PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS PARTICULARES
PROCEDIMIENTO: ABIERTO ADJUDICACIÓN: VARIOS CRITERIOS DE VALORACIÓN
TRÁMITE: ORDINARIO
CONTRATO: SERVICIO DE INSTALACIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE MAQUINAS EXPENDEDORAS DE BEBIDAS FRÍAS Y CALIENTES Y PRODUCTOS SÓLIDOS EN EDIFICIOS MUNICIPALES
1.- OBJETO DEL CONTRATO.-
El presente contrato tiene por objeto la prestación de un servicio de vending, tanto a los trabajadores como a los usuarios de los servicios, mediante la Instalación, mantenimiento y explotación de máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes y productos sólidos, en los edificios municipales, relacionados en el Anexo I de este Pliego de condiciones, con arreglo a las condiciones del presente Pliego (CPV 42933300-8 máquinas automáticas distribuidoras de productos)
2.- CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.-
Se califica este contrato como de servicios de los definidos en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante RDL 3/2011), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II de la citada norma.
Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción en defecto de normas específicas, por la RDL 3/2011, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y en lo que permanece vigente, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL 3/2011; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.
3.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, conforme a varios criterios de valoración, arts.138 apartados 1 y 2 y 150.3, g) del RDL 3/2011.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, precisándose la ponderación atribuida a cada uno de ellos, de conformidad con el artículo 150.1 y 4 del RDL 3/2011, y con lo establecido en la cláusula 16 presente Xxxxxx.
4.- ORGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación será la Junta de Gobierno Local, de conformidad con el acuerdo de Pleno de fecha 11 de julio de 2011.
5.- RESPONSABLE DEL CONTRATO
El responsable para este contrato será D. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Jefe de Área de Promoción Económica y Empleo, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
6.- PERFIL DE CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxx.xxxx-xxxxxxx.xx.
7.- MÁQUINAS EXPENDERORAS.-
El adjudicatario instalará las máquinas expendedoras que se indican en el anexo I del presente pliego, en el plazo máximo de 10 días desde la firma del contrato, salvo justificación a la Administración sobre imposibilidad de cumplimiento en dicho plazo, y siempre hasta un máximo de 20 días.
Las máquinas deberán estar homologadas y autorizadas por el organismo competente, y su funcionamiento deberá cumplir con los requisitos que en materia de seguridad, vibraciones, sonido y normativa sanitaria les sea aplicable, obligándose a la reparación o sustitución que fuere necesaria para evitar cualquiera de estas u otras deficiencias.
Queda totalmente prohibido expender cualquier bebida que contenga alcohol, al igual que labores de tabaco.
Los licitadores deberán proveer tres tipos de productos: café (y sus variedades), refrescos (y aguas y zumos), y sólidos (patatas fritos, frutos secos y resto productos), para ello podrán disponer de una máquina por cada tipo de producto, o máquinas que agrupen dos o los tres tipos de productos, que tendrá que cubrir la demanda de productos por los empleados y empleadas públicos y el público en general.
Las máquinas deberán permitir la existencia de dos precios distintos, uno para personal municipal y otro para público en general, para lo cual la adjudicataria deberá proporcionar a dicho personal, el mecanismo adecuado (tipo tarjeta magnética, de crédito o similar), que permita el uso específico, debiendo poderse recargar dicho mecanismo en la propia máquina expendedora.
8.- PRECIOS DE LOS PRODUCTOS
Los productos que podrán dispensarse en las máquinas expendedoras, y el precio máximo que abonará el usuario de las mismas, será el que figura en el anexo I del presente pliego de condiciones.
El precio de los productos no podrá ser objeto de subidas por encima del IPC general anual inmediatamente anterior, y en cualquier caso deberán ser aprobados por el órgano de contratación previa petición razonada del adjudicatario.
9.- DURACIÓN DEL CONTRATO.-
El presente contrato tendrá una duración de 4 años a partir del día siguiente a la firma del contrato.
El contrato podrá prorrogarse por años completos, por mutuo acuerdo de las partes, antes de finalizar el plazo, hasta un máximo de dos años más.
10.- PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.-
El precio mínimo anual que el adjudicatario abonará al Ayuntamiento será de 6.352,50€ (5.250€ más 1.102,5€ en concepto de IVA), cantidad que los licitadores podrán mejorar al alza.
El adjudicatario abonará el importe del contrato de forma anual, al inicio de cada año, previa liquidación emitida por el Ayuntamiento.
El importe del contrato se revisará anualmente conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumo que al efecto publique el Instituto Nacional de Estadística, correspondiente al año inmediatamente anterior.
La retribución del adjudicatario consistirá en la recaudación que por la venta de los productos en las máquinas expendedoras pueda obtener. El precio de los productos no podrá ser objeto de subidas por encima del IPC anual real, y en cualquier caso deberán ser aprobados por el órgano de contratación previa petición razonada del adjudicatario.
11.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.-
Podrán ser objeto del presente contrato cualquier centro municipal que demande esta necesidad durante el tiempo de vigencia del contrato, y formulen solicitud de instalación, hasta un máximo de 10 centros adicionales.
En caso de que la adjudicataria considere no rentable, trascurrido al menos un año desde su instalación, la expedición de un producto (café, refrescos o sólidos) podrá solicitar la modificación del contrato, y hecha la solicitud razonada, la Administración resolverá y comunicará la decisión, momento hasta el cual no se podrá ejecutar la modificación propuesta. El importe del canon sólo se modificará si como consecuencia de la reducción de tipo de productos, el Centro Municipal no dispusiese de máquina alguna.
En cualquier caso la reducción definitiva de máquinas expendedoras no podrá afectar a más de 3 centros.
El precio del contrato, en los supuestos anteriores se ampliará o reducirá proporcionalmente, dividiendo el precio del contrato entre el número de centros, siendo 12 el número inicial de centros del contrato.
El contrato se adjudicará a riesgo y xxxxxxx del contratista, conforme al art. 215 del RDL 3/2011, no pudiendo exigirse responsabilidad alguna a la Administración en el caso de que se produzcan las modificaciones previstas o no se llegue a considerar su necesidad.
12.- GARANTÍAS.-
Provisional: de 630€, correspondiente al 3% del precio de licitación, excluido IVA, que responderá del mantenimiento de la oferta hasta la adjudicación del contrato, según se justifica en el propuesta de la Concejalía de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Sostenibilidad y Servicios a la Ciudad , que figura en el expediente.
Dicha garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, será incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
Definitiva: La garantía definitiva será de un 5% del importe de adjudicación, excluido IVA, y garantizará el cumplimiento de las obligaciones contraídas, la cual será devuelta, de oficio o a petición del adjudicatario, previos los preceptivos trámites legales, una vez realizado el objeto del presente contrato y siempre que haya transcurrido el plazo de garantía.
La garantía definitiva responderá de los conceptos señalados en el artículo 100 del RDL 3/2011.
Se constituirán en la Tesorería Municipal, mediante cualquiera de los medios señalados en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ajustándose a los modelos indicados en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva, será xx xxxx días hábiles, contados desde el siguiente al requerimiento que el órgano de contratación realice al candidato que presente la oferta considerada más ventajosa económicamente.
Si la garantía definitiva se constituye mediante aval, deberá ajustarse al modelo contenido en el Anexo III al presente pliego de condiciones.
13.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una
prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos que se especifican en la cláusula 14, de entre los señalados en los arts. 75 y 78 de la RDL 3/2011.
La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante u apoderado único.
Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
14.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.-
Los licitadores deberán presentar su proposición en el Departamento de Contratación, [Plaza de la Constitución, nº 1 28500 –XXXXXXX XXX XXX (Madrid)], de lunes a viernes, en horario de 8,30 a 14,30 horas, dentro de los 15 días naturales siguientes al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (si el plazo de presentación de ofertas finalizase en sábado, se trasladará al día siguiente hábil).
Las proposiciones podrán presentarse además en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Formalidades.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B en cada uno de los cuales se hará constar el contenido, en la forma que se indicará, y el nombre del licitador, CIF, dirección, fax y teléfono.
Sobre A, denominado: “Documentos generales para tomar parte en el procedimiento abierto para la adjudicación del “Servicio de instalación, mantenimiento y explotación de máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes y productos sólidos en edificios municipales” y contendrá la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada:
1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes:
1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia de quien ostente la representación pública administrativa; fotocopia del CIF y escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica.
1.2. Poder Bastanteado por el/la Secretario/a de la Corporación, por los Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, notarios o por Letrados en ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación (en caso de Administrador Único no será necesario).
1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
1.4. Se indicará claramente la dirección del licitador, el número de teléfono de contacto y el número de fax o dirección de correo electrónico a efectos de notificación de posibles incidencias.
2. Prueba que acredite la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del RDL 3/2011, por cualquiera de los medios previstos en el art. 73 del RDL 3/2011, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
3. Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, por los siguientes medios de los recogidos en los artículos 75 y 78 del RDL 3/2011:
3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras sobre la situación financiera y patrimonial del licitador referida al contrato donde se indique de que dispone de recursos financieros que le permitan cumplir la obligación si resultan ser adjudicatarios, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
3.2.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedidlo por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados será comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente .
4.- Documento que acredite haber depositado la cantidad de 630€, en concepto de garantía provisional.
5.- Documentación que acredite, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2% de la misma.
En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores discapacitados no inferior al 2 por 100 de la misma
Sobre B, denominado “Proposición económica para optar al procedimiento abierto convocado para la adjudicación del contrato de servicio de Instalación, mantenimiento y explotación de máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes y productos sólidos, en los edificios municipales”, se ajustará al modelo contenido en el Anexo II y se presentará cerrado pudiendo ser lacrado y, contendrá los siguientes documentos:
- Oferta económica ajustada al modelo contenido en el Anexo I.
- Los documentos que permitan la valoración de las ofertas conforme a los criterios de valoración.
15.- BASTANTEO DE PODERES
Cuando los poderes y documentos se presenten para su bastanteo por la Secretaria de la Corporación, Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, deberá hacerse, como mínimo, una hora antes del cierre de atención al público y de presentación de propuestas, en días laborables, excepto sábados, previo pago de a correspondiente tasa (en caso de Administrador Único no será necesario).
16.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios:
Criterios que pueden evaluarse mediante la aplicación de una fórmula: máximo 36 puntos
a) Mejora (incremento) del precio hasta 15 puntos, 1 punto por cada 175€ de incremento del canon. No se valorarán fracciones.
b) Mejora (reducción) en el precio de venta a empleados y empleadas municipales: hasta 13 puntos a la propuesta más ventajosa, de acuerdo con la siguiente fórmula:
∑(Precio máximo – precio ofertado) * coeficiente corrector Coeficiente corrector por producto:
- Café 4
- Xxxxxxxxx 0
- Xxxx | 0 |
- Xxxxx | 3 |
- Chocolates | 2 |
- Patatas Fritas y aperitivos, mayor 50 gr | 1 |
- Patatas fritas y aperitivos, hasta 50 gr | 2 |
- Frutos secos | 2 |
- Bollería | 0 |
- Chicles-caramelos | 1 |
- Sandwiches-bocadillos | 2 |
c) Mejora (reducción) en el precio de venta al público en general: hasta 8 puntos a la propuesta más ventajosa, de acuerdo con la fórmula:
∑(Precio máximo – precio ofertado) * coeficiente corrector Coeficiente corrector por producto:
- Café | 5 |
- Xxxxxxxxx | 0 |
- Xxxx | 0 |
- Xxxxx | 4 |
- Chocolates | 3 |
- Patatas Fritas y aperitivos, mayor 50 gr | 2 |
- Patatas fritas y aperitivos, hasta 50 gr | 2 |
- Frutos secos | 4 |
- Bollería | 1 |
- Chicles-caramelos | 2 |
- Sandwiches-bocadillos | 4 |
17.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE DOCUMENTACIÓN
1.- La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente:
- Presidente: Xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Concejala Delegada de Innovación y Calidad de la Administración, o persona que le sustituya.
