Anexo II (a)
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Viceconsejería
Anexo II (a)
PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL EXPEDIENTE DE GASTO DERIVADO DE LA CONTRATACIÓN, POR LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA, DE LOS SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN DIVERSOS TRAMOS DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA, POR UN IMPORTE TOTAL DE 43.664.023,60 EUROS, IVA INCLUIDO.
RELACIÓN DE DOCUMENTOS (Orden cronológico):
TODOS LOS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE SON ACCESIBLES
Nº de orden | Denominación del documento |
1º | MEMORIA JUSTIFICATIVA |
2º | ACUERDO DE INICIO |
3º | CORRECCIÓN DE ERRORES DEL ACUERDO DE INICIO |
4º | MEMORIA COMPLEMENTARIA |
5º | INFORME DE XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXXXXXXX |
0x | DOCUMENTO CONTABLE A |
En virtud de lo establecido en el Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se adoptan medidas para la transparencia del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y dando cumplimiento a las Instrucciones de coordinación para asegurar la homogeneidad en el tratamiento de la información en cumplimiento de lo establecido en el citado Acuerdo, se emite la presente propuesta sobre la aplicación de los límites de acceso de los documentos que integran el expediente relativo al asunto indicado.
Fdo.: Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx VICECONSEJERA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Código: | BY574759BBSDRBW4bWvLddl9-Fo8Ba | Fecha | 27/12/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/1 |
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Dirección General de Infraestructuras
MEMORIA JUSTIFICATIVA PARA EL INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LOS SIGUIENTES TRAMOS DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA:
ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2027-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2262-0.0-0.0-GI) ZONA SUROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2245-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2028-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 07-SE-2688-0.0-0.0-GI) XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX (CLAVE: 07-AL-1813-0.0-0.0-GI)
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD E IDONEIDAD DEL CONTRATO.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la titularidad del dominio público viario de la red de carreteras de Andalucía que se integra en la red de especial interés para la Comunidad Autónoma.
El artículo 47 de la citada Ley 8/2001, de 12 de julio, indica el conjunto de operaciones que comprende la conservación del dominio público viario, cuya competencia es asignada a la Administración titular del mismo:
“1. La conservación del dominio público viario comprende las siguientes operaciones:
a) Obras de conservación.
b) Inspección y evaluación de las características superficiales de los pavimentos de las carreteras, de la señalización y de los sistemas de contención de vehículos.
c) Inspección de las obras de paso, de contención de tierras y de drenaje superficial y profundo.
d) Operaciones integradas de conservación.
e) Operaciones de reposición de las características superficiales de los pavimentos, de la señalización, de los sistemas de contención de vehículos, y de las obras de paso, de contención de tierra y de drenaje superficial y profundo.
f) Acciones referentes a la señalización del tráfico y de la seguridad vial.
g) Reposición de los elementos del equipamiento de las carreteras y de las zonas funcionales.”
El Decreto 211/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Vivienda atribuye a ésta el ejercicio de las competencias en materia de movilidad e infraestructuras viarias y de transportes, como carreteras, caminos asociados a éstas, vías ciclistas, ferrocarriles y otras, cuyos itinerarios se desarrollen íntegramente en el territorio de Andalucía.
En esta línea, la Dirección General de Infraestructuras tiene entre sus objetivos la planificación, gestión y desarrollo de las competencias en materia de carreteras y demás infraestructuras viarias de la Comunidad Autónoma, y en particular la construcción, conservación y explotación de las mismas.
Para satisfacer esta necesidad de conservación del dominio público viario y garantizar unas óptimas
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condiciones de seguridad vial resulta idónea la celebración de contratos de servicios al amparo de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para la realización de las diversas operaciones integradas de conservación.
La Red de Carreteras de Andalucía se encuentra dividida en 36 sectores de conservación gestionados a través de contratos de servicios de conservación integral. En este contrato se licita la conservación de 6 de esos sectores en razón de la fecha de finalización de los contratos actualmente vigentes.
2. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la ejecución de diversas operaciones de conservación de las carreteras de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía en las zonas siguientes:
ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2027-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2262-0.0-0.0-GI) ZONA SUROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2245-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2028-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 07-SE-2688-0.0-0.0-GI) XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX (CLAVE: 07-AL-1813-0.0-0.0-GI)
En el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de cada uno de los lotes en los que se divide este contrato se definen los trabajos que son objeto del mismo y se fijan las características exigidas a los servicios a prestar, en base a lo especificado en el artículo 125.1, b) de la LCSP.
Los trabajos que se realizarán serán los siguientes:
1.- Operaciones de Gestión, Vialidad y Sustitución (Operaciones GVS). 2.- Operaciones de Mantenimiento y Mejora (Operaciones MM).
3.- Instalaciones: Mantenimiento del Centro de Conservación.
4.- Otras obligaciones: Ayudas y colaboración con la Administración para mejorar la gestión.
Código CPV: 50230000-6 Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con carreteras y otros equipos.
División en lotes: Sí
Número y denominación de los lotes:
Lote núm. | Denominación |
1 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX. |
0 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXX. |
0 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXX. |
0 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS CARRETERAS DE LA ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA. |
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5 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX. |
6 | SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX. |
Número de lotes para los que un mismo licitador puede presentar oferta: 2 Justificación de esta limitación (artículo 99.4 de la LCSP):
Esta limitación del número de lotes al cual las empresas pueden presentar ofertas tiene como objetivo facilitar el acceso a la contratación pública de las pequeñas y medianas empresas, principio recogido en los artículos 1.3 y 28.2 de la LCSP, así como garantizar una diversificación en la adjudicación del objeto del contrato.
En este sentido, interesa a esta Administración diversificar, mediante un reparto por lotes, el número de empresas contratadas con la finalidad de evitar o minorar el riesgo de incumplimiento del contratista. El establecimiento de varios lotes y la posibilidad de adjudicar cada uno de ellos a contratistas distintos permite a la Administración contar con una mayor garantía de cumplimiento, pues si alguno de los contratistas no puede cumplir con la prestación del lote adjudicado, la circunstancia de que el resto de lotes hayan sido adjudicados a empresarios distintos evita que el servicio quede completamente paralizado.
Finalmente, con esta limitación también se persigue la obtención de mejores ofertas, al obligar a las empresas licitadoras a concentrar sus esfuerzos en aquellos lotes en los que presenten una mayor ventaja competitiva.
En el caso de uniones de empresarios serán sus componentes las consideradas candidato o licitador.
