BOLETÍN OFICIAL
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DE LAS CORTES GENERALES
X LEGISLATURA
GENERAL
Serie D: 00 xx xxxxx xx 0000 Xxx. 000
ÍNDICE
Páginas
Composición y organización de la Cámara
Secretaría General
292/000013 Procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro de vestuario para el personal del Congreso de los Diputados.
Pliego de cláusulas administrativas particulares ......................................................... 2
Pliego de prescripciones técnicas ................................................................................. 16
COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA
SECRETARÍA GENERAL
292/000013
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día 3 de julio de 2012, ha acordado aprobar los Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescrip- ciones técnicas del procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de suministro de vestuario para el personal del Congreso de los Diputados, dis- poniendo en el mismo acto la apertura del procedi- miento de adjudicación y la aprobación del gasto deri- vado del contrato.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publi- cación de conformidad con lo dispuesto por el artícu- lo 97 del Reglamento de la Cámara.
Xxxxxxx del Congreso de los Diputados, 16 de julio de 2012.—P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
I. RÉGIMEN JURÍDICO Cláusula 1.ª
El presente procedimiento tiene carácter administra- tivo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Por ello, dichos documentos deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el acto mismo de la for- malización del contrato.
El presente procedimiento se regirá por lo previsto en el artículo 72 de la Constitución, el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de 14 de noviembre de 2011 (en adelante, TRLCSP) y las Nor- mas y Acuerdos adoptados por el Congreso de los Diputados en materia de contratación, así como por las Normas de la Ley General Presupuestaria, directa o supletoriamente aplicables, y por los Acuerdos sobre contracción de obligaciones y otras disposiciones de desarrollo adoptados por la Cámara, en lo que se refiere a los requisitos del gasto autorizado y régimen presu- puestario general.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.
Cláusula 2.ª
1. En virtud del artículo 3 del TRLCSP, las men- ciones que el mismo efectúa a las Administraciones Públicas contratantes se entenderán referidas al Con- greso de los Diputados.
2. Las referencias que dicho Texto efectúa a la Caja General de Depósitos en relación con la presta- ción de garantías se entenderán hechas al Departamen- to de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Dipu- tados.
II. OBJETO Cláusula 3.ª
El presente procedimiento tiene por objeto la adju- dicación del contrato de suministro de vestuario para las temporadas xx xxxxxx e invierno a los funcionarios del cuerpo de ujieres, personal de mantenimiento, motoristas, garajistas, conductores y escoltas al servi- cio del Congreso de los Diputados.
La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) es:
18000000-9 Prendas de vestir, calzado y accesorios
III. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN
Cláusula 4.ª
La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abier- to, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP.
La tramitación del expediente se realizará por el procedimiento ordinario.
El contrato objeto de este procedimiento está sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo esta- blecido en los artículos 13 y 15 del TRLCSP.
IV. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Cláusula 5.ª
1. El presupuesto máximo de licitación es de dos- cientos ochenta y dos mil (282.000) euros (IVA no incluido), que corresponde a los dos años de dura- ción del contrato. A este contrato le corresponde un IVA del 18 %, esto es, 50.760 euros. El presupuesto máximo total es de 332.760 euros (IVA incluido).
El presupuesto máximo anual por lote del suminis- tro objeto del presente concurso es el siguiente:
Lote A (Uniformes): 87.000 euros anuales (IVA no incluido).
Xxxx X (Otras prendas de vestir): 28.000 euros anua- les (IVA no incluido).
Lote C (Zapatos y complementos): 26.000 euros anuales (IVA no incluido).
2. No se admitirán las ofertas que excedan de dicho presupuesto. Todas las ofertas deberán indicar por sepa- rado la cuantía correspondiente al precio neto del con- trato y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA.
Para la comparación de las ofertas económicas se tendrá en cuenta, exclusivamente, el precio neto de cada una.
3. En el presupuesto se entienden incluidos todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el nor- mal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, segu- ros, transporte y desplazamientos, honorarios del per- sonal técnico a su cargo, de comprobación y encargo, tasas, licencias y toda clase de impuestos, tanto munici- pales como provinciales, autonómicos y estatales, excepción hecha del IVA.
4. El valor estimado del contrato es 282.000 € (IVA no incluido), importe que corresponde a la dura- ción total del contrato.
5. El cumplimiento del contrato queda sujeto a la condición suspensiva de la existencia de crédito aproba- do, adecuado y suficiente en el presupuesto del Congre- so de los Diputados, en cada ejercicio presupuestario.
6. La distribución en las anualidades que com- prende el contrato es la siguiente:
Año | Anualidad | IVA | Total |
2013 | 141.000 € | 25.380 € | 166.380 € |
2014 | 141.000 € | 25.380 € | 166.380 € |
Lote A
Año | Anualidad | IVA | Total |
2013 | 87.000 € | 15.660 € | 102.660 € |
2014 | 87.000 € | 15.660 € | 102.660 € |
Lote B
Año | Anualidad | IVA | Total |
2013 | 28.000 € | 5.040 € | 33.040 € |
2014 | 28.000 € | 5.040 € | 33.040 € |
Lote C
Año | Anualidad | IVA | Total |
2013 | 26.000 € | 4.680 € | 30.680 € |
2014 | 26.000 € | 4.680 € | 30.680 € |
V. INFORMACIÓN, CONTROL, SEGUIMIENTO Y RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN
Cláusula 6.ª
El seguimiento y control general del presente proce- dimiento y de la ejecución del contrato se realizará por el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones de la Dirección de Presupuestos y Con- tratación de la Secretaría General del Congreso de los Diputados.
Cláusula 7.ª
Los pliegos que rigen el presente procedimiento podrán descargarse desde la página web del Congreso de los Diputados, accediendo directamente desde el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx/
Asimismo, podrán recogerse en el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones (calle Floridablanca, s/n.), xx xxxx a catorce horas, en días hábiles, de lunes a viernes.
Los licitadores que deseen información adicional sobre el objeto del concurso podrán ponerse en contac- to con el citado Departamento (telef. 91 390 76 02).
VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR Cláusula 8.ª
Los licitadores deberán ser personas físicas o jurídi- cas que tengan plena capacidad de obrar, que acrediten que su actividad tiene relación directa con el objeto del concurso, que justifiquen la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica y que no estén incursas en ninguna de las circunstancias prohibitivas para con- tratar previstas en el Texto Refundido de la Ley de Con- tratos del Sector Público y su normativa de desarrollo.
VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Cláusula 9.ª
1. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrán suscribir ninguna pro- puesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente o figurar en más de una unión tempo- ral. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
2. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicionada por el licitador de la totali- dad del contenido de las cláusulas de este pliego, así como de las prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
3. No serán aceptadas aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
Cláusula 10.ª
1. Las proposiciones para tomar parte en el con- curso constarán de tres sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que le represente. En cada uno de ellos se indicará, junto con la razón social y denomina- ción del licitador, el título de cada sobre y el título del procedimiento, y se incluirá la documentación que a continuación se indica.
