Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN Y TRANSMISIÓN DE LOS SORTEOS DE LOS DISTINTOS JUEGOS GESTIONADOS POR LA SOCIEDAD ESTATAL LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO (SELAE) Y DE LOS PROGRAMAS DIVULGATIVOS XX XXXXXXXX HÍPICAS
PROCEDIMIENTO ABIERTO
Número de expediente: 115/2013
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 1
2. OBJETO 1
3. DURACIÓN 2
4. PRESUPUESTO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO 2
4.1. Presupuesto máximo de licitación 2
4.2. Valor estimado del contrato 3
4.3. Facturación y control económico 3
5. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS 3
5.1. Lote 1: producción y transmisión de la señal correspondiente a programas divulgativos de los sorteos, o los resultados de los sorteos de los juegos gestionados por SELAE en cada momento 3
5.2. Lote 2: producción y transmisión de la señal correspondiente a programas divulgativos de los juegos gestionados por SELAE, que tengan relación con el mundo de las carreras hípicas, incluyendo la retransmisión en directo de las carreras de caballos que se realicen en cada jornada. 10
6. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 15
6.1. Generales 15
6.2. Obligaciones de la empresa adjudicataria, en su condición de Productora de los programas 16
6.3. Facultades de SELAE 17
6.4. Vinculación del personal 17
7. CESIÓN DE DERECHOS PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL 18
7.1. Propiedad intelectual 18
7.2. Propiedad industrial 18
7.3. Músicas 18
7.4. Alcance de la cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial a SELAE 19
7.5. Licencia de uso de activos de SELAE sujetos a derechos de propiedad intelectual e industrial 22
7.6. Remuneración 22
7.7. Garantía de Derechos 23
8. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS. 24
8.1. Confidencialidad 24
8.2. Protección de datos 25
9. CESIÓN. SUBCONTRATACIÓN 29
9.1. Cesión 29
9.2. Subcontratación 29
10. INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL APORTADOS EN LAS PROPOSICIONES 29
11. MODO, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS 30
12. DOCUMENTACIÓN QUE HA DE PRESENTARSE 31
12.1. Sobre A: Documentación Administrativa 31
12.2. Sobre B: Propuesta técnica y mejoras 34
12.3. Sobre C: Propuesta Económica 35
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 37
14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 38
14.1. Lote 1 38
14.2. Lote 2 39
15. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 40
16. GARANTÍAS 40
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 41
18. MODIFICACIONES AL CONTRATO 41
19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 42
20. TRIBUTOS Y GASTOS 43
21. DOCUMENTOS CONTRACTUALES 43
22. RÉGIMEN JURÍDICO, DERECHO APLICABLE Y JURISDICCIÓN 43
23. INFORMACIÓN Y ACLARACIONES 44
ANEXO I.- MODELO DE OFERTA ECONÓMICA 45
ANEXO II.- CALENDARIO CARRERAS HÍPICAS 47
XXXXX XXX.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE 48
ANEXO IV.- MODELO DE GARANTÍA 49
1. INTRODUCCIÓN
El próximo día 12 xx xxxxx de 2013 vence el contrato que actualmente está vigente para el servicio de producción y transmisión de la señal correspondiente a los sorteos de juegos gestionados por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. (“SELAE” o la “Sociedad”) y de los programas divulgativos de las carreras hípicas que son actualmente emitidos por los canales 1, 2 y Teledeporte de Radio Televisión Española.
El citado contrato incluye actualmente la captación, personalización y envío x Xxxxx España para su emisión a nivel nacional, de la señal correspondiente a los sorteos de Euromillones que cada martes y viernes se celebra en París, así como, la emisión de todos los sorteos vía streaming por la página Web de esta sociedad.
SELAE pretende continuar con la retransmisión televisiva de los citados programas, por lo que es necesario realizar un nuevo contrato para el servicio de producción y transmisión de la señal de los diferentes programas que en cada momento puedan ser requeridos por SELAE.
2. OBJETO
Constituye el objeto de este procedimiento la contratación de los siguientes servicios (los “Servicios”):
Lote 1:
- Producción y transmisión de la señal correspondiente a los programas divulgativos de los sorteos, o los resultados de los sorteos, de los juegos gestionados por SELAE en cada momento, a una concesionaria de televisión digital terrestre para su emisión.
- Emisión por Internet mediante el servicio de streaming y nuevas tecnologías en general, de un programa conteniendo la retransmisión de los sorteos de los juegos gestionados por SELAE en cada momento.
- Servicio de captación, personalización y posterior entrega a una concesionaria de televisión, para su emisión a nivel nacional, de la señal del sorteo del juego “Euromillones”, celebrado en París.
- Servicio de transmisión o recepción de la grabación correspondiente al Gordo de la Primitiva a/o desde terceros países, cuando singularmente lo solicite SELAE.
Lote 2:
- Producción y transmisión de la señal correspondiente a programas divulgativos de los juegos gestionados por SELAE, que tengan relación con el mundo de las carreras hípicas, incluyendo la retransmisión en directo de las carreras de caballos que se realicen en cada jornada.
Los licitadores podrán presentar su oferta a uno o a los dos lotes que componen este procedimiento de licitación y cada uno de los lotes podrá ser adjudicado a adjudicatarios distintos.
SELAE se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de licitación, o alguno de los lotes de que se compone.
SELAE podrá determinar que la producción de cualquier programa deje de realizarse a partir de algún momento de la vigencia del contrato en los términos del apartado 18 del presente Pliego.
3. DURACIÓN
La duración de la prestación de los Servicios y de la relación contractual de SELAE y el adjudicatario será desde el 13 xx xxxxx de 2013, hasta el 12 xx xxxxx de 2015, pudiendo ser objeto de prórroga a instancias de SELAE, en las mismas condiciones técnicas y económicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante, el “TRLCSP”), por un máximo de otros 24 meses.
En el supuesto de prórroga, el incremento de los precios no podrá ser superior a la variación del I.G.P.C. nacional de los doce meses inmediatamente anteriores a la vigencia de la prórroga.
4. PRESUPUESTO MÁXIMO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4.1. Presupuesto máximo de licitación
EI presupuesto máximo de licitación será de 6.300.000 € (seis millones trescientos mil euros) y deberán estar incluidos toda clase de impuestos, gravámenes y gastos, a excepción del IVA correspondiente, que deberá figurar como partida separada. El desglose por lotes es el siguiente:
- Lote 1: 2.600.000 € (dos millones seiscientos mil euros) (IVA excluido).
- Lote 2: 3.700.000 € (tres millones setecientos mil euros) (IVA excluido).
Los precios unitarios por la realización de los Servicios objeto de este pliego, deberán detallarse según el modelo de oferta que figura como Xxxxx X.
La cantidad expresada solo se refiere a la cantidad máxima de los Servicios a prestar sin que se pueda entender en ningún caso que la Sociedad se obligue a solicitar servicios por la cifra indicada. A estos efectos, el adjudicatario facturará exclusivamente los servicios prestados a SELAE y previo encargo de ésta.
En ningún caso se aceptará propuestas económicas de los licitadores que superen el presupuesto máximo de licitación y el licitador correspondiente será automáticamente excluido del procedimiento.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en el importe máximo de licitación, se entenderán comprendidos a todos los efectos los gastos generales, el beneficio industrial, así como los importes de los tributos de toda índole que graven las prestaciones objeto del contrato, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) o cualquier otro impuesto indirecto equivalente, según corresponda, y que deberán ser identificados y posteriormente repercutidos como partidas independientes.
4.2. Valor estimado del contrato
El valor estimado del contrato, calculado de conformidad con lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP, incluyendo la eventual prórroga y potenciales modificaciones, a que se refieren los apartados 3 y 18, asciende a un máximo de
15.120.000 € (quince millones ciento veinte mil euros) IVA excluido.
4.3. Facturación y control económico
Para la facturación de los Servicios:
- Se desglosarán las diversas partidas con el mismo detalle que se pide en la oferta.
- En todas las facturas se reflejarán la base imponible y el I.V.A. aplicado.
La facturación de los Servicios se realizará por meses vencidos. El pago de los Servicios realizados en la ejecución del contrato se efectuará en los 60 días siguientes a la fecha de entrada de las correspondientes facturas en el departamento de Contabilidad de SELAE, después de su entrega en el Registro de SELAE (Capitán Xxxx 53, 28020 Madrid), 1ª planta, debidamente emitidas de conformidad con lo establecido en este pliego, previa certificación de la correcta ejecución del Servicio por el departamento proponente.
5. DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Los Servicios objeto del presente procedimiento comprenden la contratación de un servicio integral de:
5.1. Lote 1: producción y transmisión de la señal correspondiente a programas divulgativos de los sorteos, o los resultados de los sorteos de los juegos gestionados por SELAE en cada momento
Incluirá:
a) Producción y transmisión de la señal correspondiente a los programas divulgativos de los sorteos, o los resultados de los sorteos, de los juegos gestionados por SELAE en cada momento, a la concesionaria de televisión digital terrestre que en cada momento determine SELAE para su emisión.
b) Emisión por Internet mediante el servicio de streaming y nuevas tecnologías en general, de un programa conteniendo la retransmisión de los sorteos de
los juegos gestionados por SELAE en cada momento.
c) Servicio de captación, personalización y posterior entrega a la concesionaria de televisión que en cada momento determine SELAE, para su emisión a nivel nacional, de la señal del sorteo del juego “Euromillones”, celebrado en París.
d) Servicio de transmisión o emisión de la grabación correspondiente al Gordo de la Primitiva a/desde terceros países, cuando singularmente lo solicite SELAE.
5.1.1 Producción de la señal
a) La empresa adjudicataria de este contrato deberá producir la señal correspondiente a los programas divulgativos de los sorteos, o los resultados de los sorteos, de los juegos gestionados por SELAE en cada momento. Una vez realizado el programa conteniendo la retransmisión, la señal producida se enviará, mediante fibra óptica, a la empresa concesionaria de televisión digital terrestre que SELAE determine. Además, deberá disponerse de una línea de seguridad vía satélite o radioenlace.
b) En todos los casos, la señal producida será puesta a disposición de la empresa que la emitirá lista para su retransmisión sin más trabajos o adaptaciones que los meramente derivados del acto de la retransmisión.
El proceso de producción será el siguiente:
- Inserción de una cabecera dinámica previamente diseñada y elaborada.
- Inserción de contenidos adicionales como, recaudación del sorteo, botes para la primera categoría, así como otros contenidos que SELAE considere oportunos.
- Locución en sala insonorizada del sorteo.
- Inserción de salida dinámica del programa, previamente diseñada y elaborada.
- Grabación del programa personalizado.
- Playout de la señal para que sea entregada a la empresa concesionaria de televisión digital terrestre.
c) El calendario y los tiempos actuales de duración de los programas son los siguientes, sin perjuicio de su modificación de tiempo en tiempo:
Lunes, martes, miércoles y viernes. BONOLOTO: se producirá un microespacio de cuarenta segundos de duración, para dar cobertura a los sorteos que se celebrarán a las 21:30 horas.
La emisión se realizará a las 22:14 horas, aproximadamente.
Los martes y viernes, se incluirán la información relativa al sorteo de Euromillones de ese día.
Jueves. LA PRIMITIVA Y LOTERÍA NACIONAL: se producirá un microespacio de cuarenta y cinco segundos, conteniendo el resumen del sorteo de Lotería Nacional –celebrado con anterioridad- y la combinación ganadora del sorteo de La Primitiva y Joker que tendrá lugar a las 21:30 horas.
Viernes. LA SUERTE EN TUS MANOS: se producirá un espacio de catorce minutos de duración, incluyendo información de sorteos que organiza SELAE, información sobre los botes, así como la emisión en diferido del sorteo de Euromillones.
El espacio será conducido, desde un plató de la productora, o excepcionalmente, desde el lugar que indique SELAE, por un presentador/a que dará paso a información acerca de cualquiera de los juegos que gestiona SELAE, incluyendo además, reportajes de diversos sorteos o temas relacionados con el mundo de las loterías y juegos del Estado. En cualquier caso, el presentador/a del espacio desarrollará su labor profesional en régimen de exclusividad, no permitiéndose su concurrencia o participación en cualquier otro programa que se emita a nivel nacional durante el periodo de vigencia del contrato. Igualmente, cualquier cambio de presentador/a deberá ser comunicada inmediatamente a SELAE, y requerirá siempre su previa conformidad expresa.
El diseño del plató virtual o físico debe figurar en la oferta.
El comienzo del horario de emisión de este espacio será a partir de las 21:45 horas.
Sábado. LOTERÍA NACIONAL: se producirá un microespacio de cuarenta segundos de duración, conteniendo información –segundo premio, primer premio, premio especial y reintegro- del sorteo de Lotería Nacional celebrado con anterioridad.
La emisión del programa será aproximadamente a las 16:00 horas.
Si el sorteo se celebra fuera de la sede habitual de celebración de sorteos, es decir, si el sorteo es “viajero”, el espacio tendrá una duración aproximada de siete minutos y contendrá, además del resumen de los premios del sorteo, un vídeo promocional de la localidad donde se celebra el sorteo.
A título meramente orientativo, se informa que durante 2011 el número de sorteos viajeros ha sido de 14.
LA PRIMITIVA: se emitirá un microespacio de cuarenta segundos, para dar cobertura a los sorteos que se celebren a las 21:30 horas.
La emisión del programa será aproximadamente a las 22:30 horas.
Domingo. LOTOTURF Y EL GORDO DE LA PRIMITIVA: se emitirá un microespacio de 40 segundos para dar cobertura a los sorteos de Lototurf que se celebren a las 13:15 horas y del Gordo de la Primitiva que se celebra a las 13:30 horas, no obstante, SELAE podrá modificar el horario de celebración de dichos sorteos incluso con anterioridad al inicio del contrato.
Si SELAE lo dispone, la emisión del sorteo “El Gordo de la Primitiva” se podrá emitir en directo o diferido a través del Canal Internacional y del Canal 24 horas en su emisión internacional. La duración será de tres minutos y treinta segundos aproximadamente.
d) Los horarios de celebración de los sorteos que han regido durante 2012 son los que se espera que rijan para el 2013, no obstante, si se produjese algún cambio en el lugar, los horarios o en los días de la semana habituales, bien de algún sorteo o bien de todos a partir de un determinado momento, la empresa adjudicataria quedará obligada a cambiar la producción al nuevo momento de realización de los sorteos, sin que ello suponga incremento en el coste de la producción de los mismos.
e) Si durante la vigencia del contrato, SELAE introdujese la celebración de algún nuevo sorteo, de juegos actuales o juegos que pudiesen aparecer en el futuro, y decidiese que se produjesen espacios televisivos de los nuevos sorteos, la empresa adjudicataria estará obligada a realizar el servicio en los términos del apartado 18 del presente pliego.
f) En la producción se han de contemplar las siguientes pruebas:
- Pruebas de recepción de la señal.
- Pruebas y ceros para preparar locuciones
- Pruebas de composición real del programa.
- Pruebas con la empresa concesionaria de televisión digital terrestre.
Todos los programas, salvo el sorteo de “Euromillones” y los sorteos celebrados en otros países, cuyas peculiaridades de producción y postproducción se especifican más adelante, serán producidos por la empresa adjudicataria de este Lote del contrato. A tal fin, SELAE, facilitará el acceso a los lugares donde tenga lugar la celebración de los sorteos al personal de la empresa adjudicataria. Igualmente, facilitará el acceso y el montaje de los medios técnicos necesarios para la prestación del contrato.
g) Si la Sociedad lo solicitase, la empresa adjudicataria pondrá a su disposición la señal generada para su emisión a través del circuito cerrado de televisión de los puntos de venta de SELAE (Canal LAE).
h) En todo caso, las empresas licitadoras podrán proponer mejoras técnicas o
de producción de alguno o de todos los programas, e incluir estas mejoras en el dossier que se elabore para la oferta técnica (sobre B).
i) Todos los gastos de producción correrán a cuenta de la empresa adjudicataria del Lote.
j) En los espacios, programas o microprogramas correspondientes a este Lote del contrato, no podrán aparecer en imagen ni productos con marcas o denominaciones comerciales ni logotipos, excepto los correspondientes a la imagen de los programas o a la imagen de SELAE. Esta prohibición se extenderá también a la persona del presentador/a que preste sus servicios en los programas de los viernes, que no podrá portar en su indumentaria ningún signo o logotipo de marcas publicitarias, ni aún aquellas que pudieran corresponder a patrocinios publicitarios personales. Tampoco podrá hacerse mención verbal o gráfica alguna que pueda significar publicidad, con excepción de la referida a los juegos gestionados por SELAE. En todo caso, la empresa adjudicataria deberá respetar el carácter informativo de los programas contratados. La sociedad trasladará a la productora la responsabilidad en la que pueda incurrir como consecuencia de los posibles incumplimientos que se produzcan.
5.1.2 Captación, Personalización y entrega de la señal del sorteo del juego “Euromillones” y transmisión/recepción de sorteos a terceros países.
a) Euromillones
Estos Servicios consistirán en la recepción, producción, postproducción y posterior puesta a disposición de la empresa concesionaria de televisión digital terrestre que SELAE determine, de la señal del sorteo “Euromillones”. La señal internacional se recibirá desde París vía satélite y disponiendo de la posibilidad de una señal backup por fibra óptica. Una vez realizado el programa se pondrá a disposición de la empresa concesionaria de televisión digital terrestre que lo emitirá.
El proceso de producción será el siguiente:
- Recepción de la señal, en formato 16:9.
- Grabación de la señal recibida desde París en Betacam.
- Inserción de una cabecera dinámica, previamente diseñada y elaborada.
- Inserción del Logotipo de “Euromillones” en castellano.
- Inserción de contenidos adicionales, como recaudación del sorteo, botes para la primera categoría, así como otros contenidos que SELAE considere oportunos.
- Locución en sala insonorizada del sorteo por parte de un locutor del adjudicatario.
- Sonorización con una música durante parte del sorteo.
- Inserción de salida de programa dinámico, previamente diseñada y elaborada.
- Grabación en Betacam de la señal de programa personalizado y elaborado.
- Playout de la señal de programa para que sea emitida por la empresa concesionaria de televisión digital terrestre, dentro del espacio correspondiente.
La cabecera, la inserción de salida de programa, la música con la que se sonorice y, en general, todos los elementos de imagen que se incorporen en la producción, deberán guardar la misma línea de emisión que el resto de producciones objeto de este Lote.
La duración de la señal internacional del sorteo será de 5 minutos, e idéntica será la duración del programa personalizado. No obstante, SELAE podrá determinar que el programa se realice con una duración menor.
El calendario y los tiempos actuales del programa son los siguientes:
- Horario de recepción de la señal de París, de 21:30 a 21:35.
- Proceso de elaboración del programa, de 21:35 a 21:45.
- Horario de envío del programa terminado: 21:45.
En la producción se han de contemplar las siguientes pruebas:
- Pruebas de recepción de la señal.
- Pruebas y ceros para preparar locuciones
- Pruebas de composición real del programa.
- Pruebas con la empresa concesionaria de televisión digital terrestre.
b) Transmisión o recepción de sorteos a otros países
El mismo proceso de producción se seguirá en caso de que sea necesario recibir la señal de cualquier otro sorteo celebrado en otro país.
Asimismo, si SELAE lo considera oportuno, la empresa adjudicataria deberá prestar un servicio de “subida” correspondiente a la transmisión de la señal del sorteo del Gordo de la Primitiva a terceros países, estando actualmente prevista la transmisión de la señal a la República Dominicana.
En casos excepcionales, la empresa adjudicataria deberá prestar un servicio de “bajada” correspondiente a la citada señal.
La transmisión se realizará todos los domingos del año.
La duración será de unos 5 minutos y en formato 16:9, asimismo se realizarán todas las conversiones necesarias a la señal del programa para que sea recepcionada con la calidad adecuada para su emisión en el país de destino.
El proceso de producción será el siguiente:
- Conmutación de la señal de la fibra óptica con origen en el salón de sorteos sito en Capitán Xxxx, 53.
- Transmisión vía satélite de la señal, las características de la transmisión deberán ser acordadas con la empresa encargada de la “bajada” de señal en el país de destino.
5.1.3 Emisión en streaming a través de la Web de SELAE.
Todos los programas conteniendo los sorteos de los juegos se emitirán en directo mediante el servicio de streaming a través de la página Web de SELAE.
Los Servicios incluirán:
- La codificación simultánea en formato Flash y/o Windows Media y/o iPhone.
- Reproductor Web de contenidos streaming, para la emisión del evento en directo. A este reproductor sólo se podrá acceder desde la página Web de SELAE.
- La distribución por Internet que estará basada en servidores streaming a nivel mundial, dicho sistema de distribución deberá soportar una concurrencia de usuarios de más de 300.000 espectadores simultáneos.
El sistema de distribución deberá disponer de servicios de seguridad adicionales como autenticación Token, a cada canal streaming para asegurar el acceso directo sólo a través de la página Web de SELAE.
Puesta a disposición de SELAE de:
- Estadísticas de clientes conectados en directo durante el evento y bajo demanda (diferido).
- Estadísticas de tráfico, en tiempo real o franjas horarias de conexión.
- Estadísticas de conexiones por zonas geográficas.
5.1.4 Entrega de materiales
Sin perjuicio de la titularidad que SELAE, en su condición de destinatario de la Producción, tal y como este término viene definido en el apartado 7, ostenta sobre
todos los materiales producidos (incluidas las copias y los demás materiales y soportes físicos relacionados con el mismo), respecto a los que aparecerá como único titular, y sea donde sea que se encuentren depositados, la empresa adjudicataria deberá entregar a SELAE los siguientes materiales de los programas producidos:
1. Máster.
2. Brutos de grabación, si SELAE los solicitase.
3. Lista de diálogos definitiva con códigos de tiempo.
4. Musiccuesheet
5. Lista de rótulos sobreimpresos con códigos de tiempo.
6. Copia limpia de rótulos.
7. Audios por separado.
La empresa adjudicataria pagará todos los gastos de transporte, seguros tarifas y fletes que se ocasionen por el suministro del material contratado.
Además de los materiales anteriores, la empresa adjudicataria deberá entregar a SELAE:
- Documentación acreditativa de la cesión de derechos de propiedad intelectual, industrial y/o de imagen a la empresa adjudicataria por parte de los respectivos titulares de los derechos de propiedad intelectual, industrial o de imagen utilizados en la Producción.
- Documentación que acredite que la empresa adjudicataria ha obtenido las correspondientes autorizaciones para el uso de las imágenes de archivo, producciones, plásticas, músicas originales y en general todas aquellas producciones que pudieran ser objeto de protección de propiedad intelectual y se hayan podido emplear en la Producción.
5.2. Lote 2: producción y transmisión de la señal correspondiente a programas divulgativos de los juegos gestionados por SELAE, que tengan relación con el mundo de las carreras hípicas, incluyendo la retransmisión en directo de las carreras de caballos que se realicen en cada jornada.
El objeto del presente Lote xxx xxxxxx es la producción y transmisión a una empresa concesionaria de Televisión digital terrestre de ámbito nacional de la señal correspondiente a un programa divulgativo que tenga relación con el mundo de las carreras hípicas en cada momento, actualmente los juegos Lototurf y Quíntuple Plus. Dicho programa contendrá, además, la retransmisión de las carreras de caballos celebradas en cada jornada xx xxxxxxxx.
El adjudicatario deberá generar la señal correspondiente a todas las carreras que se celebren en cada jornada, con independencia de que sean o no retransmitidas dentro del programa.
5.2.1 Producción de la señal
La producción contendrá, como mínimo, lo siguiente:
- Inserción de una cabecera dinámica previamente diseñada y elaborada.
- Inserción de contenidos: recaudaciones, botes, carreras, entrevistas a los protagonistas de la jornada, así como otros contenidos que SELAE considere oportunos.
- Locución.
- Inserción de salida dinámica del programa, previamente diseñada y elaborada.
- Grabación del programa personalizado.
- Playout de la señal para la concesionaria de televisión de ámbito nacional.
La duración del programa será, como mínimo, la suficiente para la retransmisión de todas las carreras de caballos que se celebren en la jornada. Esta duración será de aproximadamente una hora, pero podrá exigirse hasta media hora adicional de duración.
Los horarios de celebración de las jornadas xx xxxxxxxx de caballos previstos para el año 2013 son los siguientes, que no obstante podrán sufrir modificaciones:
- Hipódromo de la Zarzuela
o Domingos: 1ª carrera, 11:15 horas
o Viernes: 1ª carrera, 17:00 horas
o Jueves: 1ª carrera, 22:15 horas
- Hipódromo todavía por determinar
x Xxxxxxx: 1ª carrera, 22:30 horas
o Viernes: 1ª carrera, 22:30 horas
- Hipódromo de San Xxxxxxxxx
x Xxxxxxxx: 1ª carrera, 17:15 horas
o Viernes: 1ª carrera, 17:15 horas
o Jueves: 1ª carrera, 17:15 horas
- Hipódromo de Dos Hermanas
o Domingos: 1ª carrera, 11:15 horas
No obstante, si se produjese algún cambio en los lugares, en los horarios o en los días de la semana de celebración, bien de alguna jornada xx xxxxxxxx o bien de todas a partir de un determinado momento, la empresa adjudicataria quedará obligada a cambiar la producción del programa a la nueva fecha de celebración de la jornada o jornadas.
Se incluye en el presente pliego, como Anexo II, un listado donde figuran las fechas y localidades previstas para la celebración de las carreras durante el año 2013.
El programa deberá elaborarse teniendo en cuenta que las carreras 4ª y 5 ª de cada jornada xx xxxxxxxx de caballos y los sorteos de juegos gestionados por SELAE que se celebren deberán emitirse en directo. A todos los efectos, se entenderá que la retransmisión en directo de una carrera incluye:
a) Los minutos anteriores a la hora de su comienzo, durante los que se retransmitirán las operaciones previas a la carrera (calentamiento, presentación, entrada en cajones, etc.)
b) La carrera en sí, desde la salida hasta que todos los participantes crucen la meta.
c) La emisión del orden de llegada de los participantes.
La empresa adjudicataria pondrá a disposición de SELAE y del Hipódromo donde se celebren las carreras la señal generada durante toda la celebración de las carreras y la del programa divulgativo, para su utilización en el circuito interno del respectivo hipódromo y como control xx xxxxxxx, para su retransmisión en directo o diferido a otros hipódromos y en su portal de Internet. Si SELAE lo solicitase, también pondrá a su disposición la señal generada para su emisión a través del circuito cerrado de televisión de los puntos de venta de la Sociedad (Canal LAE).
La cobertura de las carreras se hará de tal modo que en todo momento se pueda tener una imagen clara de la situación xx xxxxxxx, por ello las ofertas deberán presentar un plano de cada uno de los hipódromos con la situación de las cámaras, así como indicar tipo, ópticas y soporte de las mismas. Se considera que para lograr una cobertura adecuada se precisan, al menos, el siguiente número y características de cámaras en los hipódromos actualmente confirmados:
Madrid | Sevilla | Donosti | TIPO | ÓPTICAS | SOPORTE |
4 | 4 | 3 | Estudio | TELE 70X | Trípode |
2 | 2 | 3 | Estudio | Estándar | Trípode con ruedas |
1 | 1 | 1 | Estudio | Angular | Trípode con ruedas |
1 | 0 | 1 | ENG | Angular | Trípode |
1 | 1 | 1 | ENG RF | Angular | Hombro |
1 | 0 | 0 | ENG RF | Angular | Cámara-car |
10 | 8 | 9 | Total |
Asimismo, la unidad móvil utilizada para la retransmisión del evento deberá de disponer, al menos, de 2 EVS y 2 VTRS (BETACAM D.), así como los operadores correspondientes.
En todo caso, las empresas licitadoras podrán proponer mejoras técnicas o de producción del programa.
Dentro del proceso de producción se han de contemplar las siguientes pruebas:
- Pruebas de recepción de la señal.
- Pruebas y ceros para preparar locuciones.
- Pruebas de composición real del programa.
- Pruebas con la concesionaria de televisión que emitirá los programas.
Con carácter general, todos los gastos de producción correrán a cuenta de la empresa adjudicataria de la presente licitación.
Los programas deberán contar, al menos, con dos presentadores. Uno de ellos narrará la retransmisión de las carreras y realizará entrevistas y comentarios técnicos desde la posición de comentarista. El otro realizará entrevistas, reportajes, etc., a pie de pista, en el paddock o en aquellas otras zonas que se determine. Las empresas licitadoras incluirán en su oferta las personas que proponen. También podrán incluir en sus ofertas la participación de más personas en los programas, presentadores o asesores técnicos.
En cualquier caso, los presentadores que desarrollen su labor profesional dentro de estos programas lo harán en régimen de exclusividad, no permitiéndose su concurrencia o participación en cualquier otro programa que se emita a nivel nacional durante el periodo de vigencia del contrato. Igualmente, cualquier cambio de las personas que realizan la labor de presentadores deberá ser comunicado inmediatamente a SELAE, y requerirá siempre su conformidad expresa.
Durante la emisión de cualquiera de los programas divulgativos de las jornadas xx xxxxxxxx, no podrán aparecer en imagen ni productos con marcas o denominaciones comerciales ni logotipos, excepto los correspondientes a la imagen de los programas o a la imagen de SELAE. Esta prohibición se extenderá también a la persona de los presentadores o técnicos expertos que presten sus servicios en los programas, que no podrán portar en sus indumentarias ningún signo o logotipo de marcas publicitarias, ni aún aquellas que pudieran corresponder a patrocinios
publicitarios personales. Tampoco podrá hacerse mención verbal o gráfica alguna que pueda significar publicidad, con excepción de la referida a los juegos gestionados por SELAE. En todo caso, la empresa adjudicataria deberá respetar el carácter informativo de los programas contratados. SELAE trasladará a la productora la responsabilidad en la que pueda incurrir como consecuencia de los posibles incumplimientos que se produzcan.
5.2.2 Emisión del programa divulgativo a través de las nuevas tecnologías.
Simultáneamente a su emisión por televisión digital terrestre, el programa se emitirá a través de Internet mediante el servicio de streaming. Por tanto, por este medio se emitirán las carreras que se celebren en cada una de las jornadas en directo.
El servicio incluirá:
- La codificación simultánea en formato Flash y/o Windows Media y/o iPhone.
- Reproductor Web de contenidos streaming, para la emisión del evento en directo. A este reproductor sólo se podrá acceder desde la página Web de SELAE.
- La distribución por Internet que estará basada en servidores streaming a nivel mundial, dicho sistema de distribución deberá soportar una concurrencia de usuarios de más de 300.000 espectadores simultáneos.
- El sistema de distribución deberá disponer de servicios de seguridad adicionales como autenticación Token, a cada canal streaming para asegurar el acceso directo sólo a través de la página Web de SELAE.
- Puesta a disposición de SELAE de:
o Estadísticas de clientes conectados en directo durante el evento y bajo demanda (diferido).
o Estadísticas de tráfico, en tiempo real o franjas horarias de conexión.
o Estadísticas de conexiones por zonas geográficas.
Las empresas interesadas podrán incluir en sus ofertas todas aquellas otras funcionalidades que a su juicio redunden en una mejor difusión de los resultados de los programas a través de las nuevas tecnologías.
Dichas funcionalidades podrán ser valoradas como mejoras.
5.2.3 Entrega de materiales
Sin perjuicio de la titularidad que SELAE, en su condición de destinatario de la Producción, ostenta sobre todos los materiales producidos (incluidas las copias y los demás materiales y soportes físicos relacionados con el mismo), respecto a los que aparecerá como único titular, y sea donde sea que se encuentren depositados, la
empresa adjudicataria deberá entregar a LAE los siguientes materiales de los programas producidos:
1. 2 copias en betacam digital.
2. 2 copias en DVD de cada uno de los programas producidos.
3. Ficha técnica y artística de cada programa.
4. Documentación fotográfica, si se requiriera.
5. Relación de músicas utilizadas, con indicación de autores, títulos, duración parcial y total e intérpretes.
6. Máster.
7. Brutos de grabación, si SELAE los solicitase.
8. Lista de diálogos definitiva con códigos de tiempo.
9. Musiccuesheet.
10. Lista de rótulos sobreimpresos con códigos de tiempo.
11. Copia limpia de rótulos.
12. Audios por separado.
La empresa adjudicataria pagará todos los gastos de transporte, seguros, tarifas y fletes que se ocasionen por el suministro del material contratado.
Además de los materiales anteriores, la empresa adjudicataria deberá entregar a SELAE:
- Documentación acreditativa de la cesión de derechos de propiedad intelectual, industrial y/o de Imagen a la empresa adjudicataria por parte de los respectivos titulares de los derechos de propiedad intelectual, industrial o de imagen utilizados en la Producción.
- Documentación que acredite que la empresa adjudicataria ha obtenido las correspondientes autorizaciones para el uso de las imágenes de archivo, producciones, plásticas, músicas originales y en general todas aquellas producciones que pudieran ser objeto de protección de propiedad intelectual y se hayan podido emplear en la Producción.
6. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
6.1. Generales
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales,
afiliando a la Seguridad Social y teniendo asegurado de accidentes de trabajo a todo su personal.
El adjudicatario, con carácter general, estará obligado a cumplir las disposiciones vigentes relacionadas con las autorizaciones y licencias necesarias para realizar la prestación objeto de este pliego y, en particular, las relativas a la propiedad intelectual e industrial. En caso contrario, deberá hacer frente, ante terceros, a todo tipo de responsabilidad que pudiera derivarse del incumplimiento de esta obligación.
6.2. Obligaciones de la empresa adjudicataria, en su condición de Productora de los programas
La empresa adjudicataria, en el ejercicio de su actividad como productora de los distintos programas, será responsable de las siguientes funciones:
- El cumplimiento de las características técnicas de la Producción, todo ello según lo previamente aprobado por SELAE y las indicaciones que reciba de esta Entidad.
- Llevará a cabo la negociación y cierre de la contratación con el equipo técnico, artístico y los proveedores en las condiciones económicas previstas en su oferta y en los términos recogidos en el presente documento, de forma que pueda llevar a cabo la cesión de los derechos de conformidad con lo previsto en el presente documento. Asimismo, llevará a cabo la realización total del proyecto en todas sus fases, asumiendo, en consecuencia, los costos y retribuciones de los elementos materiales necesarios para su producción, con total responsabilidad como empresa de sus obligaciones legales de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal.
- Gestionará las licencias, autorizaciones, permisos y cuantos otros documentos, tanto públicos como privados, sean necesarios para la realización y explotación de la Producción.
- Corresponderá a la Productora solicitar y obtener, con anterioridad al momento de la grabación de esta serie de programas, todas las autorizaciones y cesiones de derechos de autor de las obras preexistentes y originales (musicales o de cualquier tipo) que se incorporen, en su versión original o mediante adaptaciones, a la serie de programas cuya producción es objeto de este pliego.
- Será responsable del cumplimiento de los calendarios de producción acordados.
- Deberá informar a SELAE periódicamente del estado de producción de los programas contratados.
- En los títulos de crédito y publicidad de todos los programas contratados deberá constar la mención siguiente: “Copyright SELAE-(Nombre de la concesionaria de televisión digital terrestre que emita el programa)”.
- Dichas funciones tienen carácter meramente enunciativo, sin perjuicio de realizar cuantas otras sean necesarias para la producción de los programas
contratados con la calidad técnica y artística adecuada y de conformidad con lo previsto en este pliego y las características específicas solicitadas.
6.3. Facultades de SELAE
SELAE, en su condición de destinatario de la Producción, tendrá los siguientes derechos y facultades:
- SELAE tendrá la potestad de aprobar definitivamente el guión y de las imágenes o sonidos filmados.
- SELAE podrá designar un Productor-Delegado, con la facultad de verificar el desarrollo de la producción y su adecuación a las condiciones establecidas en el presente pliego.
- La empresa adjudicataria se compromete a suministrar al Productor Delegado de SELAE toda la información y documentación que resulte necesaria para el perfecto seguimiento de todo el proceso de producción y la constatación de las condiciones establecidas en el presente pliego.
Asimismo, deberá facilitar al Productor Delegado designado por SELAE un emplazamiento idóneo para llevar a cabo sus funciones en los lugares donde se realicen las grabaciones, así como la asistencia logística requerida.
SELAE tendrá el derecho a comprobar la calidad y características de toda índole de los Servicios objeto del presente pliego, pudiendo recabar del adjudicatario cuanta información estime necesaria. Asimismo, durante la ejecución del contrato, SELAE mantendrá la supervisión permanente del mismo pudiendo participar directamente en las negociaciones que se realicen ante terceros, contando siempre con el asesoramiento continuo del adjudicatario.
Sin perjuicio de cuantos derechos deriven para SELAE de lo dispuesto en el presente pliego, en cuanto titular de los derechos de producción, tiene plena facultad para registrar la Producción a su nombre. Igualmente, ostentará todos los derechos de remuneración que la ley atribuye a los productores.
6.4. Vinculación del personal
Todas las personas físicas o jurídicas que presten sus servicios a la empresa adjudicataria estarán vinculadas exclusivamente con ella, sin que SELAE ostente ninguna responsabilidad, directa o subsidiaria, que se derive de las mencionadas relaciones laborales, civiles y/o mercantiles, comprometiéndose la empresa adjudicataria a cumplir íntegramente la legislación vigente en materia de seguros, Seguridad Social, Seguridad e Higiene en el Trabajo, Laboral en general y Fiscal.
A los efectos previstos en la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores, la empresa adjudicataria declara que mantiene a todos sus trabajadores en alta en la Seguridad Social y que está al corriente de pago de las cuotas de Seguridad Social, asumiendo cualquier responsabilidad que se pueda derivar en materia de Seguridad Social o de infracción laboral.
El contrato que se formalice entre SELAE y la empresa adjudicataria no establecerá ninguna relación laboral entre SELAE y los trabajadores de la empresa adjudicataria o aquellas personas que ésta contrate para llevar a término el objeto del contrato.
La empresa adjudicataria se compromete a entregar a SELAE acreditación de los extremos anteriores cuando ésta lo solicitase.
7. CESIÓN DE DERECHOS PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Las empresas interesadas, expresamente aceptan, y así lo reconocerán en el momento en que presenten sus ofertas para la adjudicación del contrato, que todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de todos los trabajos realizados como consecuencia de la ejecución del contrato, corresponderán, para un ámbito territorial mundial y por el máximo tiempo legalmente permitido, única y exclusivamente a SELAE.
7.1. Propiedad intelectual
A efectos de lo establecido en la presente cláusula y al amparo de la normativa sobre propiedad intelectual, se entenderá por “Resultados” de los trabajos realizados –a título orientativo y sin carácter limitativo- todas las creaciones expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada, que estén destinadas esencialmente a ser mostradas a través de apartados de proyección o por cualquier otro medio de comunicación pública de la imagen y del sonido, con independencia de la naturaleza de los soportes materiales de dichas obras. En particular, tendrán la consideración de Resultados de los trabajos realizados, los programas producidos como consecuencia de la ejecución del contrato (en adelante, la “Producción”), hayan sido o no emitidos por televisión digital terrestre.
7.2. Propiedad industrial
A efectos de lo establecido en la presente cláusula y al amparo de la normativa sobre propiedad industrial, se entenderá por “Obras Resultantes” de los trabajos realizados –a título orientativo y sin carácter limitativo- cualesquiera resultados derivados de la ejecución del contrato, susceptibles de ostentar algún derecho de propiedad industrial tal como patentes, modelos de utilidad, topografías de productos semiconductores y signos distintivos (marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimientos) así como cualquier diseño industrial, los cuales corresponderán en exclusiva a SELAE.
7.3. Músicas
Corresponderá igualmente a SELAE la titularidad en exclusiva de todos los derechos de explotación que recaigan sobre las composiciones de la sintonía musical y resto de composiciones musicales originales y arreglos que la empresa adjudicataria pueda incorporar a la Producción, en los mismos términos y con el alcance previsto en el presente epígrafe.
Sin perjuicio de lo descrito en el párrafo anterior, en el caso de que la empresa concesionaria de televisión digital terrestre que SELAE designe para la retransmisión de los programas así lo exija, la empresa adjudicataria se compromete a que el compositor de la sintonía musical y resto de composiciones originales y arreglos que puedan incorporar al programa firmará en exclusiva un contrato con la Editora Musical de la concesionaria de televisión, en donde se fijarán los porcentajes a percibir por las partes en el ejercicio de los derechos de explotación de estas composiciones.
La empresa adjudicataria deberá acreditar a SELAE que ha obtenido la preceptiva autorización y/o cesión de derechos de propiedad intelectual de los autores e intérpretes de las músicas originales que se integren en los programas producidos y ello con el ámbito y extensión que le permita a SELAE ejercitar los derechos recogidos en el presente pliego.
En el supuesto de que se incorporasen en los programas producidos producciones musicales que no hayan sido compuestas específicamente para la misma (música original), la empresa adjudicataria deberá utilizar producciones musicales que pertenezcan al catálogo del que es titular de uso SELAE en las condiciones pactadas por ambas partes de buena fe.
En caso contrario, la empresa adjudicataria correrá con los gastos íntegros que ocasione la incorporación de otras producciones musicales, lo que comprende el pago de los derechos editoriales y fonográficos de las mismas, así como los derechos de remuneración de autores e intérpretes que le sean requeridos a SELAE por la explotación de la Producción conforme a lo dispuesto en el presente pliego y que serán repetidos contra la empresa adjudicataria y/o descontados de los pagos que, por cualquier concepto se le adeuden.
Los Servicios se regirán por el presente pliego de condiciones. Todas las incidencias que puedan surgir en relación con el transporte y que no estén contempladas en este pliego se regirán por lo establecido en la vigente normativa de Ordenación del Transporte.
7.4. Alcance de la cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial a SELAE
La titularidad de derechos de propiedad intelectual e industrial sobre cualesquiera resultados objeto del contrato atribuirá a SELAE la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las Obras Resultantes de la ejecución de los trabajos con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluida la empresa adjudicataria.
Los derechos de explotación anteriormente mencionados comprenden la explotación por sí o por terceros de la Producción en cualquier formato o soporte y por cualquier sistema, procedimiento o modalidad existentes y/o conocidos o no en la actualidad, con carácter gratuito o mediante contraprestación y, en particular, los derechos siguientes:
a) El de reproducción directa o indirecta, entendiéndose por tal el derecho de fijar o de hacer fijar la Producción en todo o en parte, con carácter provisional o permanente sobre cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento que permitan su comunicación y/o la obtención de copias de la totalidad o de partes o fragmentos de ella.
b) El de distribución, entendiéndose por tal derecho la puesta a disposición del público del original, copias o reproducciones de la Producción que puedan ponerse en circulación como objetos tangibles en cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento mediante su venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma de transferencia temporal o definitiva de la propiedad, posesión o uso para cualquier finalidad lícita, incluyendo expresamente la puesta a disposición del público de copias para su utilización en el ámbito doméstico.
c) El de comunicación pública, entendiéndose por tal derecho todo acto que en cualquier soporte o formato y por cualquier sistema o procedimiento permita que una pluralidad de personas pueda tener acceso a la Producción sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas, de forma gratuita, mediante abono o suscripción, exigiendo o no el pago de un precio de entrada, o mediante cualquier otro sistema de acceso libre o condicional.
Especialmente tienen la consideración de actos de comunicación pública de la Producción:
- La proyección, exhibición, emisión o transmisión en lugares accesibles al público, exigiendo o no el pago de un precio de entrada.
- La emisión por radiodifusión o por cualquier otro medio o procedimiento que sirva para la difusión inalámbrica por ondas de la Producción, por red terrestre o por satélite, ya sea de forma analógica o digital.
- La transmisión de la Producción por hilo, cable, fibra óptica o cualquier otro procedimiento análogo.
- La retransmisión simultánea o no por cualquier procedimiento y por entidad distinta de la de origen de la Producción emitida, transmitida o radiodifundida.
- La emisión o transmisión en lugar accesible al público de la Producción radiodifundida.
- La puesta a disposición del público de la Producción por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de manera que cada miembro del público pueda tener acceso a la misma bajo petición por cualquier procedimiento intangible desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos xxxxx.
- La puesta a disposición del público de la Producción incorporada a una base de datos, tanto si está protegida o no, por el Libro I de la vigente Ley
de propiedad intelectual.
d) El de doblaje y subtitulado a cualquier lengua y/o dialecto.
e) El de transformación, entendiéndose por tal, la adaptación o transformación de la Producción de forma que se derive otra Producción diferente. La empresa adjudicataria cede a SELAE el derecho a la transformación de las imágenes contenidas en la versión final de la Producción, pudiendo por tanto SELAE editarlas en la forma que estime conveniente e incluso incorporarlas total o parcialmente a otras producciones, programas o soportes para su explotación en cualquier modalidad o sistema en territorio mundial y por plazo indefinido. Asimismo, podrá llevar a cabo transformación de la Producción con objeto de insertar publicidad en la misma. Corresponderá a SELAE la titularidad en exclusiva de las obras que sean resultado de la transformación, quedando expresamente autorizada para explotar tales resultados en cualquier forma, y en especial, mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación. No obstante lo anterior, las imágenes de archivo de la empresa adjudicataria que ésta pudiera incorporar a la Producción serán de la titularidad de la empresa adjudicataria, ello sin perjuicio de su explotación por parte de SELAE de acuerdo con las condiciones previstas en el presente pliego.
f) Explotaciones secundarias: incluyendo la facultad de utilizar extractos, resúmenes, fragmentos y/o fotografías de la Producción para su explotación de forma aislada o mediante su incorporación en otras, producciones, publicaciones, emisiones, grabaciones o bases de datos, gráficas, sonoras o audiovisuales o de cualquier otra naturaleza.
g) Explotaciones derivadas: incluyendo la utilización de la Producción, o de elementos del mismo, para la fabricación y comercialización de objetos de artes plásticas o aplicadas, juegos y, en general, para todas las aplicaciones genéricamente denominadas productos derivados. Asimismo, la explotación de los derechos de “merchandising”, ediciones gráficas, editoriales y producciones musicales y cualquier otro producto u Producción audiovisual, fotográfica, sonora o de cualquier otro tipo que sea un producto derivado de la Producción.
A los efectos establecidos en la vigente Ley de propiedad intelectual, la cesión de todos los derechos a que este pliego hace referencia constituye una cesión en exclusiva, por lo que corresponde a SELAE, hasta su paso a dominio público, la facultad de explotar los derechos cedidos con exclusión de cualquier otra persona incluyendo la propia empresa adjudicataria.
Los derechos adquiridos por SELAE no comportan la obligación de proceder a la difusión de la Producción, con excepción de las difusiones establecidas en el presente pliego .
Igualmente, será SELAE la única titular en las condiciones descritas en esta cláusula de los derechos sobre el material grabado durante la producción de la
Producción, pudiendo, por tanto, explotarlos o no confirme a lo dispuesto anteriormente y ello en todos los países del mundo y hasta su paso a dominio público.
Asimismo, se encuentran comprendidos en el ámbito de la cesión: (i) los derechos de remuneración que la legislación sobre propiedad intelectual confiera a los productores cinematográficos o audiovisuales, como la copia privada, retransmisión por cable y comunicación pública de la Producción, (ii) los rendimientos que genere la Producción, tales como premios, subvenciones, ayudas, y en general, cualquier otro rendimiento económico distinto de los recogidos como derechos de explotación en la ley de propiedad intelectual y (iii) todos los materiales del mismo, que serán de la exclusiva propiedad de SELAE.
