CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS Y UNIDAD EDUCATIVA CEC
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX X XXXXXX XXXXXXXXX CEC
Comparecen a la celebración del presente Convenio:
1. Por una parte, la Universidad de Las Américas, a la que, en adelante y para efectos del presente instrumento, se la denominará la “UNIVERSIDAD”; y,
2. Por otra, la UNIDAD EDUCATIVA CEC, representada por XXX. XXXXXX XXXXXXXX XX XXXX, en calidad de DIRECTORA GENERAL DE LA INSTITUCIÓN, a la que, en adelante y para los mismos efectos, se la denominará la “INSTITUCIÓN COLABORADORA”.
PRIMERA. - ANTECEDENTES:
1. La UNIVERSIDAD es una institución de educación superior que se rige por la Ley Orgánica de Educación Superior y demás normativa vigente aplicable, así como por su Estatuto y normativa interna.
Se preocupa por la búsqueda de sinergias para promover el acceso a la educación superior en la ciudadanía. Así también, se preocupa por colaborar en la generación de espacios para el diseño, coordinación, articulación, ejecución y seguimiento de programas, proyectos y actividades de docencia, vinculación e investigación a incluirse dentro de áreas tales como: formación continua, programas y proyectos de investigación, prácticas pre profesionales, proyectos de servicio a la comunidad, consultoría, entre otras.
2. La INSTITUCIÓN COLABORADORA se encuentra interesada en suscribir con la UNIVERSIDAD un convenio para fomentar el acceso a educación superior de calidad a los miembros de su comunidad educativa. Así también, las partes podrían, previo acuerdo escrito en cada caso, realizar acercamientos para el desarrollo de programas, proyectos y actividades de docencia, vinculación e investigación, según sea congruente a los objetivos estratégicos de ambas instituciones.
SEGUNDA. - OBJETO:
Con los antecedentes expuestos, las partes suscriben el presente instrumento en que se establece el marco aplicable para las siguientes actividades conjuntas:
ACUERDOS SOBRE ACCESO A SERVICIOS EDUCATIVOS* ☐ |
Permitir que miembros de la comunidad educativa de la INSTITUCIÓN COLABORADORA se beneficien de las distintas actividades de colaboración destinadas a fomentar su acceso a servicios de educación superior de calidad, al tenor de estipulado en los siguientes anexos: Anexo 1: “Cooperación para estudiantes” ☐ Anexo 3: “Cooperación Docentes” ☐ Anexo 4: “Otros acuerdos académicos” ☐ |
ACUERDOS SOBRE COLABORACIÓN ACADÉMICA* ☐ |
Previo acuerdo específico en cada caso, potenciar la colaboración de las partes en el desarrollo de programas, proyectos y actividades de docencia, vinculación e investigación a incluirse dentro de áreas tales como: formación continua, programas y proyectos de investigación, prácticas pre profesionales, proyectos de servicio a la comunidad, entre otras. |
ACUERDOS SOBRE GESTIÓN DE CONSULTORÍAS* ☐ |
Previo acuerdo específico en cada caso, la UNIVERSIDAD podría brindar asesoría en sus distintas áreas de dominio académico, cuando aquello resultare congruente con los intereses estratégicos de las partes. |
OTROS ACUERDOS* ☐ |
La UNIVERSIDAD cuenta con varios espacios destinados al aprendizaje y práctica de sus estudiantes en distintas áreas de conocimiento, entre otros: ● Sensibus, taller gastronómico ● La Corteza, taller de panadería y repostería ● Centro de Producción Audiovisual ● Granja Experimental Nono Las partes, mediante acuerdo específico que pasará a formar parte integrante del presente Convenio en calidad de anexo, acordarán los términos de acceso a distintos ámbitos de gestión de los espacios de aprendizaje y práctica previamente detallados. |
*El ámbito y alcances de este convenio se sujetará a lo pactado por las partes y se definirá por aquellos acuerdos que consten marcados en el correspondiente recuadro como aplicables: ☐
TERCERA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
De conformidad con el ámbito y alcances del presente convenio, al tenor de lo pactado por las partes según consta de la cláusula inmediata precedente, aquellas se obligan a lo siguiente:
1. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS ACUERDOS SOBRE ACCESO A SERVICIOS EDUCATIVOS
a. Las partes aceptan y reconocen que lo aquí pactado, reforma todo acuerdo de voluntades anterior sobre acceso a servicios educativos. Por lo tanto, si las partes hubieren suscrito previamente cualquier convenio al respecto, se entenderá terminado por mutuo acuerdo sin que tengan nada que reclamarse y, en consecuencia, renuncian a cualquier acción o reclamo por tales conceptos.
b. Las partes se obligan a cumplir sus mutuas prestaciones al tenor de lo detallado en los correspondientes anexos, partes integrantes del presente instrumento.
2. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS ACUERDOS SOBRE COLABORACIÓN ACADÉMICA
2.1. Obligaciones mutuas:
a. Propender a la participación en programas, proyectos y actividades de docencia, vinculación e investigación a incluirse dentro de áreas tales como: formación continua, programas y proyectos de investigación, prácticas pre profesionales, proyectos de servicio a la comunidad, entre otras.
b. Implementar los programas, proyectos y actividades, en base a una adecuada planificación y aprobación previa de las partes que deberá constar en cada acuerdo específico.
c. Según acuerdo entre las partes, brindar las facilidades de espacio, apoyo logístico e información necesarios para el desarrollo de los programas, proyectos y actividades.
d. Facilitar, previo acuerdo entre las partes, los recursos que sean necesarios para la debida ejecución de cada programa, proyecto o actividad.
e. Facilitar, previo acuerdo entre las partes, la participación activa de sus representantes, profesionales, personal técnico; así como del personal académico y estudiantes en los programas, proyectos y actividades amparados bajo el presente instrumento.
f. Realizar la coordinación idónea a fin de que todo programa, proyecto o actividad, en su planificación, ejecución y seguimiento, observe los valores de comportamiento ético, innovación y rigor académico.
3. OBLIGACIONES APLICABLES A LOS ACUERDOS SOBRE GESTIÓN DE CONSULTORÍAS
3.1.Obligaciones mutuas:
a. La UNIVERSIDAD informará semestralmente a la INSTITUCIÓN COLABORADORA su portafolio de servicios de consultoría, conforme a sus dominios académicos e intereses estratégicos de ambas partes.
b. La INSTITUCIÓN COLABORADORA responderá a la UNIVERSIDAD sobre su interés en cualquiera de las áreas de consultoría habilitadas y coordinará los acercamientos correspondientes a través de su personal designado.
c. Las partes evaluarán de manera coordinada, la factibilidad de los servicios de consultoría ofertados y, de ser el caso, acordarán los términos y condiciones aplicables mediante acuerdo específico.
CUARTA. - PLAZO:
1. El presente convenio entrará en plena vigencia desde su suscripción por ambas partes y se mantendrá vigente por el plazo de 2 años, salvo que cualquiera de las partes comunique su voluntad de darlo por terminado conforme se estipula en el numeral inmediato siguiente.
2. Cualquiera de las partes podrá terminar el presente convenio previa comunicación a la otra parte, con una antelación no inferior a sesenta (60) días. Esta terminación anticipada no generará derecho de indemnización alguno.
3. En lo que respecta a obligaciones sobre gestión de consultoría y colaboración académica, las partes estarán a lo estipulado en cada acuerdo específico, pudiendo, de ser el caso, sobrevivir a la terminación del presente convenio por cualquier causa.
4. QUINTA. - CONFIDENCIALIDAD:
Cuando cualquier de las partes receptare información confidencial de la otra por efecto o con ocasión del presente convenio, se obliga a usarla exclusivamente dentro del ámbito y alcances aquí previstos y abstenerse, en consecuencia, de cualquier uso no autorizado por su titular.
SEXTA. - DOCUMENTOS ADJUNTOS:
Constituyen partes integrantes del presente convenio:
1. Los documentos que acreditan la calidad por la que sus representantes suscriben el presente convenio.
2. Todo anexo al presente convenio.
3. Todo acuerdo específico amparado bajo el presente convenio.
4. Todo documento adicional que las partes señalen como parte integrante del presente convenio, por mutuo a acuerdo.
SÉPTIMA. - NATURALEZA:
1. Las partes expresamente señalan que el presente instrumento es de naturaleza civil y no persigue fines asociativos. De lo señalado, cada parte es exclusivamente responsable del cumplimiento de sus respectivas obligaciones en acatamiento a la normativa vigente, incluyendo obligaciones laborales y tributarias.
2. Así también, las partes declaran expresamente que entre ellas y sus correspondientes funcionarios, empleados y trabajadores, no existe ni existirá, ni en virtud de este convenio, ni por la celebración de cualquier acuerdo específico amparado por lo términos aquí estipulados, relación laboral.