- Vocales: X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Jefe de Área de Promoción Económica y Empleo o persona que le sustituya.
X. Xxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx, Jefe de Sección de Control de Usos y Disciplina Urbanística o persona que le sustituya.
La Secretaria General o persona que le sustituya. La Interventora o persona que le sustituya.
Secretaria: Jefa de la Unidad de Contratación, o persona que le sustituya.
18.- APERTURA DE PROPOSICIONES.
El/la Presidente/a de la Mesa de Contratación, ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación y el/la Secretario/a certificará la relación de documentos
que figuren en cada uno de ellos, el día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. Posteriormente la Mesa, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente, mediante fax u otro medio que permita la constancia de la comunicación, para que en un plazo no superior a tres días hábiles, los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
Si no se detectasen defectos u omisiones se procederá a continuación a la apertura del Sobre “B” Proposición Económica.
La Mesa una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones de la documentación, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección, pronunciándose sobre los admitidos, los rechazados y las causas del rechazo.
En el caso de que se concediese plazo para la subsanación de la documentación, la apertura del Sobre “B” Propuesta Técnica se realizará el quinto día hábil siguiente a la finalización de la presentación de plicas (que no sea sábado), a las 10:00 horas, en caso de ser jueves a las 11:00 horas. El Secretario de la Mesa comenzará dando lectura al anuncio del contrato, dando conocimiento público del número de proposiciones recibidas, nombre de los licitadores, ofertas que correspondan a proposiciones rechazadas –no pudiéndose abrir sus sobres- e invitando a los licitadores interesados a que manifiesten dudas o pidan explicaciones, sin que se puedan aportar en este momento documentos no entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
19.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación propuesta de clasificación de las proposiciones presentadas atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en la cláusula 16.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa, para que en dentro del plazo xx xxxx días hábiles aporte los documentos acreditativos de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros que conforme al art. 64.2 de la LCSP pudiera reclamar el órgano de contratación, así como de haber constituido la garantía definitiva.
La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación se realizará de acuerdo con lo siguiente:
- Obligaciones tributarias:
Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto beberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP.
Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx. L Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
- Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguiente a la aportación de la documentación requerida.
El contrato se otorgará a una sola persona o entidad; no obstante, podrá concertarse con dos o más personas si se obligaran solidariamente respecto al Ayuntamiento, cuyos derechos frente a las mismas serán, en todo caso, indivisibles.
20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares, si no estuviera incorporado al mismo.
21.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
- Los de anuncios que genere el procedimiento y los preparatorios y de formalización del contrato.
- Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
- Asumir el pago del IVA.
- Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
- Gastos de transporte, seguro y demás hasta el lugar de la entrega.
- La obra civil para la instalación de todos los elementos será por cuenta del adjudicatario.
22.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El adjudicatario asumirá de forma expresa la responsabilidad que se derive del funcionamiento normal o anormal del servicio, que como consecuencia del desarrollo de la actividad, pudieran producirse. Para cubrir los aludidos riesgos, deberá formalizar la correspondiente póliza de seguros, cuya vigencia acreditará mediante la presentación del recibo del pago antes del comienzo de la actividad y por un importe no inferior a 30.000,00€ por siniestro. La Administración podrá en cualquier caso requerir la acreditación de la vigencia del seguro en cualquier momento de la ejecución del contrato.
En todo caso, el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx (Madrid) quedará exento de cualquier responsabilidad por daños, cualquiera que sea la causa que los origine, que pudieran producirse en la ejecución del contrato.
23.- DEBERES DEL ADJUDICATARIO.-
El mantenimiento y limpieza de las máquinas instaladas y de la zona de influencia de su ubicación, será por cuenta de la empresa adjudicataria, durante el tiempo que dure el contrato, así como los gastos de instalación, conservación y explotación, todo lo cual no supondrá ningún coste para el Ayuntamiento.
La empresa adjudicataria se obliga a mantener en buen estado la porción espacio público utilizado, obligándose, asimismo, a abandonar y dejar libres y a disposición del Ayuntamiento, una vez terminado el contrato, los espacios objeto de la utilización.
El adjudicatario queda obligado a instalar en las proximidades de las máquinas expendedoras un contenedor que permita la correcta separación de los residuos para su correcto reciclaje y gestión, acordando la ubicación del mismo con el responsable del edificio.
Las personas que encargadas del mantenimiento de las máquinas, deberán disponer de formación acreditada y vigente en manipulación de alimentos en caso de que manipulen alimentos no envasados, tales como café, leche en polvo, azúcar, etc.
En todo momento se deberá cumplir lo establecido en el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.
Estas deberán estar en todo momento en perfectas condiciones de mantenimiento y explotación, conservando los productos a la temperatura y con las condiciones establecidas en la reglamentación técnico-sanitaria respectiva, aprobada por Real Decreto 168/1985 y demás aplicable.
Cuando exista un problema con el funcionamiento de la máquina o los productos, la adjudicataria deberá atender el aviso en un plazo máximo de 24 horas, salvo en fines de semana y festivos que será atendida el día hábil inmediatamente posterior al aviso
24.- CASOS DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES, RESOLUCIÓN Y DENUNCIA DEL CONTRATO.-
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los arts. 223 y 308 del RDL 3/2011.
Si el adjudicatario incumpliere las obligaciones que le incumban, el Ayuntamiento se reserva el derecho de imponer las sanciones pertinentes, o resolver el contrato de acuerdo con la normativa aplicable.
En el supuesto de que el adjudicatario no mantenga los distintos elementos objeto del contrato con la debida limpieza, conservación adecuada o se produjese un retraso en las reparaciones o reposición de elementos de venta, el Ayuntamiento requerirá al adjudicatario para que corrija la deficiencia en el plazo mínimo, y en el caso de reincidencia o desatención del requerimiento, podrá resolver el contrato.
Además de la resolución del contrato por incumplimiento del mismo por parte del adjudicatario, se establece las siguientes sanciones:
- Multa de hasta 200€ diarios por retraso en el cumplimiento de las obligaciones del contrato, dependiendo de la gravedad de los mismos.
El expediente sancionador, se iniciará por orden motivada de la persona responsable de la ejecución del contrato, y se comunicará al adjudicatario para que alegue lo que estime oportuno en el plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la comunicación, transcurridos los cuales, tanto si hubiese presentado alegaciones como si no, serán estudiadas y formulada propuesta provisional sancionadora o de archivo de expediente. Dicha propuesta se notificará nuevamente al adjudicatario para que en el plazo de 5 días hábiles alegue lo que considere necesario, transcurrido el citado plazo y vistas las alegaciones –si se hubiesen presentado- se formulará propuesta definitiva de sanción o archivo de expediente.
25.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del RDL 3/2011, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
Corresponde al Ayuntamiento la facultad de inspección, vigilancia y control de la ejecución del contrato, así como la interpretación de las cláusulas técnicas del mismo, procurando que se lleve a cabo de acuerdo con el adjudicatario.
26.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será competente para resolver las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de este contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 RDL 3/2011.
Xxxxxxx xxx Xxx, a 26 xx xxxxx de 2013.
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Delegada de Innovación y Calidad de la Administración.
ANEXO 1
LOCALIZACIÓN DE MÁQUINAS Y TIPO DE PRODUCTOS
Los centros “Auditorio Municipal Xxxxxxxxxx Xxxxxxx” y “Polideportivo Xxxxxx xxx Xxxxxx” se incorporarán a este contrato al finalizar el actualmente en vigor, finalizando en la misma fecha que la prevista para el resto de centros municipales.
CENTRO | CAFÉ | REFRESCOS | SÓLIDOS |
Ayuntamiento | 1 | 1 | 1 |
Biblioteca Xxxxx Xxxxxx | 0 | 0 | |
Xxxxxx Social de la Xxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx Cultural Xxxxx Xxxx | 1 | 1 | 1 |
Imprenta Municipal-Taller de Artes Gráficas | 1 | 1 | 1 |
Sede de la Xxxxxxx Xxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxx de Servicio Sociales, X/ Xxxxxx xxx Xxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | 0 | 0 | 0 |
XXXX- Xxxxxxxxxxxx calle Xxxx XXXXX | 1 | 1 | 1 |
Concejalía de Urbanismo, Industria, M. Ambiente, y Servicios a la Xxxxxx | 0 | 0 | 0 |
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx (x partir 01-10- 2013) | 1 | 1 | 1 |
Polideportivo Xxxxxx xxx Xxxxxx (a partir 01-10-2013) | 1 | 1 | 1 |
Total Máquinas: 35 |
PRECIOS MÁXIMOS DE LOS PRODUCTOS
Café | 0.70 € |
Refrescos | 1.00 € |
Agua | 0.75 € |
Zumos | 1.00 € |
Chocolates | 1.00 € |
Patatas Fritas y aperitivos, mayor 50 gr. | 1.00 € |
Patatas Fritas y aperitivos, hasta 50 gr. | 0.75 € |
Frutos secos | 1.00 € |
Bollería | 1.00 € |
Chicles-caramelos | 1.05 € |
Sandwiches-bocadillos | 1.50 € |
Se especificará la marca y peso o contenido de cada uno de los productos ofertados.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. , con domicilio a efectos de notificaciones en
, c/ , n.º , con DNI n.º
, en representación de la Entidad , con CIF n.º
, enterado del expediente para la contratación del Servicio de espacios para la Instalación, mantenimiento y explotación, de máquinas expendedoras de bebidas frías y calientes y productos sólidos, en los edificios municipales, mediante procedimiento abierto, conforme a varios criterios de valoración, hago constar que conozco el Pliego de condiciones administrativa y técnicas que sirven de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por un precio de
€/año, ( € más € en concepto del Impuesto sobre el Valor Añadido), y por los precios de venta que se indican a continuación:
Café | ---- € |
Refrescos | ---- € |
Agua | ---- € |
Zumos | ---- € |
Chocolates | ---- € |
Patatas Fritas y aperitivos, mayor 50 gr. | ---- € |
Patatas Fritas y aperitivos, hasta 50 gr. | ---- € |
Frutos secos | ---- € |
Bollería | ---- € |
Chicles-caramelos | ---- € |
Sandwiches-bocadillos | ---- € |
En , a de de 20 .
Firma del licitador
(MEMBRETE DE LA ENTIDAD AVALISTA)
La Entidad (razón social de la Entidad de crédito o Sociedad de Garantía Recíproca),
NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en
; y en su nombre, D. con D.N.I , con poderes suficientes para obligarse por este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento
A V A L A
A D. , con domicilio en
y provisto de
D.N.I o C.I.F ante el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx por la cantidad de (en letra)
( €) euros para responder de las obligaciones del avalado consistentes en:
(Determinación exacta del objeto de la obligación garantizada por el aval)
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De la cantidad expresada responde la entidad avalista de forma solidaria con el avalado, renunciando expresamente a la utilización del beneficio de excusión y con compromiso de pago a primer requerimiento del Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx con sujeción a los términos previstos en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
El presente Xxxx tendrá validez en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxx no autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
(Lugar Y Fecha)
(Razón Social de la Entidad) (Firma de los apoderados)
BASTANTEO DE PODERES POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | |||
Provincia | Fecha | Número o Código | |