2. Sobre «A»: «Documentación acreditativa de la capacidad y de la solvencia económica, financiera y técnica del licitador».
Contenido:
a) Documentos acreditativos de la capacidad del licitador. Las personas físicas acreditarán su personali- dad mediante el Documento Nacional de Identidad. Las sociedades lo harán mediante escritura de constitución social o modificación debidamente inscrita en el Regis- tro Mercantil. El que acuda a la licitación en represen- tación de otros deberá acompañar poder notarial bas- tante al efecto (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) y acreditar su personalidad mediante el Documento Nacional de Identidad. Los documentos citados serán originales o copias de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica confor- me a la legislación vigente.
b) Los empresarios no españoles que xxxx xxxxx- nales de Estados miembros de la Unión Europea acre- ditarán la capacidad de obrar por su inscripción en el registro correspondiente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la pre- sentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplica- ción.
c) Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Esta- do correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
d) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar a que se refie- re el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expre- samente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditati- va de tal requisito debe presentarse, antes de la adjudi- cación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. A tal efecto debe utilizarse el modelo que figura en el Anexo I.
e) Resguardo justificativo del depósito en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados de la garantía provisional.
f) La solvencia económica y financiera se acredi- tará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 75 del TRLCSP.
g) La solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios previstos en el artículo 77 del TRLCSP.
h) Los empresarios extranjeros, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribuna- les españoles de cualquier orden para todas las inciden- cias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccio- nal extranjero que pudiera corresponder al licitante. Las empresas extranjeras presentarán sus docu-
mentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
i) Declaración del número de personas con disca- pacidad y porcentaje que supone sobre la plantilla total. En caso de no contar con personas con discapacidad, la declaración se realizará en este sentido.
j) Declaración expresa responsable de la empresa licitadora relativa al grupo empresarial al que pertenece y comprensiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo, según los criterios a que se refiere el artículo 42 del Código de Comercio, a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido.
k) Asimismo, las empresas pertenecientes a un mismo grupo que concurran a una licitación deberán hacer constar dicha circunstancia, aplicándose en tal caso el artículo 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuan- to a la valoración de las proposiciones formuladas.
l) Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato, hasta la extinción del mismo,
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmen- te en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
En el interior del sobre se hará constar, en hoja inde- pendiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
3. Sobre «B»: «Documentación técnica». En él se incluirá la documentación relativa a aquellos criterios
cuya cuantificación dependa de un juicio de valor que impida su valoración mediante fórmulas matemáticas, como:
a) Relación pormenorizada de los suministros similares realizados para empresas privadas y entes u organismos de la Administración Pública española, así como de países extranjeros, y cualquier otra documen- tación técnica que demuestre su disposición para reali- zar el suministro en las condiciones exigidas en los pre- sentes pliegos.
b) Medios materiales y personales destinados al contrato.
c) Propuesta técnica en la que se detallarán las calidades de las prendas, planificación de los suminis- tros y entregas, plazos, servicio de atención al cliente y mejoras. Dicha propuesta será de obligado cumpli- miento en el caso que el contrato sea adjudicado al lici- tador proponente.
En el interior del sobre se hará constar, en hoja inde- pendiente, la relación de documentos que contiene, que deberán estar identificados numéricamente.
4. Sobre «C»: «Proposición económica», firmada por el licitador o por la persona o personas que lo repre- sentasen.
a) Contendrá la oferta económica detallada en los términos del Anexo I de este pliego. Los precios unita- xxxx ofertados incluirán cualquier tributo o arbitrio fis- cal de carácter estatal, autonómico o local y, en su caso, europeo, con exclusión del impuesto sobre el valor xxx- dido. El importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido se indicará como mención independiente.
b) No serán aceptados aquellos documentos que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con absoluta claridad la oferta.
Cláusula 11.ª
1. Los sobres «A», «B» y «C» se presentarán en el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones de la Dirección de Presupuestos y Con- tratación de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, de lunes a viernes, xx xxxx a catorce horas, dentro del plazo indicado en el anuncio de licitación.
2. También podrán remitirse por correo certifica- do. En este caso el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciarlo al Departamento de Patrimonio Histórico Artístico y Adquisiciones, mediante correo electrónico, fax al número 00 000 00 00, o telegrama especificando la identidad del contrato y nombre del licitador.
El fax o telegrama deberá haberse impuesto, igual- mente, dentro del plazo señalado para licitar. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha y hora límites señaladas para la admisión de pro-
posiciones, se exigirá, como medio de prueba, que en el texto del fax o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío realizado por correo.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posteriori- dad a la fecha y hora de la terminación del plazo señala- do en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. No serán admitidas las proposiciones que se presen- ten por vías distintas de las anteriormente señaladas.
VIII. GARANTÍA PROVISIONAL Cláusula 12.ª
Para poder tomar parte en el concurso será preciso haber constituido previamente una garantía provisional por valor de dos mil ochocientos (2.800) euros, que reunirá los requisitos exigidos en el artículo 91 del TRLCSP.
En cuanto a la forma y requisitos de la garantía, se estará a lo previsto en los artículos 103 y 104 del TRLCSP.
Dicha garantía deberá constituirse a nombre del Congreso de los Diputados (CIF S-2804002-J) y se pre- sentará en días hábiles, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
La garantía provisional se extinguirá automática- mente y se devolverá a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. Al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa cuya proposición haya sido seleccionada para la adju- dicación, le será retenida la garantía provisional hasta que acredite, en el plazo señalado en el artículo 151.2 del TRLCSP, la constitución de la garantía definitiva, e incautada la de las empresas que retiren injustificada- mente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP.
En todo caso, la garantía presentada por los licitado- res responderá del mantenimiento de las proposiciones hasta la adjudicación del contrato. Por su parte, la garantía provisional presentada por el licitador que resulte adjudicatario del contrato, responderá también del cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 151.2 del TRLCSP.
IX. EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Cláusula 13.ª
A efectos del presente procedimiento y para la ele- vación de la correspondiente propuesta de adjudicación definitiva a la Mesa del Congreso de los Diputados, la Junta de Contratación de Obras, Servicios y Suminis- tros del Congreso de los Diputados actuará como Mesa de Contratación.
Cláusula 14.ª
La Mesa de Contratación, después de finalizar el plazo de presentación de ofertas, procederá a abrir y examinar los sobres A para calificar los documentos presentados en tiempo y forma por los licitadores.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediendo un plazo máximo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la Mesa de Contratación.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documenta- ción presentada, se procederá a abrir en acto público los sobres B de los licitadores admitidos.
