acuerdo de cesión de contrato
copia cedente
copia cesionario
acuerdo de cesión de contrato
R
copia R
Partes:
(i) R Cable y Telecomunicaciones Galicia S.A.U. (en adelante, R), con domicilio en A Coruña, calle Real nº 85 y C.I.F. A-15474281.
(ii) D. (en adelante, el cedente*), con NIF nº
cubrir en caso de ser una empresa o negocio (obligatorio):
y en su nombre y representación D. , con NIF nº (del cual se adjunta copia), en virtud de escritura de fecha (de la cual se adjunta copia).
(iii) D. (en adelante, el cesionario**), con NIF nº
cubrir en caso de ser una empresa o negocio (obligatorio):
y en su nombre y representación D. , con N.I.F. nº (del cual se adjunta copia), en virtud de escritura de fecha (de la cual se adjunta copia) .
con la capacidad y legitimación para contratar que recíprocamente se reconocen, las partes consienten la cesión de la titularidad de los servicios en: dirección 1:
dirección 2:
dirección 3:
marcar a continuación los servicios que se ceden:
todos los servicios
combo
mambo / AMLT
teléfono R
internet R
televisión R
3ollos R
otros
nº fijo
móbilR nº móvil
nº móvil
nº móvil
nº móvil
quiero cambiar el servicio a cliente particular quiero cambiar el servicio a empresa o negocio
Cláusulas:
1. el cedente* cede los servicios indicados al nuevo titular, el cesionario**. Este último acepta todos los derechos y obligaciones del contrato de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones que celebró con R (en adelante, el contrato). La cesión supone la transmisión al cesionario de todos los servicios y equipos incluidos en el contrato de referencia (cuentas de correo y demás servicios asociados, incluida, si las hubiera, la financiación de terminales o la póliza de seguro asociada al terminal del que se ceden los servicios), por lo que ambos, cedente y cesionario, responderán solidariamente de las deudas derivadas de los servicios cedidos.
2. el presente contrato de cesión queda condicionado a la aceptación por parte de R de la cesión. Se entenderá que R acepta la cesión una vez emitida la primera factura a nombre del cesionario para los servicios cedidos. Sin perjuicio de lo establecido en las condiciones generales del contrato (que forman parte de este documento y el cesionario manifiesta conocer), R podrá rechazar la cesión solicitada en caso de que existiese deuda pendiente de pago ya sea del cedente o del cesionario, o si no se ha aportado la documentación necesaria para su tramitación. En caso de que la cesión no sea aceptada por R, el cedente mantendrá todas sus obligaciones.
3. sin perjuicio de lo establecido en las condiciones generales del contrato a los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, cedente y cesionario reconocen haber sido informados de que los datos personales suministrados serán incluidos, en un fichero de datos de carácter personal cuyo responsable es R y que tiene por finalidad facilitar el mantenimiento, gestión, desarrollo, cumplimiento y control del presente contrato. Podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos, mediante solicitud escrita dirigida a R, indicando el nombre y apellidos y adjuntando fotocopia del D.N.I. al apartado de correos 2096, 15080 A Coruña, al fax gratuito 000 00 00 00 o mediante correo electrónico a X-xx-xxxxx@xxxxx-X.xxx. Para el tratamiento de datos con fines publicitarios o de prospección comercial de los servicios prestados por R (a cumplimentar por el cesionario, de acuerdo a lo establecido en la condición general decimosexta del contrato): no deseo que R utilice mis datos con fines publicitarios o de prospección comercial de los servicios prestados por R. no deseo que R utilice mis datos de facturación y tráfico con fines de promoción comercial de los servicios de R.
4. guías: de acuerdo a lo establecido en la condición general decimosexta del contrato, si el cesionario desea que sus datos (nombre, apellidos, razón social, número de abonado, dirección postal del domicilio, excepto piso, letra y escalera) aparezcan publicados en la guía de abonados, deberá enviar a R un escrito solicitándolo expresamente.
5. datos de domiciliación bancaria (a cumplimentar por el cesionario):
titular de la cuenta bancaria (si es diferente de cedente o cesionario, debe adjuntar copia DNI)
nombre:
IBAN:
NIF/CIF:
autorizo a la entidad bancaria mencionada a cargar en mi cuenta arriba indicada los recibos presentados al cobro por R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A.U.
firma del titular de la cuenta
6. datos de contacto del cesionario (debe indicar al menos uno):
teléfono: móvil:
correo electrónico: aviso factura electrónica
y en prueba de conformidad firman las partes el presente acuerdo a día de de
R Cable y Telecomunicaciones Galicia S.A.U., Xxxx 00, 00000 X Xxxxxx. Reg. Mec. A Coruña, Tomo 1522, Sec. Gral. Sdades., folio 125, hoja C-12014. CIF X-00000000 CE_v8
firma del cedente firma del cesionario
EXTRACTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
1. El presente Contrato regula la relación entre R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A.U. (en adelante R) y el Cliente para los servicios contratados. El presente extracto sintetiza las Condiciones Generales de Contratación (en adelante CG) que se entregan en este acto, junto con la promoción aplicable y que el Cliente declara conocer y haber recibido. Las CG, así como la promoción aplicable, están siempre disponibles y actualizadas en xxx.X.xxx. Si el firmante del Contrato ya es Cliente de R, serán de aplicación a todos los servicios y productos contratados con el Cliente las Condiciones Generales de Contratación adjuntas (y por tanto también el extracto de las mismas), que sustituyen automáticamente a cualesquiera otras condiciones firmadas o aceptadas anteriormente, salvo en aquellos extremos que sean compatibles y no contradictorios.
2. R y el Cliente aceptan como válidas las siguientes vías de comunicación a efectos del presente Contrato: dirección postal; números de teléfono y dirección de correo electrónico facilitados por el Cliente, incluyendo mensajes cortos “sms”; mensaje escrito en factura; revista y boletines electrónicos para clientes R; página web de R (xxx.X.xxx); mensajes y avisos interactivos por televisión. El Cliente otorga su consentimiento para grabar las llamadas que se realicen con el Centro de Atención al Cliente (en adelante CAC) de R. La finalidad de las grabaciones es la mejora de la calidad de la prestación del servicio, verificar la satisfacción de los clientes y tramitar la contratación (CG 1).
El Cliente podrá contactar con el Centro de Atención al Cliente través de las siguientes vías: Teléfono: 1446 (clientes empresa), 1449 (clientes particulares); Fax gratuito: 000 00.00.00; Correo postal: Xxxx. Xxxxxxx 0000. 00000 X Xxxxxx; Web de R: xxx.X.xxx; Correo electrónico xxxxxxx: fala-con- R@xxxxx-X.xxx; Resto idiomas: X-xx-xxxxx@xxxxx-X.xxx
3. La contratación del servicio se hace a título personal. El Cliente utilizará el servicio en calidad de usuario final, para comunicaciones interpersonales y exclusivamente para el fin para el que ha sido contratado (CG 2.2).
4. El Cliente se obliga a custodiar y utilizar adecuadamente los equipos propiedad de R. Los equipos se entregarán en régimen de depósito, alquiler, compra o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los equipos están en depósito. El Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados. En caso de extravío, robo, hurto, destrucción, manipulación o deterioro, deberá informar del suceso a R en el plazo máximo de tres (3) días naturales. R podrá exigir una indemnización por los gastos de reparación de los equipos o, en caso de sustitución, por la totalidad de su valor (CG 4.1 y 4.2).
5. El Cliente deberá devolver los equipos propiedad de R en el momento de solicitar la baja del servicio para el que hubieran sido utilizados. Los equipos deberán ser entregados en cualquier distribuidor indicado por R. Será de aplicación lo dispuesto en la CG 15.4. En caso de que el Cliente no devuelva los Equipos propiedad de R tras solicitar la baja de los servicios, R estará facultada para exigirle una penalización calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado. El Cliente podrá solicitar que R recoja dichos equipos, abonando la tarifa en vigor para este servicio (CG 4.3).
6. Las tarifas y promociones aplicables a los servicios contratados son las comunicadas y entregadas al Cliente en el momento de la contratación y se encuentran siempre disponibles y actualizadas en xxx.X.xxx y en el CAC. Determinadas tarifas y promociones en vigor incluyen la posibilidad de subvencionar total o parcialmente la cuota de alta, la tarifa o los terminales y equipos entregados al Cliente, a cambio de un período de permanencia. Si el Cliente acepta cualquiera de esas subvenciones y resuelve el contrato antes de finalizar el período de permanencia establecido, deberá satisfacer, además de las cantidades devengadas por la utilización del/los servicio/s, la parte subvencionada y no satisfecha de los mismos o la penalización establecida en cada caso (CG 6).
7. El Cliente podrá elegir que la factura se expida en papel o en formato electrónico, mediante la marcación de la casilla habilitada al efecto en la carátula del contrato. Caso de no marcarse ninguna casilla se entenderá que el cliente prefiere la modalidad de factura en papel. (CG 7.1).
El retraso en el pago total o parcial por el Cliente podrá dar lugar a la suspensión temporal del servicio, en los términos establecidos en la Ley (CG 8).
8. El Cliente tiene derecho a solicitar a R la desconexión de los servicios de llamadas de tarificación adicional, llamadas internacionales y llamadas a móviles (CG 13.3).
9. El Cliente podrá formular reclamaciones relativas al servicio ante R. Si el Cliente no recibe respuesta satisfactoria en el plazo de un mes, podrá acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo (en caso de particulares y servicios no excluidos) o a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en los supuestos previstos en la Ley) (CG 9).
10. El Cliente tiene derecho a desistir del presente contrato en un plazo de catorce (14) días naturales, sin necesidad de justificación alguna siempre que no haya comenzado la prestación del servicio. El Cliente podrá ejercitar este derecho utilizando el formulario al efecto, disponible en xxx.X.xxx y remitirlo a R por cualquiera de las formas señaladas en la CG 1.4. Si con motivo del contrato le han sido entregados al Cliente equipos de telecomunicaciones, éste deberá devolverlos en el plazo de catorce (14) días naturales desde la comunicación a R del desistimiento del contrato. En caso de desistimiento le serán devueltos al Cliente todos los pagos recibidos, incluidos los gastos de entrega (con excepción de los gastos adicionales resultantes de la elección por el Cliente de una modalidad de entrega diferente a la ofrecida por R) salvo que se le haya entregado uno o varios equipo/s, en cuyo caso, R retendrá las cantidades a devolver hasta haber recibido los mismos en perfecto estado y sin que haya/n sido utilizado/s (CG 13.9).
