Contract
Exp. Interno N" 25072-2013
Contrato de Servicio de Consultoría N° (JI! -2014-MPCP
Conste por el presente documento de Contrato de servicio de Consultoria para la Elaboración de Perfil Técnico de Proyecto de Inversión Pública: "INSTALACiÓN DEL SERVICIO DE ELECTRIFICACiÓN RURAL EN LA CC.NN. FLOR DE UCAYALI, DISTRITO DE CALLERiA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI", que celebran: La MUNICIPALIDAD PROVINCIAL XX XXXXXXX XXXXXXXX, con R.U.C. N° 20154572792, con domicilio legal en el Jr.
Tacna N° 480 del Distrito de Calleria, Provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Departamento del Ucayali, representada por su Alcalde Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, identificado con D.N.! N° 00016854, en mérito a la Resolución N° 471.2013.JNE de fecha 22/0512013, a quien en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD Y de la otra parte el Ing. Mecánico Electricista XXXXXX SLlM XXXXXXX XXXXXXXX, identificado con DNI. N° 00000000, con RUC N° 10167414503, inscrito en el Registro Nacional de Proveedores en el Capitulo de Proveedor de servicios N° S0479380 y con domicilio en la Mz. N° Lote 12. FONAVI- Yarinacocha, Provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx y para efectos de notificación virtual el correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx, xxxxxxxx@xxxxx.xx, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, bajo los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
LA MUNICIPALIDAD, es un Órgano de Gobiemo Local que tiene competencia para promover el desarrollo integral del medio jurisdiccional, que en mérito a ello tiene programado la ejecución de distintas obras en toda la extensión de la Provincia xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, para tal fin tiene la necesidad de contar con los respectivos Perfiles Técnicos de Proyectos de Inversión Pública, por lo que se toma los servicios de EL CONTRATISTA para la Elaboración de Perfil Técnico de Proyecto de Inversión Pública: "INSTALACiÓN DEL SERVICIO DE ELECTRIFICACiÓN RURAL EN LA CC.NN. FLOR DE UCAYALI, DISTRITO DE CALLERiA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI".
EL CONTRATISTA, es Ingeniero Mecánico Electricista de profesión que desarrolla actividades referidas al ámbito de la prestación solicitada, conforme al ordenamiento legal vigente y declara con el carácter de Declaración Jurada, no estar impedido ni inhabilitado para contratar con el Estado, y tener amplia experiencia para cumplir con el objeto contractual.
cLÁUSULA SEGUNDA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Constitución Politica del Perú.
Ley N° 30114 - Ley del Presupuesto del sector Publico para el a~o Fiscal 2014. Ley N" 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y sus modificatorias.
Directiva N" 001.2011.EF/68.01 aprobado mediante Resolución Directoral N° 003.2011.EF/68.01 Ley N" 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Ley N" 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
, ,,,,, Ley N° 27037 - Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia y su Reglamento.
<JI" ~ • Leg. N" 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
~ D.S. N" 184.2008.EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
. ,l Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
""CI;: ••,<~'.<" Ley N" 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la República (23/07/02)
.~. Ley N" 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Código Civil Vigente.
En los aspectos y cuestiones que no estén expresamente contemplados en el presente contrato, regirán las disposiciones del Código Civil vigente.
~ CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
,ª .",
/:¡:;0~~c~;;:;\;P~or~:el presente contrato EL CONTRATISTA se obliga a la Elaboración de Perfil Técnico del Proyecto de Inversión
(f' .'.... '" Pública: "INSTALACiÓN DEL SERVICIO DE ELECTRIFICACiÓN RURAL EN LA CC.NN. FLOR DE UCAYALI,
~DISTRITO DE CALLERiA, PROVINCIA XX XXXXXXX XXXXXXXX - UCAYALI", de acuerdo a los Términos de
\~. ,":"".".~' Referencia, que forman parte integrante de este Contrato.
IrmUl:.;'I~
CLÁUSULA CUARTA: COSTO DEL SERVICIO - FORMA DE PAGO
El costo del servicio asciende a la suma de SI. 11,000.00 (Once Mil y 00/100 Nuevos Soles) sin IGVe incluye los impuestos xx Xxx y todo concepto que se genere durante su ejecución.
LA MUNICIPALIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, en el plazo de 15 dlas calendario, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser estos recibidos.
Asimismo, los pagos se realizarán de la siguiente manera:
o 20 % del Monto Contratado (a los 10 dias de firmado el contrato) con la presentación del Primer Informe con la presentación del Plan de Trabajo, Metodologia de las encuestas, Calendario de actividades, previa conformidad de servicio de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de LA MUNICIPALIDAD.
Página 1 de4
I
Exp. Interno N" 25072-2013
o 60 % del Monto Contratado (a los 30 dlas de firmado el contrato) con la presentación del Perfil Técnico Completo, incluye el formato SNIP N" 04 o Formato SNIP N" 03, según sea el monto de inversión de dicho estudio, previa conformidad de servicio de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de LA MUNICIPALIDAD.
o 20 % del Monto Contratado al Informe Final de Viabilidad del PIP de la Sub Gerencia de Programación e Inversión de LA MUNICIPALIDAD, previa conformidad del servicio del área usuaria.