Al comienzo de este acto, el Presidente de la Mesa manifestará el resultado de la calificación de los docu- mentos presentados, con expresión de las proposicio- nes admitidas, de las rechazadas y de las causas de inadmisión de estas últimas.
La Mesa de Contratación, con anterioridad al acto al que se refiere el siguiente párrafo de esta cláusula, pro- cederá al examen y puntuación de las propuestas valo- rables mediante criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (sobres B), cuantificando los distin- tos apartados y deduciendo la puntuación final obtenida por cada una de las propuestas, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la cláusula 15ª, dejando constancia documental de todo ello. Asimis- mo, podrá solicitar, antes de la valoración, los informes técnicos que considere necesarios y que tengan relación con el objeto del contrato.
Los sobres C serán abiertos en acto público. En dicho acto se dará a conocer la puntuación asignada a las propuestas valorables mediante criterios cuya pon- deración depende de un juicio de valor (sobres B).
La Mesa de Contratación procederá a la valoración de los criterios que hacen referencia a características del objeto del contrato que se valoran mediante cifras o por- centajes obtenidos a través de la mera aplicación de fór- mulas (sobres C) y sumará su resultado al obtenido del examen de las propuestas citadas en el párrafo anterior. Sobre la base de la valoración resultante, la Mesa de Contratación clasificará las proposiciones presentadas por orden decreciente y las elevará a la Mesa del Con-
greso con la correspondiente propuesta.
Las fechas para la celebración de los actos públicos de apertura de los sobres B y C se anunciarán con ante- lación suficiente en la página web del Congreso de los Diputados .
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Cláusula 15.ª
1. Para la adjudicación del contrato, la Administra- ción valorará las referencias técnicas y económicas, teniendo la facultad de adjudicar el contrato a la proposi-
ción más ventajosa, o declarar desierto el procedimiento, siempre que, como se establece en la Cláusula 17.ª 4 y de conformidad con el artículo 151.3 del TRLCSP, no exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx.
2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación: son la proposición económica y la cali- dad de la propuesta técnica, características y acabados de las prendas, planificación de los trabajos, medios disponibles para la ejecución del suministro, plazos, disponibilidad del adjudicatario para atender peticiones urgentes u otras solicitudes del Congreso, y las mejoras ofertadas.
3. La ponderación de los referidos criterios será la siguiente:
Proposición económica: cincuenta por ciento (50 %). El porcentaje de valoración de la propuesta económica se obtendrá de multiplicar la oferta econó- mica más baja por 50, y el resultado de tal operación se dividirá por el importe de la oferta que se valora.
Calidad de la propuesta técnica y de los productos ofertados: cincuenta por ciento (50 %).
— Características y acabado de las prendas: 25 %.
— Planificación de los suministros y entregas, pla- zos, servicio postventa y servicio de atención al clien- te: 20 %.
— Mejoras a la calidad solicitada: 5 %.
4. En caso de igualdad en las proposiciones, una vez estudiadas de acuerdo a los criterios que sirven de base para la adjudicación, se dará preferencia en la adjudicación a aquellas empresas que tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 %, y si esta circunstancia se acredita en varias empresas, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor por- centaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla, todo ello de acuerdo a la disposición adicional cuarta, apartado 2.º, del TRLCSP.
La adjudicación se hará a la mejor oferta, de acuer- do con los criterios expuestos.
XI. ADJUDICACIÓN Cláusula 16.ª
1. La Mesa de Contratación elevará las proposi- ciones presentadas, clasificadas por orden decreciente, con la correspondiente propuesta, a la Mesa de la Cámara, u órgano delegado a estos efectos, quien deter- minará la oferta económicamente más ventajosa, requi- riendo al licitador que la hubiere presentado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el
siguiente a aquel en que hubiera recibido el requeri- miento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obliga- ciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la cláusula 18.ª
2. De no cumplimentarse adecuadamente el reque- rimiento en el plazo señalado, se entenderá que el lici- tador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
3. La Mesa de la Cámara u órgano delegado a estos efectos deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la docu- mentación.
4. No podrá declararse desierta una licitación cuan- do exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
5. La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y se publicará en el perfil del contratante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 151.4 del TRLCSP.
6. Notificada la adjudicación del contrato y trans- curridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acom- paña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados.
Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provisional, que se conser- varán para su entrega a los interesados.
XII. GARANTÍA DEFINITIVA Cláusula 17.ª
1. Recibido el requerimiento al que se refiere la Cláusula anterior, el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del Congreso de los Diputados una garan- tía de un 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
2. Esta garantía definitiva se constituirá a favor del Congreso de los Diputados y se presentará para su depósito de lunes a viernes, de 10 a 14 horas, en el Departamento de Gestión Presupuestaria del Congreso de los Diputados.
3. La garantía definitiva responderá de los concep- tos mencionados en el artículo 100 del TRLCSP.
4. La constitución, reposición, reajuste, devolu- ción y cancelación de la garantía se regirán por lo pre- visto en los artículos 99 y 102 del TRLCSP.
XIII. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 18.ª
1. El órgano de contratación requerirá al adjudica- tario para que formalice el contrato en plazo no supe- rior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcu- rrido el plazo de quince días hábiles desde que se remi- ta la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
2. Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo seña- lado, el Congreso de los Diputados podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguien- tes a aquél, por el orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario.
3. Asimismo, antes de la formalización del contra- to, el adjudicatario deberá reembolsar en el Departa- mento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisicio- nes de la Dirección de Presupuestos y Contratación del Congreso de los Diputados el importe de los anuncios oficiales exigidos por el procedimiento de adjudica- ción.
Son de cuenta del contratista todos los gastos deri- vados de la formalización del contrato, todos los impuestos, tasas o gravámenes y cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstos señalen.
Cláusula 19.ª
El contrato tiene carácter administrativo. Al contra- to se unirán debidamente compulsados un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.
Asimismo, tendrá carácter contractual la oferta pre- sentada por el contratista en todo lo referente a las mejoras propuestas u otros aspectos que puedan influir en la ejecución del contrato y que, según los criterios de valoración establecidos en el presente Pliegos de Cláu- sulas Administrativas Particulares hayan determinado la adjudicación del mismo.
XIV. DURACIÓN DEL CONTRATO Cláusula 20.ª
El contrato entrará en vigor el día 1 enero de 2013 y se extinguirá el día 31 de diciembre de 2014.
Cláusula 21.ª
El adjudicatario vendrá obligado a seguir realizando el suministro y mantener las condiciones del contrato cuando éste se hubiese denunciado por cualquier causa,
o hubiese expirado naturalmente por el transcurso del plazo de duración, hasta que vaya a iniciarse la presta- ción de los servicios por la empresa que resultase nueva adjudicataria.
