PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO PARA LA INFRAESTRUCTURA ACTIVA Y LÓGICA DE COMUNICACIONES.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES QUE REGIRÁ EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO PARA LA INFRAESTRUCTURA ACTIVA Y LÓGICA DE COMUNICACIONES.
MONTO LIMITE DE CONTRATACIÓN TOCAF: $ 12.536.000. ART.1.- OBJETO
Suministrar soporte técnico y lógico para la totalidad de la infraestructura activa (switches, access points, controladoras, y comunicaciones entre ellos), así como la infraestructura lógica (servidores de telefonía, orquestador de red, herramientas de reporting, campañas telefónicas, etc) que incluya toda tarea de licenciamiento para soporte y extensión de garantía, mantenimiento, soporte técnico on line, telefónico y presencial en la medida que se lo requiera, en modalidad 24x7 para cualquiera de los dispositivos y/o servicios indicados a continuación.
ART.2- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La infraestructura ACTIVA se compone de:
• Dos Stacks de Acceso
• Un Stack de Core
• Un Stack DMZ
• Una controladora Wifi y ocho access points.
• Seis Gateways de Comunicaciones telefónicas
El hardware instalado está compuesto por:
• Dos Switch Core - Huawei S5732-H48XUM2CC
• Switch Acceso - Huawei S5731-S48P4X
• Dos Switch DMZ – Huawei S5731-S24T4X
• Una Controladora Wifi – Huawei AC6508
• Seis Access Point - Huawei AP2051
• Dos Access Point - Huawei AP4050
• Dos Gateway GSM – Neogate TG800
• Dos Gateway T1/E1 - Digium G100
• Dos VoIP Media Gateway – Xxxxxx 4118
• Dos VoIP Media Gateway FXO – Xxxxxx 4114
• Una IP PBX Grandstream UCM 6302A para inernos remotos.
• Un SBC (Sesión border controller) - Xxxxxx SN5501
El Software instalado está compuesto por:
• Central telefónica IP Asterisk 13.22.0 SANGOMA con FreePBX 14.0.13.28
• Software eSight ICT de Huawei para gerenciamiento de la solución.
• Software discador y para encuestas iDialerX e iSurveyX
• Software para campañas SMS SimmSms (desarrollo a madida)
• Software de gestión de seguridad y permisos de usuario - Módulo de Pines (desarrollado a medida).
• Software de agenda centralizada – SimmBook (desarrollo a medida)
• Software de gestión de agentes para Call Center – SimmAgents (desarrollado a medida).
El oferente deberá estar instalado en la República Oriental del Uruguay, y particularmente para el caso de la infraestructura Huawei deberá ser Partner de la marca, presentando carta formal del fabricante avalando que está autorizado a diseñar, comercializar, instalar y soportar sus soluciones en nuestro país con una antigüedad mayor a 5 años, siendo la emisión de la carta no mayor a un año.
El oferente deberá brindar servicios de mantenimiento y actualización de licenciamiento oficial para todo el hardware Huawei y todo el software detallado durante todo el período del presente llamado, así como instalación y configuración de actualizaciones y parches de seguridad a la totalidad del hardware y software detallado, por lo menos una vez al
año para los “mayor releases” y todas las “minor releaases” que se liberen, siendo responsabilidad del oferente estar pendiente de las mismas y coordinar con el Ministerio de Turismo el mejor momento para su instalación.
El oferente deberá también brindar servicio de soporte técnico para la totalidad de la solución, compuesta por todo el hardware y software detallado anteriormente, atender los reclamos de soporte realizados por los técnicos del Ministerio de Turismo, debiendo responder a los mismos como máximo a las dos horas de realizado el reclamo en caso de severidades bajas y dentro de la media hora posterior al reclamo en caso de severidades medias o altas, ya sea telefónicamente, remotamente o presencialmente, de acuerdo a la gravedad del reclamo ingresado.
El oferente no será responsable de suministrar repuestos para el hardware ni de ningún componente de la infraestructura pasiva (cableado), debiendo informar y de ser posible cotizar los mismos y las tareas necesarias (que no sean de configuración y mantenimiento alcanzadas por el presente llamado), luego de informada la situación y en caso de serlo requerido por el Ministerio de Turismo.
