CONTRATO DE SERVICIOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
Procedimiento: Irekia / Abierto Licitación exclusivamente electrónica
Contratación Pública en Euskadi
http: //xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/w32-home/es Ejie – Gestión del Servicio
Tlfs. de Soporte: 000 00 00 00
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Expediente nº: G/206/20/1/1386/O571/0000/092019 Objeto: “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA”
Contenido:
Cláusulas específicas del Contrato Condiciones generales
Anexos
ÍNDICE
CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN 5
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL 5
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 5
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO ¡Error! Marcador no definido.
5.- PRECIO Y PAGOS ¡Error! Marcador no definido.
6.- VIGENCIA DEL CONTRATO: DURACIÓN DEL CONTRATO O PLAZO DE EJECUCIÓN Y PRÓRROGA 7
8.- GARANTÍAS ¡Error! Marcador no definido.
9.- SEGUROS ¡Error! Marcador no definido.
10.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN 8
11.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 8
12.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES DEL CONTRATO Y OTRAS OBLIGACIONES
EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL 9
15.- COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA 10
16.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 10
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS 10
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO 10
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE
ADJUDICACIÓN ¡Error! Marcador no definido.
19.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Y REGISTROS ¡Error! Marcador no definido.
20.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN 13
21.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS 13
22.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 15
23.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE 18
24.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE 18
25.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA MEJOR
26.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO 20
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES 21
27.- CESIÓN DEL CONTRATO. Se prevén otros supuestos de cesión del contrato además de los previstos en la cláusula 35.1.1 de condiciones generales ¡Error! Marcador no definido.
28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES, MEDIOABIENTALES, Y RELATIVOS A OTRAS POLÍTICAS PÚBLICAS INCORPORADAS EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO ¡Error! Marcador no definido.
I.- OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO 22
2.- DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL 22
3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO 22
4.- INFORMACIÓN EN MATERIA FISCAL, MEDIO AMBIENTE, IGUALDAD DEL MUJERES Y HOMBRES, PROTECCIÓN DEL EMPLEO, CONDICIONES DE TRABAJO, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES E INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, OBLIGACIÓN DE CONTRATAR A UN NÚMERO O PORCENTAJE ESPECÍFICO DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD, Y PROTECCIÓN DE DATOS 22
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO, TRAMITACIÓN ANTICIPADA Y VALOR ESTIMADO 23
6.- PRECIO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO MÁXIMO LIMITATIVO DEL CONTRATO 23
8.- VIGENCIA DEL CONTRATO: PLAZO DE EJECUCIÓN O DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA 23
8.1.- Contratos de tracto único ¡Error! Marcador no definido.
8.2.- Contratos de tracto sucesivo 23
8.3.- Prórroga contratos de tracto sucesivo 23
10.- PERFIL DE CONTRATANTE Y CONSULTAS 24
11.- CONDICIONES PARA PARTICIPAR 26
12.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS 26
12.2.1.- Medios electrónicos 26
12.2.2.- Medios no electrónicos o en papel 27
12.4.- Comprobación de documentación 28
12.5.- Notificaciones y comunicaciones 28
12.5.1.-Actuaciones que son objeto de notificación y de comunicación 28
12.5.2.-Presentación de ofertas por medios electrónicos 28
12.5.3.-Presentación de ofertas por medios no electrónicos o papel 28
13.- SOBRE A «DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS».................................................................................................................................
13.1.- Relación de documentos que deben obrar en este sobre 28
13.2.- Acumulación de solvencia en el caso de UTEs 29
13.3.- Reglas específicas en cuanto al Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) 29
III.- APERTURA DE LOS SOBRES Y VALORACIÓN DE OFERTAS 30
14.- MOTIVOS DE RECHAZO DE OFERTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES 30
15. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO
16.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE MEDIANTE CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 30
16.2.- Supuesto general: evaluación por la mesa de contratación 30
16.3.- Supuesto excepcional: evaluación por comité de expertos u organismo técnico
17.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS 31
17.1.- Actuaciones previas a la apertura 31
17.1.1.- Se emplean criterios que exijan efectuar un juicio de valor 31
17.1.2.- No se emplean criterios que exijan efectuar un juicio de valor 31
17.2.- Apertura de sobres y lectura de ofertas 31
19.- CRITERIOS DE DESEMPATE 31
IV.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 33
20.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN 33
21.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN 33
22.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 34
23.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 34
V.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO… 35
24.- RESPONSABLE DEL CONTRATO 35
25.- EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS 35
25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones 35
25.6.- Responsabilidad de la contratista 36
25.7.- Indemnización en contratos de elaboración de proyectos de obras¡Error! Marcador no definido. 26.- MEDIOS EMPLEADOS EN LA EJECUCIÓN 36
26.1.- Compromiso de adscripción de medios 36
26.2.- Reglas específicas respecto del personal 37
26.3.- Información relativa a condiciones laborales 37
26.4.- Lugar de ejecución del contrato 37
26.6.- Subrogación de personas trabajadoras 38
27.- OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL, SEGURIDAD SOCIAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD
28.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN 39
28.2.- De tipo social o relativo al empleo 39
28.3.- Comprobación pagos a los subcontratistas y suministradores 39
29.- CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 39
29.2.- Tratamiento de datos de carácter personal 40
30.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Y DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL 40
30.1.- Propiedad de los trabajos 40
30.2.- Propiedad industrial e intelectual 40
32.1.- Certificación de servicios prestados o ejecutados 42
32.2.- Conformidad y registro de factura 42
33.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 43
34.1.- Comunicación al responsable del contrato ¡Error! Marcador no definido.
34.2.- Comprobación del cumplimiento de condiciones de pago a subcontratistas o
35.- CESIÓN DEL CONTRATO Y MODIFICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA UTE 44
35.2.- Modificación de los componentes de la UTE 45
VI.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO… 47
36.- CUMPLIMIENTO: ENTREGA, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN 47
36.1.- Entrega y comprobación del correcto cumplimiento 47
36.2.- Subsanación de defectos 47
37.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA 48
37.1.- Obligaciones de la contratista 48
37.2.- Devolución de la garantía 48
38.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 49
VII.- INCIDENCIAS Y REVISIÓN DE ACTOS. 50
39.1.- Prerrogativas del órgano de contratación 50
40.- RÉGIMEN DE REVISIÓN DE ACTOS 50
ANEXOS
CUADRO
RESUMEN ¡Error!
Marcador no definido.
CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN
1.1.- Definición:
“Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA para el Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital de OSAKIDETZA-Servicio vasco de salud”, en los términos que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en adelante PPTP.
1.2.- División por lotes:
NO, por lo que sólo puede haber un adjudicatario, ya que se trata de un servicio concreto a realizar en un único centro, y además la realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del Contrato dificultaría la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico. De hecho, la propia naturaleza del Contrato conlleva la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones que lo comprenden, cuestión que podría verse comprometida por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes.
1.3.- Código nomenclatura CPV:
Objeto | Código principal |
Servicio de Lavandería | 98312100-3 |
1.4.- Otros sistemas de clasificación de actividades: NO
1.5.- Categoría del servicio: Servicios de lavandería.
1.6.- Tracto: Sucesivo.
El número de unidades de prestación que integran el objeto del Contrato se define con exactitud: NO, es orientativo en base a años anteriores.
1.7.- Otras características específicas: NO
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL
Los indicados en la Cláusula 2 de las Condiciones Generales.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (LAS OFERTAS NO PUEDEN SUPERAR LOS IMPORTES TOTALES SEÑALADOS)
3.1.- El Presupuesto estimado de licitación del Contrato es de 557.480,00 euros (bienal), + 117.070,80 euros de IVA, resultando un importe total de 674.550,80 euros, (incluido el 21 % de IVA), y se imputa a las siguientes anualidades:
- Año 2.020: 278.740,00 euros (sin IVA)
- Año 2.021: 278.740,00 euros (sin IVA).
Precios determinantes:
SÍ, los precios son determinantes, es decir, es suficiente con que el importe unitario ofertado para un servicio de los que conforman el Presupuesto total [Ropa Plana (Kg.) / Ropa Forma (Unidad) / Ropa Lavado Especial (Kg.)] supere el Precio de licitación unitario de dicho servicio, para que la oferta completa quede excluida, aunque la suma de los importes ofertados por todos los artículos no supere el Presupuesto total. Tampoco podrá superarse en la oferta el importe máximo del Presupuesto estimado de licitación a nivel global.
Para su cálculo se han tenido en cuenta los costes y gastos indicados en el ANEXO I.1. de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en adelante PCAP.
3.2.- Aplicación presupuestaria: a los efectos de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP, por Osakidetza se cuenta con la aplicación precisa para hacer frente a los gastos derivados del Contrato.
3.3.- Tramitación anticipada: NO
3.4.- El gasto está cofinanciado: NO
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Para el cálculo del importe estimado del contrato se ha tenido en cuenta las previsiones de gasto en el periodo de ejecución del contrato, las posibles prórrogas y aquellas posibles modificaciones contractuales que puedan producirse por una variación de la actividad prevista por esta organización de servicios.
4.1.- El valor estimado del Contrato es de 1.114.960,00 euros, IVA excluido, para 2 (dos) años, más una prórroga de otros 2 (dos).
4.2.- Método de cálculo con precios sin IVA:
Presupuesto de licitación | 557.480,00 euros |
Importe de las modificaciones previstas | ---------------------- |
Importe de los premios o primas pagaderos a las licitadoras | ---------------------- |
Importe de las opciones eventuales | ---------------------- |
Prórroga del Contrato para 2 años más | 557.480,00 euros |
TOTAL VALOR ESTIMADO sin IVA | 1.114.960,00 euros |
5.- PRECIO Y PAGOS
5.1.- Sistema de determinación del precio: combinación de varias modalidades.
Las ofertas que superen el Presupuesto base de licitación (sin IVA), que es de
557.480,00 euros, serán rechazadas.
La oferta económica incluirá los siguientes conceptos:
a) Ropa plana (Kg.) b) Ropa Formal (Unidad) c) Ropa Lavado Especial (Kg.)
Precios unitarios. Estos precios tienen carácter de máximos, y en consecuencia, las ofertas que los superen serán rechazadas.
IMPORTE MÁXIMO DE LICITACIÓN (IVA EXCLUIDO)
C U A D R O E C O N Ó M I C O CON LOS DATOS DEL CONCURSO
El Presupuesto total para 2 años es de 557.480,00 euros (IVA excluido)
Unidades/Kg. BIENALES PRECIOS UNITARIOS IMPORTE MÁXIMO CONCEPTO ESTIMADAS MÁXIMOS IVA excluido BIENAL IVA excluido | ||||
Ropa Plana (Kg.) | 450.000 | 0,90 | 405.000,00 | |
Ropa Forma (Unidad) | 164.000 | 0,82 | 134.480,00 | |
Ropa Lavado Especial (Kg.) | 20.000 | 0,90 | 18.000,00 | |
TOTAL IMPORTE MÁXIMO LICITACIÓN BIENAL IVA EXCLUIDO 557.480,00 |
El gasto máximo estará constituido por el Presupuesto estimado de licitación, de tal forma que, si los precios unitarios ofertados son inferiores a los de licitación, pueda, en su caso, consumirse un número superior de unidades a las estimadas, siempre con el límite señalado para el Presupuesto estimado de licitación.
Los Kg./Unidades bienales estimados indicados en el Cuadro económico son orientativos en todo caso, siendo por ello el importe de adjudicación el mismo que el de licitación, resultando, en consecuencia, que el factor determinante desde el punto de vista económico sea el Precio unitario ofertado (IVA excluido) utilizado para elaborar la oferta económica, en la forma indicada en este PCAP. Por tanto, el número de Kg./Unidades consumibles será inferior o superior en función de las necesidades del Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital, y de los precios unitarios ofertados, con el límite global del importe de licitación/adjudicación, salvo modificación contractual del importe máximo.
Al estar una parte del presupuesto fijado por Kg./Unidades estimados de consumo, debe tenerse en cuenta que el gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales del Hospital, que por tanto, no queda obligado a demandar una determinada cuantía de Kg./Unidades, ni a gastar la totalidad del Presupuesto.
5.2.- Modalidad de pago del precio: pagos parciales, que se efectuarán con periodicidad de un mes, mediante factura mensual, una vez prestados los servicios, y tras conformidad con la factura recibida, todo ello dentro del plazo máximo previsto para cada momento en la ley aplicable. Además no se prevén abonos a cuenta.
5.3.- Existen operaciones preparatorias: NO
5.4.- Revisión de precios: NO, en los documentos contractuales de este Concurso se contienen todos los datos necesarios para que los licitadores puedan realizar con garantías sus ofertas, sin que sea necesario acudir al mecanismo de la revisión de precios como restaurador del equilibrio económico del Contrato.
5.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento o del incumpliendo de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: NO
5.6.- Número máximo de decimales en la oferta: los precios unitarios podrán ofertarse hasta con un máximo de 2 (dos) decimales. En caso de realizarse la oferta con un número de decimales mayor, se redondeará al número establecido.
6.- VIGENCIA DEL CONTRATO: SU DURACIÓN Y PRÓRROGA
6.1.- Duración total: 2 (dos) años iniciales, más una posible prórroga de otros 2 (dos). [Un máximo de 4 (cuatro) años en total].
6.2.- Fecha de inicio: 01 de enero de 2.020
6.3.- Plazos parciales: NO
6.4.- Prórroga del Contrato: SÍ, podrá prorrogarse por decisión unilateral de la Entidad Contratante.
- Duración de la prórroga: 2 (dos) años más.
NO existen en este caso.
8.- GARANTÍAS
8.1.- Garantía provisional: NO
8.2.- Garantía definitiva: SÍ, por un importe del 5% del importe de adjudicación IVA excluido.
8.3.- Garantía complementaria: NO
8.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: NO
8.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: NO
8.6.- Las garantías se constituirán a favor de:
Ente Público de Derecho Privado OSAKIDETZA-Servicio vasco de salud (Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital) con NIF S5100023J.
9.- SEGUROS
La contratista deberá tener los seguros obligatorios, así como el siguiente seguro específico cuya contratación debe acreditar antes de la formalización del Contrato:
- Tipo de póliza: Seguro de Responsabilidad Civil que garantice los daños personales y/o materiales, causados durante la ejecución del servicio contratado, en que pudiera incurrir el asegurado o sus empleados/as en el ejercicio de su actividad, y los perjuicios económicos que de ella se deriven.
- Condiciones específicas: acusado recibo de la notificación de la “Mejor Oferta”, y en todo caso con anterioridad a la formalización del Contrato, el adjudicatario deberá aportar copia de la póliza y del justificante de pago de la prima que acredite la contratación de una póliza de seguros que cubra la responsabilidad civil por un IMPORTE EQUIVALENTE AL DE LA LICITACIÓN, y con indicación expresa de su fecha de vencimiento, póliza que deberá mantenerse durante toda la ejecución del Contrato, caso de resultar adjudicatario.
10.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN:
NO procede en este Concurso.
11.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
11.1.- De tipo social o relativo al empleo:
11.1.1.- Las recogidas en la Cláusula 28.2 de las Condiciones Generales en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas de carácter social en la contratación pública (en materias de inserción laboral, de igualdad de género, en materia laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud en el trabajo, etc.).
Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo, la contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laboral y convenio colectivo correspondiente.
La empresa contratista adoptará cuantas medidas de seguridad e higiene en el trabajo fueran de pertinente obligación o necesarias en orden a la más perfecta prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
11.1.2.- En la ejecución del Contrato, la empresa contratista garantizará la igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, inserción laboral, clasificación profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad y estabilidad laboral, Prevención de Riesgos Laborales, duración y ordenación de la jornada laboral, todo ello según el artículo 202.2 de la LCSP y el Acuerdo del Consejo de Gobierno Xxxxx sobre incorporación de criterios sociales, ambientales y otras políticas públicas en la contratación de las administraciones de la CAE y su sector público.
Asimismo, durante la ejecución del Contrato, la empresa contratista mantendrá medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas adscritas a esta ejecución.
11.2.- De tipo medioambiental:
La ejecución del Contrato se realizará de la forma más respetuosa posible con el medio ambiente.
11.3.- De tipo ético: NO
11.4.- De tipo lingüístico:
Las establecidas en la Cláusula 28.1 de las Condiciones Generales. Este Contrato se halla sujeto al régimen de cooficialidad establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º, regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por su normativa de desarrollo.
A la empresa adjudicataria se le podrá exigir en cualquier momento, durante la vigencia del Contrato, los objetivos o requisitos marcados en el Plan de Normalización Lingüística de Osakidetza.
Salvo que del PPTP se derive que las características intrínsecas de la prestación objeto del Contrato exigen su realización necesaria y exclusivamente en otra u otras lenguas, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del Contrato, y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este Contrato.
En la ejecución del Contrato, han de observarse las concretas condiciones lingüísticas de ejecución establecidas en la correspondiente cláusula xxx Xxxxxx.
La documentación presentada deberá estar redactada en uno de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma (euskera x xxxxxxxxxx). En el caso de que se encuentre redactada en otra lengua, deberá acompañarse la correspondiente traducción oficial.
Además, en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se garantizará un uso no sexista del lenguaje en todos sus contenidos, y se fomentará una imagen con valores de igualdad, diversidad, pluralidad de roles y corresponsabilidad.
11.5.- Otras:
La adjudicataria deberá suscribir y presentar el compromiso de adscripción de medios y de cumplimiento de condiciones especiales de ejecución recogido en el anexo correspondiente.
12.1.- Obligaciones contractuales esenciales:
12.1.1.- Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la Cláusula 11 de las específicas del Contrato.
12.1.2.- Adscribir a la ejecución del Contrato los medios indicados, en su caso, en el cuadro de la declaración responsable que figura en el ANEXO II-2. “Compromiso de adscripción de medios” de este PCAP, así como aquellos medios humanos y/o materiales cuya posesión y/o disponibilidad, en su caso, se hayan acreditado en el procedimiento de adjudicación a efectos de cumplir los requisitos de solvencia técnica o profesional.
12.1.3.- La obligación de realizar la propia contratista determinadas partes de la prestación o trabajos concretos de conformidad con las Cláusulas 14.1 y 18.3 de las específicas del Contrato.
12.1.4.- Las condiciones para proceder a la subcontratación, indicadas en la Cláusula 14.1 de las específicas del Contrato, NO proceden en este Concurso.
12.1.5.- La adjudicataria no podrá utilizar el servicios e instalaciones del Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital para ningún otro uso que no sea el del objeto de este Contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye
infracción grave a efectos del art. 71.2.c) de la LCSP.
12.2.- Otras obligaciones en materia medioambiental, social o laboral:
12.2.1.- Obligaciones en materia medioambiental: el adjudicatario se comprometerá a cumplir las normas y requisitos medioambientales establecidos por el Hospital, y a minimizar los impactos medioambientales derivados del ejercicio de su actividad colaborando con el Centro en el cumplimiento de su política y normas medioambientales.
12.2.2.- Obligaciones en materia social o laboral:
12.2.2.1- Cumplir las condiciones salariales de las personas trabajadoras conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, a los efectos del art. 122.2 de la LCSP y a lo dispuesto en la Cláusula 11.1 de estas condiciones específicas según ANEXO VI.3.
Los trabajadores de la empresa adjudicataria deberán tener garantizado, como mínimo, en materia retributiva y de condiciones de trabajo, el convenio que les sea de aplicación por razón de su actividad.
12.2.2.2- La prestación de los servicios objeto del presente Concurso estará sujeta en todo momento, a la legislación y reglamentación vigente en cada momento, y que de cualquier manera pueda afectar al servicio y su desarrollo. En todo caso, la prestación del servicio se realizará con estricto cumplimiento de la legislación vigente, así como cualquier otras normas (legales o reglamentarias) de desarrollo o modificación que puedan ser aprobadas en un futuro. En el mismo sentido, será de obligado cumplimiento toda aquella legislación o reglamentación, que aún sin ser estrictamente referida al objeto del Contrato, pueda regular o afectar a la prestación del mismo.
13.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la Cláusula 31.1 de las Condiciones Generales:
SÍ, en la Cláusula 14 del PPTP.
13.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el art.
193.3 y 193.4 de la LCSP por demora en el cumplimiento de plazos: NO
NO se admite en este Concurso.
15.- COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
15.1.- Forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación:
Informe de comprobación del Responsable del contrato.
15.2.- Plazo para la recepción: ---
15.3.- Existen recepciones parciales: SÍ, con carácter diario.
15.4.- Plazo de garantía: SÍ, el de la duración del Contrato. Para la cancelación de la fianza será preciso haber cumplido satisfactoriamente y liquidado todas las obligaciones contractuales, con lo que entonces se podrá solicitar el Visto Bueno del Hospital Gorliz
/ Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital.
16.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
NO se da la posibilidad de modificar el Contrato.
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS
En la Cláusula 14 del PPTP se establecen causas de resolución adicionales a las previstas en la Cláusula 38 de las Condiciones Generales.
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO
18.1.- Obligación de la contratista de presentar el Programa de trabajo que dispone la Cláusula 25.2 de las Condiciones Generales:
SÍ, Programa de trabajo que además en este caso reviste la condición de documento contractual.
18.2.- Se establecen las medidas especiales adicionales de tratamiento de datos de carácter personal a que se refiere el apartado 2) de la Cláusula 29.2.d) de las Condiciones Generales: NO
18.3- Se exige qué partes de la prestación o trabajos concretos sean realizados por la propia contratista de conformidad con lo dispuesto en el art. 75.4 de la LCSP:
Sí, todas las partes y trabajos.
En caso de unión temporal de empresas, NO se establece la obligación de que dichas partes o trabajos sean realizados por un miembro concreto.
18.4- Otras:
18.4.1.- REPRESENTANTE DEL SERVICIO:
Para supervisar la asistencia del personal al trabajo, así como su eficacia y, al propio tiempo, para mantener un permanente contacto con el Hospital, la adjudicataria designará un representante con poderes suficientes para la resolución inmediata de cuantos defectos e incidencias sean observados en la prestación del servicio, siempre que no supongan modificaciones del mismo no autorizadas.
