INMOBILIARIA ALJOSAN, S.A. DE C.V.
Procuraduría Federal del Consumidor Subprocuraduría de Servicios
Dirección General de Contratos de Adhesión,
Registros y Autofinanciamiento
Ciudad de México, a 29 xx xxxxx de 2021
Número de oficio: | 9285666 |
Expediente: | PFC.B.E.7/002627-2021 |
Asunto: | Aprobación de registro. |
INMOBILIARIA XXXXXXX, S.A. DE C.V.
RFC: IAL18030775A
XXXXX XXXXXXXX XXXX Xx. 000, XXXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX.
Visto el modelo de contrato de adhesión TIPO COMPRAVENTA EN PREVENTA DE BIEN INMUEBLE CON ENGANCHE (CANADEVI), presentado por INMOBILIARIA XXXXXXX, S.A. DE C.V., y posterior a su análisis jurídico, se determina que cumple con la normatividad aplicable de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con fundamento en los artículos 24 fracción XV, 73 y 87 de la citada ley, queda inscrito en el Registro Público de Contratos de Adhesión de esta Procuraduría, el 29 xx xxxxx de 2021, bajo el número 2303-2021, documento que se adjunta para los efectos legales procedentes. En virtud de lo cual el proveedor deberá hacer constar los datos del registro, en todos los formatos de contrato que utilice en sus relaciones con los consumidores.
Los datos registrales de este contrato son personales e intransferibles, por otra parte, el registro no exime de la obligación de cumplimiento de los requisitos legales que correspondan para el desarrollo de su actividad, ni limita en forma alguna el derecho que en todo momento pueda ejercer el consumidor para impugnar ante esta Procuraduría, su texto o las condiciones que se consideren lesivas a sus intereses y dieren motivo a su cancelación.
En el caso de que existan reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, Norma Oficial Mexicana o cualquier otra legislación aplicable, el modelo de contrato registrado dejará de encontrarse actualizado en el Registro Público de Contratos de Adhesión en este sentido el Proveedor se encuentra obligado a solicitar la modificación del registro, mediante la presentación de un nuevo modelo de contrato que cumpla con las disposiciones vigentes.
No se omite mencionar que, si el modelo de contrato de adhesión que utilice en las operaciones comerciales con los consumidores incluye modificaciones de cualquier tipo incluyendo cambio en los datos generales asentados en su solicitud de registro, u omisiones frente al modelo de contrato registrado, el solicitante se hará acreedor a las sanciones previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Toda vez que en la solicitud de registro se autorizó a esta Procuraduría para que las notificaciones, requerimientos, solicitudes de información y las resoluciones administrativas definitivas, le sean notificadas por correo electrónico, la presente notificación se entenderá como válida.
Cadena original del documento
SHA-256 | LNAnuWWI9pQsFPKvqv7ySXBKS9WP7ytj8r0PPF2SleI= | 1620148858 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Sello digital
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Por lo previamente manifestado, se informa la conclusión del trámite de registro y su envío al archivo.
Lo antes expuesto, con fundamento en el artículo 24 fracción II del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.
A T E N T A M E N T E
LCDO. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Director General de Contratos de Adhesión, Registros y Autofinanciamiento.
GEGA/CFAR
Cadena original del documento
SHA-256 | LNAnuWWI9pQsFPKvqv7ySXBKS9WP7ytj8r0PPF2SleI= | 1620148858 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX
Sello digital
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Contrato de compraventa en preventa con enganche CANADEVI
CONTRATO DE COMPRAVENTA EN PREVENTA CON ENGANCHE DE BIEN INMUEBLE DESTINADO A CASA HABITACION QUE CELEBRA INMOBILIARIA XXXXXXX, S.A. DE C.V.,
REPRESENTADA POR _ QUE EN LO SUCESIVO SERÁ DENOMINADO “EL
VENDEDOR” Y QUE EN LO SUCESIVO SERÁ LLAMADO “EL COMPRADOR”, A QUIENES EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara “EL VENDEDOR”:
1. Que es una sociedad mercantil constituida en escritura pública número _ de
fecha
otorgada ante el Notario
de _
Lic.
