CONVOCATORIA PARA LA INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
CONVOCATORIA PARA LA INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
N° IA-004L00001-E10-2019 RELATIVA AL:
“SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS L.P.”
“CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 43 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 77 DE SU REGLAMENTO, SE DIFUNDE LA PRESENTE CONVOCATORIA CON EL PROPÓSITO DE INFORMAR Y TRANSPARENTAR EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, POR LO QUE DICHA DIFUSIÓN ES DE CARÁCTER INFORMATIVO, POR LO QUE SOLAMENTE PODRÁN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN AQUELLAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO INVITADAS POR LA CONVOCANTE”
Í N D I C E
DESCRIPCIÓN | PÁG |
GLOSARIO | 4 |
I. DATOS GENERALES SOBRE LA INVITACIÓN. | 6 |
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN. | 7 |
III. FORMA Y TÉRMINOS DE LOS ACTOS DE PROCEDIMIENTO DE LA PRESENTE INVITACIÓN. | 8 |
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, | 9 |
IV.1. PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (SOBRE ÚNICO CERRADO). | 9 |
IV.1.1. DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. (FORMATO 1). | 10 |
IV.1.2. DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. (FORMATO 3). | 11 |
IV.2. CAUSAS EXPRESAS DE DESECHAMIENTO. | 12 |
V. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO RESPECTIVO. | 13 |
V.1.CRITERIOS DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁN A LAS PROPOSICIONES. | 13 |
V.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. | 14 |
VI. DOCUMENTOS DISTINTOS A SU PROPOSICIÓN Y DATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES. | 14 |
VII. DOMICILIO EN EL QUE LOS LICITANTES PODRÁN PRESENTAR INCONFORMIDADES CONTRA LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN. | 17 |
VIII. FORMATOS Y ANEXOS PARA FACILITAR Y AGILIZAR LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES. | 18 |
IX. CONSULTA DE LA CONVOCATORIA. | 18 |
X. CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA. | 18 |
XI. VIGENCIA, PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. | 19 |
XII. CONDICIONES PARA LA VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL SERVICIO | 22 |
XIII. ANTICIPOS | 23 |
XIV. PAGO | 23 |
XV. IMPUESTOS Y DERECHOS. | 25 |
XVI. GARANTÍA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | 25 |
XVII. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | 25 |
XVIII. GARANTÍA DEL ANTICIPO | 26 |
XIX. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL | 26 |
XX. RESPONSABILIDAD LABORAL | 26 |
XXI. PENA CONVENCIONAL. | 27 |
XXII. DEDUCCIONES | 27 |
DESCRIPCIÓN | PÁG |
XXIII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A TRAVÉS DE COMPRANET | 28 |
XXIV. DECLARACIÓN DE INVITACIÓN DESIERTA, SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN | 28 |
XXIV.1. DECLARACIÓN DE INVITACIÓN DESIERTA | 28 |
XXIV.2. SUSPENSIÓN DE LA INVITACIÓN | 28 |
XXIV.3. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN, PARTIDAS O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTA. | 29 |
XXV. TIPO DE CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN PARA FORMALIZAR EL MISMO. | 29 |
XXVI. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE CONSIDERAN EN LOS CONTRATOS. | 31 |
XXVI.1. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. | 31 |
XXVI.2. SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. | 31 |
XXVI.3. RESCISIÓN DEL CONTRATO. | 32 |
XXVI.4. RESTRICCIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. | 32 |
XXVI.5. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO | 33 |
XXVI.6. SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO | 33 |
XXVII. NULIDAD DE LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS. | 33 |
XXVIII. CONTROVERSIAS. | 33 |
XXIX. ACTOS DE LA INVITACIÓN. | 34 |
XXX. VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA CONVOCANTE | 34 |
XXXI. VISITA A LAS INSTALACIONES DEL LICITANTE | 34 |
XXXII. JUNTA DE ACLARACIONES DE LA CONVOCATORIA | 34 |
XXXIII. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES | 35 |
XXXIV. FALLO | 37 |
XXXV. ACTAS DE LOS ACTOS Y SU NOTIFICACIÓN | 38 |
ANEXO TÉCNICO | 39 |
GLOSARIO DE TÉRMINOS
PARA LOS EFECTOS DE ESTA CONVOCATORIA, SE ENTENDERÁ POR:
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: | DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES. |
ÁREA CONTRATANTE: | LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS GENERALES. |
ÁREA REQUIRENTE : | DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES |
ÁREA TÉCNICA: | DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS |
BIENES Y/O PRESTACIÓN DEL SERVICIO: | LOS QUE SE SOLICITAN CON MOTIVO DE LA PRESENTE INVITACIÓN Y SE ESPECIFICAN EN EL ANEXO TÉCNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. |
CFF | CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. |
COMPRANET: | SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PUBLICO GUBERNAMENTAL SOBRE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. |
CONTRATO: | EL DOCUMENTO QUE ESTABLECE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE LA CONVOCANTE Y EL PROVEEDOR. |
CONVOCANTE: | LA POLICÍA FEDERAL A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES. |
CONVOCATORIA: | DOCUMENTO QUE CONTIENE LOS CONCEPTOS Y CRITERIOS QUE REGIRÁN Y SERÁN APLICADOS PARA EL SERVICIO OBJETO DE ESTA INVITACIÓN. |
DOMICILIO DEL ÁREA CONTRATANTE: | XXXXX XXXXXXXX 000 Xx 000, EDIFICIO “D”, 2° PISO, COLONIA. INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P.02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, TEL 00000000 EXT.25580 |
IMSS | INSTITUTO MEXICANO DE SEGURIDAD SOCIAL. |
INFONAVIT | INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES |
INVITACIÓN: | INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. |
LEY: | LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (VIGENTE) |
LFTAIP | LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. |
LGTAIP | LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. |
LGRA | LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. |
LICITANTE: | LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PARTICIPE EN ESTE PROCESO DE CONTRATACIÓN. |
MIPYMES: | LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE NACIONALIDAD MEXICANA A QUE HACE REFERENCIA LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. |
PARTIDA O CONCEPTO; | LA DIVISIÓN O DESGLOSE DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR, CONTENIDOS EN UN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O EN UN CONTRATO, PARA DIFERENCIARLOS UNOS DE OTROS, CLASIFICARLOS O AGRUPARLOS. |
PROPOSICION (ES): | LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA. |
PROVEEDOR: | LA PERSONA QUE CELEBRE CONTRATOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS. |
REGLAMENTO: | REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (VIGENTE). |
SAT | SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA |
SFP | SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. |
SOBRE CERRADO: | CUALQUIER MEDIO QUE CONTENGA LA PROPOSICIÓN DEL LICITANTE, CUYO CONTENIDO SÓLO PUEDE SER CONOCIDO EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES EN TÉRMINOS DE LA LEY. |
TESOFE | TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN. |
UMA | UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN QUE SE UTILIZA COMO UNIDAD DE CUENTA, ÍNDICE, BASE, MEDIDA O REFERENCIA PARA DETERMINAR LA CUANTÍA DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES Y SUPUESTOS PREVISTOS EN LAS LEYES FEDERALES, DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y DE LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO EN LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS QUE EMANEN DE DICHAS LEYES. |
I. DATOS GENERALES SOBRE LA INVITACIÓN
LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA, A TRAVÉS DE SU ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO POLICÍA FEDERAL, EN ADELANTE “LA CONVOCANTE”, POR CONDUCTO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, CON DOMICILIO EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “D” 2° PISO, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, TEL. 0000-0000 EXT. 25580, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 25 PRIMER PÁRRAFO, 26 FRACCIÓN II, 26 BIS FRACCIÓN III, 28 FRACCIÓN I, 29, 42 Y 43 DE LA LEY; 39 Y 77 DE SU REGLAMENTO Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES EN LA MATERIA.
CONVOCA
A LAS PERSONAS FÍSICAS Y XXXXXXX DE NACIONALIDAD MEXICANA A PARTICIPAR EN LA PRESENTE INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS N° IA-004L00001- E -2019, PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS LP”
PARA ESTA CONVOCATORIA ES APLICABLE “EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO DE PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES” Y POR TANTO SE LES INFORMA LO SIGUIENTE:
A. QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL CONTACTO CON PARTICULARES DEBEN OBSERVAR DICHO PROTOCOLO Y QUE PUEDE SER CONSULTADO EN LA PÁGINA DE INTERNET DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, QUE SE ENCUENTRA EN EL PORTAL DE LA VENTANILLA ÚNICA NACIONAL (xxx.xx), A TRAVÉS DE LA LIGA xxx.xxx.xx/xxx Y FUE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA JUEVES 20 XX XXXXXX DE 2015 Y MODIFICADO EL 00 XX XXXXXXX XX 0000.
B. QUE LOS DATOS PERSONALES QUE SE RECABEN CON MOTIVO DEL CONTACTO CON PARTICULARES SERÁN PROTEGIDOS Y TRATADOS CONFORME A LAS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES,
C. QUE LOS LICITANTES TIENEN EL DERECHO DE PRESENTAR QUEJA O DENUNCIA, ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA POLICÍA FEDERAL, POR EL INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES QUE ADVIERTA EN EL CONTACTO CON LO SERVIDORES PÚBLICOS. LOS DATOS DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, SE ENCUENTRAN DISPONIBLES EN EL NUMERAL VII DE LA PRESENTE CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN QUE RIGE EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y
D. QUE UNA VEZ INICIADO EL MISMO, NO SE PERMITA EL ACCESO A NINGUNA PERSONA O SERVIDOR PÚBLICO AJENO AL ACTO.
ASIMISMO, SE COMUNICA QUE LOS PARTICULARES TIENEN LA OPCIÓN DE PRESENTAR QUEJA O DENUNCIA A TRAVÉS DEL SISTEMA INTEGRAL DE QUEJAS Y DENUNCIAS CIUDADANAS (SIDEC) ESTABLECIDO MEDIANTE ACUERDO PUBLICADO EN EL DOF EL 9 DE DICIEMBRE DE 2015, EL CUAL SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN XXXX://XXXXX.XXXXXXXXXXXXXX.XXX.XX
EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDE AL EJERCICIO FISCAL 2019. EL IDIOMA EN QUE DEBERÁN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES SERÁ EL ESPAÑOL.
LOS MEDIOS QUE SE UTILIZARÁN PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO SERÁN MIXTOS, EN LOS CUALES, LOS LICITANTES A SU ELECCIÓN, PODRAN PARTICIPAR EN FORMA PRESENCIAL O ELECTRONICA EN LA JUNTA DE ACLARACIONES, EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Y EL ACTO DE FALLO.
PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO NO SE ACEPTARÁ LA RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES A TRAVÉS DE MENSAJERÍA O DE SERVICIO POSTAL.
SE CUENTA CON LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA CONFORME A LOS OFICIOS N°. PF/SG/CSG/DGRF/0059/2019 Y PF/SG/CSG/DGRF/0084/2019MISMOS QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY.
EL PRESENTE PROCEDIMIENTO NO SE SUJETARÁ A CONTRATACIONES FINANCIADAS CON FONDOS PROVENIENTES DE CRÉDITOS EXTERNOS OTORGADOS AL GOBIERNO FEDERAL O CON SU GARANTÍA POR ORGANISMOS FINANCIEROS REGIONALES O MULTILATERALES.
II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÒN.
LAS CARACTERÌSTICAS, ESPECIFICACIONES, CANTIDADES Y CONDICIONES REQUERIDAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE INVITACIÓN SE ENCUENTRAN SEÑALADAS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y SU ANEXO TÉCNICO.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EL PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PODRÁ REQUERIRSE DURANTE LA VIGENCIA DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL, SERÁ LAS SIGUIENTES:
X. XXXXXXX I REGIÓN CIUDAD DE MÉXICO
MONTO MÍNIMO | MONTO MÁXIMO |
$411,600.00 | $1’029,000.00 |
II. PARTIDA II REGIÓN SAN XXXX POTOSÍ
MONTO MÍNIMO | MONTO MÁXIMO |
$428,400.00 | $1`071,000.00 |
LAS CANTIDADES DE INMUEBLES PUEDEN AUMENTAR O DISMINUIR DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE “LA POLICÍA FEDERAL”.
EL PRECIO MÁXIMO DE REFERENCIA A PARTIR DEL CUAL LOS LICITANTES OFREZCAN PORCENTAJES DE DESCUENTO COMO PARTE DE SU PROPOSICIÓN, NO APLICA PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO.
PARA EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, NO APLICA LO PREVISTO EN LA FRACCIÓN X DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY, MISMO QUE SEÑALA, ESPECIFICAR EL MÉTODO QUE SE UTILIZARÁ PARA REALIZAR LAS PRUEBAS QUE PERMITAN VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A CONTRATAR.
III. FORMA Y TÉRMINOS DE LOS ACTOS DE PROCEDIMIENTO DE LA PRESENTE INVITACIÓN.
LA FECHA, HORA Y LUGAR PARA LOS ACTOS DE JUNTA DE ACLARACIONES, ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS Y ACTO DE FALLO SE REALIZARÁN CONFORME A LO SIGUIENTE:
JUNTA DE ACLARACIÓNES:
DIA: | 02 | MES: | ABRIL | AÑO: | 2019 | HORA: | 10:00 HRS |
LUGAR: | SITO EN XXXXX XXXXXXXX 000 Xx 000 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. |
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES:
DIA: | 05 | MES: | ABRIL | AÑO: | 2019 | HORA: | 11:00 HRS |
LUGAR: | SITO EN XXXXX XXXXXXXX 000 Xx 000 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. |
ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO:
DIA: | 11 | MES: | ABRIL | AÑO: | 2019 | HORA: | 11:00 HRS |
LUGAR: | SITO EN XXXXX XXXXXXXX 000 Xx 000 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. |
UNA VEZ INICIADO EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO POR LOS LICITANTES, POR LO QUE DEBERÁN CONSIDERARSE VIGENTES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN HASTA SU CONCLUSIÓN, DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 26 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY.
LOS LICITANTES SÓLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN, PARA LA PRESENTE INVITACIÓN.
EL REGISTRO DE LOS LICITANTES SE LLEVARÁ A CABO DENTRO DE LA MEDIA HORA PREVIA A LA SEÑALADA PARA EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. DESPUÉS DE LA HORA DE INICIO ESTABLECIDA, LA CONVOCANTE NO PERMITIRÁ EL ACCESO A NINGÚN LICITANTE NI OBSERVADOR, REGISTRANDO A LOS ASISTENTES QUE NO SE HUBIERAN REGISTRADO PREVIAMENTE, PROCEDIENDO AL PASE DE LISTA DE LOS MISMOS, ELLO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 CUARTO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO.
EL LICITANTE PODRÁ PRESENTAR A SU ELECCIÓN, DENTRO O FUERA DEL SOBRE CERRADO LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA QUE CONFORMA LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA MISMA QUE FORMA PARTE DE SU PROPOSICIÓN, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 34 DE LA LEY, SIN EMBARGO PARA LA MEJOR CONDUCCIÓN DEL ACTO, SE SUGIERE A LOS LICITANTES QUE LA DOCUMENTACIÓN SE PRESENTE POR SEPARADO FUERA DEL SOBRE QUE CONTENGA LAS PROPOSICIONES.
EL LICITANTE PODRÁ ACREDITAR SU EXISTENCIA LEGAL Y EN SU CASO, LA PERSONALIDAD JURÍDICA DE SU REPRESENTANTE, EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, MEDIANTE EL DOCUMENTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 48 DEL REGLAMENTO.
EL REPRESENTANTE DESIGNADO POR LA CONVOCANTE, ASI COMO EL LICITANTE ELEGIDO, EN LOS TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 35 DE LA LEY Y 39 FRACCIÓN III INCISO J), DE SU REGLAMENTO DEBERÁN RUBRICAR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA, LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y ECONÓMICAS PRESENTADAS POR LOS LICITANTES.
EL FALLO DE LA INVITACIÓN SE LLEVARÁ A CABO CONFORME A LO SEÑALADO EN EL NUMERAL XXXIV DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, ASÍ MISMO, EL LICITANTE ADJUDICADO
DEBERÁ CONSIDERAR LOS ASPECTOS CONTENIDOS EN EL NUMERAL XXV RELATIVO AL TIPO DE CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN PARA FORMALIZAR EL MISMO.
IV. REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
IV.1 PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (SOBRE ÚNICO CERRADO)
LA PROPOSICIÓN DEBERÁ PRESENTARSE DIRIGIDA A LA CONVOCANTE, EN FORMA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNÉTICO DENTRO DEL SOBRE CERRADO, EN ORIGINAL, EN IDIOMA ESPAÑOL, SIN TACHADURAS NI ENMENDADURAS INDICANDO EL NÚMERO DE LA PRESENTE INVITACIÓN EN PAPEL MEMBRETADO, DEL LICITANTE (EL NO PRESENTAR LA PROPUESTA EN MEDIO MAGNÉTICO, NO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO).
LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR LOS LICITANTES NO DEBERÁN CONTENER EL
ESCUDO NACIONAL NI EL LOGOTIPO DE LA CONVOCANTE.
LA PROPOSICIÓN DEBERÁ SER FIRMADA AUTOGRAFAMENTE POR LA PERSONA FACULTADA PARA ELLO EN LA ÚLTIMA HOJA DE CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DE LA MISMA.
LAS PROPOSICIONES ENVIADAS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA, EN SUSTITUCIÓN A LA FIRMA AUTÓGRAFA, SE EMPLEARÁN LOS MEDIOS DE IDENTIFICACIÓN ELECTRÓNICA ESTABLECIDOS POR LA SFP.
CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS QUE INTEGREN LA PROPOSICIÓN Y AQUÉLLOS DISTINTOS A ÉSTA, DEBERÁN ESTAR FOLIADOS EN TODAS Y CADA UNA DE LAS HOJAS QUE LO INTEGREN. AL EFECTO, SE DEBERÁN NUMERAR DE MANERA INDIVIDUAL LAS PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN ADICIONAL QUE ENTREGUE EL LICITANTE.
EN EL CASO DE QUE ALGUNA O ALGUNAS HOJAS DE LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR CAREZCAN DE FOLIO Y SE CONSTATE QUE LA O LAS HOJAS NO FOLIADAS MANTIENEN CONTINUIDAD, NO SE DESECHARÁ LA PROPOSICIÓN EN EL SUPUESTO DE QUE FALTE ALGUNA HOJA Y LA OMISIÓN PUEDA SER CUBIERTA CON INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA PROPIA PROPOSICIÓN O CON LOS DOCUMENTOS ADICIONALES DISTINTOS A LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 50 DEL REGLAMENTO DE LA LEY.
EL INCUMPLIMIENTO DE ALGUNO DE LOS REQUISITOS DE LA PROPOSICIÓN QUE AFECTE LA SOLVENCIA SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA MISMA, SALVO PARA AQUELLOS QUE EXPRESAMENTE SE INDIQUE LO CONTRARIO, ASÍ MISMO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO SI SE COMPRUEBA QUE ALGÚN LICITANTE HA ACORDADO CON OTRO U OTROS ELEVAR EL COSTO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES.
PARA MEJOR CONDUCCIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, SE SOLICITA A LOS LICITANTES SEÑALAR EN CADA DOCUMENTO DE LA PROPOSICIÓN, EL NUMERAL E INCISO CORRESPONDIENTE.
IV.1.1 DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA. (FORMATO 1).
A. DESCRIPCIÓN DETALLADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A OFERTAR INDICANDO LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, SEÑALANDO: LAS PARTIDAS, PRECIO, PORCENTAJE DE DESCUENTO, ADEMÁS DE CUBRIR LOS REQUISITOS Y CONDICIONES QUE SE INDICAN EN SU TOTALIDAD EN EL ANEXO TÉCNICO.
B. ESCRITO DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE QUE ASUMIRÁ LA RESPONSABILIDAD TOTAL EN CASO DE QUE AL PROPORCIONAR LOS SERVICIOS, SE INFRINJA EN PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, EXIMIENDO A LA CONVOCANTE DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD. (FORMATO 2).
C. ESCRITO EN EL QUE MANIFIESTE QUE LOS SERVICIOS OFERTADOS CUMPLEN CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES, INDICADAS EN EL NUMERAL 3 DEL ANEXO TÉCNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, SEÑALANDO EL NÚMERO Y LA DENOMINACIÓN DE LAS MISMAS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 53 Y 54 DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN; 31 Y 39 FRACCIÒN II INCISO D) DEL REGLAMENTO.
D. ESCRITO DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OFERTADO CUENTAN CON LA GARANTÍA SEÑALADA EN NUMERAL XVI DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
E. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, COPIA SIMPLE DEL PERMISO DE DISTRIBUCIÓN OTORGADO POR LA SECRETARÍA DE ENERGÍA.
F. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR COPIA SIMPLE DEL DICTAMEN DE VERIFICACIÓN DE LA UNIDAD ACREDITADA Y APROBADA EN MATERIA DE GAS L.P., CORRESPONDIENTE DETERMINANDO EL CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES DE TODOS Y CADA UNO DE LOS VEHÍCULOS QUE SE UTILIZARÁN PARA EL SUMINISTRO.
