CONTRATO DE ADHESIÓN TARJETA DE DEBITO 23 CARD
CONTRATO DE ADHESIÓN TARJETA DE DEBITO 23 CARD
Comparecen: por una parte, la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO “23 DE JULIO LTDA.”, en adelante la “COOPERATIVA”, representado por el funcionario que suscribe este contrato; y, por otra parte, a quien se lo denominaría el/la “SOCIO/A TARJETAHABIENTE”:
quienes de manera voluntaria acuerdan suscribir el presente CONTRATO DE ADHESIÓN TARJETA DE DEBITO 23 CARD bajo los siguientes términos y condiciones:
CLÁUSULA PRIMERA. – ANTECEDENTES: LA COOPERATIVA; es una institución financiera del sector Popular y Solidario debidamente facultada para efectuar todas y cada una de las operaciones contempladas en la Legislación Ecuatoriana Vigente, que, con el objeto de dar brindar un mejor servicio a nuestros asociados, pone a disposición una tarjeta de débito, afiliada a la red de cajeros automáticos y diferentes plataformas digitales. Este servicio lo podrán contratar de manera voluntaria nuestros socios y/o clientes.
CLÁUSULA SEGUNDA. – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES: Derechos y Obligaciones del SOCIO
TARJETAHABIENTE: El SOCIO TARJETAHABIENTE tiene derecho a; 1) Utilizar el servicio contratado en todos los lugares y cajeros disponibles que la Institución tenga acceso, así como facilidad para brindar el servicio. Este servicio estará disponible en todos los canales que la institución oferte, en los días y horas establecidos; 2) Tener un servicio óptimo y de calidad; 3) Recibir facilidades para el uso de servicios financieros; 4) Recibir información sobre el uso seguro de los cajeros automáticos, así como los riesgos del uso de la tarjeta por parte de la institución; 5) Realizar cambios de clave con discreción; 6) Custodiar de manera responsable la tarjeta física que producto de éste contrato se entrega; así como, custodiar la clave personal que de manera única conoce el usuario de la misma; El SOCIO TARJETAHABIENTE se obliga: 1) A tener fondos disponibles en su CUENTA DE AHORROS para obtener los servicios que tengan costo o impliquen salida de dinero (retiros, transferencias, pagos, etc.); 2) El SOCIO TARJETAHABIENTE se obliga a verificar las transacciones que realice a través de su cuenta, pudiendo consultar el detalle de los movimientos de su cuenta a través de los canales disponibles y cualquier otro canal o medio similar que LA COOPERATIVA ponga a su disposición, manteniendo con diligencia y cuidado bajo su total responsabilidad la tarjeta de débito, cumpliendo con su obligación de custodia de la misma, y asumiendo los riesgos por extravío, robo o hurto de la misma; 3) Notificar a LA COOPERATIVA de manera inmediata a través de los canales disponibles, todo evento inusual que se presente con su tarjeta; y, formalizar su requerimiento en un plazo de hasta 48 horas contadas después de sucedido el evento inusual; 4) Realizar un cambio de clave con la periodicidad con el fin de asegurar una buena administración del mismo. Derechos y Obligaciones de LA COOPERATIVA: LA COOPERATIVA por su parte, se obliga a prestar a EL SOCIO TARJETAHABIENTE los servicios materia del presente contrato, así como la responsabilidad por los montos depositados en dicha cuenta, y la confidencialidad de acuerdo con los presentes términos y a lo establecido en la ley.
CLÁUSULA TERCERA. – SERVICIOS Y PRESTACIONES: Los servicios que presta LA COOPERATIVA a través de la tarjeta de débito a EL SOCIO TARJETAHABIENTE son: A) Retiro de fondos y consumos: Por medio de la tarjeta de débito EL SOCIO TARJETAHABIENTE, está facultado para realizar retiros en las redes de cajeros automáticos, para realizar consumos en establecimientos afiliados, dentro y fuera del país .Los retiros y consumos de los fondos están sujetos a la disponibilidad de fondos que EL SOCIO TARJETAHABIENTE tenga en su cuenta y condiciones de esta, y el mismo pueden ser efectuados a través de las redes de cajeros automáticos y establecimientos afiliados nacionales e internacionales, estos retiros y consumos serán debitados de la cuenta de ahorros de El SOCIO TARJETAHABIENTE sin más requisitos que la evidencia que aquellos que se efectuaron por medio de la red de cajeros automáticos y establecimientos afiliados dentro y fuera del país, con la utilización de la tarjeta de débito junto con la clave personal, secreta e intransferible; B) Consulta de saldos de su cuenta de ahorro, que mantenga en LA COOPERATIVA. C) Otros servicios que LA COOPERATIVA implemente en el futuro, los cuales serán comunicados AL SOCIO TARJETAHABIENTE por los medios autorizados. La cobertura de la tarjeta de débito de LA COOPERATIVA es nacional e internacional.
