RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2007, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se abre el plazo, de presentación de solicitudes, para el año 2007, de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar la...
RESOLUCIÓN de 1 xx xxxxx de 2007, del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, por la que se abre el plazo, de presentación de solicitudes, para el año 2007, de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar la contratación indefi- nida de trabajadores con discapacidad y adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal.
Por Orden EYE/1280/2006, de 18 de julio, se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a la contratación indefinida de trabajadores con disca- pacidad y adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal.
La citada Orden establece, en su Base 7.ª que el inicio del procedi- miento de concesión de subvenciones requiere la previa apertura del plazo de presentación de solicitudes, por el órgano competente y su publi- cación en el «Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León».
Por otro lado, la publicación del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con dis- capacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las per- sonas con discapacidad, ha venido a establecer en todo el territorio nacio- nal los documentos válidos para la acreditación del grado de minusvalía igual al 33 por ciento.
Las subvenciones contenidas en esta Resolución se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cas- tilla y León para el año 2007, cofinanciadas por el F.S.E.
La Ley 10/2003, de 8 xx xxxxx, de Creación del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, establece en su artículo 4 las funciones de este Organismo, señalándose en el apartado 2.a) que le corresponde la elabo- ración y gestión de los programas de inserción laboral y fomento del empleo.
En consecuencia, oído el Consejo General de Empleo, teniendo en cuenta las reglas establecidas en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, en lo que resulte de aplicación; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Gene- ral de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 xx xxxxx, de creación del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Admi- nistración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León, así como la Orden EYE/1280/2006, de 18 de julio, por la que se establecen las Bases Regu- ladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad y adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal.
RESUELVO
Primero.– Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto la apertura del plazo de pre- sentación de solicitudes, para el año 2007, de subvenciones, cofinancia- das por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad, y la adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal, en los siguientes programas y de acuerdo con su regulación específica:
• Programa I.– Fomento de la contratación indefinida y transforma- ción en indefinidos de contratos de trabajadores con discapacidad.
• Programa II.– Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal de trabajadores con dis- capacidad.
Segundo.– Xxxxxxx Xxxxxxxx.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la Orden EYE/1280/2006, de 18 de julio, por la que se establecen las Bases Regu- ladoras de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a fomentar la contratación indefinida de trabajadores con disca- pacidad y adaptación de sus puestos de trabajo o dotación de medios de protección personal.
Tercero.– Aplicaciones Presupuestarias.
1.– Las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados x xxxxx- ciar las ayudas establecidas en la presente convocatoria son las que a tal efecto se han aprobado en la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Presu-
puestos Generales de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León para el año 2007, en las aplicaciones y por los importes que a continuación se detallan:
Aplicación Presupuestaria | Importe |
0823 G/241B01/77018/0 | 1.150.000 € |
0823 G/241B01/78090/0 | 211.698 € |
2.– Las subvenciones concedidas con cargo a estos créditos están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Cuarto.– Lugar y plazo para la presentación de solicitudes.
1.– Las solicitudes se presentarán en el modelo que se establece en el Anexo I de la presente Resolución, y en la página Web de la Junta de Cas- tilla y León (xxx.xxxx.xx), en el Registro de la Gerencia del Servicio Público correspondiente a la provincia respectiva o por cualquiera de los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proce- dimiento Administrativo Común, acompañada de la documentación exi- gida en cada caso.
2.– El plazo para la presentación de solicitudes al amparo de la pre- sente Resolución será el comprendido desde el día de producción de efectos de esta Resolución y el 30 de septiembre de 2007, ambos inclusive.
3.– No obstante, serán subvencionables las contrataciones, transfor- maciones o adaptaciones de puestos de trabajo que, cumpliendo los requi- sitos y condiciones previstas en esta Resolución, se hayan realizado en fecha posterior al 30 de noviembre de 2006 y anterior a la fecha en que esta Resolución produzca efectos, debiéndose tener en cuenta para las transformaciones el régimen transitorio establecido por la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. El plazo para la presentación de solicitudes de subvención, en este caso, será de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León».
4.– La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órga- no gestor para recabar los certificados a emitir por la Administración Tri- butaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en el Art. 22 del
R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A tal efecto deberá cumplimentar la casilla correspondiente de la solicitud.
Quinto.– Documentación.