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en que su domicilio se encuentra ubicado en XXXXX XXXXXXXX XXXX Xx. 000, XXXXXXX XXXXXXX, X.X. 00000, XXXXXX DE JUAREZ, OAXACA, MÉXICO, y su Registro Federal de
Contribuyentes es IAL18030775A.
2. Que las facultades de su representante legal constan en la escritura pública número
de fecha _ otorgada ante el Notario del Lic. _ Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en _ .
3. Que es propietaria del Inmueble materia de este contrato descrito en el “Anexo A” que firmado por “LAS PARTES” es integrante de este instrumento, como aparece en el título de propiedad relacionado en dicho “Anexo A”.
4. Que ese Inmueble tendrá la superficie descrita en el citado “Anexo A”.
5. De conformidad con la licencia de construcción número , otorgada por con vigencia del _ de de _ y hasta el _ de _ de _, en el PREDIO, está en proceso de construcción el Conjunto Habitacional consistente en la edificación de (casas/edificios con departamentos), en su caso, sujetos al régimen de propiedad en condominio.
6. El PREDIO cuenta con autorización de uso de suelo destinado para casa habitación, de
conformidad con la licencia de uso de suelo expedida por , de fecha de
de .
7. El Inmueble objeto del presente contrato se encuentra en proceso de construcción y deberá contar con las características que se señalan en el “Anexo A” del presente contrato, cuyo uso de suelo es habitacional.
II. Declara “EL COMPRADOR”:
1. Ser una persona física de nacionalidad _ (en caso de ser extranjero deberá acreditarse con el documento migratorio correspondiente) _, llamada como ha quedado escrito, haber nacido en _ , el __, estado civil __, de ocupación
, con domicilio _ _, con Registro Federal de Contribuyentes
y con capacidad legal y económica para celebrar este contrato.
III. Declaran “LAS PARTES” que desean celebrar el presente contrato conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- “EL VENDEDOR” vende a “EL COMPRADOR” quien adquiere el Inmueble que en lo sucesivo será denominado el Inmueble, descrito en el “Anexo A” que tiene las características técnicas de seguridad y de los materiales, así como las características de la estructura, de las instalaciones y acabados especificadas en el citado “Anexo A”.
“LAS PARTES” convienen en que los demás elementos indicados en el “Anexo A” podrán ser entregados por “EL VENDEDOR” a “EL COMPRADOR” en los mismos términos indicados en dicho anexo o con bienes de la misma calidad y especie.
SEGUNDA.- El precio total de la operación es de _ (_ _ M.N.) que se cubre de la siguiente manera:
a) La cantidad de $ _ ( 00/100 M.N.), en el momento de firma del presente contrato sirviendo su firma como el recibo más amplio que en derecho proceda.
b) La cantidad de $ _( _ 00/100 M.N.), a los _ ( ) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato.
c) La cantidad de $ _( _ 00/100 M.N.), a los _ ( ) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato.
En caso de que “EL COMPRADOR” no cubra el pago de las parcialidades en las fechas convenidas, pagará un interés moratorio a razón del 2% (dos por ciento) mensual del monto de la parcialidad no pagada, hasta la fecha del pago de la misma. El cómputo de los intereses se calculará sobre los días efectivamente transcurridos en xxxx.
En caso de que “EL COMPRADOR” dejara de pagar dos o más parcialidades, “EL VENDEDOR” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato.
d) El remanente por la cantidad de $ ( _ 00/100 M.N.), el día _ de _ de o al momento de firma de la escritura. En su caso el remanente se cubrirá con el importe del crédito otorgado por alguna institución acreditante.
En caso de que “EL COMPRADOR” no cubra el pago del remanente en la fecha convenida, pagará un interés moratorio a razón del 2% (dos por ciento) mensual del monto del remanente, hasta la fecha del pago de la misma. El cómputo de los intereses se calculará sobre los días efectivamente transcurridos en xxxx.
En caso de que “EL COMPRADOR” dejara de pagar el remanente, “EL VENDEDOR” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato.
“EL COMPRADOR” podrá realizar los pagos mencionados mediante el sistema de pago referenciado a
la cuenta No. _
en
a nombre de _
con referencia No.
_, debiendo “EL VENDEDOR” entregar el comprobante de pago respectivo.
