga a mantener debidamente separados, guardados y a la temperatura adecuada, los alimentos para aquellos Supervisores que, por motivo de trabajo o capacitación, avisen que llegarán al comedor fuera del horario de atención.
3.4. PROGRAMACIÓN DE PRODUCTOS CÁRNICOS
La programación mensual para almuerzos y cenas en los platos de fondo (120) deberá incluir:
(25) Veinticinco menús con carne de vacuno.
(36) Treinta y seis menús con pescado desviscerado.
(35) Treinta y cinco menús con pollo desviscerado.
(04) Cuatro menús con carne de pavo.
(04) Cuatro menús con carne de xxxx x xxxxxxx.
(04) Cuatro menús con carne de cabrito.
(04) Cuatro menús con carne de cerdo (sólo almuerzo).
(04) Cuatro menús de mariscos.
(04) Cuatro menús con hígado o riñón o lengua o mondongo o charqui o patita.
La programación debe ser realizada considerando que los productos cárnicos no se repitan como
plato de fondo. El CONTRATISTA se obliga a la entrega de la programación para la quincena la cual será aprobada por el Administrador del servicio de PETROPERU.
3.5. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO
Los productos a proporcionarse para la elaboración de los alimentos, además de reunir los requisitos de calidad y sanidad establecidos en la Ley General de Salud, el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas y otras normas aplicables, deberán reunir las siguientes condiciones:
a) El peso cocido de los alimentos cárnicos por ración será, como mínimo, de 160 gramos de producto comestible en el almuerzo o comida; no deberá tener huesos, grasa, nervios, pellejo, etc., equivalente a 200 gramos de carne cruda sin huesos, grasa, nervios, pellejos, etc.
b) Las carnes deberán corresponder a la calidad extra o de primera y deberán proceder de centros de beneficio y camales autorizados, con el control sanitario xx xxx. A solicitud de PETROPERU, el contratista presentará la factura o boleta de venta xxx xxxxx autorizado.
c) La carne molida será acondicionada dentro de las instalaciones; es decir no se comprará carne molida.
d) El pescado deberá corresponder a especies de carne blanca como mero, lenguado, ojo de uva, cabrillón, congrio. Los mariscos deben ser langostinos, calamar y pulpo, seleccionados y de primera calidad. El CONTRATISTA, deberá especificar el tipo de pescado en los menús y asegurarse de su abastecimiento.
e) Los huevos xx xxxxxxx deberán presentarse íntegros; se rechazarán los huevos quebrados, malformados o sucios.
f) La Leche deberá ser descremada, Light o sin lactosa, y presentarse en sus envases originales. Sólo en caso de escasez debidamente comprobada, se preparará leche en polvo. Se podrá utilizar leche en polvo, en la preparación de postres, salsas y similares.
g) Las frutas, hortalizas, raíces, tubérculos, etc., deberán corresponder a la clase extra y estar libre de magulladuras, pudrición hídrica o bacteriana o que haya alcanzado su madurez fisiológica.
h) Los granos, derivados y leguminosas (cereales, menestras, harinas, fideos, etc.), deberán ser de calidad superior, envasados y con registro Sanitario e industrial. No se aceptan productos a granel, con fecha de expiración vencida o de marca no reconocida en el mercado.
i) Los productos alimenticios envasados deberán estar debidamente registrados; debiendo conservar adherida su etiqueta o membrete a fin de poder identificar su contenido, el mismo que deberá corresponder a lo indicado. Se desecharán productos que hayan alcanzado su fecha de vencimiento, o que en opinión de PETROPERU, presenten envases deteriorados que comprometan su contenido.
j) Las grasas y aceites deberán ser de origen 100% vegetales, preservados en envases originales de fábrica y bajo ningún concepto a granel.
k) Los jugos y refrescos deberán ser de fruta natural y fresca; no se permitirá el uso de refrescos en sobre, ni de jugos concentrados de fruta natural. No se permite el uso de infusiones (té, anís, manzanilla o similares) como refresco.
l) Los postres serán de fruta natural fresca de calidad extra, pasteles y tortas, gelatina, mazamorra, etc.