G. “EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR CARTA COMPROMISO FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL O POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO, EN LA QUE MANIFIESTE QUE DE RESULTAR ADJUDICADO GARANTIZARÁ QUE “EL SERVICIO” SERÁ PROPORCIONADO CONFORME A LO SOLICITADO EN LA CONVOCATORIA.
EN CASO DE REQUERIRSE DOCUMENTOS EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA DENTRO DE LA PROPUESTA TÉCNICA, DEBERÁN SER PRESENTADOS POR LOS LICITANTES EN LA FECHA Y HORA SEÑALADOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES INDEPENDIENTEMENTE DE PRESENTAR SU PROPOSICIÓN DE MANERA PRESENCIAL O POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
IV.1.2 DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. (FORMATO 3)
LA PROPUESTA ECONÓMICA DEBERÁ CONTENER LO SIGUIENTE:
PARTIDA, DESCRIPCIÓN, CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO, PRECIO UNITARIO, PORCENTAJE DE DESCUENTO, TOTAL ANTES DE IVA Y EN MONEDA NACIONAL.
SUBTOTAL DE LA PROPUESTA.
IMPORTE DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA CON NÚMERO Y LETRA.
LA INDICACIÓN DE QUE LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN SERÁ POR EL EJERCICIO FISCAL 2019 Y QUE EL PORCENTAJE DE DESCUENTO SERÁ FIJO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, ASÍ COMO SU CONFORMIDAD A LAS CONDICIONES DE PAGO ESTABLECIDAS EN ESTA CONVOCATORIA.
IV.2.- CAUSAS EXPRESAS DE DESECHAMIENTO.
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN XV DE LA LEY, SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO EL INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LOS NUMERALES IV.1, IV.1.1, IV.1.2, Y VI, QUE AFECTEN LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITANTES; SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, LAS CAUSALES ESPECÍFICAS PARA DESECHAR LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES SON LAS SIGUIENTES:
A. LA COMPROBACIÓN DE QUE ALGÚN LICITANTE HA ACORDADO CON OTRO U OTROS ELEVAR EL COSTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE INVITACIÓN O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGAN COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS DEMÁS LICITANTES.
B. QUE LAS PROPOSICIONES NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS O CARACTERÍSTICAS ESTABLECIDAS EN ESTA CONVOCATORIA, ASÍ COMO AQUELLOS QUE SE DERIVEN DEL ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES Y, QUE CON MOTIVO DE DICHO INCUMPLIMIENTO, AFECTEN LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 36 DE LA LEY.
C. QUE EL LICITANTE INCURRA EN CUALQUIER VIOLACIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY, EL REGLAMENTO O A CUALQUIER OTRO ORDENAMIENTO LEGAL O NORMATIVO VINCULADO CON ESTE PROCEDIMIENTO.
D. QUE EL LICITANTE NO PRESENTE UNO O MÁS DE LOS ESCRITOS O MANIFIESTACIONES SOLICITADAS CON CARÁCTER DE "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” CUANDO ASÍ SE SOLICITE EN LA PRESENTE CONVOCATORIA U OMITA LA LEYENDA REQUERIDA.
E. QUE EL LICITANTE NO OFERTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SOLICITADOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y ANEXO TÉCNICO.
A) QUE EL LICITANTE SE ENCUENTRE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 49 FRACCIÓN IX, 59, 65 AL 72 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y LOS ARTÍCULOS 50 Y 60, PENÚLTIMO DE LA LEY.
F. CUANDO SE PRESENTE MÁS DE UNA OFERTA TÉCNICA O ECONÓMICA PARA EL MISMO
SERVICIO, POR UN MISMO LICITANTE.
G. QUE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LOS NUMERALES IV.1.1, IV.1.2, Y VI, NO LA PRESENTE CON FIRMA AUTÓGRAFA O EN ORIGINAL CUANDO ASÍ SE REQUIERA Y QUE LO MANIFESTADO NO SE APEGUE A LO SOLICITADO.
H. EL INCUMPLIMIENTO U OMISIÓN DE ALGUNO DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y EN LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDOS POR LA CONVOCANTE QUE AFECTEN LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA SERÁN CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPUESTA.
V. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO RESPECTIVO:
V.1.-CRITERIOS DE EVALUACIÓN QUE SE APLICARÁN A LAS PROPOSICIONES.
A. SE ANALIZARÁN Y EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES UTILIZANDO UN CRITERIO DE EVALUACIÓN BINARIO, VERIFICANDO QUE LOS LICITANTES CUMPLAN CON TODAS LAS CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS DE ESTA CONVOCATORIA Y EL ANEXO TÉCNICO.
B. LA CONVOCANTE SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN PRESENTADA POR EL LICITANTE, EN CASO DE QUE ESTE HAYA PROPORCIONADO INFORMACIÓN O DECLARACIÓN FALSA, O QUE ACTUE CON DOLO O MALA FE, SE PROCEDERÁ A LA NOTIFICACIÓN AL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL PARA QUE EN SU CASO APLIQUE LAS SANCIONES QUE INDICA EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY.
C. SE EVALUARÁN LAS CONDICIONES ECONÓMICAS OFERTADAS, CONSIDERANDO PARA ELLO ÚNICAMENTE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS QUE NO HUBIESEN SIDO DESECHADAS EN EL ANÁLISIS DETALLADO DE LAS MISMAS. PARA LO ANTERIOR, LA CONVOCANTE PODRÁ HACER USO DE LOS MECANISMOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 51 DEL REGLAMENTO.
D. CUANDO LA CONVOCANTE DETECTE UN ERROR DE CÁLCULO EN ALGUNA PROPOSICIÓN PODRÁ LLEVAR A CABO SU RECTIFICACIÓN CUANDO LA CORRECCIÓN NO IMPLIQUE LA MODIFICACIÓN DEL PRECIO UNITARIO. EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LAS CANTIDADES ESCRITAS CON LETRA Y NÚMERO PREVALECERÁ LA PRIMERA, POR LO QUE DE PRESENTARSE ERRORES EN LAS CANTIDADES O VOLÚMENES SOLICITADOS, ÉSTOS PODRÁN CORREGIRSE.
EN LOS CASOS PREVISTOS EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, LA CONVOCANTE NO DEBERÁ DESECHAR LA PROPUESTA ECONÓMICA Y DEJARÁ CONSTANCIA DE LA CORRECCIÓN EFECTUADA CONFORME AL PÁRRAFO INDICADO EN LA DOCUMENTACIÓN SOPORTE UTILIZADA PARA EMITIR EL FALLO QUE SE INTEGRARÁ AL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN RESPECTIVO, ASENTANDO LOS DATOS QUE PARA EL EFECTO PROPORCIONE EL O LOS SERVIDORES PÚBLICOS RESPONSABLES DE LA EVALUACIÓN.
LAS CORRECCIONES SE HARÁN CONSTAR EN EL FALLO A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 37 DE LA LEY Y 55 DEL REGLAMENTO. SI LA PROPUESTA ECONÓMICA DEL LICITANTE A QUIEN SE LE ADJUDIQUE EL CONTRATO FUE OBJETO DE CORRECCIONES Y ÉSTE NO ACEPTA LAS MISMAS, SE APLICARÁ LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY RESPECTO DEL CONTRATO O, EN SU CASO, SÓLO POR LO QUE HACE A LAS PARTIDAS
AFECTADA POR EL ERROR, SIN QUE POR ELLO SEA PROCEDENTE IMPONER LA SANCIÓN A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 60 DE LA LEY.
E. UNA VEZ HECHA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES, SE DETERMINARÁN SOLVENTES AQUÉLLAS QUE REÚNAN TODOS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN ESTA CONVOCATORIA Y CUMPLAN CON LAS CONDICIONES LEGALES-ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS POR LA CONVOCANTE.
V.2.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE INVITACIÓN SERÁ ADJUDICADO POR PARTIDA, AL LICITANTE QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS TÉCNICOS, LEGALES Y ECONÓMICOS REQUERIDOS POR LA CONVOCANTE Y SU PROPUESTA ECONÓMICA SEA LA MÁS BAJA.
SI DERIVADO DE LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES SE OBTUVIERA UN EMPATE ENTRE DOS O MÁS PROVEEDORES EN LAS PARTIDAS DE CONFORMIDAD CON EL CRITERIO DE DESEMPATE PREVISTO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 36 BIS DE LA LEY, SE DEBERÁ ADJUDICAR EL CONTRATO ABIERTO EN PRIMER TÉRMINO A LAS MICRO EMPRESAS, A CONTINUACIÓN SE CONSIDERARÁ A LAS PEQUEÑAS EMPRESAS Y EN CASO DE NO CONTARSE CON ALGUNA DE LAS ANTERIORES, SE ADJUDICARÁ A LA QUE TENGA EL CARÁCTER DE MEDIANA EMPRESA.
EN CASO DE SUBSISTIR EL EMPATE ENTRE EMPRESAS DE LA MISMA ESTRATIFICACIÓN SE ATENDERÁ LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 36 BIS ÚLTIMO XXXXXXX XX XX XXX X 00 XXX XXXXXXXXXX.
XX. DOCUMENTOS DISTINTOS A SU PROPOSICIÓN Y DATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES:
LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A SU PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA, QUE DEBERÁ PRESENTARSE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES O A TRAVÉS DE COMPRANET. CON FIRMA AUTÓGRAFA, EN PAPEL MEMBRETADO DE LA EMPRESA Y DEBIDAMENTE FOLIADA. (FORMATO 4).
A. COPIA DEL OFICIO DE INVITACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO.
B. ACREDITAMIENTO DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURIDICA. LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN POR SI MISMOS O A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE, DEBERÁN ACREDITAR SU PERSONALIDAD, MANIFESTANDO EN UN ESCRITO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”. QUE CUENTAN CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA, MISMO QUE DEBERÁ CONTENER LO SIGUIENTE:
DEL LICITANTE: REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, NOMBRE Y DOMICILIO, ASÍ COMO, EN SU CASO, DE SU APODERADO O REPRESENTANTE. TRATÁNDOSE DE PERSONAS XXXXXXX, ADEMÁS SE SEÑALARÁ LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA, IDENTIFICANDO LOS DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS, ASÍ COMO LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO Y, DE HABERLAS, SUS
REFORMAS Y MODIFICACIONES, CON LAS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA LEGAL DE LAS PERSONAS XXXXXXX, EL NOMBRE DE LOS SOCIOS, LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITE TENER SU DOMICILIO LEGAL EN EL TERRITORIO NACIONAL. Y
DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE: DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS EN LAS QUE LE FUERON OTORGADAS LAS FACULTADES PARA SUSCRIBIR LAS PROPUESTAS.
TRATÁNDOSE DE PERSONA FÍSICA, COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO O, EN SU CASO, CARTA DE NATURALIZACIÓN RESPECTIVA, EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITE TENER SU DOMICILIO LEGAL EN EL TERRITORIO NACIONAL.
LOS LICITANTES PUEDEN PRESENTAR EL ESCRITO ANTES REFERIDO O REQUISITAR EL FORMATO 5.A O 5.B, SEGÚN CORRESPONDA, A PERSONA FÍSICA O MORAL, E INVARIABLEMENTE SE DEBERÁ INSERTAR LA LEYENDA“BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTICULO 48 FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO.
EL DOMICILIO QUE SE MENCIONE EN LOS DOCUMENTOS ANTES CITADOS, SERÁ EL CONSIDERADO POR LA CONVOCANTE COMO EL INDICADO PARA RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES QUE RESULTEN DE LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS DERIVADOS DE ESTE PROCEDIMIENTO.
SERÁ NECESARIO QUE EN CASO DE NO CONTAR CON DOMICILIO DENTRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, SE INDIQUE UNO DENTRO DE ESTE PARA RECIBIR NOTIFICACIONES Y NOMBRAR UN APODERADO CON FACULTADES SUFICIENTES PARA QUE LOS REPRESENTE.
C. ESCRITO DEL LICITANTE, EN EL QUE MANIFIESTE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EMPRESA CONSTITUIDA BAJO LAS LEYES MEXICANAS, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 35 PÁRRAFO PRIMERO DEL REGLAMENTO.
D. EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR POR ESCRITO SU CORREO ELECTRÓNICO EN CASO DE CONTAR CON EL MISMO. (LA NO PRESENTACIÓN DE ESTE DOCUMENTO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO).
E. MANIFIESTO DE NO EXISTIR IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR. DECLARACIÓN ESCRITA DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE: NI EL SUSCRITO, Y LOS SOCIOS INTEGRANTES DEL LICITANTE QUE REPRESENTA, SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 49, FRACCIÓN IX, 59, 65 AL 72 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60, PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY. (FORMATO 6).
F. ESCRITO DEL LICITANTE, EN DONDE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN IX DE LA LEY Y 39 FRACCIÓN VI, INCISO F) DEL REGLAMENTO (FORMATO 7).
G. EN SU CASO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR: COPIA DEL DOCUMENTO EXPEDIDO POR
AUTORIDAD COMPETENTE QUE DETERMINE SU ESTRATIFICACIÓN COMO MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, O BIEN, UN ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON ESE CARÁCTER, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO. PUEDE PRESENTARSE EN FORMATO LIBRE O CONFORME AL (FORMATO 8), EN CASO DE NO PRESENTARSE DENTRO DE DICHA ESTRATIFICACIÓN BASTARÁ CON SEÑALARLO POR ESCRITO.
H. COPIA SIMPLE POR AMBOS LADOS DE SU IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA DEL LICITANTE, TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS Y, EN EL CASO DE PERSONAS XXXXXXX, DE LA PERSONA QUE FIRME LA PROPOSICIÓN, POR LO TANTO DEBERÁ COINCIDIR LA FIRMA QUE PRESENTE EN SU IDENTIFICACIÓN CON LA FIRMA DE LA PERSONA QUIEN FIRME LA PROPUESTA.
I. NOTA INFORMATIVA DE LA OCDE. ESCRITO DEL LICITANTE, EN EL QUE MANIFIESTE QUE HA LEÍDO Y TIENE CONOCIMIENTO DE LA NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO Y FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES NACIONALES. EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO. (FORMATO 9).
X. DEBERÁ PRESENTAR EL DOCUMENTO VIGENTE EXPEDIDO POR EL SAT, EN EL QUE SE EMITA LA OPINIÓN POSITIVA DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES AL QUE SE REFIERE LA REGLA 2.1.31 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA EL 2019. (EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO).
K. DEBERÁ PRESENTAR LA OPINIÓN POSITIVA VIGENTE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EMITIDA POR EL IMSS DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO ACDO. SA1.HCT.101214/281.P.DIR. (EL NO PRESENTARLO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO)
L. CONSTANCIA DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE DESCUENTOS A TRAVÉS DEL DOCUMENTO EMITIDO POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), CONFORME LO ESTABLECE LA RESOLUCIÓN RCA-5789-01/17 Y SU ANEXO ÚNICO, RELATIVO A LAS REGLAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE AMORTIZACIONES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 XX XXXXX DE 2017. EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO. (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA EL PROVEEDOR ADJUDICADO), EN EL CASO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA, ESTE FORMATO SE PRESENTARÁ POR CADA PARTICIPANTE.
M. LOS LICITANTES DEBERÁN MANIFESTAR POR ESCRITO, SI PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE REQUIERE EL USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA, Y ESTA IMPLIQUE UN COSTO SUPERIOR AL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, DE RESULTAR ADJUDICADO DEBERÁ ACREDITAR LA REALIZACIÓN DEL PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES ANTE EL IMSS, EN FORMA BIMESTRAL MEDIANTE LAS CONSTANCIAS DE CUMPLIMIENTO, MISMAS QUE DEBERÁN SER ENTREGADAS AL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, LO ANTERIOR, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 80, CUARTO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO.
N. LOS LICITANTES DEBERÁN ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE UN
PROGRAMA DE INTEGRIDAD QUE PERMITA ASEGURAR UN DESARROLLO DE CULTURA DE ÉTICA EN SU INTERIOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL TÍTULO SEGUNDO DENOMINADO MECANISMO DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS (DOF 18-07- 2016).
VII. DOMICILIO EN EL QUE LOS LICITANTES PODRÁN PRESENTAR INCONFORMIDADES CONTRA LOS ACTOS DE LA INVITACIÓN.
CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULO 65 Y 66 DE LA LEY, LAS PERSONAS INTERESADAS PODRÁN PRESENTAR SU INCONFORMIDAD POR ESCRITO, ANTE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (SFP), UBICADA EN XXXXXXXXXXX XXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, O BIEN ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA POLICÍA FEDERAL, UBICADO EN XXXXX XXXXX Xx 00, XXXXXXX XXX XXXXXXX, XXXXXXX XXX XXXXX XX XXX XXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXX, C.P.03800, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, POR CUALQUIER ACTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE CONTRAVENGA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY Y SU REGLAMENTO, O A TRAVÉS DE
COMPRANET EN EL SITIO xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
VIII. FORMATOS Y ANEXOS PARA FACILITAR Y AGILIZAR LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
FORMATO 1: | LISTADO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS QUE DEBE CONTENER LA PROPUESTA TÉCNICA |
FORMATO 2: | ESCRITO RESPONSABILIDAD SOBRE PATENTES |
FORMATO 3: | PROPUESTA ECONÓMICA |
FORMATO 4: | LISTADO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS QUE DEBE CONTENER LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA |
FORMATO 5A: | MANIFIESTO DE FACULTADES PERSONA FÍSICA |
FORMATO 5B: | MANIFIESTO DE FACULTADES PERSONA MORAL |
FORMATO 6: | NO ENCONTRASE EN LOS SUPUESTOS DEL ART. 50 Y 60 DE LA LEY |
FORMATO 7: | DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD |
FORMATO 8: | ESTRATIFICACIÓN MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA |
FORMATO 9: | NOTA INFORMATIVA DE LA OCDE |
FORMATO 10: | FORMATO DE FIANZA |
FORMATO 11: | MODELO DE CONTRATO |
FORMATO 12: | CADENAS PRODUCTIVAS |
LOS FORMATOS Y ANEXOS LISTADOS SON ÚNICAMENTE ILUSTRATIVOS POR LO QUE LOS LICITANTES DEBERÁN APEGARSE A LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LOS NUMERALES IV.1.1, IV.1.2, Y VI DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
IX. CONSULTA DE LA CONVOCATORIA.
NO APLICA
X. CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA.
LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN ESTA CONVOCATORIA, ASÍ COMO EN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITANTES NO PODRÁN SER NEGOCIADAS.
POR EL HECHO DE PRESENTAR PROPOSICIONES, EL LICITANTE ACEPTA Y SE OBLIGA A CUMPLIR CON LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN ESTA CONVOCATORIA Y EN LA(S) ACTA(S) DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES, NO PUDIENDO RENUNCIAR A SU CONTENIDO Y ALCANCE.
A LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO PODRÁ ASISTIR CUALQUIER PERSONA EN CALIDAD DE OBSERVADOR BAJO LA CONDICIÓN DE REGISTRAR SU ASISTENCIA Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA EN LOS MISMOS.
LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 26 DE LA LEY.
ASIMISMO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 43 FRACCIÓN I DE LA LEY, LA PRESENTE CONVOCATORIA SE DIFUNDIRÁ EN LA PAGINA DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICO GUBERNAMENTAL SOBRE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. (COMPRANET), http://
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx., ASÍ COMO EN LA PÁGINA DE INTERNET DE LA POLICÍA FEDERAL
xxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx federal.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 77 DE SU REGLAMENTO, SOLAMENTE PODRÁN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN AQUELLAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO INVITADAS POR LA CONVOCANTE.
XI.- VIGENCIA, PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y EL PLAZO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SERÁN A PARTIR DEL DÍA NATURAL SIGUIENTE A LA NOTIFICACIÓN DEL FALLO Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
a) LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SERÁ EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y SAN XXXX XXXXXX, S.L.P., INSTALACIONES DE LA POLICÍA FEDERAL.
EN CASO DE QUE EL “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” CAMBIE DE DOMICILIO SE NOTIFICARÁ POR ESCRITO AL PROVEEDOR DE DICHO CAMBIO.
CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “EL SERVICIO”
a) “EL PROVEEDOR” REALIZARÁ AL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO Y MENSUALMENTE, SIN COSTO ALGUNO PARA “LA POLICÍA FEDERAL”, UNA REVISIÓN DE LOS TANQUES Y LAS INSTALACIONES DE GAS EN “LA POLICÍA FEDERAL”. DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE LA REVISIÓN MENSUAL, “EL PROVEEDOR” LE INFORMARÁ POR ESCRITO A “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” DE LAS ADECUACIONES QUE CONSIDERE NECESARIAS.
b) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ DESIGNAR PERSONAL DE CONTACTO QUE TENGA LAS FACULTADES Y PODER DE MANDO QUE PERMITA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE “LA POLICÍA FEDERAL”, DEBIENDO PROPORCIONAR NOMBRE, PUESTO Y/O CARGO, NÚMERO TELEFÓNICO Y DOMICILIO LABORAL, ESTOS DATOS DEBERÁN SEÑALARSE EN SU PROPUESTA TÉCNICA.
c) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ MANIFESTAR EN SU OFERTA TÉCNICA, QUE CUMPLIRÁ EN CASO DE SER ADJUDICADO CON TODOS Y CADA UNO DE LOS PUNTOS ESTABLECIDOS EN LA
CONVOCATORIA Y ANEXO TÉCNICO, ASÍ MISMO QUE CUENTA CON LA CAPACIDAD TÉCNICA, PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, ETC., PARA DAR CUMPLIMIENTO AL OBJETO DEL PRESENTE.
d) LAS ÁREAS USUARIAS REALIZARÁN LA SOLICITUD DEL SUMINISTRO DE GAS LP A “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” DENTRO DE UN HORARIO DE 09:00 A 18:00 HORAS DE LUNES A VIERNES. A SU VEZ EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO SOLICITARÁ AL PROVEEDOR EL SUMINISTRO, LA CUAL DEBERÁ SER ATENDIDA POR “EL PROVEEDOR” DENTRO DE LAS 24 HORAS POSTERIORES, CONTADAS A PARTIR DE LA HORA EN LA QUE SE EFECTUÓ LA PETICIÓN, DICHA PETICIÓN SE REALIZARÁ MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO EN CASO DE ATRASO, “EL PROVEEDOR” SE HARÁ ACREEDOR A LA PENA CONVENCIONAL CORRESPONDIENTE.
e) EN CASOS DE URGENCIAS, “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” PODRÁ SOLICITAR A CUALQUIER HORA DEL DÍA DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, A TRAVÉS DE VÍA TELEFONICA Y CORREO ELECTRÓNICO COMO CONSTANCIA DE DICHA SOLICITUD, “EL SERVICIO” A “EL PROVEEDOR”, QUIEN DEBERÁ PROPORCIONARLO EN UN PLAZO NO MAYOR A 2 HORAS EN EL CIUDAD DE MÉXICO Y ZONA METROPOLITANA Y DE 8 HORAS PARA EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, CONTADAS A PARTIR DE QUE “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” HAYA REALIZADO EL REPORTE, EN CASO DE ATRASO, “EL PROVEEDOR” SE HARÁ ACREEDOR A LA PENA CONVENCIONAL CORRESPONDIENTE.
f) “EL PROVEEDOR” SERÁ RESPONSABLE DE QUE EL PERSONAL ENCARGADO DE REALIZAR LAS MANIOBRAS DE “EL SERVICIO”, ESTÉ DEBIDAMENTE CAPACITADO PARA PREVENIR Y ATENDER LOS SINIESTROS QUE PUDIESEN PRESENTARSE DURANTE ESTE PROCESO.
g) “EL PROVEEDOR” SERÁ RESPONSABLE DE VIGILAR LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL GAS L.P. QUE TRANSPORTA, DESDE SU LLENADO Y HASTA QUE ÉSTE SEA DESCARGADO EN LOS PUNTOS DE ENTREGA DE “LA POLICÍA FEDERAL” (TANQUES ESTACIONARIOS).
h) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ UTILIZAR PARA EL SUMINISTRO, VEHÍCULOS DEL TIPO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 2° DEL REGLAMENTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO, MISMOS QUE DEBERÁN PORTAR:
RAZÓN SOCIAL O MARCA COMERCIAL DE “EL PROVEEDOR”;
TIPO DE SERVICIO QUE PRESTA;
DOMICILIO Y LOS TELÉFONOS DE EMERGENCIA DE “EL PROVEEDOR”.
i) PARA REALIZAR “EL SERVICIO”, Y TENER ACCESO A LAS INSTALACIONES DE “LA POLICÍA FEDERAL”, EL PERSONAL DE “EL PROVEEDOR” DEBERÁ PRESENTARSE DE LA SIGUIENTE MANERA:
DEBIDAMENTE UNIFORMADO CON EL LOGOTIPO DE LA EMPRESA.
DEBERÁ PRESENTAR CREDENCIAL CON FOTOGRAFÍA VIGENTE QUE LO IDENTIFIQUE COMO PERSONAL DE LA EMPRESA.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE. (NO ACEPTARÁ COMO IDENTIFICACIÓN LA LICENCIA DE CONDUCIR).
ESTOS REQUISITOS SON NECESARIOS PARA QUE SE AUTORICE EL ACCESO A LAS INSTALACIONES DE “LA POLICÍA FEDERAL”.
j) A PARTIR DE LOS PRIMEROS CINCO DÍAS NATURALES AL INICIO DEL CONTRATO, “EL PROVEEDOR” PRESENTARÁ A “LA POLICÍA FEDERAL” LA RELACIÓN DEL PERSONAL QUE LLEVARÁ A CABO “EL SERVICIO”, INDICANDO NOMBRE Y CARGO; ASIMISMO INDICARÁ EL PROCEDIMIENTO DE REPORTES XX XXXXXX INCLUYENDO UN DIRECTORIO CON LOS NÚMEROS TELEFÓNICOS DE EMERGENCIA DE SU PERSONAL TÉCNICO.
k) EL OPERADOR RESPONSABLE DEL CAMIÓN QUE EFECTÚE “EL SERVICIO” EMITIRÁ UNA NOTA DE CONSUMO, MISMA QUE DEBERÁ CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS:
a. FECHA
x. XXXX
x. LITROS SUMINISTRADOS
d. PRECIO UNITARIO
e. IMPORTE TOTAL
f. DOMICILIO DEL INMUEBLE DONDE SE REALIZA EL SUMINISTRO
DICHA NOTA DE CONSUMO DEBERÁ SER VALIDADA POR EL RESPONSABLE DE LA RECEPCIÓN DEL SUMINISTRO DE GAS L.P. EN LOS INMUEBLES DE “LA POLICÍA FEDERAL” PLASMANDO NOMBRE COMPLETO, CARGO, FECHA, TELÉFONO, EXTENSIÓN, FIRMA DE LA PERSONA DESIGNADA PARA LA RECEPCIÓN, EN SU CASO, SELLO DEL ÁREA USUARIA. LA FALTA DE CUALQUIERA DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS SE CONSIDERARÁ COMO SUMINISTRO NO REALIZADO.
l) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ LLEVAR A CABO EL SUMINISTRO CON UN CARRO-TANQUE DE 10,000 LITROS O SUPERIOR QUE ASEGURE CARGAS COMPLETAS, PARA EVITAR REALIZAR DOS O MÁS RECARGAS, Y DE ESTA MANERA ATENDER AL 100% LAS SOLICITUDES REALIZADAS, DE LO CONTRARIO “EL PROVEEDOR” SE HARÁ ACREEDOR A LA PENA CONVENCIONAL CORRESPONDIENTE.
m) DURANTE LA OPERACIÓN DE LLENADO DE LOS TANQUES ESTACIONARIOS “EL PROVEEDOR”, INVARIABLEMENTE DEBERÁ COLOCAR ANUNCIOS DE SEGURIDAD Y POR NINGÚN MOTIVO SE DEBERÁ REBASAR EL 90% DE LA CAPACIDAD DE LOS MISMOS. EN SU CASO Y DE REBASARLO, DEBERÁ SUSPENDERSE, EXTRAYENDO LOS EXCEDENTES BAJO SU RESPONSABILIDAD Y SIN NINGÚN COSTO PARA “LA POLICÍA FEDERAL”.
n) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ CONTAR CON CARROS-TANQUE QUE TENGAN INSTALADOS INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN PARA LA EMISIÓN AUTOMÁTICA DE LA NOTA DE CONSUMO Y QUE CONTENGAN LOS SELLOS DE VERIFICACIÓN CORRESPONDIENTES.
o) “EL PROVEEDOR” DEBERÁ SUMINISTRAR EL GAS L.P. EN UN CARRO TANQUE CON TODOS LOS ACCESORIOS E IMPLEMENTOS NECESARIOS PARA LLEVAR A CABO EL SUMINISTRO INCLUYENDO: MANGUERAS, ESCALERAS, HERRAMIENTAS Y LO COMPLEMENTARIO PARA LA CONCLUSIÓN SATISFACTORIA DEL SUMINISTRO.
p) EL OPERADOR Y SU AYUDANTE, EN NINGÚN MOMENTO PODRÁN ABANDONAR EL PROCESO DE LLENADO INTEGRADO POR PIPA, MANGUERA Y DEPÓSITO RECEPTOR, HASTA QUE SEA CONCLUIDO.
q) “EL PROVEEDOR” CAMBIARÁ TODOS LOS ACCESORIOS DE MEDICIÓN Y CONTROL QUE SE ENCUENTREN EN MAL ESTADO EN LOS TANQUES DE ALMACENAMIENTO PARA GARANTIZAR
LA CORRECTA MEDICIÓN DEL SERVICIO Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS MISMOS, EN CASO DE REPARACIONES, EL COSTO DE LA MANO DE OBRA Y LAS REFACCIONES CORRERÁ A CARGO DE “EL PROVEEDOR”.
ADICIONALMENTE “EL PROVEEDOR” DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, PROPORCIONARÁ A “LA POLICÍA FEDERAL” ASESORÍA TÉCNICA Y PROFESIONAL CUANDO SE REQUIERA. ASIMISMO, “EL PROVEEDOR” PODRÁ CAMBIAR LOS TANQUES ESTACIONARIOS QUE CONSIDERE PERTINENTES, PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” EN EL QUE ACEPTE DICHA PROPUESTA, SIN QUE LA ENTREGA DE LOS TANQUES, SU INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO, GENERE UN COSTO ADICIONAL PARA “LA POLICÍA FEDERAL”.
r) EL ÁREA USUARIA QUE HARÁ LA RECEPCIÓN DE “EL SERVICIO” DEBERÁ INFORMAR A “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” SI DURANTE LA REALIZACIÓN DEL SUMINISTRO, EL PERSONAL DE “EL PROVEEDOR” NO REALIZÓ LA REVISIÓN DE LOS TANQUES Y LAS INSTALACIONES; SI EL PERSONAL NO SE PRESENTÓ UNIFORMADO A REALIZAR EL SUMINISTRO; SI NO COLOCÓ ANUNCIOS DE SEGURIDAD DURANTE LA OPERACIÓN DE LLENADO; SI EN EL LLENADO DE LOS TANQUES SE REBASÓ EL 90% DE SU CAPACIDAD; Y SI EL OPERADOR Y/O SU AYUDANTE ABANDONAN EL PROCESO DE LLENADO ANTES DE SU CONCLUSIÓN. DE PRESENTARSE ALGÚN INCUMPLIMIENTO EN LOS PUNTOS MENCIONADOS “EL PROVEEDOR”, SE HARÁ ACREEDOR A LAS DEDUCCIONES CORRESPONDIENTES.
EN CASO DE QUE EL ÁREA USUARIA NO REMITA INFORME A “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, SE CONSIDERARÁ QUE EL SUMINISTRO DE GAS L.P. SE REALIZÓ SIN DEFICIENCIAS, POR LO QUE PROCEDERÁ AL TRÁMITE DE PAGO.
XII.- CONDICIONES PARA LA VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL SERVICIO.
CON BASE EN LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 84 ÚLTIMO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO, LA VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE PARA LA RESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ A TRAVÉS DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, CONFORME A LO SIGUIENTE:
a. SE VERIFICARÁ QUE SE CUMPLA CON LAS CARACTERÍSTICAS REQUERIDAS EN EL ANEXO TÉCNICO, ASÍ COMO EN LO ESTIPULADO EN LA(S) JUNTA (S) DE ACLARACIÓN (ES) DE LA CONVOCATORIA Y LO OFERTADO EN LA PROPUESTA DEL LICITANTE ADJUDICADO.
b. LA VERIFICACIÓN DE “EL SERVICIO” SE LLEVARÁ A CABO POR EL ÁREA USUARIA QUIEN RECIBE EL SUMINISTRO, VALIDANDO LA NOTA DE CONSUMO EXPEDIDA POR “EL PROVEEDOR” QUE CONTENGA LOS REQUISITOS MENCIONADOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA.
c. “EL PROVEEDOR”, DEBERÁ SUJETARSE AL CONTROL DE VOLÚMENES ESTABLECIDOS POR “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” EN CADA SUMINISTRO, EN CASO DE EXISTIR DIFERENCIAS EN LA RECARGA DEL COMBUSTIBLE, “EL PROVEEDOR”, DEBERÁ SUMINISTRAR LAS DIFERENCIAS DE VOLUMEN ENCONTRADO EN UN PLAZO NO MAYOR DE
30 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA SOLICITUD POR ESCRITO POR PARTE DE “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”; PARA EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO SE RETENDRÁN LAS GESTIONES DE LAS FACTURAS POSTERIORES.
d. “EL PROVEEDOR”, DEBERÁ REALIZAR “EL SERVICIO” EN LOS DIVERSOS DOMICILIOS DE LOS INMUEBLES DE “LA POLICÍA FEDERAL”, UBICADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO Y EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA MEXICANA, PARA LO CUAL, “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO” PROPORCIONARÁ LA RELACIÓN DE LOS DOMICILIOS EN EL ACTO DE NOTIFICACIÓN DEL FALLO, LOS CUALES, PODRÁN CAMBIAR, AUMENTAR O DISMINUIR DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DE “LA POLICÍA FEDERAL” Y SE CONSIDERARÁ EL PRECIO MÍNIMO REPORTADO POR LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA (CRE) EN SU REPORTE MENSUAL DE PRECIOS OBSERVADOS AL PÚBLICO POR REGIÓN, DEBIENDO APLICAR EL DESCUENTO QUE OFREZCA EL “EL PROVEEDOR” EN SU PROPUESTA, DICHO DESCUENTO DEBERÁ SER FIJO DURANTE LA VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN.
e. “EL PROVEEDOR” PRESENTARÁ A “EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, EN PONIENTE 000 Xx 000 EDIFICIO “D” 2° PISO, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, LAS ORDENES O NOTAS DE CONSUMO DEBIDAMENTE VALIDADAS POR EL PERSONAL DE “EL PROVEEDOR” Y EL PERSONAL DESIGNADO PARA LA VERIFICACIÓN DE “EL SERVICIO”, DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES DE CADA MES PARA LA CONCILIACIÓN Y PAGO DEL MES INMEDIATO ANTERIOR.
XIII.- ANTICIPOS.
NO SE OTORGARÁ ANTICIPO.
XIV.- PAGO.
CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 51 DE LA LEY Y 89 PRIMER PÁRRAFO DE SU REGLAMENTO, EL PAGO QUE SE GENERE CON MOTIVO DE CADA UNA DE LAS SOLICITUDES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE REALIZARÁ A MES VENCIDO EN MONEDA NACIONAL, DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA ENTREGA DE LA FACTURACIÓN CORRESPONDIENTE, PREVIA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
EL PAGO SE EFECTUARÁ MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, A LA CUENTA BANCARIA DEL PROVEEDOR, SEÑALADA EN EL NUMERAL XXV, INCISO H DE LA PRESENTE CONVOCATORIA.
LAS FACTURAS DEBERÁN ENTREGARSE AL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO EN EL SIGUIENTE DOMICILIO:
DOMICILIO | ADMINISTRADOR DEL CONTRATO |
EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “D” 2° PISO, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO | DIRECTORA DE LOGÍSTICA DRA. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX 50 78 43 00 Ext. 25507 |
DE LUNES A VIERNES DE 9:00 A 17:00 HORAS Y DEBERÁN CONTENER, LOS REQUISITOS FISCALES QUE ORDENA EL ARTÍCULO 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN VIGENTE Y EMITIRSE A NOMBRE DE:
DENOMINACIÓN SOCIAL: | SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN ÓRGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO POLICÍA FEDERAL |
DOMICILIO FISCAL: | XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX Xx 0000, XXX. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX, XXXXXX XX XXXXXX, X.X. 00000 DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX. |
R.F.C: | SGO 130103 UJ4 |
LAS FACTURAS EMITIDAS POR EL PROVEEDOR DEBERÁN CONTENER:
FIRMA AUTOGRAFA Y SELLO CORRESPONDIENTE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
DEBERÁN ADJUNTAR ORIGINAL DE CONCENTRADO DE LAS NOTAS DE CONSUMO, DEBIDAMENTE FIRMADAS DONDE SE CONSTATE LA VERIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS.
EN CASO DE QUE LAS FACTURAS ENTREGADAS POR EL PROVEEDOR, PRESENTEN ERRORES O DEFICIENCIAS, EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, DENTRO DE LOS TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN, INDICARÁ POR ESCRITO AL PROVEEDOR LAS DEFICIENCIAS QUE DEBERÁ CORREGIR. EL PERIODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LAS CORRECCIONES, NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DE LA LEY Y 90 DEL REGLAMENTO.
EL PERÍODO PARA QUE EL LICITANTE ADJUDICADO REMITA LA(S) FACTURA(S) YA CORREGIDA(S) DE ACUERDO A LAS OBSERVACIONES QUE LE FUERON SEÑALADAS POR EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO NO DEBERÁ EXCEDER DE 10 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA DEVOLUCIÓN.
EL PAGO QUEDARÁ CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL PROVEEDOR DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXX CONVENCIONAL. EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO, NO PROCEDERÁ EL COBRO DE DICHA PENA, NI LA CONTABILIZACIÓN DE LA MISMA PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DEL REGLAMENTO.
XV.- IMPUESTOS Y DERECHOS
LOS IMPUESTOS Y DERECHOS LOCALES Y FEDERALES QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE INVITACIÓN, SERÁN CUBIERTOS POR EL PROVEEDOR LA CONVOCANTE ÚNICAMENTE PAGARÁ, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
XVI- GARANTÍA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR EN SU TOTALIDAD EL SERVICIO CONTRA VICIOS OCULTOS EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
XVII.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
CON FUNDAMENTO AL ARTÍCULO 48 DE LA LEY Y 85, FRACCIÓN III DEL REGLAMENTO, EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO DEBERÁ GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, MEDIANTE FIANZA EXPEDIDA POR INSTITUCIÓN AUTORIZADA LEGALMENTE PARA ELLO, POR EL IMPORTE DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO MÁXIMO DEL CONTRATO, QUE SE DERIVE, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, A FAVOR DE LA TESORERÍA
DE LA FEDERACIÓN, LA CUAL DEBERÁ ENTREGARSE EN LA SUBDIRECCIÓN DE CONTRATOS, SEGUIMIENTO Y CONTROL, DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, EN EL SIGUIENTE DOMICILIO:
ÁREA DE CONTRATOS | DOMICILIO | TELÉFONO |
SUBDIRECCIÓN DE CONTRATOS Y CONVENIOS DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES | PONIENTE 122 Nº 579, EDIFICIO D, SEGUNDO PISO, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, X.X. 00000, XX XX XXXXXX XX XXXXXX. | 50 78 43 00 Ext.25556 |
LA FIANZA DEBERÁ CONTENER LOS REQUISITOS Y REDACTARSE EN LA FORMA Y TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 103, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO, (FORMATO 10) DE ESTA CONVOCATORIA, CONFORME AL OFICIO 401-T-2930 DE LA TESORERIA DE LA FEDERACIÓN DE FECHA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010.
LA VIGENCIA DE LA FIANZA DEBERÁ QUEDAR ABIERTA PARA PERMITIR QUE CUMPLA SU OBJETIVO, DE TAL FORMA QUE NO PODRÁ ESTABLECERSE O ESTIPULARSE PLAZO ALGUNO QUE LIMITE SU VIGENCIA, LO CUAL NO DEBE CONFUNDIRSE CON EL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO Y ACTOS ADMINISTRATIVOS GARANTIZADOS.
EN CASO DE MODIFICACIONES AL CONTRATO, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR LA MODIFICACIÓN A LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 91 ÚLTIMO PÁRRAFO Y 103, FRACCIÓN II, DEL REGLAMENTO.
EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES, SERÁ DIVISIBLE DE CONFORMIDAD A LA FUNCIONALIDAD O UTILIDAD DE LOS BIENES Y/O PRESTACIÓN DEL SERVICIO QUE NOS OCUPA, EN VIRTUD DE QUE EL MISMO SERÁ REALIZADO EN FORMA PARCIAL DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, POR LO QUE SERÁ APLICABLE POR EL TOTAL DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS.
UNA VEZ CUMPLIDAS LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA CONVOCANTE, EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO RESPECTIVO PROCEDERÁ A EXTENDER LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES PARA QUE SE DÉ INICIO A LOS TRÁMITES PARA LA CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO CORRESPONDIENTE
XVIII.- GARANTÍA DEL ANTICIPO.
