Contract
I.- CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “ADECUACIÓN ASEOS A NORMATIVA ACCESIBILIDAD, EN EL C.P. ATARGI, EN VILLAVAATARRABIA ”.
1.- OBJETO Y NECESIDAD DEL CONTRATO.
1.1.- El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego, es la ejecución de las obras definidas en el proyecto “Adecuación Aseos a Normativa Accesibilidad, en el C.P. Atargi, en Villava-Atarrabia”, redactado por el Arquitecto Xxxx Xx Xxxxx Xxxxxxxxx y, que recoge las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta.
1.2.- De conformidad con el artículo 41.4 LFCP el presente contrato no se divide en lotes, por haberse justificado, en el informe de necesidades, que desde el punto de vista técnico la realización independiente de las diversas prestaciones imposibilita la ejecución del contrato.
1.3.- La codificación de la obra incluida en este contrato, conforme a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, de conformidad con el Anexo de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, es 45
2.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La contratación objeto del presente pliego será adjudicada, de conformidad con los dispuesto en el artículo 139 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, por procedimiento abierto inferior al umbral comunitario, existendo crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2019 para financiar las obligaciones derivadas del contrato.
3.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO.
El órgano de contratación del presente contrato de obras es la Alcaldía del Ayuntamiento xx Xxxxxxx/Atarrabia, quien ejerce la competencia .
La unidad gestora del contrato es Secretaria en coordinación con la Comisión de urbanismo del ayuntamiento xx Xxxxxxx/Atarrabia.
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
El valor estimado del contrato de obras asciende a la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VIENTIUN EUROS Y ONCE CENTIMOS (66.721,11€), IVA EXCLUIDO.
El presupuesto de licitación del contrato asciende a la cantidad de:
SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VIENTIUN EUROS Y ONCE CENTIMOS (66.721,11€), IVA EXCLUIDO.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del total de la obra se fija en un máximo de TREINTA DÍAS contados a partir de la firma del acta de comprobación del replanteo, que deberá tener lugar en el plazo máximo de TRES DÍAS desde la formalización del contrato.
EN TODO CASO, LAS OBRAS DEBERAN ESTAR FINALIZADAS ANTES DEL DÍA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2019
6.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición o incompatibilidad para contratar establecidas en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos, no se hallen en situación de conflicto de intereses y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para la ejecución del contrato.
Si se trata de personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, ámbito o actividad que le sean propios, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales.
Podrán contratar las empresas agrupadas en uniones temporales que quedaran obligadas solidariamente y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, las empresas que fuesen a concurrir integradas en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de las personas que la constituyen y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato. Igualmente podrán contratar licitadores que participen conjuntamente que quedaran obligadas solidariamente. Dicha participación se formalizara mediante la aportación de un documento privado en el que deberá manifestarse la voluntad de concurrir de forma conjunta, la participación de cada una de ellas así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para
ejercitar los derechos y obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de los existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. Asimismo, deberán cumplir las condiciones las condiciones que el presente pliego establezca.
Las empresas que presenten oferta conjunta de licitación no podrán presentar proposiciones individuales.
7.- SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Se justificara la solvencia económica y financiera para la realización del contrato mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Declaración formulada por entidad financiera.
- Declaración sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato (obras de urbanización, renovación de redes) referida como máximo a los últimos tres ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del adjudicatario, debiendo ser el volumen de negocios de al menos uno de los tres años, igual o superior a
350.000 euros, IVA excluido.
8. SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL
Se justificara la solvencia técnica mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Relación de las obras de similares características ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, donde conste el promotor, el lugar de ejecución de la obra, el importe así como el año de ejecución. avaladas por certificados de buena ejecución (donde conste el importe, el lugar de ejecución de la obra, así como las fechas de replanteo y recepción de la misma), expedidos por el promotor.
La justificación de la solvencia técnica se exigirá al licitador a favor del que vaya a realizarse la propuesta de adjudicación del contrato.
En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato,
9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada persona licitadora no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en participación conjunta con otras personas licitadoras si se ha presentado proposición individual, ni figurar en
más de una de esas agrupaciones. La infracción de ello, así como la presentación simultánea de ofertas por empresas vinculadas dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por la persona licitadora del contenido de la totalidad de las cláusulas xxx xxxxxx que rigen la licitación, sin salvedad o reserva alguna.
Los interesados en la licitación obtendrán a través del Portal de Contratación la información adicional sobre los pliegos y demás documentación complementaria en el plazo de tres días desde que la soliciten.
9.1.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES.
Los documentos que conforman las ofertas deberán presentarse exclusivamente a través de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA), que estará disponible en el anuncio de licitación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx (xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xx), de acuerdo con lo establecido en los párrafos siguientes.
Todas las comunicaciones y resto de actuaciones de trámites que procedan con los interesados, se efectuara a través de la Plataforma de licitación electrónica xx Xxxxxxx (PLENA).
El plazo de presentación de las ofertas será el que se señale en el anuncio de licitación.
En el momento en que la empresa licitadora cierre su oferta, se generara una huella -resumen criptográfico- del contenido de la misma, quedando como constancia de la oferta. En el caso de que quien licite tenga problemas* en la presentación de su oferta en PLENA, si la huella –resumen criptográfico- es remitida, dentro del plazo de presentación de ofertas al órgano de contratación por correo electrónico a la dirección de contacto establecida en el Portal de Contratación, se dispondrá de un plazo extendido de 24 horas para la recepción de la oferta completa a través de PLENA. Si no se cumplieran tales requisitos, no será admitida la solicitud de participación en el caso de que se reciba fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
* a estos efectos se advierte de que cuanto mayor sea el peso (medido en MB) de las ofertas, mayor puede ser el tiempo requerido para completar su presentación. Ello con independencia de la concurrencia de otras circunstancias, como una menor velocidad de subida de datos debida a la calidad de la conexión, u otras.
Es necesario que la hora del equipo desde el que se vaya a realizar la presentación coincida con un margen máximo de desfase de 5 minutos, con la hora del servidor de Gobierno xx Xxxxxxx.
