RESOLUCIÓN NÚMERO ( )
RESOLUCIÓN NÚMERO ( )
Por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en los numerales 3 y 5 del artículo 6 y en los artículos 50 y 51 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008
CONSIDERANDO
Que corresponde al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales administrar el recurso humano y distribuir entre las diferentes dependencias las funciones y competencias que la ley le otorgue a la DIAN.
Que es necesario gestionar la eficiencia y especialización en el cumplimiento de las competencias a cargo de las dependencias de Nivel Central.
Que para lograr el impacto requerido tanto en las importaciones como en las exportaciones con trato preferencial, bajo el marco de los diferentes Acuerdos o Tratados Comerciales vigentes, es necesario contar con una dependencia dedicada al control del origen de las mercancías.
Que el servicio y control en el tema de origen deben ser atendidos con celeridad, oportunidad y responsabilidad con el fin de salvaguardar los intereses del Estado a través del control al origen de los bienes importados y cumplir con la obligación frente a los servicios que se deben prestar a los usuarios para facilitar las operaciones de comercio exterior especialmente en las exportaciones.
Que teniendo en cuenta el volumen de importaciones que ingresan al país con preferencia arancelaria, bajo el marco de los diferentes Acuerdos o Tratados Comerciales vigentes, es necesario incrementar las verificaciones de origen con el fin de abarcar mayores sectores sensibles para la economía colombiana y tener una mayor cobertura de los usuarios a controlar, paro lo cual se requiere crear una dependencia dedicada al control del contrabando técnico en el tema de origen.
Que la Subdirectora de Gestión de Recursos Financieros mediante correo electrónico del 5 de septiembre de 2016, certificó la viabilidad presupuestal para crear la Coordinación de Verificación de Origen en el Despacho de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera.
Que en virtud de la expedición del Decreto 390 del 7 xx xxxxx de 2016, es necesario armonizar las competencias de las Coordinaciones que conforman la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera a la nueva regulación aduanera.
Continuación de la Resolución por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Crear la Coordinación de Verificación de Origen en el Despacho de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113º de la presente resolución:
1. Adelantar los procedimientos de verificación de origen de las mercancías importadas y exportadas, conforme a lo señalado en los respectivos acuerdos comerciales o tratados internacionales vigentes.
2. Proyectar para la firma del Subdirector de Gestión Técnica Aduanera los actos administrativos correspondientes a las verificaciones de origen en importación.
3. Resolver las solicitudes de los usuarios respecto de las medidas de suspensión de trato arancelario preferencial.
4. Expedir los actos administrativos relacionados con los procesos de verificación de origen de mercancía de exportación y los demás propios de la dependencia
5. Resolver los recursos de su competencia interpuestos contra los actos administrativos proferidos por la dependencia.
6. Xxxxxxx las consultas en relación a mercancías exportadas como originarias de Colombia presentadas por otros países a través de sus autoridades competentes.
7. Tramitar ante las autoridades competentes de los países Parte con los cuales Colombia tiene acuerdos comerciales, las solicitudes que realicen las Direcciones Seccionales respecto de los certificados de origen presentados como documento soporte del trato arancelario preferencial para la importación.
8. Participar en las acciones tendientes a gestionar la cooperación técnica internacional en materia de verificación de origen con otros Estados y organismos internacionales y estrategias que viabilicen el cumplimiento de los acuerdos comerciales en materia de verificación origen.
9. Participar en las reuniones de carácter nacional e internacional que se convoquen en materia de verificación de origen, de acuerdo a los lineamientos institucionales.
10. Asesorar a otras dependencias de la Dian y demás instituciones del Estado en la definición y aplicación de normas y recomendaciones en materia de verificación de origen, teniendo en cuenta lo establecido en los acuerdos comerciales, los planes de gobierno, las tendencias del comercio exterior y los criterios técnicos correspondientes.
11. Adelantar actividades de capacitación a usuarios internos en materia de verificación origen, de acuerdo con los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
12. Participar en el desarrollo, implementación y/o actualización de los sistemas informáticos electrónicos que faciliten el ejercicio de las funciones de la dependencia, de conformidad con las políticas, planes, procedimientos y estándares institucionales vigentes.
Continuación de la Resolución por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
ARTICULO 2º. Modificar el artículo 40° de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:
Artículo 40º- Crear la Coordinación del Servicio de Origen en el despacho de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113º de la presente resolución:
1. Administrar los procedimientos internos relacionados con el origen de las mercancías, según lo dispuesto en los acuerdos comerciales y normas nacionales.
