PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL BIEN INMUEBLE, VIVIENDA, CON MOTIVO DE LA EXPOSICIÓN DE LAS EDADES DEL HOMBRE.
PLIEGO DE CONDICIONES QUE RIGE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DEL BIEN INMUEBLE, VIVIENDA, CON MOTIVO DE LA EXPOSICIÓN DE LAS EDADES DEL HOMBRE.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento mediante concurso público de un bien inmueble destinado a vivienda, ubicado en el término municipal xx Xxxxxxx, para destinarlo a alojamiento de personal perteneciente a la Fundación Las Edades del Hombre.
Las características de la vivienda serán las siguientes:
-Vivienda amueblada
-Mínimo tres habitación y dos cuartos d baño.
-Se encuentre libre de cargas y gravámenes, arrendatarios y ocupantes, y al corriente en el pago de impuestos, según declaración del arrendador bajo su personal responsabilidad.
-Se encuentre en perfecto estado de conservación y con plena habitabilidad e idoneidad para servir al destino de vivienda permanente.
-Se encuentre dado de alta en los servicios de suministro tales como agua, luz,
gas…
2.- REGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
3.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN
La forma de adjudicación del contrato del arrendamiento del bien inmueble será el concurso público, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, siendo el único criterio de adjudicación el precio.
4.- IMPORTE DEL ARRENDAMIENTO
El importe del arrendamiento se establece en la cantidad máxima de 500 euros mensuales, impuestos incluidos.
La forma de pago será previa presentación de la factura mensual correspondiente en los plazos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será xx xxxxx a diciembre de 2013. 6.-OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR (PROPIETARIO DE LA VIVIENDA)
- Serán de cuenta del arrendador todos los gastos correspondientes a la Comunidad de Propietarios que se giren sobre la vivienda arrendada, así como la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la tasa de basura y los gastos de suministro de agua.
- Deberá realizar, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido.
- Deberá aportar un inventario de todos los bienes incluidos en el piso.
7.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO (AYUNTAMIENTO)
- Serán de cuenta del arrendatario el gasto por consumo de los servicios y suministros de luz y gas, previa justificación por el arrendador del consumo mediante presentación de las correspondientes facturas.
- Utilizar el bien inmueble para destinarlo a vivienda.
- Abonar el precio correspondiente según lo dispuesto en la cláusula 4 del presente pliego.
-Mantener el bien inmueble en perfectas condiciones higiénico-sanitarias.
-Conservar a su xxxxx los elementos muebles del bien inmueble
-Entregar la vivienda al término del arriendo, en las mismas condiciones en las que se lo encontró; sin otros desperfectos que los propios del uso normal de la vivienda.
8.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y OFERTAS.-
8.1) Las solicitudes de participación junto con las ofertas se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento, Plaza del Real nº 12, de lunes a viernes en horario de 9.00 h a 14.00 horas, dentro del plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, teniendo en cuenta que si el último día de plazo fuera sábado o inhábil, el plazo finalizará el inmediato día hábil.
La documentación podrá presentarse por correo en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando la solicitud se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la misma mediante fax en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato. La acreditación de la recepción del referido fax se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la solicitud si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos cinco días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la oferta, esta no será admitida.
Cada interesado no podrá presentar más de una oferta en relación con el objeto del contrato, sin que puedan presentar variantes o alternativas. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
8.2) Las solicitudes de participación junto con las ofertas se presentarán en un sobre mayor cerrado, con indicación del nombre o razón social del licitador, del domicilio a efectos de notificaciones, así como de su e-mail, fax y teléfono de contacto para comunicaciones, y la firma del licitador o quien lo represente, en el que se hará constar la leyenda “Proposición para tomar parte en la contratación del arrendamiento del bien mueble destinado a vivienda en el término municipal xx Xxxxxxx”
Dentro de dicho sobre mayor, se introducirán 3 sobres cerrados, con la misma inscripción referida en el párrafo anterior, y con los siguientes subtítulos:
Sobre A: Llevará el subtítulo de documentación administrativa, dentro del cual se introducirán los siguientes documentos, redactados en castellano, y debiendo presentarse los documentos originales o copias autenticadas o compulsadas conforme a la legislación vigente:
1) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, así como la capacidad de obrar de los empresarios, que se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante en derecho a su favor, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato, debidamente bastanteado (pudiendo bastantearse por el Secretario de la Corporación).
Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c. Si el licitador es persona individual, copia del Documento Nacional de Identidad, o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
d. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
e. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
f. Si varios empresarios formulan la solicitud constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada una de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
2) Prueba de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración, conforme al art. 60 del TRLCSP, mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable, de acuerdo al modelo adjunto en el Anexo I.
Dicha declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad social y con este Ayuntamiento, impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
3) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
Sobre B: Llevará el subtítulo de “Oferta económica”, dentro del cual se introducirán los siguientes documentos:
La oferta económica, conforme al modelo recogido en el Anexo II de este pliego, que consistirá en la contraprestación económica solicitada por el licitador respecto de la establecida con el carácter de máxima en el presente pliego.
Sobre C: Llevará el subtítulo de “Documentación Técnica”, donde se incluirá:
-Una memoria detallada con las características de la vivienda
-Fotografías de todas las dependencias
-Un inventario detallado de todos los bienes muebles de la vivienda 9.- MESA DE CONTRATACIÓN
Para la calificación y comprobación de la documentación aportada por los interesados, y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación estará asistido por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para formular la propuesta de los interesados a los que se seleccionará para proceder a valorar su oferta, así como para elevar posteriormente la correspondiente propuesta de adjudicación.
La Mesa de Contratación, estará constituida por los miembros designados por el Pleno del Ayuntamiento, en acuerdo adoptado en sesión de fecha 30 xx xxxxx de 2011.
10.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Y SELECCIÓN DE EMPRESAS A INVITAR OFERTAS.-
10.1) Concluido el plazo de presentación de solicitudes de participación, la Mesa de contratación se constituirá para proceder a la calificación de la documentación general y a la comprobación de la documentación acreditativa de la solvencia exigida aportada por los solicitantes en el sobre A, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por correo, fax, telegrama o correo electrónico al interesado correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de algún interesado contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido al procedimiento de adjudicación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los solicitantes, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de tres días hábiles y siempre antes de la declaración de admisión de las solicitudes de participación.
Igualmente, la Mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere oportunos.
10.2) Posteriormente, la Mesa procederá a la apertura del Sobre C comprensivo de la documentación técnica presentadas por las empresas y procederá a la comprobación de la misma en relación con la cláusula 1 del presente pliego, pudiendo rechazar aquellas que no cumplen con lo establecido en dicha cláusula.
La Mesa podrá solicitar, en su caso, cuantos informes técnicos estime oportunos.
10.3) Finalmente, se procederá a la apertura del sobre B, oferta económica en acto público.
Una vez realizada la valoración, se elevará al órgano de contratación, la propuesta de adjudicación, acompañada de las Actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos.
11.- ADJUDICACIÓN
11.1) A la vista de la propuesta efectuada por la Mesa de contratación, el órgano de contratación adjudicará el contrato al licitador cuya oferta haya obtenido mayor puntuación, en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, en resolución motivada, concretándose y fijándose los términos definitivos del contrato, dejando constancia de las razones que han servido de base para la aceptación o rechazo de las ofertas recibidas.
11.2) El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de
los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato, deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en la cláusula 11.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización
Arévalo, 21 de febrero de 2013 EL ALCALDE,
Fdo. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN.
Don , con D.N.I./N.I.F. nº
, en nombre propio o en representación de la empresa
, con C.I.F. núm. , con domicilio a efectos de notificaciones en , calle
nº , para participar en la Contratación pública convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx (Xxxxx), para el arrendamiento de vivienda en el término municipal xx Xxxxxxx.
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD
PRIMERO: Que me comprometo a gestionar el servicio objeto de la concesión en la forma establecida por el Pliego de Cláusulas administrativas particulares que declaro conocer y acepto en su integridad, de acuerdo con la legislación que resulte de aplicación al contrato y a la actividad a desarrollar.
SEGUNDO: Que aporto la documentación correspondiente para transmitir a la Administración la forma en que se llevará a cabo la gestión del servicio.
TERCERO: Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, así como dado de alta y al corriente de pago del Impuesto de Actividades Económicas.
Fecha y firma del licitador.
DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN,
ANEXO II OFERTA ECONÓMICA
Don , con D.N.I./N.I.F. nº
, en nombre propio o en representación de la empresa
, con C.I.F. núm. , con domicilio a efectos de notificaciones en , calle
nº , para participar en la Contratación pública convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx (Xxxxx), para el arrendamiento de vivienda en el término municipal xx Xxxxxxx.
DECLARA
Que acepta como contraprestación económica a cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, por el arrendamiento de vivienda en el término municipal xx Xxxxxxx, la
cantidad de euros (en letra y número), y
euros (en letra y número) de IVA.
(NOTA: La cantidad que se exprese será igual o inferior a la establecida en la cláusula 4 del presente pliego).