CLÁUSULA CUARTA. – CANCELACIÓN DE LA(S) TARJETA(S): La tarjeta principal y las adicionales podrán cancelarse por pedido expreso de EL SOCIO TARJETAHABIENTE; y/o podrán cancelarse por decisión de LA COOPERATIVA, en caso de mal manejo de las mismas; en caso de cierre de la(s) cuenta(s); o en caso de no pago de alguna tarifa que LA COOPERATIVA esté facultado a cobrar. En caso de cancelación de la Tarjeta principal, se cancelarán también las adicionales; y aquello será causal para la terminación del presente contrato.
CLÁUSULA QUINTA. – CUENTAS VINCULADAS: EL SOCIO TARJETAHABIENTE, de forma libre, voluntaria, con
conocimiento de causa y de libre elección; solicita y autoriza que la cuenta de ahorros No. será la que quedará vinculada a la tarjeta objeto de este contrato.
CLÁUSULA SEXTA. – COBERTURA DE LA TARJETA: La cobertura de la tarjeta de débito solicitada es nacional e internacional, que podrá ser utilizada para acceder a los siguientes servicios: 1.- Retiro de dinero sobre el saldo disponible de la cuenta de ahorros que el TARJETAHABIENTE mantiene en LA COOPERATIVA, por medio de cajeros automáticos propios de LA COOPERATIVA, de las redes BANRED y CIRRUS o cualquier otra red a la que se encuentre afiliada LA COOPERATIVA; 2.- Consulta de Saldos; 3.- Compras y Consumos en establecimientos locales e internacionales afiliados. Las transacciones de retiro de dinero, compra y consumo serán procesadas automáticamente, como notas de débito y estarán sujetas a: a) Disponibilidad de fondos en la cuenta del TARJETAHABIENTE registrada en la solicitud. b) Límite diario autorizado por el TARJETAHABIENTE en su tarjeta principal. c) Vigencia de la tarjeta. d) Uso en los cajeros automáticos propios y los afiliados a las redes contratadas por LA COOPERATIVA. e) Compras y consumos en establecimientos locales e internacionales afiliados a MASTERCARD a través de POS (Punto de Venta).
CLÁUSULA SÉPTIMA.- FUNCIONAMIENTO (OPERACIÓN): El funcionamiento de la Tarjeta de Débito es permanente y se podrán realizar los retiros, consumos diarios y montos máximos establecidos por LA COOPERATIVA y por las redes contratadas, salvo por motivos establecidos en el Código Civil, fuerza mayor o caso fortuito, LA COOPERATIVA podrá suspender/bloquear el
servicio de la Tarjeta en forma total o parcial, por problemas de servicio técnico, corte operacional, energía eléctrica, intentos de fraude identificados por LA COOPERATIVA u otros, quedando liberada de toda responsabilidad por eventuales daños o perjuicios que se pudieren ocasionar al TARJETAHABIENTE o a terceros como consecuencia de la falta del servicio.
CLÁUSULA OCTAVA. – INTRANSFERIBILIDAD Y PROPIEDAD - MEDIOS DE ACCESO: Para la utilización del servicio xxx xxxxxx automático, LA COOPERATIVA entregará a EL SOCIO TARJETAHABIENTE; una tarjeta personal e intransferible que permita disponer de estos servicios. Además de la tarjeta, LA COOPERATIVA facilitará la operatividad para que EL SOCIO TARJETAHABIENTE asigne un número de clave personal, secreto e intransferible, que será de su exclusivo conocimiento y que es necesario para la utilización de la tarjeta de débito. En consecuencia, EL SOCIO TARJETAHABIENTE, a partir de este momento se compromete a custodiar la tarjeta que ha recibido de LA COOPERATIVA y a no dar a conocer el número secreto a terceras personas, siendo por lo tanto responsable ante LA COOPERATIVA en caso de uso indebido de dicha tarjeta. EL SOCIO TARJETAHABIENTE podrá solicitar a LA COOPERATIVA la emisión de una o varias tarjetas adicionales para ser utilizadas por personas autorizadas por él, contra su cuenta de ahorro. EL SOCIO TARJETAHABIENTE se compromete a firmar la Tarjeta en el espacio dispuesto para ello en el reverso de ese documento, con la misma firma que utiliza para todos sus actos y contratos. Estas tarjetas adicionales también están sujetas a los términos y condiciones contempladas en el presente contrato. LA COOPERATIVA es la propietaria exclusiva de la TARJETA PRINCIPAL y ADICIONAL que lleguen a emitirse. Si el TARJETAHABIENTE incumpliere cualquiera de las obligaciones contenidas en este contrato, LA COOPERATIVA se reserva el derecho de retirarla, cancelarla o suspenderla en cualquier momento, lo cual comunicará al TARJETAHABIENTE por los medios definidos por LA COOPERATIVA
CLÁUSULA NOVENA. – LÍMITES DE RETIROS: El límite diario de retiro será establecido en las políticas de la institución, valor que podrá ser modificado por EL SOCIO TARJETAHABIENTE, a través de los canales que se disponen para el efecto, dejando claro que deberán estar en función del monto máximo de retiros definido por la entidad.