18.4.2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES:
18.4.2.1.- El adjudicatario deberá cumplir todas las disposiciones legales y administrativas de aplicación en materia de Seguridad e Higiene y Salud en el Trabajo que estén en vigor durante la ejecución del Contrato, siendo el responsable exclusivo de su aplicación y de las condiciones derivadas de su incumplimiento.
18.4.2.2.- El Servicio de Prevención de la empresa adjudicataria, deberá canalizar la documentación prevista en el art. 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en adelante LPRL, “Coordinación de actividades empresariales”, entre los servicios de Prevención de Riesgos Laborales, en adelante PRL, 21del Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital y la empresa adjudicataria, según el “Procedimiento de coordinación de actividades empresariales de Osakidetza (P-PRL05_01)”.
Asimismo la adjudicataria, tras la formalización del Contrato, deberá presentar el “Plan de Seguridad y Salud y de Riesgos Laborales” para sus actividades en el Hospital, plan que incluirá el envío de los siguientes documentos, de acuerdo con la normativa vigente en cada momento:
La Relación de su personal para este Centro con sus nombres completos y números de DNI de cada uno
La Formación en PRL del personal del punto anterior con los certificados acreditativos de sus cursos
Documentos de Seguridad Social de ese mismo personal
Vigilancia de la Salud: el inicial y las renuncias, si procediera
EPIs para el trabajo a desarrollar en este Hospital
Ficha de datos de empresa externa “Documento A2” debidamente cumplimentado
Carta acuse de recibo “Documento C” también debidamente cumplimentado
Evaluación de Riesgos específicos y medidas preventivas para Gorliz
Un Protocolo específico del trabajo a realizar en este Centro en concreto.
18.4.2.3.- El adjudicatario del Contrato es responsable de transmitir y hacer cumplir a su personal, toda normativa oficial vigente, tanto general como propia de su oficio en materia de seguridad y salud laboral, así como la específica del Hospital.
18.4.2.4.- El Técnico de Prevención designado por el Centro podrá inspeccionar y controlar el cumplimiento, por parte del contratista, de la normativa de PRL y de estas disposiciones, sin que tal facultad exonere al adjudicatario de la exclusiva responsabilidad que le incumbe sobre la aplicación de dicha normativa. A estos efectos el contratista proporcionará todas las facilidades que fueran necesarias.
18.4.2.5.- La empresa adjudicataria realizará una coordinación activa con el Hospital, en distintos niveles de acción, según el “Procedimiento Coordinación de Actividades con Contratas/Subcontratas del Sistema de Gestión de PRL de Osakidetza”, que consistirá en:
1. Intercambio de información en materia de PRL.
2. Designación de interlocutor en prevención.
3. Reuniones, previas y/o periódicas, de coordinación entre el Hospital y la adjudicataria.
El adjudicatario se acomodará en todo momento a las directrices que marque la Dirección del Centro en orden a la orientación general del servicio, así como a las prioridades que en cada momento puedan establecerse.
18.4.3.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:
Todas las empresas que presenten sus candidaturas de ofertas para la prestación de servicios a el Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital, deberán cumplir con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en adelante LOPDP-gdd, y con el Reglamento General de Protección de Datos, Reglamento (UE) 2016/679, en adelante RGPD.
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
19.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Y REGISTROS
19.1.- Poder adjudicador: Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud (Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital).
19.2.- Identificación de órganos:
19.2.1.- Órgano de Contratación: Kudeatzaile Zuzendaria / Directora Gerente.
19.2.2.- Órgano destinatario: Dirección Económico-Financiera del citado Hospital.
--------------------------------------------------------------------------------------
-- | OFICINA CONTABLE | Código DIR3 UNIDAD TRAMITADORA | ÓRGANO GESTOR |
A16005975 | A16007507 | A16007507 |
--------------------------------------------------------------------------------------
-
19.2.3.- Responsable del contrato: El JEFE DE SERVICIOS GENERALES del Centro.
19.2.4.- Órgano competente en materia de contabilidad pública: Subdirección de Gestión Presupuestaria de Osakidetza.
19.2.5.- Central de Contratación: El Órgano adjudicador NO actúa para otra entidad.
19.2.6.- Composición de la Mesa de Contratación: Mediante Resolución 141/2019, de 5 de febrero, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el Boletín Oficial del País Xxxxx nº 52, de 14 xx xxxxx de 2019, y que es la siguiente,
--------------------------------------------------------------------------------------------
Cargo en la Mesa Cargo en H. Gorliz Nombre
Presidente Titular Dtor. Económico Financiero Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Suplente Directora de Enfermería Xxxx Xx Xxxxxx Xxxxxx
Vocal 1ª Titular Técnica Superior Económica Xxxxxx Xxxx Xxxxxx
Suplente Aux. adtvo. Dep. Contabilidad Xx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx
Vocal 2ª Titular Jefa de Compras Xx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Suplente Aux. adtvo. Dep. Xxxxxxx Xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx
Secretario Titular Técnico Superior Jurídico Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
Suplente Técnico Superior Jurídico Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
-------------------------------------------------------------------------------------------
-
19.2.7.- Comité de expertos/organismo técnico especializado: NO procede en este caso.
19.3.- Unidad administrativa encargada de tramitar el procedimiento de adjudicación:
Departamento de Contratación administrativa del Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea
/ Gorliz Hospital.
19.4.- Contacto para atender consultas sobre aspectos técnicos:
- dirección de correo electrónico: XXXXXXX.XXXXXXXXXXXXXXX@xxxxxxxxxx.xxx
- nº de teléfono: 000.000.000
19.5.- Contacto para atender consultas sobre aspectos jurídicos:
- dirección de correo electrónico: XXXXX.XXXXXXXXXXXXXX@xxxxxxxxxx.xxx
- nº de teléfono: 000.000.000
19.6.- Registros:
19.6.1.- Registro de presentación de ofertas: Registro Telemático de Contratación Electrónica (ver Cláusula 12.2.1 de las Condiciones Generales).
19.6.2.- Registro de presentación de certificaciones y facturas: La facturación se dirigirá a la Administración del Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital a mes vencido. El pago se realizará según la legislación aplicable.
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----
GESTOR
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Código DIR3
OFICINA CONTABLE UNIDAD TRAMITADORA ÓRGANO
A16005975 A16007507 A16007507
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20.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
20.1.- Contrato sujeto a regulación armonizada: SÍ
20.2.- Tramitación: Arrunta / Ordinaria.
20.3.- Procedimiento: Irekia / Abierto.
20.4.- Información sobre la división en lotes: NO procede.
20.5.- Adjudicación compartida: NO
20.6.- Medios de tramitación: exclusivamente electrónicos.
20.7.- Subasta electrónica: NO
20.8.- Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de inserción social y empresas de inserción o incluido en el marco de programas de empleo protegido: NO
20.9.- Contrato reservado a determinadas organizaciones por tratarse de un contrato de servicios de carácter social, cultural o de salud de conformidad con la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP: NO
21.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
21.1.- Obligación de disponer de unos requisitos mínimos de solvencia: SÍ, de conformidad con la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
21.2.- Solvencia: Los operadores económicos deben disponer de la siguiente solvencia, salvo que opten por sustituirla por la clasificación indicada en la Cláusula 21.3 de las específicas del Contrato:
Económica y financiera.
Requisito:
Declaración de cifra de negocios, referida al mejor ejercicio dentro de los 3 (tres) últimos anteriores, que deberá ser igual o superior a una vez y media la anualidad media del presente Contrato.
Técnica o profesional.
Requisito:
Relación de los principales servicios realizados en los últimos 3 (tres) años concluidos, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos.
En el caso de operadores económicos de nueva creación [antigüedad inferior a 5 (cinco) años] deberán disponer de la siguiente solvencia técnica o profesional:
Declaración de cifra de negocios y Relación de los principales servicios realizados desde su creación, a los que se aplicarán reglas temporales analógicas asimiladas a las de las demás empresas presentadas.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo de la Cláusula 11.4 de las Condiciones Generales, estos requisitos de solvencia deben ser acreditados solamente por la licitadora que haya presentado la “Mejor Oferta” mediante los documentos indicados en la Cláusula 25.1 de las específicas del Contrato.
21.3.- Clasificación:
Se podrá sustituir la solvencia exigida en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato por la clasificación que se indica a continuación,
Para ello se debe disponer de la clasificación indicada en la letra a) o bien de la recogida en la letra b):
a) Clasificación otorgada de acuerdo con el Real Decreto 773/2015, Grupo: Subgrupo: Categoría:
b) Clasificación otorgada de acuerdo con la regulación anterior al Real Decreto 773/2015,
Grupo: U Subgrupo: 2 Categoría: B o superior
Debe indicarse la clasificación de la que se dispone en la Sección A de la parte II del
DEUC.
21.4.- Habilitación empresarial o profesional: SÍ
21.4.1.- Habilitación empresarial o profesional exigible:
La exigida por la normativa aplicable a la realización de la actividad o prestación contractual.
21.4.2.- Momento en que se ha de disponer de la habilitación:
Con carácter previo a la formalización del Contrato.
21.5.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación:
SÍ, conforme al art. 76.1 de la LCSP.
21.6.- Adscripción obligatoria de medios:
SÍ, de conformidad con el Cuadro “Compromiso de adscripción de medios” del
ANEXO II.2. de este PCAP.
La efectiva disponibilidad de estos medios debe ser acreditada solamente por la licitadora que haya presentado la ”Mejor Oferta” mediante los documentos indicados en la Cláusula 25.2 de las específicas del Contrato.
22.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
22.1.- Existe un único criterio de adjudicación: NO
22.2.- Existe una pluralidad de criterios de adjudicación: SÍ
Se valorarán los siguientes aspectos de los criterios de adjudicación,
22.2.1.- Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor Ponderación total: 40 (cuarenta) puntos
Será de obligado cumplimiento por parte de los licitadores, la presentación de su oferta de forma clara. La propuesta deberá ser lo más concisa posible, y sólo cuando fuera necesario detallar algún aspecto relevante y diferencial de la oferta se indicará expresamente, evitando reiteraciones innecesarias.
Se valorará hasta 40 puntos sobre 100 los aspectos de los criterios que debajo de detallan.
Para ello, las empresas deberán presentar perfectamente ordenada y clasificada por criterio la documentación referida a los criterios en los que deseen puntuar, con la información requerida.
Documentación a incluir en el “Sobre C”:
Criterio 1: Programa de Trabajo
Ponderación: 20 (veinte) puntos
Descripción del método de valoración del Criterio:
Se detallará en este apartado el Programa de Trabajo puesto en relación con el resto de documentación técnica exigida que responda al contenido de la prestación del servicio de este Pliego, con el que se pretende atender las exigencias del objeto de contratación. Particularmente deberán recoger,
- Procedimiento de actuación: describe el procedimiento ante las características específicas del edificio donde se prestará el servicio.
- Recursos para la ejecución del servicio: conjunto de medios humanos y materiales, suficientes y adecuados a las necesidades del Centro y del servicio.
Procesos xx xxxxxx y planchado:
Descripción del proceso xx xxxxxx, planchado de cada tipo de prenda, indicando las características para cada fase, productos empleados, tiempos y temperaturas, aportando las fichas de los diferentes procesos xx xxxxxx y planchado para túnel y lava-centrífuga, así como las fichas de seguridad de los productos utilizados en los procesos y los consumos en Kwh de los equipos empleados así como la clasificación energética: 10 (diez) puntos.
Características del empaquetado, transporte y entrega-recogida de ropa:
Descripción organizativa del programa propuesto para la entrega y recogida de ropa en el Hospital, describiendo los procesos de entrega y recogida, incluyendo los fines de semana. Se indicará, así mismo, el personal asignado a estas tareas y soluciones alternativas. Se detallarán propuestas de entrega de ropa limpia empaquetada de manera respetuosa con el
medioambiente (materiales reciclables u otros) evitando en lo posible realizarla en plástico: 5 (cinco) puntos.
Garantía de funcionamiento en situaciones de emergencia:
El adjudicatario aportará un plan de contingencias en el que se reflejarán las medidas a adoptar en casos de emergencias. Se valorarán las características de lavanderías de apoyo propias o ajenas en las que podría desarrollarse el trabajo garantizando la continuidad del mismo y el tiempo de respuesta en caso de emergencias y un plan de actuación ante necesidad de suministro urgente de prendas lavadas: 5 (cinco) puntos.
Criterio 2: Implantación de un sistema de lectura de prendas de uniformidad
Ponderación: 10 (diez) puntos
Descripción del método de valoración del Criterio:
Se valorará toda aquella incorporación tecnológica que permita la mejora de la gestión y control de cada una de las prendas de uniformidad del personal, incluidas en el alcance del presente Pliego, mediante un chip o dispositivo electrónico legible a través de los dispositivos de lectura adecuados y software para la gestión automatizada.
Ha de indicarse expresamente la tecnología a instalar, ficha técnica, de uso de seguridad y plazo de instalación. La oferta debe incluir, por tanto, el suministro y la colocación de chips o dispositivos en las prendas de uniformidad y el equipamiento necesario para la correcta prestación del servicio (túnel de entrada y salida de mercancía). La instalación, puesta en marcha y mantenimiento de los sistemas y equipos necesarios para funcionamiento de este equipamiento serán por cuenta de la empresa adjudicataria.
Incluiría, por tanto, en el alcance de la prestación, el suministro y colocación de dichos dispositivos en las prendas, el Software y equipamiento necesarios para la correcta prestación del servicio y otros complementos necesarios (ordenadores, tabletas, lectores de códigos, antenas, lectores xx xxxx, etc.) para el correcto funcionamiento del sistema de gestión.
El adjudicatario se haría cargo del mantenimiento preventivo y correctivo de todos los equipamientos y programas de gestión de la incorporación tecnológica presentada.
Se valorará que el software presentado permita de forma rutinaria la exportación e intercambio de datos con sistemas de proceso de datos estándar como Excel, Access, SQL, etc. Dicho Software deberá estar validado por el servicio de informática del Hospital y cumplir la legislación vigente en materia de protección de datos (LOPDP-gdd y RGPD).
La empresa adjudicataria adaptará la tecnología de los equipamientos que se implanten al software instalado en Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital para la gestión de lencería.
Criterio 3: Implantación de un sistema de marcaje de uniformes
Ponderación: 10 (diez) puntos
Descripción del método de valoración del Criterio:
Se valorará toda aquella incorporación tecnológica que permita la modernización de los elementos de marcado de las prendas de uniformidad mediante etiqueta visible en la
chaqueta, pantalón, bata, camisa, casaca, etc. del nombre, categoría profesional, etc. del personal del Hospital que precisa de uniformidad incluyendo al personal de nueva incorporación, así como las reposiciones de etiquetas deterioradas o pérdidas sin coste alguno para el Centro contemplándose la instalación del software y equipo necesario en el Hospital.
El adjudicatario se haría cargo del mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento y programas de gestión de la incorporación tecnológica presentada.
22.2.2.- Criterios evaluables automáticamente por fórmulas
Documentación a incluir en el “Sobre B”:
Criterio 4: Precio de licitación
Ponderación: 60 (sesenta) puntos
De acuerdo con lo establecido en la LCSP, para calcular el importe de licitación se han tenido en cuenta los precios actuales xx xxxxxxx, una vez analizado el mismo, y según datos estadísticos acumulados, siendo éste el adecuado para el efectivo cumplimiento del Contrato.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN | PUNTOS MÁXIMOS |
PRECIO | 60 |
Se valorarán las ofertas que mejoren o igualen las condiciones económicas iniciales del importe de licitación, excluyéndose aquellas que superen el importe máximo de referencia IVA excluido (Total importe máximo de Licitación bienal IVA excluido).
Fórmula: para la correcta estimación económica de las ofertas se ha establecido una fórmula, ajustada a la realidad xxx xxxxxxx, por la que la puntuación obtenida se determina según una regla preestablecida, que además asigna el máximo de puntos a la oferta más barata.
Se valorará con 60 puntos la oferta más económica, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación del resto en base a la fórmula.
La oferta cuyo importe sea superior al de licitación se valorará con cero puntos. No se podrá superar los precios unitarios indicados en el Cuadro económico.
Las ofertas no podrán superar los precios unitarios por unidad de prenda o uniforme.
Las ofertas económicas se realizarán con un máximo de 2 (dos) decimales.
Se aplicará la siguiente fórmula:
Fórmula: [(C : B) x 0,25 + ((D - B) x 0,75) : (D - C)] x A
Descripción:
A = Puntos máximos (PUNTMAX)
B = Oferta de cada licitadora (OFERN)
C = Oferta más baja de las presentadas (XXXXXXX) D = Precio base de licitación (PRLIC).
SI B > D, se le asigna cero puntos.
Se redondea al entero más próximo.
El Precio (Total importe máximo de Licitación bienal IVA excluido), además, deberá ofertarse desglosado en Ropa Plana (precio/Kg), Ropa Forma (precio/Unidad) y Ropa Lavado Especial (precio/Kg.), excluyéndose aquellas ofertas que superen los precios unitarios máximos de referencia IVA excluido para cada concepto.
22.3.- Ofertas anormalmente bajas:
Se establecen los siguientes parámetros o límites para su apreciación,
22.3.1.- En cuanto al precio:
Parámetros objetivos que permitan apreciar su carácter anormal, que sean detectables a simple vista, y además cuantificables por sencillos métodos de lógica, matemáticas y sentido común.
22.3.2.- En cuanto a la oferta considerada en su conjunto:
Parámetros objetivos que permitan apreciar su carácter anormal, que sean detectables a simple vista, y además fácilmente calificables según los criterios establecidos en estos Pliegos.
23.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE
No se establecen. Se aplicarán los criterios de desempate recogidos en la Cláusula 19 de las Condiciones Generales, que son las que señala el artículo 147.2 de la LCSP.
24.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE
Los documentos exigidos para tomar parte en el procedimiento se presentarán dentro de los archivos o sobres electrónicos que se indican a continuación,
24.1.- “SOBRE A”: <DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS>
En este sobre se deben presentar, de los documentos que se indican en la Cláusula 13.1 de las Condiciones Generales, en principio sólo el que se cita a continuación, salvo aquellas licitadoras que incurran en alguna de las especificidades posibles previstas en esa Cláusula:
Respecto a la parte IV del DEUC, el operador económico cumplimentará la Sección
.
24.2.- “SOBRE B”: <OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE A TRAVÉS DE FÓRMULAS>
En este sobre debe presentarse el siguiente documento DE CARÁCTER OBLIGATORIO:
Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.1. de este
PCAP. La oferta económica vendrá desglosada por precios unitarios.
24.3.- “SOBRE C”: <OFERTA PARA CUYA EVALUACIÓN SE REQUIERE EFECTUAR UN JUICIO DE VALOR>
En este sobre deben presentarse los siguientes documentos CON CARÁCTER OBLIGATORIO:
Toda aquella documentación relativa al cumplimiento de bases técnicas y toda aquella acreditativa para la valoración de los criterios basados en juicios de valor.
Criterio al que se asocia: Valoración técnica y de calidad.
La documentación aportada deberá ser fácilmente identificable mediante índice y/o paginación.
Extensión: la mínima imprescindible para su correcta comprensión. Los documentos deberán permitir copia de los mismos.
Este “Sobre C” contendrá, de forma concisa, la documentación necesaria para llevar a cabo el proceso de valoración de la oferta en sus aspectos técnicos. Deberá presentar una memoria individualizada, e indexada, referida a cada uno de sus aspectos a valorar. No se tendrán en cuenta aquellos aspectos susceptibles de puntuación que se encuentren fuera de la memoria de cada uno de los criterios a valorar.
Deberá presentarse en el “Sobre C” la siguiente documentación:
A) La documentación técnica que deberá adjuntarse en este Sobre, y que se detalla a continuación, pese a no ser valorada mediante un juicio de valor, tiene por objeto verificar el grado de coherencia con el resto de la documentación presentada con un máximo de 100 páginas, en total, para los apartados a) y b) a tamaño y tipo de letra que permita una lectura cómoda. En el caso de que algún licitador presente más de 100 páginas para el total de los apartados a) y b), sólo serán objeto de lectura las 100 primeras, por lo que deberá presentarse la documentación con páginas numeradas,
a) Infraestructura de empresa
Capacidad productiva, tipo de maquinaria y recursos humanos: descripción de la planta donde se procesará la ropa, ubicación de la misma, así como sus características constructivas, sobre todo en lo referente para asegurar las condiciones higiénicas del proceso.
Descripción del sistema de transporte, indicando las características de los vehículos y todos los elementos y procedimientos utilizados para el transporte.
b) Medidas de control en los procesos de lavandería y mantenimiento y limpieza de carros
Controles bacteriológicos: se deberán documentar los controles bacteriológicos que se realizarán para garantizar la termo-desinfección durante el proceso xx xxxxxx, y frecuencia de los mismos.
Barrera Sanitaria: se deberán documentar las medidas adoptadas para garantizar la Barrera Sanitaria al objeto de impedir la re-contaminación de la ropa ya lavada y desinfectada, tanto durante el lavado como durante el transporte y almacenamiento.
Mantenimiento y limpieza de carros: descripción del proceso utilizado para la limpieza de carros / jaulas, así como el programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los mismos.
Fichas técnicas de los productos utilizados en el proceso xx xxxxxx de ropa: en ningún caso deben contener excipientes que resulten agresivas para la piel del paciente.
Confidencialidad: en caso de declararse confidencial algún documento, deberá rellenarse a tal efecto el anexo correspondiente de este PCAP.
Antes de emitirse el Informe Técnico, partiendo de la base de la inmutabilidad de la oferta, el personal técnico designado podrá solicitar al licitador las aclaraciones pertinentes que considere oportunas.
La presentación en el “Sobre C” de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas, conllevará el rechazo de la oferta presentada por esa licitadora.
B) La susceptible de evaluación mediante un juicio de valor (Ver Cláusula 22.2.1 de este
PCAP).
24.4.- Se admiten variantes: NO
25.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA “MEJOR OFERTA”
Junto con el resto de documentación indicada en la Cláusula 21.1 de las Condiciones Generales, se deben presentar, en su caso, los siguientes documentos:
25.1.- Documentos al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera, y de solvencia técnica o profesional recogidos en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato:
SÍ, los siguientes, salvo que se haya sustituido la solvencia por la clasificación indicada en la Cláusula 21.3 de las específicas del Contrato,
Solvencia económica y financiera:
El volumen (cifra) de negocios se acreditará mediante una declaración responsable del representante legal de la empresa.