XV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 22.ª
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas y de acuerdo con las instruccio- nes que, para su interpretación, hubiera dado el Con- greso de los Diputados al contratista.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ven- tura del adjudicatario.
XVI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusula 23.ª
1. El adjudicatario se obligará a realizar los sumi- nistros objeto del contrato al precio ofertado, aplicán- dose los artículos 297 y 298 del TRLCSP en cuanto a los gastos de entrega y recepción y vicios o defectos durante el plazo de garantía.
2. Las características de cada uno de los artículos son las descritas para cada uno de los modelos en los Anejos del presente documento.
Cualquier otra prenda no incluida en el presente expediente y cuya adquisición así se requiera dentro del plazo de vigor del contrato que se formalice con motivo de la presente licitación, será suministrada por el adju- dicatario. El precio de las mismas se mantendrá durante la vigencia del contrato de referencia y se determinará en función tanto de las unidades de consumo como de la similitud con cualquier otra incluida en este expe- diente, pasando a formar parte del catálogo y aplicán- dosele desde ese momento todas las condiciones del contrato.
3. La entrega del material se realizará en los luga- res que se fijen, en los plazos máximos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas o en la oferta de la empresa adjudicataria si estos fueran inferiores.
Si los bienes objeto de suministro no se hallan en estado de ser recibidos se darán las instrucciones preci- sas al contratista para que subsane los defectos obser- vados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
Los destinatarios presentarán un Vale de entrega, en el que se detallarán las prendas y complementos, debi- damente autorizado por el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones del Congreso de los Diputados. El adjudicatario se compromete a reali- zar los arreglos y adaptaciones necesarios en las pren- das que así lo requieran.
4. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cum- plimiento de los plazos establecidos, el Congreso de los Diputados podrá optar indistintamente por la resolu- ción del contrato o por la imposición de las penalidades que se establecen en el artículo 212 de la Ley.
Cláusula 24.ª
1. El contratista deberá contratar el personal preci- so para atender a sus obligaciones.
2. El Congreso será del todo ajeno a las relaciones de cualquier índole que existan entre el adjudicatario y el personal con el que cuente aquél para la ejecución de este contrato.
3. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, xx Xxxx- ridad Social y de salud laboral.
4. El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y el proyecto de suministro que se derive de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.
5. En la entrega de los suministros, es responsabi- lidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos labo- rales, etc.
6. El adjudicatario para cubrir sus responsabilida- des contractuales y civiles derivadas de la ejecución de los trabajos contratados dispondrá de una póliza de seguros con una cobertura de 300.000 euros.
Cláusula 25.ª
Para la entrega de los suministros que son objeto de esta contratación, el adjudicatario podrá emplear perso- nal propio o ajeno, que el adjudicatario podrá subcon- tratar a otras empresas especializadas, bien porque la adjudicataria no disponga de técnicos idóneos, o por- que se estime más funcional y eficaz la fórmula de la subcontratación, extremos estos que deberá justificar ante el órgano de contratación.
Cláusula 26.ª
El contratista quedará sujeto a las medidas xx xxxx- ridad que se aplican en la Cámara.
Cláusula 27.ª
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o perjuicios ocasionados a los bienes antes de su entrega al Congreso de los Diputa- dos, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al reci- birlos.
Cláusula 28.ª
1. El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fines distintos de los que figuran en este pliego, ni tampoco ceder a otros, ni siquiera a efectos de conservación.
2. El adjudicatario quedará obligado al cumpli- miento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la referida Ley Orgánica.
XVII. PAGO DEL PRECIO Cláusula 29.ª
1. El contratista tendrá derecho al abono del pre- cio de los suministros efectivamente entregados y for- malmente recibidos por el Congreso de los Diputa- dos con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
El abono del precio se realizará previa presentación de la correspondiente factura, de acuerdo con lo esta- blecido en la Normativa de Régimen Económico del Congreso de los Diputados.
2. El órgano de contratación determinará si el suministro realizado por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumpli- miento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defec- tos observados con ocasión de su ejecución.
3. El cumplimiento del contrato deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 308 y 309 del TRLCSP.
XVIII. REVISIÓN DE PRECIOS Cláusula 30.ª
No procede revisión de precios durante la vigencia del contrato.
XIX. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 31.ª
1. Serán causas de resolución del contrato las consignadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP. El Congreso de los Diputados podrá resolver el con- trato si con posterioridad a la adjudicación se compro- base la falsedad en los datos aportados por el adjudi- catario y que hayan sido tenidos en cuenta para la adjudicación.
2. Cuando el contrato se resuelva por incumpli- miento culpable del contratista, le será incautada la garantía definitiva y deberá, además, indemnizar al Congreso de los Diputados los daños y perjuicios oca- sionados en lo que excedan el importe de la garantía incautada.
XX. PRERROGATIVAS Y RECURSOS Cláusula 32.ª
1. La Mesa del Congreso ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento.
2. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificar- los, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP .
3. Los acuerdos de la Mesa son inmediatamente ejecutivos.
4. De conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio- nes Públicas y Procedimiento Administrativo Común, procederá la interposición de recurso ante la propia Mesa con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, con- tado a partir del siguiente al de notificación de la reso- lución, todo ello sin perjuicio de la interposición de recurso especial en materia de contratación, en aquellos casos en que proceda.
5. Serán susceptibles de la cuestión de nulidad o del recurso especial en materia de contratación, los actos del procedimiento de contratación, cuando los citados medios de impugnación sean procedentes de conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 41 del TRLCSP.
ANEXO I.1
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
LOTE A
D./Dña. , con D.N.I. núm. ________________, vecino de ______________________ provincia de ,
con domicilio en , núm. , código postal (en nombre propio) o (de la empresa que representa) , con C.I.F. núm. y domicilio en , núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contra- tante, XXX, BOCG) del día y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para
la adjudicación del LOTE A DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA PERSONAL DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requi- sitos, condiciones y obligaciones, por un precio de euros (por dos años) al que corresponde por
IVA la cuantía de ……………….….……… euros, totalizándose la oferta en euros,
todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas par- ticulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el detalle que se adjunta.
En Madrid, a de de 2012.
