Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE UN SERVICIO DE SOPORTE DE MANTENIMIENTO DEL HARDWARE HEWLETT-PACKARD DE LOS SISTEMAS DE EXPLOTACIÓN
CUADRO RESUMEN
1.- | Número de Licitación: | 0000000000 |
2.- | Órgano de Contratación: | Consejo de Administración |
3.- | Responsable del contrato: | Servicio de Mantenimiento de Electrificación, Señales y Comunicaciones |
4.- | Régimen de Publicidad: | Perfil de contratante y Portal de contratación de la Comunidad de Madrid / Anuncio en boletines (DOUE, BOE, BOCM) |
5.- | a) Naturaleza | Servicios |
b) Objeto del contrato y régimen jurídico | Soporte de mantenimiento del hardware Hewlett-Packard de los sistemas de explotación. En los términos establecidos en el apartado 1.5 del presente Pliego de Condiciones Particulares, este contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y en las Instrucciones Internas de Contratación de Metro de Madrid, S.A, de 13 de Septiembre de 2012. |
6.- | División en lotes | Lote único |
7.- | Nomenclatura CPV: | 50312000-5 (Mantenimiento y reparación de equipo informático) |
8.- | Forma de adjudicación | Precio más bajo |
El presente contrato no será susceptible de prórroga.
Duración inicial del contrato y, en su caso, de las prórrogas:
9.-
CUATRO AÑOS
Duración inicial
10.- | Precio del contrato: | |
a) | Presupuesto máximo de licitación: 1.097.770,16 € | |
b) | Valor estimado: 1.097.770,16 € | |
c) | REVISIÓN DE PRECIOS: NO PROCEDE. El precio permanecerá fijo durante toda la vigencia del contrato. | |
d) | Precio de adjudicación: precio más bajo, de conformidad con el procedimiento establecido en la condición 11.1 de este pliego. |
11.- | Sistema de determinación del precio del contrato | Tanto alzado |
12.- | Tramitación y procedimiento | |
a)Tramitación: | Ordinaria | |
b)Procedimiento: | Abierto |
13.- | Garantía provisional: | Importe: 32.933,11 euros. Se adjunta modelo de Aval como Anexo VII. |
14.- | Garantía definitiva: | 5% del importe de la adjudicación |
15.- | Garantía Complementaria: | Si procede, conforme a lo regulado en el apartado 12.2 del presente Pliego |
16.- | Plazo de presentación de ofertas | 12:00 horas del día 30 de octubre de 2013. |
17.- | Comunicaciones por medios electrónicos | a) Contacto para resolución de consultas ▪ Correo electrónico: xxxxxxxxx_xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx ▪ Teléfono: 00-000 00 00 (Horario de atención: De 9.00 a 14.00) b) Comunicaciones a efectos de notificaciones: Se deberá adjuntar en la Documentación administrativa el Anexo III- Modelo de Notificación de personas de contacto del licitador. |
18.- | Solvencia económica y financiera: | Los licitadores deberán justificar su solvencia económica y financiera por todos y cada uno de los medios siguientes: - Declaración relativa a la cifra de negocios global de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios, en la que se incluyan contratos de importe y actividad similares a los del objeto del contrato. - Certificación emitida por la Compañía Aseguradora de tener suscrita y en vigor una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir los daños materiales y/o personales y perjuicios consecuenciales ocasionados a terceros, con los límites especificados en la condición 10.3 de este Pliego. - Documento de manifestación por parte del Oferente de dar cumplimiento, al confeccionar su oferta, a las obligaciones que imponen la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales aplicables en el lugar donde se van a prestar los trabajos objeto del concurso. La no presentación de alguno de estos documentos dará lugar a un plazo de subsanación de tres días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la oferta será excluida del procedimiento. |
19.- | Solvencia técnica y profesional: | Los licitadores deberán justificar su solvencia técnica y profesional por todos y cada uno de los medios siguientes: a).- Declaración responsable del representante legal de la empresa, con expresión de las titulaciones académicas y profesionales del personal destinado a la ejecución del contrato, que estará formado como mínimo por: • Un Responsable de servicio con titulación de Ingeniero superior en Informática o equivalente y con experiencia en servicios de mantenimiento similares. La empresa adjudicataria deberá acreditar titulación y experiencia mediante currículum vitae del empleado de al menos un año. • Técnicos de mantenimiento con titulación mínima de “FP II en informática o equivalente” y con experiencia en servicios de mantenimiento similares. La empresa adjudicataria deberá acreditar titulación y experiencia mediante currículum vitae del empleado. Las referidas titulaciones académicas y profesionales habrán de ser, necesariamente, españolas, o estar homologadas en el ámbito de la Unión Europea. Se incluirá Curriculum de cada una de las personas asignadas del personal técnico y mandos intermedios en el que se indique la experiencia, titulaciones, etc., necesarios para la perfecta ejecución de las tareas encomendadas. b).- Las empresas licitadoras deberán garantizar su adecuación a los servicios de reparación y mantenimiento del equipamiento informático objeto de este expediente aportando la siguiente documentación: • Cerficaciones HPExpertOne: o HP ASE - Server Solutions Integrator o HP Master ASE - Storage Solutions • Certificaciones VMware Certified Advanced Professional 5 - Data Center Administration (VCAP5- DCA). • Certificado que acredita la posesión de aplicativo de Monitorización y Acceso Remoto propio. • Certificado de acceso directo a los laboratorios del fabricante con capacidad para la resolución de problemas técnicos mediante la creación y/o modificación de software de base o utilidad. |
• Certificado de posesión de un Centro de Recursos de IT propio (no externo), con acceso on-line y en horario 24x7. Dicho centro debe tener además acceso directo a las bases de datos de conocimiento de los productos y sistemas objetos del presente expediente. Además, los miembros del equipo de soporte designado por el adjudicatario deberán acreditar que cumplen los siguientes requerimientos: • Ser empleado fijo de la compañía adjudicataria con una antigüedad mínima de 2 años en el desempeño de funciones de soporte. • Certificación ITIL Expert in IT Service Management (v3) al menos el supervisor técnico. • Certificación ITIL Foundation v3 en todos los miembros del equipo asignado. c).- Certificaciones acreditativas de la correcta ejecución de los Trabajos similares a los que son objeto este Concurso, expedidas por las Empresas u organismos correspondientes, relativos a los tres últimos años, de manera que el importe acumulado de tres de los contratos presentados iguale o supere el del presupuesto base de esta licitación. La buena ejecución de los contratos en los que las empresas apoyen su calificación de experiencia es condición indispensable para que sean tenidas en cuenta, por lo que esta mención deberá figurar, expresamente, en certificados emitidos por la persona o entidad a la que hubiera correspondido la dirección de los contratos realizados. En caso contrario, no se considerará suficiente solvencia técnica y profesional para licitar. El cumplimiento de las condiciones de experiencia se deducirá, exclusivamente, de la documentación presentada, sin perjuicio de la facultad de Metro de Madrid, S.A. de hacer las comprobaciones que procedan. Las calificaciones por experiencia contempladas en los apartados precedentes, de que sea merecedora una agrupación de empresas por sus actividades anteriores, se podrán hacer extensivas a las empresas individuales que la hayan integrado. Las empresas, cuando hagan valer la experiencia adquirida en agrupaciones, presentarán una declaración de su participación, comprometiéndose, en caso de ser |
adjudicataria, a documentarla y justificarla fehacientemente a requerimiento de Metro de Madrid, S.A., procediéndose a la resolución del contrato, con pérdida de la garantía, en caso de no poder hacerlo. La no presentación de estos documentos dará lugar a un plazo de subsanación de tres días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la oferta será excluida del procedimiento. |
La oferta técnica deberá presentarse, en la medida de lo posible, respetando el orden de los criterios de valoración técnica establecidos en este apartado. | ||
Oferta Técnica 100 puntos | ||
El desglose de los criterios que se emplearán y su puntuación, serán los siguientes: | ||
1. Medios Humanos 45 puntos | ||
Se valorará la relación del personal adscrito a la prestación de estos servicios, se tendrán en cuenta los perfiles profesionales, cualificaciones y experiencia, así como la disponibilidad. | ||
2. Organización del trabajo 30 puntos | ||
20.- | Criterios de valoración que dependen de un juicio de valor (valoración técnica) | Se valorará que la empresa garantice la adecuada prestación del Contrato, disponiendo de medios (herramientas, vehículos, etc.) que contribuyan a una gestión eficiente, acortando los plazos de ejecución. 2.1 Medios técnicos 10 puntos 2.2 Plan de trabajos y plazos 10 puntos |
2.3 Soporte para una gestión eficiente del servicio ……………..……………………………………………………… 10 puntos | ||
3. Documentación descriptiva y alcance del Servicio …………………………………………………………….………..25 puntos | ||
Se valorará la documentación entregada y necesaria que acredite ser una empresa que cumple con los requisitos normativos establecidos para el desarrollo de los servicios que se pretenden contratar (definidos en el Pliego de Condiciones del concurso). | ||
3.1. Documentación y normativa 15 puntos | ||
3.2. Cumplimiento del alcance del servicio.…10 puntos | ||
La oferta técnica deberá presentarse, en la medida de lo posible, respetando el orden de los criterios de valoración técnica establecidos en este apartado. |
Las ofertas técnicas que igualen o superen (≥) los 50 puntos serán calificadas como APTAS O TÉCNICAMENTE ACEPTABLES | ||
21.- | Límite de suficiencia técnica | Todas las ofertas que superan la fase de suficiencia técnica pasarán a la fase de valoración económica en igualdad de condiciones y sin un orden de prelación determinado, de forma que la oferta que incluya el precio más bajo será la oferta adjudicataria. |
22.- | Criterios de valoración evaluables mediante fórmulas (valoración económica) | Criterio único de adjudicación: precio más bajo. |
23.- | Admisibilidad de variantes | No procede. |
24.- | Forma de pago | Mediante certificación trimestral se abonará el 25% del importe anual del contrato, previa aceptación de los trabajos efectuados. |
25.- | Abonos a cuenta | No procede. |
26.- | Subcontratación y cesión | a) Subcontratación: En caso de que se produzca la subcontratación, deberá indicarse expresamente en la oferta de las partidas o actividades a subcontratar, quedando en cualquier caso sujeta a los términos dispuestos en el artículo 87 de la Ley sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y a la aceptación expresa de Metro. Las condiciones de la subcontratación están reguladas en el apartado 12.7.3 xxx Xxxxxx. b) Cesión: se regula en el apartado 12.7.4 xxx Xxxxxx. |
27.- | Plazo de garantía | Dos años. |
28.- | Plazo de adjudicación | Máximo 6 meses desde la presentación de la oferta |
29.- | Modificación del contrato | No Procede |
30.- | Causas especiales de resolución de contrato | No Procede |
31.- | Penalizaciones específicas durante la ejecución del contrato. | Se establecen unas penalizaciones en función del nivel de incumplimiento de los indicadores de calidad de servicio recogidos en el 5.8 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares. |
Bonificaciones | NO | |
32.- | Subrogación de personal |
33.- | Seguros | Se regula conforme a lo previsto en el apartado 12.3 de este pliego |
34.- | Importe máximo estimado de los gastos de publicación de la licitación: | 4.000 euros |
35.- | Requisitos económicos para el acceso a pliegos | No procede. |
36.- | Índice de la documentación administrativa: | La Documentación administrativa deberá presentarse en uno a varios archivos con un formato que garantice la inalterabilidad (preferiblemente PDF) |
Dicha documentación deberá estar paginada, al igual que su índice, que deberá respetar el contenido, orden y numeración que se indica a continuación: | ||
ÍNDICE DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: | ||
1.- CAPACIDAD DE OBRAR Y PROHIBICIONES DE CONTRATAR: | ||
1.1 Escritura inscrita en el Registro Mercantil que incluya los Estatutos de la persona jurídica (o documentación que la sustituya). | ||
1.2 Poder de Representación. | ||
1.3 D.N.I. del firmante de la Proposición (o documento que lo sustituya). | ||
1.4 Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (UTE) (en su caso). | ||
1.5 ANEXO II, Declaración Responsable de no estar incurso en prohibición e incompatibilidades para contratar | ||
2.- ACEPTACIÓN DE CONDICIONES | ||
2.1 ANEXO I, Aceptación de las Condiciones que rigen para este concurso. | ||
3.- CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES | ||
3.1. XXXXX XXX, Notificación de persona de contacto del licitador. | ||
4. PREFERENCIA EN LA ADJUDICACIÓN (en su caso) |
4.1 ANEXO Nº V, Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad, y certificaciones correspondientes. 5.-SOLVENCIA ECONÓMICA FINANCIERA 5.1.- Declaración relativa a la cifra de negocios global de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios, de importe y objeto similares a los del objeto del contrato. 5.2.- Certificación Póliza de Seguros. 5.3.- Declaración Responsable del cumplimiento de la normativa laboral vigente en materia laboral. 6.-SOLVENCIA TÉCNICO PROFESIONAL 6.1.- Declaración del Responsable de la empresa de poner a disposición del contrato como mínimo los medios humanos especificados en el apartado 19 sobre solvencia técnica y profesional. 6.2.- Certificaciones de buena ejecución en los términos del apartado 19 de este pliego. 7.- GARANTÍA PROVISIONAL 7.1 Garantía provisional, conforme al Modelo del Anexo VII. |
ÍNDICE
Tabla de contenido
CUADRO RESUMEN 1
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO 13
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 15
3. REQUISITOS PREVIOS DE LOS LICITADORES 15
4. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN 17
5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN 17
6. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 19
7.- PROPOSICIÓN TÉCNICA 22
8.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA 23
9. PLAZO DE PRESENTACIÓN 24
10. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 24
11 ADJUDICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD 25
12. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 31
13. OBLIGACIONES DE METRO 44
14. PRERROGATIVAS DE METRO 47
15. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 47
16. CONFIDENCIALIDAD 00
XXXXXX 00
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO
1.1. NÚMERO DEL EXPEDIENTE El indicado en el apartado 1 del Cuadro Resumen del presente pliego
1.2. OBJETO DEL CONTRATO
1.2.1.- Descripción: El indicado en el apartado 5 del Cuadro Resumen del presente pliego, sin perjuicio de que el detalle, las características y la forma de hacer efectiva la realización de la prestación, serán los que se establecen en el “Pliego de Prescripciones Técnicas”.
