CUADRO RESUMEN
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE PROYECTOS COLABORATIVOS EN
AGRUPACIONES EMPRESARIALES EXTREMEÑAS” PARA LA FUNDACIÓN EOI
CUADRO RESUMEN
1. Número de Expediente: PG_20100426_CLUSTEREXTRE.
2. Departamento que propone la contratación: EOI Servicios.
3. Objeto del contrato y necesidades de la Fundación EOI a satisfacer:
3.1. Descripción:
Contratación de un servicio de consultoría que promueva actuaciones de cooperación interempresarial como vía para aumentar la competitividad y la capacidad innovadora de las PYMES pertenecientes a la región de Extremadura.
La descripción completa del servicio se desarrolla en el Pliego de Características Técnicas.
3.2. Estructura del contrato: No se realiza división en lotes.
3.3. Tipo de contrato: Servicios. Servicios de consultores de dirección y servicios conexos.
3.4. Número de referencia CPV: 73200000 – Servicios de consultoría en investigación y desarrollo.
4. Precio del contrato:
4.1. Importes:
Presupuesto máximo de licitación (Art. 75.1 LCSP) | Importe del IVA (18 %) | Importe total | Importe total del valor estimado, sin incluir el IVA (art. 76 LCSP) | |
Precio por hora de consultoría | 120,00 €/hora | 21,60 €/hora | 141,60 €/hora | 120,00 €/hora |
Total | 192.000,00 € | 34.560,00 € | 226.560,00 € | 192.000,00 € |
No se admitirán a licitación las propuestas económicas que superen el precio máximo de licitación por hora de consultoría indicado.
EOI indicará al adjudicatario el número total de empresas a las que prestar el servicio durante la ejecución del contrato y el número de horas de consultoría a realizar, sin que en ningún caso pueda superarse el presupuesto máximo de licitación, que constituye el importe máximo de contratación.
No existe obligación de EOI de contratar en su totalidad el presupuesto máximo.
4.2. Revisión de precios: No procede.
4.3. Sistema de determinación del precio (art. 75 LCSP):
El precio del contrato se determina en términos de precios unitarios referido a la prestación del servicio de consultoría por hora de consultoría a una empresa, dentro del presupuesto máximo de licitación, que constituye el importe máximo de contratación por parte de EOI.
El precio unitario del servicio por hora de consultoría, será único para cualquier empresa y se mantendrá durante toda la vigencia del contrato.
El precio incluye todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, tasas y toda clase de tributos, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
4.4. Forma de pago del precio:
El precio del contrato será objeto de facturación mensual, a la finalización de cada mensualidad, en función del servicio prestado.
El adjudicatario facturará a EOI por las actuaciones realizadas cada mes (número efectivo de horas de consultoría a empresas realizadas). A cada factura se acompañara un Informe Técnico Mensual de ejecución y, en su caso, documentación acreditativa de las actuaciones realizadas, de acuerdo con lo enunciado en el Pliego de Características Técnicas.
5. Lugar de ejecución: Extremadura.
6. Plazo de duración del contrato: Desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2010.
Régimen de prorroga: NO.
7. Régimen de admisión de variantes o mejoras:
No se admiten variantes.
Las mejoras que introduzcan los licitadores con respecto a los requerimientos mínimos establecidos en el Pliego de Características Técnicas, serán objeto de valoración de acuerdo con lo dispuesto en el punto 10 de este Cuadro Resumen.
8. Requisitos mínimos de solvencia:
En el sobre Nº 1 “Documentación Administrativa” se debe incluir toda la documentación necesaria para la comprobar el cumplimiento de los requisitos mínimos de solvencia.
8.1. Solvencia económica y financiera:
Xxxx acreditarse disponer de una cifra de negocios, durante cada uno de los tres últimos años, superior al presupuesto máximo de licitación. Se acreditará mediante
declaración de la cifra de negocios global en el ámbito de la actividad correspondiente al objeto del contrato, realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
8.2. Solvencia técnica o profesional:
El personal que participe en la ejecución del contrato en la categoría de consultor senior deberá cumplir con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
− Título Universitario.
− Mínimo ocho años de experiencia profesional.
− Adecuación de la experiencia a alguno de los siguientes ámbitos de consultoría: Estratégica, Gestión de Intangibles, Eco-Innovación o Asesoramiento Financiero.
− Capacidad demostrada de gestión de proyectos y análisis de viabilidad.
El personal que participe en la ejecución del contrato en la categoría de consultor junior deberá cumplir con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
− Título Universitario o experiencia profesional equivalente.
− Mínimo dos años de experiencia profesional en alguno de los siguientes ámbitos de consultoría: Estratégica, Gestión de Intangibles, Eco-Innovación o Asesoramiento Financiero.
La acreditación de estos requisitos se realizará mediante:
- Curriculum vitae actualizado, con especificación de los principales trabajos que haya realizado directamente o en los que haya colaborado.
- Titulaciones académicas.
Los requisitos de técnica o profesional enunciados para participar en esta contratación podrán ser sustituidos por la acreditación del licitador de estar homologado según la CONVOCATORIA PÚBLICA DE HOMOLOGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES EN PROGRAMAS FORMATIVOS DE LA FUNDACIÓN EOI Y SERVICIOS DE CONSULTORÍA DENTRO DEL
PROGRAMA RISC, lo cual se acreditará según lo indicado en el punto 7.1. xxx Xxxxxx de Cláusulas Particulares.
9. Procedimiento de adjudicación: GENERAL
Tramitación: ORDINARIA
10. Criterios objetivos de valoración:
Se valorarán las ofertas, según los criterios enunciados a continuación, siendo 0 la puntuación mínima y 10 la puntuación máxima.
10.1. Oferta económica (máximo 3,00 puntos)
En el sobre nº 3 “Proposición económica” se debe incluir toda la documentación necesaria para la correcta valoración de la Oferta económica.
La Oferta económica se presentará conforme al modelo que figura en el Anexo 3, proporcionando precios para los conceptos indicados.
El criterio objetivo del precio tiene un peso del 30% en la valoración total.