2. Expedir los actos administrativos relacionados con las resoluciones anticipadas de origen, con los exportadores autorizados y los demás propios de la dependencia y resolver los recursos de su competencia que se deriven de la aplicación de los mismos.
3. Orientar y adelantar capacitaciones a las Direcciones Seccionales con competencia aduanera y demás usuarios internos sobre normas de origen.
4. Dar a conocer a los usuarios externos los temas técnicos en materia de origen, de acuerdo a los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
5. Realizar visitas para verificar la calificación de origen de las mercancías exportadas y el cumplimiento de los requisitos y las obligaciones de los exportadores autorizados.
6. Calificar las planillas del material originario de la Subregión, conforme la normatividad vigente de la Comunidad Andina.
7. Recopilar y remitir a la Secretaría General de la Comunidad Andina los informes anuales auditados de las ensambladoras de vehículos y los reportes semestrales.
8. Revisar las declaraciones juramentadas de origen presentadas por los productores y exportadores del país.
9. Participar en reuniones de carácter nacional e internacional donde se desarrollen o resuelvan asuntos técnicos en normas de origen.
10. Participar con otras entidades en la elaboración o modificación de normas de origen de mercancías, a nivel nacional e internacional teniendo en cuenta los lineamientos técnicos, las tendencias de comercio exterior y los planes de gobierno.
11. Proyectar los conceptos sobre el tema de origen para la firma del Subdirector de Gestión Técnica Aduanera, en el marco de las competencias asignadas a la Dian.
12. Resolver consultas en materia de origen en el marco de las competencias asignadas a la Dian.
13. Atender las solicitudes de pronunciamiento técnico que presenten los usuarios internos en materia de origen.
14. Participar en el desarrollo, implementación y/o actualización de los sistemas informáticos electrónicos que faciliten el ejercicio de las funciones de la dependencia, de conformidad con las políticas, planes, procedimientos y estándares institucionales vigentes.
Continuación de la Resolución por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
ARTÍCULO 3°. Modificar el artículo 41° de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 200 adicionado por el artículo 1 de la Resolución 84 de 2014, el cual queda así:
Artículo 41°- Crear la Coordinación del Servicio de Valoración Aduanera en el despacho de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113 de la presente resolución:
1. Dirigir los procesos técnicos aduaneros relacionados con valoración aduanera de mercancías.
2. Asesorar a otras dependencias de la DIAN e Instituciones del Estado en la definición y aplicación de normas y políticas en materia de valoración aduanera de mercancías.
3. Orientar el desarrollo de estudios e investigaciones en materia de valoración aduanera de las mercancías, en el proceso de fiscalización y liquidación, cuando sea requerida.
4. Elaborar estudios de carácter general en materia de valoración aduanera, con la finalidad de detectar posibles incumplimientos en la normatividad aduanera.
5. Desarrollar herramientas de control como, listas de precios de referencia, manuales e instructivos y demás instrumentos que soporten y faciliten el control en materia de valoración aduanera de las mercancías importadas.
6. Expedir los actos administrativos de resoluciones anticipadas de valoración aduanera, ajustes de valor permanente y los demás actos propios de la dependencia.
7. Proyectar los conceptos sobre el tema de valoración aduanera que debe emitir la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera.
8. Resolver consultas en términos generales que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas nacionales e internacionales en materia de valoración aduanera.
9. Resolver los recursos de su competencia interpuestos contra los actos administrativos proferidos por xx xxxxxxxxxxx.
00. Proyectar las respuestas a consultas y solicitudes que en relación con las normas de valoración aduanera presenten a Colombia otros países a través de la autoridad competente y organismos nacionales e internacionales.
11. Resolver las solicitudes de pronunciamientos técnicos en el tema de valoración aduanera que presenten los usuarios internos de la Entidad.
12. Gestionar la cooperación y asistencia técnica internacional en materia de valoración aduanera de las mercancías y colaborar con los organismos internacionales en los asuntos técnicos de su competencia.
13. Participar en representación de la Entidad en reuniones de carácter nacional e internacional donde se desarrollen o resuelvan asuntos técnicos en materia de valoración aduanera.
14. Administrar la Base de datos de Valoración Aduanera, que sirva como instrumento para la evaluación de riesgos en esta materia.
