Código de conducta de proveedores de Newell Brands
Código de conducta de proveedores xx Xxxxxx Brands
Xxxxxx Brands, sus subsidiarias y afiliadas (colectivamente, “Newell”) se comprometen a realizar actividades comerciales con los más altos estándares de ética empresarial y de conformidad con todas las leyes y reglamentaciones vigentes. Este Código de conducta de proveedores se aplica a todas las partes que suministran bienes y servicios x Xxxxxx y a sus subsidiarias, afiliadas y subcontratistas (en
forma colectiva, “Proveedores”), ya sea que estén organizados, operen o existan conforme a las leyes de Estados Unidos o de cualquier otro país, estado, unión política, municipalidad, distrito administrativo u otra autoridad gubernamental. Este Código establece el estándar de conducta que espera Xxxxxx de nuestros Proveedores en diversas materias, que incluyen derechos humanos, requisitos laborales, salud y seguridad, cumplimiento medioambiental y prácticas de gestión.
Xxxxxx evaluará el cumplimiento de los proveedores con respecto a nuestro Código. Las infracciones a nuestro Código pueden tener
como resultado una medida correctiva, que incluye la terminación de la relación comercial con Xxxxxx.
Xxxxxx se reserva el derecho de inspeccionar y/o autorizar a un tercero para que inspeccione y audite, en cualquier momento, con aviso previo o sin él, a todos los Proveedores y lugares donde se diseñe, fabrique, ensamble, manipule, localice o venda al por menor un producto (“Fábricas”). Los Proveedores también permitirán que los clientes xx Xxxxxx inspeccionen y auditen sus Fábricas en la medida en que sea razonablemente necesario o un cliente lo solicite como condición de hacer negocios con Xxxxxx. Dicha documentación debe ser correcta, libre de cualquier intento de falsificación o tergiversación y puesta a disposición inmediatamente después de su solicitud a la persona xx Xxxxxx que lleve a cabo una auditoría.
Todos los proveedores deben comunicar x Xxxxxx toda información que tenga incidencia en la reputación xx Xxxxxx Xxxxxx o los problemas importantes que puedan afectar a un proveedor o alterar su capacidad de producir productos o servicios según las obligaciones contractuales.
Cuestiones xx xxxx tolerancia
Existen ciertas infracciones que Xxxxxx Brands considera de “cero tolerancia”. Estos tipos de infracciones no serán tolerados y es probable que tengan como consecuencia la terminación de nuestra relación comercial. Se espera que todos los proveedores posean sistemas de administración eficaces y que implementen capacitación en concienciación para administrar el cumplimiento social dentro de sus respectivas fábricas y garantizar que no haya infracciones xx xxxx tolerancia. Los Proveedores también deben asegurar que no haya materiales prohibidos provenientes de países o regiones sancionados en los productos que se suministren x Xxxxxx Brands. Los Proveedores deben informar de las cuestiones xx xxxx tolerancia en sus fábricas para asegurar que se cumplan los requisitos del Código de conducta de proveedores.
Algunas infracciones xx xxxx tolerancia xx Xxxxxx Brands son:
• Trabajo infantil
• Trabajos forzados o en prisión
• Intentos de soborno de cualquier forma
• Discriminación
• Acoso
• Castigo corporal
• Subcontratación no autorizada
• Documentos falsificados
• Negación de acceso
• Evasión de proceso de auditoría
• Descarga de aguas residuales no tratadas al medio ambiente
• Contrabando de contenido de contenedores
Además de las cuestiones xx xxxx tolerancia, si detectamos infracciones reiteradas o problemas sistémicos en la fábrica, podemos optar por terminar nuestra relación comercial. Nuestros clientes también pueden indicar otras infracciones, en cuyo caso puede estar sujeto a terminación. Es responsabilidad del proveedor controlar de manera proactiva el riesgo y conocer los requisitos del programa xx Xxxxxx.
