Contract
CONTRATACIÓN DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD XXXXXXX | |
XXXXXXXX Xx | XXXXxx.000 XX 0000 |
XXXXXXXXXXX | XXXXXXX XX XXXXXX Nit. 891801039-7 |
CONTRATISTA | COMPAÑÍA DE VIGILANCIA PRIVADA SERSECOL LTDA NIT. 800.217.949-9 REP. LEGAL. XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX |
OBJETO DEL CONTRATO A CELEBRAR | PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES OCUPADAS POR LA LOTERÍA DE BOYACÁ, EL CENTRO CÍVICO HUNZA (APARTAMENTOS), EL HOYO DE LA PAPA Y LA CASA DE BOYACA EN LA CIUDAD DE BOGOTA Y EL SERVICIO DE MONITOREO ELECTRÓNICO Y ALARMAS Y REACCIÓN CON PATRULLAS MOTORIZADAS PARA EL INMUEBLE SALÓN EL TRÉBOL EN LA CIUDAD DE TUNJA. |
VALOR | TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($319.358.817), INCLUIDO IVA. |
PLAZO | EL PRESENTE CONTRATO SE CELEBRARA, POR EL TERMINO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 XX XXXXX AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020. |
FUNCIONARIO QUE REALIZA LA SUPERVISIÓN | SUBGERENTE FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO O QUIEN DESIGNE EL SEÑOR XXXXXXX. |
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, identificado con cédula de ciudadanía número 1.052.378.776 expedida en Duitama, nombrado mediante Decreto 0003 del 2 de enero de 2016 y Acta de posesión de la misma fecha, como Gerente de la Empresa Industrial y Comercial del Estado del Orden Departamental Lotería de Boyacá, regida por los Decretos Ordenanzales Nos. 000722 del 31 xx Xxxx de 1996 y 1366 de Noviembre 16 del 2004, quien para todos los efectos en adelante se denominará la LOTERÍA DE BOYACÁ, de una parte; y de la otra, COMPAÑÍA DE VIGILANCIA PRIVADA SERSECOL LTDA con Nit. No.800.217.949-9, representado legalmente por XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, identificado con cedula de ciudadanía No.19.467.223 de Bogotá y quien para todos los efectos derivados de este contrato se llamará el CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de Servicios, el cual se regirá por las siguientes cláusulas previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1. Que la Lotería de Boyacá, convoco a todos los interesados en participar, en la Invitación Privada IPVNro.001 de 2020, para la prestación del servicio de vigilancia para las instalaciones ocupadas por la lotería de Boyacá, el Centro Cívico Hunza (Apartamentos), el Hoyo de la papa y la Casa de Boyacá en la ciudad de Bogotá, el servicio de monitoreo electrónico y alarmas y reacción con patrullas motorizadas para el inmueble salón el trébol en la ciudad de Tunja. 2. Que adelantado el proceso presentaron observaciones las empresas GRANADINA LTDA, SERVIBOY LTDA, ASCONES, VIGIAS LTDA Y SERSECOL LTDA. Las cuales fueron resueltas en la fecha establecida en el Cronograma. 3. Que con ocasión de la operación contractual mencionada, presento oferta la COMPAÑÍA DE VIGILANCIA PRIVADA SERSECOL LTDA. 4. Que ningún oferente presento observaciones al informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador. 5. Que en consecuencia la propuesta declarada habilitada recibió la siguiente calificación final: COMPAÑÍA DE VIGILANCIA PRIVADA SERSECOL LTDA, Mejor calidad 400 puntos distribuidos así: Coordinador 200, supervisor 100, oficina administrativa 100 y los 300 puntos restantes están distribuidos en la parte de ponderado, apoyo industria nacional 100, dotaciones e infraestructura operativa 100, antigüedad de la empresa 100 Total 700 puntos.6. Que la gerencia de la Lotería de Boyacá, a través de la resolución No.0112 del 25 xx Xxxxx de 2020, adjudico la Invitación Privada IPVNo.001 de 2020 para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada a la COMPAÑÍA DE VIGILANCIA
PRIVADA SERSECOL LTDA, a partir del primero (1) xx Xxxxx del 2020 al treinta y uno (31) de diciembre de 2020, a la Entidad en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, hasta por la suma de TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($319.358.817,00)MCTE, incluido IVA. 6.