En caso de incumplimiento en cualquiera de las etapas de los items antes mencionados la penalización serán aplicados según la Cláusula Décima del contrato.
En caso que hubiera observaciones en el Perfil Técnico del Proyecto EL CONTRATISTA, tendrá un plazo xxxxxx xx xxxx (10) dlas calendario para la absolución de observaciones, desde el dla siguiente de haber recibido la documentación con dichas observaciones, y deberá adjuntar el Perfil Técnico observado, caso contrario será devuelto y se considerará como No Presentado y se le aplicará la penalización según Clausula Décima del Contrato.
Cabe señalar que EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta:
• Todo Informe debe ser ingresado por Mesa de Partes de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
• Todo cálculo o aseveración, estimación o dato, deberá estar justificado en lo conceptual yen lo analitico; no se aceptarán estimaciones o apreciaciones sin el debido respaldo. será el responsable de todos los trabajos y estudios que se realicen, precisándose que las recomendaciones que se den en los términos de referencia no lo eximen de la responsabilidad técnica de todo lo que presente.
• Todas las páginas del Perfil Técnico contarán con la visación y sello del Formulador del Proyecto y la firma de los profesionales que corresponda.
• Todo Informe deberá adjuntar con su respectivo CD Magnético con la información solicitada (obligatoria).
• EL CONTRATISTA emitirá su comprobante de pago por el Costo Total del servicio. según sea el caso.
• EL CONTRATISTA deberá emitir el Informe Final completo y el estudio a nivel de Perfil Técnico del Proyecto, en 02 originales y una copia. además de presentario grabado en CD (Disco Compacto). esto incluye textos. gráficos. cuadros y plano en programas Excel. Word. Autocad. etc.• según sea el caso. adicionalmente deberá presentar en dicho CD el Estudio de Suelos realizados (puede presentarse escaneado).
LA MUNICIPALIDAD. mediante la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, efectuará el seguimiento y monitoreo de los trabajos que EL CONSULTOR ejecutará durante el Plazo de vigencia del contrato.
LA MUNICIPALIDAD podrá en cualquier momento solicitar a EL CONSULTOR el avance de la elaboración del servicio objeto del presente Contrato; a efectos del cumplimiento de sus propias normas de control administrativo.
~ CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCiÓN DEL CONTRATO
~ El plazo para la ejecución del servicio es de Treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la
10'.". \,~sluscripción del presente Contrato. extendiéndose la vigencia del presente contrato hasta la Viabilidad del Proyecto de
~/Ou. c';":". parte de la OPI Local - Sub Gerencia de Programación e Inversión de LA MUNICIPALIDAD Y la Sub Gerencia de
Estudios y Proyectos emita la correspondiente Conformidad del servicio.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por los Términos de Referencia y anexos. la oferta ganadora y demás documentos que establezcan obligaciones para las partes.
cLÁUSULA SÉPTIMA: OBLIGACIONES DE EL CONSULTOR
EL CONSULTOR se obliga a prestar servicios con eficiencia y eficacia. de acuerdo a la necesidad del servicio que se le ha asignado. conforme a lo establecido en los Términos de Referencia. que forman parte integrante del presente documento.
CLAUSULA OCTAVA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO'
De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva. indicándose claramente el sentido de éstas, dándose a EL CONSULTOR un plazo prudencial para su subsanación. en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) dias calendario. Si pese al plazo otorgado. EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación. LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato. sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
Este prócedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las caracterlsticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA MUNICIPALIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación. aplicándose las penalidades que correspondan.
• Página 2 de 4
PUCALLPA
r,'lUNICIPAl lOAD PROVINCIAl
XX XXXXXXX POR ílLLO
cLÁUSULA NOVENA: DE LA SUPERVlSION
Exp. Interno W 25072-2013
La Supervisión del presente servicio estará a cargo de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de LA MUNICIPALIDAD, quien velará por la calidad y cumplimiento de los servicios a realizar y trabajos encomendados según las condiciones contractuales.
CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio y las clausulas para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los articulos 165' y 168' del Reglamento.
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará a EL CONTRATISTA una penalidad por cada dia de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente o, de ser el caso, del ilem que debió ejecutarse en concordancia con el articulo 165' del Reglamento de la Ley de Contrataciones dei Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x plazo en dias
Dónde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o Item que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucrarán obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por Incumplimiento. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantla o por el monto diferencial de la propuesta de ser el caso.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes.
Independientemente a la penalidad por xxxx, la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx, está facultada a sancionar a EL CONTRATISTA, por incumplimiento de las siguientes infracciones en concordancia al Articulo 166' del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx, detallándose a continuación las causales de penaiidad. Los mismos que se encuentran establecidos en la Bases que son parte integrante del presente contrato:
CAUSALES DE PENALIDADES
CAUSALES
Por no presentar el Cronograma de Actividades de Elaboración del Perfil Técnico, en el lazo establecido
PENALIDADES '
SI.
1% del monto del contrato
Por la Presentación Incompleta del Perfil Técnico (de acuerdo a los Términos de 2% del monto contratado Referencia .
