CONTRATO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL PARQUE DE LA H.L.N
CONTRATO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL PARQUE DE LA H.L.N
-------------------En la Ciudad de Neuquén, Capital de la Provincia del mismo nombre, a los 30 días del mes xx xxxxxx de 2023, entre LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUÉN CUIT: 30-99926018-3, representada en este acto por el Prosecretario Administrativo, Cr. Xxxxx Xxxx Xxxxx D.N.I. 34.866.918 por una parte y la firma SANTA XXXXX S.R.L. CUIT: 830-70876992-0, en adelante el PROVEEDOR,
representada por la Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx X.X.X. 8.604912, acuerdan celebrar el presente contrato, regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: el Proveedor tendrá a su cargo servicio mantenimiento Integral del parque del predio de esta Honorable Legislatura del Neuquén situada en xxxxx Xxxxxx Xx 000, xxxxx tareas a realizar se detallan en el Anexo I y la superficie indicada en los planos del Anexo II, adjunto y a su oferta presentada obrante en el actuado.-
SEGUNDA: DEL PERSONAL: CUMPLIMIENTO DEL PERSONAL CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE (LEY 19587, DECRETOS REGLAMENTARIOS 351/79 y 295/03), Y NORMATIVA VIGENTE:
-a) La empresa adjudicataria queda obligada a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes. El personal utilizado para efectuar los trabajos objeto del presente acto licitatorio, no tiene ningún tipo o forma de relación de dependencia con esta Honorable Legislatura.
-b) En todos los casos el personal interviniente contará con todos los elementos de seguridad y técnicos necesarios (zapatos de seguridad, guantes de cuero y dieléctricos, anteojos de seguridad, antiparras, barbijos para polvo, casco de protección, etc.), en un todo de acuerdo a la normativa vigente para el correcto desarrollo de sus tareas, como así también deberán contar con todos los elementos correspondientes y vigentes para trabajos realizados en altura.
-c) Todo el personal interviniente deberá contar con las correspondientes coberturas de ART por incapacidad parcial, total o muerte, en un todo de acuerdo a normativa vigente, además de seguro vigente para trabajos realizados en altura, en caso de corresponder.
TERCERA: HORARIOS: El servicio requerido deberá prestarse en xxxxx Xxxxxx Xx 000 xx Xxxxxxx Xxxxxxx, por 30hrs semanales, a coordinar con personal de HLN, para realizar tareas de mantenimiento diario.
Para trabajos específicos o tareas extraordinarias se designará personal adicional necesario o técnico especializado en la actividad requerida. . En todos los casos el personal interviniente deberá contar con todos los elementos técnicos y de seguridad necesaria, zapatos de seguridad, guantes, anteojos de seguridad, antiparras, protección facial etc.). El personal asignado estará en todas las condiciones laborales adecuadas (Relación de dependencia, Seguro de Vida, ART, Etc.)
Ante cualquier incumplimiento que surja de lo especificado en la presente clausula dará lugar a las penalidades establecidas en la cláusula SEXTA del presente contrato.---------------
CUARTA: DESIGNACIÓN DE RESPONSABLES.
a) La Honorable Legislatura designa como responsable (RL) a la Directora de Infraestructura Seguridad y Salud o en caso de ausencia el Jefe de Departamento de Planificación Edilicia.
b) El Proveedor designa como responsable (RE) de la firma ante este Organismo a la Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx D.N.I. 8.604.912, con domicilio en xxxxx Xxxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxx, correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx número de teléfono: (0299) 476100 o (0000) 000000000.
QUINTA: SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS TRABAJOS. El seguimiento y control diario de los trabajos será realizado por el sector solicitante y mensualmente será avalado mediante un informe detallado de los trabajos realizados que presente el proveedor junto con la factura, ambos serán conformados por el sector solicitante del servicio.
SÉXTA: MULTAS: En concordancia con lo establecido en el Artículo 71º del Reglamento de Contrataciones de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control y sus modificatorias, el incumplimiento de las obligaciones contraídas por la empresa contratada, dará lugar a la aplicación de las penalidades establecidas en el Reglamento de Contrataciones, siendo facultad de la Honorable Legislatura Provincial establecer el encuadre de tipo y grado del incumplimiento. La empresa contratista pagara una multa que se calculara en oportunidad de presentar la factura por el servicio mensual prestado.
El monto de la multa se irá incrementando en forma proporcional a medida que sumen incumplimientos, demostrándose como ejemplo seguidamente la metodología de cálculo:
• Primer incumplimiento: el 10% del valor diario del servicio.
• Segundo incumplimiento: el 20% del valor diario del servicio.
• Tercer incumplimiento: el 30% del valor diario del servicio.
En caso de repetirse en el tiempo los incumplimientos en la prestación del servicio mensual, la Honorable Legislatura podrá resolver el contrato en los términos de la cláusula 41º), dejándose establecido que las multas impuestas no serán reconsideradas o devueltas por ningún motivo.
El valor diario del servicio se calcula de la resultante de dividir la suma del dinero total a abonar mensualmente sobre treinta (30) que es la cantidad de días por mes.
Los incumplimientos serán registrados y comunicados mediante los medios habilitados en la cláusula particular 38º y 50º xxx xxxxxx de bases y condiciones.
La Honorable Legislatura por medio de la Dirección de Infraestructura, Seguridad y Salud o en caso de ausencia al Jefe de Departamento de Planificación Edilicia, ejercerán las funciones de inspección y control del servicio prestado de las actividades a desarrollar habilitando para ello los siguientes correos electrónicos: xxxx@xxxxxx.xxx.xx Por cuestiones administrativas al correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Por parte de la empresa el correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
SEPTIMA: INDEMNIDAD: La Honorable Legislatura Provincial no será responsable ante cualquier reclamo judicial o extrajudicial derivado de acción u omisión del personal contratado por el oferente o por daños y lesiones que fueran ocasionados por sus dependientes o con motivos ó en ocasión de la utilización de las cosas o causado por o con ellas.
OCTAVA: VIGENCIA. La vigencia de la contratación será por el término de 6 (seis) meses para el periodo comprendido entre el 01/09/2023 al 29/02/2024, prorrogable por acuerdo de partes por igual o menor período, en los mismos términos, precios y condiciones.---------------
NOVENA: ABONO. La Honorable Legislatura abonará al Proveedor la suma mensual de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL ($ 780.000,00), en concepto de lo establecido en la cláusula PRIMERA del presente contrato, siendo el total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL ($ 4.680.000,00).--------------------------------------------------------
DÉCIMA: MODALIDAD DE PAGO. El pago se efectuará a los 15 (quince) días hábiles de cumplir con las siguientes condiciones:
a) Recepción definitiva del bien y/o servicio.
b) Entrega de la factura con fecha de emisión igual o posterior a la entrega del bien o prestación de servicio, la que será mensual y pagadero a mes vencido, debidamente conformada por el sector solicitante.
c) Entrega de contrato, convenio, prorroga, incremento, etc. originales sellados.
d) Las facturaciones se deben ajustar a lo establecido en la RESOLUCIÓN AFIP 1415/03 y sus modificatorias.
DÉCIMO PRIMERA: RESOLUCIÓN. EL contrato podrá ser resuelto por la Honorable Legislatura, cuando ésta lo disponga y esta circunstancia no dará lugar a reclamo de indemnización alguna. La decisión será comunicada fehacientemente y con 30 (treinta) días de anticipación como mínimo, estando obligada la empresa a continuar con la prestación del servicio hasta tanto se produzca su reemplazo, en los mismos términos y condiciones originalmente pactados.
DÉCIMO SEGUNDA: En cumplimiento de normas legales vigentes SANTA XXXXX S.R.L. declara los siguientes números de inscripción: C.U.I.T. Nº 30-70876992-0; Ingresos Brutos Nº 9204905 y Nº Proveedor C1065.
DÉCIMO TERCERA: SELLADO DEL CONTRATO. Será por cuenta del adjudicatario el sellado de contrato en proporción correspondiente cuando fuere protocolizado, teniendo en cuenta la Honorable Legislatura se encuentra EXENTA.-------------------------------------------------
DÉCIMO CUARTA: Ante cualquier divergencia que resulte entre las partes por la aplicación del presente Contrato EL PROVEEDOR constituye domicilio electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y domicilio legal en la xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx y la Honorable Legislatura de la Provincia del Neuquén constituye domicilio electrónico: xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx y domicilio legal en xxxxx Xxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx. Ambas partes se someten voluntariamente a al fuero de los Tribunales Ordinarios de la Provincia del Neuquén, aceptando para cualquier situación judicial que se suscite la competencia especial establecida en la Cláusula Transitoria Quinta de la Constitución de la Provincia del Neuquén, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.
En conocimiento de sus derechos y obligaciones y como prueba de conformidad con lo convenido, las partes intervinientes suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Xxxxx Xxxx XXXXX Prosecretario Administrativo
Firmado digitalmente por XXXXX Xxxxx Xxxx
Fecha: 2023.08.30
13:11:04 -03'00'
ANEXO I
Disponibilidad: |
. La empresa deberá prestar servicio dentro del establecimiento ubicado en Leloir 810 por 30hrs semanales, a coordinar con personal de HLN, para realizar tareas de mantenimiento diario. |
. La empresa deberá proporcionar un Numero de teléfono de contacto para guardias permanente. |
. Para trabajos específicos o tareas extraordinarias se designará personal adicional necesario o técnico especializado en la actividad requerida. |
. En todos los casos el personal interviniente deberá contar con todos los elementos técnicos y de seguridad necesarios, zapatos de seguridad, guantes, anteojos de seguridad, antiparras, protección facial etc.). |
. El personal asignado estará en todas las condiciones laborales adecuadas (Relación de dependencia, Seguro de Vida, ART, Etc) |
Plantación: |
. Desmalezado xx Xxxxxxxx y Macetas. |
. Realización de ollas de las plantas. |
. Control y Reposición de Tutores de los árboles. |
. Poda de formación. |
. Xxxxx xx Xxxxxx para prolongar la plantación. |
Eliminación de ramas y hojas secas. |
. Reposición de macizos Florales. |
Césped: |
. Se debe realizar cortes periódicos. |
. Se debe realizar control de malezas y sanidad. |
. Se debe realizar una resiembra al año. En caso de ser necesario otras, se acordará con personal de la HLN. |
. El césped será provisto por la HLN. |
. Se debe realizar desmalezado, rastrillado y limpieza de los sectores xx xxxxxx partida. |
. Se debe reponer piedra partida en caso de ser necesario |
Fertilización y Fumigación: |
. Se debe realizar la fertilización completa de plantas y césped. |
. Se debe realizar fumigaciones en plantas y césped. |
. La HLN debe proveer los Fertilizantes y materiales para las fumigaciones de Plagas u enfermedades de plantas y césped. |
Sistemas xx Xxxxx: |
Se debe realizar una revisión periodica del sistema xx xxxxx por aspersión y goteo. |
. Se debe regular el radio y la intensidad xx xxxxx de todo el sistema, controlando el correcto funcionamiento de las boquillas, para así lograr un riego uniforme de toda el área verde. |
. Se debe realizar limpieza de los filtros de los equipos que estén sucios o tapados. |
. Se debe Verificar el correcto funcionamiento de los goteros incorporados, Controlando posibles pérdidas. |
. Se debe realizar mantenimientos de las bombas xx xxxxx. El costo de reparación de la mismas estará a cargo de HLN. |
. Se debe realizar un seguimiento y reprogramación de la computadora con los días y tiempo acordes a las necesidades de la estación. |
. Se debe realizar riego manual de macetas. |
. Los materiales a reponer serán provistos por la HLN. |
Herramientas: |
. Todas las herramientas necesarias para realizar los trabajos serán provista por la empresa Contratista. |
Tareas diarias. |
. Desmalezado xx Xxxxxxxx y Macetas. |
. Realización de ollas de las plantas. |
. Control y Reposición de Tutores de los árboles. |
. Xxxxx xx Xxxxxx para prolongar la plantación. |
. Eliminación de ramas y hojas secas. |
. Reposición de macizos Florales |
. Se debe realizar Cortes, desmalezado, rastrillado y limpieza de los sectores xx xxxxxx partida, y césped. |
. Se debe realizar riego manual de macetas. |
Tarea anual |
. Poda de formación. |
. Se debe realizar mantenimientos de las bombas xx xxxxx. |
ANEXO II
PLANOS