ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE LEVANTAN LAS MEDIDAS TOMADAS POR ESTE INSTITUTO EN EL CONTEXTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL...
AGP-ITEI/029/2023
ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE LEVANTAN LAS MEDIDAS TOMADAS POR ESTE INSTITUTO EN EL CONTEXTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR EL VIRUS SARS-COV-2- (COVID-19).
El Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su Vigésima Segunda Sesión Ordinaria celebrada el 28 veintiocho xx xxxxx del año 2023 dos mil veintitrés, emitió el presente Acuerdo, con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El 11 once xx xxxxx del 2020 dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó como pandemia el brote del COVID-19, en virtud de los alarmantes niveles de propagación y gravedad del nuevo coronavirus.
2. En este contexto, la OMS ha llamado a los países a implementar medidas urgentes para reducir la transmisión del virus, frenando el avance y protegiendo primordialmente a la población considerada más vulnerable, en particular niños, personas en edad avanzada o con padecimientos de salud.
3. A través de diversos Acuerdos Generales, el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (en adelante, el Instituto), y en virtud de la gravedad de la situación sanitaria durante el 2020 dos mil veinte, aprobó la suspensión de términos de los procedimientos administrativos previstos en la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y de protección de datos en posesión de sujetos obligados.
4. Los Acuerdos Generales referidos en el numeral inmediato anterior se identifican bajo las siguientes claves alfanuméricas: AGP-ITEI/005/2020, AGP-ITEI/006/2020, AGP-ITEI/007/2020, AGP-ITEI/009/2020, AGP-ITEI/10/2020 y AGP-ITEI/011/2020.
5. En los Acuerdos de mérito se aprobó igualmente, reducir las actividades presenciales de los servidores públicos en las instalaciones del Instituto, con la
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finalidad de evitar la propagación del virus SARS-CoV-2, implementando un sistema de guardias según las necesidades y especificidades de cada unidad administrativa.
6. El 15 quince xx xxxxx del 2020 dos mil veinte, el Pleno del Instituto aprobó el Acuerdo con clave alfanumérica AGP-ITEI/012/2020 ordenando la reanudación de términos administrativos, y reanudando igualmente las actividades presenciales en las instalaciones del Instituto, bajo un sistema de guardias.
7. Por su parte, el Gobierno del estado de Jalisco, en el transcurso del 2020 dos mil veinte, a través de su Titular, ha emitido diversos acuerdos en su carácter de autoridad sanitaria y mediante los cuales ha establecido diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social. Los acuerdos han sido publicados en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’, bajo las siguientes claves alfanuméricas: DIELAG ACU 026/2020, DIELAG ACU 027/2020, DIELAG ACU 031/2020, DIELAC ACU 036/2020, DIELAG ACU 041/2020, DIELAG ACU 047/2020, DIELAG ACU 049 2020, DIELAG ACU 053/2020, DIELAG ACU 056/2020, DIELAG ACU 057/2020, DIELAG ACU 065/2020, DIELAG ACU 072/2020 Y DIELAG ACU 073/2020.
8. El 15 quince de enero de 2021 dos mil veintiuno, se publicaron en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’, el Acuerdo DIELAG ACU 004/2021, que lleva por título: Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se emiten diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social, de carácter general y obligatorio, con motivo de la pandemia de Covid-19, teniendo como temporalidad del 16 dieciséis al 31 treinta y uno de enero del 2021 dos mil veintiuno, así como el acuerdo por el que se adoptan medidas para prevenir y contener la pandemia del ‘Covid-19’ en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y se establecen los criterios para la suspensión de términos y plazos en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia.
9. El 18 dieciocho de enero del 2021 dos mil veintiuno, el Pleno de este Instituto aprobó el Acuerdo General con clave alfanumérica: AGP-ITEI/001/2021, mediante el cual determinó suspender los términos de los procedimientos administrativos
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previstos en la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, para el periodo comprendido del 18 dieciocho al 29 veintinueve de enero del 2021 dos mil veintiuno. Igualmente, se aprobó mantener el esquema de trabajo desde casa y trabajos de oficina con guardias, para los servidores públicos del Instituto.
10. El 29 veintinueve de enero del 2021 dos mil veintiuno, se publicó en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco”, el Acuerdo con clave alfanumérica DIELAG ACU 008/2021, que lleva por nombre: Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, por el cual se reforma el diverso DIELAG ACU 004/2021, mediante el cual se emiten diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social, de carácter general y obligatorio, con motivo de la pandemia de Covid-19. Este acuerdo amplía la vigencia de las medidas de seguridad sanitaria hasta el 12 doce de febrero del año en curso.
11. En la misma edición del Periódico Oficial, se publicó el Acuerdo con clave alfanumérica DIELAG ACU 009/2021 que lleva por título: Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se amplía la suspensión de términos y plazos en los trámites y procedimientos administrativos de su competencia como medida para prevenir y contener la pandemia del ‘Covid-19’ en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal.
12. El 02 dos de febrero del 2021 dos mil veintiuno, el Pleno de este Instituto aprobó el Acuerdo General con clave alfanumérica: AGP-ITEI/003/2021, mediante el cual determinó ampliar, por última ocasión los términos de los procedimientos administrativos previstos en la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, para el periodo comprendido del 02 dos al 12 doce de febrero del 2021 dos mil veintiuno. Igualmente, se aprobó mantener el esquema de trabajo desde casa y trabajos de oficina con guardias, para los servidores públicos del Instituto.
13. El 12 de febrero del 2021 dos mil veintiuno, se publicó en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’, el Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se emiten diversas medidas de seguridad
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sanitaria para el aislamiento social, de carácter general y obligatorio, con motivo de la pandemia de Covid-19. En esencia, en el acuerdo en mención permitió a los establecimientos comerciales o de servicios, operar con un aforo máximo del 50% de su capacidad, respetando el protocolo sanitario de acceso y permanencia en el lugar. Las oficinas de gobierno se limitaron a permitir un aforo máximo de 50 personas.
14. El 6 seis xx xxxxx del 2021 dos mil veintiuno, se publicó en el mismo medio de difusión, el Protocolo Sanitario de Actuación y Atención que establece las directrices a seguir para el reinicio gradual de actividades jurisdiccionales del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, durante la emergencia sanitaria derivada de la Pandemia del virus Covid-19. En este protocolo se detalló la forma en que el Tribunal lleva a cabo sus actividades en el contexto de la pandemia; en específico establece la capacidad de aforo máximo de 50% en sus diferentes instalaciones.
15. En la misma edición del Periódico Oficial se publicó el Acuerdo del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, por el cual se reformó el diverso DIELAG Acu 013/2021, mediante el cual se emitieron diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social, de carácter general y obligatorio, con motivo de la pandemia de Covid-19. Este Acuerdo amplió el horario de operación de algunos establecimientos, así como su porcentaje de aforo
16. El 02 xx xxxxx del 2021 dos mil veintiuno, el Pleno del Instituto aprobó el Acuerdo con clave alfanumérica: AGP-ITEI/020/2021, mediante el cual se aprobó ampliar el horario de actividades presenciales en las instalaciones del instituto, así como modificar el esquema de guardias de trabajo en oficinas. En específico, se estableció un esquema de guardias que garantizara la presencia del 75% setenta y cinco por ciento de servidores públicos por unidad administrativa.
17. El 08 ocho de noviembre del 2021 dos mil veintiuno, se publicó en el Periódico Oficial ‘El Estado de Jalisco’, el Acuerdo DIELAG ACU 090/2021, del Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, mediante el cual se emiten diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social, de carácter
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general y obligatorio, con motivo de la pandemia de Covid-19. Este Acuerdo amplía el horario de operación de algunos establecimientos, así como su porcentaje de aforo.
18. El 08 ocho de noviembre del 2021 dos mil veintiuno, la Mesa de Salud del estado de Jalisco, determinó que a partir del 16 dieciséis de noviembre del año en curso, todas las escuelas de educación básica atenderán al total de su matrícula de forma presencial.
19. El día 02 dos xx xxxxx del año 2021 dos mil veintiuno, se aprobó por parte del Pleno de este Instituto, el acuerdo AGP-ITEI-020/2021, en donde se habilitó el horario de actividades presenciales en las instalaciones del Instituto de las 9:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes; se mantuvieron habilitadas las asesorías personales y la revisión de expedientes en las instalaciones del Instituto, con estricto apego al Protocolo que garantiza las medidas sanitarias y de buenas prácticas ante el Covid- 19; así como para el ingreso a las instalaciones del Instituto, permaneció la obligatoriedad de la utilización de cubre bocas (que cubra nariz y boca), de manera permanente, así como de la toma de temperatura corporal en la puerta de acceso, y la aplicación de gel antibacterial. Se modificó el esquema de guardias de trabajo en las oficinas del Instituto, de tal forma que cada área interna del Instituto garantizará la presencia del 75% setenta y cinco por ciento de sus integrantes por día.
20. El día 17 diecisiete de noviembre del año 2021 dos mil veintiuno, se aprobó por parte del Pleno de este Instituto, el acuerdo AGP-ITEI-040/2021, en donde se habilitó el horario de actividades presenciales en las instalaciones del Instituto de las 9:00 a las 17:00 horas, de lunes a viernes; se mantuvieron habilitadas las asesorías personales y la revisión de expedientes en las instalaciones del Instituto, con estricto apego al Protocolo que garantiza las medidas sanitarias y de buenas prácticas ante el Covid-19; así como para el ingreso a las instalaciones del Instituto, permaneció la obligatoriedad de la utilización de cubre bocas (que cubra nariz y boca), de manera permanente, así como de la toma de temperatura corporal en la puerta de acceso, y la aplicación de gel antibacterial.
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21. El día 09 nueve xx xxxx del año dos mil veintitrés, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 9°, de la Constitución Política del Estado de Jalisco, establece que el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (en adelante el Instituto), es un órgano público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
II. Que el artículo 33, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios (en adelante Ley de Transparencia), en su párrafo primero, establece que el Instituto es un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía en sus funciones e independencia en sus decisiones y tiene como funciones, promover la transparencia, garantizar el acceso a la información pública de libre acceso y proteger la información pública reservada y confidencial.
III. Que el artículo señalado en el numeral inmediato anterior, en su párrafo segundo, establece que el Instituto no se encuentra subordinado a ninguna autoridad.
IV. Que el artículo 1º primero del Reglamento Interior del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco, señala que el Instituto es un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene a su cargo las facultades y atribuciones que le encomienda la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Transparencia, y las demás disposiciones legales aplicables.
V. Que el artículo 35, párrafo 1, fracción XXVI, de la Ley de Transparencia, señala que el Instituto tiene la atribución de emitir recomendaciones para mejorar el cumplimiento de la Ley.
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VI. Que el artículo 140, de la Ley General de Salud establece que las autoridades no sanitarias cooperarán en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles, estableciendo las medidas que estimen necesarias, sin contravenir las disposiciones de esta Ley, las que expida el Consejo de Salubridad General y las normas oficiales mexicanas que dicte la Secretaría de Salud.
VII. Que los artículos 1, 24 y 44, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco establecen obligaciones de las entidades públicas para el cumplimiento de los objetivos de dicha legislación, entre los que se encuentran la implementación de actitudes solidarias y responsables para la preservación de la salud, asimismo, establece la cooperación de las autoridades no sanitarias, en el ejercicio de las acciones para combatir las enfermedades transmisibles.
VIII. Que el Pleno del Instituto es el órgano máximo de gobierno, en términos del artículo 34, de la Ley de Transparencia.
IX. Que el Pleno de este Instituto, analizados los antecedentes que se enumeran en el presente Acuerdo General, advierte que resulta necesario, en virtud de que el Ejecutivo Federal emitió el decreto mediante el cual da por terminado la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y litigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2, (covid-19) resulta necesario dejar sin efectos las medidas tomadas por este Instituto en el contexto de la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
Con base en las consideraciones expuestas, con fundamento en el artículo 35, párrafo 1, fracción XXXVIII, y el artículo 41, párrafo 1, fracción XX, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, y demás relativos aplicables, el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, emite el presente:
ACUERDOS
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PRIMERO. Se dejan sin efectos las medidas temporales tomadas por el Pleno de este Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en el acuerdo de fecha 02 dos xx xxxxx de 2021 dos mil veintiuno, consistente en que se privilegia el trabajo a distancia en casos de enfermedad respiratoria, así como la autorización de realizar trabajo remoto a los grupos de población priorizado que no haya concluido la etapa de la estrategia de vacunación de la Política Nacional Rectora de Vacunación contra el Virus SARS- Co-V-2, y que se encuentre en las siguientes condiciones: mujeres en estado de embarazo o puerperio inmediato, personas con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, además de inmunosupresión (adquirida o Provocada.
SEGUNDO. Se dejan sin efectos las medidas temporales tomadas por el Pleno de este Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en el acuerdo de fecha 17 diecisiete de noviembre del año 2021 dos mil veintiuno, identificado con la clave alfanumérica AGP-ITEI-040/2021, en el contexto de la emergencia sanitaria por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), consistentes en la obligatoriedad de la utilización del cubre bocas, de manera permanente, así como la toma de temperatura corporal en la puerta de acceso y la aplicación de gel antibacterial.
TERCERO. Se instruye a la Secretaria Ejecutiva, para realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente Acuerdo en el portal de Internet del Instituto y en los medios que se estimen pertinentes para su debida publicación, así como su notificación por correo electrónico a los sujetos obligados en el estado de Jalisco y a los servidores públicos del propio Instituto.
CUARTO. El presente Acuerdo General del Pleno entrará en vigor el día siguiente de su aprobación.
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Así lo acordó el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en la Vigésima Segunda Ordinaria celebrada el 28 veintiocho xx xxxxx del año 2023 dos mil veintitrés, ante la Secretaria Ejecutiva quien certifica y da fe.
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Presidente del Pleno
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Comisionado Ciudadano
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Secretaria Ejecutiva
La presente hoja de firmas forma parte integral de la ACUERDO GENERAL DEL PLENO DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA, INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL ESTADO DE JALISCO, MEDIANTE EL CUAL SE LEVANTAN LAS MEDIDAS TOMADAS POR ESTE INSTITUTO EN EL CONTEXTO DE LA EMERGENCIA
SANITARIA POR EL VIRUS SARS-COV-2- (COVID-19); aprobado en la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto, celebrada el 28 veintiocho xx xxxxx del año 2023 dos mil veintitrés.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
REMG/ARR
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