PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES – LICITACIÓN PÚBLICA DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO DE VIVIENDA Y AUTOMOTORES
Banco: Banco Nacional de Bolivia S.A.
Objeto: Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores
Dirección: Av. Los Sauces Nro. 189 Zona La Florida, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xx Xxx, Xxxxxxx Fecha: 25 de enero de 2023
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES – LICITACIÓN PÚBLICA DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO DE VIVIENDA Y AUTOMOTORES
INDICE GENERAL
CAPITULO 1 CONDICIONES GENERALES CAPITULO 2 DEFINICIONES
CAPITULO 3 CONVOCATORIA Y PREPARACIÓN DE PROPUESTAS CAPITULO 4 GARANTÍAS
CAPITULO 5 PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS CAPITULO 6 EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS CAPITULO 7 PUBLICACION DE RESULTADOS Y OBJECIONES CAPITULO 8 ADJUDICACION Y CONTRATACIÓN
CAPITULO 9 ANEXOS
CAPITULO 1 CONDICIONES GENERALES
1.1. OBJETO
El Banco Nacional de Bolivia S.A., en adelante denominado “BNB”, invita a las Entidades Aseguradoras legalmente establecidas en el país, en adelante denominadas “Proponentes”, a presentar su mejor propuesta para la prestación de servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores, conforme al presente Pliego de bases y condiciones.
1.2. FORMA DE CONTRATACION
El Banco Nacional de Bolivia S.A. contratará el Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores de la Entidad Aseguradora:
- Que cumpla con todos los requisitos establecidos en el presente Pliego de bases y condiciones;
- Que haya sido seleccionada de acuerdo al proceso de evaluación previsto en el Reglamento para Entidades de Intermediación Financiera que Actúan Como Tomadores de Seguros Colectivos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y en el presente Pliego de bases y condiciones;
- Considerando para la adjudicación la Tasa más baja ofertada de entre las propuestas presentadas por las entidades aseguradoras proponentes.
1.3. ALCANCE
El Seguro de Desgravamen Hipotecario que contrate el Banco Nacional de Bolivia S.A. mediante la licitación pública ampara a los créditos Hipotecarios de Vivienda, créditos Hipotecarios de Vivienda de Interés Social y créditos Automotores.
1.4. DURACIÓN DEL PROCESO
El proceso de licitación no excederá los sesenta (60) días hábiles administrativos a partir de la publicación de la Convocatoria de licitación pública hasta la suscripción del contrato.
1.5. NORMAS Y DOCUMENTOS QUE RIGEN LA LICITACIÓN
El proceso de licitación pública del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A. está regido por:
- Las Políticas y Procedimientos aprobados por el Directorio del Banco Nacional de Bolivia S.A.
- El presente Pliego de bases y condiciones con todos sus anexos
- El Reglamento para Entidades de Intermediación Financiera que Actúan como Tomadores de Seguros Colectivos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), contenido en el Capítulo III, Título VII Libro 2° de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.
- El Reglamento del Seguro de Desgravamen Hipotecario de la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS), aprobado mediante Resolución Administrativa APS/DS/N°687-2016 y sus posteriores modificaciones y complementaciones, aprobadas mediante Resolución Administrativa APS/DS/N°755-2016, Resolución Administrativa APS/DS/N°1394-2016 y Resolución Administrativa APS/DS/N°1435-2016.
1.6. CORREDOR DE SEGUROS
A efectos de la presente licitación, el BNB informará a la entidad aseguradora adjudicada el nombre xxx xxxxxxxx de seguros contratado para prestar servicios en relación al Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores objeto del presente pliego, al cual la entidad aseguradora pagará la comisión señalada en el Slip de Cotización, Anexo 3 del presente Pliego de bases y condiciones.
1.7. PROPONENTES ELEGIBLES
En el proceso de licitación pública del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A. podrán participar como proponentes las entidades aseguradoras, sociedades anónimas de giro exclusivo en la administración de seguros autorizadas por la Autoridad de Pensiones y Seguros (APS) para la contratación de seguros directos en la modalidad de Seguros de Personas, que asumen los riesgos amparados en los
Seguros de Desgravamen Hipotecario que cuenten con pólizas de Seguro de Desgravamen Hipotecario aprobadas de acuerdo a la Resolución Administrativa APS/DS/N°687/2016.
No podrán habilitarse a la presente licitación las Compañías Aseguradoras que sean parte de un Grupo Financiero y cuya composición incluya a una Entidad Bancaria, en virtud de la protección de la cartera de clientes de nuestro Banco.
Las Compañías aseguradoras que deseen participar del presente proceso de Licitación, deben contar con calificación mínima de A1 (nomenclatura ASFI), una experiencia mínima de 10 años en el rubro de seguros de personas y con oficinas centrales, regionales o sucursales en los 9 departamentos del país.
No podrán habilitarse compañías aseguradoras que no cuenten con experiencia específica en atención de clientes del Sector Financiero (Bancos, Entidades de Intermediación Financiera, Bancos Múltiples, Bancos Pymes y Cooperativas).
1.8. DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN
1.8.1. La documentación de la licitación pública del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A. está constituida por los siguientes documentos:
- El presente Pliego de bases y condiciones para la licitación con todos sus anexos:
o Anexo 1 – Carta de presentación y declaración jurada del proponente;
o Anexo 2 – Carta de Tasa ofertada a ser cobrada a cada asegurado;
o Anexo 3 – Slip de cotización;
o Anexo 4 – Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores;
o Anexo 5 – Carta de compromiso de colocar el reaseguro con reaseguradores debidamente habilitados y registrados con la APS, con datos del reasegurador;
o Anexo 6 – Carta del Reasegurador de Respaldo a Contratos Automáticos;
o Anexo 7 – Carta del Reasegurador de Respaldo a Contratos Facultativos;
o Anexo 8 – Declaración Jurada sobre el Gerente General del Proponente.
o Anexo 9 – Declaración de Confidencialidad
o Anexo 10 – Especificaciones Técnicas y Operativas Relacionadas a Sistemas
x Xxxxx 00 – Formulario de Experiencia Específica de la Compañía Xxxxxxxxxx
x Xxxxx 00 – Formulario Curriculum Vitae de los principales xxxxxxxxxx
x Xxxxx 00 – Datos del Reasegurador Líder x Xxxxxxxx de Reaseguro
- La Convocatoria de licitación pública para la contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores.
- Condiciones de la licitación pública para la contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores.
1.8.2. Toda la documentación señalada en los incisos precedentes se encontrará disponible en la página web del Banco Nacional de Bolivia S.A. (xxx.xxx.xxx.xx), en la sección “Licitaciones Seguros Colectivos – Licitación Seguro de Desgravamen”.
- Una vez publicada la convocatoria de la Licitación Pública en un periódico de circulación nacional y la página web del BNB S.A., las Entidades Aseguradoras interesadas en participar en la presente licitación deberán presentar una carta dirigida a la atención del Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, xx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx S.A., Xx. Xxx Xxxxxx Xxx. 000 Xxxx Xx Xxxxxxx, xxxx 0, Xx Xxx, Xxxxxxx hasta el primer día hábil administrativo luego de haber realizado la publicación, manifestando la intención de participar, así como la Declaración de Confidencialidad (Anexo 9) formalizando este hecho. La carta deberá incluir el domicilio legal de la Compañía aseguradora y el correo electrónico de la persona a cargo de recibir las notificaciones electrónicas durante este proceso y adjuntado el poder del (de los) representante(s) legal(es) con facultades suficientes.
Ambos documentos deberán ser firmados por el (los) representante(s) legal(es) con poder notarial suficiente para
estos actos. En caso de no presentarse la carta, el Anexo y poder(es) descritos anteriormente, en el plazo establecido, el proponente será excluido del proceso de licitación por incumplimiento a las condiciones establecidas en el presente documento, no admitiéndose reclamo posterior.
En la carta de intención, el Proponente autorizará expresamente al Banco Nacional de Bolivia S.A. a que, sin requerimiento ni autorización previa, verifique total o parcialmente la información y documentación presentada. Siendo objeto de exclusión de la propuesta e inhabilitación del proponente la existencia de información y documentación falsa y/o irregular, durante y después del presente proceso.
1.9. INFORMACIÓN Y NORMATIVA QUE DEBEN CONOCER LOS PROPONENTES
1.9.1. Es obligación de los proponentes conocer mínimamente la siguiente normativa y documentación:
- REGLAMENTO DE SEGUROS COLECTIVOS de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros, APS –Aprobado mediante Resolución Administrativa IS N° 172 del 16 xx Xxxxx de 2001.
- REGLAMENTO DE SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros, APS. – Aprobado mediante Resolución Administrativa APS/DS/N° 687 – 2016 del 31 xx Xxxx de 2016 y sus posteriores modificaciones y complementaciones.
- REGLAMENTO PARA ENTIDADES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA QUE ACTÚAN COMO TOMADORES
DE SEGUROS COLECTIVOS de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, ASFI. (Libro 1, Título VII, Capítulo III de la RECOPILACIÓN DE NORMAS PARA SERVICIOS FINANCIEROS).
- La Convocatoria de licitación pública.
- El presente Pliego de bases y condiciones con todos sus anexos.
- Toda información, disposiciones, normas, comunicaciones y otros que estén relacionados con el proceso de licitación pública para la contratación de seguros colectivos, estén o no incluidos o mencionados en el presente documento.
1.9.2. Bajo ningún concepto las entidades aseguradoras proponentes podrán argüir derechos ni formular reclamos fundados en el desconocimiento, interpretación o influencia de los datos reseñados precedentemente, como asimismo en ambigüedad, discordancia o falta de conocimiento.
CAPITULO 2 DEFINICIONES
- APS: Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros
- ASFI: Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero
- BNB: Banco Nacional de Bolivia S.A.
- Comisión de Recepción y Apertura de Propuestas: Comisión designada por el Vicepresidente Ejecutivo del BNB y conformada por funcionarios del Banco Nacional de Bolivia S.A. Esta comisión será la encargada de llevar adelante el proceso de Recepción y Apertura de Propuestas.
- Comisión de Evaluación y Calificación de Propuestas: Comisión designada por el Vicepresidente Ejecutivo del BNB y conformada por funcionarios del Banco Nacional de Bolivia S.A. Esta comisión será la encargada de llevar adelante el proceso de Evaluación y Calificación de las propuestas.
- Contrato de Prestación de Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario: Documento legal que instrumenta y regula la relación contractual entre el BNB y la Entidad Aseguradora (adjudicada) para la prestación del Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores.
- Convocatoria de Licitación Pública: Convocatoria de Licitación Pública para la Contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A., que en adelante podrá denominarse simplemente “la convocatoria”.
- Día hábil administrativo: Día de la semana de Lunes a Viernes de Hrs. 9:00 a 17:30 excluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados.
- Entidad Aseguradora proponente (Proponente): Sociedad anónima de giro exclusivo en la administración de seguros autorizadas por la APS para la contratación de seguros directos en la modalidad de Seguros de Personas, que participa en el proceso de contratación mediante licitación pública del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A. presentando su propuesta. En adelante podrá denominarse simplemente “el proponente”
- Garantía de Seriedad de Propuesta: Garantía a Primer Requerimiento emitida por un banco con licencia de funcionamiento otorgada por la ASFI y cuya menor calificación sea de por lo menos AA1 (de acuerdo a equivalencias de la ASFI) a favor del Banco Nacional de Bolivia S.A., mediante la cual una entidad financiera se obliga irrevocablemente a pagar una suma de dinero en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por el ordenante en relación a la presentación de su propuesta.
- Garantía de Cumplimiento de Contrato: Garantía a Primer Requerimiento emitida por un banco con licencia de funcionamiento otorgada por la ASFI y cuya menor calificación sea de por lo menos AA1 (de acuerdo a equivalencias de la ASFI) a favor del Banco Nacional de Bolivia S.A., mediante la cual una entidad financiera asume la obligación irrevocable de pagar una suma de dinero en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por la entidad aseguradora que presta el servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores.
- Pliego de Bases y Condiciones: Documento elaborado por el Banco Nacional de Bolivia S.A. que contiene las especificaciones técnicas, administrativas, operativas y otras del proceso de contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores mediante licitación pública, así como sus condiciones y requisitos, que en adelante podrá denominarse simplemente “el Pliego”.
