Contract
GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABÍ | ||||
TÉRMINOS DE REFERENCIA | ||||
SERVICIO DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE TIPO DIESEL PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI | ||||
Objeto de contratación: | Servicio | x | Consultoría | |
Identificación del objeto: | SERVICIO DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE TIPO DIESEL PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI | |||
FECHA: (día/mes/año) | 12/07/2021 | |||
Funcionario responsable: | Nombre del funcionario responsable: | Cargo del funcionario: | ||
Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Responsable de Construcción y Mantenimiento Vial | |||
1.- ANTECEDENTES: | ||||
El Gobierno de la Provincia de Manabí es una entidad pública que de conformidad a lo establecido en el artículo 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx ejecuta las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley: 1. Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, 2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas, 3. Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas, 4. La gestión ambiental provincial, 5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas xx xxxxx, 6. Fomentar la actividad agropecuaria, 7. Fomentar las actividades productivas provinciales, 8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. El Gobierno Provincial de Manabí en apego y cumplimiento de sus competencias, atribuciones y demás acciones que determina la ley, Para tal efecto El Gobierno Provincial de Manabí, requiere el servicio Provisión de Combustible para el Parque Automotor de su propiedad. Mediante memorando: DGMV–CMV-ME–598-2021 del 07 xx xxxx de 2021 se solicitó el inicio de un nuevo proceso de adquisición de combustible relacionado al “SERVICIO DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABÍ”, en vista de que el contrato del proceso COTBS-001-GPM-2019 había culminado. Mediante Memorando CGID-DGMV-ME-3210-2021 del 01 xx xxxxx del 2021 la máxima autoridad del Gobierno Provincial de Manabí autoriza se gestione el procedimiento de contratación correspondiente para el “SERVICIO DE PROVISION DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI” por un monto de 415.069,56 + IVA. Con fecha 17 xx xxxxx del 2021 con código N° COTS-GPM-002-2021 se realiza la publicación en el portal de compras públicas el proceso para la contratación del SERVICIO DE PROVISION DE COMBUSTIBLE PARA |
EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI, el mismo que se encuentra en la etapa de calificación de participantes. Con memorando DGMV-CMV-RRM-042-2021 del 12 de julio del 2021 el Tec. Xxxxx Xxxxxxxx Supervisor, Administrador de proceso de Combustible, comunica que está por concluir el proceso de Ínfima cuantía con código NIC-1360000120001-2021-40002, con este antecedente y de acuerdo al análisis realizado por el Administrador se indica la necesidad de iniciar un nuevo proceso de ínfima para Provisión de combustible tipo DIESEL PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI, hasta que se encuentre contratado el nuevo proceso, para lo cual se adjunta la proyección estimada por combustible. Actualmente está en proceso de contratación en el portal de compras públicas la nueva contratación del SERVICIO DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE, y como tal existe la necesidad imperativa de abastecimiento diario de combustible para los vehículos de propiedad del Gobierno Provincial de Manabí. Al respecto y con la finalidad de proveer el servicio de abastecimiento de combustible, mientras se realice la nueva contratación, y en pleno conocimiento de que no se puede parar la operatividad y detener los servicios públicos, es una necesidad urgente e imperiosa se considere una contratación del servicio para suplir las necesidades institucionales a través de una ínfima cuantía o cualquier otra modalidad que se considere pertinente de acuerdo a la normativa vigente. |
2.- OBJETIVOS: |
2.1. Objetivo general: |
SERVICIO DE PROVISIÓN DE COMBUSTIBLE TIPO DIESEL PARA EL PARQUE AUTOMOTOR DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE MANABI |
2.2. Objetivos específicos: |
Suministrar de manera eficiente la prestación de los servicios contratados, entregando la medida justa, con óptima calidad, caso contrario se aplicarán las multas previstas en el contrato. |
3.- ALCANCE: |
El Servicio de Provisión de Combustible se lo realizará al parque automotor perteneciente al Gobierno Provincial de Manabí. |
4.- METODOLOGÍA DE TRABAJO: |
Las cantidades aproximadas requeridas por el Gobierno Provincial de Manabí se detalla a continuación, dejando constancia que las cantidades podrán variar en más o menos por lo que la Institución cancelará únicamente por el combustible despachado, siendo el Administrador del Contrato el responsable de emitir informe debidamente sustentado y respaldado de las cantidades suministradas. La Institución debe proveer una persona encargada del control en el momento del abastecimiento de combustible. El Oferente deberá contar con un equipo informático que permita emitir automáticamente la cantidad despachada a cada automotor, identificar la placa del vehículo, identidad del chofer x xxxxxxxx del vehículo, la fecha de carga, kilometraje, así como el detalle de la cantidad y tipo de |
combustible despachado, toda esta información deberá constar en el recibo impreso del despacho. En el caso que el Estado mediante acuerdo Ministerial o Decreto Ejecutivo realice una variación de precios en los combustibles establecidos en el contrato, el proveedor deberá comunicarlo por escrito a la contratante. En el evento de que se requiera incrementar o disminuir la cantidad de vehículos, la contratante notificará dichas circunstancias por escrito al contratista, con una anticipación de (2) dos días laborables, debiéndose adjuntar para el efecto un nuevo cuadro en el que se detallen los vehículos con el nuevo cupo de combustible a suministrarse. Durante el mes en curso cuando el administrador de contrato lo requiera solicitará a la contratista un estado de cuenta del consumo de combustible el cual será remitido en el término de 24 horas. Si la contratista que resulte adjudicada cuenta con un sistema de despacho sistematizado deberá entregar al administrador de contrato usuario y clave para las respetivas consultas en línea. PROYECCIÓN DE CONSUMO POR 15 DÍAS EN GALONES DE COMBUSTIBLE TIPO DIESEL PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD DIESEL Galones 4,585.00 CPC:333400011 COMBUSTIBLES DE TIPO QUEROSENO PARA AVIONES, Y DIESEL PARA AUTOMOTORES Los vehículos del parque automotor consumen dos tipos de combustible DIESEL y GASOLINA los cuales tienen características diferentes esto es: • DIESEL.- El combustible diésel, también conocido como gasóleo o gasoil, se obtiene a partir de la destilación y la purificación del petróleo crudo. Es un hidrocarburo líquido que tiene una densidad aproximada de 850 kg/m3 y está compuesto fundamentalmente de hidrocarburos saturados o parafinas en un 75%, por un 25% de hidrocarburos aromáticos. • GASOLINA :- La gasolina es un líquido compuesto por una mezcla de hidrocarburos que se obtiene a través del proceso de refinamiento del petróleo. La gasolina es un hidrocarburo producido a partir del petróleo crudo. Es inmiscible con el agua, y no se mezcla con agua en ninguna concentración. Añadir etanol a un coche de gasolina aumenta su rendimiento y eficiencia. |
5.- INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD: (Diagnósticos, estadística, etc.) |
• Inventario de unidades que conforman el Sector Automotriz de la Institución • Orden de movilización emitida por la entidad de acuerdo al Art. 5 del Reglamento Interno del Sector Público. • El Gobierno Provincial de Manabí proporcionará a la contratista toda la información necesaria con la debida anticipación salvaguardando la óptima y oportuna planificación de actividades para la correcta ejecución de los servicios contratados. |
• El abastecimiento se realizará de manera eficiente y oportuna en la estación de servicio adecuada según la norma legal con equipo certificado, la Estación de Servicio deberá funcionar durante la vigencia del contrato las 24 horas del día. | ||
6.- PRODUCTOS ESPERADOS: | ||
• El despacho de combustible se lo realizará previo la presentación de la orden emitida por el área requirente. • El despacho será todos los días, en el momento que lo requiera la Institución, para ello el proveedor deberá mantener reservas de combustibles así como el personal necesario para satisfacer la demanda y despacho del combustible. Cabe mencionar que el personal en mención es de exclusiva responsabilidad del proveedor. • En el caso de que exista escases de combustible será obligación del proveedor dar prioridad en el despacho del combustible al sector automotriz de propiedad del Gobierno Provincial de Manabí. • Durante toda la vigencia del contrato, el contratista mantendrá la máxima eficiencia en la prestación de los servicios contratados, entregando la medida justa, con óptima calidad, caso contrario se aplicarán las multas previstas en el contrato. | ||
7.- PLAZO DE EJECUCIÓN: Considerar Art. 112 de la Codificación y Actualización de las resoluciones del SERCOP | ||
El plazo de ejecución es de 15 días o hasta que haya consumido todo el valor monetario del contrato. | ||
7.1. Contado a partir de: | Desde la suscripción del contrato | |
7.2. Calendario de entregas: aplica exclusivamente si el objeto de contratación es divisible, por consiguiente se establecen el siguiente cronograma de entregas: | ||
No. de producto | Detalle de producto | Fecha máxima de entrega |
Producto 1: | Diesel | Todos los días |
Producto 2: | ||
Producto 3: | ||
8.- PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO ASIGNADO AL PROYECTO: | ||
EQUIPO MÍNIMO REQUERIDO: | ||
• Que existan mínimo 2 o más estaciones dentro del perímetro del Cantón Portoviejo (domicilio entidad contratante), por la cantidad de vehículos para atender del GPM para la dotación a la hora del abastecimiento programado. • Para la ejecución de los servicios esperados deberá contar como mínimo con (1) un surtidor cada una de las estaciones de combustible (Diesel). • El Oferente deberá poseer instalaciones con accesos fáciles y espacios adecuados para el abastecimiento de combustible, así como un espacio para el personal de la Institución que realizará los controles del despacho de combustible a los vehículos de la Institución. • El Oferente deberá contar con equipo informático que permita emitir automáticamente la cantidad despachada a cada automotor, identificar la placa del vehículo, identidad del chofer x xxxxxxxx del vehículo, toda esta información deberá constar en el recibo impreso del despacho. • Emitir reportes diarios de los consumos por clase de combustible. • Sistema Informático de control de abastecimiento de combustible. | ||
Recursos : | |||||||
NO APLICA | |||||||
9.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO: Una vez suscrita el acta de entrega recepción la entidad contratante deberá sujetarse al segundo inciso del Art. 125 del Reglamento General de la LOSNCP. | |||||||
Los pagos se realizarán de forma mensual, contra entrega de la correspondiente factura debiéndose adjuntar: 1. Informe detallado de órdenes de combustible recibidas y atendidas por fecha de abastecimiento. 2. Cuadro de la descripción de la cantidad del combustible despachado por día, en la que consta nombre del chofer, placa, tipo de combustible y valor a cobrar. 3. Informe del Administrador del contrato que sustente y respalde las cantidades suministradas. | |||||||
a) Contra entrega: | b) Pago por planilla: | X | c) Otra: | Especifique: | |||
d) Anticipo: | Porcentaje: | ||||||
e) Condiciones de pago: La entidad contratante de manera justificada deberá indicar con precisión los requisitos indispensables para proceder con el pago al contratista. | Factura Informe de la descripción de la cantidad del combustible despachadas por día, en la que consta nombre del chofer, placa, tipo de combustible y valor a cobrar. Recibos con los requerimientos descritos: fecha, placa, nombre del chofer. | ||||||
f) Documentos habilitantes para el pago: Detallar con precisión los documentos que serán requeridos para proceder con el pago, es importante advertir que los mismos no pueden constituir una dificultad para el pago. | • Informe detallado de órdenes de combustible recibidas y atendidas por fecha de abastecimiento. • Cuadro de la descripción de la cantidad del combustible despachado por día, en la que consta nombre del chofer, placa, tipo de combustible y valor a cobrar. • Informe del Administrador del contrato que sustente y respalde las cantidades suministradas. | ||||||
g) Fecha máxima para entrega de facturas: Consultar al área financiera la fecha hasta la cual se reciben facturas para el trámite de pagos. | Hasta el día 24 de cada mes | ||||||
10. MULTAS: El valor mínimo de la multa diaria por retraso injustificado será el 1x1000, en caso de ser un valor mayor justifique conforme el principio de proporcionalidad establecido en el numeral 6 del Art. 00 xx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx. | |||||||
a) Retraso injustificado porcentaje diario: | De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las multas se impondrán del uno por mil (1/1000), por retardo en la ejecución e incumplimiento de las obligaciones contractuales. | ||||||
b) justificación: | Las multas se impondrán del uno por mil (1/1000), por retardo en la ejecución e incumplimiento de las obligaciones contractuales, las que se determinarán por cada día de retardo; las multas se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentran pendientes de ejecutarse y que estén incumplidas a la fecha de gestionarse el pago mensual, conforme lo establecido en el contrato, excepto en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código |
Civil, debidamente comprobado y aceptado como tal por la máxima autoridad de la Contratante. Si el valor de las multas impuestas supera el monto equivalente al cinco por ciento del precio del contrato, sin el valor de IVA, el Gobierno Provincial de Manabí podrá terminar el contrato de manera unilateral y de acuerdo a lo establecido en el Art. 94, numeral 3 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. | |
Otras causas: (Determine todas las causas que puedan ocasionar daño a la Administración Pública por cualquier clase de incumplimiento por parte del contratista y que ameriten la aplicación de una multa; se deberá tipificar la conducta y la multa correspondiente en cada caso) | |
FIRMAS DE RESPONSABILIDAD DEL TDR: | |||
Firmado electrónicamente por: XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | Firmado electrónicamente por: XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | ||
Elaborado por: | Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Autorizado por: | Ing. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
Cargo: | CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL | Cargo: | DIRECTOR DE GESTION Y MANT. VIAL |