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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DEL ELEVADOR Y SALVAESCALERAS DEL CENTRO INTEGRAL DE LA MUJER.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas es fijar las condiciones que han de regir el contrato de mantenimiento y reparación del aparato elevador y el salvaescaleras del Centro Integral de la Mujer, sito en Plaza xx Xxxxxxxxx s/n, de titularidad municipal.
El objeto primero del contrato es cumplimentar lo dispuesto en el artículo 13 apartado a) Propietarios, del RAE, Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos, RD 2291/85, (última modificación el 22 de febrero de 2013): Contratar el mantenimiento y revisiones de la instalación con una empresa conservadora que cumpla los requisitos exigidos por este reglamento.
Por parte de la empresa que resulte adjudicataria, se asumirá lo dispuesto en el artículo 11 del citado Reglamento –en adelante RAE-, donde se hace constar las obligaciones que, con independencia de lo que especifiquen las ITC, adquirirán en relación con los aparatos cuyo mantenimiento o reparación tengan contratado.
2. AMBITO DEL CONTRATO
Constituyen el ámbito del contrato el elevador y el salvaescaleras ubicados en el Centro Integral de la Mujer, sito en Plaza xx Xxxxxxxxx s/n, edificio de titularidad municipal:
ELEVADOR, NÚM. DE UNIDAD: U8783 SALVAESCALERAS, U9717
3. CONDICIONES DE LA EMPRESA CONTRATISTA
A efectos del Artículo 8 Empresas instaladoras del RAE, se considera empresa instaladora la persona física o jurídica que desarrolla las actividades de instalación, montaje y desmontaje de los aparatos de elevación y manutención a los que se refiere el Artículo 2.º, entendiéndose por aparatos de elevación y manutención a efectos del presente Reglamento, aquellos que sirvan para estos fines, cualquiera que sea su forma de accionamiento, tales como ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, andenes móviles, montamateriales para la construcción, grúas, aparatos de elevación y transporte continuos, transelevadores, plataformas elevadoras, carretillas de manutención y otros aparatos similares.
La empresa adjudicataria deberá haber cumplido los procedimientos para ser una empresa conservadora y que están regulados por la ITC MIE-AEM1, aprobada por Orden
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de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 x xxxxxxxxxx xxx Xxxxx de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, Xxxx Decreto 1314/1997, de 1 xx xxxxxx, y Real Decreto 57/2005, de 21 de enero.
4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR
Las prestaciones de los servicios a realizar por la empresa contratada se realizarán de acuerdo a las especificaciones de los reglamentos, directrices, normas o recomendaciones tanto de carácter general, comunitario, nacional o autonómico.
5. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo tiene como objetivo anticiparse a las averías o irregularidades en el funcionamiento, realizando los ajustes, reparaciones o sustituciones de aquellas piezas que puedan mermar la garantía del funcionamiento u ocasionar averías dentro de lo que razonablemente pueda preverse. Contempla lo siguiente:
Para cada aparato elevador se llevará a cabo una revisión periódica programada, con un mínimo de una visita mensual, por personal técnico cualificado y previo aviso al responsable del edificio.
Se dedicará especial atención a los dispositivos de seguridad y elementos vitales de las instalaciones objeto del contrato, comprobando el correcto funcionamiento de sus partes, engrasando todos los elementos que por sus características lo requieran utilizando lubricantes específicos, limpiando los elementos propios de los aparatos elevadores, incorporando los materiales fungibles y consumibles necesarios, y realizando los ajustes, reparaciones o sustituciones necesarias para garantizar el correcto funcionamiento.
La empresa adjudicataria realizará sobre las instalaciones todas las operaciones periódicas necesarias para asegurar su buen funcionamiento de manera constante, conservando permanentemente la seguridad del servicio.
La empresa contratista realizará los trabajos de mantenimiento preventivo según lo previsto en la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aportando los correspondientes medios humanos y materiales, y determinarán en cada caso el tiempo máximo que podrá transcurrir entre dos revisiones o inspecciones consecutivas.
En el servicio de mantenimiento preventivo se consideran incluidos todos los gastos que se deriven del mismo, incluyendo, entre otros, la mano de obra necesaria para realizar los trabajos, gastos de desplazamiento, materiales fungibles y consumibles, y todos los materiales que sea necesario sustituir para el correcto funcionamiento de la instalación.
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La empresa contratista deberá poner en conocimiento del organismo propietario, los elementos de los aparatos que han de sustituirse, por apreciar que no se encuentran en las condiciones precisas para que se ofrezcan las debidas garantías de buen funcionamiento, o si el aparato no cumple las condiciones vigentes que le son aplicables.
La empresa contratista deberá interrumpir el servicio del aparato cuando se aprecie riesgo de accidentes hasta que se efectúe la necesaria reparación. En caso de accidente, estará obligada a ponerlo en conocimiento del ayuntamiento y mantener interrumpido el servicio hasta que lo autorice el mencionado organismo municipal.
6. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo incluye la atención a todos los avisos de avería que se produzcan, durante las 24 horas, todos los días del año, siendo el plazo máximo para la iniciación de la reparación de averías de dos horas, contabilizándose a partir del momento en que se produzca el correspondiente aviso, salvo casos de fuerza mayor o indicación en contra del Excmo. Ayuntamiento.
En el servicio de mantenimiento correctivo se consideran incluidos todos los gastos que se deriven del mismo, incluyendo, entro otros, la mano de obra necesaria para realizar los trabajos, gastos de desplazamiento, materiales fungibles y consumibles, y todos los materiales que sea necesario sustituir para el correcto funcionamiento de la instalación.
Quedan excluidas del contrato las reparaciones o reposiciones de las partes estructurales y la reparación de los desperfectos causados por vandalismo o deficiencias en el suministro de energía.
7. MEDIOS MATERIALES
La empresa adjudicataria está obligada a contar con todos los elementos y utensilios necesarios para satisfacer las exigencias del presente pliego tanto en lo que respecta a las herramientas, equipos y aparatos de medida que deben manejar su personal y a los vehículos de los que les dote, así como aquel que haya que aumentar como consecuencia de la dinámica funcional y operativa en la prestación del servicio. Se dispondrán los medios de transporte adecuados y suficientes para la realización de los servicios del presente pliego.
Todos los aparatos de medida estarán en perfectas condiciones de uso y deberán ser comprobados periódicamente por la empresa contratista, realizando las calibraciones que sean necesarias en su caso.
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8. SERVICIO XX XXXXXXX Y EMERGENCIA
Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación, en casos de avisos urgentes, la empresa adjudicataria dispondrá de un call- center o similar con los medios necesarios para la atención de las averías y emergencias de los aparatos en conservación atendiendo las 24 horas y 365 días al año.
La oficina administrativa estará dotada de teléfono, fax y equipos informáticos, para labor administrativa así como para el almacenamiento de información de control de revisiones de mantenimiento y programas de actuación, para satisfacer las prestaciones que este pliego exige y de acuerdo a la normativa vigente y enfocados a la seguridad y la eficiencia energética: mantenimiento preventivo, correctivo y normativo, sustitución y montaje y revisión de los componentes de seguridad y sistemas de alarma.
9. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
El servicio de mantenimiento de los aparatos elevadores se efectuará dentro del horario normal de trabajo, sin perjuicio de la atención de xxxxxxx y rescates. Además, la jornada de trabajo y su distribución en el horario, se ajustará a lo indicado por el Excmo. Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria tendrá acceso al local y recinto en que se hallaren instalados los aparatos elevadores, sin perjuicio de la autorización correspondiente. Cualquier actuación que tenga lugar se realizará previo aviso de la intervención a la persona responsable del edificio.
Los mantenimientos preventivos serán efectuados, dentro de lo posible con la misma periodicidad, comunicando a la persona responsable del edificio la fecha concreta, con una semana de antelación.
Del trabajo, servicios, incidencias, avería y sustituciones realizadas por la empresa adjudicataria, tanto en las visitas periódicas como en las visitas que se produzcan por xxxxxxx, quedará constancia en el oportuno parte de trabajo, que será visado por el responsable del edificio o persona designada y del que se quedará una copia.
10. MEDIDAS DE SEGURIDAD LABORAL
La organización preventiva de la empresa adjudicataria deberá ajustarse a lo reglamentado en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención.
La empresa adjudicataria, ante trabajos de mantenimiento correctivo, o de otra consideración, deberá delimitar el recinto donde se desarrollen los mismos, cuando éstos
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puedan comportar riesgo para las personas. Los elementos de protección empleados se mantendrán en todo momento en perfecto estado de conservación y señalización.
Será responsabilidad de la empresa contratista los daños o perjuicios que se puedan ocasionar a terceros durante la ejecución del contrato, con ocasión del funcionamiento normal o anormal del servicio. Serán a cargo del adjudicatario las indemnizaciones que deba satisfacer como consecuencia de las lesiones que quienes sufran en sus bienes y derechos, todo ello con arreglo a la legislación sobre contratos y responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
11. SUMINISTROS
En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se colocarán otros materiales que no sean los originales del aparato elevador, o aquellos recomendados y avalados por la empresa fabricante; a tal efecto, en el caso de que sea imposible disponer de piezas de repuesto originales, la empresa adjudicataria previamente a la instalación de repuestos no originales deberá presentar una lista de los repuestos no originales a instalar junto con un certificado de la empresa fabricante del aparato elevador o de una empresa que certifique la idoneidad de la pieza para el uso a que será destinada.
El Ayuntamiento xx Xxxxx podrá exigir a la empresa adjudicataria el mantener en su almacén el repuesto que considere oportuno, para el rápido restablecimiento del servicio en caso de avería, de instalaciones cuya paralización ocasione grave trastorno en el funcionamiento de los edificios.
12. DE LAS OFERTAS
La empresa licitadora deberá incluir en su proposición los siguientes documentos:
Inscripción en el Registro de Empresas Conservadoras de Aparatos Elevadores del Servicio Territorial de Industria.
Relación de medios materiales y humanos a efectos de cumplimentar el servicio.
13. DURACIÓN
La duración del contrato se fija en UN AÑO, prorrogable por UN AÑO más, por mutuo acuerdo expreso entre las partes.
La fecha de comienzo será la del día siguiente a la firma del documento de formalización del contrato, salvo que en dicho contrato se establezca otra fecha.
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14. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El importe máximo de licitación para la realización del servicio recogido en este pliego será 4.132@ (CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y DOS EUROS) I.V.A. EXLUIDO.
15. FACTURACIÓN Y PAGO DEL SERVICIO
La facturación y pago del servicio será a servicio prestado y en función de los aparatos mantenidos y reparados.
Las facturas se presentarán acompañadas de los correspondientes informes de actividad del período de que se trate, y tras ser conformadas por los servicios municipales, y tramitado el pago, serán abonadas por transferencia en la cuenta que al efecto designe la empresa contratista.
16. MEDIDAS DE CALIDAD
La empresa adjudicataria dispondrá de un plan de calidad debiendo mantenerlo actualizado durante la duración del contrato.
Todos los materiales empleados en las tareas de conservación, tanto en reposición de elementos sueltos como en sustituciones por obsolescencia de las instalaciones, serán materiales que cumplan con los sistemas de evaluación de conformidad que la reglamentación sectorial les asigne, y en concreto con el sistema de marcado CE cuando sea obligatorio para el producto en cuestión.
Los materiales, como la ejecución de los trabajos, y la propia obra terminada, deberá cumplir las calidades exigidas y podrán estar sometidos, en cualquier momento, a los ensayos y pruebas que le responsable del control y supervisión técnica disponga.
17. PLAZO DE GARANTÍA
Todos los trabajos realizados tendrán un año de garantía a partir de la fecha de certificación. Cuando se efectúe una intervención, la empresa adjudicataria tiene la obligación, durante un año, de atender cualquier defecto o deterioro que se presente en los trabajos realizados, sin cargo alguno.