El oferente deberá durante el período de contratación mantener las licencias y suscripciones de mantenimiento y garantía que el fabricante requiera (hardware Huawei, Xxxxxx, Digium), así como mantener las licencias para los internos remotos (Grandstream) y software desarrollado a medida, debiendo entregar al Ministerio para cada renovación una carta del fabricante o propietario, indicando la compra realizada a nombre del Ministerio de Turismo, detallando, el objeto específico de la licencia o suscripción y el período de contratación de la misma.
El oferente deberá presentar certificaciones de por lo menos tres técnicos de la empresa, con antigüedad en la misma no menor a 2 años, respecto a las tecnologías incluidas en el presente llamado, no se aceptará cualquier otra certificación que no sea específicamente de las marcas y/o tecnologías solicitadas.
El oferente deberá contar con más de 10 años en plaza brindando soluciones similares, debiendo presentar no menos de tres proyectos que involucren similares tecnologías a las solicitadas con una nota del propietario de la solución, indicando el tipo de vinculación y tarea realizada, así como el contacto técnico referente de dicha Institución, dichas notas no podrán tener más de dos años de antigüedad al momento del llamado.
El oferente deberá suministrar a los técnicos de Informática del Ministerio de Turismo el medio necesario para ingresar las solicitudes de soporte técnico que estime pertinente (sistema de tickets de help desk o similar) y un contacto técnico telefónico para situaciones de urgencia (sin perjuicio del reporte formal solicitado).
El período de contratación del soporte técnico será por un año con renovación automática por un año más, debiendo ser cotizado a costo mensual firme, que incluya todo concepto solicitado en el presente pliego, sin opcionales, ni paramétricas.
A modo informativo se detallan diagramas Físico y Lógico, así como la lista de VLANs definidas de la infraestructura activa.
ART 3.- PROPUESTA
3.1 Las ofertas deberán presentarse exclusivamente en formato electrónico, mediante el ingreso de las mismas en el sitio web de Compras Estatales: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Por consultas al respecto deberán comunicarse al x(000) 0000 0000, atención a proveedores de lunes a domingos de 08:00 a 21:00 hs., o ingresar al link en donde encontrará el instructivo correspondiente a funcionalidades asociadas al Ingreso de Ofertas en el SICE en línea.
La oferta deberá ingresarse en formatos abiertos, sin contraseñas ni bloqueos para su impresión o copiado.
El oferente deberá constatar que los archivos enviados hayan sido ingresados correctamente en la plataforma electrónica.
Tal plataforma, recibirá ofertas únicamente hasta el momento fijado para su apertura en la convocatoria respectiva.
No podrán conocerse las ofertas ingresadas a la plataforma electrónica, ni siquiera por la Administración contratante, hasta tanto se cumpla la fecha y hora establecida para la apertura de las mismas.
3.2 El oferente deberá presentar junto con su oferta, la siguiente documentación (documentación excluyente):
- ANEXO 1 ADJUNTO (Formulario de Identificación del Oferente)
- Carta al Ministro según numeral 3.6 del presente pliego.
3.3 Toda información y/o documentación deberá estar redactada en idioma español, con excepción de la documentación y folletos de productos, que podrá ser presentada en español o inglés.
La oferta debe brindar información clara y fácilmente legible sobre lo ofertado.
Los oferentes están obligados a presentar toda la información que sea necesaria para evaluar sus ofertas en cumplimiento de los requerimientos exigidos.
Cuando el oferente deba agregar en su oferta un documento o certificado cuyo original solo exista en soporte papel, deberá digitalizar el mismo y presentarlo con el resto de su oferta. En caso de resultar adjudicatario, deberá exhibir el documento o certificado original, conforme a lo establecido en el artículo 48 del TOCAF.
3.4 A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 xx xxxx de 2013.
3.5 Por el solo hecho de presentarse al llamado, se entenderá que el oferente conoce y acepta sin reservas los términos y condiciones establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en el presente Pliego de Condiciones Particulares, en todos sus artículos y Anexos.
A su vez, se entenderá que el mismo, declara no encontrarse comprendido en ninguna disposición que expresamente le impida contratar con el Estado, conforme al artículo 46 del TOCAF, y demás normas concordantes y complementarias aplicables.
