PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
SELECCIÓN ABREVIADA No. 07 DE 2011
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
Objeto: CONTRATAR LAS PÓLIZAS QUE CONFORMAN EL PROGRAMA DE SEGUROS REQUERIDAS PARA LA ADECUADA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES PATRIMONIALES, LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE PROPIEDAD DE LA AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y LOS QUE SE ENCUENTREN BAJO SU RESPONSABILIDAD Y CUSTODIA
Bogotá, D.C., Mayo 06 de 2011
RECOMENDACIONES INICIALES
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique, antes que nada, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni especiales para contratar.
3. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Proceda a reunir toda la información y documentación exigida y verifique la vigencia de aquella que la requiera.
5. Siga las instrucciones que se imparten en este documento para la elaboración de su propuesta.
6. Identifique su propuesta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este documento.
7. Tenga presente la fecha y hora prevista para el cierre del presente proceso, EN NINGÚN CASO SE TENDRAN EN CUENTA PROPUESTAS FUERA DEL TIEMPO PREVISTO, ÉSTAS SERÁN DEVUELTAS SIN ABRIR.
8. Tenga en cuenta que toda consulta deberá formularse por escrito; no se atenderán consultas personales, ni telefónicas. Ningún convenio verbal con funcionarios o contratistas de la Auditoría General de la República, antes o después de la entrega de la propuesta o firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas.
9. Recuerde que en su condición de oferente con la sola presentación de su propuesta, autoriza a la entidad a verificar toda la información que en ella suministre.
10. La presentación de la propuesta, por parte del oferente, constituye evidencia de que se estudiaron completamente las especificaciones técnicas, anexos y demás documentos; que recibió las aclaraciones necesarias sobre las inquietudes o dudas previamente consultadas y que ha aceptado que este pliego de condiciones es completo, compatible y adecuado para identificar el alcance del bien o servicio a prestar y que ha tenido en cuenta todo lo anterior para definir las obligaciones que se adquieren en virtud del contrato que se celebrará.
11. Toda comunicación enviada por los proponentes deberá ser dirigida a la Auditoría General de la República, Oficina Jurídica, radicándola en la Oficina de Correspondencia de la Auditoria General de la República ubicada en la xxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 xxxx 0x xx xx xxxxxx xx Xxxxxx X.X.
CAPÍTULO 1 INFORMACIÓN GENERAL
1.1. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
Considerando lo anteriormente expuesto, se establece que la necesidad que la Entidad pretende satisfacer es la de amparar sus bienes e intereses patrimoniales contra la mayor cantidad de riesgos a los cuales se encuentran expuestos, a través de la celebración de contratos de seguros.
El seguro es un contrato, en virtud del cual una persona jurídica llamada asegurador, asume, a cambio de una prima, un riesgo que le es trasladado por una persona natural o jurídica llamado tomador y en el cual éste tiene un interés asegurable, con el fin de indemnizarlo, en el evento de que ocurra la realización del riesgo previsible. El contrato de seguro se encuentra regulado en el título quinto del libro cuarto del Código de comercio.
Como ocurre con la mayoría de bienes y servicios, los contratos de seguros comportan teorías xx xxxxxxx en las cuales se obtienen menores precios al contratar una cantidad mayor de determinado bien o servicio. Para el caso que nos ocupa esa mayor cantidad está determinada por una mayor vigencia de cada póliza, con lo cual se puede obtener los conocidos descuentos por contrataciones a largo plazo, los cuales son ofrecidos normalmente por las aseguradoras cuando el periodo de vigencia de las pólizas es superior a un año. Atendiendo el principio de economía, para el presente proceso se establecerá un periodo de contratación mayor a un año con el fin de obtener mejores precios en el costo de los seguros.
1.2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato a celebrar y la cuantía estimada, la modalidad de selección que se debe adelantar corresponde a la de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA definida en el artículo 2º, numeral 2º literal b, de la ley 1150 de 2007, reglamentado en el artículo 9 del Decreto 2025 de 2009. Los pliegos de condiciones que elabore la entidad para el presente proceso de selección deberán contener además de lo establecido en el artículo 24 numeral 5º de la Ley 80 de 1993, lo regulado en el artículo 6 del Decreto 2474 de 2008, así como los requisitos propios para esta modalidad de selección.
1.3. GENERALIDADES DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
En materia de publicación del proceso de selección se debe observar lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto 2474 de 2008, así como lo establecido en el artículo 8° y 9° del Decreto 2474 los estudios previos contendrá toda la información necesaria para dar a conocer a los posibles oferentes el objeto a contratar, la modalidad de selección que se utilizará, el lugar físico o electrónico donde puede consultarse el proyecto xx xxxxxx de condiciones, el presupuesto oficial del contrato, así como los demás documentos que harán parte del proceso de selección.
En virtud de lo anterior, el proceso de selección que se adelantará es el de selección abreviada de menor cuantía; por lo que éste y el futuro contrato que se suscriba como consecuencia del mismo, se regirá en lo pertinente, por el Ordenamiento Constitucional, el régimen jurídico determinado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 2474 de 2008, y demás normas que la complementan, adicionan y reglamentan, disposiciones que regulen la materia y lo establecido en el presente pliego de condiciones, el cual describe aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la Auditoría General de la República considera que el oferente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta
El contenido xxx xxxxxx de condiciones debe ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos.
1.4. DOMICILIO Y CORRESPONDENCIA
Durante el presente proceso de selección y hasta nuevo aviso, la correspondencia y tramitación de documentación se deberá dirigir únicamente a la AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, OFICINA JURÍDICA, y radicar en la carrera 10 No.17 – 18 piso 9 en la ciudad de Bogotá D.C. lugar donde está ubicada la oficina de correspondencia de la AGR.
1.5. LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
La Auditoría General de la República considera importante recalcar que la Ley 190 de 1995, en sus artículos 22, 23 y 24 prevé acciones de carácter penal para los servidores públicos que reciban para sí o para otra persona, dinero u otra utilidad remuneratoria, directa o indirecta por actos que deban ejecutar en el desempeño de sus funciones. Así mismo para quien ofrezca dinero u otra utilidad a un servidor público.
De conformidad con el Decreto 519 de 2003, en el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia, y Lucha contra la Corrupción tiene la función de recibir denuncias en contra de funcionarios públicos de cualquier orden, darles el trámite ante la autoridad competente y hacer el seguimiento respectivo; para ello se ha dispuesto la Línea Transparente del Programa: 01 8000 913 666.
CAPÍTULO 2 ASPECTOS GENERALES
2.1. OBJETO
La presente convocatoria pública tiene como objeto contratar el programa de seguros que ampare los bienes e intereses patrimoniales de la Auditoria General de la Republica y aquellos por los cuales sea legalmente responsable.
2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES
La oferta se debe presentar de acuerdo con la descripción técnica y detallada prevista en la ficha técnica anexa al pliego de condiciones, la cual a su vez hace parte de los requisitos técnicos habilitantes para el proceso de selección.
2.4. PRESUPUESTO
La AUDITORIA considera como valor estimado para el presente proceso, la suma de SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS
($72.175.476,oo) M/CTE. incluido IVA. Este valor constituye el presupuesto oficial del Proceso de Selección, y las propuestas no podrán excederlo, so pena de rechazo. Para respaldar los compromisos que resulten de este proceso de contratación, la AUDITORIA cuenta con apropiaciones presupuestales suficientes, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 7711 del 22 de febrero de 2011 por valor de $ 22.535.886, incluido IVA, para amparar la contratación tanto de la vigencia fiscal 2010, y las vigencias futuras solicitadas mediante solicitud 20112310010731 del 23 de febrero de 2011 por valor de $32.604.000 para la vigencia 2012 y $17.035.590 para cubrir hasta las 24:00 horas del 00 xx xxxxx xx xx xxxxxxxx 0000.
2.5. CRONOGRAMA DEL PROCESO
El proponente deberá tener en cuenta las fechas presentadas en este cronograma ya que son las que rigen las actividades en este proceso de selección.
ACTIVIDAD | FECHA y HORA | LUGAR |
Publicación del aviso de convocatoria | 29 xx xxxxx de 2011 | |
Publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones y estudios previos | Del 29 xx xxxxx hasta el 4 xx xxxxx de 2011. | |
Observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones | Del 29 xx xxxxx hasta el 4 xx xxxxx de 2011 hasta las 04:00 p.m. | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. hasta las 04:00 p.m. |
Resolución declaratoria desierta Abreviadas de menor cuantía 5 y 6 de 2011 | 13 xx xxxxx de 2011 y 20 xx xxxxx de 2011 | |
Apertura del proceso | 6 xx Xxxx de 2011 | |
Publicación xxx xxxxxx de condiciones definitivo | 6 xx Xxxx de 2011 | |
Plazo para manifestar Interés | Hasta el 11 xx Xxxx de 2011 hasta las 04:30 p.m. | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. convocatoria072011@auditoria. xxx.xx. |
Observaciones al pliego de condiciones definitivo | Del 6 al 16 xx Xxxx de 2011 hasta las 12:00 m. | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. convocatoria072011@auditoria. xxx.xx. |
Sorteo de consolidación de oferentes | SE ACEPTARÁN TODAS LAS MANIFESTACIONES DE INTERÉS. No se realizará sorteo | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. |
Respuesta a las Observaciones al pliego de condiciones definitivo | Del 6 al 17 xx Xxxx de 2011 | |
Cierre (Fecha Límite para Presentación de Ofertas) y apertura de propuestas | Hasta el 18 xx Xxxx de 2011 Hora: 12 m. | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. |
Evaluación de las Propuestas | Del 19 al 24 xx Xxxx de 2011 | |
Publicación del Informe de Evaluación | Del 25 al 27 xx Xxxx de 2011 | |
Observaciones al Informe de Evaluación | Del 25 al 00 xx Xxxx xx 0000 | Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. convocatoria072011@auditoria. xxx.xx. |
Acto Administrativo de adjudicación | 31 xx Xxxx de 2011 | |
Elaboración, perfeccionamiento y legalización del contrato | Dentro de los tres días hábiles siguientes a la adjudicación | Auditoría General de la República; Xxxxxxx 00 Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx X.X. |
2.6. PROCESO DE SELECCIÓN
El plazo del presente proceso de selección, entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha de apertura y el cierre, se realizará dentro de las fechas establecidas en el cronograma.
Los interesados podrán realizar observaciones y solicitar <aclaraciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones y pliego de condiciones definitivos para lo cual solamente serán tenidas en cuenta aquellas observaciones, aclaraciones y/o manifestaciones que reúnan los siguientes requisitos:
• Haber sido enviadas oportunamente a la dirección de correo electrónico
xxxxxxxxxxxx000000@xxxxxxxxx.xxx.xx.
• Será responsabilidad de su remitente el confirmar su efectivo recibo por parte de la AGR, en el teléfono 000 0000 extensión 115 o 304.
• Contener la identificación del proceso de selección al que se refieren.
• Dentro del cuerpo del correo electrónico, contener el nombre de la persona que las envía, número telefónico, dirección física y de correo electrónico.
Las observaciones y solicitudes de aclaración enviadas por los interesados que cumplan con los requisitos antes establecidos, serán resueltas por parte de la entidad y se pondrán a disposición de los interesados en el Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx), adicionalmente podrán ser consultadas en la Oficina Jurídica – Grupo de Contratación, de la Auditoría General de la República ubicada en la calle 18 No. 9 – 79 Plataforma Sur Edificio Colseguros piso 6º de Bogotá D.C.
La apertura del presente proceso se da con la publicación del acto administrativo que la ordena y el pliego de condiciones definitivo en el Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
Dicha publicación da lugar a que desde este momento los proponentes puedan consultar los pliegos de condiciones y presentar la oferta.
Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se incorporarán al pliego y se publicarán para consulta en el Portal Único de Contratación. Estas podrán ser expedidas hasta la fecha establecida en el cronograma.
Todos las adendas y avisos que publique y envíe la AGR en relación con el pliego de condiciones, pasarán a formar parte integral del mismo.
El cierre del presente proceso de selección tendrá lugar el día y hora señalada en el cronograma. Las propuestas deben ser radicadas en la Oficina de Correspondencia de la Auditoria General de la República ubicada en la carrera 10 No. 17 – 18 piso 9º en la ciudad de Bogotá D.C., fecha y hora en la que se procederá a abrir las propuestas recibidas en presencia de los oferentes que asistan al acto de cierre.