OCTAVA. - LEY APLICABLE Y CONTROVERSIAS:
En la interpretación, ejecución y en general, respecto de cualquier efecto jurídico relacionado o derivado de lo estipulado en el presente convenio, las partes se someten a las leyes de la República del Ecuador.
Las partes manifiestan que llevarán a cabo todas las acciones necesarias para el cumplimiento del presente convenio. Para el supuesto de controversias, éstas buscarán solucionarlas mediante acuerdo directo entre sus representantes legales en un plazo de 10 días. En el caso de que las partes no arribaren a un acuerdo directo, renuncian fuero y domicilio y se someten al arbitraje, en Derecho, de un árbitro del Centro del Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito (en adelante, el “Centro”), que se sujetará a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación, al Reglamento del Centro y a las siguientes reglas:
1. El árbitro será seleccionado conforme a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje y Mediación.
2. Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria y se obligan a acatar el laudo que expida el árbitro.
3. Para la ejecución de medidas cautelares, el árbitro está facultado para solicitar el auxilio a los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno.
4. El procedimiento arbitral será confidencial.
5. El lugar de arbitraje será en las instalaciones del CENTRO.
NOVENA. - ACEPTACIÓN DE LAS PARTES:
Los comparecientes, en prueba de su aceptación a los términos del presente convenio, lo suscriben en tres ejemplares de igual tenor y validez, en los lugares y fechas detallados al pie de cada firma.
Xxxxxxx Xxxxxxxx JEFE ALIANZAS EDUCATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS | Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxx DIRECTORA GENERAL CEC INSTITUCIÓN COLABORADORA |
ANEXO 1
Cooperación para estudiantes
1. Compromisos de la UNIVERSIDAD
Con sujeción a los términos y condiciones contenidos en el presente anexo, los estudiantes de la INSTITUCIÓN COLABORADORA podrán acceder a uno o varios de los siguientes beneficios:
a. Test de Orientación ☐
Consiste en exámenes de orientación profesional e intereses vocacionales.
Según aplicado en la INSTITUCIÓN COLABORADORA o en la UNIVERSIDAD, una vez por cada año lectivo a estudiantes que se encontraren cursando el primero, segundo y tercero de bachillerato en la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
b. Test xx Xxxxxx ☐:
Este test consta de dos partes: oral y escrita.
Se aplica mediante acceso a la plataforma de la UNIVERSIDAD, una vez por cada año lectivo a estudiantes que se encontraren cursando el tercero de bachillerado en la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
El test xx xxxxxx permite la ubicación de quienes pasen a ser estudiantes de la UNIVERSIDAD en los niveles correspondientes de acuerdo a las competencias adquiridas y conforme a los requisitos académicos de cada carrera.
Lo anterior, sin perjuicio de los sistemas de homologación que la UNIVERSIDAD prevea al tenor de lo dispuesto en la normativa vigente y aplicable.
c. Becas UDLA ☐:
Los graduados de la INSTITUCIÓN COLABORADORA podrán participar (según los términos y condiciones aplicables a cada caso) de los programas de becas UDLA. La UNIVERSIDAD concederá becas para las carreras de pregrado según los términos y condiciones que el Comité de Becas designado de conformidad con la normativa interna de la UNIVERSIDAD defina. Así también, las partes aceptan conocer que el Comité de Becas tiene la potestad de modificar las condiciones de becas aplicables, incluyendo aquellas concernientes al presente convenio. Sin perjuicio lo anterior, la UNIVERSIDAD informará a la INSTITUCIÓN COLABORADORA las modificaciones aplicables y condiciones vigentes, al menos, una vez por año.
XXXX XXXXXXXXX Y ALIANZAS EDUCATIVAS
DIRIGIDA: Estudiante nuevo que ingresará por primera vez a la UDLA a una carrera de pregrado QUE PERTENECEN A LA INSTITUCIÓN COLABORADORA
DESCRIPCIÓN: La beca se aplicará desde el primer semestre. No se aceptarán postulaciones en un reingreso del estudiante. Xxxxxx excluidas de esta clase de beca las carreras de Odontología y Medicina.
BENEFICIO: El beneficio será una beca del 15% para todas las carreras de pregrado a excepción de medicina y odontología.
