Contract
I. Alcance
Este manual es una herramienta, para garantizar que todos los contratos que el Departamento de Antioquia establezca con terceros ya sean personas naturales o jurídicas en actividades relacionadas con la construcción, montaje, reforma o mantenimiento de la infraestructura, instalaciones locativas, y los contratos relacionados con consultoría y asesoría directa, mercadeo, ventas y suministros, cumplan con los requisitos para la prevención de accidentes y enfermedades laborales del personal contratista y/o subcontratista. La redacción del contrato para las actividades contempladas dentro del alcance de este manual será acorde a los riesgos asociados a la ejecución del contrato.
El presente manual aplica para todo el personal que preste servicios a el Departamento de Antioquia bajo la figura de contratación o subcontratación, se dará a conocer por parte de la entidad contratante desde el momento en que se publican los estudios y documentos previos y los pliegos de condiciones como un anexo a estos documentos, de manera que se convierta en una guía, medio de consulta y referencia, para lo cual el oferente deberá incluir los costos de todos los aspectos de SST dentro de la administración de su propuesta y presentar un Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, cumpliendo con la normativa vigente y la que aplique al momento de la presentación de dicha propuesta. Los requisitos mencionados son de obligatorio cumplimiento para que las actividades que han de ser realizadas por los contratistas y/o subcontratistas del Departamento de Antioquia se efectúen de forma segura.
El Manual de Seguridad y Salud en el Trabajo dirigido a Contratistas del Departamento de Antioquia está elaborado de acuerdo con la normativa legal vigente y la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y la Política del Sistema de Gestión Integral del Departamento de Antioquia. El desconocimiento del mismo no exime a los contratistas y/o subcontratistas para dar cumplimiento a los requisitos, normativa legal vigente y la Política del Sistema de Gestión Integral de la Entidad.
II. Objetivo General
Establecer los parámetros necesarios para las diferentes relaciones contractuales que tenga la el Departamento de Antioquia en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el propósito de identificar los riesgos ocupacionales asociados a las tareas que llevan a cabo o las actividades para las que se contraten y realizar el respectivo seguimiento, vigilancia y control.
Específicos
1. Establecer las normas generales de Seguridad y Salud en el Trabajo del Departamento de Antioquia para sus contratistas y/o subcontratistas.
2. Establecer un control por parte de los supervisores y/o interventores es de los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo durante la ejecución del contrato, acorde con lo establecido en la propuesta y el Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo presentado por los contratistas y/o subcontratistas del Departamento de Antioquia y guiarlos en la implementación de su Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo específico para el objeto del contratado, de acuerdo con las mejores prácticas exigidas por la normativa vigente y el sistema de gestión aplicables.
3. Establecer las directrices que deberán tenerse en cuenta en la elaboración, redacción y desarrollo de los estudios y documentos previos y pliegos de condiciones de los procesos de contratación del Departamento de Antioquia
III. Responsabilidades
ÁREA | ROL | RESPONSABILIDADES |
Dirección de Desarrollo Humano | Contratista y/o subcontratista. | *Cumplir con la normatividad legal vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. *Conocer, acatar y cumplir lo establecido en el presente manual. *Garantizar condiciones seguras para sus empleados. *En caso de que el interventor y/o supervisor notifiquen por escrito situaciones anormales con la seguridad y salud en el trabajo, el contratista deberá comprometerse por escrito a solucionar lo pertinente en el caso que se le establezca. *Estipular con todos sus subcontratistas las mismas exigencias de Xxxxxxxxx y Salud en el Trabajo pactadas en su contrato inicial y revisar regularmente el cumplimiento de las mismas por parte de sus subcontratistas. *Entregar los soportes necesarios para validar el cumplimiento del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
Dirección de Desarrollo Humano | Personal contratista | *Hacer las visitas que considere necesarias al sitio o sitios donde va a ejecutar el objeto contractual, con el fin de familiarizarse con las condiciones de seguridad que se requieran para llevar a cabo la labor. *Cumplir con las normas vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo. *Conocer, acatar y cumplir lo establecido en el presente manual y la normatividad vigente. |
Dirección de Desarrollo Humano | Profesional, tecnólogo o técnico (de acuerdo con resolución 1111 de 2017 del Ministerio de trabajo) con licencia de salud ocupacional del Contratista | *Velar por el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo. *Desarrollar e implementar su política y gestionar los riesgos que son objeto del contrato bajo un sistema de gestión de seguridad y salud en trabajo. |
Dirección de Desarrollo Humano | Supervisores y/o Interventores | *Velar por el cumplimiento del objeto del contrato. *Verificar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el presente manual y obrar en consecuencia en coordinación con el Equipo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA, en el control y solución de las desviaciones halladas en lo pertinente a seguridad y salud en el trabajo. *Hacer seguimiento y control al Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo presentado por el contratista en su propuesta y a lo establecido en el Decreto Único Reglamentario del sector Trabajo 1072 de 2015 y las demás normas que lo modifiquen, reglamenten o sustituyan al momento de la ejecución del contrato. |
Dirección de Desarrollo Humano | Equipo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. | *Verificar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo y los requerimientos establecidos en el presente manual por parte de los contratistas. *Xxxxxxx apoyo técnico al interventor y/o supervisor cuando lo considere pertinente o le sea solicitado por él. *Socializar el contenido del presente Manual con las diferentes dependencias de la GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA y mantenerlas informadas ante las posibles modificaciones del presente documento y cambio en la normatividad vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. *Capacitar a los supervisores y/o interventores de la GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. *Mantener actualizada la Matriz Legal con el apoyo del área Jurídica. |
Área Jurídica | Abogados responsables de los procesos contractuales | *Mantener actualizada la base de datos de contratistas del departamento de Antioquía. |
IV. Definición de Términos
Accidente de trabajo: todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas de su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. (Artículo 3° de la Ley 1562 de 2012).
Acción correctiva: acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada otra situación no deseable. (NTC-OHSAS 18001:2007, art 2.2.4.6.2 numeral 1 decreto 1072/2015).
Acción preventiva: acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable. (NTC-OHSAS 18001:2007, art 2.2.4.6.2 numeral 1 decreto 1072/2015).
Contratista: persona natural o jurídica con la que el Departamento de Antioquia establece un vínculo o relación contractual: se reconoce como un aliado qué por sus calidades técnicas, operativas, logísticas, legales y en especial de Seguridad y Salud en el Trabajo, se constituye en un eje fundamental para alcanzar los Objetivos del Departamento de Antioquia.
Desempeño: resultados medibles de la gestión de una organización en relación con sus riesgos de seguridad y salud en el trabajo. (NTC-OHSAS 18001:2007).
Documento: información y su medio de soporte. El medio de soporte puede ser papel, magnético, óptico o electrónico, una fotografía o muestras patrón, o una combinación de estos. (NTC-OHSAS 18001:2007).
Enfermedad laboral: es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno
Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral conforme lo establecido en las normas legales vigentes. (Artículo 4° de la Ley 1562 de 2012).
Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos. (Artículo 3° de la Resolución 1401 de 2007).
No conformidad: incumplimiento de un requisito: estándares, prácticas, procedimientos de trabajo y requisitos legales pertinentes, requisitos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, entre otros. (NTC-OHSAS 18001:2007).
Peligro: fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión al personal contratista, o una combinación de estos.
Personal competente: Que tiene las cualidades o conocimientos adecuados para desarrollar un trabajo o desempeñar una función (educación, formación y experiencia).
Procedimiento: forma específica para llevar a cabo una actividad o un proceso. (NTC-OHSAS 18001:2007).
Registro: documento que presenta los resultados obtenidos, o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas. (NTC-OHSAS 18001:2007).
Riesgo: combinación de la probabilidad de que le ocurra al personal contratista un evento o exposición peligrosa, y la severidad de la lesión o enfermedad que puede ser causada por el evento o exposición.
Seguridad y Salud en el Trabajo (Salud Ocupacional): disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. (Artículo 1° xx Xxx 1562 de 2012).
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST: consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. (Capitulo 6, articulo 4 del Decreto 1072 de 2015).