Firma del proponente,
OFERTA ECONÓMICA
LOTE A | ||||||
Artículos | Estimación N.º Prendas | Periodicidad | Precio Unitario | Precio Total | IVA | Precio Total con IVA |
Uniforme de gala de invierno | 15 | Anual | ||||
Casaca de uniforme de gala de invierno | 5 | Anual | ||||
Falda o pantalón de uniforme de gala de invierno | 5 | Anual | ||||
Uniforme de gala xx xxxxxx | 10 | Anual | ||||
Casaca de uniforme de gala xx xxxxxx | 5 | Anual | ||||
Falda o pantalón de uniforme de gala xx xxxxxx | 5 | Anual | ||||
Uniforme de invierno | 80 | Anual | ||||
Chaqueta de uniforme de invierno | 5 | Anual | ||||
Falda o pantalón de uniforme de invierno | 5 | Anual | ||||
Chaleco de uniforme de invierno | 5 | Anual | ||||
Uniforme xx xxxxxx | 105 | Anual | ||||
Chaqueta de uniforme xx xxxxxx | 5 | Anual | ||||
Falda o pantalón de uniforme xx xxxxxx | 5 | Anual | ||||
Chaleco de uniforme xx xxxxxx | 5 | Anual | ||||
Falda o pantalón xx xxxxxx | 100 | Anual | ||||
Uniforme de trabajo de invierno | 20 | Anual | ||||
Uniforme de trabajo xx xxxxxx | 20 | Anual | ||||
Blusa de manga larga | 90 | Anual | ||||
Blusa de manga corta | 30 | Anual | ||||
Camisa azul de manga corta | 60 | Anual | ||||
Camisa azul de manga larga | 60 | Anual | ||||
Camisa blanca de manga corta | 85 | Anual | ||||
Camisa blanca de manga larga | 460 | Anual | ||||
Camisa blanca de uniforme de gala | 30 | Anual | ||||
Pichi | 5 | Anual | ||||
Chaqueta de punto | 5 | Anual | ||||
Anorak | 28 | Bienal | ||||
Alfiler de corbata | 58 | Bienal | ||||
Corbata | 470 | Anual | ||||
Lazo | 80 | Anual | ||||
Cinturón | 74 | Bienal |
ANEXO I.2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
LOTE B
D./Dña. , con D.N.I. núm. ________________, vecino de ______________________ provincia de ,
con domicilio en , núm. , código postal
(en nombre propio) o (de la empresa que representa) , con C.I.F. núm. y domicilio en , núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contra- tante, XXX, BOCG) del día y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para
la adjudicación del LOTE B DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA PERSONAL DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requi- sitos, condiciones y obligaciones, por un precio de euros (por dos años) al que corresponde por
IVA la cuantía de ……………….….……… euros, totalizándose la oferta en euros,
todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas par- ticulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el detalle que se adjunta.
En Madrid, a de de 2012.
Firma del proponente,
OFERTA ECONÓMICA
LOTE B | ||||||
Artículos | Estimación N.º Prendas | Periodicidad | Precio Unitario | Precio Total | IVA | Precio Total con IVA |
Prenda de abrigo | 50 | Bienal | ||||
Traje de invierno | 54 | Anual | ||||
Traje xx xxxxxx | 54 | Anual | ||||
Chubasquero de motorista | 4 | Bienal | ||||
Guantes de garajista/motorista | 8 | Anual |
ANEXO I.3
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
LOTE C
D./Dña. , con D.N.I. núm. ________________, vecino de ______________________ provincia de ,
con domicilio en , núm. , código postal
(en nombre propio) o (de la empresa que representa) , con C.I.F. núm. y domicilio en , núm. , código postal , enterado del anuncio publicado en el (perfil del contra- tante, XXX, BOCG) del día y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se exigen para
la adjudicación del LOTE C DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA PERSONAL DEL
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS se compromete a su ejecución, con estricta sujeción a los expresados requi- sitos, condiciones y obligaciones, por un precio de euros (por dos años) al que corresponde por
IVA la cuantía de ……………….….……… euros, totalizándose la oferta en euros,
todo ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas par- ticulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente y de acuerdo con el detalle que se adjunta.
En Madrid, a de de 2012.
Firma del proponente,
OFERTA ECONÓMICA
LOTE C | ||||||
Artículos | Estimación N.º Prendas | Periodicidad | Precio Unitario | Precio Total | IVA | Precio Total con IVA |
Calcetines | 684 | Anual | ||||
Medias cortas o pantys | 232 | Anual | ||||
Zapatos xx xxxxxxxxx | 340 | Anual | ||||
Zapatos de mujer | 58 | Anual | ||||
Botas de motorista | 4 | Anual |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Cláusula 1.ª Objeto y división en lotes.
El presente procedimiento tiene por objeto la adju- dicación del contrato de suministro de vestuario, con el fin de dotar a diverso personal que presta sus servicios en el Congreso de los Diputados de la uniformidad reglamentaria que precisan para el desempeño de sus funciones.
De acuerdo con los requisitos exigidos en el presen- te pliego, y en el de cláusulas administrativas particula- res, el vestuario comprende los siguientes lotes:
Lote A:
— Uniforme de invierno (caballero).
— Uniforme de invierno (femenino).
— Uniforme xx xxxxxx (caballero)
— Uniforme xx xxxxxx (femenino).
— Chaqueta de uniforme de invierno (caballero).
— Chaqueta de uniforme de invierno (femenino).
— Chaqueta de uniforme xx xxxxxx (caballero).
— Chaqueta de uniforme xx xxxxxx (femenino).
— Chaleco de uniforme de invierno.
— Chaleco de uniforme xx xxxxxx.
— Falda, o pantalón, de uniforme de invierno.
— Falda, o pantalón, de uniforme xx xxxxxx.
— Uniforme de gala de invierno (masculino).
— Uniforme de gala de invierno (femenino).
— Uniforme de gala xx xxxxxx (masculino).
— Uniforme de gala xx xxxxxx (femenino).
— Casaca de uniforme de gala de invierno (mascu- lino).
— Casaca de uniforme de gala de invierno (femeni- no).
— Casaca de uniforme de gala xx xxxxxx (masculino).
— Casaca de uniforme de gala xx xxxxxx (femenino).
— Falda, o pantalón, de uniforme de gala de invierno.
— Falda, o pantalón, de uniforme de gala xx xxxxxx.
— Pichi.
— Chaqueta de punto.
— Camisa blanca de manga larga.
— Camisa blanca de manga corta.
— Camisa de uniforme de gala.
— Blusa de manga larga.
— Blusa de manga corta.
— Falda, o pantalón, xx xxxxxx.
— Corbata.
— Lazo.
— Xxxxxxx xx xxxxxxx.
— Cinturón.
— Uniforme de trabajo (invierno).
— Uniforme de trabajo (verano).
— Camisa azul de manga larga.
— Camisa azul de manga corta.
— Anorak.
Lote B:
— Traje de invierno.
— Traje xx xxxxxx.
— Prenda de abrigo.
— Chubasquero de motorista.
— Botas de motorista.
— Guantes de motorista/garagista. Lote C:
— Calcetines.
— Medias cortas, o pantys.
— Zapatos xx xxxxxxxxx.
— Zapatos de mujer.
Cláusula 2.ª Descripción del lote A.