En caso de que “LAS PARTES” antes de la entrega del Inmueble acordaran agregar accesorios y modificaciones adicionales al Inmueble que no estén contemplados en el “Anexo A”, “EL COMPRADOR” se obliga a pagar la diferencia antes de la fecha de firma de la escritura pública que contenga la formalización de este Contrato en el precio que “LAS PARTES” convengan antes de que “EL VENDEDOR” instale y realice dichos accesorios y modificaciones para lo cual utilizarán el formato que se indica en el “Anexo C” indicando asimismo el plazo para la entrega del Inmueble incluyendo dichas modificaciones.
TERCERA.- “EL COMPRADOR” cuenta con un plazo de 15 (quince) días naturales a partir del día
de de para cancelar la operación sin responsabilidad alguna de su parte, en cuyo
caso “EL VENDEDOR” se obliga a reintegrar todas las cantidades que “EL COMPRADOR” le haya
entregado en un plazo máximo de 15 (quince) días naturales. En caso de que dichas cantidades no fueren restituidas dentro del plazo establecido, “EL VENDEDOR” deberá pagar a “EL COMPRADOR” un interés equivalente al 2% (dos por ciento) mensual por cada día transcurrido de retraso en dicha restitución.
CUARTA.- “EL VENDEDOR” se obliga a comenzar con la construcción del Inmueble objeto del presente
contrato a más tardar el día mes del año .
_ del mes _ del año_ y se obliga a terminarlo el día _ del
QUINTA.- “EL VENDEDOR” deberá notificar a “EL COMPRADOR”, con al menos 10 días naturales de anticipación previos a la fecha en que deberán concurrir “LAS PARTES” ante notario público para el otorgamiento de la escritura pública de la presente compraventa. Dicha fecha deberá ser dentro del plazo de _ días a partir de la fecha de celebración del presente contrato.
El pago de todos los impuestos, derechos, honorarios y gastos que genere la escritura de compraventa serán a cargo de “EL COMPRADOR” con excepción del impuesto sobre la renta que debe cubrir “EL VENDEDOR”.
SEXTA.- La entrega de la posesión del Inmueble se realizará en un plazo de 72 horas a partir de la firma de la escritura que se establece en la cláusula anterior, salvo cuando “LAS PARTES” acuerden término distinto que en ningún caso será mayor a 30 días naturales a partir de la fecha de escrituración, siempre y cuando haya sido cubierto el total del precio de la operación.
“EL VENDEDOR” notificará por escrito a “EL COMPRADOR” al menos con 3 (tres) días de anticipación la fecha para recibir la posesión material del Inmueble. En caso de que “EL COMPRADOR” no concurra en la fecha fijada para recibir la posesión del Inmueble “EL VENDEDOR” le concederá hasta 30 días naturales más para su recepción y en caso de nueva inasistencia se levantará fe de hechos que haga constar tal situación y se entenderá que recibió el Inmueble para todos los efectos a que haya lugar, en el entendido de que en este supuesto “EL VENDEDOR” no estará obligado a efectuar gastos de mantenimiento, conservación o seguridad del inmueble.
En caso de que “EL COMPRADOR” antes de la entrega del Inmueble optara por solicitar accesorios y modificaciones adicionales al Inmueble que no estén contemplados en el “Anexo A”, “EL COMPRADOR” se obliga a pagar la diferencia antes de la fecha de firma de la escritura pública que contenga la formalización de este contrato en el precio que “LAS PARTES” convengan antes de que “EL VENDEDOR” instale y realice dichos accesorios y modificaciones para lo cual utilizarán el formato que se indica en el “Anexo C” indicando asimismo el plazo para la entrega del Inmueble incluyendo dichas modificaciones.
En cualquiera de los casos anteriores la fecha de entrega deberá constar por escrito.
A la entrega del Inmueble “LAS PARTES” realizarán revisión ocular de las condiciones, acabados, servicios y demás características señaladas en el “Anexo A”, levantando acta de entrega recepción del Inmueble en los términos del formato que se agrega al presente como “Anexo D”.
SÉPTIMA.- El Inmueble cuenta con las factibilidades de servicios básicos para su adecuado funcionamiento, así como con la infraestructura necesaria para recibirlos por lo que “EL COMPRADOR” contratará con los proveedores la prestación de dichos servicios en tal virtud “EL VENDEDOR” no es responsable de que los proveedores externos retrasen la conexión para suministrarlos.