Los servidores de Gobierno xx Xxxxxxx, utilizan como referencia el Tiempo Universal Coordinado (UTC), que es la escala de tiempo universal mantenida por los laboratorios internacionales de referencia con una precisión: +/- 1seg. Esta es, por tanto, la hora oficial de los servicios electrónicos
- Fuente horaria primaria: xxxx.xxx.xx (Real Instituto y Observatorio de la Armada: dos servidores en San Xxxxxxxx-Cádiz y un tercero situado en
Madrid)
- Fuentes horarias secundarias:
xxxxx.xxxxx.xx , INRIA, Paris
x0x00.x0x.xxx.xx , UPV-EHU
Si al proceder a la apertura de los sobres, se detecta su presentación fuera de plazo sobre la que se ha recibido una huella, esta se validara si la huella coincide y la fecha de recepción esta dentro de las 24 horas extendidas. En tal caso la oferta se dará por válida y se abrirá.
Si por el contrario la huella no coincide, o bien la oferta se ha recibido fuera del plazo de 24 horas extendidas, la oferta se excluirá, no abriéndose en ningún caso su contenido.
En caso de que la oferta hubiera sido presentada fuera de plazo y la empresa o entidad licitadora adujera la existencia de problemas técnicos en la presentación, se verificara si en el momento de presentación de la oferta existieron problemas de índole técnica en la Plataforma. Solamente en el caso de que hubiera acaecido incidencia técnica en el normal funcionamiento de la Plataforma, la oferta presentada será admitida. El desconocimiento del licitador o problemas técnicos ajenos a la Plataforma no justificaran la extemporaneidad en la presentación de la oferta y conllevaran la exclusión.
9.2.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.
Desde el anuncio de licitación del Portal de Contratación se puede acceder al espacio de la Plataforma de Licitación Electrónica xx Xxxxxxx (PLENA) donde cualquier persona interesada en la licitación puede descargar una aplicación de escritorio que le permite la preparación y presentación de ofertas mediante sobre digital. Esta aplicación debe descargarse una única vez, siendo válida para cualquier licitación posterior a través de PLENA por parte de cualquier entidad sometida a la misma.
Las ofertas son cifradas en el escritorio de quien vaya a licitar utilizando mecanismos estándares de cifrado, y una vez presentadas, son depositadas en el repositorio seguro.
La oferta deberá ir firmada mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y demás disposiciones de contratación pública electrónica.
El tamaño permitido de cada fichero individual que se anexa en la oferta electrónica es de 50 MB. El tamaño total de la oferta, con todos los documentos que la forman tendrá un tamaño máximo de 100 MB. PLENA no establece límite alguno en el número de archivos que se pueden adjuntar a una oferta.
Los formatos admitidos por PLENA para los documentos que se anexan en la presentación de la oferta son los utilizados habitualmente (doc, docx, xls, xlsx, ppt, pptx, rtf, sxw, abw, pdf, jpg, bmp, tiff, tif, odt, ods, odp, odi, dwg, zip.), y como medida alternativa, para adjuntar archivos de otros formatos, se pueden envolver en un archivo comprimido (ZIP).
En caso de discordancia entre los valores objetivos introducidos en los formularios de la plataforma y los documentos anexos que dan respaldo a cada criterio prevalecerán los documentos y anexos suscritos electrónicamente por la entidad o empresa licitadora o quien tenga poder de representación.
Las propuestas se presentaran de acuerdo con la estructura establecida para esta oferta en PLENA y contendrá 3 sobres, identificados como:
- Sobre número 1: "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA".
- Sobre número 2:"DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS”.
- Sobre número 3: "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS”.
Cada uno de los sobres deberá contener los siguientes documentos:
Sobre número 1: "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA".
Se incluirán necesariamente los siguientes documentos:
1. Identificación del licitador o licitadores, que se presentan, pudiendo ser personas físicas, participaciones conjuntas, personas jurídicas, uniones temporales de empresarios. Así mismo se presentara una dirección de correo electrónico del licitador, conforme al modelo señalado en el Anexo I.
2. Declaración responsable del licitador o, en su caso, de su representante, indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar. Dicha declaración se ajustara al modelo señalado en el Anexo II.
3. Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente o en unión temporal de empresas, cada una de ellas deberá suscribir la declaración responsable y se incorporara un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrir conjuntamente, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo.
El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
4. En caso de subcontratación, el licitador deberá presentar una relación de los subcontratistas y aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los mismos para la ejecución del contrato.
Sobre número 2: "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS NO CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS”.
Incluirá toda la documentación que aporte el licitador para que se valore y puntúen los criterios de adjudicación recogidos en el presente pliego que dependen de un juicio de valor.
En concreto, deberá contener los siguientes documentos:
1. Memoria explicativa. Análisis del proyecto y de la problemática de ejecución de la obra, conforme a lo señalado en la cláusula 12. 1. a) Para este apartado se admitirá un máximo de 12 páginas en formato DINA 4
2. Tratamiento de afecciones. Documento explicativo del tratamiento de afecciones y minimización del impacto de las obras, conforme a lo señalado en la cláusula 12. 1. b) Para este apartado se admitirá un máximo de 5 páginas en formato DINA 4
No se podrá incluir en este sobre referencia alguna de la oferta económica o criterios cuantificables mediante fórmulas.
Sobre número 3: "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS”.
En este sobre se incluirá por el licitador la siguiente documentación: En este sobre se incluirá por el licitador la siguiente documentación:
ANEXO III-A y III-B en el que el licitador detallará:
La oferta económica ( obligatorio):
El compromiso de formalización de una garantía complementaria de obra, consistente en la extensión de la duración del plazo de garantía de la obra establecido en el pliego (opcional)
Plazo de ejecución de obra:
El plazo de ejecución de las obras se fija en un máximo de 30 días y el mínimo de 25 días. El plazo ofertado se deberá expresar en días, de acuerdo con el modelo incluido en el Anexo II.
Criterios de carácter social : Plan de conciliación laboral del personal adscrito al contrato.
El porcentaje respecto del precio de adjudicación que se subcontratara con Centros Especiales de Empleo y/o Empresas de Inserción (opcional.)
Acreditación del compromiso de subcontratación con centros de inserción y especiales de empleo.
Documento original acreditativo del compromiso suscrito por el contratista con centros de inserción y especiales de empleo para la ejecución de una parte de la obra, especificando de forma expresa las partidas correspondientes del proyecto que van a ser objeto de subcontratación y el porcentaje que representa que ha sido reflejado en el ANEXO 3 incluido también en este sobre.