3. INSUFICIENCIA DE MEDIOS.
La Dirección General de Infraestructuras no cuenta en la actualidad con medios personales y técnicos suficientes para poder realizar este servicio, que requiere de personal experto en labores de conservación a pie de tajo en los diferentes tramos de carreteras enumerados anteriormente; por lo que es necesario acudir a la contratación externa del servicio con una empresa especializada en este ramo de actividad, siendo esta fórmula de realización de la prestación objeto del contrato la más adecuada, al proporcionar una solución integrada a las necesidades expuestas en párrafos anteriores.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
Importe total (IVA excluido): 36.085.969,91 € Importe del IVA: 7.578.053,69 €
Importe total (IVA incluido): 43.664.023,60 € Importe desglosado por lotes:
Lote núm. | PEM | GG | BI | PBL (IVA excl.) | IVA | PBL (IVA incl.) |
1 | 5.323.768,81 | 692.089,95 | 319.426,13 | 6.335.284,89 | 1.330.409,83 | 7.665.694,72 |
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2 | 4.358.432,87 | 566.596,27 | 261.505,97 | 5.186.535,11 | 1.089.172,37 | 6.275.707,48 |
3 | 5.273.658,17 | 685.575,56 | 316.419,49 | 6.275.653,22 | 1.317.887,18 | 7.593.540,40 |
4 | 5.186.838,23 | 674.288,97 | 311.210,29 | 6.172.337,49 | 1.296.190,87 | 7.468.528,36 |
5 | 5.188.802,94 | 674.544,38 | 311.328,18 | 6.174.675,50 | 1.296.681,86 | 7.471.357,36 |
6 | 4.992.843,44 | 649.069,65 | 299.570,61 | 5.941.483,70 | 1.247.711,58 | 7.189.195,28 |
Valor estimado del contrato: 49.618.208,64 € Método de cálculo:
El valor estimado del contrato (VEC) se ha calculado a partir del presupuesto de ejecución material (PEM), sumándole los gastos generales (GG) y el beneficio industrial (BI), e incrementándolo en el porcentaje de la posible modificación del contrato (10%) y la prórroga del mismo prevista.
Valor estimado del contrato por lotes:
Lote núm. | VEC |
1 | 8.711.016,73 |
2 | 7.131.485,77 |
3 | 8.629.023,18 |
4 | 8.486.964,05 |
5 | 8.490.178,82 |
6 | 8.169.540,09 |
Los precios considerados se definen mediante precios unitarios calculados por precios xx xxxxxxx, y se ha comprobado que los precios establecidos para Mano de Obra son superiores a los incluidos en las tablas salariales del Convenio Colectivo de la Construcción.
No consta que exista diferencia por razón de género, según el convenio colectivo aplicable.
5. FINANCIACIÓN Y ANUALIDADES.
La Aplicación Presupuestaria para la financiación del contrato es la siguiente: 1500030268 G/51B/68700/00 01, con el Proyecto de Inversión 2013000220. Las anualidades previstas por lotes son las siguientes:
Lote núm. | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
1 | 1.800.913,22 | 1.916.423,69 | 1.916.423,69 | 1.916.423,69 | 115.510,43 |
2 | 1.401.289,02 | 1.568.927,89 | 1.568.927,89 | 1.568.927,89 | 167.634,79 |
3 | 1.648.734,46 | 1.898.385,10 | 1.898.385,10 | 1.898.385,10 | 249.650,64 |
4 | 1.621.591,55 | 1.867.132,23 | 1.867.132,23 | 1.867.132,23 | 245.540,12 |
5 | 1.576.149,37 | 1.867.839,35 | 1.867.839,35 | 1.867.839,35 | 291.689,94 |
6 | 1.232.461,47 | 1.672.299,02 | 1.672.299,02 | 1.672.299,02 | 939.836,75 |
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Total | 9.281.139,00 | 00.000.000,00 | 00.000.000,00 | 00.000.000,00 | 0.000.000,67 |
6. REVISIÓN DE PRECIOS.
El presente contrato no será objeto de revisión periódica de precios conforme a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP.
7. PLAZO DE DURACIÓN Y PRÓRROGAS.
El plazo de ejecución de los trabajos objeto del contrato será de cuarenta y ocho (48) meses, prorrogable a un plazo total de sesenta (60) meses.
8. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
Conforme al artículo 204.1 de la LCSP, el contrato podrá modificarse durante su vigencia hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del precio inicial por las siguientes causas:
A) Por la necesidad de disponer de nuevos medios o de incrementar los incluidos en el contrato (personal, maquinaria y materiales) por decisión de la Dirección General de Infraestructuras de modificar los niveles de servicio asignados a los distintos tramos de red o para atender las campañas de vialidad invernal debido a situaciones que hayan afectado gravemente a la circulación.
Porcentaje máximo respecto al precio inicial del contrato: 10% .
B) Por la necesidad de reajustar el presupuesto destinado a los materiales de Gestión y Vialidad en caso de que el último año del contrato o en cualquier momento del posible plazo de prórroga, haya un exceso del importe estimado para dicho concepto. Ese exceso de importe en materiales de gestión y Vialidad se podrá reajustar, en su caso, a unidades y operaciones de Mantenimiento y Mejora. Porcentaje máximo respecto al precio inicial del contrato: 0%
9. SUBCONTRATACIÓN.
De conformidad y con las limitaciones establecidas en el artículo 215 de la LCSP, el contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación objeto de este contrato sin que se prevean determinadas tareas críticas, partes o trabajos que, en atención a su especial naturaleza, deban ser ejecutadas directamente por la persona contratista o, en el caso de una oferta presentada por una unión de empresarios, por una participante en la misma.
10. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 131.2 en relación con lo señalado en el artículo 156.1 de la LCSP, la adjudicación se realizará mediante el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, como procedimiento ordinario que garantiza una mayor concurrencia de ofertas.
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11. RÉGIMEN DE GARANTÍAS.
De conformidad con el artículo 107 de la LCSP, se establece una garantía definitiva del 5% del precio final ofertado por el adjudicatario, que deberá constituirse a disposición del órgano de contratación y que podrán presentarse en alguna o algunas de las formas establecidas en el artículo 108 de la LCSP.
12. REQUISITOS DE SOLVENCIA.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 77.1, b) de la LCSP, en los contratos de servicios no será exigible la clasificación del empresario. Se establecen a continuación los criterios y requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional tanto en los términos establecidos en los artículos 87 y 90 de la LCSP como en términos de grupo o subgrupo de clasificación y de categoría mínima exigible, puesto que el objeto de este contrato está incluido en el ámbito de clasificación de alguno de los grupos o subgrupos de clasificación vigentes, atendiendo para ello al código CPV del contrato:
1. Grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación del contrato para cualquiera de los lotes: Subgrupo O-2, categoría 5
2. Criterios de selección relativos a la solvencia económica y financiera del empresario:
Volumen anual de negocios de la persona licitadora o candidata, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la persona licitadora y de presentación de ofertas por importe mínimo de:
Lote núm. | Volumen anual de negocios |
1 | 2.400.000 |
2 | 2.400.000 |
3 | 2.400.000 |
4 | 2.400.000 |
5 | 2.400.000 |
6 | 2.400.000 |
La solvencia económica se acreditará de forma individualizada para cada uno de los lotes a los que se licite y si se licita a más de un lote, deberá indicarse especificando los números de los lotes a los que se licita, exigiéndose como solvencia económica la suma de los importes del volumen anual de negocios exigida de los lotes a los que se licita.
3. Criterios de selección relativos a la solvencia técnica o profesional del empresario:
Relación de los principales servicios realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a los cinco primeros dígitos del código de la CPV de este contrato.
El periodo para tener en consideración los servicios realizados será el de los tres últimos años.
Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o
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superior al 100 % de su anualidad media, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato.
