AUDITORIA FINANCIERA Y CONTABLE AL CONTRATO DE CONCESIÓN PORTUARIA No. ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS BOGOTÁ D.C. – REPÚBLICA DE COLOMBIA ABRIL DE 2016
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RÍO GRANDE DE LA XXXXXXXXX
AUDITORIA FINANCIERA Y CONTABLE AL CONTRATO DE CONCESIÓN PORTUARIA No.
008-1993 Y SU XXXXXX Xx. 000 XX 0000 XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXXXX X XX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX S.A.
ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS
BOGOTÁ D.C. – REPÚBLICA DE COLOMBIA
ABRIL DE 2016
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE CORMAGDALENA PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
1.1. INTRODUCCIÓN
Que entre la Superintendencia General de Puertos y la Sociedad Portuaria Regional de Barranquilla, suscribieron el contrato de Concesión Portuaria No.008 de 12 xx xxxxx de 1993, por el término de veinte (20) años. Que el contrato No. 008 de 1993, ha sufrido las siguientes modificaciones mediante otrosí que se mencionan a continuación: Otrosí No.1 de fecha 02 xx xxxxxx de 1993, en el cual se modificó aspectos sobre garantías ambientales; en Otrosí No. 2 de fecha 20 de septiembre de 1993 se modificó lo concerniente a la contraprestaciones por infraestructura; se realizó otrosí No. 3 de fecha 20 de septiembre de 1993 consistente en aclarar la garantía Ambiental; mediante otrosí No. 4 de fecha 29 de septiembre de 1993 cuyo objeto principal es aclarar las contraprestaciones por infraestructura, mediante otrosí No. 5 de fecha 09 xx xxxxx de 2007 por medio del cual se suprime el numeral que el impedía a la Sociedad Portuaria prestar servicios de operación portuarias.
Que en virtud de la concertación de que trata el artículo sexto de la Ley 161 de 1994, se suscribió por parte del Ministerio de Transporte y de Cormagdalena, el 6 xx xxxxxx de 2002, el acta de Transferencia de Programas, Obras y Funciones en la que se determinaron los procedimientos y plazo para el traslado de la competencia de una entidad a otra.
Que la Junta Directiva de Xxxxxxxxxxxx, en sesión del 24 de enero de 2008, mediante Acuerdo No. 136 del 24 de enero de 2008, facultó al Director Ejecutivo de Cormagdalena, para realizar la modificación del Contrato de Concesión Portuaria No. 008 de 1993, que la modificación fue aprobada por Xxxxxxxxxxxx a través de la Resolución No. 123 del 29 xx xxxx de 2008; los aspectos modificados en el otrosí No. 6 de fecha 20 xx xxxxxx de 2008 tiene por objeto la entrega de los bienes entregados en concesión, nuevas áreas, descripción de los accesos a los bienes entregados en concesión, volúmenes de carga, garantías, plazo , valor del contrato y contraprestaciones, vigilancia y evaluaciones de desempeño (supervisión); y adicionar las siguientes obligaciones: plan de inversiones, plan de mantenimiento y código de buen gobierno.
Que de igual manera en el otrosí No. 6 de fecha de 00 xx xxxxxx xx 0000, xx xx xxxxxxxx xxxxxx es establecen los controles estatales (supervisión) del contrato, los cuales estarán a cargo de Xxxxxxxxxxxx, debiendo dar cumplimiento a cada una de las obligaciones contractuales, para lo cual se apoyará en dos tipos de auditoría: auditoría Financiera y Contable y una auditoria Operativa. La Auditoría a realizarse en el presente proceso es la referente a la materia financiera y contable, relacionada con los ingresos brutos portuarios reales.
Con la Auditoría financiera y contable, se busca constatar los ingresos por concepto de muellaje, uso de instalaciones a la carga, uso de instalaciones al operador y almacenamiento y las tarifas de la sociedad portuaria aplicada a estos servicios.
La presente contratación permite que la Corporación Regional Autónoma del Río Grande de la Xxxxxxxxx, CORMAGDALENA, en su calidad de entidad pública, pueda vigilar permanentemente la correcta ejecución del Contrato de Concesión a través de una auditoría, preparando los documentos que al respecto se requieran, y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten.
La auditoría financiera y contable deberá garantizar la correcta ejecución de las obligaciones del CONCESIONARIO durante el término de ejecución del contrato, sobré los ingresos brutos portuarios reales y los referentes en materia de operación.
2. OBJETO A CONTRATAR.
2.1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR.
La Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Xxxxxxxxx -CORMAGDALENA-, mediante un proceso de selección de mínima cuantía, requiere contratar la Auditoría Financiera y Contable para realizar el seguimiento a la ejecución y cumplimiento de las obligaciones contractuales en virtud del contrato de concesión portuaria No. 008 de 1993 y en especial su Otrosí No. 006 del (20 xx xxxxxx de 2008) y documentos modificatorios, suscritos entre CORMAGDALENA y la SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE BARRANQUILLA S.A.
