PUNTO 4. ANEXO III
PUNTO 4. ANEXO III
INSTRUCTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR FINANCIADAS POR LA NACIÓN ARGENTINA Y LA CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (C.A.F.) A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS DE LA NACIÓN
I N D I C E
1.2 Limitaciones al financiamiento 2
2.1 Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación 2
2.2 Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ) 3
3 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 3
3.1 Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación (Mº) 3
3.2 Unidad Ejecutora Jurisdiccional 4
4 CONTRATACION Y EJECUCION DE LAS OBRAS 5
4.1 Documentos de la licitación 5
4.1.1 Pliego de Cláusulas Generales (PCG) 5
4.1.2 Pliego de Cláusulas Especiales (PCE) 6
4.1.3 Sistema de contratación 6
4.1.4 Otros componentes del legajo licitatorio 6
4.1.5 Consultas y aclaraciones a los documentos de la licitación 6
4.2.1.1 Licitación Pública Nacional 6
4.2.1.2 Licitación Pública Internacional 7
4.2.1.3 Publicidad adicional 7
4.3 Apertura, evaluación y contratación 7
4.3.1 Apertura de las ofertas 7
4.3.2 Evaluación de las ofertas 7
4.3.4 Impugnación a la Adjudicación 8
4.4 Documentación para la UEC 8
4.8 Certificación y pago de los trabajos 9
4.10 Casos de modificaciones e imprevistos 10
Anexos:
4.1 Instructivo para la presentación de proyectos
4.2 Pliego de Cláusulas Generales (PCG) y textos para el Pliego de Cláusulas Especiales (PCE)
4.3 Modelo de Acta de apertura
4.4. Modelo de Acta de Evaluación (contenido mínimo)
4.5. Modelo de Acta de Recepción Provisoria
4.6. Modelo de Acta de Recepción Definitiva
El presente Instructivo estipula las condiciones de admisibilidad, financiación, contratación y ejecución de obras de infraestructura escolar cuyo costo, con las limitaciones que se describen en el punto 1.2 es financiado por la Nación Argentina a las Jurisdicciones destinatarias a condición de que éstas cumplan con las obligaciones convenidas. Este costo es parcialmente financiado a la Nación Argentina por la Corporación Andina de Fomento (C.A.F.) cuya relación con el prestatario se hará a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, el que a su vez asigna a la Unidad Ejecutora Central (UEC) la relación directa con las Jurisdicciones destinatarias.
Se contempla la construcción de nuevos edificios escolares y la recuperación y puesta en valor de escuelas emblemáticas.
Según el monto del presupuesto oficial, los procedimientos de selección del contratista son:
Licitación Pública Internacional (LPI), para obras de más de US$2.000.000.
Licitación Pública Nacional (LPN), para obras de hasta US$2.000.000.
Otros procedimientos serán excepcionales y requerirán la aprobación previa y expresa de la UEC.
Para lo no previsto en la documentación del Contrato xx Xxxxxxxx, en este Instructivo y en los restantes Documentos del Programa, será de aplicación la normativa vigente en la Jurisdicción. La Jurisdicción garantiza que todos los trámites, contrataciones y construcciones efectuadas se encuadren en este marco legal.
1.2 Limitaciones al financiamiento
La Nación no financiará otras erogaciones que no sean las expresamente incluidas en este Instructivo o en el instrumento por el que se acuerde con la UEC la participación de la Jurisdicción en el Programa. Sin que el siguiente detalle sea taxativo, la Jurisdicción costeará:
La realización de los estudios y tareas necesarios para la confección de los proyectos, incluidos los asesoramientos y consultorías de cualquier tipo.
Los gastos ocasionados por la realización de las licitaciones y las contrataciones tales como la confección de los documentos de licitación, las publicidades, las evaluaciones y contrataciones y las tareas de inspección, supervisión y administración de los contratos.
El valor de los trabajos u otros importes derivados de modificaciones contractuales que se originen en errores del proyecto o en otras causas y no aceptadas expresamente por la UEC.
El valor certificado en exceso respecto de lo realmente construido, que se exteriorice como consecuencia de una rescisión de contrato o de cualquier otra verificación.
El valor de las obras inconclusas a la finalización del Programa en la medida de lo financiado y abonado.