La oferta económica se presentará y valorará en base al coste unitario por hora de consultoría.
La mayor puntuación se asignará a la oferta económica de precio unitario por hora de consultoría más baja entre las admitidas, distribuyendo la puntuación a las restantes ofertas de acuerdo a la siguiente fórmula:
siendo:
Puntos i = Puntuación de la oferta i.
Pi = Precio unitario por hora de consultoría de la oferta i (sin IVA).
Pb = Precio unitario por hora de consultoría de la oferta más baja de las presentadas no consideradas desproporcionadas o anormales (sin IVA).
La puntuación de la oferta será cero cuando se obtenga un valor negativo.
Se aplicará un umbral por debajo del cual se considera que la oferta no pueda ser cumplida como consecuencia de ser desproporcionada o anormal. Se considerará, en principio, que las ofertas son anormales cuando el precio por hora de consultoría a empresa beneficiaria de la oferta sea inferior en más de un 25 % a la media aritmética de las ofertas presentadas. En estos casos se valorarán otros criterios objetivos para determinar que una proposición no puede ser cumplida, en los términos del artículo 136 de la LCSP. Cuando se presenten ofertas de varias empresas de un mismo grupo empresarial, se tomará en consideración, para el cálculo de la media, solamente la oferta más baja de las presentadas por el grupo.
10.2. Oferta técnica (máximo 7,00 puntos)
Se aplicará un umbral de 3,00 puntos por debajo del cual se considera que las ofertas técnicas presentadas no reúnen los requisitos mínimos para dar cumplimiento al objeto del contrato.
Para cada uno de los criterios de valoración, la puntuación máxima se asignará a la proposición que se considere responde mejor a las necesidades de EOI en relación al criterio especificado, valorándose el resto de proposiciones de forma proporcional. En caso de que se considere que la proposición no responde adecuadamente a las necesidades de EOI en relación al criterio especificado, la puntuación asignada será 0 puntos.
El criterio objetivo de la Oferta técnica tiene un peso del 70% en la valoración total, de acuerdo con los siguientes criterios objetivos de valoración, que se desarrollan en el Pliego de Características Técnicas:
10.2.1. Calidad técnica (máximo 4,00 puntos).
La Oferta técnica deberá acreditar un dominio conceptual, metodológico y técnico adecuado para la ejecución del contrato y reflejar capacidad técnica probada para dar servicio en el desarrollo del objeto previsto y para la consecución de los objetivos marcados.
Se valorará:
• Metodología (máximo 2,00 puntos). Se valorará el detalle en cuanto a metodología de trabajo, coordinación y trasferencia de conocimiento.
• Planificación (máximo 2,00 puntos). Se valorará la identificación de fases, hitos, entregables, recursos asociados, tiempos.
10.2.2. Medios humanos y técnicos (máximo 2,00 puntos).
En medios humanos se valorará la idoneidad del responsable y del equipo de trabajo propuesto para la ejecución del trabajo. A estos efectos, se deberá aportar curriculum vitae actualizado del responsable del proyecto y del equipo de trabajo.
Se valorarán el número de personas (mínimo 4 personas) que vaya a asignar a la ejecución del contrato, su cualificación, y la disponibilidad que garantice el licitador para atender con inmediatez y eficacia lo requerido por EOI en todo momento en ejecución del contrato.
En cuanto a medios humanos necesarios, deberá cumplirse con lo especificado en el Pliego de Características Técnicas.
A efectos de evaluación de las proposiciones, los medios humanos se valorarán de la siguiente manera:
- Número de personas integradas en el equipo con perfil de consultor senior y experiencia superior a ocho años en Consultoría. (máximo 1,00 puntos).
- Experiencias, en su conjunto, del equipo de trabajo propuesto, en proyectos de naturaleza similar (máximo 0,50 puntos).
En medios técnicos se valoraran los medios técnicos que se proponga adscribir a la ejecución del trabajo. A estos efectos, se deberá aportar información detallada de los medios técnicos a utilizar en la ejecución del trabajo, en particular, de las oficinas disponibles en Extremadura y el acceso a bases de datos, comerciales o privadas, de contenido financiero de empresas de Extremadura a disposición del adjudicatario para la ejecución del trabajo.
A efectos de evaluación de las proposiciones, los medios técnicos se valorarán de la siguiente manera:
- Medios de oficina técnica (máximo 0,50 puntos).
10.2.3. Mejoras (máximo 1,00 puntos).
Se valorarán las mejoras propuestas por los licitadores con respecto a los requerimientos mínimos establecidos en el Pliego de Cláusulas Particulares y el Pliego de Características Técnicas. Las mejoras propuestas en ningún caso podrán suponer un incremento de precio sobre el recogido en la Oferta económica presentada.
Las mejoras propuestas deberán especificarse en un apartado específico dentro de la Oferta técnica.
11. Constitución de garantías:
11.1. Garantía provisional: No se exige.
11.2. Garantía definitiva: No se exige.
12. Financiación Comunitaria: FEDER Programa Operativo CCI2007ES16UPO001.
Esta contratación se enmarca en las actuaciones que EOI desarrolla dentro del Programa Operativo CCI2007ES16UPO001, de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) por y para el beneficio de las Empresas del Fondo Tecnológico del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), aprobado por Decisión de la Comisión de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2007 (en adelante Programa RISC). Estas actuaciones cuentan con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
13. Subcontratación: Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del 30 % del importe de adjudicación.
14. Otras cuestiones relativas al contrato:
14.1. Penalizaciones:
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, incurriera en xxxx respecto de los plazos de ejecución a los que se hubiera comprometido EOI podrá optar por la resolución del contrato, o por la imposición de penalidades diarias de trescientos euros (300,00 €/diarios) por cada servicio demandado que no haya sido resuelto en el tiempo y formas establecidos, sin necesidad de previo requerimiento al adjudicatario de incursión en xxxx. El pago de las penalidades no excluirá la indemnización por daños y perjuicios a que EOI pudiera tener derecho.
14.2. Modificaciones:
El contrato, una vez perfeccionado, podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes. Asimismo, podrá modificarse a instancia de EOI si concurren circunstancias o acontecimientos que objetivamente considerados justifiquen la necesidad de la modificación y la proporcionalidad de ésta.
14.3. Condiciones especiales de ejecución que se conceptúan como obligaciones esenciales:
A los efectos previstos en el artículo 206.g) de la LCSP, se conceptúa como obligación esencial el cumplimiento lo especificado en el Pliego de Características Técnicas y la Oferta presentada. EOI podrá resolver el contrato por incumplimiento de las características técnicas del servicio, en relación con la aportación de medios personales o materiales comprometidos o con el tiempo de respuesta y resultados asignados al servicio. La apreciación de la reiteración requerirá la previa advertencia escrita al contratista.
15. Contrato sujeto a regulación armonizada: NO.
PLIEGO-TIPO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DE LA FUNDACIÓN EOI PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO GENERAL
1. IDENTIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO
1.1. Número del expediente: El indicado en el apartado 1 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx.
1.2. Órgano proponente: El indicado en el apartado 2 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx.
1.3. Objeto del contrato:
1.3.1. Descripción: El indicado en el apartado 3 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx, sin perjuicio de que el detalle del servicio y prestaciones que lo integran serán los especificados en el Pliego de Características Técnicas.
1.3.2. Estructura del contrato: La indicada en el apartado 3.2. del Cuadro Resumen del presente Pliego.
1.4. Lugar de prestación del servicio y plazo de duración: Los indicados en los apartados 5 y 6 del Cuadro Resumen del presente Pliego.
2. RÉGIMEN JURÍDICO
La presente contratación no está sujeta a regulación armonizada.
El contrato a que sirve de base este Pliego tiene carácter de contrato privado y se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por las disposiciones aplicables a los poderes adjudicadores que no tienen carácter de Administración Pública de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y sus disposiciones de desarrollo, y por las Instrucciones de contratación de la Fundación EOI (ex artículo 175 de la LCSP), aplicándose supletoriamente las normas de Derecho Privado.
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato que se suscriba se rige por las cláusulas del presente Pliego de cláusulas particulares, que reviste carácter contractual, por las estipulaciones del contrato y, supletoriamente, por las normas de Derecho Privado aplicables.
3. RÉGIMEN ECONÓMICO DEL CONTRATO
3.1. Precio del contrato: El precio del contrato asciende a la cantidad máxima que se indica en el apartado 4.1. del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx y en él se recoge como partida independiente el IVA. (apartado 4.1).
Estas cifras representan el presupuesto total del contrato, que se refleja en el apartado 4.1 del Cuadro Resumen del presente Pliego y determinará la exclusión de cualquier oferta por importe superior, y corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del contrato.
En cuanto al valor estimado del contrato, asciende a la cantidad que se indica en el apartado 4.1 del Cuadro Resumen del presente Pliego y corresponde a la totalidad del período previsto para la ejecución del contrato, incluidas en su caso su prórroga y la revisión de precios.
3.2. La revisión de precios, el sistema de determinación del precio del contrato fijado conforme al artículo 75 de la LCSP así como su justificación y la forma de pago del precio quedan reflejados en los apartado 4.2., 4.3. y 4.4. del Cuadro Resumen del presente Pliego.
4. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
4.1. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento general, de acuerdo con lo previsto en los artículos 25 y siguientes de las Instrucciones de Contratación de la Fundación EOI en relación con el artículo 175 de la LCSP y de acuerdo con lo previsto en el apartado 9 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx.
4.2. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS, FORMA DE ACREDITARLOS Y SISTEMA DE ASIGNACIÓN DE PUNTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación a la proposición que resulte económicamente más ventajosa con base en los criterios objetivos que se definen y ponderan, por orden decreciente según su importancia, en el apartado 10 del Cuadro Resumen de este Pliego.
En caso de empate entre dos o más proposiciones, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la empresa, pública o privada que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por ciento, y haya incluido en el sobre nº 1 el documento señalado con el nº 45 en el Anexo 1 del presente pliego, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. Si aún continuase el empate, la propuesta de adjudicación se hará a favor de la que resulte agraciada mediante sorteo.
5. REQUISITOS DE LOS LICITADORES INTERESADOS
5.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO
Podrán formular oferta para la adjudicación del contrato las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, con plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 49.1 de la LCSP, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Esta relación deberá deducirse de cualquiera de los documentos que el pliego exige a los licitadores para acreditar su personalidad y capacidad o, en su defecto, de los que adicionalmente decida aportar el licitador y sean considerados suficientes.
El órgano de contratación efectuará la comprobación pertinente al examinar la documentación administrativa requerida a los licitadores, sin perjuicio del derecho de la Fundación EOI a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
5.2. REQUISITOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
La admisión a la licitación requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para la ejecución del contrato. La Mesa de Contratación resolverá sobre la posesión de este requisito por cada uno de los licitadores, con base en la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en el sobre indicado en el apartado 7 del presente pliego.
5.3. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA PROVISIONAL PARA LICITAR
Si se encuentra expresamente previsto en el apartado 11.1 del Cuadro Resumen de este Pliego, los licitadores prestarán una garantía provisional, en la cuantía prevista en el citado apartado del Cuadro Resumen, que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato, así como del cumplimiento de las obligaciones de presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la LCSP que le reclame el órgano de contratación.
En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el apartado 11 del Cuadro Resumen, y garantice solidariamente a todos los interesados de la unión temporal.
La garantía podrá presentarse en alguna de las formas previstas en los apartados b) y c) del artículo 84.1 de la LCSP. La garantía constituida por cualquiera de dichas formas deberá depositarse en la Fundación EOI.
La garantía podrá asimismo constituirse mediante retención en el precio si así se encuentra especificado en el apartado 11 del Cuadro Resumen de este Pliego.
Cuando sea exigible la garantía para responder del mantenimiento de las ofertas, dicha garantía se extinguirá automáticamente y será devuelta inmediatamente después de la adjudicación del contrato a los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios, siempre que no hubieran retirado injustificadamente su proposición antes de la adjudicación. Al adjudicatario le será retenida hasta que proceda a la constitución de la garantía para asegurar la correcta ejecución de la prestación. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a esta última o proceder a una nueva constitución de ésta, en cuyo caso aquélla se cancelará simultáneamente a esta constitución.
6. ANUNCIO DE LA LICITACIÓN
El procedimiento se anunciará en el perfil de contratante del órgano de la Fundación EOI en la Plataforma de Contratación del Estado, y en la página web de la entidad xxx.xxx.xx .
7. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
7.1. SOBRE Nº 1, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Toda la documentación deberá estar firmada por el licitador. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias compulsadas por la Secretaría de la Mesa de Contratación.
La documentación se presentará en castellano.
Se incluirán en el mismo los documentos que se indican, en cada caso, de los relacionados con carácter general en el Anexo 1 del presente pliego ("Documentación Administrativa a incluir en el sobre número 1, según los casos").
La documentación requerida será la siguiente:
ENTIDADES NO HOMOLOGADAS
• Documentación acreditativa de la personalidad, capacidad de obrar y de la representación:
- Persona física española: documentos número: 1, 7, 12 y 15.
- Persona jurídica española: documentos número: 2, 7, 11, 13 y 16.
- Persona física de los demás países de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: documentos número: 3, 5, 7, 8, 14 y 15.
- Persona jurídica de los demás países de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: documentos número: 4, 5, 7, 8, 13 y 16.
- Persona física de país ajeno a la Unión Europea y signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio: documentos número: 3, 6, 7, 8, 10, 14 y 15.
- Persona jurídica de otro país, signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio: documentos señalados número: 4, 6, 7, 8, 10, 13 y 16.
- Persona física de país no comprendido en los números anteriores: documentos número: 3, 6, 7, 8, 9, 10, 14 y 15.
- Persona jurídica de país no comprendido en los números anteriores: documentos número: 4, 6, 7, 8, 9, 10, 13 y 16.
- Registro de Licitadores: Quedarán dispensados de acreditar los datos y documentos acreditativos de la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, los licitadores españoles que aporten la certificación expedida por el Registro a que se refiere el artículo 301, en relación con el artículo 303, de la LCSP. No obstante, en tanto no se encuentre disponible el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, a que se refiere el citado artículo 301, quedarán dispensados de acreditar su personalidad y su capacidad de obrar con la documentación exigida en los términos anteriormente indicados, los licitadores españoles que aporten la certificación expedida por cualquier Ministerio o entidad que tenga reconocidas facultades para emitir certificaciones con arreglo a la Orden Hac/664/2004, de 9 xx xxxxx, por la que se establecen los mecanismos de coordinación entre los Registros Voluntarios de licitadores, en el marco de la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomas, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
• Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: documentos indicados en el apartado 8 del Cuadro Resumen.
• Documentación acreditativa de unión de empresarios: Las uniones de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de las sea exigible según los números anteriores, la declaración prevista en el número 41.
• Documentación acreditativa de los requisitos valorables en caso de empate entre dos o más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación: documentos número 45 y 46.
• Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional: documento número 40.
• Declaración responsable, según el modelo del Anexo 5, en la que se haga constar expresamente si en el mismo expediente de licitación presentan, o no, proposiciones otras sociedades de un mismo grupo empresarial (entendiéndose por sociedades de un mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio), señalando, en caso afirmativo, las denominaciones de las correspondientes empresas.
ENTIDADES HOMOLOGADAS
Quedan dispensados de acreditar los datos y documentos acreditativos de la personalidad jurídica y/o representación, así como de la solvencia técnica o profesional, las personas físicas o jurídicas homologadas por EOI para la prestación de servicios de consultoría dentro del programa RISC de EOI.
Se incluirá en el sobre 1 los siguientes documentos:
• Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones (según modelo que figura como Anexo 4).
• Copia del Acuerdo Xxxxx de Homologación suscrito con EOI o, en caso de que aún no hubiese sido resuelta la solicitud de homologación, copia de la solicitud presentada.
• Declaración responsable de no haberse producido ninguna modificación en los datos facilitados ni en las circunstancias propias del proceso de homologación, según el modelo que figura como Anexo 6.
• Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con el sector público señaladas en el artículo 49.1, en la forma prevista en el artículo 50, ambos de la LCSP, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Modelo Anexo 2).
• Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional: documentos indicados en el apartado 8.1. del Cuadro Resumen.
• Documentación acreditativa de los requisitos valorables en caso de empate entre dos o más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación, según lo indicado en el Anexo 1 (documento señalado con el número 45).
• Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional: documento número 40.
• Declaración responsable, según el modelo del Anexo 5, en la que se haga constar expresamente si en el mismo expediente de licitación presentan, o no, proposiciones otras sociedades de un mismo grupo empresarial (entendiéndose por sociedades de un mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio), señalando, en caso afirmativo, las denominaciones de las correspondientes empresas.
• Documentación acreditativa de unión de empresarios: Las uniones de empresas deberán presentar, respecto a cada una de las empresas integrantes de la agrupación, además de la documentación que para cada una de las sea exigible según los números anteriores, la declaración prevista en el número 41.
7.2. SOBRE Nº 2, PROPOSICIÓN TÉCNICA
En este sobre y como justificación de la oferta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los
elementos distintos del precio que constituyen criterios de adjudicación del contrato, de acuerdo con la cláusula 4 del presente pliego y el punto 10 del Cuadro Resumen, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada oferta la puntuación que le corresponda.
En caso de admisión de variantes se deberá incluir la descripción de las variantes ofertadas, en las condiciones y sobre los elementos que han sido determinados por el órgano de contratación en el pliego y en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
El licitador deberá sintetizar la Oferta técnica que presente en un resumen ejecutivo, prestando especial atención a los aspectos más destacables de la proposición en relación a los requisitos y criterios de valoración.
La documentación contenida en el sobre 2 deberá presentarse en formato papel y en soporte electrónico (CD) debiendo coincidir por completo la información contenida en ambos soportes y pudiendo ser evaluada la Oferta Técnica con la información contenida en cualquiera de ellos.
7.3. SOBRE Nº 3, PROPOSICIÓN ECONÓMICA
En este sobre se incluirá únicamente la proposición económica.
La proposición económica, necesariamente firmada, se ajustará al modelo incluido como Anexo 3 de este pliego.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición económica y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo y no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
Se admitirá la presentación de variantes si así se señala en el apartado 7 del Cuadro Resumen. En el caso de que se prevea la presentación de variantes, el licitador se atendrá a las siguientes instrucciones:
a) Deberá incluir dos modelos de proposición económica: uno, con la oferta básica, y otro, con la oferta con variantes.
b) Deberá hacer constar, en el lugar previsto al efecto en el modelo de proposición económica, la identificación de su oferta básica, ajustada íntegramente a las prescripciones del objeto del contrato y, en su caso, al Pliego de Características Técnicas, y la de las variantes adicionales que oferte en las condiciones y sobre los elementos determinados en el pliego y en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
Las proposiciones se sujetarán a lo establecido en el presente Xxxxxx. Su presentación presume la aceptación incondicional por el licitador del contenido de la totalidad de las cláusulas sin salvedad alguna.
8. EXAMEN Y DISPOSICIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DEL EXPEDIENTE
En las dependencias indicadas en el anuncio de la licitación los licitadores podrán consultar la documentación del expediente constituida por el presente Pliego y, en su caso, por el Pliego de Características Técnicas.
El órgano de contratación facilitará las copias xxx Xxxxxx a todos los interesados que lo soliciten.
9. FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
9.1. FORMA DE PRESENTACIÓN
Los sobres a presentar deberán estar cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran, firmados por el licitador o la persona que lo represente y con indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre, en hoja independiente, se hará constar su contenido, enunciado numéricamente.
9.2. LUGAR DE PRESENTACIÓN
Las licitaciones se presentarán en mano, contra recibo, en: Fundación EOI (Contratación), Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxx, 0, 00000 Xxxxxx horario de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 9:00 a 14:00 horas los viernes.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, se deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama, fax (x00000000000) o correo electrónico (xxxxxxxxxxxx@xxx.xx), resultando necesaria la recepción antes de la terminación del plazo para presentar la proposición. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
9.3. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de proposiciones será de quince días naturales contados desde la publicación del anuncio de licitación.
La documentación deberá llegar a la Fundación EOI antes de la fecha señalada como última para la presentación de las proposiciones.
10. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10.1. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Finalizado el plazo de presentación de ofertas y antes de la fecha señalada para la apertura de las proposiciones económicas, la Mesa de Contratación de la Fundación EOI se constituirá para calificar los documentos presentados en tiempo y forma. A tal efecto, procederá a abrir y examinar los sobres nº 1 de las ofertas presentadas en plazo.
Si se observan defectos materiales en la documentación presentada por los licitadores, se estará a lo previsto por el artículo 81.2 del RGLCAP.
10.2. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
El órgano de contratación procederá a examinar la documentación técnica, para comprobar el cumplimiento de las prescripciones técnicas por parte de las ofertas, pudiendo recabar del licitador la documentación adicional que precise. El órgano de contratación excluirá de la valoración y propuesta de adjudicación las ofertas que no cumplan las prescripciones técnicas del contrato.
Tras la apertura y examen de las proposiciones, la Mesa de Contratación formulará la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación, una vez ponderados los criterios aplicables para efectuar la selección del adjudicatario, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del presente Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación decida no adjudicar el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
En el supuesto de observarse omisiones o deficiencias en la documentación aportada serán de aplicación las normas de desarrollo de la LCSP para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
10.3. ADJUDICACIÓN
Dentro del plazo máximo de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones, el órgano de contratación, procederá a la adjudicación del contrato a la proposición que resulte económicamente más ventajosa, o a declarar desierto el procedimiento, motivando, en todo caso, su resolución, con referencia a los criterios de adjudicación.
De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
Con carácter previo a la adjudicación, la Fundación EOI requerirá al candidato propuesto como adjudicatario la presentación de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de sus obligaciones tributarias (documentos 42 y 00 xxx Xxxxx 0 del
presente pliego), de la Seguridad Social (documento 44) y, en su caso, del número de trabajadores minusválidos que la empresa tenga en plantilla (documento 46), y cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato en los términos del artículo 53.2 de la LCSP, así como la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente según lo dispuesto en la cláusula 11 del presente Pliego.
La adjudicación se notificará a todos los licitadores, por escrito, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción y se publicará en el Perfil del Contratante de la Fundación EOI.
Si los interesados lo solicitan, se les facilitará información, en un plazo máximo de quince días naturales a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor.
El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas.
11. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA PARA ASEGURAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
Si se encuentra expresamente previsto en el apartado 11.2 del Cuadro Resumen de este Pliego, el adjudicatario viene obligado a constituir una garantía para asegurar la correcta ejecución de la prestación del servicio contratado, a disposición del órgano de contratación, por importe equivalente al 5 % del precio de adjudicación total del contrato, excluido I.V.A., o en su caso, del lote o lotes adjudicados. Dicha garantía será del 5 % del presupuesto máximo de licitación a que se refiere el apartado 4.1 del Cuadro Resumen del presente Pliego, IVA excluido, cuando el precio se determine en función de precios unitarios.
La garantía podrá presentarse en alguna de las formas previstas en los apartados b) y
c) del artículo 84.1 de la LCSP. La garantía constituida por cualquiera de dichas formas deberá depositarse en la Fundación EOI con carácter previo a la formalización del contrato.
La garantía podrá asimismo constituirse mediante retención en el precio si así se encuentra especificado en el apartado 11 del Cuadro Resumen de este Pliego.
Cuando la garantía para asegurar la correcta ejecución de la prestación no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, queda a salvo el
derecho de la Fundación EOI a reclamar el resto al amparo de lo dispuesto en los artículos 1100, 1101 y siguientes y 1124 del Código Civil y normas concordantes.
Las garantías constituidas, una vez liquidadas las eventuales responsabilidades con cargo a las mismas, serán devueltas de oficio por la Fundación EOI.
12. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Los contratos deberán formalizarse por escrito dentro del plazo xx xxxx días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
13. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y se compromete a tomar todas las medidas necesarias, y a disponer de los medios y recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la óptima ejecución del contrato, quedando a su cargo todos los costes que origina este compromiso.
En consecuencia, el adjudicatario mantendrá durante todo el período de vigencia del contrato la dependencia laboral de todos los trabajadores que participen en su ejecución, siendo responsable de la protección de sus derechos sociales y de su retribución, así como, en su caso, de la contraprestación económica de los profesionales designados por la empresa que participen de cualquier modo en la ejecución del contrato y responde del estricto cumplimiento de sus obligaciones en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de cualesquiera otras que le fueren exigibles en el desarrollo de su actividad de acuerdo con la normativa vigente. EOI podrá solicitar en cualquier momento del adjudicatario la documentación que justifique el cumplimiento de las citadas obligaciones.
El adjudicatario responde de la obtención en su caso de las autorizaciones, permisos y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran en la ejecución de las prestaciones que integran el servicio contratado de acuerdo con la legislación aplicable.
El incumplimiento de los compromisos conceptuados como obligación esencial en el apartado 14.3 del Cuadro Resumen se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de la Fundación EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil.
14. SUBCONTRATACIONES
El adjudicatario no podrá subcontratar con terceros las prestaciones que integran el servicio contratado, salvo que la posibilidad de subcontratación esté expresamente prevista en el apartado 13 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx. En este último supuesto, las prestaciones que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán superar el porcentaje del importe de adjudicación especificado en el citado apartado del Cuadro Resumen, y se ajustará a lo establecido en el Art. 210 de la LCSP.
15. MODIFICACIONES Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
15.1. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato, una vez perfeccionado, podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes.
Asimismo, podrá modificarse a instancia de la Fundación EOI si concurren circunstancias o acontecimientos que objetivamente considerados justifiquen la necesidad de la modificación y la proporcionalidad de ésta.
15.2. PRÓRROGA DEL CONTRATO
El contrato podrá prever una o varias prórrogas, siempre que sus características permanezcan inalterables durante el período de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los xxxxxxxx xx xxxxxxxx.
00. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
Quedarán en propiedad de EOI los trabajos ejecutados, así como todos los derechos inherentes a los mismos, su propiedad, comercial e industrial, reservándose EOI su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por EOI, la cual podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integran, con todos sus antecedentes y datos.
Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a EOI, salvo casos de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no tener carácter de exclusividad. En todos y cada uno de los productos finales en que se materialicen dichos trabajos deberá constar el símbolo o indicación de reserva de derechos a favor de EOI conforme a lo dispuesto en el artículo 146 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 abril (ex Ley 5/1998, de 6 marzo).
17. PAGO DEL PRECIO
El precio será objeto de facturación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 del Cuadro Resumen. La factura deberá incluir todas las menciones legalmente obligatorias.
El pago se hará efectivo, previa comprobación por EOI de los servicios efectivamente prestados por el adjudicatario, en el plazo máximo de 90 días desde la recepción por EOI de la correspondiente factura.
18. PENALIDADES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA
En el contrato que se suscriba se podrán prever penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hayan establecido como tales en el apartado 14.3 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx, siempre que éstas no se hayan calificado expresamente en el citado apartado como obligaciones esenciales, en cuyo caso su incumplimiento se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de la Fundación EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil.
La xxxx del contratista se regirá por lo dispuesto en los artículos 1100 y 1101 y siguientes del Código Civil. La indemnización de daños y perjuicios por xxxx del contratista podrá consistir en la imposición de una penalidad diaria cuando así se prevea expresamente en el apartado 14 del Cuadro Resumen del presente Pliego de cláusulas particulares y en el contrato.
19. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Los contratos de la Fundación EOI se extinguirán por cumplimiento o por resolución, que podrá tener lugar por mutuo acuerdo, por las causas establecidas expresamente en el contrato y por las contempladas en las normas de Derecho privado aplicables.
20. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Para conocer de cualquier controversia en relación con la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato que no pueda dirimirse por mutuo acuerdo de las partes es competente el orden jurisdiccional civil.
Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior los actos de preparación y adjudicación de contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la LCSP de cuantía igual o superior a 193.000 euros susceptibles del recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 37 de la LCSP, que
serán objeto de dicho recurso especial e impugnables ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el citado precepto.
21. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario se compromete de manera expresa a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier información propia de EOI a la que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato, que sólo podrá utilizar con la exclusiva finalidad de prestar el servicio contratado.
Se entiende por “información propia” cualquier información relativa a aspectos financieros, comerciales, técnicos y/o industriales de EOI o de su negocio que sea suministrada por EOI al adjudicatario con la finalidad descrita (con independencia de que tal transmisión sea oral, escrita, en soporte magnético o cualquier otro mecanismo informático, gráfico o de cualquier otra naturaleza).
No se entenderá por “información propia”, ni recibirá tal tratamiento, aquélla que:
• Sea de público conocimiento en el momento de su suministro al adjudicatario o que, una vez facilitada, alcance tal condición sin que para ello el adjudicatario haya violentado lo establecido en el presente documento.
• Fuese divulgada masivamente sin limitación alguna por EOI.
El adjudicatario se obliga asimismo a cumplir la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal. Si en ejecución del contrato fuera necesario el acceso del adjudicatario a datos de carácter personal contenidos en ficheros titularidad de EOI, el adjudicatario únicamente podrá tratar tales datos con la exclusiva finalidad de ejecutar el contrato suscrito y conforme a las instrucciones de EOI, Responsable del Fichero, y no los aplicará o utilizará con fin distinto, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
Si el tratamiento de tales datos tiene lugar, el adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y, especialmente, en lo dispuesto por el Art. 12 sobre “Acceso a los datos por cuenta de terceros”
Lo dispuesto en la presente cláusula será objeto de desarrollo en las estipulaciones del contrato que suscriba EOI con el adjudicatario.
22. DIFUSIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE FINANCIACIÓN COMUNITARIA
En el supuesto de que, de acuerdo con el apartado 12 del Cuadro Resumen del presente Xxxxxx, el servicio contratado cuente con financiación del Fondo Social Europeo (FSE), por enmarcarse dentro de las actuaciones que ejecuta la Fundación EOI en el Programa Operativo CCI2007ES05UPO001, de intervención comunitaria del
Fondo Social Europeo de Adaptabilidad y Empleo en el marco de los objetivos de convergencia y competitividad regional y empleo de España, aprobado por Decisión de la Comisión de la Unión Europea de 14 de diciembre de 2007, el coste de esta contratación contará con financiación del FSE en los porcentajes aprobados dentro del mencionado Programa Operativo, y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
En el supuesto de que, de acuerdo con el apartado 12 del Cuadro Resumen del presente Pliego, el servicio contratado cuente con financiación del Fondo Tecnológico del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por enmarcarse dentro de las actuaciones que ejecuta la Fundación EOI en el Programa Operativo CCI2007 ES16UPO001, de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) por y para el beneficio de las Empresas - Fondo Tecnológico del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), aprobado por Decisión de la Comisión de la Unión Europea de 7 de diciembre de 2007, el coste de esta contratación contará con financiación xxx XXXXX en los porcentajes aprobados dentro del mencionado Programa Operativo, y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Si concurre alguno de los supuestos previstos en los párrafos precedentes, en virtud de la cofinanciación de que se trate, toda la documentación escrita que genere la ejecución del contrato deberá incluir en la cabecera de sus páginas el logotipo de la Unión Europea, con referencia expresa al Fondo Estructural que proceda, en los términos exigidos por la normativa comunitaria; se observarán asimismo en cualesquiera actuaciones de difusión y publicidad las disposiciones comunitarias en la materia, teniendo particularmente en cuenta lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006.
DILIGENCIA, para hacer constar que el presente pliego ha sido elaborado e informado por los Servicios Jurídicos de la Fundación EOI como modelo xx xxxxxx-tipo de cláusulas particulares para contratos de servicios por procedimiento general, y que ha sido aprobado por el Director General de la Fundación.
ANEXO 1
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1, SEGÚN LOS CASOS
Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar
1. D.N.I. del empresario individual.
2. Escritura de constitución o modificación inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
3. Documento equivalente a D.N.I. o pasaporte.
4. Documento de constitución.
5. Acreditación de inscripción en el Registro o certificación prevista para el país respectivo en el Cuadro Resumen del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
6. Certificación expedida por la respectiva representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
7. Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con el sector público señaladas en el artículo 49.1, en la forma prevista en el artículo 50, ambos de la LCSP, y de encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Modelo Anexo 2).
8. Declaración de sumisión a la jurisdicción española y de renuncia a otro fuero.
9. Informe de la representación diplomática española sobre reciprocidad de trato.
10. Informe de la Embajada española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
11. Tarjeta de Identidad Fiscal.
Documentación acreditativa de la representación
12. D.N.I. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando la proposición no sea presentada por el propio empresario individual.
13. D.N.I., documento equivalente al D.N.I. o pasaporte del firmante de la proposición.
14. D.N.I., documento equivalente al D.N.I. o pasaporte del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
15. Poder del firmante de la proposición, cuando no sea presentada por el propio empresario individual.
16. Poder del firmante de la proposición.
Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera
17. Informe de institución financiera.
18. Justificante de seguro de indemnización por riesgos profesionales.
19. Cuentas anuales o extractos de las mismas.
20. Declaración de volumen de negocio global, por tipo de contrato, de los tres últimos años.
21. Cualquier otro documento considerado suficiente por la Fundación EOI.
Documentación acreditativa de la solvencia técnica
22. Títulos y experiencia de empresario, cuadros y responsables de las obras.
23. Relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con certificado de buena ejecución del director de obra, de las que, al menos, tres serán de importe igual o superior al precio del contrato.
24. Declaración de maquinaria, material y equipo técnico para la obra.
25. Declaración sobre efectivos personales, promedios anuales de la empresa, indicando, en su caso, grado de estabilidad en el empleo de los mismos y la importancia de sus equipos directivos durante los tres últimos años.
26. Declaración de técnicos o unidades técnicas disponibles para la ejecución de las obras.
27. Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán en su caso los correspondientes certificados sobre los mismos o certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
28. Descripción del equipo técnico, medidas para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación.
29. Indicación de técnicos o unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad, así como, en su caso, grado de estabilidad en el empleo del personal integrado en la empresa.
30. Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar.
31. Certificaciones establecidas por institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de la calidad que acrediten la conformidad de artículos, bien identificados, con referencia a ciertas especificaciones o normas.
32. Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando los productos a suministrar sean complejos o deban responder a un fin particular.
33. Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de dirección de la empresa, así como del personal responsable de la ejecución del contrato.
34. Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.
35. Descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, especialmente de los responsables del control de calidad.
36. Declaración sobre promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años.
37. Declaración del material, instalaciones y equipo técnico para la realización del contrato.
38. Declaración de medidas para controlar la calidad, así como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.
39. Documento acreditativo del control, efectuado por la Administración o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario esté establecido, sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad, cuando se trate de servicios o trabajos complejos o que deban responder a un fin especial.
Documentación acreditativa de constitución de la garantía provisional
40. Aval prestado por banco, caja de ahorros, cooperativa de crédito o sociedad de garantía recíproca, autorizados para operar en España o póliza de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo.
Documentación acreditativa de unión de empresarios
41. Declaración firmada por el representante de cada una de las empresas, en la que se indique el porcentaje de participación de cada una de ellas en la unión de empresarios y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ellas frente a la Administración.
Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
42. Documento justificativo del alta, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, en el Impuesto de Actividades Económicas, referido al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exenta la persona o entidad, deberá presentar el alta en el Impuesto, en los términos anteriores, y declaración responsable de estar exento.
43. Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Administración Tributaria, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
44. Certificación positiva, expedida por el órgano competente de la Seguridad Social, establecida en los términos y condiciones fijados en el Real Decreto 1098/2001, de
12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Documentación acreditativa de los requisitos valorables en caso de empate entre dos o más proposiciones, para aplicar la preferencia en la adjudicación
45. Declaración responsable sobre el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 4 in fine xxx xxxxxx.
46. Justificantes que acrediten el número de trabajadores minusválidos, no inferior al 2%, que la empresa tenga en su plantilla, a los efectos previstos en la cláusula 4 in fine xxx xxxxxx.
ANEXO 2
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES DE CONTRATAR QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 49.1 DE LA LEY 30/2007, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
MODELO A) Personas físicas que liciten en su propio nombre
D/D.ª: D.N.I. nº:
Domicilio en (calle/plaza):
Población: Provincia: Código postal:
DECLARA RESPONSABLEMENTE en su propio nombre y derecho:
Que el firmante de la declaración no se halla incurso en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 49.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Asimismo se compromete a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 13 y 14 del RGLCAP en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales a partir del siguiente a aquel en que se produzca la publicación de la adjudicación en el caso de resultar propuesto como adjudicatario.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en
..............., a………………, de………, de 2010
Sr. Presidente de la Mesa de Contratación de la Fundación EOI
MODELO B) Personas físicas que actúen representación de una persona física o jurídica:
D/D.ª: D.N.I. nº:
En nombre y representación de la persona jurídica:
Domicilio en (calle/plaza):
Población: Provincia: Código postal: N.I.F./C.I.F.:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 49.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Asimismo me comprometo a aportar los certificados y documentos requeridos por los artículos 13 y 14 del RGLCAP en el plazo xxxxxx xx xxxx días naturales a partir del siguiente a aquel en que se produzca la publicación de la adjudicación en el caso de resultar propuesto como adjudicatario.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en
..............., a………………, de………, de 2010
Sr. Presidente de la Mesa de Contratación de la Fundación EOI
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE
CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE PROYECTOS COLABORATIVOS EN
AGRUPACIONES EMPRESARIALES EXTREMEÑAS” PARA LA FUNDACIÓN EOI
Número de Expediente: PG_20100426_CLUSTEREXTRE.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL FIRMANTE DE LA PROPOSICIÓN Y DEL LICITADOR
Licitador:
- Nombre y apellidos o razón social:
- DNI o CIF:
Firmante de la proposición:
- Apellidos y nombre:
- DNI o equivalente:
- Si el firmante actúa en representación de persona física/jurídica, relación que une al firmante con el licitador:
-
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El abajo firmante se compromete en su propio nombre y derecho / en nombre de su
representado (tachar lo que no proceda), a la ejecución del contrato en las cifras siguientes:
Importe | |
Coste unitario por hora de consultoría | |
Importe IVA y, en su caso el Impuesto General Indirecto Canario o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla, así como cualquier otro tributo o gasto que se derive de la ejecución del contrato y que no figure excluido expresamente en el pliego de cláusulas particulares, plenamente aceptado por la mera presentación de esta oferta | |
Importe total unitario por hora de consultoría a empresa beneficiaria |
EOI indicará al adjudicatario el número total de empresas a las que prestar el servicio durante la ejecución del contrato, sin que en ningún caso pueda superarse el presupuesto máximo de licitación, que constituye el importe máximo de contratación.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firma la presente en
..............., a………………, de………, de 2010
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
Personas físicas
Nombre y apellidos Xxxxxxxxx:
NIF:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Personas jurídicas
Denominación o razón social:
Domicilio:
NIF/CIF:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Representante/s:
Persona de contacto (nombre y apellidos, teléfono, fax y correo electrónico):
MODELO DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL
D/D.ª: D.N.I. nº:
En nombre y representación de la persona jurídica:
Domicilio en (calle/plaza):
Población: Provincia: Código postal: N.I.F./C.I.F.:
DECLARO RESPONSABLEMENTE (señalar lo que proceda)
□ Que no presenta oferta ninguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial, (entendiéndose por sociedades del mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentran en alguno de los supuestos contemplados en el
artículo 42.1. del Código de Comercio).
□ Que también presentan oferta las empresas… (indicar nombres)
pertenecientes al mismo grupo empresarial.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en
..............., a………………, de… , de 2010
Sr. Presidente de la Mesa de Contratación de la Fundación EOI
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE EN RELACIÓN A LA HOMOLOGACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DOCENTES EN PROGRAMAS FORMATIVOS DE LA FUNDACIÓN EOI Y SERVICIOS DE CONSULTORÍA DENTRO DEL PROGRAMA RISC PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
MODELO A) Personas físicas que liciten en su propio nombre
D/D.ª: D.N.I. nº:
Domicilio en (calle/plaza):
Población: Provincia: Código postal:
DECLARA RESPONSABLEMENTE en su propio nombre y derecho (señalar lo que proceda):
Que los datos facilitados en el proceso de homologación para la prestación de servicios de consultoría dentro del Programa RISC de EOI, así como sus circunstancias NO han experimentado ningún cambio.
Que los datos facilitados en el proceso de homologación para la prestación de servicios de consultoría dentro del Programa RISC de EOI, así como alguna de sus circunstancias SI han experimentado cambio en los siguientes puntos.
Relación de cambios experimentados:
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en
..............., a………………, de………, de 2010
Sr. Presidente de la Mesa de Contratación de la Fundación EOI
o jurídica:
D/D.ª: D.N.I. nº:
En nombre y representación de la persona jurídica:
Domicilio en (calle/plaza):
Población: Provincia: Código postal: N.I.F./C.I.F.:
DECLARA RESPONSABLEMENTE en nombre de la persona física/jurídica (tachar lo que no proceda) que representa (señalar lo que proceda):
Que los datos facilitados en el proceso de homologación para la prestación de servicios de consultoría dentro del Programa RISC de EOI, así como sus circunstancias NO han experimentado ningún cambio.
Que los datos facilitados en el proceso de homologación para la prestación de servicios de consultoría dentro del Programa RISC de EOI, así como alguna de sus circunstancias SI han experimentado cambio en los siguientes puntos.
Relación de cambios experimentados:
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expide y firma la presente en
..............., a………………, de………, de 2010
Sr. Presidente de la Mesa de Contratación de la Fundación EOI