Lote núm. | Importe servicios similares |
1 | 1.583.821,22 |
2 | 1.296.633,78 |
3 | 1.568.913,31 |
4 | 1.543.084,37 |
5 | 1.543.668,88 |
6 | 1.485.370,93 |
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
De acuerdo con los artículos 116.4 c) y 145 de la LCSP, se establecen los siguientes criterios de adjudicación:
Fase de valoración de la documentación técnica evaluable mediante juicios de valor:
1.- Programación del Servicio. Consideramos fundamental para la buena ejecución de los trabajos conocer los plazos y periodicidad propuesta por el licitador para la ejecución de las operaciones descritas anteriormente, si se adapta o no al exigido en el PCAP, tanto en duración como en anualidades presupuestarias vigentes. Asimismo es indispensable valorar la secuencia de ejecución de tareas propuestas y su número al objeto que se ejecuten las previstas.
2.- Metodología propuesta para los trabajos a realizar. Consideramos muy importante conocer los procedimientos que va a emplear la empresa en la ejecución del servicio, la tipología de maquinaria y experiencia y cualificación del personal. Es necesario conocer el estudio que hace el contratista de las operaciones de gestión y vialidad a desarrollar, así como de las operaciones de mantenimiento y mejora.
3.- Medidas de carácter medioambiental. Consideramos imprescindible la gestión del Servicio desde un punto de vista medioambiental adecuado. Tanto en materia acústica para disminuir en la medida de lo posible la afección a trabajadores y usuarios de la zona de influencia de los trabajos, como en materia de ahorro energético y utilización de energías renovables al objeto de utilizar los recursos disponibles no contaminantes.
4.- Tecnología e I + D + i. Se pone en valor en este apartado aquella aplicación de nuevas tecnologías o desarrollos que el contratista realice o implante vinculado con los trabajos a realizar. Con ello conseguimos la mejora de aspectos como la eficacia, la calidad, o el valor técnico del Servicio realizado.
Fase de valoración de la documentación económica y técnica cuantificable de forma automática:
1.- Proposición económica. Se valorarán las ofertas económicas más ventajosas para la Administración no incursas en temeridad, otorgando la máxima puntuación a la oferta admitida más económica, lo cual permite un ahorro presupuestario.
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2 y 3.- Mejoras. Se valorará el compromiso de poner a disposición permanente de las actividades del contrato durante el tiempo de vigencia del mismo de furgonetas y vehículos turismos no incluidos en los establecidos en el PPTP, al objeto de mejorar la eficacia en la prestación del Servicio.
La puntuación que se otorgará a los criterios anteriormente expuestos será la siguiente:
A) FASE DE VALORACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA EVALUABLE MEDIANTE JUICIOS DE VALOR. De 0 a 49 puntos.
1.- Racionalidad, adecuación y viabilidad de la programación de los servicios propuestos. De 0 a 12 puntos.
Dentro de este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Racionalidad y viabilidad del diagrama xx xxxxxx propuesto. De 0 a 6 puntos.
-Coherencia de la documentación complementaria. (Pert, estudio de tiempos, actividades y rendimientos) de las que se deduzcan las previsiones del diagrama xx xxxxxx. De 0 a 6 puntos.
2.- Calidad de la metodología propuesta o, en su caso, memoria en relación con los trabajos objeto de licitación, en la que se describirá pormenorizadamente las fases y forma de ejecución de los mismos. De 0 a 26 puntos.
Dentro de este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Coherencia técnica y racionalidad de las previsiones consideradas. De 0 a 2 puntos.
- Grado de conocimiento de los trabajos a realizar De 0 a 8 puntos.
- Grado de conocimiento de su emplazamiento De 0 a 10 puntos.
- Métodos operativos a seguir para la realización del trabajo, y la coordinación de los distintos agentes internos y externos durante el plazo de ejecución. De 0 a 3 puntos.
- Descripción de circunstancias específicas, técnicas y económicas que puedan suponer incidencias significativas en la marcha y ejecución de las mismas. De 0 a 3 puntos.
3.- Relación de medidas de carácter medioambiental propuestas para adoptar durante la ejecución del servicio. De 0 a 7 puntos.
- Medidas propuestas encaminadas a reducir la contaminación acústica. De 0 a 2 puntos.
- Medidas propuestas a utilizar en el servicio que supongan un ahorro energético incluida la utilización de energías renovables. De 0 a 3 puntos.
- Medidas propuestas durante la ejecución que disminuyan la incidencia de los efectos del servicio a terceros. De 0 a 2 puntos.
4.- Utilización en el servicio de tecnologías I+D+i aplicables a la misma que cumplan las siguientes condiciones. De 0 a 4 puntos.
- Que hayan sido desarrolladas por el contratista en los últimos 5 años.
- Que supongan una mejora de la calidad y valor técnico del servicio, indicando a la unidad ó partida de obra a la que aplica.
- Cuya justificación se presente debidamente certificada por Organismo Competente.
B) FASE DE VALORACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA. De 0 a 51 puntos.
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1.- Valoración de la proposición económica. De 0 a 30 puntos.
La máxima puntuación (30 puntos) la obtendrá la oferta económica mas baja de las admitidas, y la mínima puntuación (0 puntos) la obtendrá la oferta económica que coincida con el presupuesto de licitación. Las ofertas intermedias tendrán la puntuación que les corresponda de acuerdo con un criterio de proporcionalidad lineal entre los valores máximos (máxima puntuación), y mínimos (mínima puntuación) indicados anteriormente.
Se aplicara la siguiente fórmula para la obtención de la puntuación (X) de cada oferta económica (Of.) admitida:
X= Max×(PL−Of ) / (PL−OMB), siendo:
Max= Puntuación máxima de la proposición económica. PL= Presupuesto de Licitación (en euros).
Of= Oferta económica de la empresa (en euros). OMB= Oferta más baja admitida (en euros).
2. Mejoras al servicio. De 0 a 11 puntos.
- Presentación de compromiso de poner a disposición permanente de las actividades del Contrato durante el tiempo de vigencia del Contrato de dos o más vehículos furgonetas o vehículos comerciales ligeros de motor diésel, eléctrico o mixto con cinco asientos con capacidad de carga mínima de 3,3 m3, cascada luminosa, rotulado y color según imagen corporativa, incluyendo seguro a todo riesgo para tres conductores, revisiones, reparaciones y cambio de neumáticos, excediendo de los vehículos mínimos imprescindibles según el PPTP: 11 puntos.
- Presentación de compromiso de poner a disposición permanente de las actividades del Contrato durante el tiempo de vigencia del Contrato, de un vehículo furgoneta o vehículo comercial ligero de motor diésel, eléctrico o mixto con cinco asientos con capacidad de carga mínima de 3,3 m3, cascada luminosa, rotulado y color según imagen corporativa, incluyendo seguro a todo riesgo para tres conductores, revisiones, reparaciones y cambio de neumáticos, excediendo de los vehículos mínimos Imprescindibles según el PPTP: 5 puntos.
- Si no presenta compromiso, o presenta mejora de 0 vehículos: 0 puntos. 3. Mejoras al servicio. De 0 a 10 puntos.
- Presentación de compromiso de poner a disposición permanente de las actividades del Contrato durante el tiempo de vigencia del Contrato, de dos o más vehículos turismos del segmento C con motor híbrido con cinco asientos, rotulado y color según imagen corporativa, incluyendo seguro a todo riesgo para tres conductores, revisiones, reparaciones y cambio de neumáticos, excediendo de los vehículos mínimos imprescindibles según el PPTP: 10 puntos.