Cualquier otro desembolso realizado cuyo financiamiento no sea aceptable por incumplimientos en hechos bajo responsabilidad de la Jurisdicción o de sus organismos.
Los valores desembolsados en exceso constituirán una deuda de la Jurisdicción para con la Nación.
2.1 Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación
Por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación interviene la Unidad Ejecutora Central (UEC), con domicilio en Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000, xxxx 0x, (X0000XXX) Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
2.2 Unidad Ejecutora Jurisdiccional (UEJ)
La UEJ estará conformada por un equipo interdisciplinario que garantice la correcta ejecución de las acciones de infraestructura escolar contempladas.
En su esquema organizativo incluirá áreas que lleven a cabo las siguientes funciones:
Coordinación General
Técnica
Contable
Apoyatura legal
Apoyatura administrativa
Los responsables de este equipo de Coordinación deberán ser designados por Resolución emanada de las autoridades de la Jurisdicción, comunicada fehacientemente a la UEC. El Responsable del Área Técnica deberá ser un profesional universitario con título habilitante (arquitecto, ingeniero civil o en construcciones).
A los efectos de posibilitar el correcto desarrollo de los Planes dentro del ámbito de la Jurisdicción, las UEJ’s deberán garantizar, como mínimo las siguientes condiciones operativas:
Dotación de equipamiento básico para la gestión: línea telefónica, fax propio, computadoras propias (para procesamiento de textos, planillas de cálculos, operación con base de datos, dibujo asistido por computadora y sistema de correo electrónico – e-mail)
Vehículos de características adecuadas a las condiciones del terreno de cada Jurisdicción para garantizar el correcto seguimiento de todas las acciones.
Intercambio de documentación con la UEC.
Cobertura de gastos de movilidad y viáticos para:
Inspectores, Directores Técnicos, supervisores y técnicos, para la adecuada atención, seguimiento y apoyo a las contrataciones y construcciones que se efectúen.
Funcionarios y técnicos que deban participar en las reuniones regionales y nacionales que se determinen.
3 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
3.1 Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación (Mº)
Establecer los criterios de elegibilidad de las obras que se ejecuten.
Revisar la documentación técnica respaldatoria de las solicitudes para el financiamiento de obras a ejecutar por las Jurisdicciones emitiendo, de corresponder, el pertinente Apto Técnico, e incorporando los proyectos a financiar a la base de datos.
Definir y difundir pautas para la ejecución de las acciones.
Elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales para Licitación que serán de aplicación obligatoria por la Jurisdicción en el procedimiento de contratación de las obras. El Ministerio podrá también establecer algunas Cláusulas Particulares específicas.
Crear una base de datos que contenga el registro de las acciones que se ejecutan en cada Jurisdicción.
Realizar el control selectivo de avance de obra, sin perjuicio de las responsabilidades de la UEJ de cada Jurisdicción.
Efectuar la liquidación y pago de los certificados de obra y otras acreencias del contratista en base a la documentación debidamente conformada por la Jurisdicción según lo que estipule la UEC. A este fin el Mº actuará como agente pagador por cuenta y orden de la Jurisdicción. La liquidación y pago surtirá efecto pleno de materializar el financiamiento de la Nación en la proporción de su importe.
No reconocer total o parcialmente el gasto en caso que la Jurisdicción no observe o incumpla los requerimientos y/o procedimientos establecidos en el presente Instructivo y/o en la documentación licitatoria o contractual.
Revisar y, en su caso, expresar su no objeción al trámite en las siguientes instancias:
Documento de licitación.
Texto de los avisos si excepcionalmente fuesen diferentes al incluido en este Instructivo.
Circulares que se emitan si contuvieran modificaciones a los pliegos (no obstante, deberán remitirse a la UEC todos los proyectos de Circulares incluyan o no modificaciones).
Acta de Evaluación de las ofertas.
Proyecto de resolución de una impugnación.
Texto del contrato por suscribir con el adjudicatario si excepcionalmente fuese diferente al incluido en los Documentos de la Licitación.
Proyectos de ampliación del plazo contractual de ejecución o de prórroga de su vencimiento.
Proyectos de modificación del contrato implique o no modificación del precio.
Proyectos de redeterminación del precio del contrato.
Proyecto de certificado de liquidación final.