11. Protección de Datos (resumen de la CG 16): El Cliente ha sido informado por R de que los datos de carácter personal que aporta en este acto, junto a los obtenidos durante la vigencia del contrato, serán incluidos en uno o varios ficheros cuyo responsable es R, con domicilio en xxxxx Xxxx 00, 00000, X Xxxxxx, creados con la finalidad de facilitar el mantenimiento, gestión, desarrollo, cumplimiento y control del presente Contrato. Si el Cliente desea que sus datos (nombre, apellidos, razón social, número de abonado, dirección postal del domicilio, excepto piso, letra y escalera) aparezcan publicados en la guía de abonados, deberá enviar un escrito a R solicitándolo expresamente.
Salvo manifestación expresa en contra marcando la casilla habilitada al efecto en el anverso de este Contrato, el Cliente autoriza a R a tratar, durante la vigencia de la relación contractual, junto con los datos personales que el Cliente facilite a R, todos los datos de tráfico y facturación, todo ello con la finalidad de que R pueda proporcionar al Cliente información comercial y promocional sobre sus servicios y para que R pueda prestarle servicios de valor añadido (CG 16.3). El Cliente podrá revocar dicho consentimiento en cualquier momento, mediante escrito dirigido a R en la forma señalada en la CG 16.6.
El Cliente podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos, mediante solicitud escrita dirigida a R en la forma señalada en el punto 16.4, señalando qué derecho desea ejercer, domicilio a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante.
Para poder ofrecer algunos de sus servicios de telecomunicaciones a través de su página web o aplicaciones móviles de la compañía, R utiliza cookies propias y de terceros. La información completa acerca del tratamiento que de las cookies hace R se encuentra siempre disponible en xxx.X.xxx, donde será recabado el consentimiento del usuario para hacer uso de las mismas (CG 16.7).
12. Cualquier modificación del Contrato deberá ser comunicada por R al Cliente. Si el Cliente no estuviera conforme con la modificación propuesta, podrá comunicar a R su voluntad de resolver el contrato en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación (CG 18).
13. El presente contrato se regirá por la legislación española: Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones R.D. 889/2009 de 22 xx xxxx; Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; cualquier otra que resulte de aplicación (CG 19).
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
1 GENERAL:
1.1 Contrato:
Las presentes Condiciones Generales de contratación (en adelante CG) contienen la totalidad de los derechos y obligaciones aplicables a la relación contractual existente entre el Cliente (persona física o jurídica cuyos datos se recogen en el documento denominado “Contrato y extracto CG”) y R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A.U. (en adelante R), con CIF X00000000 y domicilio social en A Coruña, xxxxx Xxxx 00. La relación contractual completa se regirá por lo dispuesto en el documento “Contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones y extracto de CG”, las Condiciones Generales de Contratación, las tarifas y en la promoción aplicable. Al conjunto de estos documentos se le denomina, en adelante, el “Contrato”.
Si el demandante de los servicios ya es Cliente de R, serán de aplicación a todos los servicios y productos contratados con el Cliente las presentes condiciones, que sustituyen automáticamente a cualesquiera otras condiciones firmadas o aceptadas anteriormente, salvo en aquellos extremos que sean compatibles y no contradictorios.
1.2 Acreditación:
Con el fin de acreditar la relación contractual, el consentimiento de las partes podrá ser documentado bien por escrito (mediante la firma del documento “Contrato y extracto CG”) o bien mediante soporte duradero (entre otros: memorias USB, CD-ROM, DVD, tarjeta de memoria, discos duros de ordenador y cualquier otro que pudiere desarrollarse en un futuro); a estos efectos, las partes aceptan expresamente la utilización de documentos electrónicos, firma digital, firma digitalizada o grabaciones realizadas con el consentimiento previo del Cliente.
El Cliente estará obligado a comunicar a R cualquier cambio que se produzca en sus datos identificativos y en los de domiciliación bancaria, con carácter previo a que los mismos sean efectivos.
En el momento de la aceptación, el Cliente ha sido identificado debidamente mediante la exhibición de su Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o documento equivalente. En los casos de contratación a distancia, el Cliente se identificará mediante el envío de copia de cualquiera de los anteriores documentos, o mediante exhibición de éstos en el momento de la entrega o instalación de cualquier equipo propiedad de R, y/o mediante firma electrónica.
El Cliente otorga su consentimiento para grabar las llamadas que se realicen al Centro de Atención al Cliente (en adelante CAC). La finalidad de las grabaciones es la mejora de la calidad de la prestación del servicio, verificar la satisfacción de los clientes y tramitar la contratación.
1.3 Vías de contacto con el Cliente:
Con el fin prestar el servicio, mantener actualizada la información relativa a los servicios que R presta, realizar cualquier notificación relacionada con el servicio y para la comunicación de modificaciones a estas Condiciones Generales, R podrá mantener contacto con el Cliente por cualquiera de las siguientes vías, que el Cliente conoce y acepta como válidas: dirección postal; números de teléfono y dirección de correo electrónico facilitados por el Cliente, incluyendo mensajes cortos “sms”; mensaje escrito en factura; revista y boletines electrónicos para clientes R; página web de R (xxx.X.xxx); mensajes y avisos interactivos por televisión. De la misma forma el Cliente acepta que estas comunicaciones podrían ser realizadas directamente por R o por cualquier empresa o distribuidor autorizado por ésta.
1.4 Vías de contacto con el CAC:
El Cliente podrá contactar con el CAC a través de las siguientes vías:
Teléfonos gratuitos: 1446 (clientes empresa), 1449 (clientes particulares) Fax gratuito: 000.00.00.00 Correo postal: Xxxx. Xxxxxxx 0000. 00000 X Xxxxxx Web de R: xxx.X.xxx
Correo electrónico xxxxxxx: fala-con- R@xxxxx-X.xxx Resto idiomas: R-al- xxxxx@xxxxx-X.xxx
1.5 Cesión de servicios:
Con la firma de la cláusula de cesión en el anverso del documento “Contrato y extracto CG” o en el documento “Solicitud de portabilidad y contratación de servicios” el Cliente cede la totalidad de su contrato a la persona por él indicada. Con la indicación de números cuya cesión se acepta, el Cliente acepta la cesión realizada por un tercero. Las deudas derivadas de los servicios cedidos serán reclamadas de conformidad con las cláusulas del contrato de cesión en vigor, las cuales están siempre disponibles en xxx.X.xxx.
2 OBJETO Y FINALIDAD DEL SERVICIO:
2.1 Objeto:
Los servicios ofertados por R incluyen, entre otros, el servicio telefónico fijo y/o móvil disponible al público; televisión; acceso a Internet; servicios de pago por unidad de uso tales como pago por visión, vídeo bajo demanda, vídeo a la carta o cualquier otro para el que resulte habilitado legalmente; hospedaje de contenidos y transmisión de datos, así como aquellos otros que en el futuro se presten, rigiéndose su prestación por lo establecido en las presentes CG y demás disposiciones legales que resulten de aplicación, así como por las especificaciones técnicas de cada servicio, las cuales figuran publicadas en xxx.X.xxx.
La utilización de los servicios se encuentra sometida a todos los avisos, manuales de uso e instrucciones puestos en conocimiento del Cliente a través de xxx.X.xxx así como a las condiciones particulares que en su caso R ponga a disposición del Cliente en el momento de suscripción del servicio, completando lo previsto en las presentes CG en cuanto no se opongan a las mismas.
En virtud del Contrato, el Cliente acepta abonarse al/los servicio/s de comunicaciones electrónicas y telecomunicaciones prestados por R especificados en el documento “Contrato y extracto CG” o en las sucesivas solicitudes de modificación de servicio que se tramiten. El Cliente queda facultado para elegir y contratar, de forma separada o conjunta, una o varias opciones, conforme a la oferta realizada por R y con el detalle recogido en el documento “Contrato y extracto CG”, conforme a las tarifas vigentes en cada momento.
2.2 Finalidad del servicio:
La contratación del servicio se hace a título personal, de tal forma que el Cliente no podrá ceder sus derechos a terceros, ni exonerarse de sus responsabilidades frente a R. El Cliente utilizará el servicio en calidad de usuario final, para comunicaciones interpersonales y exclusivamente para el fin para el que ha sido contratado. Quedan excluidos, con carácter enunciativo y no limitativo:
1. el uso o explotación con fines comerciales o ánimo de lucro en beneficio del propio Cliente o de un tercero;
2. la reventa de los servicios y/o su explotación o distribución comercial, obtenga o no el Cliente un rendimiento económico – directo o indirecto– por ello;
3. el uso en centralitas, locutorios, servidores u otros
elementos/dispositivos de concentración y/o simultaneidad de tráfico en los que se realicen consumos masivos (llamadas/sms/correos
electrónicos, etc.) y/o para servicios de re-encaminamiento que sean sumidero de tráfico;
4. cualquier forma de uso que pueda dañar, perjudicar o deteriorar la calidad del servicio prestado por R.
Queda expresamente prohibida, salvo que el producto lo permita, la reproducción, comunicación pública y difusión por cualquier medio de las emisiones o retransmisiones de televisión o acceso a información vía internet, o de cualquier otro servicio objeto del presente contrato, en locales públicos (tales como bares, pubs, etc.) o establecimientos de residencia no permanente (hoteles, moteles, hospitales, cuarteles, etc.) para colectividades, comunidades de vecinos o, en general, cualquier otro uso no permitido en las presentes condiciones generales.
El Cliente es responsable de extender el cumplimiento de lo establecido en las presentes CG a las personas a su cargo.
El número máximo de líneas de servicios de telefonía móvil que puede tener suscritos un mismo Cliente (identificado con un determinado NIF, CIF, NIE o Pasaporte) es de tres (3) en total. Excepcionalmente y previa solicitud expresa del Cliente, R podrá autorizar la contratación de un número superior de líneas. El Cliente acepta que la decisión de aumentar el límite de líneas es una decisión excepcional y que corresponde exclusivamente a R conforme a sus criterios de negocio y los criterios para evitar los riesgos de fraude, morosidad o uso ilícito de los servicios de R.
3 DEPÓSITO EN GARANTÍA:
En los términos establecidos en la legislación vigente y siempre por motivos justificados, R podrá condicionar la prestación de sus servicios, tanto en el momento de la contratación como en el curso de la vigencia del contrato, a la constitución de un depósito en garantía no remunerado, en efectivo o aval bancario, cuyo importe constituirá el límite máximo de crédito fijado para el Cliente para cualquiera de los servicios contratados, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de R de denegar el servicio si, a su criterio, el CLIENTE no resulta patrimonialmente solvente.