CLÁUSULA DÉCIMA. – SUSPENSIÓN: LA COOPERATIVA, previa notificación al público en general, podrá suspender los servicios de sus cajeros ATMS por las razones que debidamente se expresarán, salvo en caso de fuerza mayor o caso fortuito.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. – DE LA PÉRDIDA, SUSTRACCION O DETERIORO DE LA TARJETA: En caso de
pérdida, sustracción, robo, hurto o deterioro de la TARJETA, o vulneración de la seguridad de la clave personal o PIN, el SOCIO TARJETAHABIENTE, debidamente identificado por nombres completos, número de cédula de identidad o ciudadanía o pasaporte para los ciudadanos extranjeros y número de tarjeta, deberá notificar inmediatamente del particular a LA COOPERATIVA, por escrito y/o por teléfono y/u otro medio definido por LA COOPERATIVA. Cuando el extravío o robo o vulneración se produzca en el extranjero, el SOCIO TARJETAHABIENTE deberá actuar de idéntica forma ante la entidad asociada al sistema de tarjetas de débito, en el país donde el hecho ocurra o en el lugar más cercano. En caso de omitirse el trámite de aviso, a EL SOCIO TARJETAHABIENTE será responsable de todas las transacciones suscritas o efectuadas con la clave personal o con la tarjeta extraviada o robada, hasta su vencimiento, o eventual recuperación por parte de LA COOPERATIVA. Si la TARJETA retorna a poder del SOCIO XXXXXXXXXXXXXXX, éste se obliga a no usarla. En los casos descritos, LA COOPERATIVA se compromete a otorgar a el SOCIO TARJETAHABIENTE un nuevo número de tarjeta, sin que sea necesario que el SOCIO TARJETAHABIENTE llene otra solicitud ni firme otro contrato. Las partes expresamente convienen a que, si LA COOPERATIVA llegare a detectar que se intenta realizar un fraude o uso indebido de la TARJETA, o el hecho haya ocurrido, queda autorizado para bloquear o suspender inmediatamente el uso de la TARJETA, a fin de proteger los intereses del SOCIO TARJETAHABIENTE, de LA COOPERATIVA, y más personas que pudieren resultar perjudicadas, previo aviso dado a EL SOCIO TARJETAHABIENTE. Estas acciones no acarrearán ningún tipo de cargo imputable a EL SOCIO TARJETAHABIENTE.
CLÁUSULA DÉCINA SEGUNDA. – PLAZO, RENOVACIÓN Y COBRO: El servicio de tarjeta de débito contratado por EL SOCIO TARJETAHABIENTE a través del presente contrato, tiene un plazo de duración de cinco años contados a partir de la emisión de la misma. Este plazo, se entenderá renovado por un período igual si no mediara comunicación expresa en contrario por parte de LA COOPERATIVA o EL SOCIO TARJETAHABIENTE asumiendo los costos establecidos por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera a la fecha.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. – CAUSA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO. - El presente contrato terminará, cancela o cerrará automáticamente sin tener valor alguno, y podrá ser recuperada por LA COOPERATIVA por a) Retiro Voluntario,
b) Exclusión, c) Fallecimiento d) Petición expresa de cancelación de la tarjeta. Para efectuar se deberá realizar la solicitud formal a LA COOPERATIVA mediante carta escrita y suscrita por EL SOCIO XXXXXXXXXXXXXXX, presentando adjunto copia de su cédula de ciudadanía y papeleta de votación. La cancelación será procesada de manera inmediata por LA COOPERATIVA. Se deja expresa constancia que la tarjeta es de exclusiva propiedad de LA COOPERATIVA y que su entrega a EL SOCIO TARJETAHABIENTE se la efectúa con la sola intención de prestar un servicio más a EL SOCIO TARJETAHABIENTE.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. – PROCEDIMIENTO POR RECLAMOS POR ERRORES DE FACTURACION: 1.