3.2 Unidad Ejecutora Jurisdiccional
3.2.1 Generales
Los organismos de conducción de las Jurisdicciones, a través de sus respectivas Unidades Ejecutoras, son responsables de la identificación y presentación ante la UEC de las obras cuyo financiamiento soliciten, de elaborar el proyecto ejecutivo correspondiente, y de la correcta ejecución, buena calidad y terminación de dichas obras. Para lograr tales objetivos, son sus funciones y responsabilidades:
Realizar el relevamiento de las necesidades básicas en materia de establecimientos educativos.
Priorizar las obras a ejecutar y remitir la solicitud con su correspondiente legajo técnico, avalado por la máxima autoridad educativa de la Jurisdicción o por quien ésta designe por acto administrativo correspondiente. Para ello deberá ajustarse en un todo a lo establecido en el Instructivo para la Presentación de Proyectos.
Elaborar el proyecto ejecutivo de cada obra.
Realizar las gestiones operativas para el desarrollo y ejecución de las acciones en la Jurisdicción.
Con una antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles y para su remisión a CAF: (i) las fechas en que se convocará cada licitación; (ii) las adjudicaciones que se vayan a realizar; (iii) los contratos que se vayan a suscribir.
Realizar las publicaciones correspondientes a las distintas modalidades de contratación, de acuerdo a lo establecido en el presente Instructivo.
Efectuar el Llamado a Licitación siguiendo los lineamientos establecidos en este Instructivo.
Conformar la Comisión de Evaluación.
Remitir a la UEC el Acta de Evaluación. En esta remisión ratificará que los terrenos donde se construirán las obras se encuentran, en toda su extensión, disponibles, libres de ocupantes y sin alteraciones o estructuras preexistentes que impidan o dificulten su utilización, en tanto que su accesibilidad no registra ningún tipo de dificultad.
Adjudicar y contratar la construcción de la obra de acuerdo con lo establecido en los Pliegos licitatorios.
Remitir a la UEC por cada una de las obras, copias de los comprobantes de los procedimientos licitatorios (avisos, invitaciones, actas de apertura, evaluación, adjudicación y contrato), copia del contrato, fotos de los trabajos realizados (mínimo 3 mensuales), órdenes de servicio que contengan datos o hechos significativos para el desarrollo de las obras y actas.
Asumir la dirección técnica/inspección y/o supervisión de obra, incluyendo la aprobación y registro que dichas tareas demanden, así como los gastos que por cualquier concepto generen; es recomendable que la calificación profesional del Inspector de cada obra sea equivalente a la exigida para el Representante Técnico del contratista. La UEJ es la responsable de la correcta ejecución, buena calidad y terminación de todas las obras.
Conformar la medición y certificación de todas las obras que se ejecuten.
Cumplimentar los requerimientos administrativos, técnicos, legales y financieros para la ejecución de la obra.
Crear una base de datos para registro y control interno de los aspectos administrativos, contables, financieros y técnicos de las obras.
Organizar un legajo documental foliado y cronológicamente ordenado para cada una de las escuelas incluidas, integrado por la información identificatoria de cada institución, la certificación de las diferentes instancias de seguimiento, registro contable, control, asistencia técnica y todo otro material que se solicite desde la UEC. Dicha documentación deberá estar a disposición del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y de los Organismos de Control Nacionales y Provinciales y de la CAF.
Recabar la información que le sea requerida, responsabilizándose por la autenticidad de los datos y su procesamiento en tiempo y forma, remitiéndolos oportunamente a la UEC.
Implementar y mantener permanentemente actualizado un sistema de registro e información, con los soportes respectivos, que permita en todo momento inventariar las construcciones o los bienes adquiridos en el marco del Programa.
Remitir a la UEC, en los plazos y forma previstos la información requerida.
Difundir las acciones que se realicen y promover la solidaridad social y el control de la comunidad.
Incluir a los supervisores de las áreas pedagógicas en el seguimiento directo de las acciones que se realizan en las escuelas.
Iniciar las acciones administrativas y legales que por derecho correspondan ante eventuales hechos de incumplimiento, ya sean de índole contractual, administrativa, delictiva, en cada caso, y mantener informada permanentemente a la UEC.
Acordar con el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación las fechas de inauguraciones de las obras financiadas a través de la UEC.
Conservar, debidamente foliada, toda la documentación correspondiente a cada licitación archivada cronológicamente y manteniéndola a disposición de la UEC o de los Organismos de Control de la Nación o Provinciales y de la CAF, cuando sea requerida.
