Acuerdo Marco entre la Universidad de Zaragoza y la Comisión Nacional
Acuerdo Marco entre la Universidad xx Xxxxxxxx y la Comisión Nacional
de la Energía
En Zaragoza, a de de 2008.
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx, en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxxxx, en ejercicio de su cargo de Rector, para el que fue nombrado por Decreto 87/2008, de 6 xx xxxx, del Gobierno xx Xxxxxx (BOA de 7 xx xxxx de 2008). Se encuentra facultado para este acto en virtud de la representación legal señalada en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en el artículo 66 del decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno xx Xxxxxx por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxxx.
Y de otra parte, la Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx x Xxxxx, Presidenta del Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en calidad de representante legal, en nombre y representación de la Comisión Nacional de Energía con CIF Q 2801026 B, y sede en Madrid, X/ Xxxxxx, 00, 00000, Xxxxxx.
EXPONEN II
Fines de la Universidad xx Xxxxxxxx
Que la Comisión Nacional de Energía es un organismo público con personalidad jurídica propia y patrimonio, así como con plena capacidad de obrar, y que tiene como objetivos velar por la competencia efectiva en los sistemas energéticos y por la objetividad y transparencia de su funcionamiento y, para la consecución de estos objetivos, realiza, entre otras, actividades de estudios, investigación y desarrollo tecnológico en el campo de la energía y su regulación.
II
Objeto genérico
Que el objeto del presente Acuerdo Xxxxx es dejar constancia del interés de las partes en mantener una colaboración de mutuo aprovechamiento que se pueda traducir en Convenios Específicos.
IV
Declaración de intenciones
Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y complementarios, desean suscribir este Acuerdo Xxxxx a fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL ACUERDO XXXXX
El objeto de este Acuerdo Marco es establecer un espacio de colaboración entre la Universidad xx Xxxxxxxx y la Comisión Nacional de Energía, sobre las siguientes actuaciones:
Cooperación en programas de investigación y desarrollo en los campos de sus competencias.
- Cooperación para asesoramiento mutuo o a terceros en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas partes desarrolladas en el marco de este acuerdo.
- Cooperación en programas de formación especializada de personal investigador y técnico.
- Intercambio de personal para un tiempo determinado a concretar y convenir en cada caso, cuando la índole del trabajo así lo exija.
- Ejecución de proyectos de cooperación educativa, en él campo de la docencia.
La amplitud de la colaboración estará condicionada, en cada caso, a la disponibilidad de los medios de cada Organismo, así como a la prioridad que requieran sus propios programas en curso.
Cada uno de los programas concretos de colaboración entre ambas partes, requerirá la elaboración de un Convenio Específico. Las propuestas de Convenios Específicos serán estudiadas e informadas por la Comisión Mixta de Coordinación, antes de ser sometidas a la aprobación de los órganos rectores de ambas partes.
La Universidad xx Xxxxxxxx organizará y desarrollará las actividades derivadas de este Acuerdo a través de sus diversos departamentos, centros universitarios, o institutos de investigación. En caso de intervención de terceros, deberá ser con conocimiento y autorización previa de las dos partes firmantes.
En cada Convenio Específico se determinará, al menos:
- Definición del objetivo y fines que se persigue.
- Descripción del proyecto y/o programa de trabajo, que debe contener las diferentes fases de éste y la cronología de su desarrollo.
- Presupuesto total y los medios materiales y humanos necesarios para su realización.
- Normas para la coordinación, ejecución y seguimiento del programa de trabajo.
- Designación del director técnico del proyecto y/o programa de actuación.
- Declaración específica de la confidencialidad, publicación y propiedad de los resultados.
SEGUNDA.- COMISIÓN MIXTA DE COORDINACIÓN.
1.- Con el fin de concretar las acciones específicas que se desarrollarán en los sucesivos Convenios Específicos, así como para desempeñar cualquier otra función que le sea atribuida en el presente Acuerdo Marco, se constituirá en el plazo de treinta días contados desde la fecha de firma de este Acuerdo Marco una Comisión Mixta de Coordinación, en régimen de paridad.