Solvencia técnica o profesional:
Declaración responsable de los principales servicios realizados en los últimos 3 (tres) años, análogos al objeto de la contratación, y que incluya importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.
25.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos a los que se refiere la Cláusula 21.6 de las específicas del Contrato:
El Anexo II.2. “Compromiso de adscripción de medios” de este PCAP.
26.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO
26.1.-Información adicional sobre los Pliegos y documentación complementaria: 26.1.1.- Fecha límite para su solicitud: 3 días hábiles anteriores a la fecha límite para la
presentación de ofertas.
26.1.2.- Fecha límite para su obtención: hasta el último día de presentación de esas mismas ofertas.
26.1.3.- Carácter vinculante de las aclaraciones sobre los Pliegos o resto de la documentación: tanto para el Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital como para los licitadores lo tendrán aquellas aclaraciones que por reiteradas, o por considerarse que tienen entidad suficiente, sean públicas en el Perfil de Contratante del Gobierno Xxxxx.
26.2.- Se prevé una forma específica de compensación para los casos de renuncia a la celebración del Contrato y de desistimiento del procedimiento por el poder adjudicador: NO
26.3.- Plazo máximo para adjudicar el Contrato distinto al establecido en el art.
158.2 de la LCSP: NO
26.4.- Documentación adicional a la indicada en la Cláusula 23.1 de las Condiciones Generales a presentar con carácter previo a la formalización: NO
26.5.- 26.5.- Disposición aclaratoria: en los supuestos no previstos, y en aquellos otros que, de algún modo puedan resultar confusos o contradictorios a la vista de los diferentes documentos del Expediente, la Mesa de Contratación y/o el Órgano de Contratación propondrán y/o resolverán, de acuerdo con la prerrogativa de la Administración en lo referido a la interpretación de los contratos administrativos, y sometido en todo caso a la salvaguarda del interés público y la legislación vigente, mediante la aplicación del principio de jerarquía normativa emanada del sistema xx xxxxxxx del Derecho.
27.- CESIÓN DEL CONTRATO
NO están previstos otros supuestos de cesión del Contrato aparte de los de la Cláusula 35.1.1 de las Condiciones Generales.
28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES, MEDIOABIENTALES Y RELATIVOS A OTRAS POLÍTICAS PÚBLICAS INCORPORADAS EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO
ASPECTOS | SOCIALES O RELATIVOS AL EMPLEO | MEDIOAMBIENTALES | LINGÜÍSTICOS | |||
EN PARTICULAR | OTROS | |||||
Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de Riesgos Laborales | ||||
Objeto del contrato | BAI / SÍ | BAI / SÍ | BAI / SÍ | |||
Requisitos de solvencia | ||||||
Especificaciones técnicas | BAI / SÍ | |||||
Criterios de adjudicación | BAI / SÍ | |||||
Condiciones especiales de ejecución | BAI / SÍ | BAI / SÍ | BAI / SÍ | BAI / SÍ | BAI / SÍ | BAI / SÍ |
Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXXX / SECRETARIO de la Mesa de Contratación
XXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXX XXXXXXXXX
Fecha: 2019.10.13 19:03:15 +02'00'
Iz/Fdo.- XXXXX XXXXX XXXXXXXXX
I.- OBJETO Y CUESTIONES GENERALES DEL CONTRATO
El objeto del Contrato es el que se indica en la Cláusula 1 de las específicas del Contrato, y se define en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en adelante PPTP.
El CPV y la categoría de servicios en que se encuadra la prestación se señalan respectivamente en las Cláusulas 1.3 y 1.5 de las específicas del Contrato.
Cuando el Contrato sea de tracto sucesivo, y el número de unidades de prestación que integran su objeto no se defina con exactitud, las unidades de prestación que deberá ejecutar la contratista serán las que demande el poder adjudicador.
2.- DOCUMENTOS DE CARÁCTER CONTRACTUAL
Tienen carácter contractual los siguientes documentos:
a) El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en adelante PCAP.
b) El PPTP.
c) El documento de formalización del Contrato.
d) El Programa de Trabajo, tal y como se explicita en la Cláusula 18.1 de las específicas del Contrato.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
3.1.- El Contrato es de naturaleza administrativa y se rige por las normas y documentos señalados a continuación.
3.2.- Para lo no previsto en los documentos contractuales el Contrato se regirá por:
a) La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP.
b) El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP.
c) El Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en cuanto no se oponga a lo previsto en la LCSP.
d) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
e) Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que le resulten aplicables.
Supletoriamente, se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
3.3.- Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en los documentos contractuales.
El desconocimiento de lo establecido en dichos documentos no exime a la contratista de la obligación de su cumplimiento y la presentación de oferta supone la aceptación incondicionada por la licitadora de todas sus cláusulas, sin salvedad o reserva alguna.
En los siguientes organismos se puede obtener información de las obligaciones y disposiciones vigentes en relación con:
4.1.- Igualdad de mujeres y hombres: Organismo Autónomo EMAKUNDE-Instituto Xxxxx de la Mujer.
4.2.- Fiscalidad: Haciendas Forales de los Territorios Históricos xx Xxxxx, Bizkaia y Gipuzkoa y de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx; y Agencia Estatal de Administración Tributaria.
4.3.- Protección del medio ambiente: Sociedad Pública IHOBE.
4.4.- Protección del empleo, condiciones de trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, en adelante PRL: Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia e Instituto Xxxxx de Seguridad y Salud Laborales OSALAN.
4.5.- Inserción socio-laboral de las personas con discapacidad y obligación de contratar un número o porcentaje específico de personas con discapacidad: Organismo Autónomo LANBIDE.
4.6.- Protección de datos: Agencia Vasca de Protección de Datos de Euskadi.
5.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO, TRAMITACIÓN ANTICIPADA Y VALOR ESTIMADO
5.1.- El Presupuesto base de licitación del Contrato es el que figura en la Cláusula 3.1 de las específicas del Contrato, y se distribuye en las anualidades y lotes, en su caso, fijados en dicha Cláusula.
5.2.- En la aplicación presupuestaria indicada en la Cláusula 3.2 de las específicas del Contrato existe
crédito preciso para atender a las obligaciones derivadas del Contrato.
5.3.- El Expediente no es de tramitación anticipada según la Cláusula 3.3 de las específicas del Contrato.
5.4.- El Valor estimado es el que figura en la Cláusula 4 de las específicas del Contrato.
6.- PRECIO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO MÁXIMO LIMITATIVO DEL CONTRATO
6.1.- Contrato con determinación de precio mediante precios unitarios: en los contratos en que la determinación del precio se efectúa a través de precios unitarios correspondientes a los distintos componentes de la prestación, unidades de ejecución o prestación o unidades de tiempo:
a) Cuando el número de unidades que integran el objeto se defina con exactitud, el precio será el resultado de multiplicar el precio unitario ofertado por la adjudicataria por el número de unidades.
b) Cuando el número de unidades que integran el objeto no se defina con exactitud:
1) El precio de cada unidad será el ofertado por la adjudicataria.
2) Se establecerá el Presupuesto máximo limitativo del Contrato. Este presupuesto podrá ser igual al Presupuesto base de licitación o, en el supuesto de que la adjudicataria haya ofertado una reducción de los precios unitarios de licitación, podrá ser reducido en la proporción que determine el Órgano de Contratación.
En este caso, el gasto efectivo de este presupuesto está condicionado por las necesidades reales del poder adjudicador, que no queda obligado a demandar un determinado número de unidades, ni a gastarlo en su totalidad.
6.2.- El precio o presupuesto máximo limitativo del Contrato se determinará en la resolución de adjudicación, con indicación del IVA como partida independiente y, en su caso, de su distribución plurianual.
6.3.- El precio o precios del Contrato incluye/n todos los tributos, tasas y cánones aplicables así como cualquier otro gasto que derive del cumplimiento de las condiciones contractuales.
No cabe la revisión de precios por no estar indicada en la Cláusula 5.4 de las específicas del Contrato.
8.- VIGENCIA DEL CONTRATO: DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA
8.1.- Contratos de tracto sucesivo: la duración del Contrato así como, en su caso, los plazos parciales son los indicados respectivamente en las Cláusulas 6.1 y 6.3 de las específicas del Contrato.
8.2.- Prórroga contratos de tracto sucesivo: cuando así se disponga en la Cláusula 6.4 de las específicas del Contrato, el Órgano de Contratación podrá acordar la prórroga del mismo, que será obligatoria para la contratista, salvo que concurra la causa de resolución recogida en el art. 198.6 de la LCSP. Para que la prórroga del Contrato sea obligatoria para la contratista, el Responsable del contrato deberá haberle preavisado con una antelación mínima de 2 (dos) meses antes de la finalización del Contrato.
La prórroga se acordará mediante resolución del Órgano de Contratación, y el procedimiento para acordarla incluye las siguientes actuaciones:
a) Informe del órgano promotor del Contrato precisando las razones de interés público que determinan la necesidad de prorrogar la relación contractual, el precio y el plazo.
b) Audiencia a la contratista por espacio de 5 (cinco) días hábiles.
c) Informe jurídico.
d) Informe de fiscalización previa de control económico-fiscal, cuando no esté exento.
e) Resolución del Órgano de Contratación.
9.1.- La garantía provisional no procede en este Concurso.
9.2.- La garantía definitiva podrá prestarse en alguna de las fórmulas establecidas en el art. 108.1 de la LCSP, y deberá depositarse en las formas que dispone el art. 106.3 de la misma Ley.
Las garantías definitiva y complementaria se depositarán siempre en la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de Salud.
9.3.- Cuando se trate de una Unión Temporal de Empresas, en adelante UTE, las garantías provisional y definitiva podrán ser constituidas por uno o varios participantes en la misma, siempre que en conjunto se alcance la cuantía total exigida, y se garantice conjunta y solidariamente a todos sus miembros integrantes.
10.- PERFIL DE CONTRATANTE Y CONSULTAS
10.1.- El acceso al Perfil de Contratante de la Contratación Pública de Euskadi se efectuará a través del siguiente enlace xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx
10.2.- En el Perfil de Contratante se publicarán los siguientes datos e informaciones:
1. En su caso, anuncio de información previa.
2. Anuncio de licitación.
3. Resolución de Aprobación del Expediente.
4. PCAP, PPTP y documentación complementaria.
5. El objeto detallado del Contrato, su duración y el Presupuesto base de licitación.
6. Memoria justificativa de la necesidad de realizar la contratación, de la idoneidad y la eficiencia de la contratación y de su relación directa, clara y proporcional con el objeto del Contrato.
7. Informe de insuficiencia de medios.
8. Resolución de inicio del Expediente firmada por el Órgano de Contratación.
9. En el caso de que se hayan realizado consultas preliminares xx xxxxxxx, informe debidamente motivado de esas consultas realizadas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 115 de la LCSP.
10. Archivo xml para cumplimentar el Documento Europeo Único de Contratación, en adelante
DEUC.
11. La composición de la Mesa de Contratación, en adelante MC, que asiste al Órgano de Contratación, y el cargo de sus miembros.
12. No procede la designación de miembros de ningún comité de expertos para la aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor, porque así se ha indicado en la Cláusula 19.2.7 de las específicas del Contrato.
13. Medios a través de los que se ha publicitado el Contrato y los enlaces a esas publicaciones.
14. En su caso, resolución o resoluciones del Órgano de Contratación por las que se introduzcan modificaciones significativas en el PCAP y/o PPTP, y se establezcan nuevas fechas límite para presentar las ofertas como consecuencia de la correspondiente ampliación del plazo, sin perjuicio de que se acuerde la retroacción de actuaciones en virtud de los artículos 122.1 y 124 de la LCSP.
15. En su caso, resolución o resoluciones del Órgano de Contratación por las que se modifican el PCAP y/o el PPTP para la corrección de errores materiales, de hecho o aritméticos.
16. Aclaraciones sobre los Pliegos y/o resto de documentación, tanto si las respuestas tienen carácter vinculante, de conformidad con la Cláusula 26.1.3 de las específicas del contrato, como si su carácter no es vinculante.
17. Número e identidad de las licitadoras participantes en el procedimiento de adjudicación.
18. Fechas y lugares de celebración de las sesiones públicas de la MC y, en su caso, sus alteraciones; así como el sitio web a través del cual, en su caso, se podrán visualizar.
19. Relación de licitadoras admitidas y excluidas y, en este último caso, las razones de su exclusión.
20. Actas de la MC.
21. Informe de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante un juicio de valor de cada una de las ofertas.
22. En su caso, informe o informes sobre las ofertas incursas en presunción de anormalidad a que se refiere el art. 149.4 de la LCSP.
23. Puntuaciones asignadas a las ofertas, cuando estas no se recojan en las actas o hasta que estas sean redactadas y publicadas.
24. Resolución de adjudicación del Contrato.
25. Identidad de la adjudicataria.
26. Importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
27. Anuncio de formalización del Contrato y documento contractual.
28. En su caso, informe en el que se expresen los motivos por los que no se publican todos los datos relativos a la celebración del Contrato, de conformidad con lo dispuesto en el art. 154.7 de la LCSP.
29. Resolución del Órgano de Contratación por la que decide no adjudicar o celebrar el Contrato.
30. Resolución del Órgano de Contratación por la acuerda desistir del procedimiento de adjudicación.
31. Resolución del Órgano de Contratación por la que declara desierto el procedimiento de adjudicación.
32. Interposición de recursos y la eventual suspensión del procedimiento de adjudicación con motivo de dicha interposición.
33. Resolución por la que se declara anulado el procedimiento de adjudicación.
34. Resolución del Órgano de Contratación por la que prorroga el Contrato.
35. Anuncio/s de modificación del Contrato, resolución del Órgano de Contratación por la que acuerda modificar el Contrato, su justificación, alegaciones de la contratista y todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con carácter previo a su aprobación.
36. Resolución del Órgano de Contratación por la que autoriza la cesión del Contrato.
37. Resolución del Órgano de Contratación por la que autoriza la modificación de la composición de una UTE.
10.3.- Los interesados pueden formular consultas y solicitudes de documentación complementaria o información adicional a través de las direcciones de correo electrónico que figuran en las Cláusulas 19.4 y 5 de las específicas del Contrato. Se realizarán por escrito hasta la fecha límite de solicitud de información indicada en la Cláusula 26.1.1 de las específicas del Contrato y deberán ser atendidas hasta la fecha límite (inclusive) indicada en la Cláusula 26.1.2 de las específicas del Contrato.
11.- CONDICIONES PARA PARTICIPAR
11.1.- Pueden participar en el procedimiento de contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición de contratar y que cumplan con los requisitos de solvencia o, en su caso, dispongan de clasificación; y que dispongan de las habilitaciones que, en su caso, se establezcan en la Cláusula 21.4 de las específicas del Contrato (si en dicha Cláusula se ha indicado que el momento en el que se debe disponer de la/s habilitación/es es la “fecha final de presentación de ofertas”).
También pueden participar varias personas que reúnan los requisitos indicados en el párrafo anterior agrupadas en UTE con arreglo a las condiciones previstas legalmente.
Solo pueden participar las personas jurídicas que cumplan con lo dispuesto en el art. 66.1 de la LCSP, así como los operadores económicos comunitarios o de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y los operadores económicos no comunitarios que cumplan con lo dispuesto respectivamente en los arts. 67 y 68.1 de la LCSP.
11.2.- Cada persona no podrá presentar más de una proposición, salvo que en la Cláusula 24.4 de las específicas del Contrato se admitan variantes. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en UTE con otras si lo han hecho individualmente ni figurar en más de una UTE. La infracción de estas normas dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por ella suscritas.
11.3.- Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia, habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se exijan en la Cláusula 21.4 de las específicas del Contrato (salvo que en dicha Cláusula se indique que el momento en el que se debe disponer de ella es “con carácter previo a la formalización del Contrato”) y ausencia de prohibiciones de contratar deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas, y subsistir en el momento de perfección del Contrato.
La MC podrá solicitar a las licitadoras que presenten la totalidad o una parte de los certificados y los documentos justificativos en cualquier momento del procedimiento, cuando resulte necesario para garantizar su buen desarrollo, antes de la adjudicación del Contrato. Asimismo, podrá solicitarles aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirles para la presentación de otros complementarios.
11.5.- La presentación de oferta presume por parte de la licitadora la aceptación incondicional de las Cláusulas de este Pliego y del resto de los documentos contractuales, sin reserva y salvedad alguna, así como la autorización a la MC y al Órgano de Contratación para consultar en cualquier momento del procedimiento de adjudicación del Contrato los datos recogidos en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos o base de datos nacional de un estado miembro de la Unión Europea siempre que en este último caso sea accesible de modo gratuito. Los operadores económicos no estarán obligados a presentar documentación para acreditar datos que figuren en dichos registros, listas y bases de datos.
La documentación deberá presentarse redactada, o traducida oficialmente, en euskera x xxxxxxxxxx.
12.2.1.- Medios electrónicos: salvo que en la Cláusula 20.5 de las específicas del Contrato se indique que los medios para tramitar el procedimiento de adjudicación del contrato no son electrónicos, la presentación de ofertas se realizará por medios electrónicos a través de la aplicación denominada SISTEMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA ubicada en KONTRATAZIO PUBLIKOA EUSKADIN PLATAFORMA CONTRATACIÓN PÚBLICA EN EUSKADI SISTEMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
12.2.1.1.- Los requisitos para su utilización son los siguientes:
1. Requisitos administrativos:
a) Disponer de un certificado digital cuyo uso esté autorizado por la Administración de la CAE a efectos de tramitación electrónica. Actualmente estos certificados electrónicos son los siguientes:
Izenpe ( Entidad, Ciudadano, Representante de Entidad)
FNMT (Entidad, Ciudadano, Representante de Entidad)
Dni-e
Camerfirma (Entidad, Ciudadano)
b) Estar en alguna de estas situaciones:
a. Estar dado de alta y disponer certificación vigente en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de Euskadi.
b. Estar dado de alta en el Sistema de habilitación temporal.
c. En el caso de que dos o más operadores económicos concurran agrupados con el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios: el compromiso de UTE debe estar registrado en el Sistema de habilitación temporal.
2. Requisitos técnicos:
La información sobre los requisitos técnicos se encuentra disponible en el siguiente enlace:
xxxxx://xxxx.xxxxxxx.xxx/x00- content/es/contenidos/informacion/licitar_electronicamente/es_02/cambios_configuracion.html
3. Servicio de soporte para resolver dudas o incidencias sobre licitación electrónica:
945016298.
12.2.1.2.- Forma de presentación:
a) Se deben anexar los documentos indicados en la Cláusula 24 de las específicas del Contrato en los respectivos Sobres que, de conformidad con dicha Cláusula, aparecen en la aplicación.
b) Sólo se garantiza la lectura y tramitación de los documentos almacenados con las siguientes extensiones: .doc, .xls, .ppt, .docx, .xlsx, .pptx, .pdf, .rtf., .sxw, .sdw, .abw, .xml, .jpg, .bmp,
.tiff, .zip, y .7z
c) Con el objetivo de minimizar la incidencia que la presencia de virus pueda tener en la operatividad del sistema, se recomienda el envío de los documentos en los formatos .pdf, .rtf,
.sxw, .jpg y .tiff.
d) Se entenderá recibida la oferta en el plazo de presentación si se inicia la transmisión dentro de él, y finaliza con éxito.
12.2.2.- Medios no electrónicos o en papel: No se admiten en este Concurso.
Las licitadoras que consideren confidencial algún documento aportado deben efectuar una designación explícita —cumplimentando el ANEXO II.3.— y reflejarlo claramente, sobreimpreso o en el margen de página, en el propio documento designado confidencial. Si la designación no se efectúa de ese modo, el documento no se considerará confidencial.
En dicho ANEXO II.3., además de señalar las informaciones y aspectos de la oferta que consideran de carácter confidencial por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, deben exponer las razones concretas que justifican dicha vinculación.
En ningún caso tendrá carácter confidencial la Oferta económica. La designación como confidencial de la Oferta económica se tendrá por no realizada.
La declaración de confidencialidad no podrá extenderse a la totalidad de la documentación presentada por la licitadora ni a la totalidad de la documentación acreditativa de la oferta técnica. En este caso, o en el caso de que se dimensione inadecuadamente dicha declaración, será el Órgano de Contratación el que determine de forma motivada qué datos y/o documentos merecen dicha consideración. Del mismo modo, actuará el Órgano de Contratación en el supuesto de que la declaración no contenga motivos que estén adecuada y suficientemente fundados por los que la licitadora ha considerado confidencial la información declarada como tal.
En el caso de que la licitadora no haya indicado expresamente como confidencial ningún dato y/o documento, se entenderá que ninguno de los datos y/o documentos aportados tiene carácter confidencial, sin perjuicio de que, excepcionalmente y de forma motivada, el Órgano de Contratación considere como confidencial información no declarada como tal, a fin de preservar legítimos intereses empresariales.
Asimismo, una vez presentadas las ofertas no se permitirá señalar como confidenciales datos que no hayan sido designados como tales en el momento de su presentación.
En el caso de que durante el procedimiento de adjudicación se aporte documentación que no formaba parte de la oferta inicial, se podrán designar como confidencial datos o documentos que conforman esa nueva documentación en las condiciones descritas en los párrafos anteriores de esta Cláusula.
12.4.- Comprobación de documentación
El poder adjudicador puede comprobar, tanto durante el procedimiento de adjudicación como una vez adjudicado y formalizado el Contrato, la veracidad de los documentos aportados. La falsedad de los datos puede ser causa de nulidad del Contrato. La declaración de nulidad por este motivo se considera incumplimiento imputable al operador económico, el cual deberá indemnizar al poder adjudicador los daños y perjuicios que este haya sufrido.
12.5.- Notificaciones y comunicaciones
12.5.1.- Actuaciones que son objeto de notificación y de comunicación
12.5.1.1.- Serán notificados el acuerdo de adjudicación y los actos de trámite definidos en la letra b) del art. 44.2 de la LCSP.
12.5.1.2.- Se entenderá por comunicación las solicitudes de aclaraciones, los requerimientos para subsanar defectos u omisiones, los requerimientos de presentación de documentos previstos en este Pliego y otros actos de trámite no incluidos en el art. 44.2.b) de la LCSP.