Se recomienda a los oferentes prever el tiempo que se requiere para ingresar a la Oficina de Correspondencia de la AGR y se recuerda que las propuestas presentadas por fuera del término establecido para ello no serán tenidas en cuenta y serán devueltas sin abrir.
La hora establecida para el cierre de la presente selección abreviada corresponde a la hora oficial señalada por la Superintendencia de Industria y Comercio a través de su página web.
Del acto de cierre y recibo de ofertas se levantará un acta en la que se dejará constancia mínimo de los siguientes datos de cada propuesta recibida: nombre del proponente, nombre del representante legal, nombre de la entidad que expide la garantía de seriedad de la oferta, si a ello hubiere lugar, número de folios de la oferta original y de las copias y la constancia de entrega del sobre cerrado que contiene la oferta económica. Dicha acta será suscrita por las personas que delegue para este efecto la AGR y de los participantes que asistan a este evento.
Las ofertas presentadas hasta la fecha y hora límite establecida en el cronograma para el presente proceso, serán verificadas por la AGR de conformidad con el pliego de condiciones definitivo dentro de las fechas señaladas para ello en el cronograma. El resultado de la verificación de los requisitos habilitantes se publicará en el Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
En el evento que un proponente no cumpla con algunos de los requisitos técnicos, financieros o jurídicos habilitantes, la AGR requerirá por escrito a su dirección física y/o electrónica, a elección de la entidad; y podrán ser presentados hasta el término establecido en el cronograma para que subsanen, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas. El resultado de la nueva verificación de los requisitos habilitantes se publicará en el Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
Sin perjuicio de lo anterior, la AGR se reserva el derecho de solicitar durante la evaluación y hasta la adjudicación, la información y soportes que considere necesarios para verificar la información presentada.
2.6.1. Acta de recomendación
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2474 de 2008, artículo 12, parágrafo 2º, inciso 2º, el comité asesor y evaluador recomendará al ordenador del gasto de la AGR el sentido de la decisión a adoptar
2.6.2. Acta de adjudicación
La adjudicación se efectuará en consonancia con el deber de selección objetiva, esto es, escogiendo el ofrecimiento que se estime más favorable a la AGR y los fines que éste persigue, en este sentido el contrato será adjudicado a quien oferte el menor precio.
La AGR adjudicará el contrato que resulte del presente proceso de selección, el día señalado en el cronograma, mediante acto administrativo motivado, el cual se publicará en el Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
El presente proceso de selección NO admite adjudicación parcial.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del término estipulado en el cronograma, la AGR mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los tres (3) días calendarios siguientes al proponente calificado en segundo lugar, sin perjuicio de ejecutar la garantía de seriedad de la propuesta presentada.
2.6.3. Acta de declaratoria de desierto
La AGR declarará desierto el presente proceso de selección únicamente cuando no se presente oferta alguna al mismo, cuando no exista propuesta alguna admitida, o por motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta respectiva. La no adjudicación se hará mediante acto administrativo motivado en el cual se expresarán las razones que condujeron a esa decisión. Dicha decisión se comunicará a los proponentes a través de Portal Único de Contratación (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
En caso de llevarse a cabo la declaratoria de desierto del presente proceso de selección, la AGR evaluará la opción que asegure con menos traumatismo la continuidad de las funciones, planes o proyectos de la entidad, y procederá a efectuar la correspondiente contratación de conformidad con la Ley.
CAPÍTULO 3
DE LA PROPUESTA
3.1. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
La oferta debe presentarse en impresión en computador, en original y dos (02) copias legibles, en tres (3) sobres separados, cerrados, sellados y rotulados cada uno indicando si se trata de original o copia, de la siguiente forma:
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Oficina Jurídica - Grupo de Contratación
Selección Abreviada de Menor Cuantía No.7 de 2011
Objeto: CONTRATAR EL PROGRAMA DE SEGUROS QUE AMPARE LOS BIENES E INTERESES PATRIMONIALES DE LA AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y AQUELLOS POR LOS CUALES SEA LEGALMENTE RESPONSABLE
Nombre del oferente
Dirección, Ciudad, Teléfono, Fax, correo electrónico. Contenido: (original o copia).
La AGR, no se hace responsable por la no apertura o apertura prematura de una oferta que no esté presentada y rotulada como aquí se especifica, o que no sea entregada en el sitio señalado dentro del presente documento y antes de la hora de cierre.
Las hojas deben estar foliadas en forma consecutiva ascendente tanto en el original como en la copia. De no encontrarse foliada la entidad al momento del cierre lo realizará directamente.
La oferta debe redactarse en idioma castellano, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma distinto. En la oferta no se debe colocar, pegar, recortar, sobreponer elementos como propaganda, cintas, fotos, y/o autoadhesivos que alteren o impidan conocer la información original.
La oferta se debe presentar sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga la respectiva salvedad, la cual se entiende hecha con la aclaración firmada por el oferente o el representante legal, debidamente autorizado para ello. Si no se efectúa la respectiva salvedad y ésta obedece a un criterio de selección, no será objeto de calificación. No se deberá cambiar la redacción de los formatos, ni agregar comentarios.
La AGR sólo acepta la presentación de una oferta por cada oferente. En el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de consorcio o unión temporal, será RECHAZADA.
La oferta debe estar firmada por el oferente, persona natural; o por el representante legal de la persona jurídica o por la persona legalmente autorizada de conformidad con los estatutos; por el representante del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad; o por el agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para tal efecto.
La presentación de la oferta implica el conocimiento de la legislación Colombiana en materia de contratación y la aceptación por parte del oferente de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente documento de condiciones, al igual que de cualquier modificación que realice la AGR durante el proceso.
3.2. GENERALIDADES DE LA PROPUESTA
La AGR, no se hace responsable por la no apertura o apertura prematura de una oferta que no esté presentada y rotulada como aquí se especifica, o que no sea entregada en el sitio señalado dentro del presente documento y antes de la hora de cierre.
Las hojas deben estar foliadas en forma consecutiva ascendente tanto en el original como en la copia. De no encontrarse foliada la entidad al momento del cierre lo realizará directamente.
La oferta debe redactarse en idioma castellano, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma distinto. En la oferta no se debe colocar, pegar, recortar, sobreponer elementos como propaganda, cintas, fotos, y/o autoadhesivos que alteren o impidan conocer la información original.
La oferta se debe presentar sin borrones, tachaduras o enmendaduras, a menos que se haga la respectiva salvedad, la cual se entiende hecha con la aclaración firmada por el oferente o el representante legal, debidamente autorizado para ello.
Al momento de presentar las ofertas; la AGR sólo acepta una por cada oferente. En el caso que una misma persona presente de manera simultanea más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de consorcio o unión temporal, ésta será RECHAZADA.
La oferta debe estar firmada por el oferente, persona natural; o por el representante legal de la persona jurídica o por la persona legalmente autorizada de conformidad con los estatutos; por el representante del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad; o por el agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para tal efecto.
La presentación de la oferta implica el conocimiento de la legislación Colombiana en materia de contratación y la aceptación por parte del oferente de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente documento de condiciones, al igual que de cualquier modificación que realice la AGR durante el proceso.
3.3. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Las ofertas deben ser radicadas en la Oficina de Correspondencia de la Auditoria General de la República ubicada en la carrera 10 No. 17 – 18 piso 9º en la ciudad de Bogotá D.C., en el horario de 7:30 a.m. a 4:30
p.m. jornada continua.; en días hábiles desde la fecha de apertura y hasta la hora prevista en el día de cierre de acuerdo con el cronograma. No obstante el oferente debe tener en cuenta la fecha y hora de cierre como plazo máximo para la radicación de su oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas en otro lugar o las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso. Éstas serán devueltas sin abrir. Tampoco se recibirán ofertas enviadas por correo electrónico, ni por fax.
3.4. CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El contenido de las ofertas es de carácter reservado en la forma que la ley lo determina. Después de entregadas las ofertas y cerrado el proceso de selección no se permitirá el retiro total o parcial de los documentos que las componen, hasta tanto no se haya perfeccionado el respectivo contrato.
No habrá exenciones en la responsabilidad de los datos, informes, documentos y resultados que se suministren tanto en el proceso de selección, como en el desarrollo del contrato.
Los documentos que permiten verificar requisitos habilitantes pueden ser subsanados dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso, si el oferente presenta a la AGR las explicaciones o aclaraciones solicitadas, en un término posterior al requerido, o las presenta incompletas, o la respuesta no corresponde a
lo solicitado, o no las presenta, la AGR entenderá que no está interesado en continuar en el proceso de selección por lo cual se RECHAZARÁ la oferta.
3.5. VALIDEZ DE LA PROPUESTA
Las ofertas deberán permanecer válidas por un término de tres (3) meses. Este término empezará a contarse desde la fecha fijada para el cierre del proceso de selección.
3.6. RETIRO DE LAS PROPUESTAS
El proponente podrá solicitar por escrito, con anterioridad al inicio de la diligencia del cierre del presente proceso de selección, la no consideración de su propuesta y la devolución de la misma. El sobre con su contenido será entregado sin abrir y de ello se dejará constancia en el acta de cierre del presente.
3.7. PUBLICIDAD DE LAS PROPUESTAS
Después del cierre del presente proceso, las personas que lo soliciten podrán pedir por escrito y a xxxxx suya, copia total o parcial de las propuestas recibidas. Cuando el proponente manifieste (indicando la norma) que sus documentos tienen carácter reservado de conformidad con la ley y la AGR así lo constate, no se expedirán copia de dichos documentos.
3.8. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en cualquiera de los siguientes casos:
- Cuando la propuesta se presente después de la fecha y hora exacta establecida como límite para el cierre del presente proceso de selección.
- Cuando la propuesta se presente en oficina o dependencia diferente a la indicada expresamente para el efecto, o sea enviada por correo electrónico o vía fax.
- La no presentación del Anexo No. 1 debidamente firmado.
- La no presentación del documento de constitución del consorcio o unión temporal.
- La no presentación del original de la garantía de seriedad de la oferta o el no cumplimiento de los requisitos señalados para esta en el presente pliego de condiciones.
- La no presentación de la propuesta económica.
- La omisión de uno o varios ítems de los Anexo No. 3 Propuesta Económica.
- Cuando la propuesta económica supere el valor del presupuesto oficial establecido en este proceso.
- Cuando el proponente, cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentre incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses para contratar o presentar propuesta, consagradas en la Constitución Nacional o la ley.
- Cuando se demuestre la participación del proponente, de alguno de los miembros que conformen una unión temporal o consorcio; en dos o más propuestas, en el mismo proceso.
- Cuando el proponente NO xxxxxxx las aclaraciones solicitadas dentro del término fijado para su respuesta o la respuesta NO corresponda a lo solicitado.
- Las demás causales de RECHAZO previstas en el presente pliego de condiciones.
CAPÍTULO 4
CRITERIOS DE HABILITACIÓN DE LAS PROPUESTAS
De conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007, artículo 5º la Auditoría General de la República verificará en cada propuesta, el cumplimiento de los requisitos mínimos que acrediten su capacidad jurídica, financiera, técnica y las condiciones de experiencia aquí previstos, los cuales tienen por objeto establecer si las propuestas cumplen con las condiciones y requisitos exigidos, de tal forma que NO OTORGAN PUNTAJE y son verificados como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección.
La verificación de los requisitos mínimos habilitantes se basará en la documentación, información y anexos correspondientes, por lo cual es requisito indispensable consignar y adjuntar toda la información detallada que permita su análisis.
En este sentido, la AGR una vez verifique las propuestas en la fecha y lugar establecido en el cronograma, manifestará en las fechas establecidas en el cronograma si están HABILITADAS o NO HABILITADAS.
4.1. CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y VERIFICACIÓN JURÍDICA
Si una propuesta no acredita los requisitos jurídicos subsanables exigidos y luego de solicitados NO fueron aportados, subsanados o aclarados en la oportunidad concedida para ello y/o continúan las inconsistencias, la AGR determinará que la propuesta NO CUMPLE JURIDICAMENTE y por lo tanto el resultado será NO HABILITADO.
La verificación del cumplimiento de los requisitos jurídicos no tiene ponderación, se estudiará la información jurídica de las propuestas y sus respectivos documentos, con el fin de que la administración pueda verificar la presentación y cumplimiento de los siguientes documentos:
4.1.1. Carta de presentación de la propuesta (Formato No 1).
El proponente deberá adjuntar a la propuesta, la carta de presentación de la misma, debidamente firmada por el proponente, o el representante legal de la persona jurídica, del consorcio o unión temporal; o quien acredite estar debidamente autorizado para dicho efecto. En este último caso, el autorizado deberá acompañar a la carta de presentación de la propuesta, el documento que así lo autorice.
La carta debe escribirse en la papelería original del proponente y debe constituir un compromiso de adherencia y responsabilidades, siguiendo el contenido del Anexo No 1.
La no presentación del Anexo No. 1 en las condiciones señaladas, ocasionará el RECHAZO DE LA PROPUESTA.
4.1.2. Certificado de Existencia y Representación legal (en original)
Expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción del domicilio principal, con una antelación no superior a treinta (30) días calendario, anteriores al cierre del presente proceso de selección. El plazo de duración debe ser igual al plazo de ejecución del contrato que se va a adjudicar y mínimo un (1) año más.
Para el caso de personas jurídicas, su objeto social debe comprender actividades relacionadas con el objeto de la presente convocatoria; para lo cual deberán encontrarse debidamente autorizados, según el Certificado de Existencia y Representación Legal.
Si el estatuto social impone restricciones a la autorización para la presentación de la propuesta y/o suscripción del contrato, conferida al representante legal, se debe adjuntar copia del documento de autorización correspondiente, emitido por la junta de socios u órgano superior de gobierno social. Para el caso de consorcios o uniones temporales, dicho documento es exigible a cada uno de los integrantes, si sus estatutos individuales contienen la limitante.
Cuando la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, las personas que lo conformen deben presentar el documento de conformación con los requisitos establecidos en el artículo 7 de la ley 80 de 1993. En éste caso la propuesta debe estar firmada por el representante que hayan designado para tal efecto los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la Ley y demás figuras establecidas en el Código Civil y Código de Comercio Colombiano. Casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos(s) que lo acredite(n) como tal.
El plazo de duración debe ser igual al plazo de ejecución del contrato que se va a adjudicar y mínimo un (1) año más.
En caso de resultar favorecidos con la adjudicación de la contratación, para la suscripción del contrato deberá presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT como consorcio o unión temporal.
Los integrantes del consorcio o unión temporal, en caso de resultar favorecidos, no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa, expresa y por escrito de la AGR. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal.
4.1.3. Certificación del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social y Aportes Parafiscales.
Los proponentes personas jurídicas deben acreditar que se encuentran al día en el pago de sus aportes relativos al Sistemas Integral de Seguridad Social (salud, riesgos profesionales, pensiones) así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el representante legal, durante un lapso que no será inferior a los últimos seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis
(6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Los proponentes, personas naturales deben aportar la constancia de afiliación y el recibo de pago al Sistema Integral de Seguridad Social en salud y pensión del mes que corresponda según la fecha del cierre establecida en el cronograma.
4.1.4. Certificado de no inclusión en el boletín de responsables fiscales. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx)
4.1.5. Certificación de no reporte en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades de la Procuraduría General de la Nación. (Esta consulta se debe realizar a través de la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx)
4.1.6. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal, apoderado o proponente.
4.1.7. Certificado de antecedentes judiciales expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad - DAS.
4.1.8. Original de la garantía de seriedad de la propuesta acompañada de las condiciones generales o aval bancario que garantice la seriedad de la oferta.
El proponente debe allegar la póliza de seriedad de la propuesta acompañada de sus condiciones generales, la cual debe constituirse por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial estimado. Las cifras del valor de la póliza deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales.
Dicha garantía debe estar constituida a favor de la AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, NIT. 830.065.741-1, con una vigencia mínima de tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección abreviada, estar referida a éste y encontrarse firmada por el asegurador.
Si la oferta se presenta en forma conjunta, es decir, bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, la póliza que garantiza la seriedad de la propuesta se tomará a nombre del consorcio o unión temporal, indicando sus integrantes.
Si el proponente es persona natural y tiene establecimiento de comercio, el tomador debe ser la persona natural y no su establecimiento de comercio.
El oferente también podrá garantizar la seriedad de su oferta a través de un aval bancario, el cual debe cumplir con los requisitos de valor asegurado, constituirse a favor de la AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, NIT. 830.065.741-1, vigencia, referencia al presente proceso contractual y encontrarse firmado por el representante de la Entidad Bancaria en los mismos términos exigidos para la garantía de seriedad expedida por una Compañía Aseguradora.
En caso que la fecha de cierre de la selección abreviada se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la póliza.
La garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento, en los siguientes eventos:
• La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
• La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en el pliego para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
• La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
• El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las propuestas.
• La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de RECHAZO de esta última.
NOTA: En el caso de los Consorcios y de las Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes (personas jurídicas) deberá cumplir individualmente con esta regla.
4. 2. CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y VERIFICACIÓN FINANCIERA
En ofertas presentadas en consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe aportar en forma individual, los documentos exigidos en este numeral. La no presentación de los documentos o el incumplimiento de los requisitos financieros y las aclaraciones solicitadas dentro de los términos estipulados ocasionarán que la oferta no sea habilitada.
4.2.1. Registro Único Tributario – RUT.
Toda persona natural o jurídica deberá informar su condición de responsable del impuesto a las ventas mediante el suministro de una copia o fotocopia del Registro Único Tributario RUT, en donde deberá constar su régimen.
4.2.2. Fotocopia del certificado de vigencia de registro de inscripción profesional del Contador y Revisor Fiscal, en caso de requerirse éste último de acuerdo con las leyes vigentes.
4.2.3. Certificación de antecedentes disciplinarios de Xxxxxxxx y del Revisor Fiscal, expedida por la Junta Central de Contadores, vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección. Dicho certificado
deberá tener fecha de expedición no mayor a 90 días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria pública.
0.0.0.: Fotocopia de las tarjetas profesionales del Contador y Revisor Fiscal
4.2.5. El proponente que haya celebrado Acuerdos de Reestructuración, deberá manifestar expresamente si se ha acogido a la Ley 550 de 1999, o la Ley 1116 de 2006.
4.3. CRITERIOS DE HABILITACIÓN Y VERIFICACIÓN TÉCNICA Y CONDICIONES DE EXPERIENCIA.
La verificación de cumplimiento de los requisitos mínimos técnicos y de experiencia no tienen ponderación; se estudiará la información al momento de la presentación de la propuesta con base en los siguientes requisitos y documentos:
4.3.1. Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación- Registro Único De Proponentes
De conformidad con el Decreto 4881 de 2008 y demás normas concordantes para el presente proceso de contratación de seguros generales, los proponentes deben estar inscritos así:
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES.- INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN:
Los proponentes deben allegar con su propuesta el certificado de inscripción, calificación, y clasificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio de la jurisdicción del domicilio principal. La inscripción debe estar vigente y el certificado deberá haber sido expedido con fecha no mayor a un (1) mes anterior a la fecha de cierre de este proceso.
El proponente deberá estar inscrito en el Registro Único de proponentes de la Cámara de Comercio, clasificados como se muestra a continuación.
Para proponentes que coticen los xxxxx de Seguros Generales, objeto de contratación en el presente proceso de selección abreviada deben estar clasificada como:
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO |
PROVEEDOR (3) | (23) SERVICIOS | (10) PRODUCCIÓN DE SEGUROS GENERALES |
Si la propuesta se presenta en forma individual, el oferente debe cumplir en forma total con la inscripción, calificación y clasificación de la actividad, especialidad y grupo exigido en el presente pliego.
En el evento que la propuesta la presente un consorcio o unión temporal, se acepta que solo uno de los miembros esté inscrito, calificado y clasificado en la actividad, especialidad y grupo exigido por la Entidad para el presente proceso de contratación, se aceptará copia de la inscripción correspondiente.
Cuando no se xxxxxxx el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el RUP o la fecha de expedición de éste no se encuentre dentro de la requerida por la Entidad, se le solicitará al proponente el respectivo documento o las aclaraciones que se consideren pertinentes.
Cuando el proponente no xxxxxxx con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, la entidad se lo solicitará. En todo caso el proponente deberá allegar dichos documentos o aclaraciones máximo hasta dos días antes de la adjudicación del presente proceso de selección, so pena de rechazo de la oferta
El interesado deberá acreditar al momento del cierre de la licitación su inscripción en el Registro Único de Proponentes, y una capacidad residual de contratación (kr) mínima como proveedor igual o superior al presupuesto asignado.
4.3.2. CERTIFICADO DE REGISTRO DE PRECIOS DE REFERENCIA – SICE.
El artículo 4° del acuerdo 004 de 2005 determina:
“Artículo 4°. Exceptuar de manera temporal de las obligaciones frente al SICE, los procesos contractuales con las siguientes características:
a) Derogado por el art. 18, Acuerdo SICE 09 de 2006
b) Procesos contractuales de prestación de servicios y obra pública no codificados en su totalidad hasta nivel de ítem (Propiedades y Especificaciones) en el CUBS;
c) Procesos contractuales cuyas condiciones de precio o cantidad son variables y el proceso de la negociación se fundamente en valores estimados, previa aprobación de la Gerencia del SICE;
d) Procesos contractuales a suscribirse con proveedores internacionales que no tengan Número de Identificación Tributaria, NIT, previa aprobación de la Gerencia del SICE.” (destacado fuera de texto)
Conforme a lo anterior, la contratación de seguros se encuentra excluida del SICE por dos razones a saber. La primera por no encontrarse codificación en el CUBS y la segunda por cuanto el valor de las primas son variables y determinados por la compañía de seguros.
A partir de la ley 45 de 1990 el Gobierno Nacional liberó las tarifas que las compañías de seguros pueden cobrar en cualquiera de los xxxxx de seguros que ofrezcan, con excepción del SOAT, para el cual el Gobierno Nacional determina la tarifa máxima que pueden cobrar las aseguradoras.
4.3.3. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN
El proponente para poder participar en el presente proceso de selección, deberá acreditar la capacidad residual, igual o superior al que la entidad haya establecido para el efecto en el pliego de condiciones.
El decreto 1464 de 2010 en el artículo 2 numeral 2, establece que:
“Capacidad residual: Es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el contratista. El cálculo de la capacidad residual se exigirá por las entidades estatales para el momento en que se presente la propuesta, cualquiera que sea la modalidad del contrato.
Para establecer la capacidad residual del proponente o K de contratación, la entidad contratante deberá considerar los contratos relevantes que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta, de acuerdo con lo señalado en el respectivo pliego de condiciones, incluyendo los que tenga por su participación en sociedades, consorcios o uniones temporales. El pliego también definirá la forma en que se tendrá en cuenta el porcentaje de ejecución de contratos no finalizados que se consideren en el cálculo de la capacidad residual para obtener su resultado".
La AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA calculará la capacidad residual de contratación con los datos reportados en la Cámara de Comercio como capacidad máxima en la actividad requerida, restando a ésta, el total de los cinco (5) contratos más representativos en ejecución y reportados por el proponente, al cierre del proceso”
Para consorcios o uniones temporales la capacidad de contratación residual se determinará individualmente y deberán cumplir las mismas condiciones fijadas para los proponentes individuales, que no formen consorcios o uniones temporales.
Para el presente proceso de selección se deberá acreditar un K residual de contratación igual o superior al valor del presupuesto del presente proceso de selección, diligenciando para el efecto el Formato No. 3.
NOTA: Cuando se trate de oferentes de orden estatal, no se exigirán los documentos financieros y por ende el K de contratación residual y patrimonial, pero en su lugar deben emitir una carta por el representante legal del oferente, bajo la gravedad de juramento, en la cual conste que esa Entidad no está obligada por ley a emitir los documentos financieros requeridos en el pliego de condiciones
4.3.4. PROPUESTA TÉCNICA (formatos 6 a 11)
La propuesta técnica presentada por el oferente corresponde al diligenciamiento total del Anexo No. 2 - PROPUESTA TÉCNICA. Para ello deberá hacer una valoración de las condiciones y demás aspectos que fundamenten su ofrecimiento técnico.
La oferta técnica NO es subsanable, por ende su omisión genera el RECHAZO de la oferta.
4.4. OFERTA ECONÓMICA
La oferta económica debe corresponder a números enteros consecutivos. En consecuencia, no podrán utilizarse números acompañados de letras, subnúmeros, ni decimales, de presentarse así, la AGR hará los respectivos ajustes aritméticos.
El proponente deberá indicar además del costo del seguro la vigencia ofrecida expresando la fecha de iniciación, la fecha de terminación y el número de días ofrecidos
Serán de exclusiva responsabilidad del oferente los errores u omisiones en que incurra al indicar el valor de su oferta económica, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones, sin que por esta razón haya lugar a alegar ruptura del equilibrio contractual.
Para efecto del señalamiento de la oferta económica, el oferente debe tener en cuenta todos los costos, gastos, impuestos, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos (directos e indirectos) que considere necesarios para la fijación de la oferta económica. Serán de cargo de los oferentes todos los costos asociados con la preparación y presentación de su oferta, por tal motivo la AGR en ningún caso será responsable de los mismos, Formato No. 3.
Si una propuesta no acredita los requisitos técnicos subsanables exigidos y luego de solicitados NO fueron subsanados o aclarados en la oportunidad concedida para ello y/o continúan las inconsistencias, la AGR determinará que la propuesta NO CUMPLE TECNICAMENTE y por tanto el resultado será NO HABILITADO.
4.5. CRITERIOS DE SELECCIÓN.
De conformidad con el Decreto 2474 de 2008, artículo 12 literal a), el criterio de evaluación que permite establecer cuál es la oferta más favorable para la AGR es la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el presente pliego de condiciones.
Si se presenta alguna discrepancia entre las cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras.
4.6. CRITERIOS DE DESEMPATE
Se entenderá que hay empate entre dos proponentes cuando estén en igualdad de condiciones para adjudicarles el contrato.
Si una vez efectuada la calificación correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará al nacional.
Cuando se presente un empate entre dos o más propuestas de las que hagan parte personas naturales y/o jurídicas extranjeras, se preferirá la propuesta del grupo cuyos integrantes acrediten todo el cumplimiento del principio de reciprocidad, o para quienes sea aplicable un tratado o convenio en donde dicho principio se consagre.
Cuando se presente un empate entre dos (2) o más propuestas y no sea posible resolverlo utilizando los criterios anteriores, se realizará un sorteo.
CAPITULO 5
PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN. FACTORES DE PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN, PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
5.1. PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La calificación de las propuestas presentadas tendrán un puntaje máximo de mil (1000) puntos; el cual se distribuirá entre los siguientes factores:
CRITERIO | PUNTAJE PARCIAL | PUNTAJE TOTAL |
TECNICO | 300 | |
- Amparos Obligatorios | EXCLUYENTE | |
- Amparos Adicionales | 40 | |
- Cláusulas Obligatorias | 100 | |
- Cláusulas Adicionales | 40 | |
- Atención Trámite y Pago de Siniestros | 40 | |
- Condiciones Especiales | 40 | |
-Cláusulas de Garantía | 40 | |
ECONÓMICO | 600 | |
- Costo de los Seguros | 300 | |
- Deducibles | 300 | |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 | 100 |
TOTALES | 1000 | 1000 |
5.1.1. FACTORES TÉCNICOS
5.1.1.1. AMPAROS OBLIGATORIOS Y CLÁUSULAS OBLIGATORIAS
Los amparos obligatorios y las cláusulas obligatorias descritas para cada uno de los xxxxx relacionados en el anexo técnico, deberán ser ofrecidos por el proponente, pues ellos constituyen las condiciones técnicas mínimas de cada seguro. Solamente se considerarán, evaluarán y calificarán los xxxxx de cada propuesta que coticen la totalidad de los amparos y cláusulas obligatorias solicitadas. Los xxxxx de cada propuesta que omitan o excluyan algunos de los amparos o cláusulas denominadas obligatorias, no se evaluarán.
5.1.1.1.1. AMPAROS OBLIGATORIOS (EXCLUYENTE)
Para presentar la oferta, el proponente deberá incluir esta información (impresa y en medio magnético) en los formatos suministrados con el pliego de condiciones y relacionados en el anexo técnico. Si el proponente no utiliza dichos formatos, la propuesta deberá contener toda la información descrita en los mismos.
El proponente podrá presentar sublímites para los amparos obligatorios que así lo permitan en el formato respectivo. Cuando se sublimiten amparos que no tengan prevista esta opción, se entenderá que dicho amparo no se otorga y por ende no se calificará el ramo respectivo.
Cada uno de los sublímites presentados en los amparos obligatorios, producirá disminución, de 10 puntos del puntaje total del factor técnico xxx xxxx evaluado, de acuerdo con la siguiente ponderación:
• Al proponente que no sublimite, un amparo obligatorio no se le disminuirá puntaje.
• Al proponente que sublimite un amparo obligatorio se le disminuirá un máximo de 10 puntos, los cuales se calcularán frente a los sublímites de los demás proponentes mediante regla de tres inversa. Por lo tanto, cuando sea un solo el proponente que sublimite se le descontarán 10 puntos y cuando sean dos o más los proponentes que sublimiten, se disminuirá el mayor puntaje (10 puntos) a aquel cuyo sublímite otorgue la menor cobertura e inversamente proporcional a los demás.
• Cuando las condiciones de un sublímite no permitan aplicar la regla de tres, por cuanto sus elementos no
sean comparables con los otros sublímites ofertados, se descontarán 10 puntos a tal sublímite.
5.1.1.1.2. CLÁUSULAS OBLIGATORIAS (100 PUNTOS)
Para presentar la oferta, el proponente deberá incluir esta información (impresa y en medio magnético) en el formato suministrado con el pliego de condiciones. Si el proponente no utiliza dicho formato, la propuesta deberá contener toda la información descrita en el mismo.
Teniendo en cuenta las condiciones xxx xxxxxxx reasegurador, el proponente podrá modificar las cláusulas obligatorias únicamente en cuanto al número de días, el porcentaje o el valor, a que haga alusión la respectiva cláusula. Cuando en la cláusula se haga mención a un mínimo de días, porcentajes o valores, el proponente no podrá ofrecer una cantidad inferior a la requerida so pena de ser rechazada la oferta para tal ramo.
Por otra parte el proponente podrá variar el texto de la cláusula presentada, pero no podrá cambiar ni modificar el objeto de la misma, ya que si el texto ofrecido por el proponente no tiene el mismo objeto y características de la cláusula solicitada en el pliego de condiciones, no se evaluará el ramo.
Las variaciones en los textos y condiciones de la cláusula se deberán indicar en la columna “texto de la cláusula ofrecida”. Queda prohibido modificar el texto señalado en la columna “descripción de la cláusula”. Si algún proponente indica afirmativamente que otorga alguna cláusula y que su texto es igual al solicitado en el pliego de condiciones, y modifica el texto de la columna “descripción de la cláusula”, se entenderá que el alcance de la misma es el dispuesto en el pliego de condiciones y no el modificado por el proponente. Por otra parte, si el proponente indica afirmativamente que otorga la cláusula y no indica si el texto ofrecido es igual al indicado en el pliego de condiciones se entenderá que el texto a aplicar es el requerido en el pliego de condiciones.
Cada una de las cláusulas obligatorias se calificará con un máximo de 100 puntos así:
• En las cláusulas que se haga mención a número de días, porcentajes o valores, se otorgarán 100 puntos al proponente que ofrezca la mayor cobertura y a los demás de manera proporcional.
• En las cláusulas que se establezca un número de días, porcentaje o valor mínimo el proponente no podrá ofertar una suma inferior so pena de ser rechazada la oferta.
• Si la cláusula no hace referencia a número de días, porcentaje o valor se otorgarán 100 puntos al proponente que la ofrezca en iguales condiciones y no se evaluará la oferta del proponente que no lo haga o varíe su objeto.
Luego se sumará el valor obtenido para cada una de las cláusulas obligatorias y se dividirá entre el número total de cláusulas obligatorias requeridas en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total de este aspecto.
5.1.1.2. AMPAROS ADICIONALES (40 puntos)
Para presentar la oferta, el proponente deberá presentar la información de los amparos adicionales (impresa y en medio magnético) en los formatos suministrados con el pliego de condiciones y relacionados en el anexo 1.
En el evento de que el proponente no utilice los mencionados formatos, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en los mismos.
Se calificará con 40 puntos cada uno de los amparos adicionales otorgados en las mismas condiciones en que fueron solicitados. Si el amparo no es ofrecido, no obtendrá puntaje.
Los amparos que se otorguen con sublímites se calificarán proporcionalmente mediante regla de tres en comparación con los demás oferentes. Cuando no sea posible aplicar la regla de tres, por cuanto los
elementos del sublímite no sean comparables, se otorgará la mitad del puntaje. Cuando ninguno de los oferentes otorgue el amparo evaluado en las mismas condiciones solicitadas, la comparación se realizará contra el amparo requerido en el pliego de condiciones.
Luego se sumará el valor obtenido para cada uno de los amparos ofrecidos en el ramo evaluado y se dividirá entre el número total de amparos solicitados en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total de los amparos adicionales del respectivo ramo.
Los amparos otorgados que no se hayan solicitado en el pliego de condiciones no serán calificados pero si serán tenidos en cuenta en caso de un empate entre proponentes.
Para los xxxxx de seguros en los cuales no se soliciten amparos adicionales, el máximo puntaje se le otorgará al proponente que otorgue la totalidad de los amparos obligatorios, sin perjuicio de las disminuciones establecidas por la aplicación de sublímites.
5.1.1.3. CLÁUSULAS ADICIONALES (40 puntos)
Para presentar la oferta, el proponente deberá presentar la información de las cláusulas adicionales (impresas y en medio magnéticas) en los formatos suministrados con el pliego de condiciones y relacionados en el anexo 1.
En el evento de que el proponente no utilice los mencionados formatos, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en los mismos.
Se calificará con 40 puntos cada una de las cláusulas otorgadas en las mismas condiciones en que fueron solicitadas. Si la cláusula no es ofrecida, no obtendrá puntaje.
Las cláusulas que se otorguen con sublímites se calificarán proporcionalmente mediante regla de tres en comparación con los demás oferentes. Cuando no sea posible aplicar la regla de tres, por cuanto los elementos del sublímite no sean comparables, se otorgará la mitad del puntaje. Cuando ninguno de los oferentes otorgue la cláusula evaluada en las mismas condiciones solicitadas, la comparación se realizará contra la cláusula requerida en el pliego de condiciones.
Las variaciones en los textos y condiciones de la cláusula se deberán indicar en la columna “texto de la cláusula ofrecida”. Queda prohibido modificar el texto señalado en la columna “descripción de la cláusula”.
Si algún proponente indica afirmativamente que otorga alguna cláusula y que su texto es igual al solicitado en el pliego de condiciones, y modifica el texto de la columna “descripción de la cláusula”, se entenderá que el alcance de la misma es el dispuesto en el pliego de condiciones y no el modificado por el proponente.
Si al revisar el texto de la cláusula adicional ofrecida se advierte que el objeto de la misma es diferente al de la descrita en el pliego de condiciones, se tendrá como no presentada.
Luego se sumará el valor obtenido para cada una de las cláusulas ofrecidas en el ramo evaluado y se dividirá entre el número total de cláusulas solicitadas en el pliego de condiciones, obteniendo el puntaje total de las cláusulas adicionales del respectivo ramo.
Las cláusulas otorgadas que no se hayan solicitado en el pliego de condiciones no serán calificadas pero si serán tenidas en cuenta en caso de un empate entre proponentes.
Para los xxxxx de seguros en los cuales no se soliciten cláusulas adicionales, el máximo puntaje se le otorgará al proponente que otorgue la totalidad de las cláusulas obligatorias, sin perjuicio de las disminuciones establecidas por la aplicación de sublímites.
5.1.1.4. ATENCIÓN, TRÁMITE Y PAGO DE SINIESTROS (40 puntos)
5.1.1.4.1. DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL PAGO (30 PUNTOS)
Se calificará con 30 puntos al proponente que exija el menor número de documentos para el pago de siniestros. A los demás proponentes se les calificará en forma proporcional descendente.
Para efectos de la evaluación, los documentos solicitados en original, copia al carbón, copia auténtica, etc., serán tenidos como dos documentos en fotocopia simple.
La no presentación de la totalidad de la información requerida en el formato No. 2, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
La utilización de expresiones que permitan a la aseguradora solicitar un mayor número de documentos de los que se relacionan en el formato o de los que se indican en la oferta, tales como “los demás que la compañía requiera”, “cualquier otro necesario para el trámite”, “los requeridos para acreditar la ocurrencia del siniestro y cuantía de la pérdida”, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
La información requerida se deberá presentar para cada uno de los xxxxx contemplados en el pliego.
Cuando los documentos requeridos para el pago de siniestros varíen de acuerdo al amparo afectado, el proponente deberá presentar la información para cada uno de los amparos.
5.1.1.4.2. PLAZO PARA EL PAGO DE SINIESTROS (10 PUNTOS)
Se otorgará un máximo 10 puntos al proponente que ofrezca el menor número de días para el pago de siniestros de acuerdo con la siguiente tabla:
NUMERO DE DÍAS | PUNTAJE |
HASTA TRES DÍAS HÁBILES | 10 |
DE CUATRO A OCHO DÍAS HÁBILES | 5 |
DE NUEVE A QUINCE DÍAS HÁBILES | 2 |
MAYOR A QUINCE DÍAS HÁBILES | 0 |
5.1.1.5. CONDICIONES ESPECIALES (40 puntos)
Se otorgarán hasta 40 puntos, de acuerdo con las condiciones especiales determinadas en los formatos de cada uno de los xxxxx señalados en pliego de condiciones.
5.1.1.6. CLAUSULAS DE GARANTIA (40 puntos)
El proponente deberá indicar en el formato respectivo, las cláusulas de garantía exigidas. Se otorgarán 40 puntos al proponente que exija el menor número de cláusulas de garantía y a los demás de manera proporcional.
Las únicas cláusulas de garantía aplicables a cada seguro serán las que se relacionen en el formato dispuesto para cada ramo. Por lo tanto expresiones como “las indicadas en las condiciones generales del seguro” o “aquellas otras que se relacionen en la póliza” no son de recibo, pues es deber del proponente relacionar expresamente las únicas cláusulas de garantía que aplicará para cada seguro.
En el evento de que alguna cláusula de garantía no pueda ser cumplida por el Asegurado, se rechazará la oferta en el ramo respectivo.
5.1.2. FACTORES ECONOMICOS
5.1.2.1. COSTO DE LOS SEGUROS – MAYOR VIGENCIA (300 puntos)
Se otorgarán 300 puntos al proponente que con base en el presupuesto asignado ofrezca la mayor vigencia técnica la cual deberá vencer como mínimo el 31 de julio de 2013 a las 24:00 horas, (para un mínimo de 790 días) A los demás proponentes se les otorgará el puntaje de este aspecto de manera proporcional mediante regla de tres.
Para tales efectos el vencimiento de todas las pólizas del programa de seguros deberá estar unificado, excepto para los seguros de de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito SOAT cuyas vigencias mínimas serán de tres años.
Se aclara que el valor de cada póliza se debe cotizar únicamente sobre los valores asegurados indicados en el pliego de condiciones. El comité evaluador revisará el valor de las primas indicadas en la propuesta contra los valores asegurados y las tasas indicadas por el oferente. Si el valor indicado por el oferente no coincide, se tomará para la evaluación el calculado por el comité evaluador. En caso que el proponente no indique la tasa a aplicar para cada seguro el comité la calculará proporcionalmente tomando el valor asegurado y el valor de la prima neta indicados en la propuesta.
5.1.2.2 DEDUCIBLES (300 puntos)
Se calificará con máximo 300 puntos cada uno de los deducibles ofertados, con base en la tabla que se establece en este pliego de condiciones para cada deducible y luego se obtendrá el promedio de la puntuación sumando el puntaje obtenido en cada uno de los deducibles xxx xxxx y dividiendo el resultado entre el número de deducibles.
Si el proponente no indica el valor del deducible en alguna póliza se entenderá que no se aplica, es decir se indemniza al 100% a partir de cualquier valor de pérdida.
Los valores expresados en divisas se calcularán en pesos colombianos a la tasa representativa xxx xxxxxxx, del día en que se cierre la selección.
El proponente deberá indicar los deducibles ofrecidos para cada uno de los eventos o amparos que se indican en la Tabla xxx xxxxxx de condiciones. La evaluación de las ofertas recibidas en este aspecto se realizará con base en dicha tabla que se indica para cada evento o amparo, luego se obtendrá el promedio de la puntuación sumando el puntaje obtenido en cada uno de los deducibles xxx xxxx y dividiendo el resultado entre el numero de deducibles.
5.1.2.2.1. SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
A. TERREMOTO, TEMBLOR Y/O ERUPCIÓN VOLCÁNICA.
DEDUCIBLE ACTUAL: 0% SOBRE EL VALOR DE LA PERDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 2% | -50 |
Superior a 2% y hasta 4% | -100 |
Superior a 4% y hasta 6% | -150 |
Superior a 6% y hasta 8 | -200 |
Superior a 8% y hasta 10% | -250 |
Superior a 10% | No se evalúa el ramo |
• Porcentaje sobre el valor asegurado del predio afectado
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 6% | -300 |
Superior a 6% y hasta 8 | -400 |
Superior a 8% y hasta 10% | -500 |
Superior a 10% | No se evalúa el ramo |
• Porcentaje sobre el valor asegurable del predio afectado
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 2% | -150 |
Superior a 2% y hasta 4% | -250 |
Superior a 4% y hasta 6% | -350 |
Superior a 6% y hasta 8 | -450 |
Superior a 8% y hasta 10% | -550 |
Superior a 10% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -50 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -100 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -150 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -200 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
B. PARA LOS EVENTOS DE XXXX, HMACCoP, TERRORISMO Y SABOTAJE.
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% del valor de la pérdida sin mínimo
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 120 |
Superior a 1% y hasta 2% | -50 |
Superior a 2% y hasta 3% | -100 |
Superior a 3% y hasta 4% | -150 |
Superior a 4% y hasta 5% | -200 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Porcentaje sobre el valor asegurado del predio afectado
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 6% | -300 |
Superior a 6% y hasta 8 | -400 |
Superior a 8% y hasta 10% | -500 |
Superior a 10% | No se evalúa el ramo |
• Porcentaje sobre el valor asegurable del predio afectado
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 2% | -150 |
Superior a 2% y hasta 4% | -250 |
Superior a 4% y hasta 6% | -350 |
Superior a 6% y hasta 8 | -450 |
Superior a 8% y hasta 10% | -550 |
Superior a 10% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el xxxx |
X. XXXXX CALIFICADO PARA CUALQUIER BIEN
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 120 |
Superior a 1% y hasta 2% | -50 |
Superior a 2% y hasta 3% | -100 |
Superior a 3% y hasta 4% | -150 |
Superior a 4% y hasta 5% | -200 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el xxxx |
X. XXXXX SIMPLE PARA CUALQUIER BIEN
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 120 |
Superior a 1% y hasta 2% | -50 |
Superior a 2% y hasta 3% | -100 |
Superior a 3% y hasta 4% | -150 |
Superior a 4% y hasta 5% | -200 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
E. DAÑO INTERNO EN EQUIPOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% DEL VALOR DE LA PÉRDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 120 |
Superior a 1% y hasta 2% | -50 |
Superior a 2% y hasta 3% | -100 |
Superior a 3% y hasta 4% | -150 |
Superior a 4% y hasta 5% | -200 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
F. ROTURA DE MAQUINARIA
DEDUCIBLE ACTUAL: SIN DEDUCIBLE
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | -50 |
Superior a 1% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 3% | -150 |
Superior a 3% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 5% | -250 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
G. DEMAS EVENTOS
DEDUCIBLE ACTUAL: SIN DEDUCIBLE
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | -100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -150 |
Superior a 2% y hasta 3% | -200 |
Superior a 3% y hasta 4% | -250 |
Superior a 4% y hasta 5% | -300 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
H. TODO DAÑO O PÉRDIDA DE CELULARES, AVANTELES, BEEPERS, RADIOTELÉFONOS Y DEMÁS EQUIPOS PORTÁTILES DE COMUNICACIÓN, CUALQUIERA SEA SU TECNOLOGÍA
DEDUCIBLE SOLICITADO: SIN DEDUCIBLE
• Deducible único
VALOR | PUNTOS |
$0 | 300 |
Superior a $0 y hasta $200.000 | -300 |
Superior a $200.000 | No se evalúa el Ramo |
I. ROTURA XX XXXXXXX
DEDUCIBLE SOLICITADO: Sin deducible
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMLMV | No se evalúa el ramo |
5.1.2.2.2. SEGURO DE AUTOMOVILES
Para este ramo no se acepta la aplicación de deducibles. El oferente que aplique deducibles para el seguro de automóviles obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
5.1.2.2.3. SEGURO DE TRANSPORTE DE VALORES
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida:
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | -100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -150 |
Superior a 2% y hasta 3% | -200 |
Superior a 3% y hasta 4% | -250 |
Superior a 4% y hasta 5% | -300 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
5.1.2.2.4. SEGURO GLOBAL DE MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES.
A. PARA PÉRDIDAS POR PERSONAL NO IDENTIFICADO.
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida:
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 3% | -150 |
Superior a 3% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 5% | -250 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
B. PARA CAJAS MENORES.
DEDUCIBLE ACTUAL: Sin deducible
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMLMV | No se evalúa el ramo |
C. DEMÁS EVENTOS.
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida:
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 3% | -150 |
Superior a 3% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 5% | -250 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
5.1.2.2.5. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
A. PARQUEADEROS.
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida:
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 3% | -150 |
Superior a 3% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 5% | -250 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
B. GASTOS MÉDICOS.
DEDUCIBLE ACTUAL: Sin deducible
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMLMV | No se evalúa el ramo |
C. DEMÁS AMPAROS
DEDUCIBLE ACTUAL: 1% SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA, SIN MINIMO
• Porcentaje sobre el valor de la pérdida:
PORCENTAJE | PUNTOS |
0% | 150 |
Superior a 0% y hasta 1% | 100 |
Superior a 1% y hasta 2% | -100 |
Superior a 2% y hasta 3% | -150 |
Superior a 3% y hasta 4% | -200 |
Superior a 4% y hasta 5% | -250 |
Superior a 5% | No se evalúa el ramo |
• Valor mínimo a partir del cual se reconoce la indemnización:
VALOR MÍNIMO EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMLMV) O SU EQUIVALENTE | PUNTOS |
0 SMLMV | 150 |
Superior a 0 SMMLV y hasta 0,5 SMMLV | -100 |
Superior a 0,5 SMMLV y hasta 1 SMMLV | -150 |
Superior a 1 SMMLV y hasta 1,5 SMMLV | -200 |
Superior a 1,5 SMMLV y hasta 2 SMMLV | -250 |
Superior a 2 SMLMV | No se evalúa el ramo |
5.1.2.2.6. SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO SOAT
Para este ramo no se acepta la aplicación de deducibles. El oferente que aplique deducibles para el seguro de automóviles obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
5.1.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 puntos)
Se asignarán cien (100) puntos a la oferta que demuestre su contribución al apoyo de la industria nacional.
En aplicación del principio de reciprocidad y de apoyo a la industria nacional de que trata la Ley 816 de 2003 y en concordancia con el Decreto 2474 de 2008, se otorgará tratamiento de servicios nacionales a aquellos servicios originarios de empresas o sociedades de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales. En este caso deberá señalarse el tratado, convenio o acuerdo y/o la ley de ratificación.
Igual tratamiento recibirán aquellas empresas o sociedades originarias de los países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios de origen Colombiano se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. Esto se demostrará con un informe o certificado de la respectiva Misión Diplomática Colombiana que debe indicar por los menos los siguientes aspectos:
a) País de origen.
b) Funcionario competente (nombre, cargo y firma). Citación de la disposición legal que lo autoriza para expedir la certificación.
c) Indicación xx xxx interna del país extranjero o del documento referente al trato igualitario a los proponentes colombianos en materia de acceso a contrataciones estatales.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
5.1.3.1. CRITERIO PUNTUACIÓN MÁXIMA
Se ofertan solo bienes y servicios de origen nacional y el personal principal ofrecido en la propuesta es 100% nacional (Art. 11 del decreto 679 de 1994).
100 Puntos
El país del proponente aplica el principio de reciprocidad y concede en contrataciones estatales a los colombianos el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales. (anexar certificado de misión consular o diplomática o citar ley o acuerdo)
50 puntos
Si al país del proponte extranjero no aplica el principio de reciprocidad pero en su propuesta el personal principal ofrecido para la prestación de servicios profesionales, técnicos y operativos más del 50%. Son colombianos.
50 Puntos
El país del proponente extranjero aplica el principio de reciprocidad y concede en contrataciones estatales a los colombianos el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales e incorpora en su propuesta de personal principal más del 50% servicios profesionales, técnicos y operativos colombianos. (Anexar certificado de misión consular o diplomática o citar ley o acuerdo)
100 puntos
CAPITULO 6
DEL CONTRATO, CONDICIONES GENERALES Y CLAUSULAS DE LA MINUTA
El contrato que resulte del presente proceso de selección es de compraventa. Este pliego de condiciones forma parte integral del contrato que se celebre como consecuencia de este proceso.
6.1. OBJETO.
Amparar los bienes e intereses patrimoniales de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA y aquellos por los cuales sea legalmente responsable, de acuerdo con los términos y condiciones previstos para cada uno de los seguros.
6.1.2. ESPECIFICACIONES
a. Objeto de cada seguro: Cada uno de los seguros requeridos deberán tener por objeto:
SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
Amparar todos los bienes inmuebles y muebles de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA o aquellos que se encuentren bajo su control, tenencia, responsabilidad o custodia, ubicados en el territorio nacional contra los daños o pérdidas materiales a consecuencia de cualquier riesgo, tanto por eventos internos o externos, incluyendo las pérdidas consecuenciales por todo concepto. Los sublímites otorgados en cada una de las cláusulas establecidas operan en exceso del valor asegurado y no haciendo parte del mismo.
SEGURO DE AUTOMÓVILES
Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA o por los que sea legalmente responsable, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que se causen.
SEGURO DE TRANSPORTE DE VALORES
Amparar las pérdidas o daños materiales causados durante la movilización, dentro del territorio nacional, de dineros (moneda legal y divisas) y títulos valores de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA o por los que sea o deba ser legalmente responsable.
SEGURO GLOBAL DE MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES.
Amparar a la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA contra los riesgos que impliquen menoscabo de sus fondos y bienes, causados por los empleados en ejercicio de sus cargos o sus reemplazos, por actos que se tipifiquen como delitos contra la administración pública o fallos con responsabilidad fiscal, de acuerdo con la Resolución 014249 del 15 xx Xxxx de 1992, aprobada por la Contraloría General de la República y demás normas concordantes.
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
Amparar los perjuicios patrimoniales que sufra la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA como consecuencia de la Responsabilidad Civil Extracontractual originada dentro o fuera de sus instalaciones, en el desarrollo de sus actividades o en lo relacionado con ella, lo mismo que los actos de sus empleados y funcionarios dentro y fuera del territorio nacional.
SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO (S.O.A.T.)
Amparar los daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, ocurridos dentro del territorio nacional, con los vehículos automotores de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA y con aquellos otros vehículos por los cuales sea responsable.
6.2. OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
6.2.1. Por parte de LA AUDITORÍA:
1. Garantizar la apropiación de los recursos económicos para la ejecución del contrato.
2. Entregar al contratista la información y los documentos que dependan de la entidad y que sean necesarios para la ejecución del contrato.
3. Hacer seguimiento, a través de la supervisión, del cumplimiento del objeto contractual.
4. Cancelar el valor del contrato, previa certificación de cumplimiento suscrita por el supervisor de la orden.
6.2.2. Por parte del CONTRATISTA:
El CONTRATISTA se comprometerá a cumplir, además de las obligaciones inherentes al idóneo cumplimiento del objeto contractual las derivadas y las que surgen de la invitación, con las siguientes:
1. Cumplir con el objeto del contrato y las especificaciones técnicas requeridas en este proceso.
2. Como documento anexo a la factura de cobro deben enviar certificación en la que se acredite el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje de sus empleados y el P.A.C. que asigne la Dirección Nacional xxx Xxxxxx.
3. Sostener los precios ofertados durante la vigencia del contrato.
4. Las demás que se requirieran de acuerdo con la naturaleza del contrato.
6.3. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de los contratos de seguro, corresponderá a la vigencia técnica de los seguros a contratar y será a partir de las 00:00 horas del 03/06/2011 y MINIMO hasta las 24:00 horas del 31/07/2013 (para un mínimo de 790) días, con excepción del SOAT, cuyas vigencias serán de tres años, a partir de la fecha de vencimiento de las pólizas actualmente vigentes.
6.4. VALOR
El valor del presente contrato es hasta por la suma de SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($72.175.476,oo) m/cte., el cual incluye todos los impuestos, costos directos e indirectos a que haya lugar.
6.5. FORMA Y REQUISITOS PARA EL PAGO
La AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA pagará el valor de las primas de acuerdo con la disponibilidad presupuestal en cada año de la siguiente forma:
• Los pagos que se efectúen con cargo al presupuesto del año 2011 se realizarán dentro de los treinta
(30) días siguientes a la radicación de los documentos de cobro, acompañados de los requisitos legales, tales como la información que acredite el pago de las obligaciones al Sistema Integral de Seguridad Social (ARP, EPS, Pensiones) y Parafiscales (ICBF, Cajas de Compensación Familiar y Sena, cuando a ello haya lugar) y el cumplido expedido por el supervisor del contrato.
• Los pagos que se realizarán con cargo a las vigencias fiscales de los años 2012 y 2013 se efectuarán dentro de los primeros noventa días de cada año, previa presentación de los documentos de cobro, acompañados de los requisitos legales, tales como la información que acredite el pago de las obligaciones al Sistema Integral de Seguridad Social (ARP, EPS, Pensiones) y Parafiscales (ICBF, Cajas de Compensación Familiar y Sena, cuando a ello haya lugar) y el cumplido expedido por el supervisor del contrato.
• Para efectuar cada pago se requerirá la certificación por parte xxx Xxxxxxxx de Seguros, en la cual conste haber recibido a satisfacción las respectivas pólizas en las condiciones contratadas. Si las pólizas no han sido correctamente elaboradas, el término para el pago sólo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten en debida forma.
• Los pagos estipulados, quedan sujetos a los recursos del PAC que la Dirección General del Crédito Público y xxx Xxxxxx Nacional, sitúe a la Auditoria General de la Republica y serán consignados a la Cuenta que indique el contratista en el proceso de legalización del contrato.
• El proponente deberá aceptar la forma de pago aquí anotada.
6.6. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato será en la ciudad de Bogotá, sede central de la Auditoría.
6.7. APROPIACIÓN PRESUPUESTAL
LA AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 7711 del 22 de febrero de 2011 por valor de $ 22.535.886, incluido IVA, para amparar la contratación tanto de la vigencia fiscal 2010, y vigencias futuras solicitadas mediante solicitud 20112310010731 del 23 de febrero de 2011 por valor de $32.604.000 para la vigencia 2012 y $17.035.590 para cubrir hasta las 24:00 horas del 00 xx xxxxx xx xx xxxxxxxx 0000.
Así las cosas, conforme a los valores estimados para los años 2011, 2012 y 2013, teniendo en cuenta que se estima como plazo de ejecución MINIMO de SETECIENTOS NOVENTA DIAS (790), entre las 00:00 horas del 3 xx Xxxxx de 2011 y el 31 de julio de 2013 a las 24:00 horas, el valor máximo de los contratos de seguros será la suma de SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS ($72.175.476,oo) m/cte.
6.8. OBLIGACIÓN ESPECIAL - APLICACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD.
El CONTRATISTA se obliga a consultar, respetar y aplicar los procedimientos establecidos en el Sistema de Gestión de Calidad de la Auditoría General de la República, que tengan relación con el objeto del contrato.
6.9. INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL
Las personas que EL CONTRATISTA designe para el cumplimiento del objeto contratado, por la suscripción del presente contrato no adquiere vínculo laboral alguno con LA AUDITORÍA y en virtud de la Ley 80 de 1993, artículo 32, numeral 3º, no tendrá derecho al reconocimiento ni de prestaciones sociales ni ningún otro emolumento distinto al pago del valor determinado para el contrato.
6.10. INDEMNIDAD
De conformidad con lo establecido en el Decreto 4828 de 2008, artículo 6º, EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA AUDITORÍA de reclamos, pleito, quejas, demandas, acciones legales y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo costos y gastos provenientes de actos y omisiones originados en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
6.11. CONTROL Y VIGILANCIA
La vigilancia de la ejecución del contrato será de ejercida por la AUDITORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, a través del Director de Recursos Físicos en coordinación con los Gerentes Seccional I, III, IV, V, VI y VII o en su defecto del funcionario que designe por escrito el competente contractual. El supervisor está autorizado para impartir instrucciones y órdenes al contratista sobre asuntos de su responsabilidad y éste estará obligado a acatarlas. El supervisor del contrato será el responsable de:
Vigilar y verificar el cumplimiento del objeto contractual y las obligaciones a cargo de la contratista.
Elaborar la certificación de cumplimiento (recibo a satisfacción) con la respectiva constancia de haber verificado que el contratista ha efectuado los pagos al Sistema de Seguridad Social Integral de acuerdo con lo previsto en la normatividad vigente.
Formular al contratista las observaciones e instrucciones que estime procedentes para el desarrollo y ejecución del contrato. Al respecto, todas las comunicaciones u órdenes deberán constar por escrito y harán parte de la carpeta contractual.
Estarse a lo dispuesto en la Resolución Orgánica No. 370 de 2007 emanada de la Auditoría General de la República.
Sin perjuicio de lo anterior, deberá cumplir las normas que sobre este aspecto trata la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
Todas las comunicaciones u órdenes destinadas al contratista serán expedidas o ratificadas por escrito y formarán parte de los documentos del contrato.
El supervisor de un contrato no está facultado para tomar decisiones administrativas y, por lo tanto, no puede exonerar al contratista de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni modificarlas, ni ordenar trabajo o labor alguna que traiga consigo variaciones en el plazo o en el valor del mismo.
6.12. GARANTÍAS
De acuerdo a lo previsto en el último inciso del artículo séptimo de la Ley 1150 de 2007, las garantías no serán obligatorias en los contratos de seguro, motivo por el cual no se exigirá dicha garantía para amparar los contratos de seguros a celebrar, los cuales prestarán mérito ejecutivo en los términos previstos en el Código de Comercio.
6.13. SUSPENSIÓN
Las partes de común acuerdo o por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobadas, podrán suspender la ejecución del presente contrato mediante la suscripción de acta, sin que para efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión.
6.14. TERMINACIÓN ANTICIPADA O PRÓRROGA DEL CONTRATO
De común acuerdo entre las partes, se podrá dar por terminado el contrato antes de su vencimiento o prorrogarse, mediante acta o contrato adicional suscrito para el efecto.
6.15. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES
A este contrato no le son aplicables las cláusulas excepcionales de modificación, interpretación, terminación unilaterales y caducidad, establecidas en la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes, por expresa disposición establecida en el parágrafo numeral 2, artículo 14 de la ley 80 de 1993.
6.16. CESIÓN
Se prohíbe a EL CONTRATISTA subcontratar o ceder el presente contrato a cualquier título, sin previa autorización escrita por parte de LA AUDITORÍA, en razón a que el mismo se celebra en consideración de las calidades personalísimas del CONTRATISTA.
6.17. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento, el cual se entiende prestado con la firma de este documento, que no se encuentra incurso en causal alguna de inhabilidad o incompatibilidad o dentro de las prohibiciones especiales para contratar, previstas en la Constitución Política o en la ley. PARÁGRAFO PRIMERO: Si llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en EL CONTRATISTA, ésta cederá inmediatamente el contrato previa autorización escrita de LA AUDITORÍA y, si ello no fuere posible, EL CONTRATISTA solicitará la terminación anticipada. PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA de llegar a estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad, deberá informarlo inmediatamente a LA AUDITORÍA y podrá proponer un candidato para la cesión del mismo, quién deberá manifestar por escrito que se encuentra dispuesto a continuar con la ejecución del contrato en las mismas condiciones pactadas. LA AUDITORÍA se reserva la facultad de aceptar al candidato propuesto por EL CONTRATISTA o en su defecto, autorizar la cesión a favor de un tercero que reúna las condiciones requeridas para continuar la ejecución contractual.
6.18. MULTAS
Las partes dentro del libre ejercicio de la autonomía de su voluntad, expresamente pactan el siguiente acuerdo de orden económico: En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA, a título de apremio, LA AUDITORÍA podrá declarar ese hecho y hacer efectivo los apremios o multas diarias y sucesivas del 0.1% del valor total del contrato por cada día de retraso sin exceder el 10% del valor del mismo. Estos apremios convencionales una vez declarados por LA AUDITORÍA se pagarán mediante compensación con las sumas debidas a EL CONTRATISTA y en caso de insuficiencia de saldos para cubrir este valor se cancelarán directamente por EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO PRIMERO: Para la imposición de las multas LA AUDITORÍA deberá seguir el procedimiento establecido para este fin en el contrato.
6.19. CLÁUSULA PENAL
Las partes dentro del libre ejercicio de la autonomía de su voluntad, expresamente pactan el siguiente acuerdo de orden económico: En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, EL CONTRATISTA deberá pagar a LA AUDITORÍA, a título de sanción penal pecuniaria una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, cuyo monto se imputará al de los perjuicios definitivos que sufra LA AUDITORÍA por tal incumplimiento. Las partes pactan que esta sanción penal tiene carácter parcial, que no extingue ni compensa las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA y que es compatible con el cobro definitivo de perjuicios que por vía judicial o extrajudicial debiera hacer LA AUDITORÍA, en caso de incumplimiento del contrato por EL CONTRATISTA . Esta sanción penal pecuniaria se pagará mediante compensación con las sumas debidas a EL CONTRATISTA y en caso de insuficiencia de saldos para cubrir este valor se cancelarán directamente por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO. La xxxx o incumplimiento, se entienden referidos al incumplimiento de las obligaciones sustanciales relativas al objeto del contrato o de cualquier otra obligación de carácter formal. Es entendido y aceptado por las partes que el contrato presta mérito ejecutivo y que lo estipulado en el constituye compromiso irrevocable de pago a favor de LA AUDITORÍA si se presenta cualquiera de las situaciones pactadas.
6.20. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS Y DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA
Las partes dentro del libre ejercicio de la autonomía de su voluntad y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 1150 de 2007, artículo 17, pactan el siguiente procedimiento para la aplicación de lo previsto en las Cláusulas de multa y penal en caso xx xxxx o incumplimiento de las obligaciones pactadas: 1). El Supervisor enviará al ordenador del gasto de LA AUDITORÍA un informe escrito sobre los hechos constitutivos xx xxxx o de cualquier clase de incumplimiento; 2): Una vez recibido el informe, se estudiará si tales hechos constituyen incumplimiento de la(s) obligación(es) por parte de LA CONTRATISTA, de ser así, el ordenador del gasto de LA AUDITORÍA citará a LA CONTRATISTA con el fin de solicitarle las explicaciones del caso. A esta citación podrá invitarse también al Supervisor y demás personas que LA AUDITORÍA estime necesario; 3). En dicha citación se le advertirá a LA CONTRATISTA que de no asistir a la audiencia tendrá tres (3) días hábiles para justificar las razones de su inasistencia. Una vez recibida la justificación, se procederá a señalar por una sola vez nueva fecha y hora para la audiencia; 4) En caso de no asistir a la audiencia o no justificar las razones de su inasistencia, LA AUDITORÍA requerirá a LA CONTRATISTA para que dentro de los (3) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación presente un informe en el que rinda las explicaciones del caso; 5) Una vez evaluadas las explicaciones dadas por LA CONTRATISTA bien sea en audiencia o por escrito, se resolverá sobre la imposición de las sanciones correspondientes; 6) En el evento de no presentarse informe alguno por parte del CONTRATISTA, LA AUDITORÍA resolverá sobre la imposición de multas o de la cláusula penal pecuniaria, con fundamento en la información que tenga al momento de presentarse la xxxx o el incumplimiento. 7) Si LA AUDITORÍA considera que los retardos o incumplimientos pueden ser atendidos mediante los apremios económicos pactados en las Cláusulas de multa y penal, así lo planteará al CONTRATISTA. En caso de que las partes lleguen a este acuerdo se dejará constancia en el acta correspondiente y se procederá al pago de la suma debida por LA CONTRATISTA en la forma pactada en las Cláusulas de multa y penal; si no se llegare a acuerdo, LA AUDITORÍA mediante acto motivado podrá declarar la ocurrencia de los hechos que constituyen la xxxx o el incumplimiento y aplicar los apremios económicos - multas, cláusula penal pecuniaria-, pactados. Cualquiera de estas medidas se pueden aplicar cuantas veces sea necesario, sin superar el máximo porcentaje pactado;
8) LA AUDITORÍA podrá prescindir de la aplicación de los apremios pactados en la Cláusula de multa, y aplicar la cláusula penal pecuniaria no definitiva prevista en la Cláusula penal. Del mismo modo podrá hacerlo si aplicadas las medidas de apremio no se obtiene el cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA y, en general, podrá hacerlo en los casos y condiciones previstos en la ley. PARÁGRAFO PRIMERO: Del procedimiento que se surta se levantará un acta que se suscribirá por los intervinientes o se dejará constancia sobre la actuación que se surta. Los valores de las multas y de la cláusula penal, será impuestos por LA AUDITORÍA mediante resolución motivada, contra la cual procede el recurso de reposición. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las multas sólo procederán mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA.
6.21. LIQUIDACIÓN
El presente contrato se liquidará en los términos y plazos establecidos en la Ley 80 de 1993, artículo 60, modificado por la Ley 1150 de 2007, artículo 11. Para la suscripción del acta de liquidación respectiva, LA AUDITORÍA verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones por parte de LA CONTRATISTA para con el Sistema General Integral de Seguridad Social y parafiscales durante la vigencia del contrato, estableciendo una relación entre el monto cancelado y las sumas que debió cotizar.
6.22. DOCUMENTOS DEL CONTRATO.
Forman parte integral del presente contrato 1. Los estudios previos de conveniencia y oportunidad; 2. El pliego de condiciones; 3. El certificado de disponibilidad presupuestal No. 7711 del 22 de febrero de 2011 por valor de $ 22.535.886, incluido XXX, para amparar la contratación tanto de la vigencia fiscal 2011, como las vigencias futuras solicitadas mediante solicitud 20112310010731 del 23 de febrero de 2011 por valor de
$32.604.000 para la vigencia 2012 y $17.035.590 para cubrir hasta las 24:00 horas del 00 xx xxxxx xx xx xxxxxxxx 0000., 4. Los demás documentos que se deriven en desarrollo del contrato. En caso de presentarse
discrepancias, el orden de prelación será: 1. El contrato; 2. La oferta presentada por EL CONTRATISTA; 3. El pliego de condiciones; 4. Los estudios de conveniencia y oportunidad y 5. El texto del contrato.
6.23. REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN
El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere: a). Por parte del CONTRATISTA la constitución de las garantías previstas en los párrafos anteriores; b). Por parte de LA AUDITORÍA la expedición del registro presupuestal y la aprobación de la garantía única presentada por EL CONTRATISTA. Para su legalización, el presente contrato no requiere ser publicado en el Diario Único de Contratación (XXX) de conformidad con lo previsto en el Decreto 2474 de 2008, artículo 84.
CAPÍTULO 7 FORMATOS Y ANEXOS
7.1. FORMATO No. 1 – MODELO DE CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha Señores
AUDITORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Oficina jurídica – Grupo de Contratación
Calle 18 No. 9 – 79 Plataforma Sur Edificio Colseguros piso 6º Bogotá D.C.
REFERENCIA: Selección Pública de Menor Cuantía No. de 2011
El suscrito obrando en su calidad de , en nombre y
representación de con domicilio en , someto a consideración de la AGR, la siguiente oferta para ejecutar el objeto determinado en el numeral 2.1 y anexo técnico xxx xxxxxx de condiciones de la referencia y en caso de ser favorecido(a) con la adjudicación, suscribiré el contrato respectivo dentro del término dado para este efecto.
Manifestamos bajo la gravedad del juramento lo siguiente:
- Que ni el representante legal de la entidad que represento ni ninguno de sus asociados nos encontramos incursos en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para participar en el proceso de selección o contratar consagradas en las disposiciones contenidas en la Constitución Política, en la ley y en las demás disposiciones vigentes sobre la materia. (En caso de tratarse de un consorcio o unión temporal deberá manifestarse que ninguno de sus integrantes se encuentra en dicha situación).
- Que la información contenida en los documentos y anexos incluidos en esta oferta me (nos) compromete(n) y garantizan la veracidad de las informaciones y datos de la oferta.
- Que los siguientes documentos de nuestra oferta cuentan con reserva legal: , según las siguientes normas:
- Que esta oferta y el contrato u orden que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
- Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato que llegare a celebrarse.
- Que conocemos en su totalidad el pliego de condiciones del proceso de selección de menor cuantía No. de 2011 y los demás documentos del proceso y aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
- Que nos comprometemos a ejecutar el contrato por el término previsto en pliego de condiciones del proceso de la referencia.
- Que la presente oferta consta de (folios) debidamente enumerados.
- Manifestamos bajo la gravedad del juramento, que el servicio ofrecido para la presente pública SI NO
es de origen nacional.
Atentamente:
Firma del oferente
Nombre del representante Legal
C.C.
Empresa Nit Dirección
Teléfono y Fax
7.2. FORMATO No. 2 – REQUISITOS PARA EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES
NOMBRE XXX XXXX: | |||
DOCUMENTO REQUERIDO | CANTIDAD | MARCAR CON UNA X | |
ORIGINAL, COPIA AL CARBON, COPIA AUTENTICA, ETC | FOTOCOPIA SIMPLE | ||
TIEMPO OFRECIDO PARA ENTREGAR LA LIQUIDACIÓN DEL SINIESTRO UNA VEZ ACREDITADA LA OCURRENCIA DEL HECHO Y LA CUANTÍA DE LA PÉRDIDA: | DIAS HABILES | ||
TIEMPO OFRECIDO PARA EL PAGO DE SINIESTROS UNA VEZ RECIBIDA LA LIQUIDACION DEBIDAMENTE SUSCRITA: | DIAS HABILES |
El proponente declara, que los documentos antes relacionados son los únicos que exigirá para la atención, trámite y pago de los siniestros que afecten el ramo arriba citado. Así mismo se obliga a realizar el pago de la indemnización en el término aquí señalado.
El proponente declara que en caso de nombrarse una firma ajustadora para la atención y trámite de cualquier siniestro, dicha persona será informada para que los documentos antes citados sean los únicos que pueda exigir en su proceso de ajuste. Por lo tanto, cualquier incumplimiento por parte del ajustador en este aspecto se entenderá como un incumplimiento por parte del proponente.
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
Nota: Si el proponente no utiliza el presente formato, la propuesta deberá contener toda la información aquí requerida, ya que de lo contrario no se otorgará puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
La utilización de expresiones que permitan a la aseguradora solicitar un mayor número de documentos de los que se relacionan en el formato, tales como “los demás que la compañía requiera”, “cualquier otro necesario para el trámite”, “los requeridos para acreditar la ocurrencia del siniestro y cuantía de la pérdida”, dará lugar al no otorgamiento de puntaje en la calificación de siniestros del respectivo ramo.
7.3. FORMATO No. 3 – RELACION DE CONTRATOS
Nombre o Razón Social de Proponente:
Nombres de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal
1
2
3
4
CONTRATO | NOMBRE CONTRATANTE | OBJETO DEL CONTRATO | VALOR DEL CONTRATO EN PESOS | PLAZO | FECHA DE INICIO | FECHA DE TERMINACIO N | % DE PARTICIP ACIÓN | VALOR EJECUTADO |
Valor Total Contratos Relacionados:
$
Nombre y Firma Representante Legal
7.4. FORMATO No. 4 – RESUMEN ECONOMICO DE LA PROPUESTA
RAMO | VALOR ASEGURADO | TASA OFRECIDA | PRIMA NETA | I.V.A. | PRIMA TOTAL | VIGENCIA OFRECIDA | COMISIÓN INTERMEDIACIÓN |
NOMBRE Y FIRMA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE
LEGAL O APODERADO (según el caso)
Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xx.
0.0. XXXXX Xx. 0 – ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TECNICAS
1. SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
1.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar todos los daños, pérdidas o desaparición que sufran los intereses asegurados, originados por cualquier causa no expresamente excluida, sea que dichos bienes estén en uso o inactivos, dentro o fuera de los predios del asegurado y dentro del territorio nacional, así como los costos y/o gastos en que incurra, o todos combinados, como consecuencia de dichos daños o pérdidas; incluyendo las siguientes coberturas y/o eventos pero sin estar limitado a ellos: Daño material, hurto y hurto calificado para todos los bienes, todo riesgo sustracción, corriente débil, pérdida de datos o portadores externos de datos incluyendo software, rotura de maquinaria, daños a calderas u otros aparatos generadores de vapor, rotura accidental xx xxxxxxx, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás eventos de la naturaleza, XXXX (Actos Mal Intencionados de Terceros), HMACCoP (Huelga, Motín, Asonada, Conmoción Civil o Popular), Terrorismo, Sabotaje
Con esta póliza, se unifica en un solo seguro, parte de las coberturas que se pueden contratar bajo las pólizas de Incendio y/x Xxxx, Sustracción, Equipo Electrónico y Rotura de Maquinaria, para obtener una mayor protección de sus bienes e intereses al contratar una póliza de Todo Riesgo, bajo la cual se amparen todas las pérdidas o daños que puedan sufrir estos, con excepción de los expresamente excluidos.
En consecuencia, las aseguradoras deberán ofertar un seguro que opere bajo la modalidad de todo riesgo de pérdida o daños materiales y no seguros de riesgos nombrados, so pena de no ser calificado el ramo. Por lo tanto el proponente deberá ofertar una tasa única para el cálculo de la prima la cual se aplicará sobre la totalidad del valor asegurado.
1.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, AMPAROS ADICIONALES, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato No. 6. El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético. En el evento de que el proponente no utilice el mencionado formato, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en el mismo.
1.3. VALORES ASEGURADOS.
ELEMENTO / DESCRIPCION | SUMA ASEGURADA |
TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES | |
1. EDIFICIOS | $ 2.898.446.741 |
2. CONTENIDOS | $ 131.150.778 |
3. MAQUINARIA Y EQUIPO EN GENERAL | $ 146.213.000 |
4. EQUIPOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS | $ 1.415.205.056 |
5. VIDRIOS PLANOS | $ 300.000.000 |
6. ADECUACIONES NORMAS SISMO RESISTENCIA | $ 200.000.000 |
7. INDICE VARIABLE 5% (1,2,3,4) | $ 496.835.932 |
TOTAL | $5.587.851.507 |
1.4. DEDUCIBLES.
El proponente deberá indicar los deducibles ofrecidos, los cuales se evaluarán en la forma prevista en los criterios de evaluación.
1.5. DEFINICIÓN DE BIENES INMUEBLES:
Para los efectos de este seguro se entenderá por inmuebles, pero sin limitarse a ellas, las construcciones fijas con todas sus adiciones, anexos y mejoras locativas, incluyendo las instalaciones sanitarias y de agua, así como las eléctricas, de gas y de aire acondicionado subterráneas o no, ascensores e instalaciones permanentes, vidrios internos y externos, que conforman y hacen parte de las construcciones y mejoras locativas, y en general todas las instalaciones propias de Edificios inherentes a ellos, ubicados en cualquier parte del territorio nacional.
CONTENIDOS:
Para los efectos de este seguro se entiende por contenidos, pero sin limitarse a ellos, los muebles y enseres en general, útiles de oficina, papelería, equipos de extinción, máquinas y equipos de oficina no eléctricos, planos, documentos de cartera, archivo en general, libros, bibliotecas, manuscritos, equipos médicos, odontológicos no eléctricos, de laboratorio, de ingeniería, topografía, fotográficos, elementos xx xxxxxxx, bienes devolutivos, dineros, letras, pagarés, títulos valores, implementos de cafetería, mercancías en general y todos aquellos bienes no relacionados o que no sean especificados, de propiedad de la Entidad o por los que sea legalmente responsable, ubicados en cualquier parte de los predios asegurados o los que utilice en desarrollo de sus actividades en todo el territorio nacional.
EQUIPOS ELÉCTRICOS, ELECTRÓNICOS Y DE PROCESAMIENTO DE DATOS:
Para los efectos de este seguro se entiende por equipos eléctricos, electrónicos y de procesamiento de datos, pero sin limitarse a ellos, los consistentes en computadores, incluyendo los portátiles, fijos, disco duro, Drivers, cintas internas, accesorios de regulación de voltaje, corriente, micro computadores, disquetes, máquinas de escribir, calculadoras, fotocopiadoras, facsímiles, registradoras, equipos de oficina, conmutadores, centrales telefónicas, aparatos telefónicos, de intercomunicación, radiocomunicación, antenas y redes inalámbricas, equipos de grabación, equipos de video, telex, beeper, teléfonos celulares, equipos médicos y odontológicos, de laboratorio, de ingeniería, de topografía, fotografía, filmación, proyección, electrodomésticos, y todos los demás equipos eléctricos o electrónicos no relacionados o que no sean especificados, de propiedad de la Entidad, o por los que sea legalmente responsable, ubicados en cualquier parte de los predios asegurados o los que utilice en desarrollo de sus actividades en todo el territorio nacional.
MAQUINARIA Y EQUIPO:
Para los efectos de este seguro se entiende por maquinaria y equipo, pero sin limitarse a ellos, los consistentes en motobombas, ascensores, plantas eléctricas, equipos de mecánica, equipos hidráulicos, maquinaria de talleres, y todas las demás máquinas y equipos no relacionados o que no sean especificados, de propiedad de la Entidad, o por los que sea legalmente responsable, ubicados en cualquier parte de los predios asegurados o los que utilice en desarrollo de sus actividades en todo el territorio nacional.
2. SEGURO DE AUTOMÓVILES
2.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, o por los que sea legalmente responsable, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que se causen.
2.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, AMPAROS ADICIONALES, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato No. 7. El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético. En el evento de que el proponente no utilice el mencionado formato, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en el mismo.
2.3. VEHÍCULOS Y VALORES ASEGURADOS.
ITEM | MARCA | TIPO | CLASE | X.X. | XXX. | XXXXX | XXXXX |
0 | CHEVROLET | RODEO | CAMIONETA | 3200 | 2000 | OBE-631 | $ 25.000.000 |
2 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 1999 | OBG-134 | $ 10.400.000 |
3 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 2000 | OBG-133 | $ 11.200.000 |
4 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 2001 | OBG-132 | $ 12.000.000 |
5 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 2002 | OBG-135 | $ 12.900.000 |
6 | XXXXXXXX XXXX | SEDAN | AUTOMOVIL | 3200 | 1995 | OBG-131 | $ 35.000.000 |
7 | CHEVROLET | IMPALA | AUTOMOVIL | 3800 | 2004 | OBH-670 | $ 16.000.000 |
8 | RENAULT | CLIO | AUTOMOVIL | 1400 | 2006 | OBH-671 | $ 18.500.000 |
9 | TOYOTA (BLINDAJE III) | XXXXXXXX | CAMPERO | 3956 | 2011 | OBI-797 | $ 168.240.000 |
2.4. LIMITES PARA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
• Daños a bienes de Terceros $ 300.000.000
• Muerte o Lesiones a una persona $ 300.000.000
• Muerte o Lesiones a dos o más personas $ 600.000.000
2.5. DEDUCIBLES
Para este ramo no se acepta la aplicación de deducibles. El oferente que aplique deducibles para el seguro de automóviles obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
3. SEGURO DE TRANSPORTE DE VALORES
3.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar las pérdidas o daños materiales causados durante la movilización, dentro del territorio nacional, de dineros (moneda legal y divisas) y títulos valores de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA o por los que sea o deba ser legalmente responsable.
3.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato 8, El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético.
3.3. TRAYECTOS ASEGURADOS
Cualquier trayecto urbano o nacional
3.4. LIMITE POR DESPACHO
Oferta Básica: | $ 10.000.000 |
Alternativa 1: | $ 15.000.000 |
Alternativa 2: | $ 20.000.000 |
Presupuesto anual de Movilizaciones $ 100.000.000
3.5 FORMA DE OPERACIÓN DE LA PÓLIZA
Se requiere que este seguro sea otorgado para amparar cualquier despacho hasta por el límite asegurado, sin que se requiera el suministro de relaciones periódicas de despachos y efectuando el cobro de una prima única por toda la vigencia de la póliza.
El seguro de transporte de valores que sea ofertado con una forma de operación diferente no será evaluado.
4. SEGURO GLOBAL DE MANEJO PARA ENTIDADES OFICIALES.
4.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar a la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, los riesgos que impliquen menoscabo de sus fondos y bienes, causados por los empleados en ejercicio de sus cargos o sus reemplazos, por actos que se tipifiquen como delitos contra la administración pública o fallos con responsabilidad fiscal, de acuerdo con la resolución 014249 del 15 xx xxxx de 1992, aprobada por la Contraloría General de la República y demás normas concordantes.
4.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato No. 9. El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético. En el evento de que el proponente no utilice el mencionado formato, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en el mismo.
4.3. VALORES ASEGURADOS.
Se requiere la cotización de los siguientes límites:
• Oferta Básica: $ 200.000.000
• Alternativa 1: $ 250.000.000
• Alternativa 2: $ 300.000.000
4.4. ASEGURADOS:
Todo el personal de planta de la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, incluyendo contratistas, que ejercen funciones para el servicio de la Entidad.
4.5. DEDUCIBLES.
El proponente deberá indicar los deducibles ofrecidos, los cuales se evaluarán en la forma prevista en los criterios de evaluación.
5. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
5.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar los perjuicios patrimoniales que sufra la AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA como consecuencia de la Responsabilidad Civil Extracontractual originada dentro o fuera de sus instalaciones, en el desarrollo de sus actividades o en lo relacionado con ella, lo mismo que los actos de sus empleados y funcionarios dentro y fuera del territorio nacional.
La presente póliza opera igualmente en exceso xxx xxxxxx de responsabilidad civil contratado en el seguro de automóviles.
5.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, AMPAROS ADICIONALES, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato No. 10. El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético. En el evento de que el proponente no utilice el mencionado formato, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en el mismo.
5.3. VALORES ASEGURADOS.
Se requiere la cotización de los siguientes límites:
• Oferta Básica: $ 500.000.000
• Alternativa 1: $ 600.000.000
• Alternativa 2: $ 700.000.000
5.4. DEDUCIBLES.
El proponente deberá indicar los deducibles ofrecidos, los cuales se evaluarán en la forma prevista en los criterios de evaluación.
6. SEGURO DE DAÑOS CORPORALES CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE TRANSITO (S.O.A.T.)
6.1. OBJETO DEL SEGURO.
Amparar los daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, ocurridos dentro del territorio nacional, con los vehículos automotores de propiedad de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION y con aquellos otros vehículos por los cuales sea responsable.
6.2. AMPAROS OBLIGATORIOS, AMPAROS ADICIONALES, CLÁUSULAS OBLIGATORIAS, CLÁUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES.
La información de los amparos obligatorios, amparos adicionales, cláusulas obligatorias, cláusulas adicionales y condiciones especiales, se encuentran descritas en el formato No. 11. El proponente deberá diligenciar este formato y presentarlo impreso y en medio magnético. En el evento de que el proponente no utilice el mencionado formato, la propuesta deberá incluir la totalidad de la información descrita y solicitada en el mismo.
6.3. VEHÍCULOS ASEGURADOS.
ITEM | MARCA | TIPO | CLASE | X.X. | XXX. | XXXXX | XXXXX XX XXXXXXXXXXX |
0 | CHEVROLET | RODEO | CAMIONETA | 3200 | 2000 | OBE-631 | 15/02/2012 |
2 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 1999 | OBG-134 | 15/08/2011 |
3 | CHEVROLET | CORSA | AUTOMOVIL | 1600 | 2000 | OBG-133 | 15/08/2011 |
4 | XXXXXXXX XXXX | SEDAN | AUTOMOVIL | 3200 | 1995 | OBG-131 | 15/08/2011 |
5 | CHEVROLET | IMPALA | AUTOMOVIL | 3800 | 2004 | OBH-670 | 23/12/2011 |
6 | RENAULT | CLIO | AUTOMOVIL | 1400 | 2006 | OBH-671 | 23/12/2011 |
7 | TOYOTA (BLINDAJE III) | XXXXXXXX | CAMPERO | 3956 | 2011 | OBI-797 | 19/01/2012 |
6.4. DEDUCIBLES
Este seguro no aplica deducibles. El oferente que aplique deducibles obtendrá cero (0) puntos en la evaluación xxx xxxx.
NOTAS PARA TODOS LOS XXXXX: 1. Cuando en el texto de las cláusulas adicionales se haga mención al número de días, se entenderán días calendario, salvo que se realice la aclaración de que se trata de días hábiles. 2. El proponente deberá sostener los precios ofertados durante la vigencia del contrato, siempre que la siniestralidad xxx xxxx no sea mayor al 50% anual.
Ver anexo publicado y diligenciar formatos 6 a 11 como propuesta técnica.
Vo. Bo. Técnico Vo. Bo. Financiero Vo. Bo. Jurídica