m) Otros productos no detallados deberán corresponder a niveles de muy buena calidad.
n) Cuando por prescripción médica se deba brindar dieta especial, el CONTRATISTA estará en la obligación de atenderla por el tiempo que se le indique, sin que esto signifique reconocimiento de pago adicional. Esta dieta deberá contar con igual número de platos que el menú normal.
o) Los menús serán preparados indistintamente, al estilo criollo, regional, nacional e internacional.
p) PETROPERÚ, por intermedio de su personal supervisor o personal especialista propio o contratado, supervisará e inspeccionará los diferentes aspectos del servicio, siendo sus recomendaciones materia de ejecución inmediata por parte del CONTRATISTA. Caso contrario será acreedor a la sanción estipulada en el Contrato.
q) La presentación, retiro y lavado de mesas y manteles del comedor, así como la limpieza y desinfección de los equipos utensilios y ambientes que intervienen en el servicio, estarán a cargo del CONTRATISTA.
r) Está prohibido el uso de alimentos adulterados, contaminados o falsificados, así como el uso de alimentos guardados por más de seis (06) horas después de preparados o después de 24 horas si son refrigerados. Igualmente se prohíbe el uso de alimentos sobrantes o rechazados. El CONTRATISTA será responsable civil y penalmente de cualquier perjuicio que pudiera causar a la salud de los comensales.
s) El servicio de alimentación deberá estar planificado y supervisado por un (a) dietista y/o nutricionista, proporcionado por el CONTRATISTA, con la finalidad de brindar alrededor de 2800 calorías diarias, las que estarán repartidas así: 20% en el desayuno, 45% en el almuerzo y 35% en la cena, en una dieta normal diaria balanceada en hidratos de carbono, grasas y proteínas.
4. OBLIGACIONES DE PETROPERÚ
PETROPERU proporcionará sin costo alguno, los ambientes para el servicio, energía eléctrica, agua potable y gas natural, para uso exclusivo del comedor autoservicio, comedor a la carta y bar del Club Punta Arenas. El uso de estas facilidades debe utilizarse racionalmente para los servicios materia de esta concesión.
5. OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
5.1. Es por cuenta del CONTRATISTA el lavado de manteles y cortinas, así como de los uniformes de su personal. El CONTRATISTA se compromete a efectuar la limpieza de la oficina, servicios higiénicos, cocina, comedores, bar, almacén de víveres secos, cámara frigorífica y demás ambientes y equipos involucrados en el servicio.
5.2. El CONTRATISTA es responsable de la limpieza, de los equipos, enseres y vajilla de cocina; así como del mantenimiento de los equipos y enseres entregados por PETROPERÚ.
5.3. El CONTRATISTA proveerá permanentemente de papel toalla, papel higiénico blanco y jabón en los baños del Bar. También en los servicios higiénicos de su personal. Se colocarán recipientes con tapa, de material de fácil limpieza y desinfección, con una bolsa de plástico en su interior para eliminar los papeles y otros residuos.
5.4. Los equipos y materiales para el lavado de utensilios y demás operaciones de limpieza antes descritas serán de buena calidad, autorizados por el Ministerio de Salud y contarán con su respectivo Registro Industrial y de Sanidad. Incluirán: escobas, trapeadores, detergentes, productos químicos, ambientadores, desinfectantes, removedores de suciedad, etc., los que serán proporcionados por el CONTRATISTA y deberán mantenerse en lugares apropiados para evitar contaminación de los alimentos.
5.5. El contratista presentará un programa mensual preventivo de salubridad que incluye:
a. Control bromatológico bimensual en el circuito del servicio alimentario (Mínimo: cinco muestras).
b. Fumigación mensual a cargo de personal especializado, utilizando productos autorizados por el Ministerio de Salud
c. Prevención y control de roedores y otras plagas.
d. Plan semanal especial de limpieza integral.
e. Otros requeridos para la buena calidad del servicio.
5.6. El CONTRATISTA deberá entregar a la supervisión, con la debida anticipación (el jueves de cada semana), el Menú que se servirá la semana siguiente, a fin de que sea revisado y aprobado.