2.2. OBLIGACIONES DE LA AUDITORÍA FINANCIERA Y CONTABLE
2.2.1 OBLIGACIONES GENERALES
1. Cumplir con el objeto del contrato y la propuesta, con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad; por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del auditor con la Corporación.
2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y trabas que puedan presentarse y, en general, se obliga a cumplir con lo establecido en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, sus decretos reglamentarios y demás normas pertinentes.
3. Responder por las actuaciones y omisiones derivadas de la celebración del contrato y de la ejecución del mismo.
4. Cumplir oportunamente sus obligaciones relacionadas con los aportes a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, y aportes a las Cajas de
Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, para lo cual aportará mensualmente copia que acredite el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados, mediante certificación expedida por el Representante Legal y/o Revisor Fiscal o Contador.
5. Mantener actualizado el domicilio durante la vigencia del contrato y cuatro (4) meses más y presentarse en la Corporación en el momento en que sea requerido por la misma, para la suscripción de la correspondiente Acta de Liquidación.
6. Cumplir con todo lo ofrecido en la propuesta.
7. Constituir la garantía de cumplimiento, Calidad del Servicio, Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales y la póliza de responsabilidad civil extracontractual en los términos y condiciones pactadas.
8. La Auditoría Financiera y Contable, implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del concesionario. Los auditores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables de informar a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
9. Las demás establecidas en el Manual de Contratación de CORMAGDALENA vigente y sus respectivas modificaciones.
2.2.2. FUNCIONES ADMINISTRATIVAS
1. Solicitar a CORMAGDALENA la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la auditoría.
2. Conocer sobre la organización y la normatividad de la Corporación Autónoma Regional del río Grande de la Xxxxxxxxx - CORMAGDALENA, para su aplicación en desarrollo del contrato de concesión portuaria y de auditoría, igualmente deberá tramitar adecuadamente la correspondencia, utilizando los formatos y procedimientos establecidos.
3. Establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la Auditoría a su cargo.
4. Revisar y estudiar los documentos e información suministrados por CORMAGDALENA que dieron origen al contrato, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el proyecto, que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas, solicitando a CORMAGDALENA las aclaraciones del caso.
5. Disponer de instalaciones administrativas, para la ubicación del personal profesional, técnico y administrativo que hará las funciones de auditoría.
6. Suministrar la información Financiera y contable, al supervisor designado del contrato.
7. El personal de la auditoría deberá aportar un documento que los acredite, ya que este podrá ser requerido por los servidores públicos o comisionados por parte de la Corporación Autónoma Regional del río Grande de la Xxxxxxxxx.
8. Cumplir instrucciones y demás obligaciones establecidas por la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Xxxxxxxxx.
2.2.3 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Revisar y auditar los ingresos por concepto de muellaje.
2. Revisar y auditar el uso de instalaciones a la carga.
3. Revisar y auditar el uso de las instalaciones al operador y almacenamiento.
4. Revisar y auditar las tarifas de la Sociedad Portuaria aplicada a los servicios anteriormente mencionados.
5. Apoyar a CORMAGDALENA en las actividades de reconsideración que deban surtirse con ocasión de las eventuales objeciones que el concesionario interponga contra el informe final de auditoría presentado por el contratista, de acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9.1.1. del Otrosí No. 6 de 2008.
6. Cumplir con las demás actividades relacionadas con el objeto del contrato que sean acordadas con el supervisor.
NOTA: La auditoría financiera y contable se realizará sobre la anualidad 2015.
2.3. OBLIGACIONES DE LA CORPORACION
1. Efectuar los pagos acordados para la ejecución del contrato, en los términos y condiciones pactadas.
2. Ejercer la Supervisión del contrato de auditoría Financiera y Contable.
3. Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato.
4. La Auditoria deberá entregar un ejemplar impreso y uno en medio magnético a CORMAGDALENA del informe o documento correspondiente, dentro de los términos fijados para el efecto.
5. Dentro de los veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo del informe, CORMAGDALENA previo el análisis y el estudio correspondiente, presentará por escrito la auditoria las observaciones y recomendaciones que considere pertinentes para efecto de aprobar el documento presentado. Vencido éste término sin que haya un pronunciamiento escrito por parte de CORMAGDALENA, se entenderá que el informe correspondiente fue aprobado en los términos presentados por el contratista.
6. Si dentro del término señalado en el literal anterior, CORMAGDALENA le solicita por escrito al auditor que aclare, modifique y/o corrija el informe o documento presentado, el auditor dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la solicitud de aclaración, modificación y/o corrección,
deberá entregar un ejemplar impreso y en medio magnético a CORMAGDALENA del informe respectivo incluyendo las observaciones presentadas por este.
7. Previo al análisis correspondiente y dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo de los documentos que contengan las observaciones presentadas, CORMAGDALENA los aprobará. En caso contrario, procederá conforme lo establecido en la cláusula de multas establecida en el Contrato de Auditoría; Vencido éste término sin que haya un pronunciamiento escrito por parte de CORMAGDALENA, se entenderá que los documentos en cuestión fueron aprobados por éste en los términos presentados por el contratista.
2.4. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Supervisión de la ejecución del contrato estará a cargo de quien designe la Corporación, quien además debe dar cumplimento a las funciones y responsabilidades contenidas en el artículo 84 y ss. de la Ley 1474 de 2011, deberá verificar el estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato, en especial:
a).- Velar por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contractuales,
b).- Informar cualquier situación que se presente con respecto al cumplimiento de las obligaciones previstas en el objeto contractual,
c).- Informar sobre cualquier situación que pueda afectar el cabal cumplimiento del objeto, plazo o valor del contrato,
d).-Verificar el cumplimiento de los requisitos para la ejecución del contrato en especial, antes de la realización del pago, verificar el cumplimiento de las obligaciones al sistema de seguridad social integral prevista en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
3. MODALIDAD DE SELECCIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURIDICOS.
3.2. MODALIDAD DE SELECCIÓN
El presente proceso se realizará bajo la modalidad de mínima cuantía es el valor equivalente al diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la Corporación. El procedimiento para establecer la menor cuantía está descrito en el literal (b) del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 que sirve de guía para determinar la menor y la mínima cuantía de una Entidad Estatal.
3.3. FUNDAMENTOS JURIDICOS.
El presente proceso se realizará bajo la modalidad de selección de mínima cuantía teniendo en cuenta los siguientes factores jurídicos:
El contrato que se llegue a celebrar de auditoría se regirá por las normas vigentes y el Estatuto General de contratación de administración pública que son Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Numeral 4°, artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 y artículos 2.2.1.2.1.5.1 y 2.2.1.2.1.5.2, del Decreto 1082 de 2015, y en especial por lo contenido en la invitación pública.
3.4. PLAZO DEL CONTRATO
El plazo previsto para la ejecución del contrato es de UN (01) MES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
3.5. FORMA DE PAGO
La Corporación realizará un pago único por la totalidad del valor del presente proceso, una vez se hayan cumplido los siguientes requisitos:
1. Entrega del Informe final de auditoría en medio físico impreso y magnético (CD).
2. Actualización de las garantías del contrato.
3. Pago de aportes a seguridad social y parafiscales de todo el personal empleado.
4. Que se haya surtido el trámite de objeciones de que trata el parágrafo del artículo
9.1.1 del Otrosí No. 6 de 2008.
5. Suscripción del acta de entrega y recibo final de la auditoria a satisfacción.
Cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago a los sistemas de salud, ARP, pensiones y aportes parafiscales a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el Representante Legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiere constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución (Art. 50, inciso 3 Ley 789 de 2002).
3.6. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se desarrollará en las instalaciones de la Concesión Portuaria SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE BARRANQUILLA S.A., ubicada en la dirección Xxxxx 0 Xx 00 – 42, en la ciudad de Barranquilla.
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO
4.1. PRESUPUESTO OFICIAL
Teniendo en cuenta la Cláusula 9 de los numerales 9.1.1. y 9.1.2 del otrosí N° 6, que hace parte integral del Contrato de Concesión No. 008 de 1993, quedo establecido que:
“CLAUSULA 9: PARAGRAFO COMUN A LOS NUMERALES 9.1.1 Y 9.2.1: Para la realización de
esta auditoría, CORMAGDALENA contratara personal experto que cuente con el equipo indicado para una de las funciones, mediante procedimientos aplicables que garanticen transparencia en su selección. Esta auditoría podrá contratarse de manera conjunta o separada, pero siempre con cargo a la inversión del año correspondiente. El CONCESIONARIO deberá por lo menos dos meses antes a la finalización de cada año, consignar a la cuenta que CORMAGDALENA tenga para tal fin, el dinero correspondiente, previo informe justificado de CORMAGDALENA de los costos de auditoría, los cuales deberán ajustarse con los precios xxx xxxxxxx”
Teniendo en cuenta lo anterior, el valor del presupuesto oficial del Contrato se fija en la suma de VEINTISIETE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($27.000.000), incluido IVA.
4.2. OTROS COSTOS DIRECTOS
En estos costos se incluyen los de otros insumos tales como, transportes, oficina, papelería y los que se presupuesten como necesarios para la normal ejecución del contrato en concordancia con recursos técnicos y operativos discriminados en la propuesta, los cuales deberán ser cubiertos por el contratista.
4.3. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Para la ejecución del contrato de Auditoria se cuenta la siguiente disponibilidad presupuestal:
1.- Certificado de la SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL BARRANQUILLA S.A., y de
FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A. que en desarrollo del Fideicomiso denominado FIDUBOGOTA PUERTO BARRANQUILLA xx xxxxxxx mercantil de administración y pagos, celebrado entre SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL BARRANQUILLA S.A. Y FIDUCIARIA BOGOTÁ S.A. se han recibido TREINTA MILLONES SEISCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS PESOS ($30.601.900)).
Correspondientes a los recursos para asegurar los pagos del Contrato entre CORMAGDALENA y el contratista para auditar el contrato de Xxxxxxxxx Xx. 000 xx 0000 xxxxx XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX S.A (como FIDECOMITENTE del
Patrimonio Autónomo) y CORMAGDALENA.
5. FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE
El precio más bajo será el único factor para la comparación de ofertas y así proceder a la evaluación de los requisitos habilitantes, verificación del cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas y escogencia del contratista.
6. REQUISITOS HABILITANTES
La verificación de los requisitos mínimos habilitantes se realizará exclusivamente respecto del oferente que presente el precio más bajo, para lo cual se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad establecidas en el artículo 5, parágrafo 1 de la Ley 1150 de 2007.
Esta verificación se realizará una vez se establezca la oferta con el precio más bajo y con base en los documentos aportados por el oferente se hará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos habilitantes.
En el evento en que no se cumpla con alguno de los requisitos mínimos habilitantes, se le otorgará al oferente el término previsto en el cronograma de la invitación para que se proceda a subsanar la oferta o a presentar los documentos de aclaración que corresponda.
El informe de evaluación de las ofertas será objeto de traslado por el término indicado en el cronograma de esta invitación, para que los oferentes puedan formular las observaciones a la misma.
En caso de que el oferente que haya presentado el menor precio no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, procederá la verificación del proponente ubicado en el segundo lugar y así sucesivamente. Si al final no resulta algún oferente habilitado, se declarará desierto el proceso.
6.1 VERIFICACIÓN REQUISITOS HABILITANTES Y CRITERIOS DE COMPARABILIDAD Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
FACTORES | DETERMINACIÓN |
Jurídicos | No Habilitado/ Habilitado |
Técnicos | No Habilitado/ Habilitado |
6.1.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES
Como objeto de verificación de cumplimiento pero no de calificación, CORMAGDALENA tendrá en cuenta la capacidad jurídica y técnica. Para tal efecto, la verificación en mención
se realizará de conformidad con el procedimiento establecido a continuación para cada criterio y a los documentos contenidos en las propuestas.
6.1.2 VERIFICACIÓN DE CAPACIDAD JURIDICA.
a) CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
La carta de presentación de la oferta se debe diligenciar conforme al modelo suministrado en el presente pliego de condiciones, suscrita por el proponente o representante legal o apoderado debidamente facultado, debe ser firmada por el proponente cuando es persona natural o, si es persona jurídica o si la oferta se presenta bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, por el representante legal indicando su nombre y documento de identidad.
En el formato de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir el número de Fax, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado modelo, a fin de que CORMAGDALENA surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga.
Con la carta de presentación de la propuesta se entiende presentada la declaración juramentada por parte del proponente de no encontrarse incurso en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades previstas en la Ley, ni en conflicto de intereses que pueda afectar el normal desarrollo del contrato, así como el origen licito de los recursos destinados al proyecto o a la ejecución del contrato.
b) DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES.
Cuando la propuesta se presente en cualquiera de estas modalidades de asociación, el proponente deberá presentar el documento idóneo, ajustado a las exigencias del artículo 7 de la Ley 80 de 1.993, teniendo en cuenta lo siguiente:
i. Acreditar la existencia del Consorcio o de la Unión Temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, mediante el documento en el que conste que los integrantes expresan claramente su intención de conformar el Consorcio o la Unión Temporal. En el caso en que no exista claridad al respecto, se asumirá que se trata de un Consorcio.
ii. Acreditar el nombramiento de un representante único de todas las personas naturales y/o jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal, con facultades suficientes para la representación sin limitaciones de todos y cada uno
de los integrantes, en todos los aspectos que se requieran para la presentación de la Propuesta, y para la suscripción y ejecución del Contrato.
iii. Si el proponente es un Consorcio, sus integrantes presentan en forma conjunta la oferta para la Adjudicación, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato, por expresa disposición del numeral primero del artículo
7 de la Ley 80 de 1993. No podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo y escrito de CORMAGDALENA.
iv. Si el proponente es una Unión Temporal indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la oferta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo de CORMAGDALENA. La extensión de la participación se indicará en función de las actividades a ejecutar en el proyecto.
v. Acreditar la existencia de las personas naturales y la existencia y representación legal de cada una de las personas jurídicas asociadas en Consorcio o en Unión Temporal; así como la capacidad jurídica de sus representantes para la constitución del Consorcio o Unión Temporal, así como para la celebración y ejecución del Contrato a través de la forma de asociación escogida, mediante la acreditación del cumplimiento de todos los requisitos a que se refiere el presente Pliego.
vi. Acreditar un término mínimo de duración del Consorcio o de la Unión Temporal, por lo menos igual al término de ejecución, liquidación y un (1) año más.
vii. La sumatoria del porcentaje de participación de sus integrantes en el consorcio o unión temporal no podrá ser diferente al 100%.
viii. Definir las demás reglas aplicables: responsabilidades administrativas, representantes suplentes, domicilio, y demás que considera el proponente plural.
Será causal de rechazo, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
c) APODERADOS.
Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato.
El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes del Proponente plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) participar en cada una de las audiencias programadas y tomar decisiones en las mismas; (ii) formular Oferta para el proceso de selección de que trata este Pliego; (iii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite CORMAGDALENA en el curso del presente proceso; (iv) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (v) Suscribir el Contrato en nombre y representación del Adjudicatario.
En caso de no anexarse en el plazo previsto en este Pliego de Condiciones el poder conferido legalmente, con anterioridad al cierre del proceso o que este no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA.
No obstante esta situación podrá ser subsanada, siempre y cuando el apoderado hubiese contado con las facultades antes de la presentación de la oferta o le hubiese sido ratificado el respectivo acto.
Los poderes otorgados deberán cumplir con los requisitos exigidos para la constitución de apoderados, artículos 73 y siguientes de la Ley 1564 de 2012, así como con los aspectos referidos a la autenticación, Consularización o apostille y traducción, establecidos por la legislación colombiana.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éste Pliego. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación,
consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en éste pliego. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
En todo caso, los poderes deberán cumplir con lo prescrito en el artículo 74 del Código General del Proceso.
d) EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL.
a) EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS NACIONAL O EXTRANJERA CON DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA
1. Si el proponente es una persona natural nacional deberá acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su cédula de ciudadanía y si es persona natural extranjera residenciado en Colombia, mediante la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.
2. Si el proponente es una persona jurídica nacional o jurídica extranjera con sucursal en Colombia, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio en el cual se verificará:
a) Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del plazo del presente proceso.
b) Que el objeto de la sociedad incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
c) El nombramiento del Revisor Fiscal en caso que exista.
d) Que las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio.
e) La duración de la sociedad, no será inferior al plazo establecido para la ejecución del contrato y un (1) año más, salvo que el proponente aporte el documento del órgano social o institucional competente, que demuestre su intención de prorrogar la existencia de la persona jurídica.
Si la Oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del original del Certificado del Registro Único de Proponentes y Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición máximo de 30 días antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal. Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del
órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente al cierre del presente proceso de selección.
En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última.
Así mismo se deberá aportar fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante de la estructura plural y del representante legal de las personas jurídicas que lo integran.
e) CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007 que incluyó el inciso segundo del Art. 41 de la ley 80 de 1993, el oferente deberá allegar una certificación expedida por el revisor fiscal, si es del caso, o del representante legal del oferente, y/o de contador público certificado, según resulte aplicable, en la cual se verifique que se encuentra al día en el pago de los aportes parafiscales.
En el evento en que la sociedad tratándose de personas Jurídicas no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Para el caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal cada uno de sus miembros deberá presentar la certificación correspondiente.
La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento respecto de su fidelidad y veracidad.
Cuando el proponente sea persona natural, deberá acreditar la afiliación al Sistema Integral de Segundad Social, anexando copia del pago realizado en el mes inmediatamente anterior a la fecha del cierre del plazo para presentar las ofertas.
En caso de unión temporal o consorcio, cada uno de los integrantes deberá presentar dicha certificación.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 EXONERACIÓN DE APORTES de la Ley 1607 de 2012, por medio de la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones, que estípula: “A partir del momento en que el Gobierno Nacional implemente el sistema de retenciones en la fuente para el recaudo del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE, y en todo caso antes del 10 de julio de 2013, estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional del Aprendizaje — SENA y de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar — ICBF, las
sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes”. La constancia de pago de los aportes parafiscales será exigible hasta el momento en que el Gobierno Nacional implemente el sistema de retenciones, por lo anterior, si al momento del cierre del presente proceso, no se ha implementado dicho sistema los oferentes deberán aportar a la oferta la constancia de cumplimiento de aportes parafiscales, de acuerdo a lo establecido en el pliego de condiciones.
f) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES DEL PROPONENTE
De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 0019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica o consorcio o unión temporal), CORMAGDALENA realizará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el Gobierno Nacional para el efecto. En caso que la proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica o del consorcio o unión temporal, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado.
g) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo consagrado en el artículo 60 Ley 610 de 2000, en el parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, y la Ley 1238 de 2008, ningún proponente, ni los integrantes de Consorcios o Uniones Temporales, nacionales o extranjeros, con domicilio en Colombia, podrán estar registrados en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República vigente a la fecha de cierre del presente proceso de selección, ni presentar sanciones, que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deberán manifestar que no han sido declarados Responsables Fiscales por actividades ejercidas en Colombia, de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
h) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Xxxxxx proponente, ni los integrantes de consorcios o uniones temporales, podrán presentar antecedentes vigentes que impliquen inhabilidad para contratar con el estado, a la fecha establecida para el cierre del presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008.
Tratándose de proponentes extranjeros sin domicilio o sin sucursal en Colombia y en cuyo país de origen no exista Ente Estatal que certifique la ausencia de antecedentes disciplinarios, se deberá indicar esta circunstancia así como la declaración de no contar con antecedentes disciplinarios que impliquen inhabilidad para contratar en documento suscrito bajo la gravedad de juramento por el proponente persona natural o representante legal de la persona jurídica, como proponente individual o integrante del proponente plural.