3.6 Los oferentes deberán presentar en sus propuestas una carta fechada y firmada, dirigida al Sr. Ministro de Turismo, la que deberá comprender los siguientes contenidos obligatorios:
a) Nombre del oferente o denominación social, C.I. ó RUT;
b) Constitución de domicilio en Montevideo, el que se considerará válido hasta el día hábil inmediato siguiente a la comunicación escrita de la constitución de nuevo domicilio;
c) Precio de lo ofertado, indicando claramente cantidades, términos y condiciones de la oferta;
d) Declaración expresa de conocimiento y aceptación del presente Pliego de Condiciones; Sin perjuicio de ello, la sola presentación de la oferta supone la aceptación total e incondicional de los términos del presente Xxxxxx, salvo en cuanto se apartare expresamente de los mismos.
3.7 Los oferentes podrán presentar modificaciones, alternativas o variantes, únicamente si, además, presentan la oferta básica.
6.8 El presente pliego puede obtenerse en el sitio web de Compras Estatales (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
ART.4.- COTIZACIÓN
Los precios de las ofertas deberán cotizarse en dólares estadounidenses, debiéndose incluir todos los gastos que cubran el cumplimiento del bien y/o servicio que se establece en el presente Xxxxxx, así como los impuestos que correspondan, debiendo explicitar cuáles son éstos (Pliego Único). En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.
El precio debe establecerse en números y letras, en caso que exista diferencia se estará a lo que diga la letra.
No se aceptarán ofertas que incluyan intereses por xxxx o ajustes por pago fuera de fecha.
EN CASO DE QUE EXISTA DISCREPANCIA ENTRE LA COTIZACIÓN EN LÍNEA Y EL ARCHIVO ADJUNTO SE TENDRÁ EN CUENTA LA COTIZACIÓN EN LÍNEA
ART.5.- AJUSTE DE PRECIOS
El precio deberá ser cotizado al firme.
ART.6.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRÓRROGAS
6.1 Comunicaciones.
Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a División Administración (Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 s/n° esquina Yacaré 1er. Piso) en el horario de 10:00 a 16:00 hs., tel 1885 int. 220 - 163 - 218 - 277, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx
Quienes remitan comunicaciones o documentos a División Administración, en cualquiera de las etapas de la negociación, deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no remitida la documentación.
Las comunicaciones podrán realizarse en forma telefónica o por mail o por escrito.
6.2 Aclaraciones y consultas.
Se podrán solicitar aclaraciones o consultas o prórrogas a División Administración, mediante comunicación escrita (mail o nota) dirigida hasta 48 horas antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas, siendo resorte de exclusiva decisión de la Administración acceder a lo solicitado. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a dar respuesta a lo peticionado.
ART.7.- CONFIDENCIALIDAD
El oferente podrá declarar con carácter confidencial, de acuerdo a los dispuesto por el artículo 10 literal I) de la Ley 18.831 y el art.12.2 del Decreto Nº 131/014, especificándolo debidamente, la siguiente información:
- la relativa a sus clientes;
- la que puede ser objeto de propiedad intelectual;
- la que refiera al patrimonio del oferente;
- la que comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos al oferente, que pudiera ser útil para un competidor;
- la que esté amparada en una cláusula contractual de confidencialidad;
- y aquella de naturaleza similar de acuerdo con lo que establezca el Pliego Particular. La información declarada en tal carácter deberá presentarse en forma separada del resto de la oferta, en sobre o en archivo digital. En todos los casos deberá identificarse como “Información Confidencial”.
El oferente que presente información confidencial deberá presentar en la oferta un “resumen no confidencial” de dicha información, que sea breve y conciso (Decreto N.º 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010).
No se considerarán confidenciales los precios, las descripciones de bienes y servicios ofertados, ni las condiciones generales de la oferta.
La clasificación de la documentación en carácter de confidencial es de exclusiva responsabilidad del proveedor. La Administración podrá descalificar la oferta o tomar las medidas que estime pertinentes, si considera que la información ingresada en carácter confidencial, no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida.
Solo cuando la administración contratante solicite salvar defectos o carencias de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 del TOCAF, el oferente deberá agregar en línea la documentación solicitada.
