PAGARÉ
PAGARÉ
Cantidad: (Moneda y Monto) Fecha de Vencimiento:
Por el presente documento Pagaré/pagaremos y me/nos obligo/obligamos a pagar en forma incondicional y solidaria a la orden de BANCO GNB PERÚ S.A. (en adelante, EL BANCO), con RUC No.20513074370, o a quien se hubiera endosado este Pagaré, en sus oficinas de esta ciudad o donde se presente su cobro, indistintamente, la cantidad descrita en el presente Pagaré y que corresponde a la suma adeudada a EL BANCO, conforme al Artículo 10° de la Ley N° 27287 (Ley de Títulos Valores), cantidad que es de mi/nuestro cargo, la misma que será cancelada y pagada en la fecha de vencimiento y en la misma moneda expresada en este Pagaré, quedando establecido que si no efectuase/efectuásemos el pago del monto total del presente Pagaré, abonaré/abonaremos los intereses a las tasas más altas señaladas en el tarifario de EL BANCO vigentes a la fecha de vencimiento.
EL BANCO queda autorizado para prorrogar este Pagaré cuando así lo estime conveniente, ya sean estas prórrogas por el importe total o por cantidad menor, sin requerir para dichos efectos mi/nuestra suscripción.
Autorizo/Autorizamos a EL BANCO expresa e irrevocablemente, para que a su vencimiento o fecha posterior, cargue o compense la cantidad necesaria que exista en cualquiera de las cuentas, depósitos, bienes o valores que, en cualquier moneda, mantengo/mantenemos, en forma individual o mancomunada, con terceros en EL BANCO, o en cualquiera de sus filiales o sucursales del Perú y del exterior, conforme al artículo 132. numeral 11 de la Ley N° 26702.
De conformidad con lo establecido por el Artículo 52º de la Ley N° 27287, queda expresamente establecido que el presente Xxxxxx no requiere ser protestado; sin embargo, el tenedor queda facultado a protestarlo por falta de pago si así lo estimare conveniente, asumiendo los costos de tal protesto, pudiendo trasladar dicho costo al EMITENTE y/o a EL/LOS AVAL/ES PERMANENTE/S, según sea el caso.
Las obligaciones contenidas en este Pagaré no se extinguirán aun cuando por culpa del tenedor se hubiese perjudicado este Pagaré, constituyendo el presente acuerdo pacto en contrario a lo dispuesto por el Artículo 1233º del Código Civil peruano.
AVAL/ES PERMANENTE/ES
Me/Nos constituyo/constituimos en avalista/s permanente/s solidario/s de EL EMITENTE de este Pagaré en garantía de todas las obligaciones contraídas en el mismo, comprometiéndome/nos a pagar la cantidad adeudada, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, tributos y gastos que se ocasionen, sin limitación alguna, quedando incluso EL BANCO autorizado para cargar la cantidad adeudada por dicho concepto en las cuentas que en cualquier moneda mantenga/mos en EL BANCO, no requiriéndose para ello el protesto del documento contra EL EMITENTE. Esta garantía es por plazo indefinido y estará vigente mientras permanezca impaga la obligación que garantiza.
El EMITENTE y EL/LOS AVAL/ES PERMANENTE/S manifiestan que su domicilio es el indicado líneas abajo, donde se enviarán los avisos y las notificaciones del caso, diligencias notariales, judiciales y demás que fuesen necesarias para los efectos del pago. Cualquier cambio de domicilio solo será válido si el mismo es notificado a EL BANCO mediante comunicación escrita con quince (15) días de anticipación, siempre que el nuevo domicilio esté ubicado dentro del radio urbano de la misma ciudad.
EL EMITENTE y EL/LOS AVAL/ES PERMANENTE/S se someten a la competencia y jurisdicción de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de Lima o la ciudad en la que se suscribe el presente Pagaré, a decisión de EL BANCO, renunciando al fuero de su/sus domicilio/s.
, de de .
p. EL EMITENTE
FIRMA/S: /
Denominación Social /Nombres:
RUC/DNI Nº: /
Domicilio: Nombre de Representantes:
p. LOS AVALES PERMANENTES
1) FIRMA/S: /
Denominación Social /Nombres:
RUC/DNI Nº: /
Domicilio: Nombre de Representantes:
2) FIRMA/S: /
Denominación Social /Nombres:
RUC/DNI Nº: /
Domicilio: Nombre de Representantes:
3) FIRMA/S: /
Denominación Social /Nombres:
RUC/DNI Nº: /
Domicilio: Nombre de Representantes:
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