El lote número 1 comprende las prendas que se rela- cionan a continuación, cuyas características técnicas se describen en el anexo número 1 de este pliego.
La periodicidad del suministro se especifica en cada apartado, así como las cantidades estimadas de cada prenda, que aparecen determinadas en el anexo núme- ro 2.
Cláusula 3.ª Descripción del lote B.
El lote número 2 comprende las prendas que se rela- cionan a continuación, cuyas características técnicas se describen en el anexo número 1 de este pliego.
La periodicidad del suministro se especifica en cada apartado, así como las cantidades estimadas de cada prenda, que aparecen determinadas en el anexo núme- ro 2.
Cláusula 4.ª Descripción del lote X.
Xx xxxx xxxxxx 0 comprende las prendas que se rela- cionan a continuación, cuyas características técnicas se describen en el anexo número 1 de este pliego.
La periodicidad del suministro se especifica en cada apartado, así como las cantidades estimadas de cada prenda, que aparecen determinadas en el anexo núme- ro 2.
Cláusula 5.ª Composición de las prendas objeto del contrato.
Las empresas licitadoras presentarán una sola pro- puesta, que deberá ajustarse a la composición de teji- dos, materiales y colores descrita en el anexo número 1 del presente pliego.
No obstante, las empresas podrán presentar su pro- puesta con otra composición, en cuyo caso deberán
aportar una descripción explicativa que justifique una mejor adecuación de las mismas para los usos a los que se destina.
Los licitadores, en su propuesta, deberán incluir cualquier medida o especialidad que pueda necesitar un miembro del colectivo objeto de este contrato, por razones de talla.
La Mesa de Contratación rechazará a los licitadores que hayan presentado más de una propuesta.
Los licitadores deberán contemplar en sus propues- tas técnicas la posibilidad de ofertar, al mismo precio, otras composiciones para el supuesto puntual de perso- nas con problemas específicos, como alergias, etc.
Cláusula 6.ª Presentación de muestras.
Los licitantes deberán presentar, junto a las pro- puestas, muestras de todos los artículos ofertados, incluidos los escudos bordados a mano, a efectos de poder valorar los tejidos, calidades y confección de los mismos.
Dichas muestras deberán estar debidamente emba- ladas, etiquetadas y clasificadas.
No serán valorados aquellos artículos de los que no se presente muestra.
Con respecto a los zapatos, deberán presentar varios modelos (uno tipo mocasín y otro con cordones), en piel, color negro, y con distintos tipos de tacón de hasta cuatro centímetros, para calzado de mujer.
Asimismo, los modelos deberán presentarse en horma normal y en horma especial.
Cláusula 7.ª Comprobación de la calidad de las prendas.
El adjudicatario garantizará que las prendas entrega- das se correspondan con la composición, diseño y color ofertados, no pudiendo cambiar ni alterar éstos bajo ningún concepto.
El Congreso de los Diputados se reserva la facultad de comprobar la calidad de las prendas y su adecuación a lo ofertado mediante los procedimientos o pruebas que estime pertinentes.
Adicionalmente a las demás responsabilidades a que pudiera haber lugar, serán de cuenta del contratista los gastos derivados de dichas pruebas si de las mismas se desprendiera el incumplimiento de los requisitos exi- gidos.
Cláusula 8.ª Lugar para la toma de medidas y entrega. La toma de medidas y la entrega del vestuario debe-
rán realizarse en el Congreso de los Diputados.
Cláusula 9.ª Plazo para la entrega de las prendas.
La entrega efectiva de las prendas se deberá produ- cir en un plazo máximo de cuarenta y cinco días natura- les desde el encargo oficial realizado por la Cámara al adjudicatario del contrato.
Cláusula 10.ª Recepción de las prendas.
En el momento de realizar el encargo el Congreso de los Diputados, facilitará al adjudicatario un listado por colectivos de personal con derecho a vestuario, y la cantidad de las mismas correspondiente a cada traba- jador.
En las entregas se separarán las prendas correspon- dientes a cada trabajador, en paquetes nominativos.
El adjudicatario deberá emitir un albarán por cada entrega que realice, y que contendrá las características recogidas en el anexo. Deberá ir firmado por el receptor de las prendas.
En ningún caso se aceptará la entrega de prendas distintas al objeto de este procedimiento. El incumpli- miento de esta obligación será causa suficiente para la resolución del contrato.
Cláusula 11.ª Cantidad de artículos.
El Congreso de los Diputados se reserva la facultad de fijar el número de prendas objeto del suministro, dependiendo de las necesidades que surjan durante la vigencia del contrato, comprometiéndose el adjudicata- rio a respetar los precios unitarios resultantes de su oferta.
Cláusula 12.ª Atención al cliente.
El adjudicatario deberá proponer un responsable ante la Cámara para la correcta ejecución del contrato, que se coordinará con el Departamento de Patrimonio Histórico-Artístico y Adquisiciones.
Este responsable se encargará, específicamente, de la atención al personal de la Cámara. Asimismo, coor- dinará la toma de medidas, confirmación de encargos oficiales, comunicaciones de entregas y todo tipo de incidencias.
El incumplimiento de estas obligaciones será causa suficiente para la resolución del contrato.
Cláusula 13.ª Garantía.
El adjudicatario se hará responsable de todos los defectos e incidencias en las prendas suministradas, cuando sean por causas ajenas al uso del personal de la Cámara, ofreciendo el cambio por otras de similares características y condiciones.
El adjudicatario deberá facilitar el cambio de pren- das ante causas debidamente justificadas.
LOTE A
ANEXO I
• Uniforme xx xxxxxx (caballero).
Características:
• Uniforme de invierno (caballero).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Cruzada con dos ojales, seis botones
metálicos dorados con el escudo constitucional. Boca- manga con galón/es dorados, de tres o cuatro centíme- tros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
— Chaleco: Xxxxx xxxxxx y con botones dorados con escudo constitucional.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de invierno (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Una fila con botones dorados, con el
escudo constitucional. Bocamanga con galón/es xxxx- dos, de tres o cuatro centímetros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
— Chaleco: Xxxxx xxxxxx y con botones dorados con escudo constitucional.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional, o
— Falda: Recta, con pliegue central en la parte delantera y cuatro botones dorados con el escudo cons- titucional, y con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Cruzada con dos ojales, seis botones
metálicos dorados con el escudo constitucional. Boca- manga con galón/es dorados, de tres o cuatro centíme- tros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme xx xxxxxx (femenino)
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40%. Diseño:
— Chaqueta: Una fila con botón dorado, con el
escudo constitucional. Bocamanga con galón/es xxxx- dos, de tres o cuatro centímetros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional, o
— Falda: Recta, con pliegue central en la parte delantera y cuatro botones dorados con el escudo cons- titucional, y con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaqueta de uniforme de invierno (caballero).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60% – poliéster 40 %.
Diseño:
— Chaqueta: Cruzada con dos ojales, seis botones metálicos dorados con el escudo constitucional. Boca- manga con galón/es dorados, de tres o cuatro centíme- tros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaqueta de uniforme de invierno (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Una fila con botón dorado, con el escudo constitucional. Bocamanga con galón/es xxxx- dos, de tres o cuatro centímetros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaqueta de uniforme xx xxxxxx (caballero).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Cruzada con dos ojales, seis botones
metálicos dorados con el escudo constitucional. Boca- manga con galón/es dorados, de tres o cuatro centíme- tros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaqueta de uniforme xx xxxxxx (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %.
Diseño:
— Chaqueta: Una fila con botón dorado, con el escudo constitucional. Bocamanga con galón/es xxxx- dos, de tres o cuatro centímetros en ángulo. Escudo constitucional bordado a mano en las dos solapas.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaleco de uniforme de invierno.
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaleco: Xxxxx xxxxxx y con botones dorados con escudo constitucional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaleco de uniforme xx xxxxxx.
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaleco: Xxxxx xxxxxx y con botones dorados con escudo constitucional
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Falda, o pantalón, de uniforme de invierno.
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
— Falda: Recta, con pliegue central delantero, con cuatro botones dorados con el escudo constitucional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Falda, o pantalón, de uniforme xx xxxxxx.
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
— Falda: Recta, con pliegue central delantero, con cuatro botones dorados con el escudo constitucional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de gala de invierno (masculino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 % Diseño:
— Chaqueta de levita: Ajustada de una fila, nueve botones metálicos dorados con el escudo constitucio- nal, una con falsa tapa de bolsillo. Cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrededor de cua- tro centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Boca- manga con galón/es dorados de diferentes tamaños en ángulo.
— Pantalón de levita: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de tres centíme- tros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobla- dillo, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de gala de invierno (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta corta: Entallada a la cintura, cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrede- dor de tres centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Bocamanga con galón/es dorados de diferentes tama- ños en ángulo.
— Falda de levita: Recta, con pliegue central delan- tero con cuatro botones dorados con el escudo constitu- cional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de gala xx xxxxxx (masculino).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta de levita: Ajustada de una fila, nueve botones metálicos dorados con el escudo constitucio- nal, una con falsa tapa de bolsillo. Cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrededor de cua- tro centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Boca- manga con galón/es dorados de diferentes tamaños en ángulo.
— Pantalón de levita: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de tres centíme- tros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobla- dillo, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de gala xx xxxxxx (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %.
Diseño:
— Chaqueta corta: Entallada a la cintura, cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrede- dor de tres centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Bocamanga con galón/es dorados de diferentes tama- ños en ángulo.
— Falda de levita: Recta, con pliegue central delan- tero con cuatro botones dorados con el escudo constitu- cional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Casaca de uniforme de gala de invierno (masculino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta de levita: Ajustada de una fila, nueve botones metálicos dorados con el escudo constitucio- nal, una con falsa tapa de bolsillo. Cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrededor de cua- tro centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Boca- manga con galón/es dorados de diferentes tamaños en ángulo.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Casaca de uniforme de gala de invierno (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta corta: Entallada a la cintura, cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrede- dor de tres centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Bocamanga con galón/es dorados de diferentes tama- ños en ángulo.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Casaca de uniforme de gala xx xxxxxx (masculino).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta de levita: Ajustada de una fila, nueve botones metálicos dorados con el escudo constitucio- nal, una con falsa tapa de bolsillo. Cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrededor de cua- tro centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Boca- manga con galón/es dorados de diferentes tamaños en ángulo.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Casaca de uniforme de gala xx xxxxxx (femenino).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta corta: Entallada a la cintura, cuello alzado con tirilla blanca interior y galón dorado alrede- dor de tres centímetros. Escudo constitucional bordado a mano en delantero lateral izquierdo pegado en galleta. Bocamanga con galón/es dorados de diferentes tama- ños en ángulo.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Pantalón, o falda, de uniforme de gala de invierno.
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %.
Diseño:
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de tres centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
— Falda de levita: Recta, con pliegue central delan- tero con cuatro botones dorados con el escudo constitu- cional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Falda, o pantalón, de uniforme de gala xx xxxxxx.
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60% – poliéster 40 %. Diseño:
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de tres centímetros, desde el borde inferior del bolsillo hasta el dobladillo, con forro opcional.
— Falda de levita: Recta, con pliegue central delan- tero con cuatro botones dorados con el escudo constitu- cional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Pichi.
Características:
— Tejido: +/– 234/360 gramos metro lineal – tejido plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %.
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Pichi: Prenda larga hasta la rodilla, con tirantes, canesú a la altura xxx xxxxx, en delantero y espalda con costura doble, pliegue central en delantero, cierre en espalda con cremallera, con escudo constitucional bor- dado a mano.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Chaqueta de punto.
Características:
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Delantero recto, cierre central con botones en tapeta y bolsillos a la altura de la cintura. Espalda recta, manga larga con puños ajustados, cuello en pico y bajo ajustado.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Camisa blanca de manga larga.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga larga: Dos delanteros con el tejido doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquierdo. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo camisero, puños de dos hojas y entreteladas, botones transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas.
Color: Blanco.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Camisa blanca de manga corta. Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga corta: Dos delanteros con el tejido doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquierdo, sin solapa, con botón y con escudo constitucional bordado a mano. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo camisero, botones transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas. Mangas cortas con vuelta, y hombreras de forma trapezoidal, terminadas en pico.
Color: Blanco.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Camisa de uniforme de gala.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %.
Diseño:
— Camisa manga larga: Dos delanteros con el tejido doblado hacia el interior, espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tirilla, con pie de cuello y entretelado, puños de dos hojas y entreteladas, boto- nes transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas.
Color: Blanco.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Blusa manga larga.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga larga: Dos delanteros con el tejido doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquierdo. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo bebé, puños de dos hojas y entreteladas, botones transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas.
Color: Blanco.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Blusa manga corta.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga corta: Dos delanteros con el teji- do doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquier- do, sin solapa, con botón y con escudo constitucional bordado a mano. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo bebé, botones transparentes y cos- turas con un mínimo de tres puntadas.
— Mangas cortas con vuelta.
Color: Blanco.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Pantalón, o falda, xx xxxxxx.
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %.
Diseño:
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, galón dorado de dos centímetros, en la cos- tura desde la cintura hasta el dobladillo, con forro opcional.
— Falda: Recta, con pliegue central delantero, cor- xxx xxxxxx desde la cintura hasta el dobladillo, con cuatro botones dorados con el escudo constitucional, y forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Corbata.
Características:
— Tejido: raso.