- Propuesta: Es el conjunto de todos los documentos presentados por la entidad aseguradora proponente para participar en el proceso de licitación pública para la contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A.
- Tasa: Es la Tasa Neta expresada en el Anexo 4 – NOTA TÉCNICA, del Reglamento de Seguro de Desgravamen la APS.
Resto de la página en blanco
CAPITULO 3 CONVOCATORIA Y PREPARACIÓN DE PROPUESTAS
3.1. CONVOCATORIA
En cumplimiento con lo establecido en el Artículo 87 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros y el Reglamento para Entidades de Intermediación Financiera que Actúan como Tomadores de Seguros Colectivos contenido en el Capítulo III, Título VII, Libro 2° de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, el Banco Nacional de Bolivia S.A. convoca a las Entidades Aseguradoras legalmente establecidas en el país a participar de la licitación pública para la contratación del servicio de seguro colectivo de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores para el periodo del 1° xx xxxxx de 2023 hasta el 31 xx xxxxx de 2026
3.2. COSTO DE LA PREPARACIÓN DE LA PROPUESTA
El proponente solventará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, cualquiera sea el resultado del proceso. El BNB no reconocerá, devolverá o pagará costo o gasto alguno a los proponentes.
3.3. IDIOMA
Tanto la propuesta como toda la documentación relacionada a ella y toda la correspondencia que intercambien el proponente y el BNB deberán estar elaboradas en idioma español.
3.4. PLAZO PARA LA PRESENTACION DE PROPUESTA
3.4.1. Cada proponente deberá entregar su propuesta en la fecha, hora y dirección (lugar) indicados en la Convocatoria y en el presente Pliego de bases y condiciones.
3.4.2. Cada proponente entregará una propuesta impresa. Las propuestas no pueden ser presentadas ni enviadas por medios electrónicos, a través de empresas de “courrier”, por correo regular, por facsímil (fax) u otros medios, debiendo ser entregadas personalmente en la dirección y en el horario establecido.
3.4.3. En todos los casos, cada proponente es responsable que su propuesta sea presentada en el plazo, horario y el lugar previstos en la Convocatoria de licitación pública.
3.4.4. Se establece la hora del BNB como la hora oficial de la licitación.
3.5. PERIODO DE CONSULTAS Y ACLARACIONES
3.5.1. Las entidades aseguradoras interesadas podrán presentar sus consultas y solicitar aclaraciones en el periodo establecido en la Convocatoria de Licitación Pública.
3.5.2. Las consultas y solicitudes de aclaración podrán ser enviadas mediante mensajes de correo electrónico dirigidos a: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx@xxx.xxx.xx); o podrán ser entregadas por escrito en sus oficinas de Av. Los Sauces Nro. 189 Zona La Florida, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, xxxx 0 xx Xx Xxx, Xxxxxxx.
3.5.3. El BNB responderá las consultas y efectuará las aclaraciones dentro de los plazos establecidos en la Convocatoria de Licitación Pública, publicando las aclaraciones y respuestas en su portal xxx.xxx.xxx.xx, en la sección “Licitaciones Seguros Colectivos – Licitación Seguro de Desgravamen”, y en un periódico de circulación nacional.
3.5.4. En caso de recibir consultas relativas a los volúmenes de cartera asegurada, la siniestralidad, la cantidad de asegurados y otra información que el BNB considere como información confidencial, y siempre y cuando esté en condiciones de proporcionar dicha información, el BNB remitirá las respuestas a dichas consultas mediante correo electrónico. Las consultas no podrán ser realizadas en forma verbal.
3.6. AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA PRESENTACION DE PROPUESTAS
3.6.1. A su solo criterio, el BNB podrá postergar la fecha de presentación de propuestas.
3.6.2. El cambio de la fecha de presentación de propuestas modificará automáticamente el cronograma de fechas para todos los actos posteriores, por lo que un nuevo cronograma se publicará en el portal del BNB xxx.xxx.xxx.xx, en la sección “Licitaciones Seguros Colectivos – Licitación Seguro de Desgravamen”, y en un periódico de circulación nacional.
Resto de la página en blanco
CAPITULO 4 GARANTÍAS
4.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE PROPUESTA
4.1.1. Los proponentes deben presentar una Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de Propuesta, adjunta a su propuesta.
4.1.2. La Garantía de Seriedad de Propuesta deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Tipo de Garantía: Garantía a Primer Requerimiento (emitida por una entidad bancaria con licencia de funcionamiento otorgada por la ASFI con una calificación de riesgo no menor a AA1).
- Beneficiario: Banco Nacional de Bolivia S.A.
- Identificación de Ordenante: Compañía aseguradora
- Lugar y fecha de expedición
- Plazo de vigencia: 90 días calendario a partir de la fecha de presentación de la propuesta.
- Objeto: Seriedad de Propuesta para la licitación del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A., Código BNB-LSC-001.
- Monto: $us. 1,000,000.00 (Un millón 00/100 Dólares Americanos)
- Características: Renovable, irrevocable, de ejecución inmediata.
- Documentos a presentar para el cobro:
x. Xxxxx que contenga la declaración bajo juramento del banco que la obligación garantizada ha sido incumplida y, en consecuencia, solicita el pago de la Garantía a Primer Requerimiento.
ii. Original de la Garantía a Primer Requerimiento.
4.1.3. La Garantía de Seriedad de Propuesta será ejecutada y cobrada por el banco en los siguientes casos:
- Cuando el proponente retire su propuesta durante el periodo de validez de la propuesta.
- Cuando el proponente adjudicado no firme o se rehúse firmar el Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores elaborado en base al Anexo 4 del presente Pliego de bases y condiciones.
- Cuando el proponente adjudicado, dentro el plazo establecido por la normativa aplicable, no emita o rehúse emitir la Póliza completa del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores elaborada en base al Slip de cotización (Anexo 3 del presente Pliego de bases y condiciones) y a las pólizas uniformes aprobadas por la APS.
- Cuando el proponente adjudicado no suministre la Garantía de Cumplimiento de Contrato emitida de acuerdo al inciso 4.2.2. del presente pliego.
- El proponente, presente información y/o documentación irregular, falsa o adulterada, entre los requisitos establecidos en el presente documento.
- El proponente incumpla con los compromisos asumidos en la Declaración Jurada, conforme Anexo 1
4.1.4. La Garantía de Seriedad de Propuesta será devuelta al proponente en los siguientes casos:
- Rechazo de la propuesta.
- Inhabilitación de la propuesta.
- Descalificación de la propuesta.
- Declaración desierta de la licitación.
- En caso de adjudicación a la empresa aseguradora ganadora de la licitación, después de la firma del contrato y contra la entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
4.2. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
4.2.1. La Entidad Aseguradora adjudicada deberá presentar una Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato, misma que deberá ser presentada antes de la suscripción del Contrato de Prestación de Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores.
4.2.2. La Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- Tipo de Garantía: Garantía a Primer Requerimiento (emitida por una entidad bancaria con licencia de funcionamiento otorgada por la ASFI con una calificación de riesgo no menor a AA1).
- Beneficiario: Banco Nacional de Bolivia S.A.
- Identificación de Ordenante: Compañía aseguradora
- Lugar y fecha de expedición
- Plazo de vigencia/fecha de vencimiento: 39 meses a partir de la fecha de suscripción del contrato de seguro.
- Objeto: Cumplimiento de Contrato del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A.
- Monto: $us. 1.500,000.00 (Un millón quinientos mil 00/100 Dólares Americanos)
- Características: Renovable, irrevocable y de ejecución inmediata
- Documentos a presentar para el cobro:
x. Xxxxx que contenga la declaración bajo juramento del banco que la obligación garantizada ha sido incumplida y, en consecuencia, solicita el pago de la Garantía a Primer Requerimiento.
ii. Original de la Garantía a Primer Requerimiento.
4.2.3. Las causales para la ejecución y cobro de la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato son las establecidas en la cláusula Décima Primera del Contrato de Prestación de Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores (Anexo 4 del presente Pliego).
Resto de la página en blanco
CAPITULO 5 PRESENTACION Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
5.1. FORMA DE PRESENTACIÓN
5.1.1. Las propuestas deberán presentarse en dos (2) sobres, denominados “Sobre A” y “Sobre B”, respectivamente, los mismos que deberán estar cerrados y firmados o sellados en la parte que se abren.
5.1.2. En el anverso de cada sobre deberá figurar la siguiente información:
- Identificación de la entidad licitante:
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
Xx. Xxx Xxxxxx Xxx. 000 Xxxx Xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, piso 3, La Paz, Bolivia
- Razón social del proponente (completar)
- Ref.: Licitación Pública Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A. (BNB).
- Código de identificación de la licitación: BNB-LSC-001
5.2. RECEPCIÓN Y APERTURA DE LA PROPUESTA
5.2.1. La recepción y apertura de propuestas se llevarán a cabo en un sólo acto continuo en presencia de un Notario de Fe Pública, quien se encargará de elaborar un acta de todo lo obrado, dejando constancia de las propuestas presentadas y de la documentación recibida.
5.2.2. La Comisión de Recepción y Apertura del BNB será la encargada de conducir la totalidad del acto de presentación y apertura de las propuestas.
5.2.3. Los representantes de los proponentes y el público en general relacionado al proceso de licitación podrán estar presentes durante la presentación y apertura de las propuestas.
5.2.4. La presentación de las propuestas se efectuará como sigue:
- Lugar de recepción de las propuestas: Xx. Xxx Xxxxxx Xxx. 000 Xxxx Xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx S.A., piso 3, La Paz, Bolivia
- Fecha de recepción de las propuestas:
De acuerdo a la fecha establecida en la Convocatoria de licitación pública.
- Horario de recepción (presentación) de las propuestas: De las 9:00 a.m. a las 10:00 a.m. (hora del BNB).
* Las presentaciones extemporáneas no serán recibidas por el banco.
5.2.5. La apertura de las propuestas se realizará a continuación de haber culminado la recepción de las mismas en el horario establecido en la Convocatoria.
5.2.6. Con excepción de la Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de Propuesta señalada en inciso 4.1. del presente Pliego de bases y condiciones, todos los documentos de las propuestas deberán estar debidamente foliadas y rubricadas en cada una de sus hojas por el o los Representante(s) legal(es) de los proponentes.
5.2.7. El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola propuesta.
5.3. RECHAZO DE PROPUESTAS
El BNB rechazará las propuestas en los siguientes casos:
- Propuesta no presentada de acuerdo a lo instruido en el inciso 5.1. del presente Pliego de bases y condiciones.
- Cuando un proponente presente dos o más propuestas.
5.4. CONTENIDO DE LOS SOBRES
5.4.1. El “Sobre A” deberá contener los siguientes documentos y en el siguiente orden:
Documentos Legales:
- Carta de Presentación y Declaración Jurada del proponente, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 1 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente.
- Certificado Único Mensual de Licitación emitido por la APS, vigente a la fecha de presentación (Copia simple);
- Copia legalizada y con registro en el Registro de Comercio del Poder del o los representantes legales del proponente con las facultades necesarias para la presentación de la propuesta y suscripción del contrato.
- Copia Legalizada del Testimonio de Constitución de la Empresa, así como de todas las escrituras de modificación a la Constitución, todos estos documentos deben estar debidamente registrados en el Registro de Comercio.
- Matrícula de comercio vigente, verificable.
- Certificado electrónico del NIT del proponente con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
- Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de Propuesta, emitida de acuerdo con las condiciones señaladas en el inciso 4.1.2. del presente pliego.
- Certificado de Solvencia Fiscal con antigüedad no mayor a 30 días calendario (Original).
- Certificado de Registro Obligatorio del Empleador ROE. (Copia Simple)
- Licencia de Funcionamiento emitida por el Gobierno Municipal de cada una de sus oficinas en las ciudades capitales de los nueve departamentos. (Fotocopia Simple).
- Cédula de identidad vigente de los Representantes Legales (Copia Simple).
- Certificación de una Entidad Financiera sobre la existencia de cuenta corriente activa a nombre del Proponente emitida por el banco contratante (Original).