Para el “servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija” (en adelante telefonía fija), será de aplicación lo establecido en el art. 6 del R.D. 899/2009 de 22 xx xxxx o normativa que lo sustituya. Para el resto de servicios prestados por R, se entenderán por motivos justificados, entre otros, la superación del límite máximo de crédito fijado para el Cliente, la existencia de cantidades impagadas por el Cliente en uno o varios recibos del Servicio y/o por otro/s contrato/s de abono, la no acreditación de solvencia suficiente para atender las obligaciones que para el Cliente derivan del presente contrato, el retraso reiterado del Cliente en el cumplimiento de sus obligaciones con R, la existencia de riesgo de fraude, morosidad o de uso ilícito del Servicio.
La negativa del Cliente a constituir el depósito en el momento de la contratación facultará a R para desestimar su solicitud. Si el depósito fuese solicitado durante la vigencia del contrato, el Cliente dispone de 48 horas para constituirlo a partir de su solicitud por parte de R. El depósito en garantía será devuelto, cuando ya no existan motivos que lo justifiquen, siempre por la misma vía por la que fue recibido. La solicitud del Cliente de resolución del contrato, de cambio de titularidad o de cesión del contrato, existiendo deudas pendientes de pago, facultará a R para ejecutar la garantía por la cantidad total adeudada
La cantidad exigida al Cliente como depósito en garantía supone el límite máximo de crédito fijado para el Cliente. En caso de que no se le haya exigido depósito en garantía al Cliente, el límite máximo de crédito mensual para un Cliente es de ciento cincuenta euros (150€).
4 EQUIPOS:
4.1 Entrega de equipos:
R entregará al Cliente, si así lo solicita o si fuera necesario para la prestación del servicio contratado, uno o varios de los siguientes
elementos que en adelante serán denominados “Equipos”: a) equipos terminales (terminal telefónico, módem, router, descodificador, centralita, módem-usb, etc.), b) tarjetas de carácter personal e intransferible como medio de acceso a los servicios y/o contratación de servicios adicionales o aquellos que se presten en régimen de pago por uso/visión (tarjeta desco, tarjeta sim, etc.) y c) accesorios.
Si no hubiere disponibilidad del equipo escogido por el Cliente, éste será informado a la mayor brevedad. R entregará los Equipos en perfectas condiciones de uso, cuya relación y detalle quedará reflejada bien en el apartado correspondiente del Contrato o en la Orden de Trabajo. Cuando los equipos no sean vendidos al Cliente, R podrá solicitar una fianza por el importe equivalente al precio de restitución de los equipos puestos a disposición del Cliente, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado y cuyo importe actualizado está disponible en xxx.X.xxx.
Los Equipos se entregarán al Cliente en régimen de depósito, alquiler, compra, financiación o cualquier otro título que a tal efecto pacten las partes. A falta de determinación expresa, se entenderá que los Equipos están en depósito. En este caso, el Cliente no adquirirá la propiedad de los equipos entregados, ni podrá venderlos, cederlos, pignorarlos o entregarlos a terceros en cualquier modalidad que implique su transmisión dominical y/o grave la propiedad de los mismos. Queda expresamente prohibido, salvo autorización previa y por escrito de R, el traslado físico de los Equipos propiedad de R a lugar diferente de aquél en que fueron instalados inicialmente, así como un uso distinto a aquel para el que fueron contratados. Asimismo, el Cliente consiente la utilización por R de los equipos instalados para la prestación de los servicios tanto al Cliente como a terceros. Esta utilización no menoscabará la calidad de los servicios contratados.
Cuando uno o más de los Equipos no sean entregados en el mismo momento de la contratación, R los enviará al domicilio indicado por el Cliente dentro del territorio español o los dejará a disposición del Cliente en un Distribuidor autorizado. Los Equipos deberán ser recibidos personalmente por el Cliente, que tendrá que acreditar su identidad mediante la presentación de su DNI o documento equivalente o entrega de copia de cualquiera de estos y deberá firmar el albarán de entrega. Para la recepción de los Equipos por otra persona distinta del titular el Cliente deberá autorizarlo expresamente y por escrito dirigido a R, acompañando copia del DNI del Cliente y de la persona autorizada por éste, existiendo en xxx.X.xxx un formulario estandarizado a tal efecto.
4.2 Custodia:
En caso de extravío, robo, hurto, destrucción, manipulación o deterioro no derivado del uso ordinario de los equipos propiedad de R, el Cliente deberá informar del suceso a R en el plazo máximo de tres (3) días naturales. En este caso, R podrá exigir una indemnización por los gastos de reparación de los equipos facilitados o, en caso de sustitución, por la totalidad de su valor, que podrá hacer efectiva, en su caso, contra la fianza referida en la CG 3.
El Cliente es responsable de los daños producidos por el uso o manipulación de los Equipos, siendo a su cargo cualquier reclamación que pudiera producirse por estos conceptos. La manipulación, apertura, modificación física o lógica, o cualquier otra intervención realizada en los Equipos por el Cliente, personas a su cargo o terceros puede ser constitutivo de delito para el que están previstas penas privativas de libertad, según establece el Código Penal español.
4.3 Devolución de Equipos:
El Cliente deberá devolver los Equipos propiedad de R en el momento de solicitar la baja del servicio para el que hubieran sido utilizados, cuando desista del contrato o cuando por cualquier causa finalice la relación contractual entre las partes. Los Equipos podrán ser entregados en cualquier Distribuidor autorizado indicado por R o remitidos por
correo al Xxxxxxxx xxxxxx 0000, 00000, xx X Xxxxxx, en cuyo caso correrán por cuenta del Cliente los gastos de devolución de dichos Equipos bajo esta modalidad. Será de aplicación lo dispuesto en la CG 15.4. No obstante, el Cliente podrá solicitar que R recoja dichos equipos en el domicilio del Cliente, en cuyo caso el Cliente abonará a R la tarifa en vigor para este servicio, salvo que se trate de equipos que formen parte de la Infraestructura Común de Telecomunicaciones del inmueble donde estén instalados. En caso de que el Cliente no devuelva los Equipos propiedad de R tras solicitar la baja de los servicios, R estará facultada para exigirle una penalización, calculada sobre la base del valor de su adquisición en el mercado, y cuyo importe actualizado figura siempre en xxx.X.xxx.
4.4 Otros equipos:
El Cliente deberá solicitar a R autorización para conectar equipos que no sean propiedad de R, siempre que cuenten con el preceptivo certificado de aceptación y homologación expedido por R. En el caso de que el Cliente instale dichos equipos sin autorización de R, el Cliente será responsable de cualquier reclamación derivada de la instalación, funcionamiento y mantenimiento de esos equipos. No obstante, R podrá recomendar determinadas marcas de equipos y accesorios por haber verificado la íntegra compatibilidad de sus funciones con la red que explota, declinando, en todo caso, cualquier responsabilidad por la imposibilidad de acceder a la totalidad de las prestaciones que aporte la red de R.
5 INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y AVERÍAS:
5.1 Instalación:
5.1.1 Conexión inicial:
Salvo pacto en contrario y causas de fuerza mayor, R realizará la conexión inicial a su red desde una ubicación fija, el día y hora acordados con el Cliente, y en el plazo máximo de treinta (30) días naturales desde que R acepte la solicitud de éste. Se entenderá como fecha de conexión inicial el tiempo que transcurre desde que R recibe una solicitud válida de suministro del servicio telefónico desde una ubicación física y a través de su propia red, hasta el instante en que el servicio se encuentra activado y disponible para su uso por el Cliente. En el caso del servicio telefónico móvil disponible al público, se entenderá que ese plazo comienza en el momento en el que la tarjeta SIM es activada.
Caso de incumplirse los plazos indicados anteriormente y, una vez efectuada una reclamación por el Cliente, R le compensará mediante abono en factura, con una cantidad equivalente al importe mensual de la cuota de abono, prorrateada por el tiempo calculado en días en que dicho plazo hubiese sido excedido.
5.1.2 Domicilio de instalación:
La instalación se realizará en el domicilio designado por el Cliente, salvo que la ubicación elegida por el mismo implique imposibilidad técnica para la correcta prestación del/los servicio/s. El Cliente facilitará el acceso a su domicilio, previa concertación de visita, al personal autorizado por R, debidamente identificado, para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, operaciones de mantenimiento, localización o reparación de averías, y cualquier caso que justificadamente resulte necesario. El Cliente no autorizará el acceso ni la manipulación de los Equipos a ninguna otra persona que no sea un operario de R debidamente identificado.
5.1.3 Conformidad con la instalación:
El Cliente dará su conformidad a la instalación que le permite acceder al/los servicio/s contratado/s. A efectos de hacer constar la conformidad con la instalación, el Cliente podrá autorizar expresamente a personas a su cargo. En caso de ausencia de conformidad expresa, se entenderá que el Cliente ha dado su conformidad a la instalación si comienza a usar los servicios contratados y/o paga la primera
factura de servicio sin haber efectuado reclamación alguna.
5.2 Mantenimiento:
5.2.1 De la instalación:
R realizará durante los seis (6) primeros meses, sin coste para el Cliente, el mantenimiento ordinario de la instalación interna realizada.
5.2.2 De los equipos:
Los Equipos puestos a disposición del Cliente llevan aparejada una garantía que se corresponde con la fijada legalmente. No obstante, serán a cargo del Cliente todos los costes y gastos ocasionados por la reparación de la instalación o los equipos que hayan sido intervenidos, manipulados o modificados por el Cliente o por terceros no autorizados expresamente por R, o usados para un fin distinto del contratado, o cuando hayan sufrido daños que no sean de la exclusiva responsabilidad de R.
5.2.3 Servicios de mantenimiento:
El Cliente puede contratar alguno de los servicios de mantenimiento ofrecidos por R, tanto en el momento de la contratación inicial como durante la vigencia de la relación contractual. La información actualizada sobre estos servicios se encuentra siempre disponible en xxx.X.xxx.
5.3 Averías:
Las averías que se produzcan en los equipos e instalaciones propiedad de R suministrados al Cliente, serán reparadas durante toda la vigencia del contrato en el plazo más breve posible, de conformidad con las condiciones del servicio de mantenimiento contratado. Cuando la magnitud de la avería o la dificultad de reparación así lo aconsejen o cuando los equipos averiados no pudieran ser reparados en el domicilio del Cliente, R podrá sustituir los equipos averiados por otros iguales o de similares características.
En caso de avería imputable a R, ésta asumirá los gastos derivados del desplazamiento, comprobación, reparación o sustitución del equipo. Para solicitar una actuación de mantenimiento, el Cliente comunicará la incidencia a R a través de las formas de comunicación indicadas en la CG 1.4.