OCTAVA.- Al otorgamiento de la escritura de compraventa ante notario el Inmueble deberá estar al corriente en el pago de todos sus impuestos, derechos, cuotas de mantenimiento y demás, así como libre de gravámenes y adeudos de cualesquier naturaleza, por ello la transmisión de la propiedad será libre de gravámenes a cargo de “EL VENDEDOR” y al corriente en el pago de todos sus impuestos, derechos y gastos en general.
NOVENA.- “EL VENDEDOR” puso a disposición de “EL COMPRADOR” la información y documentación relativa al Inmueble que se especifica en el “Anexo B” que firmado por “LAS PARTES” forma parte integrante de este contrato.
DÉCIMA.- “EL VENDEDOR” se obliga al saneamiento para el caso de evicción.
DÉCIMA PRIMERA.- En caso de incumplimiento de “LAS PARTES” a cualesquiera de las obligaciones que contraen por este contrato, con excepción del incumplimiento de pago de una parcialidad por parte de “EL COMPRADOR”, se establece una pena convencional equivalente al 5% (cinco por ciento) del precio del Inmueble objeto de este contrato.
Si “EL VENDEDOR” es quien incumple deberá restituir a “EL COMPRADOR” cualesquier cantidad que este le hubiere pagado además de la pena convencional debiendo realizar tal restitución dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la rescisión de este contrato. En caso de que no se devolviesen dichas cantidades dentro de ese plazo, “EL VENDEDOR” pagará un interés del 2% (dos por ciento) mensual sobre las mismas, calculado desde la xxxx hasta su liquidación.
Si “EL COMPRADOR” es quien incumple, “EL VENDEDOR” descontará la pena convencional, de aquella cantidad entregada por “EL COMPRADOR”. La suma resultante a favor de “EL COMPRADOR”, le deberá ser devuelta a los 15 (quince) días naturales siguientes a la rescisión de ese contrato. En caso de que no se devolviesen dichas cantidades dentro de ese plazo, “EL VENDEDOR” pagará un interés del 2% (dos por ciento) mensual sobre las mismas, calculado desde la xxxx hasta su
liquidación. “LAS PARTES” convienen en que en los casos en que se dé por rescindido el presente Contrato, la misma operará desde el momento en que la parte que esté en cumplimiento de sus obligaciones notifique a la otra su deseo de darlo por rescindido en razón del incumplimiento de la otra sin necesidad de declaración judicial y desde ese momento “EL VENDEDOR” podrá disponer libremente del Inmueble.
En caso de que “EL VENDEDOR” solicite la rescisión del contrato o el cumplimiento del mismo por xxxx en el pago de las cantidades pactadas en la cláusula segunda del presente contrato, “EL COMPRADOR” tendrá derecho a que se les devuelvan todas las cantidades que hubiere pagado y le sean devueltas en el plazo y términos señalados en los párrafos segundo y tercero de la presente cláusula o por el pago del adeudo vencido más los intereses moratorios establecidos en la cláusula segunda de este contrato. Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
DÉCIMA SEGUNDA.- “EL VENDEDOR” otorga a “EL COMPRADOR” en cumplimiento al artículo 73 Quater de la Ley Federal de Protección al Consumidor una Póliza de Garantía sobre el Inmueble objeto de este contrato, con una vigencia de _ años para cuestiones estructurales (la cual no podrá ser menor a cinco años), de años para impermeabilización (la cual no podrá ser menor a tres años), y para los demás elementos año (s) (la cual no podrá ser menor a un año), dichos plazos se contarán a partir de la recepción del Inmueble, la cual cubre sin costo alguno para “EL COMPRADOR” cualesquier acto tendiente a la reparación de los defectos o fallas que presente el Inmueble.
El tiempo que duren las reparaciones efectuadas al Inmueble al amparo de la garantía no es computable dentro del plazo de la misma; una vez que el Inmueble haya sido reparado se iniciará la garantía respecto de las reparaciones realizadas, así como con relación a las piezas o bienes que hubieren sido repuestos y continuará respecto al resto del Inmueble.
Las garantías indicadas no serán aplicables en caso de que “EL COMPRADOR” realice ampliaciones o modificaciones al inmueble en condiciones que comprometan la estructura del mismo.