Documentos Administrativos y Financieros:
- Informe de Calificación de Riesgo emitido por una entidad autorizada en Bolivia, tomando en cuenta la periodicidad establecida en la Sección 6 del Reglamento para Entidades Calificadoras de Riesgo, contenido en el Capítulo I, Título I, Libro 7° de la Recopilación de Normas para el Mercado de Valores (Copia Simple)
- Balance General y Estado de Resultado de las tres últimas gestiones, con cierre al 31 de diciembre 2019, al 31 de diciembre 2020 y al 31 de diciembre 2021, con Dictamen de Auditor Externo (Fotocopia Simple).
- La Entidad Aseguradora Proponente deberá presentar los Estados Financieros, que evidencien que no existan pérdidas en las gestiones 2019, 2020, 2021.
- Declaración Jurada emitida por el Gerente General del Proponente Ante Notario de Fe Pública, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 8 del presente Pliego de bases y condiciones.
- Declaración Jurada Ante Notario de Fe Pública del número de procesos judiciales seguidos por y en contra de la Entidad Aseguradora; así como pérdidas, daños y/o siniestros de los últimos 3 años mayores a USD 500,000.- (Quinientos Mil 00/100 Dólares Americanos), si tuviese.
Documentos Técnicos, Sistemas:
- Slip de cotización – conforme Anexo 3
- Carta de compromiso de colocar el reaseguro con reaseguradores debidamente habilitados y registrados con la APS, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 5 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) delproponente.
- Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro a Contratos Automáticos, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 6 del presente Pliego de bases y condiciones
- Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro Facultativo, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 7 del presente Pliego de bases y condiciones
- Especificaciones Técnicas y Operativas Relacionadas al sistema, de acuerdo a los puntos establecidos en el Anexo 10 del presente Pliego de bases y condiciones, debidamente firmada por el o los representantes legales de la compañía aseguradora.
- Formulario de Experiencia Específica de la Compañía Proponente, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 11 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente.
- Curriculum Vitae de cada uno de los Principales Ejecutivos de la Compañía Proponente (Gerente General, Gerente Comercial, Gerente Técnico y Gerente Administrativo Financiero o sus equivalentes), de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 12 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente firmado.
- Datos del Reasegurador Líder x Xxxxxxxx de Reaseguros solo en caso de existir colocación facultativa, si corresponde conforme Anexo 13
- Fotocopia legalizada de la Resolución de Registro de la póliza de texto único aprobada por la APS;
- Modelo de la Póliza de Texto Único de Seguro de Desgravamen Hipotecario y Anexos que se otorgarán en caso de adjudicación, debidamente registrado en las instancias correspondientes, conforme a la normativa vigente.
5.4.2. El “Sobre B” deberá contener únicamente:
- Carta con la Tasa ofertada que vaya a ser cobrada a cada asegurado. Se solicita a las entidades aseguradoras interesadas la determinación de la tasa neta de la prima establecida de acuerdo con las bases técnicas estipuladas en el Reglamento de Seguro de Desgravamen Hipotecario, aprobado por la APS y presentada de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 2 del presente Pliego de bases y condiciones, debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente.
5.5. APERTURA DE LAS PROPUESTAS
5.5.1. Se abrirá el “Sobre A” de cada una de las propuestas recibidas según el orden de su entrega y se verificará la existencia de los documentos señalado en el inciso 5.4.1. del presente Pliego de Bases y Condiciones.
5.5.2. Los resultados de la verificación del contenido del “Sobre A” serán debidamente registrados como “PRESENTÓ” o “NO PRESENTÓ”, constando en el Acta xxx Xxxxxxx de Fe Pública.
5.5.3. Las propuestas cuyo “Sobre A” no contengan la totalidad de los documentos indicados en el presente Pliego de Bases y Condiciones, serán inhabilitadas y no se procederá con la apertura de sus “Sobre B”. Estas propuestas no serán remitidas a la Comisión de Evaluación y Calificación y se quedarán en propiedad del BNB, con excepción de la Garantía de Seriedad de Propuesta que será devuelta al Proponente.
5.5.4. La Comisión de Recepción y Apertura de Propuestas procederá a la apertura del “Sobre B” de cada una de las propuestas presentadas cuyo “Sobre A” contenga todos los documentos requeridos, y verificará la existencia del documento señalado en el presente Pliego de bases y condiciones.
5.5.5. El resultado de la verificación del contenido del “Sobre B” será debidamente registrado como “PRESENTÓ” o “NO PRESENTÓ”, constando en el Acta xxx Xxxxxxx de Fe Publica.
5.5.6. Las propuestas cuyo “Sobre B” no contengan el documento indicado en el presente Pliego de bases y condiciones serán inhabilitadas.
5.5.7. Una vez finalizada la verificación de la presentación de todas las propuestas se procederá al cierre del Acto de Apertura.
5.6. VALIDEZ DE LA PROPUESTA
5.6.1. La propuesta deberá tener validez de por lo menos noventa (90) días calendario a partir de la fecha fijada para la presentación de la misma.
5.6.2. A su sólo criterio, el BNB podrá solicitar la extensión del período de validez de la propuesta.
5.7 INHABILITACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.7.1. Las propuestas serán inhabilitadas al momento de la apertura cuando cualesquiera de los sobres de las propuestas no contengan uno o más documentos requeridos en el presente Pliego de bases y condiciones.
5.7.2. Todas las propuestas que no hubiesen sido inhabilitadas, aún si se tratara de una sola propuesta, pasarán a la etapa de Evaluación y Calificación en calidad de propuestas habilitadas.
5.8. DECLARATORIA DE LICITACIÓN DESIERTA DURANTE LA PRESENTACIÓN Y APERTURA
5.8.1. La licitación se declarará desierta al final del acto de presentación y apertura de propuestas en los siguientes casos:
- Cuando no se reciban propuestas dentro el plazo (fecha y hora) indicados en la Convocatoria de licitación pública y en el presente Pliego de bases y condiciones.
- Cuando todas las propuestas recibidas hayan sido inhabilitadas por los causales señalados en el presente Pliego de bases y condiciones.
5.8.2. En caso de que la licitación se declarase desierta, el BNB solicitará al Notario de Fe Pública haga constar esa situación en el Acta, debiendo retrotraerse el proceso de licitación pública hasta la solicitud de No Objeción a la ASFI. Este hecho se publicará en el sitio web de BNB xxx.xxx.xxx.xx, en la sección “Licitaciones Seguros Colectivos – Licitación Seguro de Desgravamen” al día siguiente de dicha declaratoria.
5.9. CONSIDERACIONES ADICIONALES EN LA APERTURA
5.9.1. Los proponentes no deberán incluir otros documentos en sus propuestas que no sean los señalados en la Convocatoria y en el presente Xxxxxx. En caso de que se presenten documentos adicionales, éstos no serán considerados.
5.9.2. Todos los documentos presentados en el proceso de licitación serán considerados parte indivisibles del proceso de licitación del BNB, por lo que los mismos no serán devueltos al proponente con excepción de las Garantías de Seriedad de Propuesta que serán devueltas de acuerdo a los causales señalados en el inciso 4.1.4. del presente Pliego.
5.9.3. Los integrantes de la Comisión de Recepción y Apertura de Propuestas y los asistentes deberán abstenerse de emitir criterios o juicios de valor sobre el contenido de las propuestas.
5.9.4. La Comisión de Recepción y Apertura de Propuestas elevará un informe a la Vicepresidencia Ejecutiva del BNB con los resultados del proceso a su cargo, adjuntando las propuestas habilitadas para que éstas sean remitidas a la Comisión de Evaluación y Calificación de Propuestas.
5.9.5. El Vicepresidente Ejecutivo derivará el informe recibido de la Comisión de Recepción y Apertura de Propuestas habilitadas a la Comisión de Evaluación y Calificación de Propuestas para que ésta proceda en sesión privada con la evaluación y calificación de las propuestas que correspondan.
CAPITULO 6 EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS
6.1. CONSIDERACIONES GENERALES
6.1.1. La Comisión de Evaluación y Calificación de Propuestas evaluará las propuestas habilitadas en un marco de igualdad de condiciones y transparencia.
6.1.2. Queda prohibida la presentación de cualquier documentación adicional a la entregada en los respectivos Sobres A y B recibidos durante el acto de Presentación y Apertura. Cualquier documento adicional incluido en las propuestas no será tomado en cuenta al momento de la Evaluación y Calificación.
6.1.3. La Evaluación y Calificación de propuestas se llevará a cabo en las fechas y en los plazos establecidos en la Convocatoria de Licitación Pública.
6.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
6.2.1. La Comisión de Evaluación y Calificación evaluará los documentos presentados en el “Sobre A” de cada propuesta habilitada, de acuerdo a los siguientes lineamientos:
Documentos Legales:
- Carta de Presentación y Declaración Jurada del proponente, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 1 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente.
- Certificado Único Mensual de Licitación emitido por la APS vigente a la fecha de presentación (Copia simple);
- Copia legalizada y con registro en el Registro de Comercio del Poder de los representantes legales del proponente con las facultades necesarias para la presentación de la propuesta y suscripción del contrato.
- Copia legalizada del Testimonio de Constitución de la empresa, así como de todas las escrituras de modificación a la Constitución, debidamente registrados en el Registro de Comercio.
- Matrícula de comercio vigente en original
- Certificado electrónico del NIT del proponente con antigüedad no mayor a 30 días calendario.
- Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de la Propuesta emitida de acuerdo con las condiciones señaladas en el inciso 4.1.2. del presente pliego.
- Certificado de Solvencia Fiscal con antigüedad no mayor a 30 días calendario (Original).
- Certificado de Registro Obligatorio del Empleador ROE. (Copia Simple)
- Cédula de identidad vigente de los Representantes Legales (Copia Simple).
- Certificación de una Entidad Financiera sobre la existencia de cuenta corriente a nombre del Proponente emitida por el Banco Contratante (Original).
Documentos Administrativos y Financieros:
- Informe de Calificación de Riesgo emitido por una entidad autorizada en Bolivia, tomando en cuenta la periodicidad establecida en la Sección 6 del Reglamento para Entidades Calificadoras de Riesgo, contenido en el Capítulo I, Título I, Libro 7° de la Recopilación de Normas para el Mercado de Valores (Copia Simple)
- Balance General y Estado de Resultado de las tres últimas gestiones, con cierre al 31 de diciembre 2019, al 31 de diciembre 2020 y al 31 de diciembre 2021, con Dictamen de Auditor Externo (Fotocopia Simple).
- La Entidad Aseguradora Proponente deberá presentar los Estados Financieros, que evidencien que no existan pérdidas en las gestiones 2019, 2020, 2021.
- Declaración Jurada sobre el Gerente General del Proponente ante Notario de Fe Pública, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 8 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente
- Declaración Jurada ante Notario de Fe Pública del número de procesos judiciales seguidos por y en contra de la Entidad Aseguradora; así como pérdidas, daños y/o siniestros de los últimos 3 años mayores a USD 500,000.- (Quinientos Mil 00/100 Dólares Americanos), si tuviese.
Documentos Técnicos, Sistemas:
- Carta de compromiso de colocar el reaseguro con reaseguradores debidamente habilitados y registrados con la APS, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 5 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) delproponente.
- Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro a Contratos Automáticos, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 6 del presente Pliego de bases y condiciones. (Documento Original firmado por reaseguradores)
- Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro Facultativo, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 7 del presente Pliego de bases y condiciones; (Documento Original firmado por reaseguradores)
- Especificaciones Técnicas y Operativas relacionadas al sistema, de acuerdo a los puntos establecidos en el Anexo 10 del presente Pliego de bases y condiciones, debidamente firmada por el o los representantes legales de la compañía aseguradora.
- Formulario de Experiencia Específica de la Compañía Proponente, de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 11 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente llenada y firmada por el (los) representante(s) legal(es) del proponente.
- Curriculum Vitae de los Principales Ejecutivos de la Compañía Proponente (Gerente General, Gerente Comercial, Gerente Técnico y Gerente Administrativo Financiero o sus equivalentes), de acuerdo al modelo establecido en el Anexo 12 del presente Pliego de bases y condiciones; debidamente firmado.
- Datos del Reasegurador Líder x Xxxxxxxx de Reaseguros solo en caso de existir colocación facultativa, si corresponde conforme Anexo 13
- Modelo de la Póliza de Texto Único de Seguro de Desgravamen Hipotecario y Anexos que se otorgarán en caso de adjudicación, debidamente registrado en las instancias correspondientes, conforme a la normativa vigente.