Con la presentación de la propuesta técnica se entenderá que ni el proponente ni los integrantes de la estructura plural están incursos en las situaciones antes señaladas, sin perjuicio de que la entidad efectúe la respectiva verificación tanto en el Boletín de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría General de la República como en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
i) COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Formulario respectivo, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
j) CÉDULA DE CIUDADANIA DEL PROPONENTE
Los proponentes deberán aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, o pasaporte del Proponente, de cada uno de los integrantes de la estructura plural y de o de su Representante Legal, según corresponda de acuerdo con la normatividad vigente.
k) REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT).
Todos los proponentes o integrantes de consorcios o uniones temporales, deberán presentar copia legible del Registro Único Tributario- RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN.
En el caso de personas naturales o jurídicas extranjeras proponentes o integrantes de consorcios o uniones temporales con establecimiento de comercio en la República de
Colombia deben presentar copia legible del Registro Único Tributario- RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras que no cuenten con sucursal, filial ni agencia en la República de Colombia están obligadas a la inscripción en el RUT únicamente en el evento de resultar favorecidas con la adjudicación del contrato y deben acreditar dicho trámite previo a la suscripción del mismo.
l) CERTIFICACIÓN DEL REVISOR FISCAL
El proponente deberá adjuntar a la propuesta una Certificación del Revisor Fiscal en caso de ser sociedad anónima colombiana, en la que conste si es abierta o cerrada.
7. CAPACIDAD TÉCNICA
7.1 EXPERIENCIA
El proponente debe demostrar su experiencia y capacidad para atender eficientemente el objeto de la presente contratación, para lo cual debe presentar dos (2) certificaciones de experiencia.
Se tendrá en cuenta el valor de las experiencias previamente referenciadas siempre que estas (individualmente) sean iguales o superiores al 100 % del valor del presupuesto oficial de la presente contratación. Las certificaciones presentadas no podrán tener más de cinco
(5) años de expedición y cada certificación debe contener la siguiente información:
Para tal efecto, se verificará el objeto de dos (2) contratos que atiendan a los siguientes temas propuestos:
• AUDITORIA INTERNAS Y EXTERNAS Y/O AUDITORÍA CONTABLE Y/O AUDITORIA FINANCIERA Y/O AUDITORIA ADMINISTRATIVAS
CODIGO | PRIMER NIVEL | SEGUNDO NIVEL | TERCER NIVEL | CUARTO NIVEL | ||
Segmento | Familia | Clase | Producto | |||
84111600 | (84) Financieros Seguros | Servicios y de | (11) Servicio contabilidad auditoria | de y | (16) servicio de auditoría | (00) |
84111500 | (84) Financieros Seguros | Servicios y de | (11) Servicio contabilidad auditoria | de y | (15) Servicios Contables | (00) |
Se puede cumplir cualquiera de las dos clasificaciones o ambas.
Se deben anexar los soportes correspondientes tales como: certificación de los clientes, Acta de recibo final o Acta de liquidación, donde se pueda establecer claramente el valor final del contrato, la fecha de finalización del mismo, el objeto, el alcance del trabajo y la calidad del servicio prestado.
Los contratos celebrados con la Corporación cuyo objeto haya sido igual al solicitado en la presente contratación, necesitan ser certificados igualmente, ya sea mediante acta de recibo final o acta de liquidación o una certificación expedida emitida por la respectiva dependencia de la Entidad.
CUMPLE: Cuando se cumplan todas las condiciones descritas anteriormente.
NO CUMPLE: Cuando no se cumplan algunas de las condiciones descritas anteriormente.
Cuando el oferente presente certificaciones o Acta de Liquidación de experiencia en las cuales conste que participo en la ejecución de un contrato bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, estas deberán expresar su porcentaje de participación, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos de cuantía y periodo de ejecución en este numeral.
En el evento que la certificación o Acta de Liquidación sea expedida por personas de derecho privado, el proponente deberá anexar a la misma: Copia del contrato o su documento equivalente, en donde se puedan verificar su objeto, plazo, valor y cumplimiento del mismo.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, este documento debe ser, presentado por todos sus integrantes.
En caso de requerirse aclaraciones sobre los datos contenidos en las certificaciones o títulos correspondientes, la podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido por el área evaluadora para suministrarlas, so pena de incurrir en causal de rechazo.
7.2 EQUIPO DE TRABAJO
El equipo de trabajo de la auditoria, debe estar conformado por lo menos por el siguiente personal, el cual debe tener la siguiente dedicación durante la ejecución del contrato:
CARGO | CANTIDAD (Unidad) | DEDICACIÓN (Mes) |
Director de Proyecto | 1 | 50% |
Profesional Administrativo con experiencia en Finanzas. | 1 | 100% |
El proponente debe presentar diligenciado el Formulario EXPERIENCIA DEL PERSONAL OFRECIDO, la información solicitada con sus respectivos documentos soportes que permitan verificar la formación académica y experiencia de acuerdo a los requisitos mínimos, para cada uno de los cargos que integrarán el personal principal evaluable.