Que existe certificado de disponibilidad presupuestal para atender la presente erogación. 7. Que el presente contrato se regirá por las siguientes Clausulas: CLAUSULA PRIMERA. - OBJETO: LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES OCUPADAS POR LA LOTERÍA DE BOYACÁ, EL CENTRO CÍVICO HUNZA, EL HOYO DE LA PAPA, CASA DE BOYACA EN BOGOTÁ Y EL SERVICIO DE MONITOREO ELECTRÓNICO Y ALARMAS Y REACCIÓN CON PATRULLAS MOTORIZADAS PARA EL INMUEBLE SALÓN EL TRÉBOL EN LA CIUDAD DE TUNJA”
PARÁGRAFO 1: El alcance y detalle del objeto contractual es el siguiente:
ITE M | DESCRIPCION | UNID. | CANT. | VALOR UNITARIO | VALOR TOTAL |
1 | Prestación de un servicio de vigilancia con armas, con radio de comunicaciones y seguridad con personal las 24 horas del día, todos los días del mes, incluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en el Centro Cívico Hunza de Tunja, ubicado en la calle 21 A No. 10-90, prestado en turnos rotativos de 8 horas cada uno, con su respectivo relevante. | 1 | 1 | $ 8.658.579 | $ 8.658.579 |
2 | Prestar un servicio de vigilancia y seguridad con armas, detector de metales y radio de comunicaciones, con personal las 24 horas del día, todos los días del mes, incluidos los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en las instalaciones del edificio sede de la Lotería de Boyacá, ubicado en la calle 19 No. 9-35 de Tunja, prestado en turnos rotativos de 8 horas cada uno, con su respectivo relevante. | 1 | 1 | $ 8.658.579 | $ 8.658.579 |
3 | Prestar un servicio de vigilancia y seguridad con armas, detector de metales y radio de comunicaciones, con personal las 24 horas del día, todos los días del mes, incluidos los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en el lote denominado Hoyo de la Papa, ubicado en la calle 21 A No. 10-90, prestado en turnos rotativos de 8 horas cada uno, con su respectivo relevante. | 1 | 1 | $8.658.579 | $ 8.658.579 |
4 | Prestar un servicio de vigilancia y seguridad con armas, detector de metales y radio de comunicaciones, con personal las 24 horas del día, todos los días del mes, incluidos los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en las instalaciones de la Casa de Boyacá, ubicada en la calle 98 19a-67-71 en Bogotá, prestado en turnos rotativos de 8 horas cada uno, con su respectivo relevante. | 1 | 1 | $8.658.579 | $ 8.658.579 |
5 | Servicio de monitoreo electrónico de alarmas con instalación de GPRS y reacción con patrullas motorizadas para inmueble Salón el Trébol ubicado en la xxxxx 00 Xx. 0- 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxx, donde se realiza el sorteo de la Lotería de Boyacá. | 1 | 1 | $ 849.997 | $ 849.997 |
CLAUSULA SEGUNDA. - TÉRMINO DE EJECUCIÓN: El término de ejecución del contrato será del primero (01) xx xxxxx al treinta y uno (31) de diciembre de 2020, una vez firmada el acta de inicio. CLAUSULA TERCERA.-IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los recursos aportados para el presente contrato se harán bajo la siguiente afectación presupuestal:
CDP Nº | VALOR: | XXXXXX X XXXXXX XXX XXXXX |
0000 de fecha 17 de Febrero de 2020. | $319.358.817,00 | 21020217 Vigilancia |
CLAUSULA CUARTA.- VALOR. El valor del presente contrato es por la suma de TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE PESOS ($319.358.817) MCTE, incluido IVA. CLAUSULA QUINTA. FORMA DE PAGO: La
Lotería de Boyacá efectuara nueve (9) pagos mensuales cada uno equivalente a la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TRECE
PESOS ($35.484.313) MCTE; previa presentación de la factura o cuenta de cobro, pago de seguridad social y parafiscales y certificación de cumplimiento del objeto del contrato por parte del supervisor, presentación del reporte mensual xx xxxxxxxxx, tanto de alarma como de vigilancia, para que se proceda de conformidad y demás requisitos que sean necesarios por el supervisor del contrato. . CLAUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: PARÁGRAFO 1: DEL CONTRATISTA. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: 1- Acreditar la
