A N T E C E D E N T E S
CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA POR XXXXXXX, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE TURISMO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECTUREM”, REPRESENTADA POR SU TITULAR M. EN D.F. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, CON LA INTERVENCIÓN DEL CON LA INTERVENCIÓN DEL M. EN
A.P. XXXXX XXXXXX JUÁREZ, COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y POR OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECOM” REPRESENTADA POR EL ENCARGADO DEL DESPACHO Y DIRECTOR GENERAL DE LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO, EL ING. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXXX, COORDINADOR DE ESTUDIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, ASI COMO LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINA “LA JUNTA”, REPRESENTADA POR EL ING. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
I. En el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, se identificaron las áreas de atención prioritaria y los anhelos sociales más urgentes, estructurando el Plan de Desarrollo en tres grandes pilares: Gobierno Solidario, Estado Progresista y Sociedad Protegida.
Así mismo, el Xxxxx 1: Gobierno Solidario, considera como un factor importante promover actividades de turismo alternativo en las zonas rurales de la entidad, así como ocasionar que la derrama económica del turismo beneficie a pequeñas empresas, grupos sociales y artesanos.
II. El propio Plan en el Xxxxx 2: Estado Progresista, señala que existen sectores en el Estado de México con potencial de crecimiento en su productividad, que tienen gran relevancia porque generan empleos y, en algunos casos promueven una derrama económica en zonas alejadas de los grandes centros productivos, siendo uno de ellos el sector turístico.
Para cumplir con este objetivo se diseñó como estrategia dentro del Plan el posicionar al Estado de México como uno de los principales destinos turísticos sin xxxxx xxx xxxx, impulsando el turismo de negocios, cultural, deportivo y ecológico.
III. Así mismo dentro de las líneas de acción de una Gestión Gubernamental Distintiva, el plan establece como objetivo número 1 consolidarse como un Gobierno municipalista, para lo cual será necesario coordinar acciones entre los diferentes niveles de gobierno y actores gubernamentales, para así colaborar con los Municipios en programas de imagen urbana y de
colaboración en políticas de uso y ordenamiento de la tierra.
IV. Que uno de los objetivos de “LA SECTUREM” es planear, dirigir y evaluar los asuntos en materia de turismo, mediante el adecuado aprovechamiento de los recursos, que contribuyan a impulsar y elevar la cantidad y calidad de la oferta turística generadas en la entidad.
V. Que mediante oficio 203200-APAD-P-0501/15 de fecha 6 xx xxxxx del presente el Subsecretario de Planeación y Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, por instrucciones del C. Secretario de Finanzas, asignó y autorizó los recursos con cargo al Programa de Acciones para el Desarrollo por un monto de
$3’000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) con financiamiento estatal los cuales se aplicarán para el Convenio de Coordinación para el Otorgamiento de un Subsidio en Materia de Desarrollo Turístico (obra en proceso).
VI. Es deseo y voluntad de “LA SECTUREM” ejecutar por conducto de “LA JUNTA” una obra por encargo y bajo la responsabilidad de éste, conforme a los términos plasmados en las cláusulas correspondientes del presente instrumento legal.
D E C L A R A C I O N E S
I. DE “LA SECTUREM”
I.1 Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Estatal a la que le corresponde regular, promover y fomentar el desarrollo turístico y artesanal del Estado, en términos de lo dispuesto por los artículos 19 fracción XII y 36 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 1.4, 1.5 fracción VI, 1.38 y 1.40 del Código Administrativo del Estado de México.
I.2 Que a través de su Titular, M. en D.F. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, nombrada por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México de fecha 09 xx Xxxxx de 2012, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en los artículos 4.4 fracción II y 4.5 Bis fracción I, V, VI, VII, del Código Administrativo del Estado de México, 15 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 5 y 6 fracciones IX y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
I.3 Que la Coordinación Administrativa es una Unidad Administrativa, de la Secretaría de Turismo, en términos de lo establecido por los artículos 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, 10 fracción VI y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, así como el numeral 225002000 del Manual General de Organización de la Secretaría de Turismo, y su titular, M. en A.P. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, cuenta con facultades para intervenir en la celebración del presente Convenio.