En el caso de que el servicio de streaming que se preste como consecuencia de la adjudicación de este Lote del presente pliego, estuviera alojado en una página Web expresamente creada a tal efecto, con una dirección URL conectada a la página Web de SELAE, será SELAE titular en exclusiva de todos los derechos de explotación de dicho site, incluyendo su diseño, sus contenidos o cualesquiera otros aspectos relevantes del mismo. El diseño y contendidos iniciales del site, así como cualquier modificación de los mismos, deberá ser previamente aprobado por SELAE, especialmente la inclusión de nueva publicidad en ella, bien directamente o bien mediante otras URL conectadas.
7.5. Licencia de uso de activos de SELAE sujetos a derechos de propiedad intelectual e industrial
SELAE concede a la empresa adjudicataria una licencia de uso no exclusiva e intransferible sobre todos aquellos activos sobre los que aquella ostente derechos de propiedad intelectual e industrial a los que la empresa adjudicataria deba acceder durante la ejecución xxx xxxxxx para la correcta realización de las prestaciones objeto de este pliego. Dicha licencia se concede únicamente respecto de los derechos necesarios a los exclusivos fines indicados y durante el período de tiempo que dure la ejecución de los trabajos objeto de este pliego, quedando expresamente revocada y sin vigencia a la terminación de los trabajos, de manera que la empresa adjudicataria no podrá hacer uso de ningún activo (ni aún del nombre, logotipo o cualquier signo distintivo o material, documentos u obra) que le haya facilitado SELAE para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente pliego, fuera de las circunstancias y fines objeto del mismo, ni una vez terminados los trabajos.
7.6. Remuneración
El precio o remuneración por la cesión de derechos de propiedad intelectual e industrial contemplada en esta cláusula que se realiza a favor de SELAE por el adjudicatario, se entenderá pagado a tanto alzado mediante la remuneración o precio total de los Servicios que finalmente sea acordada, conforme a la oferta presentada por la empresa adjudicataria.
7.7. Garantía de Derechos
La empresa adjudicataria garantiza el cumplimiento de la normativa sobre propiedad intelectual e industrial y manifiesta que se encuentra debidamente legitimada para la ejecución del objeto del presente pliego y cesión de la propiedad y derechos especiales contemplados en la presente cláusula en relación con los resultados objeto del mismo, y no vulnera ninguna previsión legal en materia de propiedad intelectual e industrial, contrato, derecho o propiedad de terceros manteniendo indemne a SELAE de cuantas consecuencias se deriven del incumplimiento de dicha garantía y exonerando a SELAE de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros que pudiera derivarse por el incumplimiento de dicha garantía.
A tales efectos, la empresa adjudicataria responderá ante SELAE del ejercicio pacífico de los derechos de propiedad intelectual e industrial titularidad de XXXXX, comprometiéndose a no contraer sobre tales derechos compromisos o gravámenes de ninguna especie que atenten contra los derechos que a SELAE o a terceros les correspondan. Al respecto, la empresa adjudicataria será responsable frente a SELAE de todas las cargas pecuniarias que pudieran derivarse para SELAE a favor de terceros con motivo de acciones, reclamaciones o conflictos derivados del incumplimiento de lo señalado en esta cláusula por parte de la empresa adjudicataria.
Asimismo y a efectos de la garantía otorgada en los apartados anteriores, la empresa adjudicataria declara tener las autorizaciones que en su caso correspondan al objeto de no incurrir en vulneración alguna respecto de los derechos de propiedad intelectual e industrial para permitir el goce de los derechos a SELAE en los términos reseñados en esta cláusula así como a cualesquiera otros derechos reconocidos por la Ley, exonerando, por lo tanto, a SELAE de cualquier responsabilidad que pudiera exigirle un tercero por la utilización y explotación de las obras. A tal efecto, la empresa adjudicataria deberá presentar a SELAE cuanta documentación le sea requerida por ésta a fin de probar la existencia de las autorizaciones que en cada caso resulten pertinentes.
En particular, la empresa adjudicataria garantizará y se comprometerá a realizar cuantas declaraciones y actos sean necesarios tanto mediante fe pública notarial como con carácter privado ante el Registro de la propiedad intelectual así como la Oficina Española de Patentes y Marcas así como la Oficina Internacional para acreditar que SELAE es el legítimo titular de las obras originales y/o derivadas desarrolladas por la empresa adjudicataria y en particular a poner a disposición de SELAE cualesquiera declaraciones de los empleados que intervengan en el desarrollo de las obras encargadas por XXXXX con el fin de garantizar la legitimidad de la cesión que la empresa adjudicataria realiza a SELAE así como la titularidad de SELAE de los derechos sobre las mismas.
8. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
8.1. Confidencialidad
El adjudicatario se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones facilitados por SELAE y que sean concernientes a la prestación de los Servicios aquí regulados. A tales efectos, tendrá la consideración de “Información Confidencial”, sin que esta enumeración tenga carácter limitativo, el contenido de los informes, resultados y objetivos perseguidos en su ejecución, así como toda aquella información relativa secretos comerciales, documentos, acuerdos, datos, software y cualquier otra información referida a aspectos técnicos, comerciales, financieros o cualesquiera otros relativos a SELAE.
El adjudicatario únicamente podrá utilizar la Información Confidencial a los exclusivos fines de la ejecución de los Servicios y se abstendrá de utilizarla para fines distintos de los expresamente pactados.
Será obligación del adjudicatario adoptar cuantas medidas sean precisas a fin de que los terceros no puedan acceder a la Información Confidencial facilitada por SELAE así como que su personal con acceso a la Información Confidencial salvaguarde el deber xx xxxxxxx. A tales efectos el adjudicatario asumirá la responsabilidad de comunicar la obligación de confidencialidad a todos sus empleados y colaboradores eventuales.
El compromiso que adquiere el adjudicatario de respetar lo descrito como Información Confidencial, permanecerá vigente incluso finalizada la ejecución de los Servicios.
La obligación de confidencialidad y deber xx xxxxxxx es indefinida y permanecerá a la finalización de la prestación de los Servicios, momento en que además entrarán en vigor las obligaciones de devolución de información y documentación a SELAE de los resultados de los trabajos así como la posterior destrucción de cualquier soporte que contenga información y documentación obtenida o generada como consecuencia de la prestación de los Servicios.
El deber de confidencialidad contemplado en esta cláusula únicamente desaparecerá en los siguientes supuestos relativos a la Información Confidencial:
- que resulte accesible al público u obre ya en poder de terceros por causa distinta del incumplimiento de la obligación de confidencialidad por una del adjudicatario;
- que sea necesaria para exigir o permitir el cumplimiento de los derechos u obligaciones derivados de la relación contractual entre SELAE y el adjudicatario o para información de los asesores o auditores del adjudicatario, siempre y cuando ambos se comprometan a mantenerlo con carácter confidencial mediante pacto expreso o de acuerdo con sus normas profesionales; o
- que su revelación responda al cumplimiento de una obligación legal o de una orden de naturaleza judicial o administrativa y siempre que el adjudicatario, que hubiera recibido la orden correspondiente, informe de ello previamente por escrito a SELAE.
El adjudicatario devolverá a SELAE la Información Confidencial y todas sus copias, o las destruirá dando prueba de ello. La devolución o destrucción de la información no eximirá al adjudicatario del cumplimiento del deber de confidencialidad aquí reflejado.
XXXXX tendrá derecho a exigir, en cualquier momento, que la Información Confidencial proporcionada al adjudicatario, sea destruida o devuelta, ya sea antes, durante o después de la celebración del contrato que documente la prestación de los Servicios.
Cualquier comunicación o publicación de los trabajos sin previa autorización expresa por escrito de SELAE podrá ser causa de resolución de la relación contractual entre SELAE y el adjudicatario, en caso de estar vigente, así como en cualquier caso, esté o no vigente el contrato correspondiente, dar lugar a las acciones legales que XXXXX pudiera emprender para resarcir aquellos daños o perjuicios causados por la divulgación, o uso de la información fuera del ámbito y alcance del contrato.
8.2. Protección de datos
El adjudicatario quedará obligado a garantizar y dar cumplimiento a las obligaciones de confidencialidad y seguridad derivadas de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (en adelante, la “LOPD”) y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD (en adelante, el “RDLOPD”).
A tales efectos, respecto de las prestaciones objeto de los Servicios que no requieran del acceso a datos de carácter personal por parte del adjudicatario, en cumplimiento del artículo 83 del RDLOPD, el adjudicatario queda obligado a garantizar y acreditar que el personal a su cargo ha sido suficientemente instruido sobre la prohibición de acceder a los datos de carácter personal de los que SELAE sea responsable, y la obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que dicho personal hubiera podido conocer con motivo de la ejecución de los Servicios objeto de la contratación.
Por el contrario, respecto de las prestaciones objeto de los Servicios que sí requieran del acceso a datos de carácter personal contenidos en los ficheros de los que SELAE es responsable, en cumplimiento del artículo 12 de la LOPD y concordantes de su reglamento de desarrollo, el adjudicatario queda comprometido y garantiza el cumplimiento de las siguientes obligaciones, que constituyen el contrato de acceso a datos entre el adjudicatario y SELAE.
En la medida en que las prestaciones y el cumplimento de la ejecución de los Servicios impliquen un acceso del adjudicatario a datos de carácter personal
contenidos en los ficheros responsabilidad de SELAE, el tratamiento de dichos datos por parte del adjudicatario deberá realizarse en la forma y condiciones siguientes:
- El acceso del adjudicatario a los datos del fichero para la prestación de los Servicios no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a los efectos previstos en la LOPD, sino de acceso por cuenta xx xxxxxxx según lo previsto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica.
- Los datos del fichero serán propiedad exclusiva de SELAE extendiéndose esta titularidad a cuantas elaboraciones realice el adjudicatario con ocasión de la prestación de los Servicios.
- A los efectos de la prestación de los Servicios por parte del adjudicatario a SELAE, el adjudicatario ostenta la condición de encargado del tratamiento y queda sujeto al deber de confidencialidad y seguridad de los datos personales a los que tenga acceso conforme a lo previsto en la LOPD y reglamento de desarrollo, obligándose específicamente a lo siguiente:
o A utilizar y aplicar los datos personales a los exclusivos fines de la prestación de los Servicios.
o A adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el artículo 9 de la LOPD que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos objeto de tratamiento y los riesgos a que los mismos estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Asimismo, se obliga a aplicar las medidas concretas de seguridad del nivel que correspondan en función de los datos objeto de tratamiento para la prestación de los Servicios de conformidad con lo previsto en el título VIII del RDLOPD.
o A mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso para la prestación de los Servicios así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
o A no comunicar o ceder los datos del fichero a otra persona, ni siquiera para su conservación, debiendo, a la finalización de la relación contractual, proceder a la devolución a SELAE de cualesquiera datos personales y soportes que los contengan a los que haya tenido acceso para la prestación de los Servicios así como los resultados derivados de su tratamiento, destruyendo tras la devolución a SELAE, cualquier soporte o documentos en los que conste algún dato de carácter personal.
o A guardar secreto profesional de todos los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso para la prestación de los Servicios. Igualmente se obliga a custodiar e impedir el acceso a los
datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario.
o A comunicar y hacer cumplir a sus empleados las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber xx xxxxxxx y medidas de seguridad.
o A comunicar a SELAE, de forma inmediata, cualquier fallo en su sistema de tratamiento y gestión de la información que haya tenido o pueda tener que ponga en peligro la seguridad de los datos, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones obtenidos durante la prestación de los Servicios.
En caso de que el adjudicatario precise subcontratar con terceros la realización del total o parte de los Servicios y el subcontratista deba acceder a datos de carácter personal contenidos en ficheros responsabilidad de SELAE, el adjudicatario lo pondrá en conocimiento de SELAE así como los datos que identifiquen a la empresa subcontratista antes de proceder a la subcontratación.
La subcontratación deberá ser autorizada por escrito por XXXXX. En todo caso para autorizar la subcontratación será requisito imprescindible que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que el tratamiento de datos de carácter personal por parte del subcontratista se ajuste a las instrucciones de SELAE.
- Que el adjudicatario y la empresa subcontratista formalicen un contrato de seguridad y confidencialidad para el acceso y/o tratamiento de datos de carácter personal en los términos previstos en el artículo 12 de la LOPD y concordantes del RDLOPD.
- Que el contrato suscrito entre el adjudicatario y la empresa subcontratista sea puesto a disposición de SELAE a su mera solicitud para verificar su existencia y contenido.
En caso en que se cumplan las previsiones anteriores, el subcontratista será considerado encargado del tratamiento a los efectos previstos en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, siéndole de aplicación lo previsto en el artículo 20.3 del RDLOPD.
El adjudicatario queda obligado a admitir cualquier tipo de control y auditoría que SELAE desee realizar durante el tiempo en que obren en su poder los datos personales y/o sistemas de información que los contengan, para comprobar el cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones y compromisos asumidos en la presente cláusula.
De acuerdo con lo establecido en el RDLOPD el adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las siguientes normas en relación con la forma y modalidades de acceso a los datos para la prestación de los Servicios:
a) Cuando el adjudicatario deba acceder a los recursos de tratamiento de datos sitos en las instalaciones de SELAE, en tales casos, XXXXX será responsable de establecer e implementar la política y medidas de seguridad y comunicar tales políticas y medidas al adjudicatario, quien se compromete a respetarlas y exigir su cumplimiento a las personas de su organización que participen en la prestación de los Servicios.
b) Cuando el adjudicatario acceda vía remota a los recursos de tratamiento de datos responsabilidad de XXXXX éste será responsable de establecer e implementar la política y medidas de seguridad en sus sistemas de tratamiento remotos y el adjudicatario será responsable de establecer e implementar la política y medidas de seguridad en sus sistemas locales.
c) Cuando el servicio fuera prestado por el adjudicatario en sus propios locales, ajenos a los de SELAE, aquél deberá elaborar un documento de seguridad en los términos exigidos por la legislación vigente o completar el que ya hubiera elaborado, en su caso, identificando el fichero o tratamiento y el responsable del mismo incorporando las medidas de seguridad a implantar en relación con dicho tratamiento.
d) Cuando el adjudicatario deba efectuar el envío y/o la recogida de soportes con datos de datos de carácter personal responsabilidad de XXXXX, el adjudicatario será responsable de entregar y/o recoger en la dirección indicada por SELAE los soportes que contengan los datos de carácter personal así como de establecer e implementar la política y medidas de seguridad y confidencialidad debidas durante el transporte de los soportes de acuerdo con lo establecido en el título VIII del RDLOPD.
El adjudicatario queda autorizado por XXXXX a llevar a cabo las acciones que a continuación se indican siempre que quede acreditado que son necesarias para la prestación de los Servicios. La autorización queda limitada a la actuación/es de la prestación de Servicios:
o a llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal en dispositivos portátiles de tratamiento de datos únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la prestación de Servicios objeto de este pliego;
o a llevar a cabo el tratamiento fuera de los locales de SELAE o del adjudicatario únicamente por los usuarios o perfiles de usuarios asignados a la prestación de Servicios objeto de este pliego;
o la entrada y salida de los soportes y documentos que contengan datos de carácter personal, incluidos los comprendidos y/o anejos a un correo electrónico, fuera de los locales bajo el control de SELAE;
o la ejecución de los procedimientos de recuperación de datos que el adjudicatario se vea en la obligación de ejecutar, sin perjuicio de la obligación de comunicar en todo caso, por escrito a SELAE la realización de los procedimientos de recuperación de datos siempre que haya sido necesario ejecutarlos en un plazo no superior a 24 horas desde que se llevaron a cabo.
Las obligaciones contempladas en esta cláusula constituyen el contrato de acceso entre SELAE y el adjudicatario, no son retribuibles y tendrán la misma duración que la prestación de Servicios objeto de este pliego y su contrato, prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste.
9. CESIÓN. SUBCONTRATACIÓN
9.1. Cesión
Ninguna de las Partes podrá ceder ni transmitir los derechos y obligaciones derivados del presente contrato sin el previo consentimiento por escrito de la otra. No obstante, no será necesario dicho consentimiento en caso de fusión, escisión, segregación o cualquier otra reorganización societaria de la Sociedad o cuando ésta última realice la cesión a favor de una entidad del mismo grupo, entendiéndose por tal lo previsto en el artículo 42 del Código de Comercio.
En los supuestos de sucesión del contratista se estará a lo previsto en el artículo 85 del TRLCSP.
9.2. Subcontratación
El adjudicatario podrá subcontratar parcialmente hasta el 50% de los Servicios adjudicados, mediando antes la correspondiente autorización por escrito de SELAE. No obstante, se entenderá expresamente autorizada, aunque se supere el límite establecido, la subcontratación de las partes del contrato que la empresa que resulte adjudicataria haya especificado en su oferta a las empresas que haya igualmente identificado.
Aunque se produzca la subcontratación consentida se reputará como único contratista, a todos los efectos, el adjudicatario, quien responderá ante SELAE de la total ejecución de los Servicios. En el caso de responsabilidad que tuviera origen o hubiera sido motivada por o con ocasión de la presentación de los Servicios subcontratados, será el adjudicatario el que, en primer término, responderá frente a SELAE, sin perjuicio de la responsabilidad del subcontratista.
10. INFORMACIÓN SOBRE EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL APORTADOS EN LAS PROPOSICIONES
En cumplimiento de la LOPD y del RDLOPD, se informa de que los datos de carácter personal del representante legal y/o de las personas de contacto que se señalen en la proposición, serán tratados e incluidos en un fichero de datos de carácter personal, titularidad de SELAE, cuya finalidad será la gestión del
procedimiento de licitación en curso y, en su caso, de la ejecución del contrato, incluyendo: llevar a cabo la apertura de las proposiciones presentadas, su valoración de conformidad con el contenido del presente documento, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación proceder en su caso a la devolución de la documentación administrativa aportada y del resguardo de la fianza provisional así como para remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto y mantenimiento de históricos.
Asimismo, se informa que de conformidad con la legislación vigente, SELAE deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes Organismos y terceros: Jueces y Tribunales, en su caso, cuando fuera requerido legalmente para ello, Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para realización de las auditorías de cuentas correspondientes y, en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente SELAE tuviese la obligación de comunicar los datos. El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la entrega a SELAE de toda aquella documentación en que el interesado haga constar sus datos personales.
En el caso de que en la proposición de los licitadores se incluyan datos de carácter personal de otras personas (bien personas integrantes de la entidad oferentes, bien de otras empresas que forman parte de la proposición presentada), el licitador deberá informar a todas ellas del tratamiento de sus datos personales y recoger su consentimiento para el tratamiento cuando sea necesario de acuerdo con los términos recogidos en la presente cláusula, exonerando de toda responsabilidad a la Sociedad.
XXXXX, como responsable del fichero, garantiza el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales facilitados a estos efectos dirigiéndose por escrito, con copia de su DNI a la siguiente dirección: Xxxxxxx Xxxx 00, 00000 Xxxxxx o aquella que le sustituya y se notifique al registro general de la Agencia Española de Protección de Datos.
11. MODO, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
- La presentación de la oferta supondrá la aceptación incondicionada de las presentes bases de licitación.
- Los términos de las ofertas deberán mantenerse vigentes hasta el momento de la adjudicación.
- No se admitirán cláusulas de limitación de la responsabilidad del adjudicatario.
Las ofertas contenidas en los sobres que se especifican en el punto anterior deberán ser presentadas en el Registro de SELAE, X/ Xxxxxxx Xxxx, 00, 00000 Xxxxxx, antes de las 9:30 horas del día 18 de febrero de 2013 y se conservarán
en la Sociedad. (Horario de Registro: lunes a viernes, de 9:00 a 17:30 horas). No se admitirán proposiciones que no estén presentadas en dicho plazo.
Los licitadores están obligados a mantener su proposición hasta la adjudicación.
El Registro de SELAE, contra entrega de las ofertas expedirá un recibo en el que se hará constar el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación, el cual, confrontado con la fecha que conste en el Registro de entrada, acreditará haberse o no cumplido el plazo de admisión estipulado en el anuncio de la licitación.
12. DOCUMENTACIÓN QUE HA DE PRESENTARSE
Las empresas que participen en el procedimiento deberán tener capacidad de obrar, acreditar solvencia económica y técnica y no estar incursas en ninguna de las causas de prohibición de contratar previstas en el artículo 60.1 del TRLCSP. Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para realizar la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato y que éste esté comprendido dentro de su objeto social.
Las personas o entidades que deseen tomar parte en el presente procedimiento de licitación, deberán presentar sus proposiciones en tres sobres debidamente cerrados, precintados y firmados por el interesado o persona que lo represente en los que figure el rótulo siguiente:
“Propuesta para tomar parte en el procedimiento de contratación del Servicio de producción y transmisión de los sorteos gestionados por SELAE y de los programas divulgativos xx xxxxxxxx hípicas” Expediente 115/2013.
Y además figurará en el exterior de cada sobre la denominación social completa del licitador y su NIF, así como los datos de la persona de contacto: nombre, apellidos, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Las empresas interesadas deberán presentar sus ofertas en la forma, lugar y plazo que se especifica en el punto 11 “Modo, lugar y plazo de presentación de ofertas” del presente documento
No se admitirán variantes a la propuesta presentada por cada licitador. En consecuencia, los licitadores deberán presentar exclusivamente una propuesta base para la prestación de los Servicios previstos en el presente pliego. El incumplimiento de esta prescripción dará lugar a la no admisión de la propuesta presentada por el licitador.
12.1. Sobre A: Documentación Administrativa
El primer sobre, que será marcado con la letra "A" en lugar visible, contendrá la siguiente documentación. Cuando no se establezca otra cosa, los documentos enumerados deberán presentarse en original o en documento con valor equivalente (testimonio notarial o copia debidamente cotejada).
Documentos acreditativos de la personalidad, representación, capacidad jurídica y de obrar de los licitadores
a) Copia del Documento Nacional de Identidad o del documento que haga sus veces, del empresario que fuere persona física, y en su caso, de la persona o personas que actúen en representación del licitador.
b) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
d) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
e) En el caso de que el firmante de la proposición no fuese la misma persona que hubiere de obligarse, poder notarial justificativo de las facultades con las que comparece, debidamente inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, que para las Sociedades Mercantiles y para los empresarios individuales (en el supuesto de que éstos estén inscritos en el citado Registro), podrá ser sustituido por certificación del mencionado Registro, mediante la que se acredite la constancia de la inscripción del poder que ostentare.
f) Declaración responsable del licitador (se adjunta modelo como Xxxxx XXX), de no hallarse comprendido en alguna de las prohibiciones de contratar contenidas en el artículo 60 del TRLCSP. Asimismo se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. El adjudicatario deberá presentar certificaciones vigentes acreditativas de corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social con anterioridad a la firma del correspondiente contrato.
g) Las uniones de empresas deberán presentar respecto de cada una de las integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de ellas sea exigible, declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indicará el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión de empresas y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena responsabilidad de todas ellas frente a la Sociedad, así como el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatario.
h) Cuestionario de Homologación de Proveedores. El objeto de este cuestionario es su homologación como proveedor de SELAE. Es requisito imprescindible para su participación en esta licitación. El modelo de este cuestionario se encuentra disponible en la Plataforma de Contratación del Estado.
Garantía
i) Resguardo justificativo de la constitución de la garantía o las garantías provisionales, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo IV y según lo especificado en la cláusula 16 “Garantías” de este pliego de condiciones y deberá ser constituida a disposición de SELAE.
Solvencia Económica
j) A los efectos de acreditar una solvencia económica adecuada a la prestación de los Servicios por la presente licitados, los licitadores deberán presentar sus últimas cuentas anuales, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
La Sociedad valorará si la solvencia económica del licitador acreditada en las cuentas anuales antes mencionadas es acorde y proporcional al contenido del contrato.
Solvencia Técnica
k) A los efectos de acreditar una solvencia técnica adecuada a la prestación de los Servicios por la presente licitados, los licitadores deberán presentar una memoria explicativa de su experiencia y capacitación en la prestación de servicios similares.
La Sociedad valorará si la solvencia técnica del licitador acreditada en la memoria antes mencionada es acorde y proporcional al contenido del contrato. Entre otros aspectos a considerar por la Sociedad, no se considerará solvencia técnica adecuada la de aquellos los licitadores que no acrediten en dicha memoria lo siguiente:
• Experiencia del licitador:
- La realización de, al menos, dos programas que se hayan emitido a nivel nacional.
- Experiencia de, al menos, cinco producciones en Web, de contenidos streaming.
- Experiencia en captación y emisión de señales internacionales vía satélite durante al menos tres años.
• Experiencia del equipo de trabajo:
- Curriculum Vitae del Director, Productor Ejecutivo, Realizador, Presentador. Todos estos perfiles deberán acreditar una experiencia de al menos tres años en el desempeño de estas funciones, excepto en el caso del presentador, que tendrá que acreditar:
- Lote 1: haber conducido o participado de forma significativa en al menos dos programas de emisión nacional.
- Lote 2: experiencia demostrable en el mundo de la comunicación del turf.
12.2. Sobre B: Propuesta técnica y mejoras
Se incluirán en este sobre dosieres independientes, en los que figurará la información que se detalla a continuación. La propuesta técnica deberá ir firmada por persona con poder suficiente para ello.
Estas ofertas deberán contener los siguientes puntos:
12.2.1 Lote 1
a. Proyecto de producción de espacios, programas y microprogramas que se propone, así como del servicio de Streaming. Deberán estar descritos de manera clara, concisa y completa, incluyendo las propuestas solicitadas en el presente documento para el programa de los viernes.
b. Descripción del equipo humano que prestará sus servicios profesionales en la producción de los distintos espacios, programas y microprogramas. Número y funciones. Esta descripción incluirá identificación de los profesionales que intervendrán.
c. Mejoras:
- Inclusión de subtítulos y utilización de cualquier otro procedimiento técnico disponible con la finalidad de facilitar el seguimiento de todos los espacios que figuren en sus propuestas a los telespectadores que sufran alguna minusvalía.
- Creación de una videoteca en Internet con acceso exclusivo desde la página Web de SELAE.
- Otras mejoras que propongan los licitadores y que SELAE considere que efectivamente suponen un valor añadido a los Servicios objeto de este pliego.
12.2.2 Lote 2
a. Proyecto de producción de los programas así como de la emisión vía Streaming que se propone. El proyecto deberá estar descrito de manera clara, concisa y completa.
b. Descripción del equipo humano que prestará sus servicios profesionales en los distintos programas. Número y funciones. Esta descripción incluirá identificación de los profesionales que intervendrán.
c. Mejoras:
- Inclusión de subtítulos y utilización de cualquier otro procedimiento técnico disponible con la finalidad de facilitar el seguimiento de todos los espacios que figuren en sus propuestas a los telespectadores que sufran alguna minusvalía.
- Creación de una videoteca en Internet con acceso exclusivo desde la página web de SELAE.
- Otras mejoras que propongan los licitadores y que SELAE considere que efectivamente suponen un valor añadido a los Servicios objeto de este pliego.
12.3. Sobre C: Propuesta Económica
El tercer sobre que irá marcado con la letra "C" en lugar visible, contendrá la proposición económica, firmada por el licitador o por la persona que lo represente.
En el precio ofertado, según se indica a continuación, que deberá expresarse en euros, estarán incluidos todo tipo de gastos y tributos que graven el Servicio y cualquier impuesto o gravamen existente a la fecha de la firma del contrato, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La proposición económica de los licitadores deberá detallar todos y cada uno de los puntos que se establecen en el Anexo I, para los lotes a los que opte. Los licitadores que no cumplan este requerimiento, serán excluidos del procedimiento
El sobre deberá contener:
12.3.1 Lote 1
a. Valoración económica de la producción de los diversos espacios. Precio unitario de cada tipo de programa y precio del total de programas. El precio ofertado comprenderá todas las estipulaciones establecidas al efecto en el presente documento y todas aquellas mejoras que haya propuesto la empresa ofertante.
Se estima que el número de programas por los siguientes espacios durante los 2 años de duración del contrato es:
- Bonoloto (lunes, martes, miércoles y viernes), 417 programas.
- Lotería Nacional Jueves y Primitiva Jueves, 105 programas.
- Lotería Nacional Sábado, 76 programas.
- Lotería Nacional Sábado, sorteo viajero, 28 programas.
- Lotería Xxxxxxxxx Xxxxxx, 104 programas.
- Lototurf y El Gordo de la Primitiva, 104 programas.
- La suerte en tus manos, 104 programas.
b. Valoración económica de emisión a través de Streaming y, en general, de nuevas tecnologías. Precio por evento y por toda la vigencia del contrato. Esta valoración incluirá todos los aspectos y mejoras que figuren en la oferta presentada.
Se estima que el número de eventos durante los 2 años de duración del contrato será de 834.
c. Valoración económica del servicio de captación y personalización de la señal del sorteo del juego Euromillones. Precio por programa y por el total de programas, esta valoración incluirá todos los aspectos y mejoras que figuren en la oferta presentada. Se estima que el número de captaciones de la señal del sorteo Euromillones será de 208.
d. Valoración económica del servicio de “subida” de la señal correspondiente a la transmisión del sorteo del juego “El Gordo de la Primitiva”. Precio por programa y por el total de programas.
Se estima que el número de servicios será de 104.
e. Importe totalizado de las valoraciones económicas de los puntos anteriores durante toda la vigencia del contrato. En ningún caso, este importe podrá superar el importe máximo de licitación establecido para este lote en el punto 4 de este documento.
12.3.2 Lote 2
a. Valoración económica del programa divulgativo de las jornadas de celebración xx xxxxxxxx de caballos. El precio ofertado comprenderá todas las estipulaciones establecidas al efecto en el presente documento y todas aquellas mejoras que haya propuesto la empresa ofertante. Precio unitario por cada programa y precio por el total de programas.
Se estima que el número de programas en los dos años de vigencia será de 160.
b. Valoración económica de la emisión a través de streaming y, en general, de nuevas tecnologías. Precio por evento y por toda la vigencia del contrato. El precio ofertado comprenderá todas las estipulaciones establecidas al efecto en el presente documento y todas aquellas mejoras que haya propuesto la empresa ofertante.
Se estima que el número de jornadas durante la vigencia del contrato será de 160.
c. Importe del total de programas propuestos que tendrán lugar durante la vigencia del contrato. En ningún caso, este importe podrá superar el importe máximo de licitación establecido para este Lote 2 en el punto 4 de este documento.
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La licitación objeto de este pliego de condiciones, será publicada en el Perfil del Contratante de la Sociedad, integrado en la Plataforma de Contratación del Estado, durante un plazo no inferior a 10 días naturales, antes del cierre de la recepción de ofertas.
Recibidos los sobres conteniendo las ofertas, se procederá a la apertura del clasificado como letra A que contiene la documentación que se cita en la cláusula 12, a fin de verificar que la misma es correcta. En el supuesto de no ser así, se notificará para que en el plazo máximo de dos días se subsane o sea archivada la propuesta.
Para aquellos licitadores cuya documentación administrativa y de solvencia sea conforme con lo establecido en el presente pliego, se procederá a la apertura de los restantes sobres de conformidad con la legalidad vigente (entendiendo primero el sobre B y una vez valorado, el sobre C), procediéndose a su calificación de conformidad con los criterios de adjudicación previstos en el presente pliego.
Para la revisión de la documentación de las ofertas, el órgano de contratación, esto es, el Consejo de Administración de la Sociedad estará asistido por la Mesa de Contratación establecida en el texto refundido de las Instrucciones de Contratación de la Sociedad.
La adjudicación definitiva de los Servicios objeto de este pliego, será notificada en un plazo máximo de 30 días hábiles en Madrid capital, desde la fecha de cierre de la aceptación de las ofertas mediante la publicación de dicha decisión en el Perfil del contratante de la Sociedad integrado en la Plataforma de Contratación del Estado, la cual se mantendrá un plazo no inferior a 30 días.
El acuerdo del Órgano de Contratación de SELAE encargado de resolver sobre la adjudicación será notificado al adjudicatario, y a cada uno de los licitadores.
El Órgano de Contratación podrá renunciar motivadamente a la celebración de un contrato en cualquier momento antes de la adjudicación, notificando la renuncia o
desistimiento a través del perfil del contratante de la Sociedad integrado en la Plataforma de Contratación del Estado, sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios que, en su caso, fuese procedente.
La renuncia o desistimiento también será comunicada a cada uno de los participantes en la licitación, a través de los datos por ellos proporcionados.
14. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
SELAE adjudicará la prestación de los Servicios al licitador que, en su conjunto, realice la proposición más ventajosa a la vista de sus condiciones económicas y técnicas. Los criterios de adjudicación serán los siguientes:
14.1. Lote 1
Para la determinación de la oferta más ventajosa para SELAE se aplicarán los siguientes criterios, con su correspondiente peso en el total de la valoración.
a) Propuesta técnica y mejoras 35 %
Para la asignación de puntuaciones se tendrán en cuenta la documentación solicitada en el apartado, 12.2.1, siendo valorado cada punto de dicho apartado conforme a la siguiente puntuación:
1. Proyecto de producción de espacios, programas y microprogramas que se propone, así como del servicio de Streaming, hasta 20 puntos.
2. Descripción del equipo humano que prestará sus servicios profesionales en la producción de los distintos espacios, programas y microprogramas, hasta 5 puntos.
3. Mejoras:
Inclusión de subtítulos y utilización de cualquier otro procedimiento técnico disponible con la finalidad de facilitar el seguimiento de todos los espacios que figuren en sus propuestas a los telespectadores que sufran alguna minusvalía, hasta 2 puntos.
Creación de una videoteca en Internet con acceso exclusivo desde la página web de SELAE, hasta 4 puntos.
Otras mejoras que propongan los licitadores y que SELAE considere que efectivamente suponen un valor añadido a los Servicios objeto de este pliego, hasta 4 puntos.
b) Precio 65 %
A la oferta más baja se le asignará la máxima puntuación. Al resto de las ofertas se les asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda:
1. Precio total de la producción de los sorteos (excepto el programa “La suerte en tus manos”) 55 %
2. Precio total programa “La suerte en tus manos” 20%
3. Precio total servicio captación y personalización señal sorteo Euromillones xx xxxxxxx 10 %
4. Precio total servicio “subida” señal Gordo Primitiva 5%
5. Precio total del servicio de Streaming 10 %
La puntuación total asignada será la suma de los puntos 1 a 5 anteriores.
14. 2. Lote 2
Para la determinación de la oferta más ventajosa para SELAE se aplicarán los siguientes criterios, con su correspondiente peso en el total de la valoración.
a) Propuesta técnica y mejoras 35 %
Para la asignación de puntuaciones se tendrán en cuenta la documentación solicitada en el apartado, 12.2.2, siendo valorado cada punto de dicho apartado conforme a la siguiente puntuación:
Proyecto de producción de los programas así como de la emisión vía Streaming que se propone, hasta 20 puntos.
Descripción del equipo humano que prestará sus servicios profesionales en los distintos programas. Número y funciones, hasta 5 puntos.
Mejoras:
Inclusión de subtítulos y utilización de cualquier otro procedimiento técnico disponible con la finalidad de facilitar el seguimiento de todos los espacios que figuren en sus propuestas a los telespectadores que sufran alguna minusvalía, hasta 2 puntos.
Creación de una videoteca en Internet con acceso exclusivo desde la página web de SELAE, hasta 4 puntos.
Otras mejoras que propongan los licitadores y que SELAE considere que efectivamente suponen un valor añadido a los Servicios objeto de este pliego, hasta 4 puntos.
b) Precio 65 %
A la oferta más baja se le asignará la máxima puntuación. Al resto de las ofertas se les asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda:
1. Precio de la producción del programa divulgativo de las jornadas de
celebración de caxxxxxx xx xxxxxxxx 00 %
2. Precio emisión vía Streaming de los programas 10 %
La puntuación total asignada será la suma de los puntos 1 y 2 anteriores.
15. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS
Se podrá, a juicio de la Sociedad, descartar aquellas ofertas a cada uno de los lotes, que sean inferiores en más del 30% al precio medio ofertado en aquellas proposiciones cuya documentación administrativa y de solvencia técnica (Sobre A) así como documentación técnica (sobre B) xxxx conformes con lo establecido en el presente documento. Para hallar el precio medio, se excluirán las oferta más elevada y la más baja. En caso de que haya dos o más ofertas iguales en alguna de estas dos situaciones, se excluirá a los efectos del cálculo únicamente una de ellas.
En caso de que se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la proposición y precise las condiciones de la misma en un plazo de 48 horas desde que sea requerido para ello.
Si el órgano de contratación de la Sociedad, considerando la justificación efectuada por el licitador y, en su caso, informes que haya podido solicitar, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa de conformidad con lo establecido en los restantes apartados de la presente cláusula.
16. GARANTÍAS
Los licitadores deberán presentar una garantía provisional por cada lote al que opten. Esta garantía se fija en el 2% del presupuesto máximo de licitación de cada lote, esto es, 52.000 € (cincuenta y dos mil euros) para el Lote 1 y 74.000 € (setenta y cuatro mil euros) para el Lote 2. Las garantías deberán ser constituidas a disposición de SELAE en el modelo establecido al efecto en el Anexo IV.
Las garantías provisionales de los licitadores que no fueren adjudicatarios serán devueltas a los mismos una vez hecha la adjudicación definitiva, en el caso de no haber lugar a responsabilidad alguna por parte de los licitadores, derivada del acto que motivó su constitución. La correspondiente al adjudicatario, le será devuelta una vez constituida la definitiva.
La garantía definitiva, que será el 4% del importe de adjudicación y se hará constar en el contrato reseñándose su número de registro, deberá ser constituida dentro del plazo de 5 días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación, mediante aval bancario a través del modelo que se expresa en el Anexo IV. Quedará sin efecto la adjudicación si en el plazo indicado el adjudicatario no acreditase la constitución de la garantía definitiva.
La cancelación y devolución de la garantía definitiva tendrá lugar una vez concluido el contrato o la prórroga, en su caso, y cumplidas las formalidades que exige la garantía de los Servicios contratados.
Si alguna indemnización o penalidad se hiciera efectiva con cargo a la garantía definitiva, para que ésta no sufra merma, el adjudicatario deberá reponerla dentro de los 15 días siguientes a aquél en que se hiciera efectiva la indemnización o penalidad. Igualmente se procederá en los casos de amortización total o parcial o disminución del valor de los títulos en que se hubiera constituido la garantía definitiva.
17. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Dentro del plazo xx xxxx hábiles días a contar desde el siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación, se procederá por SELAE y el adjudicatario o su legítimo representante, debidamente apoderado al efecto, a formalizar el oportuno contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, SELAE podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a SELAE, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
Con carácter previo a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar en el plazo de cinco días hábiles contados desde su notificación, la siguiente documentación, salvo que la misma se hubiera presentado previamente en el sobre A de documentación general y ésta continúe vigente:
• Certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en su caso, por la Hacienda Xxxxx, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias.
• Certificado expedido por la Tesorería de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social.
• Alta y último recibo de abono del Impuesto de Actividades Económicas (en caso de empresas de nueva creación, sólo se presentará el alta), completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
18. MODIFICACIONES AL CONTRATO
La modificación del contrato, que no podrá igualar o exceder el 20% del precio de adjudicación de los Servicios objeto del contrato, podrá tener por objeto:
• Variación de los tiempos de emisión y producción de los programas.
• Variación del número de los juegos y/o sorteos y del número y/o sede de las jornadas xx xxxxxxxx hípicas.
• Incremento en el número de países a enviar o recibir la señal del Gordo de la Primitiva.
Y siempre que su fin no sea:
• Adicionar prestaciones complementarias a las inicialmente contratadas.
• Ampliar el objeto del contrato a fin de que pueda cumplir finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del mismo.
• Incorporar una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente.
En el caso en el que tengan lugar estos supuestos, deberá procederse a una nueva contratación de la prestación correspondiente.
La posibilidad de modificación se justifica por la diversidad de los Servicios a prestar y por su variación en el tiempo, sin posibilidad de que, con antelación, se puedan conocer con exactitud todas las variables que van a influir en el precio. Esta modificación se limitaría a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución, entre otras, las siguientes:
a. Por finalización del plazo de duración o de cualquiera de sus prórrogas.
b. Por mutuo acuerdo de las partes.
c. Por falsedad de cualquiera de las manifestaciones otorgadas o en los documentos entregados en el presente procedimiento.
d. Por incumplimiento reiterado de las prestaciones objeto del mismo.
e. Por incumplimiento grave, de cualquiera de las partes, sobre cualquiera de las condiciones establecidas en el mismo, total o parcialmente, siempre que el incumplimiento, en caso de ser subsanable, no se haya subsanado en el plazo de treinta (30) días, desde la notificación por la otra parte.
f. Cuando por causas imputables al adjudicatario incurriere en demora respecto al cumplimiento de los plazos contractualmente pactados, SELAE podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por exigir el cumplimiento de éste en sus propios términos, quedando a salvo la facultad de SELAE de reclamar la indemnización de daños y
perjuicios que corresponda.
g. Por cesión o subcontratación sin autorización expresa de SELAE.
h. Por falta de reposición de la garantía, cuando así se le exigiere, dentro del plazo de quince días a contar desde la fecha en que se hubiere producido la merma.
En cualquier caso, la resolución del contrato no exonerará a las partes del cumplimiento de las obligaciones pendientes.
Pese a la extinción del contrato por cualquier causa, seguirán en vigor, respecto a los efectos particulares previstos en ellas, los preceptos relativos a propiedad intelectual, confidencialidad y protección de datos.
20. TRIBUTOS Y GASTOS
Serán a cargo del adjudicatario, y se considerarán, asimismo, incluidos en los importes de su oferta, todos aquellos gastos, impuestos y tributos presentes y futuros de los que sea sujeto pasivo, que se deriven de la actividad contratada, incluyendo a título enunciativo, los derivados de la formalización del contrato.
Queda excluido, a estos efectos, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que, si procede, será repercutido posteriormente de forma independiente en las facturas que se expidan con motivo de la ejecución del contrato.
21. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
Constituyen parte integrante del “contrato” licitado y regirán, con el orden de prioridad que se indica, la relación contractual entre la Sociedad y el adjudicatario, los siguientes documentos:
1º El presente pliego de condiciones.
2º La oferta presentada por el licitador en todo lo que no contradiga lo prescrito en el documento mencionado anteriormente, en cuyo caso prevalecerá lo establecido en éste sobre lo propuesto en la oferta.
3º El contrato que suscriban la Sociedad y el adjudicatario.
22. RÉGIMEN JURÍDICO, DERECHO APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El contrato se regirá por la ley española y se sujetará, en lo no fijado en el mismo, a lo dispuesto en el presente pliego de condiciones.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Las partes se someterán en el contrato a la jurisdicción exclusiva de los juzgados y tribunales de la ciudad de Madrid (España) para la resolución de dichas controversias.
23. INFORMACIÓN Y ACLARACIONES
Las consultas sobre el presente procedimiento de licitación serán atendidas en los siguientes teléfonos:
• Información administrativa: Servicio de Contratación 91 596 26 05/25 66
00 000 00 00 (fax)
• Información técnica: Dirección Técnica 91 596 25 55
******
XXXXX X.- MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
LOTE 1
Precio de la producción de los sorteos:
Coste por programa Coste
total
- Bonoloto (L, M, X y V)
- Lotería Nacional Jueves y Primitiva
- Lotería Nacional Sábado
- Sorteo viajero Lotería Nacional
- Lotería Xxxxxxxxx Xxxxxx
- Lototurf y Gordo de la Primitiva
Precio de la producción del programa LA SUERTE EN TUS MANOS de los viernes.
Coste por programa: Coste total:
Precio del servicio de captación y personalización de la señal del sorteo de Euromillones:
Coste por programa Coste total
- Martes
- Viernes
Precio del servicio de “subida” de la señal correspondiente a la transmisión del sorteo del juego “El Gordo de la Primitiva”
Coste por programa: Coste total:
Precio del servicio de Streaming
Coste por programa: Coste total:
*Todos los importes IVA excluido
LOTE 2
Precio de la producción del programa divulgativo de las jornadas de celebración xx xxxxxxxx de caballos.
Coste por programa: Coste total:
Precio de la emisión a través de Streaming de los programas.
Coste por programa: Coste total:
*Todos los importes IVA excluido
CALENDARIO XX XXXXXXXX DE CABALLOS SOPORTE APUESTA HÍPICA NACIONAL 2013
Enero | Febrero | Marzo | Xxxxx | Xxxx | Xxxxx | |||||||||||||||
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HIPÓDROMOS | Nº JORNADAS | |
DOS HERMANAS | ……………….. | 13 |
MADRID | ……………….. | 49 |
SAN XXXXXXXXX | ……………….. | 12 |
ORENSE | ……………….. | 2 |
XXXXXX | ……………….. | 1 |
XXXXX XXX.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 60 DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
D/Xx …………………………………………………………………………………………….
D.N.I.nº ……………………………………………………………………….………………
En nombre y representación de la persona física/jurídica: …………………………………….
Domicilio en (calle/plaza): ……………………………………………… nº ...………………..
Población:……………………… Provincia: ……………… Código Postal: …………………
N.I.F./C.I.F.: …………………………
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
……………. (ciudad), a ……………. de …………… de …….
ANEXO IV.- MODELO DE GARANTÍA
<Nombre del Banco o Entidad> (en adelante, la “Entidad”), y en su nombre y representación D. <Nombre apoderado Banco o Entidad> con poderes suficientes para obligarle en este acto,
AVALA
Irrevocablemente y de forma solidaria, hasta un límite máximo de <cantidad> euros (<importe en letra> euros), con renuncia expresa a los beneficios de división, orden y excusión, <la participación en el procedimiento de licitación del servicio de <> (Alternativa para aval provisional)><o la correcta ejecución y cumplimiento del Contrato de servicio de <>(Alternativa para aval definitivo)>, por parte de <nombre empresa>, con N.I.F. <número NIF>, publicado con fecha <>, a favor de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. El presente Aval se otorga con duración indefinida.
La presente garantía tiene carácter de “garantía a primera demanda”, de naturaleza mercantil, y se hará efectiva hasta el límite máximo citado, con el sólo requisito de la presentación ante el banco de un requerimiento firmado por persona debidamente apoderada de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A., indicando el importe que se reclama en concepto de incumplimiento y, a efectos exclusivamente informativos, el motivo de la ejecución. La Entidad vendrá obligada a satisfacer la cantidad reclamada en el plazo máximo de ocho días.
La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A., está facultada en cualquier momento desde esta misma fecha, para solicitar la ejecución del presente aval, total o parcialmente en sucesivas veces. De producirse una ejecución parcial, la garantía continuará en vigor en las mismas condiciones por la diferencia.
El presente aval estará en vigor hasta que por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A., o quien en su nombre sea habilitado para ello autorice su cancelación o devolución.
La Entidad, acepta la totalidad de las condiciones establecidas en el presente documento, firmado en <Madrid> a <> (<fecha en letra>).
El presente aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales en esta misma fecha con el número.....................................
Firma y sello de la Entidad.