La Comisión Mixta de Coordinación estará formada:
Por parte de la Universidad xx Xxxxxxxx: tres representantes nombrados por el Rector.
Por parte de la Comisión Nacional de Energía:
- Xxxxx Xxxxxx Xxxxx x Xxxxx, Presidenta, o persona en quien delegue.
- Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx, o persona en quien delegue.
- Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Director de Relaciones Externas, o persona en quien delegue.
2.- La Comisión Mixta ha de dictar sus normas internas de funcionamiento y se ha de reunir cuando lo solicite alguna de las partes y, como mínimo, una vez al año. En su primera reunión designará a uno de sus miembros como secretario, que levantará actas de sus reuniones.
3.- Corresponde a la Comisión Mixta, entre otras, las funciones siguientes:
- Promover posibilidades de colaboración en diversos temas.
- Preparar los convenios específicos de ejecución de este acuerdo marco sobre materias concretas, dentro de las modalidades de colaboración que se han establecido en la cláusula segunda.
- Elevar las propuestas que elabore a los órganos competentes de las dos partes.
- Declarar y decidir sobre todas las dudas que se puedan plantear en la interpretación y ejecución de los convenios específicos.
- Supervisar y seguir el cumplimiento de los convenios específicos que se elaboren.
TERCERA.- INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN, CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS.
Ambas partes conceden, con carácter general, la calificación de información reservada, a la obtenida en aplicación de este Acuerdo o los Convenios subsiguientes, por lo que asumen de buena fe el tratamiento de restricción en su utilización por sus respectivas organizaciones, a salvo de su uso para el destino o finalidad pactada en su divulgación autorizada. La confidencialidad y publicación de los resultados así como la propiedad de los mismos se determinará en los convenios específicos correspondientes.
CUARTA.- APORTACIONES ECONÓMICAS.
El presente Acuerdo Xxxxx no conlleva ningún gasto.
Las aportaciones económicas por los costes que genere la colaboración, serán evaluadas y acordadas, por los órganos rectores, para cada uno de los Convenios Específicos en que ésta se concrete.
La firma de todo Convenio Específico que implique gastos para cualquiera de las dos entidades, estará supeditada a la viabilidad del mismo y a las disponibilidades presupuestarias de cada Organismo; en su tramitación habrán de observarse las normas sobre aprobación de expediente de gasto y las de intervención previa reglamentaria.
Ambas partes se comprometen, en cualquier caso, a la búsqueda xx xxxxxxx de financiación complementarias para los fines del presente Acuerdo Marco.
QUINTA.- COMIENZO Y DURACIÓN.
La duración del presente Acuerdo Xxxxx será de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso
de las partes que deberá ser formalizado dos meses antes de la expiración del plazo convenido.
SEXTA.- MODIFICACIÓN YDENUNCIA.
Las partes puede modificar este Acuerdo en cualquier momento de mutuo acuerdo.
Asimismo, cualquiera de las partes podrá denunciar el presente Acuerdo Marco comunicándolo a la otra parte interviniente por escrito con un mes de antelación a la fecha en la que desee la terminación del mismo o, en su caso, de su prórroga.
En caso de que existiera algún Convenio Específico vigente, celebrado al amparo de este Acuerdo Marco continuará en vigor hasta la finalización de la actividad concreta que contemple.
Las disposiciones de la cláusula tercera subsistirá después de la finalización o rescisión, tanto en lo referente al mismo acuerdo, como en los que se refiere a los convenios específicos a que éste } de lugar.
SÉPTIMA.- CUESTIONES LITIGIOSAS
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Acuerdo Marco, deberán de solventarse por la Comisión Mixta de Coordinación prevista en el mismo.
Si no se llegara a un acuerdo, dichas cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxxx.
OCTAVA.- El presente Acuerdo Xxxxx se halla excluido del ámbito de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, B.O.E. de 31 de octubre de 2007, de acuerdo con el artículo 4, punto 1.c).
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman el presente Acuerdo Marco, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.