habilitación por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para la prestación del Servicio de Vigilancia, en la modalidad fija, móvil, con armas, humana y de medios tecnológicos. 2. Suministrar equipos de comunicación como teléfonos celular con un plan mínimo incluido, Radio teléfonos o Avantel en los tres (3) sitios requeridos por La Lotería de Boyacá, para el guarda que presta el servicio.3. Realizar una supervisión eficaz con personal capacitado por escuelas autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Los Supervisores visitarán en dos (2) oportunidades diarias al personal de vigilantes que laboran en La Lotería de Boyacá. 4. Pagar al personal de vigilancia, dentro de los 5 primeros días del mes, los salarios y prestaciones sociales a que tenga derecho según la ley y los aportes parafiscales. 5. Acatar todas las recomendaciones y sugerencias que el supervisor del contrato formule para la correcta prestación del servicio. 6. Prestar el servicio de vigilancia de acuerdo con la siguiente descripción hecha en el numeral 2 descripciones del objeto a contratar. 7. Brindar protección a las instalaciones, las personas y los bienes en las áreas en que se desempeñen. 8.Todo el personal que presta el servicio de vigilancia deberá permanecer identificado con la placa, el carné de la empresa que representa y debidamente uniformado, de acuerdo a la normatividad exigida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.9. El contratista atenderá en forma inmediata las solicitudes de cambio de vigilantes que por deficiencia o inconveniencia solicite el supervisor del contrato. 10. Custodiar los bienes y elementos que se encuentren en las instalaciones objeto de vigilancia, de tal manera que no sean objeto de sustracción o daño. 11.Verificar paquetes, maletas, morrales entre otros a personas sospechosas y personal extraño.12. Brindar información a los visitantes para que se dirijan a las oficinas del edificio y verificar su desplazamiento por las cámaras del ascensor. 13. No recibir materiales, elementos o pedidos que no estén debidamente autorizados por el supervisor del contrato. 14. Asegurarse de que el personal a cargo emplee las armas de acuerdo con el uso autorizado en los respectivos permisos y abstenerse de emplear armamento hechizo o no autorizado de acuerdo con la ley. 15. Asegurarse de que se los equipos y elementos autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se empleen únicamente para los fines previstos en la licencia de funcionamiento.16. Garantizar la prestación permanente del servicio en todos los puestos, en caso de ausencia temporal o permanente de
algún guarda de seguridad, la empresa contratista deberá suplir la misma de forma inmediata, de tal manera que no se vea interrumpido el servicio. 17. De conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 1° de la ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. Parafiscales (Cajas de compensación familiar, SENA e ICBF). 18. Acatar la Constitución la Ley y demás normas pertinentes. 19. Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia para atender sus obligaciones. 20. En caso de cualquier novedad o anomalía, reportar la situación de manera inmediata al funcionario encargado del control de ejecución. 21. Dar estricto cumplimiento a los términos pactados en la presente orden y por ningún motivo suspender o abandonar el cumplimiento del objeto contratado.22. Prestar de manera eficiente los servicios que constituyen el objeto de la presente actuando de conformidad con las normas legales pertinentes.
23. Cumplir con todos los ofrecimientos contenidos en la invitación y propuesta que forma parte integrante del presente contrato. 24. Informar oportunamente al Supervisor del contrato cualquier circunstancia que ponga en peligro la ejecución del contrato. 25. Constituir las garantías. 26. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato; las derivadas de la propuesta presentada y la invitación correspondiente, documentos que hacen parte integral del contrato. 27. Presentar Certificado que evidencie que la empresa de vigilancia cuenta con SG-SST avalado por la ARL o un especialista en el área, anexando la identificación del riesgo, el profesiograma y el plan de capacitación del cargo de vigilante. 28. Garantizar el suministro de personal idóneo reemplazando de forma inmediata al personal que por cualquier causa deba ausentarse de su sitio de trabajo y proceder al cambio del mismo en los eventos en que la Lotería de Boyacá así lo requiera o solicite.