12.5.2.- Presentación de ofertas por medios electrónicos
Las notificaciones y las comunicaciones se practicarán a través del sistema de licitación electrónica.
12.5.3.- Presentación de ofertas por medios no electrónicos o papel
En todo caso, las notificaciones se practicarán por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Administración de la CAE a la que se accederá a través de xxxxx://xxxxxxx.xxx. Para acceder a las notificaciones y comunicaciones, los operadores económicos deberán utilizar el enlace “Mis Gestiones” ubicado dentro de la pestaña “Trámites”. Cada vez que se envíe una notificación o comunicación, los operadores económicos recibirán aviso del envío a la dirección de correo electrónico que haya facilitado a estos efectos.
Asimismo, las comunicaciones definidas en la Cláusula 12.5.1.2 de las Condiciones Generales también se practicarán por medios electrónicos de la misma forma descrita para la práctica de las notificaciones, salvo que en las cláusulas específicas del Contrato se hayan indicado otros medios. En este caso, la respuesta a aclaraciones o requerimientos por parte de las licitadoras solo podrá realizarse a través de correo electrónico cuando los documentos que contengan las aclaraciones, declaraciones u otros documentos que deban aportarse debidamente firmados estén digitalmente firmados por la persona con poderes suficientes para representar a la licitadora.
A efectos de notificaciones y comunicaciones, debe aportarse la declaración contenida en el
ANEXO II.8 debidamente cumplimentada y firmada.
13.- SOBRE A «DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS»
13.1.- Relación de documentos que deben obrar en este sobre:
13.1.1.- DEUC del operador económico debidamente cumplimentado. Su cumplimentación se realizará a través de la dirección xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx- databases/espd/filter?lang=es y el archivo xml publicado en el Perfil de Contratante.
Asimismo, se presentarán los DEUC que procedan en los supuestos recogidos en la Cláusula 13.3 de las Condiciones Generales.
13.1.2.- Garantía provisional, solo si lo exige la Cláusula 8.1 de las específicas del Contrato.
13.1.3.- Designación como confidencial de informaciones facilitadas por el operador económico según el modelo que figura en el ANEXO II.3.
13.1.4.- Compromiso de constituirse formalmente en UTE que figura en el ANEXO II.4.
13.1.5.- En el supuesto de que varios operadores económicos pertenecientes a un mismo grupo empresarial, de conformidad con el art. 42.1 del Código de Comercio, presenten oferta, se deberá cumplimentar el ANEXO II.6.
13.1.6.- Si se trata de operadores económicos comunitarios o de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el Contrato se va a ejecutar en España, deben adjuntar la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
13.1.7.- Si trata de varios operadores económicos no comunitarios, deben presentar el informe regulado en el art. 68.1 de la LCSP. Asimismo, si el Contrato va a ejecutarse en España, deberán aportar declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al operador económico.
13.2.- Acumulación de solvencia en el caso de UTEs
A efectos de determinar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de la UTE se acumularán las características de cada uno de los operadores económicos integrantes.
Si de conformidad con la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato es posible sustituir la solvencia indicada en dicha cláusula por la clasificación recogida en la Cláusula 21.3, y todos los operadores económicos que concurran en la UTE disponen de clasificación, se acumularán las clasificaciones individuales como contratistas de servicios, a efectos de poder alcanzar la clasificación global indicada en la Cláusula 21.3 de las específicas del Contrato.
Sin embargo, si no todos los operadores económicos disponen de clasificación, se entenderá que la UTE cumple los requisitos de solvencia exigidos cuando, tras la acumulación de las características de todos y cada uno de sus integrantes, resulte que la unión cumple con alguno de los siguientes requisitos:
Requisitos de solvencia indicados en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
Grupo, Subgrupo y Categoría indicados en la Cláusula 21.3 de las específicas del Contrato.
13.3.- Reglas específicas en cuanto al DEUC:
13.3.1.- Subcontratistas: NO proceden en este Contrato.
13.3.2.- Integración de la solvencia con medios externos: cuando el operador económico recurra a la solvencia y medios de otras entidades, debe presentar su propio DEUC junto con el de cada una de las entidades a cuya solvencia y/o medios recurra (tantos DEUC como personas u operadores) firmado y con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas y, en su caso, la parte IV.
13.3.3.- UTE: cuando varios operadores económicos deseen participar en UTE, se deberá presentar un DEUC separado, en el que figure la información requerida en las partes II a IV, por cada operador económico participante.
13.3.5.- Clasificación: en el caso de que se desee sustituir la solvencia por la clasificación indicada en la Cláusula 21.3 de las específicas del Contrato, deberá indicarse el/los grupo/s, subgrupos/s y categoría/s que correspondan en la sección A de la parte II del DEUC para que los miembros de la MC puedan acceder de oficio al certificado que recoge dicha clasificación.
13.3.6.- Motivos de exclusión: a los efectos de lo dispuesto en la sección D de la Parte III, se consideran motivos de exclusión puramente nacionales los siguientes (letra d) del art. 71.1 de la LCSP):
Incumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2% para personas con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Incumplimiento de la obligación de contar con un plan de igualdad conforme a lo dispuesto en el art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad de mujeres y hombres en el caso de operadores económicos de más de 250 trabajadores.
III.- APERTURA DE LOS SOBRES Y VALORACIÓN DE OFERTAS
14.- MOTIVOS DE RECHAZO DE OFERTAS Y SOLICITUD DE ACLARACIONES
14.1.- La MC acordará el rechazo de aquellas ofertas que:
a) Incluyan algún documento dentro de un Sobre diferente al indicado en la Cláusula 24 de las específicas del Contrato, y ello comprometa el secreto de la oferta.
b) Presenten contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con total certeza su contenido.
c) No guarden concordancia con la documentación examinada y admitida.
d) Superen el Presupuesto base de licitación o los precios unitarios que revistan carácter de máximos.
e) Varíen sustancialmente el modelo de oferta económica incluido en este Pliego.
f) Comporten error manifiesto en el importe.
g) Adolezcan de error o inconsistencia que la hagan inviable reconocida por la licitadora.
h) Incumplan las condiciones o requisitos establecidos en el PCAP o PPTP.
i) Contenga virus que imposibiliten su lectura o el acceso a su contenido.
14.2.- La MC podrá recabar, en cualquier momento anterior a formulación de la propuesta de adjudicación, las aclaraciones necesarias para la compresión de las ofertas. En ningún caso se admitirá que, a través de presentación de aclaraciones, las licitadoras varíen los términos expresados en la oferta.
15.1.- Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la MC se reunirá para calificar los documentos presentados en el “Sobre A” en tiempo y forma.
Si concluyese que la documentación examinada es correcta y suficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos, acordará la admisión de todas las licitadoras al procedimiento.
Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación examinada, acordará conceder a las licitadoras que la hubieren presentado u omitido un plazo de 3 (tres) días hábiles para que aporten la documentación necesaria para subsanar el defecto o la omisión detectada.
Una vez transcurrido el plazo concedido, la MC procederá a examinar la documentación aportada en esa fase de subsanación y acordará la admisión o exclusión de las licitadoras. Si acordase excluir a alguna licitadora, el acuerdo incluirá las razones de la exclusión.
15.2.- La relación de licitadoras admitidas y excluidas se publicará en el Perfil de Contratante con indicación, en este último caso, de las razones de la exclusión.
La MC, en sesión pública, dará conocimiento sobre la admisión o exclusión de licitadoras y, a continuación, abrirá los “Sobres C” presentados por las licitadoras admitidas.
16.2.- Supuesto general: evaluación por la MC.
La MC podrá acordar remitir la documentación al Servicio promotor del Contrato para que verifique que las ofertas no tienen un contenido contrario a las especificaciones establecidas en el PPTP, las valore y elabore el consiguiente informe.
Si el Servicio promotor, al efectuar la evaluación, verifica que alguna oferta es contraria a los Pliegos o incorpora documentos o datos que han de aportarse dentro de otro Sobre, hará constar esta circunstancia en el informe. Una vez formulado, lo remitirá a la MC junto con los documentos que integran las ofertas.
16.3.- Supuesto excepcional: evaluación por comité de expertos u organismo técnico especializado
NO procede en este Concurso.
17.- APERTURA Y EVALUACIÓN DE LA PARTE DE LA OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS
17.1.- ACTUACIONES PREVIAS A LA APERTURA
17.1.1.- Se emplean criterios que exijan efectuar un juicio de valor
En el supuesto general previsto en la Cláusula 16.2 de las Condiciones Generales, antes de efectuar la apertura de los “Sobres B”, la MC realizará las siguientes actuaciones:
Antes del inicio de la parte de la sesión que tiene carácter público:
- Examinará el Informe de valoración emitido por el Servicio promotor del Contrato y efectuará la valoración y asignación de puntuaciones a las ofertas.
- En los casos previstos en la Cláusula 14.1 de las Condiciones Generales acordará el rechazo de la/s oferta/s.
Una vez iniciada la parte de la sesión que tiene carácter público:
- Comunicará a los asistentes a la sesión las puntuaciones asignadas a cada oferta y, en su caso, dará cuenta de las ofertas rechazadas y las razones del rechazo.
17.2.- APERTURA DE SOBRES Y LECTURA DE OFERTAS
La MC, tras realizar las actuaciones previas, realizará en sesión pública, la apertura de los “Sobres B” presentados por las licitadoras cuyas ofertas no hayan sido rechazadas y procederá a la lectura de las ofertas.
A continuación la MC efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias:
18.1.- Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la Cláusula 14.1 de las Condiciones Generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo.
18.2.- Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la Cláusula 22.3 de las específicas del Contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 149.4 de la LCSP. La MC.determinará el plazo de audiencia atendiendo a las características de las ofertas, que no podrá ser inferior a tres 3 (tres) días hábiles ni superior a 10 (diez).
Finalizado ese procedimiento acordará proponer al Órgano de Contratación la admisión o rechazo de la/s oferta/s que considere que no puede/n ser cumplidas/s.
18.3.- Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor, mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.
Para efectuar el cálculo no tomará en consideración la/s oferta/s cuyo rechazo haya propuesto.
En el supuesto de que dos o más ofertas hayan obtenido la misma puntuación, requerirá a las licitadoras que las hayan presentado para que en el plazo máximo de 10 (diez) días hábiles aporten los documentos acreditativos de cumplir los criterios específicos de desempate que, en su caso, se hayan indicado en la Cláusula 23 las específicas del Contrato. En el caso de que en esa Cláusula 23 de no se hubieran establecido criterios específicos, se estará a los criterios de desempate recogidos en la Cláusula 19 de las Condiciones Generales.
En defecto de previsión de criterios específicos de desempate en la Cláusula 23 de las específicas del Contrato, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del Contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las licitadoras, primando en caso de igualdad, el mayor número de personas trabajadoras fijas con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las licitadoras.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las licitadoras.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
A efectos de aplicación de estos criterios las licitadoras deberán acreditarlos, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social, y cualquier otro documento admitido en derecho que acredite los criterios sociales anteriormente referidos.
IV.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20.- PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
La MC clasificará las ofertas por orden decreciente de puntuación y, en base a dicha clasificación, elevará la correspondiente propuesta de adjudicación al Órgano de Contratación.
El Órgano de Contratación aceptará la propuesta de la MC.
21.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN
21.1.- Una vez aceptada la propuesta de adjudicación por el Órgano de Contratación, se requerirá a la licitadora que haya presentado la mejor oferta para que presente en el plazo de 10 (diez) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que reciba el correspondiente requerimiento, los siguientes documentos:
1.- A efectos de acreditar su capacidad de obrar:
1.1. Las licitadoras españolas que sean personas jurídicas acreditarán su capacidad de obrar mediante escritura o documento de constitución, los estatutos o el acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
1.2. Las licitadoras no españolas nacionales de estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.2 de la LCSP.
1.3. Las demás licitadoras extranjeras acreditarán su capacidad de obrar de conformidad con lo dispuesto en el art. 84.3 de la LCSP.
2.- Apoderamiento: cuando la persona que firma la oferta no actúe en nombre propio, o cuando la licitadora sea una sociedad o persona jurídica, la persona que firme debe presentar apoderamiento bastante al efecto. Si la licitadora es una persona jurídica, este poder deberá figurar debidamente inscrito en el Registro público que corresponda, si, de conformidad con la normativa aplicable según el tipo de persona jurídica de que se trate, su inscripción es obligatoria.
3.- Solvencia: cuando, de conformidad con la Cláusula 21.1 de las específicas del Contrato, sea obligatorio disponer de unos requisitos mínimos de solvencia, la licitadora debe presentar la documentación indicada en la Cláusula 25.1 de las específicas del Contrato para su acreditación, salvo que dichos requisitos hayan sido sustituidos por la clasificación.
4.- Habilitación empresarial o profesional: cuando en la Cláusula 21.4 de las específicas del Contrato se haya indicado que se debía disponer de habilitación a la fecha final de presentación de ofertas.
5.- Disponibilidad de los medios materiales y humanos que, en su caso, la licitadora se haya obligado a adscribir a la ejecución del Contrato: documentación recogida en la Cláusula 25.2 de las específicas del Contrato.
6.- Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del Contrato: si la licitadora ha recurrido a la solvencia y medios de otras entidades deberá aportar el “Compromiso de disposición de solvencia y medios de otras entidades” contenido en el ANEXO V.1.
7.- Ausencia de prohibiciones de contratar: documentación acreditativa de la no concurrencia de prohibiciones de contratar de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 de la LCSP (ANEXO V.2).
8.- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias para contratar con el sector público y certificado de estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social para contratar con el sector público. En el caso de que la licitadora deba tributar en varios territorios, deberá aportar los certificados emitidos por todas y cada una de las Administraciones competentes.
9.- Garantía: justificante de haber constituido la garantía definitiva.
10.- Gastos de publicidad: No los hay en este Concurso.
11.- Los originales que, en su caso, puedan ser requeridos de entre aquellos previamente presentados a través de copia simple.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
La inscripción en los registros, listas y bases de datos referenciados en la Cláusula 11.5 de las Condiciones Generales tendrá los efectos indicados en dicha Cláusula en relación con la acreditación de los datos que figuren en dichos registros, listas y bases de datos siempre que su acceso cumpla el requisito de gratuidad.
21.2.- En el supuesto de que no cumplimente adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que ha retirado su oferta. En este caso se procederá a realizar las siguientes actuaciones:
- Exigirle el importe del 3% del Presupuesto base de licitación (IVA excluido), en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del art. 71.2 de la LCSP.
- Recabar la misma documentación de la licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas.
22.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
22.1.- El Órgano de Contratación adjudicará el Contrato dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación presentada por la propuesta adjudicataria.
22.2.- La resolución de adjudicación se notificará a las licitadoras junto con, en su caso, el Informe de valoración de las partes de la oferta para cuya evaluación se han empleado criterios que exigen realizar un juicio de valor, y el informe de análisis de la justificación de aquellas ofertas anormalmente bajas, los cuales deberán ser publicados en el Perfil de Contratante en el plazo de 15 (quince) días.
22.3.- Si como consecuencia del contenido de la resolución de un recurso especial del art. 44 de la LCSP fuera preciso que el Órgano de Contratación acordase la adjudicación del Contrato a otra licitadora, se concederá a esta un plazo de 10 (diez) días hábiles para que aporte la documentación recogida en la Cláusula 21 de las Condiciones Generales.
22.4.- En todo caso la notificación de la adjudicación se practicará por medios electrónicos.
23.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
23.1.- El Contrato se formalizará en los términos y plazos que dispone el art. 153 de la LCSP previa presentación de los siguientes documentos:
a) Escritura pública de constitución de la UTE, cuando las adjudicatarias hayan concurrido agrupadas como tal.
b) Las pólizas de los contratos de seguro específicamente exigidos, en su caso, en la Cláusula 9 de las específicas del Contrato, que deberán incluir como personas aseguradas a la contratista y al Poder adjudicador indicado en la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato. Se debe aportar, además, el/los correspondiente/s justificante/s de su pago.
c) Habilitación empresarial o profesional en el caso de que se encuentre especificada en la Cláusula 21.4 de las específicas del Contrato y, además, se haya indicado en dicha Cláusula que se debe disponer de esa habilitación con carácter previo a la formalización del Contrato.
d) La documentación indicada, en su caso, en la Cláusula 26.4 de las específicas del Contrato.
23.2.- La formalización se publicará en el Perfil de Contratante junto con el correspondiente Contrato en un plazo no superior a 15 (quince) días tras su perfeccionamiento. Asimismo, cuando el Contrato esté sujeto a regulación armonizada, se enviará el anuncio de formalización para su publicación en el DOUE en un plazo no superior a 10 (diez) días después de la formalización.
23.3.- En el supuesto de que no fuera posible la formalización del Contrato en los plazos señalados legalmente por causas imputables a la adjudicataria se procederá a realizar las siguientes actuaciones:
- Exigirle el importe del 3% del Presupuesto base de licitación (IVA excluido), en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b) del art. 71.2 de la LCSP.
- Adjudicar el Contrato a la siguiente licitadora por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, previo requerimiento y presentación de la documentación recogida en la Cláusula 21.1 de las Condiciones Generales.
Sin perjuicio de las funciones de seguimiento y ejecución ordinaria del Contrato por el Órgano indicado en la Cláusula 19.2.2 de las específicas del Contrato, la supervisión e inspección de los trabajos corresponden al Responsable del contrato que desarrollará las siguientes funciones:
a) Proponer al Órgano de Contratación la aprobación del Programa de trabajo que prevé la Cláusula 25.2 de las Condiciones Generales.
b) Dictar, por escrito, las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación.
c) Aprobar la/s certificación/es de servicios que se establecen en la Cláusula 32.1 de las Condiciones Generales.
d) Las indicadas en la Cláusula 32.2 de las Condiciones Generales en relación con la constatación de la correcta ejecución de la prestación y su recepción.
e) Supervisar y verificar el cumplimiento por parte de la contratista de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato, informar al Órgano de Contratación de los eventuales incumplimientos y, en su caso, proponer la resolución del Contrato o la imposición de penalidades.
f) Autorizar la alteración de los medios humanos y materiales que se obligó a adscribir a la ejecución del Contrato, de conformidad con la Cláusula 26 de las Condiciones Generales.
g) Proponer las modificaciones que resulte necesario introducir.
h) Requerir a la contratista los datos relativos a las condiciones laborales de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del Contrato.
i) Requerir a la contratista documentación adicional a efectos de comprobar que durante toda la vigencia del Contrato dispone de la solvencia y/o medios de terceras entidades, solvencia y/o medios en los que se basó para participar en el procedimiento de adjudicación del Contrato.
j) Comprobar que la contratista cumple con su obligación de pago a los suministradores, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 28.3.2 de las Condiciones Generales.
k) Emitir informe donde se determine, en caso de demora en la ejecución, si el retraso producido es imputable a la contratista.
l) Emitir los informes recogidos en la Cláusula 35 de las Condiciones Generales respecto a la cesión y modificación de componentes de la UTE.
m)Requerir a la contratista que, mediante acta, certifique que ha devuelto todos los soportes, o destruido o borrado todos los ficheros que contenían datos de carácter personal una vez finalizada la ejecución del Contrato.
En el caso de modificación de la designación del Responsable del contrato, que figura en la Cláusula 19.2.3 de las específicas del Contrato, se comunicará por escrito, y de manera inmediata, a la contratista.
25.- EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
25.1.- Sujeción a los documentos contractuales e instrucciones
25.2.- Programa de trabajo
En el caso de que se exija en la Cláusula 18.1 de las específicas del Contrato, la contratista deberá entregar al Responsable del contrato, en el plazo de 7 (siete) días hábiles, a contar desde el siguiente a la formalización del Contrato, un Programa de trabajo que incluya los datos e informaciones especificados en la Cláusula correspondiente del PPTP.
El Programa de trabajo, que se ajustará a los plazos fijados en el PCAP y, en su caso, en la oferta, será aprobado por el Órgano de Contratación en el plazo de 15 (quince) días hábiles.
La obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto públicas como privadas, que se requieran para la realización de la prestación y el abono de los gastos que generen corresponde a la contratista.
La contratista está obligada a contratar los seguros obligatorios, así como, mantener contratados los que, en su caso, se establezcan en la Cláusula 9 de las específicas del Contrato.
La contratista ha de facilitar al Poder adjudicador sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales resulten necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del Contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público…, así como el libre acceso al Responsable del contrato a los lugares donde se ejecute la prestación.
25.6.- Responsabilidad de la contratista
La contratista es la responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para el Poder adjudicador o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contrato.
26.- MEDIOS EMPLEADOS EN LA EJECUCIÓN
26.1.- Compromiso de adscripción de medios
La contratista está obligada a adscribir a la ejecución del Contrato los medios indicados, en su caso, en el compromiso de adscripción de medios (ANEXO II.2.) así como los precisos para ejecutar el Contrato con arreglo a las condiciones y plazos establecidos en los documentos contractuales.
La sustitución de los medios materiales indicados solo podrá realizarse previa comunicación al Responsable del contrato para que compruebe, a través de los documentos aportados que lo acrediten, que el medio propuesto reúne los requisitos exigidos, y dé su autorización en el plazo de 7 (siete) días hábiles. Si el Responsable del contrato concluye que dicho medio no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito a la contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. La contratista podrá proponer otro medio.
La sustitución de los medios humanos indicados solo podrá realizarse según lo dispuesto en esta Cláusula. En cualquier caso, los posibles inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo que se generen con motivo de la sustitución deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento de la persona sustituida y de la que se incorpora, sin coste adicional, durante el tiempo necesario.
La sustitución se realizará con arreglo al siguiente procedimiento y condiciones:
a) Alteración instada por la contratista: si, debido a causas justificadas, necesita efectuar alguna sustitución, lo comunicará por escrito al Responsable del contrato con 15 (quince) días hábiles de antelación —salvo en caso de Incapacidad Laboral Temporal o fallecimiento— con indicación de los siguientes datos:
- Identificación de la persona que se pretende sustituir y motivo/s de la sustitución.
- Propuesta de una persona candidata que reúna los requisitos exigidos, acompañada de los documentos que lo acrediten.