6.2.2. El resultado de la evaluación de cada uno de los documentos será calificado por la Comisión de Evaluación y Calificación con un “CUMPLE” o “NO CUMPLE”, en base a los criterios indicados en el inciso 6.2.1.
6.2.3. En la segunda etapa, la Comisión de Evaluación y Calificación examinará el documento presentado en el “Sobre B” de la propuesta, para verificar:
- Que dicho documento se encuentre en el formato exacto señalado en el Anexo 2 del presente Xxxxxx.
- Que el importe de la Tasa a cobrar a cada asegurado se hubiese presentado tal y como se establece en el Anexo 2, indicando la Tasa anual en porcentaje siempre con tres decimales (Por ejemplo: 0.753%). Si el proponente no llena con un número una o más casillas, el BNB asumirá que es o son cero (0).
6.2.4. El resultado de la evaluación del documento será calificado por la Comisión de Evaluación y Calificación con un “CUMPLE” o “NO CUMPLE”, en base a los criterios indicados en el inciso precedente, y se registrará el valor porcentual de la Tasa ofertada por cada uno de los proponentes.
6.2.5. Cumplidas ambas etapas, el Proponente que hubiera ofrecido la Tasa más baja será el ganador.
6.2.6. En caso de que las Tasas ofertadas en dos o más propuestas sean idénticas, la Comisión de Evaluación y Calificación procederá a aplicar el procedimiento indicado en el inciso 6.3. del presente Xxxxxx para determinar el desempate.
6.3. LINEAMIENTOS PARA EL DESEMPATE
En caso de que dos o más propuestas habilitadas consignen el mismo valor de la Tasa ofertada, siendo estas las menores ofertadas entre las presentadas en el proceso de licitación pública, se procederá de la siguiente manera para que ocurra el desempate y se determine el proponente con la mejor propuesta:
6.3.1. Criterios para desempate de ofertas: Para el desempate se aplicará un sistema de puntuación por índices, adjudicándose el proponente que obtenga la mayor puntuación en los siguientes parámetros requeridos:
Índice | Parámetro Requerido | Puntuación Cumple | Puntuación NO Cumple |
Patrimonio Técnico | Mayor a $us. 25 millones | 30 | 0 |
Siniestralidad Retenida xxx xxxx Desgravamen Hipotecario | Menor al 20% | 30 | 0 |
Producción Neta de Anulación / Patrimonio Contable | Mayor a 3.5 | 40 | 0 |
Todos los indicadores deberán ser extraído del boletín mensual y Estados Financieros publicados por la APS al 31/12/2021
Fórmulas:
𝐼𝑛𝑑𝑖𝑐𝑒 𝑑𝑒 𝑆𝑖𝑛𝑖𝑒𝑠𝑡𝑟𝑎𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑅𝑒𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑎
𝑆𝑖𝑛𝑖𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝐿𝑖𝑞𝑢𝑖𝑑𝑎𝑑𝑜𝑠 𝑦 𝑃𝑎𝑔𝑎𝑑𝑜𝑠𝐷𝐻 (511) + 𝑆𝑖𝑛𝑖𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑎𝑐𝑒𝑝𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠 𝑒𝑛 𝑅𝑒𝑎𝑠𝑒𝑔𝑢𝑟𝑜 𝑁𝑎𝑐𝑖𝑜𝑛𝑎𝑙𝐷𝐻 (517) − 𝑆𝑖𝑛𝑖𝑒𝑠𝑡𝑟𝑜𝑠 𝑟𝑒𝑒𝑚𝑏𝑜𝑙𝑠𝑎𝑑𝑜𝑠𝐷𝐻 (413 𝑦 415)
=
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖ó𝑛 𝑁𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝐴𝑛𝑢𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛𝐷𝐻
𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖ó𝑛 𝑁𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝐴𝑛𝑢𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛⁄ = 𝑃𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑐𝑖ó𝑛 𝑁𝑒𝑡𝑎 𝑑𝑒 𝐴𝑛𝑢𝑙𝑎𝑐𝑖ó𝑛𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙
𝑃𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚𝑜𝑛𝑖𝑎 𝐶𝑜𝑛𝑡𝑎𝑏𝑙𝑒
𝑃𝑎𝑡𝑟𝑖𝑚𝑜𝑛𝑖𝑜 (𝑁𝑢𝑚𝑒𝑟𝑎𝑙 3 𝑑𝑒 𝐵𝑎𝑙𝑎𝑛𝑐𝑒)
De persistir el empate, se analizará la experiencia del proponente en manejo administrativo de cuentas de Desgravamen Hipotecario.
6.4. ORDENAMIENTO Y RECOMENDACIÓN
6.4.1. Para fines del informe de la Comisión de Evaluación y Calificación y en cumplimiento a disposición señalada en el Artículo 8° del Reglamento para Entidades de Intermediación Financiera que Actúan como Tomadores de Seguros Colectivos de la ASFI, las tasas ofertadas de las propuestas habilitadas se ordenarán de la menor a la mayor.
6.4.2. La Comisión de Evaluación y Calificación del BNB emitirá su informe y recomendación a la instancia correspondiente.
6.5. DESCALIFICACIÓN Y DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
6.5.1. Las propuestas serán descalificadas en la etapa de evaluación y calificación, en los siguientes casos:
- Cuando la propuesta no cumpla en su totalidad con las características y condiciones requeridas en el presente Pliego de bases y condiciones con todos sus anexos y en la Convocatoria de licitación pública.
- Cuando los documentos presentados en los respectivos sobres, al ser evaluados por la Comisión de Evaluación y Calificación, no cumplan con las características detalladas en los incisos 6.2.1 y 6.2.3 y demás secciones del presente Pliego.
- Cuando el proponente presenta la Garantía de Seriedad de Propuesta con condiciones distintas a las establecidas en el acápite 4.1.2. del presente Pliego.
- Cuando el periodo de validez de la propuesta no se ajuste al plazo mínimo requerido en el presente Pliego.
- Cuando alguno de los siguientes documentos no sea presentado o sea presentado en formatos distintos a los especificados en el presente Pliego de bases y condiciones:
x. Xxxxx de Presentación y Declaración Jurada del proponente.
ii. Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de Propuesta.
iii. Carta de Tasa ofertada a ser cobrada a cada asegurado.
iv. Slips de Cotización.
v. Carta de compromiso de colocar el reaseguro con reaseguradores debidamente habilitados y registrados con la APS.
vi. Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro a Contratos Automáticos.
vii. Carta del Reasegurador de Respaldo de Reaseguro Facultativo.
viii. Carta de Declaración Jurada sobre el Gerente General del Proponente.
ix. Declaración de Confidencialidad del proponente
x. Formulario de Experiencia Específica de la Compañía Proponente
xi. Formularios de Curriculum Vitae de los Principales Ejecutivos de la Compañía Proponente
- Cuando se detecte información y/o documentación, presentada por el proponente, irregular, falsa o adulterada, entre los requisitos establecidos para la presente Licitación Pública.
6.5.2. En caso que todas las propuestas lleguen a ser descalificadas, la Comisión de Evaluación y Calificación emitirá su informe en ese sentido.
Resto de la página en blanco
CAPÍTULO 7 PUBLICACION DE RESULTADOS Y OBJECIONES
7.1. PUBLICACION
7.1.1. Una vez concluida la evaluación de propuestas, el BNB comunicará los resultados mediante publicación en su portal xxx.xxx.xxx.xx, en la sección “Licitaciones Seguros Colectivos – Licitación Seguro de Desgravamen” y en un periódico de circulación nacional, en conformidad al siguiente formato (acorde al Anexo 3 del Reglamento de la ASFI):
Nombre de la Entidad Asegurador a | Presentación de Documentos Requeridos (Consignar si cumplió o no cumplió) | Tasa (Consignar porcentaje o monto de la tasa ofrecida) | (Consignar la información sobre los resultados del desempate, si corresponde) | (Consignar otra información que el BNB determine…..) |
7.2. OBJECIONES
7.2.1. Las objeciones debidamente justificadas por parte de los proponentes deberán ser remitidas a ASFI dentro del plazo establecido en la Convocatoria.
7.2.2. Posteriormente ASFI notificará al BNB de la(s) misma(s) con el fin de que se puedan realizar las aclaraciones y justificaciones correspondientes.
7.2.3. El BNB responderá a la entidad aseguradora proponente que presenta la objeción y enviará a la ASFI copia de la respuesta remitida con sello de recepción de la entidad aseguradora proponente que presenta la objeción.
Resto de la página en blanco
CAPITULO 8 ADJUDICACION Y CONTRATACIÓN
El BNB adjudicará y contratará el Seguro de Desgravamen Hipotecario de la entidad aseguradora proponente que hubiese cumplido con todos los requisitos del presente Pliego de bases y condiciones y ofertado la Tasa más baja de entre todas las presentadas en el proceso de licitación pública.
8.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
La entidad aseguradora adjudicada suscribirá el Contrato de Prestación de Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores con el BNB y hará entrega de la póliza completa del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores debidamente firmada por sus representantes legales. La póliza completa contendrá, por lo menos, los siguientes documentos:
- Condicionado General.
- Condicionado Particular, elaborado de acuerdo al Slip de Cotización (Anexo 3 del presente Pliego).
- Formulario de Solicitud / Declaración Jurada de Salud.
- Certificado de Cobertura.
- Anexos.
8.1.2. El Contrato de Prestación del Servicio de Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores es un contrato de adhesión (Anexo 4 del presente Pliego).
8.1.3. Antes de la suscripción del contrato, la entidad aseguradora deberá hacer entrega de la Garantía de Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo descrito en el acápite 4.2.2. del presente Pliego de bases y condiciones.
8.2. CONSIDERACIONES ADICIONALES
Si la entidad aseguradora adjudicada rehúsa firmar el Contrato de Prestación de Servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores o a entregar la Póliza o la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se ejecutará la Garantía de Seriedad de Propuesta y se procederá a la adjudicación a la propuesta con la segunda tasa más baja que hubiera cumplido a cabalidad con todas las condiciones del presente Pliego de bases y condiciones y así sucesivamente.
Resto de la página en blanco
CAPITULO 9 ANEXOS
Resto de la página en blanco
ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACIÓN JURADA DEL PROPONENTE
Lugar y fecha ……….
Señores
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
Presente
Ref.: Presentación y declaración jurada del Proponente – Licitación Pública Nro. BNB-LSC-001
De nuestra mayor consideración:
Nosotros, [razón social de la entidad aseguradora proponente] con número de registro en SEPREC
……………………; legalmente representada por [nombres, cargos, números de documentos de
identidad de los representantes legales y datos del poder], presentamos nuestra propuesta a la licitación pública para la contratación de la póliza del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A.
i. Declaramos bajo juramento la veracidad de toda la información proporcionada como parte del proceso de licitación pública.
ii. Declaramos conocer y aceptamos sin reservas todas las condiciones y estipulaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, en el Slip de Cotización que forma parte de éste documento y en todos los otros documentos anexos al mencionado Pliego.
iii. Declaramos conocer y aceptar las condiciones del Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores, las cuales no podrán ser modificadas sin consentimiento del Banco Nacional de Bolivia S.A.
iv. En caso de ser el proponente adjudicado, aceptamos la obligación de suscribir el Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores señalado en el inciso precedente.
v. En caso de incumplimiento del Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores aceptamos y damos nuestra conformidad para que el banco ejecute la Garantía a Primer Requerimiento de Seriedad de Propuesta y Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato.
vi. Declaramos bajo juramento tener la capacidad de cumplir a cabalidad con todos los aspectos operativos, técnicos, financieros y administrativos relativos a la prestación del servicio del Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores para el Banco Nacional de Bolivia S.A.
vii. Nos comprometemos a pagar mensualmente al Banco Nacional de Bolivia S.A. la Comisión de Cobranza del Tomador del 10% de la Tasa Neta por la recaudación de la prima de tarifa del seguro de desgravamen hipotecario para las coberturas de Fallecimiento e Invalidez Total y Permanente.
viii. Nos comprometemos a pagar a la empresa corredora de seguros contratada por el BNB una comisión hasta del 15% sobre la prima de tarifa.
ix. Reconocemos la existencia y aplicaremos el beneficio de “Free Cover” de acuerdo a las condiciones señaladas en el Slip de Cotización.
x. Utilizaremos sin observaciones ni reparos la Tabla de Requisitos de Asegurabilidad establecida en el Slip de Cotización.
xi. Exhibiremos la inscripción del asegurado en el registro electrónico de asegurados del Seguro de Desgravamen Hipotecario siendo accesible únicamente al asegurado desde nuestro sitio web (publicación de certificados de cobertura individual).
xii. Cumpliremos indefectiblemente con todas las condiciones, compromisos y obligaciones establecidas el Pliego de bases y condiciones, en el Slip de Cotización y en el Contrato de prestación de servicio del seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores
xiii. Prestaremos el mejor servicio posible relacionado con el seguro de seguro de desgravamen hipotecario de vivienda y automotores al banco y a sus clientes, a los asegurados y al corredor de seguros, para lo cual
dispondremos de nuestros mejores recursos humanos, técnicos, de sistemas y otros.
xiv. Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que, en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica suministre a los representantes autorizados de BNB S.A. toda la información que consideren necesaria para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, reconozco expresamente que BNB S.A. tiene facultad para descalificar mi propuesta.