29. Observar durante el término de ejecución del contrato, el cumplimiento de las normas legales y procedimientos por el Gobierno Nacional y Municipal, así como las órdenes e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 30. Mantener permanente actualizados los permisos, patentes, licencias, libros y registros, seguros y demás requisitos que se exigen en el Decreto 356 del 11 de febrero de 1994. 31. Presentar para la suscripción del acta de iniciación del contrato, “el cuadro general informativo servicios de vigilancia y seguridad privada “que contiene la información de reporte novedades en los términos establecidos en la circular No.20147000000435 de 2014 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada de Colombia, el pasado 30 de Diciembre de 2014, debidamente radicado ante dicha entidad. 32. Presentar fotocopia de las hojas de vida del personal destinado para ejecutar el objeto del contrato, junto con los antecedentes y soportes de las mismas, con la propuesta a presentar. 33. Prestar asesoría técnica a la Lotería de Boyacá en materia de vigilancia y seguridad privada. 34. No exceder por ninguna razón la jornada laboral establecida en el régimen laboral Colombiano y garantice que el total de horas semanales sea igual al máximo legalmente autorizado por las normas legales laborales, de tal manera que los vigilantes disfruten del descanso a que tienen derecho. 35. Controlar la entrada y salida de los vehículos al parqueadero del hotel Hunza, Lotería de Boyacá, Hoyo de la Papa, Casa de Boyacá en Bogotá y el manejo de las llaves de los inmuebles en los sitios que se requieran. 36. Verificar diariamente las diferentes áreas en lo concerniente con el estado de los bienes muebles, luces, cierre de puertas, ventanas y demás objetos para evitar posible hurtos o daños a estos. 37. Las demás obligaciones relacionadas con el objeto contractual y contenidas en los estudios previos, pliego de condiciones los cuales hacen parte integral del presente contrato. PARÁGRAFO 2: OBLIGACIONES DE LA LOTERÍA DE BOYACÁ. 1. Controlar la calidad de los servicios contratados y el cumplimiento de los requisitos y condiciones convenidas. 2. Recibir los servicios contratados en la oportunidad estipulada y expedir, en el menor tiempo posible, los documentos correspondientes. 3. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. 4. Aprobar la garantía única aportada por el CONTRATISTA, siempre y cuando sea constituida de conformidad con las condiciones establecidas por la Lotería de Boyacá en el presente documento. 5. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. 6. La Lotería de Boyacá se obliga para con el contratista a efectuar las apropiaciones presupuestales para el pago de dicha contratación. 7. Efectuar los pagos oportunamente según lo pactado. 8. Velar por el cumplimiento de todas las cláusulas contractuales. 0.Xx entidad se compromete a corregir los desajustes que pudieren presentarse y acordar los mecanismos y procedimientos pertinentes y las
diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse.10. Suministrar la información en forma oportuna solicitada por el proponente elegido. 11. Resolver las peticiones presentadas por el proponente elegido en los términos consagrados por la Ley. 12. Realizar la supervisión del contrato. 13. Informar con anticipación las modificaciones que deban hacerse. 14. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte.15. Cancelar al contratista la suma estipulada como valor del contrato, en la oportunidad y forma estipulada en la cláusula de forma de pago. CLAUSULA SÉPTIMA.- INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne a la LOTERÍA DE BOYACÁ contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que puedan causarse o surgir por daños o lesiones a personas o bienes, ocasionados por el CONTRATISTA o su personal, durante la ejecución del objeto y obligaciones del contrato. En caso de que se formule reclamo, demanda o acción legal contra la LOTERÍA DE BOYACÁ por asuntos, que según el contrato sean de responsabilidad de el contratista, se le comunicará lo más pronto posible de ello para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la LOTERÍA, y adelante los trámites para llegar a un arreglo del conflicto. La LOTERÍA, a solicitud del CONTRATISTA, podrá prestar su colaboración para atender los reclamos legales y el contratista a su vez reconocerá los costos que éstos le ocasionen a la LOTERÍA, sin que la responsabilidad de el contratista se atenúe por este reconocimiento, ni por el hecho que la LOTERÍA en un momento dado haya prestado su colaboración para atender a la defensa de sus intereses contra tales reclamos, demandas o acciones legales. Si en cualquiera de los eventos previstos