- Presentación de compromiso de poner a disposición permanente de las actividades del Contrato durante el tiempo de vigencia del Contrato, de un vehículo turismo del segmento C con motor híbrido con cinco asientos, rotulado y color según imagen corporativa, incluyendo seguro a todo riesgo para tres conductores, revisiones, reparaciones y cambio de neumáticos, excediendo de los vehículos mínimos imprescindibles según el PPTP: 5 puntos.
- Si no presenta compromiso, o presenta mejora de 0 vehículos: 0 puntos.
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14. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN.
De acuerdo con los artículos 116.4, c) y 202.2 de la LCSP, en la contratación para la ejecución del presente contrato se establecen las siguientes medidas medioambientales como condiciones especiales de ejecución:
Instalación solar fotovoltaica para autoconsumo directo de 4,32 kWp con punto de recarga rápida para vehículo eléctrico compuesto por módulos solares fotovoltaicos policristalinos de 270Wp, inversor de red con potencia de 4,5kW, baterías de ion litio con capacidad de acumulación de 6,40 kWh con monitorización de consumo y producción fotovoltaica en tiempo real.
Para justificar el cumplimiento de esta condición especial, la persona contratista deberá tener realizada y en funcionamiento la instalación en los primeros 45 días desde el inicio de los trabajos.
En el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se les atribuirá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos señalados en el artículo 211, f) de la LCSP.
Las penalidades por incumplimiento de esta condición especial de ejecución serán de 300 euros, IVA excluido, por cada día de retraso en la puesta en funcionamiento de la instalación, que se deducirán de la certificación mensual correspondiente.
15. CONDICIONES DE SUBROGACIÓN EN CONTRATOS DE TRABAJO.
De acuerdo con los requisitos y condiciones que se detallan en el artículo 27 del VI CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, suscrito con fecha 25 de julio de 2017 y publicado en el BOE núm. 232, de 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxxxxxx xx xxxx contrato tiene la obligación de subrogación del personal de la empresa saliente, por lo que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 130 de la LCSP, en el pliego se facilitará la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta esta subrogación suministrada por el contratista anterior.
En todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación.
16. PERSONA RESPONSABLE DEL CONTRATO.
De conformidad con el artículo 62 de la LCSP, se propone para desempeñar las funciones de responsable del contrato a D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Jefe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario de la Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.
En Sevilla, a fecha de la firma digital,
El Jefe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario. Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
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VERIFICACIÓN | NJyGwINS9MVOuP3dyq3UEX9v8u2YyU | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Viceconsejería
ACUERDO DE INICIO
NÚM. EXPEDIENTE: 2018/51932
TIPO: Servicios
PROCEDIMIENTO: Abierto
TÍTULO: SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LOS SIGUIENTES TRAMOS DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA:
ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2027-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2262-0.0-0.0-GI) ZONA SUROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2245-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2028-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 00-XX-0000-0.0-0.0-XX) XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX (XXXXX: 07-AL-1813-0.0-0.0-GI)
VALOR ESTIMADO: 49.618.208,64 €
IMPORTE DE LICITACIÓN (IVA excl.): 36.085.969,91 € IMPORTE DE LICITACIÓN (IVA incl.): 43.664.023,60 € IMPORTE IVA: 7.578.053,69 €
DISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES:
2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | Partida presupuestaria |
9.281.139,08 € | 10.791.007,27 € | 10.791.007,27 € | 10.791.007,27 € | 2.009.862,67 € | 1600030268 |
G/51B/68700/00 01 | |||||
2013000220 |
De acuerdo con la memoria justificativa de fecha 25 de julio de 2018 y la propuesta de inicio del expediente de contratación de servicios referenciado, de fecha 31 de julio de 2018, realizada por la Dirección General de Infraestructuras, donde queda debidamente justificada la necesidad de ejecución de los servicios de conservación en los citados tramos de la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía, procede iniciar el expediente de contratación de referencia, que se tramitará mediante procedimiento abierto con una pluralidad de criterios de adjudicación, al concurrir las circunstancias previstas en los artículos 131.2 y 156.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, (en adelante LCSP).
Dado que la naturaleza del contrato lo permite y en aras de facilitar el acceso a la contratación pública a un mayor número de empresas, el objeto del contrato se ha dividido en seis lotes, atendiendo a las distintas zonas de ejecución de los servicios.
Por otra parte, atendiendo a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procede la inclusión de una fórmula para la revisión de precios.
El artículo 28 de la Ley 5/2017, de 5 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
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VERIFICACIÓN | NJyGw3wF4s3Y5u431E1iQvWAXi7I73 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
Andalucía para el año 2018, establece que “Se requerirá acuerdo del Consejo de Gobierno para autorizar cualquier tipo de expediente de gastos cuyo importe global sea igual o superior a doce millones de euros (12.000.000 de €),” así como que “Los citados acuerdos, que cuando se produzcan en materia contractual deberán concurrir antes de la aprobación de los expedientes de contratación, llevarán implícita la aprobación del gasto correspondiente.”
Como consecuencia de lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 3.A) 1º de la Orden de 6 de noviembre de 2013, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería, modificada por Orden de 22 xx xxxx de 2018, corresponde a la persona titular de la Viceconsejería ordenar el inicio de este expediente de contratación puesto que el mismo requiere la autorización del Consejo de Gobierno.
Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con las competencias atribuidas como órgano de contratación por el artículo 323 de la LCSP, en relación con lo establecido en el artículo 26.2. i), de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y de acuerdo con el citado artículo 3.A).1º de la Orden de 6 de noviembre de 2013, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería, modificada por Orden de 22 xx xxxx de 2018,
ACUERDO
Primero.- Iniciar el expediente de contratación referenciado.
Segundo.- Establecer el procedimiento abierto con una pluralidad de criterios como sistema de adjudicación del contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 131.2 y 156.1 de la LCSP.
Tercero.- Utilizar el modelo xx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares para la contratación de servicios mediante procedimiento abierto o restringido recomendado por la Comisión Consultiva de Contratación Pública.
Cuarto.- No incluir cláusula de revisión de precios en el contrato.
En Sevilla, a la fecha de la firma digital.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y VIVIENDA.
P.D. Orden de 6 de noviembre de 2013 (BOJA nº 223, de 13 de noviembre de 2013), modificada por la Orden de 00 xx xxxx xx 0000 (XXXX x.x 100 de 00 xx xxxx xx 0000)
XX XXXXXXXXXXXXX,
Xxx.: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
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VERIFICACIÓN | NJyGw3wF4s3Y5u431E1iQvWAXi7I73 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Viceconsejería
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA POR LA QUE SE SUBSANA EL ERROR DETECTADO EN EL ACUERDO DE INICIO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO:
NÚM. EXPEDIENTE: 2018/51932
TÍTULO: SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LOS SIGUIENTES TRAMOS DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA:
ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2027-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2262-0.0-0.0-GI) ZONA SUROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2245-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2028-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 07-SE-2688-0.0-0.0-GI) XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX (CLAVE: 07-AL-1813-0.0-0.0-GI)
Vistas las propuestas del Secretario General Técnico y del Jefe de Servicio de Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual éstas “podrán rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos” y en ejercicio de las facultades atribuidas en el artículo 116 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en relación con lo dispuesto en el artículo 3.A) 1º de la Orden de 6 de noviembre de 2013, de delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería, modificada por Orden de 22 xx xxxx de 2018, resuelvo
Rectificar el error advertido en el Acuerdo de Inicio de 31 de julio de 2018 en la distribución de anualidades para la financiación del expediente quedando la nueva distribución de anualidades como se indica en la siguiente tabla:
2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | Anualidades |
9.281.139,08 € | 10.791.007,27 € | 10.791.007,27 € | 10.791.007,27 € | 2.009.862,67 € | Acuerdo de inicio de 31 de julio de 2018 |
9.246.876,83 € | 10.916.007,08 € | 10.916.007,08 € | 10.916.007,08 € | 1.669.125,53 € | Nueva distribución de anualidades |
En Sevilla, a la fecha de la firma digital.