Atentamente.
Firma(s) del (de los) representante(s) legal(es)
Nombre(s) completo(s) del (de los) representante(s) legal(es) Razón Social de la empresa proponente
ANEXO 2
Lugar y fecha ……….
Señores
Banco Nacional de Bolivia S.A.
Presente
CARTA DE TASA OFERTADA
A SER COBRADA A CADA ASEGURADO
Ref. Tasa Anual ofertada para el Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A.
De nuestra consideración:
Nosotros, ………………………… [razón social de la entidad aseguradora proponente] legalmente representada por
……………………
[nombres, cargos, números de documentos de identidad de los representantes legales y datos del poder] ofrecemos la siguiente Tasa Neta Anual determinada de la tasa neta de la prima establecida de acuerdo con las bases técnicas estipuladas en el Reglamento de Seguro de Desgravamen Hipotecario, aprobado por la APS:
Tasa Anual: .
% (es obligatorio llenar las cuatro casillas; si no se llena alguna de ellas
se considerará como si fuese un cero (“0”)).
Tasa Anual (Literal): ……………………………………………………………….
Esta tasa incluye la Comisión de Cobranza que pagaremos mensualmente al banco y la comisión que pagaremos a la empresa corredora de seguros contratada por el BNB.
Atentamente.
Firma(s) del (de los) representante(s) legal(es)
Nombre(s) completo(s) del (de los) representante(s) legal(es) Razón Social de la empresa proponente
ANEXO 3
SLIP DE COTIZACIÓN
SLIP DE COTIZACIÓN
SEGURO COLECTIVO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO DE VIVIENDA Y AUTOMOTORES BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
1. PÓLIZA No:
2. TOMADOR Y/O CONTRATANTE:
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
3. ASEGURADOS:
3.1. Prestatarios deudores y/o codeudores del Banco Nacional de Bolivia S.A. que contraten créditos hipotecarios de vivienda, créditos hipotecarios de vivienda de interés social y créditos hipotecaros de automotores, respaldados por contratos o registros de operaciones del banco.
3.2. Las palabras “operaciones”, “créditos” o “préstamos” harán referencia a la Materia del Seguro y podrán utilizarse indistintamente y significarán cualquiera a todas las mencionadas en el párrafo anterior. La palabra “cartera” puede englobar al conjunto de algunas o todas las operaciones mencionadas en el párrafo anterior.
4. INICIO DE VIGENCIA:
0x xx xxxxx xx 0000
0. FIN DE VIGENCIA:
00 xx xxxxx xx 0000
0. XXXXXXXXX XXX XXXXXXX:
Av. Los Sauces Nro. 189 Zona La Florida, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xx Xxx, Xxxxxxx.
7. CUIDAD:
La Paz, Bolivia
8. TELÉFONOS:
(000) 0 0000000
9. XXXXX XX XXXX:
Xx Xxx, Xxxxxxx
00. INFORMACIÓN DE LA ASEGURADORA
10.1. RAZÓN SOCIAL:
10.2. DIRECCIÓN:
10.3. TELÉFONO:
10.4. FAX:
10.5. EMAIL:
10.6. PÁGINA WEB:
11. MATERIA DEL SEGURO
Clientes del Tomador del seguro que hubieran contraído un préstamo, los cuales se consideran para el presente seguro como asegurados.
12. VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL DEL ASEGURADO:
12.1. Cartera Nueva: La vigencia individual de la cobertura para cada asegurado será mensual renovable automáticamente, iniciándose el momento de desembolso xxx xxxxxxxx por parte del Tomador a favor del asegurado (prestatario) y finalizando en el momento de la extinción de la operación xx xxxxxxxx. Esta vigencia se interrumpirá en caso de incumplimiento de pago de la prima correspondiente a los 60 días después de la fecha de vencimiento de pago de la misma.
12.2. Cartera Antigua: Todos los clientes del banco asegurados (deudores y codeudores) de las operaciones de crédito desembolsadas por el Tomador antes del inicio de la vigencia de esta póliza están automáticamente asegurados sin ningún tipo de limitación ni exclusiones bajo la presente póliza, por lo tanto, la vigencia individual de la cobertura para cada asegurado será mensual renovable automáticamente y se iniciará al momento de la suscripción de la presente póliza. Consecuentemente, la suscripción de los asegurados y el pago de siniestros son automáticos siempre y cuando se cumpla con la documentación que exige la presente póliza. Se considerarán con cobertura todos los clientes reportados y que pagaron la prima correspondiente hasta el 31/03/2023.
13. CAPITAL ASEGURADO:
El Capital Asegurado durante la vigencia de la Póliza corresponderá para la cobertura de Fallecimiento o Invalidez Total y Permanente de la póliza de Seguro de Desgravamen Hipotecario al Valor del Saldo Insoluto de la Deuda, y para las Coberturas Adicionales corresponderá al valor establecido en el Certificado de Cobertura Individual.
El Saldo Insoluto de la deuda del asegurado a la fecha de fallecimiento incluye intereses devengados desde el último pago efectuado hasta la fecha de indemnización efectiva por parte de la compañía. La compañía de seguros cubrirá ciento veinte (120) días de intereses corrientes.
14. PRIMA:
El monto de la prima de tarifa del Seguro de Desgravamen Hipotecario se determinará aplicando la tasa neta al Capital Asegurado, de acuerdo a lo dispuesto en la Nota Técnica, Anexo 4 del Reglamento de Seguro de Desgravamen Hipotecario de la APS, suscrita por la compañía aseguradora y enviada a la APS.
15. COBERTURAS BÁSICAS (considerando las exclusiones de la póliza):
- Fallecimiento por cualquier causa.
- Incapacidad Total y Permanente.
16. COBERTURAS ADICIONALES:
- Sepelio sin exclusiones, con un valor asegurado de $us 500.-
El pago del Sepelio es automático y como requisito solamente exige la presentación del Certificado de Defunción y la carta de Solicitud de Pago de Sepelio firmada por un familiar de primer grado del asegurado. Este beneficio aplica tanto para la Cartera Nueva como para la cartera la Cartera Antigua.
17. BENEFICIARIO A TÍTULO ONEROSO:
Banco Nacional de Bolivia S.A.
18. ALCANCE TERRITORIAL:
Negocios suscritos en el Estado Plurinacional de Bolivia con cobertura Mundial.
19. REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD:
19.1. LÍMITES DE EDAD:
Fallecimiento:
Ingreso: Desde los 18 años hasta cumplir los 70 años y 364 días. Permanencia: Hasta cumplir los 75 años y 364 días.
Invalidez:
Ingreso: Desde los 18 años hasta cumplir los 65 años y 364 días. Permanencia: Hasta cumplir los 70 años y 364 días.
19.2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
No podrán asegurarse personas que sean menores a 18 años y las personas mayores a los límites de permanencia establecidos en el presente Slip de Cotización. La compañía de seguros efectuará el control de los límites de edad.
Cuando se trate de casos de mayor riesgo, la admisibilidad requerirá el cumplimiento de requisitos establecidos por la Aseguradora de acuerdo a la Tabla de Requisitos de Asegurabilidad, inciso 19.2.3. de esta póliza.
19.2.1. CARTERA ANTIGUA (Cartera de asegurados del Tomador hasta el 31 xx xxxxx de 2023 a ser transferida a la entidad aseguradora adjudicada)
Se acepta y asegura de manera expresa y automática a todos los Deudores y/o Codeudores de la Cartera Antigua del Tomador de créditos Hipotecarios de Vivienda, de Vivienda de Interés Social y Automotores a transferirse hasta el 31 xx xxxxx de 2023, sin exclusiones, sin importar el estado del riesgo y sin necesidad de que hubieran cumplido con los requisitos de asegurabilidad, sin limitar su ingreso por límites de capital asegurado ni por ninguna otra condición que vaya en desmedro del Tomador, siempre y cuando hayan sido declarados en el listado inicial de la cartera que es transferida por el Tomador a la compañía aseguradora, incluyendo a todos los Codeudores.
Se considera Xxxxxxx Antigua a los deudores y/o codeudores de todos los créditos de vivienda, créditos de vivienda de interés social y créditos automotores que se encuentren declarados por el Tomador hasta el 31 xx xxxxx de 2023.
En los casos en que las operaciones hubiesen tenido renovaciones automáticas, reprogramaciones y/o adendas, se reconocerá que dichas operaciones están cubiertas y aseguradas bajo la presente póliza.
19.2.2. CARTERA NUEVA (Asegurados a partir del 1 xx xxxxx de 2023)
- Desde $us. 1 hasta $us. 15.000 | Free Cover*. Sujeto al llenado del Formulario de Solicitud / Declaración de Salud adhesión automática (Free Cover*). |
- Desde $us. 15.001 hasta $us. 220,000 | Sujeto al llenado del Formulario de Solicitud / Declaración de Salud. |
- Desde $us. 220.001 hasta $us. 500.000 | Sujeto a llenado del formulario de solicitud / Declaración de Salud y a los requisitos indicados en la Tabla de Requisitos de Asegurabilidad. |
- Desde $us. 500.001 en adelante | Sujeto llenado del Formulario de Solicitud / Declaración de Salud y a los requisitos indicados en Tabla de Requisitos de Asegurabilidad. |
19.2.3. Tabla Requisitos de Admisibilidad:
Edad | Rango de monto del crédito o cúmulo | Requisitos Básicos | Laboratorio | Electrocardiograma | Informe Financiero |
Hasta los 55 años | Desde $us 1 HASTA $us 15,000 | Free Cover* - FS/DS | |||
Desde $us 15,001 hasta $us 220,000 | FS/DS | ||||
Desde $us. 220.001 hasta $us. 500.000 | FS/DS - EM + AO | VIH | |||
Desde $us. 500.001 en adelante | FS/DS - EM + AO | L+VIH | ECG | IF | |
Desde $us 1 HASTA $us 15,000 | Free Cover* - FS/DS |
Desde los 56 hasta los 70 años | Desde $us 15,001 hasta $us 170,000 | FS/DS | ||||
Desde $us. 170.001 hasta $us. 350.000 | FS/DS - EM + AO | VIH | ||||
Desde $us. 350.001 en adelante | FS/DS - EM + AO | L+VIH | ECG | IF |
FS / DS: Formulario de Solicitud / Declaración de Salud EM + AO: Examen médico + Análisis de Orina
L: Hemograma, Glucosa sanguínea en ayunas, Colesterol total, HDL, triglicéridos. VIH: Análisis del Virus de Inmunodeficiencia Humana (SIDA) ECG: Electrocardiograma
IF: Informe Financiero
* Se entiende por Free Cover a la condición de asegurabilidad para aquellos asegurados con créditos o cúmulos iguales o menores a $us 15.000 que ingresarán al seguro sin requisitos de asegurabilidad, es decir, sin evaluación del estado de salud y sin exclusiones, por lo que la Declaración jurada de Salud solo aplicará como constancia de aceptación del cliente y designación de sus beneficiarios para el beneficio de Sepelio; consecuentemente la aceptación y pago de siniestros para estos asegurados es automática.
19.2.4. Consideraciones adicionales.
Para montos de crédito o cúmulos desde $us 15.001 hasta $us. 220.000, se solicitará la aprobación expresa de la Aseguradora únicamente cuando alguna de las respuestas del formulario muestre agravación del riesgo de enfermedad.
Para montos de crédito o cúmulos de más de $us 220.000 se solicitará la aprobación expresa a la Aseguradora en todos los casos. La Aseguradora procederá a solicitar el cumplimiento de requisitos adicionales de admisibilidad de acuerdo a la Tabla de Requisitos de Asegurabilidad de la presenta póliza.
19.2.5. PROCEDIMIENTO DE CONTROL DE FORMULARIOS:
Conforme a lo establecido en los Requisitos de Asegurabilidad. Adicionalmente:
- La Declaración de Salud puede ser enviada a la Aseguradora para su aprobación dentro de los 180 días de haber sido llenada y firmada por el cliente. La Aseguradora dará curso a la evaluación de dicho documento.
- Cuando exista una aprobación de la Declaración de Salud por parte de la Aseguradora, el banco tiene hasta 180 días para realizar el desembolso, pasado ese tiempo si el crédito no fue desembolsado se deberá hacer aprobar otra Declaración de Salud.
- Para los casos que no requieren aprobación de la Aseguradora por tratarse de una afiliación automática, el banco puede desembolsar la operación dentro de los 180 días de haber sido llenada y firmada por el cliente. Pasado ese tiempo si el crédito no fue desembolsado se deberá hacer llenar con el cliente otra Declaración de Salud.
- Los exámenes médicos y análisis de laboratorio tienen una validez de 180 días. Dentro de esos 180 días sólo se solicitarán aquellos análisis y o exámenes que no se hubiera realizado el asegurado para el nuevo monto de capital, considerando el cúmulo (si corresponde).
19.2.6. PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE ASEGURADOS:
La Aseguradora se responsabiliza por el control de los incrementos en el capital asegurado de cada prestatario y por el cumplimiento de los requisitos de asegurabilidad y admisibilidad a través xxx xxxxx de información de su base de datos.
19.2.7. CONDICIONES DE TRANSFERENCIA DE CARTERA:
Conforme al Reglamento de Seguros de Desgravamen Hipotecario de la APS.
20. CONDICIONES ADICIONALES:
20.1. Errores y Omisiones:
Se deja constancia por el presente texto que, en virtud a que el Tomador se compromete a realizar los esfuerzos para
incorporar la totalidad de su cartera de prestatarios y las nuevas operaciones de préstamos a escala nacional, la Aseguradora considerará dar cobertura a aquellos casos en que se produzca algún error u omisión involuntario al formular la Declaración Mensual de Prestatarios.
Las afiliaciones realizadas por la Aseguradora, con la condicionante del cobro de una extra prima, deberán ser incluidas en los reportes mensuales presentados por el Tomador. En los casos de ocurrencia de un siniestro y que por error u omisión no se hayan reportado a la Aseguradora y/o cobrado estas extra primas, el Tomador aplicará la condición de Errores y Omisiones y la Aseguradora descontará de la liquidación del siniestro las extra primas no cobradas, no siendo causal del rechazo del siniestro esta condición.
Si el listado de asegurados adolece de errores y/u omisiones respecto a los nombres, como ser falta de nombre o apellido o haber omitido o invertido alguna letra en el nombre o apellido para el titular y/o codeudor, y o ausencia de información y/o firma en formulario de declaración jurada de salud y/o certificado de cobertura, y/o cualquier otro error en la información, no se afectarán los derechos del Tomador o de los beneficiarios en caso de indemnización por un siniestro cubierto.
20.2. Información remitida a la entidad aseguradora:
El Tomador enviará mensualmente a la Aseguradora el listado de asegurados en la modalidad de mes vencido. Este listado comprenderá la prima cobrada a cada asegurado y estará elaborado de acuerdo a las condiciones establecidas por la APS y la Aseguradora.
Cualquier observación sobre la información de los listados mensuales de pago xx xxxxxx del Tomador por parte de la Compañía Aseguradora deberá ser informada por esta por escrito al Tomador dentro de los tres días hábiles de haber recibido los listados, caso contrario, se deslinda cualquier responsabilidad del Tomador y la Aseguradora estará obligada a dar Cobertura a todos los asegurados descritos en el listado, con excepción de los casos que fueron rechazados durante el periodo del 01/04/2020 al 31/03/2023, donde la responsabilidad de la compañía solo será la devolución xx xxxxxx correspondiente.
Es responsabilidad de la Aseguradora el verificar en los listados mensuales de pago xx xxxxxx del Tomador los incrementos de capital asegurado por cada prestatario, deslindando de cualquier responsabilidad al Tomador.
20.3. Condiciones Especiales:
El tiempo máximo para que la Aseguradora presente su respuesta en los casos de prestatarios que se aseguran de manera facultativa es de cinco (5) días como máximo, siempre y cuando los requisitos de asegurabilidad presentados estén completos y no sea necesario pedir información adicional para completar la evaluación de los casos.
Estarán cubiertas todas las operaciones efectuadas por el Tomador desde la última declaración mensual hasta la inmediata siguiente, pudiendo ser comprobada a través del registro contable; lo que significa que las operaciones efectuadas entre las fechas de presentación de los listados y su recepción estarán cubiertas por el presente seguro.
Ante la ocurrencia de un siniestro, para la verificación de pago xx xxxxxx, se tomará en cuenta el reporte o base del mes anterior a la fecha de la ocurrencia del siniestro.
Los asegurados que fallecen en el mismo mes en el cual se realizó el desembolso del crédito, estos contarán con la cobertura del seguro de Desgravamen, siempre y cuando hayan cumplido con las condiciones y requisitos de asegurabilidad al momento de desembolso. Para estos casos la Compañía Aseguradora descontará de la liquidación del siniestro el importe de la prima según corresponda.
Ante el siniestro de un Asegurado con vigencia de cobertura de dos años o más ininterrumpidos, la Compañía levanta la condición de presentar el Historial Clínico como requisito adicional para la atención de siniestros.
Enfermedades preexistentes conocidas, entendiéndose como tal, aquella cuya causa u origen sea anterior a la Declaración de Salud y que, ante una eventualidad prevista por esta póliza dentro de los dos primeros años de vigencia de su cobertura, el siniestro no tendría cobertura. En consecuencia, este riesgo quedará cubierto a partir del primer día
del tercer año de vigencia de la cobertura para cada asegurado.
Al momento de la ocurrencia de un siniestro, en los casos en los cuales el asegurado tuviera diferentes créditos vigentes, para la evaluación de todos los reclamos se considerará como antigüedad de estos, la antigüedad del primer desembolso.
La extemporaneidad en la denuncia de siniestros no aplica si el aviso del tomador, beneficiario o asegurado fuera realizado al corredor de seguros en los tiempos establecidos en la póliza de seguro, no pudiendo la Compañía de Seguros aplicar la extemporaneidad si el corredor diera aviso del siniestro con posteridad a los tiempos que establece la póliza. La extemporaneidad tampoco aplicará como lo establece el código de comercio.
20.4. Periodo xx xxxxxx:
Para el pago xx xxxxxx se concede un periodo xx xxxxxx de treinta (30) días adicionales al previsto, computados a partir de la fechade entrega del listado mensual porparte del Banco. Durante este plazo la póliza permanecerá vigente. Si el asegurado fallece durante dicho plazo xx xxxxxx se deducirá del capital a indemnizar la prima devengada correspondiente a dicho periodo xx xxxxxx.
20.5. Primas:
Serán calculadas en forma mensual sobre el capital asegurado, según los reportes mensuales que proporcionará el Tomador al final de cada mes y a más tardar en los 30 días siguientes, debiendo el Tomador efectuar el pago respectivo como máximo hasta los 30 días posteriores a la presentación de los listados.
El Tomador cobrará las primas a los asegurados en modalidad anticipada y junto a las cuotas periódicas de sus respectivos créditos.
En los casos de afiliación facultativa la compañía comunicara la tasa a cobrar a cada deudor para que el Tomador calcule la respectiva prima.
20.6. Empresas Unipersonales:
Esta póliza se amplía a cubrir a todas las empresas unipersonales afiliadas al Seguro de Desgravamen Hipotecario siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos de asegurabilidad y hayan sido declarados en el listado de pago xx xxxxxx; esta condición aplica únicamente a Créditos Automotores.
21. OBSERVACIONES:
Las primas de este seguro no constituyen hecho generador de tributo según el art. No 54 de la Ley de Seguros 1883 del 25 xx Xxxxx de 1998.
22. FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTA PÓLIZA:
- Condicionado Particular.
- Condicionado General.
- Certificados de Cobertura Individual.
- Cláusulas.
- Formulario de Solicitud de Seguro y Declaración de Salud del Asegurado.
23. COMISIÓN DE SERVICIO DE COBRANZA
El Tomador recibirá una comisión del 10% de la Tasa Neta por la recaudación de la prima de tarifa del seguro de desgravamen hipotecario para las coberturas de Fallecimiento e Invalidez Total y Permanente, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Seguro de Desgravamen de la APS en su Anexo 4, Nota Técnica.
24. COMISIÓN XXX XXXXXXXX
La comisión que la Aseguradora pagará al Corredor de Seguros será de hasta el 15% sobre la prima de tarifa.
Resto de la página en blanco
ANEXO 4
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO DEL SEGURO DE DESGRAVAMEN HIPOTECARIO DE VIVIENDA Y AUTOMOTORES
Conste por el presente contrato privado que con solo reconocimiento de firmas surtirá efecto de documento público, sobre prestación de servicios de recaudación y cobranza entre el BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A. y , de acuerdo al tenor y contenido de las siguientes cláusulas.
PRIMERA: DE LAS PARTES CONTRATANTES.- Dirá Ud. que intervienen en la celebración del presente contrato con plena capacidad:
a) BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A., entidad financiera bancaria, con Matrícula de Comercio No. 1016253021 emitida por el Servicio Plurinacional del Registro de Comercio (SEPREC) y domicilio legal en Xx. Xxx Xxxxxx Xx 000, xxxx Xx Xxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xx Xxx, debidamente representada porlos señores y en virtud al Poder N° de fecha , otorgado por ante la Notaría de Fe Pública No. de la ciudad de a cargo de , que en lo sucesivo se denominará elBANCO.
b) , empresa aseguradora, identificada con NIT , matrícula de comercio N°. emitida por el Servicio Plurinacional del Registro de Comercio (SEPREC) y domicilio legal en representada por , en virtud delpoder N° , de fecha otorgado por ante la Notaría de Fe Pública
No.
de la ciudad de a cargo de , que en lo sucesivo se denominará LA COMPAÑÍA.
Las personas descritas en los incisos anteriores se denominarán también en forma conjunta como las Partes. SEGUNDA: ANTECEDENTES.- El BANCO, conforme reglamentación vigente, llevó adelante el proceso de licitación pública para la contratación del Seguro de Desgravamen Hipotecario para su cartera de créditos, proceso que se inició con la publicación en fecha de la Convocatoria de licitación pública, a partir del cual diversas entidades aseguradoras presentaron sus propuestas para la Prestación del Servicio de Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores. Las propuestas, conforme especificaciones técnicas, fueron evaluadas y el BANCO resolvió adjudicar la contratación del servicio de Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores a la Compañía
.
TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO.- Por el presente contrato, LA COMPAÑÍA asume determinadas obligaciones relacionadas a la provisión al BANCO del Seguro de Desgravamen Hipotecario para sus créditos , en adelante denominado el Seguro. La provisión del servicio se regirá por las condiciones xxx Xxxxxx de bases y condiciones, el Slip de Cotización, la propuesta presentada y la Póliza del seguro de Desgravamen Hipotecario, además de todas las disposiciones legales vigentes relacionadas.
CUARTA: ANEXOS DEL CONTRATO.- Los documentos que se describen a continuación forman parte indivisible del presente contrato y forman parte del mismo como anexos:
x. Xxxxxx de Bases y Condiciones.
ii. Slip de Cotización (Anexo 3 xxx Xxxxxx de bases y condiciones).
iii. Propuesta presentada y aprobada en el proceso de Licitación.
iv. Documentos de adjudicación.
v. Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato.
vi. Póliza de Seguro
Estos documentos no podrán ser modificados sin la conformidad expresa de ambas partes, quienes deberán suscribir los documentos requeridos a tal efecto.
QUINTA: PLAZO DEL CONTRATO.- El plazo del presente contrato de servicio es el mismo que el de la vigencia de la PÓLIZA DE SEGURO DE DESGRAVAMEN , entrando en vigencia a partir de la fecha en la que la misma se active.