Recepción del reclamo, se registrará la información en el sistema informático y se proporcionará a EL SOCIO TARJETAHABIENTE el código de reclamo o la razón del recibido, 2. Registrado en el sistema informático, éste deberá ser derivado al departamento respectivo de LA COOPERATIVA, para su análisis y resolución. En caso de que el reclamo resulte no favorable, se notificará motivadamente a EL SOCIO TARJETAHABIENTE y se concluirá con el trámite y se archivará el trámite, 3. Para la verificación y solución del reclamo, LA COOPERATIVA solicitará a EL SOCIO TARJETAHABIENTE, de manera oportuna la factura o facturas en el que se incurrió erróneamente en su facturación o el detalle del documento en el que exista este error de facturación, las mismas que serán analizadas por LA COOPERATIVA, 4. Resolución del reclamo el mismo podrá ser resuelto, dependiendo de su complejidad: a.-LA COOPERATIVA dará solución en forma inmediata una vez resuelto el reclamo, podrá realizar la devolución de valores de cobros excesivos de ser el caso o la rectificación de los errores de fondo o de forma de la factura o facturas objeto del reclamo, a EL SOCIO TARJETAHABIENTE se comunicará el resultado mediante el uso de los medios físicos o electrónicos disponibles, b.- LA COOPERATIVA emitirá un informe sobre la resolución del mismo, conforme la documentación y Anexos que fueron registrados, c.- Desistimiento del Reclamo en cualquier momento EL SOCIO TARJETAHABIENTE, de así considerarlo, podrá desistir del reclamo mediante un documento escrito. En este caso, LA COOPERATIVA procederá a archivar el proceso de atención de dicho reclamo, d.- EL tiempo para la Resolución de un Reclamo por parte de LA COOPERATIVA, no podrán exceder de los 15 días.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. – INCONFORMIDAD DE MOVIMIENTOS: EL SOCIO TARJETAHABIENTE dentro del
plazo de veinte (20) días manifestará su inconformidad con los movimientos registrados en la cuenta asociada a la tarjeta. Concluido dicho plazo se entenderá que existe normalidad en su transaccionalidad.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – COSTOS FINANCIEROS: El uso de la(s) tarjeta(s) estará(n) sujeta a los siguientes costos: 1. Costo por emisión de las tarjetas, será cobrado por LA COOPERATIVA por una sola vez, un valor que ha sido previamente conocido y aceptado por EL SOCIO TARJETAHABIENTE, valor que será debitado por adelantado de la cuenta de EL SOCIO TARJETAHABIENTE, en la fecha de suscripción de este contrato. Una vez que LA COOPERATIVA hubiera emitido la tarjeta y efectuado el débito en la cuenta de EL SOCIO TARJETAHABIENTE, por el costo de la misma, dicho valor no será reembolsado, aun en el caso de que EL SOCIO TARJETAHABIENTE no retire dicha tarjeta, o que la misma se encuentre bloqueada, o que esté inactiva; 2. Costo por renovación del Servicio, EL SOCIO TARJETAHABIENTE autoriza expresamente a LA COOPERATIVA a efectuar el débito correspondiente al costo por renovación por el servicio; 3. Costo por reposición, EL SOCIO TARJETAHABIENTE autoriza expresamente a la COOPERATIVA a efectuar el débito correspondiente al costo por reposición de la tarjea en caso de extravió o perdida; 4. En cuanto al costo por las transacciones que se efectúen a través de la red de cajeros automáticos y diferentes plataformas digitales EL SOCIO TARJETAHABIENTE reconocerá por su uso un costo que es previamente conocido y aceptado por EL SOCIO TARJETAHABIENTE, costo que en caso de variar será puesto en conocimiento DEL SOCIO TARJETAHABIENTE; y publicado en LA COOPERATIVA 5. El valor que la institución podrá cobrar a EL SOCIO TARJETAHABIENTE por estos servicios será los establecidos por el organismo de control respectivo y que formará parte integrante de este contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. – MEDIOS DE PRUEBA DE TRANSACCIONES: EL SOCIO TARJETAHABIENTE
reconoce y acepta como medio de prueba de transacciones de retiro y consumo que realice, el comprobante que emitirá la red de cajeros y diferentes plataformas digitales nacional e internacional. Así también, acepta y reconoce como medio de prueba las copias de los registros que de tales transacciones se conservan por medio del sistema financiero de LA COOPERATIVA.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTVA. – MODIFICACIONES: Todas las modificaciones que se originen de un cambio normativo, y que como consecuencia de ellas modifiquen o incorporen nuevos derechos y obligaciones, se tenderán incorporadas a este contrato de pleno derecho, para tal efecto bastará darlas a conocer por cualquier medio que LA COOPERATIVA crea conveniente.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En caso de controversia sobre el sentido o alcance de las disposiciones de este convenio o de su incumplimiento, renuncio a fuero y domicilio y me someto a los jueces competentes de los cantones , o a los jueces de la ciudad que elija LA COOPERATIVA. Los costos, gastos y honorarios profesionales que generen este procedimiento arbitral serán cubiertos por la parte que haya incumplido sus obligaciones.