6 TARIFAS Y PROMOCIONES, CUOTA DE ALTA Y SUBVENCIONES:
6.1 Tarifas y promociones:
El Cliente abonará a R los precios establecidos en las tarifas en vigor para los servicios contratados. Algunas tarifas se facturarán por fracciones de tiempo o bien mediante la aplicación de planes de precios, pudiendo ser combinadas ambas opciones en función de la tarifa contratada. El Cliente reconoce haber recibido con el Contrato copia de las mismas, así como la promoción bienvenida vigente al momento de la contratación. Esta información consta siempre actualizada a disposición del Cliente en xxx.X.xxx.
R podrá modificar libremente las tarifas y/o las condiciones establecidas para la prestación del/los servicio/s contratados, cumpliendo en todo caso con las disposiciones legales que resulten de aplicación y cumpliendo con lo previsto en la CG 18. Cualquier modificación de las tarifas será puesta en conocimiento del Cliente con una antelación mínima de un (1) mes previo a la fecha de su entrada en vigor, mediante los medios de contacto previstos en la CG 1.3. Los cambios en las tarifas, se efectuarán a la mayor brevedad, si bien podrían no ser efectivas hasta el siguiente ciclo de facturación.
El Cliente podrá solicitar, en algunos casos, un cambio en la tarifa contratada, si bien habrá de abonar las cantidades correspondientes (accesible en xxx.X.xxx) por las diferencias que pudiere haber entre la tarifa inicialmente contratada y la tarifa para la que solicita el cambio, así como los gastos de tramitación si los hubiere.
6.2 Cuota de alta:
Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente deberá abonar a R la cuota de alta establecida en las tarifas vigentes en el momento de la celebración del contrato. La cuota de alta está destinada a sufragar los gastos de conexión, instalación de red y equipos y activación de servicios. Esta cuota no será reembolsable y de ninguna forma podrá ser conceptuada como depósito, fianza, préstamo, pago a cuenta u otra figura de naturaleza semejante.
6.3 Subvenciones:
Determinadas tarifas y promociones en vigor incluyen la posibilidad de subvencionar total o parcialmente la cuota de alta, la tarifa o los terminales y equipos entregados al Cliente, a cambio de un período de permanencia. La existencia de este período de permanencia, cuando sea de aplicación, le será comunicada al Cliente en el momento de la firma del contrato y puede ser consultada igualmente en xxx.X.xxx.
Si el Cliente acepta cualquiera de esas subvenciones y decide resolver el contrato antes de finalizar el período de permanencia establecido en cada caso, deberá satisfacer, además de las cantidades devengadas por la utilización del/los servicio/s, la parte subvencionada y no satisfecha de los mismos o la penalización establecida en cada caso, que será siempre proporcionada en su cuantía y se aplicará ponderadamente al tiempo que reste de cumplimiento del período de permanencia.
7 FACTURACIÓN, PAGO E INTERESES DE DEMORA:
7.1 Facturación:
De manera general, R emitirá las facturas correspondientes a los servicios prestados con una periodicidad mensual. No obstante, y siempre por causas justificadas (superación del límite de crédito fijado para el Cliente, consumos excesivos que impidan el correcto funcionamiento de los sistemas de mediación y facturación de R, etc.), podrá emitir facturas con una periodicidad inferior o superior a un mes.
La factura integrará los distintos componentes de los servicios contratados, entre los cuales se incluirán las cuotas periódicas aplicables a los servicios contratados y los consumos registrados, repercutiéndose los impuestos legalmente exigibles. Las cuotas que tengan carácter anual se facturarán por R con anterioridad a la prestación del servicio correspondiente. Por defecto, las facturas incluirán el detalle de las llamadas efectuadas, con excepción de las llamadas metropolitanas, cuyo desglose deberá ser contratado previamente por el Cliente.
El cliente podrá elegir que la factura se expida en papel o en formato electrónico, mediante la marcación de la casilla habilitada al efecto en la carátula del contrato. Caso de no marcarse ninguna casilla se entenderá que el cliente prefiere la modalidad de factura en papel. La factura electrónica se expedirá por medios electrónicos que garantizan la autenticidad del emisor así como la integridad del contenido de la misma. La factura electrónica, estará disponible en xxx.X.xxx por lo que el cliente debe estar registrado en la web de clientes para poder acceder a la factura. El cliente podrá facilitar una dirección de correo electrónico válida, a la que le será remitido el aviso de disponibilidad de la misma en la web. El alta en el servicio de factura electrónica se realizará por cuenta de facturación de manera independiente, por lo que un cliente, con distintas cuentas de facturación, podrá elegir para cada una de ellas, el modo en que desea recibirlas, ya sea en formato electrónico, ya sea en formato papel y en distintas direcciones, físicas o electrónicas.
7.2 Pago:
De manera general, el pago se realizará por parte del Cliente mediante domiciliación bancaria en entidad de crédito con sucursal abierta en el territorio del Estado Español, en cualquier cuenta bancaria que a tal efecto se designe por el mismo, comprometiéndose a
mantener el saldo suficiente para atender el pago de las cantidades debidas a R. La fecha efectiva de pago será aquella en la que la entidad de crédito indicada reciba la notificación de R con el importe de las cantidades adeudadas por el Cliente. R podrá concertar con el Cliente otras modalidades de pago entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial. R, con cargo a los saldos favorables del Cliente derivados de cualquier relación comercial existente entre las partes, podrá compensar los importes de los créditos de los que sea titular frente a aquel.
7.3 Intereses de demora:
El impago por parte del Cliente de las cantidades debidas por la utilización del/los servicio/s en la fecha en que deba realizarse el pago, por causas no imputables a la entidad de crédito en la que se domicilien los pagos, facultará a R a reclamar intereses de demora por cualquiera de los medios admitidos en Derecho y según la legislación vigente, sin perjuicio de las demás consecuencias que de tal incumplimiento pudieren derivarse para el Cliente. Para el caso de clientes de la división Empresa, los intereses a aplicar se calcularán de conformidad con lo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
8 SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR IMPAGO:
8.1 Telefonía fija:
El retraso en el pago total o parcial por el Cliente durante un período superior a un mes desde la presentación a éste del documento de cargo correspondiente a la facturación del servicio podrá dar lugar, previo aviso al Cliente, a la suspensión temporal del servicio. No obstante, aún en este caso, se mantendrá el servicio telefónico para todas las llamadas entrantes, excepto las de cobro revertido, y las llamadas salientes de urgencia y gratuitas. R informará al Cliente de la fecha a partir de la cual podría tener lugar la suspensión del servicio, si bien tal suspensión no podrá realizarse en día festivo ni en víspera del mismo en la localidad de la dirección de facturación. La suspensión del servicio no exime al Cliente del pago de las cantidades debidas por el servicio prestado. R continuará prestando el servicio sin obligación alguna para el Cliente si tiene conocimiento del pago de todas las cantidades debidas antes de que se produzca la suspensión.
8.2 Otros servicios:
A excepción del servicio de telefonía fija indicada en el apartado anterior, R podrá suspender la prestación de cualquiera de sus servicios en caso de impago de las cantidades facturadas. No será suspendido el servicio de teléfono fijo por impago de los otros servicios que el Cliente tenga contratados. Asimismo, el Cliente que pague la parte de la factura que corresponda a servicios de comunicaciones electrónicas no podrá ser suspendido en los mismos por impago del importe de otros conceptos facturados que no se refieran a estos. A estos efectos, en caso de disconformidad con la factura, el Cliente tendrá derecho, previa petición, a la obtención de facturas independientes para cada servicio. En caso de impago de los servicios por unidad de uso, R se reserva el derecho a suspender al Cliente el acceso a los mismos o autorizar el acceso a estos exclusivamente mediante pago con tarjeta de crédito autorizada. R, si tiene conocimiento del pago de todas las cantidades debidas antes de la suspensión, continuará prestando el servicio sin obligación alguna para el Cliente.
8.3 Reactivación del servicio suspendido por impago:
Si el pago de la totalidad de las cantidades debidas se realizara con posterioridad a la suspensión del servicio de telefonía fija, R restablecerá el servicio al Cliente dentro del día laborable siguiente a la fecha en que tenga conocimiento del pago. El restablecimiento del resto de servicios se realizará en el plazo de dos
(2) días laborables. El restablecimiento del servicio conlleva un cargo adicional cuyo importe figura siempre actualizado en el
documento de tarifas, que puede ser consultado en xxx.X.xxx.
9 RECLAMACIONES Y SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO:
9.1 Reclamaciones:
El Cliente podrá formular reclamaciones relativas al servicio en el plazo de un (1) mes desde que tenga conocimiento del hecho o causa que motiva la misma, por cualquiera de las vías indicadas en la CG 1.4. Formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido respuesta satisfactoria en el plazo de un (1) mes, podrá acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo (en caso de particulares y para aquellas materias no excluidas de su conocimiento) o, a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (para los supuestos previstos en la Ley). Las reclamaciones, incluso las relativas a facturación, en ningún caso serán justificación para la demora en el pago de las facturas correspondientes a los servicios prestados.
9.2 Sometimiento al Sistema Arbitral de Consumo:
R se somete expresamente al sistema arbitral de consumo para dirimir cualquier discrepancia o reclamación que surja con Clientes residenciales (quedan excluidas empresas, entidades, profesionales y autónomos) derivada del presente Contrato durante el plazo de seis (6) meses desde que haya tenido lugar el hecho objeto de la reclamación. A estos efectos, las partes se comprometen expresamente al cumplimiento de los laudos arbitrales que emitan los colegios arbitrales designados. Se excluye expresamente de esta sumisión cualquier discrepancia derivada de la venta o financiación de equipos, reparación de terminales telefónicos, servicios de tarificación adicional, cuestiones relacionadas con solicitudes de conexión a la red de telefonía pública fija y de acceso a los servicios disponibles por ser materia reservada al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital o casos de sospecha de piratería, manipulación de equipos que se encuentren denunciados por vía penal o casos de sospecha de fraude en la contratación. Asimismo se excluyen expresamente las reclamaciones de daños y perjuicios.
Para todas las cuestiones judiciales originadas o consecuencia del procedimiento arbitral, los contratantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales españoles.
10 SERVICIO DE TELEVISIÓN:
10.1 Programación:
R velará en todo momento por la calidad de los contenidos, así como por el cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos por los programadores; no obstante, el orden y número xx xxxxxxx comercializados, así como la programación, podrán ser modificados total o parcialmente por R informando previamente al Cliente. Será responsabilidad exclusiva del programador el respeto a las condiciones de
emisión establecidas para la protección de la
R podrá incluir la facturación de los servicios de pago por unidad de uso, una vez prestados, en cualquier factura que se emita por la prestación del servicio. El pago de estos servicios se realizará según la CG 7.1.