1.– Las solicitudes referidas a las subvenciones reguladas por el Capí- tulo IV, en su Programa I de la Orden EYE/1280/2006, de 18 de julio, reguladora de las bases de estas subvenciones irán acompañadas de la siguiente documentación, en original o fotocopia debidamente compulsada:
A) Documentación correspondiente al Programa I:
a) Documentación acreditativa de la identidad del empresario cuando sea persona física, o C.I.F. y acreditación de la representación de la persona que la ostenta, cuando se trate de una persona jurídica.
b) Documento de la identificación del trabajador cuyo contrato inde- finido constituye el objeto de la solicitud de la subvención (D.N.I., N.I.F., Pasaporte, Carnet de Conducir, Número de Identificación de Extranjeros).
c) Oferta de empleo a la oficina correspondiente del Servicio Público de Empleo, debidamente formalizada, solicitando los trabajadores, inscritos como desempleados necesarios, cuando proceda.
d) Acreditación de la discapacidad, mediante aportación del corres- pondiente certificado, otorgado por el organismo competente, de acuerdo con el R.D. 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunida- des, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
e) Contrato de trabajo indefinido registrado o, en su caso, comunica- do al Servicio Público de Empleo, en el modelo oficial del Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx.
f) En caso de transformación de contratos temporales en indefinidos: Contrato de trabajo temporal objeto de transformación y, en su caso, sus correspondientes prórrogas, así como nuevo contrato de trabajo o comunicación de conversión en indefinido.
g) En el supuesto de empresas colaboradoras en enclaves laborales, contrato mercantil celebrado con el centro especial de empleo.
h) En su caso, documentación acreditativa de que la empresa figura en alta en el Impuesto de Actividades Económicas, cuando la acti- vidad desarrollada esté sujeta al mismo.
i) Descripción del puesto de trabajo a ocupar y características técni- cas del mismo.
j) Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria en la que se solicita el ingreso de la ayuda.
k) En su caso, certificado de Hacienda y de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones con dichos organismos.
B) Documentación correspondiente al Programa II:
a) Documentación acreditativa de la identidad del empresario cuando sea persona física, o C.I.F., y acreditación de la representación de la persona que la ostenta, cuando se trate de una persona jurídica.
b) Acreditación de la discapacidad del trabajador, mediante Certifica- do emitido por el órgano competente.
c) Contrato de trabajo registrado o en su caso, comunicado al Servi- cio Público de Empleo.
d) Memoria descriptiva de la necesidad de adaptación o dotación de medios de protección personal con indicación del coste previsto.
e) En su caso, certificado de Hacienda y de la Seguridad de estar al corriente de sus obligaciones con dichos organismos.
f) Declaración del representante legal de la empresa solicitante acre- ditativa del cumplimiento de todos los requisitos exigidos por las normas legales vigentes en la materia, en los términos contenidos en la solicitud.
g) Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria en la que se solicita el ingreso de la ayuda.
2.– Las Gerencias Provinciales podrán solicitar cualquier otra docu- mentación que considere necesaria para la tramitación del expediente.
Dichas Gerencias Provinciales procederán a la solicitud de los siguientes informes, en relación con las subvenciones contenidas en esta Resolución, en el caso de que no los aporte el solicitante:
Programa I: Al Centro de Base de Atención a Minusválidos de la Gerencia de Servicios Sociales de dicha provincia, sobre adecuación del destinatario de la subvención al puesto de trabajo.
Programa II: A la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre la necesidad de adaptación de medios de protección personal del pues- to de trabajo.
Sexto.– Régimen Transitorio.
Con cargo a los créditos presupuestados para el ejercicio presupues- tario del año 2007 y en función de la normativa que les era de aplicación
en el momento de la solicitud, podrán atenderse solicitudes de subven- ciones presentadas en tiempo y forma al amparo de ejercicios anteriores, relativas al Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transfor- mación en indefinidos de contratos temporales de trabajadores discapaci- tados y del Programa II: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal.
Para ello se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se acredite el motivo que impidió resolver en plazo (insufi- ciencia de crédito en el ejercicio precedente, imposibilidad mate- rial de resolver dentro del plazo, etc.).
b) Que el expediente no se haya resuelto de forma expresa y no se haya impugnado el efecto del silencio.
c) Que el solicitante no manifieste expresamente el desistimiento de la tramitación de su solicitud.
Séptimo.– Desarrollo.
Se faculta al Gerente del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el cumplimiento y efectividad de esta Resolución de Convocatoria.
Octavo.– Producción de efectos.
La presente Resolución producirá efectos al día siguiente de su publi- cación en el «Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León».
Noveno.– Régimen de impugnación.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá inter- ponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo xx Xxxxxxxxxx, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial xx Xxxxxxxx y León», en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Juris- dicción Contencioso Administrativa.
Valladolid, 1 xx xxxxx de 2007.
El Presidente del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León,
Fdo.: XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX