INFORMACIÓN RELATIVA A LA CONTRATACIÓN BASADA EN EL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES Y PAQUETERÍA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT, SUS ENTIDADES AUTÓNOMAS Y ENTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA GENERALITAT (EXP. 3/15CC)
SUBSECRETARÍA
SERVICIO DE COMPRAS DE LA GENERALITAT
Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxx, 00 00000 XXXXXXXX
.🕾 961 207 152
INFORMACIÓN RELATIVA A LA CONTRATACIÓN BASADA EN EL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES Y PAQUETERÍA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT, SUS ENTIDADES AUTÓNOMAS Y ENTES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA GENERALITAT (EXP. 3/15CC)
Los servicios postales y paquetería constituyen los lotes 1 y 2, respectivamente, del ACUERDO MARCO DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA DE LOS SERVICIOS POSTALES Y PAQUETERÍA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT, SUS ENTIDADES XXXXXXXXX X XXXXX XXX XXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX.
XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX
- XXXX 0:
SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRÁFOS SA
Persona de contacto: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxx: 000000000, Móvil: 000000000, xxxxxx.xxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxx.xxx
- LOTE 2:
LOGINLE SL
Persona de contacto: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Telf: 000000000, Móvil: 000000000, xxxx@xxxxxxxx.xxx
Fecha de adjudicación de la contratación centralizada de ambos lotes: 10 de noviembre de 2015.
Fecha de formalización de la contratación centralizadade ambos lotes: 21 de diciembre de 2015.
Plazo de vigencia del contrato: DOS AÑOS a contar desde la formalización con posibilidad de prórroga anualmente hasta cuatro años adicionales.
MODELOS DE CONTRATO
Los modelos de contrato basado se adjuntan a las presentes instrucciones. Estos modelos se diferencian en:
1. Modelo de contrato de naturaleza administrativa: para Consellerias y entidades del sector público que tienen la consideración de Administración Pública a efectos del TRLCSP, según art. 3.2 d) y e) (entidades de derecho publico del Art. 5.2 TRLHP).
Este contrato está informado por la Abogacía de la Generalitat en la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.
2. Modelo de contrato de naturaleza privada: para sociedades mercantiles y fundaciones que no tienen la consideración de Administración Pública, pero sí se considera que forman parte del sector público: Art. 3.1 d) y f) del TRLCSP. Este contrato deberá informarse por la respectiva asesoría jurídica de la entidad de que se trate.
PRECIO
• Los servicios postales y de paquetería y sus precios están determinados en la cláusula quinta de los respectivos modelos de contrato, sin perjuicio de que el adjudicatario sólo tendrá derecho al cobro de los servicios efectivamente prestados.
• El pago del precio se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP y en la cláusula 30 del PCAP, previa presentación por la empresa contratista de la factura correspondiente.