DÉCIMA TERCERA.- En caso de que “EL COMPRADOR” haya hecho valer la garantía establecida en la cláusula décima segunda del presente contrato, y no obstante, persistan los defectos o fallas imputables a “EL VENDEDOR”, ésta se obliga de nueva cuenta a realizar todas las reparaciones necesarias para corregirlas de inmediato, así como a otorgarle a “EL COMPRADOR”, en el caso de defectos o fallas leves, una bonificación del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de la reparación; en caso de defectos o fallas graves, “EL VENDEDOR” realizará una bonificación del 20% (veinte por ciento) del precio total de la compraventa establecido en la cláusula segunda del presente contrato.
Son defectos o fallas graves, aquellos que afecten la estructura o las instalaciones del Inmueble y comprometan el uso pleno o la seguridad del Inmueble, o bien, impidan que “EL COMPRADOR” la use, goce y disfrute conforme al uso habitacional al que está destinada y se entenderá por defectos o fallas leves, todos aquellos que no sean graves.
En caso de que los defectos o fallas graves sean de imposible reparación, “EL VENDEDOR” podrá optar desde el momento en que se le exija el cumplimiento de la garantía, por sustituir el Inmueble, en cuyo caso se estará a lo establecido en el inciso A) de la presente cláusula, sin que haya lugar a la bonificación. En caso de que en cumplimiento de la garantía “EL VENDEDOR” decida repararlas y no lo haga, quedará sujeto a la bonificación y a lo dispuesto en el párrafo siguiente.
Para el supuesto de que, aún después del ejercicio de la garantía y bonificación antes señaladas, “EL VENDEDOR” no haya corregido los defectos o fallas graves, “EL COMPRADOR” podrá optar por cualquiera de las dos acciones que se señalan a continuación:
A) Solicitar la sustitución del Xxxxxxxx, en cuyo caso “EL VENDEDOR” asumirá todos los gastos relacionados con la misma, o
B) Solicitar la rescisión del contrato, en cuyo caso “EL VENDEDOR” tendrá la obligación de reintegrarle el monto pagado, así como los intereses que correspondan, conforme lo previsto en el segundo párrafo del artículo 91 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
DÉCIMA CUARTA.- Todas las cantidades que “EL VENDEDOR” tenga derecho a recibir de “EL COMPRADOR”, en los términos del presente Contrato incluyendo intereses y las penas convencionales se denominarán como las “CUENTAS POR COBRAR”.
“EL COMPRADOR” autoriza a “EL VENDEDOR” a ceder las CUENTAS POR COBRAR, en términos del artículo 2038 del Código Civil para el Distrito Federal o sus correlativos de los Códigos de los Estados de la República, al fideicomiso o institución financiera que decida “EL VENDEDOR”.
DÉCIMA QUINTA.- Para el cumplimiento del presente Contrato, “EL VENDEDOR” se obliga a que:
a) El inmueble objeto del presente Contrato tenga las características técnicas de seguridad y de la estructura, así como los materiales, instalaciones y acabados especificadas en el citado “Anexo A”.
b) El Inmueble se encuentre al corriente en el pago de todos sus impuestos, derechos, cuotas de mantenimiento y demás, así como libre de gravámenes y adeudos de cualesquier naturaleza.
c) Entregar a “EL COMPRADOR” el inmueble en los términos establecidos en la Cláusula Sexta del presente Contrato.
d) Recabar de “EL COMPRADOR” su consentimiento por escrito respecto a cualquier modificación a los montos establecidos en el presente Contrato.
e) Otorga a “EL COMPRADOR” una Póliza de Garantía en los términos establecido en la Cláusula Décima Segunda del presente Contrato.
f) Poner a disposición de “EL COMPRADOR” la información y documentación relativa al Inmueble especificada en el “Anexo B”.
g) Informar a “EL COMPRADOR” si el Inmueble materia del presente Contrato se encuentra sujeto a un régimen de propiedad específico.
h) Hacer del conocimiento a “EL COMPRADOR” las cuotas de mantenimiento fijadas para la conservación y funcionamiento del Conjunto Habitacional al que pertenece, señaladas en el “Anexo A” del presente Contrato.
i) Así como cumplir con todo aquello a que se encuentre obligado en los términos del presente Contrato.