— Composición: poliéster 100 %. Diseño:
— Corbata: Longitud total de 1.300 milímetros aproximadamente. Fabricada en raso, confeccionada con tres piezas cortadas al bies y unidas entre sí al hilo mediante costuras abiertas.
Color: Xxxx xxxxxx y negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción.
• Lazo.
Características:
— Tejido: raso.
— Composición: poliéster 100 %. Diseño:
— Lazo: Fabricado en raso, confeccionado en una pieza.
Color: Xxxx xxxxxx y negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción.
• Alfiler de corbata.
Características:
— Material: dorado al fuego.
— Composición: metálico.
Diseño:
— Alfiler: Escudo constitucional, metálico, dorado al fuego y esmaltado.
• Cinturón.
Características:
— Material: piel. Diseño:
— Cinturón: Con hebilla metálica y pasador.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción.
• Uniforme de trabajo (invierno).
Características:
— Tejido: +/– 234/350 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaquetilla: Cierre con cremallera central, dos bolsillos con tapa y cierre con botón, y escudo constitu- cional bordado a máquina en el bolsillo izquierdo.
— Pantalón: Recto, con pinzas y dos bolsillos ver- ticales delanteros y uno trasero, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Uniforme de trabajo (verano).
Características:
— Tejido: +/– 173/260 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaquetilla: Cierre con cremallera central, dos bolsillos con tapa y cierre con botón, y escudo constitu- cional bordado a máquina en el bolsillo izquierdo.
— Pantalón: Recto, con pinzas y dos bolsillos ver- ticales delanteros y uno trasero, con forro opcional.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
• Camisa azul de manga larga.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga larga: Dos delanteros con el teji- do doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquier- do. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo camisero, puños de dos hojas y entreteladas, boto- nes transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas.
Color: Azul celeste.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Camisa azul de manga corta.
Características:
— Composición: poliéster 30 % – algodón 70 %. Diseño:
— Camisa manga corta: Dos delanteros con el teji- do doblado hacia el interior y bolsillo en lado izquier- do, sin solapa, con escudo constitucional bordado a máquina. Espalda con canesú xx xxxxx tela recto, cuello de tipo camisero, botones transparentes y costuras con un mínimo de tres puntadas.
Color: Azul celeste.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Anorak.
Características:
— Tejido: Exterior de poliéster 100 %.
Interior acolchado de poliéster 100 %.
Diseño:
— Anorak: Impermeable, térmico y transpirable, capucha incorporada en el cuello, bolsillo interior y exteriores. Escudo constitucional grabado en la parte exterior superior izquierda.
Color: Xxxx xxxxxx.
Etiquetado: Etiqueta de composición, conservación y talla.
LOTE B
• Traje de invierno.
Características:
— Tejido: +/– 310/330 gramos metro lineal – tejido sarga.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Cruzada, o sin cruzar, con o sin aber- tura en la espalda, una fila de botones en el lado dere- cho, con ojales en el lado izquierdo. Botones en boca- manga. Dos bolsillos laterales y bolsillo superior en el lado izquierdo.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, puentes normales, con forro opcional.
Color: Varios colores sobrios.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Traje xx xxxxxx.
Características:
— Tejido: +/– 250 gramos metro lineal – tejido fresco a la plana.
— Composición: lana 60 % – poliéster 40 %. Diseño:
— Chaqueta: Cruzada, o sin cruzar, con o sin aber- tura en la espalda, una fila de botones en el lado dere- cho, con ojales en el lado izquierdo. Botones en boca- manga. Dos bolsillos laterales y bolsillo superior en el lado izquierdo.
— Pantalón: Recto, con dos bolsillos delanteros y uno trasero, puentes normales, con forro opcional.
Color: Varios colores sobrios.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Prenda de abrigo.
Características:
— Composición: lana 60 % – viscose 40 %. Diseño:
— Chaquetón, abrigo, o gabardina: Una fila de botones, o cruzado, corte en la espalda, bolsillos, cane- sú en la espalda y pecho, con hombreras (o sin ellas).
Color: Varios colores sobrios.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Chubasquero de motorista.
Características:
— Tejido: 100 % impermeable. Diseño:
— Chaqueta: Con homologación de la CE en pro- tección, cremallera principal protegida del viento y la lluvia, forro interior de invierno desmontable, sistema de ajuste en mangas, cierre alto en cuello, protecciones en hombros, coderas y espaldera, y con varios bolsillos.
— Capucha desmontable y portadocumentos en la espalda.
— Pantalón: Con forro térmico desmontable, pro- tecciones interiores extraíbles, y con sistema de monta- je con cierre de cremallera y velero.
Color: Varios colores sobrios.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Botas de motorista.
Características:
— Composición: empeine xx xxxx, y suela de cau- cho.
Diseño:
— Botas: Hidrofugada, en tres cuartos de caña, emboque ancho y piso de goma antideslizante, antico- rrosivo y antiestático, con cordones.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Guantes de motorista/garajista.
Características:
— Composición: piel forrada de borreguillo. Diseño:
— Guante: En piel hidrofugada, reflectantes, con refuerzo exterior en palma, nudillos y falanges.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
LOTE C
• Calcetines.
Características:
— Composición: poliéster 50 % – algodón 50 %. Diseño:
— Calcetín: Constarán xx xxxx, caña y talón punte- ra, con punto elástico y reforzado en talón y puntera. Costura de cierra plana, reforzadas y que no formen cordoncillo.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Medias cortas, o pantys.
Características:
— Composición: poliamida y elastán. Diseño:
— Medias: De transparencia media, costura plana, cinturilla nopress, y puntera reforzada o invisible.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Zapatos xx xxxxxxxxx.
Características:
— Composición: piel. Diseño:
— Zapato: En tafilete forrado y con piso antidesli- zante, de cuero legítimo, o goma, pegado o vulcaniza- do, con o sin cordones, y horma normal o especial. Tacón entre dos ó tres centímetros.
La oferta deberá incluir horma especial para todos los casos que sea preciso.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
• Zapatos de mujer.
Características:
— Composición: piel. Diseño:
— Zapato: Salón, o relax, forrado, con suelo de goma pegada, tacón de hasta cuatro centímetros, o cuña. Horma normal o especial.
La oferta deberá incluir horma especial para todos los casos que sea preciso.
Color: Negro.
Etiquetado: Etiqueta de composición y conserva- ción, y talla.
Edita: Congreso de los Diputados
Xxxxx Xxxxxxxxxxxxx, x/x. 00000 Xxxxxx
Teléf.: 00 000 00 00. Fax: 00 000 00 00. xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx
Imprime y distribuye: Imprenta Nacional BOE
Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00. 00000 Xxxxxx
Teléf.: 000 000 000. xxxx://xxx.xxx.xx
Depósito legal: M. 12.580 - 1961