SEXTA: OBLIGACIONES.- Las partes contratantes se obligan a:
6.1 LA COMPAÑIA
i. Otorgar la cobertura del Seguro contratado, en estricto apego a las condiciones xxx Xxxxxx de bases y condiciones, Slip de cotización, propuesta aprobada y la Póliza del seguro de Desgravamen Hipotecario, además de las disposiciones legales vigentes.
ii. Recibir y evaluar las solicitudes de cobertura dentro de los plazos ofertados o pactados.
iii. Prestar el servicio a través de personal técnico, capacitado para el efecto, utilizando los sistemas más
adecuados para la correcta atención a los clientes del Banco.
iv. Realizar el pago de siniestros de acuerdo a las condiciones de la Póliza del Seguro y en estricto apego a las condiciones y procedimientos definidos en todos los documentos que forman parte del presente contrato.
v. Entregar la correspondiente Garantía de Cumplimiento de Contrato, conforme las especificaciones xxx Xxxxxx de bases y condiciones, debiendo mantenerla vigente durante todo el tiempo que preste sus servicios al BANCO.
vi. Ampliar el monto o plazo de la Garantía de Cumplimiento de Contrato a solicitud del BANCO, dentro de los plazos definidos por éste.
vii. Bajo su propio costo, implementar todos los sistemas o realizar las adecuaciones que fueran necesarias en sus sistemas o en sus procesos administrativos, contables, operacionales, etc. a fin de integrar los mismos con los sistemas del BANCO.
viii. Presentar al BANCO toda información que le fuera requerida y que se encontrara relacionada con la prestación del Servicio objeto del presente contrato. Así mismo informar sobre cualquier hecho que tuviera un impacto en la prestación del Servicio.
ix. Contar con todos los requerimientos técnicos y de sistema que fueran informados por el BANCO y que fueran necesarios para la correcta prestación del servicio.
x. Adecuar sus sistemas, procesos y formatos para la correcta recepción de los reportes enviados por el
BANCO,
asumiendo todos los costos que este trabajo implique.
xi. Efectuar el pago correspondiente de la comisión xxx xxxxxxxx de seguros, conforme lo dispuesto por la normativa reglamentaria vigente.
xii. Efectuar el pago correspondiente de la Comisión de Cobranza del Tomador al BANCO.
xiii. Otras que se desprendan del presente contrato o de la normativa reglamentaria aplicable a la prestación del Servicio.
6.2 BANCO
i. Realizar los esfuerzos para el cobro de la prima a sus clientes y traspasar las mismas a LA COMPAÑÍA.
ii. Recibir las reclamaciones o solicitudes de pago de siniestros y remitir las mismas a LA COMPAÑÍA en los plazos definidos.
iii. Remitir a LA COMPAÑÍA toda información que fuera necesaria para la otorgación de la cobertura del seguro y/o el pago del siniestro, conforme los requisitos establecidos en la Póliza y demás documentos anexos del presente contrato.
SÉPTIMA: GARANTÍA.- LA COMPAÑÍA garantiza el cumplimiento del presente contrato con la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato N° , emitida por , por un monto de , con vigencia hasta (90 días calendario posteriores a su finalización o la finalización de las respectivas adendas que fueran suscritas), la Garantía será emitida en favor del Banco Nacional de Bolivia S.A.
Cualquier incumplimiento del contrato y, en particular, de las siguientes causales dará lugar a la ejecución inmediata de la Garantía de Cumplimiento de Contrato:
i. Incumplimiento de LA COMPAÑÍA a cualquiera de las obligaciones asumidas mediante el presente contrato o cualquiera de sus documentos adjuntos.
ii. Resolución del Contrato.
iii. Negativa o demora de LA COMPAÑÍA en la adecuación de los sistemas y procedimientos requeridos para la prestación del Servicio.
OCTAVA: RESPONSABILIDAD.- LA COMPAÑÍA será responsable por todo reclamo, multa, penalidad, sanción o cualquier otra consecuencia económica que fuere impuesta al BANCO ocasionada por incumplimiento o por errores en la prestación del Servicio.
NOVENA: PRIMA.- La prima que corresponde a la prestación del servicio de Seguro de Desgravamen es la que se especifica en la correspondiente Póliza de Seguro, misma que forma parte del presente contrato. Bajo ninguna circunstancia este monto podrá ser modificado por LA COMPAÑÍA debiendo mantenerse la misma bajo las condiciones pactadas durante todo el tiempo de vigencia del presente contrato y sus correspondientes adendas, en caso existieran.
DECIMA: SINIESTROS.- El pago de los siniestros será realizado conforme las condiciones de la póliza del seguro, Slip de Cotización y normas reglamentarias que rijan sobre el tema, debiendo LA COMPAÑÍA sujetarse a los plazos y requisitos ya establecidos.
En caso de incumplimiento en plazos o procedimientos, el BANCO podrá aplicar las penalidades descritas en
la siguiente cláusula, sin perjuicio de ejecutar la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato.
DÉCIMA PRIMERA: PENALIDADES.- El incumplimiento a las condiciones o plazos de las obligaciones asumidas en el presente contrato o la prestación deficiente del servicio contratado, siempre que las mismas no importen un incumplimiento total del contrato o se configuren en causal de resolución inmediata, dará lugar al pago por parte de LA COMPAÑÍA de las penalidades descritas a continuación:
NRO . | FALTA S | PENALIDAD |
1 | Pago puntual de las comisiones por prestación del servicio de cobranza al Banco Nacional de Bolivia S.A. | Bs. 500 por día de demora |
2 | Pago oportuno de siniestros, considerando los plazos del slip y el reglamento del Seguro de Desgravamen Hipotecario. | Bs. 1,000 por día de demora |
3 | Respuesta oportuna a las operaciones consultadas para procesos de afiliación facultativa. | Bs. 500 por día de demora |
4 | Pago oportuno de la cobertura de sepelio en caso de fallecimiento del asegurado o codeudores, a los beneficiarios de nominados por el asegurado o herederos legales. | Bs. 1,000 por día de demora |
El pago de las penalidades descritas deberá ser realizado en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles computables desde la fecha en que el BANCO notifique a la COMPAÑÍA con el incumplimiento identificado y la penalidad que le corresponde; si LA COMPAÑÍA no realiza el pago en el plazo estipulado, autoriza al BANCO a realizar el débito automático de su cuenta en el Banco Nacional de Bolivia S.A. N° , obligándose en tal sentido a mantener los saldos suficientes para cumplir con dicha obligación. En caso de no completarse el pago, el presente contrato podrá ser resuelto por EL BANCO, refutándose la suma adeudada como líquida y exigible, reconociendo las partes la suficiente fuerza ejecutiva al presente documento.
DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El presente contrato podrá ser resuelto por EL BANCO
cuando concurra cualquiera de las siguientes causas:
i. Quiebra de LA COMPAÑÍA o de la empresa reaseguradora contratada por esta.
ii. Incumplimiento injustificado en la atención de reclamos o solicitudes de pago de siniestros, en los plazos estipulados.
iii. Ejecución del total de la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato.
iv. Falta de Renovación o actualización de la Garantía a Primer Requerimiento de Cumplimiento de Contrato. La resolución del contrato deberá ser notificada por el BANCO, debiendo LA COMPAÑÍA cumplir con las obligaciones asumidas hasta la fecha de resolución efectiva del contrato. Las partes acuerdan que LA COMPAÑÍA tendrá un plazo de 90 días para realizar el traspaso de las obligaciones a la nueva compañía que defina el BANCO, quien a tal efecto realizará la comunicación correspondiente.
La resolución del contrato no conlleva obligación alguna para el BANCO de realizar pagos por concepto de daños, perjuicios o cualquier otro concepto que sea aducido por LA COMPAÑÍA.
DÉCIMA TERCERA: PROHIBICIÓN EXPRESA.- LA COMPAÑÍA queda expresamente prohibida de subrogar, ceder o transferir, total o parcialmente las obligaciones que asume en este contrato.
DÉCIMA CUARTA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.- Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento de los términos de este contrato, si su ejecución hubiera sido impedida, demorada u obstaculizada por caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose por tales aquellos eventos extraordinarios, imprevisibles e irresistibles, fuera del control de las Partes, que les impida cumplir total o parcialmente con sus obligaciones bajo este Convenio o determine su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso. Si el impedimento es parcial, las obligaciones que no estén impedidas, deberán continuar siendo ejecutadas en los términos y condiciones de este Convenio.
La Parte que alegue el caso fortuito o la fuerza mayor comunicará el hecho a la otra, por medio escrito, de forma inmediata de producido todo hecho de fuerza mayor o caso fortuito que perjudique el normal desenvolvimiento del presente contrato. Si la causa o evento de fuerza mayor o caso fortuito no pudiera ser superado en el plazo xx xxxx días, la Parte afectada por el incumplimiento podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato
sin responsabilidad alguna para la Parte afectada por la fuerza mayor o caso fortuito
DÉCIMA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD.- Toda la información, nombres, cifras, documentación, estudios, datos y otros que se originen en la prestación del servicio de cobranza serán considerados con la máxima reserva y confidencialidad por ambas Partes, absteniéndose ambas de divulgarlos, comunicarlos o enviarlos mediante cualquier medio a terceros ajenos a este contrato, salvo aprobación expresa y escrita de las Partes contratantes. La Parte que divulgue información, nombres, cifras, documentación, estudios, datos y otros o utilice los mismos para fines ajenos al presente contrato será pasible al pago y resarcimiento de daños y perjuicios a la otra Parte o a quien fuese directa o indirectamente afectado.
DECIMA SEXTA: NATURALEZA DEL CONTRATO.- Ninguna estipulación del presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre LA COMPAÑÍA y el BANCO existe una relación de empleador y empleado o de mandatario o mandante siendo la relación de las Partes de naturaleza civil – comercial. En tal sentido cada una de las partes asume las obligaciones sociales y laborales que correspondan a sus dependientes, obligándose a su fiel y estricto cumplimiento
DÉCIMA SÉPTIMA: ARBITRAJE.- Las Partes contratantes acuerdan que en caso de discrepancia, desacuerdo, cuestión, reclamación, controversia o falta de entendimiento, resultante de la interpretación, validez y/o ejecución del presente contrato o relacionado con él directa o indirectamente, los mismos se resolverán inicialmente mediante la negociación directa. En caso no se pueda solucionar las divergencias o controversias mediante negociación o trato directo en el plazo de quince (15) días hábiles computables a partir de la fecha en que cualesquiera de las Partes notifique a la otra su intención de solucionar alguna discrepancia, desacuerdo, cuestión, reclamación, controversia o falta de entendimiento, ambas partes contratantes acuerdan resolver dicha controversia o divergencia mediante un procedimiento arbitral administrado por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio, en sus oficinas de la ciudad de La Paz, Bolivia y de conformidad con las reglas de arbitraje de la Ley Nº 708 de Conciliación y Arbitraje de 25 xx xxxxx de 2015 y en idioma castellano. A falta de acuerdo entre las partes sobre la designación del Árbitro Único, la designación será realizada por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Nacional de la ciudad de La Paz, de acuerdo a sus los reglamentos, tanto orgánicos como procesales del citado Centro Arbitral.
El laudo arbitral emitido por el Arbitro Único será de carácter definitivo, renunciando de esta forma ambas partes, a interponer cualquier recurso de anulación o apelación, salvo por el recurso de anulación y de compulsa previstos en la Ley de Conciliación y Arbitraje, la decisión de los árbitros será final, no sujeta a otros recursos, obligatoria y exigible contra las Partes y la ejecución de cualquier laudo podrá ser sometido a cualquier juez que tenga jurisdicción. Si el incumplimiento de cualquiera de las Partes de este Convenio de las decisiones de los árbitros requiere que la otra Parte recurra a cualquier juez competente para obtener la ejecución xxx xxxxx, la Parte incumplida deberá compensar a la otra Parte por todos los costos de dicho litigio, incluyendo los honorarios de los abogados.