DÉCIMA SEXTA.- Para el cumplimiento del presente Contrato, “EL COMPRADOR” se obliga, a:
a) Recibir de “EL VENDEDOR” el inmueble en los términos establecidos en la Cláusula Sexta del presente Contrato.
b) Llevar a cabo el pago total de la operación convenida en los términos establecidos en la Cláusula Segunda del presente Contrato.
c) Para el caso de que esté de acuerdo en que “EL VENDEDOR” modifique cualquier monto establecido en el presente Contrato, expedir a éste su consentimiento por escrito.
d) Verificar que el inmueble tenga las características técnicas de seguridad y de la estructura, así como los materiales, instalaciones y acabados especificadas en el citado “Anexo A”.
e) Hacer efectiva la póliza de garantía otorgada por “EL VENDEDOR” en los términos establecido en la Cláusula Décima Segunda del presente Contrato.
f) Revisar la información y documentación que le ponga a su disposición “EL VENDEDOR”, relativa al Inmueble especificada en el “Anexo B”.
g) Preservar el entorno urbanístico y arquitectónico del Conjunto Habitacional donde se encuentra el Inmueble objeto de este contrato, para lo cual (i) se abstendrá de construir o edificar obra alguna distinta de la que autorice la licencia de construcción otorgada para dicho Conjunto Habitacional, respetando el uso del Inmueble, así como (ii) respetar y conservar el diseño y plan maestro del Conjunto Habitacional
h) Observar por sí, por sus familiares y visitantes el Reglamento del Régimen de Propiedad en Condominio a que está sujeto el Inmueble materia de esta operación.
i) Cubrir las cuotas de mantenimiento que se fijen para la conservación y funcionamiento del Conjunto Habitacional al que pertenece, de acuerdo al indiviso que le corresponde referido en el citado “Anexo A”.
j) Así como cumplir con todo aquello a que se encuentre obligado en los términos del presente Contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Si el Inmueble objeto del presente contrato estuviera sujeto a un régimen de propiedad en condominio “EL COMPRADOR” entregará a “EL VENDEDOR” a la firma de esta escritura para constituir el fondo de reserva para el mantenimiento y conservación del Conjunto Habitacional donde se encuentra el Inmueble la cantidad de $_ ( M.N.) la cual resulta de aplicar cualesquiera de las siguientes opciones, de acuerdo a la legislación aplicable:
a) Por metro cuadrado de superficie de construcción, o
b) Por porcentaje de indiviso, o
c) Por cuota fija.
DÉCIMA OCTAVA.- Para efectos de lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás legislación aplicable, “EL COMPRADOR” manifiesta que el Aviso de Privacidad de “EL VENDEDOR” le fue dado a conocer por su representante, mismo que manifiesta haber leído, entendido y acordado los términos expuestos en el mismo, por lo que otorga su consentimiento respecto del tratamiento de sus datos personales. En el caso de que los datos personales recopilados incluyan datos patrimoniales o financieros, mediante la firma del contrato correspondiente, sea en formato impreso, o utilizando medios electrónicos y sus correspondientes procesos para la formación del consentimiento, se llevarán a cabo actos que constituyen el consentimiento expreso del titular y que otorga su consentimiento para que “EL VENDEDOR” o sus Encargados realicen transferencias y/o remisiones de datos personales en términos del propio Aviso de Privacidad.
“EL CONSUMIDOR” si ( ) no ( ) acepta que “EL VENDEDOR” ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente Contrato y si ( ) no ( ) acepta que “EL VENDEDOR” le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
_ Firma o rúbrica de “EL CONSUMIDOR”
DÉCIMA NOVENA.- Las notificaciones y avisos que “LAS PARTES” deban darse con relación a este Contrato, se harán por escrito y deberán ser enviadas _
“EL VENDEDOR”: -: _ _
Calle: _ No. _ , Col.: _, Delegación: _ _ C. P ,
Teléfono:
“EL COMPRADOR”: _ _
Calle: No. , Col.:_ _ _, Delegación: _ C. P ,
Teléfono: __
Las partes se obligan a notificar por escrito a la otra cualquier cambio en el domicilio que se indica anteriormente, conviniendo desde este momento que será al domicilio que mantengan vigente en los términos antes indicados el correspondiente para tener como válida cualquier notificación y/o aviso que deban darse de conformidad con lo estipulado en este Contrato.
VIGÉSIMA.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite para la interpretación o cumplimiento del presente Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción
que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
VIGÉSIMA PRIMERA.- El modelo de contrato de adhesión que se utiliza para documentar la presente operación se encuentra aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el número 2303-2021 de fecha 29 xx xxxxx de 2021. Asimismo, el contenido de este contrato se incorporará en escritura pública sin importar el orden y forma en que se citen y esto no se considerará como incumplimiento a la Ley, ni modificación al modelo de contrato registrado ante PROFECO. Cualquier variación del contenido del presente contrato en perjuicio de “EL COMPRADOR”, frente al contrato de adhesión registrado se tendrá por no puesta.
El presente Contrato se da y firma en la Ciudad de a los días de mes de del dos mil _
“EL VENDEDOR” _ _ (Nombre, firma y fecha) | “EL COMPRADOR” _ (Nombre, firma y fecha) |
Anexo A CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE
El Inmueble objeto de la operación a que se refiere esta compraventa es: (especificar prototipo, ubicación dentro del Conjunto habitacional, entregar plano de ubicación con la vivienda señalada y
estacionamiento en su caso) construido en el lote _
del condominio del Conjunto habitacional _
de la manzana que pertenece al
Municipio de en el Estado de (En su caso, indicar las referencias de
ubicación)
Superficie de terreno m2 con las siguientes medidas y colindancias:
Norte: _ _ .
Sur: _ .
Oriente: .
Poniente: _
Superficie de construcción: .
Indiviso en caso de condominio: .
Título de Propiedad: .
Escritura _ de fecha _ _del Notario _ de ,
inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de en el Folio real
.
Especificaciones técnicas, de seguridad y de los materiales, así como de las características de la estructura, instalaciones, instalaciones especiales (discapacitados y/o ecotecnologías cuando aplique) y de los acabados (deberá incluir los correspondientes al prototipo adquirido y en caso de que ofrezca algunas adiciones o mejoras especificarlas):
_ _ _
_ _ _
_ _ _
_ _ _
“EL VENDEDOR” _ _ (Nombre, firma y fecha) | “EL COMPRADOR” _ (Nombre, firma y fecha) |
ANEXO B
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DEL INMUEBLE QUE SE PONE A DISPOSICIÓN DE “EL COMPRADOR”
SÍ | NO | |
Le exhibieron el proyecto ejecutivo de construcción completo? | ||
Le exhibieron la maqueta respectiva? | ||
Le mostraron el inmueble muestra? | ||
¿Le exhibieron el documento que acredite la propiedad del Inmueble? | ||
¿Le informaron sobre la existencia de gravámenes que afecten la propiedad del Inmueble? | ||
¿Le exhibieron los documentos que acrediten la personalidad de “EL VENDEDOR” y la autorización del proveedor para promover la venta del Inmueble? | ||
¿Le informaron sobre las condiciones en que se encuentra el pago de contribuciones y servicios públicos del Inmueble? | ||
¿Le exhibieron las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las autoridades correspondientes para la construcción del Inmueble? | ||
¿Le exhibieron los planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones o un dictamen de las condiciones estructurales del Inmueble? | ||
¿Le proporcionaron la información sobre las características del Inmueble? | ||
¿Le brindaron información adicional sobre los beneficios ofrecidos por “EL VENDEDOR”, en caso de concretar la operación, tales como acabados especiales, encortinados, azulejos y cocina integral, entre otros? | ||
¿Le brindaron información sobre las características, uso y mantenimiento de las instalaciones especiales (discapacitados y/o ecotecnologías) de la vivienda / del Conjunto habitacional? (cuando aplique) | ||
¿Le informaron respecto de las opciones de pago que puede elegir y sobre el monto total a pagar en cada una de ellas? | ||
¿En caso de que la operación sea a crédito, le informaron sobre el tipo de crédito de que se trata? | ||
¿De ser el caso, le informaron de los mecanismos para la modificación o renegociación de las opciones de pago, las condiciones bajo las cuales se realizaría y las implicaciones económicas, tanto para “EL VENDEDOR” como para “EL COMPRADOR”? | ||
¿Le informaron de las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo el proceso de escrituración, así como las erogaciones distintas del precio de la venta que deba realizar? | ||
Le informaron de las condiciones bajo las cuales puede cancelar la operación | ||
¿Le informaron si sobre el Inmueble existe y se ha constituido garantía hipotecaria, fiduciaria o de cualquier otro tipo, así como su instrumentación? | ||
¿Le informaron si el modelo de contrato que va a firmar esta previamente registrado ante la Procuraduría Federal del Consumidor? | ||
¿Le informaron que el Inmueble cuenta con una póliza de garantía y la forma de hacerla efectiva? |
IMPORTANTE PARA “EL COMPRADOR” Antes de que firme como constancia de que tuvo a su disposición la información y documentación relativa al Inmueble, cerciórese de que la misma coincida con la que efectivamente le hayan mostrado y/o proporcionado “EL VENDEDOR”.
