PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES
Radio Televisión Nacional de Colombia - rtvc
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
INVITACION RTVC-ID-03-2010
Contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional.
BOGOTA D.C., JULIO DE 2010.
RADIO TELEVISION NACIONAL DE COLOMBIA INVITACION 03 DE 2010
Procedimiento para contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional.
CAPITULO 1.
1. ASPECTOS GENERALES
1. 1 DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD.
RTVC – señalcolombia y canal institucional, necesitan contar con una estrategia de comunicación permanente con su audiencia, hacia el establecimiento de una identidad que permita al televidente reconocer la propuesta de canal y generar recordación y reconocimiento. Es indispensable formular también, una estrategia amplia que permita articular componentes como la divulgación de la programación, la señalización y autopromoción de la parrilla, la introducción de piezas que contribuyan a fortalecer la identidad de los canales señalcolombia y canal Institucional, a través de contenidos e informaciones complementarias que desarrollen un estilo propio y permitan la interacción con la audiencia para conocer sus percepciones, reacciones y requerimientos frente a nuestra propuesta.
Se propende por el fortalecimiento de un estilo para señalcolombia y canal institucional, que genere identidad con las audiencias y logre resultados de calidad y excelencia en la consolidación de un verdadero canal y en el afianzamiento de los canales señalcolombia y Canal institucional como una industria cultural viable y competitiva acorde con la misión y visión de rtvc.
De la misma manera que se articula una parrilla de programación dentro de una lógica educativa y cultural con unos objetivos concretos, debe determinarse una parrilla de piezas promociónales con proyecciones determinadas de acuerdo con las temáticas de programación, franjas y eventos.
1.2 DEFINICIÓN TÉCNICA DE LA FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD.
En este marco es necesario abrir una invitación directa denominada “Convocatoria de Administración Delegada”, para satisfacer la necesidad referida, invitando a Personas Jurídicas, Uniones Temporales y Consorcios con experiencia en el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y canal institucional.
Dicha contratación tendrá como objeto la Contratación xxx xxxxxxx humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los canales señalcolombia y canal institucional.
Un contrato de Administración Delegada es una forma de mandato, en la que el contratista (mandatario o administrador) asume la administración de recursos para la realización de los proyectos determinados por el contratante (mandante), en este caso rtvc.
En este tipo de contratación, rtvc aporta todos los recursos para la realización de los proyectos, y en virtud de esto, mantendrá el control editorial, narrativo y de producción del proyecto. El proponente aportará su infraestructura y experiencia administrativa, y se creará un proyecto en conjunto con el recurso humano seleccionado y contratado por el mandatario para tal fin. Siempre será rtvc quien tendrá la palabra final en los aspectos que tienen que ver con el diseño,
la realización y producción de los proyectos, tales como manejos de contenido, diseño audiovisual y exigencias narrativas
El diseño final de producción se trabajará de manera conjunta entre rtvc y el mandatario para establecer los parámetros de producción con los que se van a trabajar. Esta figura optimiza los recursos y controla la entrega de dineros, ya que al actuar el mandatario (contratista) por su cuenta, es responsable de soportar y justificar cada costo ante el mandante, y es responsable del cumplimiento del fin previsto, atendiendo estrictamente las instrucciones puntuales del mandante rtvc.
Precisado lo anterior y para dar cumplimiento a su actividad misional, para Radio Televisión Nacional de Colombia es de gran importancia abrir una invitación directa para La contratación xxx xxxxxxx humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los canales señalcolombia y canal Institucional.
1.3 OBJETIVO.
Posicionar las marcas de señalcolombia, canal institucional y sus productos, dentro y fuera de su programación, a través del diseño y producción de autopromociones, sostenimiento y actualización de imagen de canal (identificadores, promos, mini-carteleras, legales, mosca e informativos pantalla, promos de marca canal, Campañas de responsabilidad social y otras aplicaciones, por crearse).
1.4 JUSTIFICACION.
Rtvc-señalcolombia y canal institucional tienen el reto permanente de mantener a su audiencia cautiva al tanto de sus novedades de programación, así como de cautivar a nueva audiencia a través de estrategias de fortalecimiento de marca y de sus contenidos.
Para esto es necesario contar con un talento creativo y logístico preparado para articular estrategias de autopromociones innovadoras, sorpresivas y de alto impacto, con el fin de posicionar, sostener y actualizar las marcas de los canales, como medios pioneros, de vanguardia, modernos, culturales y digitales, que los alejen de estereotipos „aburridos‟ o „anticuados‟ y que eviten las confusiones entre los dos canales.
Teniendo en cuenta la infraestructura administrativa de rtvc, se hace necesario establecer una administración delegada que, de manera oportuna, eficiente y transparente, genere las condiciones para cumplir con este objetivo.
1.5 DESCRIPCION DEL PROYECTO
Esta administración delegada tiene alcances específicos:
- La contratación xxx xxxxxxx humano, definido y aprobado por los canales
- La administración de recursos para la ejecución de las autopromociones.
1.6 OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional, en cumplimiento de los objetivos y gestión del canal señalcolombia en el periodo 2010- 2011.
1.6.1 ALCANCE DEL OBJETO
Se busca con el presente contrato que el administrador delegado realice el Diseño creativo y producción de piezas promociónales, de la programación y eventos especiales de señalcolombia y canal Institucional, de acuerdo con los lineamientos y directrices de rtvc.
Las piezas consistirán en:
- Estrategia de expectativa por cada serie o programa a ser lanzado.
- Estrategia de lanzamiento por cada serie o programa a ser relanzado.
- Estrategia de sostenimiento por cada serie y programa al aire.
- Promoción genérica para cada una de las series y programas con renovaciones periódicas.
- Piezas que desarrollen las genéricas para señalcolombia y el canal institucional así como para señalcolombia deportes y eventos especiales culturales.
- Avances de capítulo en diversas versiones según las necesidades requeridas.
- Promoción tipo mini cartelera para los siguientes tres programas.
- Promociones para las franja.
- Promoción de los rostros, voces y personajes que presentan y representan a los canales ante la teleaudiencia.
- Promoción de los valores y principios cívicos y democráticos que ayudan a construir el país que soñamos.
- Promoción de las características pluri-étnicas y multiculturales que constituyen la identidad colombiana con renovaciones periódicas.
- Promoción de los eventos especiales a transmitir por señalcolombia y canal institucional
- Diseño, producción y ejecución de material de apoyo para la estrategia de comercialización de los canales, tales como reeles, brochures y material promocional, entre otras que se identifiquen.
- Diseño y producción de los cabezotes y cortinillas de transmisión de todos los eventos especiales en directo y diferido.
- Diseño y producción de piezas para el patrocinio o auspicio de la programación.
- Diseño y producción de videos de programación, producción de piezas promocionales de los canales señalcolombia y canal institucional para ventas, presentaciones ante entidades públicas y privadas, entre otros.
- Diseño y producción de piezas de los canales señalcolombia y canal institucional acorde con la imagen corporativa ya diseñada para cada una de las franjas de programación.
- Actualización y sostenimiento de la estructura gráfica y conceptual de acuerdo con las necesidades del canal.
- Diseño y producción de promociones de la programación de los canales señalcolombia y canal institucional.
- Diseño de las piezas de advertencias de edad, sexo y violencia en televisión, las cortinillas de a continuación o mini carteleras y los bumpers para los canales señalcolombia y canal institucional
- Cortinillas que exija la Comisión Nacional de Televisión.
- Grabación del material necesario para la realización de promociones (Este material será acordado mensualmente de acuerdo con las intenciones creativas).
- Contar en forma permanente con seis estaciones de trabajo para el cumplimiento del objeto del contrato.
1.6.1.1 DISEÑO CREATIVO Y PRODUCCIÓN
En virtud del contrato, el adjudicatario deberá realizar el diseño creativo y producción de piezas promociónales, de la programación y eventos especiales de señalcolombia y canal Institucional, de acuerdo con los lineamientos y directrices de rtvc.
rtvc a través del Productor Delegado, efectuará la supervisión de la calidad del contenido, concepto creativo, calidad estética, calidad audiovisual y coherencia con las necesidades del canal de las campañas que se estén desarrollando para la promoción de la programación de la parrilla y de los eventos especiales. Así mismo, rtvc a través de un Productor Ejecutivo –
interventor efectuará la supervisión de los procesos operativos y logísticos para el debido cumplimiento del objeto contrato. El contratista deberá dar cumplimiento a lo señalado en el pliego de condiciones, en el contrato y los requerimientos de rtvc.
El equipo será liderado por un Director Creativo, quien tendrá comunicación constante con las instancias de: los productores delegados de cada canal, los responsables de programación de cada canal, las coordinaciones de los canales, la subgerencia de televisión y la gerencia de rtvc.
El Director Creativo tendrá la responsabilidad de garantizar la coherencia entre las estrategias de autopromoción, según los planes diseñados y deberá responder por los indicadores con los que se compromete. Todo lo anterior con el acompañamiento de las instancias de rtvc y los canales, señaladas anteriormente.
Por su parte, el equipo creativo, además del diseño y producción de las autopromociones, tiene la responsabilidad de cuidar el uso y aplicación de las marcas en las pantallas. En caso de necesitarse, este equipo define y actualiza los lineamientos editoriales y audiovisuales para proteger las marcas, de común acuerdo con los designados por los canales.
Este equipo debe entregar oportunamente los insumos necesarios tanto para la pauta de las autopromociones como para la divulgación de la marca y sus productos a través de los Website de cada Canal.
El Productor General y el Director Creativo deben articularse con las instancias editoriales, audiovisuales, de producción y de programación de los canales, con el fin de identificar las necesidades de autopromoción, tanto de las marcas como de sus productos, de acuerdo con la dinámica y novedades de cada canal.
Las necesidades de realización de piezas (cámara, dirección de arte, producción de campo, entre otras) se contratarán por demanda de acuerdo con las necesidades específicas.
1.6.1.2 CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS TECNICOS
Los siguientes son los requerimientos y servicios a los que el adjudicatario se compromete para el desarrollo del objeto:
1.6.1.2.1 Suministro de los servicios logísticos y de producción.
Con ocasión del contrato, el adjudicatario deberá contratar el recurso humano y técnico que solicite rtvc y suministrar los servicios logísticos de producción y/o técnicos para realizar:
- Las piezas de autopromoción
- Diseños de piezas para publicidad interna y externa
- Paquetes gráficos para programas especiales de los canales
- Piezas de sostenimiento y actualización de imagen
- Piezas para campañas de responsabilidad social
Lo anterior, de acuerdo con el diseño y formato establecidos por rtvc.
rtvc informará previamente cuales servicios o recursos humanos se requieren y por qué tiempo, con el fin de que el contratista conozca y prevea la disponibilidad de los mismos y la eventual contratación en el evento en que fuere necesario.
rtvc a través del Productor Delegado, efectuará la supervisión de la calidad del contenidos, concepto creativo, calidad estética, calidad audiovisual y coherencia con las necesidades del canal de las campañas que se estén desarrollando para la promoción de la programación de la parrilla y de los eventos especiales. Así mismo, rtvc a través de un Productor Ejecutivo – interventor efectuará la supervisión de los procesos operativos y logísticos para el debido
cumplimiento del objeto contrato. El contratista deberá dar cumplimiento a lo señalado en el pliego de condiciones, en el contrato y a los requerimientos de rtvc.
1.6.1.2.1.1 Recursos técnicos.
A continuación se relacionan los requerimientos frente a los servicios técnicos de producción y postproducción, personal requerido y gastos de producción determinados para el desarrollo de las piezas objeto de la invitación con los respectivos techos presupuestales.
GASTOS DE OFICINA E INSUMOS | ||||
Núm | Servicio | Servicio Mes c/canal | Total Proyecto | |
1 | Reserva Global Papeleria General | $ 200.000 | 8 | $1.600.000 |
1 | Conexion Independiente a Internet | $ 160.000 | 8 | $1.280.000 |
1 | Reserva Mensual compra de CDs y DVDs | $ 100.000 | 8 | $800.000 |
1 | Reserva Mensual compra de Cassettes Betacam | $ 300.000 | 8 | $2.400.000 |
1 | Reserva Mensual Compra de Tintas | $ 80.000 | 8 | $640.000 |
1 | Reserva Mensual Compra Articulos Aseo y Cafeteria | $ 80.000 | 8 | $640.000 |
Subtotal Gastos Producción y | $ 920.000 | $7.360.000 |
1.6.1.2.1.2 Suministro de equipos:
4 Salas de edición:
Requerimientos mínimos para PC: Memoria de 4 gigas, Disco Duro de 1 Tera, Interface de Video con entrada y salida componente compuesta y firewire, Procesador Core 2 Duo, Tarjeta de Video de 512, Mojo Avid,
Requerimientos mínimos para MAC: Video: Memoria de 4 gigas, Disco Duro de 1 Tera, 2 Core Duo Intel 3.2 Xxxxxxx, Xxx, Tarjeta de Video de 512, plataforma Avid y-o Final Cut Pro Studio, Adobe Photoshop, Adobe After Effects, DVD Studio pro, Consola de audio, Monitores de computador, monitor de video profesional, VTR Betacam SP,VTR HDV osciloscopio, Reproductor/grabador DVD o sus equivalentes en tecnología
1 Sala de audio
Requerimientos mínimos Para PC: memoria de 2 gigas, Interface de Video con entrada y salida componente compuesta y firewire, Disco Duro de 1 tera, Procesador Core 2 Duo, Tarjeta de Video DDR 2 de 1 giga.
Requerimientos mínimos para MAC: 2 Core Duo Intel 2.8 Leopard, Memoria de 4 gigas, Tarjeta de video de 256 con Cabina de grabación con las condiciones técnicas para grabación profesional de locuciones, consola y sistema de amplificación.
4 Salas de graficación:
Requerimientos mínimos graficación para PC: Memoria de 4 gigas, dos Disco Duro de 500 gigas, Procesador Core 2 Duo de 4 u 8 nucleos, Tarjeta de Video de 1 giga, Macromedia Studio, 3D
Studio, Maya, Combustion, Adobe After Effects, Monitores de computador, monitor de video profesional, osciloscopio, Reproductor/grabador DVD o sus equivalentes en tecnología
Las licencias deben ser originales y certificadas para cada equipo suministrado.
El estado óptimo del equipo será verificado por la dirección técnica de RTVC previo al inicio de cada producción.
En el Anexo 3 del presente pliego, se relacionan los requerimientos frente a los servicios técnicos de producción y postproducción y gastos de producción determinados para el desarrollo de las piezas objeto de la presente invitación.
Tales requerimientos son de carácter obligatorio y corresponden a las condiciones mínimas que garantizarán la calidad de la producción de las piezas a realizar. Dichas condiciones mínimas no pueden ser objeto de modificación por parte del proponente, no obstante lo cual, en caso de presentarse alternativas de equipos o servicios cuyas especificaciones superen técnicamente a las enlistadas, rtvc considerará tales ofrecimientos. En todo caso, dicha situación no generará puntaje alguno.
En todo caso, el proponente debe garantizar la adecuada prestación de los servicios en las especificaciones, cantidades y tiempos descritos en el anexo 3. Así mismo, los servicios técnicos de producción y postproducción deberán incluir el soporte técnico de todos los equipos incluyendo repuestos y mantenimiento correctivo en caso xx xxxxx.
El proponente adjudicatario, quién prestará de manera directa los servicios de producción requeridos, responderá en caso xx xxxxx de los mismos, disponiendo los respectivos equipos de respaldo, sin que esto genere costos adicionales para rtvc, o renunciando al cobro de servicios no prestados con ocasión xx xxxxxx técnicas imputables al contratista.
Las tarifas básicas presentadas por el proponente, serán objeto de ponderación económica, lo que significa que el proponente recibirá un puntaje por las mismas, en las condiciones establecidas en el presente pliego.
El uso de los equipos establecidos en el anexo 3 no generará comisión de administración dado que al proponente se le pagaran las tarifas básicas ofertadas por dichos equipos.
El proponente adjudicatario deberá garantizar durante toda la vigencia del contrato que los equipos de producción requeridos no podrán ser sustituidos unilateralmente por el contratista, sino que permanecerán técnicamente iguales o mejores, en todo caso todo cambio deberá ser previamente aprobado por rtvc y no generará costos adicionales a los tarifados.
El proponente deberá tener en cuenta que los requerimientos de producción se realizaran con fundamento en el MANUAL DE PRODUCCIÓN de RTVC en lo que haya lugar.
La sede de actividades del contratista, estará ubicada en las instalaciones de rtvc, razón por la cual no se reconocerá costo alguno al contratista por concepto de arrendamiento de instalaciones ni de servicios públicos.
1.6.1.2.2 - Contratación del Equipo humano creativo, técnico y operativo necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato.
1.6.1.2.2.1 RECURSO HUMANO.
Para el desarrollo del objeto, el proponente adjudicatario se compromete a contratar el recurso humano operativo, técnico o creativo necesario para la ejecución del objeto del contrato.
El recurso humano requerido para la realización de las piezas objeto de la presente convocatoria, será seleccionado de acuerdo con los perfiles requeridos para el cargo. En todo caso la vinculación al proyecto del recurso humano creativo será previamente aprobada por la entidad.
La modalidad y condiciones de contratación de dicho personal serán de libre escogencia por parte del contratista, y en ningún caso generará relación laboral o responsabilidad alguna de rtvc.
Una vez adjudicado y perfeccionado el contrato, el proponente adjudicatario procederá a la contratación del recurso humano a utilizar en desarrollo de los proyectos, con el fin de garantizar una respuesta efectiva frente al mismo.
Para el desarrollo del objeto, el proponente adjudicatario se compromete a contratar el recurso humano operativo, técnico o creativo seleccionado por rtvc, necesario para la ejecución del objeto del contrato. En todo caso, rtvc se reserva el derecho de solicitar modificaciones en el equipo humano contratado, con el fin de garantizar la correcta ejecución de las obligaciones contractuales. También rtvc se reserva la facultad de destinar directamente personal asistencial, según sus convenios de cooperación universitarios.
Todo el recurso humano será coordinado por el Productor General, el Director Creativo, con base en las directrices de rtvc a través del Productor Xxxxxxx y El productor ejecutivo, voceros de rtvc-señalcolombia y canal institucional.
El equipo será liderado por un Director Creativo, quien tendrá comunicación constante con las instancias de: los productores delegados de cada canal, los responsables de programación de cada canal, las coordinaciones de los canales, la subgerencia de televisión y la gerencia de rtvc.
El Director Creativo tendrá la responsabilidad de garantizar la coherencia entre las estrategias de autopromoción, según los planes diseñados y deberá responder por los indicadores con los que se compromete. Todo lo anterior con el acompañamiento de las instancias de rtvc y los canales, señaladas anteriormente.
Por su parte, el equipo creativo, además del diseño y producción de las autopromociones, tiene la responsabilidad de cuidar el uso y aplicación de las marcas en las pantallas. En caso de necesitarse, este equipo define y actualiza los lineamientos editoriales y audiovisuales para proteger las marcas, de común acuerdo con los designados por los canales.
Este equipo debe entregar oportunamente los insumos necesarios tanto para la pauta de las autopromociones como para la divulgación de la marca y sus productos a través de los Website de cada Canal.
El Productor General y el Director Creativo deben articularse con las instancias editoriales, audiovisuales, de producción y de programación de los canales, con el fin de identificar las necesidades de autopromoción, tanto de las marcas como de sus productos, de acuerdo con la dinámica y novedades de cada canal.
Las necesidades de realización de piezas (cámara, dirección de arte, producción de campo, entre otras) se contratarán por demanda de acuerdo con las necesidades específicas.
Una vez adjudicado y perfeccionado el contrato, el proponente adjudicatario procederá a la contratación del recurso humano para desarrollo del proyecto, con el fin de garantizar una respuesta efectiva frente al mismo.
La remuneración del equipo humano técnico, operativo y creativo estará a cargo del contratista de acuerdo con los valores establecidos por rtvc, por tal motivo no se aceptarán reclamaciones del contratista por concepto de sueldos u honorarios.
El contratista deberá garantizar la permanencia del personal básico, Director Creativo y Productor General) por el término de ejecución del contrato a adjudicar.
De acuerdo con los requerimientos de la entidad, el número de personas podrá variar en consideración a las condiciones de ejecución del proyecto.
Este es el listado de equipo básico humano requerido:
- Director Creativo
- Productor General
- Productor de tráfico
- Asistente de tráfico
- Creativo copy 1
- Creativo copy 2
- Realizador 1
- Realizador 2
- Realizador 3
- Editor 1
- Editor 2
- Editor 3
- Editor 4
- Director Gráfico
- Graficador 1
- Graficador 2
- Graficador 3
Post productor de sonido 1
1.6.1.2.3 -INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS TÉCNICOS DE PREPRODUCCIÓN, PRODUCCIÓN Y POSTPRODUCCIÓN.
El oferente debe garantizar que proveerá oportunamente los servicios logísticos humanos y técnicos necesarios para la producción del proyecto objeto de esta convocatoria, tales como, pero sin limitarse a: infraestructura administrativa, equipo humano para la preproducción, producción y postproducción, así como alimentación, desplazamiento, logística, comunicaciones y los demás directamente relacionados y necesarios para la ejecución exitosa del proyecto.
Las tarifas establecidas para el equipo humano y gastos de producción durante todo el término de ejecución del contrato deberá establecerse incluido IVA.
En caso de requerirse gastos de producción, las cantidades y valores serán previamente aprobadas por rtvc.
El Productor Ejecutivo informará con suficiente antelación cuáles equipos, servicios o recurso humano adicionales se requiere y por cuánto tiempo, con el fin de que el contratista conozca y prevea la disponibilidad de los mismos y la eventual contratación en el evento en que fuere necesario.
1.6.1.2.3.1 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DE LOS PROYECTOS A ENTREGAR.
Las piezas promociónales resultantes de esta modalidad de administración delegada, deberán ser entregadas a rtvc de acuerdo con los parámetros técnicos básicos definidos a continuación e incluidos y ampliados en el Manual General de Producción/Calidad.
El Canal está trabajando para llegar a un estándar de emisión basado en una imagen digital, de alta definición, con audio estereofónico, que responda a los estándares de calidad internacional de televisión. De esta manera se podrá elevar el nivel de imagen que se ofrece a la audiencia a través de su pantalla y se abrirán las xxxxxxx xxx xxxxxxx mundial a sus producciones originales.
En todo caso, el productor deberá comprometerse con proporcionar los recursos técnicos que garanticen el cumplimiento del proyecto, con base en los requerimientos técnicos exigidos por rtvc.
Formatos aprobados de Grabación
Todo el material en video original deberá estar en formatos que sean aceptados por rtvc– señalcolombia. Los formatos son los siguientes:
Formatos en Alta Definición (HD) |
HDCAM |
DVC PRO 100 Mbps (HD) |
REV Pro |
XDCAM HD (35 Mbps) |
HDV (25 Mbps y 19.4 Mbps) |
En cuanto al manejo de imágenes de archivo se deberá regir bajo las mismas directrices que se acaban de exponer, pero se entiende que se puede encontrar material grabado en formatos diferentes a los aquí especificados. Si esto sucede, la inclusión de este material en las piezas deberá ser aprobada por el Productor Delegado y el Área de Control de Calidad del Canal.
FORMATOS PARA EMISIÓN
El formato que rtvc va a utilizar en el centro de emisión es Betacam SP, así que se espera que la entrega de los “Másters” sea realizada en estos formatos. Rtvc está migrando hacia la emisión digital, por lo cual, los formatos de entrega de material pueden variar, lo cual será comunicado oportunamente.