Subcontratista: persona natural o jurídica que asume contractualmente ante el contratista u otro sub-contratista el compromiso de realizar determinadas partes de un proyecto con sujeción al proyecto por el que se rige su ejecución. Para el presente manual el subcontratista es el prestador de servicios o productos a un contratista.
Supervisor o Interventor: es el administrador del contrato o aquella persona que una vez adjudicado un contrato con el Departamento de Antioquia es el representante autorizado ante el contratista y es la persona autorizada para realizar comunicados entre el contratista y las demás áreas del Departamento de Antioquia.
V. Requisitos de cumplimiento Obligatorio
El Contratista se obliga a acatar los requisitos legales de nivel nacional y otros que el Departamento de Antioquia suscriba en materia de seguridad y salud en el trabajo y de desarrollar y asegurar para la ejecución de los contratos los siguientes elementos mínimos de gestión:
1. Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
El Contratista asegurará que su política de Xxxxxxxxx y Salud en el Trabajo sea divulgada y aplicada por todos sus empleados, con la intención que sean conscientes de sus obligaciones individuales en Seguridad y Salud en el Trabajo. La participación activa de todos los empleados deberá ser evidente, buscando asegurar los objetivos y metas de Seguridad y Salud en el Trabajo en el contrato, a través de controles y seguimientos periódicos y garantizando de esta manera el bienestar integral de cada empleado. La política y los objetivos estarán alineados con los del Departamento de Antioquia, y el Contratista los someterá a constante revisión para asegurar que siguen siendo pertinentes y apropiados a la organización.
2. Identificación de peligros, evaluación, valoración de riesgos y gestión de los mismos.
Para contratos de mediana y larga duración (ejecución de contratos con duración mayor a tres meses) el Contratista contará con una Matriz de identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, en la medida de lo posible bajo la metodología de la Guía Técnica Colombiana GTC 45. Esta matriz será actualizada mínimo anualmente o cuando existan cambios significativos en cualquier aspecto que puedan afectar el desempeño de Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, serán implementadas las medidas de control requeridas para la gestión de los peligros y se le realizará seguimiento a su eficacia. En todo caso para contratos que impliquen actividades de riesgos IV y V independientemente de la duración del contrato se deberá contar con
Matriz de identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, en la medida de lo posible bajo la metodología de la Guía Técnica Colombiana GTC 45.
3. Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
El Contratista deberá elaborar un Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo con base en el SG-SST de su empresa, en el cual plasmará las acciones y medidas a implementar en los diferentes frentes de obra durante la ejecución del contrato, garantizando en todo momento la seguridad de sus empleados orientada a la prevención de posibles accidentes y el bienestar de su personal a cargo. Dicho Plan deberá contener una descripción de las actividades a implementar para minimizar los riesgos con su respectivo cronograma, metas, responsabilidades y costos asignados para el desarrollo del mismo.
4. Conformidad legal
El Contratista en todo momento atenderá las normas jurídicas de las autoridades competentes del orden nacional, y dará cumplimiento a los requisitos y obligaciones en Seguridad y Salud en el Trabajo que adquiera con ocasión de los contratos exigidos en las normas internas, procedimientos, instructivos y los demás que establezca el Departamento de Antioquia relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los requisitos, funciones y responsabilidades serán entendidos y cumplidos por los contratistas, por lo cual, cualquier subcontrato incluirá y cumplirá los mismos requisitos del contrato principal en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin lugar a excepción. El Contratista es el responsable exclusivo por cualquier incumplimiento de Seguridad y Salud en el Trabajo en relación con sus empleados, subcontratistas y partes interesadas. El Contratista comunicará información pertinente sobre requisitos legales y de otra índole a todos sus empleados y partes interesadas.
5. Objetivos y Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo
El Contratista se obliga a organizar y garantizar el funcionamiento, evaluar y controlar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, que reglamenta la organización, forma y funcionamiento del SG-SST, o las que los modifiquen, sustituyan o aclaren.
El SG-SST contemplará actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial, Seguridad Industrial, Planes de Emergencias y Gestión con Subcontratistas, con base en el cual el contratista y/o subcontratista elaborará y presentará ante el Departamento de Antioquia, un Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo específico para la actividad económica y el objeto del contrato, de conformidad con los riesgos reales o potenciales y el número de empleados, el cual
debe incluir un cronograma de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo con metas, responsabilidades y recursos asignados para el desarrollo del Plan de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. Recursos y Organización
6.1. Recursos para la gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
Todos los recursos necesarios para el cumplimiento del SG-SST y el Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo serán responsabilidad del Contratista, como lo plantean las normas nacionales vigentes (decreto 1072/15). Por lo tanto, el Contratista asegurará la disponibilidad de los recursos financieros, técnicos, la infraestructura organizacional y el talento humano requeridos para la ejecución del contrato y el desarrollo de cada uno de los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Durante la ejecución del contrato el Contratista ordenará las actividades y proveerá todos los recursos que sean necesarios para garantizar el desarrollo efectivo del SG-SST y el Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo, en todas las sedes y/o frentes de trabajo donde laboren sus empleados; así mismo los de sus subcontratistas y de los visitantes o de terceras personas, a excepción de que el contrato contemple algo diferente.
6.2. Definición de funciones, responsabilidades, rendición de cuentas y autoridad
El Contratista presentará su estructura administrativa y operativa prevista para atender todo lo relacionado con el SG-SST y el Plan de trabajo de Seguridad en el Trabajo durante la vigencia del contrato. También establecerá claramente y comunicará las funciones, roles y responsabilidades en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo para los cargos del personal vinculados al contrato, efectuará seguimiento a su cumplimiento mediante herramientas como lo son visitas técnicas, las reuniones sistemáticas, informes, auditorías, entre otras, y tomará acciones cuando se presenten desviaciones.
7. Competencia y formación
El Contratista será directamente responsable de la atención de todo lo relacionado con Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial, Planes de Emergencia y Gestión con subcontratistas, contando para ello con personal calificado, experimentado y competente de acuerdo con la legislación vigente. El Contratista se obliga a emplear personal apto, capacitado, certificado, especializado y con experiencia para cada tipo de trabajo, con el fin de que las actividades se ejecuten en forma segura, técnica y eficiente. Impartirá formación a su personal para que conozcan las exigencias del contrato en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo
con las normas existentes y además con las indicadas en el presente documento. El Contratista contará con personal calificado en Seguridad y Salud en el Trabajo con su respectiva licencia vigente (resolución 1111/17), capacitación de 50 horas certificada y en número suficiente, con el poder de decisión para garantizar la correcta supervisión respecto a la salud y la seguridad en las actividades de los distintos frentes de trabajo y durante todos los turnos.
Para el inicio del contrato que implique realización de trabajos en altura, todo el personal involucrado en el riesgo de alturas contará con la respectiva certificación vigente acorde con la resolución 1409 de 2012, se deberá contar, durante todo el tiempo de la ejecución del contrato, con un coordinador de trabajos en altura certificado. Todas las certificaciones de los trabajadores que ejecuten trabajos en alturas deberán mantenerse vigentes durante la duración del contrato.
El reentrenamiento de trabajo en altura hace parte del Cronograma de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo y deberá realizarse como mínimo una vez al año de acuerdo con la normativa vigente, adicional al uso obligatorio de los diferentes equipos de protección personal pasiva y activa.
7.1. Inducción y re-inducción
El Contratista contará con programas de inducciones y re-inducciones de Seguridad y Salud en el Trabajo para sus empleados, subcontratistas y partes interesadas. Con el fin de comunicar temas de Seguridad y Salud en el Trabajo relevantes entre los que se destacan: política de seguridad y salud en el trabajo, peligros y aspectos específicos del cargo y de las actividades a realizar, normas fundamentales de seguridad y salud, respuesta ante emergencias, entre otros.
Las re-inducciones serán efectuadas con una frecuencia mínima anual o cuando la actividad específica a realizar en el contrato sea modificada sustancialmente. El Contratista presentará al Departamento de Antioquia los registros de Asistencia y evaluación de la capacitación a eventos de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo.