en este numeral el contratista no asume debida y oportunamente la defensa de la LOTERÍA ésta podrá hacerlo directamente, previa comunicación escrita al contratista, quien pagará todos los gastos en que la entidad incurra por tal motivo. En caso de que así no lo hiciera el contratista, la LOTERÍA tendrá derecho a descontar el valor de tales erogaciones de cualquier suma que adeude al contratista, por razón de los servicios motivo del contrato, o a recurrir a la garantía otorgada o a utilizar cualquier otro medio legal. CLAUSULA OCTAVA. -VIGILANCIA Y CONTROL: La vigilancia y control del presente contrato estará a cargo de la Subgerente Financiero y Administrativo o el funcionario que designe el señor Gerente General de la Lotería de Boyacá, quien realizara seguimiento técnico, administrativo, financiero, velará y exigirá al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato, quien además deberá desarrollar las siguientes funciones además de la vigilancia jurídica, económica, financiera y presupuestal: 1) Verificar que se dé cumplimiento a las obligaciones contraídas por las partes. 2) Verificar e informar el cumplimiento del contrato. 3) Certificar el cumplimiento del objeto contractual, para efecto de los pagos previstos en el contrato, en caso de que proceda tal pago. 4) Solicitar la información y documentos adicionales que considere necesarios en relación con el desarrollo del contrato. 5) Solicitar al CONTRATISTA efectuar los correctivos pertinentes cuando considere que este no está cumpliendo cabalmente con el objeto del contrato. Si no efectúa los correctivos, solicitar la aplicación de multas y aún de la caducidad cuando el incumplimiento lo amerita. 6) Atender todas las consultas que resulten de la celebración del presente contrato. 7) Revisar que se cumplan con los pagos y las obligaciones al sistema de seguridad social integral. PARÁGRAFO: La Gerencia podrá modificar o cambiar la designación en cualquier momento CLAUSULA NOVENA - VIGENCIA DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales el presente contrato tendrá una vigencia igual al término de ejecución del contrato. CLAUSULA DECIMA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: Bajo ninguna circunstancia, el contratista podrá ceder el presente contrato sin previa autorización escrita por parte de la Lotería de Boyacá. CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL:
Bajo ninguna circunstancia la entidad contratante, con ocasión a la ejecución del contrato, asume
algún tipo de relación laboral con el Contratista, como tampoco con persona alguna que el contratista disponga para el cumplimiento del objeto a que se obliga con el presente acto. Estas obligaciones están a cargo de el contratista. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERAL: Este contrato podrá darse por terminado, sufrir modificaciones o ser interpretado unilateralmente por la Lotería de Boyacá, para tales efectos se observará el procedimiento indicado artículo decimo quinto del acuerdo 002 de 2016 en armonía con el régimen jurídico de la contratación estatal. CLAUSULA DECIMA TERCERA.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Declarada la terminación del contrato,
debidamente ejecutado de conformidad con lo establecido con este documento, se procederá a su liquidación, para lo cual se suscribirá un acta entre supervisor y contratista, la cual será aprobada por el Representante Legal, según lo establece el artículo vigésimo del acuerdo 002 de 2016. CLAUSULA DECIMA CUARTA.- SOLUCIÓN A CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Los
conflictos que surjan entre las partes, en desarrollo del presente contrato serán dirimidos por los medios alternativos de solución de conflictos establecidos por la ley, iniciando por la solución directa, en caso de que esta posibilidad fracase o no se asista a la audiencia por parte del contratista, se podrá acudir a la conciliación ante las procuradurías delegadas para asuntos administrativos de la Procuraduría General de la Nación y según el caso, ante la jurisdicción Contenciosa Administrativa. CLAUSULA DECIMA QUINTA.- EQUILIBRIO ECONÓMICO. Si por circunstancias ajenas a la voluntad de las partes se presentan hechos que alteren intempestivamente el valor del contrato, se harán los ajustes correspondientes según lo establezca el régimen jurídico de la Contratación Estatal. CLAUSULA DECIMA SEXTA.- CLAUSULA PENAL: Declarada la terminación del contrato, el Contratista pagará a la Lotería de Boyacá a título de cláusula penal pecuniaria, una multa equivalente al treinta por ciento 30% del valor total del contrato, que se hará efectiva directamente por la Lotería de Boyacá, sin perjuicio de las acciones coactivas y judiciales que se estimen pertinentes. CLAUSULA DECIMA SÉPTIMA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El Contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución será necesario el correspondiente registro presupuestal, pago de la estampilla del adulto mayor y la aprobación de pólizas si hubiere lugar a ello. CLAUSULA DECIMA OCTAVA - DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Son parte