NO APLICA
XIX.- GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
EL PROVEEDOR SE HACE RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y/O PERJUICIOS QUE SE PUEDAN OCASIONAR HASTA POR LA TOTALIDAD DE LOS MISMOS, QUE SUS TRABAJADORES PUEDAN CAUSAR A BIENES, TRABAJADORES O INSTALACIONES DE LA INSTITUCIÓN. EN ESTA CASO SERÁ DE $1,500.000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) POR CADA EVENTO, SI LOS DAÑOS O PERJUICIOS EXCEDEN EL IMPORTE, EL PROVEEDOR ADJUDICADO SE HARÁ CARGO DE ELLOS.
LA CONVOCANTE SE LIBERA POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A PERSONAS O BIENES PROPIOS O DE TERCEROS, QUE SERÁN UTILIZADOS POR EL PROVEEDOR POR EL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO, OBJETO DEL PRESENTE ANEXO TÉCNICO
XX. RESPONSABILIDAD LABORAL.
QUEDA ESTRICTAMENTE ESTIPULADO QUE EL PERSONAL ENCARGADO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, ESTARÁ BAJO LA RESPONSABILIDAD DIRECTA DE EL PROVEEDOR Y POR TANTO, EN NINGÚN MOMENTO SE CONSIDERÁ A LA CONVOCANTE COMO PATRÓN SUSTITUTO, NI TAMPOCO AL PROVEEDOR COMO INTERMEDIARIO, POR LO QUE LA CONVOCANTE NO TENDRÁ RELACIÓN ALGUNA DE CARÁCTER LABORAL CON DICHO PERSONAL Y CONSECUENTEMENTE QUEDA LIBERADA DE CUALQUIER RESPOSABILIDAD DE LAS RECLAMACIONES QUE SE PUEDAN PRESENTAR EN CONTRA DE LA CONVOCANTE.
XXI.- PENA CONVENCIONAL.
SE APLICARÁ PENA CONVENCIONAL DEL 1% (UNO POR CIENTO) SOBRE EL VALOR DEL SERVICIO NO PRESTADO OPORTUNAMENTE SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO POR CADA HORA DE ATRASO RESPECTO A LA FECHA Y HORA DE CADA SERVICIO SOLICITADO MEDIANTE ESCRITO SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
LA ACUMULACIÓN DE DICHA PENA NO DEBERÁ EXCEDER DEL MONTO DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ANTES DE IVA. LO ANTERIOR SIN PERJUICIO DEL DERECHO DE QUE EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO PUEDA OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO O RESCINDIRLO. ELLO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 53 Y 54 DE LA LEY.
EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES SE RELIZARÁ DE MANERA ELECTRÓNICA A TRAVÉS DEL ESQUEMA ELECTRÓNICO DENOMINADO e5CINCO AUTORIZADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).
EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO NO PROCEDERÁ EL COBRO DE DICHA PENA, NI LA CONTABILIZACIÓN DE LA MISMA PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
XXII. DEDUCCIONES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 97 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE CONSIDERARÁN LAS SIGUIENTES CAUSAS SUJETAS A LA APLICACIÓN DE DEDUCCIONES:
CAUSA | PORCENTAJE A APLICAR | BASE DE CALCULO |
No suministrar la cantidad requerida de Gas L.P. en los diversos puntos de los inmuebles de la Secretaría | 1% Por cada 2 horas | Sobre el importe de cada litro no suministrado |
CAUSA | PORCENTAJE A APLICAR | BASE DE CALCULO |
No realizar la revisión de los tanques e instalaciones y no entregar el informe por escrito después de realizar el suministro | 1% | Sobre la facturación mensual |
Que el personal no se presente uniformado a realizar el suministro | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
No colocar anuncios de seguridad durante la operación de llenado | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
Si el operador y/o su ayudante abandonan el proceso de llenado antes de su conclusión | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
Si en el llenado de los tanques se rebasó el 90% de su capacidad | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
LA ACUMULACIÓN DE LA DEDUCTIVA, NO EXCEDERÁ DEL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, QUE SE DESCONTARÁ ADMINISTRATIVAMENTE DEL IMPORTE POR EL PAGO QUE SE REALICE, LO ANTERIOR SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE TIENE LA “INSTITUCIÓN” DE OPTAR ENTRE EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL O RESCINDIRLO.
XXIII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A TRAVÉS DE COMPRANET.
PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, SE DEBERÁ DE ATENDER A LO INDICADO EN EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE FECHA 28 XX XXXXX DE 2011.
XXIV. DECLARACIÓN DE INVITACIÓN DESIERTA, SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN. XXIV.1.- DECLARACIÓN DE INVITACIÓN DESIERTA.
LA INVITACIÓN SE DECLARARÁ DESIERTA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 38, PÁRRAFO PRIMERO DE LA LEY Y 58 DE SU REGLAMENTO CUANDO:
A. NO SE PRESENTEN PROPOSICIONES EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
B. LA TOTALIDAD DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS NO REÚNAN LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LA CONVOCATORIA, O
C. QUE LOS PRECIOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OFERTADO NO RESULTEN ACEPTABLES.
XXIV.2.- SUSPENSIÓN DE LA INVITACIÓN.
EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN SE PODRÁ SUSPENDER TEMPORALMENTE POR ACUERDO DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 70 DE LA LEY; EN ESTOS CASOS SE NOTIFICARÁ POR ESCRITO A TODOS LOS INVOLUCRADOS.
UNA VEZ QUE SE EMITA LA RESOLUCIÓN, LA CONVOCANTE NOTIFICARÁ POR ESCRITO A TODOS LOS LICITANTES LA RESOLUCIÓN Y LA CONTINUACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
XXIV.3.- CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN, PARTIDAS O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTA.
SE PODRÁ CANCELAR LA PRESENTE INVITACIÓN EN SUS PARTIDAS DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 38, PÁRRAFO CUARTO DE LA LEY, CUANDO:
A. EXISTAN CIRCUNSTANCIAS JUSTIFICADAS, QUE EXTINGAN LA NECESIDAD PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, QUE DE CONTINUARSE CON EL PROCEDIMIENTO, SE PUDIERA OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO A LA CONVOCANTE
B. POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
XXV.- TIPO DE CONTRATO Y DOCUMENTACIÓN PARA FORMALIZAR EL MISMO.
EL CONTRATO QUE SE ELABORARÁ SERÁ ABIERTO CONFORME A LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 47 DE LA LEY Y 85 DEL REGLAMENTO, LA PRESENTE CONVOCATORIA Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
EL MODELO DE CONTRATO CORRESPONDIENTE SE ANEXA EN LA PRESENTE CONVOCATORIA,
(FORMATO 11).
EN TÉRMINOS DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 47 DE LA LEY, LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN, EL CONTRATO Y SUS ANEXOS SON LOS INSTRUMENTOS QUE VÍNCULAN A LAS PARTES EN SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES. LAS ESTIPULACIONES QUE SE ESTABLEZCAN EN EL CONTRATO NO DEBERÁN MODIFICAR LAS CONDICIONES PREVISTAS EN LA CONVOCATORIA Y SUS JUNTAS DE ACLARACIONES; EN CASO DE DISCREPANCIA PREVALECERÁ LO ESTIPULADO EN ÉSTAS.
EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ PRESENTAR AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE DE LA EMISIÓN DEL FALLO, LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
LA FIRMA DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DE ESTA INVITACIÓN, SE LLEVARÁ A CABO EN EL SIGUIENTE DOMICILIO:
ÁREA | DOMICILIO | TELÉFONO |
SUBDIRECCIÓN DE CONTRATOS Y CONVENIOS DE LA DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES | PONIENTE 122 Nº 579, EDIFICIO D, XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX, X.X. 00000, XX XX XXXXXX XX XXXXXX. | 50 78 43 00 Ext.25561 |
DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA EMISIÓN DEL FALLO. CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 46 DE LA LEY.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35, DEL REGLAMENTO, PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, EL LICITANTE ADJUDICADO PRESENTARÁ PARA SU COTEJO ORIGINAL Y COPIA
CERTIFICADA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
I.- TRATÁNDOSE DE PERSONA MORAL, TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA EN LA QUE CONSTE QUE FUE CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS Y QUE TIENE SU DOMICILIO EN EL TERRITORIO NACIONAL, O
II.- TRATÁNDOSE DE PERSONA FÍSICA, COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO O, EN SU CASO, CARTA DE NATURALIZACIÓN RESPECTIVA, EXPEDIDA POR AUTORIDAD COMPETENTE, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITE TENER SU DOMICILIO LEGAL EN EL TERRITORIO NACIONAL.
ADEMÁS, EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ PRESENTAR INVARIABLEMENTE EN ORIGINAL PARA COTEJO Y COPIA SIMPLE PARA ARCHIVO, LOS DOCUMENTOS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN, CON EL OBJETO DE FORMALIZAR EL CONTRATO:
A. CÉDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL (REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES).
B. ACTA CONSTITUTIVA Y EN SU CASO, MODIFICACIONES, OTORGADAS ANTE NOTARIO O FEDATARIO PÚBLICO, AMBAS INSCRITAS EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO.
C. PODER OTORGADO ANTE NOTARIO O FEDATARIO PÚBLICO EN EL QUE SE FACULTE AL REPRESENTANTE LEGAL PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, ASÍ COMO LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE EL REGISTRO PÚBLICO, EN CASO APLICABLE.
D. COMPROBANTE DE DOMICILIO A NOMBRE DEL PROVEEDOR CON UNA ANTIGÜEDAD MÁXIMA DE DOS MESES.
E. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DE LA PERSONA FACULTADA PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO.
F. PARA LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 32-D, PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y ÚLTIMO PÁRRAFOS DEL CFF, CUANDO LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, CENTRALIZADA Y PARAESTATAL, LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO LAS ENTIDADES FEDERATIVAS VAYAN A REALIZAR CONTRATACIONES POR ADQUISICIÓN DE BIENES, ARRENDAMIENTO, PRESTACIÓN DE SERVICIOS U OBRA PÚBLICA, CON CARGO TOTAL O PARCIAL A FONDOS FEDERALES, CUYO MONTO EXCEDA DE $300,000.00 (TRECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) SIN INCLUIR EL IVA, DEBERÁN EXIGIR DE LOS CONTRIBUYENTES CON QUIENES SE VAYA A CELEBRAR EL CONTRATO Y DE LOS QUE ESTOS ÚLTIMOS SUBCONTRATEN, LES PRESENTEN DOCUMENTO VIGENTE EXPEDIDO POR EL SAT, EN EL QUE SE EMITA LA OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN SENTIDO POSITIVO O BIEN, GENERARLO A TRAVÉS DE LA APLICACIÓN EN LÍNEA QUE PARA ESTOS EFECTOS PROPORCIONE EL SAT, SIEMPRE Y CUANDO FIRME EL ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD CON EL SAT. EN TERMINOS DE LO DISPUESTO EN LA REGLA 2.1.31 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2019.
EN CASO DE QUE LOS CONTRIBUYENTES CON QUIENES SE VAYA A CELEBRAR EL CONTRATO Y LOS QUE ESTOS ÚLTIMOS SUBCONTRATEN, TRAMITEN POR SU CUENTA LA OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES, LO HARAN EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA REGLA 2.1.39.
G. LA OPINIÓN POSITIVA VIGENTE DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN
MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EMITIDA POR EL IMSS DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO SA1.HCT.101214/281.P.DIR.
H. ESTADO DE CUENTA BANCARIO DEL PROVEEDOR CON UNA ANTIGÜEDAD MÁXIMA DE DOS MESES, EN EL CUAL CONSTE EL NÚMERO DE CUENTA Y LA CLABE INTERBANCARIA AL CUAL SE LE DEBERÁ REALIZAR LA TRANSFERENCIA ELETRÓNICA POR CONCEPTO DE PAGO.
CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 107 DEL REGLAMENTO DE LA LEY, EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO SE OBLIGA, CON MOTIVO DE LAS AUDITORIAS, VISITAS O INSPECCIONES QUE PRACTIQUEN TANTO LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA COMO EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL, A PROPORCIONAR INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL CONTRATO QUE SE DERIVE DE ESTE PROCEDIMIENTO.
XXVI. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE CONSIDERAN EN LOS CONTRATOS. XXVI.1.- MODIFICACIÓN AL CONTRATO.
EL CONTRATO, QUE SE DERIVE DE ESTA INVITACIÓN, ESTANDO VIGENTE, SÓLO SE PODRÁ MODIFICAR CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY.
CUANDO SE CONVENGA EL INCREMENTO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR LA MODIFICACIÓN RESPECTIVA DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 91 DEL REGLAMENTO.
XXVI.2.- SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO QUE NO SE PRESENTE A FIRMAR EL CONTRATO, POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, SERÁ SANCIONADO POR LA SFP, EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN I ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LA LEY. EN ESTE CASO, LA CONVOCANTE, SIN NECESIDAD DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO,
XXVI.3.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN LOS ARTÍCULOS 54 DE LA LEY Y 98 DEL REGLAMENTO, LA CONVOCANTE PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO QUE SE DERIVE DE ESTA INVITACIÓN POR LAS SIGUIENTES CAUSAS.
EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL PROVEEDOR, PACTADAS EN EL CONTRATO.
POR NO ENTREGAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL MISMO.
CUANDO SE ALCANCE EL LÍMITE MÁXIMO POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES EN EL CONTRATO RESPECTIVO.
EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO NO PROCEDERÁ EL COBRO DE PENALIZACIONES, NI LA CONTABILIZACIÓN DE LAS MISMAS PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, CUANDO ESTAS CAUSAS SEAN EL MOTIVO DE LA RESCISIÓN.
EN CASO DE RESCISIÓN, LA APLICACIÓN DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
XXVI. 4.- RESTRICCIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 46, ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL CONTRATO NO PODRÁN CEDERSE EN FORMA PARCIAL NI TOTAL A FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE LA CONVOCANTE.
PARA EL CASO DEL QUE EL LICITANTE ADJUDICADO OPTE POR LA CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO A TRAVÉS DEL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C, INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE FEBRERO DE 2007 Y EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE NACIONAL FINANCIERA S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO Y LA POLICÍA FEDERAL EL 00 XX XXXXX XX 0000, XX XXXXXXXXXX MANIFIESTA SU CONSENTIMIENTO AL LICITANTE PARA QUE CEDA SUS DERECHOS DE COBRO A FAVOR DE UN INTERMEDIARIO FINANCIERO MEDIANTE OPERACIONES DE FACTORAJE O DESCUENTO ELECTRÓNICO EN CADENAS PRODUCTIVAS, EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 10 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA X.X.X.XX INCORPORA LA INFORMACIÓN RELATIVA AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS Y LOS LICITANTES PODRÁN APEGARSE AL (FORMATO 12) RELATIVO A LA SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS.
XXVI.5.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
SE PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO, CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 54 BIS DE LA LEY EN CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES CASOS:
I. CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL.
II. CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONE ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A LA CONVOCANTE.O
III. SE DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD EMITIDA POR LA SFP.
EN CASO DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA SE APLICARÁ EN EL ARTÍCULO 102 DEL REGLAMENTO.
XXVI.6.- SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 55 BIS, DE LA LEY CUANDO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE PRESENTE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, LA CONVOCANTE PODRÁ SUSPENDER LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EN CUYO CASO ÚNICAMENTE SE PAGARÁN AQUELLOS QUE HUBIEREN SIDO EFECTIVAMENTE PRESTADOS.
XXVII.- NULIDAD DE LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS.
LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS QUE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES REALICEN O CELEBREN EN CONTRAVENCIÓN A LO DISPUESTO POR ESTA LEY, SERÁN NULOS PREVIA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, DE CONFORMIDAD A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY.
XXVIII.- CONTROVERSIAS.
CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 85 DE LA LEY, LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CON MOTIVO DE LA INTERPRETACIÓN, CUMPLIMIENTO O APLICACIÓN DE LA LEY, SU REGLAMENTO Y DEL CONTRATO QUE SE DERIVE DE LA PRESENTE INVITACIÓN, SERÁN RESUELTAS POR LOS TRIBUNALES FEDERALES CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN TÉRMINOS DE LAS LEYES Y CÓDIGOS APLICABLES EN LA MATERIA.
EN EL SUPUESTO DE QUE SE SUSCITE ALGUNA CONTROVERSIA RELACIONADA CON LA INFORMACIÓN ENVIADA A TRAVÉS DE COMPRANET, LA AUTORIDAD COMPETENTE PODRÁ SOLICITAR A LA SFP, EXHIBA LOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS QUE OBRAN EN COMPRANET, ASÍ COMO LA IMPRESIÓN DE ÉSTOS DEBIDAMENTE CERTIFICADOS, A EFECTO DE DESAHOGAR LAS PRUEBAS A QUE HAYA LUGAR, CONFORME A LAS DISPOSICIONES ADJETIVAS QUE RESULTEN APLICABLES.
XXIX. ACTOS DE LA INVITACIÓN
LOS ACTOS DE LA PRESENTE INVITACIÓN, SE DESARROLLARÁN EN LAS INSTALACIONES DE LA CONVOCANTE, SITO EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A LOS QUE PODRÁN ASISTIR LOS LICITANTES.
PODRÁN ASISTIR A LOS ACTOS DE LA PRESENTE INVITACIÓN, CUALQUIER PERSONA FÍSICA O MORAL, EN CALIDAD DE OBSERVADOR, BAJO LA CONDICIÓN DE REGISTRAR SU ASISTENCIA Y ABSTENERSE DE INTERVENIR EN CUALQUIER FORMA EN LOS MISMOS, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 26 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY.
XXX.- VISITA A LAS INSTALACIONES DE LA CONVOCANTE.
NO APLICA.
XXXI.- VISITA A LAS INSTALACIONES DEL LICITANTE.
NO APLICA.
XXXII.- JUNTA DE ACLARACIONES DE LA CONVOCATORIA.
CONFORME A LO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 33, 33 BIS DE LA LEY, 45 Y 46 DEL REGLAMENTO LA JUNTA DE ACLARACIONES SE LLEVARA A CABO DE LA SIGUIENTE FORMA:
LA ASISTENCIA A LA JUNTA DE ACLARACIONES ES OPTATIVA.
LAS PERSONAS QUE PRETENDAN FORMULAR SOLICITUDES DE ACLARACION A LOS ASPECTOS
CONTENIDOS EN LA CONVOCATORIA, DEBERÁN PRESENTAR JUNTO CON SUS CUESTIONAMIENTOS, UN ESCRITO, EN EL QUE EXPRESEN SU INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA INVITACIÓN, POR SÍ O EN REPRESENTACIÓN DE UN TERCERO, MANIFESTANDO EN TODOS LOS CASOS LOS DATOS GENERALES DEL INTERESADO Y, EN SU CASO, DEL REPRESENTANTE, CONFORME AL ARTICULO 48 FRACCIÓN V DEL REGLAMENTO. CUANDO EL ESCRITO SE PRESENTE FUERA DEL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LEY O AL INICIO DE LA JUNTA DE ACLARACIONES, EL LICITANTE SÓLO TENDRÁ DERECHO A FORMULAR PREGUNTAS SOBRE LAS RESPUESTAS QUE DÉ LA CONVOCANTE EN LA MENCIONADA JUNTA.
SI EL ESCRITO SEÑALADO NO SE PRESENTA, SE PERMITIRÁ EL ACCESO A LA JUNTA DE ACLARACIONES A LA PERSONA QUE LO SOLICITE, EN CALIDAD DE OBSERVADOR EN TÉRMINOS DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 26 DE LA LEY.
LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN DEBERÁN PLANTEARSE DE MANERA CONCISA Y ESTAR DIRECTAMENTE VINCULADAS CON LOS PUNTOS CONTENIDOS EN LA CONVOCATORIA A LA INVITACIÓN, INDICANDO EL NUMERAL O PUNTO ESPECÍFICO CON EL CUAL SE RELACIONA. LAS SOLICITUDES QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS SEÑALADOS, PODRÁN SER DESECHADAS POR LA CONVOCANTE.
LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN, A ELECCIÓN DEL LICITANTE PODRÁN ENVIARSE A TRAVÉS DE COMPRANET O ENTREGARLAS PERSONALMENTE EN EL DOMICILIO DEL AREA CONTRATANTE, A MAS TARDAR 24 HORAS ANTES DE LA FECHA Y HORA EN QUE TENGA VERIFICATIVO LA PRIMERA JUNTA DE ACLARACIONES. SI LA CONVOCANTE NO RECIBE LAS PREGUNTAS O SOLICITUDES DE ACLARACIÓN A LA CONVOCATORIA EN EL TIEMPO ESTABLECIDO, NO SE DARÁ RESPUESTA A LAS MISMAS DURANTE LA JUNTA DE ACLARACIONES.
LA SOLICITUD DE ACLARACIÓN SE ACOMPAÑARA DE UNA VERSIÓN ELECTRÓNICA DE LA MISMA QUE PERMITA A LA CONVOCANTE SU CLASIFICACIÓN E INTEGRACIÓN POR TEMAS PARA FACILITAR SU RESPUESTA EN LA JUNTA DE ACLARACIONES RESPECTIVA. CUANDO LA VERSIÓN ELECTRÓNICA ESTÉ CONTENIDA EN UN MEDIO FÍSICO, ÉSTE LE SERÁ DEVUELTO AL LICITANTE EN LA JUNTA DE ACLARACIONES RESPECTIVA.