EL CONSEJERO DE FOMENTO Y VIVIENDA
P.D. Orden de 0 xx xxxxxxxxx xx 0000 (XXXX x.x 223, de 13 de noviembre de 2013)
modificada por Orden de 00 xx xxxx xx 0000 (XXXX x.x 100 de 25 xx xxxx de 2018).
LA VICECONSEJERA.
Fdo.:Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Código: | BY5747649N1VREWsWE2g7-GuDzIvD_ | Fecha | 29/10/2018 |
Firmado Por | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ||
Url De Verificación | Página | 1/1 |
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Dirección General de Infraestructuras
MEMORIA JUSTIFICATIVA COMPLEMENTARIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LOS SIGUIENTES TRAMOS DE LA RED AUTONÓMICA DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA:
ZONA NORTE DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2027-0.0-0.0-GI) ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX (CLAVE: 07-JA-2262-0.0-0.0-GI) ZONA SUROESTE DE LA PROVINCIA XX XXXXX (CLAVE: 07-CA-2245-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA DE GRANADA (CLAVE: 07-GR-2028-0.0-0.0-GI) ZONA SUR DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX (CLAVE: 00-XX-0000-0.0-0.0-XX) XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX (XXXXX: 07-AL-1813-0.0-0.0-GI)
Núm. expediente: 2018-51932
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1, b) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, el pliego de prescripciones técnicas particulares de cada uno de los lotes contiene el “Precio de cada una de las unidades en que se descompone el presupuesto y número estimado de las unidades a suministrar”, de acuerdo con el sistema utilizado para su determinación: combinación de precios referidos a componentes de la prestación y precios referidos a las unidades que se emplearán en las operaciones de Gestión, Vialidad y Sustitución (GVS) y Mantenimiento y Mejora (MM).
Así, en el apartado 5.3, relativo al presupuesto del contrato, se desglosan, por un lado, los costes fijos (personal, maquinaria, vehículos y medios auxiliares, materiales no inventariables e instalaciones) y los costes de materiales para las Operaciones de Gestión, Vialidad y Sustitución (detallados en el anexo núm. 1 del PPTP); y, por otro lado, el coste de las Operaciones de Mantenimiento y Mejora con el resumen del presupuesto por capítulos contemplado en el anexo núm. 2 del PPTP. Finalmente, en el anexo núm. 3 del PPTP se incluye un resumen del presupuesto del contrato con la indicación del porcentaje aplicado de gastos generales, beneficio industrial e impuesto del valor añadido (IVA).
En el apartado correspondiente del PCAP se ha incluido una tabla con el diseño de la tabla siguiente, similar a la contenida en el anexo núm. 3 del PPTP, en la que se desglosa el presupuesto base de licitación y se incluyen los porcentajes de gastos generales y beneficio industrial aplicados. Asimismo, se incluye la indicación de que un mayor desglose del presupuesto se contiene en el apartado 5.3 del PPTP.
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VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
PRESUPUESTO TOTAL LOTE 1 | AÑO 1 | AÑO 2 | AÑO 3 | AÑO 4 | TOTAL |
OPERACIONES DE GESTIÓN, VIALIDAD Y SUSTITUCIÓN | 1.260.760,57 € | 1.260.760,57 € | 1.260.760,57 € | 1.260.760,57 € | 5.043.042,28 € |
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO Y MEJORA | 70.181,63 € | 70.181,63 € | 70.181,63 € | 70.181,63 € | 280.726,53 € |
TOTAL PRESUPUESTO | 1.330.942,20 € | 1.330.942,20 € | 1.330.942,20 € | 1.330.942,20 € | 5.323.768,81 € |
13% Gastos Generales | 173.022,49 € | 173.022,49 € | 173.022,49 € | 173.022,49 € | 692.089,95 € |
6% Beneficio Industrial | 79.856,53 € | 79.856,53 € | 79.856,53 € | 79.856,53 € | 319.426,13 € |
SUMA | 1.583.821,22 € | 1.583.821,22 € | 1.583.821,22 € | 1.583.821,22 € | 6.335.284,89 € |
21% I.V.A. | 332.602,46 € | 332.602,46 € | 332.602,46 € | 332.602,46 € | 1.330.409,83 € |
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN | 1.916.423,68 € | 1.916.423,68 € | 1.916.423,68 € | 1.916.423,68 € | 7.665.694,72 € |
Por lo tanto, el cálculo del presupuesto base de licitación (PBL) incluye los siguientes conceptos: costes directos e indirectos + gastos generales + beneficio industrial + IVA.
Por lo que respecta al cálculo del valor estimado del contrato (VEC), el método empleado parte del PBL e incluye los siguientes elementos: PBL sin IVA + porcentaje de las posibles modificaciones (10%)
+ prórroga prevista (12 meses).
Con ello, entendemos que se da cumplimiento a lo establecido en los artículos 100.2 y 101.5 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en relación con la indicación en el PCAP del PBL desglosado y el método de cálculo del VEC.
Esta forma de indicar el PBL en el PCAP ha sido considerada válida por la Asesoría Jurídica de la Consejería de Fomento y Vivienda en el informe FVPI00118/18 emitido en relación con el PCAP de este contrato con fecha 13 de septiembre de 2018.
En este sentido, el artículo 100.2 de la LCSP señala que “el presupuesto base de licitación se desglosará indicando en el pliego de cláusulas administrativas particulares o documento regulador de la licitación los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para su determinación”, por lo que incluir el presupuesto desglosado en el PPTP en el PCAP haría de este último un documento excesivamente extenso e inmanejable en un contrato con seis lotes, además de innecesario por repetitivo.
El cálculo de los costes salariales del presente contrato ha tomado como base las tablas salariales de los siguientes convenios colectivos del sector de la construcción en relación con cada uno de los lotes:
• Granada: Tabla salarial para el año 2018. Convenio Colectivo Construcción y Obras Públicas de la provincia de Granada, publicada en el B.O.P. Granada número 70, de 13 xx xxxxx de 2018.
• Jaén: Tabla salarial para el año 2018. Convenio Colectivo Construcción y Obras Públicas de la provincia xx Xxxx. Publicado en el BOP Jaén número 129, de 6 de julio de 2018.
• Cádiz: Tabla salarial para el año 2018. Convenio Colectivo Construcción y Obras Públicas de la provincia xx Xxxxx, publicada en el B.O.P. Cádiz número 27, de 7 de febrero de 2018.
• Sevilla: Tablas salariales año 2018. Convenio Colectivo Construcción y Obras Públicas de la provincia xx Xxxxxxx, publicado en BOP Sevilla número 107, de 11 xx xxxx de 2018.
• Almería: Las tablas salariales se incluyen en los anexos del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Almería, publicado en B.O.P. Almería, número 74 de 18 xx xxxxx de 2018.
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VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
Los perfiles profesionales incluidos en este contrato (anexo núm. 1 del PPTP) tenidos en cuenta para la valoración de los costes salariales se corresponden con las categorías profesionales previstas en VI CONVENIO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (Publicado en el BOE núm. 232, de 26 de
septiembre de 2017, páginas 94090 a 94253) y el importe especificado para cada una de estas categorías profesionales supera el suelo marcado por dichos convenios, así como el coste bruto total para la empresa facilitado por las actuales personas contratistas al amparo de lo establecido en el artículo 130 de la LCSP, al existir la obligación del nuevo adjudicatario de subrogarse como empleador en los contrato de trabajo; como se ve en las tablas que se adjuntan a esta memoria complementaria.
Este importe calculado según el coste salarial del convenio y según el salario bruto del personal facilitado por la persona contratista, es incrementado para tener en cuenta futuros incrementos salariales durante la ejecución del contrato, homogeneizar los costes salariales de todos los contratos en todo el territorio andaluz y facilitar la concurrencia de licitadores con costes salariales más altos consecuencia de convenios o pactos de empresa.
Por ello, el coste unitario de personal estimado para cada una de las categorías profesionales contempladas en los cuadros anexos es el mismo en todos los lotes y pueden observarse diferentes incrementos en los costes estimados respecto a los costes según convenio o a los costes del actual contratista.
Dicha finalidad -conseguir esa equiparación salarial entre las personas trabajadoras en Andalucía frente a las diferencias salariales que muestran las tablas salariales de los diferentes convenios colectivos- es acorde con lo dispuesto en el artículo 1.3 de la LCSP, según el cual “En toda contratación pública se incorporarán de manera transversal y preceptiva criterios sociales y medioambientales siempre que guarde relación con el objeto del contrato, en la convicción de que su inclusión proporciona una mejor relación calidad-precio en la prestación contractual, así como una mayor y mejor eficiencia en la utilización de los fondos públicos.”
Por otra parte, el precio de las unidades de obra correspondientes a personal para Operaciones de Mantenimiento y Mejora contempladas en el anexo núm. 2 del PPTP, se ha calculado a partir de la base de precios de referencia elaborada por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, en la que también se tienen en cuenta las tablas salariales de los convenios colectivos del sector de la construcción en relación con cada uno de los lotes.
Como se indica en el apartado 5.3.4 del PPTP, las cantidades expuestas en el anexo núm. 2 son solo orientativas sin que exista ningún compromiso por parte de la Consejería de Fomento y Vivienda de realización de las mismas.
No constan que existan diferencias salariales por razón de género según los convenios colectivos aplicables.
El cálculo de los gastos generales (13%) y el beneficio industrial (6%) se ha estimado mediante un porcentaje por los siguientes motivos: concordancia con los métodos y cuentas que llevan las propias empresas, que también consideran porcentajes fijos anuales, por analogía con la metodología que se ha venido utilizando en el contrato de obras que también estima un % fijo, y porque consideramos imposible detallar gastos de empresa sin el conocimiento interno de empresa.
En ausencia de toda definición, explicación o concreción de los importes o porcentajes de los gastos generales y el beneficio industrial en la LCSP, hemos optado por aplicar los porcentajes establecidos para el contrato de obras en el artículo 131 del RGLCAP:
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VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
“1. Gastos generales de estructura que inciden sobre el contrato, cifrados en los siguientes porcentajes aplicados sobre el presupuesto de ejecución material:
a) Del 13 al 17 por 100, a fijar por cada Departamento ministerial, a la vista de las circunstancias concurrentes, en concepto de gastos generales de la empresa, gastos financieros, cargas fiscales, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido, tasas de la Administración legalmente establecidas, que inciden sobre el costo de las obras y demás derivados de las obligaciones del contrato. Se excluirán asimismo los impuestos que graven la renta de las personas físicas o jurídicas.
b) El 6 por 100 en concepto de beneficio industrial del contratista.”
Finalmente, para el cálculo del precio de las unidades de ejecución de las operaciones incluidas en los anexos núm. 1 y 2 del PPTP (incluidas las relativas a personal de las Operaciones de Mantenimiento y Mejora) se ha utilizado la base de precios de referencia elaborada por la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, que se considera ajustada al precio general xx xxxxxxx de los bienes, productos y servicios incluidos en el PPTP.
5. FINANCIACIÓN Y ANUALIDADES.
Advertido error en la partida presupuestaria indicada este apartado en la Memoria justificativa de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxx corregir el mismo en el sentido siguiente:
1600030268 G/51B/68700/00 01, con el Proyecto de Inversión 2013000220.
Respecto a las anualidades del lote número 6 recogidas en el apartado 2 del Anexo I del PCAP, se procede a rectificar las cantidades en los términos siguientes:
LOTE 6: Xxxx Xxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx | 0000 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | TOTAL |
Reparto anterior | 1.232.461,47 € | 1.672.299,02 € | 1.672.299,02 € | 1.672.299,02 € | 939.836,75 € | 7.189.195,28 € |
Reparto de anualidades corregido | 1.198.199,21 € | 1.797.298,82 € | 1.797.298,82 € | 1.797.298,82 € | 599.099,61 € | 7.189.195,28 € |
En Sevilla, a fecha de la firma digital,
El Jefe del Servicio de Conservación y Dominio Público Viario. Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
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VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX | |||||||||||||||||
7-GR-2027-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION GRANADA | COSTE PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.601,02 | 11,00 | 17.611,22 | 2.313,53 | 2.313,53 | 2.313,53 | 6.940,59 | 24.551,81 | 1,3209 | 32.430,49 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.540,35 | 11,00 | 16.943,85 | 2.229,19 | 2.229,19 | 2.229,19 | 6.687,57 | 23.631,42 | 1,3209 | 31.214,74 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.456,72 | 11,00 | 16.023,92 | 2.112,92 | 2.112,92 | 2.112,92 | 6.338,76 | 22.362,68 | 1,3775 | 30.804,59 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3209 | 26.361,94 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 164.949,23 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.426,00 | 11,00 | 15.686,00 | 2.071,32 | 2.071,32 | 2.071,32 | 6.213,96 | 21.899,96 | 1,3775 | 30.167,19 | ||||
12 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 370.448,88 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 329.898,47 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 0,00 | ||||
1 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 29.293,08 | 1.203,58 | 11,00 | 13.239,38 | 1.737,66 | 1.737,66 | 1.737,66 | 5.212,98 | 18.452,36 | 1,3775 | 25.418,13 | ||||
TOTAL | 806.383,00 | TOTAL | 671.244,78 | 768.508,37 | |||||||||||||
SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS CARRETERAS DE LA ZONA SURESTE DE LA PROVINCIA XX XXXX | |||||||||||||||||
7-JA-2262-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION XXXX | XXXXX PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.237,66 | 11,00 | 13.614,26 | 1.997,44 | 1.997,44 | 1.997,44 | 5.992,32 | 19.606,58 | 1,3209 | 25.898,33 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.051,45 | 11,00 | 11.565,95 | 1.696,92 | 1.696,92 | 1.696,92 | 5.090,76 | 16.656,71 | 1,3209 | 22.001,85 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.040,64 | 11,00 | 11.447,04 | 1.681,07 | 1.681,07 | 1.681,07 | 5.043,21 | 16.490,25 | 1,3775 | 22.715,32 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 967,06 | 11,00 | 10.637,66 | 1.589,51 | 1.589,51 | 1.589,51 | 4.768,53 | 15.406,19 | 1,3209 | 20.350,04 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 967,06 | 11,00 | 10.637,66 | 1.589,51 | 1.589,51 | 1.589,51 | 4.768,53 | 15.406,19 | 1,3775 | 127.332,16 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.017,71 | 11,00 | 11.194,81 | 1.647,50 | 1.647,50 | 1.647,50 | 4.942,50 | 16.137,31 | 1,3775 | 22.229,14 | ||||
3 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 92.612,22 | 967,06 | 11,00 | 10.637,66 | 1.589,51 | 1.589,51 | 1.589,51 | 4.768,53 | 15.406,19 | 1,3775 | 63.666,08 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 967,06 | 11,00 | 10.637,66 | 1.589,51 | 1.589,51 | 1.589,51 | 4.768,53 | 15.406,19 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 967,06 | 11,00 | 10.637,66 | 1.589,51 | 1.589,51 | 1.589,51 | 4.768,53 | 15.406,19 | 1,3775 | 0,00 | ||||
3 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 87.879,24 | 902,60 | 11,00 | 9.928,60 | 1.577,46 | 1.577,46 | 1.577,46 | 4.732,38 | 14.660,98 | 1,3775 | 60.586,50 | ||||
TOTAL | 587.132,50 | TOTAL | 364.779,42 | 526.754,44 | |||||||||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 13/11/2018 | PÁGINA 5 / 7 |
VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXX | |||||||||||||||||
7-CA-2245-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION CADIZ | COSTE PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.870,32 | 11,00 | 20.573,53 | 2.871,01 | 2.871,01 | 2.871,01 | 8.613,03 | 29.186,56 | 1,3209 | 38.552,53 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.345,94 | 11,00 | 14.805,31 | 2.067,11 | 2.067,11 | 2.067,11 | 6.201,33 | 21.006,64 | 1,3209 | 27.747,67 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.312,48 | 11,00 | 14.437,27 | 2.014,19 | 2.014,19 | 2.014,19 | 6.042,57 | 20.479,84 | 1,3775 | 28.210,98 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 1.179,25 | 11,00 | 12.971,80 | 1.810,10 | 1.810,10 | 1.810,10 | 5.430,30 | 18.402,10 | 1,3209 | 24.307,33 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 1.179,25 | 11,00 | 12.971,80 | 1.810,10 | 1.810,10 | 1.810,10 | 5.430,30 | 18.402,10 | 1,3775 | 152.093,32 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.271,72 | 11,00 | 13.988,93 | 1.952,60 | 1.952,60 | 1.952,60 | 5.857,80 | 19.846,73 | 1,3775 | 27.338,87 | ||||
9 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 277.836,66 | 1.179,25 | 11,00 | 12.971,80 | 1.810,10 | 1.810,10 | 1.810,10 | 5.430,30 | 18.402,10 | 1,3775 | 228.139,98 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 1.179,25 | 11,00 | 12.971,80 | 1.810,10 | 1.810,10 | 1.810,10 | 5.430,30 | 18.402,10 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 1.179,25 | 11,00 | 12.971,80 | 1.810,10 | 1.810,10 | 1.810,10 | 5.430,30 | 18.402,10 | 1,3775 | 0,00 | ||||
2 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 58.586,16 | 1.112,03 | 11,00 | 12.232,37 | 1.707,42 | 1.707,42 | 1.707,42 | 5.122,26 | 17.354,63 | 1,3775 | 47.812,00 | ||||
TOTAL | 743.063,86 | TOTAL | 574.202,68 | 823.900,14 | |||||||||||||
SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX | |||||||||||||||||
7-GR-2028-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION GRANADA | COSTE PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.601,02 | 11,00 | 17.611,22 | 2.313,53 | 2.313,53 | 2.313,53 | 6.940,59 | 24.551,81 | 1,3209 | 32.430,49 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.540,35 | 11,00 | 16.943,85 | 2.229,19 | 2.229,19 | 2.229,19 | 6.687,57 | 23.631,42 | 1,3209 | 31.214,74 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.456,72 | 11,00 | 16.023,92 | 2.112,92 | 2.112,92 | 2.112,92 | 6.338,76 | 22.362,68 | 1,3775 | 30.804,59 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3209 | 26.361,94 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 164.949,23 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.426,00 | 11,00 | 15.686,00 | 2.071,32 | 2.071,32 | 2.071,32 | 6.213,96 | 21.899,96 | 1,3775 | 30.167,19 | ||||
10 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 308.707,40 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 274.915,39 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 1.303,35 | 11,00 | 14.336,85 | 1.873,57 | 1.873,57 | 1.873,57 | 5.620,71 | 19.957,56 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 0,00 | 1.203,58 | 11,00 | 13.239,38 | 1.737,66 | 1.737,66 | 1.737,66 | 5.212,98 | 18.452,36 | 1,3775 | 0,00 | ||||
TOTAL | 715.348,44 | TOTAL | 590.843,58 | 692.778,87 | |||||||||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 13/11/2018 | PÁGINA 6 / 7 |
VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX | |||||||||||||||||
7-SE-2688-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION SEVILLA | COSTE PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.817,98 | 11,00 | 19.997,78 | 2.575,98 | 2.575,98 | 2.575,98 | 7.727,94 | 27.725,72 | 1,3209 | 36.622,90 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.390,93 | 11,00 | 15.300,23 | 2.135,93 | 2.135,93 | 2.135,93 | 6.407,79 | 21.708,02 | 1,3209 | 28.674,12 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.248,91 | 11,00 | 13.738,01 | 1.928,99 | 1.928,99 | 1.928,99 | 5.786,97 | 19.524,98 | 1,3775 | 26.895,66 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 1.182,60 | 11,00 | 13.008,60 | 1.832,45 | 1.832,45 | 1.832,45 | 5.497,35 | 18.505,95 | 1,3209 | 24.444,51 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 1.182,60 | 11,00 | 13.008,60 | 1.832,45 | 1.832,45 | 1.832,45 | 5.497,35 | 18.505,95 | 1,3775 | 152.951,68 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.208,80 | 11,00 | 13.296,80 | 1.870,39 | 1.870,39 | 1.870,39 | 5.611,17 | 18.907,97 | 1,3775 | 26.045,73 | ||||
9 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 277.836,66 | 1.182,60 | 11,00 | 13.008,60 | 1.832,45 | 1.832,45 | 1.832,45 | 5.497,35 | 18.505,95 | 1,3775 | 229.427,52 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 1.182,60 | 11,00 | 13.008,60 | 1.832,45 | 1.832,45 | 1.832,45 | 5.497,35 | 18.505,95 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 1.182,60 | 11,00 | 13.008,60 | 1.832,45 | 1.832,45 | 1.832,45 | 5.497,35 | 18.505,95 | 1,3775 | 0,00 | ||||
2 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 58.586,16 | 1.082,61 | 11,00 | 11.908,71 | 1.686,78 | 1.686,78 | 1.686,78 | 5.060,34 | 16.969,05 | 1,3775 | 46.749,73 | ||||
TOTAL | 743.063,86 | TOTAL | 571.811,85 | 645.821,24 | |||||||||||||
PPTP – SERVICIOS DE DIVERSAS OPERACIONES DE CONSERVACIÓN EN LAS XXXXXXXXXX XX XX XXXX XXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXX | |||||||||||||||||
7-AL-1813-0.0-0.0-GI | |||||||||||||||||
COSTES DE PERSONAL PPTP | COSTE DE PERSONAL SEGÚN CONVENIO CONSTRUCCION ALMERIA | COSTE PERSONAL | |||||||||||||||
EMPRESA | |||||||||||||||||
Unidades | Descripción | Precio unit. | Total: €/anual | SUELDO BASE | 11 MESES | PARCIAL | PAGA VERANO | VACACIONES | PAGA NAVIDAD | PARCIAL | SUBTOTAL | COSTE EMPRESARIAL | TOTAL COSTE PERSONAL | ADJUDCATARIA ACTUAL | |||
1 | Ingeniero Jefe Coex. | 66.123,54 | 66.123,54 | 1.440,60 | 11,00 | 15.846,60 | 2.078,41 | 2.078,41 | 2.078,41 | 6.235,23 | 22.081,83 | 1,3209 | 29.167,89 | ||||
1 | Ingeniero Jefe Operaciones | 56.677,32 | 56.677,32 | 1.124,67 | 11,00 | 12.371,37 | 1.633,66 | 1.633,66 | 1.633,66 | 4.900,98 | 17.272,35 | 1,3209 | 22.815,05 | ||||
1 | Encargado | 36.388,18 | 36.388,18 | 1.094,92 | 11,00 | 12.044,12 | 1.591,74 | 1.591,74 | 1.591,74 | 4.775,22 | 16.819,34 | 1,3775 | 23.168,64 | ||||
1 | Auxiliar Administrativo operador | 30.870,74 | 30.870,74 | 965,52 | 11,00 | 10.620,72 | 1.411,78 | 1.411,78 | 1.411,78 | 4.235,34 | 14.856,06 | 1,3209 | 19.623,37 | ||||
6 | Oficial 1ª en vigilancia | 30.870,74 | 185.224,44 | 965,52 | 11,00 | 10.620,72 | 1.411,78 | 1.411,78 | 1.411,78 | 4.235,34 | 14.856,06 | 1,3775 | 122.785,34 | ||||
1 | Capataz | 31.356,82 | 31.356,82 | 1.037,26 | 11,00 | 11.409,86 | 1.510,58 | 1.510,58 | 1.510,58 | 4.531,74 | 15.941,60 | 1,3775 | 21.959,55 | ||||
7 | Oficial de 1ª | 30.870,74 | 216.095,18 | 984,83 | 11,00 | 10.833,13 | 1.411,78 | 1.411,78 | 1.411,78 | 4.235,34 | 15.068,47 | 1,3775 | 145.297,72 | ||||
0 | Oficial de 1ª electricista | 30.870,74 | 0,00 | 984,83 | 11,00 | 10.833,13 | 1.411,78 | 1.411,78 | 1.411,78 | 4.235,34 | 15.068,47 | 1,3775 | 0,00 | ||||
0 | Operador Túnel | 30.870,74 | 0,00 | 984,83 | 11,00 | 10.833,13 | 1.411,78 | 1.411,78 | 1.411,78 | 4.235,34 | 15.068,47 | 1,3775 | 0,00 | ||||
2 | Oficial de 2ª | 29.293,08 | 58.586,16 | 950,21 | 11,00 | 10.452,31 | 1.364,49 | 1.364,49 | 1.364,49 | 4.093,47 | 14.545,78 | 1,3775 | 40.073,62 | ||||
TOTAL | 681.322,38 | TOTAL | 424.891,18 | 631.265,58 | |||||||||||||
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | 13/11/2018 | PÁGINA 7 / 7 |
VERIFICACIÓN | NJyGwyi8284ZarHkCR36Y4qG901bW0 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
DOCUMENTO A | ||||
Ejercicio: | 2018 | Clase de Documento: | A2 | |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0121817656 | |
Sociedad financiera: | 1000 | Nº Documento: | 0100008872 | |
Fecha de Grabación: | 20.12.2018 | Nº Alternativo: | ||
Fecha de Contabilización: | Nº Expediente Ref.: | / | ||
Den. Expediente: SERVICIOS DE CONSERVACIÓN EN TRAMOS DE CARRETERAS DE LA RED AUTONÓMICA Procedimiento: SERVIC Servicios Fase intervención: 0001 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO | ||||
Sección: | 1600 | - CONSEJERIA DE FOMENTO Y VIVIENDA | ||
Órgano Gestor: | 0268 | - D.G. DE INFRAESTRUCTURAS |
POSICIONES DEL EXPEDIENTE
E.F.C. Muestreo | Partida Presupuestaria Denominación Corta Denominación Larga Operación Comunitaria | Importe (eur.) |
2019 | 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 BIENES DESTINADOS AL USO GRAL. BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. | 9.246.876,83 |
2020 | 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 BIENES DESTINADOS AL USO GRAL. BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. | 10.916.007,08 |
2021 | 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 BIENES DESTINADOS AL USO GRAL. BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. | 10.916.007,08 |
2022 | 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 BIENES DESTINADOS AL USO GRAL. BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. | 10.916.007,08 |
2023 | 1600030268 G/51B/68700/00 01 2013000220 BIENES DESTINADOS AL USO GRAL. BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL. | 1.669.125,53 |
Nº Expediente: 2018/0121817656 Pág.: 1/ 2
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | 27/12/2018 | PÁGINA 1 / 2 |
VERIFICACIÓN | NJyGw25h9CvjmLPqQB2Q7WD23yUH12 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |
DOCUMENTO A | ||||
Ejercicio: | 2018 | Clase de Documento: | A2 | |
Entidad: | JDEA | Nº Expediente: | 0121817656 | |
Sociedad financiera: | 1000 | Nº Documento: | 0100008872 | |
Fecha de Grabación: | 20.12.2018 | Nº Alternativo: | ||
Fecha de Contabilización: | Nº Expediente Ref.: | / | ||
Den. Expediente: SERVICIOS DE CONSERVACIÓN EN TRAMOS DE CARRETERAS DE LA RED AUTONÓMICA Procedimiento: SERVIC Servicios Fase intervención: 0001 POR PROCEDIMIENTO ABIERTO |
Total (eur.): 43.664.023,60
DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS XXXXX XXXXXXX XXXXXX
Firmado electrónicamente el 20 de Diciembre de 2018
INTERVENTOR DELEGADO XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX
Nº Expediente: 2018/0121817656 Pág.: 2/ 2
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | 27/12/2018 | PÁGINA 2 / 2 |
VERIFICACIÓN | NJyGw25h9CvjmLPqQB2Q7WD23yUH12 | xxxxx://xx000.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxXxxxx |