CONTRATO
CONTRATO
Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, SA. Unipersonal. C/ Xxx Xxxxxxx nº 2. 14500 Puente Genil
En el domicilio social de la Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, SA., en adelante la Empresa, siendo las 12:00 horas del día 4 de noviembre de 2013, se reúnen X. XXXXXXXXX XXXX XXXXXX, con DNI nº 00.000.000-D, y domicilio en C/ Esposos Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 44, portal izquierdo 1º, planta A-4, y D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, con DNI nº 00.000.000-J, con domicilio a los efectos de este contrato en Xxxxxx Xxxxx, x/ Xx Xxxxxx x/x., Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,
CIF X-00000000 Tno: 000000000 Fax: 000000000 xxxx@xxxxxxx.xx
ACTUAN: D. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en representación de la Empresa, según nombramiento del Consejo de Administración de fecha 03/04/2013, y X. XXXXXXXXX XXXX XXXXXX en representación de la empresa TRANSPORTES XXXX XXXXXX, S.L., con domicilio C/ Esposos Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 44, portal izquierdo 1º, planta A-4, de Puente Genil, según apoderamiento de fecha 23/02/2006, que declara vigente y que realizado ante el Notario D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx, fue inscrito en el Registro Mercantil xx Xxxxxxx el 13/03/2006, en el folio 71, del tomo 1889, hoja CO-23694, inscripción 1ª.
EXPONEN: Que por acuerdo del Consejo de Administración de la Empresa de Servicios y Gestión Medioambiental de Puente Genil, SAU., de fecha 14 de octubre de 2013, le ha sido adjudicado a la empresa Transportes Xxxx Xxxxxx, S.L., contrato para el Transporte de semirremolques sitos en estación de transferencia hasta la planta de tratamiento xx Xxxxxxxxx, cuyo Pliego fue aprobado por Resolución de la Gerencia de fecha 13 de septiembre de 2013.
Reconociéndose mutuamente capacidad legal para obligarse, y en ejecución del acuerdo de referencia, ambas partes suscriben el presente contrato, que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es el Transporte de semirremolques sitos en estación de transferencia hasta la planta de tratamiento xx Xxxxxxxxx, descrito en los Pliegos de Prescripciones técnicas y de cláusulas económico administrativas particulares que han servido de base a la licitación, y que como anexos A y B a este contrato se declaran partes integrantes del mismo, así como las mejoras formuladas por el adjudicatario en su oferta, que se convierten en obligaciones contractuales para el mismo, concretamente las referidas a la limpieza de los semirremolques en su parte superior y en la parte donde se alojan los carriles.
SEGUNDA: PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN
El plazo de ejecución y la duración del contrato será de un año a contar desde el día siguiente a la formalización del mismo.
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Por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluidas las prórrogas, no exceda de cuatro años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente.
TERCERA: IMPORTE DE ADJUDICACIÓN
El importe de adjudicación del presente contrato para el Transporte de semirremolques sitos en estación de transferencia hasta la planta de tratamiento xx Xxxxxxxxx, asciende a la cantidad de 53.700 €/año, excluido I.V.A., ascendiendo el I.V.A. a la cantidad de 5.370 €, por lo que el importe total anual se eleva a 59.070 €.
CUARTA: FORMA DE PAGO
El pago se hará efectivo al adjudicatario mensualmente, tras la presentación de la correspondiente factura junto con el informe justificativo de las actividades desarrolladas.
QUINTA: CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones que le incumben en virtud del mismo, de conformidad con lo establecido en los anexos A y B del presente contrato y con las mejoras introducidas en su oferta, las cuales se describen en el punto primero del presente contrato.
SEXTA: INTERPRETACION, MODIFICACION Y RESOLUCION Y SOMETIMIENTO A FUERO.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Consejo de Administración de la Empresa a propuesta de la Dirección de la misma. Las partes declaran su sometimiento expreso a los Tribunales de Puente Genil.
SÉPTIMA: NATURALEZA DEL CONTRATO Y LEGISLACION APLICABLE.