LA CONVOCANTE TOMARÁ COMO HORA DE RECEPCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN DEL LICITANTE, LA QUE INDIQUE EL SELLO DE RECEPCIÓN DEL ÁREA CONTRATANTE Y, TRATÁNDOSE DE LAS SOLICITUDES QUE SE HAGAN LLEGAR A LA CONVOCANTE A TRAVÉS DE COMPRANET, LA HORA QUE REGISTRE ESTE SISTEMA AL MOMENTO DE SU ENVÍO.
EL ACTO DE JUNTA DE ACLARACIONES, SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 02 XX XXXXX DE 2019, A LAS 10:00 HORAS, EN LAS INSTALACIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, SITO EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
EL ACTO SERÁ PRESIDIDO POR EL SERVIDOR PÚBLICO DESIGNADO POR LA CONVOCANTE, QUIÉN DEBERÁ SER ASISTIDO POR UN REPRESENTANTE DEL ÁREA TÉCNICA Y/O REQUIRENTE PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN, A FIN DE QUE SE RESUELVAN EN FORMA CLARA Y PRECISA LAS DUDAS Y PLANTEAMIENTOS DE LOS LICITANTES RELACIONADOS CON LOS ASPECTOS CONTENIDOS EN LA CONVOCATORIA.
UNA VEZ QUE LA CONVOCANTE TERMINE DE DAR RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN, LOS LICITANTES PODRAN FORMULAR LAS PREGUNTAS QUE ESTIMEN PERTINENTES EN RELACIÓN CON LAS RESPUESTAS RECIBIDAS.
DE CADA JUNTA DE ACLARACIONES SE LEVANTARÁ ACTA EN LA QUE SE HARÁN CONSTAR LOS CUESTIONAMIENTOS FORMULADOS POR LOS INTERESADOS Y LAS RESPUESTAS DE LA CONVOCANTE. EN EL ACTA CORRESPONDIENTE A LA ÚLTIMA JUNTA DE ACLARACIONES SE INDICARÁ EXPRESAMENTE ESTA CIRCUNSTANCIA.
LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN QUE SEAN RECIBIDAS CON POSTERIORIDAD AL PLAZO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LEY, NO SERÁN CONTESTADAS POR LA CONVOCANTE POR RESULTAR EXTEMPORÁNEAS, SALVO LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 46 FRACCIÓN VI DEL REGLAMENTO.
CUALQUIER MODIFICACIÓN A LA CONVOCATORIA DE LA PRESENTE INVITACIÓN, INCLUYENDO LAS QUE RESULTEN DE LA O LAS JUNTAS DE ACLARACIONES, FORMARÁ PARTE DE LA CONVOCATORIA Y DEBERÁ SER CONSIDERADA POR LOS LICITANTES EN LA ELABORACIÓN DE SU PROPOSICIÓN.
XXXIII.- ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 35 DE LA LEY, 47 Y 48 DEL REGLAMENTO AL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES SE LLEVARA A CABO DE LA SIGUIENTE FORMA:
ESTE ACTO SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 05 XX XXXXX DE 2019, A LAS 11:00 HORAS, EN LAS INSTALACIONES DE LA POLICÍA FEDERAL, SITO EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EL QUE SE INICIARÁ CON LA PARTICIPACIÓN DE LOS LICITANTES PRESENTES, A PARTIR DE LA HORA SEÑALADA PARA EL INICIO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES FUERA DE LA HORA ESTABLECIDA LA CONVOCANTE NO PERMITIRÁ EL ACCESO A NINGÚN LICITANTE NI OBSERVADOR, REGISTRANDO A LOS ASISTENTES, ELLO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 47 DEL REGLAMENTO.
LOS LICITANTES SOLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN PARA ESTA INVITACIÓN.
LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS EN LA FECHA, HORA Y LUGAR ESTABLECIDOS, NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO POR LOS LICITANTES, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 26 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY Y 39 FRACCIÓN III, INCISO D DEL REGLAMENTO.
LOS LICITANTES ENTREGARÁN EN SOBRE CERRADO SUS PROPOSICIONES JUNTO CON LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS PROPUESTAS, CON LOS FORMATOS “1” Y “4” QUE SERVIRÁ COMO CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA A QUIEN PRESIDA EL ACTO, POSTERIORMENTE SE VERIFICARÁ LAS QUE SE HAYAN RECIBIDO VÍA ELECTRÓNICA. CONCLUIDO LO ANTERIOR, LA APERTURA DE LAS PROPOSICIONES INICIARÁ CON LAS QUE FUERON RECIBIDAS DE MANERA PRESENCIAL Y POSTERIORMENTE CON LAS ENVIADAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO LA FALTA DE IDENTIFICACIÓN O DE ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA QUE SOLAMENTE ENTREGUE LA PROPOSICIÓN, PERO ÉSTA SÓLO PODRÁ PARTICIPAR DURANTE EL DESARROLLO DEL ACTO CON EL CARÁCTER DE
OBSERVADOR.
SE PROCEDERÁ A LA APERTURA DEL SOBRE QUE CONTENGA LAS PROPOSICIONES DE LOS LICITANTES, HACIÉNDOSE CONSTAR LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE EL ANALISIS DE SU CONTENIDO. PARA EL EFECTO SE ENTREGARA AL LICITANTE EL (LOS) ACUSE(S) DE LA DOCUMENTACIÓN QUE ENTREGUE EN DICHO ACTO.
SE LEVANTARÁ ACTA QUE SERVIRÁ DE CONSTANCIA DE LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES, EN LA QUE SE HARÁ CONSTAR EL IMPORTE DE CADA UNA DE ELLAS. SE SEÑALARÁ LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA INVITACIÓN.
EN EL SUPUESTO DE QUE DURANTE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, POR CAUSAS AJENAS A LA VOLUNTAD DE LA CONVOCANTE, NO SEA POSIBLE ABRIR LOS SOBRES QUE CONTENGAN LAS PROPOSICIONES ENVIADAS POR COMPRANET, EL ACTO SE REANUDARÁ A PARTIR DE QUE SE REESTABLEZCAN LAS CONDICIONES QUE HAGAN POSIBLE LA APERTURA DE LOS SOBRES.
LA SFP, PODRÁ VERIFICAR EN CUALQUIER MOMENTO QUE, DURANTE EL LAPSO DE INTERRUPCIÓN, NO SE HAYA SUSCITADO ALGUNA MODIFICACIÓN A LAS PROPOSICIONES QUE OBREN EN SU PODER.
EN EL ACTA QUE SE LEVANTE DEL ACTO, SE IDENTIFICARÁN LAS PROPOSICIONES QUE EN SU CASO, SE HAYAN PRESENTADO POR COMPRANET.
DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 56 QUINTO PÁRRAFO DE LA LEY, LA CONVOCANTE CONSERVARÁ TODA LA DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN ELECTRÓNICA COMPROBATORIA DE LOS ACTOS CUANDO MENOS POR UN LAPSO DE TRES AÑOS, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU RECEPCIÓN.
LAS PROPOSICIONES DESECHADAS PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, CONFORME AL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 56 DE LA LEY Y 104 DEL REGLAMENTO.
XXXIV.- FALLO.
CONFORME A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 37 DE LA LEY, EL ACTO DE FALLO SE LLEVARÁ A CABO DE LA SIGUIENTE FORMA:
EL FALLO DE LA PRESENTE INVITACIÓN SE DARÁ A CONOCER EN JUNTA PÚBLICA, QUE SE LLEVARÁ A CABO EL DÍA 00 XX XXXXX XX 0000, X XXX 11:00 HORAS, EN PONIENTE 122 N° 579 EDIFICIO “F” PLANTA BAJA, COLONIA INDUSTRIAL XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL AZCAPOTZALCO, C.P. 02300, EN LA CIUDAD DE MÉXICO. SE LEVANTARÁ ACTA DEL MISMO, EN LA QUE SE HARÁ CONSTAR EL ANÁLISIS DE LAS PROPOSICIONES ADMITIDAS, EL LICITANTE A QUIEN SE ADJUDIQUE EL CONTRATO Y LAS PROPOSICIONES QUE FUERON DESECHADAS.
EL PLAZO PARA LA EMISIÓN DEL FALLO PODRÁ DIFERIRSE, SIEMPRE Y CUANDO NO EXCEDA DE
20 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE DE
CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 35 FRACCIÓN III DE LA LEY.
XXXV.- ACTAS DE LOS ACTOS Y SU NOTIFICACIÓN.
LAS ACTAS DE LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES, DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES, Y DEL FALLO DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN, SERÁN RUBRICADAS Y FIRMADAS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE ASISTIERON EN LOS ACTOS, ASÍ COMO POR LOS LICITANTES ASISTENTES, A QUIENES SE ENTREGARÁ LA COPIA CORRESPONDIENTE. LA FALTA DE FIRMA DE ALGÚN LICITANTE NO INVALIDARÁ SU CONTENIDO Y EFECTOS. DE LAS CUALES SE PODRÁ ENTREGAR UNA COPIA A DICHOS ASISTENTES, Y AL FINALIZAR CADA ACTO SE FIJARÁ UN EJEMPLAR DEL ACTA CORRESPONDIENTE EN UN LUGAR VISIBLE, AL QUE TENGA ACCESO EL PÚBLICO, EN EL DOMICILIO DEL ÁREA RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, POR UN TÉRMINO NO MENOR DE CINCO DÍAS HÁBILES. EL TITULAR DE LA CITADA ÁREA DEJARÁ CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE DE LA INVITACIÓN, DE LA FECHA, HORA Y LUGAR EN QUE SE HAYAN FIJADO LAS ACTAS O EL AVISO DE REFERENCIA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 37 BIS DE LA LEY.
LAS ACTAS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN ESTARÁN PARA SU CONSULTA EN
COMPRANET EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, A MÁS TARDAR AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE A SU EMISIÓN.
LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PRESENTADO SUS PROPUESTAS POR COMPRANET, ACEPTARÁN QUE SE TENDRÁN POR NOTIFICADOS DE LAS ACTAS QUE SE LEVANTEN, CUANDO ÉSTAS SE ENCUENTREN A SU DISPOSICIÓN A TRAVÉS DE COMPRANET, A MÁS TARDAR EL DÍA HÁBIL SIGUIENTE DE QUE SE CELEBRE CADA ACTO, SIN MENOSCABO DE QUE PUEDAN ACUDIR A RECOGER LAS ACTAS AL DOMICILIO DE LA CONVOCANTE.
ANEXO TÉCNICO
“LA POLICÍA FEDERAL” REQUIERE DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS LP PARA DIFERENTES INMUEBLES UBICADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO E INTERIOR DE LA REPÚBLICA MEXICANA, CONSISTENTE EN:
1.1 DESCRIPCIÓN “EL SERVICIO”
EL SUMINISTRO DE GAS L.P. SE REALIZARÁ EN LOS TANQUES INSTALADOS EN LOS INMUEBLES DE “LA POLICÍA FEDERAL”, UBICADOS EN EL CIUDAD DE MÉXICO E INTERIOR DE LA REPÚBLICA, ASÍ COMO EN AQUELLAS UBICACIONES EN LAS QUE SE REQUIERA DE “EL SERVICIO”.
1. PROGRAMA DE TRABAJO.
“EL PROVEEDOR” REALIZARÁ DE MANERA MENSUAL EN COORDINACIÓN CON PERSONAL RESPONSABLE DESIGNADO POR “LA POLICÍA FEDERAL”, UN RECORRIDO DE INSPECCIÓN PARA VERIFICAR QUE LAS CONDICIONES DE LOS EQUIPOS Y TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO INSTALADO SE ENCUENTREN EN PERFECTO ESTADO, SIN COSTO ALGUNO PARA “LA POLICÍA FEDERAL”, ASÍ COMO PARA LA TOMA DE LECTURA DEL VOLUMEN EXISTENTE.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ OFRECER DENTRO DE SU PROPUESTA ECONÓMICA Y PARA TODA LA VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN EL PRECIO MÁS BAJO QUE PUBLIQUE O QUE SE DÉ A CONOCER MENSUALMENTE POR LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA Y ADICIONALMENTE DEBERÁ APLICAR EL DESCUENTO FIJO ANTES DE I.V.A. EN LA FACTURACIÓN.
2. NORMAS
NOM-007-SESH-2010, “VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS L.P.- CONDICIONES DE SEGURIDAD, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO”.
NOM-001-SESH-2014, “PLANTAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS L.P. DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y CONDICIONES SEGURAS EN SU OPERACIÓN”.
FORMATO 1
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
LISTADO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOSQUE DEBE CONTENER LA PROPUESTA TÉCNICA
INCISO | REQUISITOS DE ACUERDO AL NUMERAL IV.1.1 PROPUESTA TÉCNICA | PRESENTA | NO PRESENTA |
A | DESCRIPCIÓN DETALLADA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO A OFERTAR INDICANDO LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, SEÑALANDO: LAS PARTIDAS, PRECIO, PORCENTAJE DE DESCUENTO, ADEMÁS DE CUBRIR LOS REQUISITOS Y CONDICIONES QUE SE INDICAN EN SU TOTALIDAD EN EL ANEXO TÉCNICO. |
INCISO | REQUISITOS DE ACUERDO AL NUMERAL IV.1.1 PROPUESTA TÉCNICA | PRESENTA | NO PRESENTA |
B | ESCRITO DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE QUE ASUMIRÁ LA RESPONSABILIDAD TOTAL EN CASO DE QUE AL PROPORCIONAR LOS SERVICIOS, SE INFRINJA EN PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, EXIMIENDO A LA CONVOCANTE DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD. (FORMATO 2). | ||
C | ESCRITO EN EL QUE MANIFIESTE QUE LOS SERVICIOS OFERTADOS CUMPLEN CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES, INDICADAS EN EL NUMERAL 3 DEL ANEXO TÉCNICO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, SEÑALANDO EL NÚMERO Y LA DENOMINACIÓN DE LAS MISMAS, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 53 Y 54 DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN; 31 Y 39 FRACCIÒN II INCISO D) DEL REGLAMENTO. | ||
D | ESCRITO DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OFERTADO CUENTAN CON LA GARANTÍA SEÑALADA EN NUMERAL XVI DE LA PRESENTE CONVOCATORIA. | ||
E | EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA, COPIA SIMPLE DEL PERMISO DE DISTRIBUCIÓN OTORGADO POR LA SECRETARÍA DE ENERGÍA. | ||
F | EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR COPIA SIMPLE DEL DICTAMEN DE VERIFICACIÓN DE LA UNIDAD ACREDITADA Y APROBADA EN MATERIA DE GAS L.P., CORRESPONDIENTE DETERMINANDO EL CUMPLIMIENTO CON LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS APLICABLES DE TODOS Y CADA UNO DE LOS VEHÍCULOS QUE SE UTILIZARÁN PARA EL SUMINISTRO. | ||
G | “EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR CARTA COMPROMISO FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL O POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO, EN LA QUE MANIFIESTE QUE DE RESULTAR ADJUDICADO GARANTIZARÁ QUE “EL SERVICIO” SERÁ PROPORCIONADO CONFORME A LO SOLICITADO EN LA CONVOCATORIA. | ||
IV.1.2 PROPUESTA ECONÓMICA |
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 2
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
POLICÍA FEDERAL PRESENTE.
C. , MANIFIESTO, QUE ASUMIRÉ LA RESPONSABILIDAD TOTAL EN CASO DE QUE AL PROPORCIONAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE INFRINJA EN PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, EXIMIENDO A LA CONVOCANTE DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 3
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
.
POLICÍA FEDERAL PRESENTE.
PARTIDAS.
PRECIO DE GAS L.P. | $ |
IMPORTE DEL DESCUENTO | $ |
TOTAL | $ |
I.V.A. | $ |
PRECIO FINAL | $ |
(IMPORTE TOTAL DE LA PROPUESTA CON NÚMERO Y LETRA)
LA INDICACIÓN DE QUE LA VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN SERÁ POR EL EJERCICIO FISCAL 2019 Y
QUE LOS PRECIOS OFERTADOS SERÁN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, ASÍ COMO SU CONFORMIDAD A LAS CONDICIONES DE PAGO ESTABLECIDAS EN ESTA CONVOCATORIA.
ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS POR LA QUE PARTICIPA, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 4
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
LISTADO DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS
QUE DEBE CONTENER LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA
INCISO | REQUISITOS DE ACUERDO AL NUMERAL VI DE LA CONVOCATORIA | PRESENT A | NO PRESENTA |
A | COPIA DEL OFICIO DE INVITACIÓN PARA PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO. | ||
B | ACREDITAMIENTO DE EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURIDICA. LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN POR SI MISMOS O A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE, DEBERÁN ACREDITAR SU PERSONALIDAD, MANIFESTANDO EN UN ESCRITO “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”. QUE CUENTAN CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SÍ O POR SU REPRESENTADA, MISMO QUE DEBERÁ CONTENER LO SIGUIENTE: DEL LICITANTE: REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, NOMBRE Y DOMICILIO, ASÍ COMO, EN SU CASO, DE SU APODERADO O REPRESENTANTE. TRATÁNDOSE DE PERSONAS XXXXXXX, ADEMÁS SE SEÑALARÁ LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA, IDENTIFICANDO LOS DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS, ASÍ COMO LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO Y, DE HABERLAS, SUS REFORMAS Y MODIFICACIONES, CON LAS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA LEGAL DE LAS PERSONAS |
XXXXXXX, EL NOMBRE DE LOS SOCIOS, LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITE TENER SU DOMICILIO LEGAL EN EL TERRITORIO NACIONAL. Y DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITANTE: DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS EN LAS QUE LE FUERON OTORGADAS LAS FACULTADES PARA SUSCRIBIR LAS PROPUESTAS. TRATÁNDOSE DE PERSONA FÍSICA, COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO O, EN SU CASO, CARTA DE NATURALIZACIÓN RESPECTIVA, EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN CON LA QUE ACREDITE TENER SU DOMICILIO LEGAL EN EL TERRITORIO NACIONAL. | |||
C | ESCRITO DEL LICITANTE, EN EL QUE MANIFIESTE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EMPRESA CONSTITUIDA BAJO LAS LEYES MEXICANAS, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 35 PÁRRAFO PRIMERO DEL REGLAMENTO. | ||
D | EL LICITANTE DEBERÁ PROPORCIONAR POR ESCRITO SU CORREO ELECTRÓNICO EN CASO DE CONTAR CON EL MISMO. (LA NO PRESENTACIÓN DE ESTE DOCUMENTO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO). | ||
E | MANIFIESTO DE NO EXISTIR IMPEDIMENTO PARA PARTICIPAR. DECLARACIÓN ESCRITA DEL LICITANTE EN EL QUE MANIFIESTE “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD”, QUE: NI EL SUSCRITO, Y LOS SOCIOS INTEGRANTES DEL LICITANTE QUE REPRESENTA, SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 49, FRACCIÓN IX, 59, 65 AL 72 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60, PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY. (FORMATO 6). | ||
F | ESCRITO DEL LICITANTE, EN DONDE MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD, DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN IX DE LA LEY Y 39 FRACCIÓN VI, INCISO F) DEL REGLAMENTO (FORMATO 7). | ||
G | EN SU CASO, EL LICITANTE DEBERÁ PRESENTAR: COPIA DEL DOCUMENTO EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE DETERMINE SU ESTRATIFICACIÓN COMO MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, O BIEN, UN ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON ESE CARÁCTER, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO. PUEDE PRESENTARSE EN FORMATO LIBRE O CONFORME AL (FORMATO 8), EN CASO DE NO PRESENTARSE DENTRO DE DICHA ESTRATIFICACIÓN BASTARÁ CON SEÑALARLO POR ESCRITO. | ||
H | COPIA SIMPLE POR AMBOS LADOS DE SU IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE CON FOTOGRAFÍA DEL LICITANTE, TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS Y, EN EL CASO DE PERSONAS XXXXXXX, DE LA PERSONA QUE FIRME LA PROPOSICIÓN, POR LO TANTO DEBERÁ COINCIDIR LA FIRMA QUE PRESENTE EN SU IDENTIFICACIÓN CON LA FIRMA DE LA PERSONA QUIEN FIRME LA PROPUESTA. | ||
I | NOTA INFORMATIVA DE LA OCDE. ESCRITO DEL LICITANTE, EN EL QUE MANIFIESTE QUE HA LEÍDO Y TIENE CONOCIMIENTO DE LA NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO Y FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES NACIONALES. EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO. (FORMATO 9). | ||
J | DEBERÁ PRESENTAR EL DOCUMENTO VIGENTE EXPEDIDO POR EL SAT, EN EL QUE SE EMITA LA OPINIÓN POSITIVA DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES AL QUE SE REFIERE LA REGLA 2.1.31 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA EL 2019. (EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO). |
K | DEBERÁ PRESENTAR LA OPINIÓN POSITIVA VIGENTE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL EMITIDA POR EL IMSS DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO ACDO. SA1.HCT.101214/281.P.DIR. (EL NO PRESENTARLO NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO). | ||
L | CONSTANCIA DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE DESCUENTOS A TRAVÉS DEL DOCUMENTO EMITIDO POR EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), CONFORME LO ESTABLECE LA RESOLUCIÓN RCA-5789-01/17 Y SU ANEXO ÚNICO, RELATIVO A LAS REGLAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE AMORTIZACIONES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 XX XXXXX DE 2017. EL NO PRESENTARLO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO. (DOCUMENTO OBLIGATORIO PARA EL PROVEEDOR ADJUDICADO), EN EL CASO DE PROPOSICIÓN CONJUNTA, ESTE FORMATO SE PRESENTARÁ POR CADA PARTICIPANTE. | ||
M | LOS LICITANTES DEBERÁN MANIFESTAR POR ESCRITO, SI PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SE REQUIERE EL USO INTENSIVO DE MANO DE OBRA, Y ESTA IMPLIQUE UN COSTO SUPERIOR AL 30% DEL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, DE RESULTAR ADJUDICADO DEBERÁ ACREDITAR LA REALIZACIÓN DEL PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO PATRONALES ANTE EL IMSS, EN FORMA BIMESTRAL MEDIANTE LAS CONSTANCIAS DE CUMPLIMIENTO, MISMAS QUE DEBERÁN SER ENTREGADAS AL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, LO ANTERIOR, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 80, CUARTO PÁRRAFO DEL REGLAMENTO. | ||
N | LOS LICITANTES DEBERÁN ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE UN PROGRAMA DE INTEGRIDAD QUE PERMITA ASEGURAR UN DESARROLLO DE CULTURA DE ÉTICA EN SU INTERIOR DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL TÍTULO SEGUNDO DENOMINADO MECANISMO DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTO DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS (DOF 18-07-2016). |
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 5.A PERSONA FÍSICA
Nombre de la Persona Física, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, a nombre y representación de _(Persona Física)
N° de la INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
Registro Federal de Contribuyentes: CURP | |
Domicilio Fiscal: | |
Calle y Número | |
Colonia : | Demarcación Territorial o Municipio |
Código Postal: | Entidad federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: | |
(En caso de resultar adjudicado, autoriza que las notificaciones personales sean a través de este correo electrónico) | |
Descripción de la actividad empresarial | |
Nombre del representante: |
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario Nombre y firma
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 5.B PERSONA MORAL
Nombre del Representante, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, a nombre y representación de _(Persona Moral)
N° DE LA INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
Registro Federal de Contribuyentes: | |
Domicilio Fiscal: | |
Calle y Número | |
Colonia : | Demarcación Territorial o Municipio |
Código Postal: | Entidad federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: (En caso de resultar adjudicado, autoriza que las notificaciones personales sean a través de este correo electrónico) | |
N° de la escritura o instrumento jurídico en la que consta su acta constitutiva Número de inscripción en el Registro Público de la propiedad y de Comercio | Fecha: Fecha: |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx o Fedatario Público ante el cual se dio fe de la misma: | |
Relación de socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombres: | |
Descripción del objeto social: | |
Reformas al acta constitutiva inscrita en el Registro Público de la propiedad y de Comercio | |
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura Pública número: Fecha: Nombre número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: |
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario Nombre y firma
NOTA: EL PRESENTE FORMATO ES ENUNCIATIVO MÁS NO LIMITATIVO, ÉSTE DEBERÁ AJUSTARSE POR EL LICITANTE CON RELACIÓN A LAS PARTIDAS, DE CONFORMIDAD A LO SOLICITADO POR LA CONVOCANTE Y ESTABLECIDO POR ESTA EN LA CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO Y JUNTA DE ACLARACIONES.
FORMATO 6
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
POLICÍA FEDERAL PRESENTE.
C. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA, MANIFIESTO BAJO
PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE NI EL SUSCRITO, Y LOS SOCIOS INTEGRANTE DEL LICITANTE QUE REPRESENTA, SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS DE NINGUNO DEL ARTÍCULO 49, FRACCIÓN IX, 59, 65 AL 72 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS Y EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60, PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
POLICÍA FEDERAL PRESENTE.
C. , REPRESENTANTE LEGAL DE LICITANTE , QUIÉN PARTICIPA EN EL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NO. , MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE POR MÍ O POR INTERPÓSITA PERSONA, NOS ABSTENDREMOS DE ADOPTAR CONDUCTAS, PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA POLICÍA FEDERAL, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS OFERTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO, U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES.
ATENTAMENTE
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
FORMATO 8
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
CIUDAD DE MÉXICO, A DE DE .
P R E S E N T E.
ME REFIERO AL PROCEDIMIENTO DE NO. EN EL QUE MI REPRESENTADA, LA EMPRESA _, PARTICIPA A TRAVÉS DE LA PRESENTE PROPOSICIÓN.
AL RESPECTO Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 34 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE MI REPRESENTADA ESTÁ CONSTITUIDA CONFORME A LAS LEYES MEXICANAS, CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES , Y ASIMISMO QUE CONSIDERANDO LOS CRITERIOS (SECTOR, NÚMERO TOTAL DE TRABAJADORES Y VENTAS ANUALES) ESTABLECIDOS EN EL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRATIFICACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 00 XX XXXXX XX 0000, XX REPRESENTADA TIENE UN TOPE MÁXIMO COMBINADO DE , CON BASE EN LO CUAL SE ESTRATIFICA COMO UNA EMPRESA .
DE IGUAL FORMA, DECLARO QUE LA PRESENTE MANIFESTACIÓN LA HAGO TENIENDO PLENO CONOCIMIENTO DE QUE LA OMISIÓN, SIMULACIÓN O PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FALSA, SON INFRACCIONES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 8 FRACCIONES IV Y VIII, SANCIONABLES EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 27, AMBOS DE LA LEY FEDERAL ANTICORRUPCIÓN EN CONTRATACIONES PÚBLICAS, Y DEMÁS DISPOSICIONES APLICABLES.
A T E N T A M E N T E
FORMATO 9
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).
EL COMPROMISO DE MÉXICO EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN HA TRANSCENDIDO
NUESTRAS FRONTERAS Y EL ÁMBITO DE ACCIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL. EN EL PLANO NACIONAL Y COMO MIEMBRO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE) Y FIRMANTE DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES, HEMOS ADQUIRIDO RESPONSABILIDADES QUE INVOLUCRAN A LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO.
ESTA CONVENCIÓN BUSCA ESTABLECER MEDIDAS PARA PREVENIR Y PENALIZAR A LAS PERSONAS Y A LAS EMPRESAS QUE PROMETAN O DEN GRATIFICACIONES A FUNCIONARIOS PÚBLICOS EXTRANJEROS QUE PARTICIPAN EN TRANSACCIONES COMERCIALES NACIONALES. SU OBJETIVO ES ELIMINAR LA COMPETENCIA DESLEAL Y CREAR IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS EMPRESAS QUE COMPITEN POR LAS CONTRATACIONES GUBERNAMENTALES.
LA OCDE HA ESTABLECIDO MECANISMOS MUY CLAROS PARA QUE LOS PAÍSES FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN CUMPLAN CON LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS POR ÉSTA Y EN EL CASO DE MÉXICO, INICIARÁ EN NOVIEMBRE DE 2003 UNA SEGUNDA FASE DE EVALUACIÓN –LA PRIMERA YA FUE APROBADA EN DONDE UN GRUPO DE EXPERTOS VERIFICARÁ, ENTRE OTROS:
LA COMPATIBILIDAD DE NUESTRO MARCO JURÍDICO CON LAS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN.
EL CONOCIMIENTO QUE TENGAN LOS SECTORES PÚBLICO Y PRIVADO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN.
EL RESULTADO DE ESTA EVALUACIÓN IMPACTARÁ EL GRADO DE INVERSIÓN OTORGADO A MÉXICO POR LAS AGENCIAS CALIFICADORAS Y LA ATRACCIÓN DE INVERSIÓN EXTRANJERA.
LAS RESPONSABILIDADES DEL SECTOR PÚBLICO SE CENTRAN EN:
PROFUNDIZAR LAS REFORMAS LEGALES QUE INICIÓ EN 1999.
DIFUNDIR LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN Y LAS OBLIGACIONES DE CADA UNO DE LOS ACTORES COMPROMETIDOS EN SU CUMPLIMIENTO.
PRESENTAR CASOS DE COHECHO EN PROCESO Y CONCLUIDOS (INCLUYENDO AQUELLOS RELACIONADOS CON LAVADO DE DINERO Y EXTRADICIÓN).
LAS RESPONSABILIDADES DEL SECTOR PRIVADO CONTEMPLAN:
LAS EMPRESAS: ADOPTAR ESQUEMAS PREVENTIVOS COMO EL ESTABLECIMIENTO DE CÓDIGOS DE CONDUCTA, DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS (CONTROLES INTERNOS, MONITOREO, INFORMACIÓN FINANCIERA PÚBLICA, AUDITORIAS EXTERNAS) Y DE MECANISMOS QUE PREVENGAN EL OFRECIMIENTO Y OTORGAMIENTO DE RECURSOS O BIENES A SERVIDORES PÚBLICOS, PARA OBTENER BENEFICIOS PARTICULARES O PARA LA EMPRESA.
LOS CONTADORES PÚBLICOS: REALIZAR AUDITORIAS; NO ENCUBRIR ACTIVIDADES ILÍCITAS (DOBLE CONTABILIDAD Y TRANSACCIONES INDEBIDAS, COMO ASIENTOS CONTABLES FALSIFICADOS, INFORMES FINANCIEROS FRAUDULENTOS, TRANSFERENCIAS SIN AUTORIZACIÓN, ACCESO A LOS ACTIVOS SIN CONSENTIMIENTO DE LA GERENCIA); UTILIZAR REGISTROS CONTABLES PRECISOS; INFORMAR A LOS DIRECTIVOS SOBRE CONDUCTAS ILEGALES.
LOS ABOGADOS: PROMOVER EL CUMPLIMIENTO Y REVISIÓN DE LA CONVENCIÓN (IMPRIMIR EL CARÁCTER VINCULATORIO ENTRE ÉSTA Y LA LEGISLACIÓN NACIONAL); IMPULSAR LOS ESQUEMAS PREVENTIVOS QUE DEBEN ADOPTAR LAS EMPRESAS.
LAS SANCIONES IMPUESTAS A LAS PERSONAS FÍSICAS X XXXXXXX (PRIVADOS) Y A LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE INCUMPLAN LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN, IMPLICAN ENTRE OTRAS, PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, EXTRADICIÓN, DECOMISO Y/O EMBARGO DE DINERO O BIENES.
ASIMISMO, ES IMPORTANTE CONOCER QUE EL PAGO REALIZADO A SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS ES PERSEGUIDO Y CASTIGADO INDEPENDIENTEMENTE DE QUE EL FUNCIONARIO SEA ACUSADO O NO. LAS INVESTIGACIONES PUEDEN INICIARSE POR DENUNCIA, PERO TAMBIÉN POR OTROS MEDIOS, COMO LA REVISIÓN DE LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS O LA IDENTIFICACIÓN DE TRANSACCIONES ILÍCITAS, EN EL CASO DE LAS EMPRESAS.
EL CULPABLE PUEDE SER PERSEGUIDO EN CUALQUIER PAÍS FIRMANTE DE LA CONVENCIÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL LUGAR DONDE EL ACTO DE COHECHO HAYA SIDO COMETIDO.
EN LA MEDIDA QUE ESTOS LINEAMIENTOS SEAN CONOCIDOS POR LAS EMPRESAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PAÍS, ESTAREMOS CONTRIBUYENDO A CONSTRUIR ESTRUCTURAS PREVENTIVAS QUE IMPIDAN EL INCUMPLIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE LA CONVENCIÓN Y POR TANTO LA COMISIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓN.
POR OTRA PARTE, ES DE SEÑALAR QUE EL CÓDIGO PENAL FEDERAL SANCIONA EL COHECHO EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
“ARTÍCULO 222
COMETEN EL DELITO DE COHECHO:
I. EL SERVIDOR PÚBLICO QUE POR SÍ, O POR INTERPÓSITA PERSONA SOLICITE O RECIBA INDEBIDAMENTE PARA SÍ O PARA OTRO, DINERO O CUALQUIERA OTRA DÁDIVA, O ACEPTE UNA PROMESA, PARA HACER O DEJAR DE HACER ALGO JUSTO O INJUSTO RELACIONADO CON SUS FUNCIONES, Y
II. EL QUE DE MANERA ESPONTÁNEA DÉ U OFREZCA DINERO O CUALQUIER OTRA DÁDIVA A ALGUNA DE LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN EN LA FRACCIÓN ANTERIOR, PARA QUE CUALQUIER SERVIDOR PÚBLICO HAGA U OMITA UN ACTO JUSTO O INJUSTO RELACIONADO CON SUS FUNCIONES.
AL QUE COMETE EL DELITO DE COHECHO SE LE IMPONDRÁN LAS SIGUIENTES SANCIONES:
CUANDO LA CANTIDAD O EL VALOR DE LA DÁDIVA O PROMESA NO EXCEDA DEL EQUIVALENTE DE QUINIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO, O NO SEA VALUABLE, SE IMPONDRÁN DE TRES MESES A DOS AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE TREINTA A TRESCIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO Y DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN DE TRES MESES A DOS AÑOS PARA DESEMPEÑAR OTRO EMPLEO, CARGO O COMISIÓN PÚBLICOS.
CUANDO LA CANTIDAD O EL VALOR DE LA DÁDIVA, PROMESA O PRESTACIÓN EXCEDA DE
QUINIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO, SE IMPONDRÁN DE DOS AÑOS A CATORCE AÑOS DE PRISIÓN, MULTA DE TRESCIENTAS A QUINIENTAS VECES EL SALARIO MÍNIMO DIARIO VIGENTE EN EL DISTRITO FEDERAL EN EL MOMENTO DE COMETERSE EL DELITO Y DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN DE DOS AÑOS A CATORCE AÑOS PARA DESEMPEÑAR OTRO EMPLEO, CARGO O COMISIÓN PÚBLICOS.
EN NINGÚN CASO SE DEVOLVERÁ A LOS RESPONSABLES DEL DELITO DE COHECHO, EL DINERO O DÁDIVAS ENTREGADAS, LAS MISMAS SE APLICARÁN EN BENEFICIO DEL ESTADO.
CAPÍTULO XI
COHECHO A SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS
ARTÍCULO 222 BIS
SE IMPONDRÁN LAS PENAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO ANTERIOR AL QUE CON EL PROPÓSITO DE OBTENER O RETENER PARA SÍ O PARA OTRA PERSONA VENTAJAS INDEBIDAS EN EL DESARROLLO O CONDUCCIÓN DE TRANSACCIONES COMERCIALES NACIONALES, OFREZCA, PROMETA O DÉ, POR SÍ O POR INTERPÓSITA PERSONA, DINERO O CUALQUIERA OTRA DÁDIVA, YA SEA EN BIENES O SERVICIOS:
I. A UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO PARA QUE GESTIONE O SE ABSTENGA DE GESTIONAR LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE ASUNTOS RELACIONADOS CON LAS FUNCIONES INHERENTES A SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN;
II. A UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO PARA LLEVAR A CABO LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE CUALQUIER ASUNTO QUE SE ENCUENTRE FUERA DEL ÁMBITO DE LAS FUNCIONES INHERENTES A SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN, O
III. A CUALQUIER PERSONA PARA QUE ACUDA ANTE UN SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO Y LE REQUIERA O LE PROPONGA LLEVAR A CABO LA TRAMITACIÓN O RESOLUCIÓN DE CUALQUIER ASUNTO RELACIONADO CON LAS FUNCIONES INHERENTES AL EMPLEO, CARGO O COMISIÓN DE ESTE ÚLTIMO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE ARTÍCULO SE ENTIENDE POR SERVIDOR PÚBLICO EXTRANJERO, TODA PERSONA QUE OSTENTE U OCUPE UN CARGO PÚBLICO CONSIDERADO ASÍ POR LA LEY RESPECTIVA, EN LOS ÓRGANOS LEGISLATIVO, EJECUTIVO O JUDICIAL DE UN ESTADO EXTRANJERO, INCLUYENDO LAS AGENCIAS O EMPRESAS AUTÓNOMAS, INDEPENDIENTES O DE PARTICIPACIÓN ESTATAL, EN CUALQUIER ORDEN O NIVEL DE GOBIERNO, ASÍ COMO CUALQUIER ORGANISMO U ORGANIZACIÓN PÚBLICA NACIONALES.
CUANDO ALGUNO DE LOS DELITOS COMPRENDIDOS EN ESTE ARTÍCULO SE COMETA EN LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 11 DEL ESTE CÓDIGO, EL JUEZ IMPONDRÁ A LA PERSONA MORAL HASTA QUINIENTOS DÍAS MULTA Y PODRÁ DECRETAR SU SUSPENSIÓN O DISOLUCIÓN, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN EL GRADO DE CONOCIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN RESPECTO DEL COHECHO EN LA TRANSACCIÓN NACIONAL Y EL DAÑO CAUSADO O EL BENEFICIO OBTENIDO POR LA PERSONA MORAL.”
FORMATO 10
INVITACIÓN NACIONAL MIXTA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
EL O LOS LICITANTES ADJUDICADOS PODRÁN OTORGAR LAS GARANTÍAS EN ALGUNA DE LAS FORMAS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
LA PÓLIZA DE LA FIANZA DEBERÁ CONTENER, COMO MÍNIMO, LAS SIGUIENTES PREVISIONES:
A) QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO;
B) QUE PARA CANCELAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO CONTAR CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES;
C) QUE LA FIANZA PERMANECERÁ VIGENTE DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN QUE GARANTICE Y CONTINUARÁ VIGENTE EN CASO DE QUE SE OTORGUE PRÓRROGA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O DE LOS JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME, Y
D) QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LAS FIANZAS, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. TRATÁNDOSE DE DEPENDENCIAS, EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN SERÁ EL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA CITADA LEY, DEBIÉNDOSE ATENDER PARA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR XXXX LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 283 DE DICHA LEY;
FORMATO 11 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO ABIERTO PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS L.P.”, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LOS SERVICIOS”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA POLICÍA FEDERAL ADSCRITA A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA,
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA POLICÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XX XXXXXXXXX XXXXXXX, , XXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXX; POR EL COMISARIO JEFE, , COORDINADOR DE SERVICIOS GENERALES, ÁREA QUE REALIZA LAS FUNCIONES DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS; POR EL COMISARIO, , DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, COMO TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE; Y POR EL , DIRECTORA DE LOGÍSTICA Y SERVICIOS, COMO SERVIDOR PÚBLICO ENCARGADO DE REALIZAR LA ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO ABIERTO; Y POR LA OTRA LA PERSONA MORAL DENOMINADA , A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR” REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL , EN SU CARÁCTER DE , EN LO SUCESIVO “EL REPRESENTANTE LEGAL”, Y A QUIENES CONJUNTAMENTE Y EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMAS QUE MANIFIESTAN FORMALIZAR EL PRESENTE INSTRUMENTO JURÍDICO CONTRACTUAL DE CONFORMIDAD A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I Declara “LA POLICÍA”, que:
I.1 La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, dependencia Centralizada de la Administración Pública Federal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 30 Bis, fracción III y Décimo Cuarto transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.
I.2 La Policía Federal se encuentra adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17 y 30 Bis, fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; artículos 1, 2 apartado C, fracción XII, 123 y 124 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 2, de la Ley de la Policía Federal, y 1 de su Reglamento.
I.3 Que el Comisario General, , Secretario General, tiene facultades para suscribir el presente convenio modificatorio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 5, fracción III, 7 y 18, fracción XII del Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
I.4 El Comisario Jefe, , Coordinador de Servicios Generales, tiene facultades para firmar el presente instrumento jurídico de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 5, fracción, V, inciso p), 8 fracción V y 36, fracciones I, VIII y XII del Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
I.5 El Comisario, , Director General de Recursos Materiales, tiene facultades para firmar el presente instrumento jurídico, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 5, fracción VII numeral 51), 9 fracción XIII, 94 fracción XVII del Reglamento de la Ley de la Policía Federal.
I.6 El , Directora de Logística y Servicios, será el servidor público responsable de la administración, verificación y cumplimiento del presente contrato y su Anexo Técnico, en su calidad de ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO tiene facultades para firmar el presente instrumento jurídico contractual de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 1 y 10 del Reglamento de la Ley de la Policía Federal, 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al que en lo sucesivo de le denominara ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y el numeral VI.12 DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO O PEDIDO, de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación.
I.7 Cuenta con los recursos presupuestarios suficientes para cubrir las erogaciones que se causen con motivo de la celebración del presente contrato, en la Partida Presupuestal número “ ”, lo cual se acredita mediante oficio de suficiencia presupuestal número de fecha de de 2019, suscrito por
, Director General de Recursos Financieros de “LA POLICÍA”.
I.8 Que la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato le fue adjudicado a “EL PROVEEDOR”, de conformidad con la notificación del acta de fallo de fecha de 2019, derivado del procedimiento de Licitación Pública Nacional , número
, relativo a la prestación del “SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS L.P.”,
respecto a la PARTIDA , en términos de lo dispuesto por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 25 primer párrafo, 26 fracción I, 26 Bis fracción , 28 fracción I, , de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como y de su Reglamento; en la que se determinó que bajo el criterio de Economía, Eficacia, Eficiencia, Imparcialidad y Honradez que demanda la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y toda vez que “EL PROVEEDOR”, cumple con los criterios de adjudicación establecidos en la Convocatoria, condiciones legales, técnicas y económicas, conforme al artículo 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se determina que se le ADJUDIQUE CONTRATO PARA LA PARTIDA , lo anterior de conformidad con el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.9 Que la solicitud para la elaboración del contrato abierto para la prestación de “LOS SERVICIOS”, fue formulada por , a través del oficio número , de fecha
de de 2019, quien conforme a sus funciones, proporcionó los documentos que soportan su realización, tales como: suficiencia presupuestal, acta de subcomité revisor de convocatoria y convocatoria validada por el subcomité, convocatoria número , acta de junta de aclaraciones, acta de fallo y documentación legal y administrativa de “EL PROVEEDOR”, propuesta técnica y propuesta económica de la empresa adjudicada.
I.10 Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número SGO130103UJ4.
I.11 Que para todos los efectos legales del contrato, señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 01900.
II Declara “EL PROVEEDOR”, a través de su Representante Legal que:
II.1 Que es una persona moral, legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas como lo acredita con , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de
, bajo el folio mercantil número , el día y que tiene por objeto social entre otros: .
II.2 Que , en su carácter de , cuenta con facultades amplias y suficientes para suscribir el contrato y obligar a su representada en los términos del mismo, lo que acredita mediante y bajo protesta de decir verdad, declara que dicha personalidad no le ha sido revocada, limitada, ni modificada en forma alguna y se identifica con , con número , expedida a su favor por
.
II.3 Para la prestación de ““LOS SERVICIOS”objeto del presente contrato, observa y cumple en todo momento con las Normas Oficiales Mexicanas en términos del artículo 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, siendo las siguientes:
NORMA OFICIAL MEXICANA | |
NOM | |
NOM |
II.4 Que cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número .
II.5 Que tiene capacidad jurídica para contratar, que no existe impedimento legal alguno para obligarse en los términos del contrato y que reúne las condiciones técnicas, jurídicas, económicas y demás necesarias que requiere “LA POLICÍA” para la presente contratación.
II.6 Que conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como el contenido del Anexo Técnico que forma parte integrante del contrato.
II.7 Que conoce las características técnicas de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato y manifiesta que dispone de los recursos técnicos, económicos, necesarios e idóneos para proporcionarlos de forma eficiente, oportuna y en las mejores condiciones para “LA POLICÍA”, toda vez que ha considerado todos los factores que intervienen en su ejecución, así como con personal con la experiencia y capacidad requerida para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato.
II.8 Su representada es de nacionalidad Mexicana y conviene que en caso de llegar a cambiarla, se seguirá considerando como tal por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de ningún Gobierno Extranjero, bajo pena de perder en beneficio de la Nación Mexicana, todo derecho derivado del presente instrumento.
II.9 Conoce plenamente y se sujeta al contenido y requisitos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente Ejercicio Fiscal, Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, Ley sobre el Contrato de Seguro así como la demás normatividad vigente aplicable en la materia.
II.10 Que no se encuentra ubicado en alguno de los supuestos que establecen los artículos 50 y 60 de La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 49, fracción IX y 59 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y manifiesta estar al corriente en sus obligaciones fiscales y en lo que respecta a las obligaciones fiscales en materia de
seguridad social y en las aportaciones patronales y entero de descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lo cual se acredita mediante las opiniones positivas de cumplimiento de obligaciones respectivas.
Lo anterior, en términos del artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación; del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, modificado mediante los acuerdos ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX, publicado en el D.O.F. el 03 xx xxxxx de 2015 y ACDO.SA2.HCT.270917/241.P.DIR publicado en el D.O.F. el 25 de octubre de 2017 y del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el mismo medio oficial el 28 xx xxxxx de 2017 por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
II.11 Para efectos legales del presente contrato señala como su domicilio el ubicado en
.
III “LAS PARTES” DECLARAN:
III.1 Se reconocen mutuamente la capacidad jurídica y personalidad con que se ostentan para contratar.
III.2 Que es su voluntad celebrar el contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, mismas que derivan del procedimiento de Licitación Pública Nacional, número ; que gozan de plena capacidad para contratar y que no tienen impedimento legal alguno para obligarse, por lo que pactan las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar a “LA POLICÍA”, el
“SERVICIO DE SUMINISTRO DE GAS L.P.”, en los términos que se describen en el presente instrumento legal y su Anexo Técnico, el cual forma parte integrante del mismo.
SEGUNDA.- DOCUMENTOS DE LA CONTRATACIÓN.- En términos de lo dispuesto por los artículos 45, penúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 81, fracción IV, de su Reglamento, el procedimiento de Licitación Pública Nacional número , el contrato y el Anexo Técnico, son los instrumentos que vinculan a “LAS PARTES”, en sus derechos y obligaciones respecto de la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato; prevaleciendo en caso de discrepancia entre la Convocatoria del procedimiento de Licitación Pública Nacional número y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la Convocatoria respectiva.
TERCERA.- MONTO.- “LAS PARTES” acuerdan que la contraprestación por la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato, será por un monto total de $ ( /100 M.N.), más el Impuesto al Valor Agregado que importa la cantidad de $ ( /100 M.N.), lo que hace un total de
$ ( /100 M.N.). Lo anterior, de acuerdo al siguiente desglose de precio unitario:
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | CANTIDAD | MONTO |
SUBTOTAL | ||
IVA | ||
TOTAL |
El precio unitario aquí pactado será fijo durante la vigencia del contrato abierto.
CUARTA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.- Con fundamento en los artículos 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 89 y 90 de su Reglamento, así como los Lineamientos para promover la agilización del pago a proveedores, señalados en el Capítulo Quinto del Acuerdo por el que se emiten diversos Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 9 de septiembre de 2010; el pago de “LOS SERVICIOS” se efectuará de la siguiente manera:
El pago de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato se realizará en moneda nacional, previa recepción y aceptación a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, de los mismos, mediante el sistema de pago electrónico interbancario a la cuenta bancaria número , con número de CLABE interbancaria , de la Institución Bancaria denominada
.
Dicho pago se realizará
(modalidad de pago)
dentro de los 20 días
naturales posteriores, contados a partir de la aceptación formal de las facturas
electrónicas a nombre de “LA POLICÍA”, por parte de (la servidor(a)
público(a) responsable de la administración y verificación del cumplimiento del contrato
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO remitirá a la Dirección General de Recursos Materiales, de “LA POLICÍA”, la documentación en original. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, al término de la vigencia del contrato, suscribirá conjuntamente con “EL PROVEEDOR”, un acta entrega recepción de “LOS SERVICIOS”, en la que conste que éstos fueron recibidos a entera satisfacción, que compruebe la recepción de “LOS SERVICIOS”, junto con la factura correspondiente, solicitando por escrito que se tramite el pago.
Para que los pagos procedan, la facturación deberá estar debidamente requisitada, en términos del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, por lo que “EL PROVEEDOR” presentará la factura respectiva para su validación en las oficinas
ubicadas en xxxxx Xxxxxxxx 000, número 579, Xxxxxxxx X, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, código postal 02300, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” deberá presentar su(s) factura(s) con los siguientes datos fiscales:
A NOMBRE DE: | Secretaría de Gobernación Órgano Administrativo Desconcentrado Policía Federal. |
DOMICILIO FISCAL: | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Demarcación Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000. |
R.F.C.: | SGO130103UJ4. |
En caso de que existan penas convencionales por incumplimiento en la prestación de “LOS SERVICIOS” “EL PROVEEDOR” adjuntará a la factura electrónica, el pago realizado a través del esquema e5cinco “Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA’s)” a favor de la Tesorería de la Federación.
En caso de que las facturas electrónicas entregadas por “EL PROVEEDOR” para su pago, presenten errores o deficiencias, “LA POLICÍA”, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que se deberán corregir. El período que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL PROVEEDOR” presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como los artículos 89 y 90 de su Reglamento.
QUINTA.- NORMAS OFICIALES APLICABLES.- Para prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato se realizó la consulta correspondiente en la página de la Secretaría de Economía en el rubro de Competitividad y Normatividad, Normalización, Catálogo de Normas Oficiales Mexicanas, encontrándose normas aplicables a la presente contratación, de conformidad a lo señalado en la DECLARACIÓN II.3, del presente contrato abierto, así como el Anexo Técnico.
SEXTA.- IMPUESTOS Y DERECHOS.- Los impuestos y derechos locales y federales que se generen con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, serán cubiertos por “EL PROVEEDOR”, “LA POLICÍA” únicamente pagará a “EL PROVEEDOR”, el importe correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
SÉPTIMA.- VIGENCIA.- “LAS PARTES” acuerdan que la vigencia del presente contrato abierto será a partir del .
OCTAVA.- DESCRIPCIÓN, PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE “LOS
SERVICIOS”.- “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar “LOS SERVICIOS a partir del , de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, del presente contrato abierto.
La descripción pormenorizada, así como el lugar y las condiciones para la prestación de “LOS SERVICIOS” serán de conformidad a lo señalado en el Anexo Técnico del presente contrato abierto.
NOVENA.- GARANTÍA DE LOS SERVICIOS.- De conformidad con los artículos 53, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 96, segundo párrafo, de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” se obliga ante “LA POLICÍA” a responder por la calidad de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato abierto, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido, en los términos señalados en el contrato, en el Código Civil Federal y demás legislación aplicable, obligación que podrá ser exigible durante la vigencia del mismo, y hasta la formalización del acta de entrega recepción de “LOS SERVICIOS”, lo cual se garantizará con la fianza de cumplimiento. En caso de incumplimiento del contrato o que la calidad de “LOS SERVICIOS” no sea la pactada, “LA POLICÍA” podrá actuar conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y dará aviso a la Secretaría de la Función Pública a través del Órgano Interno de Control, para que de ser aplicable, procedan conforme a los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“EL PROVEEDOR” garantiza que prestará “LOS SERVICIOS” durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana durante la vigencia del instrumento jurídico contractual, en los términos y condiciones señalados en el presente contrato abierto y su Anexo Técnico.
DÉCIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- De conformidad con los artículos 48, fracción II y 49, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como 81, fracción II y 103 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” se obliga a constituir una garantía para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, mediante fianza expedida por compañía mexicana autorizada para ello, en idioma español, moneda nacional, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, sin comprender el Impuesto al Valor Agregado.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “LA POLICÍA” el original de la fianza en cuestión, en un plazo no mayor a diez días naturales posteriores a la fecha de suscripción del contrato, en la Dirección General de Recursos Materiales, dependiente de la Coordinación de Servicios Generales, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxx 000, número 590, Edificio F, piso 1, Colonia Industrial Xxxxxxx, Demarcación Territorial Azcapotzalco, Código Postal 02300, Ciudad de México, en un horario de 09:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 21:00 horas.
“EL PROVEEDOR” queda obligado a mantener vigente la fianza de cumplimiento del contrato, en tanto éste se encuentre vigente, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan, hasta que se dicte resolución definitiva firme por autoridad competente.
Dicha fianza, sólo podrá ser cancelada mediante autorización expresa y por escrito de “LA POLICÍA”, una vez que cuente con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales a que se refiere el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA
Esta fianza deberá sujetarse a las disposiciones generales que le resulten aplicables y deberá incluir de conformidad con las “Disposiciones generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren”, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 8 de septiembre del 2015, lo siguiente:
Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
Nombre de la afianzadora que expide la fianza.
Fecha de expedición.
Número de fianza.
La indicación del importe total garantizado con número y letra.
La información correspondiente al número del contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas.
El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y su domicilio.
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecer o estipular plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previsto en el contrato, asimismo continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de la indemnización por xxxx que en su caso se genere en los términos previstos en el artículo 283 del mismo ordenamiento.
La indicación de que, para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales, así como la manifestación expresa y por escrito de “LA POLICÍA”.
Señalar que en virtud de que las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR” que derivan del contrato son , el incumplimiento de la misma motivará que la póliza de fianza de cumplimiento se haga efectiva por el monto de la obligación garantizada.
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
Que la afianzadora renuncia al beneficio que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
PRIMERA.- PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a
favor de “LA POLICÍA” en la fecha de formalización del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil general que garantice durante la prestación de “LOS
SERVICIOS”, los daños que puedan causar sus empleados a cualquier bien propiedad de “LA POLICÍA” y/o a terceros en sus bienes o personas por una suma asegurada de
$1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por evento y/o total resarcimiento del daño que pudiera causar a bienes o a personas. Dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, en el cual se designe a “LA POLICÍA”, sus trabajadores y derechohabientes como terceros beneficiarios, y deberá contar con renovación automática durante la vigencia del contrato.
En caso de que “EL PROVEEDOR”, ya cuente con un seguro de responsabilidad expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional antes de la formalización del contrato, deberá presentar endoso correspondiente que tendrá vigencia durante la prestación de “LOS SERVICIOS”, debiendo contar con renovación automática de la suma asegurada por evento.
“LA POLICÍA” se libera por los daños y perjuicios causados a personas o bienes propios o terceros que serán utilizados por “EL PROVEEDOR” por el cumplimiento de “LOS SERVICIOS” objeto del presente Anexo Técnico.
“EL PROVEEDOR” será responsable de los daños y perjuicios que pudiesen ocasionar a terceras personas y/o a sus bienes, con los vehículos, herramientas complementarias y/o por las maniobras de carga y descarga de bienes que traslade durante el desarrollo de la prestación de “LOS SERVICIOS” solicitados, por lo que “EL PROVEEDOR” se obligará a responder por cuenta propia de tales eventos frente a los terceros afectados, deslindando de responsabilidad a “LA POLICÍA” de cualquier reclamación o acción judicial derivada de los mismos.
DÉCIMA
SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”.- “EL PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad de “LOS SERVICIOS” materia del presente contrato de conformidad con lo siguiente:
I.- “EL PROVEEDOR” garantiza que “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, serán proporcionados con la calidad, el personal, supervisión, periodicidad, materiales, insumos, equipos y especificaciones señaladas en el Anexo Técnico de este instrumento jurídico contractual y a entera satisfacción de “LA POLICÍA”, en el lugar y dentro del periodo y horario establecido para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
II.- “EL PROVEEDOR” será el único responsable por la ejecución y calidad de “LOS SERVICIOS”, ajustándose a las especificaciones señaladas en este contrato y su Anexo Técnico, a las indicaciones que al respecto reciba del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO y a las técnicas aplicables a su actividad, para lograr el cumplimiento del objeto del presente contrato.
III.- “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar “LOS SERVICIOS” y la supervisión del personal a su cargo.
IV.- “EL PROVEEDOR” se obliga a responder de la totalidad de los daños y/o perjuicios causados a los bienes o trabajadores de “LA POLICÍA” o a terceros, causados durante la prestación de “LOS SERVICIOS”.
V.- “EL PROVEEDOR” se obliga a asumir la responsabilidad total en caso de que infrinja la normatividad relativa a patentes, marcas y derechos de autor en la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato.
VI.- “EL PROVEEDOR” se obliga a que su personal encargado de la prestación de “LOS SERVICIOS” no se presente a sus labores en estado de ebriedad o con aliento alcohólico y en su caso, evitar la mala imagen en el uso del uniforme que se les designe, el cual será proporcionado por “EL PROVEEDOR”, sin costo alguno para “LA POLICÍA”.
VII.- El personal comisionado por “EL PROVEEDOR” para realizar la prestación de “LOS SERVICIOS” deberá cumplir con los requisitos de acceso y permanencia en las instalaciones, establecidos por “LA POLICÍA”. Durante la estancia de dicho personal, deberá portar identificación expedida por “EL PROVEEDOR” y/o uniforme proporcionado por cuenta de éste que lo acredite como su personal.
VIII.- “EL PROVEEDOR” se obliga a cumplir con la totalidad de las obligaciones que se establecen en el presente contrato y su Anexo Técnico.
DÉCIMA
TERCERA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “EL PROVEEDOR” no podrá
transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Toda vez que “LA POLICÍA” se encuentra incorporado al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y registra en ese programa las cuentas por pagar a sus proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública; en consecuencia, otorga su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” pueda transferir sus derechos de cobro ante cualquier institución financiera, siempre que haya realizado el trámite establecido por “LA POLICÍA” para tal efecto.
DÉCIMA
CUARTA.- ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ABIERTO.-
El servidor público responsable de administrar y verificar el cumplimiento del contrato en términos del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como de supervisar en todo tiempo, dentro del ámbito de su competencia que “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato, los proporcione “EL PROVEEDOR” conforme se obligó a hacerlo y que se encuentre cumpliendo con los términos y condiciones señaladas en este contrato y su Anexo Técnico, será la Directora de Logística y Servicios, o quien para tal efecto se designe, quien realizará entre otras, las siguientes actividades:
• Verificará que “LOS SERVICIOS” cumplan con las características requeridas en el presente contrato y su Anexo Técnico.
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, emitirá su conformidad expresa con la recepción de “LOS SERVICIOS” remitiendo a la Dirección General de Recursos Materiales, el reporte de conformidad con la recepción de “LOS SERVICIOS”, quien lo enviará a la Dirección General de Recursos Financieros de “LA POLICÍA”. En dicho reporte se indicará con toda claridad que la recepción de “LOS SERVICIOS” se realizó en los términos convenidos y que procede el pago correspondiente, en su caso, se deberá de especificar el monto de las penas convencionales que debe cubrir “EL PROVEEDOR”.
Si durante la vigencia del contrato, surge la necesidad de cambiar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, bastará con que el Titular del Área Requirente le notifique por escrito a “EL PROVEEDOR”, la nueva designación.
DÉCIMA
QUINTA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.- Queda expresamente estipulado que el personal designado para la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato, estará bajo la responsabilidad única y directa de “EL PROVEEDOR” y por lo tanto, en ningún momento se considerará a “LA POLICÍA” como patrón sustituto, ni solidario, ni tampoco a “EL PROVEEDOR” como intermediario, por lo que, “LA POLICÍA” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad laboral, fiscal o en materia de seguridad social, obligándose a “EL PROVEEDOR” a responder de cualquier acción legal y/o reclamación que se pudiera presentar en contra de “LA POLICÍA”.
DÉCIMA
SEXTA.- CONFIDENCIALIDAD.- “LAS PARTES” se obligan a mantener estricta confidencialidad y a no divulgar la información contenida en el presente contrato y su Anexo Técnico, así como de la que tengan conocimiento por el cumplimiento del objeto del presente contrato, respetando los derechos que sobre la información tiene “LA POLICÍA” y se responsabilizan, en su caso, del mal uso o uso no autorizado que de ella se haga aún después de la terminación del presente instrumento jurídico contractual.
“EL PROVEEDOR” se obliga a mantener estricta confidencialidad de la información y/o documentación relacionada con el presente contrato, bajo la pena de incurrir en responsabilidad penal, civil o de otra índole, y por lo tanto, no podrá ser divulgada, transmitida, ni utilizada en beneficio propio o de tercero.
Toda la información que sea intercambiada por “LAS PARTES” en virtud del presente contrato, será considerada como información reservada y confidencial. Las obligaciones respectivas de confidencialidad estarán sujetas a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública o por la ley correlativa aplicable a “LA POLICÍA”.
Sin menoscabo de lo expresado en el párrafo anterior, “LAS PARTES” adoptarán precauciones razonables para proteger mutuamente la información confidencial de la otra como si se tratase de la propia. “LAS PARTES” comunicarán la información confidencial de la otra parte a sus empleados o consultores sólo si éstos necesitan conocerla para realizar sus tareas, y tal comunicación se hará sujeta a las obligaciones
de confidencialidad impuestas por el presente contrato. Por tal motivo, cada una de “LAS PARTES” asume expresamente cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento por parte de sus respectivos empleados o consultores a las obligaciones de confidencialidad descritas en el presente contrato. Cuando la información confidencial ya no sea necesaria para llevar a cabo una obligación bajo este contrato, cada una de “LAS PARTES” la devolverá a la otra o la destruirá si así se le solicitara por escrito.
Cada una de “LAS PARTES” notificará inmediatamente a la otra en caso de descubrir el uso, revelación o divulgación no autorizados de la información confidencial, y cooperará en forma razonable para que aquélla retome la posesión e impedirá usos no autorizados adicionales de dicha información.
Las personas a quienes se les proporcione la información para el cumplimiento del objeto de este contrato y su Anexo Técnico, serán responsables solidariamente, en caso de infracción, a lo señalado en esta cláusula en términos de las disposiciones aplicables.
DÉCIMA
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN AL CONTRATO.- Las modificaciones que por razones fundadas pudieran realizarse al presente contrato, deberán invariablemente formalizarse a través de la Dirección General de Recursos Materiales de “LA POLICÍA”, por escrito mediante la celebración del convenio modificatorio respectivo, atendiendo según sea el caso, a lo previsto por los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 91 y 92 de su Reglamento y numeral VI.8.1.2 ELABORACIÓN DE LOS CONTRATOS Y CONVENIOS MODIFICATORIOS de las Políticas,
Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Gobernación, sin éste requisito no será válido.
Cuando se convenga el incremento en el monto de “LOS SERVICIOS” y/o ampliación en la vigencia, “EL PROVEEDOR” deberá entregar la modificación respectiva de la garantía de cumplimiento del contrato, conforme a lo señalado en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA
OCTAVA.- PENA CONVENCIONAL.- De conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PROVEEDOR” se obliga a pagar una pena convencional del 1% (uno por ciento) sobre valor de “LOS SERVICIOS” no prestado oportunamente, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, por cada hora de atraso respecto a la fecha y hora de cada Servicio solicitado mediante escrito, sin exceder el monto de la garantía de cumplimiento. Dicha penalización en su caso, será calculada por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO.
Previa conciliación, “EL PROVEEDOR” pagará el importe de las penas convencionales correspondientes a la factura respectiva, mediante el formato autorizado para ello, por “LOS SERVICIOS” de Administración Tributaria (SAT), y entregará al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO un tanto original que exhiba el sello de la institución bancaria en que se haya efectuado. A la solicitud de trámite de pago se
anexará la cédula de cálculo de dichas penas y el comprobante del pago correspondiente.
El pago de “LOS SERVICIOS”, quedará condicionado al pago o entero que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas, ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. En ningún caso las penas podrán negociarse en especie.
La acumulación de dichas penas no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del contrato abierto y será cubierto ante la tesorería de la federación, previa puesta en conocimiento al “PROVEEDOR” de la aplicación de las penas que correspondan, lo anterior, sin perjuicio del derecho de que el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, pueda optar entre exigir el cumplimiento del contrato abierto o rescindirlo.
En ningún caso las penas convencionales podrán negociarse en especie.
DÉCIMA
NOVENA.- DEDUCTIVAS.- En el caso de cumplimiento parcial o deficiente en cualquiera de las obligaciones contractuales a cargo de ”EL PROVEEDOR”, “LA POLICÍA”, en términos del artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, aplicará deducciones sobre el importe mensual del Servicio, conforme a la siguiente relación:
CAUSA | PORCENTAJE A APLICAR | BASE DE CALCULO |
No suministrar la cantidad requerida de Gas L.P. en los diversos puntos de los inmuebles de la Secretaría | 1% | Sobre el importe de cada litro no suministrado |
No realizar la revisión de los tanques e instalaciones y no entregar el informe por escrito después de realizar el suministro | 1% | Sobre la facturación mensual |
Que el personal no se presente uniformado a realizar el suministro | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
No colocar anuncios de seguridad durante la operación de llenado | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
Si el operador y/o su ayudante abandonan el proceso de llenado antes de su conclusión | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
Si en el llenado de los tanques se rebasó el 90% de su capacidad | 1% | Sobre el importe facturado por cada nota de consumo |
Se aplicarán deducciones tomando como base el monto total mensual facturado conforme a la siguiente tabla:
La acumulación de las deductivas no excederá del importe de la garantía de cumplimiento.
VIGÉSIMA.- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- “EL PROVEEDOR” reconoce que por la
firma del presente contrato y su Anexo Técnico no adquiere derecho alguno sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual de “LA POLICÍA”, sin que esto constituya limitación alguna a las patentes, marcas, nombres o avisos comerciales, derechos de autor, así como licencias, permisos, autorizaciones de uso de propiedad
industrial e intelectual, derivado del acceso a dicha propiedad industrial que “EL PROVEEDOR” llegue a tener en el cumplimiento del presente contrato y su Anexo Técnico. “LA POLICÍA” en ningún caso será responsable por violaciones de derechos de propiedad industrial o derechos de autor cometidos por “EL PROVEEDOR”. En caso de que “EL PROVEEDOR” viole algún derecho de los antes especificados, se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a “LA POLICÍA” de cualquier controversia o demanda que surja al respecto.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” no podrá hacer uso de cualquier tipo de publicidad, incluyendo el nombre de “LA POLICÍA”, en sus marcas, diseños, o cualquier material de propiedad industrial o intelectual de ésta.
VIGÉSIMA
PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” acepta en forma
expresa que “LA POLICÍA”, a través de su Dirección General de Recursos Materiales y a petición del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO, quien aportará los elementos necesarios para encauzar los procedimientos, puede rescindir administrativamente el presente contrato, por cualquiera de las causas que a continuación se señalan:
A) Por incumplimiento de las obligaciones pactadas en este contrato y su Anexo Técnico;
B) Si de continuar con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato o su Anexo Técnico, se ocasione algún daño o perjuicio a “LA POLICÍA”;
C) Si no proporciona “LOS SERVICIOS” en los términos y condiciones establecidos en este instrumento jurídico contractual y su Anexo Técnico;
D) Si se declara en concurso, quiebra o suspensión de pagos, o si hace cesión de
“LOS SERVICIOS” en forma que afecte el presente contrato;
E) Si transfiere en forma parcial o total, a terceras personas físicas x xxxxxxx, los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, con excepción de los derechos de cobro; en cuyo caso, se obliga a solicitar previamente la conformidad por escrito a “LA POLICÍA”, de acuerdo a lo establecido por el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
F) Si no proporciona a “LA POLICÍA” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato;
G) Por contravención de los términos del contrato o de las disposiciones de la normatividad aplicable al caso;
H) Cuando “EL PROVEEDOR” no entregue la garantía de cumplimiento del presente contrato, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del presente contrato;
I) Cuando cambie de nacionalidad “EL PROVEEDOR” e invoque la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA POLICÍA”;
J) Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de declaraciones de “EL PROVEEDOR”, y
K) En general por cualquier otra causa imputable a “EL PROVEEDOR”, similar a las antes mencionadas.
VIGÉSIMA
SEGUNDA .- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA POLICÍA” podrá rescindir administrativamente el contrato sin necesidad de declaración judicial previa y sin que por ello incurra en responsabilidad, en caso de que se hubiere agotado el monto límite establecido para las penas convencionales y/o deductivas; igualmente “LA POLICÍA” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, en términos de lo dispuesto por los artículos 98 y 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si “EL PROVEEDOR” incumple cualquiera de sus obligaciones contractuales pactadas en el presente contrato y su Anexo Técnico.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
I.- Se iniciará a partir de que “LA POLICÍA” le comunique por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en el término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
II.- Transcurrido el término anterior, “LA POLICÍA” contará con un plazo de quince días hábiles para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer “EL PROVEEDOR”. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada a “EL PROVEEDOR” dentro de dicho plazo.
III.- “LA POLICÍA” formulará y notificará el finiquito correspondiente a “EL PROVEEDOR”, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión, a efecto de hacer constar los pagos pendientes que deba efectuar “LA POLICÍA” a “EL PROVEEDOR”, por concepto de “LOS SERVICIOS” proporcionados y aceptados hasta el momento de la rescisión; para efectos de lo cual se tomará en cuenta lo previsto por el artículo 99, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De manera enunciativa más no limitativa, las causales por las cuales “LA POLICÍA”
podrá iniciar el procedimiento de rescisión serán las siguientes:
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con cualquiera de las obligaciones pactadas en el contrato y su Anexo Técnico, que forman parte integrante del mismo, así como lo que se acuerde en la mesa de trabajo, independientemente de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del mismo.
Si es sujeto o declarado en concurso mercantil o si hace cesión de sus bienes en forma que afecte el contrato.
Si no proporciona a “LA POLICÍA” los datos necesarios para la verificación y supervisión en la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato.
Por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR” previstas en el contrato
Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación.
Cuando “EL PROVEEDOR” incurra en negligencia respecto a la prestación de
“LOS SERVICIOS” objeto del contrato.
Cuando “EL PROVEEDOR” no entregue la garantía de cumplimiento en el plazo estipulado en el artículo 48, fracción II, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cuando “EL PROVEEDOR” acumule el 10% del monto total del contrato, por concepto xx xxxxx convencionales por atraso en el inicio o incumplimiento en la prestación de “LOS SERVICIOS”.
Cuando “EL PROVEEDOR” acumule el 10% del monto total del contrato, por concepto de deductivas por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación de “LOS SERVICIOS”.
Lo anterior, sin perjuicio de que “LA POLICÍA” proceda a su rescisión cuando las penas y/o deductivas hayan rebasado el porcentaje del 10% (diez por ciento) antes señalado, con independencia de que cualquiera de ellas haya sido pagada total o parcialmente a través de los medios que se establezcan para tales efectos, haciendo exigible la garantía de cumplimiento por el porcentaje que corresponda respecto del valor de “LOS SERVICIOS” pendientes por ejecutarse.
Por utilizar o divulgar indebidamente información relacionada con la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del contrato.
Si “LA POLICÍA” o cualquier otra autoridad detecta que “EL PROVEEDOR” proporcionó información o documentación falsa, falsificada o alterada, durante el proceso de adjudicación o durante la ejecución del contrato.
En el supuesto que “EL PROVEEDOR” no se encuentre al corriente en sus obligaciones patronales, de conformidad con lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, “LA POLICÍA” estará facultado para rescindir el contrato, a menos que el impacto en la operación que se ocasionara a “LA POLICÍA” con la rescisión, resultara más inconveniente.
Cuando incumpla o contravenga las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones que rigen en la materia.
En caso de rescisión de “EL CONTRATO” por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, “LA POLICÍA” solicitará a la Tesorería de la Federación, que proceda hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente contrato, se prestan “LOS SERVICIOS” objeto de del presente contrato, el procedimiento de rescisión quedará sin efecto, previa verificación y aceptación de “LA POLICÍA”, de que continúa vigente la necesidad de “LOS SERVICIOS”. De ser el caso, se aplicarán las penas convencionales y/o deductivas correspondientes.
“LA POLICÍA” podrá determinar no dar por rescindido el presente contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas, para lo cual elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del presente contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA POLICÍA” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo para subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión, para lo cual “LAS PARTES” elaborarán el convenio modificatorio correspondiente, conforme a lo dispuesto en los artículos 52, penúltimo y último párrafos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98, último párrafo de su Reglamento.
VIGÉSIMA
TERCERA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO.- Con fundamento en los artículos 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102, fracción II de su Reglamento, “LA POLICÍA” en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que le resulten imputables, podrá a su entera libertad y discreción, suspender la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, de manera temporal, quedando obligado a pagar a “EL PROVEEDOR” únicamente “LOS SERVICIOS” prestados a entera satisfacción por “LA POLICÍA”.
Una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron la suspensión temporal en la prestación de “LOS SERVICIOS”, el contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales. En el supuesto de que “LA POLICÍA” así lo determine y para el caso de que subsistan las causas que dieron origen a la suspensión, se procederá a dar inicio a la terminación anticipada del presente contrato.
VIGÉSIMA
CUARTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- “LA POLICÍA” con fundamento en los artículos 54 Bis xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102, primer y segundo párrafos y fracción I de su Reglamento, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA POLICÍA”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, o se presentare el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor, podrá dar por terminado anticipadamente el contrato sin responsabilidad alguna para “LA POLICÍA”.
Para tal efecto bastará una notificación por escrito a “EL PROVEEDOR”.
Cuando se dé por terminado anticipadamente el contrato, “LA POLICÍA” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
VIGÉSIMA
QUINTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- Ninguna de “LAS PARTES” será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato que resulten directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor. En este sentido, será responsabilidad del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, justificar la existencia del caso fortuito o fuerza mayor al caso concreto, o en su caso dictaminar la
procedencia atendiendo a los elementos que aporte “EL PROVEEDOR” para soportar la circunstancia de caso fortuito o fuerza mayor.
VIGÉSIMA
SEXTA.- PRÓRROGAS.- Únicamente se otorgarán prórrogas por causas imputables a “LA POLICÍA” y en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente acreditados por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, de conformidad con lo establecido en la cláusula anterior. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO deberá establecer en el otorgamiento de la prórroga a que se refiere la presente cláusula el plazo concedido a “EL PROVEEDOR” para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente contrato y solicitará a la Dirección General de Recursos Materiales la elaboración de un convenio modificatorio conforme a los previsto en la CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.
VIGÉSIMA
SÉPTIMA.- PAGOS EN EXCESO.- Tratándose de pagos en exceso que haya recibido “EL PROVEEDOR”, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal respectivo, como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso y se computarán por días naturales, contados a partir de la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA POLICÍA”, de conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
VIGÉSIMA
OCTAVA.- EROGACIONES POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”.- Todas las erogaciones que haga “EL PROVEEDOR” por adquisición de maquinaria y equipo, amortización, viáticos, mantenimiento, adquisición de materiales, útiles, artículos, transportación, primas de seguros, impuestos y por cualquier otro concepto, serán directamente a cargo del mismo y no podrán ser repercutidos a “LA POLICÍA”.
VIGÉSIMA
NOVENA.- DAÑOS Y PERJUICIOS.- “EL PROVEEDOR” se obliga a responder ante “LA POLICÍA” por todos los daños y perjuicios que le ocasione, derivados de la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, por negligencia e impericia técnica, así como por las pérdidas o substracciones de bienes que le sean imputables.
TRIGÉSIMA.- ACCESO A LOS SITIOS.- “LA POLICÍA” facilitará el acceso al personal de “EL PROVEEDOR” debidamente acreditado a las instalaciones de la misma, siempre y cuando dicho personal cumpla con los requisitos de identificación correspondientes.
Dentro de las instalaciones de “LA POLICÍA” y en todo momento el personal designado por “EL PROVEEDOR” para la prestación de “LOS SERVICIOS” deberá presentar y aportar una identificación vigente que lo acredite como empleado de “EL PROVEEDOR”.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” se sujetará a las condiciones de acceso y permanencia a las instalaciones de cada uno de los lugares en que se cumplirá con el objeto del presente contrato y su Anexo Técnico.
TRIGÉSIMA
PRIMERA. SANCIONES.- Independientemente de las penas convencionales y/o deductivas atribuibles a “EL PROVEEDOR”, éstas podrán ser aplicables y exigibles.
Las penas convencionales y/o deductivas establecidas en el contrato son independientes unas de otras y se encuentran topadas, sin perjuicio de que cualquiera de estas puedan ser exigibles total o parcialmente por “LA POLICÍA”, con independencia de que cualquiera de ellas haya o no rebasado el porcentaje del 10% (diez por ciento), establecidos en las cláusulas señaladas, por lo que dependiendo del incumplimiento en que hubiere incurrido “EL PROVEEDOR”, “LA POLICÍA” estará en plena libertad de ejercer los derechos que le correspondan en forma individual, sucesiva o acumulados unos con otros, haciendo para tales efectos, efectivas en su caso las penas convencionales, las deductivas y los daños y perjuicios.
TRIGÉSIMA
SEGUNDA.- SUBSISTENCIA AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN.- “LAS PARTES” convienen en que
durante la vigencia del contrato, las obligaciones de “EL PROVEEDOR” subsistirán en los términos y condiciones pactados, aún en el caso de que las unidades administrativas de “LA POLICÍA” cambien de denominación, de áreas de adscripción o de domicilio sin pago extra a cargo de “LA POLICÍA”.
TRIGÉSIMA
TERCERA.- DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN.- En atención al criterio AD-02/2011 “Divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, emitido por la Secretaría de la Función Pública el 09 xx xxxx del 2011, “LA POLICÍA” determina que las obligaciones que se convienen en el contrato son divisibles, dadas las características de la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato.
TRIGÉSIMA
CUARTA.- CONSTANCIA DE RECEPCIÓN Y ACEPTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”.- El servidor
público responsable de la administración del contrato, así como los responsables de recibir y aceptar “LOS SERVICIOS” con “EL PROVEEDOR”, elaborarán y firmarán el acta de terminación de la prestación de “LOS SERVICIOS”, en la cual se hará constar que éstos fueron prestados a entera satisfacción de “LA POLICÍA”.
TRIGÉSIMA
QUINTA.- NULIDAD DEL CONTRATO.- En caso de que alguna de las personas que forman parte de “EL PROVEEDOR”, se encuentre en el supuesto señalado en la DECLARACIÓN II.12 del presente contrato, éste será nulo de pleno derecho, de conformidad a lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en relación con los artículos 8° y 2225 del Código Civil Federal.
TRIGÉSIMA
SEXTA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL.- La Convocatoria para el procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta número , y el acta de notificación de
fallo de fecha de de 2019, que refiere la DECLARACIÓN I.8, el presente contrato y su Anexo Técnico constituyen un acuerdo entre “LAS PARTES”, en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, con anterioridad a la fecha en que se firma el mismo.
“LAS PARTES” manifiestan que en la celebración del presente contrato no ha existido vicio alguno del consentimiento.
“LAS PARTES” acuerdan que conforme lo establece la fracción IV, del artículo 81, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en caso de discrepancia entre la entre la Convocatoria del procedimiento de Licitación Pública Nacional Mixta número y el modelo de contrato, prevalecerá lo establecido en la Convocatoria respectiva.
TRIGÉSIMA
SÉPTIMA.- TÍTULOS DE LAS CLÁUSULAS.- Los títulos de las cláusulas del contrato se utilizan exclusivamente para conveniencia de “LAS PARTES” y no tienen ninguna significación legal o contractual, sólo tienen por objeto facilitar la referencia a cada una de ellas, su identificación y lectura por lo tanto, no limitan ni afectan la interpretación para ampliar, disminuir o afectar de alguna manera el alcance del contenido del clausulado del presente contrato.
TRIGÉSIMA
OCTAVA- LEGISLACIÓN APLICABLE.- “LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente al objeto de este contrato, a todas y cada una de las declaraciones y cláusulas que lo integran y a su Anexo Técnico, así como a los lineamientos, procedimientos y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento; el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente, la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, Ley sobre el Contrato de Seguro y disposiciones vigentes que le sean aplicables.
TRIGÉSIMA
NOVENA.- NOTIFICACIONES.- “LAS PARTES” convienen en que todas las notificaciones que deban o deseen realizarse en relación con el presente contrato, deberán hacerse por escrito, mediante entrega directa con acuse de recibo, fax o correo electrónico o vía correo certificado con acuse de recibo, porte pagado, dirigidas a los domicilios convencionales indicados en las declaraciones del presente contrato y/o al fax o correo electrónico que al efecto se notifiquen por escrito. Las notificaciones se considerarán entregadas en la fecha que aparece en el acuse de recibo, o bien, con el recibo de confirmación de entrega del correo, o en la confirmación de entrega del servicio de mensajería, fax o correo electrónico.
CUADRAGÉSIMA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, por lo que “EL PROVEEDOR” renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa.
CUADRAGÉSIMA
PRIMERA.- CONCILIACIÓN.- “LAS PARTES” acuerdan que si durante la vigencia del presente instrumento jurídico contractual existen desavenencias derivadas de su cumplimiento, en cualquier momento podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación de conformidad con lo establecido en los artículos 77 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 126, 127 y 128 de su Reglamento y 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
El acuerdo a que lleguen “LAS PARTES” durante la conciliación obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente.
Leído que fue por “LAS PARTES” y enteradas de su contenido y alcance legal, se firma el presente contrato y su Anexo Técnico, que forma parte integrante del mismo, por los que en él intervinieron, como constancia de su aceptación, en la Ciudad de México, el día
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Por “LA POLICÍA” COMISARIO GENERAL SECRETARIO GENERAL DE LA POLICÍA FEDERAL COMISARIO JEFE COORDINADOR DE SERVICIOS GENERALES COMISARIO DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES ADMINISTRADOR DEL CONTRATO ABIERTO | Por “EL PROVEEDOR” |
Las firmas que anteceden, forman parte del contrato abierto número , celebrado entre “LA POLICÍA” y la persona moral denominada “ ”, S.A.
FORMATO 12
INFORMACIÓN RELATIVA AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS
¿Cadenas Productivas?
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
¿Afiliarse?
Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal.
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos.
Cadenas Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
o Obtener liquidez para realizar más negocios
o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
o Agilizar y reducir los costos de cobranza
o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, xxx.xxxxx.xxx.xx
o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 y 01800 NAFINSA (62 34 672)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características descuento ó factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL
¿Qué es el directorio de compras?
Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.
Dudas y comentarios vía telefónica,
Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs.
Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 – Xxx Xxxxxxxxx Inn
– 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN
AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
1.- Carta Requerimiento de Afiliación.
Debidamente firmada por el área usuaria compradora
2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)
Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal
Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.
6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio
Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)
En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul) 9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos
Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos
que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
2 convenios con firmas originales
B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas Xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoria que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800- 6234672) ó al 00-00-00-00; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, C.P. 01020, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.