Condiciones Generales de Confidencialidad de BASF Española
Condiciones Generales de Confidencialidad de BASF Española
S.L.U. y sus compañías filiales con sede en España y Portugal
1. Ámbito de aplicación
Estas condiciones generales de confidencialidad de BASF Española S.L.U. y sus compañías filiales con sede en España y Portugal (en lo sucesivo, las “Condiciones Generales de Confidencialidad”) constituyen una parte integral de todos los (futuros) contratos y/o pedidos sobre la entrega de mercancías o la prestación de servicios o el desarrollo de proyectos (en adelante el "Proyecto") entre el proveedor de mercancías o el prestador de los servicios, respectivamente (en lo sucesivo, el "Contratista") y BASF Española, S.L.U. y sus compañías filiales con sede en España y Portugal, respectivamente (en lo sucesivo “BASF”). Serán de aplicación siempre que no se hayan acordado y estipulado otras condiciones en el contrato particular.
2. Información Confidencial
El Contratista se compromete frente a BASF a tratar como información confidencial y no desvelarla o suministrarla a terceros, ni hacerla pública de cualquier modo, así como a no destinarla para otros usos que no sean los propios del Proyecto, ni por acción ni por omisión, toda aquélla información, de cualquier naturaleza (económica, social, técnica, procedimental, procesal, industria, etc.) y de cualquier tipo (ya verbal ya escrita o plasmada en cualquier tipo de soporte o forma - planos, modelos, muestras, soportes informáticos, etc.-), de BASF - o de la sociedad matriz de ésta - que le haya sido revelado y/o suministrada por éste, o que haya percibido u obtenido de cualquier modo, con motivo u ocasión del Proyecto (en adelante denominada "Información Confidencial”).
3. Excepciones Información Confidencial
No será considerada Información Confidencial, la información de BASF, respecto a la cual la Contratista pueda acreditar:
a) Que era del dominio público en el momento de haberle sido entregada por BASF.
b) Que, después de haberle sido entregada por BASF, ha sido publicada o de otra forma ha pasado a ser de dominio público, sin quebrantamiento de su obligación de confidencialidad asumida de acuerdo con estas Condiciones Generales de Confidencialidad.
c) Que ya estaba en posesión de la misma, o ha pasado a estarlo, por medios lícitos o tenía derecho legalmente a acceder a la misma.
d) Que tenía el previo consentimiento expreso y por escrito de BASF para desvelarla.
e) Que haya sido solicitada por las Autoridades Administrativas o Judiciales competentes y constituía un deber legal el suministrársela.
Si cualquiera la Contratista averiguase en cualquier momento que la Información Confidencial de BASF se encuentra bajo uno de los anteriores supuestos (a), (b) o (c), así se lo comunicará por escrito a ésta.
4. Propiedad de la Información Confidencial
4.1 La Información Confidencial de BASF tiene el carácter de propiedad intelectual de la misma, según le haya pertenecido y pertenezca a la fecha del pedido y/o contrato. Por ello, el Contratista no adquirirá ningún derecho de propiedad intelectual, industrial o de otro tipo sobre la información recibida y respetará los derechos que sobre la misma ostente BASF.
4.2 Las presentes Condiciones Generales de Confidencialidad no supondrán, en ningún caso, la concesión de permiso o derecho expreso o implícito para el uso de patentes, licencias o derechos de autor propiedad o titularidad sobre la Información Confidencial de BASF.
4.3 Toda la Información Confidencial de BASF permanecerá de su propiedad en todo momento, sin perjuicio de habérsela facilitado a la Contratista a efectos del Proyecto, y será por tanto inmediatamente devuelta por la Contratista a requerimiento de BASF. quedándole expresa y totalmente prohibida la conservación de copias, en cualquier soporte, de tal Información Confidencial.
5. Obligación de Confidencialidad
5.1 La Contratista se compromete a no copiar cualesquiera muestras, modelos, dibujos o, en general, cualesquiera documentos o soportes de cualquier tipo que constituyan o contengan Información Confidencial de BASF, a menos que ésta última se lo haya permitido expresamente por escrito.
5.2 La Contratista deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar que transcienda la Información Confidencial dada, y se compromete a restringir la misma únicamente a los empleados o profesionales que vayan a participar en el Proyecto a los que les recabarán a su vez, su compromiso escrito de confidencialidad.
5.3 Estas Condiciones Generales de Confidencialidad tienen como finalidad xxxxxxxx por el Contratista de un compromiso de confidencialidad en relación con la Información Confidencial de BASF y, consecuentemente, no constituye obligación alguna ni para el Contratista ni para BASF de suscribir contrato alguno relativo al Proyecto, los términos del cual, en su caso, se negociarán y acordarán por las Partes al margen de estas Condiciones Generales de Confidencialidad.
6. Vigencia
Terminado el Proyecto, la Contratista no podrá utilizar la Información Confidencial mientras se considere como tal conforme a lo dispuesto en el Proyecto y estas Condiciones Generales de Confidencialidad.
7. Protección de Datos
7.1 En el caso de que la Contratista, durante la vigencia del Proyecto reciba de BASF información correspondiente a datos personales de los empleados
de BASF (en adelante los “Datos Personales”) las siguientes disposiciones serán de aplicación.
Si en el tratamiento de los Datos Personales comunicados en la forma antes mencionada no es llevado a cabo por cuenta de BASF, la Contratista solamente estará autorizada para tratar de los Datos Personales para la ejecución del Proyecto. La Contratista no podrá tratar los Datos Personales de otra manera, salvo que así lo permita la normativa aplicable, particularmente no podrá revelar los Datos Personales a terceros ni analizar tales datos para fines propios ni para generar un perfil. Lo antes indicado también será de aplicación al uso de datos anónimos.
La Contratista deberá garantiza que los Datos Personales se encontrarán solamente a la disposición de sus empleados, siempre que los mismos los necesiten para la ejecución del Proyecto (en virtud del principio de “necesidad de conocer”).
La Contratista deberá estructurar su organización interna de modo que garantice el cumplimiento de las normativas aplicables en materia de protección de datos personales. En particular, la Contratista deberá tomar todas las medidas técnicas y organizativas para garantizar un nivel de seguridad proporcional al riesgo de que se dé un uso indebido y/o la perdida de los Datos Personales.
Por medio del presente, la Contratista no adquiere la titularidad ni cualquier otro derecho de propiedad sobre los Datos Personales y se obliga, de acuerdo con la normativa aplicable, a rectificar, eliminar y/o restringir el tratamiento de los Datos Personales, excluyéndose cualquier derecho de retención de la Contratista sobre los Datos Personales.
Adicionalmente, la Contratista deberá informar a BASF en caso de que tenga conocimiento de incumplimientos en materia de datos personales, en particular, en caso de perdida, sin indebida demora, en el plazo máximo de 24 horas después de haber tenido conocimiento de tal incumplimiento.
Una vez finalizado o resuelto el Proyecto la Contratista deberá, de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable, eliminar todos los Datos Personales incluyendo cualquier copia.
7.2. Para más información sobre la política de protección de Datos de BASF visitar el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxx/xx/xxxxx/xxxx-xxxxxxxxxx- at-basf.html
Competencia que correspondan de acuerdo con la razón social de BASF.
9. Aceptación
El Contratista acepta de forma expresa e irrevocable estas Condiciones Generales de Confidencialidad.
Edición: Enero 2020.
8. Ley y Jurisdicción Aplicables
8.1 La relación jurídica entre las Partes se regirá por lo dispuesto en estas Condiciones Generales de Confidencialidad y, en su defecto, por la legislación española que resulte aplicable.
8.2 Para la resolución de cuantas cuestiones o litigios se susciten entre ellas con motivo de la interpretación, aplicación o cumplimiento de estas Condiciones Generales de Confidencialidad, las Partes se someten con renuncia expresa de su propio fuero o del que pudiera corresponderles, a la Jurisdicción y