Entrega de Audio:
Canales de Audio (Máster Betacam SP)
Al entregar el casete máster Betacam SP, la pieza terminada se deberá entregar con una mezcla final monofónica, distribuida de la siguiente forma:
Canal | Descripción | Estéreo/Mono |
1 | Mezcla Full | Mono |
En el marco de la ejecución del contrato, el contratista se compromete a entregar los insumos necesarios de paquetes gráficos y novedades de promoción y publicidad para actualización de las páginas Web.
1.6.1.2.4. - CUSTODIA Y CUIDADO DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES QUE SE OTORGUEN A SU CARGO.
Si bien la sede para la ejecución del contrato es en rtvc, la custodia y cuidado de los equipos que el contratista requiera para la ejecución del contrato correrá por su cuenta.
Una vez inicie el contrato rtvc hará entrega en buenas condiciones de las instalaciones destinadas al uso del contratista mediante acta, la cual estará suscrita por el Contratista, el interventor del contrato y el Jefe de Servicios Generales.
Al finalizar el contrato, el contratista deberá gestionar la entrega de las instalaciones a la Jefatura de Servicios Generales para la expedición del respectivo paz y salvo. De igual forma, dicho paz y salvo será requisito para solicitar el último pago del contrato, motivo por el cual deberá adjuntar este documento para que la entidad proceda a ordenar el respectivo desembolso.
1.7. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO.
El presupuesto oficial de rtvc para este proyecto, es la suma de MIL MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($1.000.000.000.00), incluido IVA. Dichos valores están respaldados mediante el CDP respectivo emitido por la Jefe de presupuesto de la entidad.
1.8. LUGAR DE EJECUCIÓN
El lugar de ejecución del contrato que se suscriba como resultado del presente proceso de contratación será la Ciudad de Bogotá.
1.9 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato será de ocho (08) meses contados a partir del perfeccionamiento del contrato o hasta agotar recursos.
1.10. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Por tratarse de una actividad misional la selección del contratista en el presente proceso de contratación se llevará a cabo mediante una modalidad de selección especial prevista por el artículo decimo primero de la Resolución de rtvc 172 de 2008 “Reglamento interno de contratación de rtvc” denominada “invitación directa”.
Mediante dicha modalidad rtvc contrata todos los bienes y servicios relacionados con las actividades industriales y comerciales, cuyo valor sea superior al diez % de la menor cuantía de la entidad, siempre que no se refiera a contratos de servicios profesionales o técnicos especializados en razón a las condiciones de especialidad, idoneidad y experiencia.
Dichas normas, así como las demás que resulten pertinentes, de acuerdo con la Ley colombiana, se presumen conocidas por todos los Proponentes.
En cuanto al tipo de contrato a celebrarse con el adjudicatario de la invitación es pertinente traer x xxxxxxxx lo establecido en el artículo 13 de la Ley 80 de 1993 el cual establece que a los contratos celebrados por las Entidades Estatales se les aplican las disposiciones comerciales y civiles pertinentes salvo en las materias particularmente reguladas en la mencionada ley de contratación estatal.
1.11. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD de radio televisión nacional de Colombia.
Cuando los OFERENTES no llenaren los requisitos para licitar o no reunieren las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquieren derecho alguno, ni rtvc asume responsabilidad alguna.
1.12. INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR EL OFERENTE
rtvc se reserva el derecho de corroborar la veracidad de las informaciones suministradas por los OFERENTES.
1.13. CALIDADES DEL OFERENTE – REQUISITOS PARA PARTICIPAR
En el proceso de selección podrán participar personas naturales o jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcios o uniones temporales) o promesas de sociedad futura, que cumplan con los requisitos del presente pliego y en el caso de personas jurídicas y consorcios o uniones temporales deberán acreditar que la duración de la sociedad o del consorcio o unión temporal no será inferior al plazo del contrato y dos años más.
Igualmente deberán cumplir con los demás requisitos que se establecen en el presente pliego de Condiciones.
1.14. OBJETO SOCIAL
El objeto social del proponente debe corresponder al objeto de la invitación y debe ser suficiente para ejecutar el objeto del presente proceso de selección.
Si la OFERTA es presentada por un consorcio o unión temporal, cada uno de sus miembros deberá dar cumplimiento al anterior requisito.
1.15. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los proponentes que presenten oferta en el presente proceso no deben encontrarse incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Constitución y la Ley, para presentar oferta y contratar con entidades estatales.
1.16. CONSULTA, Y EXPEDICION DE COPIAS XXX XXXXXX DE CONDICIONES
El borrador xxx xxxxxx de condiciones y el pliego definitivo podrán ser consultado en Internet en las siguientes direcciones: xxx.xxxx.xxx.xx link contratación, contratación misional proceso No. RTVC-ID-03 de 2010.
Los proponentes podrán bajar directamente de la página dichos pliegos o solicitar copia de los mismos a rtvc previa consignación del valor de las copias, suma que debe consignarse en el Banco de Colombia cuenta de ahorros No.18821569245 y presentar el original de la consignación en la tesorería de la Entidad para que se expida el correspondiente recibo de caja y con este solicitar la expedición de las copias en la Coordinación de Procesos de Selección de la entidad o bajarlo directamente de internet.
El valor de cada copia establecido por rtvc es la suma de ciento ochenta y nueve pesos (189) tamaño carta y de doscientos ocho pesos (208) tamaño oficio.
1.17. COMPROMISO ANTICORRUPCION (Anexo 6).
En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y del contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.
El Proponente deberá diligenciar y presentar junto con su propuesta el Anexo 6 que corresponde al anexo PACTO DE TRANSPARENCIA.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha Contra la Corrupción” a través de alguno de los siguientes medios: los números telefónicos (0) 000 0000, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax
al número (0) 000 00 00; la Línea Transparente del Programa, a los números: 0000-000 000 o (1)
286 48 10; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del Programa, en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx. 0-00, Xxxxxx, X.X.. También puede reportar el hecho a la Oficina Asesora de Control Disciplinario de rtvc. Lo anterior, sin perjuicio de denunciar el hecho ante las autoridades competentes.
Si durante el proceso de contratación se comprobare el incumplimiento del proponente, sus representantes o sus empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, se procederá el rechazo de la propuesta presentada. En caso que rtvc advierta hechos constitutivos de corrupción de parte del proponente durante el proceso de selección, tales hechos se pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades competentes, a fin de que se inicien las acciones legales a que hubiere lugar.
Si se comprobare el incumplimiento de dichos compromisos con posterioridad a la adjudicación del proceso o con posterioridad a la suscripción del contrato, ello será suficiente para declarar la caducidad del contrato, de acuerdo con lo previsto en el numeral 5 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993, y se harán exigibles las sanciones previstas en el contrato.
Por su parte rtvc garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia del contratista se efectúa con arreglo a las modalidades de selección previstas en el artículo 2 de la ley 1150 de 2007 reglamentado por el decreto 2474 de 2008 y con observancia de los principios que rigen en las actuaciones contractuales de las entidades estatales.
Para el efecto, en el presente proceso de contratación los posibles oferentes tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se han establecido etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y otorgan la posibilidad de expresar observaciones. Con ello se establece control adicional sobre el proceso contractual y constituye evidente previsión de moralidad administrativa.
Es por ello que los funcionarios de rtvc involucrados en el presente proceso de selección firmarán al momento de la publicación del borrador xxx xxxxxx de la presente contratación un pacto de transparencia mediante el cual se comprometen a lo siguiente:
“EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA, mediante suscripción del presente documento, asume las siguientes obligaciones:
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc, salvo la Coordinadora de Procesos de Selección se compromete a no tener contacto directo o por interpuesta persona con ninguno de los interesados en el proceso de selección hasta el momento de adjudicación del mismo, para hablar de temas relacionados con el objeto de Invitación 03 de 2010, el cual es contratar xxxxxx.
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc se compromete a informar a cualquier interesado que se comunique con él por cualquier medio (telefónico, personal, electrónico, etc) para hablar sobre temas relacionados con el presente proceso de selección que no está autorizado para dar información sobre el proceso de selección y que el conducto regular dentro del proceso de contratación es la Coordinación de Procesos de selección, mediante el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o en las instalaciones físicas de rtvc.
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc no aceptará sobornos ni ninguna otra forma de halago de ningún interesado en relación con su propuesta, con el proceso de
contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de la propuesta;
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc se compromete a no permitir que nadie, bien sea su subordinado, o familiar lo haga en su nombre;
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc se compromete a denunciar cualquier solicitud que reciba de interesados sobre el cambio en las condiciones de contratación con el fin de obtener favorecimientos o con el fin de perjudicar las propuestas de terceros.
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc se compromete formalmente a instruir a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, sobre los compromisos aquí adquiridos y su importancia
- EL FUNCIONARIO O CONTRATISTA de rtvc se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
1.18 VEEDURÍAS CIUDADANAS
De conformidad con lo establecido en las disposiciones legales, se convoca a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de Invitación pública.
1.19 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
De acuerdo con el artículo 6 del Decreto 4828 de 2008, modificado por el Decreto 931 de 2009, las entidades estatales deberán incluir en sus contratos una cláusula de indemnidad, conforme a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
En consecuencia, el(los) contratista(s) mantendrá(n) indemne a rtvc contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas y/o propiedades de terceros, ocasionados por aquél, sus subcontratistas o proveedores, durante la ejecución del objeto contractual, y terminado éste, hasta la liquidación definitiva del contrato.
En caso que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra RTVC por asuntos que según el contrato sean de responsabilidad del(los) contratista(s), éste(os) será(n) notificado(s) lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte(n) oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a rtvc.
Si en cualquiera de los eventos antes previstos el(los) contratista(s) no asume(n) debida y oportunamente la defensa de rtvc, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al(los) contratista(s) y éste(os) pagará(n) todos los gastos en que el rtvc incurra por tal motivo.
1.20 TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO
Riesgos de carácter jurídico
Las condiciones jurídicas del contrato se encuentran regidas por tres áreas bien diferenciadas: El régimen estatal, el régimen laboral (toda vez que el servicio se presta principalmente con recurso humano), y el régimen de impuestos. En este numeral se tipificarán los riesgos que detente cada régimen, exceptuando el régimen de impuestos que será tratado como riesgo de carácter
financiero.
- Riesgos del régimen de Contratación estatal
Se enumeran los siguientes riesgos:
- Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para rtvc que modifique las condiciones pactadas en el contrato, sobre todo en cuanto a las cláusulas que contienen obligaciones del contratista, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que rtvc no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento.
Asignación y cuantificación: Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en un 100% por el contratista, siempre y cuando no se afecte el equilibrio económico del contrato en detrimento de éste, caso en el cual, serán objeto de modificación por parte de la entidad las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el punto de no perdida de la parte afectada. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, a la parte afectada.
- Riesgos del régimen laboral colombiano
a) Riesgo por cambios en el régimen laboral colombiano que afecte el contrato y las condiciones pactadas en él.
- Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para rtvc que modifique las condiciones pactadas en el contrato, y afecte las condiciones laborales con las cuales el contratista proyectó su oferta, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que rtvc no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento.
- Asignación y cuantificación: Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista, siempre y cuando no se afecte el equilibrio económico del contrato en detrimento de éste, caso en el cual, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el punto de no perdida y la norma NO especifique la forma de evitar esta situación. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, a la parte afectada.
- - Riesgo por cambios en el régimen laboral colombiano que afecte la ejecución del contrato y la prestación del servicio.
Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para rtvc que modifique las condiciones en que se presta el servicio, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que rtvc no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento.
Asignación: La relación patronal entre el contratista y el personal a través del cual presta el servicio, como con los terceros requeridos, es responsabilidad absoluta del contratista. Si la norma afecta al contratista, el riesgo será asumido en su totalidad por éste. En el caso de que afecte el equilibrio económico del contrato, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el punto de no perdida del contratista en relación con el presupuesto y la norma NO especifique la forma de evitar esta situación. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, al contratista, por ser la parte afectada.
Si la norma afecta a rtvc como contratante, se proyectarán las modificaciones al contrato para garantizar la continuidad y calidad en la prestación del servicio contratado.
Cuantificación: el 100% del valor del riesgo será asumido por el Contratista.
Riesgos de carácter financiero.
Se consideran como riesgos de carácter financiero aquellos que se producen por modificaciones del régimen de impuestos, de las condiciones cambiarias, siempre y cuando los productos incluidos como insumos sean importados, o por circunstancias xxx xxxxxxx bancario que afecten el equilibrio contractual.
- Riesgos por modificación del régimen de impuestos
- Modificación del régimen de impuestos aplicables a terceros
Tipificación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, no aplicables al contrato, pero si aplicables a las relaciones con terceros, como proveedores.
Asignación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, y esto aumenta el valor transaccional entre el contratista y sus proveedores, rtvc no reconocerá reajuste en el valor inicial del contrato, toda vez que estas relaciones son responsabilidad total y absoluta del contratista.
Cuantificación: el 100% del valor de este riesgo, si llegar a ocurrir, estará a cargo del contratista.
- Riesgo por cambio xxx xxxxxxx bancario
Tipificación: Cuando, en el desarrollo del contrato, se expidan normas o se produzcan circunstancias que afecten el mercado bancario aumentando o bajando las tasas de interés o el costo neto de la carga transaccional.
Asignación: rtvc no reconocerá reajuste alguno al valor del contrato cuando se produzca este tipo de riesgo.
Cuantificación: el 100% del valor de este riesgo, si llegar a ocurrir, estará a cargo del contratista.
Riesgos de carácter técnico
Se consideran riesgos de carácter técnico, aquellos contemplados por la aplicación de conocimientos y maquinaria específica para la prestación del servicio. Estos son: Riesgo Humano, Riesgo Eléctrico, Riesgo Mecánico, Riesgo Químico.
- Riesgo humano
Se considera riesgo humano, todo aquello que pueda provocar perjuicio a la integridad física y mental de los seres humanos que visiten o laboren en rtvc y que provenga directamente de la actividad de los funcionarios del contratista que prestan el servicio.
- - Riesgo Humano por Accidente Laboral sin perjuicio a terceros
Tipificación: Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato que afecte únicamente al personal del contratista por ocasión de la prestación del servicio.
Asignación: Será responsabilidad y competencia total y absoluta del contratista asegurar a su personal por accidentes laborales en la prestación del servicio.
Cuantificación: el 100% del valor de este riesgo, si llegar a ocurrir, estará a cargo del contratista.
- Riesgo Humano por Accidente Laboral con perjuicio a terceros
Tipificación: Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato con afectación a funcionarios o visitantes de rtvc.
Asignación: Será responsabilidad total y absoluta del contratista cubrir a terceros por accidentes producidos en ocasión a la prestación del servicio o ejecución del objeto contractual. Tal cubrimiento deberá estar estipulado en cláusula independiente de la garantía única, por un valor asegurado no inferior al 10% del valor del contrato. Si la cuantía de los accidentes supera este valor asegurado, el contratista, de su patrimonio, deberá responder ante el tercero afectado, a lo cual se compromete con la simple suscripción del contrato.
Cuantificación: el 100% del valor de este riesgo, si llegar a ocurrir, estará a cargo del contratista.
CAPITULO 2 PLAZOS DE LA INVITACION
Los plazos de la presente invitación, se han fijado de la siguiente manera:
2.1 Cronograma y trámite del proceso
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | LUGAR |
Publicación y Consulta del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. | Desde el 00 xx xxxxx xx 0000 xx 0 xx xxxxxx de 2010 | Página web: xxx.xxxx.xxx.xx y en la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00- 00 xxxx 0 Xxxxxx X.X. |
Apertura de proceso de selección y publicación pliegos definitivos | El día 2 xx xxxxxx de 2010. | Página web: xxx.xxxx.xxx.xx y en la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00- 00 xxxx 0 Xxxxxx X.X. |
Audiencia de aclaraciones | El día 4 xx xxxxxx de 2010 a las 11:00 a.m. | Xxxxxxx 00 Xx.00-00 Xxxxxx X.X. En la sala de capacitación rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00-0 0 xxxx 0 Xxxxxx X.X. |
Oportunidad para Solicitar Aclaraciones y Modificaciones | Hasta el día 5 xx xxxxxx de 2010. | Se deberán realizar mediante escrito dirigidos a la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00-00 xxxx 0 Xxxxxx X.X. o vía fax al número 0000000 y/o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
Cierre del proceso (Presentación de las propuestas) | El día 9 xx xxxxxx de 2010 a las 4:00 p.m. | Ante la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00- 00 xxxx 0 Xxxxxx X.X. No se recibirán propuestas por correo. |
Plazo de Evaluación de las Propuestas | Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha del cierre, esto es del 10 al 12 xx xxxxxx de 2010. | NO APLICA |
Publicación del Informe de Evaluación y oportunidad para presentar observaciones a informes de evaluación. | Tres (3) días hábiles siguientes a la finalización del plazo de la evaluación de las propuestas, esto es del 13 al 18 xx xxxxxx de 2010. | Página web: xxx.xxxx.xxx.xx/, contratación misional y en la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00- 00 xxxx 0 Xxxxxx X.X. |
Adjudicación | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización del plazo de traslado de los informes de evaluación, es decir, del 19 al 25 xx xxxxxx. | Podrá realizarse mediante audiencia, caso en el cual rtvc fijará fecha mediante aviso. Xxxxxxx 00 Xx.00-00 Xxxxxx X.X. En la Sala de Capacitación de rtvc. Primer piso |
Suscripción del contrato | Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. | NO APLICA |
El horario de atención al público en las oficinas de rtvc es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m. |
2.1.1 Publicación y Consulta del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones
El proyecto xx Xxxxxx de Condiciones se publicará para consulta, de conformidad con lo señalado en el numeral 2.1 CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO, del presente Pliego de Condiciones.
Nota: La publicación del proyecto de pliegos de condiciones no genera obligación para rtvc dar apertura al proceso de (Art.9 del Decreto 2474 de 2008).
Los proponentes podrán presentar observaciones al borrador xxx xxxxxx de condiciones por los siguientes medios en forma directa a la Coordinación de procesos de Selección ubicada en la carrera 45 No.26-33 tercer piso, al fax 0000000 o al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
2.1.2 Apertura del proceso
La apertura del proceso y del plazo para presentar ofertas del presente proceso se realizará en la fecha señalada en el numeral 2.1. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO, del presente Pliego de Condiciones
2.1.3 Publicación y Consulta xxx Xxxxxx de Condiciones.
El Pliego de Condiciones podrá ser consultado en las fechas y sitios señalados en el numeral 2.1. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO, del presente Pliego de Condiciones
Nota: Será exclusiva responsabilidad del interesado verificar que la información a la cual accede a través de la página Web corresponda al proceso y la etapa del mismo en el cual desee participar, no siendo de recibo reclamo alguno al respecto.
2.1.4 Audiencia para Precisar el Contenido y Alcance xxx Xxxxxx de Condiciones.
Rtvc con el objeto de precisar el contenido y alcance xxx Xxxxxx de Condiciones y de oír a los interesados, con anterioridad a la presentación de las ofertas se realizará una audiencia la cual se efectuará en la fecha, hora y sitio señalados en el numeral 2.1. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DEL PROCESO, del presente Pliego de Condiciones.
Con el ánimo de facilitar el desarrollo de la audiencia, se recomienda a los oferentes interesados que con antelación a la audiencia manifiesten por escrito sus inquietudes. Las que surjan en el desarrollo de dicha diligencia deberán presentarse igualmente por escrito.
Se informa que de acuerdo con la dificultad de las preguntas formuladas y la complejidad de los análisis que deban efectuarse para dar respuesta a las mismas, rtvc se reserva expresamente la facultad de emitir la respuesta en la misma audiencia en forma oral o de hacerlo posteriormente por escrito.
Como resultado de lo debatido en la Audiencia y cuando resulte conveniente, se expedirán las modificaciones pertinentes y se podrá prorrogar el plazo de cierre de la Invitación si se considera necesario. Las modificaciones al pliego de Condiciones se adoptarán únicamente mediante Adenda, la cual se pondrá a disposición de los interesados en el portal de contratación de la entidad en la dirección xxx.xxxx.xxx.xx
2.1.5 Aclaraciones o Modificaciones al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones
El proponente deberá examinar cuidadosamente el Pliego de Condiciones de la presente Invitación y todos los documentos que hacen parte del mismo e informarse de todas las
circunstancias que puedan afectar en alguna forma los términos del mismo. En todo caso de contradicción entre el pliego y la oferta, primará lo establecido en el Pliego.
Cualquier interesado, puede solicitar por escrito aclaraciones adicionales sobre el Pliego de Condiciones. Estas deben dirigirse al fax 0000000 y/o al correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx o radicado en la Coordinación de Procesos de Selección de rtvc Xxxxxxx 00 Xx.00-00 xxxx 0. RTVC dará también por escrito las aclaraciones del caso, copia de las cuales publicarán en la página xxx.xxxx.xxx.xx. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la hora y fecha señaladas en el numeral 2.1. Cronograma y trámite del proceso ni se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal.
2.1.6 Cierre del proceso (Presentación de las propuestas).
La fecha y hora límite para la recepción de ofertas, así como el sitio en el cual debe efectuarse la entrega, son los señalados en el numeral 2.1. Cronograma y trámite del proceso, del presente Pliego de Condiciones
La Coordinación de Procesos de Selección de rtvc, llevará un control de las OFERTAS recibidas, el cual registrará de manera consecutiva teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Número de orden de presentación nombre o razón social del oferente
- Fecha.
- Hora.
- Persona que efectué materialmente el acto de presentación por cuenta de aquel.
- Fax, teléfono y correo electrónico
De la diligencia de cierre se levantará un acta, en la que se dejará constancia de las ofertas recibidas, relacionando el número de folios y la garantía de seriedad de la propuesta, documento que será suscrito por los funcionarios que participen en dicha diligencia.
Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre de la Invitación, no serán recibidas. Para verificar la hora señalada, se tendrá en cuenta lo indicado en la Directiva No. 013 de 2005 de la Procuraduría General de Republica, en la que señala que la hora oficial se tomará de acuerdo con la establecido por la Superintendencia de Industria y Comercio a través de su página Web, Dirección xxx.xxx.xxx.xx
2.1.7 Plazo de evaluación de las Propuestas.
La evaluación de las propuestas se efectuará dentro del término señalado en el numeral 2.1. Cronograma y trámite del proceso, del presente Pliego de Condiciones
Dentro de ese término, rtvc por medio del Jefe de la Oficina Asesora Xxxxxxxx o quien este delegue, la Subgerente de Soporte Corporativo o quien esta delegue y La Subgerente de televisión o el funcionario o funcionarios quién esta delegue, elaborará los estudios necesarios para la evaluación de las propuestas y podrá solicitar por escrito a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que estime como indispensables.
Cuando a juicio de rtvc, el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, no permita concluir el proceso de selección, ésta podrá prorrogarlo hasta por un término igual al inicialmente señalado.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad en cualquier momento, hasta la adjudicación.
rtvc analizará las respuestas de los oferentes a las aclaraciones solicitadas que también deberán ser presentadas por escrito, reservándose el derecho de evaluar a su exclusivo juicio, si ellas se ajustan a lo solicitado, o si por el contrario, sobrepasan el alcance de la respectiva petición de aclaración, rtvc tomará las aclaraciones de los oferentes únicamente en los aspectos que satisfagan su interés de aclaración.
El Comité evaluador, estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales, y recomendará a la entidad contratante el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada.
El procedimiento de evaluación se ajustará a lo definido en los Capítulos 4 y 5 del presente Pliego de Condiciones.
2.1.8 Publicación de los Informes de Evaluación.
Los informes de verificación de los documentos y evaluación de las propuestas se pondrán a disposición de los interesados por tres (3) días a partir de la fecha y en el sitio indicados en el numeral 2.1. Cronograma y trámite del proceso, del presente Pliego de Condiciones, con el fin de que los proponentes en dicho término formulen sus observaciones a tales informes. En ejercicio de esta facultad los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
El pronunciamiento que se haga por los proponentes al informe de evaluación de las ofertas se debe tramitar por escrito ante la Coordinación de Procesos de selección de rtvc enviadas al fax No.0000000, o mediante correo electrónico al e-mail xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
2.1.9 Adjudicación
rtvc adjudicará la presente Invitación dentro de los cinco días hábiles siguientes al vencimiento del término del numeral 2.1.8 En el acto de adjudicación se dará respuesta a las observaciones presentadas por los oferentes.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga por igual a rtvc y al adjudicatario.
2.1.10 Declaratoria de desierta.
RTVC declarará desierta la presente Invitación cuando:
No se presenten ofertas.
Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el pliego de condiciones.
Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
2.1.11 Suscripción del Contrato.
El Contrato que resulte adjudicado como resultado del presente proceso deberá suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación.
Si por renuencia injustificada del adjudicatario no se perfecciona el contrato correspondiente dentro del plazo establecido en el pliego de condiciones quedará establecido en el pliego de condiciones quedará a favor de Radio Televisión Nacional de Colombia, en calidad de sanción el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
2.2. Efectividad de la garantía de Seriedad
Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en la presente Invitación Directa y en especial la de suscribir oportunamente el contrato, constituir la garantía única, efectuar la legalización del mismo dentro del término señalado o mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de seriedad se hará efectiva a favor de rtvc a título de indemnización anticipada de perjuicios, pudiendo recurrir a las demás acciones civiles o penales que puedan ser instauradas. Se aplicará lo previsto en el Artículo 8º, literal e. de la Ley 80 de 1993.
En este evento, rtvc podrá adjudicar el contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, al vencimiento del término previsto para la firma del contrato, al proponente calificado en segundo lugar.
CAPÍTULO 3
CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
3.1. Idioma de la Oferta
La OFERTA y sus documentos anexos, deben redactarse en idioma castellano y presentarse en escrito elaborado a máquina o por cualquier medio electrónico.
3.2. Original y copias de la Oferta
La OFERTA debe ser presentada en original y dos (2) copias del mismo tenor. Tanto el original como las copias deben estar foliadas (sin importar su contenido o materia), en estricto orden numérico consecutivo ascendente (se recomienda no utilizar letras), incluyendo en cada ejemplar los documentos y requisitos exigidos en este PLIEGO DE CONDICIONES.
En caso de discrepancia entre el original y las copias, regirá la información contenida en el original. En caso de discrepancia entre el medio magnético y el físico prevalecerá el medio físico.
El Rotulo irá así:
Radio televisión nacional de Colombia – rtvc- Coordinación de procesos de selección. Invitación 03 de 2010.
Objeto: Contratar bajo la modalidad de administración delegada ……..
Original / Copia, No. (Indicar si se trata de original o copia y número de esta) Número de folios que se presentan, enumerados en forma consecutiva ascendente. Nombre o Razón Social del Proponente
Dirección, Teléfono y Fax del Proponente
3.3. Condiciones generales.
En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en el pliego de condiciones.
Una vez presentada la propuesta no se aceptará a los proponentes, variación alguna en sus términos, ni la presentación de documentos o información adicional, lo cual no obsta para que rtvc pueda solicitar hasta el momento de la adjudicación, las aclaraciones o información no esencial para la evaluación y que considere necesarias.
Los valores deberán expresarse en pesos colombianos, a precios fijos inmodificables durante la ejecución del contrato. Se reitera que en caso que el proponente no indique el impuesto a las ventas (IVA) y haya lugar a este, se entenderá que éste se encuentra incluido en el valor unitario (IVA PRESUNTO).
Los documentos de las propuestas no pueden presentar tachaduras, borrones o enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o inducir a error, a menos que se haga la salvedad correspondiente, mediante confirmación con la firma del proponente.
No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones que sean presentadas con posterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
rtvc no exigirá sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados, reconocimiento de firmas, traducciones oficiales ni cualquier otra clase de exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan las leyes especiales.
Las propuestas deberán ajustarse en todas sus partes a los anexos pertinentes y a las condiciones estipuladas para cada documento en el presente Pliego de Condiciones.
3.4. ESTUDIO XXX XXXXXX DE CONDICIONES
La presentación de la propuesta por parte del oferente constituye prueba de que estudió completamente y aceptó las especificaciones establecidas en el presente documento.
En caso de discrepancias y contradicciones dentro de la propuesta, rtvc se reserva el derecho a solicitar aclaraciones pertinentes, sin que en ningún caso implique o permita la posibilidad de ampliar o mejorar la propuesta por parte de los oferentes.
3.5 DILIGENCIA DEBIDA E INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO
Es responsabilidad del proponente realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta sobre la base de un examen cuidadoso de las características de las actividades que le corresponda desarrollar. En general, el proponente debe considerar todos los aspectos que puedan incidir en la determinación del precio por el cual se presentará la propuesta.
Si un Proponente encontrare una contradicción o error en este pliego de Condiciones durante la preparación de su propuesta, deberá informarlo por escrito a rtvc para aclarar o corregir, de ser necesario, tal imprecisión.
Por la sola presentación de la propuesta se considerará que los proponentes han realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de la misma, que han investigado plenamente las condiciones del contrato, y que consideran que podrán cumplir con el mismo conforme a su naturaleza y función, asumiendo en caso de adjudicación la totalidad de las inversiones necesarias para el cabal cumplimiento de las obligaciones de resultado que asume.
La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar cada proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad, aún cuando ésta se encuentre incluida dentro de documentos o información de rtvc para su uso interno, a la cual los interesados pudieran haber llegado a acceder a través de derechos de petición verbales o escritos.
Igualmente, el proponente será responsable por el valor y uso que le dé a las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, o en cualquier otro documento o información proporcionado a un posible proponente, ya sea por escrito o en forma verbal.
Nada de lo contenido en dichos documentos, audiencias o declaraciones puede considerarse como una promesa o declaración de rtvc, o de sus representantes, asesores, consultores, agentes o dependientes, en cuanto a hechos o circunstancias ciertas del pasado o del futuro. Tampoco implica declaración o garantía alguna, expresa o implícita, que obligue a rtvc, a sus representantes legales, a los funcionarios o asesores que brinden asistencia o apoyo al proceso de contratación que se promueve, o a sus respectivos directores, funcionarios, socios, empleados, agentes, representantes, asesores o consultores. La presentación de la respectiva propuesta constituirá reconocimiento y aceptación de ello por parte del proponente.
En particular, no se manifiesta declaración o garantía alguna con respecto al logro o la razonabilidad de las proyecciones, las perspectivas, o el plan y costos o de las inversiones que resulten necesarias para llevar a cabo el contrato que se llegue a celebrar conforme a la propuesta de los proponentes, ni de sus supuestos, si los hubiere.
La recepción de este pliego de condiciones por cualquier persona, o de cualquier información contenida en este documento o proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, que involucre a rtvc, no podrá ni deberá considerarse como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza, por parte de los funcionarios, asesores, consultores externos o representantes de estos.
Se recomienda a todas las personas que deseen participar como proponentes del presente proceso de selección, que obtengan asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica y de cualquier otra naturaleza. Los proponentes deberán informarse sobre los requisitos legales aplicables a la presente contratación y al contrato que se celebrará como consecuencia de la misma.
Sin perjuicio de la declaración expresa que los proponentes deberán hacer en la carta de presentación de la propuesta sobre este particular, por la sola presentación de la propuesta se considera que los proponentes han realizado el examen completo de la información relevante para la presentación de su propuesta, y que han investigado plenamente las condiciones de trabajo, los riesgos, y en general, todos los factores determinantes de los costos que incidan en la misma.
La circunstancia de que el proponente adjudicatario de esta Contratación no haya obtenido toda la información que pueda influir en la determinación de su oferta, no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza, en el caso de que cualquiera de dichas omisiones deriven en posteriores sobre costos del proyecto para el contratista.
3.6 CONFIDENCIALIDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán indicar claramente en su oferta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado indicando las razones de la reserva e invocando la norma legal que ampara dicha reserva. En el evento que no se indique en la propuesta sobre la existencia de reserva legal sobre algún documento, el proponente no puede reclamar indemnización por la expedición de copia alguna de su oferta. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado en la Ley, se entenderá que la oferta es pública.
Cualquier persona que demuestre interés legítimo, podrá solicitar por escrito y a su xxxxx copia total o parcial de las propuestas presentadas o de las actuaciones generadas en el proceso de selección, respetando la reserva de que gozan legalmente las patentes, procedimientos y los documentos que conforme a la ley tengan reserva legal, según lo indicado en la norma anteriormente señalada.
3.7 RETIRO DE PROPUESTAS
Los proponentes podrán solicitar a rtvc, por escrito, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso de selección, la cual será devuelta sin abrir, en el acto de apertura de las mismas, al proponente o a la persona autorizada por éste.
3.8 DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
A solicitud del proponente adjudicatario, le será devuelta la garantía de seriedad de la oferta una vez se apruebe la garantía única que ampare la ejecución del contrato. A los demás proponentes, les será devuelta la póliza de seriedad, una vez firmado, y legalizado el contrato adjudicado con el proponente favorecido.
3.9 DILIGENCIAMIENTO DE LOS ANEXOS
Todos los anexos que el pliego de condiciones indique deben ser diligenciados salvo el de la minuta del contrato.
3.10 ACLARACIONES EXCEPCIONALES
Si como consecuencia de la producción de un adenda se modifican el pliego de condiciones, los oferentes que hayan presentado sus propuestas con anterioridad al adenda podrán dar alcance a su oferta sólo en lo relacionado específicamente en el adenda. Cabe advertir que RTVC no tendrá en cuenta los aspectos que incluya el oferente en su aclaración y que no estén contemplados en la adenda.
3.11 OFERTA BASICA
El OFERENTE presentará su OFERTA básica, de carácter obligatorio, la cual debe ajustarse en todos los aspectos a las condiciones de estos términos.
3.12 OFERTA PARCIAL
El oferente no podrá presentar ofertas parciales o por ítems
3.13 VALIDEZ DE LA OFERTA.
La oferta que se presente para participar en el presente proceso de selección deberá tener un periodo de validez de 60 días calendario contados a partir del día fijado para el cierre del plazo de evaluación y la presentación de ofertas.
La Entidad Contratante podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta y por ende la ampliación de la garantía de seriedad por el término que se requiera.
Durante este periodo, el proponente no podrá retirar su propuesta ni modificar los términos o condiciones de la misma.
Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso y el proponente presenta ampliación a la garantía de seriedad de la Propuesta que abarque este término, se entenderá, con el hecho de la presentación de dicha ampliación que mantiene la totalidad de las condiciones de la Propuesta.
3.14. COSTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
Cada proponente sufragará todos los costos, tanto directos como indirectos, relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo cual rtvc no será responsable en ningún caso de dichos costos, cualquiera que sea el resultado del proceso de contratación.
Igualmente, corresponderá al proponente la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir los impuestos, tasas y contribuciones, así como los demás costos tributarios y de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del contrato, para lo cual se recomienda a los proponentes obtener asesoría calificada.
CAPÍTULO 4 DOCUMENTOS DE LA OFERTA
Los documentos que se presenten en la oferta con el fin de acreditar las condiciones jurídicas, financieras, técnicas habilitantes respectivamente, deben reunir las condiciones que se precisan en el presente numeral.
4.1. IDIOMA
En concordancia con lo mencionado en el numeral 3.1., toda la documentación exigida para acreditar y probar las condiciones requeridas, deben presentarse en idioma Castellano.
La documentación para demostrar el cumplimiento de las condiciones jurídicas, financieras, técnicas y regulatorias expedida en el exterior, debe presentarse de conformidad con lo exigido en la Ley 455 de 1998 y el Decreto 106 de 2001 en lo relacionado con el apostillaje.
De conformidad con el Decreto 106 de 2001, la Convención de La Haya entró en vigor para Colombia el 30 de enero de 2001 y se aplicará a documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado contratante y que deben ser exhibidos en el territorio de otro Estado contratante. Son considerados como documentos públicos a efectos de la mencionada Convención los siguientes:
a. Documentos que emanan de una autoridad o funcionario relacionado con las cortes de un Estado, incluyendo los que emanen de un fiscal, un secretario de un tribunal o un portero de estrados.
b. Documentos administrativos.
c. Actos Notariales.
d. Certificados oficiales colocados en documentos firmados por personas a título Personal, tales como certificados oficiales que consignan el registro de un documento o que existía en una fecha determinada y autenticaciones oficiales y notariales de firmas.
Sin embargo no se aplicará la mencionada Convención a documentos ejecutados por agentes diplomáticos o consulares y a documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras.
La documentación expedida en países que no hagan parte de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros” de La Haya, deben presentar la documentación enunciada en los literales a, b y c, del presente numeral, de conformidad con lo exigido en los artículos 480 y s.s. del Código de Comercio, en concordancia con las normas que regulan los documentos en los artículos 256 y s.s. del Código de Procedimiento Civil.
Estos son los documentos requeridos con la oferta y en el presente orden:
4.2. ÍNDICE DE CONTENIDO
El cual debe incluir el título de los temas y el número de la página donde se encuentre cada uno.
4.3. DOCUMENTOS JURIDICOS PARA PRESENTACION DE OFERTAS:
Con la propuesta se deberá adjuntar los siguientes documentos jurídicos con los cuales se realizará la verificación jurídica indispensable para la posterior ponderación de la propuesta:
4.3.1 CARTA DE PRESENTACION.
Carta de presentación de la oferta, suscrita por el proponente persona natural, representante legal o por el apoderado debidamente acreditado como tal, para el caso de
personas jurídicas o consocios y uniones temporales (Anexo 1).
Quien suscriba la Carta de Presentación de la Propuesta y con ella presente documentos y la Propuesta en nombre del Proponente, debe contar con facultades para ello, así como, para suscribir el Contrato, en caso de aceptación de la Propuesta y para notificarse de cualquier decisión administrativa o judicial
4.3.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL
Las personas jurídicas nacionales, deben demostrar su existencia, representación, capacidad legal y objeto, mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, que deberá haber sido emitido con una antelación menor o igual a treinta (30) días calendario a la fecha de su presentación.
La duración de las sociedades que presenten propuesta deberá ser igual o superior a la vigencia del Contrato y un año más. Si a la fecha de presentación de la propuesta la sociedad no cuenta con esta duración, deberán presentarse los documentos con los cuales se pruebe que el órgano encargado de tal modificación estatutaria la ha aprobado, sujeta a la condición de que le sea adjudicada la Invitación. La modificación estatutaria deberá estar perfeccionada para la fecha de suscripción del contrato. Adicionalmente, dicha duración no puede ser reducida después de la suscripción del contrato independientemente de la modalidad de participación escogida, el Proponente deberá presentar toda la documentación que permita demostrar la capacidad legal de su representante y su objeto social.
En el caso de consorcios y uniones temporales o de sociedad de promesa futura, cada una de los integrantes deberá aportar la documentación respectiva requerida.
4.3.3 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de la oferta el proponente deberá constituir a favor de radio televisión nacional de Colombia-rtvc una garantía Bancaria, de Seguros u otro mecanismo de cobertura de los previstos por el Decreto 4828 de 2008, expedida por una entidad debidamente constituida y autorizada para funcionar en Colombia por una suma equivalente al diez por ciento (10 %) del valor del presupuesto oficial, la cual estará vigente por un período mínimo de sesenta
(60) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de contratación.
En el caso de consorcios y uniones temporales la garantía de seriedad deberá incluir el porcentaje de participación de cada uno de los socios, su nombre y número de identificación.
La Garantía de Seriedad de la Propuesta debe amparar:
(i) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del Proponente seleccionado.
(ii) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la Oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
(iii) La falta de otorgamiento por parte del Proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por rtvc para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
(iv) El retiro de la Oferta después de vencido el término fijado para la presentación de las Propuestas.
(v) La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato.
La garantía debe describir expresamente y de manera detallada los riesgos que se amparan. La póliza deberá ser entregada junto con el respectivo recibo de pago de la prima, ambos documentos en original
En caso que el proponente presente como mecanismos de cobertura del riesgo una fiducia mercantil en garantía deberá tener en cuenta lo siguiente:
Deberá presentar simultáneamente con la propuesta, una COPIA del respectivo contrato xx xxxxxxx y el ORIGINAL del certificado de garantía expedido por la sociedad fiduciaria, documentos con los cuales se acreditará la constitución de la garantía. (Art. 20 e inciso final del numeral 7.1 del art. 7º del D.4828/08)
Al expedir el certificado de garantía o el documento que haga sus veces, la sociedad fiduciaria deberá hacer constar en él la información exigida para dicha certificación por el artículo 17 del D. 4828/08.
Para poder ser aceptado por rtvc como garantía, el contrato xx xxxxxxx mercantil deberá contener, como mínimo, los requisitos señalados por el artículo 20 del Decreto 4828/08. La fiduciaria no podrá oponer a rtvc en ningún caso, la excepción de contrato no cumplido (Par. Art. 17, D. 4828/08), ni le será admisible discutir la responsabilidad del proponente.
Sólo podrá aceptarse como garantía la fiducia mercantil que tenga como activos conformantes del patrimonio autónomo, los valores y los bienes establecidos en los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 del D. 4828/08. Al efecto, se aplicarán las reglas contenidas en el citado artículo 18 y concordantes del mismo decreto.
En acatamiento a lo ordenado por el Parágrafo 1 del art. 18 del D. 4828/08, para todos los efectos, los bienes inmuebles no podrán ser reconocidos como activo de garantía sino por el 70% del valor que arroje el avalúo y los valores por el 90% de su valor efectivo anual, mes vencido.
La sociedad fiduciaria adelantará los trámites del caso para hacer efectiva la garantía, cuando rtvc ponga en su conocimiento el acto administrativo respectivo en firme, previo cumplimiento por parte de rtvc de lo indicado en el numeral 14.3 del art. 14 del D. 4828/08 y del procedimiento señalado al efecto en el contrato xx xxxxxxx, el cual no podrá hacer más gravosa la actuación de la entidad contratante. (Numeral 20.6, art. 20, D.4828/08)
Si el proponente utiliza una Garantía bancaria a primer requerimiento, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, el documento mediante el cual acredita el otorgamiento de la garantía, según se dispone más adelante, dependiendo de la clase de garantía bancaria que presente.
Teniendo en cuenta lo señalado por el segundo inciso del art. 21 del D. 4828/08, la garantía bancaria podrá ser otorgada por una institución financiera, nacional o extranjera.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 del D. 4828/08, serán admisibles las siguientes clases de garantías bancarias a primer requerimiento:
A - El contrato de garantía bancaria: El proponente acreditará la constitución de la garantía de seriedad de la propuesta mediante la entrega del documento ORIGINAL contentivo del contrato, suscrito por el representante legal del establecimiento de crédito o por su apoderado, y que cumpla con lo indicado a continuación.
La entidad bancaria emisora, obrando por cuenta y por orden del proponente, se obligará irrevocablemente para con rtvc, en calidad de beneficiaria, a pagarle hasta el monto garantizado los perjuicios directos derivados del incumplimiento de las
obligaciones que con ocasión de la propuesta surjan para el proponente de acuerdo con lo establecido en este pliego de condiciones.
rtvc podrá aceptar como garantías bancarias a primer requerimiento para amparar la seriedad de la propuesta, los contratos de garantía bancaria, siempre y cuando dichas garantías consten en un documento en el cual se cumplan las condiciones establecidas por el artículo 22 y por el numeral 23.1 del artículo 23 del D. 4828/08, vale decir:
1. En el contrato debe constar el nombre de radio televisión nacional de Colombia- rtvc como beneficiario de la garantía;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite del presente numeral denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. La vigencia de la garantía y el valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este mismo numeral.
4 Deberá constar que el establecimiento de crédito asume en forma expresa, autónoma e irrevocable a favor de radio televisión nacional de Colombia-rtvc, el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del proponente solicitante, en caso de incumplimiento de la propuesta por parte del mismo;
5. Debe constar la forma de hacer exigible la garantía, en la cual no se podrán imponer a rtvc condiciones más gravosas a las contenidas en el D. 4828/08;
6 Se hará constar que la garantía deberá ser efectiva a primer requerimiento cuando se ponga en conocimiento del establecimiento de crédito el acto administrativo en firme que declara el acontecimiento de cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento de la seriedad de los ofrecimientos hechos.
7. La entidad emisora efectuará el pago dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquel en que rtvc le entregue el acto administrativo debidamente ejecutoriado, en el que conste el incumplimiento del proponente y se disponga el cobro de la garantía.
Si el proponente utiliza como mecanismo el Endoso en garantía de títulos valores deberá presentar simultáneamente con la propuesta, el original del título valor de contenido crediticio, con la nota de endoso total en garantía a favor de rtvc, de conformidad con el art. 659 del C. de Co. y concordantes, en la cual se especifiquen la fecha del endoso, el número y objeto de este proceso de selección, los riesgos asegurados y el monto amparado. El título valor quedará, a elección de rtvc, bajo su custodia o a cargo de un depósito de valores autorizado para funcionar en Colombia.
Se admitirán como garantías de seriedad de la propuesta, el endoso en garantía por parte del oferente de uno o varios de los siguientes títulos valores de contenido crediticio: 1) Certificados de depósito a término emitidos por una entidad financiera sometida a la vigilancia y control de la Superintendencia Financiera; 2) Pagarés emitidos por una entidad financiera sometida a la vigilancia y control de dicha Superintendencia; 3) Títulos de Tesorería – TES.
En todos los casos, el oferente deberá ser el endosante exclusivo del título valor.
Los títulos valores endosados sólo podrán ser recibidos por el 70% de su valor, porcentaje que deberá cubrir, como mínimo, el monto exigido por rtvc para la garantía de seriedad de la oferta en el subnumeral denominado “Valor y vigencia de la garantía”.
La fecha de vencimiento del título valor endosado no podrá ser inferior en ningún caso al término de vigencia de la garantía de seriedad fijado en el precitado subnumeral, ni exceder de seis (6) meses contados a partir de la fecha de cierre de este proceso de selección.
En caso de incumplimiento de la propuesta, rtvc hará efectivo el título valor de conformidad con las reglas previstas en el artículo 25 y concordantes del D. 4828/08 y demás normas legales sobre la materia.
De conformidad con el último inciso del art. 25 del D. 4828/08 y las disposiciones del Código de Comercio sobre endoso en garantía de títulos valores, los títulos entregados a rtvc en garantía por los oferentes, no podrán ser negociados.
Depósito de dinero en garantía.
Si el proponente utiliza este mecanismo de cobertura, deberá presentar simultáneamente con la propuesta, el ORIGINAL del título o certificado con el cual demuestra la constitución del depósito de dinero en garantía de seriedad de la propuesta, constituido a favor de rtvc en una entidad financiera vigilada por la Superintendencia Financiera, por valor correspondiente, como mínimo, al monto exigido para dicha garantía en este pliego de condiciones, constituido a más tardar en la fecha de cierre de este proceso de selección.
Esta garantía no requiere expresar la vigencia determinada prevista en el subnumeral denominado “Valor y vigencia de la garantía” sino simplemente expresar que el depósito no podrá ser devuelto al depositante sino cuando rtvc lo autorice, autorización que se expedirá una vez se aprueben las garantías que amparen los riesgos propios de la etapa contractual o quede en firme la resolución que declare desierto el proceso.
En el título o certificado de depósito o como anexo del mismo, debe constar:
1. En el contrato debe constar el nombre de radio televisión nacional de Colombia-rtvc como beneficiario de la garantía;
2. Deben constar todos los riesgos garantizados, los cuales deben ser los indicados antes en el acápite del presente numeral denominado “Amparos de la Garantía de Seriedad”;
3. El valor garantizado, de acuerdo con lo exigido al respecto en este mismo numeral.
4 Deberá constar que la entidad financiera asume la obligación de entregar a rtvc, el valor garantizado cuando se ponga en conocimiento de la entidad financiera el acto administrativo en firme que declara el acontecimiento de cualquiera de los eventos constitutivos de incumplimiento de la seriedad de la propuesta y se disponga el cobro de la garantía, arriba indicados.
5. Debe constar la forma de hacer exigible la garantía, en la cual no se podrán imponer a rtvc condiciones más gravosas a las contenidas en el D. 4828/08.
La restitución del depósito al proponente depositante, requerirá, en todos los casos, la autorización de rtvc a la entidad financiera depositaria.
La entidad financiera depositaria no podrá ejercer derecho de retención, en todo o en parte, por ningún concepto, el dinero depositado, cuando rtvc haga efectiva la garantía. Tal derecho de retención sólo podrá ejercerse frente al depositante cuando rtvc autorice la devolución del depósito a causa de no haberse presentado incumplimiento de la propuesta.
4.3.4 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL (Anexo 5)
Los Consorcios o Uniones Temporales deben presentar un documento suscrito por todos y cada uno de sus integrantes en virtud del cual hayan constituido el Consorcio o Unión Temporal con el objeto de presentar la Propuesta en forma conjunta en la cual se especifique, como mínimo, lo siguiente:
a. Expresar si la participación es a título de Consorcio o de Unión Temporal.
b. Nombre o razón social, domicilio y representante legal de cada uno de los Integrantes del Consorcio o de la Unión Temporal.
El documento deberá consignar los términos que regirán la Unión Temporal o el Consorcio, esto es, duración, objeto, porcentaje de participación de cada uno de sus miembros, participación de estos en la ejecución del contrato, elementos que no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de rtvc.
c. Expresar que la duración del Consorcio o de la Unión Temporal, será por el tiempo comprendido entre la presentación de la propuesta y la liquidación del contrato y por lo menos dos años más.
d. Designar en forma clara y expresa con nombre y documento de identificación el Representante Legal del Consorcio o de la Unión Temporal y su suplente y las correspondientes facultades de estos.
e. Manifestar expresamente el grado de responsabilidad de los miembros en los aspectos administrativos, jurídicos, técnicos y económicos, (actividades que van a desarrollar cada uno de ellos) e indicar si dicha responsabilidad es solidaria.
f. Consignar el número y fecha de acta de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas, de las personas jurídicas integrantes, en la que conste la facultad expresa de conformar Consorcios o Uniones Temporales y la cuantía máxima en que a través de esas formas de asociación pueden contratar, la cual en todo caso debe ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del contrato. Se deberá aportar copia del acta correspondiente.
g. Manifestación expresa de cada uno de los Integrantes en el sentido de que conoce y acepta los términos del presente Pliego de Condiciones y responde solidariamente tanto por la veracidad de la información y demás manifestaciones incluidas en los documentos y en la Propuesta, como por las obligaciones que el Consorcio o la Unión Temporal asumirían en el Contrato, en caso de adjudicación.
4.3.5 PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA
Para participar bajo esta forma de asociación como proponente, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a) Acreditar la suscripción de la promesa de contrato de sociedad para la constitución de una sociedad mercantil de nacionalidad colombiana, cuyo objeto único sea la suscripción y ejecución del contrato objeto de esta Invitación para los que se vaya a formular propuesta. En la promesa se deberá establecer para la sociedad futura un término mínimo de duración por lo menos igual al término de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más.
En el documento se deben consignar los acuerdos que den cuenta de lo pertinente conforme al pliego de condiciones, y cumpliendo sustancialmente con lo determinado por el Código de Comercio en sus artículos 119 y concordantes, sujetando la suscripción del contrato de sociedad únicamente a la Adjudicación de la Invitación y señalando como plazo máximo para la
celebración y suscripción del contrato de sociedad, con todas las formalidades establecidas para el efecto en la Ley, tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha de culminación de la audiencia de adjudicación.
Cualquier condicionamiento adicional para el perfeccionamiento del contrato de sociedad dará lugar a que la propuesta sea rechazada.
b) El documento en que conste la promesa de sociedad futura, debe ir acompañado de los documentos que acrediten la existencia, vigencia, representación legal, capacidad jurídica y autorizaciones correspondientes expedidas por el órgano societario correspondiente, para cada uno de los integrantes del grupo y sus representantes legales.
c) En cuanto a la capacidad legal de los miembros de la promesa de sociedad futura, esta deberá referirse a la posibilidad de celebrar un contrato de sociedad con las características señaladas en la promesa de sociedad futura y no a la capacidad para la celebración del contrato objeto de la Invitación
d) El documento en el que conste la promesa de sociedad futura, deberá tener presentación y reconocimiento notarial, por parte de todos y cada uno de los suscribientes.
e) El documento en el que conste la promesa de sociedad futura, deberá especificar la participación de cada uno de sus integrantes y el monto de los aportes soportados en las correspondientes actas de junta de socios que así lo autoricen.
f) El documento en el que conste la promesa de sociedad futura, deberá especificar la designación de un representante único con facultades suficientes para la representación sin limitaciones del grupo de asociados, en todos los aspectos que se requieran desde la presentación de la propuesta hasta la constitución de la sociedad prometida. Dicha designación debe hacerse a través de poder debidamente otorgado o constar en la misma promesa de sociedad.
g) Igualmente, deberá especificarse que en caso de enajenación de la propiedad accionaria o de la participación social de los asociados, el enajenante deberá verificar y acreditar, ante la sociedad y ante rtvc, que el adquiriente reúna, como mínimo, las mismas calidades que el enajenante, para salvaguarda de la lealtad debida a rtvc y a los demás proponentes que participaron en la Invitación..
h) Para todos los efectos las propuestas presentadas bajo la figura de promesa de sociedad futura deberán cumplir con los mismos requisitos legales, técnicos, financieros y demás exigencias determinadas en el pliego de condiciones para los consorcios y uniones temporales. Los documentos de los asociados bajo la promesa de sociedad se sujetan a las mismas reglas y condiciones señaladas para los documentos establecidos en el presente pliego de condiciones en el capítulo 4 y en sus subnumerales. En los que le sea aplicable
i) Las propuestas presentadas bajo la figura de promesa de sociedad futura serán evaluadas y calificadas, siguiendo las reglas establecidas en el pliego de condiciones para estas o para los Consorcios y las Uniones Temporales.
4.3.6 AUTORIZACIÓN PARA PRESENTAR LA OFERTA Y COMPROMETER A PERSONAS JURÍDICAS, CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
Cuando el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal tenga restricciones para contraer obligaciones a nombre de la misma, deberá adjuntar documento de autorización expresa del órgano competente, en el cual conste que está facultado para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la propuesta y, si actúa como apoderado, debe anexar el poder debidamente otorgado.
4.3.7 FOTOCOPIA DEL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO –RUT
El proponente deberá anexar con su oferta copia del registro único tributario.
4.3.8 CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL (Anexo 7)
El Proponente deberá anexar una certificación donde acredite el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
La acreditación de los pagos a los sistemas mencionados se realizará mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal si no se requiere el primero, durante un lapso no inferior a los seis
(6) meses anteriores a la fecha de cierre del proceso, salvo que la sociedad haya sido constituida en un periodo inferior caso en el cual acreditará solo el periodo que lleva de existencia.
La Entidad Contratante se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información contenida en la certificación.
Cuando un Proponente presente una propuesta bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, deberá presentar la información que acredite el cumplimiento de cada uno de los Integrantes con lo especificado en la norma a que hace referencia este numeral.
4.3.9. FORMATO UNICO DE HOJA DE VIDA
El proponente deberá diligenciar de acuerdo con los formatos establecidos por la Función Pública el formato único de hoja de vida para personas naturales o jurídicas y anexarlo a la propuesta.
4.3.10 VERIFICACION DE NO ESTAR INCLUIDO EN EL BOLETIN DE RESPONSABLES FISCALES.
RTVC verificará mediante la consulta respectiva al boletín de responsables fiscales vigente si el proponente se encuentra incluido o no. Como constancia de dicha consulta imprimirá el resultado de la consulta respectiva.
4.3.11. FOTOCOPIA DE LA CÉDULA O DOCUMENTO DE IDENTIFICACION DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL.
El proponente deberá anexar a su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identificación del proponente o del representante legal del proponente en caso de ser persona jurídica o consorcio o unión temporal.
4.3.12 CERTIFICADO DEL “SIRI”
Acompañar el Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad “SIRI”, expedido por la Procuraduría General de la Nación, a nombre de la persona natural o jurídica. Esta certificación no debe haber sido expedida con más de treinta (30) días de antelación a la presentación de la propuesta.
4.4. DOCUMENTOS FINANCIEROS PARA PRESENTACION DE OFERTAS.
El proponente deberá presentar los Estados Financieros definitivos con corte a 31 de diciembre de 2009 y a nivel de subcuenta, en forma comparativa con los del año inmediatamente anterior, incluyendo las Notas Explicativas a los mismos.
- La información Financiera debe presentarse suscrita por el Representante Legal, el Contador Público y el Revisor Fiscal (en el caso que la entidad lo requiera) de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 13 de la Ley 43 de 1990 en concordancia con el artículo 203 del Código de Comercio. Se entiende que dichos profesionales son los mismos que suscriben los Estados Financieros definitivos.
- En el evento de presentación de oferentes con la figura de consorcio, unión temporal, los documentos de carácter financiero deben ser presentados por cada uno de los integrantes que conforman dichas figuras asociativas, debidamente firmados.
- Cuando el oferente sea del exterior, los estados financieros y las notas a los estados financieros deberán ajustarse a las NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA.
- Toda la información financiera deberá ser presentada en Moneda Legal Colombiana.
- Notas Explicativas a los Estados Financieros presentados, elaboradas y presentadas conforme al Decreto Reglamentario 2649 de 1993, en las que se especifique la desagregación con valores y explicación de las cuentas y subcuentas que lo componen.
- Certificación de los Estados Financieros presentados, suscrita por el Representante legal y por el Contador Público, bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los mismos, elaborada de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con el artículo 57 del Decreto reglamentario 2649 de 1993 en la que se especifique la desagregación con valores y explicación de las cuentas y subcuentas que lo componen.
- Dictamen de Revisor Fiscal (sí existiera la obligación de tenerlo), para los Estados Financieros presentados, en los términos del artículo 38 de la Ley 222 de 1995, artículos 208 y 209 del Código de Comercio y artículo 11 del Decreto 1406 de 1999. En caso que el oferente no esté obligado a tener Revisor Fiscal, el Contador Público deberá cumplir con lo exigido en el artículo 11 del Decreto 1406 de 1999.
- Dictamen del Revisor Fiscal o, a falta de éste, del contador público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas, de los estados financieros correspondientes al período 2009
- Fotocopia legible de la Tarjeta Profesional del Contador Público y del Revisor Fiscal (si existiere la obligación de tenerlo) o del contador independiente que los hubiere examinado, que suscriben, certifica y dictamina los Estados Financieros definitivos presentados, con sus respectivos Certificados de Vigencia de Inscripción y de Antecedentes Disciplinarios vigentes a la fecha de presentación de la oferta (no mayor a tres meses), expedido por la Junta Central de Contadores.
- Declaración xx xxxxx del año gravable 2009. En caso que aún no se haya presentado dicha declaración por calendario tributario deberá anexar declaración xx xxxxx 2008.
4.5 DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO:
4.5.1 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA
4.5.1.1 EXPERIENCIA ESPECÍFICA EN AUTOPROMOCIONES O PUBLICIDAD.
El proponente deberá acreditar experiencia especifica en autopromociones o publicidad. Para el efecto deberá presentar dos certificaciones o actas de liquidación de contratos celebrados y finalizados a partir del 1 de enero de 2005, y cuya sumatoria de los valores de estas acumule un valor superior o igual a $750.000.000.
Las certificaciones deben ir acompañadas de una hoja de vida corporativa del proponente, según las siguientes características:
- HOJA DE VIDA CORPORATIVA DEL PROPONENTE (SIN PUNTAJE- HABILITANTE)
El proponente debe presentar una hoja de vida corporativa que describa proyectos de diseño, ejecución y producción de autopromociones o publicidad que haya coordinado, y ejecutado directamente, a partir del 1 de enero de 2005. Es decir, el proponente debe demostrar que la responsabilidad de dicho proyectos ante el cliente, era directa y no de un tercero que lo contrató. Además deberá anexar la siguiente información:
Nombre del proyecto
Cliente
Costo
Cantidad y perfiles de equipo de trabajo
Año de ejecución
Indicadores y resultados
Xxxx y/o book de las piezas que el proponente haya ejecutado directamente.
En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia especifica requerida de unos de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá ser concordante con las actividades a realizar en el documento de conformación del consorcio o unión temporal para el presente proceso.
4.5.1.2 EXPERIENCIA EN ESTRATEGIAS PUBLICITARIAS Y DE AUTOPROMOCIÓN (SIN PUNTAJE - HABILITANTE)
El proponente debe demostrar que ha diseñado y ejecutado directamente dos estrategias de autopromoción o publicidad desde el 1 de enero de 2005, señalando los indicadores y resultados. Para esto debe entregar lo siguiente:
o Resumen de la estrategia de autopromoción (objetivo, cliente, concepto creativo y presupuesto.) en donde debe incluir indicadores de impacto verificables con el público objetivo o con el consumo tales como recordación de marca, aumento en ventas, sostenimiento o aumento en participación xxx xxxxxxx. Todo esto según informes del cliente, artículos de publicaciones en publicidad o medios o investigación de mercadeo.
o Muestra de las piezas o actividades diseñadas para la ejecución de la estrategia en CD, en versiones de visualización o reproducción estándar (.PDF, .JPG, .WMV, .MOV, .MP3 y .AIFF)
En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia especifica demostrada de uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá ser concordante con las actividades a realizar en el documento de conformación del consorcio o unión temporal para el presente proceso.
4.5.1.3 EXPERIENCIA ADICIONAL EN PRODUCION DE TELEVISION (SIN PUNTAJE-HABILITANTE) (Anexo 9)
El proponente debe demostrar que ha ejecutado directamente dos proyectos audiovisuales de alcance nacional y de un valor mínimo cada uno de 500´000.000 (quinientos millones de pesos), con propósitos promocionales y/o publicitarios en medios privados o públicos, esto es, el diseño, producción y ejecución de comerciales de televisión, piezas publicitarias o piezas auto promocionales, desde el 1 de enero de 2005.
Para esto debe entregar certificaciones o actas de liquidación de contratos finalizados que cuenten con mínimo la siguiente información:
Nombre de la entidad contratante Nombre de la entidad contratista Fecha de inicio
Fecha de terminación Plazo
Valor ejecutado Objeto
Título de la producción (producto o marca):
Categoría de las piezas producidas (comercial, autopromoción, infomercial, otra)
En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia especifica demostrada de uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá ser concordante con las actividades a realizar en el documento de conformación del consorcio o unión temporal para el presente proceso.
4.5.1.4 EXPERIENCIA EN ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS (SIN PUNTAJE-HABILITANTE)
El proponente debe demostrar que en la ejecución de al menos dos proyectos mayores a quinientos millones de pesos - $500.000.000 cada uno, ha administrado para cada uno de ellos equipos humanos que en suma garanticen los procesos de dirección, realización, producción, edición, audio y locución, tráfico y creativo (copy y gráficos).
El inicio y ejecución de dichos proyectos debe haberse realizado a partir del 1 de enero de 2005 y a la fecha del cierre del presente proceso de selección deben estar finalizados.
Para demostrar dicha experiencia el proponente deberá presentar con su propuesta, los organigramas de las producciones de dichos proyectos, especificando roles y jerarquías, así como los cronogramas de ejecución por etapas.
Dichos cronogramas deberán ser suscritos por el proponente o su representante Legal.
En el caso de consorcios y uniones temporales la experiencia especifica demostrada de unos de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá ser concordante con las actividades a realizar en el documento de conformación del consorcio o unión temporal para el presente proceso.
4.5.2 DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO (Anexo 2)
El proponente deberá manifestar mediante compromiso escrito firmado por el Representante Legal o persona natural su aceptación frente a la totalidad de los requerimientos y condiciones para la producción detalladas en el presente Pliego de Condiciones, así como aquellos definidos por rtvc – CANALSEÑALCOLOMBIA y CANAL INSTITUCIONAL en ejecución del contrato.
Esto es, frente a los requisitos y condiciones correspondientes a los servicios técnicos de preproducción, producción y postproducción, recurso humano, gastos de producción, logística y administración. Tal manifestación constituye factor de verificación de cumplimiento de la propuesta y compromete al proponente en todos sus alcances, mas no genera calificación alguna.
Este anexo es el único documento de verificación del compromiso de aceptación de las condiciones y requerimientos por el proponente, por lo que no se aceptará un documento diferente a este.
4.5.3 DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS
Para efectos de acreditar la disponibilidad de los insumos necesarios el proponente deberá diligenciar el anexo 3, marcando al frente de cada insumo allí relacionado si es propietario o no mediante la mención de un sí o un no o si cuenta con dichos equipos en calidad de leasing financiero o en contrato de arrendamiento. Xxxxx anexo deberá estar suscrito por el Representante Legal del proponente y su contador o revisor fiscal, si está obligado a este último, el cual da fe de dicho inventario de equipos de propiedad del proponente. En el caso de unión temporal o consorcio se debe suscribir por de cada uno de los representantes legales de los miembros integrantes del consorcio o unión temporal y su contador dependiendo de quién sea el propietario de los equipos.
En caso de que los equipos se encuentren en arrendamiento o Leasing deberá anexar copia del contrato respectivo.
4.6 DOCUMENTOS ECONOMICOS.
4.6.1. OFERTA DE TARIFAS DE SERVICIOS. (Anexo 3)
Corresponde al formato (ANEXO 3) diligenciado para presentación de tarifas por servicios que corresponderán a las tarifas fijas ofrecidas durante todo el término de ejecución del contrato.
Frente a la lista de servicios, el proponente tiene la obligación de presentar ítem a ítem el valor ofertado para los mismos, valor que será considerado por rtvc como la tarifa fija de dicho servicio, que deberá estar vigente durante toda la ejecución del contrato; esas tarifas son requeridas según el ANEXO 3.
Lo anterior no obsta para que rtvc, en caso de requerir otro servicio diferente a los ofertados pueda hacerlo, caso en el cual se fijarán de común acuerdo dichas tarifas con el contratista, previo estudio de los precios xxx xxxxxxx.
Para la relación de tarifas el proponente debe tener en cuenta que estas no podrán ser superiores al techo previsto en el anexo para cada ítem ni menor al 85% del valor techo establecido para cada servicio.
4.6.2 COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA (Anexo 7)
Para ofertar la comisión por administración el proponente deberá diligenciar el anexo 7. La COMISION POR ADMINISTRACION, consistirá en un porcentaje general sobre el valor ejecutado en la producción del proyecto sin incluir los costos del servicio técnico. Esta comisión oscilará entre un seis (6) y un diez (10) por ciento y será objeto de calificación conforme a lo establecido en este pliego de condiciones y formará parte del valor final de la propuesta.
CAPÍTULO 5 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Todas las propuestas presentadas válidamente se analizarán bajo los mismos parámetros, dando cumplimiento al principio de selección objetiva que permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad y la realización de los fines que se buscan. A continuación se mencionan los procesos de evaluación, los criterios de verificación y evaluación de las propuestas, con su correspondiente asignación en calificación si es del caso, así como el orden de cada criterio.
5.1 PROCESO DE EVALUACIÓN
Se revisan en primer término los criterios habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnicos. Este análisis no concederá puntaje alguno, pero de él puede resultar el rechazo de la propuesta conforme a las causales establecidas en el pliego de Condiciones.
5.1.1.1 VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS JURIDICOS (HABILITANTE)
La verificación de la información jurídica no tiene ponderación alguna, se trata del estudio que realiza la Oficina Jurídica de rtvc para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos y documentos jurídicos establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
Este análisis no concederá puntaje alguno, pero de éste puede resultar el rechazo de la propuesta conforme a las causales establecidas en el presente Pliego de Condiciones.
Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros deberá aportar individualmente la información y documentación jurídica solicitada, salvo la carta de presentación, la garantía de seriedad.
rtvc, podrá solicitar al proponente vía mail y fax aclaraciones a la documentación objeto de verificación, así como información o documentación adicional no esencial para la comparación de propuestas, la cual deberá ser aportada por el proponente dentro del término que para el efecto establezca rtvc, so pena de rechazo si no es atendido en dicho término, o si la información o documentación no es suficiente, o no cumple con los requisitos.
La fecha de recibo del requerimiento correspondiente será aquella consignada en el reporte de transmisión vía fax.
Si alguna de las propuestas finalistas es rechazada por no cumplir con la documentación jurídica correspondiente que por su naturaleza no pueda ser subsanada, dicha propuesta no será evaluada en ningún otro aspecto.
5.1.1.2 CRITERIOS VERIFICACIÓN DE DOCUMENTOS FINANCIEROS (HABILITANTE)
El informe financiero no recibirá ninguna ponderación pues se trata del estudio que realiza el evaluador financiero de rtvc para establecer la situación financiera de cada proponente.
5.1.1.3 CAPACIDAD FINANCIERA
La capacidad financiera del oferente se determinará de acuerdo al análisis que RTVC realice sobre la información financiera presentada con la oferta tomando como base los siguientes indicadores financieros:
INDICADOR
RAZON DE LIQUIDEZ MINIMA ≥ 1.0 NIVEL DE ENDEUDAMIENTO ≤ 0.6
CAPITAL DE TRABAJO ≥ 20% PATRIMONIO LÍQUIDO ≥ 20%
Serán declaradas NO ADMISIBLES Financieramente las ofertas que no cumplan con los porcentajes mínimos de los indicadores mencionados anteriormente.
La habilitación de cada oferente se determinará por el cumplimiento de cada uno de los indicadores financieros mencionados anteriormente. Cada indicador se evaluará por separado y utilizando las formulas indicadas en cada caso.
Para el caso de los consorcios, uniones temporales los indicadores financieros se calcularán con base en la sumatoria de las cuentas debidamente registradas en los estados financieros de cada uno de los integrantes de la forma asociativa y se ponderara por la participación porcentual de cada uno de los integrantes o promitentes
Para efectos tributarios, los oferentes deberán identificar el régimen y tipo de contribuyente. Además de desglosar las bases para los respectivos impuestos.
NOTA: Si el oferente no incluye alguno de los documentos de contenido financiero requeridos o se requiere alguna aclaración o complementación, RTVC solicitará lo requerido señalando el término perentorio para cumplir, so pena de rechazo de la oferta.
La capacidad financiera será objeto de verificación de cumplimiento, pero no de calificación el proponente deberá cumplir con los parámetros mínimos en cifras y porcentajes que se indican a continuación:
RAZÓN DE LIQUIDEZ MÍNIMA
Indica la capacidad que tiene la empresa para atender sus Obligaciones a corto plazo, teniendo como respaldo los Activos Corrientes.
1. Modalidades Individuales
Al 31 de diciembre de 2009, los proponentes que se presenten deben contar con una razón de liquidez, superior o igual a uno punto cero (1.0), calculada a partir de sus respectivos Estados Financieros, como la división de los Activos Corrientes entre los Pasivos Corrientes. Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM correspondiente a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
La razón de liquidez mínima se expresa mediante la siguiente fórmula:
Activo Corriente 1.0 Pasivo Corriente
2. Modalidades Conjuntas
Al 31 de diciembre de 2009, los participantes que se , deben contar con una razón de liquidez superior o igual uno punto cero (1.0), calculada a partir de sus respectivos Estados Financieros, como la división de los Activos Corrientes entre los Pasivos
Corrientes, ponderando por la participación porcentual de cada uno de los integrantes o promitentes.
Cuando la condición se acredite en moneda extranjera, para el cálculo de esta se deberá utilizar la TRM a la fecha xx xxxxx de los respectivos Estados Financieros.
La razón de liquidez mínima para Consorcios, Uniones Temporales y Sociedades bajo Promesa se expresa mediante la siguiente fórmula:
Activo Corriente
Pasivo Corriente
* Participación Porcentual
1.0
i
i i
Donde i indica al Integrante o Promitente del Participante.
En todo caso, para que la Propuesta sea considerada válida, la suma de los Integrantes o Promitentes deberá contar con una razón de liquidez superior a uno (1).
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO MÁXIMO
El nivel de endeudamiento indica la parte de los activos de la empresa que están financiados con recursos de terceros.
1. Modalidades Individuales
Al 31 de diciembre de 2009, el Participante Individual debe tener un nivel de endeudamiento, calculado como los Pasivos Totales dividido entre los Activos Totales, de menor o igual a cero punto seis (0.6)
El nivel de endeudamiento máximo se expresa mediante la siguiente fórmula:
Pasivo Total 60%
2. Modalidades Conjuntas
Activo Total
Al 31 de diciembre de 2009, el participante que se presente bajo la modalidad de Sociedad bajo Promesa, Consorcio o Uniones Temporales, debe tener en forma conjunta un nivel de endeudamiento inferior o igual a cero punto seis (0.6) calculado como los Pasivos Totales dividido entre los Activos Totales, ponderando por la participación porcentual de cada uno de los integrantes o promitentes de la Sociedad bajo Promesa, Consorcio o Unión Temporal.
El nivel de endeudamiento máximo para Sociedades bajo Promesa, los Consorcios y las Uniones Temporales se expresa mediante la siguiente fórmula:
(Pasivo Totali )* Participación Porcentuali 60%
i Activo Totali
Donde i indica cada uno de los Integrantes o Promitentes del Participante.
CAPITAL DE TRABAJO MÍNIMO
1. Modalidades Individuales
Al 31 de diciembre de 2009, el Participante Individual debe tener un nivel de capital de trabajo, calculado como el Activo Corriente – Pasivo Corriente, igual o superior al 20 % del presupuesto oficial de la presente Contratación.
Capital de Trabajo 20%Pr esupuestoOficial
2. Modalidades Conjuntas
Al 31 de diciembre de 2009, los Consorcios, Uniones Temporales y las Sociedades bajo Promesa, deben contar con un capital de trabajo igual o superior al veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial de la presente licitación de manera conjunta, según el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
La determinación del capital de trabajo del Consorcio, Unión Temporal o de la Sociedad bajo Promesa, se calculará multiplicando la participación porcentual de cada uno de los integrantes o promitentes, según sea el caso, por su respectivo capital de trabajo, registrado en los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 y sumando todas las ponderaciones.
(Capital de Trabajoi participación porcentuali ) 20% Presupuesto Oficial
i
Donde i: indica cada uno de los integrantes o promitentes del Participante.
PATRIMONIO LÍQUIDO
1. Modalidades Individuales
Al 31 de diciembre de 2009, el Participante debe tener un patrimonio en pesos colombianos,
igual o superior al 20% del presupuesto oficial de la presente licitación.
Patrimonio 20% Pr esupuestoOficial
2. Modalidades Conjuntas
Al 31 de diciembre de 2009, los Consorcios, Uniones Temporales y las Sociedades bajo Promesa, deben contar con un patrimonio igual o superior al veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial de la presente licitación, de manera conjunta, según el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes.
La determinación de patrimonio del Consorcio, Unión Temporal o de la Sociedad bajo Promesa, se calculará multiplicando la participación porcentual de cada uno de los integrantes o promitentes, según sea el caso, por su respectivo patrimonio, registrado en los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2009 y sumando todas las ponderaciones, así:
(Patrimonioi participación porcentuali ) 20% Presupuesto Oficial
i
Donde: i: indica cada uno de los integrantes o promitentes del Participante.
5.1.1.3 CRITERIOS VERIFICACION TECNICA
Dicha verificación se realizará sobre dos aspectos:
5.1.1.3.1. EXPERIENCIA: dicha verificación se realizará con fundamento en las certificaciones de experiencia o actas de liquidación solicitadas al proponente sobre el trabajo realizado en los últimos cinco (5) años por la cuantía antes establecida y el objeto requerido.
Para verificar el cumplimiento de las certificaciones que acrediten la experiencia mínima requerida, se revisarán las tres (3) primeras certificaciones aportadas por el oferente dentro de la oferta. Si estas o una de estas no cumplen con la totalidad de la información requerida, se revisarán las certificaciones siguientes, de acuerdo al orden de presentación de las mismas, hasta que se encuentren las certificaciones que cumplan con la acreditación del requisito técnico mínimo requerido en el presente proceso. El proponente podrá relacionar o anexar máximo cinco
(5) certificaciones de contratos o actas de liquidación por cada experiencia.
5.1.1.3.2 CRITERIOS VERIFICACIÓN DEL DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS PARA LA PRODUCCIÓN
La verificación del documento de aceptación de las condiciones y requerimientos para la producción no tiene ponderación alguna; se trata de obtener del proponente el compromiso escrito de cumplir con tales condiciones y requerimientos de manera estricta frente al Pliego de Condiciones, en especial respecto de los requisitos mínimos de servicios de producción y postproducción, infraestructura administrativa, gastos de producción y equipo humano.
5.1.2. FASE 2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERABLE. 1000 puntos.
Solamente se ponderarán las propuestas que hayan resultados hábiles en los aspectos jurídicos, técnicos, financieros y económicos.
5.1.2.1 CRITERIOS DE EVALUACION ECONOMICOS
5.1.2.1.1 OFERTA DE TARIFAS DE SERVICIOS TÉCNICOS DE PRODUCCIÓN Y POSTPRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN - MÁXIMO 500 PUNTOS
En este criterio se tendrá en cuenta el valor ofertado por el proponente frente a la cada uno de los servicios técnicos de producción y postproducción, a que se refiere el Anexo 3 del presente documento. Este criterio de evaluación se tiene en cuenta por cuanto son los servicios técnicos de producción y postproducción que van a ser utilizados en el desarrollo objeto del contrato y que son por tanto indispensables para el desarrollo del mismo, teniendo en cuenta para ello el estudio xx xxxxxxx y el anexo técnico que refleja el presupuesto oficial de la invitación.
La calificación se efectuará bajo las siguientes condiciones:
Se ofertarán todos y cada uno de los servicios establecidos en el anexo técnico económico (Anexo
3) observando el piso determinado para cada uno, con la aclaración de que no podrá presentarse oferta de servicios inferior al 85% del valor establecido por cada servicio.
Para la evaluación de este criterio rtvc ha establecido tres fórmulas de aplicación, de las cuales solo una será la que se utilizará para la correspondiente evaluación.
Para efectos de establecer cuál será la media a aplicar, rtvc en la diligencia de cierre de la oferta, realizará un sorteo mediante balota, en la cual se determinará cuál de las tres formulas previstas en el pliego se aplicará. De esta decisión se dejará constancia en el acta de cierre.
A continuación se determinan las tres (3) fórmulas de aplicación:
a) MEDIA ARITMETICA
Con las propuestas hábiles (incluyendo el valor del presupuesto) admitidas jurídica y financieramente y que cumplan con los requerimientos mínimos técnicos, se calculará la media aritmética para clasificar y asignar puntaje y se evaluará para cada ítem y de acuerdo a cada puntaje por tarifa IVA Incluido
FÓRMULA:
Sumatoria propuestas hábiles (incluyendo presupuesto oficial)
Promedio Aritmético = ------------------------------------------------------------------------
Número de propuestas hábiles (incluyendo presupuesto oficial)
Puntaje:
• La propuesta que se encuentre más cercana y por debajo del valor promedio Aritmético se le Asignarán el mayor puntaje por ítem
• Las demás propuestas que se encuentren por debajo del promedio aritmético se les asignará el puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula:
FÓRMULA:
Valor de la propuesta hábil
Puntaje = X Mayor puntaje por ítem
Promedio Aritmético
• Las propuestas restantes que se encuentren por encima del promedio aritmético se les asignará el puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula:
FÓRMULA:
Promedio Aritmético
Puntaje = X Mayor puntaje por ítem
Valor de la propuesta hábil
b) MENOR VALOR DE LA OFERTA
El proponente que presente el menor valor de la oferta obtendrá el mayor puntaje. Los demás proponentes obtendrán un puntaje proporcional de acuerdo al valor presentado, para lo cual se utilizara la siguiente fórmula y se evaluará por cada ítem y de acuerdo al puntaje de cada tarifa
Pce = PCE * (Vmin / Voi)
Donde: | ||
Pce | = | Puntaje asignado a la oferta por cada tarifa. |
Vmin | = | Valor de la propuesta más baja. |
Voi | = | Valor de la propuesta en evaluación. |
c) PROMEDIO GEOMÉTRICO.
De las Propuestas hábiles, que hayan cumplido con los requisitos mínimos indicados cumplida la fase clasificatoria, se obtendrá el valor de la media geométrica. Este se evaluará para cada ítem y de acuerdo a cada puntaje por tarifa IVA Incluido aplicando la siguiente fórmula:
MG= (X1*X2*X3 X)ˆ(1/N), donde:
MG= Media Geométrica de los valores ofertados. Xn= Valor ofertado de cada propuesta
N= número de propuestas.
A continuación se muestran los descuentos de acuerdo al rango de la media geométrica y al porcentaje de descuento sobre el puntaje techo por ítem.
La calificación correspondiente se asignará conforme a los siguientes rangos:
RANGO | |
Entre -3% a 3% de la media geométrica | Mayor puntaje |
Entre -5% y -3.1%, ó 3.1% y 5% de la media geométrica | 10% del mayor puntaje |
Entre -7% y -5.1%, ó 5.1% y 7% de la media geométrica | 20% del mayor puntaje |
Entre -10% y -7.1%, ó 7.1% y 10% de la media geométrica | 30% del mayor puntaje |
Mayor a 10.1%, ó menor a -10.1% de la media geométrica | 40% del mayor puntaje |
Para efectos de la evaluación, se tomara el valor del ítem IVA Incluido.
5.1.2.1.2 CRITERIOS EVALUACIÓN OFERTA DE COMISIÓN POR ADMINISTRACIÓN DELEGADA (150 puntos)
El proponente que oferte el menor porcentaje de comisión por administración, obtendrá el mayor puntaje. Los demás proponentes obtendrán un puntaje proporcional de acuerdo al valor presentado, para lo cual se utilizara una regla de tres. Se reitera que el rango de comisión es de mínimo el 6% y máximo 10%.
Este factor de evaluación se tiene en cuenta en aras de optimizar los recursos económicos del proyecto a contratar.
5.1.2.1.3 DESCUENTO SOBRE OFERTA DE TARIFAS DE SERVICIOS TÉCNICOS DE PRODUCCIÓN
(150 puntos)
Al proponente que oferte sobre todas y cada una de sus tarifas de servicios técnicos de producción el mayor descuento adicional, se le otorgarán hasta 150 puntos. Los demás proponentes obtendrán un puntaje proporcional de acuerdo al valor presentado, para lo cual se utilizara una regla de tres simple.
Los descuentos ofrecidos en el anexo tres (3) no podrán ser mayores al veinte por ciento (20%).
Este factor de evaluación se tiene en cuenta en aras de optimizar los recursos económicos del proyecto a contratar.
5.1.2.2 CRITERIO TECNICO - DISPONIBILIDAD DE LOS EQUIPOS (100 puntos) Dicha evaluación se realizará con fundamento en el Anexo 3.
El puntaje se asignará de la siguiente manera:
El proponente que acredite ser propietario, tener en calidad de leasing los equipos, o ser arrendatario de los mismos podrá obtener hasta 100 puntos adicionales, los cuales se asignarán de la siguiente manera:
EQUIPOS | propietario | Tenencia - leasing | Tenencia - Arrendamiento |
PROPIEDAD SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 1 | 15 puntos | 13 | 11 |
PROPIEDAD SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 2 | 15 puntos | 13 | 11 |
PROPIEDAD SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 3 | 15 puntos | 13 | 11 |
PROPIEDAD SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 4 | 10 puntos | 8 | 6 |
PROPIEDAD SISTEMA DE GRAFICACIÓN 1 | 10 puntos | 8 | 6 |
PROPIEDAD SISTEMA DE GRAFICACIÓN 2 | 10 puntos | 8 | 6 |
PROPIEDAD SISTEMA DE GRAFICACIÓN 3 | 10 puntos | 8 | 6 |
PROPIEDAD SISTEMA DE GRAFICACIÓN 4 | 5 puntos | 3 | 1 |
PROPIEDAD SALA DE AUDIO | 10 puntos | 8 | 6 |
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 1 es de su propiedad obtendrá 15 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 13 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 11 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 2 es de su propiedad obtendrá 15 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 13 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 11 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 3 es de su propiedad obtendrá 15 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 13 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 11 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE EDICIÓN NO LINEAL 4 es de su propiedad obtendrá 10 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 8 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 6 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE GRAFICACIÓN 1 es de su propiedad obtendrá 10 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 8 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 6 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE GRAFICACIÓN 2 es de su propiedad obtendrá 10 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 8 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 6 puntos.
Xx el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE GRAFICACIÓN 3 es de su propiedad obtendrá 10 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 8 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 6 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SISTEMA DE GRAFICACIÓN 4 es de su propiedad obtendrá 5 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 3 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 1 puntos.
Si el proponente manifiesta en el anexo 3 que el SALA DE AUDIO 1 es de su propiedad obtendrá 10 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de leasing financiero 8 puntos. Si es en tenencia mediante contrato de arrendamiento 6 puntos.
Nota: Para efectos de otorgar puntaje el contrato el contrato de leasing financiero como el de arrendamiento debe ser preexistente y tener una duración no inferior a dos (2) años. En todo caso el contrato deberá estar vigente durante toda la ejecución del proyecto.
Rtvc verificará la disponibilidad y titularidad de los equipos mediante la respectiva visita a la sede del proponente.
5.1.2.3 Evaluación Factor ley 816 de 2003 – APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 puntos. (Anexo 8).
El(los) proponente(s) podrá(n) ofertar servicios de origen nacional o extranjero y se otorgarán hasta cien (100) puntos a los oferentes que presenten servicios de origen nacional o hasta cincuenta (50) puntos a los oferentes que presenten servicios de origen extranjero con componente nacional, para tal efecto se deberá presentar el Anexo 8, debidamente diligenciado y suscrito por el representante legal, así:
a) Servicios de origen Nacional 100 Puntos
Se otorgarán cien (100) puntos al oferente que acredite que el 100% de los servicios objeto de la presente Invitación son de origen nacional.
b) Servicios de Origen Extranjero 50 puntos
Se otorgarán cincuenta (50) puntos al oferente que acredite que los servicios ofrecidos objeto de la presente Invitación son de origen extranjero y tienen incorporados componentes colombianos en servicios profesionales, técnicos, operativos.
5.3. CAUSALES DE RECHAZO
La ausencia de los requisitos o la falta de los documentos solicitados referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de propuestas no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos, salvo que exista renuencia por parte del proponente frente al suministro de información o documentación de esta naturaleza que la entidad haya considerado necesario conocer. Serán rechazadas las propuestas, en general, cuando por su contenido, impidan la selección objetiva.
Constituirán causales de rechazo las siguientes:
a) Cuando el proponente o los miembros de la Unión Temporal o Consorcio, se encuentren incursos dentro de alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para contratar de acuerdo con las disposiciones previstas en las normas vigentes, en especial en la Ley 80 de 1993.
b) Cuando la propuesta o sus aclaraciones posteriores contengan información inexacta con el objeto de obtener mayor puntaje, o cuando la oferta presentada, en alguna parte del contenido no se ajuste a la realidad o se encuentren documentos con su contenido alterado.
c) Cuando un mismo proponente por sí o por interpuesta persona, presente más de una propuesta básica; En este caso, la segunda propuesta será rechazada.
d) Cuando el proponente no de alcance al total de las especificaciones mínimas establecidas en el presente Xxxxxx al no aceptar en forma expresa las condiciones y requerimientos para el objeto de la Xxxxxxxxxx 00. Xxxxx 0.
e) Cuando el proponente no remita los documentos solicitados por rtvc, no haya efectuado las aclaraciones requeridas por el mismo hasta antes de la adjudicación o habiendo atendido
oportunamente tal requerimiento, el mismo no de alcance a lo solicitado por rtvc.
f) Cuando se presente la propuesta en forma extemporánea.
g) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumpla con todas las calidades y condiciones de participación indicadas dentro de este pliego de condiciones.
h) Cuando el proponente haya tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o cuando el proponente haya tratado de influir indebidamente en la decisión sobre adjudicación.
i) Cuando el proponente manifieste y/o acredite en su propuesta que no ha sido sancionado y rtvc corrobore que dicha información no es veraz, con base en el Artículo 26 de la Ley 80 de 1993.
j) Cuando en la propuesta se señalen condicionamientos al cumplimiento de la oferta, distintos a los establecidos en el presente documento.
k) Cuando el valor de comisión por administración ofertado exceda el DIEZ POR CIENTO (10%) del presupuesto o sea inferior al SEIS POR CIENTO (6%) del mismo.
l) Cuando no cumpla con los índices financieros mínimos establecidos en el presente pliego de condiciones.
m) Cuando el proponente no cuente con la experiencia mínima requerida.
n) Cuando el proponente no presente oferta (tarifa) por equipo o servicio
o) Cuando el proponente presente oferta de servicios por encima del techo establecido para cada uno de los ítems (anexo 3) o por debajo del 85% del mismo para cada servicio.
p) Acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso o subsanar aspectos relacionados con la falta de capacidad para presentar oferta, con posterioridad al cierre del proceso.
q) No presentar con la propuesta la garantía de seriedad de la oferta.
r) No presentar la carta de presentación de la oferta u no suscribirla.
5.3 CRITERIOS DE DESEMPATE
En caso de presentarse un empate en la calificación de dos (2) o mas oferentes, rtvc seleccionará al oferente que haya ofrecido menor valor en las tarifas de los equipos. De persistir el empate se seleccionará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el criterio de Comisión por Administración. Si el empate persiste se seleccionará a quien haya obtenido mayor puntaje en el factor de propiedad de los equipos. Si persiste el empate se preferirá al proponente que acredite ser una Mipyme o al Consorcio o Unión Temporal que acredite que por lo menos uno de sus integrantes tiene la calidad de Xxxxxx, si persiste el empate se acudirá a un sorteo el cual seguirá las siguientes reglas:
El sorteo se realizará en forma pública, el día y hora fijada por rtvc con anterioridad y debidamente comunicada a los proponentes mediante su publicación en la página web, en la sede de Radio Televisión Nacional de Colombia, de lo cual se levantará el acta respectiva.
Dicho sorteo se llevará a cabo mediante el sistema de balotas en el cual se colocaran tantas balotas como proponentes empatados haya, estas estarán numeradas de acuerdo al número de proponentes empatados.
Las balotas previamente verificadas por los proponentes, se introducirán en una bolsa negra y se procederá a hacer un primer sorteo para determinar el orden en que los proponentes sacaran la balota definitiva que determinen el orden de ubicación en la lista de interesados.
Posteriormente, y conforme al orden obtenido en el primer sorteo, procederán a sacar una a una las balotas. El proponente que saque la balota con el numero 1 será el adjudicatario
5.4 ADJUDICACIÓN
rtvc seleccionará los contratistas, con base en los resultados de la evaluación consolidada de las propuestas, en atención a los criterios de evaluación establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada que se notificará personalmente a los proponentes ganadores en la forma y términos establecidos para los actos administrativos, de conformidad con lo estipulado en el numeral 11 del artículo 30 de la ley 80 de 1993 y se comunicará a los no favorecidos mediante publicación del acto en la página Web de la entidad xxx.xxxx.xxx.xx
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. Contra la resolución de adjudicación no procede recurso alguno por la vía gubernativa, de conformidad con el Parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993.
5.5 DECLARATORIA DE DESIERTO
rtvc declarará desierto el presente proceso, en los proyectos correspondientes cuando:
Cuando no se presenten ofertas
Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el Pliego de Condiciones.
Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993.
La declaratoria de desierta se formalizará mediante acto administrativo en el que se señalarán en forma expresa, todas las razones en las que se basa dicha decisión y será comunicada mediante la publicación de dicho acto en la página web de la entidad. Contra la Resolución que declare desierto el proceso de selección procederá el recurso de reposición, el cual podrá interponerse con las formalidades y dentro del plazo previsto por el artículo 50 del Código Contencioso Administrativo.
CAPÍTULO 6
DEL CONTRATO Y SUS CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN
6.1 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO A CELEBRAR
El contrato que resulte de la adjudicación de la presente Invitación pública, tendrá como objeto Contratar bajo la modalidad de Administración Delegada, la prestación servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y canal institucional.
Los oferentes aceptan íntegramente las condiciones y obligaciones establecidas en el presente documento y aquellos que de conformidad con la ley deben tener los contratos celebrados con la Administración Pública. La oferta, sus anexos, el pliego de condiciones, documentos de preguntas y respuestas y sus adendas y/o modificaciones formarán parte integrante del contrato a celebrar.
Para los efectos de este proceso de selección y de los contratos derivados de él, se tendrá como domicilio la ciudad de Bogotá D.C.
Como resultado del proceso de selección se suscribirá un contrato de Administración delegada.
Un contrato de administración delegada es una forma de mandato, en la que el contratista (mandatario o administrador) asume la administración de recursos para la realización del proyecto determinado por el contratante (mandante) en este caso rtvc-subgerencia de televisión.
Rtvc aportará la totalidad de los recursos económicos para la realización de la propuesta, dentro del valor máximo o techo del presupuesto establecido para esta Invitación. Se trata de un mandato sin representación en donde el contratista (mandatario) actúa por cuenta propia en nombre ajeno.
Esta modalidad se aplica dado que la ejecución de los proyectos a realizar implica diversos conceptos de gasto, frente a lo cual resulta funcional y organizado delegar la administración bajo estrictos controles de gestión y de costos.
Se trabaja de manera conjunta para establecer los parámetros de producción con los que se va a trabajar. Esta figura optimiza los recursos y controla la entrega de dineros, ya que al actuar el mandatario (contratista) por su cuenta, es responsable de soportar y justificar cada costo ante el mandante, y es responsable del cumplimiento del fin previsto, atendiendo estrictamente las instrucciones puntuales del mandante (rtvc).
Tal figura implica que los costos en que incurra el mandante en desarrollo del encargo, sólo le son reembolsados por el contratante en la medida en que el primero legalice y acredite la destinación adecuada de los mismos, siempre con carácter específico conforme a las instrucciones que le hayan sido dadas.
En este tipo de contratación, rtvc aporta todos los recursos para la realización de los proyectos, y en virtud de esto, mantendrá el control editorial, narrativo y de producción del proyecto. El proponente aportará su infraestructura, creatividad y experiencia, y se creará un proyecto en conjunto, pero siempre será rtvc quien tendrá la palabra final en los aspectos que tienen que ver con la realización y producción del proyecto para que se ajusten a las necesidades específicas de la parrilla de programación.
6.2 OTORGAMIENTO DE LA GARANTÍA ÚNICA
El adjudicatario se obliga a constituir a favor de RTVC la Garantía Única del contrato, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios, la cual podrá consistir en una garantía bancaria o en una póliza de seguros o cualquier otro mecanismo de cobertura de los previstos por el Decreto 4828 de 2008. Dicha garantía tiene como finalidad cubrir a la entidad sobre los incumplimientos de las obligaciones contractuales y legales que puedan generarse en el curso del contrato. Para el efecto se ha establecido la necesidad de contar con los siguientes amparos:
El Proponente deberá amparar el cumplimiento de las obligaciones del contrato mediante una garantía bancaria, póliza de seguros u otro de los mecanismos de cobertura previstos por el Decreto No. 4828 de 2008, el cual contenga los siguientes amparos:
- Cumplimiento: Por valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y cuatro (4) meses más, de conformidad con los términos del
artículo 7.4 y el artículo 4º del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se busca amparar el cumplimiento de las obligaciones que para el contratista surjan con la firma del contrato
- Calidad: Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el plazo del mismo y cuatro (4) meses más, de conformidad con el artículo 7.7 y 4.2.7 del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se pretende cubrir a la entidad contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, (i) los derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo.
- Salarios y Prestaciones Sociales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres años más, de conformidad con el artículo 7.5 y 4.2.4 del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se busca amparar a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado.
- Responsabilidad Civil Extracontractual, por un valor equivalente al 20% del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato.
6.3 VALOR DEL CONTRATO
Será el valor de la oferta presentado por el Contratista y comprenderá los costos correspondientes a los conceptos de infraestructura administrativa, servicios técnicos, equipo humano, servicios y logística, comisión por administración y los demás directamente relacionados y necesarios para la ejecución exitosa del proyecto.
Rtvc no reconocerá comisión por administración a los servicios técnicos ofrecidos directamente por el contratista.
6.4 OBLIGACIONES
- Cumplir con el objeto del contrato.
- Realizar el diseño creativo y producción de piezas promocionales, de la programación y eventos especiales de señalcolombia y canal Institucional, de acuerdo con los lineamientos y directrices de rtvc y de conformidad con la forma prevista por el pliego de condiciones y la propuesta.
- Llevar a cabo la contratación del equipo humano creativo, técnico y operativo necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato, para lo cual deberá cumplir con los requerimientos exigidos frente a los servicios técnicos de producción y postproducción y gastos de producción determinados por rtvc. Tales requerimientos son de carácter obligatorio y corresponden a las condiciones mínimas que garantizarán la calidad de producción de las piezas a realizar. Dichas condiciones mínimas no pueden ser objeto de modificación por parte del proponente, no obstante lo cual, en caso de presentarse alternativas de equipos o servicios cuyas especificaciones superen técnicamente a las enlistadas, rtvc considerará tales ofrecimientos.
- Proveer oportunamente los servicios logísticos, humanos y técnicos necesarios para la ejecución del objeto contractual tales como, pero sin limitarse a: infraestructura administrativa, equipo humano para la preproducción, producción y postproducción, así como
alimentación, desplazamiento, logística, comunicaciones y los demás directamente relacionados y necesarios para la ejecución exitosa del objeto del contrato.
- Garantizar la disponibilidad de los equipos técnicos de producción y postproducción sean propios, arrendados o usados en calidad de leasing en las especificaciones, según las cantidades, las tarifas ofrecidas y los tiempos acordados con rtvc, de conformidad con el ANEXO TÉCNICO, los cuales en caso de ser usados no generarán comisión de administración dado que al proponente se le pagaran las tarifas básicas ofertadas por dichos equipos.
- Garantizar la adecuada prestación de los servicios con las especificaciones, cantidades y tiempos acordados con rtvc, de acuerdo con el Pliego de Condiciones. Así mismo, los servicios técnicos de producción y postproducción deberán incluir el soporte técnico de todos los equipos dispuestos para el proyecto, incluyendo repuestos y mantenimiento correctivo en caso xx xxxxx.
El CONTRATISTA responderá en caso xx xxxxx de los mismos, disponiendo los respectivos equipos de respaldo, sin que esto genere costos adicionales para rtvc.
Cuando por fallas técnicas imputables al CONTRATISTA no sea posible prestar el servicio en las condiciones requeridas por rtvc no habrá lugar a pago o reembolso alguno a favor al contratista, ni reconocimiento de gastos logísticos, desplazamientos o montajes.
Adicional a los equipos y servicios básicos enunciados en el ANEXO TÉCNICO rtvc se reserva la facultad de solicitar equipos o servicios adicionales relacionados con el proyecto a ejecutar, los cuales deberán ser puestos por EL CONTRATISTA a disposición del proyecto, sean estos propios o subcontratados, previa cotización y aprobación por parte de rtvc.
Además de los equipos enlistados en el anexo No. 3, el contratista debe contar con seis (6) estaciones de trabajo para cumplir con el mandato conferido.
- Garantizar durante toda la vigencia del contrato que los equipos de producción requeridos no serán sustituidos unilateralmente por el CONTRATISTA sino que permanecerán técnicamente iguales o mejores, en todo caso, todo cambio deberá ser previamente aprobado por rtvc y no generará costos adicionales a los tarifados en la propuesta.
- Entregar todos los bienes adquiridos bajo este contrato a rtvc, los cuales fueron adquiridos con los recursos de la entidad y por tanto pertenecen a rtvc. La entrega de los bienes se hará con la documentación necesaria para su ingreso al almacén de rtvc, durante la ejecución del contrato, o en la etapa final del contrato lo cual será condición para el último pago.
- Llevar a cabo la ejecución de su actividad contractual en las instalaciones de rtvc, razón por la cual no se reconocerá costo alguno al contratista por concepto de arrendamiento de instalaciones, ni servicios públicos.
El uso por parte del CONTRATISTA del espacio destinado durante la ejecución del Contrato deberá hacerse para los fines únicos y exclusivos del desarrollo del mismo y se entregará mediante acta suscrita por EL CONTRATISTA y rtvc.
El contratista tiene la custodia y cuidado de las instalaciones y equipos que se otorguen a su cargo, y que requiera para la ejecución del contrato; el cual, para el efecto, deberá adoptar todas las medidas necesarias para su seguridad y buen uso.
El presente documento constituye título de tenencia al CONTRATISTA de los bienes o espacios de rtvc, que en desarrollo del contrato deba usar, operar o manejar. Sin embargo tal tenencia se restringe y limita a la ejecución del servicio contratado. Cuando por causa debidamente comprobada imputable al CONTRATISTA, se cause daño o pérdida total o parcial
de los bienes que en cumplimiento del contrato deba usar, manipular, operar o manejar, éste responderá ante la compañía aseguradora de dichos bienes, la cual podrá repetir por tal hecho contra el CONTRATISTA; o bien el CONTRATISTA podrá reintegrar o reparar a rtvc el bien afectado, o reconocer el monto del deducible.
Al finalizar el contrato, el contratista deberá gestionar la entrega de las instalaciones a la Jefatura de Servicios Generales para la expedición del respectivo Paz y Salvo. De igual forma dicho Paz y Xxxxx será requisito para solicitar el último pago del contrato, motivo por el cual deberá adjuntarse este documento para que la entidad proceda a ordenar el respectivo desembolso.
- Contratar el Recurso Humano requerido para la realización de las piezas objeto de la presente invitación, el cual será seleccionado de acuerdo con los perfiles requeridos para el cargo, en todo caso la vinculación al proyecto del recurso humano creativo será previamente aprobada por la entidad.
El contratista procederá una vez perfeccionado el contrato a la contratación del recurso humano operativo, técnico y creativo seleccionado por rtvc, necesario para la ejecución del presente contrato. En todo caso rtvc se reserva el derecho de solicitar modificaciones en el equipo humano contratado, con el fin de garantizar la correcta obligación de las obligaciones contractuales. También rtvc se reserva la facultad de destinar directamente personal asistencial, según sus convenios de cooperación universitarios
La modalidad y condiciones de contratación de dicho personal serán de libre escogencia por parte del contratista, y en ningún caso generará relación laboral o responsabilidad alguna de rtvc.
La remuneración del equipo humano y técnico, operativo y creativo estará a cargo del contratista de acuerdo con los valores establecidos por rtvc, por tal motivo no se aceptarán reclamaciones del contratista por conceptos de sueldos u honorarios.
Todo el recurso humano será coordinado por el Productor General, el Director Creativo, con base en las directrices de rtvc a través del Productor Delegado y el Productor Ejecutivo, voceros de rtvc - señalcolombia y canal institucional.
El equipo será liderado por un Director Creativo, quien tendrá comunicación constante con las instancias de: los productores delegados de canal, los responsables de programación de cada canal, las coordinaciones de los canales, la subgerencia de televisión y gerencia de rtvc.
El Director Creativo tendrá la responsabilidad de garantizar la coherencia entre las estrategias de autopromoción, según los planes diseñados y deberá responder por los indicadores con los que se compromete. Todo lo anterior con el acompañamiento de las instancias de rtvc y los canales, señaladas anteriormente.
El equipo creativo, además del diseño y producción de las autopromociones, tiene la responsabilidad de cuidar el uso y la aplicación de las marcas en las pantallas. En caso de necesitarse, este equipo define y actualiza los lineamientos editoriales y audiovisuales para proteger las marcas, de común acuerdo con los designados por los canales. Este equipo debe entregar oportunamente los insumos necesarios para tanto la pauta de autopromociones como para la divulgación de la marca y sus productos a través de los Website de cada Canal.
El Productor General y el Director Creativo deben articularse con las instancias editoriales, audiovisuales, de producción y de programación de los canales, con el fin de identificar las necesidades de autopromoción, tanto de las marcas como de sus productos, de acuerdo con la dinámica y novedades de cada canal.
Las necesidades de realización de piezas (cámara, dirección de arte, producción de campo, entre otras) se contrataran por demanda de acuerdo con las necesidades específicas.
El contratista deberá garantizar la permanencia del personal básico, Director Creativo y Productor General, por el término de ejecución del contrato a adjudicar.
El número de personas que componen el Equipo Humano, puede variar de acuerdo con los requerimientos de la Entidad en consideración a las condiciones de ejecución del proyecto. No obstante, el listado del equipo básico humano requerido, es el siguiente:
- Director Creativo
- Productor General
- Productor de tráfico
- Asistente de tráfico
- Creativo copy 1
- Creativo copy 2
- Realizador 1
- Realizador 2
- Realizador 3
- Editor 1
- Editor 2
- Editor 3
- Editor 4
- Director Gráfico
- Graficador 1
- Graficador 2
- Graficador 3
- Post productor de sonido 1
- Realizar las modificaciones relativas a recurso humano o equipos técnicos, en el plazo establecido por el supervisor del contrato y según los requerimientos realizados por rtvc, lo anterior, con el fin de garantizar el éxito del proyecto.
- Entregar las piezas promocionales resultantes de esta modalidad de administración delegada a rtvc, de acuerdo con los parámetros técnicos básicos definidos en el pliego de condiciones e incluidos y ampliados en el Manual General de Producción/Calidad.
En todo caso, los formatos de grabación y emisión de las piezas promocionales deberán ser previamente aprobados por rtvc.
- Garantizar durante el desarrollo del proyecto, la utilización de los equipos técnicos ofrecidos en la propuesta. rtvc podrá realizar visitas técnicas al CONTRATISTA a fin de verificar esos equipos. En caso de que la infraestructura técnica no cumpla con los requerimientos, el Contratista acatará las recomendaciones que se le hagan sobre el particular.
- Elaborar el material en video original en los formatos aceptados por rtvc señalcolombia y canal institucional. Los formatos son los siguientes:
Formatos en Alta Definición (HD) |
HDCAM |
DVC PRO 100 Mbps (HD) |
REV Pro |
XDCAM HD (35 Mbps) |
HDV (25 Mbps y 19.4 Mbps) |
Respecto al manejo de imágenes de archivo, éste se deberá regir bajo las mismas directrices que se acaban de exponer, a pesar de que se puede encontrar material gravado en formatos diferentes a los aquí especificados. Si esto sucede, la inclusión de este material en las piezas deberá ser aprobado por el Productor Delegado y el área de Control de Calidad del Canal.
- Entregar los Masters en formato betacam SP. No obstante, teniendo en cuenta que rtvc está migrando hacia la emisión digital, los formatos de entrega del material pueden variar, lo cual será comunicado oportunamente por parte de la entidad.
- Entregar el audio cumpliendo las siguientes características: Canales de Audio (Máster Betacam SP)
Al entregar el cassette máster Betacam SP, la pieza terminada se deberá entregar con una mezcla final monofónica, distribuida de la siguiente forma:
Canal | Descripción | Estéreo/Mono |
1 | Mezcla Full | Mono |
- Repetir la producción o postproducción del material audiovisual en bruto grabado, cortes de edición de piezas, material entregado o documentos en general, conforme a las observaciones de rtvc hasta que sean efectivamente aprobados. Cualquier uso de material sin autorización será responsabilidad exclusiva del contratista, quien saldrá en defensa de rtvc, sin perjuicio de la responsabilidad contractual que se presente.
- Atender las solicitudes y sugerencias que presente rtvc, en lo relativo a la ejecución del objeto contractual y de las obligaciones derivadas del mismo bajo los lineamientos contenidos en las normas vigentes.
- Rendir cuentas a rtvc presentando al interventor del contrato informes mensuales detallados de ejecución del contrato, sobre los siguientes aspectos: a) Ejecución del contrato b) Relación de los Piezas realizadas, c) información de los recursos utilizados.
Cuando los gastos presentados no se ajusten a los requerimientos de rtvc o superen precios xxx xxxxxxx, no se efectuará reembolso ni se reconocerá comisión.
- Disponer de manera suficiente los recursos administrativos, técnicos y humanos para la ejecución del objeto contractual.
- Cancelar la totalidad de los costos de toda índole directos e indirectos que se genere para la producción de las piezas objeto del contrato.
- Obtener por parte de los titulares de derechos de autor o de derechos conexos, o de sus representantes, la autorización para el uso y explotación económica de obras musicales, gráficos u otras obras, que eventualmente se requieran en la producción de las piezas que se elaboren en virtud de la ejecución del contrato.
- Ceder a rtvc, la totalidad de los derechos patrimoniales de autor, conexos y de propiedad industrial que puedan llegarse a generar en virtud de la ejecución del contrato.
- Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentra bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular, y responder patrimonialmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero cause a la administración o a terceros.
- Presentar para aprobación de rtvc, en el formato previamente definido por la entidad, todos los conceptos de gastos de producción, para efectos de la revisión correspondiente a la luz del Manual de Producción diseñado por rtvc.
- Actuar con lealtad y buena fe en desarrollo del objeto contractual.
- Cumplir con las demás obligaciones consignadas en los Pliegos de Condiciones de la Invitación Directa 03 de 2010 y aquellas inherentes a la naturaleza del presente Contrato.
- Mantener vigente la garantía estipulada en el presente contrato.
- Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
6.5 GASTOS, DERECHOS E IMPUESTOS
Todos los gastos, derechos, impuestos, tasas o contribuciones por los servicios necesarios para la producción del proyecto, se encuentran incluidos en la oferta del proponente. rtvc sólo efectuará las retenciones a que haya lugar, sobre los honorarios del contratista, sin perjuicio de lo dispuesto en éste documento. La prima de las pólizas a cargo del contratista solicitadas en el presente Xxxxxx, la publicación en el Diario Único de Contratación Pública, y los demás costos que se causen por razón del perfeccionamiento del contrato o durante su desarrollo y que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular, estarán a cargo del contratista.
6.6 CONFIDENCIALIDAD
La información o los datos a los cuales tuviere acceso el contratista durante la ejecución del contrato, serán mantenidos en forma confidencial. Esta confidencialidad continuará aun terminado y liquidado el contrato.
6.7 FORMA DE PAGO
La Administración Delegada consiste en un contrato de mandato con representación para la administración de recursos, según los requerimientos realizados por rtvc.
Por la naturaleza del contrato a celebrar, todos los gastos efectuados en ejecución del mismo son reembolsables y deberán ser legalizados ante el interventor, con la presentación en medio físico y magnético de la relación de ejecución de recursos, en el formato que rtvc- señalcolombia establezca para tal fin.
Los costos que plantee mensualmente el oferente favorecido, sólo serán reembolsados a éste en la medida que las facturas y/o cuentas de cobro expedidas se ajusten a los valores aprobados y, cumplan además la totalidad de los requisitos contables, legales y fiscales que fueren aplicables , entre los cuales cabe destacar la necesidad que dichas facturas o cuentas de cobro se emitan a cargo de rtvc y del oferente favorecido, de conformidad con la modalidad de contratación por Administración Delegada. Los costos relativos a la prestación de servicios técnicos de producción y postproducción, serán facturados directamente por el contratista y no generarán comisión por administración.
El valor del contrato que se celebre con el proponente adjudicatario, se pagará al contratista conforme a la facturación que mensualmente presente y legalice ante rtvc, en las fechas y formatos que se establezca; todo ello de acuerdo con los servicios prestados. Tales valores se irán descontando del valor total estimado del contrato, previa certificación del interventor y presentación del formato de legalización que rtvc establezca. Con base en el valor de estos pagos (salvo los correspondientes a la prestación de servicios técnicos), el contratista deberá presentar facturación independiente por concepto de la comisión conforme al porcentaje ofertado por dicho concepto.
Xxxx a través del supervisor del contrato establecerá un plan de inversión del valor del contrato fijando techos mensuales de gasto que se deberán respetar a efectos de garantizar la financiación del contrato durante todo el plazo de ejecución previsto.
La comisión ofertada no podrá ser modificada durante todo el término de ejecución del contrato. Esta comisión aplicará a todos los gastos generados para el cumplimiento de los proyectos objeto de esta convocatoria salvo los de los rubros de alquiler de equipos.
PARAGRAFO PRIMERO: rtvc sólo efectuará las retenciones a que haya lugar, sobre la comisión del contratista. El contratista deberá entregar la información de las facturas reembolsables en medio magnético y bajo el formato que para el efecto establecerá rtvc al momento de la suscripción del contrato. Será rtvc quién cumpla las obligaciones formales ante las autoridades tributarias, originadas en los costos incurridos, no obstante lo cual será el contratista quien efectúe las retenciones del caso, informando en el medio magnético correspondiente a rtvc para que esta pueda cumplir con los deberes formales correspondientes.
Todo gasto debe contar con autorización previa del supervisor del contrato.
PARAGRAFO SEGUNDO: Los reembolsos y/o pagos establecidos en la forma de pago, solo serán reembolsados al CONTRATISTA en la medida que las facturas y/o cuentas de cobro expedidas se ajusten a los valores aprobados y, cumplan además la totalidad de los requisitos contables, legales y fiscales que fueren aplicables, entre los cuales cabe destacar la necesidad que dichas facturas o cuentas de cobro se emitan a cargo de RTVC y del CONTRATISTA, de conformidad a la modalidad de contratación por administración delegada.
PARAGRAFO TERCERO: Los costos relativos a la prestación de servicios técnicos de producción y postproducción, serán facturados directamente por el contratista y no generarán comisión por administración. Sobre ellos se aplicará la retención que corresponda.
En todo caso para los pagos el interventor deberá verificar en la oficina de Asesora Jurídica que el contratista se encuentre al día en los trámites de legalización de pólizas y publicación, sin lo cual no se podrá autorizar.
ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN
Ciudad y Fecha: Señores:
Radio Televisión Nacional de Colombia - rtvc
Oficina Asesora Jurídica
Coordinación de procesos de Selección. Xxxxxxx 00 Xx. 00 - 00
Xxxxxx.
Xxxxxxxxxx: Invitación 03 de 2010 para “
El suscrito , identificado con la CC de , de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, hago la siguiente oferta para la contratación de la referencia y en caso de que sea aceptada y adjudicada por esa Entidad, me comprometo a firmar el contrato correspondiente.
Declaro así mismo que:
1. Ésta oferta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Ninguna entidad o persona distinta del firmante tiene interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
3. He leído cuidadosamente el pliego de condiciones de la contratación, me he enterado suficientemente de las condiciones exigidas y de las circunstancias en las cuales la entidad suscribiría el contrato y, en términos generales, de las circunstancias que puedan afectar la ejecución del contrato o los precios de la oferta.
4. Hemos recibido y aceptamos el contenido de los siguientes adendas al pliego de condiciones (Indicar el número y la fecha de cada uno).
Así mismo, declaramos bajo la gravedad del juramento que:
No nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Constitución y en las Leyes. (Se recuerda al proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular oferta).
No hemos sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna Entidad Oficial dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de entrega de las ofertas. NOTA: Si el proponente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multas, cláusula penal y/o incumplimiento) por parte de cualquier entidad estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso. En caso de caducidad del contrato, ella genera inhabilidad para contratar por 5 años y por lo tanto deberá atenerse a lo estipulado en el numeral anterior
A la fecha de presentación de la oferta no nos hallamos en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
5. Nos comprometemos a ejecutar el objeto del contrato en el plazo establecido por el pliego de condiciones o en aquel que se ejecuten los recursos, contados a partir de la fecha de iniciación, con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, la aprobación de su garantía y/o demás requisitos de orden contractual exigidos para el inicio de su ejecución.
6. La vigencia de nuestra oferta es por un término de a partir de su fecha de presentación.
7. Si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el mismo, a publicarlo, a constituir su garantía única, y así mismo a pagar los impuestos a que haya lugar dentro de los términos señalados para ello.
8. El valor total de la oferta es el establecido en los anexos 3 y 7 de la oferta económica.
9. El original de la oferta consta de folios, debidamente numerados.
Atentamente,
FIRMA DEL REPRESENTANTE PROPONENTE.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL |
Nombre: |
CC No. |
DATOS DEL PROPONENTE | ||
Nombre | Nit: | |
Dirección | ||
Ciudad. | Teléfono | Fax |
ANEXO 2
COMPROMISO DE ACEPTACIÓN DE LA TOTALIDAD DE LAS CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS POR RTVC
Yo en mi calidad de proponente o representante legal de
empresa proponente, manifiesto mi compromiso irrestricto de atender y cumplir con todas y cada una de las condiciones y requerimientos que establece o establezca rtvc para la ejecución del contrato resultante de la Invitación 03 de 2010 cuyo objeto consiste en contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional.
Firma
Anexo 3
EQUIPO O SERVICIO REQUERIDO | UNIDA D DE TIEMP O | TARIFA TECHO MES Incluido IVA | TARIFA OFRECIDA Incluido IVA | PUNTAJE MAXIMO | PROPIEDAD (SI - NO) | LEASING (SI - NO) | NO PROPIEDAD (SI - NO) |
Salas de edición: Requerimientos mínimos para PC Memoria de 4 gigas Disco Duro de 1 Tera Interface de Video con entrada y salida componente compuesta y firewire Procesador Core 2 Duo Tarjeta de Video de 512 Mojo Avid Requerimientos mínimos para MAC: Video: Memoria de 4 gigas Disco Duro de 1 Tera 2 Core Duo Intel 3.2 Leopard Aja Tarjeta de Video de 512 plataforma Avid y-o Final Cut Pro Studio, Adobe Photoshop, Adobe After Effects, DVD Studio pro, Consola de audio, Monitores de computador, monitor de video profesional, VTR Betacam SP,VTR HDV osciloscopio, Reproductor/grabador DVD o sus equivalentes en tecnología | 8 meses | $ 7.000.000 | 200 | ||||
Sala de audio Requerimientos mínimos Para PC: memoria de 2 gigas Interface de Video con entrada y salida componente compuesta y firewire Disco Duro de 1 tera Procesador Core 2 Duo Tarjeta de Video DDR 2 de 1 giga Requerimientos mínimos para MAC: 2 Core Duo Intel 2.8 Leopard Memoria de 4 gigas Tarjeta de video de 256 con Cabina de grabación con las condiciones técnicas para grabación profesional de locuciones, consola y sistema de amplificación. | 8 meses | $5.000.000 | 170 | ||||
Salas de graficación: Requerimientos mínimos graficación para PC: Memoria de 4 gigas dos Disco Duro de 500 gigas Procesador Core 2 Duo de 4 u 8 nucleos Tarjeta de Video de 1 giga Macromedia Studio, 3D Studio, Maya, Combustion, Adobe After Effects, Monitores de computador, monitor de video profesional, osciloscopio, Reproductor/grabador DVD o sus equivalentes en tecnologíaMonitor de forma de onda. Casetera HDV play - record. | 8 meses | $4.000.000 | 130 |
Las licencias deben ser originales y certificadas para cada equipo suministrado.
El estado óptimo del equipo será verificado por la dirección técnica de rtvc previo al inicio de cada producción.
Firma Representante Legal o proponente
Firma del Contador o Revisor Fiscal del proponente
ANEXO 4
PACTO DE TRANSPARENCIA COMPROMISO ANTICORRUPCION
El(los) suscrito(s) a saber: (Nombre del representante legal de la sociedad, asociación o persona jurídica proponente, o nombre del representante legal del consorcio o Unión Temporal proponente) domiciliado en (Domicilio de la persona firmante), identificado con (Documento de Identificación de la persona firmante. y lugar de expedición), quien obra en calidad de (Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión Temporal, o de la Asociación proponente, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, o Asociación, indicando instrumento de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica), que en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesta(n) su voluntad de asumir, de manera unilateral, los presentes Pliegos de Condiciones, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Que rtvc adelanta un proceso de selección para la celebración de un contrato estatal.
SEGUNDO: Que es interés de EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado colombiano, y de rtvc para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas;
TERCERO: Que siendo del interés de EL PROPONENTE participar en el proceso de contratación directa aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para promover o garantizar la transparencia del proceso, y en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS.
EL PROPONENTE, mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos:
1.1.EL PROPONENTE no ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta;
1.2.EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre;
1.3.EL PROPONENTE se compromete a denunciar o informar a la administración de rtvc cualquier solicitud que reciba de funcionarios de la entidad a cambio de favorecimientos de su propuesta o con el fin de perjudicar las propuestas de terceros.
1.4.EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el presente proceso de contratación y la relación contractual que podría derivarse de ella, y les impondrá las obligaciones de:
a. No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de rtvc, ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta;
b. No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de rtvc durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta.
c. Denunciar o informar cualquier solicitud que reciba de funcionarios de rtvc a cambio de favorecimientos de su propuesta o con el fin de perjudicar las propuestas de terceros.
1.5.EL PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
EL PROPONENTE asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de (Ciudad donde se firma el presente documento) a los (Día del mes en letras y números, días del mes de del año).
EL PROPONENTE:
(Nombre, número del documento de identificación y firma del proponente o su representante)
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI ES PLURAL (CONSORCIO O UNION TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES LEGALES.
ANEXO 5
CERTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO APORTES PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL
, identificado con la cédula de ciudadanía No.
expedida en , actuando en calidad de
(Representante Legal o Revisor Fiscal) de
, manifiesto que:
En los términos del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la entidad que represento ha efectuado durante los últimos 6 meses oportunamente los aportes a su cargo en materia de seguridad social y obligaciones parafiscales, y así mismo a la fecha se encuentra al día en el pago de los mismos.
Bogotá D.C., Fecha:
Cordialmente,
ANEXO 6
CONFORMACIÓN DE UNIONES TEMPORALES O CONSORCIOS
En la ciudad de a los días del mes de del año , entre quienes suscriben este documento, de una parte
, sociedad de responsabilidad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural) legalmente constituida y con domicilio principal en la ciudad de , representada legalmente por mayor de edad, domiciliado en , identificado con cédula de ciudadanía número , expedida en , en su condición de , y representante legal de la misma, por una parte, y por la otra , sociedad de responsabilidad (escribir el nombre completo, incluyendo el tipo de sociedad y en su defecto indicar si se trata de persona natural), legalmente constituida y con domicilio principal en , representada legalmente por , mayor de edad, domiciliado en
identificado con la cédula de ciudadanía número , expedida en , quien obra en su calidadde gerente y representante legal de la misma. Han decidido conformar una Unión Temporal, la cual se denominará
y se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. - OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la entidad, de una propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución del contrato (transcribir el objeto del proceso de selección), producto de la (Invitación o Concurso) N° de . La Unión Temporal se compromete en caso de adjudicación, a la realización a cabalidad de los trabajos objeto del contrato dentro de las normas exigidas por la entidad y en general al cumplimiento de las obligaciones que se deriven de su ejecución. Las partes se encargarán de elaborar la propuesta técnica y económica, suministrarán el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
(Se deberá consignar el número y fecha de acta de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas, de las personas jurídicas integrantes, en la que conste la facultad expresa de conformar Uniones Temporales y la cuantía máxima en que a través de esas formas de asociación pueden contratar, la cual en todo caso debe ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del contrato.)
SEGUNDA. - NOMBRE Y DOMICILIO: La Unión Temporal se denominará
, y su domicilio será la ciudad de _ , con dirección en , oficina, , fax , teléfono
.
TERCERA. – CONDICIONES Y EXTENSIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY: La participación de
cada una de las partes que conforman el cien por ciento (100%), de la Unión Temporal no podrá ser modificada sin el consentimiento previo de la entidad, y será distribuida de la siguiente forma:
INTEGRANTES | % | LABOR A DESARROLLAR EN LA PROPUESTA |
CUARTA. - OBLIGACIONES Y SANCIONES: Los miembros de la Unión Temporal responderán solidariamente en cada uno de los compromisos que esta celebre con la entidad. Las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal, (numeral 2, del artículo 7º de la ley 80 de 1993).
QUINTA. – DURACIÓN: La duración de la Unión Temporal en caso de salir favorecida con la adjudicación será el tiempo comprendido entre la fecha de presentación de la propuesta y un año más contado desde la finalización del término de ejecución del objeto contractual. En todo caso
la Unión Temporal durará todo el término necesario para atender las garantías prestadas.
SEXTA. – CESIÓN: No se podrá ceder en todo o en parte la participación de alguno de los integrantes de la Unión Temporal, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita previa de la entidad contratante.
SÉPTIMA. - REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIÓN TEMPORAL: La Unión Temporal designa como representante legal de ésta, al señor(a) domiciliado en
, identificada(o) con la cédula de ciudadanía número
de , el cual está facultado para contratar, comprometer, negociar, y representar a la unión temporal, igualmente se nombra como suplente del representante legal al señor(a) , domiciliado en
, con cédula de ciudadanía número de .
OCTAVA. CLÁUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la ley 80/93.
Para constancia y aprobación, el presente documento se firma en la ciudad de
a los días del mes de de , por quienes intervinieron.
NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: | NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: |
ACEPTO NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: | ACEPTO NOMBRE CC REPRESENTANTE LEGAL NIT: DIRECCIÓN: TELÉFONO: |
ANEXO 7
PORCENTAJE COMISION POR ADMINISTRACION
Ofertó un porcentaje de % de comisión por administración. Oferto un descuento sobre las tarifas ofertadas en el anexo 3 de _ %.
_ Firma
Anexo 8
CUADRO DE INFORMACION - FACTOR DE EVALUACION DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (LEY 816/2003)
DILIGENCIAR EN EL CUADRO SIGUIENTE EL PORCENTAJE QUE APLICA PARA LOS SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL O EXTRANJERO OFRECIDOS EN LA PROPUESTA
TIPO DE SERVICIOS | (%) Componente Nacional | (%) componente Extranjero |
PROFESIONALES ASOCIADOS AL PROCESO A DESARROLLAR PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO | ||
TECNICOS ASOCIADOS AL PROCESO A DESARROLLAR PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO | ||
OPERATIVOS ASOCIADOS A DESARROLLAR PARA LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO |
Firma Representante Legal
Nota: Son servicios de origen nacional los definidos en el artículo 11 del Decreto 679 de 1994.
Con la firma del presente anexo al proponente acredita que oferta servicios de carácter nacional o extranjero en el porcentaje que el mismo establece.
ANEX0 9
FICHA TÉCNICA DE EXPERIENCIA DE PRODUCCIÓN DE TELEVISIÓN.
FICHA TÉCNICA | |
DATOS BÁSICOS DE LA PRODUCCIÓN | |
TÍTULO DE LA PRODUCCIÓN (producto o marca): | |
FECHA DE PRODUCCIÓN: | |
CATEGORÍA O GÉNERO: | |
DURACIÓN: | |
OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS: | |
SINOPSIS DE LAS PIEZAS REALIZADAS: (Introduzca acá un texto breve que describa la pieza audiovisual) | |
HOJA DE VIDA DE LA PRODUCCIÓN: (Premios, menciones, nominaciones, festivales en los que ha participado, otros datos relevantes) | |
DATOS DEL CLIENTE | |
NOMBRE | |
TELÉFONO(S) DE CONTACTO: | |
CORREO ELECTRÓNICO: | |
CIUDAD: | |
DATOS DEL PRODUCTOR | |
NOMBRE | |
TELÉFONO(S) DE CONTACTO: | |
CORREO ELECTRÓNICO: | |
CIUDAD: | |
INDICADORES (Logros): | |
VALOR TOTAL: | |
ANEXO 10 MINUTA DEL CONTRATO
CONTRATO No.:
CONTRATISTA:
VALOR:
NIT:
Entre los suscritos a saber XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No. xxxxxxx quien actúa en su carácter de Gerente y Representante Legal de radio televisión nacional de Colombia-rtvc-, Entidad descentralizada indirecta bajo la forma de sociedad entre entidades públicas del orden nacional, autorizada su creación mediante Decreto No. 3525 del 26 de octubre de 2004 y legalmente constituida mediante Escritura Pública No. 3138 del 28 de octubre de 2004, de la Notaría 34 de Bogotá D.C., nombrado mediante Decreto No. xxx del de xxx de 2010, debidamente posesionado según acta No. xx del xx de xxx de 2010, quien en adelante se denominará rtvc, por una parte y por la otra, xxxxx, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. xxxx de Bogotá, obrando en su calidad de Representante Legal de la xxxxxx, legalmente constituida, quien para efectos del presente contrato se denominará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato, el cual se regirá por las cláusulas que más adelante se estipulan, previas las siguientes consideraciones:
Que de conformidad con el artículo 5 del Decreto 3550 de 2.004, “Para todos los efectos se entiende por Gestor del Servicio Público de radio y televisión a radio televisión nacional de colombia – rtvc”.
Que la Subgerencia de Televisión de rtvc mediante estudio de conveniencia y oportunidad de fecha xx solicito dar inicio al proceso de contratación para Contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional, en cumplimiento de los objetivos y gestión del canal señalcolombia en el periodo 2010- 2011.
Que la Subgerencia de Televisión de rtvc estableció la necesidad de la contratación así: “RTVC - señalcolombia, señal institucional, necesitan contar con una estrategia de comunicación permanente con su audiencia, hacia el establecimiento de una identidad que permita al televidente reconocer la propuesta de canal y generar recordación y reconocimiento. Es indispensable formular también, una estrategia amplia que permita articular componentes como la divulgación de la programación, la señalización y autopromoción de la parrilla, la introducción de piezas que contribuyan a fortalecer la identidad de los canales señalcolombia y Señal Institucional, a través de contenidos e informaciones complementarias que desarrollen un estilo propio y permitan la interacción con la audiencia para conocer sus percepciones, reacciones y requerimientos frente a nuestra propuesta.
Se propende por el fortalecimiento de un estilo para señalcolombia y señal institucional, que genere identidad con las audiencias y logre resultados de calidad y excelencia en la consolidación de un verdadero canal y en el afianzamiento de los canales señalcolombia y señal institucional como una industria cultural viable y competitiva acorde con la misión y visión de rtvc.
De la misma manera que se articula una parrilla de programación dentro de una lógica educativa y cultural con unos objetivos concretos, debe determinarse una parrilla de piezas promociónales con proyecciones determinadas de acuerdo con las temáticas de programación, franjas y eventos.”
Que en el mencionado estudio de conveniencia se señala la Definición Técnica de la forma de Satisfacer la necesidad así: “En este marco es necesario abrir una invitación directa denominada “Convocatoria de Administración Delegada”, para satisfacer la necesidad referida, invitando a Personas Jurídicas, Uniones Temporales y Consorcios con experiencia en el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y canal institucional.
Dicha contratación tendrá como objeto la Contratación xxx xxxxxxx humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los canales señalcolombia y canal institucional
Un contrato de Administración Delegada es una forma de mandato, en la que el contratista (mandatario o administrador) asume la administración de recursos para la realización de los proyectos determinados por el contratante (mandante), en este caso rtvc.
En este tipo de contratación, rtvc aporta todos los recursos para la realización de los proyectos, y en virtud de esto, mantendrá el control editorial, narrativo y de producción del proyecto. El proponente aportará su infraestructura y experiencia administrativa, y se creará un proyecto en conjunto con el recurso humano seleccionado y contratado por el mandatario para tal fin. Siempre será rtvc quien tendrá la palabra final en los aspectos que tienen que ver con el diseño, la realización y producción de los proyectos, tales como manejos de contenido, diseño audiovisual y exigencias narrativas
El Diseño Final de Producción se trabajará de manera conjunta entre rtvc y el mandatario para establecer los parámetros de producción con los que se van a trabajar. Esta figura optimiza los recursos y controla la entrega de dineros, ya que al actuar el mandatario (contratista) por su cuenta, es responsable de soportar y justificar cada costo ante el mandante, y es responsable del cumplimiento del fin previsto, atendiendo estrictamente las instrucciones puntuales del mandante rtvc.
Precisado lo anterior y para dar cumplimiento a su actividad misional, para Radio Televisión Nacional de Colombia es de gran importancia abrir una invitación directa para La contratación xxx xxxxxxx humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para autosostenimiento de imagen al aire de los canales señalcolombia y señal institucional.”
Que mediante resolución Xx.xxx del xxx de 2010, se dio inicio al proceso de Invitación Directa 03 de 2010 cuyo objeto es contratar bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional, mediante su publicación en la pagina WEB de la entidad, por el término y en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones y conforme a la Resolución No. 172 de 2008, por medio de la cual se adoptó el manual de contratación de la entidad.
Que en atención al cronograma de la contratación, establecido en el pliego de condiciones, el día xxx de xxx de 2010, se verificó el cierre de la Invitación Directa 03 de 2010, habiéndose recibido las propuestas de las siguientes empresas: XXXXXXX, conforme consta en el acta de cierre de la misma fecha.
Que una vez realizada la evaluación técnica, financiera, jurídica y económica de la propuesta, por parte de los evaluadores competentes, el consolidado de la misma se puso a disposición de los proponentes para su consulta en las Oficinas de la Coordinación de los procesos de selección y se publicó en la página web de La entidad, el día XX de XXX, con el fin de cumplir con la publicidad dispuesta en la Ley y otorgar a los proponentes término para presentar observaciones a los resultados de evaluación.
Que dentro del plazo para presentar observaciones los proponentes XXXXX presentaron observaciones al informe de evaluación, las cuales una vez analizadas dieron como resultado el siguiente consolidado definitivo:
Que el comité de contratación en sesión del xxxx revisó los informes de evaluación e hizo la recomendación de xxxxxx
Que mediante resolución No. xxx del xx de xxxx de 2010, se adjudicó la Invitación Directa 03 de 2010 a la xxxx.
En consecuencia las partes acuerdan:
PRIMERA: OBJETO: El CONTRATISTA se obliga para con rtvc bajo la modalidad de administración delegada, la prestación de servicios logísticos y humanos para el talento humano, el diseño, producción, ejecución de piezas para auto sostenimiento de imagen al aire de los Canales señalcolombia y Canal Institucional, en cumplimiento de los objetivos y gestión del canal señalcolombia en el periodo 2010- 2011.
SEGUNDA: ALCANCE DEL OBJETO: En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se compromete a realizar el Diseño creativo y producción de piezas promocionales, de la programación y eventos especiales de señalcolombia y canal Institucional, de acuerdo con los lineamientos y directrices de rtvc.
Las piezas consistirán en:
- Estrategia de expectativa por cada serie o programa a ser lanzado.
- Estrategia de lanzamiento por cada serie o programa a ser relanzado.
- Estrategia de sostenimiento por cada serie y programa al aire.
- Promoción genérica para cada una de las series y programas con renovaciones periódicas.
- Piezas que desarrollen las genéricas para señalcolombia y el canal institucional así como para señalcolombia deportes y eventos especiales culturales.
- Avances de capítulo en diversas versiones según las necesidades requeridas.
- Promoción tipo mini cartelera para los siguientes tres programas.
- Promociones para las franja.
- Promoción de los rostros, voces y personajes que presentan y representan a los canales ante la teleaudiencia.
- Promoción de los valores y principios cívicos y democráticos que ayudan a construir el país que soñamos.
- Promoción de las características pluri-étnicas y multiculturales que constituyen la identidad colombiana con renovaciones periódicas.
- Promoción de los eventos especiales a transmitir por señalcolombia y canal institucional
- Diseño, producción y ejecución de material de apoyo para la estrategia de comercialización de los canales, tales como reeles, brochures y material promocional, entre otras que se identifiquen.
- Diseño y producción de los cabezotes y cortinillas de transmisión de todos los eventos especiales en directo y diferido.
- Diseño y producción de piezas para el patrocinio o auspicio de la programación.
- Diseño y producción de videos de programación, producción de piezas promocionales de los canales señalcolombia y canal institucional para ventas, presentaciones ante entidades públicas y privadas, entre otros.
- Diseño y producción de piezas de los canales señalcolombia y canal institucional acorde con la imagen corporativa ya diseñada para cada una de las franjas de programación.
- Actualización y sostenimiento de la estructura gráfica y conceptual de acuerdo con las necesidades del canal.
- Diseño y producción de promociones de la programación de los canales señalcolombia y canal institucional.
- Diseño de las piezas de advertencias de edad, sexo y violencia en televisión, las cortinillas de a continuación o mini carteleras y los bumpers para los canales señalcolombia y canal institucional
- Cortinillas que exija la Comisión Nacional de Televisión.
- Grabación del material necesario para la realización de promociones (Este material será acordado mensualmente de acuerdo con las intenciones creativas).
- Contar en forma permanente con seis estaciones de trabajo para el cumplimiento del objeto del contrato.
TERCERA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
- Cumplir con el objeto del contrato.
- Realizar el diseño creativo y producción de piezas promocionales, de la programación y eventos especiales de señalcolombia y canal Institucional, de acuerdo con los lineamientos y directrices de rtvc y de conformidad con la forma prevista por el pliego de condiciones y la propuesta.
- Llevar a cabo la contratación del equipo humano creativo, técnico y operativo necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato, para lo cual deberá cumplir con los requerimientos exigidos frente a los servicios técnicos de producción y postproducción y gastos de producción determinados por rtvc. Tales requerimientos son de carácter obligatorio y corresponden a las condiciones mínimas que garantizarán la calidad de producción de las piezas a realizar. Dichas condiciones mínimas no pueden ser objeto de modificación por parte del proponente, no obstante lo cual, en caso de presentarse alternativas de equipos o servicios cuyas especificaciones superen técnicamente a las enlistadas, rtvc considerará tales ofrecimientos.
- Proveer oportunamente los servicios logísticos, humanos y técnicos necesarios para la ejecución del objeto contractual tales como, pero sin limitarse a: infraestructura administrativa, equipo humano para la preproducción, producción y postproducción, así como alimentación, desplazamiento, logística, comunicaciones y los demás directamente relacionados y necesarios para la ejecución exitosa del objeto del contrato.
- Garantizar la disponibilidad de los equipos técnicos de producción y postproducción sean propios, arrendados o usados en calidad de leasing en las especificaciones, según las cantidades, las tarifas ofrecidas y los tiempos acordados con rtvc, de conformidad con el ANEXO TÉCNICO, los cuales en caso de ser usados no generarán comisión de administración dado que al proponente se le pagaran las tarifas básicas ofertadas por dichos equipos.
- Garantizar la adecuada prestación de los servicios con las especificaciones, cantidades y tiempos acordados con rtvc, de acuerdo con el Pliego de Condiciones. Así mismo, los servicios técnicos de producción y postproducción deberán incluir el soporte técnico de todos los equipos dispuestos para el proyecto, incluyendo repuestos y mantenimiento correctivo en caso xx xxxxx.
El CONTRATISTA responderá en caso xx xxxxx de los mismos, disponiendo los respectivos equipos de respaldo, sin que esto genere costos adicionales para rtvc.
Cuando por fallas técnicas imputables al CONTRATISTA no sea posible prestar el servicio en las condiciones requeridas por rtvc no habrá lugar a pago o reembolso alguno a favor al contratista, ni reconocimiento de gastos logísticos, desplazamientos o montajes.
Adicional a los equipos y servicios básicos enunciados en el ANEXO TÉCNICO rtvc se reserva la facultad de solicitar equipos o servicios adicionales relacionados con el proyecto a ejecutar, los cuales deberán ser puestos por EL CONTRATISTA a disposición del proyecto, sean estos propios o subcontratados, previa cotización y aprobación por parte de rtvc.
Además de los equipos enlistados en el anexo No. 3, el contratista debe contar con seis (6) estaciones de trabajo para cumplir con el mandato conferido.
- Garantizar durante toda la vigencia del contrato que los equipos de producción requeridos no serán sustituidos unilateralmente por el CONTRATISTA sino que permanecerán técnicamente iguales o mejores, en todo caso, todo cambio deberá ser previamente aprobado por rtvc y no generará costos adicionales a los tarifados en la propuesta.
- Entregar todos los bienes adquiridos bajo este contrato a rtvc, los cuales fueron adquiridos con los recursos de la entidad y por tanto pertenecen a rtvc. La entrega de los bienes se hará con la documentación necesaria para su ingreso al almacén de rtvc, durante la ejecución del contrato, o en la etapa final del contrato lo cual será condición para el último pago.
- Llevar a cabo la ejecución de su actividad contractual en las instalaciones de rtvc, razón por la cual no se reconocerá costo alguno al contratista por concepto de arrendamiento de instalaciones, ni servicios públicos.
Al finalizar el contrato, el contratista deberá gestionar la entrega de las instalaciones a la Jefatura de Servicios Generales para la expedición del respectivo Paz y Salvo. De igual forma dicho Paz y Xxxxx será requisito para solicitar el último pago del contrato, motivo por el cual deberá adjuntarse este documento para que la entidad proceda a ordenar el respectivo desembolso.
- Contratar el Recurso Humano requerido para la realización de las piezas objeto de la presente invitación, el cual será seleccionado de acuerdo con los perfiles requeridos para el cargo, en todo caso la vinculación al proyecto del recurso humano creativo será previamente aprobada por la entidad.
El contratista procederá una vez perfeccionado el contrato a la contratación del recurso humano operativo, técnico y creativo seleccionado por rtvc, necesario para la ejecución del presente contrato. En todo caso rtvc se reserva el derecho de solicitar modificaciones en el equipo humano contratado, con el fin de garantizar la correcta obligación de las obligaciones contractuales. También rtvc se reserva la facultad de destinar directamente personal asistencial, según sus convenios de cooperación universitarios
La modalidad y condiciones de contratación de dicho personal serán de libre escogencia por parte del contratista, y en ningún caso generará relación laboral o responsabilidad alguna de rtvc.
La remuneración del equipo humano y técnico, operativo y creativo estará a cargo del contratista de acuerdo con los valores establecidos por rtvc, por tal motivo no se aceptarán reclamaciones del contratista por conceptos de sueldos u honorarios.
Todo el recurso humano será coordinado por el Productor General, el Director Creativo, con base en las directrices de rtvc a través del Productor Delegado y el Productor Ejecutivo, voceros de rtvc - señalcolombia y canal institucional.
El equipo será liderado por un Director Creativo, quien tendrá comunicación constante con las instancias de: los productores delegados de canal, los responsables de programación de cada canal, las coordinaciones de los canales, la subgerencia de televisión y gerencia de
rtvc.
El Director Creativo tendrá la responsabilidad de garantizar la coherencia entre las estrategias de autopromoción, según los planes diseñados y deberá responder por los indicadores con los que se compromete. Todo lo anterior con el acompañamiento de las instancias de rtvc y los canales, señaladas anteriormente.
El equipo creativo, además del diseño y producción de las autopromociones, tiene la responsabilidad de cuidar el uso y la aplicación de las marcas en las pantallas. En caso de necesitarse, este equipo define y actualiza los lineamientos editoriales y audiovisuales para proteger las marcas, de común acuerdo con los designados por los canales. Este equipo debe entregar oportunamente los insumos necesarios para tanto la pauta de autopromociones como para la divulgación de la marca y sus productos a través de los Website de cada Canal.
El Productor General y el Director Creativo deben articularse con las instancias editoriales, audiovisuales, de producción y de programación de los canales, con el fin de identificar las necesidades de autopromoción, tanto de las marcas como de sus productos, de acuerdo con la dinámica y novedades de cada canal.
Las necesidades de realización de piezas (cámara, dirección de arte, producción de campo, entre otras) se contrataran por demanda de acuerdo con las necesidades específicas.
El contratista deberá garantizar la permanencia del personal básico, Director Creativo y Productor General, por el término de ejecución del contrato a adjudicar.
El número de personas que componen el Equipo Humano, puede variar de acuerdo con los requerimientos de la Entidad en consideración a las condiciones de ejecución del proyecto. No obstante, el listado del equipo básico humano requerido, es el siguiente:
- Director Creativo
- Productor General
- Productor de tráfico
- Asistente de tráfico
- Creativo copy 1
- Creativo copy 2
- Realizador 1
- Realizador 2
- Realizador 3
- Editor 1
- Editor 2
- Editor 3
- Editor 4
- Director Gráfico
- Graficador 1
- Graficador 2
- Graficador 3
- Post productor de sonido 1
- Realizar las modificaciones relativas a recurso humano o equipos técnicos, en el plazo establecido por el supervisor del contrato y según los requerimientos realizados por rtvc, lo anterior, con el fin de garantizar el éxito del proyecto.
- Entregar las piezas promocionales resultantes de esta modalidad de administración delegada a rtvc, de acuerdo con los parámetros técnicos básicos definidos en el pliego de condiciones e incluidos y ampliados en el Manual General de Producción/Calidad.
En todo caso, los formatos de grabación y emisión de las piezas promocionales deberán ser previamente aprobados por rtvc.
- Garantizar durante el desarrollo del proyecto, la utilización de los equipos técnicos ofrecidos en la propuesta. rtvc podrá realizar visitas técnicas al CONTRATISTA a fin de verificar esos equipos. En caso de que la infraestructura técnica no cumpla con los requerimientos, el Contratista acatará las recomendaciones que se le hagan sobre el particular.
- Elaborar el material en video original en los formatos aceptados por rtvc señalcolombia y canal institucional. Los formatos son los siguientes:
Formatos en Alta Definición (HD) |
HDCAM |
DVC PRO 100 Mbps (HD) |
REV Pro |
XDCAM HD (35 Mbps) |
HDV (25 Mbps y 19.4 Mbps) |
Respecto al manejo de imágenes de archivo, éste se deberá regir bajo las mismas directrices que se acaban de exponer, a pesar de que se puede encontrar material gravado en formatos diferentes a los aquí especificados. Si esto sucede, la inclusión de este material en las piezas deberá ser aprobado por el Productor Delegado y el área de Control de Calidad del Canal.
- Entregar los Masters en formato betacam SP. No obstante, teniendo en cuenta que rtvc está migrando hacia la emisión digital, los formatos de entrega del material pueden variar, lo cual será comunicado oportunamente por parte de la entidad.
- Entregar el audio cumpliendo las siguientes características: Canales de Audio (Máster Betacam SP)
Al entregar el cassette máster Betacam SP, la pieza terminada se deberá entregar con una mezcla final monofónica, distribuida de la siguiente forma:
Canal | Descripción | stéreo/Mono |
1 | Mezcla Full | Mono |
- Repetir la producción o postproducción del material audiovisual en bruto grabado, cortes de edición de piezas, material entregado o documentos en general, conforme a las observaciones de rtvc hasta que sean efectivamente aprobados. Cualquier uso de material sin autorización será responsabilidad exclusiva del contratista, quien saldrá en defensa de rtvc, sin perjuicio de la responsabilidad contractual que se presente.
- Atender las solicitudes y sugerencias que presente rtvc, en lo relativo a la ejecución del objeto contractual y de las obligaciones derivadas del mismo bajo los lineamientos contenidos en las normas vigentes.
- Rendir cuentas a rtvc presentando al interventor del contrato informes mensuales detallados de ejecución del contrato, sobre los siguientes aspectos: a) Ejecución del contrato b) Relación de los Piezas realizadas, c) información de los recursos utilizados.
Cuando los gastos presentados no se ajusten a los requerimientos de rtvc o superen precios xxx xxxxxxx, no se efectuará reembolso ni se reconocerá comisión.
- Disponer de manera suficiente los recursos administrativos, técnicos y humanos para la ejecución del objeto contractual.
- Cancelar la totalidad de los costos de toda índole directos e indirectos que se genere para la producción de las piezas objeto del contrato.
- Obtener por parte de los titulares de derechos de autor o de derechos conexos, o de sus representantes, la autorización para el uso y explotación económica de obras musicales, gráficos u otras obras, que eventualmente se requieran en la producción de las piezas que se elaboren en virtud de la ejecución del contrato.
- Ceder a rtvc, la totalidad de los derechos patrimoniales de autor, conexos y de propiedad industrial que puedan llegarse a generar en virtud de la ejecución del contrato.
- Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentra bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular, y responder patrimonialmente por los perjuicios de su divulgación y/o utilización indebida que por sí o por un tercero cause a la administración o a terceros.
- Presentar para aprobación de rtvc, en el formato previamente definido por la entidad, todos los conceptos de gastos de producción, para efectos de la revisión correspondiente a la luz del Manual de Producción diseñado por rtvc.
- Actuar con lealtad y buena fe en desarrollo del objeto contractual.
- Cumplir con las demás obligaciones consignadas en los Pliegos de Condiciones de la Invitación Directa 03 de 2010 y aquellas inherentes a la naturaleza del presente Contrato.
- Mantener vigente la garantía estipulada en el presente contrato.
- Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: OBLIGACIÓN ESPECIAL DEL CONTRATISTA: En los términos del artículo 41 de la ley 80 de 1993, el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el CONTRATISTA deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, para la realización de cada pago derivado del presente contrato.
PARAGRAFO SEGUNDO: La contratación del personal y su forma de vinculación es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA. El personal vinculado debe ser destinado con dedicación permanente al proyecto y cualquier vinculación o cambio debe ser sometido a consideración y aprobación por parte de rtvc.
PARAGRAFO TERCERO: El uso por parte del CONTRATISTA del espacio destinado durante la ejecución del Contrato deberá hacerse para los fines únicos y exclusivos del desarrollo del mismo y se entregará mediante acta suscrita por EL CONTRATISTA y rtvc.
EL CONTRATISTA debe velar por el buen uso y cuidado de los equipos, bienes y elementos de rtvc, que en cumplimiento del contrato deba usar, operar, manejar o manipular. Para tal efecto, mediante el acta de entrega respectiva se dejará constancia del detalle e identificación y estado de los bienes o espacios que se entreguen al contratista para el desarrollo de su contrato, si a ello hubiere lugar, sin que ello implique en ningún caso, designación de manejo de inventarios de la entidad.
PARAGRAFO CUARTO: RESPONSABILIDAD EN CASO DE DAÑO O PÉRDIDA DE LOS EQUIPOS
IMPUTABLE AL CONTRATISTA: El presente documento constituye título de tenencia al CONTRATISTA de los bienes o espacios de rtvc, que en desarrollo del contrato deba usar, operar o manejar. Sin embargo tal tenencia se restringe y limita a la ejecución del servicio contratado. Cuando por causa debidamente comprobada imputable al CONTRATISTA, se cause daño o pérdida total o parcial de los bienes que en cumplimiento del contrato deba usar, manipular, operar o manejar, éste responderá ante la compañía aseguradora de dichos bienes, la cual podrá repetir por tal hecho contra el CONTRATISTA; o bien el CONTRATISTA podrá reintegrar o reparar a rtvc el bien afectado, o reconocer el monto del deducible.
CUARTA. DOCUMENTOS: Forman parte del presente Contrato, los documentos de la Invitación Directa 03 de 2010, la propuesta y las actas y/o acuerdos suscritos o que se llegaren a suscribir entre las partes.
QUINTA. OBLIGACIONES DE rtvc: rtvc, en virtud del presente contrato se compromete a:
1. Pagar el valor pactado como contraprestación de los servicios contratados.
2. Impartir instrucciones para la ejecución de los servicios contratados.
3. Efectuar a través del Productor Delegado la supervisión de la calidad del contenido, concepto creativo, calidad estética, calidad audiovisual y coherencia con las necesidades del canal de las campañas que se estén desarrollando para la promoción de la programación de la parrilla y de los eventos especiales.
4. Efectuar a través de un Productor Ejecutivo – interventor la supervisión de los procesos operativos y logísticos para el debido cumplimiento del objeto contrato.
5. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.
SEXTA. VALOR: El valor del presente Contrato es de hasta MIL MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($ 1.000.000.000.00) incluido IVA.
SEPTIMA. FORMA DE PAGO: El valor mencionado en la cláusula anterior, se pagará al CONTRATISTA así:
La Administración Delegada consiste en un contrato de mandato con representación para la administración de recursos, según los requerimientos realizados por rtvc.
Por la naturaleza del contrato a celebrar, todos los gastos efectuados en ejecución del mismo son reembolsables y deberán ser legalizados ante el interventor, con la presentación en medio físico y magnético de la relación de ejecución de recursos, en el formato que rtvc- señalcolombia establezca para tal fin.
Los costos que plantee mensualmente el oferente favorecido, sólo serán reembolsados a éste en la medida que las facturas y/o cuentas de cobro expedidas se ajusten a los valores aprobados y, cumplan además la totalidad de los requisitos contables, legales y fiscales que fueren aplicables, entre los cuales cabe destacar la necesidad que dichas facturas o cuentas de cobro se emitan a
cargo de rtvc y del oferente favorecido, de conformidad con la modalidad de contratación por Administración Delegada. Los costos relativos a la prestación de servicios técnicos de producción y postproducción, serán facturados directamente por el contratista y no generarán comisión por administración.
El valor del contrato que se celebre con el proponente adjudicatario, se pagará al contratista conforme a la facturación que mensualmente presente y legalice ante rtvc, en las fechas y formatos que se establezca; todo ello de acuerdo con los servicios prestados. Tales valores se irán descontando del valor total estimado del contrato, previa certificación del interventor y presentación del formato de legalización que rtvc establezca. Con base en el valor de estos pagos (salvo los correspondientes a la prestación de servicios técnicos), el contratista deberá presentar facturación independiente por concepto de la comisión conforme al porcentaje ofertado por dicho concepto.
Xxxx a través del supervisor del contrato establecerá un plan de inversión del valor del contrato fijando techos mensuales de gasto que se deberán respetar a efectos de garantizar la financiación del contrato durante todo el plazo de ejecución previsto.
La comisión ofertada no podrá ser modificada durante todo el término de ejecución del contrato. Esta comisión aplicará a todos los gastos generados para el cumplimiento de los proyectos objeto de esta convocatoria salvo los de los rubros de alquiler de equipos.
PARAGRAFO PRIMERO: rtvc sólo efectuará las retenciones a que haya lugar, sobre la comisión del contratista. El contratista deberá entregar la información de las facturas reembolsables en medio magnético y bajo el formato que para el efecto establecerá rtvc al momento de la suscripción del contrato. Será rtvc quién cumpla las obligaciones formales ante las autoridades tributarias, originadas en los costos incurridos, no obstante lo cual será el contratista quien efectúe las retenciones del caso, informando en el medio magnético correspondiente a rtvc para que esta pueda cumplir con los deberes formales correspondientes.
Todo gasto debe contar con autorización previa del supervisor del contrato.
PARAGRAFO SEGUNDO: Los reembolsos y/o pagos establecidos en la forma de pago, solo serán reembolsados al CONTRATISTA en la medida que las facturas y/o cuentas de cobro expedidas se ajusten a los valores aprobados y, cumplan además la totalidad de los requisitos contables, legales y fiscales que fueren aplicables, entre los cuales cabe destacar la necesidad que dichas facturas o cuentas de cobro se emitan a cargo de RTVC y del CONTRATISTA, de conformidad a la modalidad de contratación por administración delegada.
PARAGRAFO TERCERO: Los costos relativos a la prestación de servicios técnicos de producción y postproducción, serán facturados directamente por el contratista y no generarán comisión por administración. Sobre ellos se aplicará la retención que corresponda.
En todo caso para los pagos el interventor deberá verificar en la oficina de Asesora Jurídica que el contratista se encuentre al día en los trámites de legalización de pólizas y publicación, sin lo cual no se podrá autorizar.
OCTAVA. SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: rtvc pagará el valor del presente contrato con cargo al Rubro 222105, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 814 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000.
XXXXXX. PLAZO. El plazo de ejecución del presente contrato será de ocho (08) meses contados a partir del perfeccionamiento del contrato o hasta agotar recursos, de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones de la Invitación Directa 03 de 2010.
DECIMA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: El presente Contrato
se sujeta a los principios de interpretación, modificación y terminación unilaterales, y a los procedimientos previstos para tales efectos en las normas legales vigentes.
DÉCIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA: La terminación anticipada del presente contrato procederá por:
Por mutuo acuerdo de las partes.
Por imposibilidad jurídica o de hecho ajena a la voluntad de las partes que impida o deje inocua la ejecución del presente contrato.
Por la declaratoria de incumplimiento o de caducidad por parte de rtvc en la forma y con los efectos previstos en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que la modifiquen o adicionen.
DÉCIMA SEGUNDA. CADUCIDAD Y EFECTOS: rtvc podrá declarar la caducidad administrativa del presente Contrato, por hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993, y demás normas que la modifiquen o adicionen. También será causal de caducidad, el hecho de que el contratista no cumpla por más de 4 meses, con sus obligaciones parafiscales y de seguridad social.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES: El incumplimiento de las obligaciones del presente contrato por parte del CONTRATISTA será sancionado de conformidad con las siguientes estipulaciones:
Se causará a favor de rtvc por parte del CONTRATISTA, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato, a título de cláusula penal cuando el contratista incumple total o parcialmente sus obligaciones o incurra en xxxx. Esta cláusula penal constituye una valoración anticipada pero no definitiva de los perjuicios causados a rtvc por el incumplimiento. La causación de dicha sanción no impedirá el cumplimiento de las obligaciones si a estas hubiere lugar.
Si el incumplimiento es parcial y dentro de la ejecución del contrato, se causará a favor de rtvc por parte del CONTRATISTA, una multa por una suma igual al dos por mil (2x1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
PARÁGRAFO: rtvc mediante acto motivado efectuará la imposición de las multas en la cual se expresarán las causas que dieron lugar a ellas, o en la liquidación del contrato según fuere el caso. rtvc descontará y tomará directamente el valor de las multas o cláusula Penal, de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA, para lo cual éste autoriza expresamente a rtvc a realizar dicho descuento directamente o por vía jurisdiccional.
DÉCIMA CUARTA SANCION ESPECIAL: el incumplimiento de las obligaciones de tener disponible los equipos en la ejecución del contrato, por parte del contratista, será sancionado de conformidad con las siguientes estipulaciones:
• Se causará a favor de rtvc por parte del CONTRATISTA, una suma equivalente al quince por ciento (15%) del valor del Contrato, a título de cláusula penal cuando el contratista incumple total o parcialmente su obligación de suministrar los equipos requeridos en el anexo 3 o incurra en xxxx. Esta clausula penal constituye una valoración anticipada pero no definitiva de los perjuicios causados a rtvc por el incumplimiento. La causación de dicha sanción no impedirá el cumplimiento de las obligaciones si a estas hubiere lugar.
• Si el incumplimiento es parcial y dentro de la ejecución del contrato, se causará a favor de rtvc por parte del CONTRATISTA, una multa por una suma igual al cinco por mil
(5x1000) del valor del contrato por cada día de retardo en el cumplimiento de la respectiva obligación, sin superar el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
PARÁGRAFO: rtvc mediante acto motivado efectuará la imposición de las multas en la cual se expresarán las causas que dieron lugar a ellas, o en la liquidación del contrato según fuere el caso. rtvc descontará y tomará directamente el valor de las multas o cláusula Penal, de cualquier suma que le adeude al CONTRATISTA, para lo cual éste autoriza expresamente a rtvc a realizar dicho descuento directamente o por vía jurisdiccional.
DÉCIMA QUINTA. INTERVENTORIA: La Interventoria del presente Contrato estará a cargo del Gerente o quien designe, quien ejercerá en nombre de rtvc, las funciones contenidas en el “Manual de Supervisión de Contratos de rtvc”, Resolución No. 222 de 30 de julio de 2007, numeral 1º del artículo 4º y numeral 1º del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y demás normas establecidas sobre la materia, y en particular:
Vigilar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA.
Informar por escrito sobre cualquier incumplimiento en que incurra el CONTRATISTA
durante la duración del presente contrato.
Suscribir la (s) certificación (es) de cumplimiento.
Elaborar el Acta de Liquidación del contrato, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la terminación del mismo.
Verificar el correcto pago de aportes a cargo del CONTRATISTA, frente al sistema de seguridad social.
Hacer seguimiento a los pagos del CONTRATISTA.
Hacer un control integral sobre el contrato para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 80 de 1993
DÉCIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA asumirá ante rtvc la
responsabilidad derivada de la ejecución del contrato en cualquiera de sus etapas, aspectos o elementos por el cien por ciento (100%) de los riesgos que se deriven de sus actividades, y en particular, los riesgos por cambio en el régimen laboral colombiano que afecte la ejecución del contrato, las condiciones pactadas en él, y la prestación del servicio, riesgo por el régimen de salubridad colombiano, riesgo de carácter financiero, riesgos por modificación del régimen de impuestos, riesgos por modificación del régimen de impuestos aplicables a terceros, riesgos por cambio en el mercado bancario, riesgos por cambio en la tasa de cambio de moneda extranjera, riesgos de carácter técnico, riesgo humano, riesgo humano por accidente laboral sin perjuicio a terceros, riesgo humano por accidente laboral con perjuicio a terceros, en consecuencia, atenderá cualquier controversia que se presente sobre el particular.
DÉCIMA SEPTIMA. RESPONSABILIDAD DE rtvc: rtvc no responderá por el uso inadecuado, deterioro o pérdida de equipos o elementos que hayan sido entregados en calidad de tenencia al CONTRATISTA.
DÉCIMA OCTAVA.- CESIÓN: El CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato sin autorización escrita y expresa de rtvc.
DÉCIMA NOVENA. SUSPENSIÓN TEMPORAL: De común acuerdo entre las partes, se podrá suspender temporalmente la vigencia del presente Contrato mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento.
VIGESIMA. JURIDICIDAD: El presente Contrato se rige por las disposiciones contenidas en la Resolución No. 172 de 2008.
VIGESIMA PRIMERA. EXCLUSIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL: El presente contrato no genera relación laboral alguna de rtvc con el equipo humano destinado por el contratista para la ejecución del contrato. En caso de presentarse cualquier controversia sobre el asunto, el contratista asumirá toda la responsabilidad por tal concepto.
VIGÉSIMA SEGUNDA. GARANTIA ÚNICA: EL CONTRATISTA se compromete a tomar a favor de rtvc una póliza expedida por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente autorizada, domiciliada en el país, que deberá ajustarse a las pólizas matrices aprobadas por la Superintendencia Financiera y deberá amparar:
Cumplimiento: Por valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, por el término del mismo y cuatro (4) meses más, de conformidad con los términos del artículo 7.4 y el artículo 4º del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se busca amparar el cumplimiento de las obligaciones que para el contratista surjan con la firma del contrato
Calidad: Por un valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el plazo del mismo y cuatro (4) meses más, de conformidad con el artículo 7.7 y 4.2.7 del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se pretende cubrir a la entidad contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado, (i) los derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo.
Salarios y Prestaciones Sociales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, por el término del mismo y tres años más, de conformidad con el artículo 7.5 y 4.2.4 del Decreto 4828 de 2008, pues con ello se busca amparar a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado.
Responsabilidad Civil Extracontractual, por un valor equivalente al 20% del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El CONTRATISTA manifiesta bajo la
gravedad de juramento que no se encuentra incurso en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Ley que le impidan suscribir el presente Contrato, y que en caso de sobrevenir alguna de ellas durante el desarrollo del mismo, procederá conforme lo disponen los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993.
VIGÉSIMA CUARTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: En el evento de surgir
diferencias con ocasión del cumplimiento y ejecución de este Contrato o referente a actos que afecten la relación contractual, las partes podrán acudir a los mecanismos de solución de controversias previstos en la Ley 80 de 1993, Ley 446 de 1998, Decreto 1818 de 1998 y demás normas que regulan la materia.
VIGÉSIMA QUINTA. CESIÓN DE DERECHOS DE AUTOR: Por el hecho de la celebración de este contrato de administración delegada, el contratista cede la totalidad de los derechos patrimoniales de autor y conexos (Reproducción, emisión, transformación, traducción -doblaje o subtitulación-, comunicación pública, distribución y cualquier otro que se derive de la utilización del material que represente un beneficio económico), sin limitación alguna en cuanto a territorio se refiere y por el término establecido en el artículo 18 de la Decisión Andina No. 351 de 1993 o las normas que la modifiquen o sustituyan, por lo cual, y de conformidad con el artículo 4 de la Ley 23 de 1982, el titular de los derechos de autor sobre cualquier material producido en
desarrollo del contrato será rtvc, quien podrá explotarlos por su medio o por terceras personas y por cualquier medio de difusión inventado o por inventarse. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la mencionada Ley, el contratista sólo percibirá los valores pactados en el contrato, conservando las prerrogativas previstas en los literales a) y b) del artículo 30 de la Ley 23 de 1982 (Derechos Xxxxxxx). Se entenderá por material producido en desarrollo del contrato, aquel que se genere en documentos, grabaciones, archivo, material editado y sin editar y en general todo material parcial o final.
También se cede el derecho a rtvc de registrar el nombre y signos distintivos de la producción, y los programas, en las clases que estime pertinente. Por lo anterior, el contratista se compromete a no solicitar el registro del nombre o signos distintivos de la producción, y en el evento en que lo hubiere hecho, se compromete a transferirlo a nombre de rtvc.
VIGESIMA SEXTA. COSTOS: Los costos que ocasione la legalización del presente Contrato, estarán a cargo del CONTRATISTA.
VIGESIMA SEPTIMA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente Contrato se perfecciona con la firma de las partes contratantes y el registro presupuestal. Para su legalización requiere de la aprobación de la garantía única, y del pago de la Publicación en el Diario Único de Contratación, requisitos que deberán ser presentados en la Oficina Asesora Jurídica de rtvc dentro de los 15 días siguientes al perfeccionamiento del contrato.
Para constancia se firma en Bogotá D.C. a:
rtvc, EL CONTRATISTA,
Gerente rtvc