Serán soportadas exclusivamente por la Jurisdicción las consecuencias económicas, administrativas y/o legales que pudieran generarse en virtud de sus incumplimientos a las funciones y responsabilidades asumidas.
4 CONTRATACION Y EJECUCION DE LAS OBRAS
4.1 Documentos de la licitación
4.1.1 Pliego de Cláusulas Generales (PCG)
El Pliego de Cláusulas Generales será el proporcionado por la UEC y revestirá los caracteres de inalterable e inviolable. El Pliego de Condiciones Particulares y la restante documentación integrante de la Licitación serán elaborados por la Jurisdicción, sin poder contradecir en ningún caso al PCG.
4.1.2 Pliego de Cláusulas Especiales (PCE)
El prototipo, esto es el texto de las cláusulas por incluir sin los datos específicos de una licitación deberá contar con la no objeción de la UEC y no podrá variarse sin su acuerdo previo.
En especial, el PCP determinará como mínimo:
El monto de la garantía de oferta expresado en pesos y equivalente al 1% del presupuesto oficial.
Los datos de la cuenta donde depositar el valor xxx Xxxxxx y/o el monto de la garantía de oferta.
El lugar, fecha y hora de presentación de las ofertas y los de su apertura. El lugar u oficina donde se recibirán las ofertas se estipulará en los avisos y en el pliego y será de acceso directo conforme la dirección allí consignada, la que deberá identificarlo con precisión.
La ciudad en la que el oferente deberá constituir domicilio especial.
El plazo de ejecución de la obra.
Los tipos y monto de los seguros que deberá tomar el contratista si no estuviesen indicados en el Pliego de Cláusulas Generales.
Las estipulaciones referentes al local, mobiliario e insumos para la inspección.
Las especificaciones correspondientes al obrador si no fueron incluidas en las Especificaciones Técnicas.
Información cuya inclusión en la propuesta es requerida a los oferentes en la documentación técnica (si excepcionalmente la hubiese).
4.1.3 Sistema de contratación
Las obras se contratarán por ajuste alzado sobre la base del monto total establecido por el adjudicatario en su propuesta, que es una suma única y global inmodificable cualquiera sea la cantidad de provisiones, obras o trabajos realmente ejecutados para terminar totalmente la obra, de modo que las certificaciones parciales se efectúan al solo efecto del pago a cuenta de su total.
4.1.4 Otros componentes del legajo licitatorio
Serán elaborados por la Jurisdicción.
En la documentación técnica se evitará incluir exigencias de que los oferentes presenten en sus propuestas documentos o información; si ello fuese necesario, la exigencia se referirá en los requisitos de presentación de las propuestas consignados en el Pliego de Cláusulas Especiales.
4.1.5 Consultas y aclaraciones a los documentos de la licitación
Los interesados podrán efectuar consultas y el comitente formular aclaraciones o modificaciones a los pliegos de acuerdo con lo estipulado en ellos. Las circulares deberán notificarse inexcusablemente a quienes hubieran retirado el pliego del comitente. Toda circular que implique una modificación a los pliegos deberá contar con la no objeción de la UEC.
4.2.1 Publicaciones
4.2.1.1 Licitación Pública Nacional
A menos que la legislación local estipule algo diferente, la UEJ deberá publicar el llamado a licitación en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda a la Jurisdicción por el término de quince días con una anticipación respecto de la fecha límite fijada para recibir ofertas no inferior a veinte días corridos desde la última publicación conforme al modelo del Anexo 3. Será obligatorio, asimismo, publicitar la licitación por un día en un diario de circulación nacional con una anticipación no inferior a treinta días corridos respecto de la fecha límite fijada para recibir ofertas.
4.2.1.2 Licitación Pública Internacional
La publicidad señalada para la LPN se modificará en lo siguiente: el plazo de anticipación desde la última publicación será de cuarenta días corridos respecto de la fecha límite fijada para recibir ofertas. en lugar de veinte y también se publicitará la licitación por un día en un diario de circulación nacional.