Los Requisitos mínimos exigidos al Personal Principal evaluable son los siguientes:
Cargo | Requisitos Mínimos |
Director de Proyecto (Cantidad 1) | Título de profesional en cualquiera de las siguientes ramas de la Ingeniería: Civil y/o Industrial y/o de Transportes y Vías; y/o Administrador de Empresas y/o Economista. Experiencia general mínima xx xxxx (10) años, contados a partir de la expedición de la matricula o tarjeta profesional o desde la fecha de obtención del título profesional (Fecha de Grado). Experiencia específica mínima de cinco (5) años en contratos como Director de Proyectos de auditoría portuaria y/o consultoría portuaria. |
Profesional Administrativo con experiencia en Finanzas (Cantidad 1) | Título de profesional en administración Experiencia general mínima de cinco (5) años, contados a partir de la expedición de la matricula o tarjeta profesional o desde la fecha de obtención del título profesional (Fecha de Grado). Experiencia específica mínima acumulada de cinco (3) años como Profesional de Apoyo en proyectos de auditoría y/o consultoría. |
Con la oferta los proponentes deberán aportar para cada uno de los perfiles requerido los documentos que acrediten los requisitos exigidos.
Copia del título académicos y/o actas de Grados
Copia de la Tarjeta profesional respectiva, en caso que aplique y certificación de vigencia de la misma, expedida por la entidad que regule el ejercicio de su profesión.
Certificaciones que acrediten la experiencia de cada uno de los perfiles propuestos. Las certificaciones del personal presentado por el proponente debe contener mínimo las siguientes información:
1. Nombre o Razón social de la firma o entidad que emite la certificación.
2. Nombre e identificación de la persona q la que se está certificando.
3. Actividades y/u obligaciones específicas realizadas.
4. Periodo de ejecución indicando fecha de inicio y terminación (días, mes y año)
8. PROPUESTA ECONÓMICA
En este sobre el proponente debe incluir los documentos que se relacionan a continuación, los cuales permitirán verificar el cumplimiento de los requisitos y documentos para ser tenido en cuenta para su posterior evaluación y eventual adjudicación.
8.1 VALOR DE LA PROPUESTA
Los proponentes deberán presentar, como parte de sus ofertas, la propuesta económica en los términos y condiciones descritos en la invitación pública.
La propuesta económica se debe expresar como un valor único, que incluye el desglose de la misma, mediante el diligenciamiento del Formulario–PROPUESTA ECONÓMICA, éste en medio escrito y magnético con los valores expresados en Moneda Legal Colombiana.
El Valor de la Propuesta Económica debe cubrir todos los costos directos e indirectos, impuestos, tasas y contribuciones, y cualquier otra erogación necesaria para la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas para la completa y adecuada ejecución de la auditoria del presente proceso. Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en cuenta para determinar el precio de la oferta:
1. La remuneración del personal de la Auditoria, la cual deberá incluir, según el caso, salarios, sueldos, cargas por concepto de seguridad social, viáticos si es el caso.
2. Gastos generados por la adquisición de herramientas o insumos necesarios para la realización de la labor (si lo requiere).
3. Gastos de administración.
4. Gastos contingentes.
Por ser relevantes el oferente debe tener en cuenta entre otros aspectos los siguientes:
8.2 Especificaciones técnicas
La prestación del servicio objeto de este proceso de selección debe ejecutarse de conformidad con las especificaciones descritas en el anexo de estudios previos a esta invitación pública.
8.3 Personal, Transporte de personal
El valor de la oferta debe incluir todos los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución del contrato y hasta la terminación total del mismo a satisfacción de CORMAGDALENA, todo el personal profesional, transporte del personal, y demás que se requiera de acuerdo a las exigencias de este pliego de condiciones y a las necesidades que demande la adecuada ejecución de los trabajos.
8.4 Oficina – Campamento, incluye servicios y comunicaciones (celular, internet, etc.)
El valor de la oferta debe incluir todos los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución del contrato y hasta la terminación total del mismo una oficina – campamento, incluye servicios y comunicaciones (celular, internet, fax), que se requiera de acuerdo a las necesidades que demande la adecuada ejecución de los trabajos.
8.5 Impuestos, tasas y contribuciones
Al formular la Propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, distritales, departamentales y municipales, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven, con excepción a los que estrictamente correspondan a CORMAGDALENA. Estos pagos deben soportarse con las certificaciones correspondientes expedidas y/o validadas por las autoridades competentes.
8.6 Garantía y seguros
El proponente favorecido con la adjudicación tendrá a su cargo los costos de las garantías y seguros que se mencionan en el contrato.
9. CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES
En el evento de presentarse empate del precio más bajo, entre dos (2) o más oferentes, la UNIDAD adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, de acuerdo con el orden de entrega de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.5.2. Numeral 7 del Decreto 1082 de 2015.
10. RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán objeto de rechazo por cualquiera de las causales señaladas a lo largo de esta invitación y las que se relacionan a continuación:
Si el oferente no acredita la capacidad jurídica y/o técnica exigida.
Cuando la oferta supere el presupuesto total oficial estimado para la contratación.
Cuando el oferente, su representante legal, algunos de los miembros del Consorcio o Unión Temporal (incluidos sus representantes legales) se encuentre(n) incurso(s) en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución y la ley.
Cuando el oferente se encuentre en xxxx de sus obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral y/o parafiscales.
Si la oferta se presenta en forma parcial.
Si dentro del término concedido para subsanar, el proponente no subsana, no presenta la documentación que la Entidad le solicite, no aclara y/o no responde los requerimientos que realice la corporación o cuando habiendo respondido a la Corporación la información o documento(s) aportado(s) difiera de los requerimientos de la invitación pública.
Si la oferta se presenta subordinada al cumplimiento de cualquier condición o si la oferta económica presentada incluyendo la carga tributaria correspondiente, tiene un valor superior al presupuesto total oficial estimado.
Cuando un oferente presente más de una oferta, por sí o por interpuesta persona. Se entienden incluidas en esta causa, las participaciones en sociedades, asociaciones, consorcios, uniones temporales o futuras sociedades que se estén presentando al mismo proceso de selección.
Cuando se determine discordancia o inexactitud de la información en alguno de los documentos que la integran.
Las demás causales no contempladas expresamente en este numeral, que se encuentren señaladas a lo largo de la presente invitación.
Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial.
Cuando el formato de presentación de la propuesta económica NO se presente o NO esté diligenciado completamente.
11. CAUSALES PARA LA DECLARATORIA DE DESIERTA
En el caso de que no se presente oferta alguna o cuando las presentadas no cumplan con los requerimientos de la invitación pública, se dejará constancia de este hecho mediante acto administrativo motivado que se publica en el SECOP, en lo demás, se seguirán las reglas en lo demás, se seguirán las reglas previstas en el Decreto 1082 de 2015.
12. LAS GARANTÍAS QUE CORMAGDALENA CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones del contrato y amparar los perjuicios de naturaleza contractual y extracontractual derivados del incumplimiento del contrato se
exigirá al proponente constituir una póliza de cumplimiento que cubra los siguientes riesgos, acorde con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y todas las normas que la complementan, modifican, adicione, vigentes que regulen la contratacion estatal:
Cumplimiento: El valor de esta garantía será el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total adjudicado, el contratista debe otorgarla con una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más, y/o hasta su liquidación.
Calidad del Servicio: El valor de esta garantía será el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total adjudicado, el contratista debe otorgarla con una vigencia igual al plazo del contrato y seis (6) meses más.
Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: En una cuantía equivalente al veinte (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y deberá prorrogarse por tres años ajustadas a partir del acta de recibo final.
El Proponente deberá constituir a su vez una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual a favor de CORMAGDALENA una póliza de seguro que proteja a CORMAGDALENA, de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del CONTRATISTA, así como, de los subcontratistas de actividades, salvo que se acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto.
Tomador: EL CONTRATISTA.
Asegurados: EL CONTRATISTA y CORMAGDALENA.
Beneficiarios: Terceros afectados y CORMAGDALENA.
Cuantía: 200 salarios mínimo mensuales legales vigentes - SMMLV.
Vigencia: Plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación.
El tope máximo del deducible debe corresponder al 10% del valor de la pérdida sin mínimo alguno, en un todo de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, sin que en ningún caso pueda ser superior a los 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes - SMMLV.
Requisitos del seguro de responsabilidad civil extracontractual. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Modalidad de ocurrencia. La compañía de seguros debe expedir el amparo en la modalidad de ocurrencia. En consecuencia, el contrato de seguro no puede establecer términos para presentar la reclamación, inferiores a los términos de prescripción previstos en la ley para la acción de responsabilidad correspondiente.
2. Intervinientes. CORMAGDALENA debe tener la calidad de asegurado respecto de los daños producidos por EL CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto CORMAGDALENA como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad de EL CONTRATISTA.
3. Amparos. El amparo de responsabilidad civil extracontractual debe contener además de la cobertura básica de predios, labores y operaciones, mínimo los siguientes amparos:
a) Xxxxxxxxx expresa de perjuicios por daño emergente y lucro cesante por el 50% del límite asegurado.
b) Xxxxxxxxx expresa de perjuicios extrapatrimoniales por el 50% del límite asegurado.
c) Xxxxxxxxx expresa de la responsabilidad surgida por actos del contratista y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.
d) Xxxxxxxxx expresa xx xxxxxx patronal por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.
e) Cobertura expresa de vehículos propios y no propios por el 10% por evento y 20% en el agregado del límite asegurado.
f) Xxxxxxxxx expresa de Gastos Médicos por el 25% por evento- personal y 50% en el agregado de límite asegurado.
g) Xxxxxxxxx expresa de responsabilidad civil cruzada por el 25% por evento y 50% en el agregado del límite asegurado.
En constancia se firma el 14 xx xxxxx de 2016.
ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX
Subdirector de Gestión Comercial
Proyectó: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx/SGC Revisó: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx /OAJ