1.2.2.- División en lotes: El indicado en el apartado 6 del Cuadro Resumen del presente pliego.
1.2.3.- Plazo de ejecución: El indicado en el punto 9 del Cuadro Resumen del presente Pliego, sin que en ningún caso pueda sobrepasar los límites establecidos en la instrucción nº 8 de las Instrucciones para la Contratación de Metro de Madrid, S.A. (en adelante METRO).
1.3. RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO
Presupuesto máximo de licitación: (apartado 10.a) del Cuadro Resumen). Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente en la materia, son de cuenta del Adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad que se indica en el apartado 10.b) del Cuadro Resumen, sin incluir el IVA, y corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del contrato, incluida/s su prórroga/s, si las hubiera.
Su valor será calculado de conformidad la instrucción novena de las Instrucciones Internas de Contratación de METRO.
El importe final de la prestación y su desglose, si procede, será el que se especifique en el correspondiente contrato.
1.4. CLASE DE TRAMITACIÓN
La señalada en el apartado 12 del Cuadro Resumen del presente pliego.
1.5. NATURALEZA DEL CONTRATO, RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE y JURISDICCIÓN COMPETENTE
1. Los contratos adjudicados por METRO tienen la consideración de contratos privados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
2. En cualquier caso, este contrato se rige por el presente pliego de condiciones particulares, por el pliego de prescripciones técnicas, por la oferta del licitador que resulte adjudicatario, unida con sus pertinentes aclaraciones si las hubiere, y por el documento de formalización del propio contrato de prestación de servicios.
3. De conformidad con lo establecido en las Instrucciones de contratación de Metro, la preparación y adjudicación de los contratos que celebre METRO se regirán por:
• Ley 31/2007 de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales (en adelante LCSE), cuando se trate de contratos de servicios contemplados en el Anexo II.A de la LCSE cuyo valor estimado sea igual o superior a 400.000 euros.
• Lo señalado en la Disposición Adicional Octava del TRLCSP, sus disposiciones de desarrollo y las Instrucciones internas de contratación, aplicándose con carácter supletorio las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, cuando se trate de los siguientes contratos:
- Contratos de servicios recogidos en el Anexo II.A de la LCSE cuyo valor estimado sea inferior a 400.000 euros.
- Contratos de servicios recogidos en el Anexo II.B de la LCSE de cualquier cuantía (para estos contratos resultarán de aplicación, adicionalmente, los artículos 34 y 67 de la LCSE).
3. En cuanto a su ejecución, efectos y extinción, los contratos de METRO se regirán por el derecho privado y la documentación contractual. Supletoriamente se aplicarán las reglas de Libro IV del TRLCSP en lo que resulten de aplicación.
Las mencionadas instrucciones pueden consultarse en el siguiente enlace del Perfil de Contratante de la web de Metro: Acceso a las Instrucciones Internas de Contratación de METRO (351.38 Kb)
1.6 RENUNCIA Y DESISTIMIENTO AL CONTRATO
METRO podrá, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar el contrato, o por infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato, desistir del procedimiento antes de la adjudicación, notificándose debidamente a los licitadores tales circunstancias y publicándolo asimismo en el Perfil de Contratante.
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto según lo establecido en el punto b) del apartado 12 del Cuadro Resumen del presente Pliego.
METRO acordará la adjudicación basada en los criterios que se definen y ponderan en los apartados 20 y 22 del Cuadro Resumen de este pliego, distinguiéndose los criterios no evaluables mediante fórmulas de aquellos otros que sí lo son, de conformidad con lo dispuesto en dichos apartados.
Con carácter general se establecerá un límite de suficiencia técnica, cuyo valor se establece en el apartado 21 del Cuadro Resumen de este pliego, de tal forma que, valorada la oferta técnica de los licitadores, pasarán a la siguiente fase (valoración de la oferta económica) únicamente aquellas ofertas que cumplan los criterios mínimos de suficiencia técnica exigidos para la contratación.
3. REQUISITOS PREVIOS DE LOS LICITADORES
3.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO
Los candidatos o licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
Los documentos que acreditan el cumplimiento de estos requisitos se detallan el apartado 6.1.1 y 6.1.5 de este pliego.
Los candidatos o los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
La comprobación de los requisitos se efectuará por Metro al examinar la documentación administrativa requerida, sin perjuicio del derecho de METRO a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
3.2. REQUISITOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
La admisión del candidato requerirá la previa acreditación de la capacidad económica y financiera y técnica o profesional necesaria para la ejecución del contrato, mediante la presentación de los documentos requeridos en los apartados 18 y 19 del Cuadro Resumen del presente pliego. Metro verificará el cumplimiento de estos requisitos del
candidato, con base en la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en la documentación administrativa de su oferta
En los contratos para los que se exija la clasificación, como requisito de capacidad económica, financiera y técnica o profesional, la misma se acreditará mediante la documentación exigida en el apartado 19 del Cuadro Resumen.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
3.3. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL
Si así se indicara en el apartado 13 del Cuadro Resumen de este Pliego, los licitadores prestarán una garantía provisional que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato, así como del cumplimiento de las obligaciones que el artículo 151.2 del TRLCSP impone al licitador que resulte adjudicatario del contrato.
Sin perjuicio de que sea adjuntada electrónicamente junto con el resto de documentación de la Carpeta administrativa de la licitación, la garantía provisional deberá entregarse físicamente, con antelación al vencimiento del plazo de presentación de ofertas, y según el modelo de aval que se adjunta como Anexo VII en la siguiente dirección del Área de Contratación:
X/ Xxxxxxxxxx, 00 – 0x xxxxxx 00000 - Xxxxxx
En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el mencionado apartado 13 del Cuadro Resumen y garantice solidariamente a todos los interesados de la unión temporal.
Cualquiera que sea la forma en que se otorgue la garantía, ésta se constituirá a disposición de METRO y será equivalente al 3 % del presupuesto del contrato, sin IVA, establecido en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen, para el lote o lotes a los que concurra.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
3.4 PAGO ANTICIPADO PARA RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN
METRO se reserva el derecho de, en función de la información contenida en la documentación técnica de la licitación o la confidencialidad que sea conveniente guardar, solicitar un pago anticipado para la retirada de la documentación de la licitación.
Las condiciones establecidas para dicha retirada serán las establecidas en el apartado 35 del Cuadro Resumen.
3.5. CONTACTO PARA RESOLUCIÓN DE CONSULTAS Y COMUNICACIONES SOBRE LA LICITACIÓN
Se admitirán notificaciones y comunicaciones sobre las licitaciones según lo establecido en el apartado 17 del Cuadro Resumen.
Se solicita a los licitadores que, a efectos de recibir las notificaciones derivadas de este procedimiento, indiquen en sus proposiciones, y dentro de la Carpeta de Documentación Administrativa, una dirección de correo electrónico, conforme al Modelo que se adjunta Anexo III.
Esta dirección debe pertenecer a alguna persona de contacto de la empresa dada de alta en la Aplicación informática de presentación de ofertas SRM. Para ser persona de contacto incluida en dicha Aplicación, deberá cumplimentar los datos que figuran en el siguiente enlace del Perfil de Contratante de la web de METRO:
Acceso SRM
Opción 1–Solicitud de acceso:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xx/xxx/xxx/xxx/xxxx_xxxxxxxx/!
4. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
En caso de que así se establezca en el apartado 4 del Cuadro Resumen, Metro publicará la licitación, además de en el Perfil de contratante y Portal de la Contratación pública de la Comunidad de Madrid, en los distintos boletines y diarios oficiales, corriendo el adjudicatario con dichos gastos de publicidad conforme a lo establecido en el apartado 34 del Cuadro Resumen.
5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación, si procede, y en cualquier caso en el Perfil de Contratante de METRO xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxx_xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx, donde se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este Contrato.
Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los Pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 5 días naturales a la fecha límite fijada para la recepción de Ofertas. Esta información se facilitará, si fuera pertinente, como máximo, 3 días naturales antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otros Empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación
incondicional del contenido de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
METRO dispone de una Aplicación informática para la gestión de las licitaciones denominada SRM (Supplier Relantionship Management ) a través de la cual se accede para la retirada de los pliegos y resto de documentación que componen la licitación y desde la que, posteriormente, se presentan las ofertas.
Para participar en una licitación es imprescindible que la empresa interesada manifieste interés a través del formulario habilitado al efecto en el Perfil de contratante de la página web de METRO (xxxxxxxxxxx.xx / perfil de contratante / Comunicaciones con el Servicio de Contratación / Manifestar interés en participar en licitación: Manifestar interés en participar en Licitación
Una vez realizado este trámite, la empresa quedará incluida automáticamente en la Aplicación SRM, pudiendo acceder a la descarga de pliegos y posterior presentación de ofertas a través de las personas de contacto que designe mediante el siguiente enlace: Xxxxxxxxxxx.xx / perfil de contratante / descarga pliegos/presentar oferta / Acceso SRM) Acceso SRM
De las personas de contacto que la empresa dé de alta a través de la Opción 1-Solicitud de acceso, al menos una debe disponer de Certificado de firma digital de clase II de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico, ya que sólo esa persona podrá acceder a la Aplicación SRM para descargar los pliegos o presentar oferta. Tanto el Certificado de firma digital como el DNI electrónico se validan y registran en la Opción 2- Registro de certificado, pudiendo acceder a SRM directamente a través de la Opción 3- Entrada a la Aplicación. Este proceso se exige con el fin de validar la identidad de la persona que accede a la Aplicación SRM
Tan solo podrá accederse a la Aplicación SRM desde aquel ordenador que tenga instalado el Certificado de firma digital de la persona de contacto dada de alta o que tenga habilitado el acceso mediante DNI electrónico.
Las ofertas se presentarán, en todos los casos, salvo fallos en la red de comunicaciones, en formato electrónico a través de esta Aplicación SRM en horario comprendido entre las 7:00 horas y las 19:00 horas en todos los días laborales, según el calendario laboral fijado por la Comunidad de Madrid, antes de la fecha y hora que se indican en el apartado 16 del Cuadro Resumen de este pliego.
Para el supuesto de que se produzcan fallos en la red de comunicaciones y estos sean probados, se dará acceso a los interesados a la aplicación informática facilitando número de usuario y password, en la sede de METRO, (Área de Contratación) sita en xxxxx Xxxxxxxxxx, 00, 0x xxxxxx (00000-Xxxxxx).
Toda la documentación ha de presentarse en forma de un único fichero informático, para cada uno de los espacios más abajo indicados, no superior a 30 Mb, salvo excepciones justificadas por el tamaño de los archivos. En este último caso se admitirá el menor número de ficheros necesarios para poder presentar la Oferta completa. La información deberá estar en un formato que garantice la inalterabilidad (PDF, JPG, TIFF, etc.) o en su defecto estar protegido por alguna contraseña.
Para presentar las propuestas la Empresa oferente dispondrá de tres espacios diferenciados denominados:
o DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
o OFERTA TÉCNICA
o OFERTA ECONÓMICA
En estos espacios se deberá adjuntar en cualquiera de los formatos indicados en esta Condición toda la información requerida. Además, la oferta económica y el plazo se deberán cumplimentar en los campos habilitados al efecto en la Aplicación SRM. Para el caso de no ser necesario cumplimentar el campo “plazo”, se puede insertar cualquier valor o un guión. Si el licitador no oferta a un lote determinado, deberá igualmente cumplimentar el campo plazo de ese lote mediante cualquier valor (o un guión) en el espacio reservado a dicha información.
No se admitirán ofertas verbales, telefónicas, por fax, correo electrónico, etc. Solo se admitirán las ofertas que se hayan recibido de forma íntegra y completa en la fecha y hora establecida. Las solicitudes, ofertas, escritos, etc., presentados por los licitadores extemporáneamente, o en lugar distinto del indicado, no serán tenidas en cuenta, quedando excluidas del procedimiento.
Se recomienda introducir, con la antelación suficiente al vencimiento de la presentación de Ofertas en la Aplicación Informática SRM, tanto la documentación solicitada como el contenido de la Oferta, pues el tiempo necesario de transferencia de datos por las líneas públicas de comunicaciones, está directamente relacionado con el ancho xx xxxxx disponible y el rendimiento en la subida de datos.
A efectos meramente informativos, la Aplicación SRM mostrará en la parte superior derecha, durante el proceso de introducción de las ofertas, un reloj con la fecha y hora del sistema.
METRO S.A no garantiza dar respuesta a cuestiones técnicas relacionadas con el uso de aplicación SRM si estas no son realizadas al menos con 24 horas de antelación al plazo de presentación de ofertas.
Les indicamos que, una vez depositados todos los documentos en las diferentes carpetas de la Aplicación SRM (Administrativa, Técnica y Económica) y cumplimentados los campos Precio y Plazo, es imprescindible pulsar el botón ENVIAR para que la oferta sea recibida correctamente. Al ENVIAR la oferta, aparecerá un mensaje de que la oferta ha sido enviada y en unos instantes recibirán confirmación por correo electrónico de que se ha enviado correctamente. Si no se procede a ENVIAR la oferta, ésta no será recibida en el sistema y se considerará como no presentada.
6. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La presentación de la proposición supone, por parte del licitador, la aceptación incondicional del contenido de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna, aceptación que deberá ser corroborada por el licitador, con la cumplimentación del Modelo de Aceptación de las condiciones del contrato que se adjunta como Anexo I a este pliego
6.1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
La Documentación Administrativa a insertar en la aplicación informática, deberá incluir, en un único fichero informático, no superior a 30 Mb, salvo excepciones justificadas por el tamaño de los archivos y con cualquiera de los formatos indicados en la Condición anterior, los documentos escaneados siguientes:
6.1.1. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar:
a) Si el proponente es una persona jurídica española, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando sea persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
b) Si el proponente es una persona física, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces.
c) Cuando se trate de una empresa no española de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberá acreditar su inscripción en los Registros que procedan o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
d) Cuando se trate de un empresario extranjero no incluido en el apartado anterior acreditará su capacidad mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto de este contrato.
Asimismo, deberá acompañar Informe de la Misión Diplomática Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga.
Estas empresas deberán acreditar que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil
Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
6.1.2. Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (UTE).
Cuando el proveedor seleccionado se presente agrupado con una o más empresas en una UTE, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a Metro.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE.
6.1.3. Acreditación, en su caso, de la representación.
Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar, además de una fotocopia del DNI (o documento que haga sus veces), apoderamiento bastante, suficiente y subsistente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se actúe, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de una persona jurídica.
6.1.4. Condiciones de solvencia.
Para concurrir a este procedimiento, la empresa deberá acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera que, se especifican en el apartado 18 del Cuadro Resumen y de solvencia técnica y profesional que se exijan en el apartado 19 del Cuadro Resumen.
6.1.4.1. La acreditación del cumplimiento de normas de garantía de la calidad y del cumplimiento de normas de gestión medioambiental de acuerdo con estándares europeos, de acuerdo con los artículos 80 y 81 del TRLCSP, acreditándose en su caso en la forma prevista en el apartado 19 del Cuadro Resumen.
6.1.4.2. Cuando se exija en el apartado 19 del Cuadro Resumen el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales o recursos o equipos humanos suficientes que se hayan fijado como mínimos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, la aportación de una declaración responsable de su disponibilidad. En caso de resultar adjudicatario se le exigirá que acredite formalmente la efectiva disposición de tales medios.
6.1.4.3. Cuando sea preciso que prestaciones objeto del contrato se realicen por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional y así se exija en el apartado 19 del Cuadro Resumen, la aportación del correspondiente certificado oficial.
6.1.5 Declaración de no estar incurso en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con METRO previstas en el artículo 60 del TRLCSP.
Dicha declaración deberá ajustarse al contenido que se reseña en el Anexo II. La declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación documental de tal requisito deba acreditarse por el adjudicatario, de conformidad con lo establecido en el artículo
151.2 del TRLCSP.
Particularmente, si se trata de una empresa extranjera, deberá presentar sus documentos traducidos de forma oficial al castellano, así como una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
6.1.6 Preferencia en la adjudicación
En caso de ser necesario, a los efectos de resolver posibles empates entre las distintas proposiciones y de conformidad con los apartados nº 11.1.1 y 11.1.2 del presente Xxxxxx acudir al criterio disponer en plantilla de un porcentaje de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, las empresas deberán aportar tales Certificados en este apartado de Documentación Administrativa, no siendo admisible la acreditación de tales circunstancias en un momento posterior
Si varias empresas acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A efectos de aplicación de esta circunstancia, los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores con discapacidad en plantilla, y los documentos de cotización a la Seguridad Social.
7.- PROPOSICIÓN TÉCNICA
A efectos de valorar la idoneidad de la Empresa para el cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo con los criterios de adjudicación del concurso, la oferta deberá incluir en un único fichero informático, no superior a 30 Mb, y con cualquiera de los formatos indicados en la condición 5 de este pliego, la documentación que estime por conveniente, en orden a demostrar la perfecta comprensión, contenido y alcance de la Prestación de los Servicios a desarrollar, los métodos a emplear y su capacitación técnica.
Deberá incluir necesariamente todos los documentos acreditativos de los criterios determinados en el punto 20 del Cuadro Resumen. Dichos documentos, presentados por separado, habrán de encabezarse con letras mayúsculas con idéntico título a aquel con el que se denominan en dicho punto del Cuadro Resumen.
Competerá a cada licitador formular, recoger y exponer en el respectivo documento la información que se requiera de forma expresa o aportar cualesquiera otras que estime o considere necesarias para permitir calificar los criterios de adjudicación no evaluables mediante fórmulas que se fijan en el repetido punto 20 del Cuadro Resumen.
Asimismo, si así se requiere en el apartado26 del Cuadro Resumen de este pliego, se incluirá la indicación de la parte del contrato que tengan previsto subcontratar,
señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vayan a encomendar su realización.
Todos los documentos deberán ir firmados por el licitador, implicando que asume la veracidad de su contenido, reservándose METRO la facultad de comprobar en cualquier momento dicha veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, por sí misma o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
Podrá ser excluida de la licitación aquella proposición cuando, a la vista de los documentos justificativos de los criterios sujetos a juicio de valor exigidos, se aprecie la inviabilidad de la oferta técnica, en la forma que se detalla en los apartados 20 y 21 del Cuadro Resumen y en el Pliego de prescripciones técnicas.
Igualmente será excluida de la licitación aquella empresa cuya oferta técnica no cumpla con los criterios mínimos de solvencia que, en su caso, se expresen en el apartado 19 del Cuadro Resumen de este pliego.
8.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La oferta económica firmada se ajustará al modelo incluido como Anexo IV de este pliego, desglosándose en hoja aparte, si procediera, el importe de la oferta y los precios unitarios sin IVA, según se establece en dicho modelo.
Asimismo, la proposición deberá ir firmada en todas sus páginas, si las hubiere, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que METRO estime fundamental para considerar la oferta. Tanto la proposición económica presentada como su desglose, si procede incluirlo, deberán entregarse debidamente firmadas y selladas.
El candidato presentará una sola proposición y ésta contendrá una única oferta.
Si el contrato se divide en lotes, el licitador podrá ofertar por uno, por varios o por la totalidad de los lotes en función de lo indicado al respecto en el apartado 6 del Cuadro Resumen, conforme al presupuesto de licitación establecido para cada uno de ellos en dicho en el apartado 10 de dicho Cuadro Resumen.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por Metro, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto de este contrato, o del lote o lotes a los que concurra, si bien la misma podrá incluir aquellas variantes o mejoras, ya sean de exclusivo carácter económico o de contenido técnico evaluables o no económicamente, que estén expresamente previstas y recogidas en los pliegos que regulan el presente procedimiento. A estos efectos, dichas variantes o mejoras únicamente podrán ser admitidas como criterios de adjudicación del contrato si su contenido y condiciones concretas están definidos en el apartado 23 del Cuadro Resumen.
La introducción de la Oferta económica o de cualquier otro tipo de documento que permita deducir o conocer su importe dentro de la documentación administrativa y/o de la carpeta de la oferta técnica, dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador que incurra en dicha circunstancia.
La Oferta económica incluirá un plazo de validez, que nunca será inferior a SEIS (6) MESES.
9. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de ofertas será el indicado en el apartado 16 del Cuadro Resumen de este pliego.
10. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
10.1. CALIFICACIÓN Y APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN
A los efectos de la calificación de la documentación presentada, METRO ordenará la apertura de la Documentación Administrativa, procediéndose a comprobar la validez de la misma.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicarán a los interesados, mediante correo electrónico, concediéndoseles un plazo no superior a tres (3) días hábiles, para que los corrijan o subsanen ante el Área de Contratación.
METRO, una vez calificada la documentación anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, procederá a determinar las ofertas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en la citada Documentación Administrativa y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
Posteriormente se procederá a la apertura de la documentación incluida en la carpeta de Oferta técnica, siendo valorada la documentación en función de los criterios establecidos
en el apartado 20 del Cuadro Resumen.
10.2. VALORACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA
En los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 20 del Cuadro resumen, proceda la valoración de la oferta técnica ésta será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas para los distintos aspectos de ella, según los criterios anteriormente indicados.
Las Ofertas que hayan obtenido una puntuación inferior al límite de suficiencia técnica indicado en el apartado 21 del Cuadro Resumen de este pliego, serán excluidas del procedimiento por presentar una calidad técnica inaceptable.
Las ofertas calificadas como técnicamente aceptables, pasarán a la siguiente fase de valoración, llevándose a efecto la apertura de la oferta económica.
En el caso de que no existan ofertas en el intervalo de calidad técnica aceptable se declarará desierto el concurso.
En caso de que no se determinen criterios de valoración técnica, para que una oferta sea declarada como Apta o Técnicamente aceptable, deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos de solvencia recogidos en los apartados 18 y 19 del Cuadro Resumen.
10.3 VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA.
Se procederá a la apertura de los documentos de las ofertas económicas únicamente de las empresas que hayan sido calificadas como APTAS O TÉCNICAMENTE ACEPTABLES.
Las ofertas económicas que se presenten, al objeto de que puedan ser tenidas en cuenta para su valoración, NO PODRAN SUPERAR EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN,
quedando excluidas aquellas Empresas que superen el precio base de licitación total y de cada lote, si lo hubiera.
11 ADJUDICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
11.1 Adjudicación
A la vista de las valoraciones de las Ofertas Técnica y Económica presentadas, METRO adjudicará el contrato al licitador que, presente la oferta de precio más bajo, salvo que se haya determinado la forma de adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa, o podrá declarar desierta la licitación cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación señalados.
En caso de existir varios lotes se procederá a la adjudicación de los mismos conforme a los límites establecidos, en su caso, en el apartado 6 del Cuadro Resumen.
11.1.1 Adjudicación bajo el criterio del precio más bajo
De conformidad con lo previsto en la Condición 3 de las Instrucciones Internas de Contratación, tras la apertura de las ofertas económicas y siempre que se hayan presentado dos o más ofertas que sean válidas por no exceder el presupuesto base de licitación, METRO iniciará una fase de determinación final del precio que podrá realizarse mediante subasta electrónica o mediante peticiones sucesivas de ofertas.
a) Peticiones Sucesivas de ofertas
En caso de peticiones sucesivas de nuevos precios, comunicará a las empresas, a la dirección de correo electrónico que hayan facilitado como contacto según el Anexo III de este documento, la oferta recibida de precio más bajo, concediendo un nuevo plazo a los efectos de que puedan presentar una nueva oferta que mejore dicha propuesta. Este proceso podrá repetirse tantas veces como METRO considere necesario. En todo momento se irá facilitando a las empresas la oferta más baja recibida, adjudicándose el contrato a la empresa que, tras este proceso, haya presentado la oferta más baja, lo que será debidamente notificado y publicado.
b) Subasta Electrónica
En caso de subasta electrónica, se llevará a cabo según el siguiente procedimiento:
El precio ofertado por cada licitador será considerado como el precio inicial de la subasta electrónica, que se llevará a cabo según el procedimiento descrito a continuación.
Antes de proceder a la subasta electrónica, METRO procederá a una primera evaluación completa de las ofertas, con los criterios establecidos y descritos en el pliego.
A las Empresas que hayan presentado ofertas válidas, se les facilitará la información pertinente sobre la fecha de celebración de la subasta electrónica, el desarrollo de la misma, las condiciones en las que los licitadores podrán pujar y, en particular, las diferencias mínimas que se exigirán, en su caso, para cada puja, a los efectos de que puedan presentar nuevos valores, facilitando toda la información pertinente para la conexión individual al dispositivo electrónico utilizado y precisando la fecha y hora del comienzo y finalización de la subasta electrónica.
El dispositivo electrónico utilizado será una plataforma de subasta electrónica a la que accederán los Oferentes mediante un ordenador personal dotado de un navegador Web y conectado a la red Internet, verificando su identidad con usuario y Password y estableciéndose una conexión segura con el servidor correspondiente.
Los Oferentes deberán registrarse en la plataforma utilizada por METRO para este fin, firmando el correspondiente reglamento de participación que Metro de Madrid, S.A. tiene establecido para el desarrollo de esta subasta.
Los Oferentes introducirán cuantas pujas consideren oportunas, siempre que se correspondan con las condiciones de licitación y estén dentro del plazo establecido para la subasta.
La primera puja corresponderá a la oferta inicialmente presentada (oferta base) por los Oferentes y será introducida en la plataforma por METRO
Los Oferentes podrán visualizar su clasificación en el ranking, con información de la oferta situada en primera posición como mejor oferta
El plazo inicialmente establecido para la subasta electrónica es de VEINTE MINUTOS. Si en los últimos TRES MINUTOS se produjera alguna puja, el plazo quedaría ampliado otros TRES MINUTOS a partir de ese momento. Será suficiente con que se produzca una puja para reiniciarse el plazo en 3 minutos, aunque esta no mejore la mejor oferta de ese momento. Este proceso se repetirá hasta que pasen TRES MINUTOS completos desde la última puja, momento en que se cerrará la misma.
La diferencia mínima de cada puja, así como otras particularidades sobre el funcionamiento de la subasta, serán establecidas por METRO en el momento de la invitación a la misma.
Al finalizar la subasta electrónica, los Oferentes que han participado en la misma, en el plazo máximo de UN DIA LABORABLE después de la celebración de la subasta, enviarán a METRO., por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxx_xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx la oferta económica correspondiente a la última puja realizada en Euros, debiendo estar firmada por el Representante de la Empresa con poder suficiente, presentándose en el mismo formato y desglose que se indica en los correspondientes Pliegos de Condiciones Particulares.
c) Análisis de Temeridad
Una vez finalizado el proceso descrito anteriormente, si como consecuencia del nuevo precio ofrecido se apreciara la existencia de un valor desproporcionado o anormalmente bajo, se requerirá al licitador para que justifique las razones que le permitan cumplir con lo ofrecido. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormalmente bajas, las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
2. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media.
3. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
Cuando una o varias de las ofertas sean consideradas desproporcionadas o anormalmente bajas, se requerirá simultáneamente a todos los licitadores en ella comprendidos, en un plazo máximo de tres días hábiles, la valoración de su oferta, así como el detalle de las condiciones de la misma. METRO analizará la justificación recibida para garantizar el correcto cumplimiento de la oferta recibida y, por tanto, la aceptación o rechazo de la misma.
Finalizado el proceso descrito y el análisis de temeridad, si procede, resultará adjudicataria la oferta de la empresa, entre las que se hayan considerado válidas, que oferte un precio más bajo.
En caso de haber varios lotes, resultará adjudicataria la oferta de la empresa, entre las que se hayan considerado válidas, que oferte un precio más bajo para cada lote, teniendo en cuenta las limitaciones que se indiquen en el apartado 6.c del Cuadro resumen.
d) Desempate en Licitaciones a adjudicar por el criterio de precio más bajo
De producirse empate, por haber ofertado el mismo precio más de un licitador, se desharía el empate adjudicando el contrato a aquella oferta que hubiera obtenido una mayor puntuación en la Valoración técnica.
Si continuara dicho empate, sería adjudicataria la oferta presentada por la empresa que acredite mayor porcentaje de personal con discapacidad en su plantilla, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1.6 del presente Xxxxxx.
En caso de no existir criterios de valoración técnica de las ofertas, se desharía el empate directamente por el mayor porcentaje de personal con discapacidad, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1.6 del presente Xxxxxx.
Si aun así persistiera dicho empate, se adjudicará el contrato mediante la celebración de un sorteo.
11.1.2. Adjudicación bajo el criterio de la oferta económicamente más ventajosa
Si METRO optase por la adjudicación a la oferta que resulte económicamente más ventajosa para Metro, así se indicará en el apartado 22 del Cuadro Resumen de este pliego.
La valoración de las ofertas se realizará según el procedimiento siguiente:
Metro podrá iniciar un procedimiento de determinación del precio más bajo conforme al sistema establecido en el apartado 11.1.1 anterior.
Una vez terminado, en su caso, el proceso de determinación del precio más bajo, si fueran dos las ofertas a valorar, a la oferta económica de precio más bajo se le asignará la máxima puntuación que se indica para la Oferta Económica en la tabla incluida en este documento y que rige para esta licitación. La puntuación para la segunda de las ofertas será calculada de manera inversamente proporcional a la diferencia de valor entre ésta y la anterior, siendo el mínimo valor posible a asignar el que le corresponde según la tabla.
En caso de que sean tres o más ofertas a valorar la valoración de las mismas se llevará a efecto mediante la medida de dos parámetros que dependerán de las ofertas presentadas y que son el Coeficiente de Variación (CV) y el importe total de las ofertas presentadas.
En la Tabla xx xxxxx entrada que figura en el apartado 22 del Cuadro Resumen, se indican los valores de puntuación asignados a las Ofertas Económicas en función del Coeficiente de Variación de las mismas y del Orden de Magnitud asignados.
El Coeficiente de Variación (CV) de las ofertas mide el grado de dispersión de éstas con respecto a la media de las mismas y es calculado por METRO tras la apertura del sobre correspondiente.
Para cada concurso, en función del importe de la media de las ofertas presentadas y del coeficiente de variación de éstas con respecto a la media, se asignan los puntos a la oferta de menor precio, a la media y a la de mayor precio. A las ofertas situadas entre la menor y la mayor, se le asignarán los puntos que les correspondan en función de su situación en cada uno de los tramos marcados en las rectas que unen los tres puntos indicados.
Se tomarán en consideración los parámetros objetivos que se señalan en la condición
8.3.1.B de este pliego para apreciar los supuestos en los que una proposición pueda tener un valor desproporcionado o anormalmente bajo por referencia al conjunto de las ofertas que se hayan presentado.
No podrá ser rechazada una oferta cuyo valor se aprecie como desproporcionado o anormalmente bajo, sin haber requerido al licitador que la haya presentado, para que justifique las razones que le permiten cumplir con lo ofrecido.
Una vez establecidas las ofertas de cualificación técnica aceptable y estudiada la temeridad, si procede, será adjudicataria la oferta que resulte económicamente más ventajosa y por tanto, que obtenga mayor puntuación en la suma de la parte técnica y la parte económica.
En caso de haber dos o más propuestas con la misma puntuación, se desharía el empate adjudicando el contrato a aquella empresa que haya ofertado un menor precio. Si persistiera el empate, se adjudicará el contrato a aquella empresa que haya obtenido mayor puntuación en la valoración técnica. Si persistiera el empate, se adjudicará a la empresa que acredite mayor porcentaje de personal con discapacidad en su plantilla, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1.6 del presente Xxxxxx. Y si aun así persistiera dicho empate, se adjudicará el contrato mediante la celebración de un sorteo.
11.1.3 Documentación a acreditar antes de la formalización del contrato.
METRO requerirá al licitador para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de
i) hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
ii) disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
iii) haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
- iv) Justificante de pago del anuncio para el caso de que se proceda al anuncio de la licitación
El abono lo efectuará el adjudicatario mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta al efecto que METRO habrá de facilitarle. Una vez realizada la
transferencia, el adjudicatario entregará al Área de Contratación copia del recibo correspondiente.
En el caso de que, por la estructura en lotes del objeto del contrato, exista más de más de un adjudicatario, el importe del anuncio indicativo se repercutirá en partes iguales entre todos los adjudicatarios.
En caso de que alguno de los expedientes a los que se refiere el anuncio quede desierto, su coste será asumido por METRO.
El importe máximo de los gastos de publicidad se indicará en el apartado 34 del Cuadro Resumen.
De no recibirse la documentación solicitada en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta.
La acreditación de estar al corriente de las obligaciones Tributarias se realizará mediante la documentación descrita a continuación:
a).- Original o copia del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el apartado correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones contempladas en la Ley que las regula, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las agrupaciones y Uniones Temporales de Empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b).- Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se indique la ausencia de deudas tributarias con dicho Organismo.
Además, el Adjudicatario no deberá tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas.
La acreditación de estar al corriente de las obligaciones impuestas por la Seguridad Social se realizará mediante Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga la inexistencia de deudas con dicha Tesorería.
La adjudicación de un contrato en favor de quien no cumpla las previsiones descritas anteriormente, las relativas a la solvencia económica, financiera, técnica y profesional exigida, o a favor de persona o entidad en quienes concurra alguno de los supuestos de prohibición de contratar, serán nulas de pleno derecho. Sin perjuicio de ello, METRO podrá acordar que el adjudicatario continúe la ejecución del Contrato, bajo las mismas Condiciones, por el tiempo indispensable para evitar perjuicios al interés o servicio público de transporte ferroviario de viajeros.
En el supuesto de que, por cualquiera de las circunstancias señaladas en el presente Pliego no se pueda realizar la adjudicación a la oferta de precio más bajo/económicamente más ventajosa, se procederá a adjudicar la licitación a la siguiente oferta de precio más bajo/económicamente más ventajosa, y así sucesivamente.
La adjudicación o la declaración como desierto del concurso deberán hacerse, con referencia a los criterios de adjudicación, en el plazo que para cada tipo de contrato se establece en las Instrucciones para la Contratación de METRO, a contar desde la apertura de las proposiciones de las ofertas recibidas
11.2 LECTURA DE OFERTAS
Antes de proceder a la adjudicación del contrato METRO procederá a la lectura pública de las ofertas recibidas, comunicando debidamente el lugar y la fecha de dicha apertura.
11.3 NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
METRO notificará la resolución de adjudicación a los licitadores, por escrito, mediante correo electrónico.
METRO podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con lo previsto en los artículos 13.2.d) del TRLCSP y 83.3 párrafo segundo de la LCSE, según corresponda.
11.4 PUBLICIDAD DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se publicará en el Perfil de Contratante de METRO Y Portal de Comunidad Autónoma de Madrid, y en su caso en el D.O.U.E., para Servicios con una valor estimado igual o mayor a 400.000 €
12. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
12.1. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario viene obligado a constituir una garantía definitiva, (apartado 14 del Cuadro Resumen) a disposición de METRO, mediante aval bancario o seguro de caución, que se redactarán de acuerdo con las normas de Derecho Mercantil siguiendo los modelos establecidos en el Anexo VI de este Pliego, por importe equivalente al 5 % del precio de adjudicación total del contrato, IVA excluido.
La fianza definitiva responderá del cumplimiento de cuantas obligaciones se deriven del Contrato.
Sin perjuicio de ello y con carácter indicativo, la fianza definitiva podrá hacerse efectiva para responder:
− De las penalizaciones impuestas al Contratista por razón de la ejecución del Contrato, cuando aquéllas no puedan deducirse de las certificaciones.
− Del resarcimiento de los daños y perjuicios que el Contratista ocasionara a Metro con motivo de la ejecución del Contrato o de las demoras en el cumplimiento de su obligaciones.
− De las actuaciones que Metro se vea obligado a realizar en los casos de resolución del Contrato, en virtud de lo establecido en el mismo.
− De las modificaciones, cambios o mejoras que, reflejadas en el Acta de Recepción Provisional, si la hubiere, y con un tiempo establecido en la misma para su realización, no se hayan llevado a cabo por el Contratista.
− De los incumplimientos de compromisos de todo tipo que queden reflejados en el apartado correspondiente del Acta de Recepción Provisional.
Cuando la fianza no sea bastante para satisfacer las anteriores responsabilidades, METRO procederá al cobro de la diferencia entre lo satisfecho y el montante total, mediante ejecución sobre el patrimonio del Contratista.
Cuando se hicieran efectivas x xxxxx de la fianza las penalizaciones e indemnizaciones citadas o se modifique el Contrato, afectando al importe del mismo, el Contratista vendrá obligado a reponer o ampliar la fianza en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Las recepciones parciales de Prestación de los Servicios no facultan al Contratista para solicitar la devolución de la parte proporcional de la fianza, salvo que así se establezca en el Contrato.
Esta fianza será liberada una vez liquidadas a plena satisfacción, las obligaciones derivadas de la relación contractual. Como norma general, será devuelta en el plazo máximo de un (1) mes, una vez haya finalizado el periodo de garantía, si le hubiere, o concluido el contrato.
12.2. GARANTÍA COMPLEMENTARIA
Para las ofertas que sean desproporcionadas o anormalmente bajas, se podrá exigir una garantía complementaria a la garantía definitiva de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía, por tanto, un 10% del precio del contrato.
12.3.- SEGUROS
El Contratista estará obligado a suscribir antes de la formalización del contrato, las pólizas de seguros que se indican en este apartado, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.
12.3.1. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General
Póliza de seguro de responsabilidad civil general que garantice las reclamaciones de las que el Contratista pudiera resultar civilmente responsable por los daños materiales o personales así como los perjuicios consecuenciales que el Contratista pueda ocasionar a terceros durante el periodo del servicio contratado, así como durante el periodo de pruebas y/o ensayos y/o periodo de garantía, si los hubiere.
A título enunciativo pero no limitativo, la citada póliza deberá incluir las siguientes garantías: Explotación, patronal, profesional, productos/postrabajos, contaminación ambiental, unión y mezcla y perjuicios patrimoniales puros, daños a bienes directamente trabajados, defensas y fianzas civiles y criminales.
Salvo que se indique otro importe en el apartado 33 del Cuadro Resumen, el límite de suma asegurada por esta póliza no será inferior al importe del Contrato proporcionados por una sola póliza, o póliza primaria y sucesiva capas que actúen en exceso y, en ningún caso, será inferior a 300.000 € por siniestro.
Cuando el servicio implique la realización de alguna obra para montajes, ubicación o conexiones en instalaciones o equipos explotados por METRO, el contratista presentará, según el importe del contrato, los sublímites mínimos descritos en la tabla expuesta a continuación.
IMPORTE DEL CONTRATO | |||
Cto. ≤ 600.000 € | 600.000 € < Cto. ≤ 3.000.000 € | Cto. > 3.000.000 € | |
Por víctima (Patronal) | 150.000 € | 300.000 € | 300.000 € |
Retirada de residuos | 90.000 € | 150.000 € | 300.000 € |
Unión y mezcla | 150.000 € | 500.000 € | 1.000.000 € |
La vigencia y condiciones de la póliza de seguros contemplará toda la duración del contrato, incluyendo su garantía, pudiendo solicitar METRO los justificantes correspondientes de pago.
Deberá incluir una cláusula nombrando asegurados adicionales y, cuando proceda, a Metro, manteniendo la condición de terceros el Contratista que suscriba el Contrato, para cualquier siniestro derivado de dicha prestación, con duración igual a la vigencia del contrato y en la que se incluya, cuando proceda, su periodo de garantía.
El Adjudicatario deberá, en la firma del contrato, aportar copia de la póliza o certificación de la misma y de los justificantes de pago de las correspondientes primas.
De no entregarse los documentos contemplado en el párrafo anterior, daría lugar a la pérdida de la garantía provisional y a la no formalización del Contrato, por lo que se dejaría sin efecto la adjudicación.
Si dicha Póliza venciera antes de la finalización del Contrato, el Contratista presentará nueva póliza o nuevo certificado por el período de renovación en los mismos términos que el anterior y dentro de los quince días siguientes a su vencimiento.
El Contratista queda obligado a informar a METRO, durante el periodo de vigencia del contrato, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros
contratados, con el fin de adoptar las medidas procedentes.
En caso de siniestro, cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones, ya sea por aplicación de franquicias u otro tipo de descubierto de los seguros contratados, será íntegramente soportada por el Contratista.
El Contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro que haya contratado según lo dispuesto anteriormente, a fin de llevar a buen término los trabajos conforme a las obligaciones y responsabilidades asumidas por el mismo en el Contrato.
Durante todo el período de duración del Contrato, el CONTRATISTA mantendrá en vigor a su xxxxx las pólizas de seguro que sean exigibles con arreglo a la legislación laboral para el aseguramiento del personal que interviene en la Prestación de los Servicios contratados.
El Contratista será el único responsable de las reclamaciones por daños o perjuicios que puedan producirse a terceros como consecuencia de los trabajos contratados, quedando METRO expresa y totalmente exonerado de responsabilidad alguna, tanto solidaria como subsidiaria.
El Contratista se obliga a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro que haya contratado según lo dispuesto anteriormente, a fin de llevar a buen término la realización de los trabajos conforme a las obligaciones y responsabilidades asumidas por él mismo en el Contrato.
La contratación de las pólizas anteriormente descritas no eximirá ni limitará ninguna de las obligaciones y responsabilidades del Contratista derivadas de este Contrato.
METRO podrá solicitar el cambio de Asegurador cuando el mismo no merezca confianza en virtud de situaciones económicas y/o financieras sobrevivientes que demostraren un estado de solvencia y/o cualquier otra circunstancia que pusiera en duda la validez de la cobertura otorgada.
La formalización de las pólizas de seguro será requisito indispensable para la entrada en vigor del Contrato, pudiendo exigir METRO, en cualquier momento, al Contratista, que éste le entregue copia de las pólizas que suscriba al efecto, así como del recibo del pago de la prima, acreditativo de la vigencia de la póliza, todo ello sin perjuicio de la obligación de entrega del Certificado de seguro señalado anteriormente.
El incumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior, así como de la obligación de la comunicación puntual, por parte del Contratista, de cualquier incidencia que pudiera afectar a la vigencia y a las condiciones establecidas en los seguros contratados, será causa de resolución del Contrato, sin que ello dé lugar a compensación a alguna a favor de aquél.
12.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Resuelta la adjudicación por el Órgano de Contratación de METRO, se comunicará la misma a todas las empresas licitadoras y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante de METRO, y en los Boletines que procedan, si así se indica en el apartado 4 del Cuadro Resumen de este pliego.
El Área de Contratación, antes de la firma del contrato, deberá tener en su poder, entre otros, los documentos que se indican en el apartado 11.1 de este pliego
Una vez aportada por el adjudicatario la documentación en cada caso exigible, se procederá a la formalización del contrato en el plazo previsto en la notificación de su adjudicación, que deberá ser, con carácter general, firmado por ambas partes mediante firma electrónica o presencialmente en las oficinas de METRO.
El documento en que se formalice el contrato deberá ajustarse con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En este caso el Adjudicatario deberá entregar a METRO una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Cuando por causas imputables al Adjudicatario no pudiesen formalizarse el Contrato dentro del plazo previsto, METRO podrá acordar la resolución de la adjudicación. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Si las causas de la no formalización fueren imputables a METRO, S.A, se indemnizará al Adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar, con independencia de que pueda solicitar la resolución de la adjudicación siempre que la demora excediera de seis (6) meses.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
12.5.- OTRAS OBLIGACIONES
Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación y que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.
12.6. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 12.6.1.- Ejecución del contrato
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, que estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva.
El contratista procederá a la ejecución del contrato en los plazos y con la periodicidad y condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas.
12.6.2.- Obligaciones del contratista respecto del personal adscrito a la ejecución del contrato
El personal que intervenga en la ejecución del contrato dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes
a su calidad de empresario, sin que del eventual incumplimiento de sus obligaciones legales o contractuales pueda derivarse responsabilidad alguna para Metro
El contratista no podrá sustituir el personal facultativo adscrito a la realización del los trabajos sin la autorización expresa de Metro.
El contratista no podrá repercutir contra Metro ninguna carga o responsabilidad resultante de su actividad o incumplimiento. En cualquier caso, el contratista indemnizará a METRO por cualquier cantidad que se viera obligada a abonar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, incluso por las que vengan impuestas por resolución administrativa o judicial, respondiendo de los perjuicios que, por cualquier motivo, se causen a Metro.
No habrá derecho o expectativa de derecho, de carácter laboral o de otro tipo, entre METRO y el personal de la empresa adjudicataria encargada de la ejecución del contrato.
12.6.3. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales
El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y la Ley 32/2006 de 18 de octubre reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (LRSSC) y Real Decreto 1109/2007, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
El Contratista queda obligado a conocer y aplicar en cada momento, las medidas necesarias para cumplir con los requisitos legales vigentes en materia medioambiental, en todas las actividades realizadas dentro de las instalaciones de Metro, que se derivan del cumplimiento de los compromisos adquiridos a través de la ejecución del Contrato.
Será responsabilidad del Contratista, la subsanación de los efectos negativos del impacto medioambiental que se produzcan en las instalaciones de Metro, con independencia de la observación o no de los requisitos legales al respecto.
A tales efectos, el Contratista se hace responsable ante la autoridad en materia de Medio Ambiente, de la adopción de las medidas necesarias que le pudieran ser exigidas, así como el pago de las sanciones o indemnizaciones que se pudieran determinar por los Organismos competentes.
12.6.4. Imagen de Metro
En la ejecución del Contrato se deberá, por parte del Contratista, cuidar de que en ningún momento se dañe la imagen de METRO ante terceros, de forma que cualquier acción que ofrezca duda en este sentido, deberá ser sometida a la consideración de Metro, que resolverá en uno u otro sentido.
En su caso, el personal del Contratista que se encuentre realizando trabajos en las instalaciones de Metro, deberá estar perfectamente uniformado y llevar un distintivo de identificación y el de la Empresa para la que trabaja. Cuando dicho personal esté en contacto con el público, el uniforme o ropa de trabajo deberá ser aceptado por METRO y hallarse en perfecto estado.
12.6.5. Licencias, permisos, ensayos y otros gastos
Corresponderá al Contratista la solicitud, gestión y obtención, por su exclusiva cuenta y cargo, de cuantos permisos y licencias fueren precisos para la ejecución de la Prestación de Servicio contratada, inclusive, en su caso, las licencias de importación, derechos arancelarios y otros gastos que procedan.
El Contratista queda obligado a satisfacer los gastos, si los hubiere, de los anuncios de licitación, así como los que pudieran derivarse de la formalización del Contrato. El importe máximo de los gastos a satisfacer por anuncios publicados en boletines se especifica en el apartado 34 del Cuadro Resumen.
El cumplimiento de dichas obligaciones deberá ser acreditado por el Contratista con anterioridad a la firma del Contrato.
Queda excluido de esta Condición el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se aplicará de conformidad con lo previsto en su Ley Reguladora y Reglamento de Desarrollo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Contratista o el incumplimiento de las normas de seguridad por el personal designado o aportado por él o por los Subcontratistas, en su caso, no implicará responsabilidad alguna para Metro, por lo que el Contratista reintegrará de forma inmediata a Metro las cantidades que éste tuviera que depositar o abonar como consecuencia de tales incumplimientos.
12.6.6. Propiedad de los trabajos realizados
Los trabajos objeto del Contrato, sea cual sea la fase en que se encuentran, serán propiedad de Metro, quien podrá recabar en cualquier momento la entrega de la parte de los mismos que esté realizada o implantada.
Toda la documentación generada por la Prestación de los Servicios quedará en propiedad de Metro, que estará facultado para utilizarla en su provecho sin restricción alguna.
El Contratista tendrá la obligación de proporcionar a Metro todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos correspondientes a Consultoría, Asistencia Técnica o de Desarrollos Informáticos a la medida y facilitará a Metro, sin coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por éste para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto de la Prestación de los Servicios.
12.6.7.- Propiedad intelectual, industrial y comercial
El Contratista, para la ejecución de la Prestación de Servicios, deberá disponer de las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los titulares de los derechos, patentes,
modelos y marcas de fábrica y “Copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos por tales conceptos, así como el de las indemnizaciones que en su caso procedieren.
El Contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra METRO con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a Metro por tal motivo.
El Contratista reintegrará a Metro, con carácter inmediato, las cantidades que éste haya tenido que satisfacer como consecuencia de cualquier reclamación que se haya efectuado en ésta materia.
Si, como consecuencia de la citada reclamación, Metro quedara privado de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del Contratista, aun después de la Recepción Definitiva o finalización de la Prestación de Servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste, de los materiales, suministros, instalaciones, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por Metro, dentro del plazo que prudencialmente le fije éste al efecto, y de forma que el servicio contratado quede asegurado.
Si, vencido dicho plazo, el Contratista no hubiere procedido a la sustitución de los elementos que procedan, se entenderá que éste faculta expresamente a Metro para que, sin necesidad de más requerimientos o trámite alguno, ejecute por si o por terceros la sustitución de los materiales, suministros, instalaciones, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados, por la exclusiva cuenta y cargo del Contratista, que abonará su coste con carácter inmediato a la presentación de la factura correspondiente.
Todo ello sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, puedan proceder de conformidad con lo establecido en este pliego.
En el caso de productos “software”, el Contratista declarará expresamente y bajo su exclusiva responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes a los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que Metro así lo solicitara.
Cuando se transmitan contractualmente a Metro los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del Contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional.
Lo dispuesto en éste Apartado es independiente de las reservas de Propiedad Industrial o Intelectual que puedan establecerse en el Contrato a favor de METRO.
12.6.8. Competencia Desleal.
El Contratista vendrá obligado a no realizar acciones que impliquen cualquier tipo de daño o perjuicio para Metro, ya sea por competencia con el mismo o por utilización de información obtenida como consecuencia de la Prestación del Servicio.
12.6.9.- Obligaciones del Contratista en orden a no perturbar el normal funcionamiento del servicio público que presta METRO
Si durante la ejecución de la Prestación de Servicio contratada, se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de cualquier tipo de aparatos, equipos o instalaciones de seguridad, de comunicaciones o eléctricas que alterasen el normal funcionamiento del servicio público de transporte que presta Metro y/o la suspensión temporal de dicho servicio o de cualquier tipo de instalación, imputable al Contratista, éste, además de reparar con urgencia la avería y suprimir las interferencias o perturbaciones, indemnizará a Metro no sólo por el daño emergente, sino también, en su caso, por lucro cesante pudiendo servir de base para la determinación del mismo, entre otros, los siguientes criterios :
a) Coste de los retrasos que se hubieran originado en la circulación de trenes.
b) Coste de los coches/kilómetros que se hayan dejado de realizar por el tiempo de inmovilización producido, de acuerdo con los baremos establecidos y que comunicaría Metro, en su caso.
12.6.10.- Sucesión de Empresas (Subrogación de personal)
Para cuando así se especifique en el apartado 32 del Cuadro Resumen de este pliego, por proceder la petición de información a que el mismo se refiere en este contrato, la sucesión de empresas se realizará conforme a lo previsto en la legislación laboral vigente.
12.7.- REALIZACIÓN DEL CONTRATO.
12.7.1. Dirección de los Trabajos.
La dirección de los trabajos corresponde al Órgano Responsable de la Gestión del Contrato que designe METRO
Son funciones del Órgano Responsable de la Gestión del Contrato de METRO, S.A:
a).- Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el Contrato o en disposiciones oficiales.
b).- Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del Contrato en cada una de sus fases, si procede.
c).- Dar las órdenes oportunas, a través del Responsable del Contrato por parte del Contratista para lograr los objetivos del Contrato.
d).- Proponer las modificaciones que convenga introducir y que deberán adecuarse a lo previsto en el capítulo VIII sobre modificaciones de contratos de las Instrucciones internas de METRO
e).- Conformar las facturas correspondientes a los trabajos realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.
f).- Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del Contrato.
g).- Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo del servicio y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en el contrato.
En particular el Órgano Responsable de la Gestión del Contrato por parte de METRO, S.A determinará:
h).- Los plazos para la ejecución de los diversos trabajos comprendidos en el Contrato que no estén definidos ya en este Pliego, así como las fechas para la ejecución de trabajos que deben ser realizados en plazo determinado e incluso, las horas de realización cuando sea necesario.
i).- Aprobar los criterios y metodología para la ejecución del servicio, después de estudiadas las propuestas que en este sentido haga el Contratista, pero sin tener que atenerse necesariamente a ellas.
j).- Las prioridades de actuación en cada momento del personal integrante de la Prestación de los Servicios.
k).- Proponer los medios tanto humanos como materiales, necesarios para llevar a cabo la correcta Prestación de los Servicios contratados.
l).- Cualquier otra cuestión que sea consecuencia de su labor de dirección del presente Contrato y que a su juicio sea necesaria para el cumplimiento de sus fines.
El Contratista guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal del Órgano Responsable de la Gestión del Contrato de Prestación de los Servicios, que tendrá libre acceso a todos los puntos de trabajo.
Cuando el Contratista o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del Contrato, METRO, podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
12.7.2. Delegado del Contratista.
Se entiende como tal a la persona propuesta a tal fin por el Contratista y aceptada por METRO. Tendrá las atribuciones que se le reconocen en el presente Xxxxxx.
Dicho nombramiento se comunicará a Metro antes de la fecha de comienzo de la Prestación de Servicio.
El Contratista se compromete a mantener la designación efectuada hasta el fin de la Prestación de Servicio, salvo que por causas justificadas precise sustituirlo, en cuyo caso, deberá solicitar autorización a Metro.
En el caso de que la Prestación del Servicio se realice en las instalaciones propias de Metro, el Contratista vendrá obligado a designar a una persona que será su representante en Metro, y por tanto localizable en todo momento.
Asimismo Metro, cuando por la complejidad y/o volumen de la Prestación de Servicio, así lo haya hecho constar en los Pliegos de Condiciones Técnicas, podrá exigir del Contratista la asignación del equipo necesario de personal facultativo para que, bajo la dependencia de su Delegado, le asista y colabore con el mismo en su correcta ejecución de aquella.
El Delegado del Contratista habrá de tener autonomía suficiente para adoptar toda clase de resoluciones que el desarrollo de la Prestación de Servicio contratada requiera, en coordinación con el Director de Servicio de Metro, asignado al efecto, así como para la confección de certificaciones y liquidación de la Prestación de Servicio.
Metro podrá, en cualquier momento, promover o instar ante el Contratista la sustitución de su Delegado o cualquier persona que integre su equipo de personal, cuando incurran en actos y omisiones que comprometan o perturben el desarrollo previsto de los programas de trabajo y en general la correcta ejecución de la Prestación de Servicio.
En tal caso, el Contratista deberá proceder a la sustitución de la persona a la que se ha solicitado su sustitución en el plazo más breve posible que, en ningún caso, podrá exceder de quince (15) días. En cualquier caso, dicho plazo máximo lo establecerá el Director de Servicio atendiendo al plazo de realización de la Prestación del Servicio establecido en el Contrato.
12.7.2.1. Domicilio del Contratista en relación con la Prestación de Servicio.
El Contratista está obligado a comunicar a METRO, antes de la elaboración del documento contractual, su domicilio y el de su Delegado, a todos los efectos derivados de la ejecución del objeto del mismo.
Desde que comience la Prestación de los Servicios hasta su recepción definitiva o, en su caso, la finalización de aquélla, el Contratista o su Delegado, estará obligado a comunicar a METRO previamente cualquier variación que se produzca en el domicilio designado por el Contratista durante el periodo señalado.
12.7.3- Subcontratación
De conformidad con lo establecido en el apartado 26 del Cuadro Resumen, el Contratista deberá comunicar a METRO su intención de subcontratar, las partes del Contrato a que afectará y la identidad del Subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, salvo si el Subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del Contrato objeto de la subcontratación.
Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento a METRO, S.A del subcontrato a celebrar, el Contratista deberá acreditar que el Subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del Subcontratista.
Si así se requiere en el apartado 26 del Cuadro Resumen de este pliego, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del Contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los Subcontratistas a los que vaya a
encomendar su realización.
En el apartado 26 del Cuadro Resumen de este pliego, se establece igualmente, y en su caso, el porcentaje máximo que el Contratista está autorizado a subcontratar, sin que a estos efectos se tengan en cuenta los subcontratos con empresas vinculadas al Contratista principal, o el porcentaje que tendrá la obligación de subcontratar con terceros no vinculados a él, siempre que en este caso se trate de partes del contrato susceptibles de ejecución separada.
12.7.4. Cesión
Para la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones que se deriven del Contrato, el Contratista necesitará la autorización expresa y escrita de Metro, que fijará las condiciones de la misma, de conformidad con lo establecido en el apartado 26 del cuadro resumen.
Para que pueda autorizarse la cesión de los contratos se precisará que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del Contrato.
b) Que exista causa fundada que justifique la cesión, a juicio del Departamento responsable del seguimiento del Contrato, quien deberá dejar constancia escrita de la misma en el expediente de contratación.
c) Que el cesionario reúna las condiciones de contratación exigidas en este Pliego de Condiciones Particulares.
d) Que la cesión se formalice en documento suscrito por las partes afectadas a través de sus Representantes con poderes suficientes, que el Contratista habrá de presentar a Metro inmediatamente después de su firma.
La cesión produce el efecto de que el cesionario queda subrogado en todos los derechos y obligaciones que frente a Metro correspondían al cedente, salvo pacto en contrario.
12.7.5. Modificaciones del contrato
El órgano de contratación podrá modificar el contrato en los términos establecidos en el artículo 105 a 108 del TRLCSP y en el capítulo VIII sobre Régimen de Modificaciones de las Instrucciones Internas de Contratación de METRO, salvo en aquellas condiciones esenciales del contrato que no sean susceptibles de modificación y que se concretarán en el apartado 29 del Cuadro Resumen.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
No tendrán la consideración de modificaciones del contrato las ampliaciones de su objeto que no puedan integrarse en el proyecto inicial mediante una corrección del mismo o que consistan en la realización de una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato, que deberán ser contratadas de forma separada, pudiendo aplicarse, en su caso, el régimen previsto para la contratación de prestaciones complementarias si concurren las circunstancias previstas en el artículo 174.b) TRLCSP.
En todo caso, la modificación de los contratos precisará la correspondiente regularización contractual. Con carácter previo se requerirá la formalización de un documento en el que se determine el objeto de la modificación, la definición física de las unidades modificadas, las suprimidas y las nuevas incorporadas, su valoración comparativa con las diferencias en más o en menos que las mismas supongan y el reajuste de los plazos parciales y totales, así como el nuevo "Programa de Trabajo", si fuere preciso.
Dicho documento contractual deberá ser suscrito por ambas partes en duplicado ejemplar, a través de sus Representantes con poderes suficientes, surtiendo los efectos oportunos.
12.8.- DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá la duración establecida en el apartado 9 del Cuadro Resumen del presente pliego.
El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los períodos de prórroga.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente indique lo contrario.
12.9. RESPONSABILIDAD Y PENALIZACIONES POR DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN En general, se exigirán las penalizaciones que se indiquen en el apartado 31 del Cuadro Resumen y/o en el Pliego de prescripciones técnicas.
12.9.1 Penalizaciones por demora del contratista
Si los trabajos o la Prestación de los Servicios a desarrollar sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al Contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos, se concederá por METRO un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el Contratista pidiese otro menor.
Cuando el Contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales, si éstos se hubiesen previsto, METRO, S.A podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalizaciones establecidas en el apartado 31 del Cuadro Resumen de este Pliego, pudiendo procederse a la resolución del contrato si dichas penalizaciones alcanzan el 10 por ciento del precio del mismo. En caso de
imposición de nuevas penalizaciones, Metro concederá la ampliación del plazo, si procede, que estime necesaria para la terminación del Contrato.
12.10 GARANTÍA DE LA EJECUCIÓN PRESTADA
La exigencia o no exigencia de plazo de garantía se reflejará en el apartado 29 del Cuadro Resumen. En su caso, el plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de recepción, salvo que se especifique lo contrario, y será el establecido en el apartado 29 del Cuadro Resumen de este pliego
13. OBLIGACIONES DE METRO
13.1. FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO
Las facturas se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior.
METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha.
Como mínimo, toda factura deberá indicar:
- Código de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO.
- Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de servicios efectuados que comprenda.
- Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A.
- Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido.
- Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente.
La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse.
La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid.
A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 3.0 Y 3.1).
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, de forma que las cantidades que se abonen fuera de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.
Las cantidades que se abonen fuera del plazo, devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.
13.2. REVISIÓN DE PRECIOS
Los precios unitarios y los precios contradictorios se considerarán siempre como precios fijos e irrevisables y por tanto el Contratista no tendrá derecho a aumento alguno de los mismos salvo que en la Documentación Contractual se establezca otra cosa.
Como norma general, el Contratista no tendrá derecho a revisión de precios, a menos que se indique expresamente en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen de este pliego
13.3. RECEPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de METRO la totalidad del objeto.
Su constatación exigirá por parte METRO S.A. de un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del plazo del mes siguiente a haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato, de conformidad con lo establecido a continuación:
La recepción provisional de la Prestación de Servicios, que así lo requiera, deberá efectuarse una vez terminadas en su totalidad las unidades y trabajos que constituyan su objeto, y en condiciones de perfecto estado para su inmediato uso o utilización, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su terminación.
A tal efecto, el Contratista comunicará al Director de Servicio, con una antelación mínima de treinta (30) días hábiles, la fecha prevista para la terminación de la Prestación de Servicio.
El Director de Servicio, a la vista de la comunicación del Contratista, fijará la fecha o fechas durante las cuales hayan de practicarse cuantas pruebas y operaciones técnicas procedieren, en orden a verificar que la Prestación de servicio se ha ejecutado técnicamente conforme a Contrato y, en su consecuencia, se halla en condiciones de ser recibida provisionalmente. Dicha fecha se le notificará al Contratista con una antelación mínima de quince (15) días.
Si, por causa imputable a Metro, se hubiere demorado en más de veinte (20) días, a partir de la fecha fijada, la práctica de las pruebas y operaciones técnicas precisas para comprobar que la Prestación de Servicio es de conformidad o, practicadas dichas
pruebas y operaciones, METRO no se hubiere pronunciado dentro del mismo plazo sobre la procedencia de la recepción provisional de las mismas, el Contratista podrá requerir a METRO, por escrito, para que éste, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su requerimiento, proceda a la práctica de dichas pruebas y operaciones y/o se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la recepción provisional, con expresa reclamación si así lo solicitara, de su derecho a la indemnización por daños y perjuicios que se irroguen por demora, computándose ésta a partir del decimosexto día hábil siguiente a la fecha de tal requerimiento.
Cuando la demora en la recepción provisional no le sea imputable a METRO, éste no responderá por daño o perjuicio alguno que por tal motivo se le pueda irrogar al Contratista.
13.4. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los servicios efectuados, METRO tendrá derecho a reclamar al Contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que METRO, haya formalizado dicha denuncia, el Contratista quedará exento de responsabilidad por razón del servicio realizado.
El Contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
Aprobada la liquidación del Contrato y transcurrido el plazo de garantía que, en su caso, se determina en el apartado 29 del Cuadro Resumen de este pliego , si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se procederá a la devolución de aquélla.
Transcurrido el plazo de garantía desde la fecha de terminación del Contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al Contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades por parte de éste
Si el incumplimiento de las obligaciones sobre conservación durante el período de garantía, impidiera la utilización total o parcial del objeto de la Prestación de servicios ejecutada, el Contratista, además de estar obligado a reparar por su exclusiva cuenta y cargo los daños o deterioros causados, deberá abonar a Metro en concepto de indemnización por lucro cesante, un dos y medio por mil (2,5‰) del valor de las partes de dicha Prestación no susceptibles de ser utilizadas en las debidas condiciones de seguridad o fiabilidad, por cada semana completa de inutilización, computadas desde la fecha en que Metro notifique al Contratista tal anormalidad. El importe de dicha indemnización se le hará efectivo a Metro cuando se practique la liquidación definitiva.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la facultad de Metro de ejecutar, por sí o por terceros, los trabajos, reparaciones o sustituciones necesarias, x xxxxx del Contratista.
La progresiva ejecución y facturación de la prestación objeto del contrato no facultarán al contratista para solicitar el reintegro o cancelación proporcional de la garantía definitiva ni, en su caso, de la complementaria.
14. PRERROGATIVAS DE METRO
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1. del TRLCSP, este Contrato tiene carácter privado. METRO tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, dirección, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
La facultad de dirección e inspección será ejercida, previa comunicación e identificación ante el contratista, por los servicios técnicos propios de METRO, o los expresamente concertados al efecto.
La inspección podrá tener por objeto las condiciones técnicas de los trabajos o del servicio, los requisitos para concurrir a su adjudicación, las obligaciones asumidas por el contratista en cuanto a su ejecución o la justificación de los abonos a cuenta percibidos o propuestos por el contratista.
El contratista podrá requerir la identificación documental de quienes deban ejercer esta facultad de inspección.
15. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 15.1.- Conclusión normal de los contratos
Los contratos comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Xxxxxx se extinguen, como forma natural y normal, por la total ejecución de las prestaciones y el íntegro cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, así como las que correspondan a Metro, en virtud de lo convenido en los mismos.
Se entenderá totalmente realizado e íntegramente cumplido, cuando se haya verificado la total y correcta ejecución de la Prestación de Servicio, transcurrido, de modo satisfactorio, el período de garantía y recepcionadas, entregadas y abonadas las unidades y trabajos objeto de dicha prestación.
15.2.- Otras Causas de resolución de los Contratos
Serán causas específicas de resolución de los Contratos comprendidos en el ámbito de aplicación de este Pliego, las siguientes:
- La muerte o incapacidad sobrevenida del Contratista individual o la extinción o transformación de la personalidad jurídica de la Sociedad Contratista.
- Exigencias derivadas de las decisiones de las autoridades competentes o de la normativa que pueda ser de aplicación y de las modificaciones que ésta pueda sufrir en el futuro.
- Quiebra, suspensión de pagos o declaración de procedimiento concursal, cesación de pagos o embargo generalizado de los bienes, respecto del CONTRATISTA o de cualquiera de las Sociedades que, en su caso, lo integren, bastando en tal supuesto la petición y admisión a trámite de cualquiera de dichos procedimientos judiciales, su sometimiento administración o cualquier otra situación análoga.
- Si la situación patrimonial, económica o financiera del CONTRATISTA, o de las
Sociedades que, en su caso, lo integren, sufriera una alteración que, por su naturaleza adversa, pudiera afectar a la capacidad para cumplir las obligaciones asumidas.
- El incumplimiento de las obligaciones de las partes, de acuerdo con los términos establecidos en el presente Xxxxxx.
- La necesidad de introducir modificaciones en el proyecto base del Contrato que contravengan el régimen de modificaciones establecido en el Cuadro Resumen de este Pliego y, en cualquier caso, en los artículos 105 a 108 del TRLCSP
- El mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad física, legal de ejecutar las Prestaciones de Servicios contratados, bien sobrevenida o imprevisible en el momento de otorgar el Contrato, o por razones de urgencia o fuerza mayor de la prestación de servicio de transporte de viajeros.
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con METRO
- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se pudieran imponer, conforme a lo establecido en el apartado 33 del Cuadro Resumen de este Pliego.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de METRO, S.A
- El incumplimiento de la obligación del Contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en el apartado 32 del Cuadro Resumen de este pliego.
Serán también causas de resolución del contrato la suspensión del inicio de la ejecución por causa imputable a Metro por un plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato para su comienzo, y el desistimiento o suspensión por Metro, por plazo superior a un año.
15.3.- Efectos y formas de resolución
La resolución del Contrato dará lugar a la comprobación, medición y liquidación de las Prestaciones de Servicios realizadas y documentación contractual, aplicando, en su caso, las penalizaciones o importes por daños y perjuicios que correspondan para fijar los saldos pertinentes a favor o en contra del Contratista.
En el supuesto de que se trate de una resolución de mutuo acuerdo, este convenio deberá contener al menos:
− las causas de la resolución.
− el estado en que finalmente hayan quedado las Prestaciones de Servicio realizadas.
− la liquidación correspondiente.
− la indemnización de daños y perjuicios, si la hubiere.
− el plazo para retirar los equipos, materiales, productos y maquinaria para dejar libres y expeditos las instalaciones o locales de METRO ocupados con motivo de la ejecución de la Prestación de los Servicios.
− la procedencia o no de la ejecución de xxxxxx.
− la aplicación de penalizaciones, si procediera.
Todo lo expuesto se ajustará a las prescripciones que con carácter particular o general se establecen en el presente Xxxxxx.
16. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario queda expresamente obligado, durante un periodo de 2 años, a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. En este sentido, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, especialmente, en lo dispuesto por el art. 12 “Acceso a los datos por cuenta de terceros”.
ANEXOS
ANEXO I
ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES QUE RIGEN PARA ESTE CONCURSO
, A DE DE
La Empresa representada por su , D. , en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D. , con el número de su protocolo, acepta todas y cada una de las Condiciones recogidas en PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y XXX XXXXXX TÉCNICO QUE RIGEN PARA LA LICITACIÓN …………
Asimismo manifiesta que son ciertos todos los datos e información contenidos en la Oferta, para lo cual firma el presente certificado.
Firma Sello de la Empresa
ANEXO II
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.
D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con CIF nº ….……………, en calidad de ………………………...…………………....………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
En……………………, a…….. de…………………….. de …. Fdo.:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad.
ANEXO III
MODELO DE NOTIFICACIÓN DE PERSONA DE CONTACTO DEL LICITADOR
PERSONA Y DATOS DE CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
NOMBRE DE LA EMPRESA (RAZÓN SOCIAL):
C.I.F.:
PERSONA DE CONTACTO:
CARGO EN LA EMPRESA:
DIRECCIÓN POSTAL:
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
TELÉFONO DE CONTACTO:
Madrid, a de de
Fecha y Firma del Oferente
ANEXO IV
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(A insertar en la carpeta Oferta Económica)
D./Xx | , | con D.N.I. número | , representando a la Empresa | , |
con C.I.F. | y domicilio fiscal en | , calle , número | , en |
calidad de , en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D. , con el número de su protocolo, de conformidad con las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del Contrato de “...............................”, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones por un precio de € ( Euros), IVA excluido, en el plazo total de semanas / (año/s), todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Condiciones Administrativas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Asimismo manifiesta que son ciertos todos los datos e información contenidos en la Oferta, para la cual firma el presente documento.
El plazo de validez de la Oferta es de SEIS (6) MESES.
Fecha y Firma del Oferente.
ANEXO Nº V
DECLARACIÓN RELATIVA A LAS EMPRESAS QUE ESTÉN OBLIGADAS A TENER EN SU PLANTILLA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD
D./Dña………………… , en nombre propio o en representación de la empresa con
C.I.F. nº ….………………, en calidad de ………………………………………………….....
DECLARA:
Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx.
Asimismo, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
En .............................,a ....... de ....................de 2.......
Firmado:
Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
ANEXO VI
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
(A entregar antes de la firma del Contrato)
MODELO DE AVAL
(FIANZA DEFINITIVA)
DON , en nombre y representación de (1) , según poder otorgado con fecha de de …… , ante el Notario de , DON , con número de su protocolo, avala con carácter solidario y con renuncia expresa a los beneficios de división, orden y excusión, a (2) domiciliado en , calle , , por la cantidad de EUROS en garantía al exacto cumplimiento de las obligaciones contraídas por (2) con METRO, en virtud del contrato derivado de la licitación número , para …………………….
Para la efectividad de este aval se establece que (1) se obliga a pagar a METRO, y a su simple requerimiento, la cantidad que, a su vez, METRO haya reclamado a (2) , como
consecuencia de su incumplimiento contractual, con una antelación mínima de siete días a la solicitud de subrogación en la caución del avalista. Esta solicitud, en la que METRO certificará la negativa de (2) a pagar la cantidad reclamada, o su silencio al respecto, así como una copia del requeri- miento previo, una vez recibidas por (1) obligarán a éste a hacer efectiva,
inmediatamente, la cantidad reclamada, con el único límite del importe total avalado, arriba mencionado.
Su devolución se realizará, previa solicitud del CONTRATISTA y por autorización expresa de METRO, en el plazo máximo de 6 meses desde la recepción de dicha solicitud, no pudiendo presentarse la misma antes de la finalización del periodo de garantía, si lo hubiere, y siempre y cuando el contrato se haya realizado de conformidad.
Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número .
Madrid, a de de
(1)
Por Poder:
(1) Entidad avalista
(2) Entidad CONTRATISTA
ADVERTENCIAS
− Se redactará en papel con membrete del Banco o Caja de Ahorros.
− No se admitirá si su redacción, difiere del texto de este modelo.
− Debe figurar el número de aval y del registro.
− El aval llevará sello y firma legible.
Modelo de certificado de seguro de caución
Certificado de seguro de caución número: …………………….
……………………….(1) (en adelante, asegurador), con domicilio en ……………….. , calle
……………………….., y NIF ………………………., debidamente representado por don
…………(2)…………, según poder otorgado con fecha …. de……….. de …… , ante el Notario de
……………., don ………………………., con número de su protocolo.
ASEGURA A ………(3)……….., CIF ……………………., en concepto de tomador del seguro, ante Metro de Madrid, S.A., en adelante asegurado, hasta el importe de …………(4) (en letras y
en cifras), en los términos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones particulares por la que se rige el contrato (5), en concepto de garantía definitiva, para responder
de forma solidaria de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar a Metro de Madrid, S.A. al primer requerimiento del mismo en su condición de asegurado.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que Metro de Madrid, S.A., autorice expresamente su cancelación o devolución.
Lugar y fecha Firma: Asegurador.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente el contrato en virtud del cual se presta la caución (número de contrato y objeto del mismo).
ANEXO VII GARANTÍA PROVISIONAL
(sólo en caso de que así se indique en el apartado 13 del Cuadro Resumen)
……………………………………
Nº DE EXPEDIENTE DE LICITACIÓN
DON , en nombre y representación de (1) , según poder otorgado con fecha de de , ante el Notario de , DON , con número de su protocolo, del que se une una copia a este documento, avala con carácter solidario y con renuncia expresa a los beneficios de división, orden y excusión, a (2) ,domiciliado en , calle , , por la cantidad de…………….. EUROS ( ∈.), en garantía al exacto cumplimiento de las
obligaciones contraídas por (2) ……….con METRO, para licitar en el concurso convocado con fecha .... /....../…..
, Nº de Expediente de Licitación…………, relativo a y responder de la oferta
presentada.
Para la efectividad de este aval se establece que (1) se obliga a pagar a METRO, y a su simple requerimiento, la cantidad que, a su vez, METRO haya reclamado a (2) , como consecuencia del incumplimiento por parte de éste, de las obligaciones derivadas de la oferta presentada, con una antelación mínima de siete días a la solicitud de subrogación en la caución del avalista. Esta solicitud, en la que METRO certificará la negativa de (2) a pagar la cantidad reclamada, o su silencio al respecto, así como una copia del requerimiento previo, una vez recibidas por (1) , obligarán a éste a hacer efectiva, inmediatamente, la cantidad reclamada, con el único límite del importe total avalado, arriba mencionado.
El presente aval, tiene una validez hasta la constitución de la fianza definitiva, caso de resultar Adjudicatario, o hasta que METRO autorice su cancelación en otro caso.
Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número _.
Madrid, a .... de .................... de .................................
(1) Entidad avalista
(2) Entidad licitadora
Por Poder:
(1)
ADVERTENCIAS
• Se redactará en papel con membrete del Banco o Caja de Ahorros.
• No se admitirá si su redacción, difiere del texto de este modelo.
• Deben figurar el número de aval y del registro, así como el Número de Expediente de la Licitación.
• El aval llevará sello y firma legible.