4.2.1.3 Publicidad adicional
Además de la publicidad anteriormente prevista, las convocatorias que se realicen deberán difundirse por Internet u otro medio electrónico de igual alcance que lo reemplace, en la página web de la UEC, en la página web de la Jurisdicción donde se realiza la obra y en la de la Provincia respectiva (si ésta no fuera el comitente). También se publicitarán por estos medios los documentos de licitación, las minutas de la apertura de licitaciones y la adjudicación de la obra. La UEJ informará a la UEC los datos de el o los sitios web donde se difundirán las informaciones.
Sin perjuicio de ello, podrán divulgarse las acciones en carteleras, publicaciones de circulación nacional y/o provincial y/o en cualquier otro medio que la Jurisdicción considere pertinente.
4.2.2 Entrega de pliegos
Los documentos de licitación estarán disponibles para ser entregados a los interesados desde el primer día en que se publique la convocatoria. Su valor de adquisición no superará el costo razonable de su reproducción.
4.2.3 Recepción de ofertas
La recepción de las ofertas y la posibilidad que tienen los oferentes de modificarlas o retirarlas, debe cerrarse en la fecha límite fijada para recibirlas y no con el comienzo del acto de apertura; no deben aceptarse aquellas que lleguen después de la hora límite fijada.
4.3 Apertura, evaluación y contratación
4.3.1 Apertura de las ofertas
El de apertura de los sobres presentados a la licitación es un acto formal y público en el que se registran las ofertas recibidas y su contenido básico. Se efectuará en el lugar, día y hora establecidos en el Pliego de Cláusulas Especiales, debiéndose labrar el acta de Apertura de Ofertas (Anexo 4).
Bajo ningún concepto se rechazarán ofertas en esta instancia.
Si los pliegos estipulan que las propuestas deben entregarse foliadas será esencial la verificación de este requisito y se harán constar en el acta las diferencias de foliado entre el original y las copias. Si alguna propuesta no estuviese foliada, se lo hará saber en voz alta e inmediatamente se procederá a su foliatura completa a la vista de los presentes. El número de fojas de cada propuesta es uno de los datos que se deben incluir en el acta de apertura.
El acta de apertura será suscripta por los funcionarios habilitados al efecto, por los presentes que lo deseen y por aquellos que hubiesen formulado observaciones incluidas en el acta.
4.3.2 Evaluación de las ofertas
La UEJ deberá conformar la Comisión de Evaluación (CE) que estará integrada como mínimo por tres miembros.
Las ofertas serán evaluadas por la Comisión en un plazo máximo de siete días hábiles, contados desde la fecha de apertura de las ofertas, esta evaluación será confidencial y respetará los lineamientos de los Documentos de la Licitación y del presente Instructivo. Labrará el Acta de Evaluación con el contenido mínimo indicado (Anexo 5).
Se utilizará el sistema de post-calificación, según el cual se examinan los requisitos que figuren en los documentos de licitación sólo para la oferta de precio evaluado más bajo y, si cumple con ellos se le adjudica la licitación. Si no cumple, se rechaza la oferta y se examinan los requisitos del oferente cuyo precio ocupe el segundo lugar, y así sucesivamente hasta que pueda adjudicarse la obra.
Los rechazos de ofertas deberán quedar debidamente fundamentados. Deberá tenerse en cuenta que no podrán utilizarse para las calificaciones o evaluaciones criterios no estipulados en el Pliego de Cláusulas Generales. Se recomienda expresar con claridad los fundamentos de las descalificaciones o desestimaciones; en particular, no podrá limitarse a consignar por ej.: “no se ajusta a lo especificado”, sin indicar qué es “lo especificado” y por qué no se ajusta (cómo debió ser y cómo es). En igual sentido, junto con la declaración sobre el cumplimiento de los requisitos, especialmente los de calificación, deberán informarse los datos y documentos que avalan la aseveración y los lugares de la propuesta donde en que se encuentran.
Si la licitación resultara desierta, la UEJ comunicará tal situación a la UEC, dentro de los cinco días de la fecha de apertura de las ofertas, informando asimismo las modificaciones a la documentación técnica y/o presupuesto oficial que considere necesario introducir, las que deberán ser aprobadas por este organismo en forma previa a la realización de una nueva convocatoria.
La UEJ archivará todas las ofertas, incluso las no adjudicadas, y las mantendrá a disposición de los organismos de control nacionales y de la provincia y de CAF.