8. Comunicación
El Contratista contará con mecanismos idóneos y oportunos para la comunicación efectiva del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo a todo su personal y mantendrá un conducto regular con el Departamento de Antioquia, mediante el que se notificarán los temas de Seguridad y Salud en el Trabajo de su competencia.
9. Participación
Dentro de las funciones asignadas al Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo por normativa vigente, el Contratista les informará y consultará sobre el desarrollo del SG-SST. El
Contratista considerará las recomendaciones emanadas de estas instancias, para el mejoramiento del SG-SST y asegurará que estos dispongan del tiempo y recursos para participar activamente en él.
10. Documentación
Los Contratistas presentarán la siguiente documentación antes, durante y al finalizar el contrato de acuerdo a la duración de este, en los formatos establecidos por el Departamento de Antioquia cuando aplique:
DOCUMENTACIÓN | CONTRATOS DE CORTA DURACIÓN O EJECUCIÓN INSTANTÁNEA (CONTRATOS MENORES A 1 MES) | CONTRATOS DE MEDIANA Y LARGA DURACIÓN (CONTRATOS CON EJECUCIÓN MAYOR A 3 MESES) |
Información general de la empresa contratista. | X | X |
Lista de verificación del Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo donde se contemplan los aspectos específicos del SG-SST en el contrato a ejecutar. | X | |
Informe de inspecciones de seguridad. | X | X |
Matriz de identificación de peligros, evaluación, valoración de riesgos y gestión de los mismos. | X | |
Cronograma de actividades de seguridad y salud en el trabajo. | X | X |
Listados de asistencia a capacitaciones de seguridad y salud en el trabajo y los registros de las respectivas evaluaciones. | X | X |
Certificación para trabajos en alturas (nivel avanzado y coordinador) si aplica. | X | X |
Indicadores de seguridad y salud en el trabajo del Contratista. | ||
Licencias de salud ocupacional vigente de los técnicos, tecnólogos o profesionales asignados al contrato en el nivel central y en los frentes operativos durante su desarrollo. | X | X |
Planillaintegral de liquidación de aportes a la Administradora de Riesgos Laborales (AR L), Empresas Prestadoras de Salud (EPS) y Administradoras de Fondos de Pensión (AFP). | X | X |
Reglamento Interno de Trabajo (cuando aplique). | X | X |
Conformación del COPASST o nombramiento del vigía ocupacional del Contratista. | X | X |
Nota: El Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo será de ejecución permanente durante el tiempo de vigencia del contrato y estará contenido en un documento firmado por el representante legal y el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo del Contratista, y por la persona encargada de desarrollarlo.
11. Procedimientos y prácticas seguras
El Contratista contará con procedimientos y prácticas seguras documentadas para las actividades y tareas de alto riesgo que serán objeto del contrato, los cuales estarán redactados de forma coherente y clara, y estarán disponibles para todo el personal. El Contratista asegurará que sus empleados, subcontratistas y partes interesadas relacionadas con la ejecución del contrato, los conozcan y ejecuten con rigurosidad. El contratista conocerá y acatará los procedimientos y prácticas seguras establecidas por el Departamento de Antioquia cuando se realicen trabajos dentro de sus instalaciones y/o cuando estando bajo el control y/o supervisión del Departamento de Antioquia, así se le solicite. Para ello cumplirá con lo siguiente:
• Implementar los respectivos procedimientos e instructivos de trabajo seguro objeto del contrato. Estos cumplirán con la normativa legal vigente.
• Disponer de personal competente y calificado.
• Garantizar programas de capacitación en procedimientos básicos de seguridad y entrenamiento y capacitación en tareas de alto riesgo.
• Incluir dentro del plan de emergencias, los procedimientos y planes de rescate, según el alcance de los trabajos a ejecutar, los cuales serán elaborados por personas calificadas y certificadas, estos estarán implementados, actualizados y disponibles en el lugar de trabajo de la labor.
• Atender las indicaciones, procedimientos y protocolos de seguridad establecidos por el Departamento de Antioquia para contrarrestar los factores de riesgos presentes durante la ejecución de la labor.
• Informar al Departamento de Antioquia la presencia de riesgos propios del trabajo del contratista no identificados inicialmente, o riesgos encontrados durante el desarrollo del trabajo.
• Realizar un cronograma de inspecciones y presentar mensualmente los informes respectivos.
11.1. Elementos y Equipos para la protección personal y colectiva
Todo el personal del Contratista estará dotado con elementos y equipos para la protección personal y colectiva durante el trabajo, de acuerdo con la naturaleza del riesgo a proteger y según la actividad realizada. Igualmente, lo exigido contractualmente en cuanto a dotación de xxx xx xxxx y zapatos serán cada (4) cuatro meses y deben ser acordes a los riesgos presentes en las actividades objeto del contrato.
Los elementos y equipos de seguridad serán certificados y cumplirán con las normas según la legislación vigente. Además, se asegurará la compatibilidad de los elementos que componen los sistemas y equipos de protección y se garantizará la operación contando con pruebas que garanticen el buen funcionamiento de los equipos y sistemas de protección y/o certificados que lo avalen. El Contratista no podrá iniciar actividades en un frente de trabajo, sin que previamente le demuestre al Supervisor o interventor que dispone en éste, de todos los elementos indispensables para dar cumplimiento a las normas sobre prevención y control de accidentes, establecidas en la legislación vigente y en el pliego de condiciones.
En caso de que el Contratista no suministre los equipos y elementos de protección personal o no realice la gestión para garantizar su utilización, el Departamento de Antioquia a través del Supervisor o interventor, a su criterio podrá suspender el trabajo y/o contrato y/o aplicar las sanciones por incumplimiento establecidas contractualmente.
12. Preparación y respuesta ante emergencias
Los planes de emergencias estarán alineados con los del Departamento de Antioquia y cubrirán los probables escenarios, incluyendo el análisis de las potenciales situaciones de emergencia (análisis de vulnerabilidad) y la forma de responder a tales situaciones de emergencia (procedimiento operativo normalizado). También establecerá la composición de las brigadas de emergencia y la capacitación dada, o cubrir para dar respuesta ante emergencias que podrían presentarse durante la ejecución del contrato, así como la programación de simulacros, entre otros, bajo el escenario de la máxima exigencia de respuesta que pueda presentarse. Dicho personal será suficiente, tener funciones asignadas para las etapas preventiva, reactiva y correctiva, para los diferentes grados de emergencia establecidos, de acuerdo a los lineamientos del Departamento de Antioquia.
El Contratista proporcionará y utilizará los equipos de seguridad tales como extintores, botiquines de primeros auxilios, camillas, entre otros, como mínimos del tipo y en la cantidad exigidos en los estándares legales e industriales de acuerdo a las actividades a desarrollar en el contrato y los considerados en los análisis de riesgos, manteniendo registros actualizados de todos ellos y las inspecciones pertinentes para garantizar que se encuentren en buen estado. Es responsabilidad del Contratista el suministro de capacitación al personal sobre el uso correcto de dichos equipos.
13. Medición y seguimiento del desempeño
El Contratista contará con procedimientos y conservará los registros del mantenimiento y calibración de los equipos, con el cual se asegurará su estado técnico de diseño original y las condiciones de higiene y seguridad adecuadas para la labor contratada. El Contratista deberá establecer indicadores de estructura, proceso y resultado: Indicadores de Seguridad y salud en el Trabajo, que le permitan direccionar sus actividades al cumplimiento de objetivos y metas de Seguridad y Salud en el trabajo del contrato a través del análisis periódico de tendencia, Los mismos deben contar con su interpretación, análisis y plan de acción.
Para contratos de mediana y larga duración (ejecución del contrato con una duración mayor a seis meses), el Contratista presentará mensualmente al Supervisor y/o interventor un informe que incluirá los formatos anexos en el presente Manual debidamente diligenciados, con el fin de realizar seguimiento a la ejecución del SG-SST y hacer un análisis del estado de seguridad e higiene en relación con la ejecución del contrato, incluyendo el análisis de las actividades, indicadores de estructura, proceso y de resultado y los potenciales incumplimientos reportados por el contratista. Posteriormente el Supervisor y/o interventor enviará estos informes al Equipo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Departamento de Antioquia.
14. Investigación de accidentes e incidentes. No conformidades y acciones correctivas y preventivas
El Contratista informará al Supervisor y/o interventor acerca de cualquier accidente e incidente que ocurra en relación con la ejecución del contrato y los casos de enfermedad laboral que ocurran durante éste. Para el efecto, el Contratista enviará al Supervisor y/o interventor copia del informe de los accidentes reportados a la ARL, de su investigación y los planes de acción ejecutados. El Contratista investigará todos los incidentes y accidentes de trabajo cumpliendo las disposiciones legales vigentes en la Resolución 1401 de 2007 del Ministerio de la Protección Social y las normas que en el futuro la modifiquen, complementen o aclaren. A demás entregará copia del informe de la investigación de estos eventos al Supervisor y/o interventor dentro de los 15 días siguientes a su ocurrencia con las respectivas acciones correctivas a implementar y presentará mensualmente las estadísticas de los incidentes y accidentes de trabajo ocurridos en el mes anterior, en caso de ocurrencia de los mismos.
Si por causa de riesgos laborales se presentare disminución o detrimento de la capacidad laboral de un trabajador, el contratista deberá investigar y efectuar seguimiento a las acciones llevadas a cabo para remediar o compensar esta situación. El Supervisor y/o interventor podrá exigir al Contratista modificaciones y/o complementos a tales acciones sin que esto conlleve obligaciones por parte del Departamento de Antioquia.
15. Control de documentos y registros
El Contratista se obliga a mantener actualizados tanto los documentos del SG-SST, como los registros anexos en el presente documento y mantenerlos disponibles para su revisión por parte del Departamento de Antioquia y las autoridades competentes de vigilancia y control cuando así lo soliciten. Cada vez que se requiera, el Contratista revisará y ajustará la política y los procedimientos de Seguridad y Salud en el Trabajo, planeará y revisará sus actividades y operaciones para ajustarse a los requerimientos del Departamento de Antioquia.
16. Auditoría interna de gestión
El Contratista planificará auditorías internas de gestión o de primera parte e inspecciones de seguridad que permitan verificar su avance y gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. El Supervisor y/o interventor notificará al contratista cualquier violación de los requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo que observe durante la ejecución del contrato e indicará las acciones correctivas que serán necesarias realizar para garantizar la seguridad de las personas o bienes, las cuales serán acatadas por el Contratista.
El Supervisor y/o interventor podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución de la labor, si por parte del contratista existe una violación de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Supervisor y/o interventor al respecto, o en el caso de peligro inminente a las personas o labor; en este último caso el Supervisor y/o interventor podrá obviar la notificación escrita al Equipo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Departamento de Antioquia y recomendar inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias, sin que esto conlleve obligaciones por parte del Departamento de Antioquia .
17. Gestión con subcontratistas
El Contratista estipulará con todos sus subcontratistas las mismas exigencias de Seguridad y Salud en el Trabajo pactadas en su contrato inicial, y revisará regularmente el cumplimiento de las mismas por parte de sus subcontratistas, por lo tanto, el Contratista es responsable, directo, único y exclusivo ante el Departamento de Antioquia por cualquier siniestro, daño o perjuicio que se cause por la acción u omisión en el cumplimiento de dichas exigencias a cargo del subcontratista.
VI. Políticas y Lineamientos
En cumplimiento a la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, y con el objetivo de mantener condiciones seguras, saludables y confortables acordes con la política del Departamento de Antioquia, los Contratistas cumplirán los siguientes requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo:
• Disponer del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, según lo establecido en el Decreto 1072 de 2015, antes llamado Plan Básico de Salud Ocupacional.
• Elaborar el Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo, con base en lo estipulado en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa.
• Todo el personal del Contratista y sus subcontratistas estarán afiliados al Sistema de Seguridad Social (Entidades Promotoras de Salud (EPS)), Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), Fondos de Pensiones, Cesantías y Cajas de Compensación Familiar. El Contratista se obliga a afiliar correctamente y mantener los pagos, sin xxxx ni desviaciones de todos sus empleados al Sistema de Seguridad Social. Sin el cumplimiento de estos requisitos, ninguna persona podrá trabajar en la ejecución del contrato.