CUADRO DE HONOR
Mención honorifica carreras de pregrado | |||||||||
Ex | MH1 | MH2 | MH3 | MH4 | MH5 | MH6 | MH7 | MH8 | MH9 |
A | Hasta 60% | Hasta 50% | Hasta 36% | Hasta 35% | Hasta 34% | Hasta 33% | Hasta 32% | Hasta 31% | Hasta 30% |
B | Hasta 39% | Hasta 36% | Hasta 35% | Hasta 34% | Hasta 33% | Hasta 32% | Hasta 31% | Hasta 30% | Hasta 29% |
C | Hasta 38% | Hasta 35% | Hasta 34% | Hasta 33% | Hasta 32% | Hasta 31% | Hasta 30% | Hasta 29% | Hasta 28% |
D | Hasta 25% | Hasta 24% | Hasta 23% | Hasta 22% | Hasta 21% | Hasta 20% | Hasta 19% | Hasta 18% | Hasta 17% |
E | Hasta 24% | Hasta 23% | Hasta 22% | Hasta 21% | Hasta 20% | Hasta 19% | Hasta 18% | Hasta 17% | Hasta 16% |
Mención honorífica carreras de Medicina, Odontología y Música | |||||||||
A | Hasta 60% | Hasta 50% | Hasta 20% | Hasta 19% | Hasta 18% | Hasta 17% | Hasta 16% | Hasta 14% | Hasta 12% |
B | Hasta 24% | Hasta 22% | Hasta 19% | Hasta 18% | Hasta 17% | Hasta 16% | Hasta 15% | Hasta 13% | Hasta 11% |
C | Hasta 23% | Hasta 21% | Hasta 18% | Hasta 17% | Hasta 16% | Hasta 15% | Hasta 14% | Hasta 12% | Hasta 10% |
Donde:
Ex Examen de admisión
MH1 Abanderado pabellón nacional MH2 Portaestandarte ciudad / cantón MH3 Portaestandarte colegio
MH4 Primera escolta pabellón nacional MH5 Segunda escolta pabellón nacional MH6 Primera escolta estandarte ciudad MH7 Segunda escolta estandarte ciudad MH8 Primera escolta estandarte colegio
MH9 Segunda escolta estandarte colegio / Mejor egresado / Abanderado colegio exterior / Mención de honor por no ser abanderado
Si el tiempo entre el ingreso del estudiante a la Universidad y su graduación es mayor a un año y medio pero menor a dos años los beneficios se mantienen excepto:
Tabla 12. Beneficio por beca honorífica mayores a un año
* Mención honorífica carreras de pregrado | ||
Ex | MH1 | MH2 |
A | Hasta 40% | Hasta 37% |
* Mención honorífica carreras de Medicina, Odontología y Música | ||
Ex | MH1 | MH2 |
A | Hasta 25% | Hasta 23% |
Donde:
Ex Examen de admisión
MH1 Abanderado pabellón nacional MH2 Portaestandarte ciudad / cantón
VIGENCIA:
• Durante la carrera mientras cumpla las condiciones de renovación.
REQUISITOS:
• Certificado o diploma de mención honorífica.
CRITERIOS DE RENOVACIÓN:
• Mantener un promedio dentro del top 20% de su carrera (2do decil superior o percentil 80)
• Asistir a clases en un porcentaje mayor o igual al 80%.
PERIODICIDAD DE RENOVACIÓN:
• Anual.
• Revisión semestral para la generación de alertas y comunicación a los estudiantes.
MÉRITO ACADÉMICO
DIRIGIDA: Estudiante nuevo que ingresará por primera vez a la UDLA a una carrera de pregrado DESCRIPCIÓN: La beca se aplicará desde el primer semestre. No se aceptarán postulaciones en un reingreso del estudiante. Xxxxxx excluidas de esta clase de beca las carreras de Odontología y Medicina.
BENEFICIO: El beneficio según el resultado del examen de admisión y el mérito académico logrado por el estudiante en la secundaria será:
Tabla 13. Beneficio por beca mérito académico
Nota final de graduación (colegio) | |||
Ex | 8.50 - 8.99 | 9.00 - 9.49 | 9.50 - 10.0 |
(17.0 -17.9) | (18.0 -18.9) | (19.0 - 20.0) |
Música
A | Hasta 12% | Hasta 15% | Hasta 20% |
B | Hasta 11% | Hasta 14% | Hasta 18% |
C | Hasta 10% | Hasta 13% | Hasta 16% |
Hasta 12%
A | Hasta 13% | Hasta 16% | Hasta 20% |
B | Hasta 12% | Hasta 15% | Hasta 18% |
C | Hasta 11% | Hasta 14% | Hasta 17% |
VIGENCIA:
• Durante la carrera mientras cumpla las condiciones de renovación.