CLÁUSULA VIGESIMA. – DECLARACIÓN Y ACEPTACIÓN: EL SOCIO XXXXXXXXXXXXXXX declara expresamente que ha
leído y entendido en su totalidad el contenido del presente contrato.
Para constancia de lo expuesto, las partes suscriben el presente contrato por duplicado, recibiendo EL SOCIO TARJETAHABIENTE una copia del mismo.
A los días del mes de del 20
EL TARJETAHABIENTE LA COOPERATIVA
OFICINA
NUEVO
RENOVACIÓN
RESTITUCIÓN
FECHA EMISIÓN (Mes/Día/Año) FECHA ENTREGA(Mes/Día/Año)
He recibido de la Cooperativa la Tarjeta de Débito 23 Card con su respectiva clave requerida en la presente solicitud, correspondiente a mi cuenta de ahorro.
El Socio/Socio
1. SERVICIOS FINANCIEROS BÁSICOS | ||
NOMBRE DEL SERVICIO: | APLICA PARA: | TARIFA USD |
Mantenimiento de Tarjetas de Débito | Mantenimiento de tarjeta de débito | $ 0,00 |
Bloquéo, Anulación y Cancelación | Bloqueo, Anulación o Cancelación de tarjeta de débito | $ 0,00 |
Transacciones fallidas en cajeros automáticos | Transacciones fallidas en cajeros automáticos | $ 0,00 |
Servicio de reposición | Reposición de tarjeta de débito por migración, por actualización, o por fallas en la banda lectora o chip | $ 0,00 |
Retiros de dinero | Retiro de dinero por cajero automático propia entidad | $ 0,00 |
2. SERVICIOS FINANCIEROS CON TARIFA MÁXIMA | ||
NOMBRE DEL SERVICIO: | APLICA PARA: | TARIFA USD |
Retiro cajero automático socios de la propia entidad en cajero de otra entidad | Cajero automático | $ 0,45 |
Retiro cajero automático socios de otra entidad en cajero de la entidad | Cajero automático | $ 0,45 |
Consulta impresa de saldos por cajero automático | Cajero automático | $ 0,31 |
Consumo en gasolineras con tarjeta de débito | Gasolinera | $ 0,20 |
Reposición de tarjeta de débito con chip por pérdida, robo o deterioro físico con excepción de los casos xx xxxxxx en el chip. | Oficina | $ 4,37 |
Emisión de plástico de Tarjeta de débito con chip | Oficina | $ 4,37 |
Renovación de plástico de tarjeta de débito con chip | Oficina | $ 4,37 |
Renovación del servicio anual de tarjeta de débito con Chip | Oficina | $ 1,57 |
3. SERVICIOS CON TARJETAS EN EL EXTERIOR | ||
SERVICIOS | NOMBRE DEL SERVICIO | TARIFA USD |
Servicios de retiros | Retiro de efectivo en el exterior en cajeros automáticos | $ 4,46 |
Servicios de consultas | Consultas en el exterior en cajeros automáticos | $ 0,89 |
Servicios de consumos | Consumos en el exterior con tarjeta de débito por montos mayores a $100 | $ 1,70 |
NOTA: A los cargos descritos se les agregará el valor que corresponde de IVA, únicamente cuando estos servicios financieros sean prestados a socios o usuarios. |
INFORMACIÓN ADICIONAL RELEVANTE:
El cupo máximo de retiro diario por cajero automático está definido por las políticas de la propia institución y de la otra entidad.
Declaro que conozco los servicios xx xxxxxx automático y tarjeta de débito, y acepto las tarifas fijadas por la Cooperativa en contraprestación de estos.
FIRMA: ……………………………………
NOMBRE: ……………………………… C.C. ……………………………