A los efectos oportunos, las partes reconocen expresamente que los registros informáticos de R y su reproducción constituyen prueba válida y suficiente de los servicios por unidad de uso solicitados y efectivamente consumidos por el Cliente.
11 SERVICIO DE ACCESO A INTERNET:
11.1 Contenido:
R únicamente presta el servicio de acceso a internet, sin que se responsabilice de los contenidos suministrados o recibidos por el Cliente. R declina toda responsabilidad relacionada con la calidad, exactitud, fiabilidad y corrección de los datos, programas e información de cualquier clase que circule por su red o por las redes con las que R facilite conectividad. El contenido de dicha información es de exclusiva responsabilidad de los sujetos que la intercambian, siendo R en este sentido un mero intermediario.
11.2 Uso:
11.2.1 Internet:
El Cliente se obliga, bajo su exclusiva responsabilidad personal y patrimonial, a realizar un uso lícito de los servicios de internet cuando utilice la conexión suministrada por R, bajo los principios de buena fe y con respeto en todo caso a lo pactado en el presente contrato, condiciones de uso de la web, a la legalidad vigente y a los derechos de R y de terceros. El Cliente se obliga a no realizar, ni directa ni indirectamente, prácticas que sean contrarias a los principios de buena conducta generalmente aceptados entre los usuarios de Internet. Con carácter enunciativo y no limitativo, el Cliente se abstendrá de realizar prácticas contrarias al espíritu y finalidad del presente contrato, tales como enviar mensajes de correo electrónico de forma masiva (spam), acceder o modificar correos de otros usuarios, intervenir o alterar de algún modo correos electrónicos o cualquier información de otros usuarios sin autorización expresa y escrita de los mismos o acceder a bases de datos ajenas sin la debida autorización. Asimismo, el Cliente se abstendrá de llevar a cabo cualquier conducta que atente contra los derechos de propiedad intelectual o industrial de R o de terceros, que vulnere o transgreda el honor, la intimidad personal o familiar o la imagen de terceros, que sean ilícitos civiles o penales o atenten a la moralidad, dejando en cualquier caso indemne a R de cualquier reclamación en este sentido. Queda expresamente prohibido destruir, alterar, dañar o inutilizar los datos, programas o documentos electrónicos pertenecientes a R, a sus proveedores o a terceros, así como introducir o difundir en la red programas, virus, controles, o cualquier otro instrumento o dispositivo físico o electrónico susceptible de causar cualquier tipo de alteración en la red, en el sistema o en equipos de terceros.
El Cliente asume la responsabilidad de dotar a sus sistemas informáticos de las debidas
moral o al orden público o que inciten a la violencia o a la discriminación por razones personales. R no será en ningún caso responsable de tales contenidos, debiendo mantener el Cliente indemne a R de cualquier reclamación.
11.2.3 Servicio de hospedaje de grabaciones y programas:
El servicio de hospedaje de grabaciones y programas es aquel ofrecido al Cliente que le permite la grabación personal y temporal de contenidos y programas del servicio de televisión que el Cliente tenga contratados con R, de manera que éstos se recogen en un espacio remoto de hospedaje personal del Cliente en los servidores de R. El Cliente se obliga a hacer un uso de los contenidos grabados y alojados conforme a las presentes Condiciones Generales, a las leyes, la moral, las buenas costumbres y al orden público. El Cliente se compromete a abstenerse de compartir, distribuir, permitir el acceso público a través de cualquier modalidad de comunicación pública, transformar o modificar los contenidos, debiendo mantener el Cliente indemne a R de cualquier reclamación al respecto.
11.3 Servicio de correo electrónico limpio:
El Servicio de Correo limpio ofrece al Cliente la revisión y limpieza automática de Correos entrantes y salientes en la cuenta de correo contratada con R. R llevará a cabo la instalación de los programas necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, así como las actualizaciones que se produzcan. El Cliente autoriza a R a la eliminación de archivos y programas en los que se hayan detectado actividad maliciosa y no haya sido posible su desinfección o paralización.
R revisará aquellos elementos informáticos enviados o recibidos por el Cliente a través de su cuenta de correo electrónico, y que se encuentren recogidos en el listado actualizado que estará a disposición del Cliente. R no será en ningún caso responsable por la pérdida de información y/o archivos, daños sufridos o programas informáticos y/o piezas del ordenador o cualquier equipo y demás conceptos análogos que pudiera sufrir el Cliente, debido a actuaciones indebidas del Cliente o por causa de elementos informáticos como, entre otros, virus, correos no deseados, etc.
11.4 Velocidades de acceso a Internet en tecnología fija:
R publica las velocidades aplicables a las distintas modalidades de acceso a Internet en el documento de Tarifas (Promoción aplicable) que forma parte del contrato suscrito por el CLIENTE.
La “velocidad máxima” es la velocidad máxima que permite la red para cada modalidad. La “velocidad disponible normalmente” se corresponde con el promedio de velocidad de las mediciones realizadas por el Sistema de Sondas para la modalidad relevante que resulte más equiparable. La “velocidad mínima”, se corresponde con el percentil 5, para el cual se toman todas las medidas de la velocidad de transmisión conseguida, se ordenan de menor a mayor y se toma el registro correspondiente al 5% de todas ellas. Es decir, es la velocidad
disminuyendo la velocidad cuando aumenta el tráfico y los usuarios.
Para velocidades superiores a 100Mbps desde un PC es necesario que este disponga de una tarjeta de red Gigabit Ethernet, de lo contrario la velocidad quedará limitada por la que admita la tarjeta.
Numero de dispositivos conectados al Cablemodem y aplicaciones ejecutándose simultáneamente en el PC.
Los programas Peer to peer (P2P) generan una cantidad elevada de tráfico que puede provocar lentitud en la navegación.
La presencia de virus en el PC del cliente puede reducir considerablemente la velocidad de navegación.
Las actualizaciones automáticas del Software del PC aumentan el tráfico de datos, lo cual conlleva una bajada en la velocidad de navegación.
Existencia de equipos de red intermedios entre el PC y el Cablemodem (Routers, Switches, PLCs…). La velocidad de acceso a Internet se verá condicionada por las limitaciones propias de estos equipos.
El Cableado y equipamiento suministrado por R debe mantenerse en perfectas condiciones. Cualquier manipulación de los mismos por parte del cliente puede afectar en la calidad del servicio.
Factores específicos de conexión a Internet por WiFi: la señal WiFi y la velocidad de navegación empeoran a mayor distancia del Cablemodem; la Cobertura WiFi se ve afectada por la topología de la vivienda del cliente (paredes, encofrados o cualquier obstáculo físico) así como por la interferencias que generan los electrodomésticos y aparatos electrónicos; saturación de bandas e interferencias con redes Wifi colindantes con vecinos; compatibilidad de la versión de WIFI del dispositivo conectado a la red WiFi. Cada red WiFi puede obtener por tecnología una velocidad máxima, para llegar a dicha velocidad máxima es necesario que todos los dispositivos sean compatible con la versión de la red WiFi; método de encriptación de la red WIFI.
11.5 Velocidades de acceso a Internet en tecnología móvil:
R publica las velocidades aplicables a las distintas modalidades de acceso a Internet en el documento de Tarifas (Promoción aplicable) que forma parte del contrato suscrito por el CLIENTE. En relación a dichas velocidades publicadas, se comunica que los factores relevantes que pueden limitar la velocidad que el CLIENTE podrá experimentar al usar Internet, son los siguientes:
A) FACTORES SOBRE LOS QUE EL OPERADOR TIENE CONTROL: la interrupción o degradación del servicio como consecuencia de operaciones de mantenimiento de red durante el tiempo imprescindible para la realización de las
juventud y la infancia en la legislación vigente. No obstante, R advierte de la posible retransmisión de programas de televisión para adultos.
10.2 Servicios de pago por unidad de uso:
A partir del momento en que R reciba la solicitud del Cliente, este tendrá acceso a los servicios por éste seleccionados en el plazo y tiempo solicitados. Una vez solicitado expresamente un servicio de pago por unidad de uso, o el suministro de contenido digital, el Cliente podrá anularlo, diferirlo o modificarlo, siempre y cuando no se haya iniciado su prestación. No obstante, R por razones técnicas tales como saturación de sus sistemas de registro, podrá condicionar la anulación, modificación o demora de la unidad de uso solicitada por el Cliente al cumplimiento de un preaviso de al menos dos (2) horas al momento previsto para su prestación.
medidas de seguridad dedicadas a evitar ataques, intrusiones o cualquier otro intento de acceso no autorizado. R en ningún caso asumirá gasto o indemnización alguna por daños o lucro cesante que se deriven de las citadas intrusiones de terceros a través de Internet. El Cliente acepta que R, en su condición de prestador de un servicio de la sociedad de la información, implemente las medidas de detección proactiva de actividad maliciosa en sus redes o infraestructuras, así como aquellas prácticas necesarias para la gestión de incidentes de Ciberseguridad.
11.2.2 Hospedaje web:
El servicio de hospedaje web es aquel en virtud del cual el Cliente mantiene su información, imágenes, vídeo, contenido digital o cualquier contenido accesible vía web en los servidores de R. El Cliente no puede albergar o remitir información o datos contrarios a las leyes, a la
mínima alcanzada entre todos los intentos de descarga/subida exceptuando el 5% de B)
descargas/subidas más lentas.
En relación a dichas velocidades publicadas, se comunica que los factores relevantes que pueden limitar la velocidad que el Cliente podrá experimentar al usar Internet, son los siguientes:
A) FACTORES SOBRE LOS QUE EL OPERADOR
TIENE CONTROL: la interrupción o degradación del servicio como consecuencia de operaciones de mantenimiento de red durante el tiempo imprescindible para la realización de las mismas.
B) FACTORES AJENOS AL OPERADOR:
La velocidad dependerá en todo momento del tráfico en Internet existente, y del número de usuarios navegando simultáneamente,
mismas.
FACTORES AJENOS AL OPERADOR:
Tecnología de acceso (2G, 3G, 4G) que esté dando cobertura y la banda de transmisión: la tecnología de acceso ((2G, 3G ó 4G) va a determinar cuál es la velocidad obtenida, independientemente del resto de factores. Asimismo, en frecuencias bajas (banda 800MHz) la propagación de las ondas radioeléctricas es mejor, y se consigue mejor cobertura dentro de los edificios y también mejores velocidades de acceso a internet desde el móvil. Por otro lado las frecuencias más altas (2600MHz) tienen mayor capacidad, aunque la propagación es peor, con lo que empeora la cobertura en interiores.
Distancia a la antena: la lejanía a la antena también afecta a la velocidad máxima que se puede
conseguir, disminuyendo al alejarse de la antena.
Cantidad de usuarios conectados de forma simultánea a la antena que da el servicio: la capacidad máxima de la antena se comparte entre todos los usuarios conectados a la misma. De esta forma, a mayor número de usuarios conectados usando el servicio de forma simultánea, disminuye más la velocidad experimentada.
Tipo de servicio utilizado por el resto de usuarios: la red móvil debe distribuir su capacidad entre todos los usuarios que se conectan a la vez también en función del tipo de servicio que demandan. No se necesita la misma capacidad de red para enviar un mensaje de texto por una aplicación de mensajería, que para hacer una videoconferencia. En consecuencia el modo en que los usuarios utilizan el servicio acaba afectando a la velocidad del resto de usuarios conectados en ese momento.
Movimiento del usuario: encontrarse en movimiento también afecta a la velocidad experimentada, produciéndose una mayor bajada de la velocidad cuando aumenta el movimiento. De esta forma la bajada es inferior caminando y se incrementa al moverse dentro de un coche.
Capacidad del terminal o del dispositivo utilizado por el usuario del servicio: la tecnología del dispositivo deberá ser compatible con la de la antena a la que se encuentra conectado. De esta forma, si el dispositivo tiene sólo tecnología .3G no podrá alcanzar la velocidad facilitada por la tecnología 4G. Asimismo la calidad de la antena del dispositivo del Cliente también afecta a la velocidad experimentada.
Condiciones geográficas (incluido ubicación en interiores, garajes, muros…): la situación del usuario y los obstáculos físicos que existan entre el mismo y la antena afectan a la velocidad experimentada.
Condiciones climatológicas: dada la naturaleza inalámbrica del servicio algunas inclemencias climatológicas pueden afectar en la propagación de la señal.
12 SERVICIO TELEFÓNICO FIJO DE ACCESO INDIRECTO:
Este servicio permite al Cliente cursar llamadas a través de la red de R, a partir de una línea telefónica fija contratada con otro operador. Dadas las condiciones de este servicio, sólo puede prestarse mientras el Cliente disponga del servicio de telefonía fija disponible al público. R realizará sus mayores esfuerzos para asegurar, en todo momento, la máxima calidad en todas las comunicaciones del servicio. Sin embargo, R no será responsable por cualquier interrupción o mal funcionamiento del servicio motivada por causas de fuerza mayor, caso fortuito o por acciones u omisiones directa o indirectamente imputables a otros operadores, al Cliente o a terceros ajenos a R. Al no ser un servicio prestado a través de las redes propiedad de R, no le resulta de aplicación lo dispuesto en la cláusula 5.1.1 respecto al tiempo inicial de conexión.
13 DERECHOS DEL CLIENTE:
13.1 Secreto comunicaciones:
El Cliente tendrá garantizado el secreto de las comunicaciones previsto en el artículo 18.3 de la Constitución, en la Ley General de Telecomunicaciones y en toda la normativa de desarrollo que resulte de aplicación. Para ello, R se compromete a disponer de los medios técnicos necesarios, adoptar cuantas medidas técnicas sean exigibles por la normativa vigente y organizar la prestación del/los servicio/s de tal modo que pueda garantizarse eficazmente ese secreto. Cuando legalmente resulte procedente, se garantiza el cumplimiento de lo establecido en el artículo 55.2 de la Constitución y Capítulo IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No obstante lo anterior, R queda exonerada de toda responsabilidad que pudiera derivarse de
la obtención por el Cliente o por terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general, de cuantas acciones u omisiones no imputables a R quebranten el secreto de las comunicaciones telefónicas.
13.2 Facturación separada:
El Cliente tendrá derecho a recibir desglosados los importes correspondientes al servicio básico y, en su caso, los servicios telefónicos de tarificación adicional contratados. El Cliente tiene derecho a obtener, a su solicitud, facturas independientes para los servicios de tarificación adicional y otros servicios de tarifas superiores.
13.3 Desconexión a determinados servicios:
El Cliente tiene derecho a solicitar a R la desconexión de los servicios de llamadas de tarificación adicional, llamadas internacionales y llamadas a móviles. Para ejercitar este derecho, el Cliente deberá solicitarlo a través de las vías indicadas en la CG 1.4, previa acreditación de su identidad, de qué servicio desea ser desconectado. R procederá a la desconexión solicitada en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días desde la recepción de esta comunicación.
13.4 Suspensión temporal del servicio:
El Cliente tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente de R la suspensión temporal del servicio telefónico disponible al público desde una ubicación fija por un período determinado que no será menor de un (1) mes ni superior a tres (3) meses. El período no podrá exceder, en ningún caso, de noventa (90) días por año natural. En caso de suspensión por esta causa, se deducirá de la cuota de abono la mitad del importe proporcional correspondiente al tiempo al que afecte.
13.5 Interrupción temporal del servicio:
13.5.1 Servicio telefónico:
El Cliente tendrá derecho a ser indemnizado cuando sufra interrupciones temporales del servicio telefónico disponible al público, con una cantidad que será igual a la mayor de las dos siguientes:
a) El promedio del importe facturado por todos los servicios interrumpidos durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción. En caso de una antigüedad inferior a tres (3) meses, se atenderá al importe de la factura media en las mensualidades completas efectuadas, o a la que se hubiese obtenido en una mensualidad estimada de forma proporcional al período de consumo efectivo realizado.
b) Cinco (5) veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de ésta.
R aplicará automáticamente la compensación si ésta resulta por un importe superior a un (1) euro.
13.5.2 Servicio internet:
Cuando durante un período de facturación un Cliente sufra interrupciones temporales del servicio de acceso a internet, R deberá compensar a éste con la devolución del importe de la cuota de abono, y otras cuotas fijas, todo ello prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
R aplicará automáticamente la compensación cuando la interrupción del servicio se haya producido de manera continua o discontinua y sea superior a seis horas en horario de 8:00 a 22:00.
Cuando la contratación del servicio de internet fijo se haya realizado de forma conjunta con el servicio de telefonía fija, se considerará que el precio de cada uno es el proporcional al de su contratación por separado. Cuando la contratación del servicio de internet móvil se haya realizado de forma conjunta con el
servicio de telefonía móvil se considerará que el precio del servicio de internet se corresponde con el 50% del precio total.
13.5.3 Servicio telefónico móvil o de acceso a internet móvil:
Se entenderá que una interrupción del servicio en una zona afecta a un abonado cuando éste comunique al operador, mediante declaración responsable, en el plazo de 10 días contados a partir del restablecimiento del servicio, que ha estado en la zona afectada por la interrupción en el momento de producirse y dicha afirmación no resulte contradictoria con la obtenida de los sistemas de información del operador, circunstancia esta última que será debidamente comunicada por el operador al abonado.
13.5.4 Otros servicios:
Cuando se produzcan restricciones o interrupciones en cualquier servicio durante un período superior a 48 horas, excluidos los servicios mencionados en los puntos anteriores, R indemnizará al Cliente, con una cantidad que será igual al precio que éste pague, por todos los conceptos relativos a este servicio, en proporción al período de tiempo que haya durado la interrupción. Por norma general, R compensará dicho importe en la factura correspondiente al mes siguiente al de la interrupción, donde hará constar la cuantía de la indemnización. No obstante, R podrá devolver dicha cantidad por cualquier otro medio que pacte con el Cliente.
13.5.5 Excepciones a la compensación por interrupción temporal:
Las compensaciones citadas no serán de aplicación cuando la interrupción temporal esté motivada por alguna de las causas siguientes:
a) Incumplimiento grave por el Cliente de las condiciones contractuales, en especial en caso de uso ilícito, fraude x xxxx en el pago.
b) Por los daños producidos en la red debido a la conexión por el Cliente de equipos terminales no aprobados o no autorizados por R.
En interrupciones por causas de fuerza mayor, R se limitará a compensar al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
13.6 Conservación de número:
El Cliente tiene derecho a la conservación del número telefónico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones.
13.7 Información:
El Cliente tiene derecho a ser informado por R de cuantas cuestiones afecten al servicio, tanto a través del personal de R como de los agentes que colaboren con éste en la comercialización de los servicios, así como a través de anuncios en los medios de comunicación o cualquiera de las vías de contacto habilitadas.
13.8 Comunicaciones comerciales:
En las comunicaciones comerciales a distancia el Cliente tendrá derecho a oponerse a recibir ofertas no deseadas, por teléfono, fax u otros medios de comunicación equivalente.
13.9 Derecho desistimiento:
El Cliente tiene derecho a desistir del presente contrato en un plazo de catorce (14) días naturales, desde el día de la celebración del contrato o de la posesión material del equipo, sin necesidad de justificación alguna, siempre que no haya comenzado la prestación del servicio (se entiende como tal la realización de la primera llamada, conexión de datos y/o el desprecintado de los equipos de su embalaje original). El Cliente podrá ejercitar este derecho por escrito, indicando su nombre, dirección completa del servicio, número de teléfono y/o dirección de correo electrónico, así como su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca. Podrá utilizar el modelo
de formulario que le ha sido entregado, también disponible en xxx.X.xxx, y remitirlo a R por cualquiera de las formas señaladas en la CG
1.4. Para cumplir el plazo de desistimiento, basta con que la comunicación relativa al ejercicio por el Cliente de este derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente.
Si con motivo del contrato le han sido entregados al Cliente equipos de telecomunicaciones, éste deberá devolverlos a R en el plazo de catorce (14) días naturales a partir de la fecha en que comunique su decisión de desistimiento del contrato. Podrá devolverlos en la forma indicada en la CG 4.3. Si, además del alta en el servicio se hubiera solicitado la portabilidad del número telefónico, el Cliente deberá solicitar a su antiguo operador la cancelación de la portabilidad, si ello fuera posible por encontrarse en plazo, o volver a tramitar una portabilidad inversa si la solicitud inicial ya hubiera sido tramitada.
En caso de desistimiento le serán devueltos al Cliente todos los pagos recibidos, incluidos los gastos de entrega (con excepción de los gastos adicionales resultantes de la elección por el Cliente de una modalidad de entrega diferente a la ofrecida por R) sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar catorce
(14) días naturales a partir de la fecha en la que se nos informe de su decisión de desistir del presente contrato, salvo que se le haya entregado uno o varios equipo/s, en cuyo caso, R retendrá las cantidades a devolver hasta haber recibido los mismos en perfecto estado y sin que haya/n sido utilizado/s. Asimismo, en el caso de terminales telefónicos, el número de serie del terminal (IMEI) debe coincidir con el que aparezca en la caja original y con el asociado a la tarjeta SIM enviada al Cliente. R efectuará dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por el Cliente para la transacción inicial, a no ser que éste disponga expresamente lo contrario. Si el medio de pago elegido por el Cliente fue domiciliación bancaria, R procederá a efectuar el reembolso una vez haya vencido el plazo en el que el Cliente puede devolver el recibo original.
14 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE R:
14.1 Derechos:
14.1.1 Cobro de los servicios prestados:
Percibir las cantidades que el Cliente deba satisfacer por la utilización del servicio, con aplicación de las tarifas que en cada momento resulten vigentes.
14.1.2 Equipos:
Introducir cuantos cambios en los sistemas y/o equipos suministrados al Cliente sean necesarios y vengan exigidos por la organización y necesidades del servicio y/o impuestos por necesidades técnicas o legales.
14.1.3 CAC:
Rechazar las llamadas dirigidas al CAC, cuando éstas no contengan la identificación de la línea de origen.
14.1.4 Interrupción del servicio:
Sin perjuicio de lo dispuesto en la CG 13.5, R podrá interrumpir ocasionalmente la prestación del servicio, por necesidades técnicas tendentes a procurar la mejora del mismo, sin derecho a compensación a favor del Cliente siempre y cuando éstas no se realicen en más xx xxxx (10) ocasiones al mes y su duración no sea superior a treinta (30) minutos. Dichas interrupciones se realizarán, preferentemente, durante franjas horarias de mínima utilización del servicio.
14.1.5 Suspensión del servicio:
Sin perjuicio de las acciones civiles o penales que asistan a R o a terceros, el Cliente faculta a R a suspender los servicios prestados, parcial o totalmente, de forma temporal o definitiva, y sin previo aviso, cuando se produzca cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Cuando el uso realizado de los servicios contratados por el Cliente no sea acorde con lo indicado en este Contrato respecto a la finalidad de los mismos.
b) Realización de acciones o actividades fraudulentas por parte del Cliente, o la presunción razonable de comisión de las mismas por éste o un tercero, que permitan al titular del contrato y/o a personas ajenas al mismo, recibir o beneficiarse de los servicios objeto del contrato y/o puedan suponer un uso ilícito de éstos.
c) Cuando R identifique que los consumos realizados por el Cliente son anómalos frente al comportamiento habitual de sus clientes o frente al uso histórico que éste viniere realizando sobre los mismos.
d) Si el uso que el Cliente realiza de los servicios pone en peligro la calidad de los servicios prestados por R, la integridad de la red de R, de cualquier plataforma a través de la cual ésta preste sus servicios y/o el normal funcionamiento de los procesos operativos (mediación, facturación, etc.) de R.
e) Cuando se realice un uso de los servicios de forma contraria a lo establecido en la normativa vigente y, en particular, por vulnerar el derecho a la intimidad de las personas y la buena fe contractual.
f) Si el Cliente no constituyese el depósito en garantía solicitado por R en un plazo de 48 horas desde su solicitud.
g) En caso de que los consumos realizados por un Cliente durante un período de facturación superen el límite máximo de crédito fijado para éste. La suspensión de los servicios se mantendrá en el tiempo hasta confirmar que el uso que el Cliente está realizando es acorde a este Contrato y/o el Cliente asegure el pago a R.
h) Si el Cliente manipulase fraudulentamente los equipos propiedad de R.
i) En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la CG 11, o de recibirse alguna reclamación al respecto. R podrá, además, retirar o suprimir los contenidos albergados en los servidores propiedad de R.
j) Uso reiterado por parte del Cliente del/los servicio/s de atención al Cliente de R en sus distintas modalidades (teléfono, correo electrónico, redes sociales, etc.) de forma inadecuada e impropia. Se considera uso impropio la comunicación de forma descortés, soez, insolente, agresiva, impertinente, amenazadora o profiriendo insultos contra R o su personal.
La suspensión de los servicios por cualquiera de las causas anteriores no derivará ningún derecho de indemnización a favor del Cliente. En todo caso, el Cliente será responsable de cualquier actividad fraudulenta realizada a través de los servicios contratados y que pueda causar daño o perjuicio a R o a terceros.
14.2 Obligaciones:
a) Atender cuantas quejas y cuestiones puedan suscitarse por el Cliente en lo que se refiere a la prestación del servicio y, en especial, en todo lo referente a la facturación y calidad del servicio.
b) Acometer las medidas técnicas precisas para reparar, en el plazo más breve posible, cuantas averías se susciten en la prestación del servicio.
c) Ofrecer, para cada servicio, los niveles de calidad comprometidos. El detalle de niveles de calidad de servicio, los supuestos en que su incumplimiento dé derecho a exigir una indemnización, así como su método de cálculo, son comunicados al Cliente en el momento de la firma del contrato y, además, están publicados permanentemente en xxx.X.xxx.
d) Facilitar al Cliente su derecho a la conservación del número telefónico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones.
e) Informar a sus Clientes en las comunicaciones comerciales realizadas por correo electrónico u otro medio de comunicación
electrónico equivalente de los medios sencillos y gratuitos para oponerse a recibirlas.
15 DURACIÓN Y CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
15.1 Duración:
La duración del presente contrato será indefinida, entrando en vigor en el momento en que se produzca la conexión inicial o cuando el Cliente comience a utilizar los servicios contratados.
15.2 Causas resolución:
La resolución total o parcial del presente contrato se realizará mediante comunicación fehaciente a la otra parte.
15.2.1 Ambas partes:
Cualquiera de las partes podrá resolver total o parcialmente el presente contrato por las siguientes causas:
a) Incumplimiento grave de cualquiera de las partes respecto de las obligaciones previstas en el presente contrato.
b) Fuerza mayor que impida el cumplimiento, total o parcialmente, de las obligaciones de carácter sustancial respecto a la otra parte en relación con la prestación del/los servicio/s, por un período continuado de tres (3) meses desde la fecha en que la obligación hubiere de haber sido cumplida.
c) Mutuo acuerdo de las partes.
15.2.2 El Cliente:
El Cliente podrá resolver los servicios contratados por voluntad propia comunicándolo fehacientemente a R. La resolución solicitada por el Cliente surtirá efecto en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de la recepción de la notificación, sin perjuicio de lo dispuesto en la CG 15.4. Para cursar la baja, el Cliente lo solicitará a través de las vías mencionadas en la en la CG 1.4, indicando sus datos personales y los servicios que desea dar de baja, adjuntando copia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o documento que le identifique.
15.2.3 R:
R podrá resolver total o parcialmente el presente contrato por las siguientes causas:
a) Cese de actividad, pérdida de la condición de operador, liquidación o imposibilidad de prestar el/los servicio/s.
b) Retraso en el pago del servicio de telefonía fija: R podrá, previo aviso al Cliente, resolver el presente contrato e interrumpir definitivamente el servicio en caso de retraso en el pago del servicio de telefonía fija por un período superior a tres (3) meses, o en caso de que tenga lugar la suspensión temporal de este servicio en dos ocasiones por xxxx en el pago de los servicios. En ningún caso, la resolución del presente contrato por esta causa exonerará al Cliente de aquellas obligaciones contraídas con anterioridad a la efectiva desconexión del servicio.
c) Retraso en el pago del resto servicios: R podrá resolver el presente contrato en caso xx xxxx en el pago del servicio de televisión o cualquier otro servicio a excepción del servicio de teléfono fijo, transcurridos veinte (20) días naturales desde que se hubiera iniciado la suspensión del servicio, previo aviso al Cliente, concediéndole un plazo adicional xx xxxx (10) días naturales para satisfacer la deuda. La xxxx en el pago del servicio de televisión no será causa de resolución del presente contrato en lo referente al servicio de telefonía. En ningún caso, la resolución del presente Contrato por esta causa exonerará al Cliente de aquellas obligaciones contraídas con anterioridad a la efectiva desconexión del servicio.
d) Cuando R haya procedido a suspender el servicio por cualquiera
de las causas indicadas en la CG 14.1.5.
e) Falta confirmación y/o aceptación: si R no ha recibido, ya sea en formato papel o en cualquier soporte duradero, acreditación de la identidad del Cliente y/o confirmación de la aceptación de la oferta realizada en el plazo acordado y/o el contrato en el plazo de quince (15) días desde su solicitud, estará facultada para desistir de dicho contrato, con su consiguiente pérdida de vigencia. La resolución o desistimiento del presente contrato no exonera al Cliente del cumplimiento de sus obligaciones frente a R, incluida la de pago de cualesquiera prestaciones que pudiera haber recibido hasta el momento en que se produzca la efectiva desconexión del servicio.
15.3 Reclamación daños y perjuicios:
Sin perjuicio de la resolución del presente contrato y de la aplicación de lo establecido en el mismo en relación con la xxxx, R podrá reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación del Cliente, así como las cantidades adeudadas y/o los equipos no devueltos. Asimismo, el Cliente podrá reclamar los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la actuación de R, así como la percepción de las cantidades que en su caso, hayan sido indebidamente cobradas.
15.4 Bajas con devolución de equipos:
Al solicitar la baja de los servicios contratados, el Cliente está obligado a devolver los equipos propiedad de R que le hubiesen sido entregados. Sin perjuicio de que se produzca la baja del servicio en los términos señalados en la CG 15.2.2, R podrá seguir facturando los importes correspondientes al alquiler de equipos mientras éstos no le sean devueltos. En todo caso la baja se entenderá solicitada en el momento mismo de devolución de los equipos y se hará efectiva, como máximo, en el plazo de dos (2) días hábiles desde esa fecha. No se podrá tramitar la baja de estos servicios si no se produce la devolución previa o coetánea de los equipos.
16 PROTECCIÓN DE DATOS:
16.1 Consentimiento:
El Cliente ha sido informado por R de que los datos de carácter personal que aporta en este acto, junto a los obtenidos durante la vigencia del contrato, serán incluidos en uno o varios ficheros cuyo responsable es R, con domicilio en xxxxx Xxxx 00, 00000, X Xxxxxx, creados con la finalidad de facilitar el mantenimiento, gestión, desarrollo, cumplimiento y control del presente Contrato. El Cliente también ha sido informado del carácter facultativo de facilitar los datos personales de carácter opcional que figuran en el anverso y de que su negativa a facilitar los datos necesarios a efectos de facturación y cobro podrá implicar la imposibilidad de perfeccionar el contrato de prestación de servicios.