En el plazo de 7 (siete) días hábiles, el Responsable del contrato autorizará la sustitución o, en el caso de que concluya que la persona candidata no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito a la contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. La contratista podrá proponer a otra persona candidata.
b) Alteración instada por el Poder adjudicador: si considera necesario para la correcta ejecución del Contrato efectuar alguna sustitución, lo comunicará por escrito a la contratista indicando los motivos. La contratista, en el plazo de 15 (quince) días hábiles, propondrá al menos una persona candidata que reúna los requisitos exigidos, acompañada de los documentos que lo acrediten.
En el plazo de siete (7) días hábiles, el Responsable del contrato autorizará la sustitución o, en el caso de que concluya que la persona candidata no reúne los requisitos, lo comunicará por escrito a la contratista, con indicación de los motivos en que se fundamenta su decisión. La contratista deberá proponer una nueva persona candidata en los términos señalados en el apartado anterior.
Estas mismas reglas se aplicarán en relación con los medios aportados para acreditar la solvencia así como en el caso de que la contratista haya recurrido a la solvencia y/o medios de otras entidades en fase de licitación.
26.2.- Reglas específicas respecto del personal
El personal adscrito a la prestación del servicio dependerá exclusivamente de la contratista, que ostentará los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empleador. A tales efectos, asume las siguientes obligaciones:
a) Seleccionar al personal que debe adscribir a la ejecución del Contrato, sin perjuicio de la facultad del Poder adjudicador para verificar el cumplimiento de los requisitos de cualificación profesional que, en su caso, se hayan establecido en los Pliegos.
b) Procurar la estabilidad del personal, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento al Poder adjudicador.
c) Xxxxxxx, de modo real, efectivo y continuo, el poder de dirección inherente a todo empleador sobre el personal adscrito a la ejecución del Contrato. En particular asume la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones en casos de ausencia, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones en materia de PRL, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre las partes empleada y empleadora.
d) Garantizar que el personal adscrito desarrolle su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los Pliegos como objeto del Contrato.
e) Designar al menos una persona coordinadora, perteneciente a su plantilla, que desarrolle las siguientes tareas:
- Actuar como persona interlocutora del contratista frente al Poder adjudicador canalizando la comunicación entre la contratista y el personal adscrito al Contrato, de un lado, y el Poder adjudicador, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del Contrato.
- Distribuir el trabajo entre el personal e impartirle las órdenes e instrucciones de trabajo necesarias para la correcta ejecución de la prestación.
- Supervisar el correcto desempeño de las funciones que tiene encomendadas el personal y controlar la asistencia al puesto de trabajo.
- Organizar el régimen de vacaciones.
f) Informar al Poder adjudicador acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Contrato.
26.3.- Información relativa a condiciones laborales
La contratista está obligada a proporcionar al Responsable del contrato los datos y documentos que se indican en los apartados siguientes con arreglo a los plazos y condiciones indicados en cada caso:
a) Los datos relativos a las condiciones laborales de cada una de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del Contrato: se presentarán a través de correo electrónico, cumplimentando debidamente el formulario de declaración responsable que figura en el ANEXO VI.3., en el plazo de 7 (siete) días hábiles desde la fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
b) Los documentos que solicite el Responsable del contrato en orden a comprobar la veracidad de los datos proporcionados y el cumplimiento de las obligaciones laborales que, en su condición de empleador, asume la contratista: se presentarán a través de correo electrónico, mediante copia escaneada, en plazo de 10 (diez) días hábiles desde fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
El Responsable del contrato puede solicitar en cualquier momento de la vigencia del Contrato esta información y, especialmente, a los efectos de lo dispuesto en el art. 130 de la LCSP.
26.4.- Lugar de ejecución del Contrato
La prestación se efectuará en dependencias o instalaciones diferenciadas de las del propio Poder adjudicador contratante. Si esto no fuera posible, para evitar la confusión xx xxxxxxxxxx, las personas trabajadoras de la contratista, salvo que las circunstancias concretas no lo permitieran, no compartirán espacios y lugares de trabajo con el personal al servicio del Poder adjudicador y, además, las personas trabajadoras y los medios de la contratista se identificarán mediante los correspondientes signos distintivos, tales como uniformidad o rotulaciones.
Si como consecuencia del incumplimiento por parte de la contratista de las obligaciones establecidas en esta Cláusula, el Poder adjudicador fuera condenado al pago de cantidades con carácter solidario con la contratista, repercutirá en ésta el importe abonado a través de las acciones legales pertinentes.
26.6.- Subrogación de personas trabajadoras
Esta Cláusula no procede en este Concurso.
27.- OBLIGACIONES EN MATERIA LABORAL, DE SEGURIDAD SOCIAL, Y DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
La contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y salud en el trabajo, y en particular:
27.1.- Cuando las prestaciones a desarrollar estén sujetas a ordenanza laboral o convenio colectivo la contratista está obligada a cumplir con las disposiciones de la ordenanza laboral y convenio colectivo correspondiente.
27.2.- La contratista adoptará cuantas medidas de seguridad e higiene en el trabajo fueren de pertinente obligación o necesarias en orden a la más perfecta prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.
27.3.- Cumplirá, así mismo, las obligaciones en materia de PRL establecidas por la normativa vigente y, antes del inicio de la actividad contratada, deberá acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Haber adoptado una modalidad de organización preventiva acorde con la legislación vigente.
b) Integrar la PRL en el sistema general de gestión de la empresa mediante la implantación y aplicación de un plan de PRL según el art. 2 del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el RD 39/1997 de 17 de enero. Se considerará acreditada dicha exigencia por tener establecido un sistema de gestión de PRL basado en la Norma OHSAS 18001, las directrices sobre sistemas de Seguridad y Salud de la OIT u otra norma equivalente, siempre que dicho sistema evalúe y acredite el cumplimiento de las medidas exigidas. El cumplimiento de esta obligación también podrá acreditarse por cualquier otro medio de prueba adecuado.
c) La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
d) Disponer de un procedimiento escrito que regule la forma de haber llevado a cabo la consulta y participación prevista en el capítulo V de la Ley 31/1995, de PRL o, en su caso, las actas de las reuniones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
e) Disponer de un procedimiento que regule el control del cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas procediendo en su caso a la adopción de medidas disciplinarias previstas en el Estatuto de los Trabajadores, convenio colectivo etc.… para garantizar la seguridad de todas las personas trabajadoras.
f) Disponer de una relación de los puestos de trabajo y/o actividades que requieran presencia de recursos preventivos vinculados a la evaluación de riesgos.
g) Que todo el personal que intervenga en la ejecución del Contrato, tanto propio como xxxxx, haya recibido en el momento de incorporación una información de riesgos específicos, medidas de protección y medidas de emergencia de ésta, así como, que haya recibido la formación necesaria sobre los riesgos que afectan a su actividad (arts. 18 y 19 de la Ley 31/1995), de acuerdo con el procedimiento del plan de PRL. En particular, que se ha dado la formación pertinente sobre el uso de Equipos de Protección Individual.
h) Disponer de justificante de la entrega de Equipos de Protección Individual que, en su caso, fueran necesarios.
i) Proporcionar servicios de comedores y de descanso adecuados, y servicios higiénicos y vestuarios teniendo en cuenta el número de trabajadores y trabajadoras y la localización de las zonas de trabajo.
j) Planificar el desarrollo de los trabajos y la contratación de personal de forma que se respete las jornadas de descanso de las trabajadores/as, y que la realización de horas extraordinarias sea excepcional.
27.4.- En el caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a las personas trabajadoras con ocasión del ejercicio de los trabajos, cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno al Poder adjudicador.
28.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Estas condiciones especiales de ejecución, así como las recogidas en la Cláusula 11 de las específicas del Contrato, deberán ser cumplidas por la contratista.
28.1.1.- En las relaciones entre el Poder adjudicador y la contratista se empleará normalmente el euskera. A los efectos de la ejecución del Contrato se entiende por emplear “normalmente el euskera”, lo siguiente:
a) En las comunicaciones verbales, el personal con conocimiento de euskera que en funciones de ejecución del Contrato se dirija al poder adjudicador, se expresará inicialmente en esta lengua. Si el Poder adjudicador se dirige en euskera a personal adscrito a la ejecución del Contrato que no tenga conocimientos suficientes de esta lengua, la empresa encargada de la ejecución habrá de facilitar inmediatamente los medios o personal con capacitación lingüística en euskera necesarios para que la relación con el Poder adjudicador derivada de la ejecución del Contrato pueda desarrollarse en euskera.
b) Las comunicaciones escritas se redactarán en euskera y castellano, salvo que emisor y receptor opten por el euskera.
28.1.2.- Cuando la ejecución del objeto contractual incluya la prestación de servicios a la ciudadanía o conlleve relaciones con terceros o ciudadanía en general, la lengua a utilizar en la comunicación, tanto oral como escrita, entre la empresa contratista y los usuarios y usuarias o personas con las que haya de relacionarse en ejecución del Contrato será aquella que elija el usuario o usuaria o tercero, en cada caso. Cuando no conste expresamente opción alguna, las notificaciones y comunicaciones de todo tipo que la contratista encargada de la ejecución dirija a las personas físicas y jurídicas se realizarán en las dos lenguas oficiales, incluyendo las facturas y otros documentos de tráfico, sin perjuicio de que en cualquier momento el/la ciudadano/a pueda ejercer su derecho a la opción de lengua y pueda demandar el uso de una sola de las lenguas oficiales.
En cualquier caso, la contratista deberá destinar los medios materiales y humanos que fueran necesarios para que la atención, información y comunicación con el público destinatario del servicio pueda hacerse en todo momento en euskera.
28.2.- De tipo social o relativo al empleo
28.2.1.- Cumplir las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y salud en el trabajo.
28.2.2.- Cumplir con lo dispuesto en la Cláusula 26.3 de las Condiciones Generales.
28.2.3.- Abonar a lo largo de toda la ejecución del Contrato el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
28.2.4.- Dar transparencia institucional a todos los datos derivados de la ejecución del Contrato.
28.3.- Comprobación pagos a los suministradores
28.3.1.- Remisión al Responsable del contrato, cuando esta se lo solicite, de la relación detallada de los suministradores que participen en el Contrato cuando se perfeccione su participación junto con aquellas condiciones de suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo del pago.
28.3.2.- Remisión al Responsable del contrato, cuando este se lo solicite, del justificante de cumplimiento de los pagos a los suministradores descritos en el punto anterior, una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el art. 216 de la LCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
29.- CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
29.1- Confidencialidad
Toda la información a la que tenga acceso la contratista tiene carácter confidencial. La contratista y el personal asignado a la ejecución del Contrato no pueden utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, ningún dato sin autorización del Órgano de contratación; y están obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado de cualquier información.
En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido acceder a ellos, y es obligatorio guardar secreto respecto a los que pudieran conocerse.
29.2.- Tratamiento de datos de carácter personal
Se considera tratamiento de datos de carácter personal las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
Si el Contrato conlleva tratamiento o acceso a datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en la disposición adicional 25ª de la LCSP. Además, la contratista y el personal adscrito a la ejecución deberán cumplir lo siguiente:
a) Únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del Responsable del tratamiento.
b) Utilizará los datos personales, única y exclusivamente, para la realización del objeto del Contrato.
c) No facilitará ningún dato personal a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con ellos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero.
d) Queda obligado por el deber xx xxxxxxx y de adopción de las medidas previstas en la LOPDP- gdd y en el RGDP incluso después de la extinción del Contrato y por las siguientes obligaciones:
1) Entregar al Responsable del contrato antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante la ejecución del Contrato fuera necesario incorporar a otras personas entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la contratista como todo el personal que figure en estas relaciones deberá comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.
2) Implementar las medidas de seguridad adicionales que, en su caso, se indiquen en la Cláusula 18.2 de las específicas del Contrato.
3) Finalizada la ejecución del Contrato, devolver todos los soportes o destruir o borrar todos los ficheros que contengan datos de carácter personal y certificarlo mediante acta que se entregará al Responsable del contrato cuando éste lo requiera. La destrucción se realizará manera que sea imposible aplicar cualquier proceso de recuperación.
e) El Responsable del contrato puede realizar controles durante la ejecución para verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad y puede adoptar, en su caso, las medidas correctoras oportunas.
30.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Y DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
30.1.- Propiedad de los trabajos
Los trabajos realizados en cualquiera de sus fases son propiedad del Poder adjudicador y éste, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de parte de las prestaciones, siempre que sea compatible con el programa definitivo de elaboración y no afecte al correcto desarrollo de los trabajos.
Asimismo, podrá la contratista solicitar la recepción anticipada de la prestación, quedando al Poder adjudicador la facultad de admitir dicha recepción.
30.2.- Propiedad industrial e intelectual
Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de este al Poder adjudicador contratante.
En consecuencia, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, además del formato original de producción, adquiere los derechos de propiedad intelectual y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación de la obra o producto obtenidos y demás que puedan ser susceptibles de explotación económica. Estos derechos de propiedad intelectual se adquieren en régimen de exclusiva, sobre cualquier modalidad de explotación y/o soporte existente a la fecha de la firma, por el plazo máximo de duración previsto
en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y con un ámbito territorial que se extiende a todos los países del mundo sin excepción.
La titularidad de este derecho abarca no sólo al trabajo o producto final, sino al conjunto de trabajos, bocetos, esquemas, documentos previos, diagramas de flujo y, en conjunto, todos y cada uno de los trabajos susceptibles de ser objeto de propiedad intelectual e industrial realizados para el desarrollo.
La contratista debe informar detalladamente a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre cualesquiera reservas y derechos legales de terceros que pudieran existir sobre las contribuciones preexistentes que se vayan a incorporar al resultado del trabajo contratado. Es obligación de la contratista garantizar la total disponibilidad de todos los elementos sujetos a los mencionados derechos y reservas, asumiendo los costes que ello pudiera implicar.
La contratista será plena responsable y correrá a su cargo, toda reclamación relativa a dichos derechos debiendo indemnizar a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi por todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de representación y de defensa que eventualmente pudieran originarse.
Cuando el objeto del Contrato consista en la elaboración y desarrollo de aplicaciones informáticas, la información sobre reservas y derechos legales de terceros del párrafo anterior deberá incluir necesariamente la referencia a todas las fuentes utilizadas, su versionado y origen, las licencias aplicadas a cada uno de sus componentes y si su uso se realiza en compilación o en ejecución.
La contratista o cualquiera de las personas que hayan intervenido en la elaboración no podrán utilizar el trabajo para sí, ni proporcionar a terceros fragmentos de este, de la filmación, textos, dibujos, fotografías o asimilados del trabajo contratado; tampoco podrán publicar total o parcialmente su contenido sin consentimiento expreso y escrito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Igualmente, se abstendrán de intentar registrar cualquier derecho de propiedad industrial e intelectual que sean idénticos o similares a los que puedan derivarse del Contrato, perdurando esta obligación incluso a su finalización. En todo caso, la contratista será responsable de los daños y perjuicios que deriven del incumplimiento de estas obligaciones.
La contratista se compromete a colaborar con la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y a suscribir cuanta documentación le requiera para hacer efectiva la adquisición por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y/o protección a su favor de todos los derechos mencionados en esta Cláusula.
31.- PENALIDADES
Sin perjuicio de la obligación de reparación de defectos e indemnización por daños y perjuicios que legalmente incumbe a la contratista; y de la posibilidad de resolver el Contrato prevista en la LCSP o en la Cláusula 38 de las Condiciones Generales, el Órgano de Contratación podrá imponer al contratista penalidades por las siguientes causas:
a) Incumplimientos indicados, en su caso, en la Cláusula 13.1 de las específicas del Contrato: importes señalados en dicha Cláusula.
b) Demora en el cumplimiento del plazo total o de los plazos parciales: importes señalados en el art.
193.3. y 193.4 de la LCSP, salvo que en la Cláusula 13.2 de las específicas del Contrato se indiquen otros.
c) Incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales: entre un 1% y 10% del Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
d) Incumplimiento de lo dispuesto en la Cláusula 12.1.4 de las específicas del Contrato: hasta un
50% del importe.
e) Incumpliendo de lo dispuesto en la Cláusula 28.3 de las Condiciones Generales: el importe por cada día de demora será el 0,01% del precio o presupuesto máximo limitativo del contrato.
f) Incumplimiento de compromisos asumidos a través de la oferta que se han tomado en consideración como criterio de valoración: entre el 1% y el 10% del Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
g) Incumplimiento de las obligaciones en materia medioambiental, social o laboral indicadas en la
Cláusula 12.2 de las específicas del Contrato (a estos efectos, se considera como incumplimiento de la Cláusula 12.2.2.1 el incumplimiento o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa): entre el 0,5% y el 10% del Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato, en función de la gravedad del incumplimiento y, en su caso, su reiteración.
h) Incumplimiento del plazo para presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo cuando sea exigible: el importe por cada día de demora será a razón de un euro por cada 5.000,00 euros del Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato.
La imposición de penalidades se acordará mediante resolución del Órgano de Contratación y el procedimiento para acordarla incluye las siguientes actuaciones:
a) Informe del Responsable del contrato en el que se identifiquen los incumplimientos detectados y se proponga el importe de la penalidad.
b) Audiencia a la contratista por espacio de 5 (cinco) días hábiles para que formule las alegaciones que considere oportunas.
c) Resolución del Órgano de Contratación.
d) Recaudación de las cantidades mediante su deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse a la contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de los mencionados pagos.
El pago del precio se realizará con arreglo a las siguientes condiciones:
32.1.- Certificación de servicios prestados o ejecutados
32.1.1.- La contratista deberá presentar en el registro indicado en la Cláusula 19.6.2 de las específicas del Contrato la/s certificación/es de servicios que incluya/n los siguientes datos:
a) Código del expediente.
b) Nombre o denominación social y NIF del contratista.
c) Relación valorada –con arreglo al/los precio/s pactado/s– de los servicios prestados o ejecutados (sin IVA).
d) Período al que corresponden los servicios, en el caso de que la certificación sea parcial.
32.1.2.- Plazo y condiciones
La presentación se realizará en los siguientes plazos y condiciones:
a) Si la Cláusula 5.2 de las específicas establece pago único del precio: se presentará una certificación total dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de finalización de la ejecución del Contrato.
b) Si la Cláusula 5.2 de las específicas establece pagos parciales del precio: se presentarán certificaciones parciales dentro de los 30 (treinta) días siguientes a cada uno de los vencimientos periódicos establecidos en la citada Cláusula.
32.2.- Conformidad y registro de factura
El Responsable del contrato debe aprobar la certificación de servicios dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de registro y remitir copia del documento de aprobación a la contratista ese mismo día, mediante correo electrónico.
Una vez recibida la copia del documento de aprobación, la contratista presentará la factura en el registro indicado en la Cláusula 19.6.2 de as específicas del Contrato en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica en el plazo de 30 (treinta) días desde la fecha de la prestación del servicio.
El Poder adjudicador deberá abonar el precio dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de aprobación de la certificación de servicios. Si se demorase en el cumplimiento de la obligación de pago deberá abonar a la contratista, a partir del cumplimiento del plazo indicado en el párrafo anterior los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
En todo caso, el inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses se supedita a que la contratista haya presentado la/s certificación/es de servicios prestados y la/s factura/s en el registro indicado en la Cláusula 19.6.2 de las específicas del Contrato. Si la contratista incumpliera el plazo de 30 (treinta) días para presentar la factura ante dicho registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos 30 (treinta) días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que el Poder adjudicador haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.
La contratista debe expedir y remitir las facturas electrónicamente a través del servicio de facturación electrónica.
La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público (BOE Nº 311, de 28/12/2014) regula el uso de la factura electrónica por los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Administración Pública. A su vez, en el BOPV de fecha 05/11/2014 se publica el Acuerdo del 27 de octubre de 2014, del Consejo de Administración de Osakidetza –Servicio vasco de salud, por el que se implanta el sistema de facturación electrónica en las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio xxxxx de salud.
En el referido Acuerdo se dispone que será de utilización obligatoria para la presentación de las facturas emitidas por los proveedores de bienes y servicios indicados en el punto 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, exceptuándose de esta obligación las facturas cuyo importe sean de hasta 5.000,00 (cinco mil euros, IVA incluido) quedando a salvo la posibilidad de que en un momento posterior se adopten otras disposiciones al respecto.
En el citado Acuerdo se determina la forma de presentación de las facturas electrónicas fijándose el punto general de entrada de facturas electrónicas en la sede electrónica del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud (www.Osakidetza-Servicio vasco de xxxxx.xxxxxxx.xxx.
Podrá accederse a información detallada sobre el servicio de facturación electrónica del Osakidetza desde la siguiente página web:
xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/x00- ekproc01/es/contenidos/informacion/factura_electronica_osk/es_def/index.shtml
33.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el Contrato, el Órgano de Contratación solo podrá modificarlo, por razones de interés público, en los supuestos previstos en la Cláusula 16 de las específicas del Contrato y en el art. 205 de la LCSP.
Se consideran razones de interés público las que tienen la finalidad de lograr el objetivo de estabilidad presupuestaria que se lleven a cabo durante el ejercicio presupuestario correspondiente.
33.2.1.- El procedimiento para acordar la modificación incluye, en todo caso, las siguientes actuaciones:
a) Contratos de tracto sucesivo por precio unitario, en los que el número total de unidades de prestación no se haya determinado con precisión al celebrar el Contrato:
1) Informe del Responsable del contrato en el que se justifique la existencia de necesidades reales superiores a las inicialmente estimadas y se determine su alcance económico.
2) Resolución del Órgano de Contratación acordado el inicio del procedimiento.
3) Audiencia a la contratista por espacio 5 (cinco) días hábiles.
4) Informe jurídico.
5) Resolución del Órgano de Contratación y notificación a la contratista.
6) Publicación del anuncio de modificación en el Perfil de Contratante junto con las alegaciones de la contratista y todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con carácter previo a su aprobación.
33.2.2.- En los casos que se definen a continuación se han de efectuar, además, las siguientes
actuaciones:
1) Si el Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato se altera, la contratista deberá reajustar la garantía, en el plazo de 15 (quince) días naturales desde la notificación de la resolución.