REQUISITOS:
• Fotocopia del acta de grado, o récord académico de octavo a tercero de bachillerato.
CRITERIOS DE RENOVACIÓN:
• Mantener un promedio dentro del top 20% de su carrera (2do decil superior o percentil 80)
• Asistir a clases en un porcentaje mayor o igual al 80%.
PERIODICIDAD DE RENOVACIÓN:
• Anual.
• Revisión semestral para la generación de alertas y comunicación a los estudiantes.
HONORS
DIRIGIDA: Estudiante nuevo que ingresará por primera vez a la UDLA a una carrera de pregrado. DESCRIPCIÓN: La beca se aplicará desde el semestre para el cual fue aprobada y será gestionada en el Comité Asesor de Admisiones. El Programa Udla Honors será quien resuelva los casos de reingresos.
BENEFICIO: El beneficio según el ranking de la rúbrica UDLA Honors será:
Tabla 16. Beneficio por Beca Honors | |
Rúbrica Honors | Beneficio |
Top 5 | 50% |
Top 10 | 37% |
Resto | 25% |
VIGENCIA:
• Durante la carrera mientras cumpla las condiciones de renovación.
REQUISITOS:
• Ser admitido al programa UDLA Honors.
CRITERIOS DE RENOVACIÓN:
• Confirmación de renovación de la beca por el programa UDLA Honors,
• Mantener un promedio dentro del top 20% de su carrera (2do decil superior o percentil 80); y,
• Mantener un promedio mínimo acumulado de 8/10 en las asignaturas correspondientes a la malla UDLA Honors.
PERIODICIDAD DE RENOVACIÓN:
• Anual.
• Revisión semestral para la generación de alertas y comunicación a los estudiantes
Las becas aplican para el primer periodo académico que los estudiantes cursen en la UNIVERSIDAD. A partir del segundo período académico, la renovación de las becas inicialmente concedidas y/o del porcentaje aplicable, se sujetará al cumplimiento de condiciones dispuestas en la normativa interna de la UNIVERSIDAD.
La relación académica y económica será bilateral entre cada graduado de la INSTITUCIÓN COLABORADORA (o su representante) que adquiera la calidad de estudiante al amparo del presente convenio y la UNIVERSIDAD, sin que la INSTITUCIÓN COLABORADORA asuma responsabilidad o prerrogativa alguna en este ámbito.
Se excluyen expresamente, becas para las carreras de Medicina y Odontología.
d. Intercolegial de Bandas ☐:
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el evento denominado “Intercolegial de Bandas”.
Los géneros musicales y formatos de agrupaciones serán abiertos (salvo términos y condiciones adicionales establecidos por la UNIVERSIDAD).
El lugar, fechas, número de cupos, premios y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD y comunicados a la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
e. Cortos School ☐ :
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el evento denominado “Cortos School”.
El evento se encuentra dirigido a estudiantes de 3ero de bachillerato que deseen estudiar la carrera de cine en la UNIVERSIDAD y consiste en la creación de un cortometraje. Así también, los participantes tendrán acceso a talleres en el cuales aprenderán ciertas habilidades y conocimientos para desarrollar su corto. Los premios son becas en la carrera.
El lugar, fechas, número de cupos, premios y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD y comunicados a la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
f. Multifest School ☐ :
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el evento denominado “Multifest School”.
El evento se encuentra dirigido a estudiantes de 3ero de bachillerato que deseen estudiar la carrera de multimedia en la UNIVERSIDAD y consiste en la creación de un cortometraje. Así también, los participantes tendrán acceso a talleres en el cuales aprenderán ciertas habilidades y conocimientos para desarrollar su proyecto. Los premios son becas en la carrera.
g. Master Business ☐:
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el evento denominado “Master Business”.
Es un evento intercolegial organizado por la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas que busca premiar el espíritu emprendedor de estudiantes que se encuentren cursando el tercer año de bachillerato.
El lugar, fechas, número de cupos, premios y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD y comunicados a la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
ñ. Turisteando ☐ :
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el programa denominado “Turisteando”.
