CONTRATO DE OPCIÓN DE ARRENDAMIENTO REUNIDOS
CONTRATO DE OPCIÓN DE ARRENDAMIENTO
REUNIDOS
De una parte, D. ........................................., titular del NIF ............................, en nombre y representación de la mercantil ................................................, con domicilio social en ..............................................., CIF ..........................(en lo que sigue, el concedente) y
De otra parte, D , titular del DNI , en nombre y representación de la mercantil S.L., con domicilio social en , , CIF , (en lo que sigue, el optante).
EXPONEN
Que el concedente es propietario en pleno dominio de la cubierta descrita en el plano adjunto como Anexo núm. 1 (en lo que sigue, el objeto arrendado) del siguiente edificio:
Nave industrial, sita en el término municipal de ............................. (.....................).
El edificio consta inscrito en el Registro de la Propiedad de ......................................., con el núm. de finca ................., al tomo ........, libro ........., folio ......... a nombre del concedente como único propietario. El objeto arrendado está libre de arrendatarios u otros derechos de uso de terceros. El concedente está en posesión de toda la documentación que acredita su derecho de propiedad sobre el edificio y de todas las licencias (urbanísticas, de establecimiento, de apertura, etc.) que habilitan su uso y explotación actual.
Que el optante es una empresa dedicada al desarrollo y la explotación de instalaciones de producción de energía eléctrica mediante el uso de energías renovables, estando interesado en el arrendamiento de la cubierta descrita anteriormente para, en el caso de que sus condiciones técnicas fueran las adecuadas y se obtuviera el punto de conexión de baja tensión y las autorizaciones administrativas necesarias, construir y explotar sobre tal cubierta una instalación fotovoltaica de generación de energía eléctrica, conviniendo a tal efecto una opción de arrendamiento de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. Objeto del contrato
El concedente concede al optante, que lo acepta, un derecho de opción de arrendamiento sobre la cubierta referida en el expositivo I, y las demás partes del edificio o anexas a éste que sean necesarias para la explotación de una instalación fotovoltaica de una potencia aproximada de kWp. El optante acepta la opción.
SEGUNDA. Plazo de la opción
El derecho de opción de arrendamiento tendrá un plazo de 12 meses a contar desde la fecha de este contrato. El ejercicio de la opción de arrendamiento deberá comunicársele al concedente por escrito. Ejercitada la opción por el optante, el concedente deberá firmar el contrato de arrendamiento de acuerdo con el modelo adjunto (véase la Cláusula QUINTA) y elevarlo a público mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura notarial dentro de un plazo de 14 días desde que así se lo requiera el optante por escrito. Los gastos de la escritura serán de cuenta del optante.
En caso de que el optante no ejercitase la opción de arrendamiento en el plazo convenido en el presente contrato, quedará ésta sin efecto de forma automática y sin necesidad de comunicación alguna entre las partes, quedando éstas relevadas de las obligaciones contraídas por este contrato, sin que las partes tengan nada más que reclamarse.
TERCERA. Prima de la opción
La presente opción de arrendamiento se conviene de forma gratuita.
CUARTA. Obligaciones mutuas
El concedente autoriza al optante a mantener todas las reuniones y contactos que entienda oportunos con las instituciones competentes y la compañía eléctrica tendentes a la obtención de las autorizaciones administrativas y el punto de conexión necesarios para la instalación de una planta fotovoltaica en la cubierta objeto de este contrato. El optante, por su parte, mantendrá informado al concedente del resultado de dichas gestiones. Se adjunta como Anexo núm. 2 un documento de autorización.
El concedente se obliga a entregarle al optante en un plazo de 14 días a contar desde la fecha de este contrato toda la documentación que éste precise para la obtención de las autorizaciones administrativas y el punto de conexión supradichos, así como para el estudio técnico de la idoneidad de la cubierta, lo que incluye, al menos, la relacionada en el Anexo núm. 2.
El optante se obliga a realizar los estudios técnicos y a entregar donde proceda la documentación necesaria para la obtención del punto de conexión relacionada en el Anexo núm. 3, en un plazo de cuatro semanas desde que le sean entregados los documentos mencionados en el punto anterior.