integral de este contrato: 1.-Estudios Previos. 2.- Disponibilidad Presupuestal. 3.-La propuesta del
Contratista, en cuanto no se oponga a los términos del contrato. 4.- Pliego de condiciones. 5.- Consignación de la estampilla pro adulto mayor.6.- Póliza de cumplimento del contrato. CLAUSULA DECIMA NOVENA.- DISPOSICIONES APLICABLES: Como fundamentos jurídicos del presente contrato se aplicará lo establecido en el artículo Decimo Segundo del Acuerdo 002 de 2016 y las disposiciones legales y reglamentarias que son aplicables a la actividad Industrial y Comercial de la Lotería de Boyacá. XXXXXXXX XXXXXXXX - SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. Por mutuo acuerdo, siempre que de ello no se deriven mayores costos para la Lotería de Boyacá, ni se causen otros perjuicios, PARÁGRAFO 1. La suspensión se hará constar en acta motivada suscrita por el contratista y el Supervisor. PARÁGRAFO 2. El término de la suspensión no se computará para efectos de los plazos del contrato. CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN. Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: a) Por mutuo acuerdo entre las partes, siempre que no se cause perjuicio a la Entidad. b) por agotamiento del objeto, el presupuesto o valor contratado, c) por vencimiento del plazo pactado o declaratoria de incumplimiento. d) por fuerza mayor o caso fortuito, cuando se haga imposible continuar con su ejecución. Parágrafo 1. En caso de terminación anticipada del contrato, se dejará constancia de ello en la respectiva acta suscrita por las partes. Parágrafo 2. En cualquiera de los eventos de terminación, se procederá a la liquidación del contrato y solo habrá lugar al pago de los servicios efectivamente prestados por la CONTRATISTA. XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA – GARANTÍAS. De conformidad con lo
establecido en el artículo Decimo tercero del Acuerdo 002 de 2016 del Manual de Contratación de
la Lotería de Boyacá , el contratista se obligará a constituir a favor de la Lotería de Boyacá, garantía debidamente firmada por el representante legal, expedida por una compañía de seguros constituida en el país o entidad bancaria, en formato para entidades estatales, con el objeto de respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del mismo, que incluya los siguientes amparos: 1-.De Cumplimiento:, Su valor no será inferior al 20% del valor del contrato y su vigencia será por el término del contrato y cuatro (4) meses más al término del contrato.2-. De calidad y correcto funcionamiento: Su valor será del 20% del valor del contrato y su vigencia será por el término del contrato y cuatro (4) meses más. 3-. Salarios y prestaciones sociales: Su valor será del 10% del valor del contrato y su vigencia será por el término del contrato y tres (3) años más. 4-. Responsabilidad civil extracontractual: no inferior a 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes, expedida por una compañía de
seguros legalmente autorizada. El oferente debe aportar la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual vigente, que ampare los riesgos que surjan de la prestación del servicio de vigilancia por uso indebido xx xxxxx de fuego y otros elementos de vigilancia y seguridad privada. El oferente favorecido deberá presentar la certificación del pago de la prima de la póliza que ampara lo anterior, para que se proceda a la legalización del contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista manifiesta bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento que no se haya incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad, contempladas en el régimen jurídico de la contratación estatal, para contratar con personas de derecho público. CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos del presente contrato se fija como domicilio la ciudad de Tunja, Departamento de Boyacá. Las partes fijan como lugar para notificaciones las siguientes: La Lotería de Boyacá en la Caxxx 00 Xxx.0-00 Xxxxx, Xx xontratista en la Av. Xxxxx Xxx.00x-00 xxxx 0 xxxxxxx 000 Xxxxxx Xxxxx - Xxxxx. En consecuencia, se firma a los veintisiete (27) días del mes xx Xxxxx de 2020.
XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX GERENTE LOTERÍA DE BOYACÁ R/L.SERSECOL LTDA
Nit. 800.217.949-9
Revisó. Xxxxxx Xxxxx / Asesora Xxxxxxxx Xxxxxxx.Xxxxx Xxxxxxx Xxxx.
102.20.11