4.3.3 Adjudicación
La adjudicación deberá instrumentarse con el correspondiente acto administrativo, emanado del funcionario competente para ello, y ser fehacientemente notificada al adjudicatario y demás oferentes.
4.3.4 Impugnación a la Adjudicación
Para la resolución de una impugnación a la adjudicación, previamente la UEJ remitirá a la UEC:
Constancias de notificación fehaciente de la adjudicación si no las hubiera ya enviado.
Escrito de impugnación.
Dictamen legal y Acta de la Comisión Evaluadora, fijando criterio para aceptar o rechazar la impugnación con los fundamentos respectivos.
Una vez obtenida la no objeción de la UEC la UEJ procederá en consecuencia y le remitirá copia del acto administrativo debidamente notificado informando si fue recurrido. Para cualquier recurso ulterior se procederá de igual modo.
En las distintas etapas del trámite de la licitación hasta el comienzo de la obra, la UEJ deberá haber remitido a la UEC copia certificada por autoridad competente de:
Invitaciones si se efectuaron.
Copia de publicaciones del aviso en todos los medios en los que se efectuó y nómina de los sitios virtuales en los que se difundió la licitación.
Documentos de licitación (en papel y soporte magnético).
Consultas formuladas y circulares emitidas (con y sin consulta).
Lista de empresas que retiraron el pliego y de su notificación de las circulares emitidas.
Consultas formuladas.
Circulares emitidas (en papel y soporte magnético) y constancias de su notificación a todas las empresas que retiraron el pliego.
Designación de la Comisión Evaluadora.
Acta de apertura de ofertas (en papel y soporte magnético).
Presentaciones que se hayan efectuado en relación con las ofertas recibidas o con su apertura.
Oferta del proponente adjudicado (garantía de oferta, oferta económica, planilla de Cómputos y Presupuestos, Análisis de Precios, Plan de Trabajos, Curva de Inversión).
Respecto de las ofertas rechazadas, las partes de la propuesta donde consten los datos que generaron el rechazo si los hubiera.
Actas o minutas de reunión de la Comisión Evaluadora en las cuales se detallen los aspectos analizados, la información requerida, los criterios adoptados y las conclusiones a las que se arriba.
Acta de Evaluación.
Acto administrativo de adjudicación y constancias de su notificación fehaciente.
La documentación relativa a las eventuales impugnaciones.
Garantía de cumplimiento de contrato.
Contrato suscripto (excluido el legajo licitatorio).
Orden de comienzo impartida por el comitente.
Acta de Inicio.
El contrato responderá al modelo de Contrato tipo de locación de obra incluido en el legajo licitatorio y será suscripto en tres ejemplares por la UEJ y el adjudicatario.
Suscripto el contrato, se procederá a la devolución de las Garantías de Ofertas.
La UEJ remitirá a la UEC dentro de los diez días a partir de su suscripción, copia del contrato con sus correspondientes cómputo y presupuesto, plan de trabajos y curva de inversiones en papel y soporte magnético. Después y a medida de su recepción le remitirá copia de las restantes garantías instrumentadas.
La responsabilidad por el control, la inspección técnica, las modificaciones si las hubiere, y la recepción provisional y definitiva de las obras será asumida exclusivamente por la UEJ a través del representante que designe al efecto, debiendo garantizar que se efectúen en tiempo y forma.
Cada inspector de obra de la
Jurisdicción deberá contar con un libro de comunicaciones
prenumerado por triplicado para asentar en cada visita las novedades
y el porcentaje de avance físico de la obra. Dichas observaciones
deberán llevar la firma del inspector. Con respecto a aquellas actas
que consignaren hechos o situaciones relevantes para la ejecución de
la obra, la UEJ deberá enviar copia de ellas
a la UEC,
conjuntamente con la Certificación de los Trabajos y la
documentación fotográfica pertinente.
Si al realizarse la inspección no hubiere novedades que comunicar, el inspector deberá igualmente dejar constancia escrita de la visita efectuada.
Las inspecciones deberán asegurar el control de la obra y los materiales, y la medición y certificación de los trabajos, según lo establecido en los respectivos pliegos. A tal fin, el inspector deberá concurrir a la obra con una periodicidad no mayor a tres días corridos, sin perjuicio de la designación de un sobrestante para su permanencia continua en ella.
Cuando la inspección de la obra sea delegada a otro organismo público, las verificaciones respectivas deberán contar con la aprobación de la UEJ, en su calidad de responsable de la obra.
La UEJ garantiza la colocación en un lugar visible del cartel de obra el que responderá sin agregados ni omisiones al modelo indicado en el pliego.
4.8 Certificación y pago de los trabajos
El inspector efectuará la medición de los trabajos realizados, con citación del contratista y/o su representante técnico, el último día hábil del mes.
Los resultados de las mediciones se asentarán en el Libro de Ordenes de Servicio y, en su caso, serán comunicados al contratista dentro de los dos días hábiles de efectuadas.
Consentida la medición por las partes, la Inspección de Obra deberá conformar el certificado elaborado por el contratista; en caso contrario, elaborará uno de oficio.
La UEJ, remitirá el certificado a la UEC conjuntamente con la documentación fotográfica de los trabajos certificados para su liquidación y pago. La UEJ será responsable de la verificación del cumplimiento, previo al envío del certificado a la UEC, de los requerimientos previsionales, impositivos, de riesgo de trabajo y seguros de riesgo establecidos, y así lo hará constar de la forma que establezca la UEC.
La UEC efectuará el pago por cuenta y orden del comitente.
La recepción Provisional y Definitiva de las obras se realizará conforme lo establecido en la documentación del contrato.
La copia del acta de recepción correspondiente y un mínimo de tres fotografías de la obra terminada deberá remitirse a la UEC con el último certificado.
La UEJ deberá remitir a la UEC copia del Acta de Recepción Definitiva dentro de los diez días de suscripta.
Después de efectuada la recepción definitiva se llevará a cabo la liquidación final del contrato, conforme se prevea en la documentación contractual. El texto del certificado de liquidación final será remitido a la UEC previo a su emisión, junto con los antecedentes del caso, y será suscripto cuando se obtenga la no objeción de la UEC
4.10 Casos de modificaciones e imprevistos
4.10.1 Previos al llamado
En aquellos casos en que luego del compromiso de los fondos sucedieran hechos que obligaran a replantear los trabajos previamente establecidos, la UEJ, previo a la realización del llamado, remitirá para su aprobación las modificaciones a la UEC debidamente fundamentadas, aun en caso de que los cambios no involucraran modificación del presupuesto.
4.10.2 Luego de la contratación
Cuando los fondos asignados resultaren insuficientes por la necesidad de una alteración contractual, la UEJ deberá remitir a la UEC la fundamentación de la necesidad, el detalle de trabajos, y los respectivos presupuestos de mano de obra y/o materiales para su conclusión, con la celeridad suficiente que permita evitar, de ser posible, la paralización de las obras.
Ante eventuales hechos de incumplimiento por parte del contratista, ya sean de índole contractual, administrativa o penal, la UEJ deberá iniciar las acciones administrativas y/o judiciales que correspondan y mantendrá informada sobre el avance de las mismas permanentemente a la UEC.
Si en virtud de estos acontecimientos se requiriesen recursos adicionales a los transferidos, ellos se afectarán del cupo asignado a la Jurisdicción en el ejercicio en curso o en el de los sucesivos, lo que implicará la reprogramación de las acciones previstas para permitir la finalización de las obras en cuestión.
4.12 Resolución o rescisión del contrato
En caso de resolución o rescisión del contrato, la UEJ deberá remitir a la UEC copia de la documentación correspondiente a las acciones administrativas y/o legales realizadas, la planilla de medición de los trabajos correctamente ejecutados y su avalúo, el detalle de los trabajos faltantes, y los presupuestos elaborados por el comitente para la conclusión total de los trabajos. Se incluirá el o los actos administrativos dictados, su notificación al contratista y un informe del área legal acerca de la inexistencia de obstáculos legales que impidan encarar una contratación para completar la obra. Si el presupuesto oficial correspondiente a la terminación superase el monto de la obra no certificado, se acompañará un informe circunstanciado sobre las causas de la diferencia.
Previa conformidad de la UEC, procederá a licitar la terminación de los trabajos.
Queda establecido que, como la Nación no financiará obras incompletas, de producirse la finalización de un contrato estando la obra sin concluir, automáticamente la Provincia será deudora de la Nación por el monto desembolsado por ésta con más los intereses y recargos que eventualmente aplique la CAF; consecuentemente deberá encarar su terminación a la brevedad posible.
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