2) En el caso de que en la Cláusula 9 de las específicas del Contrato se haya exigido algún/os seguro/s específico/s con una serie de condiciones y tras la modificación del Contrato se vieran alteradas esas condiciones y/o la duración o plazo de ejecución del Contrato, la contratista deberá contratar una nueva póliza de dicho/s seguro/s en similares coberturas y capitales que la precedente o prorrogar la/s ya existente/s de manera que cubra/n las características objeto de modificación y, en su caso, el periodo suplementario.
3) En el caso de que la modificación no estuviera prevista en el PCAP, emisión de informe de la Comisión Jurídica Asesora si el Precio o Presupuesto máximo limitativo del Contrato es igual o superior a 6.000.000 (seis millones) de euros y la modificación implica una alteración superior al 20%. En el caso de que se acuerden sucesivas modificaciones, el cálculo de la variación porcentual se realizará considerando todas ellas.
33.2.3.- En todo caso, la modificación se formalizará conforme a lo dispuesto en el art. 153 de la
LCSP y se publicará de conformidad con los artículos 63 y 207 de la LCSP.
Las modificaciones acordadas con arreglo a lo dispuesto en esta Cláusula serán obligatorias para la contratista. En el caso de modificaciones no previstas en el PCAP, se estará a lo previsto en el art. 206 de la LCSP.
La Cláusula 14.1 de las específicas del Contrato no admite la subcontratación, por lo que la contratista no podrá subcontratar la ejecución parcial de ninguna prestación.
34.1.- Comprobación del cumplimiento de condiciones de pago a los suministradores
La contratista deberá justificar el cumplimiento de las condiciones de pago pactadas con el suministrador, que deben respetar los límites que establece el art. 216 de la LCSP, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 28.3 de las Condiciones Generales.
35.- CESIÓN DEL CONTRATO Y MODIFICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA UTE
35.1.1.- Supuestos
Sin perjuicio de los casos de sucesión de la contratista del art. 98 de la LCSP y los supuestos de modificación de la composición de la UTE del art. 69.9 de la LCSP, el Contrato podrá ser cedido en los siguientes casos:
1. Cuando la contratista se encuentre en situación de insolvencia, de conformidad con el art. 2.2 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y todavía no haya solicitado la declaración de concurso, siempre y cuando no haya sido declarada insolvente en cualquier otro procedimiento.
2. Cuando se haya declarado en concurso a la contratista, incluso cuando se haya procedido a la apertura de la fase de liquidación o haya puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
3. Cuando la contratista sea una persona física y haya manifestado su voluntad de jubilarse en fecha anterior a la finalización del Contrato.
35.1.2.- Procedimiento
1. La contratista dirigirá al Responsable del contrato escrito en el que solicite la autorización de la cesión. A dicha solicitud deberá adjuntar siguiente documentación:
i. Documentación acreditativa de la circunstancia concurrente que posibilita instar la cesión del contrato.
ii. Documentación acreditativa de que el cesionario cumple con los requisitos recogidos en la letra c) del art. 214.2 de la LCSP.
2. Resolución del Órgano de Contratación por la que acuerde el inicio del procedimiento.
3. Informe emitido por el Responsable del contrato en el que indique si debe cumplirse o no el requisito de haber ejecutado al menos el 20% del importe del Contrato y, en caso afirmativo, si dicho requisito se cumple. Asimismo deberá señalar que se respetan los límites recogidos en el segundo párrafo del apartado 1 del art. 214 de la LCSP.
4. Informe jurídico.
5. Aportación por parte de la contratista del borrador de escritura pública en la que se formalizará la cesión.
6. Resolución del Órgano de Contratación por la que se autoriza la cesión y notificación a la contratista.
7. Publicación de la resolución del Órgano de Contratación por la que se autoriza la cesión en el Perfil de Contratante.
8. Formalización de la cesión en escritura pública.
9. Depósito de la garantía por parte del cesionario en la Tesorería del Ente Público Osakidetza. No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
35.1.3.- Condiciones
35.1.3.1.- En todo caso, para que el Órgano de Contratación pueda autorizar la cesión deben cumplirse las siguientes condiciones:
1. Que se cumplan los requisitos recogidos en el apartado 2 del art. 214 de la LCSP.
2. Que las cualidades técnicas o personales del cedente (contratista) no hayan sido razón determinante de la adjudicación del Contrato.
3. Que de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado.
35.1.3.2.- No se autorizará la cesión del Contrato cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características de la contratista, si estas constituyen un elemento esencial del Contrato.
35.1.3.3.- La cesión entre la contratista (cedente) y el cesionario se formalizará en escritura pública.
35.1.3.4.- No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que se halle formalmente constituida la del cesionario.
35.2.- MODIFICACIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA UTE
35.2.1.- En el caso de que la modificación de la composición de la UTE suponga el aumento del número de sus componentes, su disminución, o la sustitución de uno o varios por otro u otros, se realizarán las siguientes actuaciones:
1. La UTE contratista dirigirá al Responsable del contrato escrito en el que solicite la autorización de la modificación. A dicha solicitud deberá adjuntar la siguiente documentación:
i. Justificación de la/s circunstancia/s concurrente/s que posibilita/n instar la modificación de la composición de la UTE.
ii. Documentación acreditativa de que la UTE, con su nueva composición, cumple con los requisitos de solvencia o clasificación exigida y que todos miembros que la van a integrar tienen plena capacidad de obrar y no están incursos en prohibición de contratar con el sector público.
2. Resolución del Órgano de Contratación por la que acuerde el inicio del procedimiento.
3. Informe emitido por el Responsable del contrato en el que señale que se ha ejecutado, al menos, un 20% del importe del Contrato.
4. Informe jurídico.
5. Aportación por parte de la contratista del borrador de escritura pública en la que se formalizará la UTE con su nueva composición.
6. Resolución del Órgano de Contratación por la que se autoriza la modificación de composición de la UTE, y notificación a la UTE contratista.
7. Publicación de la resolución del Órgano de Contratación por la que se autoriza la modificación de la composición de la UTE en el Perfil de Contratante.
8. Formalización de la UTE en escritura pública.
9. Depósito de nueva garantía por parte de la UTE en la Tesorería del Ente Público Osakidetza. No se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada anteriormente por la UTE hasta que se halle formalmente constituida la nueva.
35.2.2.- En el caso de que, a consecuencia de operaciones de fusión, escisión o transmisión de rama de actividad respecto de alguno/s componente/s que integra/n la UTE, la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente de la rama de actividad no sea miembro integrante de la UTE, se cumplimentarán los mismos trámites indicados en la Cláusula 35.2.1 de las Condiciones Generales, salvo el relativo a la ejecución del Contrato de, al menos, un 20% de su importe.
35.2.3.- En el caso de que uno o varios componentes de la UTE fuera/n declarado/s en concurso, incluso aunque se haya abierto la fase de liquidación, se estará a lo dispuesto en la letra c) del art. 69.9 de la LCSP en consonancia con lo dispuesto en el art. 212.5 de la LCSP sobre la prestación de garantías adicionales suficientes para la ejecución del Contrato. En este caso se realizarán las actuaciones siguientes:
1. La UTE contratista dirigirá al Responsable del contrato un escrito, junto con la documentación acreditativa de la situación de concurso de uno o varios de los componentes de la UTE, por el que haga una de las siguientes solicitudes:
i. Continuación de la ejecución del Contrato con el /los componente/s restante/s. En este caso debe adjuntar documentación justificativa de que la UTE, con su nueva composición, cumple con los requisitos de solvencia o clasificación exigidos.
ii. Continuación de la ejecución del Contrato con los componentes iniciales de la UTE, incluido/s el/los declarado/s en concurso.
2. Realización de los trámites descritos en los puntos del 2 al 9 (salvo el número 3) de la Cláusula 35.2.1 de las Condiciones Generales. Y, en el caso de que el Órgano de Contratación resuelva que la UTE continúe ejecutando el contrato con todos sus componentes, incluido/s el/los declarado/s en concurso, la UTE contratista deberá prestar las garantías adicionales suficientes para la correcta ejecución del Contrato que el Órgano de Contratación haya indicado en su resolución.
36.- CUMPLIMIENTO: ENTREGA, RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
36.1.- Entrega y comprobación del correcto cumplimiento
La entrega de las prestaciones que integran el objeto del Contrato se efectuará con arreglo a las especificaciones establecidas en el PPTP y los plazos indicados en la Cláusula 8 de las Condiciones Generales.
Salvo que se prevea otra cosa en el PPTP, la fecha de entrega es la siguiente:
En los contratos de tracto sucesivo: el día en que finaliza el plazo total de ejecución del Contrato.
En el plazo máximo de 15 (quince) días hábiles a contar desde la fecha de entrega, el Responsable del contrato efectuará las comprobaciones pertinentes para verificar el correcto cumplimiento de las condiciones pactadas y, emitirá un informe de comprobación en alguno de los siguientes sentidos:
a) Si concluyese que se han cumplido: propondrá que se lleve a cabo la recepción del contrato y la fecha para efectuarla —dentro del el plazo indicado en la Cláusula 15.2 de las específicas del Contrato— y remitirá el informe a la contratista.
b) Si concluyese que no se han cumplido: identificará los incumplimientos y/o defectos observados y detallará las instrucciones para subsanarlos. Remitirá el informe a la contratista, precisando el plazo en que deberá efectuar la subsanación e informándole de la posibilidad de formular reclamación por escrito a las conclusiones incluidas en el informe en el plazo de 5 (cinco) días hábiles.
Si la contratista no formulase reclamación dentro de plazo indicado, se entenderá que se encuentra conforme con las instrucciones y obligado a subsanar los defectos observados.
Si la contratista formulase reclamación dentro del plazo indicado, se dará traslado del informe de comprobación y de la reclamación al Órgano de Contratación, que resolverá en un plazo de 15 (quince) días hábiles.
36.2.- Subsanación de defectos
36.2.1.- Una vez transcurrido el plazo de subsanación, el Responsable del contrato efectuará las comprobaciones pertinentes para verificar el correcto cumplimiento de las instrucciones dictadas y, en el plazo máximo de10 (diez) días hábiles, emitirá un segundo informe de comprobación:
a) Si concluyese que se han cumplido correctamente: realizará las actuaciones indicadas en el apartado a) de la Cláusula 36.1 de las Condiciones Generales.
b) Si concluyese que no se han cumplido: identificará los incumplimientos y/o defectos observados y remitirá el informe de comprobación a la contratista y al Órgano de Contratación junto con la propuesta de imposición de penalidades y, en su caso, atendiendo a las circunstancias concurrentes, de alguna de las siguientes actuaciones:
1) Inicio de procedimiento de resolución de Contrato con incautación de garantía y obligación de la contratista de abonar al Poder adjudicador los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
2) Concesión de un nuevo plazo de subsanación con imposición de penalidad de hasta el 25% del Precio o Presupuesto limitativo máximo del Contrato.
Si el subcontratista no subsanase en el segundo plazo otorgado al efecto, se procederá a la resolución del Contrato con incautación de la garantía y obligación del contratista de abonar al Poder adjudicador los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
En todo caso, hasta que tenga lugar la recepción, la contratista responderá del correcto cumplimiento de las condiciones pactadas, sin que sea eximente ni otorgue derecho alguno la circunstancia de que el Responsable del contrato haya emitido informe de comprobación favorable o haya prestado conformidad a certificaciones de servicios parciales.
En el supuesto de que el Responsable del contrato haya concluido que se han cumplido correctamente las condiciones pactadas se procederá a la recepción del Contrato.
Al acto de recepción acudirá el Responsable del contrato y la que represente a la contratista. La
convocatoria al acto, que deberá efectuar el Responsable del contrato, se remitirá con 5 (cinco) días hábiles de antelación. Del acto de recepción se levantará el acta correspondiente, por duplicado, que deberán firmar todos los asistentes.
Cuando la naturaleza del Contrato así lo exija y/o se haya recogido expresamente en las Cláusulas específicas del Contrato la previsión del párrafo segundo del art. 309.1 de la LCSP, dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, el Órgano de Contratación resolverá acordar la liquidación correspondiente, se notificará y, en su caso, se abonará a la contratista, siempre y cuando la factura no haya sido presentada con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción.
Si el contratista presentó la factura con posterioridad a la fecha en que tuvo lugar la recepción, el plazo de 30 (treinta) días comenzará a contar desde la fecha de presentación de la factura en el registro indicado en la cláusula 19.6.2 de las específicas del Contrato.
Si se produjera demora en el pago del saldo de liquidación, la contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
37.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA
37.1.- Obligaciones de la contratista
Durante el plazo de garantía establecido en la Cláusula 15.4 las específicas del Contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del Contrato, la contratista está obligada a subsanar, a su xxxxx, los vicios o defectos que presenten los trabajos efectuados, y cuya existencia se acredite y se comunique por escrito dentro del citado plazo.
En el caso de que, habiendo reclamado la subsanación de vicios o defectos en forma y plazo, la contratista no los subsanase, el Poder adjudicador podrá utilizar los medios de ejecución forzosa establecidos en el art. 100 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Transcurrido el plazo de garantía sin que el Poder adjudicador haya reclamado la subsanación en forma y plazo, la contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
37.2.- Devolución de la garantía
37.2.1.- En el supuesto de que en la Cláusula 15.4 de las específicas del Contrato no se establezca plazo de garantía, el acuerdo de liquidación del Contrato incluirá la orden de devolución o cancelación de la garantía.
37.2.2.- En el supuesto de que en la Cláusula 15.4 de las específicas del Contrato se establezca plazo de garantía, una vez transcurrido este se efectuarán las siguientes actuaciones:
a) Si durante el plazo de garantía no se han formulado reclamaciones en forma y plazo o, habiéndose formulado, estas se han subsanado: el Órgano de Contratación dictará resolución acordando la devolución o cancelación de la garantía.
La resolución se adoptará y notificará a la contratista en el plazo máximo de 2 (dos) meses a contar desde la finalización del plazo de garantía, y se comunicará a la Tesorería del Ente Público Osakidetza.
b) Si durante el plazo de garantía se han formulado reclamaciones en forma y plazo y la contratista no las ha subsanado: el Responsable del contrato procederá a dictar las oportunas instrucciones a la contratista para la debida subsanación de las deficiencias. Para ello le concederá un plazo durante el cual la contratista continuará siendo la responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados en los términos descritos en el apartado 2 del art. 311 de la LCSP, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.
Si la contratista no cumple con las instrucciones dictadas por el Responsable del contrato en el plazo concedido al efecto, se procederá a incautar la garantía.
37.2.3.- En el supuesto de que en la Cláusula 8.5 de las específicas del Contrato se admita la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía, se actuará con arreglo a lo establecido en las Cláusulas 37.1 y 37.2 de las Condiciones Generales. Si se ha establecido plazo de garantía, este se iniciará al día siguiente de la recepción parcial.
37.2.4.- Si transcurre un año desde la fecha de terminación del Contrato, y vencido el plazo de garantía, sin que la recepción formal y la liquidación hayan tenido lugar por causas no
imputables a la contratista, se procederá a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el art. 110 de la LCSP. Si el valor estimado del Contrato es inferior a 100.000,00 (cien mil) euros y la contratista es una PYME, definida según las referencias contenidas en el art. 11.5 de la LCSP, el plazo de un año se reducirá a 6 (seis) meses.
Además de las establecidas en los artículos 211 y 313 de la LCSP, en las letras c), d) y f) del art. 294 en los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la ciudadanía, y de las recogidas, en su caso, en la Cláusula 17 de las específicas del Contrato, son causa de resolución del Contrato las siguientes:
a) La obstrucción a las facultades de dirección e inspección del poder adjudicador de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 190 de la LCSP.
b) El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial.
VII.- INCIDENCIAS Y REVISIÓN DE ACTOS
39.1.- Prerrogativas del Órgano de Contratación
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, resolución de dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificación, declaración de responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del Contrato, suspensión de la ejecución, resolución y efectos de esta de los contratos administrativos, serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de 1 (un) mes ante el mismo Órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 (dos) meses, contados desde el día siguiente al de su notificación.
Salvo lo establecido para casos específicos en este Pliego y en la normativa de contratos del sector público, cuantas incidencias surjan entre el Poder adjudicador y el contratista en la ejecución y extinción del Contrato, se tramitarán mediante expediente contradictorio, que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes:
a) Propuesta del Poder adjudicador o petición de la contratista.
b) Audiencia de la contratista por espacio de 5 (cinco) días hábiles.
c) Informe del Responsable del contrato.
d) Resolución motivada del Órgano de Contratación y notificación a la contratista.
Salvo que motivos de interés público lo justifiquen o la naturaleza de las incidencias lo requiera, la tramitación de este procedimiento determinará la paralización del Contrato.
40.- RÉGIMEN DE REVISIÓN DE ACTOS
El órgano competente para resolver el recurso especial en materia de contratación frente a actos previstos en el art. 44.2 de la LCSP en relación con los contratos recogidos en el art. 44.1 de la LCSP, así como para decidir sobre la adopción de las correspondientes medidas provisionales, es el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Los actos distados en relación con contratos de servicios no comprendidos en el art. 44.1 de la LCSP serán susceptibles de los recursos ordinarios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (artículos 112, 121 y 123).
ANEXOS
CUADRO RESUMEN
I. INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON DETERMINADAS CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DEL CONTRATO
ANEXO I.1. | CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS | |
DATOS SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO | ||
ANEXO I.3. | SIMULACIÓN CON FÓRMULA MATEMÁTICA |
II. A PRESENTAR EN EL “SOBRE A”
ANEXO II.1. | DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) | |
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS | ||
ANEXO II.3. | DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES CONTENIDAS EN LA OFERTA | |
ANEXO II.4. | COMPROMISO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE EN UTE | |
ANEXO II.5. | DECLARACIÓN SOBRE LOS COMPROMISOS QUE ASUME RESPECTO A LAS PERSONAS QUE REALICEN LA ACTIVIDAD OBJETO DEL CONTRATO | |
ANEXO II.6. | EMPRESAS PERTENECIENTES A UN MISMO GRUPO EMPRESARIAL | |
ANEXO II.7. | LOTE/S A LOS QUE PRESENTA OFERTA / OFERTA INTEGRADORA: COMBINACIÓN DE LOTES |
A PRESENTAR EN OFERTA
III. A PRESENTAR EN EL “SOBRE B”
ANEXO III.1. | OFERTA/S ECONÓMICA/S |
OTROS:
NO SE ESPECIFICAN MAS MODELOS DE ANEXO TIPO
IV. A PRESENTAR EN EL “SOBRE C”
NO SE ESPECIFICAN MAS MODELOS DE AXEXO TIPO
MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN UTE
ANEXO V.4.
MODELO DE AVAL BANCARIO MODELO DE AVAL BANCARIO UTE
ANEXO V.3.
AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO
ANEXO V.2.
DISPONIBILIDAD DE LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO
ANEXO V.1.
V. A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HAYA PRESENTADO LA “MEJOR OFERTA”
DECLARACIÓN SOBRE LOS DATOS RELATIVOS A LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
ANEXO VI.3.
COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
ANEXO VI.2.
APROBACIÓN DE CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS
ANEXO VI.1.
VI. A PRESENTAR POR EL CONTRATISTA (EN FASE DE EJECUCIÓN)
CÁLCULO PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: COSTES Y OTROS GASTOS
Los costes y gastos tenidos en cuenta para el cálculo del Presupuesto base de licitación del Contrato referenciado con el número de Expediente G/206/20/1/1386/0571/0000/092019 han sido los siguientes:
COSTES DIRECTOS:
Precios e histórico de lavandería para el Hospital Gorliz / Gorlizko Ospitalea / Gorliz Hospital:
CONCEPTO Unidades/Kg. BIENALES PRECIOS UNITARIOS IMPORTE MÁXIMO ESTIMADAS MÁXIMOS IVA excluido BIENAL IVA excluido | ||||
Ropa Plana (Kg.) | 450.000 | 0,90 | 405.000,00 | |
Ropa Forma (Unidad) | 164.000 | 0,82 | 134.480,00 | |
Ropa Lavado Especial (Kg.) | 20.000 | 0,90 | 18.000,00 | |
TOTAL IMPORTE MÁXIMO LICITACIÓN BIENAL IVA EXCLUIDO 557.480,00 |
El Presupuesto total para 2 años es de 557.480,00 euros (IVA excluido)
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: | 557.480,00 euros |
IVA (21 %): | 117.070,80 euros |
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: | 674.550,80 euros |
“DATOS SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO”
Contrato de servicios de “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA”
Convenio colectivo | Categoría profesional | Tipo de contrato | Jornada | Fecha antigüedad | Fecha vencimiento contrato | Salario bruto anual | Pactos en vigor |
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
ANEXO I.3.
“SIMULACIÓN FÓRMULA MATEMÁTICA”
Simulación fórmula para valorar el Criterio del Precio:
· Ponderación: 60,00
· Fórmula: [ (C/B)*0,25 + (D-B)*0,75/(D-C) ]*A
· Descripción: A: Puntos máximos (PUNTMAX)
B: Oferta de cada empresa (OFERN) C: Oferta más baja (XXXXXXX)
D: Precio de licitación (PRLIC)
· Las ofertas económicas se realizarán con un máximo de 2 decimales.
Simulación con 3 hipotéticas licitadoras: “Lic. nº 1” oferta por 550.000,00 euros
“Lic. nº 2” oferta por 530.000,00 euros “Lic. nº 3” oferta por 500.000,00 euros.
Resultados de la aplicación de la fórmula: “Lic. nº 1” obtiene 19,49 puntos
“Lic. nº 2” obtiene 35,66 puntos
“Lic. nº 3” obtiene 60,00 puntos.
ANEXO II.1.
“DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC)”
ÍNDICE
El presente formulario consta de las siguientes partes y secciones:
Parte I. Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
Parte II. Información sobre el operador económico, Sección A: Información sobre el operador económico
Sección B: Información sobre los representantes del operador económico
Sección C: Información sobre el recurso a la capacidad de otras entidades
Sección D: Información relativa a los subcontratistas en cuya capacidad no se base el operador económico.
Parte III. Motivos de exclusión,
Sección A: Motivos referidos a condenas penales
Sección B: Motivos referidos al pago de impuesto o de cotizaciones a la Seguridad Social Sección C: Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional Sección D: Otros motivos de exclusión que pueden estar previstos en la legislación nacional del
Estado miembro del poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
Parte IV. Criterios de selección,
Sección : Indicación global relativa a todos los criterios de selección Sección A: Idoneidad
Sección B: Solvencia económica y financiera Sección C: Capacidad técnica y profesional
Sección D: Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental.