El presente contrato tiene carácter privado y se regirá, en todo lo no previsto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado: Código Civil y Mercantil, Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y demás disposiciones que resulten aplicables.
Fdo.: X. Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx.: X. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx
ANEXO X
XXXXXX DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE SEMIRREMOLQUES SITUADOS EN LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA HASTA LA PLANTA DE TRATAMIENTO SITA EN EL TÉRMINO XX XXXXXXXXX.
CLÁUSULA 1. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, y por el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre; con carácter supletorio se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y demás documentos anexos, revestirán carácter contractual. Los contratos se ajustarán al contenido del presente pliego, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
Queda excluida y prohibida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas particulares en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
CLÁUSULA 2.-OBJETO DEL CONTRATO.
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la prestación del servicio de transporte de residuos al vertedero xx Xxxxxxxxx, con arreglo a las características que se detallan en Pliego de condiciones técnicas anexo al presente.
Clasificación C.P.V: 90500000-2. Servicios relacionados con desperdicios y residuos.
CLÁUSULA 3: PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE.-
El presente contrato de servicios se adjudicará por el procedimiento negociado sin publicidad, por razón de su cuantía, de conformidad con lo dispuesto en las Instrucciones Internas de Contratación aprobada por la Junta General de la Empresa, y la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con los candidatos invitados a la licitación y negociar los aspectos técnicos y económicos indicados en la Cláusula duodécima del
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presente xxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 169 en relación con el artículo 176 del TRLCSP.
No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante solicitud de ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato si ello fuera posible, de conformidad con lo previsto en los artículos 178.1 en relación con el artículo 177.3 sensu contrario y 169.2 in fine del TRLCSP.
El expediente de contratación se realizará por tramitación ordinaria de conformidad con los artículos 109 y 110 LCSP.
CLÁUSULA 4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN, PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO.
El presupuesto de licitación asciende a la cantidad máxima anual de 54.000 EUROS,
I.V.A. excluido, ascendiendo el I.V.A. a la cantidad máxima de 5.400,00 EUROS. Este precio podrá ser objeto de baja, no admitiéndose proposiciones que superen el presupuesto máximo de licitación.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Las empresas concursantes, especificarán en sus ofertas como pago por el servicio prestado, el importe total anual, con su desglose de IVA correspondiente
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
El pago se hará efectivo al adjudicatario mensualmente, tras la presentación de la correspondiente factura junto con el informe justificativo de las actividades desarrolladas.
CLÁUSULA 5. PREVISIÓN DE GASTOS
El gasto que se origine para Egemasa con motivo del presente contrato se imputará a la Cuenta de Resultados de la Empresa, de conformidad las previsiones de ingresos y gastos de la empresa aprobadas por el Ayuntamiento, junto con el presupuesto municipal el día 21/03/2013, debiéndose llevar a cabo las actuaciones necesarias al respecto.
CLÁUSULA 6. PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN
El plazo de ejecución del contrato será de un año a contar desde la formalización del mismo, fijándose la duración inicialmente en UN AÑO a contar desde la misma fecha.
Por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluidas las prórrogas, no exceda de cuatro años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente.
CLÁUSULA 7. CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL EMPRESARIO PARA CONTRATAR.
7.1. Aptitud y Capacidad.
Están facultadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a lo establecido en los artículos 74, 75 y 78 del TRLCSP, o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
7.2.Solvencia.
Para celebrar contratos, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica que se especifican en la cláusula 10.2 en las que, asimismo, se indicará la documentación requerida para acreditar las mismas. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en el TRLCSP.
CLÁUSULA 8. PERFIL DE CONTRATANTE.
En el perfil de contratante del órgano de contratación se publicará la adjudicación del acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del TRLCSP.
El acceso público al perfil del contratante se efectuará a través la página web de la Empresa: xxx.xxxxxxx.xx
CLÁUSULA 9. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato de servicios se adjudicará mediante procedimiento negociado sin publicidad, con solicitud de ofertas, al menos, a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato.
CLÁUSULA 10. PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES. LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones de este pliego, sin salvedad o reserva alguna.
10.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones.
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Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en en las oficinas de la Empresa, sitas en Xxxxxx Xxxxx, xx xx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, x/ Xx Xxxxxx x/x. en horario de lunes a viernes de 09.00 a 14.00 horas, en el plazo de 10 días, que se le indicará en la invitación para participar. Si el último día del plazo fuera inhábil o sábado, se entenderá prorrogado el final del plazo al 1er día hábil siguiente.
Las ofertas, también podrán presentarse por correo, dirigidas al domicilio social de la Empresa, c/ Xxx Xxxxxxx nº 2, 14500 Puente Genil, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición.
10.2. Forma de presentación de las proposiciones y documentación.
La proposición se presentará en sobre cerrado en el que figure la siguiente inscripción: “Proposición para tomar parte en el concurso para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE DE SEMIRREMOLQUES SITUADOS EN LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA HASTA LA PLANTA DE TRATAMIENTO SITA EN EL TÉRMINO XX
XXXXXXXXX”. En dicho sobre deberá figurar nombre y apellidos de quien figure en la documentación y carácter con que lo hace, con indicación del domicilio y teléfono a efectos de notificaciones posteriores, todo ello de forma legible.
Dentro del sobre a que se refiere el párrafo anterior, se contendrán dos sobres A y B cerrados, con la misma inscripción y datos referidos en el mismo y un subtítulo.
SOBRE A: se subtitulará “Documentación General” y contendrá:
1) Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario:
a) Si el licitante fuera persona jurídica, deberá presentar copia notarial de la escritura de constitución y, en su caso, modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
b) Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación de fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, así como el Número de Identificación Fiscal.
c) Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su inscripción en un Registro Comercial, cuando así sea exigido por la Legislación del Estado respectivo.
d) Los demás empresarios extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
2) Documentos acreditativos de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otros, presentarán copia notarial del poder de representación, expedido por el Notario que otorgó la Escritura o por quien le sustituya. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea legalmente exigible. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada de su Documento Nacional de Identidad.
3) Documentos acreditativos de las solvencia técnica, económica y financiera:
La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por alguno de los medios señalados en el artículo 75 TRLCSP:
1.- La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
a).- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b).- Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
c).- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
2.- Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.
La solvencia técnica o profesional podrá acreditarse por alguno de los medios señalados en el artículo 78 LCSP:
a).- Relación de proyectos de similar cuantía, medida ésta en función del presupuesto del proyecto, realizados en los últimos tres años. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
b).- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
c).- Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Andalucía – si existiere
– acreditará las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, solvencia económica y financiera, así como la no concurrencia de
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prohibiciones de contratar, conforme a los establecido en el artículo 83 del TRLCSP.
4) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
5) Declaración expresa responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes.
No obstante, quien resulte adjudicatario deberá acreditar, con carácter previo a la formalización del contrato, los requisitos antes citados mediante la presentación de la siguiente documentación:
o Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias respecto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física o Impuesto de Sociedades y el I.V.A. anual y trimestral.
o Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente, en su caso, en el pago del mismo, aportado carta de pago del último ejercicio o fotocopia compulsada.
o Certificación positiva expedida por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social de hallarse al corriente de sus obligaciones ante ésta.
6) Documentación técnica relativa a los vehículos a destinar a la prestación del servicio, con especial mención a la Tarjeta de Transportes y a la autorización/inscripción como gestor de residuos para la categoría de residuos objeto del presente pliego, en concreto los correspondientes a los códigos LER 15 01 02. Envases de plástico y 20 03 01. Mezclas de residuos municipales.
SOBRE B: se subtitulará “Proposición Económica”, contendrá exclusivamente una sola proposición, expresada conforme al modelo que figura al final de este Xxxxxx, debidamente fechada y firmada.
En este sobre se incluirán las mejoras que presente, en su caso, cada licitador para ser tenidas en cuenta a efectos de valoración de su oferta.
En la oferta económica se entenderá incluido a todos los efectos el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos de cualquier índole, que aparecerán correctamente detallados y separados.
Se considerarán incluidos en la oferta los gastos de cualquier índole, incluso los financieros, que se originen para el contratista adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones del contrato recogidas en el presente Pliego y Disposiciones Legales que lo regulen.
La documentación exigida se presentará en castellano o traducida de forma oficial al castellano.
CLÁUSULA 11. EXAMEN Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACION.
Terminado el plazo de recepción de proposiciones, por los responsables del Registro Municipal y el de la Empresa se expedirá certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas o donde se haga constar la ausencia de licitadores, que, junto con los sobres A) y B) remitirá al Departamento de Administración de la Empresa. Por el personal responsable de este Departamento se emitirá asimismo certificación comprensiva de aquellos extremos referentes a las proposiciones en él recibidas.
Por la Gerencia de la Empresa, con asesoramiento de los Responsables del Área de Residuos Sólidos Urbanos y Mantenimiento, se procederá al examen de los documentos presentados en tiempo y forma, para verificar si contienen todo lo exigido por este pliego, pudiendo conceder un plazo no superior a 3 días hábiles para subsanar defectos en la documentación presentada y procediendo acto seguido a su preparación para ser remitidos al Consejo de Administración que al efecto se convoque.
Una vez examinadas las proposiciones, evacuará informe al Consejo de administración, expresivo del cumplimiento de las prescripciones xxx xxxxxx y formulando propuesta de adjudicación.
CLÁUSULA 12. ADJUDICACIÓN
El Consejo, en un plazo máximo de 20 días, recibirá el Informe de la Gerencia junto con la documentación presentada, y tras su examen procederá a adjudicar el contrato, resolviendo de forma motivada, a la proposición más ventajosa de acuerdo a los criterios que a continuación se señalan y delegando en la Gerencia de la Empresa la realización de cuantas gestiones fueran necesarias para la formalización del contrato.
12.1.- Criterios de adjudicación: Los criterios que se tendrán en cuenta para valorar las ofertas y efectuar la propuesta en favor de la más ventajosa serán el precio y las mejoras, de la forma siguiente:
1.- Oferta económica de 0 a 80 puntos. (sobre B)
Otorgando la máxima puntuación al licitador que realice la oferta más baja, puntuando el resto de acuerdo con la siguiente fórmula:
P=(Oferta b/oferta i) x 80;
Siendo P: puntuación, Oferta b: oferta más baja del total de las presentadas; oferta i: oferta de cada uno de los licitadores; 80 puntuación máxima a otorgar.
2. Mejoras a aportar en la ejecución del contrato…de 0 a 20 puntos. (sobre B).
Los aspectos a considerar, a efectos de valorar las mejoras introducidas, en su caso, por los licitadores, serán los siguientes:
- La limpieza previa a cada transporte de los residuos que hayan podido caer en la acción de descarga de los vehículos recolectores en la parte superior de los semirremolques.
- Limpieza previa a cada transporte de los residuos que hayan podido caer en la acción de descarga de los vehículos recolectores en la parte superior de los
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semirremolques así como en la parte de los mismos donde se aloja el carril de desplazamiento de la prensa.
- Limpieza integral, con la periodicidad que se oferte, para cada semirremolque.
Cualquier otra que estime oportuna cada licitador, siendo valorada por la mesa de contratación la idoneidad de las mismas.
Será propuesta como adjudicataria la oferta que alcance en conjunto mayor puntuación. En caso de que dos o más ofertas obtuviesen el mismo número de puntos, el desempate se hará a favor de la que hubiese presentado la oferta económica más baja. De persistir el empate, el mismo se dirimirá mediante sorteo en la modalidad que se determine por la Gerencia de la empresa.
Los límites que permitirán apreciar que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales se determinarán en función de lo dispuesto en el artº. 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Una vez acordada la adjudicación del contrato, será notificada al adjudicatario, y comunicada al resto de participantes mediante inserción en la página web de la Empresa.
El procedimiento podrá quedar desierto si ninguna de las ofertas se adecúa a lo solicitado
CLÁUSULA 13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
La formalización del contrato se realizará dentro de los 10 días siguientes a contar desde la notificación de la adjudicación.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Empresa podrá acordar la resolución del mismo.
CLÁUSULA 14. JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Consejo de Administración de la Empresa.
CLÁUSULA 15. NATURALEZA DEL CONTRATO Y LEGISLACIÓN APLICABLE.
El contrato a formalizar tendrá carácter privado y se regirá, en todo lo no previsto en este Pliego, por las Normas de Derecho Privado: Código Civil y Mercantil, Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y demás disposiciones que resulten aplicables.
ANEXO II
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA EL TRANSPORTE DE SEMIRREMOLQUES SITUADOS EN LA ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA HASTA LA PLANTA DE TRATAMIENTO SITA EN EL TÉRMINO XX XXXXXXXXX.
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este pliego es fijar las condiciones a que se ajustará el transporte objeto del concurso, consistente en el traslado de los contenedores de residuos ubicados en la planta de transferencia de EGEMASA, sita en las instalaciones del polígono San Xxxxxxxxx, a la planta de tratamiento de la que dispone la empresa supramunicipal EPREMASA en el término municipal xx Xxxxxxxxx.
2. CONDICIONES TÉCNICAS Y ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO.
EGEMASA pondrá a disposición del adjudicatario los semirremolques necesarios para la realización del servicio, siendo por cuenta de EGEMASA el mantenimiento de los mismos. El adjudicatario transportará los semirremolques desde la estación de transferencia hasta el vertedero sito en el término municipal xx Xxxxxxxxx, realizando todas las maniobras necesarias de enganche así como la descarga de los contenedores llenos en el frente de vertido o en la planta a la que se destinen los residuos.
El transporte podrá realizarse en horario diurno o nocturno así como en días laborables o festivos (incluidos domingos). Este transporte se realizará coordinado con personal de EGEMASA por lo que el número de los viajes, horarios, etc., será fijado por el responsable de EGEMASA según las necesidades del servicio. El adjudicatario deberá también coordinar los horarios en los que realice los viajes con los horarios de apertura de la planta de tratamiento, especialmente en fechas señaladas como en Semana Santa, 24,25 y 31 de diciembre y 1 de enero de cada año.
Los conductores que realicen el servicio deberán rellenar un parte de trabajo según indicaciones de EGEMASA indicando semirremolque trasladado en cada viaje y estado del mismo estando obligados a rellenar el parte de taller existente en EGEMASA para comunicar a los servicios de mantenimiento de EGEMASA cualquier avería que se produzca en los semirremolques o en cualquier otra instalación de las que ellos utilicen. La no realización de estos partes de taller se considerará un incumplimiento grave de las condiciones del contrato.
Se responsabilizarán asimismo del control de la documentación de los semirremolques (seguro, permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica). La pérdida o ausencia de estos documentos en el vehículo se considerará un incumplimiento grave, siendo trasladada a la empresa las sanciones que por ello puedan derivarse.
El adjudicatario nombrará a una o varias personas que serán los interlocutores con EGEMASA. Uno de ellos deberá realizar las labores de encargado del servicio, siendo
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el encargado de distribuir entre el personal adscrito al mismo los viajes que diariamente sean asignados por EGEMASA, manteniendo una comunicación diaria con el encargado del servicio de transportes en EGEMASA, al que comunicará cualquier tipo de incidencia que se produzca en la realización de los trabajos o disponibilidad de equipos o conductores que pueda alterar el habitual funcionamiento del servicio.
Dadas las características del servicio y sus horarios de realización, el adjudicatario pondrá a disposición de EGEMASA un teléfono permanente 24 horas todos los días naturales del año que garantice la posibilidad de localización de algún responsable del servicio en cualquier momento. Este teléfono se utilizará para casos de emergencia y para notificación de modificaciones del servicio debido a imprevistos. Se considerará falta muy grave no atender dicho teléfono.
El adjudicatario estará obligado a poner a disposición de EGEMASA el personal adscrito al servicio por el tiempo necesario para realizar las reparaciones en los semirremolques y revisiones técnicas oficiales, así como realizar los desplazamientos necesarios a los talleres exteriores que el servicio de mantenimiento de EGEMASA estime oportunos.
Serán por cuenta del adjudicatario aquellas averías que se produzcan tanto en los semirremolques como en las instalaciones de EGEMASA por un uso indebido o inadecuado de los equipos, tales como accidentes de tráfico, maniobras inadecuadas en la descarga de los semirremolques, desgastes incorrectos etc.
El concursante deberá tener matriculados a la firma del contrato a su nombre o dentro de su sociedad un mínimo de dos unidades similares a las que va a dedicar al trasporte, detallando la matricula, marca y modelo de las cabezas tractoras con las que realizara el transporte. Aportando la documentación necesaria que acredite que los vehículos están autorizados para el transporte objeto del concurso.
El adjudicatario aportará las características técnicas de los vehículos que dedicará al transporte, que serán las adecuadas al mismo, teniendo en cuenta que el peso del vehículo con el contenedor lleno es de aproximadamente 40 toneladas.
El concursante estará obligado a presentar, adjunto a la factura mensual, la lista actualizada de personal asignado al servicio, la documentación acreditativa de estar al corriente de pago a la seguridad social (TC 2) y la actualización de toda la documentación de seguridad exigible según ley: evaluación de riesgos, documentación de los equipos de trabajo utilizados, aptos de los reconocimientos médicos, formación de los trabajadores, entrega de EPI, entrega de información de riesgos.
El servicio de prevención de EGEMASA realizará reuniones trimestrales de seguimiento del servicio, en donde se revisará la documentación del servicio, el desarrollo de la vigilancia del cumplimiento de normas de seguridad, el plan de formación y las accidentes e incidentes que hayan podido producirse. La asistencia a estas reuniones por parte de un representante de la contrata será obligatoria.
El contratista tendrá obligación de informar al responsable del servicio de EGEMASA de cualquier accidente o incidente que se produzca en el servicio. Así mismo tendrá obligación de realizar una investigación de todos los accidentes e incidentes y emitir un
informe que será entregado al servicio de prevención de EGEMASA. La notificación se producirá en las 24 horas siguientes a que se produzca el incidente y la entrega del informe deberá realizarse durante los 4 días posteriores al mismo.
El concursante deberá tener capacidad para puntualmente ampliar su plantilla con el fin de atender incidencias del servicio (servicios especiales, mayor producción de residuos, etc…). Ante la necesidad de ampliar de forma estable el número de servicios a realizar el responsable del servicio de EGEMASA comunicará dicha situación con antelación mínima de 7 días, teniendo la empresa la obligación de disponer de dicho personal en fecha.
3. DATOS PARA LA ELABORACIÓN DE OFERTAS.
3.1.Localización y ubicación.
La planta de transferencia de EGEMASA se encuentra ubicada en las instalaciones de C/El Xxxxxx s/n, P.I. San Xxxxxxxxx en Puente Genil.
La planta de tratamiento y eliminación se encuentra a una distancia de 20,5 xx xx xx X- 0000 que une Puente Genil con Xxxxxxxxx.
3.2.Residuos a transportar.
EGEMASA cuenta con tres semirremolques destinados al transporte de residuos, en concreto dos de ellos se destinan a la fracción orgánica y restos y el tercero a los envases ligeros. Estos deberán ser los residuos a transportar por el adjudicatario y para ello deberá tener las autorizaciones y registros oportunos que le correspondan por la legislación vigente, especialmente atendiendo a los Art. 20 punto segundo a), Art. 29 punto segundo y al Art. 39 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados y a los Art. 41 y 44 del Decreto 73/2012 de 20 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía.
En el primer semestre del año en curso se viene realizando una media de 11 viajes semanales repartidos como sigue:
Lunes 2 viajes con fracción orgánica y
restos
Martes 1 viajes con fracción orgánica y
restos
Miércoles 2 viajes con fracción orgánica y
restos
Jueves 1 viajes con fracción orgánica y
restos
Viernes 2 viajes con fracción orgánica y
restos
Sábado 1 viajes con fracción orgánica y
restos
Domingo 1 viajes con fracción orgánica y
restos
1 con envases ligeros
EGEMASA –Contrato transporte semirremolques a la planta de tratamiento sita en el término xx Xxxxxxxxx
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Los horarios de los mismos estarán coordinados con el personal responsable de EGEMASA, evitando siempre que los servicios de recogida se vean interrumpidos por imposibilidad de descargar en la planta de transferencia.
En caso de que la producción anual de residuos disminuyese o aumentase el servicio se vería reducido o aumentado en los correspondientes viajes, debiendo el adjudicatario reajustar su personal y equipos al servicio resultante.
4. PROHIBICIONES EXPRESAS AL LICITADOR.
Primera: realizar trabajos con los vehículos y materiales asignados al transporte sin la autorización expresa de EGEMASA.
Segunda: incumplir cualquier tipo de legislación vigente en materia de tráfico y seguridad vial.
Tercera: deteriorar la imagen de un servicio público por incorrecciones del personal (vestuario, calzado, aseo, etc.) en su comportamiento con los ciudadanos en general o con el personal de EGEMASA o del centro de tratamiento.
Cuarta: producir derrames o lixiviados durante el trayecto del transporte. En el caso de que se produjeran accidentalmente se procederá inmediatamente a su retirada y limpieza y se pondrá en conocimiento de EGEMASA.
Quinta: Introducir en los contenedores antes del inicio de jornada cualquier tipo de residuo o material no procedente de la Planta de Transferencia.
Sexta: El vertido de cualquier tipo de residuos fuera del lugar asignado a la eliminación o reciclado.
Séptima: Utilizar, sin causas justificadas, rutas no habituales a las diseñadas, tanto en la ida o vuelta a la nave de la empresa adjudicataria como en el trayecto de transporte de residuos.
Octava: Realizar operaciones de movimiento de semirremolques no autorizadas por el personal de EGEMASA.
5. SEGURIDAD.
El adjudicatario se comprometerá a cumplir toda aquella normativa sobre prevención de riesgos laborales que le sea aplicable durante toda la duración del contrato.
Igualmente se comprometerá a acatar cualquier norma de seguridad elaborada por EGEMASA, que afecte a sus instalaciones y donde los empleados del adjudicatario desarrollen su trabajo. En especial se seguirán en todo momento las normas de seguridad vial y se respetarán la señalización de tráfico en los desplazamientos, en especial la referida a la velocidad.
En particular el adjudicatario deberá satisfacer los siguientes requisitos de seguridad:
-Designar un responsable de seguridad con capacidad suficiente para vigilar y hacer cumplir los procedimientos de seguridad entregados a su empresa. Esta designación se entregara por escrito a EGEMASA.
-Mantener reuniones de coordinación con el servicio de prevención de EGEMASA
-Desarrollar un sistema de control, comunicación e investigación de accidentes e incidentes que deberá ser aprobado por el servicio de prevención de EGEMASA
-Desarrollar toda la documentación de operación y seguridad que sea necesaria, incluyendo instrucciones de actuación en caso de emergencia y los procedimientos de trabajo correspondientes a tareas habituales.
-Formará a los trabajadores adscritos al servicio para la realización del trabajo según las normas establecidas, tanto en La Evaluación de Xxxxxxx como por EGEMASA. Informará sobre los riesgos determinados según la Evaluación de Riesgos. Tendrá obligación de presentar a EGEMASA los certificados de haber impartido y entregado dicha formación e información.
-Suministrará al personal los equipos y prendas de seguridad reglamentarias que sean necesarias o las que puntualmente indique EGEMASA debidas a normas internas.
-Por incumplimiento de las normas de Seguridad establecidas, EGEMASA podrá adoptar las medidas sancionadoras que considere oportunas ( por ejemplo la suspensión temporal o definitiva de la prestación del servicio a aquellos trabajadores que incumplan las normas de seguridad establecidas, o pongan en situación de riesgo su seguridad o la de otros trabajadores).
Previamente al inicio del servicio EGEMASA facilitará toda la información correspondiente a los riesgos existentes en nuestras instalaciones, la documentación e instrucciones de uso de las plataformas y toda aquella información que se considere necesaria para el cumplimiento de las obligaciones de coordinación de seguridad.
6. FALTAS Y SANCIONES.
Con el fin de garantizar la adecuada realización del servicio en todos los aspectos definidos en este pliego, el servicio será controlado diariamente por los responsables técnicos de EGEMASA. Los diversos incumplimientos de las condiciones del servicio se clasificarán en faltas leves, graves o muy graves, las cuales serán sancionadas conforme su categoría.
Se considerará falta leve, y serán sancionadas con un descuento de 100 euros, además de las descritas con anterioridad en el presente pliego en sus apartados correspondientes, cualquiera de los siguientes hechos:
-La realización de los servicios programados con retrasos que generen esperas de camiones recolectores en las estaciones de transferencia superiores a 1 hora.
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Se considerará falta grave, y serán sancionadas con un descuento de 300 euros, además de las descritas con anterioridad en el presente pliego en sus apartados correspondientes, cualquiera de las siguientes situaciones:
-La realización de los servicios programados con retrasos que generen desvíos de camiones recolectores directamente a la planta de tratamiento.
-La realización de operaciones de carga, descarga o colocación de plataformas, que dañen los contenedores o los equipamientos de la estación de transferencia en particular y de las instalaciones de EGEMASA en general.
-La pérdida de material durante las labores de transporte de residuos.
-No trasladar a los responsables del servicio mediante el correspondiente impreso la existencia de daños, defectos o averías en las plataformas.
-La no disponibilidad de los equipos de maquinaria o personal necesarios para la realización de los servicios programados durante menos de 2 días.
-Incumplimiento de entrega de los informes de accidente/incidente de seguridad en el plazo fijado.
-La no asistencia a las reuniones de coordinación y seguridad convocadas por EGEMASA.
-No entregar aquellos informes relativos al desarrollo habitual del servicio o específicos de maquinaria, personal, etc. que sean solicitados por los técnicos del servicio en un plazo máximo de 1 semana.
-Incurrir en cualquier circunstancia descrita en el punto 4. Prohibiciones expresas del licitador.
-La reincidencia en falta leve en un periodo de 3 meses.
Se considerarán faltas muy graves, además de las descritas con anterioridad en el presente pliego en sus apartados correspondientes, cualquiera de las siguientes situaciones:
-El incumplimiento de normas de seguridad, tanto las fijadas por EGEMASA, como las correspondientes a seguridad vial y las fijadas por el propio contratista en su Plan de seguridad.
-No notificar adecuadamente y en los plazos fijados por el pliego, los accidentes e incidentes ocurridos en el servicio.
-La inoperatividad del teléfono de comunicación permanente obligatorio para poder informar de anomalías o incidencias por parte de cualquier responsable de EGEMASA.
-No ampliar el número de equipos de personal y maquinaria que se hagan necesarios para garantizar la adecuada atención a todas las ubicaciones existentes en cada momento.
-La reincidencia en falta grave en un periodo de 3 meses.
La sanción por la comisión xx xxxxxx muy graves podrá ir desde el descuento en la factura mensual por importe de 1.000 euros, hasta la rescisión del contrato, circunstancia esta que se determinará en el expediente que se sustancie al efecto.
Los diversos incumplimientos de las condiciones del servicio darán lugar a la apertura, de oficio o a instancia de cualquier interesado, del correspondiente expediente de imposición de penalidades, el cual será resuelto por la Gerencia previa audiencia del contratista por plazo xxxxxx xx xxxx días.
Las penalidades que se impongan se aplicarán directamente sobre la facturación mensual del servicio acompañándose de las resoluciones de la Gerencia que procedan.
Xxxxxx Xxxxx, 00 de septiembre de 2013
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