10. OFERTA ANORMALMENTE BAJA.
Se podrá presumir que una oferta es anormalmente baja cuando sea un 20 por 100 o más inferior al presupuesto de licitación. En este caso se estará a lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
En todo caso, se rechazaran las ofertas que se comprueben que son anormalmente bajas por vulneración de la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones en materia medioambiental, social, laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
11.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación, que realizara la apertura de las proposiciones y las demás funciones encomendadas por la Ley, estará constituida por las siguientes personas:
Presidente:
- Alcaldía: Xxx XXXXX XXXXXX XXX
- Suplente: Xxxx XXXXX XXXXXX XXXXXX
Vocales:
Xxx XXXX XXXXXXX XXXXXX, Concejal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Xxx XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX Concejal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx- Atarrabia.
Xxx XXXXX XXXXXX XXXXXX Concejal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Xxx XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX Concejal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx- Atarrabia.
Xxx XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXX, Concejala del Ayuntamiento xx Xxxxxxx-Atarrabia.
Xxx Xxxx Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Asesor Municipal Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx. Interventor Municipal Secretario: Xxx Xx Xxxxxx Xxx Xxxx Secretario Municipal
La Mesa de Contratación, en acto privado, calificara la documentación administrativa presentada en tiempo y forma por los licitadores en el sobre n° 1, con el fin de comprobar que reúnen las condiciones para ser admitidos.
En caso de que la documentación aportada fuera incompleta y ofreciese alguna duda, se requerirá a quien haya presentado oferta para que complete o subsane los certificados y documentos, en un plazo de cinco días naturales contados desde la notificación del requerimiento. Dicho requerimiento se producirá por medios telemáticos, a través del módulo de notificaciones de PLENA.
Calificada la documentación administrativa, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del Sobre n° 2, "Documentación relativa a criterios no cuantificables mediante fórmulas”, presentado por las empresas admitidas y a su posterior valoración conforme a los criterios de adjudicación debidamente ponderados según los criterios que se señalan.
Asimismo, si considera que alguna oferta adolece de oscuridad o de inconcreción, podrá solicitar aclaraciones complementarias, dentro de un plazo de cinco días naturales respetando en todo caso el principio de igualdad de trato de quienes hayan licitado, que no podrán modificar la oferta presentada.
En el Portal de Contratación xx Xxxxxxx se anunciara con 3 días de antelación la fecha y hora de la apertura pública en la plataforma PLENA de la documentación relativa a los criterios cuantificables mediante fórmulas. En dicha plataforma se publicaran el resultado de la calificación de la documentación presentada por licitadores, indicando las entidades o personas
licitadoras admitidas, las inadmitidas y las causas de la inadmisión, así como la valoración efectuada por la mesa de las propuestas técnicas.
A través la plataforma PLENA la mesa de contratación procederá a la apertura del sobre no 3 que contiene la documentación relativa a los criterios cuantificables mediante fórmulas y hará público su contenido.
12.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Para la selección del adjudicatario se valoraran las proposiciones de la siguiente forma:
Criterios cualitativos.
1. Propuesta técnica: hasta 40 puntos.
a) Análisis del proyecto y de la problemática de ejecución de la obra: Hasta 25 puntos.
El licitador deberá presentar un análisis del contenido del proyecto técnico que sirve de base para la licitación de las obras, junto con la problemática de las obras y las medidas para su resolución, así como un plan de obra o programa de trabajo.
A los efectos de asignar la puntuación correspondiente a este criterio de adjudicación, se valorará que el documento de análisis presentado revele los aspectos que a continuación se detallan:
- Nivel conocimiento del emplazamiento de las obras, necesidades de ocupación, instalaciones auxiliares, análisis de condicionantes externos y climatológicos, zonas previstas para préstamos, gestores de residuos, desvíos provisionales, reposición de servicios, medidas de señalización y seguridad previstas: Hasta 15 puntos.
- Metodología propuesta para la ejecución de los trabajos, coherencia de la organización de la obra con los equipos materiales y humanos adscritos a cada una de las actividades descritas en el proyecto. Planteamiento cronológico para el desarrollo idóneo de la obras, identificando las labores a realizar en cada fase, solapamiento de labores y la indicación del camino crítico para el cumplimiento del plazo de ejecución. Hasta 15 puntos.
b) Tratamiento de afecciones y minimización del impacto de las obras: Hasta 15 puntos.
El licitador describirá el conjunto de medidas propuestas para minimizar las posibles molestias a los usuarios, así como al conjunto de personas, bienes y servicios bienes del entorno de las obras.. teniendo en cuenta de que se trata de un recinto escolar y que se encuentra en los inmediaciones de la zona
deportiva ( Polideportivo, Campo de futbol y Frontón) En ningún caso estas medidas podrán suponer coste adicional para la Administración.
Se valorarán los siguientes aspectos:
- Tratamiento de afecciones de circulación peatonal afectadas por el desarrollo de las obras y cualesquiera otras afecciones que puedan derivarse de trabajar en espacios públicos en uso. Medidas para minimizarlas mientras se trabaja en obra y fuera de los horarios de trabajo y en días vacacionales o festivos. Hasta 5 puntos.
- Tratamiento de afecciones a infraestructuras y redes de servicio implantadas. Medidas para minimizarlas. Hasta 5 puntos.
Se tendrán en cuenta de manera específica aspectos relacionados con las medidas de seguridad previstas para minimizar los riesgos y garantizar la seguridad del personal, sin perjuicio de lo que deba contemplar el plan de seguridad posterior.
- Medidas medioambientales: Se indicarán las medidas que se prevean tomar relacionadas con el cuidado del medioambiente. Hasta 5 puntos
Criterios cuantitativos.
2.- Oferta económica: hasta 45 puntos.
Precio mínimo ofertado Puntuación oferta A = 45 x
Oferta presentada-
3- Reducción plazo de obra. Hasta 5 puntos
Se ofertará conforme al ANEXO III-B la Reducción en el plazo de ejecución de la obra, siendo el plazo máximo de 30 días y el mínimo de 25 días (expresados en días). Se asignará un punto por cada día de reducción del plazo de 30 días. La mayor puntuación (5 puntos) se obtendrá por la propuesta que oferte un plazo de 25 días, obteniendo por este aprtado 0 puntos la oferta que contenga un plazo de 30 días.
4.-Criterios sociales: Hasta 10 puntos.
- Subcontratación con Centros Especiales de Empleo y/o Centros de Inserción Socio Laboral. Se valorara con hasta 6 puntos a los licitadores que se comprometan a subcontratar un porcentaje del precio de adjudicación del contrato con estos centros. Se ofertará conforme al modelo del ANEXOIII-B.
Se asignaran:
- 2 puntos al licitador que ofrezca subcontratar, al menos un 2 por 100 del precio de adjudicación.
- 4 puntos al licitador que ofrezca subcontratación por, al menos, un 4 por 100 del precio de adjudicación.
- 6 puntos al licitante que ofrezca subcontratar, al menos, un 6 por 100 del precio de adjudicación.
Se valorará con 4 puntos que el personal asignado al contrato le sea de aplicación un Plan de Conciliación Laboral que contenga al menos dos medidas concretas en la conciliación de su vida familiar y laboral. Si no dispone de un Plan de Conciliación con al menos dos medidas concretas, la valoración será de 0 puntos
13.- CRITERIOS DE DESEMPATE.
Si se produce empate entre dos o más ofertas se aplicaran los siguientes criterios de desempate: (insertar alguno de los previstos en el artículo 99.1.).
Si persiste el empate tras la aplicación de los criterios anteriores este se resolverá por sorteo.
Para la aplicación de los criterios de desempate se requerirá a las empresas licitadoras afectadas para que en el plazo de cinco días naturales presente la documentación pertinente.
14.- APORTACION DE LA DOCUMENTACION PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD Y LA SOLVENCIA POR EL ADJUDICATARIO.
En el plazo máximo de 7 días naturales desde la comunicación por parte de la Mesa de Contratación de la propuesta de adjudicación, el licitador presentara a través de PLENA la siguiente documentación:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del licitador y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad (o documento que lo sustituya reglamentariamente) en el caso de personas físicas o empresarios individuales.
1.2.- Si el licitador es persona jurídica, escritura de constitución o de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, poder notarial bastante que deberá figurar inscrito en el registro correspondiente, si tales extremos no constan en la escritura referida en el párrafo anterior, así como el Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente lo sustituya de la persona apoderada.
Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, regulado por el Decreto Xxxxx 236/2007, de 5 de noviembre, será suficiente para acreditar la personalidad y la representación de la empresa la presentación de la copia del certificado de inscripción en dicho Registro obtenida electrónicamente a través de Internet, junto con una declaración responsable de su vigencia.
1.3.- Cuando la oferta se presente por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de ellos acreditara su personalidad y capacidad de obrar, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por cada uno de los licitadores agrupados o por sus respectivos representantes.
La responsabilidad será siempre solidaria, e indivisible el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
2. Numero de Identificación Fiscal de la entidad. Si la oferta se presenta por empresarios que participen conjuntamente, el N.I.F. será aportado por cada una de las entidades reunidas.
3. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera así como técnica y profesional en los términos exigidos en el presente pliego.
4. Declaración responsable del licitador en la que haga constar que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones de seguridad, salud en el
trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar la declaración señalada.
5. Certificados positivos expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx xx Xxxxxxx y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Dichos certificados deberán estar expedidos con una antelación no superior a seis meses desde la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
6. Si el licitador pretende subcontratar con Centros Especiales de Empleo o Centros de Inserción Social parte de las prestaciones objeto del contrato, deberá aportar una relación exhaustiva de los subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con tales empresas especificando la parte del contrato que va a ser objeto de subcontratación con cada empresa.
7. Certificado de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del mismo para licitadores domiciliados fuera de Villava/Atarrabia.
Si la licitadora se halla domiciliada en el Ayuntamiento xx Xxxxxxx/Atarrabia la comprobación de este cumplimiento se realizara de oficio.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la exclusión del licitador del procedimiento, con el abono por parte de este de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
15.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación una vez que haya comprobado que la documentación presentada, efectuara la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. La propuesta señalara el orden de prelación de las personas que hayan
formulado una propuesta admisible, con las puntuaciones obtenidas en aplicación de los criterios de adjudicación.
La propuesta de adjudicación no generara derecho alguno mientras no se apruebe la resolución de la adjudicación del contrato.
16.- ADJUDICACIÓN
1.- Adjudicación. El órgano de contratación dictara resolución adjudicando el contrato en el plazo máximo de un mes a contar desde la apertura publica de la oferta cuantificable con formulas. Dicha resolución será motivada y contendrá al menos las razones por las que se han rechazado las ofertas, las características y ventajas de la oferta seleccionada.
2.- Perfección del contrato.- La perfección del contrato tendrá lugar con la adjudicación del contrato. La eficacia del acto de adjudicación quedara suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación quedara suspendido por la mera interposición de una reclamación en materia de contratación pública hasta el momento en que se resuelva dicha reclamación.
3.- Declaración de desierto.- De conformidad con lo establecido en el artículo
101.5 de la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos, el órgano de contratación podrá de forma motivada declarar desierta el procedimiento de adjudicación.
4.- Notificación y publicidad de la adjudicación.- La adjudicación, una vez acordada, será notificada a las participantes en la licitación y se publicara en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Ley Xxxxx.
17.- GARANTIAS
Con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario, depositara a favor del Ayuntamiento el 4% del importe de adjudicación (IVA excluido).
La garantía quedara afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta la finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades por demora así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
Asimismo, dicha garantía podrá ser objeto de incautación en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista, en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado.
La garantía se podrá constituir en cualquiera de las formas previstas en el artículo 70.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
La garantía será devuelta de oficio una vez finalizado el periodo de garantía del contrato, previo informe de la unidad gestora de haber cumplido el contrato a satisfacción del Ayuntamiento o haberse resuelto sin culpa de la persona contratista.
18.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizara en documento administrativo, en el plazo máximo de 15 días naturales contados desde la existencia de crédito suficiente para la ejecución de la obra, una vez transcurrido el plazo de suspensión.
Con carácter previo, el adjudicatario, deberá entregar los siguientes documentos en el plazo máximo de quince días naturales desde la notificación de la adjudicación:
- Justificante de haber consignado a favor del Ayuntamiento la garantía para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
- Póliza de seguro y documentación acreditativa del pago de la prima del seguro que cubre los riesgos derivados del proceso de la obra, con un límite mínimo de indemnización por valor igual al presupuesto de licitación.
- En el caso de unión temporal de empresas, las escrituras de constitución de la misma cuya duración será coincidente con la del contrato hasta su extinción y CIF de dicha unión.
- Dos ejemplares del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo, determinado en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
- Plan de obra actualizado a la fecha de inicio del contrato en la que se indique a la persona responsable del mismo. Deberá mantenerse los plazos y programación de la oferta de acuerdo con lo dispuesto en el pliego.
- Documento contractual suscrito por el contratista con centros de inserción y especiales de empleo, para la ejecución de una parte de la obra, especificando de forma expresa las partidas correspondientes del proyecto que van a ser objeto de subcontratación y el porcentaje que representa sobre el total tal y como ha sido reflejado en la oferta.
Si el contrato no se formalizase en plazo por causas imputables al contratista, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, con abono por parte de este de una penalidad equivalente al 5% del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje, o bien conceder un nuevo plazo improrrogable.
19.- INFORMACION DE OBRA
En el plazo máximo de 10 días naturales desde el replanteo, el adjudicatario deberá colocar en la obra un cartel anunciador de las obras, el cual correrá económicamente a su cargo.
El cartel se debe colocar en lugar visible y firmemente anclado, y será responsabilidad del adjudicatario tanto su seguridad, como su correcto mantenimiento.
En el cartel se harán constar, en tamaño y en lugar idóneos para su visibilidad desde las vías públicas, los datos principales de la obra: Obra, promotor, importe de la adjudicación (en euros, con IVA); plazo de ejecución, nombre de la empresa contratista, y aquellos otros que pueda proponer el Ayuntamiento.
20.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La contratista deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde la notificación de la adjudicación y antes de la formalización del contrato.
El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por el órgano de contratación antes del inicio de la obra, con el previo informe del coordinador en materia de seguridad y salud designado para la obra, o en su caso, la dirección facultativa.
21- ACTA DE COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO E INICIO DE OBRAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 167 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, en el plazo máximo de tres días desde la formalización del contrato se procederá a la comprobación del replanteo de las obras entre los servicios técnicos del Ayuntamiento y el contratista, cuyo resultado se formalizara en acta.
Las obras deberán dar comienzo al día siguiente de la formalización del acta de comprobación del replanteo.
El contrato se ejecutara con estricta sujeción a las presentes clausulas, a las prescripciones técnicas y al Proyecto que sirven de base al contrato, conforme a las instrucciones que en interpretación técnica sean dadas al contratista por el director facultativo de las obras y, en su caso, la persona responsable del contrato.
Si las instrucciones fuesen de carácter verbal, deberán ser ratificadas por escrito para su constancia en el expediente.
22.- PAGO DEL PRECIO Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIONES
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en los artículos 152 y siguientes y concordantes de la
Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos y en el presente Pliego.
La Administración expedirá mensualmente, en los quince días siguientes del periodo que corresponda, las certificaciones de obra que correspondan a la obra ejecutada, según el procedimiento establecido en el artículo 168 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos.
Los abonos de estas certificaciones tienen el concepto de pagos a cuenta, a expensas del resultado de la certificación final.
El Ayuntamiento deberá abonar al contratista el precio del contrato en el plazo de treinta días naturales desde la expedición de las certificaciones de obra, sin perjuicio de las reglas contenidas en el artículo 155 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Para el pago solo se admitirá la presentación de facturas en formato electrónico, a través del Registro del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe).
23.- REVISION DE PRECIOS
Según lo establecido en el artículo 109 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos, el contratista no tendrá derecho a revisión de precios.
24.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
24.1.- La ejecución de las obras objeto de este contrato se realizara con sujeción a lo dispuesto en el proyecto de ejecución en su conjunto (memoria, planos, pliego de condiciones, presupuesto y estudio de seguridad y salud), así como a lo dispuesto en este pliego de contratación, clausulas administrativas particulares, y prescripciones técnicas particulares y la oferta del contratista.
De manera particular, se tendrá en cuenta el plan de ejecución de la obra que forme parte de la oferta del adjudicatario. El jefe de obra, el encargado de la obra y la dirección técnica y facultativa de la misma llevaran a cabo las reuniones de información y coordinación que sean necesarias para llevar a efecto dicho plan. De tales reuniones y de las decisiones y medidas adoptadas en las mismas se dará cuenta detallada al técnico municipal encargado de la relación con el adjudicatario.
24.2.- El personal que utilice la entidad adjudicataria en la ejecución del presente contrato no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente de la adjudicataria.
En consecuencia, la entidad adjudicataria deberá cumplir en relación con su personal las obligaciones en materia Laboral, de Seguridad Social y de
Prevención de Riesgos Laborales. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la adjudicataria, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico por ella designado, no implicaran responsabilidad alguna para el Ayuntamiento.
25.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos, se establecen como condiciones de carácter específicamente social las siguientes:
1ª.- El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito mas inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
2ª.- La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
3ª.- Igualdad entre mujeres y hombres. En esta materia deberán guardarse las siguientes condiciones:
- Si la empresa contratista cuenta con más de 250 personas trabajadoras deberá acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
4ª.- Discapacidad.- Si la empresa contratista cuenta con 50 o más personas trabajadoras en el total de su plantilla, deberá acreditar que está compuesta al menos por un 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
El cumplimiento de las presentes condiciones deberá ser justificado a requerimiento del Ayuntamiento.
Todas las condiciones especiales de ejecución del contrato serán exigidas a los subcontratistas que participen en su ejecución.
26.- JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN.
26.1.- Cumplimiento de compromisos.
El Ayuntamiento podrá recabar del adjudicatario cuanta documentación y datos considere convenientes para comprobar el cumplimiento de los compromisos formulados en su oferta. Podrá igualmente realizar actuaciones de inspección a los mismos efectos.
Para la comprobación del compromiso de subcontratación con centros de inserción y especiales de empleo el adjudicatario deberá justificar documentalmente ante el Ayuntamiento la condición de tales centros. Se aportará con la oferta una relación exhaustiva de los subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con las empresas a subcontratar. Deberá igualmente aportarse el documento contractual suscrito con tales centros, en el que se especificaran de forma expresa las partidas correspondientes del proyecto que son objeto de subcontratación. Una vez efectuados los trabajos subcontratados, deberán aportarse las facturas emitidas por dichos centros.
Para la justificación del cumplimiento de los aspectos medioambientales de la oferta se presentaran albaranes de entrega de mercancías reciclables a los gestores autorizados, sin perjuicio de las comprobaciones que pueda llevar a cabo el Ayuntamiento a pie de obra o en el lugar en el que se lleven a cabo los procesos de preparación o reciclado o tratamiento de residuos.
Par la justificación de las medidas concretas en la conciliación de su vida familiar y laboral del personal asignado al contrato se deberá presentar declaración responsable de la empresa en tal sentido. En dicha declaración se hará mención expresa de las dichas medidas concretas aplicadas.
Una vez finalizadas las actuaciones presentadas en la declaración responsable sobre los criterios de adjudicación sociales en materia de igualdad y antes de realizar la última certificación de la obra, la empresa adjudicataria deberá remitir a la unidad gestora documento acreditativo sobre las actuaciones desarrolladas, que deberá incluir memoria descriptiva de dichas actuaciones, la relación del personal participante acreditado mediante las correspondientes firmas y relación de la persona o equipo responsable de su ejecución, acreditado mediante la(s) correspondiente(s) firma(s).
La contratista deberá notificar a todo su personal laboral los compromisos en materia social y medioambiental adquiridos al amparo del documento contractual.
26.2.- Cumplimiento de condiciones especiales de ejecución.
Cuando la empresa adjudicataria cuente con más de 250 personas trabajadoras, en un plazo de 10 días hábiles tras la firma del contrato, deberá remitir a la unidad gestora documento certificativo del número de personas que compone la plantilla de la empresa, y deberá además remitir documentación acreditativa del diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Para garantizar un uso no sexista del lenguaje la empresa adjudicataria deberá contar con el visto bueno de la unidad gestora, antes de realizar la difusión de la documentación, publicidad, imagen o material que se haya generado durante la ejecución del contrato para su difusión externa. Para ello la adjudicataria facilitara copias o fotografías de lo señalado anteriormente.
En caso de que la entidad adjudicataria haya presentado declaración responsable sobre los criterios de adjudicación sociales en materia de igualdad y haya recibido puntuación por ella, deberá informar por escrito al personal afectado, antes del inicio de la ejecución del contrato, de las actuaciones a desarrollar. En el plazo de 10 días hábiles tras la firma del contrato, deberá remitir a la unidad gestora documento acreditativo de dicha comunicación.
La empresa contratista que cuente con 50 o más personas trabajadoras en el total de su plantilla, deberá acreditar documentalmente, en el plazo xx xxxx días desde la notificación de la adjudicación, que está compuesta al menos por un 2% de personas con discapacidad igual o superior al 33%.
27. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS.
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo establecido para la realización del mismo.
Cuando por causas imputables al contratista el plazo hubiera quedado incumplido, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato o exigir su cumplimiento otorgando una prorroga con la imposición de las penalidades que se establecen en el artículo 147 de la Ley Xxxxx 2/2018 de Contratos Públicos.
Cuando el retraso no fuera imputable al contratista y este se ofreciera a cumplir sus compromisos, la Administración le concederá una prórroga
equivalente al tiempo perdido salvo que el contratista hubiera solicitado una menor.
28.- MODIFICACIONES DE CONTRATO.
En materia de modificaciones contractuales se estará a lo dispuesto en los artículos 114, 115, 143 y 144 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
29.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero u objeto de subcontratación de acuerdo con lo establecido en los artículos 108 y 107, respectivamente, de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
30.- RÉGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES.
30.1.- Aplicación de penalidades.
Si el contratista no cumple con algunas de las condiciones y requisitos señalados en el presente Pliego o en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, el Ayuntamiento, previa audiencia del interesado, podrá imponer las penalidades que se señalan en los apartados siguientes, de acuerdo con las diferentes causas que los hayan motivado.
30.2.- Actuaciones constitutivas de imposición de penalidades.
A efectos contractuales se considerara actuación constitutiva de imposición de penalidad toda acción u omisión del contratista que suponga un quebranto de las exigencias especificadas en el Pliego o en la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Se clasificara tal actuación atendiendo a su trascendencia, proporcionalidad e intencionalidad en: leve, grave o muy grave, de acuerdo con los siguientes criterios:
Leve: Se consideraran leves, aquellas que afectando desfavorablemente al funcionamiento y eficiencia del contrato, no sean debidas a actuación realizada maliciosamente, ni lleven unido peligros a personas, animales o cosas, ni reduzca la vida económica de los trabajos realizados, ni causen molestias a los usuarios. Entre otras serán las siguientes:
- El incumplimiento de las visitas periódicas con los Técnicos.
- La inobservancia de la mecánica operativa inicial y normal en los trabajos.
- El retraso o interrupción de los trabajos, siempre que sea imputable al adjudicatario, por un tiempo inferior a tres días, negligencia o descuido en el cumplimientos de sus obligaciones.
- Originar molestias innecesarias a los usuarios.
- La no retirada inmediata de escombros o materiales sobrantes una vez acabada la obra.
- El incumplimiento de cualquier obligación de las establecidas en este pliego que no esté calificado con mayor gravedad.
Grave: Son clasificadas como graves aquellas que como consecuencia de realización deficiente de las inspecciones o de los distintos trabajos exigidos o de las prestaciones y exigencias contractuales, puedan influir negativamente en la vida económica de los trabajos realizados o causar molestias y peligros a los usuarios, o causen un grave perjuicio al control o a la inspección municipal de los trabajos contratados.
- La existencia de tres incumplimientos leves durante la ejecución del contrato.
- La reiteración de cualquier incumplimiento leve.
- La inobservancia de medidas de seguridad y salud en los trabajos.
- La no prestación de alguna de las operaciones o servicios contratados.
- Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte de la unidad gestora del contrato en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo.
- Incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales incluidos en la oferta.
- No guardar la debida discreción respecto de los asuntos que se conozcan en razón del contrato prestado.
- Incumplimiento parcial de la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato.
- El retraso o interrupción de la prestación del contrato igual o superior a tres días e inferior a quince días, siempre que sea imputable al contratista, la negligencia o descuido continuado.
- La no formalización del contrato en plazo por causa imputable al contratista.
Muy grave:
- La existencia de tres incumplimientos graves durante la ejecución del contrato.
- La reiteración de cualquier incumplimiento grave.
- El incumplimiento de normativa en materia de igualdad entre hombres y mujeres
- El fraude económico al Ayuntamiento, mediante certificación o facturas no acordes con la realidad, o a través de cualquier medio, sin que sea necesaria la existencia de dolo.
- La prestación incorrecta y defectuosa del contrato, tanto en su calidad como en la cantidad.
- Presentación a la documentación de la convocatoria informes falsos relacionados con los criterios sociales o medioambientales de adjudicación o ejecución.
- Infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación.
- El retraso o interrupción de la prestación del contrato igual o superior a quince días, siempre que sea imputable al contratista, o el abandono de la obra.
- La inobservancia de la obligación xx xxxxxxx profesional o incumplimiento de la normativa de protección de datos.
- La falsedad en los informes.
- La actitud deliberada de permitir el deterioro de un elemento o instalación.
- Incumplimiento de los criterios sociales y medioambientales presentados.
- El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución establecidas en el presente pliego.
- La cesión de los derechos y obligaciones del contrato sin autorización expresa del órgano de contratación.
El incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte del contratista, dará lugar a la incoación del oportuno expediente, en el que se dará audiencia al mismo con carácter previo a su resolución por el Órgano de Contratación, pudiéndose imponer las penalizaciones que a continuación se determinan, que serán deducidas de la siguiente certificación que se expida en la ejecución del contrato o, en su caso, de la fianza.
La imposición de las penalidades no excluye la eventual indemnización a la Administración como consecuencia de la infracción.
30.3.- Cuantía de las penalidades.
El incumplimiento de los plazos totales o parciales por causas imputables al contratista se sancionará conforme a lo dispuesto en el artículo 147.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
Además, se impondrán las siguientes penalidades:
a) Incumplimientos leves, cada incumplimiento leve, podrá ser sancionado con un importe de hasta el 1% del importe de adjudicación.
b) Incumplimientos graves, cada incumplimiento grave podrá ser sancionado con un importe de entre el 1,01% hasta el 5% del importe de adjudicación.
c) Incumplimientos muy graves, cada incumplimiento muy grave, podrá ser sancionado, con un importe de entre el 5,01% hasta el 10% del importe de adjudicación. Esta penalidad podrá alcanzar el 20% en caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato previstas en el artículo 66 xx Xxx Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx de Contratos Públicos.
31.- RECEPCIÓN DE LAS OBRAS, LIQUIDACIÓN FINAL Y PLAZO DE GARANTÍA
Recepción de las obras
El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
Dentro del plazo de los 15 días siguientes a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma; acto al que concurrirán el Alcalde o persona en quien delegue, un facultativo designado por la unidad gestora del contrato y quienes ejerzan las labores de Secretaría e Intervención, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista, asistido del personal que considere oportuno, documentándose en un acta de fin de obra.
Serán condiciones indispensables para proceder a la recepción de las obras:
Xxxxx ejecutado las obras de conformidad con lo estipulado en los pliegos, el proyecto de obras y de acuerdo con las modificaciones aprobadas.
Xxxxx entregado a la DF toda la documentación obligatoria y necesaria bajo responsabilidad del contratista o de sus subcontratas.
Haber realizado las pruebas con resultado satisfactorio de todas y cada una de las instalaciones de la edificación y/o urbanización.
Garantizar que la obra se encuentra en condiciones de limpieza tales que permitan verificar la adecuada ejecución y ser entregada a la propiedad en perfecto estado.
Si las obras se encuentran en buen estado y correctamente ejecutadas, se darán por recibidas, formalizándose la correspondiente acta, que será firmada por los concurrentes a la recepción, por cuadruplicado ejemplar; comenzando el plazo de garantía al día siguiente de la formalización de la misma.
Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, sin perjuicio de las penalidades por demora, se hará constar así en el acta, y la dirección facultativa de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.
Liquidación final de las obras.
La liquidación final se sujetara a lo establecido en el artículo 173 de la citada Ley Xxxxx.
Plazo de Garantía.
El plazo de garantía será el que resulte de la oferta del adjudicatario, sin que en ningún caso pueda ser inferior a tres años; comenzando a contar al día siguiente de la formalización del acta de recepción.
Durante el plazo de garantía corresponderá al contratista, en todo caso, la conservación de las obras, así como la subsanación de los defectos que pudieran advertirse.
Transcurrido el plazo de garantía sin objeciones por parte de la Administración quedará extinguida la responsabilidad del contratista; procediéndose a la devolución de la garantía consignada, a cuyos efectos se emitirá, con carácter previo, informe favorable por parte de la unidad gestora del contratista.
32.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Las causas de resolución de los contratos serán las generales señaladas en el Artículo 160 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, además de las especificas establecidas en el artículo 175 de dicha ley.
33- RÉGIMEN JURÍDICO Y PRERROGATIVAS.
El presente contrato tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por el presente pliego, con sus clausulas administrativas y especificaciones técnicas y en lo no previsto en este será de aplicación la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, la Ley Xxxxx 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local xx Xxxxxxx, y demás normativa aplicable.
El presente pliego, sus Anexos y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego. Asimismo, tendrá carácter contractual la oferta del contratista adjudicatario y el documento de formalización del contrato.
El desconocimiento de las clausulas del contrato en cualquiera de sus términos, del resto de documentos contractuales y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución, no exime a la persona adjudicataria de la obligación de cumplirlas.
El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés publico, acordar su resolución y determinar los efectos de esta; todo ello dentro de los limites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
34.- RECURSOS Y RECLAMACIONES.
El presente contrato es de naturaleza administrativa, por lo que cuantas incidencias se deriven del cumplimiento de las obligaciones y de la interpretación de estas disposiciones, serán resueltas en primer término por el órgano de contratación.
Contra este pliego y las resoluciones que se dicten en ejecución del mismo podrán interponerse potestativamente, los siguientes recursos:
Reclamación en materia de contratación pública ante el Tribunal de Contratos Públicos conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la ley Xxxxx de Contratos Públicos, para lo que es requisito imprescindible que los licitadores faciliten un correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
Recurso de reposición ante el órgano del Ayuntamiento xx Xxxxxxx/Atarrabia autor del acto administrativo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.
Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativos, en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxxx en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
35.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Los datos personales que figuren en la documentación aportada por las personas o empresas licitadoras, se incorporaran a un fichero responsabilidad
de Ayuntamiento xx Xxxxxxx/Atarrabia y se utilizaran para la gestión y seguimiento del expediente de contratación. Las cesiones de datos previstas son las que vienen determinadas por ley (publicación en portal de contratación xx Xxxxxxx de conformidad con lo indicado en la Ley Xxxxx 2/2018, de Contratos Públicos y Web de la entidad, de conformidad con lo indicado en Ley 19/13 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Publica y Buen Gobierno). Los titulares de los datos personales podrán ejercer el derecho de acceso a sus datos personales, de rectificación si consideran que son incorrectos o de supresión cuando ya sean necesarios. También podrán ejercer el derecho de limitación del tratamiento en los supuestos legalmente previstos. Todo ello podrán hacerlo dirigiéndose al Ayuntamiento donde le serán facilitados los modelos para el ejercicio. Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (xxxx.xx) si consideran que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente.
36.- CONFIDENCIALIDAD.
El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información.
No se podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadores deberán indicar en la declaración responsable la relación de documentación para los que propongan ese carácter confidencial. La declaración de confidencialidad no se podrá extender a toda la propuesta. En caso de que lo haga, el órgano de contratación de forma motivada determinara aquella documentación que no afecta a secretos técnicos o comerciales.
II.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS
Las recogidas en el proyecto técnico.
ANEXO I
MODELO DE IDENTIFICACIÓN DE LICITADOR O LICITADORES Y DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “ADECUACIÓN ASEOS A NORMATIVA ACCESIBILIDAD, EN EL C.P. ATARGI, ENVILLAVAATARRABIA”
Don/doña on DNI/NIF
c
____________________con domicilio a efectos de notificación
en C.P ,
localidad
teléfonos
en nombre
propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
CIF
EXPONE:
Que la dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones a través de medios telemáticos , en el caso de reclamaciones en materia de contratación pública es la siguiente:
Que conociendo el Pliego que rige la contratación, se compromete a su realización con estricta sujeción al mismo, a la oferta presentada, adjuntando a tal efecto los siguientes sobres
SOBRE Nº 1: ”Documentación administrativa”.
SOBRE Nº 2: “Documentación relativa a criterios no cuantificables mediante fórmulas”.
SOBRE Nº 3: “Documentación relativa a criterios cuantificables mediante fórmulas”.
En _ a de _ de 2019
FIRMA DEL LICITADOR O LICITADORES
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LASCONDICIONES EXIGIDAS PARA CONTRATAR
CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “”ADECUACIÓN ASEOS A NORMATIVA ACCESIBILIDAD, EN EL C.P. ATARGI, EN VILLAVAATARRABIA”
Don/doña on DNI/NIF
c
____________________con domicilio a efectos de notificación
en C.P ,
localidad
teléfonos
en nombre
propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
CIF
EXPONE:
Declara bajo su responsabilidad:
Que reúne/que la entidad por mi representada reúne (indíquese según xxxxxxx) las condiciones para contratar y no está incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en los artículos 22 a 26 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Que se compromete para el caso de resultar adjudicatario a acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en el presente pliego en el plazo máximo de siete días desde la notificación de la adjudicación.
Que se compromete a presentar los documentos exigidos antes de la firma del contrato, conforme lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige la contratación.
Que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del contrato y dispone que elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de seguridad, salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones legales vigentes.
Que reúne la solvencia económica y financiera, técnica y profesional exigida en el presente pliego.
Que declara como documentación confidencial, la siguiente
_ _.
En _ a de _ de 2019
FIRMA DEL LICITADOR O LICITADOR
ANEXO III-A
MODELO DE OFERTA PARA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “ADECUACIÓN ASEOS A NORMATIVA ACCESIBILIDAD, EN EL C.P. ATARGI, EN VILLAVAATARRABIA”
“Don/doña c
on DNI/NIF ____________________con domicilio a efectos de notificación
en C.P ,
localidad
teléfonos
en nombre
propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
CIF .
se compromete a ejecutar las obras indicadas con estricta sujeción al Proyecto con todos los documentos que lo integran y al Pliego de Cláusulas Administrativas los cuales acepto íntegramente y de acuerdo con la oferta que se hace a continuación:
OFERTA ECONOMICA (Obligatorio)
en la cantidad de EUROS ( €), más el 21% de IVA
EUROS ( €),
lo que hace un precio total de
EUROS ( €) IVA incluido.
Plazo para la ejecución de las obras días
En _ a de de 2019
FIRMA DEL LICITADOR O LICITADORES
ANEXO III-B
MODELO DE OFERTA PARA CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULAS CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS “ADECUACIÓN ASEOS A NORMATIVA ACCESIBILIDAD, EN EL C.P. ATARGI, EN VILLAVAATARRABIA”
Don/doña on DNI/NIF
c
____________________con domicilio a efectos de notificación
en C.P ,
localidad
teléfonos
en nombre
propio o en representación de (táchese lo que no proceda) la sociedad
CIF .
se compromete a ejecutar las obras indicadas con estricta sujeción al Proyecto con todos los documentos que lo integran y al Pliego de Cláusulas Administrativas los cuales acepto íntegramente y de acuerdo con la oferta que se hace a continuación:
CRITERIO SOCIAL (opcional)
Porcentaje del precio de adjudicación que se subcontratará con Centros Especiales de Empleo y /o Empresas de Inserción.
Marcar con una X la casilla del % ofertado | |
Al menos un 2% | |
Al menos un 4% | |
Al menos un 6% |
Dispone de Plan de Conciliación Laboral que contenga al menos dos medidas
concretas en la conciliación de su vida familiar y laboral SI □ NO □.
En _ a de _ de 2019 FIRMA DEL LICITADOR O LICITADORES.