Parte V. Reducción del número de candidatos cualificados. Parte VI. Declaraciones finales.
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador
INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
La información exigida en la Parte I se obtendrá automáticamente al utilizar el servicio DEUC electrónico para generar y cumplimentar el DEUC disponible en la siguiente dirección: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx/xxxxxx?xxxxxxx
Identidad del contratante1 | Respuesta |
Nombre: | […] |
¿De qué contratación se trata? | Respuesta |
Título o breve descripción de la contratación2: | […] |
Número de referencia del expediente asignado por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora (en su caso)3: | […] |
Parte II: Información sobre el operador económico
A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Identificación | Respuesta |
Nombre: | […] |
Número de IVA, en su caso4: Si no se dispone de número de IVA, indíquese, en su caso, cuando se exija, otro número de identificación nacional. | […] […] |
Dirección postal: | […] |
Persona o personas de contacto5: Teléfono: Correo electrónico: Dirección internet (dirección de la página web, en su caso): | […] […] […] […] |
Información general | Respuesta |
¿Es el operador económico una microempresa, una pequeña empresa o una mediana empresa?6 | Sí No |
1 Deberá reproducirse la información que figure en el apartado I, punto I.1, del anuncio de licitación del DOUE. En caso de contratación conjunta, sírvase indicar los nombres de todos los contratantes.
2 Véanse los puntos II. 1.1 y II 1.4 del anuncio de licitación.
3 Véase el punto II.1.1 del anuncio de licitación del DOUE.
4 Los ciudadanos/as u operadores económicos/as españoles/as deberán indicar su NIF; los ciudadanos/as no españoles/as residentes en España, el NIE; los operadores económicos pertenecientes a algún Estado miembro de la UE, NIF-IVA o NIF intracomunitario o, en su caso, número DUNS; los operadores económicos extranjeros de algún Estado no perteneciente a la UE, deberán aportar el número DUNS.
5 Repítase la información relativa a las personas de contacto tantas veces como sea necesario.
6 Véase la Recomendación de la Comisión de 6 xx xxxx de 2003, sobre la definición de microempresa, pequeñas y medianas empresas (DO L 124 de 20.5.2003, p. 36). Este dato se solicita exclusivamente con fines estadísticos. Microempresa: operador económico que cuente con menos de 10 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no exceda de los 2 millones de euros.
Pequeña empresa: operador económico que cuente con menos de 50 empleados y cuyo volumen de negocios anual o balance total anual no exceda de los 10 millones de euros.
Mediana empresa: operador económico que no es ni una microempresa ni una pequeña empresa, que cuente con menos de 250 empleados y cuyo volumen de negocios anual no exceda de los 50 millones de euros o cuyo balance total anual no exceda de los 43 millones de euros.
Únicamente en caso de contratación reservada7: el operador económico ¿es un taller protegido o una empresa social o prevé que el contrato se ejecute en el marco de programas de empleo protegido? Si la respuesta es afirmativa, ¿Cuál es el correspondiente porcentaje de trabajadores discapacitados o desfavorecidos? En caso necesario, especifíquese a qué categoría o categorías pertenecen los trabajadores discapacitados o desfavorecidos de que se trate. | Sí No […] […] |
En su caso, ¿figura el operador económico inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente (por ejemplo, en el marco de un sistema nacional de (pre)clasificación8? | Sí No No procede |
En caso afirmativo: Sírvase responder a las restantes preguntas de esta sección, a la sección B y, cuando proceda, a la sección C de la presente parte, cumplimente, cuando proceda, la parte V, y, en cualquier caso, cumplimente y firme la parte VI. Indíquense el nombre de la lista o certificado y el número de inscripción o certificación pertinente: Si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, sírvase indicar: Indíquese las referencias en las que se basa la inscripción o certificación y, en su caso, la clasificación obtenida en la lista oficial9: ¿Abarca la inscripción o certificación todos los criterios de selección exigida? En caso negativo: Sírvase consignar, además, la información que falte en la parte IV, secciones A, B, C o D, según proceda. ÚNICAMENTE, cuando así lo exijan el anuncio pertinente o los pliegos de contratación: Podrá el operador económico presentar un certificado con respecto al pago de las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos o facilitar información que permita al poder adjudicador o a la entidad adjudicadora obtenerlo directamente a través de una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse gratuitamente? Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] […] Sí No Sí No (dirección de la página web, autoridad y organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
Forma de participación | Respuesta |
¿Está participando el operador económico en el procedimiento de contratación junto con otros10? | Sí No |
7 Véase Cláusula 20.7 de las específicas del Contrato y punto III.1.5 del anuncio de licitación del DOUE.
8 Véase Cláusula 11.5 de las Condiciones Generales.
9 Las referencias y la clasificación, en su caso, figuran en la certificación.
10 En particular, en el seno de un grupo, consorcio, empresa en participación o similares (UTE).
En caso afirmativo, asegúrese de que los demás interesados presentan un formulario DEUC separado11. | |||||
En caso afirmativo: | |||||
a) Indíquese la función del operador económico dentro del | a): […] | ||||
grupo (responsable principal, responsable de cometidos | |||||
específicos, etc.): | |||||
b) Indíquese | a | los | demás operadores | económicos que | b): […] |
participan | en | el | procedimiento | de contratación | |
conjuntamente: | |||||
c) En su caso, nombre del grupo participante: | c): […] | ||||
Lotes | Respuesta | ||||
En su caso, indicación del lote o lotes respecto de los cuales el operador económico desee presentar una oferta: | [] |
B: INFORMACIÓN SOBRE LOS REPRESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
En su caso, indíquense el nombre y la dirección de la persona o personas habilitadas para representar al operador económico a efecto del presente procedimiento de contratación.
Representación, en su caso | Respuesta |
Nombre y apellidos: Junto con la fecha y lugar de nacimiento, si procede: | […] […] |
Cargo/Capacidad en la que actúa: | […] |
Dirección postal: | […] |
Teléfono: | […] |
Correo electrónico: | […] |
En caso necesario, facilítese información detallada sobre la representación (sus formas, alcance, finalidad, …) | […] |
C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
Recurso | Respuesta |
¿Se basa el operador económico en la capacidad12 de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV? | Sí No |
En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades.
Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad.
Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.
D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS EN CUYA CAPACIDAD NO SE BASA EL OPERADOR ECONÓMICO
11 En el caso de que dos o varios operadores económicos se presenten en agrupación de empresas o bajo el compromiso de constituirse formalmente en UTE si resultan adjudicatarios, deberán presentar un formulario DEUC debidamente cumplimentado y firmado por cada uno de los operadores económicos en el que figuren las partes II, III, IV y V. En caso de que varios operadores económicos presenten conjuntamente oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios, deberán presentar, además, compromiso de constituirse formalmente en UTE de conformidad con el modelo contenido en el anexo correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
12 Entiéndase capacidad como solvencia.
13 Por ejemplo, cuando se trate de organismos técnicos encargados del control de calidad: parte IV, sección C, punto 3.
Esta sección se cumplimentará únicamente si así se exige expresamente en la Cláusula 14.2 de las específicas del Contrato. | |
Subcontratación | Respuesta |
¿Tiene el operador económico la intención de subcontratar alguna parte del contrato a terceros? | Sí No En caso afirmativo y en la medida que se conozca este dato, enumérense los subcontratistas previstos: […]14 |
En el caso de que se exija en la Cláusula 14.2 de las específicas del Contrato como información adicional a la facilitada en esta sección, deberá aportarse la información requerida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III por cada uno de los subcontratistas, o cada una de las categorías de subcontratistas en cuestión. |
Parte III: Motivos de exclusión
A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES
El apartado 1 del art. 57 de la Directiva 2014/24/UE establece los siguientes motivos de exclusión:
Participación en una organización delictiva15. Corrupción16 y/o Fraude17.
Delitos de terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas18. Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo19.
Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos20.
Motivos referidos a condenas penales con arreglo a las disposiciones nacionales21 de aplicación de los motivos enunciados en el art. 57, apartado 1. de la Directiva 2014/24/UE | Respuesta |
¿Ha sido el propio operador económico, o cualquier persona que sea miembro de su órgano de administración, de dirección o de supervisión o que tenga poderes de representación, decisión o control en él, objeto, por alguno | Sí No |
14 Indíquense los subcontratistas solo en el caso de que así se exija en la letra a) de la Cláusula 14.2 de las específicas del Contrato. Indíquense los datos requeridos en la Cláusula 13.3.2.1 de las Condiciones Generales.
15 Tal y como se define en el art. 2 de la Decisión marco 2008/841/JAI del Consejo, de 24 de octubre de 2008, relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (DO L 300 de 11.11.2008, p. 42).
16 Tal y como se define en el art. 3 del Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 195 de 25.6.1997, p. 1) y en el art. 2, apartado 1, de la Decisión marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el xxxxxx xxxxxxx (XX X 000 de 31.7.2003, p. 54). Este motivo de exclusión abarca también la corrupción tal como se defina en la legislación nacional del poder adjudicador (entidad adjudicadora) o del operador económico.
17 En el sentido del art. 1 del Convenio relativo a la protección de intereses financiero de las Comunidades Europeas (DOC 316 de 27.11.1995, p. 48).
18 Tal como se definen en la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2002, sobre la lucha contra el terrorismo (DO L 164 de 22.6.2002, p. 3). Este motivo de exclusión engloba también la inducción o complicidad para cometer un delito o la tentativa de cometerlo, tal y como se contempla en el art. 4 de la citada Decisión marco.
19 Tal como se definen en el art. 1 de la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (DO L 309 de 25.11.2005, p. 15).
20 Tal como se definen en el art. 2 de la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 xx xxxxx de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/629/JAI del Consejo (DO L 101 de 15.4.2011, p. 1).
21 A estos efectos, la letra a) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP recoge como prohibiciones de contratar “Haber sido condenadas mediante sentencia firme por delitos de terrorismo, constitución o integración de una organización o grupo criminal, asociación ilícita, financiación ilegal de los partidos políticos, trata de seres humanos, corrupción en los negocios, tráfico de influencias, cohecho, fraudes, delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, delitos contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, malversación, negociaciones prohibidas a los funcionarios, blanqueo de capitales, delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente, o a la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio. La prohibición de contratar alcanzará a las personas jurídicas que sean declaradas penalmente responsables, y a aquéllas cuyos administradores o representantes, lo sean de hecho o de derecho, vigente su cargo o representación y hasta su cese, se encontraran en la situación mencionada en este apartado”.
de los motivos enumerados más arriba, de una condena en sentencia firme que se haya dictado, como máximo, en los cinco años anteriores o en la que se haya establecido directamente un periodo de exclusión que siga siendo aplicable? | Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […]22 |
En caso afirmativo, indíquese23: a) Fecha de la condena, especificando de cuál de los puntos 1 a 6 se trata y las razones de la misma: b) Identificación de la persona condenada […]: c) En la medida en que se establezca directamente en la condena: | a) Fecha: […], punto(s): […], razón o razone: […] b) […] c) Duración del período de exclusión […] y puntos de que se trate […] Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […]24 |
En caso de condena, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de un motivo pertinente de exclusión (autocorrección)25? | Sí No |
En caso afirmativo, descríbanse las medidas adoptadas26: | […] |
B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA SEG. SOCIAL
Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad social | Respuesta | |
¿Ha cumplido el operador económico todas sus obligaciones relativas al pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social, tanto en el país en el que está establecido como en el Estado miembro del poder adjudicador27 o la entidad adjudicadora, si no coincide con su país de establecimiento? | Sí No | |
En caso negativo, indíquese: a) País o miembro de que se trate. b) ¿A cuánto asciende el importe en cuestión? c) ¿De qué manera ha quedado establecido ese incumplimiento? 1) A través de una resolución administrativa o judicial: - ¿Es esta resolución firme y vinculante? - Indíquese la fecha de la condena o resolución. - En caso de condena, y siempre que se establezca directamente en ella, duración del período de exclusión. | Impuestos | Cotizaciones sociales |
[…] […] c1) Sí No - Sí No - […] - […] | […] […] c1) Sí No - Sí No - […] - […] |
22 Repítase tantas veces como sea necesario.
23 Repítase tantas veces como sea necesario.
24 Repítase tantas veces como sea necesario.
25 De conformidad con las disposiciones nacionales de aplicación del art. 57, apartado 6, de la Directiva 2014/24/UE.
26 La explicación deberá demostrar la idoneidad de las medidas adoptadas teniendo en cuenta el carácter de los delitos cometidos (puntual, reiterado, sistemático, etc.).
27 A estos efectos, la letra a) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP recoge como prohibición de contratar “Haber sido condenadas mediante sentencia firme por (...) delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (...)”; la letra d) del mismo apartado estable como prohibición de contratar “No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en los términos que reglamentariamente se determinen”; y la letra f) de dicho apartado “estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria”.
2) Por otros medios. Especifíquese. d) ¿Ha cumplido el operador económico sus obligaciones mediante pago o acuerdo vinculante con vistas al pago de los impuestos o de las cotizaciones a la Seguridad Social que adeude, incluidos, en su caso, los intereses devengados o las multas impuestas? | c2) […] d) Sí No En caso afirmativo, especifíquese: […] | c2) […] d) Sí No En caso afirmativo, especifíquese: […] |
Si la documentación pertinente relativa al pago de impuestos o de cotizaciones sociales está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación)28: […] […] […] […] |
C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL29
Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional. | Respuesta |
Según su xxxx saber y entender, ¿ha incumplido el operador económico sus obligaciones en los ámbitos de la legislación laboral, social y medioambiental30? | Sí No |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas para demostrar su credibilidad pese a la existencia de ese motivo de exclusión (autocorrección)? Sí No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: […] | |
Se encuentra el operador económico en alguna de las siguientes situaciones31: En quiebra Sometido a un procedimiento de insolvencia o liquidación. Ha celebrado un convenio con sus acreedores. En cualquier situación análoga resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las disposiciones legales y reglamentarias nacionales. Sus activos están siendo administrados por un liquidador o por un tribunal. Sus actividades empresariales han sido suspendidas. En caso afirmativo: | Sí No |
28 Repítase tantas veces como sea necesario.
29 Véase el art. 57, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE. No obstante, se debe tener en cuenta que los siguientes motivos de exclusión deberán interpretarse de conformidad con la legislación nacional, tal y como se indicará para cada caso concreto.
30 Tal y como se contemplan a efectos de la presente contratación en la legislación nacional, en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación o en el art. 18, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE.
A estos efectos, la letra b) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP recoge entre las prohibiciones de contratar el haber sido sancionada con carácter firme por:
a)infracción muy grave en materia laboral o social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx, así como por la infracción grave prevista en el art. 22.2 del citado texto.
b)infracción muy grave en materia medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
Y la letra d) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP recoge entre las prohibiciones de contratar “(…) en el caso de empresas de 50 o más trabajadores, no cumplir el requisito de que al menos el 2 por ciento de sus empleados sean trabajadores con discapacidad, de conformidad con el art. 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, en las condiciones que reglamentariamente se determinen”.
31 Véase la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación. A estos efectos, la letra c) del apartado 1 del art.71 de la LCSP ”Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declaradas insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declaradas en concurso, salvo que en éste haya adquirido eficacia un convenio o se haya iniciado un expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso “.
Especifíquese: | |||||||||||
Indíquense los motivos por los cuales el operador es, no | - […] | ||||||||||
obstante, capaz | de | ejecutar | el | Contrato, teniendo | en | - […] | |||||
cuenta las disposiciones y medidas nacionales aplicables en | |||||||||||
lo referente a la continuación de la actividad en tales | |||||||||||
circunstancias32? | |||||||||||
Si la documentación pertinente está disponible en formato | (dirección | de | la | página | web, autoridad | u | |||||
electrónico, sírvase indicar: | organismo expedidor, referencia exacta de la | ||||||||||
documentación): | |||||||||||
[…] […] […] […] | |||||||||||
¿Se ha declarado al operador económico culpable de una falta profesional grave33? En caso afirmativo, especifíquese: | […] | Sí | No | ||||||||
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas auto-correctoras? Sí No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: […] | |||||||||||
¿Ha celebrado el operador económico acuerdos con otros operadores económicos destinados a falsear la competencia34? En caso afirmativo, especifíquense: | […] | Sí | No | ||||||||
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas auto-correctoras? Sí No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: […] | |||||||||||
¿Tiene el operador económico conocimiento de algún conflicto de intereses debido a su participación en el procedimiento de contratación35? | Sí | No |
32 No será necesario facilitar esta información si la exclusión de los operadores económico en uno de los supuestos contemplados en las letras a) a f) tiene carácter obligatorio en virtud de la legislación nacional aplicable, sin ninguna excepción posible aún en el caso de que el operador económico esté en condiciones de ejecutar el Contrato. Se estará a lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP.
33 En su caso, véanse las definiciones en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de contratación. En este punto se estará a lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP que establece como prohibición de contratar con las entidades previstas en el art. 3 de la LCSP, el “haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia profesional,(…)”.
34 Según lo señalado en la legislación nacional, el anuncio pertinente o los pliegos de contratación. En este punto se estará a lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP, que establece como prohibición de contratar con las entidades previstas en el art. 3 de la LCSP, el “haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia(…),de falseamiento de la competencia”.
35 La letra g) del apartado 1 del art. 71de la LCSP recoge como prohibición de contratar “estar incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado o las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma. La prohibición alcanzará a las personas jurídicas en cuyo capital participen, en los términos y cuantías establecidas en la legislación citada, el personal y los altos cargos a que se refiere el párrafo anterior, así como los cargos electos al servicio de las mismas. La prohibición se extiende igualmente, en ambos casos, a los cónyuges, personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva, ascendientes y descendientes, así como a parientes en segundo grado por consanguineidad o afinidad de las personas a que se refieren los párrafos anteriores, cuando se produzca conflicto de intereses con el titular del Órgano de Contratación o los titulares de los
En caso afirmativo, especifíquense: | […] |
¿Ha asesorado el operador económico o alguna empresa relacionada con él al poder adjudicador o la entidad adjudicadora o ha intervenido de otra manera en la preparación del procedimiento de contratación36? En caso afirmativo, especifíquense: | Sí No […] |
¿Ha experimentado el operador económico la rescisión anticipada de un contrato público anterior, un contrato anterior con una entidad adjudicadora o un contrato de concesión anterior o la imposición de daños y perjuicios u otras sanciones comparables en relación con ese contrato anterior?37 En caso afirmativo, especifíquese: | Sí No […] |
En caso afirmativo, ¿ha adoptado el operador económico medidas auto-correctoras? Sí No Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: | |
¿Puede el operador económico confirmar que: no ha sido declarado culpable de falsedad grave al proporcionar la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de exclusión o el cumplimiento de los criterios de selección38, no ha ocultado tal información, ha podido presentar sin demora los documentos justificativos exigidos por el poder adjudicador o la entidad adjudicadora, y no ha intentado influir indebidamente en el proceso de toma de decisiones del poder adjudicador o la entidad adjudicadora, obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de contratación, o proporcionar por negligencia información engañosa que pueda tener una influencia importante en las | Sí No |
órganos en que se hubiere delegado la facultad para contratar o los que ejerzan la sustitución del primero” y la letra h) “Haber contratado a personas respecto de las que se haya publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el incumplimiento a que se refiere el art. 15.1 de la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado o en las respectivas normas de las Comunidades Autónomas, por haber pasado a prestar servicios en empresas o sociedades privadas directamente relacionadas con las competencias del cargo desempeñado durante los dos años siguientes a la fecha de cese en el mismo. La prohibición de contratar se mantendrá durante el tiempo que permanezca dentro de la organización de la empresa la persona contratada con el límite máximo de dos años a contar desde el cese como alto cargo”.
36 Ver el art. 70.1 de la LCSP “condiciones especiales de compatibilidad”.
37 La letra c) del apartado 2 del art. 71de la LCSP señala como prohibición de contratar “Haber incumplido las cláusulas que son esenciales en el contrato, incluyendo las condiciones especiales de ejecución establecidas de acuerdo con lo señalado en el art. 202, cuando dicho incumplimiento hubiese sido definido en los pliegos o en el contrato como infracción grave, concurriendo dolo, culpa o negligencia en el empresario, y siempre que haya dado lugar a la imposición de penalidades o a la indemnización de daños y perjuicios” y la letra d) de dicho apartado recoge el “Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con una entidad de las comprendidas en el art. 3 de la presente Ley”.
38 La letra e) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP recoge como prohibición de contratar “Haber incurrido en falsedad al efectuar la declaración responsable a que se refiere el art. 140 de la LCSP o al facilitar cualesquiera otros datos relativos a su capacidad y solvencia, o haber incumplido, por causa que le sea imputable, la obligación de comunicar la información prevista en el art. 82.4 (en materia de clasificación) y en el art. 343.1 (relativa a los registros de licitadores y empresas clasificadas)”; y las letras a) y b) del apartado 2 del art. 71: “Haber retirado indebidamente su proposición o candidatura en un procedimiento de adjudicación, o haber imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor por no cumplimentar lo establecido en el apartado 2 del art. 150 dentro del plazo señalado mediando dolo, culpa o negligencia” y “Haber dejado de formalizar el contrato, que ha sido adjudicado a su favor, en los plazos previstos en el art. 153 por causa imputable al adjudicatario”.
decisiones relativas adjudicación39? | a | la | exclusión, | selección | o |
D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL DEL ESTADO MIEMBRO DEL PODER ADJUDICADOR O DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA
Motivos de exclusión puramente nacionales | Respuesta |
¿Son aplicables los motivos de exclusión puramente nacionales que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de contratación40? Si la documentación exigida en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Sí No (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […]41 |
En el caso de que sea aplicable cualquiera de los motivos de exclusión puramente nacionales, ¿ha adoptado el operador económico medidas auto- correctoras? Si lo ha hecho, descríbanse las medidas adoptadas: | Sí No […] |
Parte IV: Criterios de selección42
En relación con los criterios de selección (sección α o secciones A a D de la presente parte), el operador económico declara que:
: INDICACIÓN GLOBAL RELATIVA A TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
El operador económico sólo debe cumplimentar esta casilla si se ha indicado en el anuncio de licitación o en la Cláusula 24.1 de las específicas del Contrato. Estos criterios de selección son los indicados, en su caso, en la Cláusula 21 de las específicas del Contrato.
Cumplimiento de todos los criterios de selección | Respuesta |
Cumple los criterios de selección requeridos | Sí No |
A: IDONEIDAD
El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección en el anuncio de licitación y en la Cláusula 21.4 de las específicas del Contrato.
Idoneidad | Respuesta |
1) Figura inscrito en un registro profesional o mercantil en su Estado miembro de establecimiento43: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
39 Ver la letra e) del apartado 1 del art. 71 de la LCSP que señala como prohibición de contratar.
40 La letra f) del apartado 1 del art. 71de la LCSP recoge como prohibición de contratar “Estar afectado por una prohibición de contratar impuesta en virtud de sanción administrativa firme, con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria”.
41 Repítase tantas veces como sea necesario.
42 Ver los apartados del 1 al 4 de la Cláusula 21 de las específicas del Contrato.
43 Tal y como se contempla en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE, los operadores económicos de determinados Estados miembros pueden tener que cumplir otros requisitos establecidos en dicho anexo.
2) Cuando se trate de contrato de servicios: ¿Es preciso disponer de una autorización específica o estar afiliado a una determinada organización para poder prestar el servicio de que se trate en el país de establecimiento del operador económico? Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Sí No En caso afirmativo, especifíquese qué autorización o afiliación e indíquese si el operador económico cumple este requisito: […………………………………………………] Sí No (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
Solvencia económica y financiera | Respuesta |
1a) Su volumen de negocios anual (general) durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 1b) Su volumen de negocios anual medio durante el número de ejercicios exigido en el anuncio pertinente o los pliegos de contratación es el siguiente44: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio): […], […] […] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
2a) Su volumen de negocios anual (específico) durante el número de ejercicios exigido en el ámbito de actividad cubierto por el Contrato y que se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente: Y/o 2b) Su volumen de negocios anual medio en el ámbito y durante el número de ejercicios exigidos en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación es el siguiente45: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda Ejercicio: […] volumen de negocios: […] [..] moneda (número de ejercicios, volumen de negocios medio): […], […] […] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
3) Si no se dispone de la información sobre el volumen de negocios (general o específico) en relación con todo el período considerado, indíquese la fecha de creación de la empresa o de inicio de las actividades del operador económico: | […] |
4) En relación con las ratios financieras46 que se especifican en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que el valor real de la(s) ratio(s) requerida(s) es | (indicación de la ratio requerida –ratio entre x e y(47)- y del valor: […], […]48 |
44 Sólo si el anuncio pertinente o la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato lo permiten.
45 Sólo si el anuncio pertinente o la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato lo permiten.
46 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo.
47 Por ejemplo, la ratio entre el activo y el pasivo.
el siguiente: Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
5) El importe asegurado en el seguro de indemnización por riesgos profesionales del operador económico es el siguiente: Si esta información está disponible en formato electrónico, sírvase indicar | […][…] moneda (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
6) En relación con los demás requisitos económicos o financieros que, en su caso, se especifiquen en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación, el operador económico declara que: Si la correspondiente documentación que, en su caso, se especifique en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación está disponible en formato electrónico, sírvase indicar: | […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
Descripción | Importes | Fechas | Destinatarios |
C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija el cumplimiento de los criterios de selección (requisitos de solvencia) en cuestión en el anuncio de licitación y en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
Capacidad Técnica y profesional | Respuesta |
1) Únicamente cuando se trate de contratos públicos de suministros o contratos públicos de servicios: Durante el período de referencia49, el operador económico ha realizado las siguientes principales entregas del tipo especificado o prestado los siguientes principales servicios del tipo especificado: Al elaborar la lista, indíquense los importes, las fechas y los destinatarios públicos o privados50: | Número de años (este período se especifica en el anuncio pertinente o los pliegos de contratación51): […] |
2) Puede recurrir al personal técnico o los | […] |
organismos técnicos52 siguientes, especialmente | |
los responsables del control de la calidad: | |
En el caso de los contratos públicos de obras, el operador económico podrá recurrir al personal | […] |
técnico o los organismos técnicos siguientes para | |
ejecutar la obra: | |
3) Emplea las siguientes instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad y dispone de los siguientes medios de estudio e investigación: | […] |
4) Cuando los servicios que se vayan a suministrar sean complejos o, excepcionalmente, en el caso de servicios que |
48 Repítase tantas veces como sea necesario.
49 Ver Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
50 En otras palabras, deben enumerarse todos los destinatarios y la lista debe incluir los clientes tanto públicos como privados de los suministros o los servicios de que se trate.
51 Ver Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
52 Cuando se trate de personal técnico u organismos técnicos que no estén integrados directamente en la empresa del operador económico pero en cuya capacidad se base éste, tal como se indica en la parte II, sección C, deberán cumplimentarse formularios DEUC separados.
sean necesarios para un fin particular: ¿Autorizará el operador económico que se verifique53 su capacidad de producción su capacidad técnica y, en su caso, los medios de estudio e investigación de que dispone, así como las medidas de control de la calidad que aplicará? | Sí No |
5) Quienes a continuación se indican poseen los siguientes títulos de estudios y profesionales: a) El propio proveedor de servicios o contratista y/o (dependiendo de los requisitos fijados en el anuncio pertinente o los pliegos de la contratación) b) Su personal directivo: | […] […] |
6) El operador económico podrá aplicar las siguientes medidas de gestión medioambiental al ejecutar el Contrato: | […] |
7) La plantilla media anual del operador económico y el número de directivos durante los tres últimos años fueron los siguientes: | Año, plantilla media anual: […], […] […], […] […], […] Año, número de directivos: […], […] […], […] […], […] |
8) El operador económico dispondrá de la maquinaría, material y el equipo técnico siguientes para ejecutar el Contrato: | […] |
9) El operador económico tiene eventualmente el propósito de subcontratar54 la siguiente parte (es decir, porcentaje) del Contrato: | […] |
D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL
El operador económico solo debe facilitar información cuando se exija la aplicación de sistemas de aseguramiento de la calidad o normas de gestión medioambiental en el anuncio de licitación y en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato.
Sistemas de aseguramiento de la calidad y normas de gestión medioambiental | Respuesta |
¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que cumple las normas de aseguramiento de la calidad requeridas, en particular en materia de accesibilidad para personas con discapacidad? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre el sistema de aseguramiento de la calidad dispone. Si la documentación pertinente está disponible en | Sí No […] […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): |
53 La verificación será efectuada por el poder adjudicador o, en su nombre, cuando éste así lo autorice, por un organismo del país en el que esté establecido el proveedor de suministros o de servicios.
54 Téngase en cuenta que, si el operador económico ha decidido subcontratar una parte del Contrato y cuenta con la capacidad del subcontratista para llevar a cabo esa parte, deber cumplimentar un DEUC separado en relación con dicho subcontratista (ver la parte II, sección C, más arriba).
formato electrónico, sírvase indicar: | […] […] […] […] |
¿Podrá el operador económico presentar certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que aplica los sistemas o normas de gestión medioambiental requeridos? Si la respuesta es negativa, sírvase explicar por qué y especificar de qué otros medios de prueba sobre los sistemas o normas de gestión medioambiental se dispone: Si la documentación pertinente está disponible en formato electrónico55, sírvase indicar: | Sí No […] […] (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación): […] […] […] […] |
Parte VI: Declaraciones finales
El/los abajo firmante/s declara(n) formalmente que la información comunicada en las partes II-IV es exacta y veraz y ha sido facilitada con pleno conocimiento de las consecuencias de una falsa declaración de carácter grave.
El/los abajo firmante/s declara(n) formalmente que podrá(n) aportar los certificados y otros tipos de pruebas documentales contemplados sin tardanza, cuando se le(s) soliciten, salvo en caso de que:
a) El poder adjudicador tengan la posibilidad de obtener los documentos justificativos de que se trate directamente, accediendo a una base de datos nacional de cualquier Estado miembro que pueda consultarse de forma gratuita56, o
b) A partir del 18 de octubre de 201857 a más tardar el poder adjudicador ya posea los documentos en cuestión.
El/los abajo firmante/s formalmente consiente(n) en que [indíquese el poder adjudicador según figure en la parte I, sección A] tenga acceso a los documentos justificativos de la información que se ha facilitado en: […]58 , a efectos de [indíquese el procedimiento de contratación: […]59
Fecha, lugar y, cuando se exija(n) o sea(n) necesaria(s), firma(s): [… ]
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
55 Indíquese claramente a qué elemento se refiere la respuesta.
56 Siempre y cuando el operador económico haya facilitado la información necesaria (dirección de la página web, autoridad u organismo expedidor, referencia exacta de la documentación) que permita al poder adjudicador hacerlo. Si fuera preciso, deberá otorgarse el oportuno consentimiento para acceder a dicha base de datos.
57 Dependiendo de la aplicación a nivel xxxxxxxx xxx xxx. 00, xxxxxxxx 0, xxxxxxx segundo, de la Directiva 2014/24/UE.
58 Indíque(n)se [la/s parte/sección/punto(s) pertinente(s)] del presente Documento Europeo Único de Contratación.
59 Indíquese una descripción breve, referencia de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, número de referencia.
ANEXO II.2.
“COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS”
1D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) ……………………………………………, con NIF
………………………; en relación con el Expediente
G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
Que en relación con los medios a adscribir a la ejecución del Contrato:
a) Se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios que figuran en el
Cuadro “Compromiso de adscripción de medios”.
b) Se compromete a aportar la documentación indicada en la Cláusula 25.2 de las específicas del Contrato, para acreditar que dispone de los medios identificados en el Cuadro “Compromiso de adscripción de medios”, dentro del plazo que establece el artículo 150.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, esta declaración deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
CUADRO “COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS”
Expediente número G/206/20/1/1386/O571/0000/092019
HUMANOS | |||||
REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS | MEDIOS HUMANOS PROPUESTOS1 | ||||
Perfil profesional | Nombre y apellidos | Titulación | Experiencia | ||
Titulación | Experiencia | Dedicación | |||
MATERIALES | |||||
REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS | MEDIOS MATERIALES PROPUESTOS2 | ||||
En............................., a...... de de 2019
3Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 A cumplimentar por la licitadora.
2 A cumplimentar por la licitadora.
3 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, esta declaración deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
“DESIGNACIÓN COMO CONFIDENCIAL DE INFORMACIONES CONTENIDAS EN LA OFERTA”
1D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) ……………………………………………, con NIF
………………………; en relación con el Expediente
G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
Que en relación con la documentación aportada en el “Sobre .............”, en nombre de su representada considera/n confidenciales las siguientes documentos, informaciones y aspectos de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales:2 3
1.- ……………………
2.- …………………..
3.- …………………..
…………………………
Que dicho carácter confidencial se justifica en las siguientes razones: 1.- ……………………
2.- …………………..
3.- …………………..
…………………………
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, esta declaración deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
2 Indicar elementos confidenciales.
3 Ver Cláusula 12.3 de las Condiciones Generales.
“COMPROMISO DE CONSTITUIRSE FORMALMENTE EN UTE”
D./Dña .…………………………………, con DNI …………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) …………………………………………………
D./Dña .…………………………………., con DNI …………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) …………………………………………………
DECLARAN:
En relación con el Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
1.- Que asumen el compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, con las participaciones respectivas del .......% y del %.
2.- Que nombran representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del Contrato se deriven hasta la extinción del mismo a D./Dña. ...........................................
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
“DECLARACIÓN SOBRE LOS COMPROMISOS QUE ASUME RESPECTO A LAS PERSONAS QUE REALICEN LA ACTIVIDAD OBJETO DEL CONTRATO”
1D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) ……………………………………………, con NIF………………………, en relación con el Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
I.- Que el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del Contrato, en el caso de resultar adjudicataria, es*: 2
II.- Que, en el caso de resultar adjudicataria, durante la ejecución del Contrato facilitará cuanta información se requiera por parte del Responsable del contrato o del Órgano de Contratación sobre las condiciones de trabajo que se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.
III.-Que, en el caso de resultar adjudicataria, a lo largo de toda la ejecución del Contrato, abonará el salario recogido en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.
IV.- Que acepta voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados del procedimiento de adjudicación y de la ejecución del Contrato hasta su finalización.
V.- Que se compromete a ejecutar el Contrato con estricto cumplimiento de las obligaciones respecto del personal adscrito a su ejecución que incumben a la contratista, y que se establecen en la Cláusula 26 de las Condiciones Generales.
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 En el caso de que dos o varios operadores económicos que presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, esta declaración, según los casos, deberá ser presentada debidamente firmada por cada operador económico o deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
2 Indicar el nombre del convenio colectivo.
“EMPRESAS PERTENECIENTES A UN MISMO GRUPO EMPRESARIAL"1-2
D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (operador económico) ……………………………………………, con NIF………………………, en relación con el Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
Que de conformidad con el artículo 42.1 del Código de Comercio, la empresa que represento forma parte de un grupo empresarial (si/no): ………., y que la/s empresa/s que concurre/n a la presente licitación es/son la/s siguientes/s:
Denominación social | NIF |
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 Cumplimentar solo en el caso de que operadores económicos del mismo grupo empresarial vayan a presentar oferta a la presente licitación.
2 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, deberá aportarse esta declaración firmada por el representante de aquellos operadores económicos que estén en el supuesto de la nota de pie anterior (en el caso de que operadores económicos del mismo grupo empresarial vayan a presentar oferta a la presente licitación con otros operadores económicos).
ANEXO II.7
LOTE O LOTES A LOS QUE PRESENTA OFERTA / OFERTA INTEGRADORA: COMBINACIÓN DE LOTES
NO PROCEDE ESTE ANEXO PARA ESTE CONCURSO, AL NO HABERSE ESTBALECIDO LOTES EN LOS PLIEGOS.
ANEXO III.1.
“OFERTA ECONÓMICA”
D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (licitadora) ……………………………………………, con NIF ………………………, en relación con el Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
I.- Que ha tenido en cuenta en la elaboración de su oferta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción socio-laboral de personas con discapacidad, y a la obligación de contratar a un número o porcentaje especifico de personas con discapacidad.
(Si la determinación es mediante tanto alzado)
II.- Que se compromete a ejecutar las prestaciones que integran el objeto del Contrato con arreglo a las condiciones establecidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y, en su caso, documentación complementaria que rigen el Contrato por el/los siguiente/s precio/s:
Presupuesto base de licitación (sin IVA) | |||||
Precio base | IVA (21%) | Precio total | |||
Componente de la prestación/unidad de ejecución o tiempo | ||||
Precio base | IVA (21%) | Total | ||
(Si la determinación es mediante precios unitarios)
En............................., a...... de de 2019
Firmado1-2:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 Deben firmarse todas las páginas en las que figuren precios.
2 En el caso de que varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, deben firmar los representantes de todos los operadores económicos que formen parte.
ANEXO V.1.
“DISPONIBILIDAD DE LA SOLVENCIA Y MEDIOS DE OTRAS ENTIDADES DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO”
DE UNA PARTE, 1D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (licitadora) ……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..……………………………………….
Y DE LA OTRA, D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (otra entidad) ……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..……………………………………….
DECLARAN:
I.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la LCSP, (licitadora)
………………………………….. se ha basado en la solvencia y/o medios de (tercera entidad)
………………………………….. para participar en el procedimiento de adjudicación del Contrato cuyo objeto es la “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA”,
referenciado con el número de Expediente
G/206/20/1/1386/O571/0000/092019.
II.- Que (tercera entidad) ………………………………….. no está incursa en prohibición de contratar con el sector público.
III.- Que la solvencia y/o medios perteneciente/s a (tercera entidad)
………………………………….., y que pone a disposición de (licitadora) …………………………………..
es/son la/los siguiente/s:
…
…
IV.- Que dichas solvencia y/o medios estará/n a disposición de (licitadora)
………………………………….. durante toda la vigencia del Contrato.
V.- Que (tercera entidad) ………………………………….. va a prestar los servicios para los cuales son necesarios los títulos de estudios y/o los profesionales y/o la experiencia profesional exigidos en la Cláusula 21.2 de las específicas del Contrato2.
VI.- Que (licitadora) ………………………………….. aportará la documentación adicional requerida por el Responsable del contrato cuando éste lo considere oportuno a efectos de acreditar la veracidad de las manifestaciones recogidas en la presente declaración, en el plazo que se le haya otorgado para cumplir el requerimiento.
En............................., a...... de de 2019
Firmado: Firmado:
(licitadora) (tercera entidad)
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
1 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, esta declaración deberá ser firmada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
2 Solo en el caso previsto en el tercer párrafo del apartado 1 del art. 75 de la LCSP.
“AUSENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON EL SECTOR PÚBLICO”
3D./Dña .…………………………………………………, con DNI ………………, en nombre propio o en representación de (licitadora) ……………………………………………, con NIF ………………………, en relación con el Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, el firmante, así como, en su caso, las empresas que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en aquel.
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
3 En el caso de que dos o varios operadores económicos presenten oferta con el compromiso de constituirse formalmente en UTE, si resultan adjudicatarios, ésta declaración deberá ser presentada por los representantes de todos y cada uno de ellos.
“MODELO DE AVAL BANCARIO”
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF
……………..., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
AVALA
a (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF …………………, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la misma Ley, en relación con el Contrato “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA” con Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019, ante (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) con NIF (indicar NIF recogido en la Cláusula 8.5 de las específicas del Contrato), por importe de (indicar en letra y número), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio xxxxx de salud, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio xxxxx de salud.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha) (Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o código
“MODELO DE AVAL BANCARIO UTE”
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF
………………………, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
AVALA
a (nombre y apellidos o razón social del avalado nº 1), NIF …………………, y a (nombre y apellidos o razón social del avalado nº 2), NIF …………………, CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Contratos del Sector Público para responder de las obligaciones recogidas en el artículo 110 de la misma Ley en relación con el Contrato “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA” con
Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019, ante (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) con NIF (indicar NIF recogido en la Cláusula 8.5 de las específicas del Contrato), por importe de (indicar en letra y número), en concepto de garantía definitiva.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
(Lugar y fecha) (Razón social de la entidad) (Firma de los apoderados)
Provincia Fecha Número o Código
ANEXO V.4.
“MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN”
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora), en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
……………., calle ……………………………………………, y NIF ………………….., debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
ASEGURA
a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con XXX , en concepto
de tomador del seguro, ante (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato), con NIF que (indicar NIF recogido en la Cláusula 8.5 de las específicas del Contrato), en adelante asegurados, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por el que se rige el Contrato “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA” en
concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En…………………., a………………de de 2019
Firma: Asegurador (Lugar y fecha)
(Firma de los apoderados) (Asegurador)
Provincia Fecha Número o código
“MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN UTE”
Certificado número (se expresará la razón social de la entidad aseguradora), en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
……………., calle ……………………………………………, y NIF………………….., debidamente representado por D. (nombre y apellidos del apoderado o apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
ASEGURA
a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con NIF ……………………, y a (nombre y apellidos o razón social del asegurado), con NIF ……………………, en concepto de tomadores del seguro, CONJUNTA Y SOLIDARIAMENTE, ante (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del contrato), con NIF que (indicar NIF recogido en la Cláusula 8.5 de las específicas del Contrato), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra y en cifra) euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares por el que se rige el Contrato “ Hospital
Gorliz”, en concepto de garantía definitiva, para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el Contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Tesorería del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, en los términos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (indicar poder adjudicador de la Cláusula 19.1 de las específicas del Contrato) o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público.
En…………………., a………………de de 2019
Firma: Asegurador (Lugar y fecha)
(Firma de los apoderados) (Asegurador)
Provincia Fecha Número o código
“APROBACIÓN DE CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS”
D./Dña .…………………………………………………, Responsable del contrato que tiene como objeto la “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO
OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA”, y referenciado con el número de Expediente G/206/20/1/1386/O571/0000/092019,
DECLARA:
I.- Que, en relación con el Contrato de referencia, ha tenido entrada en el registro indicado en la Cláusula 19.6.2 de las específicas del Contrato xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares certificación de servicios prestados presentada por (nombre contratista) ………………………………………………………
durante el siguiente periodo:
II.- Que (nombre contratista) ……………………………………………………… ha realizado los trabajos objeto del Contrato / ha prestado dichos servicios de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares
………………………………………………
III.- Que, en base a lo expuesto en el párrafo anterior, aprueba la certificación de servicios presentada y procede, en la fecha de la firma, a remitir por correo electrónico una copia a (nombre contratista) ………………………………………………………, a los efectos de lo dispuesto en la Cláusula 32.2 de las Condiciones Generales xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En Gorliz, a...... de de 2019
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).
“COMUNICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN”
NO PROCEDE ESTE ANEXO PARA ESTE CONCURSO, AL NO PERMITIRSE LA SUBCONTRATACIÓN.
“DECLARACIÓN SOBRE LOS DATOS RELATIVOS A LAS CONDICIONES DE LOS
CONTRATOS DE TRABAJO”
D./Dña .…………………………………, con DNI …………………, en nombre propio o en representación de (contratista) , en calidad de contratista.
DECLARA:
Que las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del Contrato de servicios de “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO
OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA” en la fecha (indicar día/mes/año) es el que figura en la tabla adjunta.
En............................., a...... de de 2019
Firmado:
TABLA DATOS SOBRE LAS CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Contrato de servicios de “Prestación del SERVICIO DE LAVANDERÍA PARA EL HOSPITAL GORLIZ / GORLIZKO OSPITALEA / GORLIZ HOSPITAL de OSAKIDETZA
Nombre y apellidos | DNI | Convenio colectivo | Categoría profesional | Tipo de contrato | Jornada | Fecha antigüedad | Fecha vencimiento contrato | Salario bruto anual | Pactos en vigor |
En............................., a...... de....................de 20....
Firmado:
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “indicar nombre de fichero”, bajo la responsabilidad de (indicar Dirección/OOAA/ente). La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a (indicar Dirección/OOAA/ente). Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arreglo a las disposiciones de la legislación de Contratos del sector público.
Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante (indicar Dirección/OOAA/ente) en (indicar dirección postal de Dirección/OOAA/ente).