Complimiento xx xxxxx y reglamentaciones
Cumplir todas las leyes vigentes en cualquier país en el cual se lleven a cabo actividades comerciales y demostrar siempre acciones que cumplan o superen aquellas exigidas por las leyes vigentes. El término “ley(s) vigente(s)” se refiere, con respecto a un Proveedor, a todo estatuto, ley, ordenanza, política, orientación, regla, interpretación administrativa, reglamento, orden, mandato judicial, requerimiento judicial, directriz, sentencia, decreto, ya sea nacional, extranjero, federal, estatal, local o municipal, o a otro requisito de una entidad gubernamental que sea aplicable a dicho Proveedor.
Antisoborno y anticorrupción
Conflictos de interés
Cumplimiento con aduanas y leyes comerciales
Todos los Proveedores deben cumplir con todas las leyes antisoborno y anticorrupción internacionales, y realizar actividades comerciales con integridad. Los Proveedores nunca deben aceptar o proporcionar nada de valor, ya sea en forma directa
o indirecta, a fin de obtener una ventaja indebida o para obtener o conservar un negocio (por ejemplo, dinero, regalos, comidas y transporte). Los Proveedores deben implementar procedimientos adecuados para prevenir el soborno en todos los tratos comerciales que emprendan.
Los Proveedores deben evitar situaciones de conflictos de interés. Xxxxxx define conflicto de interés como participar en una relación
o actividad que afecte, o tenga la apariencia de afectar, la objetividad de un proveedor para tomar decisiones comerciales en beneficio de la empresa. Los Proveedores deben revelar x Xxxxxx todas las situaciones de conflicto de interés de las que tengan conocimiento.
Los Proveedores deben cumplir con todas las leyes y reglamentaciones vigentes relacionadas con la exportación e importación de productos. Con el objeto de proteger la integridad de la carga enviada,
los Proveedores deben procurar cumplir con todos los procesos y procedimientos de seguridad de la cadena de suministro de manera conforme con el programa U.S. Customs Trade Partnership Against Terrorism (CTPAT) y otros programas relevantes a operadores económicos autorizados (OEA).
Prácticas de empleo
Xxxxxx Brands espera que los Proveedores respeten a sus empleados y, como mínimo, cumplan con los requisitos a continuación.
Sueldos y beneficios
Horas de trabajo
Trabajo infantil
Los sueldos que se paguen a los empleados deberán corresponder al menos al sueldo mínimo según la ley vigente. Se deberá otorgar una licencia anual y vacaciones pagadas según lo exija la ley vigente.
Los Proveedores y las Fábricas deberán proporcionar prestaciones que incluyan, como mínimo, aquellas dispuestas por la ley vigente.
Para cada período de pago, el Proveedor deberá proporcionar a sus empleados un comprobante de
pago comprensible. Las deducciones xxx xxxxxx no deben ser excesivas
y deben detallarse claramente. Los sueldos deben ser pagados conforme a lo programado al menos una vez al mes o en períodos más cortos si así lo requiere la ley vigente.
Los Proveedores deberán cumplir con las leyes vigentes y las normas de la industria en relación con las horas de trabajo y deberán autorizar a los empleados al menos un día libre durante cada período de siete días.
Si el trabajo en horas extraordinarias es necesario u obligatorio, los empleados deben ser informados dentro de un plazo razonable. Los Proveedores deberán pagar a los empleados las horas extraordinarias a una tarifa superior a la xxx xxxxxx habitual y de conformidad a la ley vigente.
Los Proveedores deberán permitir que los empleados tomen todos los descansos que exige la ley vigente y, en cualquier caso, descansos razonables, períodos de almuerzo
y recesos para ir al baño.
Los Proveedores deberán cumplir con todas las leyes vigentes y solo emplear a personas que tengan o superen
la edad mínima legal para trabajar o 15 años, lo que sea mayor, o bien, la edad designada por la ley vigente para completar la educación obligatoria.