DÉCIMA OCTAVA: DOMICILIO Y AVISOS.- Cualquier aviso, solicitud o aprobación que deba o pueda cursarse o prestarse en virtud de este contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cursado o dado tal notificación, solicitud o aprobación cuando haya sido entregada por mano a un representante autorizado de la Parte a la que esté dirigida, o cuando se haya enviado a la siguiente dirección:
Para el BANCO
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.:
Xx. Xxx Xxxxxx Xxx. 000 Xxxx Xx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, La Paz, Bolivia
Para LA COMPAÑIA
DÉCIMA NOVENA: CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN.- Nosotros, la COMPAÑÍA , por una parte, y, por la otra, el BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A., damos nuestra entera y plena conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes, y firmamos el presente contrato en doble ejemplar y con un solo efecto jurídico.
Lugar y Fecha:
LA COMPAÑÍA BANCO
ANEXO 5
CARTA DE COMPROMISO DE COLOCAR EL REASEGURO CON
REASEGURADORES DEBIDAMENTE HABILITADOS Y REGISTRADOS EN LA APS, CON DATOS DEL REASEGURADOR
Lugar y fecha……….
Señores
BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
Presente
Ref. Licitación Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A.
De nuestra consideración:
Por la presente manifestamos nuestro acuerdo y compromiso que, en caso de ser adjudicados con el Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores del Banco Nacional de Bolivia S.A., la colocación de reaseguro será realizada con Corredores de Reaseguro y/o Reaseguradores debidamente habilitados y registrados ante la Autoridad de Fiscalización y Control de Seguros APS del Estado Plurinacional de Bolivia.
Los datos de nuestro reasegurador son los siguientes:
Póliza: Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y Automotores Reasegurador:
Dirección:
Teléfonos:
Persona de contacto:
Correo Electrónico:
Sitio Web – Página de Internet:
Calificación de Riesgo:
Nombre de la empresa calificadora:
Fecha de la calificación:
Sin otro particular, saludamos a ustedes atentamente.
Firmas de los representantes legales
Nombres completos de los representantes legales Razón social de la empresa proponente
ANEXO 6
CARTA DEL REASEGURADOR DE RESPALDO A CONTRATOS AUTOMÁTICOS
[Lugar y fecha]
Señores
Banco Nacional de Bolivia
S.A. Presente.-
Por intermedio de la presente carta, confirmamos nuestro respaldo de Reaseguro a los Contratos Automáticos de la compañía XXXXXXX y declaramos que conocemos los términos y condiciones de la propuesta presentada para el Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y AUTOMOTORES de la cartera del Banco Nacional de Bolivia S.A.
Es cuanto certificamos a solicitud de la compañía de seguros.
Firma y Sello
ANEXO 7
CARTA DEL REASEGURADOR DE RESPALDO FACULTATIVO
[Lugar y fecha]
Señores
Banco Nacional de Bolivia
S.A. Presente.-
Por intermedio de la presente nota, confirmamos nuestro respaldo de Reaseguro Facultativo a la compañía XXXXXXX y declaramos que conocemos los términos y condiciones de la propuesta presentada para el Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y AUTOMOTORES de la cartera del Banco Nacional de Bolivia S.A.
Es cuanto certificamos a solicitud de la compañía de seguros.
Firma y Sello
ANEXO 8
DECLARACIÓN JURADA SOBRE EL GERENTE GENERAL DEL PROPONENTE
Declaración Jurada - Licitación Seguro de Desgravamen Hipotecario y Automotores
Mediante la presente declaramos con carácter de declaración jurada que el señor [nombres y apellidos] con cédula de identidad Nro. [nro. Cédula de Identidad] ejerce el cargo de Gerente General de [denominación o razón social de la empresa aseguradora] por [tiempo por el cual se desempeña en el cargo]
Firmas de los representantes legales Nombres completos de los representantes legales Razón social de la empresa proponente
ANEXO 9
DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
[Lugar y fecha]
“Información Confidencial” significa toda la información que no es de dominio público, relativa a los procesos, negocios, tecnología y estrategias de BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A., revelada directa o indirectamente al potencial proponente u obtenida por el potencial proponente al participar en la licitación de Seguro de Desgravamen Hipotecario de Vivienda y AUTOMOTORES del BANCO NACIONAL DE BOLIVIA S.A.
El potencial proponente no debe sin el previo consentimiento escrito del BANCO, revelar o permitir la revelación de cualquier información confidencial a ningún tercero, o usar cualquier información confidencial para cualquier propósito distinto a su Propuesta. El potencial proponente podrá revelar información confidencial, bajo su propia responsabilidad, únicamente a aquellos de sus empleados directamente relacionados con el presente proceso de contratación, quienes mantendrán dicha información de forma confidencial en los términos especificados en este documento. Asimismo, el potencial proponente podrá proporcionar la información requerida o que considere necesaria al Corredor de Reaseguros y/o Reaseguradores, a quienes hará conocer la condición de “Confidencialidad” respecto a la información proporcionada.
En este sentido, el potencial proponente se obliga a tomar todas las medidas y precauciones necesarias para que sus empleados, corredores, reaseguradores no divulguen la información confidencial a la que tengan acceso, haciéndose responsables por la divulgación que se pueda producir. En todo caso, el potencial proponente será responsable de cualquier violación al presente compromiso, por cualquiera de sus empleados, corredores y/o reaseguradores, en este sentido tomará, bajo su entera responsabilidad, todas las medidas necesarias a fin de asegurar el cumplimiento del presente compromiso.
Las obligaciones del potencial proponente bajo este compromiso se mantendrán vigentes durante y después del proceso de Licitación.
En caso que el potencial proponente tuviera acceso a datos personales o información protegida por el derecho a la reserva y confidencialidad, en el tratamiento de esos datos e información el potencial proponente cumplirá bajo su exclusiva responsabilidad, con toda normativa legal vigente sobre protección de datos y derecho a la reserva y confidencialidad. Así mismo, mantendrá indemne al Banco por cualquier reclamo judicial y extrajudicial, resultante del tratamiento indebido o no autorizado de datos personales e información protegida por el derecho a la reserva y confidencialidad, por parte del potencial proponente, sus empleados, corredores o reaseguradores.
La infracción a las estipulaciones de la presente Declaración obligarán al potencial proponente al pago por daños y perjuicios, sin que dicho monto impida la identificación y acciones por los daños o responsabilidades civiles y penales que genere la infracción de! compromiso contraído en el presente acuerdo.
Firmas de los representantes legales Nombres completos de los representantes legales Razón social de la empresa proponente
ANEXO 10
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y OPERATIVAS RELACIONADAS A SISTEMAS
[Lugar y fecha]
Aspectos Técnicos del sistema (Software)
El sistema de la compañía de seguros que se adjudique la licitación deberá obligatoriamente trabajar con el sistema de Administración de Solicitudes de Seguros de Desgravamen que utiliza el banco por medio de su corredor de seguros, el cual debe contar con las siguientes características:
• Sistema 100% adecuado a las disposiciones de la Resolución Administrativa APS/DS/No. 687-2016 (31/05/2016) y sus modificaciones.
• Sistema con interfaz de integración para consumir datos según requerimientos del banco y/x xxx xxxxxxxx de seguros.
• Sistema con capacidad de instalación y operación en un plazo máximo de 15 días calendario.
• Plan de continuidad del negocio.
• Capacitación presencial de red del Banco Nacional de Bolivia a nivel nacional a cargo de la empresa Aseguradora, previo al inicio de vigencia y a demanda del Banco.
Anexo A: Especificaciones Técnicas requeridas del Sistema El sistema de la empresa aseguradora debe contar con los siguientes sistemas las siguientes características técnicas:
• Contar con su propio Sistema CORE de Seguros para la administración de Pólizas y Siniestros de Desgravamen
• Posibilidad de consultar de Certificados de Cobertura
• Capacidad de integrarse a las aplicaciones informáticas utilizadas por el banco para la automatización de procesos de seguros. Dicha capacidad de integración debe ser realizada mediante interfaces API o Servicios Web bajo un esquema seguro y de alta disponibilidad superior a 99.993 % suponiendo conexiones redundantes a Internet. Dichas interfaces, ya sean Servicios Web o API deben ser desarrolladas según la tecnología utilizada por el banco o por su corredor de seguros, cubriendo mínimamente los estándares SOAP, REST y GraphQL respectivamente y su implementación debe realizarse en un plazo máximo de 10 días hábiles desde su adjudicación, caso contrario se ejecutarán las boletas de garantía.
Los sistemas mencionados deben ser desarrollados bajo las siguientes tecnologías:
• Sistema Operativo Windows Server 2012 o superior o Linux (preferentemente Ubuntu última versión estable o CentOS última versión estable)
• Base de Datos MS SQL Server 2014 o superior, MySQL o PostgreSQL en sus últimas versiones estables.
• Posibilidad de instalación OnPremise o SaaS Adjuntar
• Arquitectura del Sistema.
• Especificación de APIs de integración para la obtención de datos.
• Esquema de soporte y niveles de atención de servicio SLA
• Esquema de monitoreo de seguridad y transmisión de datos.
• Procedimiento de respaldo y restauración de la información de base de datos
• Políticas y procedimientos que garantice la seguridad de la información, conforme a lo establecido en el Reglamento para la Gestión de Seguridad de la Información – ASFI, emitido a través de la circular ASFI/536/2018 detallado por el artículo 4 de la sección 11
• Plan de contingencia
I. Sistema CORE de Seguro de administración de Pólizas de Desgravamen (detallar de forma puntal de cada una de las siguientes funciones que debe tener el sistema de la aseguradora para integrarse al sistema de seguros que
utiliza el Banco)
• Proceso de suscripción y afiliación
• Administración de solicitudes del seguro enviadas por el Banco
• Gestión de derivaciones a la parte técnica y médica
• Control de validaciones en base a la tabla de requisitos
• Manejo de declaraciones mensuales
• Manejo de declaraciones mensuales por errores u omisiones
• Cálculo xx xxxxxx con descuentos por cantidad de codeudores
• Generación de reportes
o Operaciones incluidas
o Operaciones excluidas
o Liquidación de cobranzas
o Certificados de cobertura
• Proceso de transferencia de cartera (entrada/salida)
• Administración de siniestros
• Pago de siniestros
• Reporte de siniestralidad
II. Sistema de Consulta de Certificados de Cobertura Interfaz de usuario web para:
• Sistema de consulta de certificados de cobertura enlazable al sitio web del banco
• Consulta de Certificados de Xxxxxxxxx xx Xxxxxx (por el cliente)
• Consulta de Certificados de Xxxxxxxxx xx Xxxxxx (por el administrador del Banco y la Aseguradora)
• Sistema de Administración de Solicitudes de Desgravamen
Interfaz de usuario móvil para el cliente para:
• Sistema de Consulta de Certificados de Cobertura
En caso de ser habilitado, se validará y constatará en la visita in situ del personal autorizado por el BANCO, la documentación presentada en la propuesta, así como el cumplimiento de las especificaciones detalladas en el presente Anexo.
Firmas de los representantes legales Nombres completos de los representantes legales Razón social de la empresa proponente
ANEXO 11
FORMULARIO DE EXPERIENCIA ESPECÍFICA DE LA COMPAÑÍA PROPONENTE
[Lugar y fecha]
COMPAÑÍA DE SEGUROS | ||||
N° | Contratante | Ramo | Prima Anual | Tiempo de Permanencia con la Cía. |
1 | ||||
2 | ||||
3 | ||||
4 | ||||
5 | ||||
…… | ||||
N | ||||
Nota.- Toda la información contenida en este formulario es una declaración jurada |
Firmas de los representantes legales Nombres completos de los representantes legales Razón social de la empresa proponente
ANEXO 12
FORMULARIO CURRICULUM VITAE DE LOS PRINCIPALES EJECUTIVOS
Datos Generales | |||
Apellido Paterno | Apellido Materno | Nombres | |
Nombre Completo | |||
Número | Lugar de Expedición | ||
Cédula de Identidad | |||
Cargo | |||
Edad | |||
Nacionalidad | |||
Profesión | |||
N° de Registro Profesional |
EXPERIENCIA PROFESIONAL | ||||
Compañí a | Ram o | Carg o | Fecha (mes / año) | |
Desde | Hast a | |||
(Firma y Sello)
ANEXO 13
DATOS DEL REASEGURADOR LÍDER
Póliza de : | Seguro de Desgravamen Hipotecario - Vivienda y AUTOMOTORES |
Reasegurador Líder : | |
Dirección : | |
Teléfonos : | |
Persona de Contacto : | |
Correo Electrónico : | |
Página en Internet : | |
Calificación : | |
Fecha: | (Fecha de Publicación) |