El programa tiene por objetivo que los participantes formen parte de un plan de acción turística, se encuentra organizado por la Escuela de Turismo de la UNIVERSIDAD.
Incluye capacitación en las instalaciones de INSTITUCIÓN COLABORADORA, designación y reconocimiento a los participantes que adquieran la calidad de embajadores de turismo.
Las fechas, número de cupos, y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD en coordinación con la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
h. Modelo de NNUU ☐:
La INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá inscribir a sus estudiantes interesados en el evento denominado “Modelo NNUU”.
A través del evento se busca acercar a los participantes a la experiencia de Naciones Unidas, incentivar competencias de manejo de conflictos, mediación y arbitraje y brindar capacitación en tales áreas.
Las fechas, número de cupos, y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD y comunicados a la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
La UNIVERSIDAD podrá decidir la suspensión o no realización de uno o varios programas o eventos descritos en el presente anexo, lo cual será comunicado a la INSTITUCIÓN COLABORADORA. Tal decisión por parte de la UNIVERSIDAD no implicará incumplimiento del anexo o del convenio y no generará derecho indemnizatorio alguno a favor de la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
2. Compromisos de la INSTITUCIÓN COLABORADORA
La INSTITUCIÓN COLABORADORA se obliga:
a. A difundir, a través de todos sus canales de comunicación internos (incluyendo, correo electrónico e intranet), la oferta académica y de becas de la UNIVERSIDAD, durante el tiempo que el convenio de colaboración entre las partes permanezca vigente.
b. Permitir que funcionarios de la UNIVERSIDAD realicen, periódicamente, visitas y charlas informativas a los estudiantes de LA INSTITUCIÓN COLABORADORA, sobre la oferta académica y becas vigentes. Para ello, previa coordinación de las fechas aplicables, la INSTITUCIÓN COLABORADORA permitirá que la UNIVERSIDAD realice una o varias de las siguientes actividades:
(i) Pueda establecer y mantener stands informativos por el periodo pactado entre las partes.
(ii) Pueda distribuir material promocional e informativo de su oferta académica.
(iii) Pueda realizar charlas y talleres focalizados.
(iv) Pueda organizar visitas in situ a sus distintos campus.
c. Realizar la gestión y coordinación interna a fin de que, previa autorización de los interesados, se transmita a la UNIVERSIDAD, la base de datos correspondiente a fin de que esta pueda informarles sobre su oferta académica.
Los comparecientes, en prueba de su aceptación a los términos del presente convenio, lo suscriben en tres ejemplares de igual tenor y validez, en los lugares y fechas detallados al pie de cada firma.
Xxxxxxx Xxxxxxxx JEFE ALIANZAS EDUCATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS | Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxx DIRECTORA GENERAL CEC INSTITUCIÓN COLABORADORA |
ANEXO 2
Cooperación Docentes
1. Compromisos de la UNIVERSIDAD
Con sujeción a los términos y condiciones contenidos en el presente anexo, la INSTITUCIÓN COLABORADORA podrá acceder a uno o varios de los siguientes beneficios:
a. Capacitación en Ambientes Virtuales ☐:
La INSTITUCIÓN COLABORADORA tendrá acceso a horas de capacitación para sus docentes designados, en ambientes virtuales. Para tales efectos, la UNIVERSIDAD pondrá a disposición de la INSTITUCIÓN COLABORADORA un catálogo de capacitaciones para que esta pueda escoger aquellas de su mayor interés.
b. Talleres de capacitación continua ☒ :
La INSTITUCIÓN COLABORADORA tendrá acceso a dos cursos de educación continua para dos de sus docentes o personal administrativo designado. Para tales efectos, la UNIVERSIDAD pondrá a disposición de la INSTITUCIÓN COLABORADORA un catálogo de los cursos de educación continua disponibles para que esta pueda escoger aquellas de su mayor interés.
c. Taller de Orientadores y Rectores ☐:
Los orientadores y rectores de INSTITUCIÓN COLABORADORA podrán acceder a talleres de orientación vocacional que se llevarán a cabo en el año lectivo. Las fechas, entrega de certificados y otros términos y condiciones serán definidos por la UNIVERSIDAD en coordinación con la INSTITUCIÓN COLABORADORA.
Xxxxxxx Xxxxxxxx JEFE ALIANZAS EDUCATIVAS DE LA UNIVERSIDAD DE LAS AMÉRICAS | Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxx DIRECTORA GENERAL CEC INSTITUCIÓN COLABORADORA |