16.2 Guías:
Por defecto, R no incluirá los datos de sus clientes en la guía de abonados impresa o electrónica correspondiente a su provincia y en los servicios de información o consulta. No obstante lo anterior, el Cliente que lo desee podrá solicitar a R, mediante el envío de un escrito por cualquiera de los medios señalados en la CG 16.6, que todos o alguno de sus datos sean incluidos en la guía de abonados. Dicha guía tendrá el carácter de fuente accesible al público. Los datos del Cliente a los que se refiere este párrafo son: nombre, apellidos, razón social, número de abonado, dirección postal del domicilio, excepto piso, letra y escalera. Salvo que el Cliente manifieste lo contrario, se entenderá que dicha solicitud abarca la primera y sucesivas inclusiones de sus datos en las guías impresas o electrónicas que se elaboren durante toda la vigencia del presente contrato. Si el Cliente desea que se omita alguno de los datos que aparezcan en las guías (omisión parcial de
su dirección o algún otro dato), podrá solicitarlo mediante escrito dirigido a R. El Cliente podrá solicitar a R expresamente, mediante el envío de un escrito por cualquiera de los medios señalados en la CG 16.6, que sus datos que figuren en guías de abonados puedan ser utilizados por terceros con fines de publicidad o prospección comercial.
Llegado el caso, R podrá proporcionar a los Servicios de emergencia e información la dirección de provisión del servicio, de las personas que efectúan la llamada, siempre que ésta se produzca desde un terminal fijo y en modalidad de servicio directo.
16.3 Datos tráfico y facturación:
Salvo manifestación expresa en contrario marcando la casilla habilitada al efecto en el anverso de este Contrato, el Cliente autoriza a R a tratar, durante la vigencia de la relación contractual, junto con los datos personales que el Cliente facilite a R, todos los datos de tráfico y facturación, todo ello con la finalidad de que R pueda proporcionarle información comercial y promocional sobre sus servicios y prestarle servicios de valor añadido. El Cliente podrá revocar dicho consentimiento en cualquier momento mediante escrito dirigido a R en la forma señalada la CG 16.6.
16.4 Derechos ARCO:
El Cliente podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos, mediante solicitud escrita dirigida a R en la forma señalada la CG 16.6, señalando qué derecho desea ejercer, domicilio a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante. En el supuesto de que se ejercite el derecho de rectificación, además de remitir la solicitud de acuerdo con lo antes expuesto, el solicitante deberá acompañar a la misma la documentación justificativa de la rectificación solicitada, salvo que ésta dependa exclusivamente del consentimiento del interesado.
16.5 Ficheros de solvencia y servicios de tarificación adicional:
R podrá comprobar la solvencia del Cliente mediante el acceso a ficheros automatizados en los que los datos de carácter personal se hayan obtenido de conformidad con lo señalado en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal o normativa que la sustituya, que cumplan con los requisitos establecidos en dicho artículo, así como verificar la exactitud de los datos aportados por el Cliente.
En caso de no producirse el pago de los servicios contratados, en el término previsto para ello y de cumplirse los requisitos exigidos en el art. 38 del Real Decreto1720/2007 de 21 de diciembre, o normativa que la sustituya, los datos relativos al impago podrán ser comunicados a ficheros relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias
En caso de impago por parte del Cliente de los servicios de tarificación adicional consumidos facultarán a R, en su condición de operador de acceso, a facilitar los datos del cliente bien al prestador de servicios de tarificación adicional, bien al operador que presta el servicio de red de tarificación adicional.
16.6 Vías de contacto:
Las comunicaciones que sobre esta cláusula se hayan de dirigir a R se realizarán explicando claramente la solicitud que se realiza, indicando el nombre y apellidos del Cliente y adjuntando fotocopia del D.N.I. En caso de actuar mediante representante, además de los datos anteriores, deberán enviarse los del representante y el documento acreditativo de tal representación. La petición podrá ser remitida por cualquiera de las vías de contacto indicadas en la CG 1.4 o al fax gratuito 000.000.000. Sin perjuicio de lo anterior, R atenderá las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición realizadas a través de cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción de la solicitud y que ésta contenga los elementos referidos en el art. 25.1 del Real Decreto1720/2007 de 21 de diciembre.
16.7 Cookies:
Para poder ofrecer algunos de sus servicios de telecomunicaciones a través de su página web o aplicaciones móviles de la compañía, R utiliza cookies propias y de terceros. La información completa acerca del tratamiento que de las cookies hace R se encuentra siempre disponible en xxx.X.xxx, donde será recabado el consentimiento del usuario para hacer uso de las mismas.
16.8 Facilidades de identificación de la línea de origen y línea conectada:
El Cliente reconoce haber sido informado a la firma del Contrato de las facilidades de identificación de la línea de origen e identificación de la línea conectada que están a su disposición y del modo en que afectan a la protección de la intimidad y al derecho a la protección de los datos de carácter personal. El Cliente dispone de las siguientes facilidades:
1.- “Desactivación de la presentación del usuario llamante”: cuando el Cliente reciba una llamada, puede visualizar en su terminal telefónico el número desde el que se realiza la llamada, siempre y cuando su terminal tenga esa prestación y el llamante no haya suprimido la identificación de la línea de origen. La funcionalidad de presentación del usuario llamante está activada por defecto en todas las líneas de R. La desactivación de la presentación del usuario llamante impedirá que visualice la identificación del que realiza la llamada en todas las llamadas recibidas en su terminal. Tanto la presentación del usuario llamante como la desactivación de la presentación del usuario llamante son servicios gratuitos.
2.- “Restricción llamada a llamada de la identificación de la línea de origen”: permite al cliente ocultar su número cuando realice una llamada, de manera que no se visualice en el terminal telefónico al que está llamando, marcando el código 067 antes del número de
teléfono en cada llamada desde un teléfono fijo o bien el código #31# para llamadas desde teléfono móvil. Esta funcionalidad es gratuita y está activada por defecto en todas las líneas de
R. No obstante, a pesar de que el cliente active este servicio, su número aparecerá identificado en las llamadas que realice a entidades que presten servicios de llamadas de urgencias (112) y otras autorizadas para la atención de las de emergencia o a las relacionadas con la seguridad pública o la defensa nacional, o cuando sea procedente conforme a la normativa sobre protección y suspensión de las garantías xxx xxxxxxx de las comunicaciones.
3.- “Restricción permanente de la identificación de la línea de origen”: permite al cliente que su número no se visualice en el terminal telefónico al que está llamando de manera automática y para todas sus llamadas. No obstante, le recordamos que, a pesar de que active este servicio, su número aparecerá identificado en las llamadas que realice a entidades que presten servicios de llamadas de urgencias (112) y otras autorizadas para la atención de las de emergencia o a las relacionadas con la seguridad pública o la defensa nacional o cuando sea procedente conforme a la normativa sobre protección y suspensión de las garantías xxx xxxxxxx de las comunicaciones. El servicio es gratuito.
4.- “Rechazo de llamadas desviadas”: permite al cliente del servicio de telefonía fija rechazar llamadas entrantes en su línea que hayan sido desviadas por parte de un tercero. El servicio es gratuito. Esta facilidad no se da en el servicio de telefonía móvil.
5.- “Rechazo de llamadas con restricción de la identificación de la línea de origen”: este servicio permite al cliente del servicio de telefonía fija rechazar las llamadas cuyo número de origen no venga identificado. Este servicio no es gratuito. Si lo activa se aplicarán las tarifas publicadas y vigentes en cada
momento para el servicio. Esta facilidad no se da en el servicio de telefonía móvil, si bien determinados terminales sí ofrecen esta facilidad.
6.- “Supresión de la identificación de la línea conectada”: en el caso de que transfieran al terminal del cliente una llamada realizada a otro número y su línea sea digital, su número puede visualizarse en la pantalla del terminal telefónico del que realizó la llamada. El cliente puede impedir que el que realiza la llamada vea su número solicitando la activación de este servicio para el servicio de telefonía fija. El servicio es gratuito. Esta facilidad no se da en el servicio de telefonía móvil.
El cliente puede solicitar la activación de los servicios señalados con los números 1, 3, 4, y 6 anteriores por cualquiera de las vías señaladas en el punto 16.6.
Para activar el servicio de “Rechazo de llamadas con restricción de la identificación de la línea de origen” (número 5) y para desactivar los servicios 1, 3, 4, 5 y 6, el cliente debe solicitarlo por escrito acompañando fotocopia de su DNI en el FAX gratuito 000.00.00.00 o en el Apartado de Correos 2096, 15080.
17 PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL:
La firma del presente contrato no implicará en ningún caso la adquisición por el Cliente de los derechos de propiedad intelectual o industrial relacionados con los servicios o con sus contenidos, que en todo caso se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en el presente contrato. El Cliente será el único responsable de las infracciones cometidas por él o por las personas a su cargo que afecten a los derechos de otro Cliente, de R, o de un tercero, incluyendo los derechos referentes al copyright, marcas, patentes, información confidencial y a cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial.
18 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO:
Cualquier modificación del Contrato deberá ser comunicada por R al Cliente con un (1) mes de antelación a la fecha en que dicha modificación sea efectiva, por cualquiera de los medios previstos en la CG 1.3. Si el Cliente no estuviera conforme con la modificación comunicada, podrá manifestar a R su voluntad de resolver el contrato sin penalización alguna, si bien deberá abonar la parte proporcional correspondiente a las subvenciones obtenidas a cambio de un período de permanencia si este período no hubiere finalizado. Transcurrido dicho plazo sin que R haya recibido comunicación alguna, se entenderá que el Cliente acepta las modificaciones.
Aquellas modificaciones exigidas por imperativo legal y/o por la evolución tecnológica y/o por el progreso técnico y/o por el interés del Cliente, deberán ser aceptadas obligatoriamente por el Cliente, sin perjuicio de su derecho a resolver unilateralmente el contrato de conformidad con la CG 15.2.2.
Sin perjuicio de lo anterior, no será preciso comunicar individualmente al Cliente aquellas modificaciones del contrato que vengan impuestas por imperativo legal.
19 NORMATIVA APLICABLE:
El presente contrato se regirá por la legislación española, que será de aplicación en todo cuanto resulte necesario en lo referente a su interpretación, validez y cumplimiento. El Cliente ostentará todos los derechos reconocidos a los usuarios en la Ley 9/2014, de 9 xx xxxx, General de Telecomunicaciones, en el R.D.
899/2009 de 22 xx xxxx, y en su caso, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, con su normativa de desarrollo o aquella que en un futuro la sustituya.