• Antes de iniciar un contrato, el Contratista informará al Supervisor y/o interventor cual es la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) a la que tiene afiliados a sus empleados, y reportará de inmediato todo cambio que haga al respecto.
• Realizar inducción a sus empleados donde se les dé a conocer: las generalidades de la empresa, políticas de seguridad y salud en el trabajo y gestión ambiental y planes de emergencias.
• El Contratista acatará todas las instrucciones y procedimientos que en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo el Departamento de Antioquia comunique, se encargará de gestionar los formatos y demás que se exijan para evidenciar el cumplimiento de las normas relacionadas con el tema y realizará los procedimientos de acuerdo a los pliegos de condiciones.
• Realizar a sus empleados las evaluaciones medicas ocupacionales establecidas en la Resolución 2346 de 2008. El Departamento de Antioquia podrá suspender trabajos del Contratista si estos no se ajustan a los estándares de seguridad establecidos por normas técnicas nacionales e internacionales o a la normativa legal sin que por ello reciba pago adicional o cualquier otro tipo de contraprestación.
VII. Anexos
• Información general de la empresa Contratista.
DATOS DE LA EMPRESA | ||||||
Nombre: | ||||||
Nit: | ||||||
Ciudad: | ||||||
Departamento: | ||||||
Dirección: | ||||||
Teléfono: | ||||||
Sucursales o agencias: | Si | No | ||||
Numero: | ||||||
Nombre de la ARL: | ||||||
Clase o tipo de riesgo de la actividad económica principal de la empresa: | ||||||
Código de la actividad económica: | ||||||
Tipo de Sector económico: | Público | I | Privado | Mixto | ||
Representante legal: | ||||||
Responsable de SST: |
• Lista de verificación de aspectos específicos SG-SST en el contrato a ejecutar.
DOCUMENTACIÓN | CONTRATOS DE CORTA DURACIÓN O EJECUCIÓN INSTANTÁNEA (CONTRATOS MENORES A 1 MES) | CONTRATOS DE MEDIANA Y LARGA DURACIÓN (CONTRATOS CON EJECUCIÓN MAYOR A 3 MESES) |
Información general de la empresa contratista. | X | X |
Lista de verificación del Plan de Gestión y Seguridad en el Trabajo donde se contemplan los aspectos específicos del SG- SST en el contrato a ejecutar (manual del 5G-55T). | X | |
Matriz de identificación de peligros, evaluación, valoración de riesgos y gestión de los mismos. | X | |
Cronograma d actividades de seguridad y salud en el trabajo. | X | X |
Certificación para trabajos en alturas (nivel avanzado y coordinador) si aplica | X | X |
Licencias de salud ocupacional vigente de los técnicos, tecnólogos o profesionales asignados al contrato en el nivel central y en los frentes operativos durante su desarrollo. | X | X |
Planilla integral de liquidación de aportes a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL), Empresas Prestadoras de Salud (EPS) y Administradoras de Fondos de Pensión (AFP). | X | X |
Reglamento interno de Trabajo (cuando aplique) | X | X |
Conformación del COPASST o nombramiento del vigía ocupacional del Contratista | X | X |
LISTA DE VERSIONES
VERSIÓN | FECHA | DESCRIPCIÓN |
1 | 20/Feb/2018 | Nace de la necesidad de garantizar el cumplimiento por parte de los contratistas del Departamento de Antioquia de la normativa en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
2 | 13/Sep/2018 | Se genera el manual en formato pdf, para facilitar la consulta de las partes interesadas. |
ELABORO | REVISO | APROBO |
Nombre: XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX Cargo: Profesional Universitario Fecha: 20/Feb/2018 | Nombre: XXXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXXXXX Cargo: Profesional Especializado Fecha: 20/Feb/2018 Nombre: XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX Cargo: Director Administrativo Fecha: 26/Feb/2018 Nombre: XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX Cargo: Profesional Universitario Fecha: 05/Abr/2018 | Nombre: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Cargo: Director Administrativo y Contractual Fecha: 05/Abr/2018 |