En el caso de los puestos de trabajo que requieran más madurez, sean peligrosos por naturaleza, necesiten trabajo nocturno o planteen riesgos a la seguridad, los empleados deben tener 18 años de edad como mínimo.
Los Proveedores deberán conservar documentación oficial de la fecha de nacimiento de cada empleado. Si esta documentación no está disponible, deben aplicar un método legítimo y fiable para determinar o confirmar la edad de cada empleado. El requisito de edad mínima para trabajar afecta a todo el trabajo subcontratado que se realice, total o parcialmente, en casa o en industrias artesanales.
Trabajos forzados o no remunerados y tráfico de personas
Los Proveedores no deberán utilizar trabajos forzados, servidumbre por deudas, trabajo no remunerado o de personas en prisión. Xxxxxx empleado deberá ser obligado a conservar su empleo, a no ser que sea por voluntad propia.
Los empleados extranjeros deben ser contratados de plena conformidad con las leyes laborales y de empleo del país anfitrión. Los términos del contrato en virtud del cual dichos trabajadores se contratan deben estar por escrito, en un idioma que los empleados puedan leer y entender, y ser aceptados por los empleados antes de salir de sus países de origen. Los cargos o costos asociados al reclutamiento de trabajadores, incluidos, entre otros, los cargos relacionados con visas de trabajo, costos de viaje y costos de procesamiento de documentos, no deberán ser cobrados directa o indirectamente a los trabajadores. Los Proveedores no deben retener los pasaportes ni las visas de los empleados extranjeros.
Los Proveedores deberán mantener y comprometerse a mantener un entorno laboral libre de tráfico de personas. Las prácticas de empleo no deben incluir el reclutamiento, transporte, traslado, encubrimiento o recepción de personas mediante la utilización de fuerza u otras formas de coacción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o la entrega o recepción de pagos o prestaciones para lograr el consentimiento de una persona que tiene el control sobre otra persona para fines de explotación. Los Proveedores no deberán abastecerse de productos, componentes o materiales de proveedores sujetos a sanciones estadounidenses o regiones con evidencia documentada de trabajos forzados y violaciones de los derechos humanos.
Discriminación, acoso y prácticas disciplinarias
Libertad de asociación
Los Proveedores deben respetar los derechos de los empleados de elegir asociarse a alguna organización legal, incluidas las organizaciones sindicales.
Los Proveedores no discriminarán a los empleados o posibles empleados en las prácticas de contratación u otros términos y condiciones de trabajo con base en la raza, color, nacionalidad, género, identidad de género, religión edad, discapacidad, afiliación política, orientación sexual, estado civil o social, maternidad o pertenencia a organizaciones de trabajadores, como sindicatos, ni por ningún otro factor similar.
Los Proveedores no participarán en el uso o amenaza de uso de castigo corporal, el uso o amenaza de uso de cualquier tipo de abuso o acoso, ya sea mental, físico (incluye el sexual) o verbal, en contra de los empleados o el uso o amenaza de uso de cualquier forma de intimidación. Los Proveedores deberán
tratar a los empleados con respecto y dignidad. Los Proveedores deberán documentar todas las medidas disciplinarias importantes que se tomen en contra de los empleados.
Salud y seguridad
Los Proveedores deben proporcionar a los empleados un entorno laboral seguro y saludable y, cuando corresponda, condiciones de vida seguras y saludables. Los Proveedores deberán cumplir con las leyes y reglamentaciones de seguridad laboral vigentes, que incluyen:
o Integridad de edificios o Dispositivos de seguridad
o Seguridad laboral en máquinas
o Lesiones y enfermedades o Seguridad química laborales o Higiene, alimentos y
o Seguridad contra incendios dormitorios
o Preparación para o Libertad de movimiento emergencias
Medio ambiente
Los Proveedores deben cumplir con todas las leyes vigentes de protección medioambiental. Los Proveedores deberán implementar un sistema de gestión ambiental (SGA) y un plan de emergencia ambiental (PEA). Los Proveedores
son responsables de asegurar que nunca se produzca una descarga o vertido ilegal de desechos o aguas residuales en los cuerpos de agua locales, como xxxx x xxxxxxx.