5.7. Será de responsabilidad del CONTRATISTA la clasificación y evacuación diaria de desperdicios de comida o de otro tipo, desde la cocina, comedor, los cuales se depositarán en contenedores plásticos resistentes u otro material fácil de limpieza, tipo sansones, con sus respectivas tapas y una bolsa de plástico en su interior a fin de facilitar la evacuación de los residuos; deberán ser suficientes y estar distribuidos en diferentes puntos de la cocina, área xx xxxxxx y demás ambientes del servicio.
5.8. Es de cargo y cuenta del CONTRATISTA el suministro de los materiales de consumo, implementos y equipos requeridos para la limpieza de pisos y paredes interiores.
5.9. El avituallamiento para los servicios higiénicos para el personal del CONTRATISTA, como son: papel higiénico, toalla, jabón, etc., será proporcionado por EL CONTRATISTA.
5.10. Será por cuenta del CONTRATISTA, la provisión de lustradora, otros equipos y materiales necesarios para la limpieza.
5.11. El personal del Contratista no pernoctará en las instalaciones de PETROPERU, salvo a quien se le designe como guardián en el horario nocturno.
5.12. El contratista asumirá el pago de todos los tributos creados o por crearse y que graven la ejecución del servicio, que de acuerdo x xxx le corresponde pagar.
5.13. Los tributos y gravámenes de carácter laboral, por el pago de aportaciones de su personal, son
exclusivamente de cargo del CONTRATISTA y no son transferibles a PETROPERU.
5.14. Para los requerimientos que se presentaran en el transcurso del servicio, el CONTRATISTA proporcionará el servicio y los materiales necesarios, lo cual se incluirá como adicional en su facturación, de acuerdo a los precios unitarios contenidos en su Propuesta Económica.
6. FORMA DE FACTURACIÓN
6.1. La facturación por el servicio se efectuará mediante valorizaciones quincenales. Las facturas se presentarán en original y cuatro copias y serán canceladas a los diez (10) días de su correcta presentación. En caso de devolución por error atribuible al contratista, el plazo empezará a regir desde la nueva fecha de la correcta presentación de la factura.
6.2. El monto de la valorización quincenal se obtendrá multiplicando la cantidad de raciones realmente consumidas de cada servicio (desayuno, almuerzo y cena) por sus respectivos precios unitarios indicados en su propuesta económica, y respaldados por las correspondientes planillas de firma de comensales.
6.3. PETROPERU sólo cancelará al CONTRATISTA, las raciones realmente consumidas, que están respaldadas con las firmas de los usuarios autorizados.
6.4 Los pagos por concepto de las remuneraciones, beneficios sociales, aportaciones, pólizas de seguro y otros anteriormente indicados deberán ser efectuados por el contratista dentro de los plazos establecidos en la legislación vigente para cada uno de ellos.
7. SERVICIO EN EL COMEDOR A LA CARTA Y BAR
El CONTRATISTA se obliga a administrar estos ambientes, de acuerdo a los siguientes lineamientos:
7.1. La Administración implica velar por el buen estado del local y materiales con que está equipado, debiendo observar orden y limpieza.
7.2. Los precios de los alimentos y bebidas en estos locales deberán ser competitivos a los de la misma categoría en la ciudad de Talara.
8. OTROS
Se recomienda que el POSTOR visite el Comedor Autoservicio del Club Punta Arenas para tener la oportunidad de observar los usos y costumbres del personal, referente al consumo de alimentos, refrescos, control de vajilla, etc., los que ayudarán a elaborar su propuesta económica.
PETROPERU alcanzará mensualmente al CONTRATISTA las evaluaciones de los usuarios respecto al Servicio en FORMATO que será entregado al CONTRATISTA a la firma del Contrato.
Respuesta Consulta No. 6:
El Contratista en caso de requerir una visita al lugar deberá coordinar previamente con la Unidad Servicios Generales, al teléfono: 000-000000 anexo 23820 para la autorización respectiva. El Contratista deberá comunicar su asistencia con un día de anticipación a la visita.
9. DAÑOS Y PERJUICIOS
El contratista procederá por su propia cuenta a reparar los daños, o deterioros que pudiera ocasionar a los bienes de PETROPERU S.A. En caso contrario, se le descontará de las facturas del servicio.
Respuesta Consulta No. 7:
Petroperú entregará al Contratista los ambientes y equipos a ser utilizados en buenas condiciones.
10. AMONESTACIONES Y MULTAS
Se considerará incumplimiento de las obligaciones contractuales cuando ocurra alguna de las siguientes deficiencias:
a) Retraso injustificado en el suministro de materiales, equipos y facilidades para el servicio.
b) No reemplazar los equipos, accesorios y facilidades deterioradas y/o no operativas.
c) Menor cantidad de personal en los horarios establecidos para el servicio.
d) No suministrar la indumentaria, equipo personal y otras facilidades a sus trabajadores.
e) No reemplazar al personal que a juicio de PETROPERÚ no reúna las condiciones técnicas requeridas.
f) Emplear materiales de mala calidad.
g) No presentar la documentación relacionada con los pagos y aportaciones de su personal.
h) Xxxxxx injustificado en el pago de remuneraciones, aportaciones y demás leyes y beneficios sociales de sus trabajadores.
En caso de producirse alguna de las deficiencias antes señaladas, PETROPERÚ procederá de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases y en el Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., aplicando la respectiva penalidad.
ADJUNT O Nº 1
RELACION DE LOCALES UBICADOS EN EL CLUB PUNTA ARENAS ENTREGADOS EN CONCESION A LA CONTRATISTA
• COMEDOR AUTOSERVICIO
• BAR
• COMEDOR A LA CARTA
Adicionalmente a los locales citados, PETROPERU S.A. facilitará a EL CONTRATISTA una (01) Oficina para uso administrativo, una (01) casa xx xxxxxx ubicada en el mismo Club (2do. Piso) para la Jefatura de la Administración, cocina, depósitos para cámara de congelación y conservación, patios y servicios higiénicos.
USO DE LOS LOCALES DE CONCESION 1.- COMEDOR AUTOSERVICIO
EL CONTRATISTA se compromete a suministrar mediante el sistema de Autoservicio, desayuno, almuerzo y comida.
2.- BAR
En el Bar se expenderá licores, cerveza de diferentes marcas en envases grandes y chicos, vinos y gaseosas surtidas, cigarrillos de toda marca, piqueos, bocaditos, etc. La lista de precios será publicada por EL CONTRATISTA en un lugar visible dentro del Bar.
3.- COMEDOR A LA CARTA
El comedor a la carta es un ambiente para la atención del personal administrativo, socios del Club Punta Arenas, familiares e invitados de éstos, así como las personas e instituciones autorizadas por Petróleos del Perú S.A. La modalidad de atención es “en mesa”.
RESPUESTA A CONSULTAS
“SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN EL COMEDOR AUTOSERVICIO DEL CLUB PUNTA ARENAS”
CMA-0017-2007-OTL/PETROPERÚ
Talara, 04 de setiembre, de 2007
POSTOR: PROVEEDURÍA Y SERVICIOS PARIÑAS S.A.C.
1. Consulta No.1.
Bases Administrativas 4. Monto Estimado Referencial. Este monto no incluye el impuesto al IGV.
Respuesta:
El Monto Estimado Referencial indicado en las Bases incluye IGV.
2. Consulta No.2.
Bases Administrativas 15.Contratos 15.1. El Certificado Médico, que tipo de examen debe pasar.
Respuesta:
El CERTIFICADO MÉDICO debe ser de carácter obligatorio para todo el personal, se refiere al EXAMEN DE MANIPULADORES DE ALIMENTOS, que incluye como mínimo: Examen de heces (parasitologico), pulmones(BK), V.D.R.L (SEROLOGICAS). Asimismo un examen medico general, para descartar hongos, infecciones cutáneas etc.
3. Consulta No.3.
Anexo 6. 1 Evaluación Técnica 1.1 Experiencia del Postor. Se considerara los últimos 5 años desde la convocatoria de la licitación publicada el 22.08.07.
Respuesta:
Si, se considerara los trabajos terminados y efectuados por el postor en los últimos 5 años a la fecha de la presentación de propuestas.
4. Consulta No.4.
Bases Técnicas. 2 Personal Contratista 2.6. Esta es la cantidad de personal mínimo para la atención. Y si el sueldo que se describe es por 8 horas o 12 horas.
Respuesta:
El Contratista deberá considerar como mínimo el personal requerido en el numeral 2.6 de las Bases Técnicas. En caso de aumento de comensales el Contratista deberá incrementar la cantidad de mozos, tal como se indica en el numeral 2.7 de las Bases Técnicas.
El Sueldo que se describe en el numeral 2.6 de las Bases Técnicas es por 8 horas de trabajo.
5. Consulta No.5.
3. Servicio de alimentación 3.2. Como es un menú mejorado.
Respuesta:
El Menú mejorado es un Menú Normal, pero en mejor calidad de insumos. Este tipo de menú se utiliza en casos de visitas, siempre y cuando sea autorizado por PETROPERÚ S.A. El precio del menú mejorado es igual al del Menú Normal.
6. Consulta No.6.
8. Otros. Con quien se puede coordinar la visita al Club para tener una idea de los usos y costumbres.
Respuesta:
El Contratista en caso de requerir una visita al lugar deberá coordinar previamente con la Unidad Servicios Generales, al teléfono: 000-000000 anexo 23820 para la autorización respectiva. El Contratista deberá comunicar su asistencia con un día de anticipación a la visita.
7. Consulta No.7.
9. Daños. Se entiende que Petroperú entregará en buenas condiciones los ambientes (pintados, reparados) y así como los equipos de cocina.
Respuesta:
Petroperú entregará al Contratista los ambientes y equipos a ser utilizados en buenas condiciones.
8. Consulta No.8.
Se entregará un inventario de lo que entrega Petroperú.
Respuesta:
Si, antes de iniciar el servicio PETROPERÚ S.A. entregará al Contratista un inventario de los bienes e inmuebles a utilizarse en el servicio, el cual será suscrito por ambas partes.
POSTOR: MULTISERVIS OASIS S.A.C.
9. Consulta No.9.
ANEXO N° 5-A
En el cuadro de este anexo PRESUPUESTO DETALLADO, entendemos que el TOTAL GENERAL sele tiene que aumentar una fila para poder multiplicar por 24 meses, favor de aclarar este punto que es muy importante por tratarse de la propuesta económica.
Respuesta:
Se modifica el Anexo N° 5-A de las Bases.
ÍTEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | CANTIDAD MENSUAL | MESES | PRECIO UNITARIO S/. | SUBTOTAL S/. |
1 | DESAYUNO (tipo ejecutivo) | UND. | 1,450 | 24 | ||
2 | ALMUERZO (tipo ejecutivo) | UND. | 2,043 | 24 | ||
3 | CENA (tipo ejecutivo) | UND. | 1,175 | 24 | ||
COSTO DIRECTO S/. | ||||||
GASTOS GENERALES (…..%) S/. | ||||||
UTILIDAD (…..%) S/. | ||||||
TOTAL SIN IGV S/. | ||||||
19% IGV S/. | ||||||
TOTAL GENERAL S/. |
El SUBTOTAL, es el producto de CANTIDAD MENSUAL por los MESES por el PRECIO UNITARIO
10. Consulta No.10.
ANEXO N° 12
En el numeral 2.7 dice: En el caso que la cantidad de comensales sea superior a la cantidad referencial diaria indicada en el numeral 1.1, el Contratista incrementará de inmediato el número de personal necesario para la atención del servicio. El Contratista debe considerar que por cada veinte (20) comensales adicionales, debe incrementar la cantidad con un (01) mozo.
Bajo este mismo criterio se debe aclarar y normar que si el número de comensales es menor que lo indicado en el numeral 1.1 deberá disminuir a la proporción que se da en los fines de semana y feriados largos, que disminuyen los comensales
Respuesta:
No puede disminuirse. El personal mínimo solicitado se utiliza los fines de semana en el PLAN OPERATIVO DE LIMPIEZA de ambientes.
EL ÓRGANO AD-HOC.