ART 8.- GARANTÍAS
8.1 Todas las garantías se presentarán en Sección Tesorería (Rambla 25 xx Xxxxxx de 1825 s/n° esquina Yacaré 1er. Piso de 12.00 a 16.00 hs.) y deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.
8.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.
8.3 Las garantías se constituirán a la orden de Ministerio de Turismo, y podrán consistir en:
1)Aval o garantía de un banco aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución.
2)Póliza de Seguro de fianza emitida por una empresa aseguradora aceptable para la Administración. En el caso de fiador extranjero, deberá constituirse a través de un corresponsal de la institución elegida en el Uruguay.
3)Bonos xxx Xxxxxx de la República Oriental del Uruguay.
4)Efectivo.
No se admitirán garantías personales de especie alguna.
Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre del Ministerio de Turismo y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.
En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta, con excepción de los Bonos xxx Xxxxxx.
8.4 El documento justificativo de la constitución de garantía deberá contener necesariamente el número de la licitación y organismo que realizó el llamado.
8.5 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración debe comunicar cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y en los artículos 634 a 692 del Código de Comercio.
8.6 Cuando la Administración deba proceder al cobro de la garantía, el importe será el que resulte del valor de la misma.
8.7 La devolución de la garantía se realizará de oficio o a solicitud de parte, mediante nota dirigida a División Administración - Ministerio de Turismo, en los casos que corresponda según este Pliego.
Al disponerse la devolución de la garantía, se deducirán previamente las cantidades a que hubiere lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.
Las resoluciones que dispongan la rescisión del contrato o el cobro de multas a deducirse de la garantía, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda disponiéndose la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa contratista.
8.8 Garantía de cumplimiento de contrato.
Dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo
del 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 64 del TOCAF.
Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, la Administración podrá aplicar una multa de 10% sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito, pudiendo además, ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta, iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento y tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho.
Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la ejecución total del contrato, con la previa conformidad por parte de la Administración.
ART.9.- RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura de las ofertas se efectuará en forma automática en la fecha y hora indicada. El acta será remitida por el sistema a la dirección electrónica previamente registrada por cada oferente en la sección de “Comunicación” incluida en “Datos Generales” prevista en la aplicación Registro Único de Proveedores del Estado.
El acta de apertura permanecerá visible para todos los oferentes en la plataforma electrónica y será publicada automáticamente en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por lo cual la no recepción del mensaje no será obstáculo para el acceso por parte del proveedor a la información de la apertura en el sitio web.
A partir de ese momento, las ofertas quedarán accesibles para la administración contratante y para el Tribunal de Cuentas, no pudiendo introducirse modificación alguna en las propuestas.
Asimismo, las ofertas quedarán visibles para todos los oferentes con excepción de aquella información que sea entregada en carácter confidencial.
Solo cuando la administración contratante solicite salvar defectos o carencias de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 del TOCAF, el oferente deberá agregar en línea la documentación solicitada.
ART.10.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles perentorios. No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
ART.11.- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda. Se puntuarán únicamente las ofertas válidas:
1- Económico: 30 Puntos
Se otorgará el 100% de los puntos a la propuesta de menor valor mensual por todo concepto, prorrateándose las demás ofertas.
2- Características Técnicas : 40 Puntos
Se entregaran 90% de los puntos al Cumplimiento con las certificaciones técnicas respecto a los partnerships con las Marcas, de las certificaciones de los técnicos presentados y de las referencias de participación en soluciones similares (30% para cada grupo). Se entregara 10% más por el cumplimiento de los todos las requerimientos en conjunto.
3- Antecedentes: 30 Puntos
Se valoraran los tres antecedentes de proyectos de similar porte, entregando para ello el 90% de los puntos. El 10% restante se consideraran las sanciones e incumplimientos registrados en los últimos tres (3) años, pudiendo descontarse hasta la totalidad de los puntos.
11.2 La Administración se reserva el derecho de:
A- rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente
b) por no cumplir o ajustarse a los requerimientos del presente pliego
c) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes.
B- solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado, quedando su costo a cargo del oferente.
11.3Tratándose de servicios provenientes del exterior, en la comparación de las ofertas se respetarán las preferencias que se establezcan para países incorporados a organizaciones de comercio, comunidades o convenios aduaneros o de integración o producción a los que esté adherida la República Oriental del Uruguay.
A tales efectos, se exigirán los certificados de origen debidamente avalados por las autoridades competentes en los casos que correspondan.
11.4 La comparación de las ofertas se verificará incluyendo impuestos. Cuando el oferente no desglose el importe de los impuestos, se considerarán incluidos en el monto de la oferta.
11.5 La preferencia a los servicios nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente. En estos casos no se incluirán los importes correspondientes a los impuestos a las transacciones ni el impuesto al valor agregado.
ART.12.- ADJUDICACIÓN
12.1 La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la oferta que considere más conveniente para sus intereses y las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar, a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas.
La Administración está facultada para:
A) adjudicar al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en los artículos precedentes;
B) no adjudicar algún ítem;
C) dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
D) considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y con otros organismos estatales.
12.2 La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria supondrá el nacimiento, en la forma y condiciones que surgen xxx Xxxxxx y la oferta aceptada, de las obligaciones y derechos del contratista de acuerdo a las disposiciones legales aplicables y sin perjuicio de la ulterior suscripción del contrato respectivo, en la medida en que la Administración así lo dispusiera.
12.3 Todos los datos indicados por el adjudicatario en su oferta, referidos a los servicios o bienes objeto de la contratación, tendrán carácter de compromiso. Si se verificara el incumplimiento, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin perjuicio de perseguir el resarcimiento de los daños y perjuicios causados, así como la afectación de la garantía en cuanto correspondiere.
12.4 La administración podrá entablar negociaciones conforme lo dispuesto por el artículo 66 del TOCAF.
12.5 Si al momento de la Adjudicación, el Proveedor que resulte adjudicatario no hubiese adquirido el estado de “ACTIVO” en XXXX, tendrá un plazo para adquirir dicho estado que será determinado y comunicado por la Comisión Asesora de Adjudicaciones.
ART.13.- CONFORMIDAD
Los servicios y/o suministros prestados serán controlados por el personal designado por este Organismo, quien procederá a prestar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado. Las observaciones se realizarán a través de Órdenes de Servicio, que serán notificadas al contratista.
En el caso que algún aspecto del servicio no se adecúe a lo establecido en el presente Xxxxxx, el contratista, a su costo deberá corregirlo inmediatamente, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes sobre la facturación.
ART.14.- PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO
La prestación de los servicios deberá comenzar al día siguiente de recibida la orden de compra. El plazo será de un año contado a partir de recibida dicha orden y hasta dos años con renovación automática.
El plazo total no excederá los dos años incluidos plazo inicial y renovaciones.
El Ministerio se reserva el derecho de rescindir unilateralmente, parcial o totalmente el presente servicio en cualquier momento sin expresión de causa y con un preaviso de 10 días, no generando ningún tipo de responsabilidad a la administración. Ello no dará dere - cho a la empresa a exigir indemnización alguna.
ART.15.- FORMA DE PAGO
El pago se realizará por el sistema SIIF.
ART.16.- CESIÓN DE CRÉDITO Y DE CONTRATO
Se prohíbe la cesión de crédito y de contrato.
ART.17.- XXXX Y MULTAS
El adjudicatario incurrirá en xxxx de pleno derecho sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por el sólo vencimiento de los términos o por hacer algo contrario a lo estipulado.
La falta de cumplimiento en los plazos y condiciones estipuladas que obedezcan a causas imputables al adjudicatario, facultará a la Administración a percibir y/o aplicar una multa diaria de hasta el 1% (uno por ciento) sobre el monto del contrato no cumplido en tiempo y forma.
Si el inicio de la ejecución del contrato se demorara más de los plazos establecidos en este Pliego, el Ministerio de Turismo podrá rescindir el contrato sin más trámite, sin por ello renunciar a su derecho de iniciar las acciones legales previstas. En ese caso, podrá adjudicarse a aquel oferente que hubiere resultado segundo en la evaluación final.
Las multas se harán efectivas, en primer término sobre las facturas en que corresponda aplicarlas, y luego si hubiere lugar, sobre el depósito de garantía de 5% (cinco por ciento) a que se hace referencia en el punto: garantía de fiel cumplimiento de contrato del presente pliego de condiciones.
En caso de no existir el depósito de garantía o si éste no fuera suficiente para cubrir la penalidad impuesta, ésta se hará efectiva sobre el precio a pagar del contrato.
ART.18.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Se considerará incumplimiento a las condiciones del contrato, la contravención total o parcial a las cláusulas del presente Pliego o a la normativa aplicable. Sin perjuicio de ello,se considerará incumplimiento, a consideración de la Administración contratante, la obtención de resultados insatisfactorios respecto del objeto de la contratación.
En consecuencia la falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, ameritará que la Administración disponga, se- gún el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas), sin perjuicio del derecho de aplicación de multas, resarcimiento de daños y perjuicios y demás acciones legales perti- nentes:
A) advertencia
B) ejecución de la garantía de Mantenimiento de Oferta.
C) ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
D) Multa
E) otras medidas
F) suspensión
ART.19.- CAUSALES DE RESCISIÓN
La Administración contratante podrá rescindir el contrato en los siguientes casos:
* Cuando el adjudicatario no demuestre estar en condiciones formales de contratar con el Estado.
* Cuando la Administración contratante verifique un incumplimiento en una o más de las condiciones estipuladas en el presente Xxxxxx, anexos y documentos explicativos, descriptivos o compromisos específicos acordados entre la Administración contratante y el adjudicatario, así como el incumplimiento a las obligaciones estipuladas en la normativa o en el contrato, que merezca, a su criterio, la calificación de grave.
ART.20.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización hasta antes de la notificación de la resolución de adjudicación, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
ART.21.- NORMATIVA APLICABLE
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
1) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 150/12 de 11 xx xxxx de 2012, normas concordantes, complementarias y modificativas en la Ley 19.899.
2) Decreto 131/014 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
3) Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).
4) Decreto N.º 142 /018 de 14 xx xxxx de 2018 (Apertura electrónica).
5) Decreto N° 275/013 de 3 de setiembre de 2013 (Apertura electrónica).
6) Decreto 276/013 de 03 de setiembre de 2013 (Procedimiento electrónico).
7) Ley 17.296 de 21 febrero de 2001 y Decreto Nº 333/001 xx xxxxxx 2001
(Inmunidad impositiva del Estado)
8) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
9) Decreto 13/009
10) Art. 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
11) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
12) Ley 17.250 de 11 xx xxxxxx de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000. (Relaciones de consumo).
13) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
14) Ley 16.060, modificativas y concordantes
15) Art. 13º de la ley 17.904
16) Decreto 475/005
17) Ley 17.897 y Decreto 226/006
18) Leyes 18.098 y 18.099
19) Decreto 155/013
20) Ley 19.196 (la empresa contratada se obliga a adoptar los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y reglamentación vigente.
21) Decreto-Ley 14.219 de 4 julio de 1974 y demás disposiciones del Código Civil en materia de arrendamientos.
22) Ley N° 18.331 de 11 xx xxxxxx de 2008 (Protección de datos personales y acción de habeas data) y su Decreto reglamentario.
23) Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, modificativa Ley N° 19.178 de 27 de diciembre de 2013 (Acceso a la información pública) y su Decreto reglamentario.24)Ley 19.889 de 09 de julio de 2020
25) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
26) Ley N.º 18.251 Tercerizaciones Laborales. Responsabilidad Solidaria
Anexo (N. º 1) – Formulario de Identificación del Oferente
El/Los que suscribe/n (nombre de quien firme y tenga poderes suficientes para representar a la empresa oferente acreditados en RUPE) en representación de (nombre de la Empresa oferente) declara/n bajo juramento que la oferta ingresada en línea a través del sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx vincula a la empresa en todos sus términos y que acepta sin condiciones las disposiciones xxx Xxxxxx de Condiciones
Particulares del llamado (descripción del procedimiento de contratación), así como las restantes normas que rigen la contratación.
A su vez, la empresa oferente declara contar con capacidad para contratar con el Estado, no encontrándose en ninguna situación que expresamente le impida dicha contratación, conforme lo preceptuado por el artículo 46 del T.O.C.A.F., y restantes normas concordantes y complementarias.
FIRMA/S:
ACLARACIÓN:
CI: