AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.
AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A.
(AcuaMed)
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE:
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
Madrid, 11 xx xxxxx de 2015
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
A. CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN: |
0. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y TRAMITACION DEL EXPEDIENTE |
Se adoptará un procedimiento abierto, en aplicación del artículo 157 y siguientes del TRLCSP, resultando adjudicatario el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa. Asimismo, el expediente se instruirá utilizando la tramitación ordinaria. |
1. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO Y NECESIDADES A SATISFACER |
La definición del objeto de la contratación es la del SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS SIGUIENTES INSTALACIONES E INFRAESTRUCTURAS: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL. • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1. • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE). El objeto del presente Contrato es la prestación de los servicios de operación y mantenimiento, mediante el personal propuesto, para llevar a cabo las actividades que se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares adjunto en el Anexo IV al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, así como los medios técnicos y materiales necesarios, durante el periodo de vigencia del plazo indicado en el pliego. El objeto del contrato así definido constituye un servicio unitario e indivisible tanto en su ejecución como en su resultado por lo que no es partible en lotes o equipos. Código CPV de la Comisión Europea corresponde al código CPV 65130000-3, servicios de explotación de suministro de agua. Las necesidades a satisfacer mediante la ejecución de este contrato son garantizar la correcta operación y mantenimiento de las infraestructuras de producción y distribución del agua de la planta desaladora situada en Mutxamel (Alicante) de las conducciones asociadas a la misma a día xx xxx. |
1.BIS COFINANCIACIÓN EUROPEA |
No aplica. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
2. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO |
2.1. Presupuesto base de licitación (sin IVA) CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (5.687.935,92 €). IVA (21%): UN MILLON CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.194.466,54 €). No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. |
2.2. Valor estimado del contrato (sin IVA) ONCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (11.375.871,83 €). IVA (21%): DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES EUROS CON OCHO CENTIMOS (2.388.933,08 €). No obstante, el IVA se ajustará automáticamente al vigente en cada momento. En este importe se han tenido en cuenta los requerimientos contemplados en el art. 88 del TRLCSP y, en concreto, se ha considerado la posible prórroga máxima de 1 año en el plazo de duración. |
2.3. Determinación del precio: Por precios unitarios, en base a un término fijo mensual (€/mes), más un término variable aplicado a la producción mensual (€/m3 x m3/mes= €/mes). |
2.4. Forma de pago: Mediante certificaciones mensuales según lo indicado en el modelo de contrato que se incluye como Anexo V al presente Pliego. |
2.5. Fecha de abono de las facturas: Según lo especificado en el modelo de contrato que se incluye como Anexo V al presente Xxxxxx. |
3. GARANTÍAS A DISPOSICIÓN DE LA SOCIEDAD |
3.1. Provisional: NO SE EXIGE. |
3.2. Definitiva: 5% del Presupuesto base de licitación. Se presentará de acuerdo con el modelo que se adjunta como Xxxxx XXX al presente Xxxxxx. |
3.3.Complementaria: 5% del Presupuesto base de licitación para ofertas económicas anormalmente bajas. |
4. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA CONTRATACIÓN |
4.1. Plazo de ejecución del contrato |
Plazo máximo: El plazo para la ejecución de los trabajos es de VEINTICUATRO (24) meses. Información sobre El contrato puede ser prorrogado, en uno o varios plazos, hasta un máximo acumulado de prórrogas: VEINTICUATRO (24) meses de acuerdo con la Cláusula Sexta del modelo de contrato que se adjunta como ANEXO V al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, con lo cual el plazo máximo total será de CUARENTA Y OCHO (48) meses, obteniendo el incremento económico de las posibles prórrogas en base al valor estimado del contrato establecido en el apartado 2.2. En este caso, las características del contrato deberán permanecer inalterables durante el periodo de duración de dichas prórrogas. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
Condición de inicio | El inicio del contrato se corresponderá con los trabajos de operación y mantenimiento de las siguientes |
parcial: | infraestructuras: |
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE | |
SOLUCIÓN MUTXAMEL | |
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA | |
(MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y | |
ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 | |
El inicio con respecto de la parte del sistema correspondiente a las OBRAS DE REFUERZO DE LA RED | |
DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX | |
Y MUTXAMEL (ALICANTE), quedará en suspenso hasta que concluya la ejecución de dichas | |
infraestructuras, estando prevista la finalización de las obras en el primer trimestre del 2016. Asimismo, | |
AcuaMed se reserva la posibilidad de que el inicio del contrato respecto de esta parte del sistema se | |
adelante si el desarrollo contractual y constructivo del proyecto de ejecución de obras así lo permite, en | |
cuyo caso el Adjudicatario de la presente licitación deberá poner todos los medios que sean necesarios | |
para llevar a cabo la Operación y Mantenimiento de las infraestructuras en el estado en el que se | |
encuentren en el momento de la orden de inicio por parte de AcuaMed. | |
4.2. Modificaciones previstas en la documentación que rige la licitación: Según lo especificado en el Anexo VI al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, existen las siguientes modificaciones previstas: - Lo ya expuesto en el apartado 4.1 en cuanto a la posible prórroga del contrato. - Asimismo, AcuaMed podrá establecer mejoras y ampliaciones en los elementos de la infraestructura, en beneficio de la producción y características del agua desalada, o de la propia economía y rentabilidad del sistema siempre que solo conllevarán la modificación del contrato en lo que respecta a los planes de trabajo del contratista y, en ningún caso, el aumento del precio. Ello, de conformidad con lo establecido en el Anexo VI. | |
4.3. Existencia de requisitos de publicidad en la Plataforma de Contratación: Sí. | |
4.4. Existencia de requisitos de publicidad en el DOUE: Si. | |
4.5. Existencia de requisitos de publicidad en el BOE: No. | |
4.6. Publicidad en el Perfil de Contratante: Sí (xxx.xxxxxxx.xx) | |
4.7. Admisión de soluciones variantes: No | |
4.8. Existencia de fases: Sí. Primero se valoran los criterios subjetivos y una vez establecida la puntuación se valora el criterio objetivo. Se establece un umbral mínimo de puntuación para pasar de una fase a otra, especificado en el apartado 13.1.5 de este cuadro de características. | |
4.9. Valoración de mejoras o prestaciones complementarias: Si. | |
4.10. Obligación de subrogación en contratos de trabajo. Conforme a lo indicado en el apartado 20 del presente cuadro de características y al Pliego de Prescripciones Técnicas. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
5. DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL |
Los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual: 1. Pliego de cláusulas reguladoras y sus anexos (documento presente). 2. Pliego de prescripciones técnicas particulares, que se anexa al Pliego de Clausulas reguladoras (Anexo IV). 3. Oferta (técnica y económica) presentada por el adjudicatario. 4. Proyecto de Operación y Mantenimiento. 5. Relación de medios personales y materiales que, como mínimo, el adjudicatario deberá adscribir al Servicio. 6. Plan de aseguramiento de la calidad. 7. Programa de Trabajos. 8. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. 9. Requerimientos de seguros 10. Copia de la garantía definitiva. 11. Escritura de apoderamiento del representante del contratista. 12. Documento de nombramiento y aceptación del Director de Explotación. 13. El contrato y sus anexos. En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Xxxxxx, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración. |
B. PARTICIPACIÓN EN LA LICITACIÓN: |
6. DISPOSICIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO |
Información general: La presentación de la correspondiente oferta presupone la aceptación incondicionada, por parte del ofertante, de todas las cláusulas de este pliego sin salvedad. |
7. PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
7.1. Información general: - Cada licitador podrá presentar una única oferta, bien sea individual o conjunta con otros licitadores. La presentación de varias ofertas en las que intervenga un mismo licitador determinará la invalidez automática de todas ellas. - Una vez presentada la oferta no podrá ser retirada, salvo justificación, y en todo caso nunca antes del acto de apertura. - Con el fin de que los licitadores puedan presentar con el mayor detalle posible la documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración, sobre B, se organizará una visita, a concretar fecha, a las instalaciones objeto del contrato. Para asistir a la visita el licitador debe comunicarlo a la dirección de correo @xxxxxxx.xx indicando la denominación de la licitación, el asunto –visita a las instalaciones IDAM Mutxamel- y el nombre de la empresa |
7.2. Lugar: Oficinas de AcuaMed X/ Xxxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx. |
7.3. Plazo: Hasta el día y hora indicados en los anuncios de la licitación. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
7.4. Forma: En sobre cerrado e identificado debidamente conteniendo a su vez 3 sobres cerrados: - Sobre A: Documentación General: Se incluirán los requerimientos de capacidad y solvencia exigidos en el apartado 8 del presente cuadro de características. - Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica), especificada en el apartado 9 del presente cuadro de características. Se presentará copia en CD de esta documentación que deberá coincidir exactamente con la exhibida en papel. En caso de no presentación, la oferta quedará excluida. - Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica), especificada en el apartado 10 del presente cuadro de características. En el exterior de cada sobre se hará constar lo siguiente: - Letra correspondiente al sobre. - Titulo de la licitación. - Nombre completo y siglas, en su caso, dirección, CIF o NIF, teléfono, fax y correo electrónico del licitador |
7.5. Idioma: Español |
7.6. Confidencialidad: Sin perjuicio de las disposiciones legales y xxx xxxxxx relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que estos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. |
7.7. Obligación de suministrar información: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, “Obligación de suministrar información”, de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los adjudicatarios de contratos del sector público, en los términos previstos en el respectivo contrato, estarán obligados a suministrar a la Administración, organismo o entidad de las previstas en el artículo 2.1 de la citada Ley a la que se encuentren vinculados por el Contrato, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquéllos de las obligaciones previstas en el título I de la Ley 19/2013. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
7.8. Protección de datos: En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información: “Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, AcuaMed) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales. El destinatario de la información es AcuaMed, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial y participantes en juicio o a terceros con los que AcuaMed concluya acuerdos de colaboración relacionados con la Obra objeto de licitación. EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a AcuaMed si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa. Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte”. |
8. CONTENIDO DEL SOBRE A |
8.0. Sustitución inicial de documentación por declaración responsable. Conforme a los apartados 4 y 5 del artículo 146 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, añadidos por la Ley 14/2013, en los contratos de obra con valor estimado inferior a 1.000.000 euros y de suministros y servicios con valor estimado inferior a 90.000 euros, para acreditar las circunstancias de la documentación referida en el apartado 1 del referido artículo bastará con una declaración responsable del licitador. Considerando que, en todo caso, AcuaMed podrá recabar en cualquier momento anterior a la propuesta de adjudicación que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato, se solicita expresamente que en los supuestos referidos la declaración responsable se acompañe de la acreditación de la solvencia exigida. |
8.1. Acreditación de la capacidad de las empresas para contratar. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
8.1.1. Documentación fehaciente que acredite la personalidad y capacidad del licitador. - Si la empresa fuese persona jurídica, la personalidad y capacidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución y modificaciones, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. - Si el empresario fuera persona natural, presentará fotocopia legitimada notarialmente o compulsada de su DNI no caducado o del documento que haga sus veces. Si el empresario individual actuase bajo nombre comercial, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos, deberá probar la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial del nombre con el que actúa. |
8.1.2. Fotocopia legitimada notarialmente o compulsada del CIF o NIF del empresario. |
8.1.3. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que haga sus veces. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el Art. 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. |
8.1.4. Certificado expedido por el representante legal de la empresa declarando la vigencia de la escritura pública de poder del representante y de las circunstancias acreditadas en la escritura de la sociedad. |
8.1.5. En su caso, compromiso de constitución de unión temporal de empresas. El compromiso vendrá firmado por los representantes de los empresarios, con poderes suficientes para ello, e indicará los nombres, circunstancias y participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas, caso de resultar adjudicatarios. La unión temporal de empresas se regirá por lo dispuesto en el artículo 59 del TRLCSP. |
8.1.6. Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar recogidas en el Art. 60 del TRLCSP junto con la declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin prejuicio de lo dispuesto en la cláusula 15 para el licitador que resultare adjudicatario. Esta declaración se realizará también dentro de la proposición económica según el modelo del Anexo X. |
XXXXXX DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
8.2. Acreditación de los requerimientos para demostrar la solvencia. 8.2.1. Acreditación de la solvencia económica y financiera. Los empresarios acreditarán las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera por medio de: • Declaración de, al menos, dos entidades financieras en las que se haga constar estar al corriente en todo tipo de operaciones con las mismas. • Cuentas anuales presentadas en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. Dichas cuentas deberán acreditar que el importe de su patrimonio neto, según el balance de las cuentas anuales aprobadas y presentadas en el Registro Mercantil correspondientes al último ejercicio finalizado y, en su defecto, de las correspondientes al último ejercicio cuyo período de presentación haya finalizado, supere el mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, mediante la justificación de la suscripción de un seguro de caución por importe, como cuantía asegurada, del cien por cien del presupuesto base de licitación. En caso de Unión Temporal de Empresas cada uno de los componentes de la Unión deberá acreditar lo anterior de modo que el órgano de contratación pueda apreciar la proporción entre la solvencia de cada componente y su porcentaje de participación en la unión. 8.2.2. Acreditación de la solvencia técnica o profesional Los licitadores que deseen participar en la presente contratación deberán acreditar los siguientes extremos: • Relación de las servicios realizados en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para los servicios más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se exige que la relación contenga, pudiendo ser coincidentes entre ellos: a) Relación de, al menos, UN (1) contrato de servicios de operación en desaladoras de características similares, con al menos una capacidad de producción de agua desalada igual o superior a los 20.000 m3/día, ejecutados durante los últimos 5 años, que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En casos de UTE bastará con que una de las empresas que la constituye pueda relacionar y certificar los requisitos anteriores. b) Relación de, al menos, DOS (2) contratos de servicios de mantenimiento de instalaciones eléctricas y electrónicas, o cuyos trabajos estén incluidos en otros contratos de servicios de mayor alcance, desarrollados para infraestructuras hidráulicas similares a las que son objeto del presente Pliego y ejecutados durante los últimos 5 años, debiendo ser el importe individual de cada uno de ellos superior a los TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €). Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En casos de UTE bastará con que una de las empresas que la constituye pueda relacionar y certificar los requisitos anteriores. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
c) Relación de, al menos, DOS (2) contratos de servicios de mantenimiento de instalaciones de agua, o cuyos trabajos estén incluidos en otros contratos de servicios de mayor alcance, desarrollados para infraestructuras hidráulicas similares a las que son objeto del presente Pliego y ejecutados durante los últimos 5 años, debiendo ser el importe individual de cada uno de ellos superior a los CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €). Dichos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario hubiese sido una entidad del sector público, y si el destinatario fuese un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. En casos de UTE bastará con que una de las empresas que la constituye pueda relacionar y certificar los requisitos anteriores. • Declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución del servicio, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Este apartado se completa con el relativo a la adscripción de medios del apartado siguiente. Se considera necesario disponer de un experto en desalación y equipos electromecánicos, con más de 10 años de experiencia, disponible a petición de Acuamed en calidad de asesor sin que sea necesario que dicha persona forme parte del equipo permanente adscrito al Servicio. • Declaración indicando los medios materiales de que se dispondrá para la ejecución del servicio, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. de los medios materiales mínimos para la correcta realización del servicio. Orientativamente, estos medios han quedado expuestos en el apartado 5 del Anexo IV “Pliego de prescripciones técnicas particulares”. |
8.3. Adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial. 8.3.1. Medios personales. Además de los requisitos de solvencia exigidos en los apartados 8.2.1 y 8.2.2, los licitadores que deseen participar en la presente contratación, deberán presentar un compromiso de adscripción de los medios que se indican a continuación, y que deberán acreditar en el caso de resultar adjudicatario. Dichos medios, de los que se solicitará en el momento de adjudicación la experiencia relativa a servicios similares, son los siguientes: • Jefe de Planta: Será el máximo responsable de la operación y mantenimiento de la planta. Deberá tratarse de un Ingeniero Técnico Superior Industrial o de un Ingeniero Técnico Superior de Caminos, Canales y Puertos o un técnico competente con al menos SIETE (7) años de experiencia demostrable en gestión de plantas desaladoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo, así como un perfecto conocimiento de los equipos mecánicos y del proceso empleados en este tipo de instalaciones. Deberá acreditar al menos DOS (2) años en operación de plantas desaladoras, concretamente. La dedicación será exclusiva. • Ayudante del jefe de planta: Su función será asistir al Jefe de Planta. Deberá tratarse de un ingeniero técnico o superior, o técnico competente, con experiencia mínima de CINCO (5) años, de los que al menos dos años ha de ser en gestión de instalaciones de tratamiento de aguas. La dedicación será exclusiva. • Responsable de Mantenimiento: Ingeniero técnico o superior, con experiencia en mantenimiento en plantas desaladoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo de, al menos, DOS (2) años en operación de plantas de tratamiento de aguas. La dedicación será exclusiva. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
Para justificar lo anterior, adjuntarán un breve currículo (inferior a 5 hojas por persona), junto con una declaración jurada de su disponibilidad en un plazo no superior a 2 meses desde la fecha de presentación de ofertas. Si el personal propuesto no está integrado en la plantilla de la empresa se deberán presentar los compromisos de colaboración que correspondan. En caso de que no se produjera la puesta a disposición del personal propuesto una vez formalizado el contrato, AcuaMed podrá optar por la resolución del mismo. Durante el desarrollo del contrato, cualquier persona que se incorpore o se sustituya del equipo, tendrá que cumplir siempre el perfil requerido. La aplicación de este apartado 8.3.1 se debe considerar sin perjuicio de la información que se ofrece sobre SUBROGACIÓN en la cláusula correspondiente y el pliego de prescripciones técnicas. |
8.3.2. En caso de que no se cumpliera la puesta a disposición del personal propuesto o de la disponibilidad de medios materiales una vez formalizado el contrato, AcuaMed podrá optar por la resolución del mismo. Se considera que la adscripción de estos medios constituye una obligación esencial del contrato. |
8.4. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad. Los licitadores deberán acreditar tener implantado un sistema de calidad en desarrollo de la norma internacional UNE-EN ISO 9001:2000 u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de calidad establecidos en el sistema antes citado en el ámbito de servicios de explotación de suministro de agua. AcuaMed reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios. |
8.5. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental. Los licitadores deberán acreditar tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del reglamento CE EMAS 761/2001, de 19 xx xxxxx de 2001, o disponer de la norma internacional EN ISO 14001 u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado, en el ámbito de servicios de explotación de suministro de agua. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presenten los empresarios. |
8.6. Empresarios extranjeros. Los apartados 8.2., 8.3, 8.4. y 8.5 aplican. |
8.7. En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro. La acreditación de lo anterior se efectuará según lo dispuesto en el artículo 83.2 del TRLCSP. |
8.8. Se deberá presentar daclaración sobre la pertenencia o no a un grupo de empresas, con expresa declaración de si concurren otras empresas del mismo grupo a los efectos de conocer si empresas del mismo grupo han presentado proposiciones. |
8.9. Especialidades para licitadores extranjeros. Será de aplicación lo recogido en los artículos 58, 57,66 y 146.1.e) del TRLCSP. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
8.10. La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en este apartado que hayan emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos serán admitidos si han sido autenticados mediante un afirma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica. |
8.11. Declaración sobre el contenido de las instalaciones y su estado. Los licitadores que deseen participar en esta licitación, deberán presentar una declaración en los términos requeridos en el apartado 13 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares que se adjunta como anexo IV al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras |
8.12. Declaración de Conformidad con las condiciones de comienzo y finalización del Contrato Para concurrir a la presente licitación los licitadores presentarán declaración expresa acerca de los siguientes extremos: - la condición del inicio del Contrato prevista en el apartado 4 no representa onerosidad ni gravamen alguno porque ya ha sido tenida en consideración en la preparación de la oferta. - la posibilidad de que el plazo de ejecución del contrato, cuya previsión de este pliego tiene carácter de máximo, no sea prorrogado no da derecho a indemnización alguna al estar así prevista en las bases de la contratación. |
8.13. Fecha de apertura del sobre A. El primer día hábil laborable en AcuaMed siguiente al de presentación de proposiciones |
9. CONTENIDO DEL SOBRE B |
9.1. Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica) |
La extensión de la documentación que se solicita a continuación no puede superar las 30 páginas en tamaño DIN-A4 pudiéndose incluir en Anexos cuanta información y documentación complementaria se estime oportuno. Xxxxx excluidas aquellas ofertas que no cumplan dicha limitación. Adicionalmente, será obligatoria la entrega de toda la documentación solicitada (principal más anexos) tanto en formato papel como en soporte digital. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
9.1.1.Plan de mantenimiento En base a lo referido en el clausulado xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, los licitadores presentarán un Plan específico de mantenimiento, en el que se incluirá: ▪ La definición de las tareas que comprenderá el Plan de mantenimiento, conforme a todo lo indicado en el Pliego de Prescripciones, señalando los criterios que se han seguido para la elección de las mismas. Se desglosarán en los diferentes tipos de mantenimiento: preventivo, predictivo, normativo y correctivo, indicándose la periodicidad de cada una. Se realizará la descripción de otras actividades de mantenimientos especializados; gestión del stock de repuestos, en función del tipo de reposición, actividad crítica del equipo… ▪ Planificación en el tiempo de todas las tareas antes definidas, asignando los medios humanos descritos en el Pliego y los materiales definidos en el mismo más aquellos otros que el licitador, por su cuenta, aporte al desarrollo del Servicio. Se expondrá el Organigrama del personal que formará parte del Servicio. ▪ Metodología para el seguimiento de la planificación propuesta. Entre otros aspectos, habrá que verificar la ejecución de las labores previstas y señalar el resultado del mantenimiento realizado (del tipo que sea). También se indicará el procedimiento a seguir en el caso de que hubiera existido alguna incidencia (de cualquier tipo) durante la normal realización de los trabajos de mantenimiento. ▪ Se indicará qué software de apoyo utilizará el licitador, sin coste para AcuaMed, caso de resultar adjudicatario, para registrar, en una base de datos, todas y cada una de las actuaciones desarrolladas durante el mantenimiento de las infraestructuras. Se describirá este software en la oferta con una extensión máxima de 1 hoja. ▪ Se propondrá un modelo/s de partes de control a cumplimentar durante la realización de los trabajos de mantenimiento, justificando la inclusión de los diferentes campos que lo integren. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
9.1.2. Plan de Operación Los licitadores incluirán un plan de operación 24h. de las instalaciones objeto del presente Pliego. ▪ Memoria en la que se indique las actividades principales a realizar para la correcta operación de las instalaciones de desalación y transporte, identificando los elementos específicos que pueden condicionarla, tanto los propios de la instalación como aquellos otros externos a la infraestructura. Una vez identificados estos elementos, se propondrá un modo de operación y se habrá de minimizar, en la medida de lo posible, el rendimiento económico de la producción de agua desalada y su transporte hasta su lugar de destino (entendiendo el rendimiento económico como el coste por m3 de agua para abastecimiento entregado a depósitos en alta). Asimismo, se realizará una descripción de las actividades no programadas y las actuaciones de emergencia; descripción de los trabajos y actividades para la protección ambiental; sistema operativo de crisis, que responda a la necesidad de actuaciones fuera de su horario normal de trabajo; plan de paradas programadas, etc. ▪ Plan de control de la calidad y cantidad del agua entregada en alta, así como del vertido, conforme a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas. ▪ Modelo/s de partes de control a cumplimentar durante la operación, indicando su periodicidad y justificando la inclusión de los diferentes campos que lo integren. Nota: Las infraestructuras contempladas en los Proyectos OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 y OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE), se pueden poner en servicio sin que se dispongan de la totalidad del telemando y suministro eléctrico; si por condiciones del servicio fuera necesario la operación y mantenimiento de estas infraestructuras sin que estuviera resuelto el suministro eléctrico a todos los puntos que lo requieren de la instalación, el adjudicatario deberá poner todos los medios necesarios (personal adicional, grupos electrógenos, vehículos…) para dar el servicio objeto del presente Xxxxxx, sin que ello suponga un coste adicional para AcuaMed. Así mismo tampoco supondrá un sobrecoste para AcuaMed que las OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 no dispongan de suministro eléctrico, para lo que el Adjudicatario dispondrá de todos los medios necesarios (equipos electrógenos, baterías…) para la correcta operación y mantenimiento de estas infraestructuras. |
9.1.3. Relación de trabajos adicionales sin coste para AcuaMed ofertados, en su caso. Los licitadores podrán proponer, en su caso, los trabajos adicionales sin coste para AcuaMed, que considere conveniente para la mejora del servicio, detallando características y especificaciones de los mismos, que podrán ser los siguientes: -medidas adicionales de optimización energética en el funcionamiento conjunto de la instalación de desalación y distribución; -propuestas para reducir consumos de reactivos; -mejoras en procesos de filtración; La ejecución de dichos trabajos adicionales se realizará de acuerdo a la planificación que se debe incluir en la oferta y con las condiciones ofertadas que son objeto del servicio, rigiéndose en todo caso por las prescripciones del presente Xxxxxx, y en su defecto por la normativa que resulte aplicable de acuerdo con la naturaleza de cada una. |
9.2. La inclusión de información relativa al sobre C en el sobre B determinará la exclusión de la oferta. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
10. CONTENIDO DEL SOBRE C |
10.1 Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración. (Proposición económica). Se formulará conforme al modelo que figura en el Xxxxx XX a este Pliego. De acuerdo con el referido modelo, la oferta se presentará sin IVA, indicándose aparte a cuánto asciende el importe que, por este impuesto proceda liquidar, incluyendo también el desglose de acuerdo con las partidas que se incluye en el apartado del Presupuesto xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares adjunto. LA OFERTA ECONÓMICA DEBE REALIZARSE SOBRE EL PRESUPUESTO PARA DOS AÑOS MÁS LAS POSIBLES PRÓRROGAS hasta un máximo de 24 MESES adicionales. A todos los efectos se entenderá que las ofertas presentadas comprenden todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte, desplazamiento, honorarios de personal técnico a su cargo, tasas y toda clase de tributos a excepción del IVA que será repercutido como partida independiente. LAS PARTIDAS ALZADAS NO ESTÁN SUJETAS A BAJA PERO LOS CONCEPTOS PRESUPUESTADOS QUE LAS INTEGRAN SI SE APLICARÁN CON LA BAJA PROPORCIONAL OFERTADA PARA EL CONTRATO. Se rechazará cualquier oferta que exceda del presupuesto base de licitación y que no venga formulada conforme al modelo del Xxxxx XX y firmada por el licitador o su representante. |
11. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA |
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación. |
12. APERTURA PÚBLICA DEL SOBRE C: PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
El día y hora indicados en los anuncios de la licitación. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
C. ADJUDICACIÓN: |
13. CRITERIOS DE VALORACIÓN |
13.1.1. Plan de mantenimiento: ocho (8) puntos. Los aspectos fundamentales de valoración serán los siguientes: a) Definición de tareas del Plan de mantenimiento: Se valorará entre 0 y 10 puntos (X1) el grado de detalle en la definición y concreción de los diferentes trabajos a realizar en lo que respecta al mantenimiento de todas las instalaciones. Se prestará especial atención a la contemplación de la totalidad de las infraestructuras que componen el conjunto de la instalación de la desaladora y la red de distribución en alta asociada a ella. EXCELENTE 10 sobre 10. Se definen e identifican de forma exhaustiva, muy correcta, elaborada y ajustada a todas las infraestructuras, las tareas y actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos de mantenimiento de las instalaciones. MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. Se definen e identifican de forma muy correcta y ajustada a todas las infraestructuras, las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos de mantenimiento de las instalaciones. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. Se definen e identifican de forma correcta las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos mencionados. No se contemplan todas las infraestructuras o labores de mantenimiento necesarias en el conjunto de la instalación. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Aunque se definen tareas, algunas de ellas no se consideran del todo adecuadas para el servicio y/o el grado de definición de las tareas no está suficientemente elaborado. No se contemplan todas las tareas o infraestructuras. DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se incluyen tareas no adecuadas para el desarrollo del servicio o el grado de definición de las tareas no es el adecuado. No se contemplan bastantes de las infraestructuras. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. Se detectan muchos errores, tareas no adecuadas y el grado de definición no es el adecuado. No se contemplan bastantes de las infraestructuras. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
b) Planificación en el tiempo de las tareas definidas en el Plan: Se valorará entre 0 y 10 puntos (X2) la coherencia de la planificación presentada, considerando la idoneidad en la periodicidad de cada una de las tareas programadas. EXCELENTE 10 sobre 10. Se planifica en el tiempo de forma exhaustiva, muy correcta y elaborada las tareas definidas en el plan y la propuesta tiene un excelente grado de coherencia, indicando todos los medios necesarios que justifican los plazos dados. Se contemplan todas las tareas del Plan MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. Se planifica en el tiempo de forma muy correcta las tareas definidas en el plan y la propuesta tiene muy buen grado de coherencia, indicando todos los medios necesarios que justifican los plazos dados. Se contemplan todas las tareas del Plan. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. Se planifica en el tiempo de forma correcta las tareas definidas en el plan y la propuesta es coherente y ajustada, indicando todos los medios necesarios que justifican los plazos dados. No se contemplan todas las tareas del Plan. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Aunque se planifica en el tiempo las tareas del Plan, la planificación propuesta no está suficientemente elaborada y/o se detectan pequeñas incoherencias en la propuesta. No se contemplan todas las tareas del Plan DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se incluye una planificación de las tareas con grandes indefiniciones y/o incoherencias. No se contemplan bastantes de las tareas del Plan. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. No se presenta una planificación de las tareas, o la propuesta es del todo errónea. c) Metodología para el seguimiento de la planificación propuesta. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3) la idoneidad de la metodología propuesta, considerando que contemple correctamente la verificación de las actividades a realizar, tanto las que conciernen al normal mantenimiento de las instalaciones como aquellas extraordinarias que pudieran acontecer. EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador incluye propuestas exhaustivas, muy detalladas y muy adecuadas para el control y seguimiento de la planificación propuesta para el servicio. MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas muy detalladas y muy adecuadas para el control y seguimiento de la planificación propuesta para el servicio. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas adecuadas para el control y seguimiento de la planificación propuesta para el servicio. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Se detectan pequeñas indefiniciones en la propuesta de control y seguimiento de la planificación propuesta para el servicio. DEFICIENTE > 0 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se detectan indefiniciones en la propuesta de control y seguimiento de la planificación propuesta para el servicio. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. Se detectan muchos errores, grandes indefiniciones y el grado de definición no es el adecuado. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
d) Software de apoyo. Se valorará de 0 a 10 puntos (X4) la adecuación del software propuesto al Plan de mantenimiento de las instalaciones.
EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador adecúa completamente y correctamente todas las actividades de su Plan de mantenimiento al software propuesto.
MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador adecúa correctamente todas las actividades de su Plan de mantenimiento al software propuesto.
BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador adecúa suficientemente las actividades que refiere de su Plan de mantenimiento al software propuesto, pero faltan algunas actividades
SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. El licitador no adecúa correctamente las actividades de su Plan de mantenimiento al software propuesto y faltan algunas actividades
DEFICIENTE > 0 y menor que 2,50 sobre 10,00. El licitador no adecúa correctamente las actividades de su Plan de mantenimiento al software propuesto y faltan bastantes actividades
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. El licitador no adecúa las actividades de su Plan de mantenimiento al software propuesto.
e) Modelos de partes de control y registros. Se valorará de 0 a 10 puntos (X5) la idoneidad de los partes propuesto por el licitador para el correcto seguimiento del mantenimiento realizado por el adjudicatario EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador incluye propuestas exhaustivas, muy detalladas y muy adecuadas de partes de control.
MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas muy detalladas y muy adecuadas de partes de control.
BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas adecuadas de partes de control.
SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Se detectan pequeñas indefiniciones en la propuesta de partes de control.
DEFICIENTE > 0 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se detectan indefiniciones en la propuesta de partes de control.
MUY DEFICIENTE. 0 puntos. Se detectan muchos errores, grandes indefiniciones y el grado de definición no es el adecuado.
A raíz de las puntuaciones de cada uno de los conceptos (X1 a X5), la puntuación total de este apartado se ponderará según la siguiente expresión:
V = 3X1 + X 2 + 2 X 3 + X 4 + X 5
1 10
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
13.1.2. Plan de operación: ocho (8 puntos). Los aspectos fundamentales de valoración serán los siguientes: a) Memoria. Se valorará entre 0 y 10 puntos (X1) la exposición de la comprensión del funcionamiento de la infraestructura que demuestre cada licitador, necesario para realizar una correcta operación del sistema. EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador demuestra comprender perfectamente el funcionamiento de toda la infraestructura, definiendo e identificando de forma exhaustiva y muy correcta las tareas y actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos de desalación y transporte en alta. MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador demuestra comprender muy bien el funcionamiento de toda la infraestructura, definiendo e identificando correctamente las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos de operación de desalación y transporte en alta. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador demuestra comprender bien el funcionamiento de la mayor parte de las instalaciones, definiendo e identificando correctamente la mayor parte de las actividades necesarias para el desarrollo de los trabajos mencionados. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. El licitador demuestra comprender bien el funcionamiento de sólo parte de la infraestructura; además, aunque se definen tareas, algunas de ellas no se consideran del todo adecuadas para la operación de desalación y transporte en alta y/o el grado de definición de las tareas no está suficientemente elaborado. DEFICIENTE > 0,00 y menor que 2,50 sobre 10,00. El licitador no demuestra comprender el funcionamiento de la infraestructura, incluyendo tareas no adecuadas para la operación de desalación y transporte en alta o cuyo grado de definición no es el adecuado. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. El licitador no demuestra comprender el funcionamiento de la infraestructura, detectándose muchos errores, tareas no adecuadas y el grado de definición no es el adecuado. b) Plan de control de la calidad y cantidad del agua transportada. Se valorará entre 0 y 10 puntos (X2) la coherencia de las propuestas presentadas para controlar la calidad de las aguas tomadas en el punto de origen hasta su entrega al usuario, registrando y minimizando las pérdidas de volumen de agua a lo largo de todo el proceso. EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador incluye propuestas exhaustivas, muy detalladas y muy adecuadas para el control y seguimiento de la calidad y cantidad del agua tratada y transportada MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas muy detalladas y muy adecuadas para el control y seguimiento de la calidad y cantidad del agua tratada y transportada. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas adecuadas para el control y seguimiento de la calidad y cantidad del agua tratada y transportada. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Se detectan pequeñas indefiniciones en la propuesta de control y seguimiento de la calidad y cantidad del agua tratada y transportada. DEFICIENTE > 0 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se detectan indefiniciones en la propuesta de control y seguimiento de la calidad y cantidad del agua tratada y transportada. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. Se detectan muchos errores, grandes indefiniciones y el grado de definición no es el adecuado. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
c) Modelos de partes de control. Se valorará de 0 a 10 puntos (X3) la idoneidad de los partes propuestos por el licitador para el correcto seguimiento de la operación realizada por el adjudicatario EXCELENTE 10 sobre 10. El licitador incluye propuestas exhaustivas, muy detalladas y muy adecuadas de partes de control de la operación. MUY BUENA ≥ 7,50 y menor que 10,00 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas muy detalladas y muy adecuadas de partes de control de la operación. BUENA ≥ 5,00 y menor que 7,50 sobre 10,00. El licitador incluye propuestas adecuadas de partes de control de la operación de la infraestructura. SUFICIENTE ≥ 2,50 y menor que 5,00 sobre 10,00. Se detectan pequeñas indefiniciones en la propuesta de partes de control. DEFICIENTE > 0 y menor que 2,50 sobre 10,00. Se detectan indefiniciones en la propuesta de partes de control de la operación. MUY DEFICIENTE. 0 puntos. Se detectan muchos errores, grandes indefiniciones y el grado de definición no es el adecuado. A raíz de las puntuaciones de cada uno de los conceptos (X1 a X3), la puntuación total de este apartado se ponderará según la siguiente expresión: V = 4X1 + 3X 2 + X3 2 10 |
13.1.3. Relación de trabajos adicionales sin coste para AcuaMed ofertados: cuatro (4) puntos Los aspectos fundamentales de valoración serán los siguientes: a) medidas adicionales de optimización energética en el funcionamiento conjunto de la instalación de desalación y distribución; Se valorará entre 0 y 5 puntos (X1) la propuesta de medidas adicionales de optimización energética de las instalaciones, sin coste para AcuaMed. EXCELENTE: (≥4; ≤5 puntos). Se realizan unas propuestas excelentes, que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. MUY BUENA (≥3; ≤4 puntos). Se realizan unas propuestas correctas que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. BUENA (≥2; ≤3 puntos). Se realizan unas propuestas adecuadas, pero con alguna se considera que más que una propuesta debe formar parte de las actividades a realizar. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. REGULAR (≥1; ≤2 puntos). Las propuestas realizadas no se dirigen con claridad a optimizar el consumo energético de la instalación. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. DEFICIENTE (≥ 0 ;<1 puntos). ). Las propuestas realizadas no consiguen optimizar el consumo energético y no se acompaña de un cronograma de implantación y/o ejecución. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
b) propuestas para reducir consumos de reactivos; Se valorará entre 0 y 5 puntos (X2) la propuesta de medidas adicionales de disminución de consumo de reactivos de las instalaciones, sin coste para AcuaMed. EXCELENTE: (≥4; ≤5 puntos). Se realizan unas propuestas excelentes, que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. MUY BUENA (≥3; ≤4 puntos). Se realizan unas propuestas correctas que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. BUENA (≥2; ≤3 puntos). Se realizan unas propuestas adecuadas, pero con alguna se considera que más que una propuesta debe formar parte de las actividades a realizar. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. REGULAR (≥1; ≤2 puntos). Las propuestas realizadas no se dirigen con claridad a conseguir una disminución del consumo de reactivos de la instalación. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. DEFICIENTE (≥ 0 ;<1 puntos). ). Las propuestas realizadas no consiguen disminuir el consumo de reactivos y no se acompaña de un cronograma de implantación y/o ejecución. c) mejoras en procesos de filtración; Se valorará entre 0 y 5 puntos (X3) la propuesta de medidas de mejora en los procesos de filtración de las instalaciones, sin coste para AcuaMed. EXCELENTE: (≥4; ≤5 puntos). Se realizan unas propuestas excelentes, que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. MUY BUENA (≥3; ≤4 puntos). Se realizan unas propuestas correctas que vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. BUENA (≥2; ≤3 puntos). Se realizan unas propuestas adecuadas, pero con alguna se considera que más que una propuesta debe formar parte de las actividades a realizar. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. REGULAR (≥1; ≤2 puntos). Las propuestas realizadas no se dirigen con claridad a conseguir una mejora en los procesos de filtración de las instalaciones. Las propuestas vendrán acompañadas de un cronograma de implantación y/o ejecución. DEFICIENTE (≥ 0 ;<1 puntos). ). Las propuestas realizadas no consiguen mejora en los procesos de filtración de las instalaciones y no se acompaña de un cronograma de implantación y/o ejecución. A raíz de las puntuaciones de cada uno de los conceptos (X1 a X3), la puntuación total de este apartado se ponderará según la siguiente expresión: V = 2 X1 + X 2 + X 3 . 3 5 |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
13.1.2. Puntuación técnica expandida total. Con el fin de que la puntuación global por los conceptos valorados en 13.1.1 tenga el peso relativo que se le pretende asignar con relación a la valoración de la oferta económica, se aplicará a todas las ofertas la expresión que se indica a continuación, de modo que la máxima puntuación asignada por los aspectos anteriormente citados obtenga al final 20 puntos. PFO = PROi x20 i PM en donde: PFOi, corresponde a la puntuación final de la oferta “i”. PROi, corresponde a la puntuación real de la oferta “i”. PM, es la puntuación máxima de todas las ofertas. |
13.1.3 Puntuación mínima. Aquellas ofertas cuya suma de valoraciones, expansionadas conforme al apartado 13.1.2, no alcance la cifra de 11 puntos, no continuarán en el proceso de selección de la oferta más ventajosa, desechándose, por consiguiente, su oferta económica, que no será abierta en el Acto previsto a tal fin en este Pliego. |
13.2. VALORACION DE CRITERIOS OBJETIVOS: Ochenta (80) puntos. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
13.2.1. Puntuación. Los pasos a dar son: 1) Se determinarán los valores de los presupuestos característicos siguientes: ▪ PT: Presupuesto de licitación. ▪ PM: Presupuesto medio de las ofertas admitidas. ▪ PB: Presupuesto correspondiente al 90% de PM. ▪ PA: Presupuesto de la oferta más baja admitida. 2) Los presupuestos ofertados (PO) se puntuarán del siguiente modo: a) Presupuestos con valores inferiores a PB: Por interpolación lineal entre las puntuaciones siguientes: ⮚ Para PA: V(PA) = VM , valor máximo de puntuación, es decir 80 puntos ⮚ Para PB: V(PB) = VM − 0,1⋅ PT PT − PB b) Presupuestos ofertados con valores iguales o superiores a PB: A cada Presupuesto ofertado (PO), le corresponderá la puntuación V(PO) resultante de la siguiente fórmula: ⎡ 2,7 PT ⎛ PO − PB ⎞2 ⎤ V(PO) = V ⎢1 − ⋅ ⋅ ⎜ ⎟ ⎥ ⎢⎣ 5 PB ⎝ PT − PB ⎠ ⎥⎦ donde V toma los valores: V = V(PB), si PB es mayor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA, ó V = VM, si PB es igual o menor que el Presupuesto ofertado más bajo, PA. |
13.2.2. Ofertas anormalmente bajas. Se considerará como presuntamente anormal o desproporcionada la oferta que se encuentre en los siguientes supuestos: a) Cuando, concurriendo un (1) solo licitador, la proposición económica sea inferior al presupuesto base de licitación en más de veinticinco (25) unidades porcentuales. b) Cuando concurran dos (2) licitadores, la proposición económica sea inferior en más de veinte (20) unidades porcentuales a la otra oferta. c) Cuando concurran tres (3) licitadores, las que sean inferiores en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más xx xxxx (10) unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a veinticinco (25) unidades porcentuales. d) Cuando concurran cuatro (4) o más licitadores, las proposiciones económicas que sean inferiores al noventa y cinco por ciento (95 %) del presupuesto medio de las ofertas abiertas. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormalmente baja, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. Si AcuaMed, considerando la justificación efectuada por el licitador, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, no será tenida en cuenta a efectos de valoración económica. Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, para la determinación del umbral para la consideración de ofertas anormalmente bajas señalado anteriormente, se tomará únicamente la oferta más baja de las presentadas por las distintas empresas pertenecientes al mismo grupo, sin considerar las del resto. Una vez establecido ese umbral, en la aplicación del sistema de apreciación de ofertas anormalmente bajas serán consideradas individualmente todas las ofertas –incluidas las que por pertenecer al mismo grupo no fueron en principio tomadas en cuenta para la determinación del mencionado umbral. No obstante todo lo anterior, cuando una oferta se considere como anormalmente baja, la Mesa de Contratación lo notificará al interesado, a fin de que pueda justificar la viabilidad de su oferta y manifieste en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la comunicación de AcuaMed lo que a esos efectos considere oportuno, tras lo cual la Mesa resolverá motivadamente sobre la apreciación o no de oferta anormalmente baja, debiendo procurarse el asesoramiento técnico procedente. |
14. ADJUDICACIÓN |
14.1. Órgano de contratación. El contrato será adjudicado por el Consejo de Administración de AcuaMed. 14.2. Procedimiento. Con posterioridad a la apertura de ofertas, AcuaMed procederá a su estudio y valoración, seleccionando la oferta se considere económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios de la cláusula 13 del presente Pliego. Efectuado lo anterior, la Mesa de contratación elevará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, el cual requerirá, mediante el Secretario de la Mesa de contratación, al licitador que haya sido propuesto para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme a lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente así como cualquier otra documentación exigida en los pliegos de cláusulas reguladoras y de prescripciones técnicas. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente en el plazo señalado el requerimiento de presentación de la documentación, toda ella prevista expresamente para este momento del procedimiento en los pliegos de cláusulas reguladoras y de prescripciones técnicas, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
La Mesa de contratación antes aludida estará constituida según la composición aprobada mediante acuerdo del Consejo de Administración de 17 xx xxxxx de 2013, y de conformidad con lo recogido en el PROCEDIMIENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN, aprobado por el Consejo de Administración de AcuaMed con fecha 17 xx xxxxx de 2013, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, sin perjuicio de las modificaciones a que dicho Procedimiento se viese sometido como consecuencia de los cambios legales que se produzcan. Realizada la presentación de la documentación requerida, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la misma. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx. La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta. c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del citado TRLCSP. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco (5) días. Si AcuaMed procediera a la renuncia a la celebración del contrato o al desistimiento del procedimiento de adjudicación compensaría a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido y pudieran demostrar hasta un máximo de trescientos (300) euros. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
D. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO: |
15. PLAZO DE FORMALIZACION |
Realizada la adjudicación, se comunicará a los participantes y se solicitará al adjudicatario que, con carácter previo a la formalización, presente la siguiente documentación, así como aquella que, en ese momento, le sea requerida por AcuaMed: - Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. - Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria acreditativa de que la empresa está al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en especial en lo que se refiere al artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria. - Garantía definitiva mediante aval bancario. La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del citado TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, hubiese exigido. En cualquier caso, de no formalizarse el contrato en el plazo previsto, el órgano de contratación podrá declarar sin efecto la adjudicación del contrato. Si las causas de la no formalización fueren imputables a AcuaMed, se indemnizará al Contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP. En el supuesto de que el expediente se haya adjudicado a una Unión Temporal de Empresas, de forma previa a la formalización del contrato, las empresas que compongan dicha Unión deberán acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, y el CIF asignado a la UTE. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
16. MEDIOS DE FORMALIZACIÓN |
Mediante contrato. Al documento que se formalice se unirán como anexos los siguientes documentos: 1) Pliego de Cláusulas Reguladoras, que se adjunta como Anexo nº 1 al contrato, y en el que está incluido como Anexo IV al mismo, el Pliego de Prescripciones técnicas particulares. 2) Oferta (técnica y económica) presentada por el Contratista, que se adjunta como Anexo nº 2 al contrato. 3) Relación de medios personales y materiales que, como mínimo, el Contratista deberá adscribir a la Obra, que se adjunta como Anexo nº 3 al Contrato. 4) Plan de Aseguramiento de la Calidad (se adjunta como Anexo nº 4). 5) Plan de Prevención de riesgos laborales (se adjunta como Anexo nº 5) 6) Requisitos fundamentales para los contratos de seguros (se adjunta como Anexo nº 6). 7) Copia de la garantía definitiva (se adjunta como Anexo nº 7). 8) Escritura de apoderamiento del representante del Contratista (se adjunta como Anexo nº 8). 9) Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del Contratista y del Jefe de Unidad (se adjuntan como Anexos nº 9 y 10). |
17. ANUNCIOS |
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación a abonar por el adjudicatario es de 1.000 euros. |
E. EJECUCIÓN DEL CONTRATO: |
18. CONTRATO |
Información general: El contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones en que el adjudicatario ejecutará los trabajos encomendados para llegar al resultado final de entrega de los mismos, prestando garantía respecto de ellos, a cambio de un Precio. El modelo de contrato se adjunta como Anexo V al presente Xxxxxx. Subcontratación: El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos previstos en el contrato, previa autorización de AcuaMed. Penalidades: AcuaMed tendrá derecho a la imposición de penalidades al contratista en los casos previstos en el contrato. Seguros: Los exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas particulares, incluido como Anexo IV, y en el modelo de contrato, que se incorpora como anexo V Plazo de Inicio del contrato: El plazo comenzará en los quince días siguientes al momento en que AcuaMed de la orden conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de este pliego. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
19. OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
Se consideran obligaciones esenciales del contrato, a los efectos de lo dispuesto en la letra n) de la cláusula 30.1. del mismo, las siguientes: a) La adscripción de los medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial, para el cumplimiento del servicio de operación y mantenimiento objeto de la presente licitación. b) En caso de ocurrencia de una avería, la disponibilidad, en tiempo y forma de los medios humanos y mecánicos necesarios para su reparación. c) Cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación. d) Disponibilidad de los medios materiales mínimos indicados en el apartado 5 del Anexo IV Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. |
20. SUBROGACIÓN |
En relación con la obligación de subrogación en contratos de trabajo, a los efectos que correspondan, y sin que ello prejuzgue la existencia y alcance de tal obligación de subrogación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en la relación anexa firmada por la empresa que actualmente presta el servicio figura la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores de los que ésa es empleadora y están adscritos al contrato saliente. |
21. DIRECCIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
Corresponde a AcuaMed que lo ejercerá por medio de la persona que en su momento designe y que se dirigirá al contratista y a su personal a través del interlocutor que éste haya designado. La documentación generada durante la realización del servicio habrá de ser revisada y firmada por la persona física responsable de la ejecución del contrato por parte del contratista. |
22. REVISIÓN DE PRECIOS |
No aplica. |
23. CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES: |
El adjudicatario se obliga expresamente al cumplimiento de los requisitos exigidos por la legislación vigente con relación al objeto de su actividad y de la hoja de pedido o del contrato, así como al cumplimiento de los requisitos técnicos que le sean exigidos por AcuaMed en atención a lo establecido en el presente Xxxxxx y en lo ofertado por el adjudicatario. Para acreditar el cumplimiento de tales obligaciones AcuaMed podrá requerir al adjudicatario la presentación de los documentos que considere necesarios para tal fin. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
24. REGLAS ESPECIALES RESPECTO AL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATISTA |
1º Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en el pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la “entidad contratante” del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la entidad contratante. 2º La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. 3º La empresa contratista velará especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el pliego como objeto del contrato. 4º La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de otros entes, organismos y entidades. En este caso, el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo diferenciados. Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación. 5º La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla que tendrá entre sus obligaciones: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y la entidad contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informar a la entidad contratante acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. |
25. PLAZO Ó PERÍODO DE GARANTÍA |
El plazo o período de garantía será de un (1) año a partir de la fecha de Recepción del Servicio. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE: • IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL • OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 • OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) |
Nº de expediente: SV/22/15
26. RÉGIMEN JURÍDICO |
La preparación y adjudicación del contrato -sujeto a regulación armonizada- se sujeta a los preceptos del TRLCSP con las adaptaciones previstas en el artículo 190, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho privado. Los efectos y extinción del contrato se sujetan al derecho común. No obstante, serán de aplicación las normas del Título V del Libro I del TRLCSP, sobre modificación de los contratos. |
27. REVISION DE DECISIONES EN MATERIA DE CONTRATACION |
Es de aplicación lo previsto en los artículo 40 a 49 del TRLCSP. |
28. CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Las controversias que pudieran surgir entre las partes que pudieran surgir entre las partes se resolverán por los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional civil, que serán los competentes para conocer de las cuestiones relacionadas con la ejecución del Contrato, con sometimiento expreso a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles |
ANEXO I: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO II: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III: MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
ANEXO IV: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ANEXO V: MODELO DE CONTRATO
ANEXO VI: MODIFICACIONES AL CONTRATO
Supervisado por el subdirector de contratación y supervisión FECHA: FIRMA |
ÍNDICE
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE:
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
1.- INTRODUCCIÓN
2.- OBJETO DEL CONTRATO
3.- RÉGIMEN JURÍDICO
4.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. PRECIO DEL CONTRATO
6.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD
6.1.- Órgano de contratación 6.2.- Mesa de contratación 6.3.- Perfil de contratante
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES
7.1.- Capacidad
7.1.1. Empresas no comunitarias
7.1.2. Empresas comunitarias
7.1.3. Condiciones especiales de compatibilidad
7.1.4. Normas especiales sobre capacidad
7.1.4.1. Personas jurídicas
7.1.4.2. Uniones de empresarios
7.1.4.3. Acreditación de la capacidad de obrar
7.1.4.4. Prohibiciones de contratar 7.2.- Solvencia
7.2.1. Exigencia de solvencia
7.2.2. Integración de la solvencia con medios externos
7.2.3. Concreción de las condiciones de solvencia
7.2.3.1. Solvencia económica y financiera
7.2.3.2. Solvencia técnica o profesional
7.2.4. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión medioambiental
7.2.4.1. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad
7.2.4.2. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental 7.3.- Garantía provisional
8.- CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
8.1.- Contenido de la documentación
8.1.1. Contenido del sobre A: Documentación administrativa
8.1.2. Contenido del sobre B: Documentación técnica
8.1.3. Contenido del sobre C: Documentación económica 8.2.- Lugar, forma y plazo de presentación de proposiciones
8.2.1. Lugar y forma de presentación de proposiciones
8.2.2. Plazo de presentación de proposiciones
9.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN
9.1.- Aperturas de proposiciones. Procedimientos 9.2.- Criterios de valoración de las ofertas
10.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
11.-NULIDAD DEL CONTRATO
11.1.- Nulidad del contrato
11.1.1. Causas de nulidad
11.1.2. Efectos de la declaración de nulidad 12.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
13.- RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS
13.1.- Régimen de recursos en las fases de preparación y adjudicación del Contrato 14.- FUERO TERRITORIAL
ANEXOS
ANEXO I MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III MODELOS DE GARANTÍA DEFINITIVA
ANEXO IV PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ANEXO V MODELO DE CONTRATO
ANEXO VI MODIFICACIONES AL CONTRATO
PLIEGO DE CLÁUSULAS REGULADORAS
1.- INTRODUCCIÓN.
AcuaMed es una sociedad mercantil anónima cuyo capital pertenece íntegramente a la Administración General del Estado. Su tutela corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Xxxxxx.
El objeto social de AcuaMed consiste en:
◼ La contratación, construcción, adquisición y explotación de toda clase de obras hidráulicas y, en especial, de aquellas obras de interés general que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 11/2005, por la que se modifica la Ley del Plan Hidrológico Nacional, se realicen en sustitución de las previstas en su día para la transferencia de recursos hídricos.
◼ La gestión de los contratos para los estudios, proyectos, construcción, adquisición o explotación de las obras citadas, así como el ejercicio de aquellas actividades preparatorias, complementarias o derivadas de las anteriores.
El objeto social podrá realizarse directamente o mediante la participación en el capital de las sociedades constituidas o que pudieran constituirse con alguno de los fines señalados anteriormente.
En el marco de dicho objeto social y para su satisfacción, AcuaMed tiene la necesidad de contratar el SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE:
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
en adelante el Servicio.
2.- OBJETO DEL CONTRATO.
La presente contratación tiene por objeto la realización, por el licitador que resulte adjudicatario, con las garantías convenidas, y en la forma, plazo y condiciones que en el presente Pliego y en los documentos anexos al mismo se establecen del Servicio. La codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea corresponde al código CPV: 65130000-3.
El Servicio se realizará en las condiciones especificadas en el presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
El contrato incluye la asistencia a los técnicos de AcuaMed, o a las personas que ésta designe, lo cual implicará, entre otras actividades, la asistencia a las reuniones y visitas que sean solicitadas.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO.
Además de a las prescripciones del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, la presente contratación se ajustará, en cuanto se refiere a un contrato sujeto a regulación armonizada (artículo 190 del TRLCSP), en materia de preparación y adjudicación, a los preceptos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), salvo las previsiones que la misma declara de exclusiva aplicación a las Administraciones Públicas. Resultarán también de aplicación a la preparación y adjudicación del contrato, las previsiones del Real Decreto 1098/2001, de 26 de octubre, por el que se aprueba (en tanto tiene lugar la aprobación del Reglamento de desarrollo de la nueva LCSP) el Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP) y el Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Generales para la Contratación de Obras del Estado.
La ejecución del contrato, sus efectos, cumplimiento y resolución se regirán por lo establecido en este Pliego y en sus anexos y, en concreto, por el documento de formalización del contrato incluido como Anexo V, y por las condiciones para la modificación del contrato recogidas en el Anexo VI. Subsidiariamente se aplicarán las normas de Derecho Privado.
4.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Y PRELACIÓN.
Además del propio contrato, los documentos que se relacionan a continuación revisten carácter contractual:
1. Pliego de Cláusulas Reguladoras, que se adjunta como Anexo nº 1 al contrato, y en el que está incluido como Anexo IV al mismo, el Pliego de Prescripciones técnicas particulares.
2. Oferta (técnica y económica) presentada por el Contratista, que se adjunta como Anexo nº 2 al contrato.
3. Plan de Aseguramiento de la Calidad (se adjunta como Anexo nº 3).
4. Copia de la garantía definitiva (se adjunta como Anexo nº 4).
5. Escritura de apoderamiento del representante del Contratista (se adjunta como Anexo nº 5).
6. Documentos de nombramiento y aceptación del Delegado del Contratista y del Jefe de Unidad (se adjuntan como Anexos nº 6 y 7).
En caso de discordancia o de contradicción entre el contenido de los documentos contractuales arriba citados, será de aplicación preferente el contrato que se formalice, un modelo del mismo se incluye como Anexo V al presente Xxxxxx, y después los documentos enunciados por el orden de su numeración.
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. PRECIO DEL CONTRATO.
El importe del Presupuesto base de licitación es el que figura en el apartado 2.1 del Cuadro de Características del presente Xxxxxx, entendiéndose como presupuesto máximo, por lo que las ofertas no podrán rebasar en ningún caso su importe.
El valor estimado del contrato es el que figura en el apartado 2.1 del Cuadro de Características del presente Pliego e incluye las prórrogas a las que, en su caso, alude el apartado 4.1 del Cuadro de Características del presente Pliego.
Las ofertas económicas de los licitadores incluirán, expresa y separadamente de los restantes importes especificados, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que proceda por la ejecución de su prestación.
El Precio del contrato coincidirá con el ofertado en la proposición económica correspondiente a la oferta que resulte adjudicataria (presupuesto de adjudicación).
6.- PROCEDIMIENTO Y PUBLICIDAD.
La licitación y adjudicación del contrato se realizará, en todo lo concerniente a la capacidad de los licitadores, publicidad de la licitación, procedimientos de selección y formas de adjudicación, por las normas del TRLCSP y del RGLCAP, propias del contrato de servicios.
La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto a la oferta económicamente más ventajosa, sin admisión de variantes, basándose en lo establecido en los 157 a 161 del TRLCSP y de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego, o declarará desierta la licitación, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en el presente Xxxxxx.
La presente contratación se anunciará en la Plataforma de Contratación del Estado, en el Diario Oficial de la Unión Europea en los plazos y condiciones previstas en el artículo 142 del TRLCSP, y en el perfil de contratante.
6.1. Órgano de contratación.
El órgano de contratación de AcuaMed es su Consejo de Administración.
6.2. Mesa de contratación.
El órgano de contratación de AcuaMed estará asistido por una Mesa de contratación para el estudio e informe de las ofertas y resolución o propuesta de resolución de gestiones relacionadas con la licitación. La Mesa tendrá la composición determinada en el “Procedimiento interno de contratación”, aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad.
A la Mesa de contratación corresponderán las funciones expresamente determinadas en el citado Procedimiento interno.
6.3. Perfil de contratante.
El acceso a la información relativa al presente procedimiento de licitación podrá hacerse a través del perfil de contratante, incluido en la página web de AcuaMed (xxx.XxxxXxx.xx)
7.- REQUISITOS DE LOS LICITADORES.
7.1.- Capacidad.
Podrán optar a la adjudicación de este contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y la acrediten según los requerimientos y por los medios que se especifican recogidos en el apartado 8.1 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, no hallándose, además, comprendidas en prohibición de contratar.
7.1.1. Empresas no comunitarias.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
No será preciso el informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
7.1.2. Empresas comunitarias.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
7.1.3. Condiciones especiales de compatibilidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la adjudicación de contratos a través de un procedimiento de diálogo competitivo, no podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
7.1.4. Normas especiales sobre capacidad.
7.1.4.1. Personas jurídicas.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
7.1.4.2. Uniones de empresarios.
Podrán contratar con AcuaMed las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
7.1.4.3. Acreditación de la capacidad de obrar.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
7.1.4.4. Prohibiciones de contratar.
No podrán contratar con AcuaMed las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de asociación ilícita, corrupción en transacciones económicas internacionales, tráfico de influencias, cohecho, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, malversación y receptación y conductas afines, delitos relativos a la protección del medio ambiente, o a pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanza a las personas jurídicas cuyos administradores o representantes, vigente su cargo o representación, se encuentren en la situación mencionada por actuaciones realizadas en nombre o a beneficio de dichas personas jurídicas, o en las que concurran las condiciones, cualidades o relaciones que requiera la correspondiente figura de delito para ser sujeto activo del mismo.
b) Xxxxx solicitado la declaración de concurso, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, estar sujetas a intervención judicial o haber sido inhabilitadas conforme a
la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) Haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de disciplina xx xxxxxxx, en materia profesional o en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, o en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 xx xxxxx, de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley 22/1988, de 28 de julio, xx Xxxxxx; en la Ley 4/1989, de 27 xx xxxxx, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres; en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases; en la Ley 10/1998, de 21 xx xxxxx, de Residuos; en el Texto Refundido de la Xxx xx Xxxxx, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen.
e) Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información concerniente a las modificaciones acaecidas, en su caso, a efectos de clasificación o la variación de las circunstancias que figuren en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
f) Estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos de cualquier Administración Pública, así como los cargos electos al servicio de las mismas.
La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y descendientes de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, siempre que, respecto de los últimos, dichas personas ostenten su representación legal.
g) Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el incumplimiento a que se refiere el artículo 18.6 de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, o equivalente de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo.
Las prohibiciones de contratar afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser
expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
7.2. Solvencia.
7.2.1. Exigencia de solvencia.
Los empresarios deberán acreditar estar en posesión de la solvencia indicada o, en su caso, de la clasificación de empresa Contratista de Servicios que se recoge en el apartado 8 del cuadro de características del presente Xxxxxx.
Las clasificaciones referidas se han obtenido de calcular el valor medio anual de las prestaciones contractuales correspondientes a los servicios que incluyen las mismas.
En todo caso, la inscripción de los licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita suficientemente y, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario, en cuanto a su personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera o clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en dicho Registro.
7.2.2. Adscripción de medios personales o materiales constitutivos de obligación esencial.
Los empresarios deberán acreditar que disponen de los medios indicados en el apartado 8.3. del cuadro de características del presente Xxxxxx.
7.2.3. Integración de la solvencia con medios externos.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
7.2.4. Acreditación de cumplimiento de las normas de garantía de calidad y de gestión medioambiental
7.2.4.1. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad.
Aplica conforme disponga el apartado correspondiente del cuadro de características.
7.2.4.2. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental.
Aplica conforme disponga el apartado correspondiente del cuadro de características.
7.3.- Garantía provisional
No aplica.
8.- CONTENIDO DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
8.1.- Contenido de la documentación.
La documentación para esta licitación se presentará en tres (3) Sobres independientes (“A”, “B” y “C”), cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos:
▪ La letra correspondiente al sobre.
o Sobre A: Documentación General
o Sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración (Documentación Técnica)
o Sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración (Proposición Económica).
▪ El título de la licitación.
▪ Un índice, coincidente con los apartados que se indican para cada uno de los sobres en el presente Pliego de cláusulas reguladoras, en el que se referenciará la documentación contenida en los mismos.
▪ El nombre completo -y siglas en su caso-, dirección, C.I.F. (o N.I.F), número de teléfono, fax y correo electrónico del licitador y de su representante.
▪ Cualquier otro dato que se exija en el anuncio de licitación.
8.1.0. PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento del artículo 5º de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, por el que se regula el derecho de información en la recogida de los datos, le facilitamos la siguiente información:
Los datos de carácter personal que facilite, cuando entren dentro del ámbito de aplicación de dicha Ley Orgánica, podrán incluirse en un fichero para la gestión de las contrataciones y la contabilización de las correspondientes transacciones, así como integrarse en el directorio de proveedores de bienes y servicios del que es responsable AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. (en adelante, AcuaMed) que garantiza la confidencialidad y seguridad de los datos facilitados, cuya finalidad es el cumplimiento y gestión de forma adecuada de las relaciones contractuales.
El destinatario de la información es AcuaMed, aunque en la ejecución contractual se podrán comunicar datos personales a entidades bancarias para la tramitación de los pagos o cobros, a la Agencia Tributaria en tramitaciones y declaraciones fiscales y, en su caso, a Juzgados mediante requerimiento judicial y participantes en juicio o a terceros con los que AcuaMed concluya acuerdos de colaboración relacionados con el servicio objeto de licitación.
Respecto de los datos de empleados, o en su caso, candidatos, que desarrollarían el proyecto facilitados por EL LICITANTE a AcuaMed con motivo de la prestación del servicio, EL LICITANTE declara que ha informado con carácter previo a su comunicación, de los extremos contenidos en este documento y obtenido el consentimiento expreso de sus empleados y los candidatos para que AcuaMed mantenga en sus bases de datos los citados datos personales y que pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación dirigiéndose por escrito a AcuaMed.
EL LICITANTE mantendrá completamente indemne a AcuaMed si a ésta le fueran imputadas responsabilidades por esta causa.
Los titulares de los datos de carácter personal facilitados por el LICITANTE quedan informados sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose mediante comunicación escrita a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. x/ Xxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx, dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha, firma y fotocopia del DNI o pasaporte.
8.1.1. Contenido del sobre A: Documentación administrativa.
a) Los documentos que acrediten la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, su representación, de acuerdo con lo recogido en el apartado 8.1 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
b) Los documentos que justifiquen los requisitos de su solvencia económica y financiera y técnica y profesional incluidos en el apartado 8.2 del cuadro de características que acompaña a este Pliego.
c) Los documentos que acrediten no estar incurso en prohibición de contratar, según lo expresado en el citado apartado 8.1 del cuadro de características del presente Xxxxxx, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación al empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
e) Declaración de aceptación expresa de todas las condiciones exigidas en este Pliego de cláusulas reguladoras y en el resto de documentación contractual.
Cuando la acreditación de las circunstancias mencionadas en las letras a) y b) se realice mediante la certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o mediante un certificado comunitario de clasificación, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación de AcuaMed pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
8.1.2. Contenido del sobre B: Documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración.
Se compondrá de la siguiente documentación: es conforme a lo indicado en el apartado 9 del cuadro de características.
8.1.3. Contenido del sobre C: Documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración.
Se compondrá de la siguiente documentación: es conforme a lo indicado en el apartado 10 del cuadro de características.
Los importes ofertados deberán fijarse haciendo separación expresa del importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor añadido.
Para cualquier aclaración relativa al proceso de presentación de proposiciones, los participantes se comunicarán con AcuaMed en la dirección indicada en el apartado 7.2 del Cuadro de Características.
La proposición económica, según el modelo recogido en el Anexo II al presente Pliego, deberá incluir el precio ofertado, con el límite del importe del presupuesto máximo de licitación, descrito en el apartado 2 del Cuadro de Características.
A tal fin, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que se adjunta como Anexo V al presente Xxxxxx, se incluye una relación del personal y de sus características que podría estar en la situación prevista en la mencionada Cláusula.
8.2.- Lugar, forma y plazo de presentación de proposiciones.
8.2.1. Lugar y forma de presentación de proposiciones.
Las personas o entidades que deseen participar en la licitación regulada por este Pliego de Cláusulas Reguladoras deberán presentar sus proposiciones directamente en las oficinas de AcuaMed indicadas en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, o en las oficinas de Correos, cumpliendo lo prevenido al efecto en este Pliego de cláusulas reguladoras.
Cuando las proposiciones se presenten en oficinas de Correos, deberán remitirse a la sede social de AcuaMed, debiendo cumplir los requisitos señalados en el Art. 80 del RGLCAP, justificando la fecha y hora de presentación y anunciando a la Sociedad la remisión de la oferta mediante telex, fax o telegrama en el que se consigne la clave,
título completo del expediente y nombre del licitador. El telex, fax o telegrama deberá haberse impuesto igualmente dentro del plazo fijado en el anuncio. A efectos de justificar que el envío por correo se hace dentro de la fecha señalada como límite para la presentación de proposiciones, se admitirá como medio de prueba que el telegrama o fax haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Si después de transcurridos diez (10) días desde la presentación de las proposiciones no se hubiera recibido la documentación en el domicilio mencionado, ésta no será admitida en ningún caso.
Todos los licitadores deberán señalar en el momento de presentar sus propuestas un domicilio, para la práctica de las comunicaciones que se deriven del concurso, o que de cualquier manera puedan afectar al licitador.
Las ofertas se presentarán escritas en castellano y a máquina u otros tipos de impresión mecánica o informática. No se aceptará ningún documento manuscrito o que presente omisiones, erratas, enmiendas o tachaduras que no permitan conocer claramente las condiciones necesarias para valorar la oferta.
La presentación de documentos dentro del sobre A previstos en el apartado 8 del Cuadro de Características del presente Pliego que hayan sido emitidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, serán admitidos si han sido autenticados mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la ley 59/2003, de firma electrónica.
La presentación de proposiciones implica la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que el licitador reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con AcuaMed.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de las especialidades previstas en el TRLCSP sobre admisibilidad de variantes o mejoras y sobre presentación de nuevos precios o valores en el seno de una subasta electrónica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Para cualquier aclaración relativa al proceso de presentación de proposiciones, los participantes se comunicarán con AcuaMed en la dirección indicada en el apartado 7.2 del cuadro de características.
Se podrán presentar peticiones de aclaración hasta diez (10) días naturales antes de la fecha límite para la presentación de las proposiciones.
AcuaMed se reserva el derecho a distribuir al resto de participantes aquellas aclaraciones a las consultas presentadas por cualquiera de ellos, si considera que pueden resultar útiles para todos los participantes.
8.2.2. Plazo de presentación de proposiciones.
El plazo de presentación de proposiciones será, al menos, de cincuenta y dos (52) días, contados desde la fecha del envío del anuncio de la licitación al Diario Oficial de la Unión Europea.
Este plazo podrá reducirse en cinco (5) días cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria.
Si se hubiese enviado el anuncio previo a que se refiere el artículo 141 del TRLCSP, el plazo de presentación de proposiciones podrá reducirse hasta treinta y seis (36) días, como norma general, o, en casos excepcionales debidamente justificados, hasta veintidós (22) días. Esta reducción del plazo sólo será admisible cuando el anuncio de información previa se hubiese enviado para su publicación antes de los cincuenta y dos (52) días y dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de envío del anuncio de licitación, siempre que en él se hubiese incluido, de estar disponible, toda la información exigida para éste.
Los plazos señalados en los dos párrafos anteriores podrán reducirse en siete (7) días cuando los anuncios se preparen y envíen por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Esta reducción podrá adicionarse, en su caso, a la de cinco (5) días adicionales admitidos cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria.
9.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN.
9.1.- Aperturas de proposiciones. Procedimientos.
9.1.1.- A los efectos de la calificación de la documentación presentada, la Mesa de contratación ordenará la apertura de la documentación contenida en el sobre A, procediéndose a certificar la relación de documentos que figuran en el mismo.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación obrante en el sobre A, se comunicarán a los interesados, concediéndoseles un plazo no superior a tres (3) días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen.
9.1.2.- La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, volverá a reunirse y procederá a determinar las personas o empresas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en el sobre A y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
9.1.3.- Una vez realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura del sobre B (documentación correspondiente a los criterios subjetivos de valoración) correspondiente a las proposiciones admitidas se celebrará en el lugar y día señalado en el anuncio de la convocatoria.
Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de contratación a dar las aclaraciones y efectuar las contestaciones pertinentes; pero sin que, en este momento, pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante los plazos de admisión de ofertas o de corrección o subsanación de defectos u omisiones.
El acto de apertura de las distintas proposiciones comenzará dándose lectura al anuncio del contrato y procediéndose, seguidamente, al recuento de las proposiciones presentadas, hecho lo cual se dará conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres que contienen las ofertas se encuentran en la mesa, en idénticas condiciones a aquéllas en que fueron entregados.
En caso de discrepancias entre las proposiciones que obren en poder de la Mesa de contratación y las que, como presentadas, se deduzcan de las certificaciones de que dispone la misma, o se presentasen dudas sobre las condiciones xx xxxxxxx en que han debido ser custodiadas, se suspenderá el acto y se realizarán, urgentemente, las investigaciones oportunas sobre lo sucedido, anunciándose, por el medio que se hubiera previsto en el Pliego, o en su defecto por el que determine la Mesa de contratación, la reanudación del acto público de apertura una vez que todo haya quedado aclarado en la debida forma.
Finalizada la apertura de las proposiciones, se invitará nuevamente a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos (2) días hábiles siguientes al de aquel acto, y se dirigirán al órgano de contratación, el cual, previo informe de la Mesa de contratación, resolverá sobre las mismas.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
9.1.4.- Celebrado el acto público de apertura del sobre B, la Mesa de contratación remitirá las distintas proposiciones presentadas al departamento de AcuaMed encargado de su valoración, el cual redactará un informe al respecto haciéndolo llegar a la Mesa, la cual podrá solicitar los informes técnicos que estime oportunos para llevar a cabo su propuesta al órgano de contratación en el momento que proceda.
Se harán públicas, por parte de la Mesa de contratación, y se comunicarán individualmente a los interesados, las ofertas que hayan sido excluidas por contener proposiciones técnicas inaceptables o por presentar un contenido que no se corresponda con el exigido en el presente Xxxxxx y en el “Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares”, Anexo IV de dicho Pliego, no pudiendo ser abiertos los sobres que contengan las proposiciones económicas relativas a dichas ofertas.
9.1.5.- Una vez realizadas las actuaciones anteriores, el acto público de apertura del sobre C (documentación correspondiente a los criterios objetivos de valoración) se celebrará en el lugar y día anunciado oportunamente por la Mesa de contratación.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variara sustancialmente el modelo establecido o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación por medio de resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal de que no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición. En caso de discrepancia entre el importe de la oferta expresado en letra y el expresado en número, prevalecerá aquél sobre éste, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda claramente otra cosa.
9.1.6.- Las ofertas calificadas como técnicamente aceptables serán económicamente valoradas de acuerdo con lo previsto en la Cláusula 13.1 de este Pliego.
9.1.7.- El procedimiento para la adjudicación es el establecido en el apartado 14 del cuadro de características que acompaña al presente Xxxxxx
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento indicado en dicho apartado en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
La constitución de la garantía requerida tendrá un importe del cinco por ciento (5%) del presupuesto base de licitación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, pudiéndose poner a disposición de AcuaMed de alguna de las formas siguientes:
a) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en las oficinas de AcuaMed en Madrid.
b) Mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en el establecimiento señalado en el punto a) anterior.
Tanto el aval como el contrato de seguro se otorgarán con renuncia expresa al beneficio de excusión, orden, división y cualquier otro que pudiera ser, en su caso, de aplicación, y con compromiso de pago al primer requerimiento de AcuaMed en cumplimiento de las cláusulas del contrato y xxx Xxxxxx de Cláusulas Reguladoras.
La garantía definitiva podrá constituirse por persona distinta al adjudicatario, en cuyo caso serán de aplicación las siguientes disposiciones:
a) Las personas o entidades distintas del adjudicatario que presten garantías a favor de éste no podrán utilizar el beneficio de excusión a que se refieren los artículos 1.830 y siguientes del Código Civil.
b) El avalista o asegurador será considerado parte interesada en los procedimientos que afecten a la garantía prestada, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
c) En el contrato de seguro de caución, tendrá la condición de tomador del seguro el Contratista, y la de asegurado AcuaMed.
La constitución de esta garantía también podrá acreditarse mediante medios electrónicos, informáticos o telemáticos, de acuerdo con lo indicado en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre.
La garantía definitiva responderá, entre otros, de los siguientes conceptos:
i. De las penalidades impuestas al contratista en virtud de lo dispuesto en la Cláusula Trigésimo Quinta del modelo de contrato, que se adjunta como Anexo V al presente Pliego.
ii. De la correcta ejecución del Servicio, de los gastos originados a AcuaMed por la demora del adjudicatario en el cumplimiento de sus obligaciones, así como de los daños causados a ésta con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
iii. De la existencia de vicios o defectos existentes en los bienes suministrados durante el plazo de garantía.
La garantía definitiva no se devolverá o cancelará hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido a satisfacción de AcuaMed el contrato, o hasta que este se resuelva sin culpa del adjudicatario.
Una vez se produzca la liquidación del contrato por AcuaMed y transcurrido el plazo de garantía fijado en el apartado 14 del Cuadro de Características del presente Pliego de Cláusulas Reguladoras, si no resultasen responsabilidades se devolverá la garantía constituida o se cancelará el aval o seguro de caución.
En el caso cesión del contrato no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
Si transcurriese un (1) año desde la fecha de terminación del contrato, sin que se haya producido la liquidación del contrato por causas no imputables al adjudicatario o Comercializador, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades oportunas.
En caso de que el licitador adjudicatario se hubiese encontrado en presunción de temeridad habiendo sido aceptadas las alegaciones presentadas como justificación de su oferta anormalmente baja, además de la garantía definitiva se le exigirá que aporte una garantía complementaria por un importe del cinco por ciento (5%) del presupuesto base de licitación.
9.1.7.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el presente Xxxxxx.
La adjudicación deberá ser motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156 del citado TRLCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007,
de 22 xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco (5) días.
9.2.- Criterios de valoración de las ofertas.
La valoración de los criterios tanto subjetivos como objetivos de valoración, se efectuará aplicando los baremos y las fórmulas recogidas en el apartado 13 del cuadro de características que acompaña al presente Pliego de Cláusulas Reguladoras.
10.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince (15) días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP.
No obstante, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 del citado TRLCSP, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco (5) días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a AcuaMed, se indemnizará al Contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización, excepto en los casos previstos en el artículo 113 del TRLCSP.
11.- NULIDAD DEL CONTRATO.
11.1. Causas de nulidad.
El contrato será nulo en los siguientes casos:
a) Cuando el contrato se haya adjudicado sin cumplir previamente con el requisito de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, en aquellos casos en que sea preceptivo, de conformidad con el artículo142 del TRLCSP.
b) Cuando no se hubiese respetado el plazo de quince (15) días hábiles previsto en el artículo 156.3 del referido TRLCSP para la formalización del contrato siempre que concurran los dos siguientes requisitos:
1.º) que por esta causa el licitador se hubiese visto privado de la posibilidad de interponer el recurso regulado en artículos 40 y siguientes del citado TRLCSP y,
2.º) que, además, concurra alguna infracción de los preceptos que regulan el procedimiento de adjudicación de los contratos que le hubiera impedido obtener ésta.
c) Cuando a pesar de haberse interpuesto el recurso especial en materia de contratación a que se refieren los artículos40 y siguientes del citado TRLCSP, se lleve a efecto la formalización del contrato sin tener en cuenta la suspensión automática del acto de adjudicación en los casos en que fuera procedente, y sin
esperar a que el órgano independiente hubiese dictado resolución sobre el mantenimiento o no de la suspensión del acto recurrido.
d) Tratándose de un contrato basado en un acuerdo marco del artículo196 del TRLCSP celebrado con varios empresarios que por su valor estimado deba ser considerado sujeto a regulación armonizada, si se hubieran incumplido las normas sobre adjudicación establecidas en párrafo segundo del artículo198.4 del referido TRLCSP.
e) Cuando se trate de la adjudicación de un contrato específico basado en un sistema dinámico de contratación en el que estuviesen admitidos varios empresarios, siempre que el contrato a adjudicar esté sujeto a regulación armonizada y se hubieran incumplido las normas establecidas en el artículo 202 del TRLCSP mencionado sobre adjudicación de tales contratos.
No obstante lo dispuesto en todos los casos anteriores, no procederá la declaración de nulidad en el supuesto de la letra a) si concurren conjuntamente las tres circunstancias siguientes:
i. Que de conformidad con el criterio del órgano de contratación el contrato esté incluido en alguno de los supuestos de exención de publicación del anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea previstos en el TRLCSP.
ii. Que el órgano de contratación publique en el Diario Oficial de la Unión Europea un anuncio de transparencia previa voluntaria en el que se manifieste su intención de celebrar el contrato y que contenga los siguientes extremos:
- identificación del órgano de contratación
- descripción de la finalidad del contrato
- justificación de la decisión de adjudicar el contrato sin el requisito de publicación del artículo 142 del TRLCSP
- identificación del adjudicatario del contrato
- cualquier otra información que el órgano de contratación considere relevante
iii. Que el contrato no se haya perfeccionado hasta transcurridos diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio.
Tampoco procederá la declaración de nulidad a que en los supuestos de las letras d) y e) expuestos anteriormente, si concurren conjuntamente las dos condiciones siguientes:
i. Que el órgano de contratación haya notificado a todos los licitadores afectados la adjudicación del contrato y, si lo solicitan, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 137 en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
ii. Que el contrato no se hubiera perfeccionado hasta transcurridos quince días hábiles desde el siguiente al de la remisión de la notificación a los licitadores afectados.
11.2. Consecuencias jurídicas de la declaración de nulidad en los supuestos del apartado anterior.
La declaración de nulidad por las causas previstas en el apartado anterior producirá los efectos establecidos en el artículo 35.1 del TRLCSP.
El órgano competente para declarar la nulidad, sin embargo, podrá no declararla y acordar el mantenimiento de los efectos del contrato, si, atendiendo las circunstancias excepcionales que concurran, considera que existen razones imperiosas de interés general que lo exijan.
Sólo se considerará que los intereses económicos constituyen las razones imperiosas mencionadas en el primer párrafo de este apartado en los casos excepcionales en que la declaración de nulidad del contrato dé lugar a consecuencias desproporcionadas.
Asimismo, no se considerará que constituyen razones imperiosas de interés general, los intereses económicos directamente vinculados al contrato en cuestión, tales como los costes derivados del retraso en la ejecución del contrato, de la convocatoria de un nuevo procedimiento de contratación, del cambio del operador económico que habrá de ejecutar el contrato o de las obligaciones jurídicas derivadas de la nulidad.
La resolución por la que se acuerde el mantenimiento de los efectos del contrato deberé ser objeto de publicación en el perfil de contratante previsto en el artículo 53 del TRLCSP.
En el caso previsto de no declaración de nulidad, la declaración de nulidad deberá sustituirse por alguna de las sanciones alternativas siguientes:
i. La imposición de multas al poder adjudicador por un importe que no podrá ser inferior al 5 por ciento (5%) ni superar el 20 por ciento (20%) del precio de adjudicación del contrato. Cuando se trate de poderes adjudicadores cuya contratación se efectúe a través de diferentes órganos de contratación, la sanción alternativa recaerá sobre el presupuesto del departamento, consejería u órgano correspondiente que hubiera adjudicado el contrato.
Para determinar la cuantía en la imposición de las multas, el órgano competente tomará en consideración la reiteración, el porcentaje del contrato que haya sido ejecutado o el daño causado a los intereses públicos o, en su caso, al licitador, de tal forma que éstas sean eficaces, proporcionadas y disuasorias.
ii. La reducción proporcionada de la duración del contrato. En este caso, el órgano competente tomará en consideración la reiteración, el porcentaje del contrato que haya sido ejecutado o el daño causado a los intereses públicos o, en su caso, al licitador. Asimismo determinará la indemnización que corresponda al contratista por el lucro cesante derivado de la reducción temporal del contrato, siempre que la infracción que motive la sanción alternativa no le sea imputable.
Todo lo expresado hasta el momento, se entenderá sin perjuicio de las sanciones de carácter disciplinario que corresponda imponer al responsable de las infracciones legales.
11.3. Interposición de la cuestión de nulidad.
La cuestión de nulidad, en los casos a los que se refiere el apartado 11.1.1, deberá plantearse ante el órgano previsto en el artículo 41 del TRLCSP que será el competente para tramitar el procedimiento y resolverla.
Podrá plantear la cuestión de nulidad, en tales casos, toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad del referido apartado
11.1.1. El órgano competente, sin embargo, podrá inadmitirla cuando el interesado hubiera interpuesto recurso especial regulado en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP sobre el mismo acto habiendo respetado el órgano de contratación la suspensión del acto impugnado y la resolución dictada.
El plazo para la interposición de la cuestión de nulidad será de treinta (30) días hábiles a contar:
a) desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el artículo 138.2 de la LCSP, incluyendo las razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea,
b) o desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 153 del referido TRLCSP en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
Fuera de los dos casos citados, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde la formalización del contrato.
La cuestión de nulidad se tramitará de conformidad con lo dispuesto en los artículos 314 y siguientes de la LCSP con las siguientes salvedades:
a) No será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44.1 del referido TRLCSP en cuanto a la exigencia de anunciar la interposición del recurso.
b) La interposición de la cuestión de nulidad no producirá efectos suspensivos de ninguna clase por sí sola.
c) El plazo establecido en el artículo 43.2, párrafo segundo y en el 436.3, ambos del TRLCSP, para que el órgano de contratación formule alegaciones en relación con la solicitud de medidas cautelares, se elevará a siete (7) días hábiles.
d) El plazo establecido en el artículo 46.2 del reiterado TRLCSP para la remisión del expediente por el órgano de contratación, acompañado del correspondiente informe, se elevará a siete (7) días hábiles.
e) En la resolución de la cuestión de nulidad, el órgano competente para dictarla deberá resolver también sobre la procedencia de aplicar las sanciones alternativas si el órgano de contratación lo hubiera solicitado en el informe que debe acompañar la remisión del expediente administrativo.
f) Cuando el órgano de contratación no lo hubiera solicitado en la forma establecida en la letra anterior podrá hacerlo en el trámite de ejecución de la resolución. En tal caso el órgano competente, previa audiencia por plazo de cinco (5) días a las partes comparecidas en el procedimiento, resolverá sobre la procedencia o no de aplicar la sanción alternativa solicitada dentro de los cinco días siguientes al transcurso del plazo anterior. Contra esta resolución cabrá interponer recurso en los mismos términos previstos para las resoluciones dictadas resolviendo sobre el fondo.
12.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
AcuaMed podrá acordar la resolución del contrato de Servicios, además de por las causas generales legales y del contrato, por las siguientes causas:
• Incumplimiento, no justificado, de las operaciones que produzcan alteraciones graves en la calidad y/o regularidad de la producción de agua desalada.
• Grave descuido en el mantenimiento de la desalinizadora, siempre que tal conducta de lugar a la reparación por la propia sociedad estatal en más de una ocasión, siempre con cargo a al adjudicatario.
• Desobediencia reiterada del adjudicatario a la autoridad de la DTS, según lo dispuesto en el clausulado del presente Xxxxxx.
• Incumplimiento grave de las órdenes emitidas por escrito por la DTS.
• No incorporación del personal ofertado al Servicio.
• Acumulación de penalizaciones superiores a 50.000 €/mes para los costes variables o a 21.000 €/mes para los costes fijos.
• No incorporación al Servicio del personal ofertado.
13.- RÉGIMEN DE RECLAMACIONES Y RECURSOS.
Serán de aplicación las disposiciones del TRLCSP al respecto que se refieren al régimen especial de revisiones en materia de contratación y medios alternativos de resolución de conflictos, de acuerdo con la nueva redacción que sobre estas cuestiones dio la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx.
14.- FUERO TERRITORIAL.
Las Partes, caso de ejercitar acciones judiciales, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Madrid, con renuncia igualmente expresa a cualesquiera otros fueros que pudiesen corresponderles.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/Dña.: | |
DNI Nº: | Validez hasta: |
Actuando en nombre y representación de | |
Domicilio | |
Localidad | CP |
Según poder otorgado ante el Notario de: | |
D/Dña.: | |
Fecha: | Nº Protocolo |
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni sus administradores o representantes, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con el sector público, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con el mismo, prevista en el artículo 60 del TRLCSP. Así mismo DECLARA hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el medio ambiente.
Lo que firma en a de de 20….
Nota: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, (conforme a lo preceptuado en el apartado 1 del art. 73 del TRLCSP).
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D. ......................................................., domiciliado en .................................................., provincia de
..................................., calle .........................................................., número. con Documento Nacional de
Identidad Número ........................., actuando en nombre .................................................... (propio o de la Empresa que representa. En el caso de que el firmante actúe como Director, Apoderado, etc., de una Empresa o de un tercero, hará constar claramente el apoderamiento o representación), enterado de las condiciones y requisitos iniciales que se exigen para la adjudicación mediante Procedimiento Abierto, del Contrato de Servicio ................................................, se compromete a tomarlos a su cargo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de ……………………. Euros (………. €), IVA no incluido.
(deben expresarse claramente, escritas en letra y cifra, las cantidades en euros que se proponen).
……….. a … de …… de 20….
ANEXO III
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
El Banco (Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito) ................................................., (NIF ………) y en su
nombre y representación Don ............................y Xxx , con poderes suficientes para este
acto,
AVALA a .......................................... (NIF ………) ante la Sociedad AGUAS DE LAS CUENCAS
MEDITERRÁNEAS, S.A., garantizando el cumplimiento por de las obligaciones derivadas del
contrato de Servicio del que es adjudicatario.
En consecuencia, el aval responderá de todas las obligaciones del adjudicatario procedentes del contrato y sus Anexos, así como de las que se sigan indirectamente del mismo; de su ejecución o de su eventual resolución; del reintegro de las cantidades que, en su caso, AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. hubiera abonado en exceso a raíz de la liquidación final; del resarcimiento de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones, incluidos los que pudiesen ser reclamados a AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. por cualesquiera terceros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones Públicas
La garantía que se constituye tiene el carácter de solidaria con con renuncia
a los beneficios de excusión, orden y división, y se podrá hacer efectiva por AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. mediante la sola comunicación a este Avalista del concepto reclamado y de su importe, debiendo el Avalista hacer entrega del mismo en el plazo xx xxxx (10) días a contar desde el requerimiento.
Este aval se concede por importe de (en cifra y en letra) EUROS, y estará vigente hasta
tanto AGUAS DE LAS CUENCAS MEDITERRÁNEAS, S.A. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley contratos del Sector Público mediante comunicación dirigida al Avalista, con devolución de este documento.
............................, a ...... de .................... de 20.....
ANEXO IV
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN
AcuaMed pretende mediante la presente licitación, LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE:
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
DIRECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO (DTS).
Llevará la Dirección Técnica del Servicio (DTS) el ingeniero que designe la sociedad estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas (AcuaMed), desarrollando las misiones de supervisión del contrato de servicio, que se concretará entre otras, en las siguientes actuaciones:
- Aprobar y revisar el Plan de Explotación de la planta desalinizadora y sus anexos (Plan de Operación, Plan de Mantenimiento, Plan Prevención de Riesgos Laborales, Plan de Control de Calidad, etc.), dando su conformidad al mismo, a propuesta del adjudicatario, sin que ello exima a éste de responsabilidad alguna.
- Ordenar el arranque y parada de la desalinizadora (totalmente, o parcialmente por número de bastidores), por no ajustarse al Plan de Explotación establecido, o por otra circunstancia justificada de interés para la sociedad estatal.
- Verificar el cumplimiento de la cantidad y calidad de agua producto.
- Denunciar, en su caso, anomalías en la explotación, y proponer las penalidades a que hubiere lugar, tanto por cumplimiento de la calidad o cantidad garantizada de agua producto, como por cualquier otra anomalía, que serán aplicadas por aquellos órganos que tengan atribuida tal potestad.
- Velar por el correcto funcionamiento de la instalación.
2. OBJETO XXX XXXXXX
El presente pliego tiene por objeto definir las Prescripciones Técnicas Particulares para la contratación de DEL SERVICIO DE EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE:
• IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
Quedan incluidos en el objeto del contrato los trabajos necesarios para la buena operación y mantenimiento de las mencionadas obras e instalaciones, así como de todas aquellas actividades complementarias a realizar, siendo a cargo del adjudicatario todos los gastos necesarios para la prestación del servicio (materiales, legalización de instalaciones, personal, maquinaria, logística, seguros, etc.) excepto la energía eléctrica que corre a cargo directamente de AcuaMed.
Las infraestructuras contempladas en los Proyectos OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1 y OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE), se pueden
poner en servicio sin que se dispongan de la totalidad del telemando y suministro eléctrico; si por condiciones del servicio fuera necesario la operación y mantenimiento de estas infraestructuras sin que estuviera resuelto el suministro eléctrico a todos los puntos que lo requieren de la instalación, el Adjudicatario deberá poner todos los medios necesarios (personal adicional, grupos electrógenos, vehículos…) para dar el servicio objeto del presente Xxxxxx, sin que ello suponga un coste adicional para AcuaMed
3. DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES
Las infraestructuras que son objeto del presente contrato, se describen a continuación:
⮚ IDAM Y OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA LA MARINA BAJA – ALICANTE SOLUCIÓN MUTXAMEL
La planta se diseña para una producción nominal de 50.000 m³/día y la línea de tratamiento prevista es la idónea para las características del agua bruta analizada. Para dicha producción se dispone de tres bastidores de primer paso de igual capacidad de producción y dos bastidores de segundo paso.
El uso del agua producto está previsto para abastecimiento urbano, pero no se descarta el uso agrícola.
Por tanto, el agua final producida en la desalinizadora deberá cumplir la normativa vigente (RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad el agua de consumo humano, y otros de aplicación) en todos sus parámetros.
Una descripción detallada de las instalaciones que tendrán que ser operadas y mantenidas dentro del alcance del contrato de Servicios objeto de esta licitación está recogida en el DVD que se entrega a los ofertantes.
La IDAM está operativa y cumple con todos los requisitos legales.
⮚ OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
Red de distribución
El agua desalada, remineralizada y tratada con hipoclorito se almacena en el depósito de agua tratada de la IDAM; a pie de este depósito se encuentra la estación de bombeo que puede suministrar agua de manera independiente a los dos ramales con destinos diferentes. La canalización empleada en toda la red es fundición dúctil de diferentes diámetros.
El Ramal Norte conecta la desaladora con el nuevo depósito xxx Xxxxxxxx en Campello y el Ramal Sur parte de la desaladora y finaliza en un entronque con la conducción de distribución existente en Vía Parque, cerca de la zona de la Albufereta.
Ambos ramales están dotados de las correspondientes ventosas, desagües y válvulas xx xxxxxx para realizar una correcta operación en las mismas.
El suministro se realiza en las diferentes acometidas de las redes de distribución existentes, depósito de San Xxxx actual, acometida del Hospital o Vía Parque, en el Ramal Sur o en el Ramal Norte en el depósito xxx Xxxxxxxx existente o a la salida del nuevo depósito xx Xxxxxxxx. Se dispone de elementos de telecontrol y de accionamiento en remoto desde el SCADA para la realización de estas maniobras y poder realizar una gestión integral del sistema de distribución en alta.
Depósitos
Dentro de las infraestructuras ejecutadas se incluyen dos depósitos: Ramellat, (Campello) en el Ramal Norte y San Xxxx (San Xxxx de Alicante) en el Ramal Sur. Ambos se han diseñado como depósitos intermedios previos a la entrega del agua a la red de distribución de los usuarios.
Una descripción detallada de las instalaciones que tendrán que ser operadas y mantenidas dentro del alcance del contrato de Servicios objeto de esta licitación está recogida en el DVD que se entrega a los ofertantes.
Las OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE.
DESGLOSADO Nº1 se encuentran actualmente en ejecución y su finalización está prevista en mayo de 2015.
El Adjudicatario debe disponer de todos los medios que se precisen para la operación y mantenimiento de las infraestructuras recogidas en las OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG
Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1; es posible que se deba operar, mantener y vigilar estas infraestructuras sin suministro eléctrico e incluso sin estar operativo el telemando por lo que el ofertante debe contemplar esta situación en su oferta, tanto en la parte técnica como en la económica ya que, en ningún caso, AcuaMed asumirá un sobrecoste por la operación y mantenimiento de estas infraestructuras sean cuales fueren las condiciones de las acometidas eléctricas y el telemando durante el contrato de operación y mantenimiento de las instalaciones objeto del presente Pliego.
⮚ OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
Red de distribución
El agua desalada, remineralizada y tratada con hipoclorito se almacena en el depósito de agua tratada de la IDAM; a pie de este depósito se encuentra la estación de bombeo que puede suministrar agua de manera independiente a los dos ramales con destinos diferentes. La canalización proyectada en toda la red es fundición dúctil de diferentes diámetros.
El suministro se realiza en las diferentes acometidas de las redes de distribución existentes y depósitos.
Depósitos
Dentro de las infraestructuras ejecutadas se incluyen varios depósitos.
Una descripción detallada de las instalaciones que tendrán que ser operadas y mantenidas dentro del alcance del contrato de Servicios objeto de esta licitación está recogida en el DVD que se entrega a los ofertantes.
Indicar que la OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN
ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) se encuentran actualmente en ejecución y su finalización está prevista durante el primer trimestre de 2016.
El Adjudicatario debe disponer de todos los medios que se precisen para la operación y mantenimiento de las infraestructuras recogidas en las OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE); es posible
que se deba operar, mantener y vigilar estas infraestructuras sin suministro eléctrico e incluso sin estar operativo el telemando por lo que el ofertante debe contemplar esta situación en su oferta, tanto en la parte técnica como en la económica ya que, en ningún caso, AcuaMed asumirá un sobrecoste por la operación y mantenimiento de estas infraestructuras sean cuales fueren las condiciones de las acometidas eléctricas y el telemando durante el contrato de operación y mantenimiento de las instalaciones objeto del presente Pliego.
Estas infraestructuras actualmente en ejecución formarán parte del servicio del presente Pliego en el momento en el que AcuaMed dé la orden, para lo que se debe dar el ESCENARIO MINIMO PARA QUE PUEDA INICIARSE LA EJECUCION DE ESTA PARTE DEL CONTRATO
Conforme al pliego de cláusulas reguladoras el inicio de esta parte del contrato quedará en suspenso hasta que concluya la ejecución de la infraestructura denominada “OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX
XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)”, estando prevista la finalización de las obras en el primer trimestre de 2016. Si bien surgiera algún retraso en la ejecución de alguna de las unidades de obra pendientes de ejecución, las conducciones podrán ser operativas desde el momento en el que se ejecute cualquiera de los entronques de las conducciones con las redes existentes.
AcuaMed se ha reservado la posibilidad de que el inicio del contrato se adelante si el desarrollo contractual y constructivo del proyecto de ejecución de obras así lo permite, en cuyo caso el Adjudicatario deberá poner todos los medios que sean necesarios para llevar a cabo la Operación y Mantenimiento de las infraestructuras en el estado en el que se encuentren en el momento de la orden de inicio. Se considera que el escenario mínimo para que AcuaMed pueda dar la orden de inicio del contrato es que se haya ejecutado al menos uno de los entronques previstos con las redes existentes.
Si el estado de ejecución del proyecto de las obras no presenta el escenario mínimo, AcuaMed no podrá ordenar el inicio de esta parte del contrato ni exigir al adjudicatario del presente contrato la aportación de medios que suplan las deficiencias
NOTA: cualquier variación que pudieran sufrir las obras ejecutadas, objeto del presente Xxxxxx, respecto a lo recogido en los Proyectos vigentes no eximirá al Adjudicatario del cumplimiento del Contrato, siendo que estas variaciones que pudieran surgir no supondrán en ningún caso reclamación por parte del Adjudicatario, quien deberá dar el servicio en las mismas condiciones recogidas en el presente Pliego.
4. DISPOSICIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
FUNCIONES A REALIZAR EN LA IDAM (APARTADOS DEL 4.1 AL 4.11)
4.1.- CONTENIDO DE LAS FUNCIONES A REALIZAR
Se señalan específicamente como funciones a realizar dentro de este contrato cuantas tareas sean necesarias para mantener la desalinizadora en correcto funcionamiento, realizando la operación y el mantenimiento, incluyendo la sustitución de consumibles, reparación de cualquier elemento, así como el aporte de material fungible, piezas de recambio y de reactivos conducentes a producir agua en las condiciones especificadas en los artículos 4.8 y
4.9 del presente PPTP. Para todo ello se dispondrá de personal con experiencia adecuada para cada una de las tareas previstas.
4.2.- OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Incluirá cuantas tareas, tanto automáticas como manuales, sean necesarias para el funcionamiento correcto de la planta, tanto en lo referente a la calidad de agua producto como al uso de todas y cada una de las partes de que se componen las instalaciones. Se entenderá por las instalaciones todo el sistema, que incluye desde la obra de toma de agua de mar y elementos de vertido de la salmuera, hasta la entrega de agua producto en los caudalímetros de salida de Bombeos a las Redes de Distribución (BRD) de salida del depósito, incluyendo todos los equipos y elementos descritos y recogidos en la información que contiene el DVD entregado, así como todos aquellos que sean necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación.
Si, por necesidades justificadas de AcuaMed, el funcionamiento de la planta tuviera que ser discontinuo (con periodos alternativos xx xxxxxx y marcha, para cualquier número de bastidores y para cualquier horario o calendario), el adjudicatario adecuará la operación sin que en ningún caso suponga un sobrecoste o coste extra para la sociedad estatal ni incumplimiento de los requisitos de calidad requeridos en el presente Pliego.
Si, por necesidades de producción o distribución de agua de AcuaMed, la planta tuviera que tener períodos xx xxxxxx prolongada, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar ningún sobrecoste.
Los servicios que deberá prestar el adjudicatario de la presente licitación son los que, de modo no exhaustivo, se relacionan a continuación:
- Vigilancia y control de la totalidad de las instalaciones, permaneciendo al menos siempre un mínimo de dos personas en las instalaciones objeto del presente Pliego.
- Controlar, operar y optimizar los procesos, al efecto de alcanzar los rendimientos comprometidos en la oferta y, como mínimo los contemplados en el Proyecto vigente, garantizando siempre que se opera conforme a lo recogido en el documento de garantía aportado por el fabricante de membranas. Para llevar a cabo este control deberá realizar diariamente lecturas de caudales, energía, parámetros de calidad del agua, etc., registrando estos datos en unas hojas estadillo que refleje el funcionamiento real de la instalación.
- Controlar y operar el sistema de dilución de vertido y recuperación de energía (salto hidráulico de la salmuera). Será responsabilidad del adjudicatario su correcto funcionamiento y deberá responder de los perjuicios que puedan derivarse de la mala operación del mismo.
- Realizar el control analítico de los procesos, para la obtención de todas las variables que definen cada uno ellos.
- Realizar los análisis físico-químicos y bacteriológicos correspondientes a este tipo de instalaciones, de acuerdo con las indicaciones de frecuencia y lugar que indique el Director Técnico, y acorde a la normativa de aplicación (RD 140/2003, etc.), que se tomará como criterio de mínimos.
- Realizar los mantenimientos predictivos, preventivos, reglamentarios, metrológicos, correctivos y específicos requeridos para las instalaciones.
- Cumplimentar diariamente las fichas de mantenimiento preventivo, histórico de averías u otros datos de mantenimiento, partes de incidencias, así como informar al Director Técnico de AcuaMed sobre cualquier anomalía o incidencia por escrito.
- Cumplimentar diariamente un parte de incidencias, recogiendo con especial detalle aquellas que afecten a la producción, como paradas por microcortes de suministro eléctrico, etc.
- Optimizar el empleo de los productos químicos en la IDAM, efectuando las pruebas necesarias para determinar las características y dosis de aquellos que aportan las mejores prestaciones técnico- económicas, menores repercusiones medioambientales y mejores condiciones de seguridad posibles para el conjunto de procesos de los que su uso tiene influencia.
- Minimizar el coste derivado del consumo de energía eléctrica, sin perjuicio del pleno cumplimiento de la calidad exigida al agua producida, ni detrimento de la función para la que se diseñaron las distintas instalaciones recogidas en el presente pliego.
- Gestionar y elaborar el Programa Anual de Vigilancia y Control del Vertido, atendiendo a los requisitos exigidos por el Servicio de Vigilancia e Inspección Ambiental de la Consellería competente de la Comunidad Valenciana (CV) en la Autorización de Vertido vigente en cada momento, contando con la aprobación de la DTS. Incluye la realización de las campañas mensuales o trimestrales de análisis del efluente y de las aguas receptoras, control de sedimentos y organismos bentónicos, control de la pradera de Posidonia oceánica, vigilancia estructural del emisario y cualesquiera otras tareas impuestas en las autorizaciones.
- Evitar la producción de impactos ambientales y gestionar los residuos según la normativa vigente.
- En el caso de producirse alguna anomalía en los procesos, comunicar a la DTS las posibles alternativas y acciones a adoptar, indicando el plazo previsto para subsanar dichas deficiencias. En todo momento, las acciones a tomar se atendrán a lo indicado por la DTS.
- Enviar un informe mensual de acuerdo al modelo aprobado por la DTS.
- Realizar, controlar y evaluar, durante todo el plazo de duración del contrato, el Plan de Prevención de Riesgos Laborales del centro de trabajo y los documentos de evaluación de riesgos laborales y planificación preventiva del mismo, debiendo tener conocimiento de ello la DTS.
- Adoptar las medidas necesarias durante la ejecución de los trabajos de operación y mantenimiento de las instalaciones, de manera que quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que puedan originarse, si a tenor de las leyes vigentes incurriese en culpabilidad.
- Mantener en perfecto estado de conservación y limpieza todas las infraestructuras y equipamientos.
- Mantener en perfectas condiciones el aspecto general de la instalación, cuidando la limpieza general (incluidas oficinas, despachos, mobiliario, laboratorio, servicios, escaleras, talleres y cualquier otra dependencia propia de la instalación), estado de pinturas, mobiliario, viales, jardines, plantas de interior, etc. Se incluye también la desinfección y desratización, y la gestión de la fuente ornamental (control de legionella, etc.).
- Realizar una adecuada gestión de residuos y fangos para su posterior retirada por gestor autorizado según normativa de aplicación.
- Realizar todas aquellas actividades y trabajos submarinos necesarios para el adecuado funcionamiento de la desalinizadora. En particular, los necesarios para el control efectivo de la dilución de la salmuera, como la puesta en servicio o anulación de módulos del sistema de difusores, de manera que para cada producción de la planta, las condiciones de vertido sean similares a las hipótesis de los modelos de dilución y dispersión utilizados en los documentos ambientales y autorizaciones del Servicio de Vigilancia e Inspección Ambiental (CV).
4.3.-MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.
Se realizarán todas aquellas tareas, revisiones, comprobaciones y limpiezas que los manuales de operación indiquen o recoja el Programa de Mantenimiento, las que ordene el Director Técnico del Servicio así como las que deriven de la detección de cualquier anomalía o avería, y todas aquellas que en el transcurso de la operación de la planta sean necesarias para su correcto funcionamiento.
Entre otras, se consideran en este sentido las siguientes labores:
- Conservar en perfecto estado todos los elementos de infraestructura, tanto de obra civil como de equipos mecánicos, eléctricos, electrónicos, instrumentación, etc.
- Mantener en perfecto estado de funcionamiento todas las instalaciones mecánicas, eléctricas, electrónicas e instrumentación, debiendo encontrarse estas últimas perfectamente calibradas.
- Cambios periódicos de aceite de todos los equipos, de acuerdo con las instrucciones propias del fabricante, en función de las horas de funcionamiento de cada maquinaria.
- Engrase de equipos, estableciendo un plan de engrase en función de la documentación técnica de los fabricantes.
- Operaciones de conservación de equipos y sustitución de elementos de uso normal, tomando como mínimos lo dispuesto en los manuales de operación del fabricante.
- Revisiones periódicas de mantenimiento, encaminadas a eliminar o limitar los riesgos de averías, sustituyendo correas de transmisión, comprobando alineaciones de los acoplamientos, etc., así como el accionamiento y limpieza de bombas y válvulas.
- Reparación y sustitución de piezas que requieren medios auxiliares especiales, tales como grúas, incluido el desmontaje y montaje de elementos sustituidos.
- Reposición de filtros de cartucho.
- Colocación, prueba, reposición y puesta en marcha de membranas.
- Reposición y sustitución de materiales mecánicos y eléctricos fungibles.
- Mantenimiento y conservación de edificios y estructuras metálicas, repintado anual de elementos electromecánicos, estructuras metálicas, etc. Reposición y sustitución de cristalería, cerrajería, carpintería metálica y fontanería. Mantenimiento de jardinería, edificaciones, viales, aceras, etc.
- Reparaciones de albañilería, viales y urbanización, y pintura en obra civil.
- Realizar las preceptivas operaciones de mantenimiento de la acometida eléctrica, subestación, centros de transformación, cabinas de media tensión, etc., aportando los oportunos informes de revisión.
- Mantenimiento del sistema informático, así como equipos de automatismo y control, incluidas modificaciones en el SCADA de la planta
- Mantenimiento de bastidores de alta presión y E.R.I.s.
- Mantenimiento de motores y equipos de bombeo, incluidos los del BRD.
- Mantenimiento y sustitución del sistema de extinción de incendios y de los equipos de seguridad y salud.
- Registro de incidencias y xxxxxxx informatizado, donde al menos se hará constar: la descripción de la avería, fecha en que la misma surgió, descripción de las acciones llevadas al efecto y fecha de subsanación.
- Registro de actuaciones de calibración de instrumentos.
El adjudicatario será responsable de cumplir los condicionantes impuestos por el fabricante de las membranas para la vigencia de la garantía que este otorga a las mismas. Además, con anterioridad suficiente al final del contrato del servicio se realizará, por cuenta del adjudicatario, un análisis en los laboratorios del fabricante de las membranas. El análisis se realizará sobre un elemento de membrana de cada bastidor, a determinar por la DTS, y comprenderá al menos inspección física, test de funcionamiento y autopsia general del elemento, la necesaria reposición de los elementos correrá por cuenta del adjudicatario. En el caso de que los resultados de los análisis pongan de manifiesto que el estado de las membranas es peor del que les corresponde según las proyecciones del fabricante, el adjudicatario estará obligado a reponer cuantas membranas sean necesarias para alcanzar en cada bastidor las condiciones previstas.
Asimismo, el adjudicatario es responsable del orden, limpieza y condiciones sanitarias y de seguridad en el ámbito de la desalinizadora y sus obras e instalaciones (incluido el BRD). Deberá adoptar a este respecto, a su cargo y bajo su responsabilidad, todas las medidas que a tal efecto considere necesarias, además de las señaladas por la normativa vigente y autoridades competentes, sin que se pueda pretender ninguna compensación por parte de la sociedad estatal.
El adjudicatario deberá custodiar las instalaciones objeto del contrato con la máxima diligencia (mantener el alumbrado general, protecciones, señalización, cerramientos, vigilancia, etc.), debiendo hacer frente de manera inmediata a cualquier siniestro, daño o perturbación de mero hecho que un tercero causare en las mismas, incluidas las instalaciones submarinas de la desalinizadora, debiendo reparar los desperfectos en el mínimo plazo posible. Por ello, podrá ejercitar los derechos y las acciones que por razón del siniestro correspondieran a AcuaMed frente a las personas responsables del mismo.
4.4.- INVENTARIOS.
En el plazo de quince días siguientes a la firma del contrato, se procederá por el adjudicatario, por AcuaMed y por el contratista saliente, a suscribir un inventario A (siguiendo la ordenación del Manual de Mantenimiento) de todos los materiales, equipos, herramientas, repuestos, documentación y restantes elementos que existen en las instalaciones y que sean propiedad de la sociedad estatal.
En el plazo de dos meses desde la firma del contrato, se procederá por el adjudicatario y por AcuaMed a suscribir un inventario B (siguiendo la misma ordenación que el anterior) de todos los materiales, equipos,
herramientas, repuestos, documentación y restantes elementos que, siendo propiedad del adjudicatario, están al servicio de la explotación de las instalaciones. En todo caso, este inventario no podrá excluir nada que el adjudicatario haya incluido en su oferta.
El adjudicatario repondrá cuantos elementos incluidos en los inventarios A y B se consuman, deterioren o desaparezcan, manteniéndolo al día y dando cuenta de toda baja o reposición (consumos de inventario).
Podrá, por su parte, aumentar a su xxxxx el número y clase de repuestos si lo considera conveniente para el buen mantenimiento de las instalaciones, incluyendo estos materiales en el inventario B. En todo caso, los repuestos incluidos por el adjudicatario en su oferta deberán estar siempre disponibles.
4.5.- SUSTITUCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE DESGASTE.
Los elementos de desgaste serán sustituidos siempre que se compruebe que se ha agotado su vida útil conforme a lo dispuesto en el Programa de Mantenimiento, cuando el período de trabajo de estos elementos sea inferior a la vida útil estimada en su plan de trabajo, se dará cuenta inmediatamente a la DTS, informándole de las causas que lo han producido y solicitando autorización para su reposición.
4.6.- ALMACENAMIENTO DE CONSUMIBLES Y REACTIVOS.
El adjudicatario estará obligado a tener almacenado en condiciones de uso, o deberá demostrar la garantía de suministro en caso de que no exista capacidad suficiente de almacenaje, tanto de consumibles como de reactivos para un período de explotación a régimen nominal no inferior a QUINCE (15) DÍAS, según las previsiones hechas en el Plan de Operación y Mantenimiento.
4.7.- REPARACIÓN DE AVERÍAS.
Toda avería o anomalía detectada que pudiera afectar a los rendimientos de cualquier equipo o instalación, se comunicará expresamente a la DTS, en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas.
El adjudicatario deberá reparar inmediatamente cuantos desperfectos y averías se produzcan en las instalaciones, corriendo a su xxxxx las mismas.
Las reparaciones de elementos que impidan la continuidad del funcionamiento normal del sistema, se realizarán en un plazo máximo de 24 horas.
En las reparaciones y actividades de mantenimiento preventivo o correctivo, se utilizarán única y exclusivamente, repuestos originales, quedando a disposición de la AcuaMed los repuestos sustituidos.
La sustitución de elementos se someterá a la aprobación de la DTS, quien determinará sobre la conveniencia o no de proceder a la misma, sin que ello suponga eximente alguno para el adjudicatario, único responsable de aquella sustitución. En el caso de no encontrarse repuestos originales, se comunicará a la DTS y se atenderá a las disposiciones de la misma.
El adjudicatario queda obligado a disponer en las instalaciones de todos los materiales, dispositivos, herramientas y repuestos necesarios para un funcionamiento normal y para el mantenimiento de rutina.
4.8.- MEJORAS Y AMPLIACIONES.
El concursante podrá presentar en su oferta todas las mejoras que considere oportunas. Dichas mejoras serán siempre a su cargo y deberán ir enfocadas principalmente a los objetivos considerados en el presente apartado. Las mejoras propuestas deberán ser valoradas de forma individualizada, para lo que deberán ir acompañadas al menos de memoria técnica, esquemas o planos y planificación de los trabajos.
El adjudicatario podrá realizar a su xxxxx toda clase de mejoras durante la vigencia del contrato, siempre que sean aprobadas previamente por la DTS.
Estas mejoras deben orientarse principalmente a la consecución de los siguientes objetivos:
- Disminución de costes de producción.
- Ahorro energético.
- Mejora de la calidad del producto final.
- Mejora de la gestión de la explotación.
- Disminución del consumo de reactivos.
- Aumentar la vida útil de las membranas.
En caso de que las mejoras propuestas por el adjudicatario fuesen aceptadas serán sin coste para AcuaMed, por lo que no producirán modificación del precio ofertado.
Toda mejora o modificación efectuada en equipos o instalaciones, quedará reflejada en los planos o esquemas eléctricos correspondientes, además de incorporarse a los manuales de operación.
4.9.-PRODUCCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL AGUA DESALADA.
La capacidad de producción máxima de la desalinizadora de Mutxamel en su configuración actual se establece en 50.000 m3/día (18 hm3/año) repartidos entre los tres (3) bastidores instalados de primer paso.
Para el funcionamiento habitual de la planta, la capacidad de producción nominal se establece en 50.000 m3/día (18 hm3/año), procediendo a medir la misma en los caudalímetros de salida del depósito.
El uso del agua producto será principalmente para el abastecimiento urbano de la población por lo que el agua final de salida deberá cumplir la normativa vigente (RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad el agua de consumo humano, y otros de aplicación) en todos sus parámetros.
Además, en caso de que se estableciera un uso para riego, los criterios de calidad del agua de salida que deberá cumplir son:
Parámetro | Rango |
Cloruros | < 275 ppm |
TDS | < 600 ppm |
Boro | < 1 ppm |
Ph | 7 ≤ pH ≤ 9 |
SAR | < 8 |
La “agresividad” (evaluada por el índice xx Xxxxxxxxx) será muy moderada y compatible con los materiales de las conducciones previstas para transportar y distribuir este agua. La DTS se reserva el derecho de exigir que el agua producida alcance unos niveles óptimos de remineralización, que se estiman en:
Parámetro | Rango |
Alk (mg CaCO3/l) | 60 ± 3 |
HCO3 (mg/l) | 73 ± 4 |
Ca (mg/l) | 24 ± 2 |
CO2 (mg/l) | 0,7 ± 0,1 |
LSI óptimo | ± 0,25 |
LSI máximo (RD) | ± 0,50 |
Cualquier variación sobre los valores anteriores tendrá que ser expresamente autorizado por la DTS.
Igualmente, y al objeto de garantizar la efectividad de la posterior desinfección (a realizar por otros organismos), la DTS se reserva el derecho de modificar el valor de pH del agua entregada, dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.
4.10.- CARACTERÍSTICAS DEL AGUA DE RECHAZO.
El vertido del rechazo obtenido en el proceso de producción de agua desalada se realizará a través de la obra de vertido: arquetas de vertido, emisario submarino y difusores de salmuera. El vertido deberá cumplir en todo momento con las prescripciones contempladas en los objetivos de calidad ambiental previstos en la Declaración de Impacto Ambiental del MMA, la Autorización Ambiental Integrada, que incluye la Autorización de Vertido vigente (Conselleria competente de la CV) y cualquier otra normativa que pueda ser de aplicación. Así mismo, se realizará de forma que no de lugar a la producción de incrustaciones, erosiones, etc. en todo el recorrido de la conducción.
4.11.- ENSAYOS, ANÁLISIS Y PARTES.
4.11.1.- DETERMINACIÓN DE PARÁMETROS DE CONTROL.
Con el fin de garantizar el funcionamiento estable de la instalación, y que la misma desala adecuadamente, en el grado requerido y en las condiciones ofertadas, se llevarán a cabo y se registrarán en los correspondientes partes los ensayos, análisis y determinaciones de los parámetros siguientes, como mínimo:
⏵En el agua bruta o de entrada:
- Densidad
- Temperatura
- pH
- Conductividad Eléctrica (CE)
- Materia Orgánica - Ion Calcio (Ca+2)
- Ion Magnesio (Mg+2)
- Xxx Xxxxxxx (K+)
- Xxx Xxxxx (Na+)
- Ion Carbonato (CO3=)
- Ion Bicarbonato ( HCO3-)
- Ion Sulfato (SO4=)
- Xxx Xxxxxxx (CI-)
- Contenido en Aluminio (AI), Hierro (Fe), Manganeso (Mn), Estroncio (Sr), Boro (B), y Bario (Ba)
- Sólidos Totales Disueltos (TSD)
⏵En el agua tratada o producto:
- Densidad
- Temperatura
- pH
- Conductividad eléctrica (CE)
- Sólidos Totales Disueltos (TSD)
- Índice xx Xxxxxxxxx
- Boro
- Turbidez
⏵Consumo de energía eléctrica medida en contadores de compañía suministradora instalados en la desaladora.
⏵Producción de agua desalada medida en los caudalímetros de salida.
⏵Consumo de productos químicos medido en facturas de compra y variación de existencias en almacén.
Las muestras para los ensayos y análisis de dichos parámetros, realizados por laboratorio acreditado externo, se tomarán durante dos días de la semana. Los días y las horas de extracción de las muestras serán fijados por la DTS.
El adjudicatario deberá remitir a la DTS los resultados de la analítica en formato digital y acompañarlos de los análisis originales firmados por el técnico acreditado del laboratorio concertado. Asimismo, se deberá confeccionar una base de datos para el estudio histórico de cada uno de los parámetros analizados, que mensualmente deberán actualizarse y remitirse a la DTS. El incumplimiento de esta directriz llevará asociada la no inclusión en el abono al adjudicatario del apartado de los costes fijos “Análisis de agua producto”.
Si la DTS así lo determina, cada muestra a analizar se dividirá en tres partes, al objeto de realizar el análisis de las mismas por triplicado. Uno de ellos será realizado por el adjudicatario, si lo desea y a su xxxxx, y otro para AcuaMed, x xxxxx del contrato objeto de este Pliego. El tercero se mantendrá en reserva, durante el tiempo que la DTS fije, para contraste.
Residirá en la DTS la aprobación del laboratorio que el adjudicatario proponga, que en cualquier caso deberá estar certificado según la Norma UNE-EN-ISO 9000 para toma de muestras y análisis físico-químicos de aguas.
Para garantizar la calidad del agua producida, algunos parámetros deben estar sometidos a control diario, por esta razón el adjudicatario enviará diariamente a quien le indique la DTS, los resultados de al menos los parámetros siguientes en el agua producto:
- Boro
- Índice xx Xxxxxxxxx
- pH
- Conductividad
- Turbidez
4.11.2.- PLAN DE CONTROL DE CALIDAD.
El adjudicatario deberán elaborar un Plan de Control de Calidad detallado, conteniendo al menos plan de recogidas de muestras, programación y frecuencia de los análisis a realizar y parámetros que se estudiarán en cada uno de ellos, programación de toma de datos de proceso, plan de calibración de instrumentación, formato de estadillos de registro de datos, fichas de características técnicas y de seguridad de los reactivos propuestos, etc. Para el caso de los análisis, los planes y programaciones presentados deben reflejar como mínimo la frecuencia, número y parámetros a analizar que se establecen en el RD 140/2003.
El Plan de Control de Calidad definitivo deberá contemplar, en cualquier caso, todos los análisis del agua producto incluidos en cada “Plan anual de análisis de autocontrol de la IDAM”, aprobado por el Servicio de Salud Pública (Dirección General de Salud Pública) de la Consellería de Sanidad (CV).
Para el laboratorio de la desalinizadora los licitadores podrán proponer la adecuación, a su xxxxx, de la implantación de sistemas de gestión de la calidad según la Norma UNE-EN-ISO 9000. En este caso deberá presentar el tipo de certificación u homologación que propone conseguir, la dinámica a seguir para la obtención de dichos certificados y el plazo necesario para dicho fin.
Durante el funcionamiento de la planta se efectuarán, al menos, los siguientes controles:
A) Análisis del agua bruta, del agua tratada y del rechazo.
B) Control diario de los volúmenes de agua bruta, agua desalada producida y distribuida, así como de rechazo, detallando los valores parciales y a origen de cada uno de los siguientes conceptos:
• CAUDAL DE AGUA BRUTA (entrada de agua de mar):
-Impulsión desde cántara de agua de mar
-Entrada filtros de arena abiertos y cerrados
-Alimentación bombas ósmosis
• CAUDAL DE AGUA PRODUCIDA Y RECHAZO (de cada bastidor):
-Agua producto por etapas, y fases si procede
-Salmuera entrada, si procede, y salida. Factor de conversión
• CAUDAL DE AGUA PRODUCIDA Y RECHAZO (total):
-Agua producto.
-Salmuera
-Factor de Conversión
C) Control diario de las presiones de trabajo a lo largo del proceso, en los siguientes puntos significativos:
•ALIMENTACIÓN
-Salida filtros
-Diferencial en filtros cerrados
•DE CADA BASTIDOR:
-Aspiración bombas ósmosis
-Alimentación bastidor
-Diferencial bastidor
D) Control diario de la conductividad de agua bruta, efluente producido y rechazo:
•ALIMENTACION:
-Salida filtros
•TRATAMIENTO (por cada bastidor):
-Agua producto
-Salmuera
-Aspiración bombas booster
•TRATAMIENTO (total):
-Agua producto
-Salmuera
E) Control mensual de los consumos de los diferentes reactivos empleados en la totalidad del proceso, y diario de la energía eléctrica consumida (este último con lecturas parciales y a origen en cada uno de los puntos que indique la DTS).
•CONSUMO DE REACTIVOS:
-Reactivos de pretratamiento
-Reactivos limpiezas químicas
-Control de pH (hidróxido sódico)
-Cal (hidróxido cálcico)
-CO2
•CONSUMO ENERGÉTICO en cada uno de los procesos parciales de tratamiento del agua, y total de producción de agua osmotizada y tratada.
F) Control mensual de los diferentes costes producidos en relación con el consumo de agua bruta y la producción de agua desalada.
En función de la periodicidad de cada uno de los controles descritos, el adjudicatario procederá a adjuntar los mismos a la emisión de los correspondientes partes diarios, semanales, mensuales y anuales, en donde se harán constar cuantas observaciones procedan para justificar los resultados obtenidos respecto a los inicialmente esperados.
El adjudicatario remitirá con la frecuencia y a quien le indique la DTS, los datos obtenidos en dichos controles.
4.12.- CONCORDANCIA DE LOS ENSAYOS Y DE LOS ANÁLISIS.
Se considerarán como resultados válidos de los ensayos los obtenidos por parte de la muestra objeto de análisis para AcuaMed, si el adjudicatario no ha realizado los suyos de contraste. En caso de que los lleve a cabo, los resultados obtenidos con ambas muestras se considerarán concordantes, si su diferencia no supera el diez por ciento (10%) del que expresa un mejor funcionamiento de la instalación. El resultado final del ensayo será la media aritmética de las de los dos ensayos concordantes. Si los resultados no son concordantes, se consideran discordantes, y el resultado definitivo se obtendrá del ensayo de la muestra en reserva.
Si en los resultados de un mismo parámetro de calidad se produjera una serie de más de cinco ensayos discordantes, o el número de ensayos discordantes aislados superase el veinte por ciento (20%) del total de ensayos de ese parámetro, se revisará contradictoriamente el procedimiento operativo, hasta conseguir la concordancia.
FUNCIONES A REALIZAR EN LA CONDUCCIONES, ESTACIONES DE BOMBEO Y DEPÓSITOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO
A continuación se relacionan de forma no exhaustiva, una serie de consideraciones básicas respecto a los trabajos a los que se refiere el presente pliego.
a) El objetivo de las infraestructuras es el suministro de agua desde la IDAM Marina Baja (solución Mutxamel) a los usuarios y con los que AcuaMed tiene o tendrá compromisos formalmente establecidos. Las actividades de suministro se deberán realizar con los requerimientos y condiciones establecidos en el presente pliego y, en todo momento, cumpliendo índices de buen servicio.
b) Deberá realizar una correcta operación de todas las instalaciones de manera que en ningún momento se ponga en riesgo ningún elemento ni equipo en ellas contenido. Asimismo, la operación deberá responder al primer objetivo relacionado y asegurar con las máximas garantías el suministro a los usuarios y la buena gestión de los recursos puestos en juego, tanto los hídricos como los económicos.
c) La operación deberá cumplir con las máximas de optimizar los volúmenes de agua, minimizando las pérdidas en el sistema, y optimizar los costes energéticos. En cualquier caso, AcuaMed se reserva la potestad de decidir las condiciones horarias de bombeo en función de las tarifas eléctricas vigentes en cada momento y de circunstancias especiales que influyan sobre el coste energético. Bajo esos criterios básicos, el adjudicatario deberá adaptar sus horarios de trabajo a las condiciones horarias marcadas por la adecuada explotación del sistema, sin que pueda reclamar contraprestación económica adicional alguna por estos conceptos.
d) De igual forma, deberá disponer de la máxima flexibilidad y disponibilidad de sus medios para atender de forma inmediata a la operación de todo el sistema.
e) El adjudicatario deberá realizar un adecuado mantenimiento y conservación de las instalaciones de manera que se mantengan en perfecto estado y que su vida útil se prolongue en el tiempo. Para ello será necesario establecer un plan de mantenimiento que incluya los mantenimientos preventivos, predictivos y, por supuesto, correctivos que deberán atenderse con la mayor prontitud. En el mantenimiento deberán cumplirse íntegramente las actuaciones que fijen las leyes, normas, reglamentos, normas tecnológicas vigentes, así como las recomendaciones dadas por cada fabricante o suministrador de los equipos e instalaciones existentes, además de lo que especifique AcuaMed,
incluyendo operaciones y medidas auxiliares necesarias para su realización. Al mismo tiempo deberá prestarse especial atención a la limpieza y estética de todos los elementos de la instalación.
f) Conservar en las debidas condiciones todas las obras civiles de las instalaciones y los anejos a ellas, como accesos, vallados, viales, arquetas, caminos, jardines, edificaciones, redes, cunetas, etc., procurando que su estado sea el mejor posible.
g) Se prestará especial atención al mantenimiento de las servidumbres incluso vigilando las posibles ocupaciones por parte de terceros de los terrenos expropiados. Dada la afección a múltiples parcelas, servicios e infraestructuras, tanto públicas como privadas, se tendrá una especial atención en las cuestiones, interferencias o conflictos con todos ellos. En particular, se facilitará la señalización del trazado de la conducción a los propietarios que lo demanden.
h) El adjudicatario deberá mantener en perfecto estado de uso y según la legislación vigente todas las instalaciones de suministro eléctrico en propiedad de AcuaMed o aquellas sobre las que AcuaMed ostente dicha obligación. Prestará especial atención a la obtención del máximo rendimiento de estas instalaciones, por ejemplo minimizando las pérdidas y las potencias reactivas.
i) Mantener los sistemas de alarma contra-intrusión de las instalaciones incluidas en el presente pliego, especialmente para evitar vandalismo.
j) El adjudicatario, con la previa aprobación expresa por parte de AcuaMed, podrá contratar a empresas especializadas el mantenimiento de determinados equipos e instalaciones. Respecto al mantenimiento de los siguientes elementos: las acometidas y las líneas eléctricas, distribución baja tensión, las cabinas de potencia y maniobra, y los elementos de instrumentación y telecontrol (con especial atención a la calibración de los equipos de medida), si el adjudicatarios decidiera llevarlo a cabo con medios propios y estos resultaran insuficientes o insatisfactorios para AcuaMed, ésta podrá obligar a la contratación de una empresa especializada para su realización.
k) Adquirir todos los materiales, productos, reactivos, grasas, aceites y demás consumibles necesarios para el debido mantenimiento, conservación y operación. Se excluirá expresamente el suministro eléctrico y seguros que será gestionado/abonado directamente por AcuaMed.
l) Reparar o reponer todos los elementos de las instalaciones existentes que se deterioren a partir del inicio del presente contrato, siempre que xxxx debidos a negligencia o imprudencia del adjudicatario. En el resto de los casos correrá por cuenta de AcuaMed previa justificación y aprobación por parte del responsable designado por AcuaMed. De tal modo que independientemente de la situación actual, una vez venza el plazo del contrato, la instalación quedará en perfecto estado de funcionamiento.
m) El adjudicatario deberá medir, registrar y analizar todos aquellos parámetros que afecten a la operación de las infraestructuras, en especial los relativos a la facturación a los usuarios de AcuaMed, los caudales circulantes en los tramos y los volúmenes regulados. Para ello deberá apoyarse en el sistema de control implantado.
n) Mantener informado a AcuaMed sobre cualquier incidencia que afecte a las instalaciones o al suministro. A tal efecto se desarrollará un protocolo de comunicación del operador con la propiedad y los usuarios. Como mínimo con regularidad mensual, o cuando se realice algún trabajo singular o acontezca algún suceso inesperado, y siempre que lo solicite AcuaMed, el adjudicatario redactará un informe sobre el asunto en cuestión. El de periodicidad mensual ha de acompañarse a la propuesta de certificación y habrá de recopilar, como mínimo, todos los trabajos realizados por el adjudicatario en el mes en cuestión. Una propuesta de Informe mensual se presentará para su aprobación a AcuaMed durante el primer mes de vigencia del Contrato.
o) Redactar un plan de explotación en el que se incluyan aspectos de operación y mantenimiento. Para planificar los requerimientos de los usuarios en los años siguientes se contará con la colaboración de los técnicos de AcuaMed. Este plan anual servirá de base para la realización de los diferentes planes mensuales de explotación, que habrán de ser presentados para su aprobación 10 días antes de comenzar el mes en cuestión. AcuaMed podrá suspender el pago de la certificación correspondiente hasta que sea aprobado el Plan mensual de explotación.
p) El adjudicatario adquirirá desde el inicio del contrato la totalidad de las responsabilidades de la coordinación de la seguridad y salud en las instalaciones que estén a su cargo. Deberá asegurar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, incluso las obligaciones en materia de información y formación respecto a los trabajadores y a las empresas que presten sus servicios en las instalaciones. Un mes después del inicio del contrato se entregará a AcuaMed, para su aprobación, la documentación.
q) Implantar un plan de calidad para las actividades que realice y para la documentación que genere.
r) Del mismo modo el adjudicatario deberá presentar durante el primer mes de Contrato un plan de vigilancia ambiental y gestión ambiental específico para el presente contrato Se pondrá especial atención en el tratamiento de residuos.
s) Al inicio y a la finalización del contrato se realizará un acta de recepción, comprobación de conformidad del estado de las instalaciones así como un inventario detallado de materiales, herramientas, útiles, etc. que se pongan a disposición de la actividad.
t) Cabe mencionar que según la legislación vigente el contratista del servicio no poseerá ningún derecho sobre la propiedad, utilización o destino de las aguas impulsadas, reguladas y/o distribuidas, así como tampoco adquirirá ningún derecho sobre las instalaciones, maquinarias y demás elementos existentes en las instalaciones en el momento del comienzo del contrato o que pudieran incorporarse en el transcurso de éste.
5. DISPOSICIONES GENERALES.
NORMAS GENERALES.
La valoración de los trabajos se realizará valorando los costes fijos y los variables, y por partidas alzadas. Los costes fijos se certificarán mensualmente (euros/mes).
Los costes variables, obtenidos para la totalidad de la producción nominal anual de la desalinizadora, serán certificados mensualmente en función de la producción de cada mes expresados en (euros / m3) × (m3 /mes) = euros por mes.
El coste de la energía será abonado directamente por AcuaMed.
El coste de reactivos se estima en función de la capacidad de producción nominal de agua desalada. Estos tendrán la consideración de máximos, es decir, en caso de superar los costes reales a los previstos en este pliego, el exceso correrá por cuenta del adjudicatario, excepto si concurren circunstancias extraordinarias a criterio de la Dirección Técnica del Servicio, cuando podrá utilizarse la “partida alzada a justificar” prevista para tal fin en el presupuesto, o el listado de precios de reactivos que se incluyen en este Pliego. Por tratarse de reactivos de uso ordinario, su coste se repercute directamente a la producción de agua desalada en forma de coste variable.
El coste de reposición de cartuchos y membranas se ha estimado en función de las indicaciones de los fabricantes y de la experiencia acumulada. Tendrá carácter de máximo, corriendo por cuenta del adjudicatario los excesos respecto a las cantidades recogidas en el presente Xxxxxx, por lo que estará obligado a realizar, sin contraprestación económica, cuantas reposiciones sean necesarias (incluso por encima de las estimaciones contenidas en este Pliego) para garantizar la calidad del agua desalada.
La contratación se estimará con arreglo a las siguientes partidas, en que quedarán clasificados todos los trabajos a realizar por el adjudicatario:
COSTES FIJOS:
A) Personal.
B) Mantenimiento general de las instalaciones, Administración y varios.
C) Análisis de agua producto.
D) Programa de vigilancia y control ambiental.
E) Mantenimiento preventivo.
F) Seguros.
G) Redes de distribución.
COSTES VARIABLES:
A) COSTE AGUA
A) Reactivos.
B) Repuestos.
C) Reposición filtros de cartucho.
D) Reposición de membranas.
E) Reposición material granular filtrante.
F) Retirada y gestión de fangos.
G) Reparaciones y conservación de obra civil.
H) Transporte y dosificación en red
B) COSTE ANALISIS
C) PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTAL
Aquellas partidas que no han sido susceptibles de mayor especificación o descomposición se han valorado mediante “partidas alzadas a justificar”.
GASTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.
Además de todos los gastos necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el presente Pliego, serán también por cuenta del adjudicatario los que se originen por el montaje, desmontaje y retirada de cualquier clase de instalaciones, los de protección y seguridad, tanto de las personas vinculadas al servicio como de visitantes, los de mantenimiento de los dispositivos de extinción de incendios, los de conservación y reparación de vías, jardines, etc., adscritos a las instalaciones objeto del servicio, los que afecten a la limpieza general de las instalaciones, los ocasionados por la corrección de las deficiencias que se pongan de manifiesto en las inspecciones, ensayos y pruebas sobre la marcha de las instalaciones y el estado de sus elementos, y en general cualquier otro que pueda presentarse durante la prestación del Servicio.
PERSONAL DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario dedicará a la realización de estas tareas un equipo de trabajo de acreditada solvencia técnica, que desarrolle satisfactoriamente la labor comprometida. Para ello es necesario que los trabajos se realicen por personal especializado que acredite suficientemente, a juicio de la DTS, la experiencia y los conocimientos necesarios. El organigrama propuesto por el ofertante deberá ir acompañado de la pertinente documentación (curriculum vitae) que acredite la especial cualificación del personal.
La empresa designará al equipo facultativo que estará formado por el Delegado del Contratista y el Jefe de Planta. Serán los responsables de la realización de todas las tareas y trabajos objeto de este Pliego. Estos, al igual que el Jefe de Mantenimiento, sólo podrán ser sustituidos por personas de iguales características y experiencia.
Cualquier variación y/o sustitución de personal, deberá ser razonada y puesta en conocimiento de la DTS, antes de proceder a la misma, para su aprobación.
El personal deberá atender con toda corrección a los responsables de AcuaMed en cuanto a visitas, inspecciones y trabajos efectúen en las instalaciones, proporcionándoles todos los datos y detalles que le soliciten. Asimismo, deberá atender todas las visitas que debidamente sean autorizadas por la sociedad estatal.
No se permitirá la entrada en las instalaciones a ninguna persona que no se encuentre vinculada al adjudicatario, a AcuaMed o provista de la autorización correspondiente expedida por la sociedad estatal.
En relación con el personal, será de aplicación lo que corresponda, en su caso, en materia de subrogación, de conformidad con el el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En el Anexo nº 3 del presente Xxxxxx se incluye una relación del personal y sus características que podría estar en la citada situación.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 39/1997, de 17 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el Real Decreto 17/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley 31/95, en materia de coordinación de actividades empresariales y cuantas otras norma, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito así como en el Real Decreto 337/2010, de 19 xx xxxxx, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención; el Real Decreto 1109/2007, de 24 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, y su legislación complementaria y de desarrollo.
El adjudicatario deberá elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales que será revisado y aprobado, si procede, por AcuaMed. El adjudicatario deberá concertar con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) para las actividades preventivas que se deriven de la evaluación de riesgos de la actividad contenida en dicho plan, y para la evaluación y revisiones periódicas que procedan de la evaluación de riesgos de la actividad (controles periódicos, mediciones higiénicas y vigilancia de la salud de sus trabajadores).
También será responsable dicho SPA del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RD 171/04 de 30 de enero, por el que se desarrolla el art 24 de la ley 31/95, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, especialmente las establecidas en el art. 10, así como el desarrollo de las actividades recogidas en los art. 11 al 14 que se refieren a medios de coordinación.
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales deberá contener, al menos:
⏵ Actividades y documentos técnicos:
-Memoria
-Concierto con Servicio de Prevención Ajeno
-Evaluación inicial de riesgos, incluyendo: Mediciones de luz y ruido y contaminantes Riesgos de seguridad (RD 486/97)
-Evaluación de riesgos de la actividad
Evaluación ergonómica de los distintos puestos de trabajo Riesgos físicos
-Planificación de la actividad preventiva
-Inspecciones de seguridad para verificar el seguimiento de la planificación preventiva
-Curso de formación en materia de riesgos laborales a los trabajadores para la obtención de la cualificación de técnico básico en PRL.
-Elaboración del plan de autoprotección y realización de simulacros de evacuación
⏵ Vigilancia de la salud con entidad acreditada, según art. 22 de la LPRL
Toda la documentación relacionada con la presente cláusula (relación nominal e identificación de los trabajadores, identificación y nombramiento de los trabajadores designados como recurso preventivo, etc.) deberá ser presentada por la empresa adjudicataria con carácter previo al inicio de los trabajos objeto de este contrato.
El coste de todas las actividades preventivas que deban realizarse en cumplimiento de la normativa vigente será por cuenta del adjudicatario.
INSPECCIÓN DEL TRABAJO.
La marcha de los trabajos podrá ser, en todo momento, inspeccionada por la AcuaMed.
A tal efecto, AcuaMed tendrá libre acceso a todas las partes de las instalaciones y obras, pudiendo inspeccionar todos los elementos, dependencias y equipos cuantas veces estime conveniente, y en los momentos y ocasiones que considere oportuno.
Para ello, el adjudicatario facilitará dentro de las instalaciones un puesto de trabajo debidamente equipado (incluyendo ordenador e impresora) que quedará a disposición de la sociedad estatal para su uso por parte de quien ella designe.
Las observaciones o prescripciones que se deriven de la inspección serán comunicadas por escrito al adjudicatario.
El adjudicatario facilitará a la DTS, con la periodicidad que se especifique en los apartados de este Pliego, los partes correspondientes a la operación de la planta, así como aquellos otros puntuales que la DTS solicite.
Aparte del personal vinculado al adjudicatario y a AcuaMed, no se permitirá el acceso y envío de información a ninguna otra persona que no haya sido provista de una autorización expresa y nominal expedida por la sociedad estatal.
PLAN DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO.
El concursante deberá presentar en su oferta, como mínimo, los siguientes documentos previos:
A) Organigrama y cualificación profesional del personal. El ofertante podrá proponer un organigrama distinto al especificado en este pliego, razonando los cambios.
B) Programa de Operación. Incluirá los distintos protocolos de actuación, dosificación de reactivos, plan de paradas y puestas en marcha, organización del control analítico, etc.
C) Programa de Mantenimiento, para la totalidad de los equipos eléctricos, mecánicos, electrónicos, de instrumentación y medida, de control, etc. presentes en la instalación. Dicho programa deberá tener carácter anual y deberá ir acompañado de fichas de mantenimiento y de seguimiento y control, que recojan el tipo de mantenimiento y la descripción y periodicidad de las operaciones a realizar.
En el plazo de treinta (30) días desde el inicio del contrato el adjudicatario presentará a la DTS, para su aprobación definitiva, el Plan de Operación y Mantenimiento que se propone aplicar, completándolo con:
D) Plan de Control de Calidad, conteniendo al menos lo indicado en el apartado 2.10.2: plan de recogidas de muestras, programación y frecuencia de los análisis a realizar y parámetros que se estudiarán en cada uno de ellos, programación de toma de datos de proceso, plan de calibración de instrumentación, formato de estadillos de registro de datos, fichas de características técnicas y de seguridad de los reactivos propuestos, etc.
E) Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Según se establece en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de esta, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Este plan debe incluir, al menos, la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la instalación en los términos que reglamentariamente se establezca.
F) Plan de Emergencia, que desarrolle los contenidos exigidos por la normativa de aplicación.
G) Análisis de Riesgos Ambientales, que desarrolle los contenidos exigidos por la normativa de aplicación.
Una vez realizada la adjudicación se procederá, por el adjudicatario y por la DTS, a redactar y suscribir un inventario de todos los materiales, aparatos, herramientas y repuestos que existen en ese momento en las instalaciones. El adjudicatario podrá proponer la adquisición de otros elementos, justificando debidamente su necesidad, cuyo coste asumirá.
Por parte del adjudicatario se repondrán cuantos elementos incluidos en el inventario se consuman, deterioren o desaparezcan, manteniendo éste al día, y dando cuenta de toda baja o reposición. Podrá, por su parte, aumentar a su xxxxx el número de repuestos, si lo considera conveniente, para el buen mantenimiento de las instalaciones.
La explotación del Servicio necesita cumplir, con rigor, un conjunto de numerosas y variadas tareas por medio de las cuales se controlan los procesos de mantenimiento y conservación habitual de las instalaciones y la reparación en caso de incidentes.
Se distinguen diversos tipos de mantenimiento:
a) Mantenimiento correctivo que consiste en la reparación tras un incidente.
b) Mantenimiento predictivo cuya finalidad es detectar los fallos o averías antes de que tengan lugar.
c) Mantenimiento preventivo que debe tender a reducir, incluso a suprimir, el mantenimiento correctivo.
El mantenimiento preventivo, consiste en verificar, a intervalos regulares de tiempo, el estado de los materiales electromecánicos e hidráulicos y renovar en su caso, los considerados poco fiables, es el método de mantenimiento más adecuado para aumentar la seguridad del Servicio de abastecimiento.
El mantenimiento predictivo está basado fundamentalmente en detectar un fallo o avería antes de que suceda, para dar tiempo a corregirlo sin perjuicios a las instalaciones ni interrupción del servicio. Estos controles deben llevarse a cabo de forma periódica y continua para cada uno de los equipos. Para ello, se deben usar parámetros de diagnóstico que permitirán planificar este tipo de mantenimiento. En las ofertas se desarrollará la metodología que comparte aspectos con el mantenimiento preventivo.
El mantenimiento correctivo es indispensable. Su planificación debe prever la organización de Operativo de Crisis que debe responder a la necesidad de reparaciones fuera del horario normal de trabajo (de noche, fines de semana, etc.). La eficacia de este Servicio estará ligada a la competencia del personal elegido, a la distancia al lugar del incidente y, sobre todo, a los sistemas de alarmas e informaciones que se establezcan.
El adjudicatario cubrirá aquel mantenimiento correctivo que se derive de negligencias o imprudencia del adjudicatario. El importe correspondiente al mantenimiento correctivo será abonado a lo largo de las certificaciones, para ello se dotará de una partida alzada a justificar y se abonará el importe de las reparaciones efectuadas previa justificación y aprobación por el Director de explotación. En el momento de la puesta en servicio, las instalaciones se encontrarán en garantía, por lo que si la reparación ha de ser cubierta por la garantía, el adjudicatario realizará la tramitación que corresponda con el Director de la Explotación de la propiedad para que sea a cargo del adjudicatario de las obras actualmente en fase de construcción. De ello quedará constancia en un Informe.
El Plan de Operación y Mantenimiento será revisado periódicamente por la DTS y deberá incluir, además de lo anteriormente citado y entre otros, los siguientes aspectos:
•Descripción clara de todas las actividades a realizar.
•Plan de trabajo.
•Relación de todos los medios auxiliares que prevé utilizar.
•Relación nominal de todo el personal técnico dedicado a los mismos, incluso especialistas colaboradores.
•Relación de elementos de sustitución periódica con expresión de la frecuencia de renovación.
•Previsión del consumo energético y de reactivos.
•Formularios para control de operación, mantenimiento y conservación.
•Análisis del agua e informes a realizar, haciendo constar su periodicidad y contenido.
•Programa de mantenimiento informatizado con la ficha de cada uno de los equipos, con su plan de mantenimiento, horas de operación, su historial de operaciones realizadas, personal o empresas que lo han ejecutado, importe de las mismas, referencias cruzadas para localizar documentos de compra, PPIs de los repuestos y del equipo, TAG en planos, etc.
•Programa de Gestión xx Xxxxxxx informatizado con la ubicación de cada repuesto, el tipo, la cantidad almacenada, suministrador, fabricante, máquina a la que pertenecen, intercambiabilidad con otras máquinas, etc.
•Informe mensual del estado de la planta (Informe mensual de Explotación), aportado en soporte digital (y, si es requerido, en soporte papel) a AcuaMed antes del día 15 de cada mes, donde se deberá indicar:
-Producción diaria acumulada.
-Consumo diario de energía eléctrica.
-Consumo diario de reactivos químicos.
-Parte de incidencias de la instalación en el mes.
-Mantenimiento realizado en el mes, con indicación de la máquina, los repuestos y/o los consumibles utilizados.
-Horas de operación del mes de cada equipo y sus horas totales acumuladas.
-Cantidad de reactivos comprados en el mes.
-Cantidad de reactivos almacenados a las 0:00 h del primer día de cada mes.
-Repuestos comprados en el mes.
-Membranas existentes en planta el primer día de cada mes, con indicación de su número de serie.
-Membranas compradas en el mes, con indicación de su número de serie.
-Membranas instaladas y/o reemplazadas en el mes con sus números de serie y posición en los bastidores de planta. Motivo de la sustitución.
-Tabla de conductividades tubo a tubo de cada bastidor obtenida al menos una vez cada dos días.
-Curvas de conductividad del agua producida a la salida de cada bastidor y a la salida de la planta, obtenidas de los datos acumulados en el ordenador.
-Curvas de pH del agua producida a la salida de cada bastidor y a la salida de la planta, obtenidas de los datos acumulados en el ordenador.
-Curvas de presión diferencial en cada bastidor.
-Curvas de presión del producto a la salida de cada bastidor.
-Curvas de SDI en el agua de mar antes de filtros de arena, después de filtros de arena y después de filtros de cartuchos, con un mínimo de dos mediciones diarias de cada una.
-Descripción de las operaciones de limpieza química de membranas, si se han realizado en el mes, con la dosis de productos utilizados, cantidad utilizada, datos de operación antes y después de la limpieza química realizada.
-Análisis físico químico y bacteriológico de laboratorio del producto enviado al exterior al menos una completo mensual, realizado por un laboratorio externo homologado.
-CD con todos los datos de operación de planta almacenados en el ordenador.
•Plan trimestral de disponibilidad, donde se indicará el programa de mantenimiento y limpieza química de membranas previsto, indicando el nivel máximo de disponibilidad de la planta cada día del trimestre. Este plan se enviará con más de 30 días naturales de antelación.
En la desalinizadora deberá existir información detallada de las incidencias de los equipos electromecánicos instalados.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de la presentación de la documentación que se detalla en este apartado, podrá determinar por parte de la DTS el no dar curso a las certificaciones hasta tanto el adjudicatario haya presentado en debida forma aquella documentación, no teniendo derecho a intereses de demora por retraso en el pago de estas certificaciones.
Con la plantilla de personal propuesta, se garantizará, no siendo el siguiente listado limitativo, la realización de los trabajos de inspección del mantenimiento preventivo en las redes de distribución:
DISTRIBUCIÓN DE AGUA
• Legalización de las instalaciones, si se precisara.
• Legalización del uso de reactivos
• Suministro de agua demandada por los usuarios de la planta, en calidad de agua potable (según requerimientos de la autoridad Sanitaria), y según caudales solicitados.
• Cumplimiento del R.D. 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.
LECTURAS DE CAUDALÍMETROS
• Lectura diaria de todos los caudalímetros.
• Control de los volúmenes consumidos por los abonados y volúmenes producidos. Balance y rendimiento de la instalación. (Semanal)
• Verificación del estado de las válvulas y elementos de control.
• Toma de muestras y análisis correspondientes, según los requerimientos de la autoridad sanitaria en los puntos de control.
• Control in situ de los niveles de vasos de los depósitos. (Diario)
INSTALACIONES ELÉCTRICAS
• Mantenimiento y limpieza xx xxxxx de quipos eléctricos. Contrato de mantenimiento.
• Mantenimiento de extintores.
• Mantenimiento normativo.
• Verificación de funcionamiento xx xxxxxxx eléctricos.
• Revisión por OCA según normativa. (organismo de control autorizado)
• Iluminación normal / iluminación de emergencia, verificación sustitución.
• Verificación estado de las tierras de la instalación. (Anual)
• Verificación del correcto funcionamiento de los diferentes puntos de consumo, polipastos, instrumentación, etc..
• Verificar señales equipos de protección perimetral (Mensual).
INSTRUMENTACIÓN.
• Verificación y comprobación de la instrumentación instalada:
o Medidores de nivel ultrasónicos.
o Medidores de Ph.
o Medidores de Cloro.
o Caudalímetros.
CONDUCIONES Y ARQUETAS
• Verificación del estado de ventosas y desagües.
• Revisión del trazado para detectar anomalías.
• Limpieza de arquetas.
• Verificación del estado de la señalización.
TELECONTROL Y MEDIDA
• Comprobación de estado y calibración de instrumentación.
• Verificación de estado y funcionamiento de PLC’s.
• Verificación de envío de señales y confirmación de recepción en SCADA.
• Supervisión desde SCADA de funcionamiento de todos los procesos.
• Revisión de estado de comunicaciones entre IDAM y distribución.
• Mantenimiento de la red inalámbrica.
DOSIFICACIÓN DE CLORO y CLORO-GAS
• Verificación del estado de depósitos y reactivos contenidos.
• Comprobación del funcionamiento de bombeos, dosificadores y conducciones.
• Revisión del estado de cubetos y duchas lavaojos. DEPOSITOS
• Verificar estado de colmatación de drenes bajo solera y perimetrales.
• Verificar – Aforar las fugas depósito.
• Verificar estado general de los muros de los vasos del depósito.
• Verificar la impermeabilización de la cubierta y los puntos de evacuación de los mismos.
• Ciclos de pintura de los elementos pintados, válvulas, ventosas, carpintería metálica, etc
• Ciclo de tratamiento de pintura en paramentos de obra civil.
• Engase motor de accionamiento de puerta de entrada así como las diferentes puertas de acceso a recintos.
• Limpieza general y de las salas. (Trimestral)
• Reposición de lámparas en luminarias.
• Limpieza de malas hierbas. (Semestral)
• Limpieza de rejillas de evacuación de pluviales. (Mensual)
• Desratización, preventiva. (Trimestral)
• Limpieza xx xxxxxxx. (Trimestral).
Se debe tener en cuenta la posibilidad de la puesta en servicio de las instalaciones correspondientes a las redes de distribución tanto en la situación en el que las obras no tengan finalizadas las acometidas eléctricas ni el telemando como con las obras totalmente finalizadas. La fecha prevista para la finalización de las obras de distribución es la siguiente:
• 31 xx xxxx de 2015: OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• Primer trimestre de 2016: OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
Cualquier retraso, o adelanto, respecto a las fechas previstas indicadas no alterará las condiciones del contrato del Adjudicatario.
Medios técnicos y materiales.
La continuidad del suministro de agua y el buen funcionamiento del servicio es capital. Xxxx disponerse de todo el material necesario para asegurar las reparaciones de la red o remediar una avería. En estas condiciones, deberá analizarse si determinadas tareas de servicio deben ser llevadas directamente por la empresa encargada de la operación y mantenimiento, o bien pueden subcontratarse.
Los licitadores presentarán dentro de su Propuesta de Medios Materiales, un Cuadro o Cuadros de asignación de medios técnicos y materiales (Almacén o almacenes, talleres, garajes, vehículos, aprovisionamientos en almacén, en oficinas, etc.) en base a la estructura organizativa propuesta.
La propuesta de Medios Técnicos y Materiales contemplará como mínimo los siguientes capítulos:
1. Aprovisionamientos necesarios
Los diversos suministros pueden clasificarse en tres categorías, en función de la posibilidad más o menos grande de previsión de necesidades en el día a día de la explotación.
Necesidades frecuentes: son las previsibles en cada período, tales como los materiales consumibles (carburantes, productos químicos, etc.) y piezas y suministros diversos para los trabajos programados.
Necesidades programadas: en las que la previsión es más difícil, por ejemplo, las piezas desgastadas de máquinas giratorias y material electromecánico.
Piezas de repuesto estratégicas: piezas a sustituir como consecuencia de incidentes tales como rotura de tuberías, motores, ejes, etc. Su previsión se basa fundamentalmente en la experiencia, debiendo establecerse un "stock de seguridad" establecido y una reducción del stock de piezas de fábrica.
2.- Vehículos y maquinaria autónoma
La importancia de los vehículos para la operación y mantenimiento de un Servicio de abastecimiento de agua como el presente, es función de la entidad del propio servicio, de su extensión geográfica y de su densidad (zonas rurales y/o urbanas) y de la naturaleza de las operaciones a que se destinan.
Los licitadores deberán presentar en su Propuesta, una memoria detallada de los vehículos adscritos al servicio y de la maquinaria autónoma imprescindible para realizar los trabajos más habituales (compresores, martillos, equipos de soldadura, grupos electrógenos, equipos de alumbrado autónomos, etc.) que destinará al Servicio.
PERMISOS.
Será de la incumbencia del adjudicatario la obtención de todos los permisos y licencias, oficiales o particulares, que se requieran para la ejecución de los trabajos encomendados, así como el abono de los impuestos, cánones, compensaciones y demás indemnizaciones a que hubiera lugar para la realización de los mismos.
TRABAJOS DE TERCEROS EN LAS INSTALACIONES.
En las parcelas, instalaciones y edificios de las instalaciones objeto del presente Pliego la sociedad estatal podrá desarrollar, a través de terceros, cualquier actividad o trabajo que necesite, siempre que no interfiera en las labores de operación y mantenimiento objeto de este Contrato (instalación de plantas piloto, actuaciones en las cubiertas, etc.). La realización, por otros, de esas tareas independientes de la actividad de explotación de la planta, no facultará al adjudicatario para reclamar contraprestación alguna.
DURACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO.
La duración de la prestación del servicio considerada en este Pliego será de DOS (2) AÑOS, a contar desde el día siguiente al de formalización del contrato.
No obstante, podrá ser prorrogado por un período adicional de DOS (2) AÑOS, todo ello conforme a los artículos 23 y 279 de LSCP, con al menos dos prórrogas sucesivas.
FORMA DE ABONAR LOS TRABAJOS.
Los trabajos se certificarán mensualmente. El cálculo de la certificación se realizará conforme a la siguiente fórmula:
C (€) = Costes Fijos (€) + Costes Variables (€)
donde:
Costes Variables (€) = coste m3 producido (€/m3) × caudal producido Q (m3) El término Costes Fijos se entiende como “precio por Término Fijo mensual”.
El término Costes Variables se entiende como “precio por Término Variable de producción”, y se obtiene de multiplicar el coste variable estimado por m3 producido (que tendrá carácter de máximo), multiplicado por el caudal mensual realmente entregado (Q), medido en los caudalímetros de salida del depósito de agua tratada de la planta desaladora..
Las cantidades a percibir en concepto de Término Fijo mensual, en la parte correspondiente a la IDAM lo serán también en función de la producción real de la planta, en función de la siguiente escala de porcentajes:
Tramo de producción sobre capacidad nominal (50.000 m3/día) en % | % del Término Fijo a pagar mensualmente |
Estado xx Xxxxxx Continuada | 50 |
Hasta 15 | 75 |
Entre 15 y 30 | 80 |
Entre 30 y 45 | 85 |
Entre 45 y 60 | 90 |
Más de 60 | 100 |
El fijo a abonar correspondiente a las redes de distribución, con todos sus elementos, objeto del presente Pliego no dependerá del porcentaje de producción de la planta.
La planta estará en estado de hibernación o de parada continuada cuando AcuaMed prevea que no va a haber necesidad de producir agua desalada durante 90 días consecutivos, y así lo haga constar en el Plan de Producción. Si la parada continuada es de menor duración, se abonará el 75% del término fijo mensual.
En la primera semana de cada mes, el adjudicatario enviará una relación valorada que incluirá el cálculo de la certificación durante el mes anterior de explotación de la planta.
AcuaMed dispondrá xx xxxx (10) días para analizarla y, si hubiera lugar, devolverla con las correcciones observadas o penalizaciones aplicadas.
Recibida por el adjudicatario, éste podrá aceptar la propuesta de facturación remitida por AcuaMed, o presentar en un plazo de siete (7) días naturales un informe de alegaciones. La sociedad estatal resolverá en un plazo de tres días laborables la aceptación o denegación de las alegaciones, comunicando fehacientemente su resolución inapelable al adjudicatario.
La factura con el importe definitivo y penalizaciones aplicadas será enviada a AcuaMed dentro de los treinta (30) días siguientes.
No serán de abono aquellas tareas, trabajos y suministros que no estén reflejados en este Pliego, o no hayan sido ordenados y expresamente autorizados por el DTS.
PENALIZACIONES Y BONIFICACIONES.
1. CAUSAS DE IMPOSICIÓN DE PENALIZACIONES.
Durante el período de explotación serán causa de imposición de penalizaciones las que se enumeran a continuación:
A) Incumplimiento de la calidad del agua producida. Debe ser comunicado urgentemente a la AcuaMed, quien podrá optar entre aceptar los nuevos parámetros y aplicar las penalizaciones descritas en 2.A) o rechazar la producción y aplicar además las penalizaciones correspondientes al apartado 2.B).
B) Incumplimiento del volumen suministrado respecto del nominal de cada bastidor. Debe ser comunicado urgentemente AcuaMed.
C) Incumplimiento del energético garantizado de las instalaciones o del ofertado para la valoración técnica (Cei). Para el presente contrato se considera un consumo energético total garantizado de 4,10 kWh/m3 incluyendo el consumo medio de agua suministrada por las infraestructuras de distribución objeto del presente Pliego.
D) Incumplimiento del Programa de Mantenimiento aprobado. Será comunicado por XxxxXxx, quien otorgará un plazo para la resolución del problema. Si transcurrido ese plazo no se han ejecutado las medidas correctoras oportunas, se aplicará una penalización por una cantidad equivalente hasta el 10% de los costes fijos mensuales, según criterio de la DTS.
E) Incumplimiento del Plan de Prevención de Riesgos Laborales aprobado. Será comunicado por XxxxXxx, quien otorgará un plazo para la resolución del problema. Si transcurrido ese plazo no se ha solucionado el incumplimiento, se aplicará una penalización por una cantidad equivalente al 2% de los costes fijos mensuales por cada día de incumplimiento.
La aplicación de penalizaciones sobre los parámetros de calidad, producción y consumo específico se hará en períodos mensuales.
2. CUANTÍA DE LAS PENALIZACIONES.
Las correspondientes sanciones por cada uno de los anteriores conceptos serán:
A) Para aquellos indicadores de la calidad del agua desalada que se analicen diariamente si, de acuerdo con las determinaciones realizas sobre muestras realizadas por el adjudicatario, laboratorio acreditado externo o controles de AcuaMed, alguno de los valores medidos (para cualquier indicador) se encuentra fuera de los rangos garantizados, se aplicará una penalización por una cantidad equivalente a los costes variables de la producción total de la planta durante ese día.
El agua producto está fuera de los rangos garantizados, cuando se produzca un incumplimiento respecto a los parámetros requeridos por la RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad el agua de consumo humano, y otra normativa vigente de aplicación.
Salvo el pH y el índice xx Xxxxxxxxx, que se medirán en el agua producto, el resto de parámetros (conductividad, salinidad, sodio y boro) se medirán en el agua permeada.
B) Agua no producida. No serán objeto de abono los costes fijos correspondientes al tiempo de falta de suministro por causas imputables al adjudicatario a partir del segundo día consecutivo xx xxxxxx de la planta. El primer día será sin penalización, y a partir del segundo no se abonarán los costes fijos.
Se considera que la producción de la planta se encuentra restablecida cuando esta alcance, como mínimo, el 70% de la producción nominal. Para los días con producciones comprendidas entre el 70% y el 100% de la producción nominal, se certificará la parte correspondiente a los costes fijos durante esos días en la misma proporción.
C) El coste de la energía será abonado por AcuaMed. Se imputará al adjudicatario los gastos correspondientes a todo consumo energético que exceda del consumo eléctrico total garantizado, que para el presente contrato se ha estimado en 4,10 kWh/m3 incluyendo el consumo medio de agua suministrada por las infraestructuras de distribución objeto del presente Pliego.
Para determinar la cuantía de la penalización se calculará el importe que habría facturado la compañía eléctrica en ese mes para el consumo equivalente, el específico ofertado y/o el total garantizado, y se restará esta cantidad a lo facturado realmente.
D) Podrán ser objeto de penalización con hasta el 25% de los costes fijos mensuales, la emisión por parte del adjudicatario (incluso puntualmente) durante las labores de explotación de la planta, de ruidos, olores, gases, etc. a la atmósfera; o el efluente de vertido (salmuera) con valores de sólidos en suspensión, salinidad, fósforo, DBO5, etc. fuera de los valores admitidos en las ordenanzas o autorizaciones vigentes aplicables a las actividades de la desalinizadora. En cualquier caso, el adjudicatario deberá subsanar a su xxxxx cualquier perturbación de este tipo que pueda producir el normal funcionamiento de las instalaciones.
E) Resolución del contrato. Para los costes variables, en el caso de acumular penalizaciones superiores a 50.000
€/mes, la sociedad estatal podrá optar por la resolución del contrato. Para los costes fijos, en el caso de acumular penalizaciones superiores a 21.000 €/mes, la sociedad estatal podrá optar por la resolución del contrato.
3. CAUSAS DE APLICACIÓN DE BONIFICACIONES.
Durante el período de prestación del Servicio, se llevará a cabo la aplicación de una bonificación por disminución del consumo Cei (Consumo específico de la oferta analizada, para la producción de agua desalada puesta en el depósito de agua tratada de la planta) de energía eléctrica.
4. CUANTÍA DE LAS BONIFICACIONES.
Estos conceptos se aplicarán conforme a los siguientes criterios:
Se bonificará la disminución del consumo específico Cei de energía eléctrica en el período considerado de un mes. A tal efecto, en la certificación siguiente a la recepción de la factura eléctrica, se procederá a abonar al adjudicatario la cantidad correspondiente al ahorro del consumo energético que disminuya respecto a este consumo comprometido en la oferta.
Para determinar la cuantía de la bonificación se calculará el importe que habría facturado la compañía eléctrica en ese mes para un consumo Cei, se restará a esta cantidad lo consumido realmente y ese resultado será la cantidad que se bonificará en la certificación última de cada año de servicio (nº 12 y 24), hasta acumular el máximo anual fijado en la “partida alzada a justificar” destinada al efecto en el presupuesto, que asciende a la cantidad de 30.000 €/año. Esto es, el saldo de la partida de bonificaciones o penalizaciones por consumo eléctrico se liquidará a final de cada año de prestación del servicio
No serán de aplicación estas bonificaciones, en caso de que las medidas que se incentivan impliquen el deterioro de las instalaciones, un incumplimiento de los parámetros considerados en este Pliego, o un aumento en la reposición de elementos como filtros de cartucho, membranas, etc.
RESOLUCIÓN.
AcuaMed podrá acordar la resolución del contrato de Servicios, además de por lo señalado en los artículos 206 y 284 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por las siguientes causas:
• Incumplimiento, no justificado, de las operaciones que produzcan alteraciones graves en la calidad y/o regularidad de la producción de agua desalada.
• Grave descuido en la conservación de la desalinizadora, siempre que tal conducta de lugar a la reparación por la propia sociedad estatal en más de una ocasión, siempre con cargo a al adjudicatario.
• Desobediencia reiterada del adjudicatario a la autoridad de la DTS, según lo dispuesto en el clausulado del presente Xxxxxx.
• Incumplimiento grave de las órdenes emitidas por escrito por la DTS.
• No incorporación del personal ofertado al Servicio.
• Acumulación de penalizaciones superiores a 50.000 €/mes para los costes variables o a 21.000 €/mes para los costes fijos.
• No incorporación al Servicio del personal ofertado. LIQUIDACIÓN EN CASO DE RESOLUCIÓN.
En cualquier caso, a la comunicación de la resolución del contrato vía fax, comunicación telefónica o correo electrónico, el adjudicatario hará entrega de las instalaciones en un plazo no superior a 24 horas, en las condiciones debidas que permitan la continuación del servicio por otros, manteniéndose los parámetros nominales de diseño, levantándose acta de la misma así como relación valorada de los elementos de desgaste y reactivos que el Director Técnico estime oportuno que queden en la planta. En todos los casos el adjudicatario perderá la fianza y no tendrá derecho a indemnización alguna por ningún concepto.
FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.
A la conclusión del contrato de Servicios el adjudicatario hará entrega de las instalaciones en las condiciones debidas que permitan la continuación de la explotación, manteniéndose los parámetros nominales de diseño, levantándose acta de la misma así como relación valorada de los elementos de desgaste y reactivos que el Director Técnico estime oportuno que queden en la planta.
El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el adjudicatario se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. La conformidad de los trabajos se hará constar de forma expresa dentro del plazo de un mes de haberse producido la realización del objeto del contrato. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al adjudicatario, podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
El concepto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de UN (1) AÑO a contar desde la fecha de recepción de conformidad del trabajo, plazo durante el cual AcuaMed podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente PPTP y en el Pliego de Cláusulas Reguladoras.
Transcurrido dicho plazo sin que haya formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del adjudicatario.
Si a la finalización del contrato el adjudicatario hubiera repuesto un número menor de filtros de cartucho o membranas de los correspondientes a los importes pagados año a año por AcuaMed para tal fin como parte de los costes variables de operación, estará obligado a suministrar cartuchos y membranas adicionales hasta completar el importe total recibido. Estos elementos quedarán acopiados en la desalinizadora a disposición de la sociedad estatal para posteriores reposiciones.
Durante el período de garantía, el adjudicatario estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en lo ejecutado, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego y en el artículo 281 de la LCSP.
PRECAUCIONES A ADOPTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
El adjudicatario del servicio adoptará las medidas necesarias para que, durante la ejecución de los trabajos encomendados, quede asegurada la protección de sus empleados y del personal de AcuaMed, siendo de su total responsabilidad los posibles daños ocasionados.
El adjudicatario está obligado a cumplir todas las vigentes normas de seguridad en el trabajo y cuantas indicaciones sobre esta materia realice el DTS.
6. RECEPCIÓN DE LAS INSTALACIONES.
Las instalaciones ya recibidas por AcuaMed, o si actualmente se encuentran en ejecución, una vez recibidas por AcuaMed se entiende que se encuentran en perfecto estado de conservación.
El adjudicatario deberá recibir las instalaciones actualmente en ejecución, una vez finalizadas, auditando éstas en el momento se precise junto al personal técnico definido por AcuaMed, el estado actual de conservación y mantenimiento de las mismas y notificando a AcuaMed cualquier desperfecto o anomalía que se detectara, emitiendo un informe del estado de las mismas, para lo que dispondrá de 30 días hábiles.
El adjudicatario deberá recibir las instalaciones actualmente ejecutadas, para lo que debe auditar éstas, una vez se le adjudique el servicio, junto al personal técnico definido por AcuaMed, el estado actual de conservación y mantenimiento de las mismas y notificando a AcuaMed cualquier desperfecto o anomalía que se detectara, emitiendo un informe del estado de las mismas, para lo que dispondrá de 30 días hábiles tras la adjudicación.
El adjudicatario emitirá un Acta de Recepción de las instalaciones a AcuaMed, detallando los siguientes puntos mínimos:
- Inventario detallado del material y la documentación existente.
- Estado actual de los equipos principales
- Anomalías, defectos e incidencias detectados
- Acciones correctivas requeridas para la subsanación de anomalías, defectos e incidencias, y plazo de subsanación de los mismos.
Tras la aprobación definitiva del acta el adjudicatario será el responsable de las instalaciones y del servicio objeto de la presente licitación.
7. ACTA DE COMPROBACIÓN.
Al finalizar el contrato, se procederá al levantamiento de un Acta de Comprobación por parte de AcuaMed.
AcuaMed procederá al levantamiento del acta mediante una auditoría del estado de las instalaciones antes de cumplirse diez (10) días hábiles desde el momento de la finalización del contrato. Para la realización de la auditoría, el Adjudicatario propondrá a AcuaMed una terna de empresas externas de las que AcuaMed decidirá en cuál de ellas se apoyará para llevar a cabo la auditoría de las instalaciones. Este trabajo de auditoría forma parte del contrato, por lo que el adjudicatario será el responsable del abono de los servicios a una de las empresas externas que el mismo proponga, no siendo objeto de reclamación a AcuaMed.
En el acta se hará constar las incidencias habidas y los puntos pendientes de resolución si los hubiese, fijando un plazo para la subsanación de las mismas. En el caso de no ser subsanadas las deficiencias en el plazo acordado, se anulará el acta anterior.
8. PRESUPUESTO BASE DE LOS TRABAJOS.
Se estima una cuota fija mensual para el desarrollo de los trabajos que incluye como mínimo, los siguientes alcances:
• Contrato de vigilancia pasiva.
• Personal mantenimiento y operación
• Vehículos (i/ combustible, seguros, mantenimiento…) y medios auxiliares.
• Servicio de limpieza de las instalaciones.
• Contratos de mantenimiento especializados.
• Material fungible de mantenimiento.
• Material de oficina.
• Gastos, consumos y medios para las comunicaciones.
• Alquiler de grupos electrógenos, si se precisan.
• Combustibles.
• Agua potable.
• Mantenimiento normativo de instalaciones
Además se incluirá una cuota variable y unos precios unitarios que cubran:
• Reactivos químicos.
• Analíticas reglamentarias.
• Trabajos necesarios para el cumplimiento de la normativa (medioambiental, vertidos…) vigente, así como las tasas que fuera necesario abonar para el desarrollo de la actividad.
Adicionalmente se dispondrá de partidas alzadas. Las partidas alzadas no irán afectadas por la baja.
Actualmente se encuentran en ejecución las OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE),
estimándose que las obras finalizarán durante el primer trimestre de 2016. Estas infraestructuras forman parte de la presente licitación, pero hasta el momento en el que AcuaMed de la orden no formarán parte del servicio licitado, no siendo de abono en las certificaciones el importe establecido en el presente pliego.
COSTES DE EXPLOTACIÓN.
La contratación se estimará con arreglo a las siguientes partidas, en que quedarán clasificados todos los trabajos a realizar por el adjudicatario:
⮚ COSTES FIJOS:
A) Personal.
B) Mantenimiento general de las instalaciones, Administración y varios.
C) Análisis de agua producto.
D) Programa de vigilancia y control ambiental.
E) Mantenimiento preventivo.
F) Seguros.
G) Redes de distribución.
⮚ COSTES VARIABLES:
A) COSTE AGUA
A) Reactivos.
B) Repuestos.
C) Reposición filtros de cartucho.
D) Reposición de membranas.
E) Reposición material granular filtrante.
F) Retirada y gestión de fangos.
G) Reparaciones y conservación de obra civil.
H) Transporte y dosificación en red
B) COSTE ANALISIS
C) PROGRAMA VIGILANCIA AMBIENTAL
Aquellas partidas que no han sido susceptibles de mayor especificación o descomposición se han valorado mediante “partidas alzadas a justificar”. Estas partidas no serán afectadas por la baja de adjudicación.
⮚ COSTES FIJOS.
A) PERSONAL.
El licitador especificará, debidamente justificado en su oferta, el personal que se compromete a utilizar para atender y cumplir todas las obligaciones derivadas del contrato y de los documentos que lo integran, con indicación de su categoría profesional. La no incorporación del personal ofertado al Servicio será causa suficiente para la resolución del contrato. Este incumplimiento de no incorporación del personal ofertado al Servicio llevará asociado, en cualquier caso, una penalización del 1% sobre la certificación mensual por cada una de las incorporaciones en la que se incumpla respecto a la oferta.
El personal adscrito al Servicio tendrá una formación profesional, titulación y experiencia acordes con las funciones que vayan a tener encomendadas, por lo cual se incluirá en la oferta la relación de las personas asignadas a los distintos puestos de trabajo, con expresión de las categorías profesionales y curriculum vitae actualizado.
Cualquier variación de la plantilla ofertada inicialmente deberá ser solicitada a AcuaMed, mediante escrito en el que se justifique y razone la necesidad de la misma, y tendrá que ser previamente aprobada por escrito por la sociedad estatal.
El Delegado del adjudicatario y el Jefe de Planta son los interlocutores con AcuaMed, considerándose ambos responsables del estricto cumplimiento del clausulado del presente Xxxxxx, siendo el Jefe de Xxxxxx el responsable técnico tanto de la desalinizadora como de las redes de distribución.
El Jefe del Planta y el Responsable de Mantenimiento no podrán ser cambiados salvo caso de fuerza mayor. En caso de producirse esta circunstancia, el adjudicatario lo comunicará a AcuaMed y propondrá un nuevo Jefe del Planta o Responsable de Mantenimiento, que deberá ser aprobado por la sociedad estatal.
La estructura del Servicio de operación y mantenimiento se organiza según el siguiente esquema:
- Dirección y control.
- Servicio de operación.
- Servicio de mantenimiento y conservación.
A tal efecto, para una producción diaria máxima de la desalinizadora de 50.000 m3/día y la totalidad de las infraestructuras objeto del servicio de la presente licitación atendidas en el Servicio, se propone una plantilla de veintidós (22) personas, conforme a la siguiente distribución:
Denominación Número
Jefe de Planta | 1 |
Ayudante del jefe de planta | 1 |
Jefe de mantenimiento | 1 |
Oficial 1ª mantenimiento | 2 |
Oficial 2ª mantenimiento | 3 |
Oficial 1ª de operación | 6 |
Peón especialista de operación | 6 |
Jefe de laboratorio | 1 |
Administrativo 1
TOTAL 22
Las funciones de cada puesto serán las siguientes:
• Jefe de Planta: Será el máximo responsable de la operación y mantenimiento de la planta. Deberá tratarse de un Ingeniero Técnico Superior Industrial o de un Ingeniero Técnico Superior de Caminos, Canales y Puertos o un técnico competente con al menos 7 años de experiencia demostrable en gestión de plantas desalinizadoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo, así como un perfecto conocimiento de los equipos mecánicos y del proceso empleados en este tipo de instalaciones.
• Ayudante del jefe de planta: Asistirá al Jefe de Planta. Deberá tratarse de un titulado universitario de grado medio, con experiencia demostrable en gestión de instalaciones similares mayor de dos (2) años.
• Responsable de Mantenimiento: Ingeniero técnico o superior, con experiencia en mantenimiento en plantas desalinizadoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo de, al menos, 2 años. Mantendrá informado al Jefe de Planta de cuantas incidencias se produzcan en cuadros eléctricos y equipos mecánicos.
• Oficiales 1ª de mantenimiento (mecánicos y eléctricos): Especialistas en mantenimiento de equipos mecánicos eléctricos, con cualificación profesional suficiente y con experiencia en las actividades del oficio relacionadas con el tratamiento de aguas. Serán los encargados de velar por el buen funcionamiento de los equipos electromecánicos, procurando que en todo momento se trabaje en el punto óptimo de rendimiento.
• Oficial 2ª de mantenimiento general: Será de apoyo necesario a los Oficiales de 1ª. Deberán tener cualificación profesional suficiente y experiencia en explotación de instalaciones de tratamiento de aguas e industriales.
• Oficial 1ª de operación: Encargados de garantizar la continuidad del servicio siguiendo unos turnos rotativos de guardias. Deben conocer perfectamente el trabajo como operadores de planta y poseer cualificación técnica suficiente o experiencia demostrada equivalente.
• Peón especialista de operación: Se organizarán siguiendo los mismos turnos rotativos que los oficiales de operación, de forma que su función sea de apoyo a éstos. Apoyarán también en las labores de mantenimiento (cambio de membranas, etc.).
• Jefe de laboratorio: Se tratará de un titulado universitario, con experiencia suficiente en un puesto similar en explotación de estaciones de tratamiento de aguas.
• Administrativo: Auxiliar administrativo o similar, con conocimientos de informática y manejo de programas de edición de textos, de presupuestos y hojas de cálculos.
Todos los trabajadores estarán adscritos al servicio y tendrán una dedicación exclusiva, de manera que en las certificaciones mensuales se adjuntarán los TC´s de todo el personal adscrito al servicio.
El coste estimado de personal propuesto es:
UD | IMPORTE | IMPORTE | |||
ud | A) Personal | (mensual) | Pu | MENSUAL | ANUAL |
mes | Jefe de Planta | 1 | 6.500,00 € | 6.500,00 € | 78.000,00 € |
mes | Ayudante del jefe de planta | 1 | 5.200,00 € | 5.200,00 € | 62.400,00 € |
mes | Jefe de mantenimiento | 1 | 5.900,00 € | 5.900,00 € | 70.800,00 € |
mes | Oficial 1ª mantenimiento | 2 | 2.862,33 € | 5.724,66 € | 68.695,92 € |
mes | Oficial 2ª mantenimiento | 3 | 2.551,67 € | 7.655,01 € | 91.860,12 € |
mes | Oficial 1ª de operación | 6 | 2.785,00 € | 16.710,00 € | 200.520,00 € |
mes | Peón especialista de | 6 | 2.494,67 € | 14.968,02 € | 179.616,24 € |
operación | |||||
mes | Jefe de laboratorio | 1 | 2.895,50 € | 2.895,50 € | 34.746,00 € |
mes | Administrativo | 1 | 2.495,83 € | 2.495,83 € | 29.949,96 € |
TOTAL COSTE A) | 68.049,02 € | 816.588,24 € |
Siendo el coste medio mensual en este apartado de 68.049,02€
En dichos precios se incluyen todos los conceptos: salarios brutos; cargas sociales; horas extraordinarias por averías urgentes, bajas, etc.; guardias del personal; pluses de nocturnidad y trabajo en turnos, gastos asistenciales; y cualquier otra percepción que, por derecho pueda corresponder.
Según se indica repetidamente en distintos apartados de los Pliegos de este contrato, el adjudicatario tendrá especial cuidado en el cumplimiento de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y su correspondiente normativa de desarrollo, disponiendo todos los elementos necesarios para la adecuada protección de los trabajadores.
B) MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS INSTALACIONES, ADMINISTRACION Y VARIOS.
Dentro de este capítulo se consideran incluidos todos los gastos y contratos de mantenimiento general de las instalaciones tanto de elementos electromecánicos y de control (mantenimiento, según la normativa, eléctrico MT, BT y transformadores; sistemas de control, SAI´s y SCADA; variadores; puentes grúas; gases industriales CO2; etc.), como de los edificios e instalaciones (ascensor, aire acondicionado, sistema contraincendios, servicios web…), medios de locomoción, vigilancia y seguridad 24h de todas las instalaciones, seguridad y salud de los trabajadores (EPI´s, cursos de formación…), compra de todo el pequeño material necesario, así como el alquiler o compra de los medios auxiliares para llevar a cabo los mantenimientos, puestas en servicio, operación… de las instalaciones, etc… incluso el coste de limpieza, jardinería, desratización, todos los costes de administración general del servicio, locomoción, material de oficina, informática, telefonía, mensajería, EPIs y vestuario del personal, etc. En este capítulo se consideran también incluidas las desinfecciones de tuberías y depósitos y cualquier actividad necesaria para el cumplimiento de la normativa vigente.
En lo correspondiente a Seguridad, Calidad y Medioambiente, se incluyen los costes de cumplimiento de normativa de Seguridad y Salud (servicio de PRL) así como de los sistemas de gestión asociados a la calidad y el medioambiente.
En lo correspondiente a locomoción: La importancia de los vehículos para la operación y mantenimiento de un servicio de producción y abastecimiento de agua como el presente, es función de la entidad del propio servicio, de su extensión geográfica y de su densidad (zonas rurales y/o urbanas) y de la naturaleza de las operaciones a que se destinan. El Adjudicatario dispondrá de los vehículos, obligatoriamente uno de ellos debe ser una berlina, o todoterreno, equipada con navegador que se asignará al Director de Explotación de la propiedad, en número y tipo, que considere necesario para llevar a cabo el Servicio en las condiciones óptimas para cubrir la vigilancia, operación y mantenimiento de las instalaciones, conducciones, depósitos y estaciones de bombeo adscritas al servicio. La partida de locomoción cubre los vehículos para llevar a cabo el servicio, quedando incluidos todos los consumos, peajes, seguros, mantenimientos y todo lo necesario para el uso y funcionamiento de los mismos.
En lo correspondiente a los mantenimientos obligatorios: se incluyen todos los mantenimientos, incluido el material, obligatorios de todos las unidades que forman las instalaciones, tanto los que deben realizar por empresas homologadas (sin ser limitativo: ascensores, subestación eléctrica, grupos electrógenos, vehículos…) como los que se deben realizar por el Adjudicatario (sin ser limitativo: desinfección de tuberías, desinfección de depósitos,…) para el cumplimiento de la normativa vigente y recomendaciones y obligaciones de los suministradores, compañías de distribución…
ud | B) MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS INSTALACIONES, ADMINISTRACIÓN Y VARIOS | Med. mensual | Pu | IMPORTE MENSUAL | IMPORTE ANUAL |
mes | Mantenimientos obligatorios, incluido material y medios aux., de las instalaciones, | ||||
equipos, conducciones, jardinería… 1 | 7.500,00 € | 7.500,00 € | 90.000,00 € |
de bombas…), mantenimiento, riego y poda de jardinería… | 1 | 2.200,00 € | 2.200,00 € | 26.400,00 € | |
ud mes | Desratización de instalaciones Vehículo tipo berlina o todo terreno, incluido | 1 | 1.200,00 € | 1.200,00 € |
mes
Limpieza semanal oficinas, limpieza periódica de instalaciones (arquetas, casetas
seguro, peajes, combustibles.. 2 mes Vehículo tipo turismo o furgoneta, incluido | 650,00 € | 1.300,00 € | 15.600,00 € | ||
seguro, peajes, combustibles.. | 4 | 480,00 € | 1.920,00 € | 23.040,00 € | |
Material de oficina, consumo de agua, | |||||
mes | informática, telefonía, mensajería, gestión de | ||||
residuos de oficina…. | 1 | 750,00 € | 750,00 € | 9.000,00 € | |
mes | Mantenimiento y control 24h de sistemas de |
Vigilancia y Seguridad de las instalaciones 1 mes Seguridad y Salud, riesgos laborales, | 400,00 € | 400,00 € | 4.800,00 € | ||
calidad… | 1 | 2.000,00 € | 2.000,00 € | 24.000,00 € | |
mes | Compra de pequeño material y medios aux. | 1 | 1.000,00 € | 1.000,00 € | 12.000,00 € |
TOTAL COSTE B) | 17.070,00 € | 206.040,00 € |
Siendo el coste medio mensual en este apartado de 17.070,00€
C) ANÁLISIS DE AGUA.
El uso del agua desalada deberá cumplir la normativa para consumo humano; el agua final producida en la desalinizadora y distribuida por las infraestructura objeto de la presente licitación deberá cumplir la normativa vigente (RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad el agua de consumo humano, y otros de aplicación) en todos sus parámetros.
En este apartado se contemplan los costes derivados del mantenimiento del laboratorio, parte proporcional de renovación de equipos, compra de pequeño material y la realización de todos los controles analíticos internos, que se consideren necesarios del agua de mar, de los procesos internos de la planta, de la salmuera y del agua producto, tanto de autocontrol realizados en el laboratorio de la desalinizadora (incluyendo todos los costes derivados para el correcto funcionamiento de dicho laboratorio, reactivos, calibraciones, etc.), como realizados por laboratorio externo acreditado.
ud C) ANÁLISIS DE AGUA
Mantenimiento de equipos de laboratorio,
MED.
ANUAL Pu
IMPORTE MENSUAL
IMPORTE ANUAL
mes
compra de nuevo material, realización de
analíticas descritas en el apartado C 12 600,00 € 600,00 € 7.200,00 €
TOTAL COSTE C) 600,00 € 7.200,00 €
Siendo el coste mensual en este apartado de 600,00€
D) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL.
El adjudicatario será responsable de la correcta elaboración y gestión del Programa de Vigilancia y Control Ambiental del vertido recogido en la Autorización Ambiental Integrada otorgada por la Generalitat Valenciana mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de fecha 15 de enero de 2015.
En los costes fijos que han de contemplarse para el desarrollo del PVCA, se incluye:
- Mantenimiento integral de los equipos en continuo y el sistema de control asociado a ellos para el control del medio receptor (calibraciones, controles de funcionamiento, comunicación, integridad de los equipos…)
- Se realizará anualmente, según lo establecido en la Autorización Ambiental Integrada, control de la biocenosis marina y de sedimentos, que contempla:
• Campaña de control de la evolución y seguimiento de las praderas de fanerógamas marinas, realizando un estudio de los aspectos recogidos en la DIA y AAI.
• Actualización de la cartografía bionómica, identificando y analizando cualitativamente los poblamientos bentónicos para detectar posibles movimientos de regresión de las praderas.
• Estudio de la composición y estructura de las comunidades nectónicas y planctónicas en la zona de influencia del vertido.
• Estudio de la composición y estructura de las comunidades bentónicas, en las mismas estaciones que el estudio de sedimentos.
• Control de sedimentos de fondos blandos: análisis granulométrico, determinación de materia orgánica, pH y potencial Redox y metales pesados.
• Semestralmente, se realizará un estudio de la densidad y evolución de las comunidades faunísticas asociadas (equinodermos).
La primera campaña de control de biocenosis marina y sedimentos se realizará dentro del primer trimestre del servicio.
Ud | D) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL | MED. ANUAL | Pu | IMPORTE ANUAL |
mes | Mantenimientos equipos en continuo (control medio receptor) | 12 | 300 | 3.600 € |
Udad | Control y seguimiento fanerógamas | 1 | 1.600 | 1.600 € |
Xxxx | Xxxxxxxxxxx bionómica | 1 | 2.200 | 2.200 € |
Udad | Control comunidades planctónicas y nectónicas | 1 | 2.000 | 2.000 € |
Udad | Control comunidades bentónicas | 1 | 1.500 | 1.500 € |
Udad | Control sedimentos blandos | 1 | 1.800 | 1.800 € |
Udad | Control comunidad faunística asociada | 2 | 580 | 1.160 € |
Udad | Control integridad del emisario | 1 | 1.200 | 1.200 € |
TOTAL COSTE D) | 15.060,00 € |
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 15.060 €.
E) MANTENIMIENTO PREVENTIVO.
El licitador indicará aquellos contratos de mantenimiento preventivo que formalizará obligatoriamente con los fabricantes y suministradores de grandes equipos y equipos especiales siguiendo sus recomendaciones, especialmente bombas de alta presión, bombeos de la planta, E.R.I´s… para revisiones, inspecciones periódicas, sustitución de elementos de desgaste, reposiciones, etc.
ud mes
E) MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Mantenimientos preventivos obligatorios de grandes
MED.
ANUAL Pu
IMPORTE MENSUAL
IMPORTE ANUAL
equipos y equipos especiales 12 4.000,00 € 4.000,00 € 48.000,00 €
TOTAL COSTE E) 4.000,00 € 48.000,00 €
Siendo el coste mensual en este apartado de 4.000,00€
F) SEGUROS.
Seguros de Responsabilidad Civil y de Operación (todo riesgo de explotación): seguro que cubra tanto al personal adscrito a la planta como a la Dirección Técnica del Servicio de posibles accidentes que pudieran producirse en las instalaciones (Responsabilidad Civil), y seguro que permita cubrir robos, toda reparación o sustitución de los equipos instalados en la planta y conducciones (bombas, E.R.I.´s, membranas, sistemas de control, etc.) debido a cualquier fallo o avería que se pueda producir en los dispositivos de control o protección, excluidos aquellos motivados por la negligencia o mala operación del personal designado para la operación de las instalaciones. En este último caso, será el adjudicatario quién corra por su cuenta con los gastos de reparación o sustitución de los elementos averiados.
Seguro de Responsabilidad Medioambiental, en función del análisis de riesgos ambientales, para responder ante posibles daños medioambientales causados por el funcionamiento de las instalaciones.
Se estima una partida alzada a justificar, contra comparativo de mínimo tres ofertas, factura de la empresa designada para la realización del servicio y justificante de pago, que se incrementará con el 19% de gg y bi, que se realice por mantenimiento preventivo específico necesario.
ud F) SEGUROS
Póliza de seguros según lo
MED.
ANUAL Pu
IMPORTE MENSUAL
IMPORTE ANUAL
mes
recogido en el Pliego de
licitación 12 7.000,00 € 7.000,00 € 84.000,00 €
TOTAL COSTE F) 7.000,00 € 84.000,00 €
Siendo el coste mensual en este apartado de 7.000,00€
G) REDES DE DISTRIBUCIÓN
Las redes de distribución e infraestructuras necesarias para abastecer desde la IDAM a las redes de distribución existentes, básicamente y sin que ello suponga que no puedan haber sufrido alguna variación, son las que se recogen en los Proyectos de:
• OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LA PLANTA DESALADORA DE LA MARINA BAJA (MUTXAMEL, ALICANTE), TÉRMINOS DE SAN XXXX, SAN XXXXXXX DEL RASPEIG Y ALICANTE. DESGLOSADO Nº1
• OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE)
Se distribuye el coste de las redes en los dos Proyectos, ya que actualmente las infraestructuras de OBRAS DE REFUERZO DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS
XX XXXXXXXX Y MUTXAMEL (ALICANTE) están en ejecución y no se abonará lo correspondiente a éstas hasta que se de la orden expresa por parte de AcuaMed de inicio de la Operación y Mantenimiento de esta parte de las infraestructuras.
G) REDES DE DISTRIBUCIÓN | MED. ANUAL | Pu | IMPORTE ANUAL |
Adicional fijo mensual de operación y mantenimiento i/todas las prescripciones recogidas en el Pliego de licitación de las infraestructuras del Desglosado nº1 | 12 | 1.200,00 € | 14.400,00 € |
Adicional fijo mensual de operación y mantenimiento i/todas las prescripciones recogidas en el Pliego de licitación de las infraestructuras del Refuerzo | 12 | 2.100,00 € | 25.200,00 € |
TOTAL COSTE G) | 39.600,00 € |
En este capítulo se incluirán todos los gastos derivados de la normal operación y mantenimiento de estas instalaciones, incluyendo la parte proporcional de dedicación del personal y seguros, repuestos, reparaciones, conservación de instalaciones y obra civil, etc.
Se incluye también cualquier operación que sea necesaria para llevar a cabo la operación y mantenimiento de estas instalaciones, como por ejemplo la instalación de grupos electrógenos o baterías para el suministro eléctrico en cualquier punto o depósito que no disponga de suministro eléctrico.
Siendo el coste mensual en este apartado de 3.300,00€
⮚ COSTES VARIABLES.
La capacidad de producción nominal de la desalinizadora es de 50.000 m3/día, procediendo a la medición de la misma en los caudalímetros de salida.
A) COSTE M3 DE AGUA
- REACTIVOS.
En los últimos años ha quedado de manifiesto la existencia de distintas metodologías de uso de reactivos en procesos de desalación de agua de mar mediante ósmosis inversa (tanto en pretratamiento, postratamiento y limpieza química de membranas) empleadas por cada una de las empresas dedicadas a este sector del tratamiento de aguas.
La evolución en estas técnicas ha dado lugar a distintas tipologías válidas, desarrolladas por las distintas empresas fruto de su particular experiencia e investigación. Por esta razón, el presente Pliego admite diferentes alternativas, y no se impone la dosificación de los distintos reactivos, sino que se fija un coste global para su utilización.
Los principales reactivos que se considera que deben ser empleados actualmente para la producción y distribución de agua desde la desalinizadora de Mutxamel son cloro-gas, hipoclorito sódico, cloruro férrico, xxxx caústica, antiincrustante, hidróxido sódico, CO2, bisulfito sódico, productos comerciales de limpieza química de membranas, ácido sulfúrico, almidón floculante y polielectrolito para deshidratación.
Las dosificaciones propuestas por los licitadores, que tendrán carácter contractual y serán de obligado cumplimiento para el adjudicatario, deberán ser especificadas con suficiente detalle en el Plan de Operación. Las propuestas de dosificaciones deberán acompañarse de la conveniente justificación técnica, pues será uno de los puntos objeto de valoración.
El licitador deberá presentar junto a sus propuestas de dosificación, técnicamente justificadas, carta de compromiso de suministro de al menos un suministrador, acompañada de la documentación precisa que justifique el cumplimiento de los productos químicos a suministrar con la legislación vigente (RD 140/2003; Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano; etc.).
El coste de reactivos se estima en función de la capacidad de producción nominal de agua desalada y dosificaciones posteriores en depósitos. El coste de reactivos se incluye dentro del precio por m3 de agua producida y distribuida.
El coste total anual estimado para el consumo de reactivos correspondiente a la producción total máxima anual es de 484.200,00 €
Reactivos de pretratamiento: en cualquier caso el adjudicatario estará obligado a dosificar unas cantidades y tipos de reactivos que aseguren el correcto funcionamiento de la planta y garanticen la conservación de sus distintos elementos, aunque ello suponga superar la dosificación ofertada, corriendo de su cuenta en este caso dicho exceso.
Reactivos de postratamiento: en cualquier caso el adjudicatario estará obligado a dosificar unas cantidades y tipos de reactivos que aseguren la calidad del agua tratada, en las condiciones que exija la DTS, aunque ello suponga superar la dosificación ofertada, corriendo de su cuenta en este caso dicho exceso.
Reactivos de limpieza química: en cualquier caso el adjudicatario estará obligado a dosificar unas cantidades y tipos de reactivos que garanticen la vida útil de las membranas, aunque ello suponga superar la dosificación ofertada, corriendo de su cuenta en este caso dicho exceso. Todas las operaciones de limpieza química deberán ser autorizadas previamente por la DTS, que vigilará el cumplimiento de la solución ofertada.
- REPUESTOS.
En las reparaciones y actividades del mantenimiento se utilizarán exclusivamente repuestos originales, quedando a disposición de AcuaMed los elementos sustituidos. En caso de no encontrarse repuesto originales, el adjudicatario comunicará el hecho a la sociedad estatal, y se atendrá a las disposiciones que fije la DTS. Toda sustitución de elementos será informará a la sociedad estatal.
Para el capítulo de repuestos (incluyendo grasas, aceites y pinturas) de elementos mecánicos, eléctricos, y de instrumentación y control, se ha estimado un coste anual de 72.000,00 €.
- REPOSICIÓN FILTROS DE CARTUCHO.
Para una producción diaria de 50.000 m3/día se ha previsto la reposición de todos los cartuchos de la desalinizadora 4 veces al año.
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 135.000,00 €.
- REPOSICIÓN DE MEMBRANAS.
El contrato de Servicio incluye el suministro de membranas, cuya reposición se deba el natural uso y deterioro de las mismas. El adjudicatario será responsable de cumplir los requisitos y recomendaciones de los fabricantes, para el mantenimiento total de las garantías.
Para los tres (3) bastidores de primer paso y los dos (2) de segundo paso, se estima que las membranas serán renovadas totalmente en 8 años, por lo que la tasa de reposición será de, aproximadamente, un 12% anual.
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 178.200,00 €.
Si a la finalización del contrato el adjudicatario hubiera repuesto un número menor de filtros de cartucho o membranas de los correspondientes a los importes pagados año a año por AcuaMed para tal fin como parte de los costes variables de operación, estará obligado a suministrar cartuchos y membranas adicionales hasta completar el importe total recibido. Estos elementos quedarán acopiados en la desalinizadora a disposición de la sociedad estatal para posteriores reposiciones.
El coste de reposición de cartuchos y membranas se ha estimado en función de las indicaciones de los fabricantes y de la experiencia. Independientemente del estado general de los bastidores en la fecha del inicio del contrato de Servicios, el coste de reposición de membranas expresado en el presupuesto tiene carácter de máximo, corriendo por cuenta del adjudicatario cuantas reposiciones sean necesarias para garantizar la calidad del agua desalada en todo momento.
- REPOSICIÓN MATERIAL GRANULAR
Para la reposición anual de material filtrante de los filtros, tanto cerrados como abiertos, de arena y/o antracita se ha previsto un capítulo en el presupuesto con un coste anual estimado de 7.200,00
Para la realización de cualquiera de las operaciones de reposición xx xxxxxx, filtros de cartucho o membranas será preciso recabar de la DTS el correspondiente permiso expreso, así como planificar, dentro del funcionamiento general de la desalinizadora, el momento de ejecución de los trabajos, a fin de que éstos supongan la menor perturbación posible en la marcha de la explotación.
- RETIRADA Y GESTIÓN DE XXXXXX.
Los fangos obtenidos al final del proceso de deshidratación de los sólidos contenidos en el agua de limpieza de los filtros de arena deberán ser retirados y gestionados por un gestor autorizado, teniendo como destino final un vertedero legalizado, todo según la legislación vigente de aplicación.
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 32.400,00
- REPARACIONES Y CONSERVACIÓN DE OBRA CIVIL.
El adjudicatario queda obligado a disponer en la desalinizadora de todos los aparatos, herramientas, repuestos y acopios de materiales necesarios para abordar las reparaciones rutinarias: reparaciones mecánicas, eléctricas y en tuberías (incluyendo consumibles y pequeño material).
A efectos de garantizar la adecuada funcionalidad de los equipos existentes en las instalaciones, deberá disponerse de un número mínimo de elementos de repuesto conforme a las indicaciones de los fabricantes.
Siempre que sea posible, las reparaciones se harán en la propia planta, excepto aquellas de especial importancia que requieran la sustitución de elementos singulares o el traslado de los elementos averiados a taller.
En este apartado se incluye también la conservación y pequeñas reparaciones de las instalaciones y de la obra civil de la desalinizadora.
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 27.000,00
- TRANSPORTE Y DOSIFICACION EN RED.
Una vez producida el agua desalada cumpliendo los requisitos necesarios en el depósito de planta, ésta se distribuye por las conducciones, depósitos e instalaciones de distribución objeto del presente Pliego.
A efectos de garantizar la adecuada calidad del agua en el proceso de transporte y almacenamiento en los depósitos, así como el correcto funcionamiento de las instalaciones, en este apartado se incluyen todos los costes derivados de la operación y mantenimiento de las redes e instalaciones de distribución vehiculando agua.
En este apartado se incluye también la conservación y pequeñas reparaciones de las instalaciones y de la obra civil en las redes, arquetas, depósitos, estaciones de bombeo…
El coste anual de este capítulo del presupuesto se estima en 55.800,00 €.
Determinados los costes por m3 de agua producida en la IDAM y distribuida por la red e instalaciones descritas en el presente Pliego, se establece para una producción diaria de 50.000 m3 y anual de 18 Hm3, un coste por m3 de la siguiente manera:
ud | A) COSTE M3 AGUA | UD | Pu | IMPORTE MENSUAL | IMPORTE ANUAL |
Reactivos | Pp | 0,02690 €/m3 | 40.350,00 € | 484.200,00 € | |
Repuestos | Pp | 0,00400 €/m3 | 6.000,00 € | 72.000,00 € | |
Reposición filtros cartucho | Pp | 0,00750 €/m3 | 11.250,00 € | 135.000,00 € | |
Reposición membranas | Pp | 0,00990 €/m3 | 14.850,00 € | 178.200,00 € | |
Reposición material granular | Pp | 0,00040 €/m3 | 600,00 € | 7.200,00 € | |
Retirada y gestión de fangos | Pp | 0,00180 €/m3 | 2.700,00 € | 32.400,00 € | |
Reparaciones y conservación o.c. | Pp | 0,00150 €/m3 | 2.250,00 € | 27.000,00 € | |
Transporte y dosificación en red | Pp | 0,00310 €/m3 | 4.650,00 € | 55.800,00 € | |
TOTAL COSTE A) | 0,05510 €/m3 | 82.650,00 € | 991.800,00 € |
Nota: El abono se realizará por m3 realmente distribuido a 0,05510 €/m3 a los puntos de
conexión con las redes municipales existentes.
Siendo el coste medio mensual en este apartado de 82.650,00€
B) ANÁLISIS DE AGUA.
El uso del agua desalada será para consumo humano. Por tanto, el agua final producida en la desalinizadora y distribuida por las infraestructura objeto de la presente licitación deberá cumplir la normativa vigente (RD 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad el agua de consumo humano, y otros de aplicación) en todos sus parámetros.
Este apartado contemplará todos los costes derivados de la realización de analíticas que, en cumplimiento de la normativa, deban ser realizadas por laboratorios homologados externos.
El Plan de Control de Calidad finalmente aprobado deberá contemplar, en cualquier caso, todos los análisis del agua necesarios que sean aprobados por el Servicio de Salud Pública (Dirección General de Salud Pública) de la Consellería de Sanidad, Comunidad Valenciana (CV).
ud B) ANÁLISIS DE AGUA UD/año Pu
IMPORTE MENSUAL
IMPORTE ANUAL
ud
Analítica de control, realizada por laboratorio homologado, en cumplimiento del R.D.
140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
120 78,14 € 781,40 € 9.376,80 €
ud
Analítica completa, realizada por laboratorio homologado, en cumplimiento del R.D.
140/2003, de 7 de febrero, por el
que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo
humano.
12 952,00 € 952,00 € 11.424,00 €
TOTAL COSTE B) 1.733,40 € 20.800,80 €
Siendo el coste medio mensual en este apartado de 1.733,40€
C) PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL.
El adjudicatario será responsable de la correcta elaboración y gestión del Programa de Vigilancia y Control Ambiental del vertido recogido en la Autorización Ambiental Integrada otorgada por la Generalitat Valenciana mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de fecha 15 de enero de 2015.
En dicha resolución se incluye, además de los controles anuales de la biocenosis marina y de sedimentos ya descritos anteriormente en el apartado de los costes fijos correspondientes al Programa de Vigilancia y Control ambiental, los siguientes requerimientos:
CONTROL MEDIO RECEPTOR
Control parámetros
Control en continuo en E1, E2, E3 y blanco, de salinidad y temperatura.
Muestras mensuales a dos niveles: en superficie y a 20 cm del fondo. En cada una de las estaciones fijas de seguimiento (E1, E2 y E3) y en la estación de control.
Parámetros:
‐ Sólidos en suspensión (mg/l).
‐ Nitrógeno total (mg/l).
‐ pH
‐ Fósforo total (mg/l).
‐ Carbono orgánico total (mg/l).
‐ Turbidez (UNF).
‐ Oxígeno disuelto (mg/l).
‐ Clorofila a (mg/l).
Corrientes
Se realizará el volcado mensual de los datos del correntímetro instalado (E2), aprovechando la toma de muestras mensuales de parámetros del medio receptor.
Control de variables de flujo Control en continuo, en planta, de:
‐ Salinidad del agua de toma.
‐ Caudal del agua producto.
‐ Caudal y salinidad del agua de rechazo.
‐ Caudal de toma para la planta.
‐ Caudal para dilución (si se diera el caso).
‐ Salinidad del agua de mar no afectada por el vertido (en el blanco).
CONTROL EFLUENTE FINAL
Control en continuo (o similar) de salinidad, temperatura y caudal.
Muestras semanales en planta (y mensualmente, por organismo acreditado) tomadas en la arqueta de salida. Parámetros:
‐ Sólidos en suspensión (mg/l).
‐ Nitratos (mg/l).
‐ Nitritos (mg/l).
‐ Amonio (mg/l).
‐ Nitrógeno total (mg/l).
‐ pH
‐ Fosfatos (mg/l).
‐ Fósforo total (mg/l).
‐ Carbono orgánico total (mg/l).
‐ Turbidez (UNF).
‐ Oxígeno disuelto (mg/l).
‐ Clorofila a (mg/l).
‐ Cloro residual libre (mg/l).
‐ Hierro (mg/l).
‐ Detergentes (lauril sulfato sódico) (mg/l).
Anualmente, se realizará:
‐ 1 analítica de presencia y concentración de sustancias de los anexos I y II del Real Decreto 60/2011.
‐ 1 analítica de composición salina del efluente.
CONTROL EFLUENTE LAVADO DE FILTROS
Muestras semanales en planta (y mensualmente, por organismo acreditado) tomadas en la arqueta. Parámetros:
‐ Sólidos en suspensión (mg/l).
‐ Salinidad (mg/l).
‐ Nitratos (mg/l).
‐ Nitritos (mg/l).
‐ Amonio (mg/l).
‐ Nitrógeno total (mg/l).
‐ pH
‐ Fosfatos (mg/l).
‐ Fósforo total (mg/l).
‐ Carbono orgánico total (mg/l).
‐ Oxígeno disuelto (mg/l).
‐ Clorofila a (mg/l).
‐ Cloro residual libre (mg/l).
‐ Hierro (mg/l).
Anualmente, se realizará:
‐ 1 analítica de presencia y concentración de sustancias de los anexos I y II del Real Decreto 60/2011.
CONTROL EFLUENTE LIMPIEZA DE MEMBRANAS
Estas medidas estarán adaptadas a la frecuencia xx xxxxxx de las membranas. Se estima la realización de 3 lavados anuales, por lo que estas analíticas serán 3 por año.
Parámetros:
‐ Sólidos en suspensión (mg/l).
‐ Nitratos (mg/l).
‐ Nitritos (mg/l).
‐ Amonio (mg/l).
‐ Nitrógeno total (mg/l).
‐ pH
‐ Fosfatos (mg/l).
‐ Fósforo total (mg/l).
‐ Carbono orgánico total (mg/l).
‐ Oxígeno disuelto (mg/l).
‐ Clorofila a (mg/l).
‐ Cloro residual libre (mg/l).
‐ Hierro (mg/l).
‐ Detergentes (lauril sulfato sódico) (mg/l).
Anualmente, se realizará:
‐ 1 analítica de presencia y concentración de sustancias de los anexos I y II del Real Decreto 60/2011.
CONTROL DEL AGUA DE CAPTACIÓN
Control en continuo de salinidad, temperatura y caudal. Muestras mensuales en planta tomadas en la arqueta de salida. Parámetros:
‐ Sólidos en suspensión (mg/l).
‐ Nitratos (mg/l).
‐ Nitritos (mg/l).
‐ Amonio (mg/l).
‐ Nitrógeno total (mg/l).
‐ pH
‐ Fosfatos (mg/l).
‐ Fósforo total (mg/l).
‐ Carbono orgánico total (mg/l).
‐ Turbidez (UNF).
‐ Oxígeno disuelto (mg/l).
‐ Cloro residual libre (mg/l).
‐ Hierro (mg/l).
‐ Detergentes (lauril sulfato sódico) (mg/l).
Anualmente, se realizará:
‐ 1 analítica de presencia y concentración de sustancias de los anexos I y II del Real Decreto 60/2011.
CONTROL DE LA DISPERSIÓN DEL EFLUENTE (CALIBRADO MODELO CORMIX)
Se realizarán las siguientes medidas mensuales:
‐ Medición de la salinidad en el punto de impacto del chorro con el fondo.
‐ Perfiles verticales de salinidad a lo largo del eje de la capa hiperdensa, en tres puntos situados a 100, 300 y 1.000 metros del extremo del tramo difusor.
Trimestralmente, coincidiendo con cada estación, se realizarán perfiles verticales de salinidad y temperatura (en corriente y en calma) en una retícula de 40 puntos distribuidos en la zona de influencia del vertido.
OBSERVACIONES
Todos estos trabajos implicarán la movilización y desmovilización de equipos necesaria para su correcta realización, y la elaboración de los informes estipulados por la AAI (trimestrales y anual) con su correspondiente interpretación de los datos y correlación con informes anteriores.
Este programa de vigilancia y control del vertido incluirá el mantenimiento de las infraestructuras instaladas (salinómetros, correntímetro, cable de inducción, estación de recepción de datos, etc.), incluyendo las limpiezas y calibraciones necesarias.
Los trabajos realizados incluirán todos los condicionantes impuestos por la Autorización Ambiental Integrada otorgada por la Generalitat Valenciana mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de fecha 15 de enero de 2015.
La estimación del coste anual correspondiente a este capítulo asciende a 55.800 €.
Adicionalmente, se destina una “partida alzada a justificar” de 50.000,00 €/año para hacer frente a averías y reparaciones causadas por motivos no imputables al adjudicatario, siempre y cuando la avería o deterioro del equipo no haya sido provocado por negligencia, imprudencia del adjudicatario, o no realización de los trabajos de mantenimiento preventivo y/o correctivo recomendados por el fabricante o que hubieran resultado técnicamente aconsejables a criterio de la DTS. Se abonará con precios unitarios incluidos en el presente Xxxxxx, y en su defecto, se generarán precios contradictorios acordados por las dos partes.
9. PAGO DEL SERVICIO.
La valoración del Servicio se realizará mediante certificaciones mensuales en las que se incluirá por un lado la Cuota mensual Fija correspondiente al periodo facturado y por otro el importe resultante de la aplicación al volumen de agua suministrado en dicho periodo el precio unitario correspondiente al coste variable del servicio más las analíticas realizadas. . En ambos casos, se aplicará la baja resultante de la oferta económica presentada por el adjudicatario.
Los trabajos correspondientes a las partidas alzadas a justificar del presupuesto deberán ser previamente aprobados por AcuaMed.
El alcance final del contrato se corresponderá con los meses reales de operación y mantenimiento (fijo mensual), el agua que a final de contrato se haya distribuido, las analíticas realizadas por el Adjudicatario y el importe que haya sido aprobado por AcuaMed de las partidas alzadas a justificar. Si no se agotase el presupuesto una vez finalizado el servicio el Adjudicatario no podrá reclamar por este concepto.
Los concursantes deberán haber examinado todos los documentos que forman parte de la licitación y haber visitado el terreno en el que se encuentran las instalaciones ejecutadas y que, aunque no están finalizadas, formarán parte del servicio.
Se debe tener en cuenta tanto la posibilidad del servicio de la parte de las instalaciones de distribución (depósitos, redes…) que se ha indicado en el presente Pliego no tengan finalizadas las acometidas eléctricas ni el telemando. La operación y mantenimiento en este escenario no supondrá variación en el precio fijo mensual de operación y mantenimiento y el variable se corresponderá con m3 realmente distribuidos. En cualquier escenario de operación y mantenimiento, el importe variable de la certificación dependerá de la medición realmente producida, a abonar con los precios unitarios establecidos en el presente pliego.
10. COBERTURA DE SEGUROS.
El adjudicatario deberá suscribir aquellas pólizas de seguros que legalmente estén establecidas en relación con la responsabilidad civil por los daños y perjuicios en que pueda incurrir en el desarrollo del servicio, así como en relación con los vehículos y personal a su cargo, quedando el resto de seguros de estas instalaciones fuera del alcance de este contrato. En especial, está obligado a suscribir, además de los anteriores, un seguro que cubra las responsabilidades medioambientales que se deriven de su actividad en el caso de que los análisis de riesgos medioambientales de la actividad determinen esta necesidad en algún momento en el curso de la ejecución del contrato. Se incluirán a su vez los seguros descritos y establecidos en el apartado correspondiente a la valoración de los costes fijos del Servicio.
11. Hecho lo indicado en los párrafos anteriores, los concursantes deberán presentar una declaración en la que se hará constar expresamente haber recorrido todo el terreno e instalaciones que son objeto del Servicio, haber estudiado, inspeccionado y analizado todos los obstáculos y/o servicios existentes, estén o no reflejados en los documentos de la licitación, la existencia o no de errores en la medición de las unidades de la Obra, habiendo tenido en cuenta todos estos factores a la hora de la estimación de los precios, plazos y procedimientos para la ejecución del Servicio. AcuaMed no admitirá ninguna reclamación si alguno de los factores mencionados en este apartado condicionará la realización del Servicio.
12. SUBROGACIÓN.
Los licitadores deberán tener en consideración, a la hora de preparar sus proposiciones, en especial la oferta económica, lo previsto en el artículo 44 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con la sucesión de empresa y la subrogación de trabajadores.
En el anexo se presente certificado de la empresa que actualmente presta el servicio en la que consta la información necesaria sobre las condiciones de los contratos de trabajo de los trabajadores a los que afecte la posible subrogación, sin que la presente cláusula suponga prejuzgar la existencia y alcance de tal obligación de subrogación.
APÉNDICE Nº 1 PRESUPUESTO
4.1.- PRESUPUESTO GENERAL.
PRESUPUESTO | |||
COSTES FIJOS | |||
A) PERSONAL | 816.588,24 € | ||
B) MANTENIMIENTO GRAL INSTALACIONES, ADMINISTRACIÓN Y VARIOS | 206.040,00 € | ||
C) ANALISIS AGUA PRODUCTO | 7.200,00 € | ||
D) PROGRAMA VIGILANCIA Y CONTROL AMBIENTAL | 15.060,00 € | ||
E) MANTENIMIENTO PREVENTIVO | 48.000,00 € | ||
F) SEGUROS | 84.000,00 € | ||
G) REDES DE DISTRIBUCIÓN | 39.600,00 € | ||
TOTAL COSTES FIJOS AÑO | 1.216.488,24 € | ||
COSTE FIJO MENSUAL | 101.374,02 € | ||
COSTES VARIABLES | |||
A) COSTE AGUA | 991.800,00 € | ||
A) REACTIVOS | 484.200,00 € | ||
B) REPUESTOS | 72.000,00 € | ||
C) REPOSICIÓN FILTROS CARTUCHO | Reposición cartuchos microfiltración | 135.000,00 € | |
D) REPOSICIÓN MEMBRANAS | Reposición 8 años (DOW12% y HYD12%) | 178.200,00 € | |
E) REPOSICIÓN MATERIAL GRANULAR FILTRANTE | 7.200,00 € | ||
F) TRATAMIENTO Y GESTIÓN DE FANGOS | 32.400,00 € | ||
G) REPARACIONES Y CONSERVACIÓN OBRA CIVIL | 27.000,00 € | ||
H) TRANSPORTE Y DOSIFICACIÓN EN RED | 55.800,00 € | ||
B) COSTE ANALISIS | 20.800,80 € | ||
C) PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL | 55.800,00 € | ||
TOTAL COSTES VARIABLES AÑO | 1.068.400,80 € | ||
COSTE VARIABLE MEDIO MENSUAL | 89.033,40 € | ||
PA para BONIFICACIÓN POR DISMINUCIÓN DE CONSUMO ESPECÍFICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA | 30.000,00 € | ||
PA para REPARACIONES NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA | 50.000,00 € | ||
PA para CONSUMO EXTRAORDINARIO DE REACTIVOS | 25.000,00 € | ||
PRESUPUESTO EJECUCIÓN MATERIAL ANUAL | 2.389.889,04 € | ||
Gastos Generales | 13% | 310.685,58 € | |
Beneficio Industrial | 6% | 143.393,34 € | |
Suma | GG+BI | 454.078,92 € | |
TOTAL ANUAL (sin IVA) | 2.843.967,96 € | ||
IVA | 21% | 597.233,27 € | |
PRESUPUESTO EJECUCIÓN POR CONTRATA ANUAL (inc IVA) | 3.441.201,23 € | ||
PRESUPUESTO TOTAL EJECUCIÓN sin IVA (2 AÑOS + 2 DE PRÓRROGA) | 11.375.871,83 € | ||
PRESUPUESTO TOTAL EJECUCIÓN CONTRATA inc IVA (2 AÑOS + 2 DE PRÓRROGA) | 13.764.804,91 € |