I.4. Que el recurso autorizado en el antecedente V por la Secretaría de Finanzas, tiene como objeto apoyar el proyecto denominado: “Suministro y Colocación de señalización turística en carreteras y principales vialidades del Estado”, en lo sucesivo “EL PROYECTO”.
I. DE “LA SECOM”
II.1 Que de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México corresponde a la Secretaría de Comunicaciones el Desarrollo y Administración de la Infraestructura vial primaria y la regulación de las comunicaciones de jurisdicción local que comprenden los sistemas de transporte masivo o de alta capacidad.
II.2 Que designado como Encargado de Despacho de la Secretaría de Comunicaciones, el Ing. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, quien se encuentra como facultado para otorgar el presente instrumento legal en términos de lo establecido por los artículo 1, 2, 3, 5, 6, 15, 17 y 19 fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.5 fracciones VI y XII del Código Administrativo del Estado de México; así como 1,2 y 6 fracciones I,II,X y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México.
II.3 Que el Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Coordinador de Estudios y Proyectos Especiales, se encuentra facultado para celebrar el presente Acuerdo en términos de lo establecido por los artículos 1, 2 y 6 fracciones I, II, X y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones del Estado de México.
II.4 Que está de acuerdo en la suscripción del presente instrumento, cuya finalidad es licitar, adjudicar y supervisar la ejecución de la obra denominada: Suministro y Colocación de señalización turística en carreteras y principales vialidades del Estado de México, en adelante “EL PROYECTO”, a través del Organismo Público Descentralizado denominado “LA JUNTA”.
III. DE “LA JUNTA ”
III.1 Que es un Organismo Público Descentralizado con personalidad Jurídica y patrimonio propio que tiene por objeto la planeación, programación, presupuestación, ejecución, conservación, mantenimiento y administración de la Infraestructura Vial Libre de Peaje y de Uso restringido. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17.64 del Libro Décimo Séptimo denominado de las comunicaciones del Código Administrativo del Estado de México.
III.2 Que su Director General Ing. Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, acredita sus facultades legales para celebrar el presente acuerdo con fundamento en los artículos 17.65 y 17.66 del
Libro Décimo Séptimo del Código Administrativo del Estado de México y artículos 7 fracción II y 11 del Reglamento interno de la Junta de Caminos del Estado de México, facultades que no han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
IV. DE “LAS PARTES”
IV.1 En el presente convenio no existe error, dolo, mala fe, lesión, violencia, ni cualquier otro vicio del consentimiento.
IV.2 Es su voluntad celebrar el presente convenio, sujetándose a lo estipulado en las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.OBJETO.- El presente convenio para la ejecución de obra por encargo tiene por objeto que “LA JUNTA” realice el procedimiento de licitación pública, adjudicación y supervisión de la ejecución del proyecto “Suministro y Colocación de señalización turística en carreteras y principales vialidades del Estado de México”, por encargo de “LA SECTUREM” para promover y fomentar la actividad turística, destinada al servicio público y al uso común, consistente en:
No. | TIPO DE PROYECTO | ENTIDAD | DESCRIPCIÓN DE LA OBRA | IMPORTE |
3 | Equipamiento Turístico | Estado de México | Suministro y Colocación de señalización turística en el Corredor Teotihuacán y la primera etapa en el Corredor Mariposa Monarca, que consiste en lo siguiente: Señales Carreteras Federales Señales Carreteras Estatales Señales de Ciudad | $3’000,000.00 |
TOTAL | $3’000,000.00 |
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y APORTACIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo del Estado a través de “LA SECTUREM”, asigna a “LA JUNTA” la cantidad de $3’000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) con cargo al Programa Acciones para el Desarrollo.
TERCERA.- MONTO TOTAL “LAS PARTES” manifiestan que están de acuerdo en que los recursos económicos asignados para la realización de “EL PROYECTO” ascienden a un monto total de $3’000,00.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.).
La cantidad antes referida deberá incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del costo total de “EL PROYECTO”, así como las retenciones que contempla el apartado 2.8 del Manual de Operación del Programa Acciones para el Desarrollo, por lo tanto no deberá exceder la ejecución de “EL PROYECTO” el recurso contemplado en la Cláusula Segunda.
CUARTA. OBLIGACIONES DE “LA JUNTA”.- “LA JUNTA” ratifica su compromiso de asumir la responsabilidad directa de la ejecución de “EL PROYECTO”, quedando obligado por tanto a lo siguiente:
I. Aplicar de manera puntual los recursos económicos a que se refiere la Cláusula Segunda de este instrumento legal en “EL PROYECTO”, antes del 31 de Diciembre de 2015.
II. Asumir la responsabilidad directa de la ejecución, supervisión, y administración de los trabajos que se realicen en “EL PROYECTO”.
III. Observar las disposiciones legales aplicables a las obras y a los servicios relacionados con las mismas; así como a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y prestación de servicio de cualquier naturaleza que se efectúen con los recursos señalados en la Cláusula Segunda del presente Convenio.
IV. Observar puntualmente que la distribución de los recursos transferidos sea transparente, en su aplicación y comprobación.
V. Comprobar la aplicación de todos los recursos convenidos por “LAS PARTES”, proporcionando oportunamente, tanto al personal de “LA SECTUREM” como al de su Órgano de Control Interno, la información y facilidades que se requieran para el seguimiento, supervisión y control de “EL PROYECTO”, independientemente de la comprobación que deba realizar ante la Dirección de Inversión de la Secretaría de Finanzas de la Entidad.
VI. Ejecutar todos y cada uno de los conceptos contratados para la ejecución de “EL PROYECTO”.
VII. Identificar los gastos efectuados con motivo del cumplimiento de la celebración del presente instrumento legal, en los documentos comprobatorios originales a través de una leyenda que exprese su relación con él.
VIII. Realizar las retenciones establecidas en las Reglas de Operación del Programa Acciones para el Desarrollo vigente.
IX. Tramitar las autorizaciones de pago correspondientes ante la Secretaría de Finanzas por estimaciones en la ejecución de “EL PROYECTO”, previa validación de “LA SECTUREM” a través de la Coordinación Administrativa.
QUINTA. OBLIGACIONES.- “LA SECTUREM” se obliga a:
I. Validar las autorizaciones de pago oportunamente de los recursos por $3’000,000.00 (Tres millones de pesos 00/100 M.N.) a que se refiere la Cláusula Segunda de este Convenio, y supervisar que se apliquen de manera adecuada para “EL PROYECTO” objeto del presente instrumento legal.
II. Dar seguimiento en coordinación con “LA JUNTA” al avance en cumplimiento del objeto previsto en la Cláusula Primera del presente instrumento legal.
III. Publicar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México denominado “Gaceta del Gobierno” el presente instrumento.
SEXTA. SEGUIMIENTO.- “LAS PARTES” designan como enlaces para el seguimiento, de la aplicación y comprobación de los recursos presupuestarios asignados, así como para la evaluación y cumplimiento de los compromisos y obligaciones que se deriven del presente instrumento a las siguientes personas:
“LA SECTUREM” designa como enlace y responsable del seguimiento, evaluación, aplicación, cumplimiento y comprobación de los recursos presupuestarios asignados al titular de la Dirección de Inversión Turística adscrito a la Dirección General de Turismo.
“LA JUNTA” designa como enlace y responsable del seguimiento, evaluación, aplicación, cumplimiento y comprobación de los recursos presupuestarios asignados al Jefe de la Unidad de Planeación y Tecnologías de la Información y Comunicación.
SÉPTIMA. DIFUSIÓN.- “EL PROYECTO” financiado con los recursos a que se refiere el presente Convenio, deberá difundirse por el “LA JUNTA” a través de mantas, espectaculares, mamparas, o cualquier otro medio impreso, previa validación del diseño y ubicación de estos por parte de “LA SECTUREM”; lo anterior se realizará de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.7 del Manual de Operación del Programa Acciones para el Desarrollo.
Invariablemente la difusión y publicidad deberán realizarse durante el desarrollo de la obra y hasta la entrega – recepción de la misma, así como hacer mención de que se está realizando por el Gobierno Estatal, con los recursos Estatales aprobados en el Presupuesto de Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2015.
La papelería y documentación oficial que se utilice en la ejecución de “EL PROYECTO” a que se refiere el presente Convenio deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. De igual forma, se deberá cumplir con la legislación y normatividad Estatal aplicable en esta materia.
OCTAVA. RELACIÓN LABORAL.- “LAS PARTES” acuerdan que como patrones del personal que ocupen para la ejecución del objeto del presente Convenio, serán cada una responsables del cumplimiento de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que en ningún momento podrán ser considerados como patrones solidarios o sustitutos.
NOVENA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, con apego a las disposiciones legales aplicables. Las modificaciones al Convenio deberán publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de México denominado “Gaceta del Gobierno”.
En caso de contingencias para la realización de los programas previstos en este instrumento, “LAS PARTES” acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del convenio modificatorio correspondiente.
DÉCIMA. INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- “LAS PARTES” manifiestan
su conformidad para realizar todas las acciones necesarias para el cumplimiento del presente instrumento legal, atendiendo al carácter interinstitucional de ayuda y beneficio a la colectividad del lugar y prevaleciendo el espíritu de buena fe que le da origen; sin embargo, en caso de presentarse alguna controversia sobre la interpretación, la resolverán de común acuerdo.
En el supuesto de controversia por incumplimiento, “LAS PARTES” convienen someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la Ciudad de Toluca, Estado de México, renunciando al fuero que les pudiere corresponder por razón de su domicilio o vecindad presente o futura, o en su caso a la autoridad competente.
DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Xxxxxxxx comenzará a surtir sus efectos a partir de la fecha de su suscripción, y hasta el 31 de diciembre de 2015, fecha en la que los recursos estatales aportados deberán estar debidamente comprobados mediante la ejecución de “EL PROYECTO” motivo de este instrumento legal o hasta que se realice la entrega recepción del mismo.
DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LAS PARTES” acuerdan que podrá darse por terminado de manera anticipada el presente Convenio cuando se presente alguna de las siguientes causas:
I. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado.
II. Por acuerdo de “LAS PARTES”.
III. Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA TERCERA. DE LA RESCISIÓN.- “LAS PARTES” acuerdan que el presente Convenio podrá ser rescindido por:
1. Destinar los recursos a fines distintos a los previstos en el presente Convenio por parte de “LA JUNTA”, en cuyo caso los recursos deberán reintegrarse a la Caja General de Gobierno dentro del plazo establecido al efecto en las disposiciones aplicables.
2. Incumplimiento de las obligaciones contraídas.
DÉCIMA CUARTA. CONTROL, VIGILANCIA Y EVALUACIÓN.- En caso de que “LA
SECTUREM” detecte un incumplimiento por parte de “LA JUNTA” se informará a la Contraloría Interna de “LA SECTUREM” a fin de que la Secretaría de la Contraloría, determine la procedencia de remitir el asunto al Órgano Superior de Fiscalización, Contraloría Interna del Poder Legislativo, debiendo proporcionar oportunamente la información y brindar las facilidades que se requieran, en términos de la normatividad fiscal y contable correspondiente.
DÉCIMA QUINTA. DOMICILIOS.- Para todos los efectos derivados del presente Convenio, especialmente para avisos y notificaciones, “LAS PARTES” señalan como sus domicilios los siguientes:
“LA SECTUREM” Xxxxxx Xxxxx esquina Primero xx Xxxx número 1731, segundo piso, Xxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000. | “LA SECOM” Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, número 485, segundo piso, Colonia Xxxxxxx, 00000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
“LA JUNTA DE CAMINOS” Igualdad 101 esquina Fraternidad Santiago Tlaxchomulco, Toluca, Estado de México, C.P.50280. |
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente Acuerdo de Coordinación, lo firman por triplicado en el municipio de Toluca, Estado de México, a los 25 días del mes xx Xxxx de 2015.
POR “LA SECTUREM” | POR “COMUNICACIONES” |
M. EN D.F. XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX SECRETARIA DE TURISMO | ING. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX ENCARGADO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y DIRECTOR GENERAL DE LA JUNTA DE CAMINOS DEL ESTADO DE MÉXICO |
M. EN A.P. XXXXX XXXXXX JUÁREZ COORDINADOR ADMINISTRATIVO | LIC. C.P. Y X.X XXXXXXX XXXXXXX XXXXX COORDINADOR DE ESTUDIOS Y PROYECTOS ESPECIALES |
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN FORMAN PARTE DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE TURISMO, Y LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, EL CUAL CONSTA DE DIECIOCHO CLÁUSULAS CONTENIDAS EN NUEVE FOJAS ÚTILES POR EL LADO ANVERSO, SIGNADO EL 00 XX XXXX XX XXX XXX XXXXXX------------------------------------------------------