Minerales en conflicto
Los Proveedores deberán implementar procedimientos para asegurar que ningún producto o material suministrado x Xxxxxx contenga minerales en conflicto (columbita- tantalita, también conocida como coltán [tantalio, niobio], casiterita [estaño], wolframita [tungsteno], oro, cobalto
[o sus derivados]) que financian directa o indirectamente grupos armados por medio de la minería o el comercio de minerales en la República Democrática del Congo o en un país colindante. Previa solicitud xx Xxxxxx, los Proveedores colaborarán plenamente con respuestas a todas las consultas sobre los países de origen de los minerales
en conflicto (lo que incluye información de sus propios proveedores); proporcionarán la documentación solicitada y/o certificarán su cumplimiento con esta disposición mediante la entrega de una declaración jurada de uno de sus ejecutivos, directores o agentes administrativos.
Subcontratación
Las Fábricas aceptan efectuar todas las operaciones finales de fabricación y ensamblaje para producir productos, y que no subcontratarán la terminación o esencialmente toda la fabricación o ensamblaje de los productos, a menos que
el Proveedor obtenga una autorización por adelantado xx Xxxxxx. Los Proveedores son responsables de comunicar x Xxxxxx todos los planes de cambio de ubicaciones de fabricación. La subcontratación de cualquier tarea si
lo autoriza Xxxxxx no eximirá a los Proveedores de las obligaciones establecidas en el presente, incluida, entre otras, la obligación de exigir a las empresas que proporcionan bienes y servicios a los Proveedores que cumplan con este Código de conducta de proveedores.
Seguridad de datos
Se espera que los Proveedores cumplan con todas las leyes, reglamentaciones y requisitos de retención vigentes sobre seguridad y privacidad de datos. Se espera que los Proveedores se aseguren de implementar y conservar controles administrativos, físicos y
técnicos adecuados para proteger la información confidencial y evitar la recopilación, el uso o la divulgación no autorizados de datos.
Monitoreo del Código de conducta de proveedores
Xxxxxx modificará este Código de conducta de proveedores periódicamente y lo modificará para incorporar parámetros adicionales cuando sea necesario. Este Código es una declaración general de las expectativas xx Xxxxxx con respectos a los Proveedores. El Código se debe leer en conjunto con las obligaciones del Proveedor descritas en el Manual de abastecimiento responsable y en los acuerdos entre Xxxxxx (o cualquiera de sus divisiones operativas) y el Proveedor.
El Proveedor es responsable de constatar que entiende y cumple con este Código de conducta de proveedores y de informar x Xxxxxx
(o a un miembro de la gerencia) si surge una situación que provoca que las operaciones de un Proveedor violen este Código de conducta de proveedores. Se espera que los Proveedores autocontrolen el cumplimento de este Código de conducta de proveedores y, por lo tanto, Xxxxxx les recomienda encarecidamente a los Proveedores que definan e implementen un política de responsabilidad social y
que adopten o establezcan un sistema de gestión que asegure que se puedan cumplir los requisitos de este Código de conducta de proveedores de una manera coherente.
Además de cualquier otro derecho que Xxxxxx pueda tener en virtud de los acuerdos que pueda haber celebrado con un Proveedor, si Xxxxxx determina que un Proveedor no cumple o infringe algún término de este Código de conducta de proveedores o se comporta en algún modo de una manera que es inconsistente con este Código de conducta de proveedores, Xxxxxx se reserva el derecho, a su sola y absoluta discreción, de:
1. Poner fin a la relación comercial con el Proveedor, lo que incluye la cancelación de todas las órdenes de compra pendientes, o
2. Exigir acciones correctivas dentro de un plazo aceptable y/o colaborar con el Proveedor para establecer un programa correctivo aceptable a fin de que la relación comercial continúe o se reanude.