3 Por la presentación del Perfil Técnico sin haber levantado las observaciones 2% del monto contratado realizadas.
4 Por la presentación del Perfil Técnico sin la firma de los Profesionales Especialistas o 1% del monto contratado ro uestos.
Por no resentar el CD, en el momento de la resentación del Perfil Técnico. 2% del monto contratado Por presentar el CD, sin la información completa de acuerdo a los Términos de 3% del monto contratado Referencia
Por no presentar la documentación en el CD, con los formatos requeridos de acuerdo 3% del monto contratado a los Términos de Referencia.
8 Por no in resar el Perfil Técnico r mesa de artes de la Entidad. 2% del monto contratado
9 Por no presentar su Carta Notarial de compromiso, al momento de la presentación 1% del monto contratado final del Perfil Técnico.
(') Las penalidades se aplicarán por cada caso que se presente en la elaboración del Perfil Técnico.
cLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de la indemnizacíón por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no io eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar; teniéndose en cuenta que EL CONTRATISTA asume la responsabilidad técnica total por los servicíos profesionales prestados para la Formulación dei Estudio del Proyecto de Inversión Pública, por lo que durante la revisión de los documentos y planos por parte de LA MUNICIPALIDAD, no lo eximen de sus responsabilidades al ser el responsable absoluto de los estudios que realiza, debiendo garantizar la calidad del Perfii Técnico y responder por el trabajo realizado.
Página 3de4
Exp. Interno N" 25072-2013
cLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA MUNICIPALIDAD no enerva su derecho a reciamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
EL CONTRATISTA asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios profeslona[es prestados para la Elaboración del Estudio del Proyecto de Inversión Pública. La revisión de los documentos y planos por parte de LA MUNICIPALIDAD durante la elaboración, no exime a la responsabilidad total del mismo. En razón a que es el responsable absoluto de los estudios que realiza, deberá garantizar la calidad del Perfil Técnico y responder por e[ trabajo realizado, por lo que el plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de 03 anos, desde la fecha de aprobación del Informe Final por parte de la Sub Gerencia de Programación e Inversión, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia y debiendo ser estas atendidas por EL CONTRATISTA en los plazos establecidos por [a Sub Gerencia de Programación e Inversión de LA MUNICIPALIDAD (OPI - MPCP). En caso de no cumplir con el levantamiento de las observaciones, se comunicará a la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Infraestructura y Obras de LA MUNICIPALIDAD, para su remisión al Tribunal de Contrataciones del Estado, para la sanción administrativa correspondiente. EL CONTRATISTA se compromete a mantener vigente el domicilio legal y correo electrónico proporcionados a LA MUNICIPALIDAD.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: RESOLUCION DE CONTRATO
• SI EL CONTRATISTA incumpliera Injustificadamente alguna de [as obligaciones pactadas, pese haber sido requerido para ello.
• Si EL CONTRATISTA incumple sus obligaciones, LA MUNICIPALIDAD deberá requerirle mediante carta notariai para que satisfaga tal incumplimiento en un plazo no mayor a cinco (05) dias.
• Si vencido el plazo indicado continua el incumplimiento, LA MUNICIPALIDAD resolverá el contrato. Igual procedimiento tomara EL CONTRATISTA en caso LA MUNICIPALIDAD incumpla sus obligaciones.
90022001621 6000032030060010: Estudios de Pre.lnversión
0020 : Estudios de Pre Inversión
2.6 : Adquisición de Activos No Financieros
2.6. 8 1. 2 1 : Estudio de Pre Inversión
te. Fto. : 5 Recursos Determinados.
Rubro 18 : Canon y Sobre Canon, Regallas, Renta de Aduanas y Participaciones.
cLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos [os gastos que demande esta formalidad.
cLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: VERACIDAD DE DOMICILIOS
Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato, lugar donde se les notificarán todos los actos que se deriven de la redacción contractual, asimismo EL CONTRATISTA autoriza que los actos de notificación se harán vía correo electrónico; declarando que dicha notificación será considerado como válido para su conocimiento y alcances. La eficacia de la modificación del domicilio de una de las partes tendrá lugar al dia siguiente de haberse comunicado a la otra parte mediante conducto notarial.
A partir de la suscripción del presente Contrato, EL CONTRATISTA efectuará todas las gestiones sobre las condiciones contractuales y las coordinaciones relativas a la ejecución de la prestación, con la Gerencia de Infraestructura y Obras por intermedio de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx Xxxxxxxx.
!
Estando las partes de acuerdo con los términos del presente contrato y en señal de conformidad, proceden a suscribirlo
,,"""iG, en la ciudad de Pucallpa a l~s,2O/ di . del mes de
¿t:.;:.~:,:"q,'q,-\ ,~umclpahdad Pro¡locla[ de ,010 oltillo
¡::l ~q¡,., ,,\
13t1U'/ del año 2014.
"}
"•%•. ~.•
.<;
&~-
S~g~ndoLe-;n¡--P~~;z-C;xXx,",
¿.•~~ICA~Ú,~t- <./
1,)¡11,}:.:~t/
LOE
LA ICIPALlDAD
Página 4de4