“EL VENDEDOR” _ _ (Nombre, firma y fecha) | “EL COMPRADOR” _ (Nombre, firma y fecha) |
“Anexo C”
PETICION DE ACCESORIOS Y MODIFICACIONES, PRECIO Y PLAZO DE ENTREGA.
“EL VENDEDOR” | “EL COMPRADOR” |
(Nombre, firma y fecha) | (Nombre, firma y fecha) |
“ANEXO D”
ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN
En la Ciudad de _a de de ,“EL COMPRADOR” acude a recibir de “EL VENDEDOR” la casa habitación número _construida en el lote de la manzana_ _en el Conjunto habitacional _misma que he inspeccionado y constatado y que se revisaron todas las especificaciones estipuladas en el “Anexo A” del presente contrato, mismas que de manera enunciativa más no limitativa se enlistan:
PROTOTIPO DE VIVIENDA
RECAMARAS
EXTERIOR: HERRERIA PUERTAS
_VENTANAS CERRAJERIA
TIPO DE ACABADO: NATURAL LOSETA VITROPISO
AZULEJOS VIDRIOS ESPECIALES
SALA COMEDOR: APAGADORES SOQUET CONTACTO XXX
XXXXXX SALIDA CABLE VENTANA
ESTANCIA: APAGADORES SOQUET CONTACTOS
_VENTANA
COCINA: APAGADORES SOQUET CONTACTOS
PUERTA FREGADERO LLAVES DE FREGADERO
(COCINA INTEGRAL EN SU CASO)
ESTUFA TARJAS MUEBLES
CAMPANA CON LUZ ACCESORIOS (ESPECIFICAR) ________________
BAÑO:
_INODORO
APAGADORES _SOQUET
PUERTA ______ REGADERA LLAVES DE REGADERA
TOALLERO JABONERA REJILLA EN REGADERA
ACCESORIOS (ESPECIFICAR)
RECAMARAS:
_
APAGADORES SOQUETS CONTACTOS
PUERTAS SALIDA DE CABLE VENTANA
OTROS:
_CALENTADOR
_ALIMENTACIÓN DE GAS
_CLOSETS
_ESPEJOS
_TINACO/CISTERNA
_LUGAR DE ESTACIONAMIENTO
_AREAS COMUNES
_ENCORTINADOS
_CANCELERIA
_HERRERIA
_LAVADERO
_PATIO DE SERVICIO
INSTALACIONES ESPECIALES (CUANDO APLIQUE):
CALENTADOR SOLAR
AHORRADORES DE AGUA
IMPERMEABILIZANTE /AISLAMIENTO TERMICO
AIRE ACONDICIONADO EFICIENTE (EN SU CASO)
CELDAS FOTOVOLTAICAS
DISPOSITIVOS BRAILE (EN SU CASO)
RAMPAS
ANCHOS DE PUERTA Y PASILLOS
MANIJAS
OTROS (DESCRIBIR)
OBSERVACIONES GENERALES “EL VENDEDOR”
OBSERVACIONES GENERALES “EL COMPRADOR”
La presente acta de entrega-recepción del bien Inmueble se firma al calce. En caso de que el Inmueble presente fallas o defectos, así como observaciones de las partes, “ EL VENDEDOR” se obliga a realizar las reparaciones y atender las observaciones dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de entrega de conformidad con lo dispuesto en la cláusula séptima y octava del presente contrato.
“EL VENDEDOR” _ _ (Nombre, firma y fecha) | “EL COMPRADOR” _ (Nombre, firma y fecha) |