Continuación de la Resolución por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
15. Garantizar la publicación de la normatividad técnica en materia de valoración aduanera, atendiendo las disposiciones del Acuerdo de Valoración de la OMC.
16. Adelantar actividades de capacitación a los usuarios internos, en los temas técnicos de valoración aduanera, de acuerdo a los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
17. Dar a conocer a los usuarios externos los temas técnicos en materia de valoración aduanera, de acuerdo a los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
18. Participar en el desarrollo, implementación y/o actualización de los sistemas informáticos electrónicos que faciliten el ejercicio de las funciones de la dependencia, de conformidad con las políticas, planes, procedimientos y estándares institucionales vigentes.
ARTÍCULO 4°. Modificar el artículo 42° de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual queda así:
Artículo 42º- Crear la Coordinación del Servicio de Arancel en el despacho de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para el cumplimiento de las siguientes funciones, además de las dispuestas en el artículo 113º de la presente resolución:
1. Administrar los procedimientos internos relacionados con la clasificación arancelaria de las mercancías.
2. Asesorar a las demás dependencias de la DIAN e Instituciones del Estado que lo requieran, en la definición y aplicación de políticas y normas en materia de nomenclatura arancelaria.
3. Elaborar estudios de carácter general en materia de clasificación arancelaria, tendientes a detectar la desviación en la clasificación arancelaria de las mercancías.
4. Expedir resoluciones de carácter general que unifiquen criterios en materia arancelaria.
5. Expedir las resoluciones de clasificación arancelaria anticipadas, de oficio o a petición de particulares y los demás actos administrativos propios de la dependencia.
6. Resolver los recursos de su competencia interpuestos contra los actos administrativos proferidos por la dependencia, que sean de su competencia.
7. Proyectar la Circular de Aranceles Totales del Sistema Xxxxxx de Franjas de Precios (SAFP) que deba expedir la Dirección de Gestión de Aduanas.
8. Proyectar los conceptos sobre nomenclatura arancelaria que deba expedir la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera.
9. Resolver las consultas relacionadas con la nomenclatura arancelaria y con las demás funciones del área.
10. Participar en las reuniones de carácter nacional e internacional donde se desarrollen o resuelvan asuntos técnicos en materia de nomenclatura y clasificación arancelaria.
Continuación de la Resolución por la cual se crea una Coordinación en la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y se modifican y adicionan las Resoluciones 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008
11. Resolver las solicitudes de pronunciamiento técnico que presenten los usuarios internos de la Entidad, en materia de clasificación arancelaria.
12. Adelantar actividades de capacitación a los usuarios internos que lo requieran, en materia de nomenclatura arancelaria, de acuerdo a los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
13. Dar a conocer a los usuarios externos los temas técnicos en materia de nomenclatura arancelaria, de acuerdo a los requerimientos y lineamientos de la Entidad.
14. Propiciar el apoyo y cooperación técnica internacional en materia de nomenclatura y clasificación arancelaria y colaborar con los organismos internacionales en los asuntos técnicos de su competencia.
15. Participar en el desarrollo, implementación y/o actualización de los sistemas informáticos electrónicos que faciliten el ejercicio de las funciones de la dependencia, de conformidad con las políticas, planes, procedimientos y estándares institucionales vigentes.
ARTICULO 5°: Adicionar el artículo 6 de la Resolución 0012 de noviembre 4 de 2008, con el siguiente código:
Código | Dependencia |
373 | Coordinación de Verificación de Origen |
ARTICULO 6°: Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicaciones, a las Direcciones de Gestión de Recursos y Administración Económica y de Gestión Organizacional y a las Subdirecciones de Gestión de Procesos y Competencias Laborales, de Personal, de Tecnología de Información y Telecomunicaciones y de Recursos Físicos.
ARTICULO 7°: La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga el artículo 5° de la Resolución 13485 del 29 de diciembre de 2011 y las demás normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los
XXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Director General
Aprobó: Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Directora de Gestión Organizacional Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Director de Xxxxxxx Xxxxxxxx (E) Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Directora de Xxxxxxx Xxxxxxx
Revisó: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Subdirector de Gestión de Procesos y Competencias Laborales Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Subdirector de Gestión de Normativa y Doctrina
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Coordinación del Servicio de Origen
Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Coordinación del Servicio de Valoración Aduanera Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Coordinación del Servicio de Arancel