QUINTA. Pactos del arrendamiento
Las partes convienen que, para el caso de ejercicio de la opción, el arrendamiento se formalizará de conformidad con los siguientes pactos. A tal efecto se empleará el modelo de contrato de arrendamiento adjunto como Anexo núm. 4, en el cual se anotarán los valores de conexión efectivos, una vez se hayan obtenido las autorizaciones administrativas y finalizado los estudios técnicos.
Objeto del arrendamiento: lo será la cubierta referida en el expositivo I, y las demás partes del edificio o anexas a éste que sean necesarias para la explotación de una instalación fotovoltaica de una potencia aproximada de 110 kWp. El objeto será arrendado libre de arrendatarios u otros derechos de uso de terceros.
Si la finca en la que se sitúa el objeto arrendado está gravada con una hipoteca, el concedente deberá recabar del titular de la hipoteca su consentimiento por escrito a la inscripción del contrato de arrendamiento.
Duración del arrendamiento: será de 25 años naturales completos más lo que reste del año en el que se lleve a cabo el montaje de la instalación fotovoltaica. A la finalización del arrendamiento pasará las instalación fotovoltaica a ser propiedad del arrendador.
Renta: La renta anual del arrendamiento será abonada de la siguiente forma:
Pago único de la renta de arrendamiento: La renta de todo el periodo de arrendamiento ascenderá a 0 € más IVA por kWp de potencia instalada, con independencia de los ingresos generados por la venta de la energía. La renta le será abonada al arrendador de una sola vez, tan pronto como haya comenzado la explotación económica de la instalación fotovoltaica mediante la venta de la energía producida a la compañía eléctrica, tras la inscripción del contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad.
Derechos de propiedad: La instalación fotovoltaica en todas sus partes será propiedad del arrendatario, no quedando incorporada al edificio por ningún título.
Responsabilidad y seguros:
El arrendatario contratará un seguro de responsabilidad civil para cubrir los daños personales, materiales y patrimoniales que la instalación fotovoltaica cause al objeto arrendado. Todos los riesgos relacionados con la explotación de la instalación fotovoltaica serán en todo caso asegurados por el arrendatario. El arrendador cifra el valor del edificio que deberá ser asegurado en 3.000.000 €. El seguro de responsabilidad civil será contratado con esa cifra de capital asegurado, quedando excluida toda responsabilidad ulterior del arrendatario.
El arrendatario contratará, así mismo, un seguro eléctrico que cubra el valor total de la instalación fotovoltaica, incluido su nuevo montaje.
El arrendador deberá incluir la instalación fotovoltaica en el seguro del edificio, de tal modo que los daños originados por aquélla que puedan ser asegurados (incendio, daños medioambientales, etc.), queden allí también cubiertos.
Cesión, subarrendamiento: La arrendataria podrá enajenar la instalación fotovoltaica o de otro modo ceder este contrato a terceros por cualquier título. La arrendataria podrá, además, subarrendar el objeto arrendado. El cesionario o subarrendatario se subrogará en la totalidad de los derechos y obligaciones resultantes de este contrato. Los terceros que se subroguen en el contrato podrán a su vez subarrendar o ceder el contrato respectivo, así como derechos u obligaciones individuales del mismo. La subrogación le deberá ser notificada por escrito al propietario.
Elevación a público, inscripción: el contrato de arrendamiento será elevado a público e inscrito en el Registro de la Propiedad, obligándose el arrendador a prestar todas las declaraciones de voluntad necesarias a dicho efecto en un plazo de catorce días desde que el arrendatario le formule el requerimiento correspondiente por escrito.
SEXTA. Cesión
El optante podrá ceder su posición contractual en este contrato a terceros por cualquier título. La cesión le deberá ser notificada por escrito al concedente.
SEPTIMA. Terminación del contrato
El presente contrato finalizará bien por expiración del plazo de opción, bien por la celebración del contrato de arrendamiento.
En caso de que, ejercitada la opción, el concedente no firme el contrato de arrendamiento o de otro modo incumpla el presente contrato, serán de cuenta del concedente todos los gastos generados por los estudios técnicos relacionados en el Anexo núm. 4, y deberá abonarle al optante cantidad de 15.000 € en concepto de indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente contrato
en ....................................., a ... de de 20..